La eutanasia que no fue - Asociación Derecho a Morir Dignamente

Transcripción

La eutanasia que no fue - Asociación Derecho a Morir Dignamente
La
eutanasia
que
no
fue
El caso de Madeleine Z., la enferma de esclerosis que se quitó la vida, ha
suscitado el debate sobre las diferentes maneras de morir
EMILIO DE BENITO - Madrid - 20/01/2007
El caso de Madeleine Z., la mujer que sufría esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y se quitó la
vida el sábado pasado, ha reabierto el debate sobre si deben regularse la eutanasia o el suicidio
asistido. Como otras situaciones similares -la del tetrapléjico Ramón Sampedro o el
pentapléjico Jorge León- parte de la discusión se ve ensombrecida por las dudas a la hora de
definir cada caso. El siguiente resumen pretende servir para aclarar los términos que se están
utilizando.
- Eutanasia. Esta definición -"buena muerte" en griego- ha quedado restringida a los casos en
que un médico suministra a un paciente terminal un medicamento o una combinación de ellos
para acabar con su vida. Para que no se considere un asesinato, en los países que lo han
regulado -Holanda, Bélgica y Oregón, en EE UU- debe haber constancia de la voluntad firme y
mantenida en el tiempo del paciente de no seguir viviendo bajo ciertas circunstancias (dolor
insuperable, enfermedad irreversible). Un médico ajeno al caso debe certificar que se cumplen
estos requisitos. Todos los casos se comunican a un juez por si cree que ha habido algún tipo de
irregularidad o presión. En Holanda están planteando extender el procedimiento a menores,
en cuyo caso la decisión la tomarían los padres. Si una persona está inconsciente, deberá haber
dejado por escrito las instrucciones -en un testamento vital o documento de voluntades
anticipadas- sobre qué quiere que se haga. Con estos supuestos, ni el caso de Sampedro ni el de
Madeleine son eutanasia, que está prohibida en España.
- Suicidio asistido. En este caso, es el paciente quien se quita la vida. La definición se aplica a
situaciones en que para llevar adelante la decisión se necesita ayuda de otras personas, que
faciliten los medicamentos, el arma o el medio a utilizar para quitarse la vida. Esta práctica
está regulada en Suiza, donde el suicidio está médicamente asistido. En España está castigado
ayudar a alguien a quitarse la vida, y también inducir a alguien a hacerlo. El caso de Sampedro
entraría en esta categoría: el hombre no podía salir de la cama, y alguien tuvo que prepararle el
cianuro que tomó y acercárselo para que él pudiera beberlo.
- Suicidio. Cuando una persona se quita voluntaria y libremente la vida. Es, supuestamente, el
caso de Madeleine Z., según los testimonios recogidos: ella se encargó de reunir los
medicamentos, los preparó y los tomó por su propia mano. Lo que hace excepcional este hecho
es que Madeleine quiso estar acompañada por voluntarios de la asociación Derecho a Morir
Dignamente, que le asesoraron sobre qué fármacos tomar para que el tránsito fuera lo más
placentero posible.
- Sedación terminal. En este caso, interviene también un médico. A diferencia de la eutanasia,
el objetivo de la medicación no es acortar la vida, sino aliviar los síntomas que acompañan la
agonía (ahogos, dolores, vómitos, estertores), incluso hasta inducir un coma. En esta situación,
prima el bienestar del paciente por encima de los efectos secundarios de la medicación, aunque
ésta acorte la vida. Es un procedimiento legal y admitido en la buena práctica médica. Es lo
que se está decidiendo si ocurrió en el polémico caso Leganés.
- Limitar el esfuerzo terapéutico. Es lo que antes se denominaba "eutanasia pasiva" o "fin del
encarnizamiento terapéutico". Consiste en desistir de mantener con vida a una persona por
medios artificiales (respiradores, corazones artificiales) cuando sus posibilidades de
recuperación son nulas, sufre una enfermedad incurable o así lo ha pedido. Todo paciente
tiene derecho, tras ser informado, a rechazar cualquier tratamiento en cualquier momento,
según la ley española de Autonomía del Paciente. Incluso puede renunciar a ser alimentado
mediante sonda. También puede dejarlo dicho en su documento de voluntades anticipadas.
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