Descarga

Transcripción

Descarga
PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA
POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD
CÓDIGO: CESAG-PE1
Versión: 1.0
Página 1 de 6
PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA
POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Dirección
Área de Calidad e Innovación
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 01-10-09
Fecha: 17-02-10
Fecha: 17-02-10
PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA
POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD
CÓDIGO: CESAG-PE1
Versión: 1.0
Página 2 de 6
1. OBJETO
Establecer la sistemática que se ha de aplicar en la elaboración y la revisión de la política y los
objetivos de calidad del Centro y de las titulaciones del CESAG.
2. ALCANCE
Este procedimiento será de aplicación tanto para la definición inicial de la Política y los objetivos de
calidad como para sus revisiones periódicas.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
Directora titular
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB.
5. DEFINICIONES
Política de Calidad: conjunto de intenciones globales y orientación de una organización relativas
al compromiso con la calidad del servicio enfocado hacia el usuario y a las partes interesadas.
Objetivos de Calidad: relación de aspectos, propuestas e intenciones a asumir con el propósito de
mejorar la institución
6. DESARROLLO
6.1. Generalidades
La política de calidad y los objetivos de calidad de los títulos del CESAG son coherentes con los
definidos por el propio Centro en su declaración institucional de calidad.
Los objetivos de la titulación describen las competencias (conocimientos, habilidades y valores) que los
estudiantes habrán adquirido al final del proceso de aprendizaje (cuando hayan completado todas las
actividades previstas en el programa de la titulación).
La política de calidad ha de cumplir las premisas siguientes:
 Es comunicada y entendida por todos los niveles de la organización.
 Es revisada para lograr una continua adecuación.
 Existe el compromiso de satisfacer los requisitos y la mejora continua
 Ofrece un marco para establecer los objetivos.
Además del PDI, PAS y alumnos se considera muy positivo que se impliquen en la definición de la
política y los objetivos otros grupos de interés (colegios profesionales, empleadores, administraciones
públicas, etc.).
PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA
POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD
CÓDIGO: CESAG-PE1
Versión: 1.0
Página 3 de 6
6.2. Definición inicial de la política y los objetivos de calidad
6.2.1. Análisis de los elementos de entrada
La Directora Titular del CESAG como representante de la titularidad, y los responsables de calidad de
cada titulación son las personas responsables de recopilar y analizar los elementos de entrada para
elaborar el borrador de la política y de los objetivos de calidad del Centro y de sus titulaciones. Los
elementos de entrada que se han de tener en cuenta son, como mínimo:





Declaración institucional de calidad de la Congregación Pureza de María
Carta Magna de las Universidades Europeas (Bolonia, 1988)
Declaración institucional de calidad de la UIB
Reglamento de ordenación académica de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB
Líneas de política universitaria de la UIB
6.2.2. Elaboración del borrador de política y objetivos de calidad
La Directora Titular, junto a su equipo y los responsables de calidad de cada titulación han de elaborar
el borrador de la política y objetivos de calidad del centro y de las titulaciones y lo elevará a la Junta de
titularidad de Centro para su revisión.
6.2.3. Revisión del borrador
La Junta de Titularidad del Centro ha de revisar el borrador asegurándose que la política:
a) sea adecuada al propósito del Centro
b) incluya el compromiso de cumplir con los requisitos y de mejorar continuamente la eficacia del
sistema de gestión interna de la calidad
c) proporcione un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de calidad
d) sea comunicada y extendida en el centro
e) sea revisada para su continua adecuación.
Igualmente ha de comprobar que los objetivos:
a) han de ser coherentes con la política de calidad establecida
b) han de ser mesurables
c) han de incluir una planificación de actividades para su consecución
d) ha de realizarse un seguimiento periódico y sistemático de su evolución
En caso de que haya enmiendas, la Directora titular será la persona responsable de realizar los
cambios oportunos.
6.2.4. Aprobación de la política y los objetivos de calidad
La Junta de Titularidad del Centro es la responsable de aprobar el documento definitivo después de
que el decano haya hecho las enmiendas oportunas.
PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA
POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD
CÓDIGO: CESAG-PE1
Versión: 1.0
Página 4 de 6
6.2.5. Difusión
La versión definitiva de la política y de los objetivos aprobada por la Junta de Centro ha de ser pública y
accesible a todos los grupos de interés. Por este motivo se hará difusión según lo que establece el
procedimiento de información pública.
6.2.6. Revisión de la política y los objetivos de calidad
En la reunión del último semestre la CGCC elaborará una memoria que recoja los principales
resultados de las actividades realizadas (incluyendo todas aquellas relativas a la gestión de la calidad),
que se aprobará en el Equipo Directivo y que se publicará en la web. La memoria ha de ir acompañada
de un informe de los resultados académicos conseguidos durante el curso y contener las propuestas de
mejora que se deriven.
Una vez aprobadas las memorias en el Equipo Directivo, la directora titular las remitirá a la CQUIB para
su revisión y estudio.
Entre otras, la memoria ha de incluir la política de calidad y objetivos generales y los resultados del
seguimiento y cumplimiento de los objetivos de la calidad del título.
En el caso que en la revisión anual se considere necesaria la modificación de la política y/o de los
objetivos, seguirá lo que se describe en el punto 6.2 de este procedimiento.
7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
La información relativa a la política y objetivos de calidad formará parte de la memoria anual de
seguimiento del SGIC según lo que se describe en el proceso PE7 “Análisis y mejora de resultados”.
8. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Actas de la Junta de Titularidad
Papel y/o
informático
Actas del Equipo Directivo
Papel y/o
informático
Papel y/o
informático
Papel y/o
informático
Actas de la CGCC
Declaración de la Política y objetivos
de calidad
Responsable
custodia
Secretario de la
Junta de
Titularidad
Secretario del
Equipo Directivo
Secretario de la
CGCC
Directora Titular
Tiempo de
conservación
6 años
6 años
6 años
6 años
PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA
POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD
CÓDIGO: CESAG-PE1
Versión: 1.0
Página 5 de 6
9. AGENTES PARTICIPANTES
Equipo Directivo
Recopilar y analizar los elementos de entrada, elaborar el borrador de política y objetivos, realizar las
enmiendas necesarias y difundir la declaración de política y los objetivos de calidad aprobados.
Responsable de Calidad
Recopilar y analizar los elementos de entrada, elaborar el borrador de política y objetivos de su título.
Junta de Titularidad
Revisar el borrador de política y objetivos y aprobar la declaración de política y los objetivos de calidad
Comisión de Garantía de Calidad del Título
Realizar la revisión anual del cumplimiento de la política y objetivos de calidad, redactar la memoria
anual y, evaluar la necesidad de cambiar la política y/o los objetivos.
PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA
POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD
CÓDIGO: CESAG-PE1
Versión: 1.0
10. FLUJOGRAMA
11. ANEXOS
Política de Calidad del CESAG
Página 6 de 6
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y
PAS
CÓDIGO: CESAG-PE2
Versión: 1.0
Página 1 de 7
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE
PDI Y PAS
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Dirección
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 01-10-09
Fecha: 08-09-10
Fecha: 15-09-10
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y
PAS
CÓDIGO: CESAG-PE2
Versión: 1.0
Página 2 de 7
1. OBJETO
Establecer la sistemática que hay que aplicar en la elaboración y revisión de la política de personal.
2. ALCANCE
Este procedimiento será de aplicación tanto para la definición de la política de personal como para
las sucesivas revisiones y mejoras.
La política de personal tiene que tener en cuenta las características propias de los servicios y áreas
y dar respuestas o propuestas concretas para cada uno en caso de que sea necesario.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
Directora titular
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades
Normativa estatal y propia de la Comunidad Autónoma
Estatutos de la Universidad
Legislación laboral: Estatuto de trabajadores, convenio colectivo
Documento de plantilla
5. DEFINICIONES
Política de personal: conjunto de directrices que marcan las intenciones y orientación de una
organización con respecto a la selección, promoción, formación y reconocimiento del personal.
6. DESARROLLO
6.1. Introducción
La política de PAS y PDI se plasma en el RRI y que recoge las líneas estratégicas y las actuaciones de
despliegue de la propia política. La Dirección elabora el Plan partir de información del contexto interno y
externo del CESAG. Anualmente se revisa y modifica, si es necesario.
6.2. Elementos de entrada para la elaboración de la política de PAS y PDI
La Dirección recopila los siguientes elementos de entrada, del entorno tanto interno como externo de la
Universidad:
• Necesidades y demandas de los servicios.
• Necesidades y demandas de las titulaciones.
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y
PAS
CÓDIGO: CESAG-PE2
Versión: 1.0
Página 3 de 7
• Necesidades y demandas de los Departamentos y áreas de gestión para aspectos
relacionados con la docencia o no.
• Necesidades relacionadas con la divulgación de la cultura.
• Imposiciones y cambios normativos.
• Resultados de evaluaciones.
• Disponibilidad presupuestaria.
6.3. Revisión de los elementos de entrada y elaboración del borrador
Como mínimo una vez el año, la Dirección analiza toda la información de los elementos de entrada,
revisa su política y, si es necesario, la modifica. En caso de que la política de personal tenga que ser
modificada, la Dirección elabora un borrador que incluirá el conjunto de directrices que marcan las
intenciones y orientación de la organización con respecto a la captación y selección (ver PS1_2), la
evaluación, la promoción, el reconocimiento y los incentivos (ver PS2_2) y la formación del personal
(ver PS3_2).
A la hora de elaborar la política del PAS se tienen en cuenta las necesidades reales de la organización,
la eficacia y la eficiencia de la gestión, la motivación y el desarrollo de las personas que forman parte
de la organización. Se elabora oídos a los agentes que intervienen y se recogen los resultados de
evaluaciones, de encuestas y de auditorías.
La propuesta de borrador que la Dirección elabora en relación con el colectivo del PDI y PAS, se
concreta en propuestas de actuación en relación con:
• Catálogo de puestos de trabajo (creaciones, amortizaciones, modificación o supresión de
puestos de trabajo, así como creación, modificación y supresión de unidades orgánicas).
• Definición de planes de formación.
• Definición de perfiles, sistemas de promoción y provisión de puestos.
• Definición de planes de acción social.
• Régimen retributivo, etc.
De forma obligatoria y necesaria, como mínimo una vez el año y ligado a la confección del
presupuesto, la Directora revisa, de acuerdo con su política, el catálogo de puestos de trabajo. Se trata
de un documento estratégico en el cual se describe la estructura organizativa óptima para responder a
las necesidades y demandas que tiene el CESAG. Según las posibilidades presupuestarias, el catálogo
se materializa en la Relación de puestos de trabajo (RLT), que refleja la estructura de personal y la
organización real en un momento determinado.
6.4. Revisión y aprobación de la política de PDI y PAS
El Equipo Directivo valida la relación de puestos de trabajo del personal docente investigador y del
personal de administración y servicios a partir de la propuesta presentada por la Directora, que se basa
en los criterios generales de necesidades docentes, de investigación y de servicio. También al Equipo
Directivo le corresponde la revisión de la política de PDI y PAS y de la propuesta de catálogo de
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y
PAS
CÓDIGO: CESAG-PE2
Versión: 1.0
Página 4 de 7
puestos de trabajo o, si es necesario, la modificación.
Para la aprobación de la relación de puestos de trabajo se tendrán que observar las especificaciones y
determinaciones (en cuanto a jornada, retribuciones, condiciones laborales, etc.) que establezca la
legislación vigente.
6.5. Difusión de la política de PDI y PAS
Los documentos mencionados, donde se marcan las líneas estratégicas de la política del paso de la
Universidad, se difunden por diversas vías atendiendo la entidad del documento en cuestión.
Básicamente se utilizan los medios de comunicación siguientes:
- Comunicados y reuniones a través de los órganos de representación del PDI y PAS.
- Comunicados y reuniones con los directores y responsables de los diferentes servicios y áreas de
funcionamiento del PDI y PAS.
- Comunicados de la Dirección directamente en todo el Personal a través de las listas de difusión
interna del Servicio de Información del CESAG.
6.6. Seguimiento y medición
La Dirección se encargará de recoger los indicadores de consecución de los objetivos de la política de
PDI y PAS, que permitirá hacer el análisis, y la elaboración de un informe anual de resultados.
Son indicadores del proceso los siguientes:
Consecución de los objetivos de la política de PDI y PAS.
7. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Informático y papel
Informático
Responsable
custodia
Directora Titular
Directora Titular
Tiempo de
conservación
Indefinido
6 años
Plan estratégico de PDI y PAS
Revisiones y modificaciones de la
Política de PDI y PAS
Reglamento de Régimen Interior
Informático
Directora Titular
Indefinido
8. AGENTES PARTICIPANTES
8. 1. Directora Titular
- Recopilación y análisis de elementos de entrada
- Revisión y modificación de la política de PDI y PAS
- Elaboración del Reglamento de Régimen Interior (RRI)
- Elaboración del Plan estratégico de Dirección y política del PDI y PAS
- Difusión del Plan estratégico de Dirección y política del PDI y PAS
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y
PAS
CÓDIGO: CESAG-PE2
Versión: 1.0
8.2. Área de gestión e infraestructuras
- Asesoramiento y seguimiento
8.3. Equipo directivo
- Validación del Plan estratégico de Dirección y política del PDI y PAS
Página 5 de 7
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y
PAS
CÓDIGO: CESAG-PE2
9. FLUJOGRAMA
Versión: 1.0
Página 6 de 7
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y
PAS
CÓDIGO: CESAG-PE2
Versión: 1.0
10. ANEXOS
-
Reglamento de Régimen Interior
Organigrama
Página 7 de 7
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
Página 1 de 9
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Fecha: 01-10-2009
Fecha: 03-02-10
Fecha: 08-09-10
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
Página 2 de 9
1. OBJETO
Diseñar y aprobar los planes de estudio de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación
Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual, según la normativa vigente
para garantizar la VERIFICACIÓN y ACREDITACIÓN posterior. Mantener y renovar la oferta
formativa.
2. ALCANCE
El proceso descrito abarca:
-Decisión por parte de la entidad titular de los títulos que se van a implantar en el CESAG, centro
adscrito.
-Aprobación a cargo del órgano competente de la UIB,
-Adscripción de las titulaciones de Grado a la rama de conocimiento correspondiente,
-Envío, si procede, de las propuestas de título al Consejo de Universidades para su VERIFICACIÓN
e inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos,
-Control y revisión periódica de los estudios implantados, en estrecha relación con el proceso de
Planificación y Coordinación de la Enseñanza (CESAG-PE6) y Criterios para la eventual extinción
del Título (CESAG-PE10), para su reedición y ACREDITACIÓN.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
-CED
-Comisión de Garantía de Calidad del CESAG
-Comisión de Garantía de Calidad del Título
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
-RD 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales.
-Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB. Acuerdo
normativo de 6 de febrero de 2008.
-Reglamento de ordenación de las enseñanzas de carácter oficial (grado y máster) de la UIB.
Acuerdo normativo 9386 de 16 de marzo de 2010 (FOU 328)
-Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado.
-Órdenes ECI/3854/2007 y ECI/3857/2007 por las que se establecen los requisitos para la
verificación de los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión de Maestro en
Educación Infantil y Maestro en Educación Primaria, respectivamente.
-Orden ECI/3858/2007 por la que se establecen los requisitos para la verificación del Máster de
Secundaria y FP.
-Acuerdo normativo 8506 del día 25 de abril de 2008 por el cual se aprueba el reglamento de
ordenación de las enseñanzas universitarias de máster y doctorado de la UIB, FOU 297.
-Acuerdo normativo 7015 del día 28 de septiembre de 2004 por el cual se aprueba la normativa
sobre títulos propios de postgrado de la UIB, FOU 245
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
Página 3 de 9
5. DEFINICIONES
Acreditación: Evaluación de los resultados obtenidos por una titulación previamente verificada e
implantada. Todos los títulos oficiales se han de someter a un proceso de acreditación cada seis años.
El objetivo es comprobar que la titulación se desarrolla adecuadamente. Supone una visita externa.
CADE: Comisión asesora del diseño y elaboración de los títulos de grado.
CED: Comisión de elaboración y diseño de los estudios de grado.
Competencia: Combinación de conocimientos, habilidades (intelectuales, manuales, sociales, etc.),
actitudes y valores que capacitan a un titulado para afrontar con garantías la resolución de problemas o
la intervención en actividades profesionales recogidas en el perfil del graduado del plan de estudios.
Crédito ECTS (European Credit Transfer and Accumulation System): Unidad de medida del haber
académico que representa la cantidad de trabajo del estudiante para cumplir los objetivos del programa
de estudios. Integra enseñanzas teóricas y prácticas, actividades académicas dirigidas y las horas de
estudio y trabajo del estudiante para conseguir los objetivos formativos propios de cada una de las
materias del plan de estudios.
Evidencias: Pruebas que demuestran la veracidad de los datos aportados.
6. DESARROLLO
ESTUDIOS DE GRADO
En fecha 9 de abril de 2008 se constituye en el CESAG la comisión para la elaboración de las
propuestas de Título de Grado, encargada de elaborar la memoria de verificación de los títulos. La
comisión está compuesta por doce profesores del CESAG y dos miembros del PAS. Todos ellos han
sido nombrados por la Dirección, teniendo en cuenta su experiencia en gestión y su curriculum
docente, de forma que ha quedado representada la Dirección, el Área de Alumnado, el Área de Calidad
e Innovación y el profesorado de todas las titulaciones que se imparten en el CESAG. Los
representantes del PAS asesoran en temas de tipo administrativo. Todos los integrantes de la comisión
recibieron formación específica en el proceso y diseño de planes de estudio de los nuevos títulos de
grado antes del inicio de su tarea.
Se organizan las comisiones en subcomisiones: una para la elaboración de los apartados de
introducción, justificación, objetivos y planificación de las enseñanzas de cada uno de los títulos que
ofrece el CESAG y otra para la elaboración de los apartados de acceso y admisión de estudiantes,
personal académico, recursos materiales y servicios, resultados previstos, sistema de garantía de
calidad del título y calendario de implantación. Estas subcomisiones se reúnen semanalmente. Se
establece contacto permanente entre los miembros a través de correo electrónico para iniciar la
reflexión sobre los temas a discutir en próximas reuniones y agilizar el intercambio de documentación.
Todo ello con el objetivo de finalizar el proyecto en el mes de julio y seguir su tramitación por los
cauces establecidos y según el calendario de la UIB para que el plan de estudios pueda implementarse
en el curso 2009-2010.
En las subcomisiones para la elaboración de los apartados 1, 2, 3 y 5 se inicia el trabajo con la
elaboración conjunta de competencias generales de todos los titulados universitarios del centro. Las
reuniones son conjuntas hasta que se aprueban estas competencias en fecha 30 de abril de 2008.
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
Página 4 de 9
A partir de este momento, cada subcomisión trabaja en la elaboración de las competencias específicas
de cada uno de los grados, aprobándose durante el mes de mayo de 2008. Una vez establecidas las
competencias se presentan en comisión y se inicia el trabajo de elaboración de la propuesta de
planificación de las enseñanzas. En la planificación de las enseñanzas se ha contado con la opinión de
la totalidad de los profesores a través de consultas relacionadas con sus Áreas de Conocimiento.
En las Memorias para la solicitud de Verificación de los Títulos se describen los procedimientos de
consulta a agentes internos y externos.
Una vez elaborados los apartados “Descripción del título”, “Justificación”, “Objetivos”, y “Planificación
de la enseñanza” el Gabinete de Comunicación del Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez se
encarga de la difusión de los documentos por vía telemática, a fin de que desde los diferentes grupos
de interés se puedan aportar alegaciones, dirigiéndolas a la Directora Titular del CESAG.
Completadas las Memorias con el resto de apartados, se remiten al Consejo de Dirección de la UIB.
Las Memorias presentadas para la solicitud de verificación de los Títulos de Educación Primaria y
Educación Infantil tuvieron que ser reelaboradas ya que desde el Consejo de Universidades se informó
al Rectorado que había que presentar una memoria conjunta CESAG-UIB.
Una vez aprobadas las propuestas éste las envía al Consejo de Gobierno, que informa al Consejo
Social y a la Junta de Coordinación universitaria de las Islas Baleares. Aprobadas las solicitudes de
verificación por el Consejo de Gobierno e informado el Consejo Social, se remiten al Consejo de
Universidades a la vez que a la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Islas Baleares.
ANECA, conforme a lo establecido en el Art. 25 del RD 1393/2009, evalúa las Memorias presentadas y
emite los informes provisionales y definitivos que se referencian en la siguiente tabla:
Denominación del Título
Informe provisional
Graduado o Graduada en Periodismo por la Universitat de Expediente
nº
les Illes Balears
1017/2009
Fecha: 17/03/2009
Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual por la Expediente
nº
Universitat de les Illes Balears
1018/2009
Fecha: 17/03/2009
Graduado o Graduada en Educación Infantil por la Expediente
nº
Universitat de les Illes Balears
1124/2009
Fecha: 18/03/2009
Graduado o Graduada en Educación Primaria por la Expediente
nº
Universitat de les Illes Balears
1125/2009
Fecha: 18/03/2009
Informe favorable
Expediente
nº
1017/2009
Expediente
1018/2009
nº
Expediente
1124/2009
nº
Expediente
1125/2009
nº
Los acuerdos del Consejo de Gobierno por los que se autoriza la implantación de las enseñanzas
oficiales se publican en el BOIB:
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
Enseñanzas Oficiales de
Grado en Periodismo
Grado en Comunicación Audiovisual
Grado en Educación Infantil
Grado en Educación Primaria
Página 5 de 9
Acuerdo
Núm. 15084
Núm. 15076
Núm 16008
Núm 16010
BOIB
Núm. 102 de 16-07-2009
Núm. 102 de 16-07-2009
Núm. 108 de 25-07-2009
Núm. 108 de 25-07-2009
El Consejo de Ministros de 4 de septiembre de 2009 acuerda el carácter oficial de los títulos de Grado y
éstos quedan inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Resolución 16104/2009,
BOE 244.
Los Planes de Estudio se publican en el BOE:
Plan de Estudios
Resolución
Grado en Periodismo
Núm. 11585 de 11-06-2010
Grado en Comunicación Audiovisual Núm. 11577 de 28-06-2010
Grado en Educación Infantil
Núm. 11580 de 28-06-2010
Grado en Educación Primaria
Núm. 11581 de 28-06-2010
BOE
Núm. 174 de 19-07-2010
Núm. 174 de 19-07-2010
Núm. 174 de 19-07-2010
Núm. 174 de 19-07-2010
7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
El seguimiento de este proceso es responsabilidad de la Comisión de Garantía de Calidad del Título y
del Centro.
Los indicadores del proceso son los siguientes:
-Número de títulos de grado y postgrado que se mantienen, reeditan, suspenden.
-Número de títulos oficiales que se proponen.
-Número de títulos propios que se proponen.
8. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Decretos, autorizaciones, planes de
estudio, publicados en los boletines
oficiales.
Convenios de colaboración suscritos
con la UIB.
Solicitudes y autorizaciones no
publicadas en los boletines oficiales.
Planificación docente
Soporte
Responsable
custodia
Papel o Informático Dirección
Tiempo de
conservación
Indefinido
Papel
Dirección
Indefinido
Papel
Dirección
Indefinido
Papel e Informático Dirección
6 años
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
9. AGENTES PARTICIPANTES
Dirección Titular del CESAG
CED
Comisión de Garantía de Calidad del CESAG
Comisión de Garantía de Calidad del Título
Consejo de Dirección de la UIB (No figura en el fluxograma)
Consejo de Gobierno de la UIB
Consejo Social de la UIB
Consejo de Universidades
Conselleria de Educación y Cultura del Gobierno de las Islas Baleares
Rector/a de la UIB
Página 6 de 9
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
10. FLUJOGRAMA
Versión: 1.0
Página 7 de 9
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
Página 8 de 9
11. ANEXOS
-DECRETO 95/2005, de 9 de septiembre, por el cual la Escuela Universitaria de Formación del
Profesorado de EGB Alberta Giménez, adscrita a la Universidad de las Illes Balears (UIB), pasa a
denominarse Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez, con efecto a partir del curso académico
2005-2006. BOIB nº 138 de 17 de septiembre de 2005.
-Guía para la elaboración y diseño de los títulos de Grado. Universitat de les Illes Balears.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en
Periodismo.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en
Comunicación Audiovisual.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Infantil. Propuesta del CESAG.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Infantil. Propuesta conjunta.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Primaria. Propuesta del CESAG.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Primaria. Propuesta conjunta.
-Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Periodismo. Expdte. 1017/2009.
-Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual. Expdte.
1018/2009.
-Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Educación Infantil. Expdte.
1124/2009.
-Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Educación Primaria. Expdte.
1125/2009.
-Acuerdo 15076 del Consejo de Gobierno de día 26 de junio de 2009 por el cual se autoriza la
implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Comunicación Audiovisual en la Universitat
de les Illes Balears. BOIB 102.
-Acuerdo 15084 del Consejo de Gobierno de día 26 de junio de 2009 por el cual se autoriza la
implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Periodismo en la Universitat de les Illes
Balears. BOIB 102.
-Acuerdo 16008 del Consejo de Gobierno de día 10 de julio de 2009 por el cual se autoriza la
implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Educación Infantil en la Universitat de les
Illes Balears. BOIB 108.
-Acuerdo 16010 del Consejo de Gobierno de día 10 de julio de 2009 por el cual se autoriza la
implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Educación Primaria en la Universitat de les
Illes Balears. BOIB 108.
-RESOLUCIÓN 16104/2009 de 22 de septiembre, de la Secretaría General de Universidades, por la
que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de septiembre de 2009, por el que se
establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos.
PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE-3
Versión: 1.0
Página 9 de 9
-Planificación docente
-Plan de estudios en BOE Periodismo. Resolución 11585 de 28 de junio de 2010, de la Universidad
de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en Periodismo. (BOE
174 de 19-07-2010)
-Plan de estudios en BOE Comunicación Audiovisual. Resolución 11577 de 28 de junio de 2010, de
la Universidad de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en
Comunicación Audiovisual. (BOE 174 de 19-07-2010)
-Plan de Estudios en BOE Educación Infantil. Resolución 11580 de 28 de junio de 2010, de la
Universidad de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en
Educación Infantil. (BOE 174 de 19-07-2010)
-Plan de Estudios en BOE Educación Primaria. Resolución 11581 de 28 de junio de 2010, de la
Universidad de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en
Educación Primaria. (BOE 174 de 19-07-2010)
-Solicitudes, autorizaciones, convenios, Planes de estudio de Másteres
PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE
INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO
CÓDIGO: CESAG-PE4
Versión: 1.0
Página 1 de 5
PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE
INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Dirección
Área de Calidad e Innovación
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 01-10-09
Fecha: 03-02-10
Fecha: 03-02-10
PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE
INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO
CÓDIGO: CESAG-PE4
Versión: 1.0
Página 2 de 5
1. OBJETO
Establecer la sistemática que se ha de aplicar en la revisión del perfil de ingreso y del perfil de
titulado idóneo en los estudios del CESAG.
2. ALCANCE
Revisión de los perfiles teóricos de ingreso y de titulados. El diseño de perfiles que forma parte del
proceso de diseño de los nuevos títulos de grado está previsto en la Guía para la elaboración y
diseño de títulos de grado.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
- Equipo Directivo
- CGCT
- Responsable de calidad de la titulación.
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
- Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado
- Memoria de verificación del título
5. DEFINICIONES
Perfil de ingreso: descripción breve de las características personales y académicas (capacidades,
conocimientos, intereses) que, en general, se consideran adecuadas para las personas que deban
comenzar estudios de una titulación. Haciendo explícito el perfil de ingreso se pretende orientar a los
posibles estudiantes sobre las características que se consideran idóneas para iniciar ciertos estudios,
así como impulsar acciones para compensar algunas deficiencias (por ejemplo durante los primeros
meses de la titulación).
Perfil del titulado: Conjunto de conocimientos y competencias definidos que han de reunir los alumnos
que acaban sus estudios en el CESAG.
6. DESARROLLO
6.1. Análisis y revisión de perfiles
6.1.1. Análisis de los elementos de entrada
El responsable de calidad de la titulación es el encargado de recopilar y analizar los elementos de
entrada para definir el perfil de ingreso y el perfil de los titulados de sus estudios. Los elementos de
entrada que debe tener en cuenta son:
- Programa formativo
- Política de admisión de la Universidad de las Islas Baleares
- Misión y visión de la UIB
- Política de calidad del CESAG
- Características del perfil de ingreso real
- Marco normativo externo
- Marco normativo interno
- Análisis del entorno social, profesional, etc.
PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE
INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO
CÓDIGO: CESAG-PE4
Versión: 1.0
Página 3 de 5
6.2. Propuesta de perfiles
Una vez analizados los elementos de entrada, el responsable de calidad de la titulación elaborará una
propuesta que llevará a la CGCT para que haga la revisión.
6.3. Revisión de la propuesta
La CGCT revisará la propuesta y se asegurará de que el perfil de ingreso describe las características
personales y académicas (capacidades, conocimientos, intereses) que en general se consideran
adecuadas para las personas que deban comenzar estudios de la titulación y que el perfil de titulado
incluye el conjunto de conocimientos y competencias definidos que han de reunir los alumnos al
finalizar los estudios.
En caso de que la propuesta no sea adecuada, el responsable de calidad de la titulación será la
persona indicada para hacer las enmiendas pertinentes.
6.4. Aprobación
El Equipo Directivo debe aprobar los perfiles de ingreso y de titulado. La definición de estos perfiles
debe formar parte de la memoria anual de resultados del SGIC.
6.5. Difusión
Una vez aprobada la versión definitiva por el Equipo Directivo debe hacerse pública y accesible a todos
los grupos de interés. La persona responsable de calidad del a titulación debe asegurarse de que la
difusión se hace de manera adecuada.
La definición será publicada en la página web del CESAG
7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
La CGCT debe revisar la vigencia del perfil de ingreso y del perfil de titulado por lo menos una vez al
año.
Los indicadores que se utilizarán para realizar el seguimiento serán:
- Porcentaje de alumnos nuevos por sexos con titulaciones previas.
- Notas de acceso de los alumnos de primer curso
- Nivel de competencias generales adquiridas
- Nivel de conocimientos lingüísticos adquiridos
- % de simultaneidad de estudios
- Necesidades formativas de los alumnos
- Grado de inserción laboral de los egresados en los dos primeros años
8. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Actas de la CGCT
Papel/ informático
Actas del Equipo Directivo
Perfil de ingreso
Papel/ informático
Papel/ informático
Perfil del titulado
Papel/ informático
Responsable
custodia
Secretario de
CGCT
Secretario del ED
Responsable de
calidad del Centro
Responsable de
calidad del Centro
Tiempo de
conservación
6 años
6 años
6 años
6 años
PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE
INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO
CÓDIGO: CESAG-PE4
Versión: 1.0
Página 4 de 5
9. AGENTES PARTICIPANTES
9.1. Responsable de calidad de la titulación
Debe recopilar la información, analizar los elementos de entrada, elaborar la propuesta, realizar las
enmiendas necesarias, definir las definiciones aprobadas en el Equipo Directivo.
9.2. Comisión de garantía de calidad de la titulación (CGCT)
Revisar la propuesta
9.3. Equipo Directivo
Aprobar la propuesta
PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE
INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO
CÓDIGO: CESAG-PE4
10. FLUJOGRAMA
11. ANEXOS
Perfil de ingreso
Perfil de titulado
Versión: 1.0
Página 5 de 5
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ADMISIÓN
CÓDIGO: CESAG-PE-5
Versión: 1.0
Página 1 de 7
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS
DE ADMISIÓN
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Jefe de Estudios
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 07-03-10
Fecha: 23-03-10
Fecha: 23-03-10
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ADMISIÓN
CÓDIGO: CESAG-PE-5
Versión: 1.0
Página 2 de 7
1.
OBJETO
Establecer, revisar y difundir entre los grupos de interés los criterios de admisión de estudiantes a
los estudios de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Grado en Periodismo y
Grado en Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan en el CESAG.
2.
ALCANCE
El proceso descrito se aplica a las titulaciones de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación
Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan
en el CESAG.
3.
RESPONSABLES DEL PROCESO
-Consejo de Dirección de la UIB
-Dirección del CESAG
-Comisión de Garantía de Calidad del CESAG
-Comisión de Garantía de Calidad del Título
4.
REFERENCIAS/NORMATIVA
-RD 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales.
-LOMLOU, LO 4/2007, arts. 42, 43 y 44
-Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB. Acuerdo
normativo de 6 de febrero de 2008.
- Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de master y doctorado de la UIB.
Acuerdo normativo 8506 de 25 de abril de 2008, FOU 297.
-Acuerdo normativo 7015 del día 28 de septiembre de 2004 por el cual se aprueba la normativa
sobre títulos propios de postgrado de la UIB, FOU 245.
-Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado.
-Planes de estudios oficiales.
-Acuerdos normativos 9093 de 5 de junio de 2009 por el cual se aprueba la normativa de
reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad, FOU 314 y 9258 de 18 de
diciembre de 2009, FOU 321.
5.
DEFINICIONES
Adaptación: Aceptación de los créditos correspondientes a estudios previos al RD 1393/2007
realizados en la UIB o en otras universidades.
Admisión: Procedimiento por el cual alumnos de nuevo ingreso o continuación de estudios formalizan
su ingreso en la Universidad, una vez superados y comprobados los requisitos específicos para ello.
Transferencia de créditos: La transferencia de créditos ECTS implica que en los documentos
académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la
totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u
otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ADMISIÓN
CÓDIGO: CESAG-PE-5
Versión: 1.0
Página 3 de 7
Reconocimiento de créditos: El reconocimiento de créditos ECTS implica que se aceptan los créditos
ECTS que, habiendo sido obtenidos en enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son
computados en otras enseñanzas diferentes al efecto de la obtención de un título oficial.
Perfil de ingreso: Conjunto de competencias deseables que han de reunir los estudiantes en el
momento de ser admitidos al título.
6.
DESARROLLO
6.1 Generalidades
El Consejo de Dirección de la UIB establece las directrices generales de admisión a las titulaciones de
la Universidad y la Dirección del CESAG determina, teniendo en cuenta el número de plazas
disponibles y la planificación docente, si se seguirá el proceso propio de los estudios con o sin límite de
plazas.
6.2 Definición de los criterios de admisión
El perfil de ingreso y la formación previa que habilita para el acceso al programa de cada uno de los
estudios que se desarrollan en el CESAG, así como el número de plazas que se ofrecen se detallan en
las memorias para la solicitud de verificación de los Títulos.
6.3 Difusión
La difusión de los criterios de admisión se llevará a cabo según lo establecido en el proceso
información pública (CESAG-PE8).
6.4 Admisión
El alumno solicitará la admisión a los estudios. La solicitud se tramitará de acuerdo con lo establecido
en los documentos de verificación de los Títulos.
6.5 Transferencia y reconocimiento
La transferencia y reconocimiento de créditos se desarrolla según lo establecido en la normativa de
reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad (Acuerdo Normativo 9258 de 5 de junio de
2009, FOU 321). Según dicha normativa:
1.-El Consejo de Dirección de la UIB establece el calendario de presentación de solicitudes para el
reconocimiento y transferencia de créditos y para emitir y notificar las resoluciones correspondientes a
los estudiantes. Los estudiantes deben conocer la resolución antes de que finalice el período de
matriculación que la UIB tenga establecido. Si es necesario, dicho período se prorrogará hasta que se
haya emitido y notificado la resolución. El CESAG no tiene obligación de atender solicitudes de
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ADMISIÓN
CÓDIGO: CESAG-PE-5
Versión: 1.0
Página 4 de 7
reconocimiento y transferencia de créditos que se presenten fuera del período establecido cada año
académico.
2.-Los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos se tramitarán a solicitud de la
persona interesada, que ha de presentar, a no ser que el CESAG disponga de él, el certificado
académico, el plan de estudios de origen y el programa de todas las asignaturas implicadas en el
procedimiento. Deberían indicarse también las competencias adquiridas.
3.-Para poder emitir correctamente los certificados académicos al finalizar los estudios y el suplemento
europeo al título, los estudiantes provenientes de otras universidades han de aportar la denominación
de las asignaturas en inglés y, como mínimo, en una de las dos lenguas oficiales de la comunidad
autónoma de les Illes Balears.
4.-Las solicitudes deben presentarse en la secretaría del CESAG y dirigirse a los jefes de estudio.
5.-El proceso de reconocimiento y transferencia de créditos sólo podrá iniciarse cuando conste que el
estudiante puede ser admitido en la titulación de destino.
7.
SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
El seguimiento de este proceso es responsabilidad de la Comisión de Garantía de Calidad del Título y
del Centro.
Los indicadores del proceso son los siguientes:
-Número de alumnos que han solicitado plaza en el programa.
-Número de alumnos admitidos y denegaciones.
-Número de alumnos matriculados.
-Tasas de éxito, eficiencia, graduación y abandono.
8.
EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Planes de estudios (perfil, número de
plazas ofrecidas...).
Planificación docente
Acta de constitución de la comisión
de transferencia y reconocimiento de
créditos.
Tablas de equivalencia para cada
uno de los planes de estudios que se
desarrollan en el CESAG.
Lista de alumnos admitidos y
excluidos con la valoración de los
méritos pertinentes en el caso del
postgrado.
Soporte
Responsable
custodia
Papel o Informático Dirección
Tiempo de
conservación
Indefinido
Papel e Informático Dirección
Papel e Informático Secretario de la
Comisión
6 años
6 años
Papel e Informático Secretario de la
Comisión
6 años
Papel e Informático CGC
6 años
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ADMISIÓN
CÓDIGO: CESAG-PE-5
Versión: 1.0
Página 5 de 7
9.
AGENTES PARTICIPANTES
Consejo de Dirección y Consejo de Gobierno de la UIB
-Definen los criterios generales de admisión a la UIB.
-Elaboran la normativa de reconocimiento y transferencia de créditos.
-Aprueba la propuesta de las CED.
Dirección del CESAG
-Determina el proceso a seguir en función del número de plazas establecidas en el documento
de verificación de nuevo ingreso.
-Elabora la planificación docente CED
-Propone los criterios de admisión de la titulación.
-Define el perfil de ingreso.
-Propone el numerus clausus del título.
Comisión de transferencia y reconocimiento de créditos
-Adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos ECTS.
Comisión de garantía de calidad del centro
-Analiza los resultados del proceso y realiza las propuestas de mejora pertinentes.
Responsable de calidad
-Obtiene información sobre el desarrollo y resultados del proceso.
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ADMISIÓN
CÓDIGO: CESAG-PE-5
10.
Versión: 1.0
Página 6 de 7
FLUJOGRAMA
ANEXOS
-Guía para la elaboración y diseño de los títulos de Grado. Universitat de les Illes Balears.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en
Periodismo.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en
Comunicación Audiovisual.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Infantil. Propuesta del CESAG.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Infantil. Propuesta conjunta.
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Primaria. Propuesta del CESAG.
PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ADMISIÓN
CÓDIGO: CESAG-PE-5
Versión: 1.0
Página 7 de 7
-Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación
Primaria. Propuesta conjunta.
-Plan de estudios de Grado en Periodismo.
-Plan de estudios de Grado en Comunicación Audiovisual.
-Plan de Estudios de Grado en Educación Infantil.
-Plan de Estudios de Grado en Educación Primaria.
-Solicitudes, autorizaciones, convenios, Planes de estudio de Master.
-Planificación docente.
-Tablas de equivalencia para cada uno de los planes de estudios que se desarrollan en el CESAG.
PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE 6
Versión: 1.0
Página 1 de 6
PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y
COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Jefe de Estudios
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 22-03-2010
Fecha: 13-04-10
Fecha: 20-04-10
PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE 6
Versión: 1.0
Página 2 de 6
1.
OBJETO
Determinar las acciones que deben llevarse a cabo para el desarrollo de las titulaciones de Grado
en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Grado en Periodismo y Grado en
Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan en el CESAG y garantizar la coordinación.
2.
ALCANCE
El proceso descrito se aplica a las titulaciones de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación
Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan
en el CESAG y está en relación con todos los procesos que configuran el SGIC.
3.
RESPONSABLES DEL PROCESO
-Dirección del CESAG
-Comisión de Garantía de Calidad del CESAG
-Comisión de Garantía de Calidad del Título
4.
REFERENCIAS/NORMATIVA
-RD 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales.
-Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB. Acuerdo
normativo de 6 de febrero de 2008.
-Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de master y doctorado de la UIB.
Acuerdo normativo 8506 de 25 de abril de 2008, FOU 297.
-Reglamento Académico de la Universidad. Acuerdo normativo 9094 de 5 de junio de 2009,
FOU 314.
-Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado.
-Planes de estudios oficiales.
5.
DEFINICIONES
Planificación: Proceso mediante el cual se determina los objetivos y se establecen los requisitos para
alcanzarlos.
Coordinación: Colaboración de dos o más personas, departamentos, programas u organizaciones
interesados en la consecución de objetivos comunes.
Guía académica: Documento que recoge información sobre el CESAG y los estudios que se imparten.
Tiene una finalidad informativa, orientadora y publicitaria.
Guía docente: Documento didáctico que constituye la herramienta de planificación de las asignaturas y
que cumple la función de informar y orientar a los estudiantes en el proceso de aprendizaje de una
materia o asignatura.
ECTS: European Credits Transfer System.
Planificación Docente: Documento en el que se expone la adjudicación de la docencia de acuerdo con
las memorias de verificación de los títulos.
PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE 6
6.
Versión: 1.0
Página 3 de 6
DESARROLLO
6.1 Generalidades
Las enseñanzas, definidas y aprobadas según se describe en el proceso CESAG-PE3, Diseño y
aprobación de la enseñanza, se desarrollan a partir de la planificación y calendario aprobado por el
equipo directivo y publicado en la Guía Académica.
6.2 Planificación de la docencia
La Oficina de Gestión Académica de la UIB ha codificado cada una de las asignaturas del plan de
estudios.
El equipo directivo, previa consulta a los Departamentos, ha adscrito las asignaturas, materias y
módulos a los Departamentos y asigna la docencia.
6.3 Comisión de coordinación del profesorado del título
Estará constituida por el jefe de estudios, coordinador de la titulación y coordinadores de curso. Sus
funciones son coordinar las enseñanzas del título y contribuir a la mejora continua y garantía de calidad
del título.
6.4 Planificación y coordinación
El Coordinador de titulación es responsable de coordinar las Guías Docentes atendiendo a su fidelidad
a la Memoria de Verificación y en todo cuanto se refiera a aspectos transversales, especialmente los
relativos a la adquisición de competencias.
El Director de Departamento es responsable de coordinar la elaboración de las Guías Docentes de su
Departamento en lo que se refiere a los contenidos atendiendo, sobre todo, a evitar que se produzcan
vacíos o duplicidades.
6.5 Elaboración de las Guías Docentes
Cada profesor elaborará la guía docente de su asignatura ajustándose al modelo establecido en el
CESAG y a los criterios del Departamento en relación a la planificación y desarrollo del Módulo. El
director de cada Departamento dará las indicaciones oportunas para evitar vacíos y duplicidades en los
contenidos. Una vez elaborada la Guía Docente la envía al Director del Departamento. El Director del
Departamento comprueba los contenidos y la envía al Coordinador de titulación. El Coordinador envía
todas las guías al Servicio Lingüístico y las remite al Gabinete de Comunicación para su publicación.
El Gabinete de Comunicación envía todas las Guías Docentes a Secretaría, que se responsabiliza de
su custodia.
6.6 Difusión
Las Guías Docentes se publicarán en la web del CESAG, siguiendo el proceso establecido.
7.
SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE 6
Versión: 1.0
Página 4 de 6
Se consideran indicadores del proceso las reclamaciones recibidas y la satisfacción de los grupos de
interés, profesorado y estudiantes, con el desarrollo y la coordinación de las enseñanzas. (Ver CESAGPS7)
El responsable de calidad del título recogerá anualmente la información necesaria para que la CGC
proceda al análisis de la planificación y del desarrollo de la enseñanza de las titulaciones e informará a
la Dirección del resultado de este análisis. Tal como establece el proceso de información pública,
CESAG PE-8, se informará de forma global a los grupos de interés externos e internos.
8.
EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Planificación docente.
Memoria Anual
Papel e Informático
Papel e Informático
Guías Docentes
Actas de las reuniones de
coordinación
Actas de las reuniones de
Departamentos
Acta de la Comisión de Garantía de
Calidad referente a los indicadores
del proceso
Informático
Papel e Informático
Papel e Informático
Papel e Informático
Responsable
custodia
Dirección
Jefaturas de
Estudios
Secretaría
Coordinador de
Titulación
Jefe de
Departamento
Secretario de la
CGC
Tiempo de
conservación
6 años
6 años
indefinido
6 años
6 años
6 años
9.
AGENTES PARTICIPANTES
9.1 Profesorado de las asignaturas
-Elaboran las guías docentes
-Se coordinan con el resto del profesorado de su asignatura y de su módulo y del
Departamento.
-Implementan las mejoras y modifican la guía docente
9.2 Director del Departamento
-Vela por la coherencia del proceso de planificación y desarrollo de la enseñanza de las
asignaturas adscritas al Departamento.
9.3 Coordinador de la titulación
-Revisa y asesora la elaboración de las guías docentes para que se ajuste a lo establecido
en la memoria de verificación.
-Forma parte de la comisión de coordinación del profesorado del Título
9.4 Responsable de calidad
-Elabora el informe cualitativo y cuantitativo para el seguimiento de la titulación, a partir de
las incidencias, reclamaciones, sugerencias y felicitaciones.
PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE 6
Versión: 1.0
Página 5 de 6
9.5 Comisión de Garantía de Calidad de la Titulación
-Vela por la calidad del Título y por la implantación, gestión, coordinación y seguimiento de
las actividades relativas al SGIC.
-Elabora la Memoria anual.
-Analiza los indicadores del proceso.
-Propone modificaciones al modelo de guía docente del CESAG
9.6 Equipo Directivo
-Elabora la planificación docente
-Revisa y aprueba el modelo de guía docente del CESAG
9.7 Gabinete de Comunicación del CESAG
-Difundir las guías docentes a través de la web del CESAG
PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA
ENSEÑANZA
CÓDIGO: CESAG-PE 6
10.
Versión: 1.0
FLUJOGRAMA
ANEXOS
-Planificación docente.
-Modelo de Guía Docente del CESAG.
Página 6 de 6
PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE
RESULTADOS
CÓDIGO: CESAG-PE7
Versión: 1.0
Página 1 de 6
PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE
RESULTADOS
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Dirección
Área de Calidad e Innovación
Fecha: 01-10-09
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 10-02-10
Fecha: 10-02-10
PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE
RESULTADOS
CÓDIGO: CESAG-PE7
Versión: 1.0
Página 2 de 6
1. OBJETO
Realizar la recogida y análisis de la información relativa al programa formativo con el fin que la toma de
decisiones se haga en base a información suficiente y necesaria, y controlar el desarrollo de la
enseñanza con el fin de garantizar su calidad.
2. ALCANCE
Todas las actividades necesarias para llevar a cabo las cuatro fases fundamentales para garantizar la
calidad de los programas formativos:
a) Recogida y análisis de la información
b) Toma de decisiones
c) Control, revisión y mejora continua
d) Rendición de cuentas
Estas fases deben sucederse de forma cíclica para que se mejore de manera continua la titulación.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
- Responsable de calidad del CESAG
- CGCT
- SEQUA (UIB)
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
- Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales.
- Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la Universitat de les
Illes Balears
5. DEFINICIONES
SGIC: Sistema de Garantía Interna de Calidad
6. DESARROLLO
6.1. Generalidades
El Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) de los centros y títulos oficiales de la UIB se basa en
la aplicación cíclica de cuatro fases consecutivas:
 Recogida y análisis de la información
 Toma de decisiones
 Control, revisión y mejora continua
 Rendición de cuentas
6.2. Recogida y análisis de la información
6.2.1. Recopilación de la información
Es necesario que los responsables de la gestión de la calidad de un título conozcan lo que sucede en
dicho título. Por este motivo, el responsable de calidad de la titulación será el encargado de recopilar,
PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE
RESULTADOS
CÓDIGO: CESAG-PE7
Versión: 1.0
Página 3 de 6
revisar y comprobar la validez de toda la información relativa al desarrollo de los procesos, de los
objetivos de la titulación y de sus resultados y, ponerla a disposición de la CGCT para que la analice.
En caso de que el responsable de calidad detecte la ausencia o carencia de fiabilidad en la información
debe comunicarlo a quien le ha suministrado dicha información para que proceda a corregirla o
completarla.
6.2.2. Fuentes de información
Ver “PS6. Recogida y medición de resultados”
6.2.3. Análisis de la información
La CGCT se reunirá como mínimo cada semestre, tras ser convocada por su Secretario. El Secretario
levantará acta de las sesiones que enviará a todos los componentes de la CGQ, los cuales dispondrán
de una semana para proponer correcciones. De lo contrario se considerará aprobada.
Los informes, indicadores y estadísticas a que hace referencia el punto anterior deben ser analizados
por la CGCT en sus reuniones periódicas o extraordinarias en caso de que el responsable de calidad
así lo considere necesario. Debe quedar evidencia en acta, tanto de la información que se ha analizado
como de las decisiones tomadas.
6.3. Toma de decisiones
Del análisis anterior deben realizarse acciones de mejora (correctiva o preventiva) con el fin de
solucionar los puntos débiles, prevenir su potencial aparición o mejorar el sistema.
Como consecuencia de la priorización de las propuestas de mejora debe establecerse el Plan Anual de
Mejora en el que se especifiquen las acciones a realizar, el responsable o responsables de llevarlas a
cabo y la fecha de inicio y finalización de las tareas. En caso de que sea necesario se especificarán los
recursos necesarios para ejecutar las actividades encomendadas.
Los planes de mejora que elabore la CGQT deberán ser aprobados por el Equipo Directivo.
6.3.1. Implantación de los planes de mejora / ejecución de acciones.
Los planes de mejora han de ejecutarse según lo previsto en los planes de acción fruto del análisis de
la información, revisiones del sistema u otras fuentes.
PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE
RESULTADOS
CÓDIGO: CESAG-PE7
Versión: 1.0
Página 4 de 6
6.4. Control, revisión y mejora continua
6.4.1. Control de la implantación / ejecución de acciones
La Directora es la responsable de hacer un seguimiento continuo de las acciones planificadas. Una vez
ejecutadas llevará la información de los resultados a las reuniones del CGCT.
6.4.2. Memoria anual de seguimiento del SGIQ
En la reunión del último semestre la CGCT elaborará una memoria que recoja los principales resultados
de las actividades realizadas (incluyendo todas aquellas relativas a la gestión de la calidad), que se
aprobará en el Equipo Directivo y que se publicará en la web. La memoria ha de ir acompañada de un
informe de los resultados académicos logrados durante el curso y contener las propuestas de mejora
que se deriven.
Una vez aprobadas las memorias la Directora del Centro las remitirá a la CQUIB para su revisión y
estudio.
En concreto, la memoria ha de incluir:
 La política de calidad y objetivos generales
 Los resultados del seguimiento y cumplimiento de los objetivos de la calidad del título.
 Resultados y seguimiento del aprendizaje, de la inserción laboral, de los programas de
movilidad, de las prácticas externas, del logro de competencias, de la orientación profesional y
de las acciones de orientación, acogida y tutorización.
 Información relativa a la satisfacción de los grupos de interés internos y externos.
 Información relativa a sugerencias, quejas o reclamaciones.
 El estado de las acciones de mejora
 Seguimiento de las acciones previstas en revisiones anteriores del SGIC
 Cambios que podrían afectar al SGIC
 Evaluación de las oportunidades de mejora y necesidad de efectuar cambios en la gestión del
sistema
 Revisión de las directrices del RD 1393/2007
 Propuesta de los objetivos de calidad para la próxima anualidad
 Propuestas de mejora del SGIC
6.5. Rendición de cuentas
La memoria anual será pública en la web y accesible a los grupos de interés y a toda la sociedad en
general.
7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
Las actividades previstas en este proceso deberán incluirse en la memoria anual tal y como se describe
en el capítulo sexto de este documento.
PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE
RESULTADOS
CÓDIGO: CESAG-PE7
Versión: 1.0
Página 5 de 6
8. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Actas de la CGCT
Papel y/o
informático
Papel y/o
informático
Papel y/o
informático
Actas del Equipo Directivo
Memoria anual de seguimiento del
SGIC
Responsable
custodia
Secretario de
CGCT
Secretario del ED
Tiempo de
conservación
6 años
Directora titular
6 años
6 años
9. AGENTES PARTICIPANTES
9.1. Responsable de Calidad
Recopilar la información
9.2. Comisión de Garantía de Calidad de la titulación
Analizar la información, elaborar los Planes de Mejora y redactar la memoria anual de seguimiento del
SGIQ
9.3. Equipo Directivo
Aprobar los planes de mejora y revisar la oferta formativa
9.4. Directora titular
Controlar la implantación o ejecución de las acciones
9.5. CQUIB
Recibir, estudiar y aprobar las memorias anuales de seguimiento del SGIC.
PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE
RESULTADOS
CÓDIGO: CESAG-PE7
Versión: 1.0
10. FLUJOGRAMA
11. ANEXOS
Modelo de memoria anual de seguimiento del SGIC
Página 6 de 6
PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
CÓDIGO: CESAG-PE8
Versión: 1.0
Página 1 de 6
PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Dirección
Área de Calidad e Innovación
Fecha: 29-10-09
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 17-03-10
Fecha: 17-03-10
PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
CÓDIGO: CESAG-PE8
Versión: 1.0
Página 2 de 6
1. OBJETO
El objeto del presente procedimiento es establecer la sistemática que se ha de seguir para hacer
pública la información relativa a las titulaciones, garantizar que es la adecuada, está actualizada y es
suficiente para satisfacer las necesidades de los grupos de interés.
2. ALCANCE
La selección, recopilación, validación, difusión y revisión periódica y continua de la información pública
relativa al título y al CESAG.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
Comisión de Garantía de Calidad del Título.
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
• Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales.
• Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la Universitat de les
Illes Balears.
5. DEFINICIONES
CGC: Comisión de Garantía de Calidad del Título
6. DESARROLLO
6.1. Generalidades:
El CESAG considera una obligación mantener informados a los distintos grupos de interés sobre la
estructura organizativa, las titulaciones y los programas. Por esta razón pública y revisa periódicamente
información actualizada sobre, como mínimo, las cuestiones siguientes:
• La oferta formativa
• Los objetivos y planificación de las titulaciones
• Las políticas de acceso y orientación de los estudiantes
• El perfil de ingreso y de titulado
• Las metodologías de enseñanza, aprendizaje y evaluación (incluidas, cuando es el caso, las
prácticas externas)
• Las posibilidades de movilidad
• Los mecanismos para realizar reclamaciones, alegaciones y sugerencias
• Los procedimientos de acceso, evaluación, promoción y reconocimiento del personal
académico y de apoyo.
• Los servicios que ofrece y la utilización de recursos materiales.
• Los resultados de la enseñanza (en lo que se refiere al aprendizaje, inserción laboral y la
satisfacción de los diferentes grupos de interés)
PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
CÓDIGO: CESAG-PE8
Versión: 1.0
Página 3 de 6
6.2.
Selección de la información que ha de publicarse:
La CGC decidirá qué información relacionada con las cuestiones señaladas en el subapartado anterior
se publicará, a qué grupos de interés se dirigirá y qué canal es el más adecuado para difundir la
información.
Esta información será supervisada por el Equipo de Dirección.
6.3.
Recopilación de la información:
Cuando se ha decidido qué información va a difundirse, el responsable de calidad de la titulación se
encargará de la recopilación de ésta.
6.4.
Validación de la información:
La CGC se encargará de comprobar que la información sea fiable suficiente y adecuada. El equipo de
dirección la validará.
6.5.
Difusión de la información:
Una vez validada la información, el equipo de dirección será el responsable realizar la difusión del
modo y a través de los canales planificados.
6.6.
Revisión periódica y continua de la información publicada
El responsable de calidad de la titulación será el encargado de comprobar la actualización de la
información publicada y realizará cualquier observación a la CGC para iniciar de esta forma el proceso.
7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
El responsable de calidad de la titulación será el responsable de comprobar la actualización de la
información publicada.
Los indicadores relacionados con este proceso son los que siguen:
• Publicación del Manual de Calidad (PE8-I1)
• Publicación de la Memoria (PE8-I2)
8. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Actas de la CGC
Papel y/o
informático
Papel y/o
informático
Actas del equipo de dirección
Responsable
custodia
Secretario/a de la
CGC
Secretario/a
Tiempo de
conservación
6 años
6 años
9. AGENTES PARTICIPANTES
9.1. Responsable de Calidad
Recopilar la información que ha de publicarse y revisarla de forma periódica i continua.
9.2. Comisión de Garantía de Calidad
PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
CÓDIGO: CESAG-PE8
Versión: 1.0
Página 4 de 6
Decidir qué información debe publicarse y cómo, y validar la información recopilada por el responsable
de calidad.
9.3. Equipo de Dirección
Aprobar la información que ha de publicarse y difundirla.
PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
CÓDIGO: CESAG-PE8
10. FLUJOGRAMA
Versión: 1.0
Página 5 de 6
PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
CÓDIGO: CESAG-PE8
11. ANEXOS
Versión: 1.0
Página 6 de 6
PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL
TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE9
Versión: 1.0
Página 1 de 4
PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y
REVISIÓN DEL TÍTULO
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Dirección
Área de Calidad e Innovación
Fecha: 12-11-09
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 03-02-10
Fecha: 03-02-10
PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL
TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE9
Versión: 1.0
Página 2 de 4
1. OBJETO
El objeto del presente procedimiento es realizar la revisión y el control periódico del programa formativo
para garantizar su calidad.
2. ALCANCE
Todas las actividades necesarias para llevar a cabo las cuatro fases fundamentales orientadas a la
garantía de calidad de los programas formativos:
• Recogida y análisis de la información.
• Toma de decisiones
• Control, revisión y mejora continua
• Rendición de cuentas
Estas fases deben sucederse de forma cíclica para que se mejore de forma continua la titulación.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
Comisión de Garantía de Calidad.
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
• Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales.
• Reglament d’ordenació dels ensenyaments universitaris de grau de la Universitat de les Illes
Balears
5. DEFINICIONES
CGC: Comisión de Garantía de Calidad del Centro.
6. DESARROLLO
6.1. Generalidades:
El sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) del CESAG se basa en la aplicación de cuatro fases
consecutivas:
• Recogida y análisis de la información.
• Toma de decisiones
• Control, revisión y mejora continua
• Rendición de cuentas
6.2. Revisión del Sistema de Garantía Interna de Calidad:
Una vez al año, la CGC ha de revisar el sistema y elaborar la memoria anual de seguimiento del SGIC.
(Ver PE7. Análisis y mejora de resultados)
6.2.1. Revisión de las directrices del Real Decreto 1393/2007: Una vez al año, la CGC revisará
todas las actividades del título, incluyendo, como mínimo, la información relativa a las directrices del
Real Decreto 1393/2007, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Estos
aspectos son:
PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL
TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE9
Versión: 1.0
Página 3 de 4
• Objetivos, perfil de ingreso y perfil de graduado
• Organización/planificación del programa formativo
• Acceso y admisión de estudiantes
• Personal académico
• Recursos materiales y servicios
• Resultados
6.2.2. Revisión de la oferta formativa del centro: Una vez al año, el equipo de dirección revisará la
oferta formativa para comprobar su adecuación. Se pueden dar varias posibilidades según la gravedad
de las incidencias detectadas:
• Leve: se elaborarán planes de mejora que seguirán el proceso PE7. Proceso de análisis y
mejora de resultados.
• Medio: se revisará la oferta formativa según el proceso PE3. Diseño y aprobación de la
enseñanza, y se planteará el desarrollo de un nuevo plan de estudios o la reforma de los
planes de estudios existentes.
• Grave o no acreditación: deberá plantearse la extinción del título según el proceso PE10.
Criterios para la eventual extinción del título.
El resultado de esta revisión deberá formar parte de la memoria anual de seguimiento del SGIC de
cada título.
6.3. Rendición de cuentas:
La memoria anual será pública en la web y accesible a todos los grupos de interés.
7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
Las actividades incluidas en este proceso deben formar parte de la memoria anual como se indica en el
apartado 5 de este procedimiento.
Los indicadores relacionados con este proceso son los que siguen:
• Porcentaje de programas formativos modificados (PE9-I1)
• Número de modificaciones realizadas en el programa formativo (PE9-I2)
8. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Actas de la CGC
Papel y/o
informático
Papel y/o
informático
Papel y/o
informático
Actas del equipo de dirección
Memoria anual de seguimiento del
SGIC
Responsable
custodia
Secretario/a de la
CGC
Secretario/a
Tiempo de
conservación
6 años
Directora Titular
6 años
6 años
9. AGENTES PARTICIPANTES
9.1. Responsable de calidad del título: Recopilar la información, elaborar planes de mejora.
9.2. Comisión de Garantía de Calidad: Revisar la adecuación del título, elaborar la memoria anual y
garantizar una adecuada rendición de cuentas.
PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL
TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE9
10. FLUJOGRAMA
11. ANEXOS
Versión: 1.0
Página 4 de 4
PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN
DEL TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE10
Versión: 1.0
Página 1 de 6
PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL
EXTINCIÓN DEL TÍTULO
Versión
Fecha
Cambios respecto al anterior
Elaborado por:
Revisado por:
Aprobado por:
Dirección
Área de Calidad e Innovación
Fecha: 19-11-09
Equipo Directivo
Equipo Directivo
Fecha: 10-02-10
Fecha: 10-02-10
PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN
DEL TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE10
Versión: 1.0
Página 2 de 6
1. OBJETO
El objeto del presente procedimiento establecer los criterios para la extinción del título y garantizar los
derechos de los alumnos en caso de que éste se extinga.
2. ALCANCE
Las actividades que han de llevarse a cabo desde la definición de los criterios de extinción del título
hasta la extinción efectiva, en el caso que sea necesario.
3. RESPONSABLES DEL PROCESO
Comisión de Garantía de Calidad del Título
Equipo de dirección
Comisión de Garantía de Calidad UIB
4. REFERENCIAS/NORMATIVA
• Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales.
5. DEFINICIONES
Extinción: acción de extinguir o extinguirse, el efecto. Cese de los efectos de un acto o de una relación
de naturaleza jurídica. En el caso de la extinción de un título, implica la baja en el RUCT y la pérdida
del carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional.
6. DESARROLLO
Este procedimiento tiene dos partes fundamentales: criterios de extinción y procedimientos para
garantizar los derechos de los alumnos.
6.1. Motivos de extinción:
La extinción de las enseñanzas de Grado del CESAG se regirá por dos tipos de criterios:
6.1.1. No acreditación: El artículo 28 del RD 1393/2007 especifica que:
“3. Se considerará extinguido un plan de estudios cuando el mismo no supere el proceso de
acreditación previsto en el artículo 27” ello implica “comprobar que el plan de estudios correspondiente
se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial”, y que “En caso de informe negativo, se
comunicará a la Universidad, a la Comunidad Autónoma y al Consejo de Universidades para que las
deficiencias encontradas puedan ser subsanadas. De no serlo, el título causará baja en el mencionado
Registro y perderá su carácter oficial y su validez en todo el territorio nacional, estableciéndose en la
resolución correspondiente las garantías necesarias para lo estudiantes que se encuentren cursando
dichos estudios.”
Por lo tanto, el CESAG considerará extinguido un plan de estudios cuando no supere este proceso de
evaluación.
6.1.2. Modificación del plan de estudios: Se procederá asímismo a la suspensión del título cuando,
después de modificar los planes de estudios y comunicarlo al Consejo de Universidades para que la
ANECA realice una valoración de estas modificaciones (art. 28 del RD 1393/2007), ésta considere que
PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN
DEL TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE10
Versión: 1.0
Página 3 de 6
las modificaciones suponen un cambio apreciable en la naturaleza y los objetivos del título previamente
inscrito en el RUCT, cosa que supone que se trata de un nuevo plan de estudios y se procede a actuar
como corresponde a un nuevo título. Finalmente, también podría producirse la suspensión de un título
cuando de forma razonada lo propusieran los órganos competentes de la Universidad o de la
Comunidad Autónoma de acuerdo con la normativa vigente.
6.1.3. Decisión del Consell de Govern sobre la base de indicadores objetivos: El Consell de
Govern de la Universidad puede proponer la extinción de un título cuando, basándose en indicadores
objetivos (por ejemplo: tasa de inserción laboral, tasa de graduación, etc.) se adopte esta resolución.
6.1.4. Cambios en el ordenamiento jurídico: Un título puede extinguirse si, por cambios en las
leyes de ordenación universitaria vigentes en un determinado momento, éstas dejaran de cumplirse.
6.1.5. Procedimiento interno: La CGC, como consecuencia del análisis de toda la información
existente, y en función de los resultados obtenidos, puede eventualmente detectar anomalías o
irregularidades graves en el desarrollo del título que la lleven a proponer a los órganos superiores la
modificación de éste. Igualmente, el Equipo de Dirección o la CGQUIB, a partir de las memorias
anuales de seguimiento, evaluación y mejora, pueden elevar a órganos superiores una propuesta de
modificación del plan de estudios o la extinción de éste.
6.2. Garantía de los derechos de los alumnos:
En el caso de la eventual suspensión de un título oficial, la Universidad garantizará el adecuado
desarrollo efectivo de las enseñanzas que hayan iniciado los estudiantes hasta que se finalicen, tal
como establece el artículo 28 del RD 1393/2007.
En el caso de extinción del título, se garantizarán los derechos de los estudiantes adquiridos al
matricularse. Por ello se seguirá el procedimiento siguiente:
• No admisión de estudiantes de nueva matrícula.
• Supresión de forma gradual de la docencia.
• Asignación de tutores para que desarrollen actividades con los estudiantes repetidores.
• Garantía del derecho a la evaluación hasta el consumo de las convocatorias que regule la
Universitat de les Illes Balears.
7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
Las actividades incluidas en este proceso deben formar parte de la memoria anual como se indica en el
PE9. Garantía de Calidad y Revisión del Título.
Los indicadores relacionados con este proceso son los que siguen:
• Número de títulos que se suspenden (grado y postgrado) (PE10-I1)
• Número de informes negativos de la ANECA (PE10-I2)
8. EVIDENCIAS Y REGISTRO
Identificación del registro
Soporte
Documentos generados por la Papel
extinción del Título.
informático
Memoria anual de seguimiento del Papel
SGIC
informático
Responsable
custodia
y/o Directora Titular
Tiempo
de
conservación
6 años
y/o Directora Titular
6 años
PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN
DEL TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE10
Versión: 1.0
Página 4 de 6
9. AGENTES PARTICIPANTES
9.1. Responsable de calidad del título: Recopilar la información.
9.2. Comisión de Garantía de Calidad: Analizar la información, elaborar los planes de mejora y
redactar la memoria anual de seguimiento del SGIC. Proponer modificaciones del plan de estudios.
9.3. CGQUIB: Proponer modificaciones del plan de estudios.
9.4. Equipo de dirección: Proponer modificaciones del plan de estudios. Garantizar los derechos de
los alumnos matriculados en las titulaciones que se extinguen.
PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN
DEL TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE10
10. FLUJOGRAMA
Versión: 1.0
Página 5 de 6
PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN
DEL TÍTULO
CÓDIGO: CESAG-PE10
11. ANEXOS
Versión: 1.0
Página 6 de 6

Documentos relacionados