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PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD CÓDIGO: CESAG-PE1 Versión: 1.0 Página 1 de 6 PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección Área de Calidad e Innovación Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 01-10-09 Fecha: 17-02-10 Fecha: 17-02-10 PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD CÓDIGO: CESAG-PE1 Versión: 1.0 Página 2 de 6 1. OBJETO Establecer la sistemática que se ha de aplicar en la elaboración y la revisión de la política y los objetivos de calidad del Centro y de las titulaciones del CESAG. 2. ALCANCE Este procedimiento será de aplicación tanto para la definición inicial de la Política y los objetivos de calidad como para sus revisiones periódicas. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO Directora titular 4. REFERENCIAS/NORMATIVA Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB. 5. DEFINICIONES Política de Calidad: conjunto de intenciones globales y orientación de una organización relativas al compromiso con la calidad del servicio enfocado hacia el usuario y a las partes interesadas. Objetivos de Calidad: relación de aspectos, propuestas e intenciones a asumir con el propósito de mejorar la institución 6. DESARROLLO 6.1. Generalidades La política de calidad y los objetivos de calidad de los títulos del CESAG son coherentes con los definidos por el propio Centro en su declaración institucional de calidad. Los objetivos de la titulación describen las competencias (conocimientos, habilidades y valores) que los estudiantes habrán adquirido al final del proceso de aprendizaje (cuando hayan completado todas las actividades previstas en el programa de la titulación). La política de calidad ha de cumplir las premisas siguientes: Es comunicada y entendida por todos los niveles de la organización. Es revisada para lograr una continua adecuación. Existe el compromiso de satisfacer los requisitos y la mejora continua Ofrece un marco para establecer los objetivos. Además del PDI, PAS y alumnos se considera muy positivo que se impliquen en la definición de la política y los objetivos otros grupos de interés (colegios profesionales, empleadores, administraciones públicas, etc.). PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD CÓDIGO: CESAG-PE1 Versión: 1.0 Página 3 de 6 6.2. Definición inicial de la política y los objetivos de calidad 6.2.1. Análisis de los elementos de entrada La Directora Titular del CESAG como representante de la titularidad, y los responsables de calidad de cada titulación son las personas responsables de recopilar y analizar los elementos de entrada para elaborar el borrador de la política y de los objetivos de calidad del Centro y de sus titulaciones. Los elementos de entrada que se han de tener en cuenta son, como mínimo: Declaración institucional de calidad de la Congregación Pureza de María Carta Magna de las Universidades Europeas (Bolonia, 1988) Declaración institucional de calidad de la UIB Reglamento de ordenación académica de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB Líneas de política universitaria de la UIB 6.2.2. Elaboración del borrador de política y objetivos de calidad La Directora Titular, junto a su equipo y los responsables de calidad de cada titulación han de elaborar el borrador de la política y objetivos de calidad del centro y de las titulaciones y lo elevará a la Junta de titularidad de Centro para su revisión. 6.2.3. Revisión del borrador La Junta de Titularidad del Centro ha de revisar el borrador asegurándose que la política: a) sea adecuada al propósito del Centro b) incluya el compromiso de cumplir con los requisitos y de mejorar continuamente la eficacia del sistema de gestión interna de la calidad c) proporcione un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de calidad d) sea comunicada y extendida en el centro e) sea revisada para su continua adecuación. Igualmente ha de comprobar que los objetivos: a) han de ser coherentes con la política de calidad establecida b) han de ser mesurables c) han de incluir una planificación de actividades para su consecución d) ha de realizarse un seguimiento periódico y sistemático de su evolución En caso de que haya enmiendas, la Directora titular será la persona responsable de realizar los cambios oportunos. 6.2.4. Aprobación de la política y los objetivos de calidad La Junta de Titularidad del Centro es la responsable de aprobar el documento definitivo después de que el decano haya hecho las enmiendas oportunas. PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD CÓDIGO: CESAG-PE1 Versión: 1.0 Página 4 de 6 6.2.5. Difusión La versión definitiva de la política y de los objetivos aprobada por la Junta de Centro ha de ser pública y accesible a todos los grupos de interés. Por este motivo se hará difusión según lo que establece el procedimiento de información pública. 6.2.6. Revisión de la política y los objetivos de calidad En la reunión del último semestre la CGCC elaborará una memoria que recoja los principales resultados de las actividades realizadas (incluyendo todas aquellas relativas a la gestión de la calidad), que se aprobará en el Equipo Directivo y que se publicará en la web. La memoria ha de ir acompañada de un informe de los resultados académicos conseguidos durante el curso y contener las propuestas de mejora que se deriven. Una vez aprobadas las memorias en el Equipo Directivo, la directora titular las remitirá a la CQUIB para su revisión y estudio. Entre otras, la memoria ha de incluir la política de calidad y objetivos generales y los resultados del seguimiento y cumplimiento de los objetivos de la calidad del título. En el caso que en la revisión anual se considere necesaria la modificación de la política y/o de los objetivos, seguirá lo que se describe en el punto 6.2 de este procedimiento. 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN La información relativa a la política y objetivos de calidad formará parte de la memoria anual de seguimiento del SGIC según lo que se describe en el proceso PE7 “Análisis y mejora de resultados”. 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Actas de la Junta de Titularidad Papel y/o informático Actas del Equipo Directivo Papel y/o informático Papel y/o informático Papel y/o informático Actas de la CGCC Declaración de la Política y objetivos de calidad Responsable custodia Secretario de la Junta de Titularidad Secretario del Equipo Directivo Secretario de la CGCC Directora Titular Tiempo de conservación 6 años 6 años 6 años 6 años PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD CÓDIGO: CESAG-PE1 Versión: 1.0 Página 5 de 6 9. AGENTES PARTICIPANTES Equipo Directivo Recopilar y analizar los elementos de entrada, elaborar el borrador de política y objetivos, realizar las enmiendas necesarias y difundir la declaración de política y los objetivos de calidad aprobados. Responsable de Calidad Recopilar y analizar los elementos de entrada, elaborar el borrador de política y objetivos de su título. Junta de Titularidad Revisar el borrador de política y objetivos y aprobar la declaración de política y los objetivos de calidad Comisión de Garantía de Calidad del Título Realizar la revisión anual del cumplimiento de la política y objetivos de calidad, redactar la memoria anual y, evaluar la necesidad de cambiar la política y/o los objetivos. PROCESO DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA Y OBJETIVOS DE CALIDAD CÓDIGO: CESAG-PE1 Versión: 1.0 10. FLUJOGRAMA 11. ANEXOS Política de Calidad del CESAG Página 6 de 6 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y PAS CÓDIGO: CESAG-PE2 Versión: 1.0 Página 1 de 7 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE PDI Y PAS Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 01-10-09 Fecha: 08-09-10 Fecha: 15-09-10 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y PAS CÓDIGO: CESAG-PE2 Versión: 1.0 Página 2 de 7 1. OBJETO Establecer la sistemática que hay que aplicar en la elaboración y revisión de la política de personal. 2. ALCANCE Este procedimiento será de aplicación tanto para la definición de la política de personal como para las sucesivas revisiones y mejoras. La política de personal tiene que tener en cuenta las características propias de los servicios y áreas y dar respuestas o propuestas concretas para cada uno en caso de que sea necesario. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO Directora titular 4. REFERENCIAS/NORMATIVA Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades Normativa estatal y propia de la Comunidad Autónoma Estatutos de la Universidad Legislación laboral: Estatuto de trabajadores, convenio colectivo Documento de plantilla 5. DEFINICIONES Política de personal: conjunto de directrices que marcan las intenciones y orientación de una organización con respecto a la selección, promoción, formación y reconocimiento del personal. 6. DESARROLLO 6.1. Introducción La política de PAS y PDI se plasma en el RRI y que recoge las líneas estratégicas y las actuaciones de despliegue de la propia política. La Dirección elabora el Plan partir de información del contexto interno y externo del CESAG. Anualmente se revisa y modifica, si es necesario. 6.2. Elementos de entrada para la elaboración de la política de PAS y PDI La Dirección recopila los siguientes elementos de entrada, del entorno tanto interno como externo de la Universidad: • Necesidades y demandas de los servicios. • Necesidades y demandas de las titulaciones. PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y PAS CÓDIGO: CESAG-PE2 Versión: 1.0 Página 3 de 7 • Necesidades y demandas de los Departamentos y áreas de gestión para aspectos relacionados con la docencia o no. • Necesidades relacionadas con la divulgación de la cultura. • Imposiciones y cambios normativos. • Resultados de evaluaciones. • Disponibilidad presupuestaria. 6.3. Revisión de los elementos de entrada y elaboración del borrador Como mínimo una vez el año, la Dirección analiza toda la información de los elementos de entrada, revisa su política y, si es necesario, la modifica. En caso de que la política de personal tenga que ser modificada, la Dirección elabora un borrador que incluirá el conjunto de directrices que marcan las intenciones y orientación de la organización con respecto a la captación y selección (ver PS1_2), la evaluación, la promoción, el reconocimiento y los incentivos (ver PS2_2) y la formación del personal (ver PS3_2). A la hora de elaborar la política del PAS se tienen en cuenta las necesidades reales de la organización, la eficacia y la eficiencia de la gestión, la motivación y el desarrollo de las personas que forman parte de la organización. Se elabora oídos a los agentes que intervienen y se recogen los resultados de evaluaciones, de encuestas y de auditorías. La propuesta de borrador que la Dirección elabora en relación con el colectivo del PDI y PAS, se concreta en propuestas de actuación en relación con: • Catálogo de puestos de trabajo (creaciones, amortizaciones, modificación o supresión de puestos de trabajo, así como creación, modificación y supresión de unidades orgánicas). • Definición de planes de formación. • Definición de perfiles, sistemas de promoción y provisión de puestos. • Definición de planes de acción social. • Régimen retributivo, etc. De forma obligatoria y necesaria, como mínimo una vez el año y ligado a la confección del presupuesto, la Directora revisa, de acuerdo con su política, el catálogo de puestos de trabajo. Se trata de un documento estratégico en el cual se describe la estructura organizativa óptima para responder a las necesidades y demandas que tiene el CESAG. Según las posibilidades presupuestarias, el catálogo se materializa en la Relación de puestos de trabajo (RLT), que refleja la estructura de personal y la organización real en un momento determinado. 6.4. Revisión y aprobación de la política de PDI y PAS El Equipo Directivo valida la relación de puestos de trabajo del personal docente investigador y del personal de administración y servicios a partir de la propuesta presentada por la Directora, que se basa en los criterios generales de necesidades docentes, de investigación y de servicio. También al Equipo Directivo le corresponde la revisión de la política de PDI y PAS y de la propuesta de catálogo de PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y PAS CÓDIGO: CESAG-PE2 Versión: 1.0 Página 4 de 7 puestos de trabajo o, si es necesario, la modificación. Para la aprobación de la relación de puestos de trabajo se tendrán que observar las especificaciones y determinaciones (en cuanto a jornada, retribuciones, condiciones laborales, etc.) que establezca la legislación vigente. 6.5. Difusión de la política de PDI y PAS Los documentos mencionados, donde se marcan las líneas estratégicas de la política del paso de la Universidad, se difunden por diversas vías atendiendo la entidad del documento en cuestión. Básicamente se utilizan los medios de comunicación siguientes: - Comunicados y reuniones a través de los órganos de representación del PDI y PAS. - Comunicados y reuniones con los directores y responsables de los diferentes servicios y áreas de funcionamiento del PDI y PAS. - Comunicados de la Dirección directamente en todo el Personal a través de las listas de difusión interna del Servicio de Información del CESAG. 6.6. Seguimiento y medición La Dirección se encargará de recoger los indicadores de consecución de los objetivos de la política de PDI y PAS, que permitirá hacer el análisis, y la elaboración de un informe anual de resultados. Son indicadores del proceso los siguientes: Consecución de los objetivos de la política de PDI y PAS. 7. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Informático y papel Informático Responsable custodia Directora Titular Directora Titular Tiempo de conservación Indefinido 6 años Plan estratégico de PDI y PAS Revisiones y modificaciones de la Política de PDI y PAS Reglamento de Régimen Interior Informático Directora Titular Indefinido 8. AGENTES PARTICIPANTES 8. 1. Directora Titular - Recopilación y análisis de elementos de entrada - Revisión y modificación de la política de PDI y PAS - Elaboración del Reglamento de Régimen Interior (RRI) - Elaboración del Plan estratégico de Dirección y política del PDI y PAS - Difusión del Plan estratégico de Dirección y política del PDI y PAS PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y PAS CÓDIGO: CESAG-PE2 Versión: 1.0 8.2. Área de gestión e infraestructuras - Asesoramiento y seguimiento 8.3. Equipo directivo - Validación del Plan estratégico de Dirección y política del PDI y PAS Página 5 de 7 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y PAS CÓDIGO: CESAG-PE2 9. FLUJOGRAMA Versión: 1.0 Página 6 de 7 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DEL PDI Y PAS CÓDIGO: CESAG-PE2 Versión: 1.0 10. ANEXOS - Reglamento de Régimen Interior Organigrama Página 7 de 7 PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 Página 1 de 9 PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Fecha: 01-10-2009 Fecha: 03-02-10 Fecha: 08-09-10 PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 Página 2 de 9 1. OBJETO Diseñar y aprobar los planes de estudio de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual, según la normativa vigente para garantizar la VERIFICACIÓN y ACREDITACIÓN posterior. Mantener y renovar la oferta formativa. 2. ALCANCE El proceso descrito abarca: -Decisión por parte de la entidad titular de los títulos que se van a implantar en el CESAG, centro adscrito. -Aprobación a cargo del órgano competente de la UIB, -Adscripción de las titulaciones de Grado a la rama de conocimiento correspondiente, -Envío, si procede, de las propuestas de título al Consejo de Universidades para su VERIFICACIÓN e inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, -Control y revisión periódica de los estudios implantados, en estrecha relación con el proceso de Planificación y Coordinación de la Enseñanza (CESAG-PE6) y Criterios para la eventual extinción del Título (CESAG-PE10), para su reedición y ACREDITACIÓN. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO -CED -Comisión de Garantía de Calidad del CESAG -Comisión de Garantía de Calidad del Título 4. REFERENCIAS/NORMATIVA -RD 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. -Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB. Acuerdo normativo de 6 de febrero de 2008. -Reglamento de ordenación de las enseñanzas de carácter oficial (grado y máster) de la UIB. Acuerdo normativo 9386 de 16 de marzo de 2010 (FOU 328) -Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado. -Órdenes ECI/3854/2007 y ECI/3857/2007 por las que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil y Maestro en Educación Primaria, respectivamente. -Orden ECI/3858/2007 por la que se establecen los requisitos para la verificación del Máster de Secundaria y FP. -Acuerdo normativo 8506 del día 25 de abril de 2008 por el cual se aprueba el reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de máster y doctorado de la UIB, FOU 297. -Acuerdo normativo 7015 del día 28 de septiembre de 2004 por el cual se aprueba la normativa sobre títulos propios de postgrado de la UIB, FOU 245 PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 Página 3 de 9 5. DEFINICIONES Acreditación: Evaluación de los resultados obtenidos por una titulación previamente verificada e implantada. Todos los títulos oficiales se han de someter a un proceso de acreditación cada seis años. El objetivo es comprobar que la titulación se desarrolla adecuadamente. Supone una visita externa. CADE: Comisión asesora del diseño y elaboración de los títulos de grado. CED: Comisión de elaboración y diseño de los estudios de grado. Competencia: Combinación de conocimientos, habilidades (intelectuales, manuales, sociales, etc.), actitudes y valores que capacitan a un titulado para afrontar con garantías la resolución de problemas o la intervención en actividades profesionales recogidas en el perfil del graduado del plan de estudios. Crédito ECTS (European Credit Transfer and Accumulation System): Unidad de medida del haber académico que representa la cantidad de trabajo del estudiante para cumplir los objetivos del programa de estudios. Integra enseñanzas teóricas y prácticas, actividades académicas dirigidas y las horas de estudio y trabajo del estudiante para conseguir los objetivos formativos propios de cada una de las materias del plan de estudios. Evidencias: Pruebas que demuestran la veracidad de los datos aportados. 6. DESARROLLO ESTUDIOS DE GRADO En fecha 9 de abril de 2008 se constituye en el CESAG la comisión para la elaboración de las propuestas de Título de Grado, encargada de elaborar la memoria de verificación de los títulos. La comisión está compuesta por doce profesores del CESAG y dos miembros del PAS. Todos ellos han sido nombrados por la Dirección, teniendo en cuenta su experiencia en gestión y su curriculum docente, de forma que ha quedado representada la Dirección, el Área de Alumnado, el Área de Calidad e Innovación y el profesorado de todas las titulaciones que se imparten en el CESAG. Los representantes del PAS asesoran en temas de tipo administrativo. Todos los integrantes de la comisión recibieron formación específica en el proceso y diseño de planes de estudio de los nuevos títulos de grado antes del inicio de su tarea. Se organizan las comisiones en subcomisiones: una para la elaboración de los apartados de introducción, justificación, objetivos y planificación de las enseñanzas de cada uno de los títulos que ofrece el CESAG y otra para la elaboración de los apartados de acceso y admisión de estudiantes, personal académico, recursos materiales y servicios, resultados previstos, sistema de garantía de calidad del título y calendario de implantación. Estas subcomisiones se reúnen semanalmente. Se establece contacto permanente entre los miembros a través de correo electrónico para iniciar la reflexión sobre los temas a discutir en próximas reuniones y agilizar el intercambio de documentación. Todo ello con el objetivo de finalizar el proyecto en el mes de julio y seguir su tramitación por los cauces establecidos y según el calendario de la UIB para que el plan de estudios pueda implementarse en el curso 2009-2010. En las subcomisiones para la elaboración de los apartados 1, 2, 3 y 5 se inicia el trabajo con la elaboración conjunta de competencias generales de todos los titulados universitarios del centro. Las reuniones son conjuntas hasta que se aprueban estas competencias en fecha 30 de abril de 2008. PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 Página 4 de 9 A partir de este momento, cada subcomisión trabaja en la elaboración de las competencias específicas de cada uno de los grados, aprobándose durante el mes de mayo de 2008. Una vez establecidas las competencias se presentan en comisión y se inicia el trabajo de elaboración de la propuesta de planificación de las enseñanzas. En la planificación de las enseñanzas se ha contado con la opinión de la totalidad de los profesores a través de consultas relacionadas con sus Áreas de Conocimiento. En las Memorias para la solicitud de Verificación de los Títulos se describen los procedimientos de consulta a agentes internos y externos. Una vez elaborados los apartados “Descripción del título”, “Justificación”, “Objetivos”, y “Planificación de la enseñanza” el Gabinete de Comunicación del Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez se encarga de la difusión de los documentos por vía telemática, a fin de que desde los diferentes grupos de interés se puedan aportar alegaciones, dirigiéndolas a la Directora Titular del CESAG. Completadas las Memorias con el resto de apartados, se remiten al Consejo de Dirección de la UIB. Las Memorias presentadas para la solicitud de verificación de los Títulos de Educación Primaria y Educación Infantil tuvieron que ser reelaboradas ya que desde el Consejo de Universidades se informó al Rectorado que había que presentar una memoria conjunta CESAG-UIB. Una vez aprobadas las propuestas éste las envía al Consejo de Gobierno, que informa al Consejo Social y a la Junta de Coordinación universitaria de las Islas Baleares. Aprobadas las solicitudes de verificación por el Consejo de Gobierno e informado el Consejo Social, se remiten al Consejo de Universidades a la vez que a la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Islas Baleares. ANECA, conforme a lo establecido en el Art. 25 del RD 1393/2009, evalúa las Memorias presentadas y emite los informes provisionales y definitivos que se referencian en la siguiente tabla: Denominación del Título Informe provisional Graduado o Graduada en Periodismo por la Universitat de Expediente nº les Illes Balears 1017/2009 Fecha: 17/03/2009 Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual por la Expediente nº Universitat de les Illes Balears 1018/2009 Fecha: 17/03/2009 Graduado o Graduada en Educación Infantil por la Expediente nº Universitat de les Illes Balears 1124/2009 Fecha: 18/03/2009 Graduado o Graduada en Educación Primaria por la Expediente nº Universitat de les Illes Balears 1125/2009 Fecha: 18/03/2009 Informe favorable Expediente nº 1017/2009 Expediente 1018/2009 nº Expediente 1124/2009 nº Expediente 1125/2009 nº Los acuerdos del Consejo de Gobierno por los que se autoriza la implantación de las enseñanzas oficiales se publican en el BOIB: PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 Enseñanzas Oficiales de Grado en Periodismo Grado en Comunicación Audiovisual Grado en Educación Infantil Grado en Educación Primaria Página 5 de 9 Acuerdo Núm. 15084 Núm. 15076 Núm 16008 Núm 16010 BOIB Núm. 102 de 16-07-2009 Núm. 102 de 16-07-2009 Núm. 108 de 25-07-2009 Núm. 108 de 25-07-2009 El Consejo de Ministros de 4 de septiembre de 2009 acuerda el carácter oficial de los títulos de Grado y éstos quedan inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Resolución 16104/2009, BOE 244. Los Planes de Estudio se publican en el BOE: Plan de Estudios Resolución Grado en Periodismo Núm. 11585 de 11-06-2010 Grado en Comunicación Audiovisual Núm. 11577 de 28-06-2010 Grado en Educación Infantil Núm. 11580 de 28-06-2010 Grado en Educación Primaria Núm. 11581 de 28-06-2010 BOE Núm. 174 de 19-07-2010 Núm. 174 de 19-07-2010 Núm. 174 de 19-07-2010 Núm. 174 de 19-07-2010 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN El seguimiento de este proceso es responsabilidad de la Comisión de Garantía de Calidad del Título y del Centro. Los indicadores del proceso son los siguientes: -Número de títulos de grado y postgrado que se mantienen, reeditan, suspenden. -Número de títulos oficiales que se proponen. -Número de títulos propios que se proponen. 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Decretos, autorizaciones, planes de estudio, publicados en los boletines oficiales. Convenios de colaboración suscritos con la UIB. Solicitudes y autorizaciones no publicadas en los boletines oficiales. Planificación docente Soporte Responsable custodia Papel o Informático Dirección Tiempo de conservación Indefinido Papel Dirección Indefinido Papel Dirección Indefinido Papel e Informático Dirección 6 años PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 9. AGENTES PARTICIPANTES Dirección Titular del CESAG CED Comisión de Garantía de Calidad del CESAG Comisión de Garantía de Calidad del Título Consejo de Dirección de la UIB (No figura en el fluxograma) Consejo de Gobierno de la UIB Consejo Social de la UIB Consejo de Universidades Conselleria de Educación y Cultura del Gobierno de las Islas Baleares Rector/a de la UIB Página 6 de 9 PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 10. FLUJOGRAMA Versión: 1.0 Página 7 de 9 PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 Página 8 de 9 11. ANEXOS -DECRETO 95/2005, de 9 de septiembre, por el cual la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de EGB Alberta Giménez, adscrita a la Universidad de las Illes Balears (UIB), pasa a denominarse Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez, con efecto a partir del curso académico 2005-2006. BOIB nº 138 de 17 de septiembre de 2005. -Guía para la elaboración y diseño de los títulos de Grado. Universitat de les Illes Balears. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Periodismo. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Infantil. Propuesta del CESAG. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Infantil. Propuesta conjunta. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Primaria. Propuesta del CESAG. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Primaria. Propuesta conjunta. -Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Periodismo. Expdte. 1017/2009. -Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual. Expdte. 1018/2009. -Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Educación Infantil. Expdte. 1124/2009. -Informe de evaluación de ANECA. Graduado o Graduada en Educación Primaria. Expdte. 1125/2009. -Acuerdo 15076 del Consejo de Gobierno de día 26 de junio de 2009 por el cual se autoriza la implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Comunicación Audiovisual en la Universitat de les Illes Balears. BOIB 102. -Acuerdo 15084 del Consejo de Gobierno de día 26 de junio de 2009 por el cual se autoriza la implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Periodismo en la Universitat de les Illes Balears. BOIB 102. -Acuerdo 16008 del Consejo de Gobierno de día 10 de julio de 2009 por el cual se autoriza la implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Educación Infantil en la Universitat de les Illes Balears. BOIB 108. -Acuerdo 16010 del Consejo de Gobierno de día 10 de julio de 2009 por el cual se autoriza la implantación de las enseñanzas oficiales de Grado en Educación Primaria en la Universitat de les Illes Balears. BOIB 108. -RESOLUCIÓN 16104/2009 de 22 de septiembre, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de septiembre de 2009, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. PROCESO DE DISEÑO Y APROBACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE-3 Versión: 1.0 Página 9 de 9 -Planificación docente -Plan de estudios en BOE Periodismo. Resolución 11585 de 28 de junio de 2010, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en Periodismo. (BOE 174 de 19-07-2010) -Plan de estudios en BOE Comunicación Audiovisual. Resolución 11577 de 28 de junio de 2010, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en Comunicación Audiovisual. (BOE 174 de 19-07-2010) -Plan de Estudios en BOE Educación Infantil. Resolución 11580 de 28 de junio de 2010, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en Educación Infantil. (BOE 174 de 19-07-2010) -Plan de Estudios en BOE Educación Primaria. Resolución 11581 de 28 de junio de 2010, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en Educación Primaria. (BOE 174 de 19-07-2010) -Solicitudes, autorizaciones, convenios, Planes de estudio de Másteres PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO CÓDIGO: CESAG-PE4 Versión: 1.0 Página 1 de 5 PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección Área de Calidad e Innovación Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 01-10-09 Fecha: 03-02-10 Fecha: 03-02-10 PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO CÓDIGO: CESAG-PE4 Versión: 1.0 Página 2 de 5 1. OBJETO Establecer la sistemática que se ha de aplicar en la revisión del perfil de ingreso y del perfil de titulado idóneo en los estudios del CESAG. 2. ALCANCE Revisión de los perfiles teóricos de ingreso y de titulados. El diseño de perfiles que forma parte del proceso de diseño de los nuevos títulos de grado está previsto en la Guía para la elaboración y diseño de títulos de grado. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO - Equipo Directivo - CGCT - Responsable de calidad de la titulación. 4. REFERENCIAS/NORMATIVA - Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado - Memoria de verificación del título 5. DEFINICIONES Perfil de ingreso: descripción breve de las características personales y académicas (capacidades, conocimientos, intereses) que, en general, se consideran adecuadas para las personas que deban comenzar estudios de una titulación. Haciendo explícito el perfil de ingreso se pretende orientar a los posibles estudiantes sobre las características que se consideran idóneas para iniciar ciertos estudios, así como impulsar acciones para compensar algunas deficiencias (por ejemplo durante los primeros meses de la titulación). Perfil del titulado: Conjunto de conocimientos y competencias definidos que han de reunir los alumnos que acaban sus estudios en el CESAG. 6. DESARROLLO 6.1. Análisis y revisión de perfiles 6.1.1. Análisis de los elementos de entrada El responsable de calidad de la titulación es el encargado de recopilar y analizar los elementos de entrada para definir el perfil de ingreso y el perfil de los titulados de sus estudios. Los elementos de entrada que debe tener en cuenta son: - Programa formativo - Política de admisión de la Universidad de las Islas Baleares - Misión y visión de la UIB - Política de calidad del CESAG - Características del perfil de ingreso real - Marco normativo externo - Marco normativo interno - Análisis del entorno social, profesional, etc. PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO CÓDIGO: CESAG-PE4 Versión: 1.0 Página 3 de 5 6.2. Propuesta de perfiles Una vez analizados los elementos de entrada, el responsable de calidad de la titulación elaborará una propuesta que llevará a la CGCT para que haga la revisión. 6.3. Revisión de la propuesta La CGCT revisará la propuesta y se asegurará de que el perfil de ingreso describe las características personales y académicas (capacidades, conocimientos, intereses) que en general se consideran adecuadas para las personas que deban comenzar estudios de la titulación y que el perfil de titulado incluye el conjunto de conocimientos y competencias definidos que han de reunir los alumnos al finalizar los estudios. En caso de que la propuesta no sea adecuada, el responsable de calidad de la titulación será la persona indicada para hacer las enmiendas pertinentes. 6.4. Aprobación El Equipo Directivo debe aprobar los perfiles de ingreso y de titulado. La definición de estos perfiles debe formar parte de la memoria anual de resultados del SGIC. 6.5. Difusión Una vez aprobada la versión definitiva por el Equipo Directivo debe hacerse pública y accesible a todos los grupos de interés. La persona responsable de calidad del a titulación debe asegurarse de que la difusión se hace de manera adecuada. La definición será publicada en la página web del CESAG 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN La CGCT debe revisar la vigencia del perfil de ingreso y del perfil de titulado por lo menos una vez al año. Los indicadores que se utilizarán para realizar el seguimiento serán: - Porcentaje de alumnos nuevos por sexos con titulaciones previas. - Notas de acceso de los alumnos de primer curso - Nivel de competencias generales adquiridas - Nivel de conocimientos lingüísticos adquiridos - % de simultaneidad de estudios - Necesidades formativas de los alumnos - Grado de inserción laboral de los egresados en los dos primeros años 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Actas de la CGCT Papel/ informático Actas del Equipo Directivo Perfil de ingreso Papel/ informático Papel/ informático Perfil del titulado Papel/ informático Responsable custodia Secretario de CGCT Secretario del ED Responsable de calidad del Centro Responsable de calidad del Centro Tiempo de conservación 6 años 6 años 6 años 6 años PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO CÓDIGO: CESAG-PE4 Versión: 1.0 Página 4 de 5 9. AGENTES PARTICIPANTES 9.1. Responsable de calidad de la titulación Debe recopilar la información, analizar los elementos de entrada, elaborar la propuesta, realizar las enmiendas necesarias, definir las definiciones aprobadas en el Equipo Directivo. 9.2. Comisión de garantía de calidad de la titulación (CGCT) Revisar la propuesta 9.3. Equipo Directivo Aprobar la propuesta PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE INGRESO Y EL PERFIL DE TITULADO IDÓNEO CÓDIGO: CESAG-PE4 10. FLUJOGRAMA 11. ANEXOS Perfil de ingreso Perfil de titulado Versión: 1.0 Página 5 de 5 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN CÓDIGO: CESAG-PE-5 Versión: 1.0 Página 1 de 7 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Jefe de Estudios Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 07-03-10 Fecha: 23-03-10 Fecha: 23-03-10 PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN CÓDIGO: CESAG-PE-5 Versión: 1.0 Página 2 de 7 1. OBJETO Establecer, revisar y difundir entre los grupos de interés los criterios de admisión de estudiantes a los estudios de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan en el CESAG. 2. ALCANCE El proceso descrito se aplica a las titulaciones de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan en el CESAG. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO -Consejo de Dirección de la UIB -Dirección del CESAG -Comisión de Garantía de Calidad del CESAG -Comisión de Garantía de Calidad del Título 4. REFERENCIAS/NORMATIVA -RD 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. -LOMLOU, LO 4/2007, arts. 42, 43 y 44 -Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB. Acuerdo normativo de 6 de febrero de 2008. - Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de master y doctorado de la UIB. Acuerdo normativo 8506 de 25 de abril de 2008, FOU 297. -Acuerdo normativo 7015 del día 28 de septiembre de 2004 por el cual se aprueba la normativa sobre títulos propios de postgrado de la UIB, FOU 245. -Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado. -Planes de estudios oficiales. -Acuerdos normativos 9093 de 5 de junio de 2009 por el cual se aprueba la normativa de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad, FOU 314 y 9258 de 18 de diciembre de 2009, FOU 321. 5. DEFINICIONES Adaptación: Aceptación de los créditos correspondientes a estudios previos al RD 1393/2007 realizados en la UIB o en otras universidades. Admisión: Procedimiento por el cual alumnos de nuevo ingreso o continuación de estudios formalizan su ingreso en la Universidad, una vez superados y comprobados los requisitos específicos para ello. Transferencia de créditos: La transferencia de créditos ECTS implica que en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN CÓDIGO: CESAG-PE-5 Versión: 1.0 Página 3 de 7 Reconocimiento de créditos: El reconocimiento de créditos ECTS implica que se aceptan los créditos ECTS que, habiendo sido obtenidos en enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras enseñanzas diferentes al efecto de la obtención de un título oficial. Perfil de ingreso: Conjunto de competencias deseables que han de reunir los estudiantes en el momento de ser admitidos al título. 6. DESARROLLO 6.1 Generalidades El Consejo de Dirección de la UIB establece las directrices generales de admisión a las titulaciones de la Universidad y la Dirección del CESAG determina, teniendo en cuenta el número de plazas disponibles y la planificación docente, si se seguirá el proceso propio de los estudios con o sin límite de plazas. 6.2 Definición de los criterios de admisión El perfil de ingreso y la formación previa que habilita para el acceso al programa de cada uno de los estudios que se desarrollan en el CESAG, así como el número de plazas que se ofrecen se detallan en las memorias para la solicitud de verificación de los Títulos. 6.3 Difusión La difusión de los criterios de admisión se llevará a cabo según lo establecido en el proceso información pública (CESAG-PE8). 6.4 Admisión El alumno solicitará la admisión a los estudios. La solicitud se tramitará de acuerdo con lo establecido en los documentos de verificación de los Títulos. 6.5 Transferencia y reconocimiento La transferencia y reconocimiento de créditos se desarrolla según lo establecido en la normativa de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad (Acuerdo Normativo 9258 de 5 de junio de 2009, FOU 321). Según dicha normativa: 1.-El Consejo de Dirección de la UIB establece el calendario de presentación de solicitudes para el reconocimiento y transferencia de créditos y para emitir y notificar las resoluciones correspondientes a los estudiantes. Los estudiantes deben conocer la resolución antes de que finalice el período de matriculación que la UIB tenga establecido. Si es necesario, dicho período se prorrogará hasta que se haya emitido y notificado la resolución. El CESAG no tiene obligación de atender solicitudes de PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN CÓDIGO: CESAG-PE-5 Versión: 1.0 Página 4 de 7 reconocimiento y transferencia de créditos que se presenten fuera del período establecido cada año académico. 2.-Los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos se tramitarán a solicitud de la persona interesada, que ha de presentar, a no ser que el CESAG disponga de él, el certificado académico, el plan de estudios de origen y el programa de todas las asignaturas implicadas en el procedimiento. Deberían indicarse también las competencias adquiridas. 3.-Para poder emitir correctamente los certificados académicos al finalizar los estudios y el suplemento europeo al título, los estudiantes provenientes de otras universidades han de aportar la denominación de las asignaturas en inglés y, como mínimo, en una de las dos lenguas oficiales de la comunidad autónoma de les Illes Balears. 4.-Las solicitudes deben presentarse en la secretaría del CESAG y dirigirse a los jefes de estudio. 5.-El proceso de reconocimiento y transferencia de créditos sólo podrá iniciarse cuando conste que el estudiante puede ser admitido en la titulación de destino. 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN El seguimiento de este proceso es responsabilidad de la Comisión de Garantía de Calidad del Título y del Centro. Los indicadores del proceso son los siguientes: -Número de alumnos que han solicitado plaza en el programa. -Número de alumnos admitidos y denegaciones. -Número de alumnos matriculados. -Tasas de éxito, eficiencia, graduación y abandono. 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Planes de estudios (perfil, número de plazas ofrecidas...). Planificación docente Acta de constitución de la comisión de transferencia y reconocimiento de créditos. Tablas de equivalencia para cada uno de los planes de estudios que se desarrollan en el CESAG. Lista de alumnos admitidos y excluidos con la valoración de los méritos pertinentes en el caso del postgrado. Soporte Responsable custodia Papel o Informático Dirección Tiempo de conservación Indefinido Papel e Informático Dirección Papel e Informático Secretario de la Comisión 6 años 6 años Papel e Informático Secretario de la Comisión 6 años Papel e Informático CGC 6 años PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN CÓDIGO: CESAG-PE-5 Versión: 1.0 Página 5 de 7 9. AGENTES PARTICIPANTES Consejo de Dirección y Consejo de Gobierno de la UIB -Definen los criterios generales de admisión a la UIB. -Elaboran la normativa de reconocimiento y transferencia de créditos. -Aprueba la propuesta de las CED. Dirección del CESAG -Determina el proceso a seguir en función del número de plazas establecidas en el documento de verificación de nuevo ingreso. -Elabora la planificación docente CED -Propone los criterios de admisión de la titulación. -Define el perfil de ingreso. -Propone el numerus clausus del título. Comisión de transferencia y reconocimiento de créditos -Adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos ECTS. Comisión de garantía de calidad del centro -Analiza los resultados del proceso y realiza las propuestas de mejora pertinentes. Responsable de calidad -Obtiene información sobre el desarrollo y resultados del proceso. PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN CÓDIGO: CESAG-PE-5 10. Versión: 1.0 Página 6 de 7 FLUJOGRAMA ANEXOS -Guía para la elaboración y diseño de los títulos de Grado. Universitat de les Illes Balears. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Periodismo. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Infantil. Propuesta del CESAG. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Infantil. Propuesta conjunta. -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Primaria. Propuesta del CESAG. PROCESO DE DEFINICIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN CÓDIGO: CESAG-PE-5 Versión: 1.0 Página 7 de 7 -Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales. Graduado o Graduada en Educación Primaria. Propuesta conjunta. -Plan de estudios de Grado en Periodismo. -Plan de estudios de Grado en Comunicación Audiovisual. -Plan de Estudios de Grado en Educación Infantil. -Plan de Estudios de Grado en Educación Primaria. -Solicitudes, autorizaciones, convenios, Planes de estudio de Master. -Planificación docente. -Tablas de equivalencia para cada uno de los planes de estudios que se desarrollan en el CESAG. PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE 6 Versión: 1.0 Página 1 de 6 PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Jefe de Estudios Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 22-03-2010 Fecha: 13-04-10 Fecha: 20-04-10 PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE 6 Versión: 1.0 Página 2 de 6 1. OBJETO Determinar las acciones que deben llevarse a cabo para el desarrollo de las titulaciones de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan en el CESAG y garantizar la coordinación. 2. ALCANCE El proceso descrito se aplica a las titulaciones de Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual y másteres que se impartan en el CESAG y está en relación con todos los procesos que configuran el SGIC. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO -Dirección del CESAG -Comisión de Garantía de Calidad del CESAG -Comisión de Garantía de Calidad del Título 4. REFERENCIAS/NORMATIVA -RD 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. -Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la UIB. Acuerdo normativo de 6 de febrero de 2008. -Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de master y doctorado de la UIB. Acuerdo normativo 8506 de 25 de abril de 2008, FOU 297. -Reglamento Académico de la Universidad. Acuerdo normativo 9094 de 5 de junio de 2009, FOU 314. -Guía para la elaboración y el diseño de los títulos de grado. -Planes de estudios oficiales. 5. DEFINICIONES Planificación: Proceso mediante el cual se determina los objetivos y se establecen los requisitos para alcanzarlos. Coordinación: Colaboración de dos o más personas, departamentos, programas u organizaciones interesados en la consecución de objetivos comunes. Guía académica: Documento que recoge información sobre el CESAG y los estudios que se imparten. Tiene una finalidad informativa, orientadora y publicitaria. Guía docente: Documento didáctico que constituye la herramienta de planificación de las asignaturas y que cumple la función de informar y orientar a los estudiantes en el proceso de aprendizaje de una materia o asignatura. ECTS: European Credits Transfer System. Planificación Docente: Documento en el que se expone la adjudicación de la docencia de acuerdo con las memorias de verificación de los títulos. PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE 6 6. Versión: 1.0 Página 3 de 6 DESARROLLO 6.1 Generalidades Las enseñanzas, definidas y aprobadas según se describe en el proceso CESAG-PE3, Diseño y aprobación de la enseñanza, se desarrollan a partir de la planificación y calendario aprobado por el equipo directivo y publicado en la Guía Académica. 6.2 Planificación de la docencia La Oficina de Gestión Académica de la UIB ha codificado cada una de las asignaturas del plan de estudios. El equipo directivo, previa consulta a los Departamentos, ha adscrito las asignaturas, materias y módulos a los Departamentos y asigna la docencia. 6.3 Comisión de coordinación del profesorado del título Estará constituida por el jefe de estudios, coordinador de la titulación y coordinadores de curso. Sus funciones son coordinar las enseñanzas del título y contribuir a la mejora continua y garantía de calidad del título. 6.4 Planificación y coordinación El Coordinador de titulación es responsable de coordinar las Guías Docentes atendiendo a su fidelidad a la Memoria de Verificación y en todo cuanto se refiera a aspectos transversales, especialmente los relativos a la adquisición de competencias. El Director de Departamento es responsable de coordinar la elaboración de las Guías Docentes de su Departamento en lo que se refiere a los contenidos atendiendo, sobre todo, a evitar que se produzcan vacíos o duplicidades. 6.5 Elaboración de las Guías Docentes Cada profesor elaborará la guía docente de su asignatura ajustándose al modelo establecido en el CESAG y a los criterios del Departamento en relación a la planificación y desarrollo del Módulo. El director de cada Departamento dará las indicaciones oportunas para evitar vacíos y duplicidades en los contenidos. Una vez elaborada la Guía Docente la envía al Director del Departamento. El Director del Departamento comprueba los contenidos y la envía al Coordinador de titulación. El Coordinador envía todas las guías al Servicio Lingüístico y las remite al Gabinete de Comunicación para su publicación. El Gabinete de Comunicación envía todas las Guías Docentes a Secretaría, que se responsabiliza de su custodia. 6.6 Difusión Las Guías Docentes se publicarán en la web del CESAG, siguiendo el proceso establecido. 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE 6 Versión: 1.0 Página 4 de 6 Se consideran indicadores del proceso las reclamaciones recibidas y la satisfacción de los grupos de interés, profesorado y estudiantes, con el desarrollo y la coordinación de las enseñanzas. (Ver CESAGPS7) El responsable de calidad del título recogerá anualmente la información necesaria para que la CGC proceda al análisis de la planificación y del desarrollo de la enseñanza de las titulaciones e informará a la Dirección del resultado de este análisis. Tal como establece el proceso de información pública, CESAG PE-8, se informará de forma global a los grupos de interés externos e internos. 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Planificación docente. Memoria Anual Papel e Informático Papel e Informático Guías Docentes Actas de las reuniones de coordinación Actas de las reuniones de Departamentos Acta de la Comisión de Garantía de Calidad referente a los indicadores del proceso Informático Papel e Informático Papel e Informático Papel e Informático Responsable custodia Dirección Jefaturas de Estudios Secretaría Coordinador de Titulación Jefe de Departamento Secretario de la CGC Tiempo de conservación 6 años 6 años indefinido 6 años 6 años 6 años 9. AGENTES PARTICIPANTES 9.1 Profesorado de las asignaturas -Elaboran las guías docentes -Se coordinan con el resto del profesorado de su asignatura y de su módulo y del Departamento. -Implementan las mejoras y modifican la guía docente 9.2 Director del Departamento -Vela por la coherencia del proceso de planificación y desarrollo de la enseñanza de las asignaturas adscritas al Departamento. 9.3 Coordinador de la titulación -Revisa y asesora la elaboración de las guías docentes para que se ajuste a lo establecido en la memoria de verificación. -Forma parte de la comisión de coordinación del profesorado del Título 9.4 Responsable de calidad -Elabora el informe cualitativo y cuantitativo para el seguimiento de la titulación, a partir de las incidencias, reclamaciones, sugerencias y felicitaciones. PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE 6 Versión: 1.0 Página 5 de 6 9.5 Comisión de Garantía de Calidad de la Titulación -Vela por la calidad del Título y por la implantación, gestión, coordinación y seguimiento de las actividades relativas al SGIC. -Elabora la Memoria anual. -Analiza los indicadores del proceso. -Propone modificaciones al modelo de guía docente del CESAG 9.6 Equipo Directivo -Elabora la planificación docente -Revisa y aprueba el modelo de guía docente del CESAG 9.7 Gabinete de Comunicación del CESAG -Difundir las guías docentes a través de la web del CESAG PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ENSEÑANZA CÓDIGO: CESAG-PE 6 10. Versión: 1.0 FLUJOGRAMA ANEXOS -Planificación docente. -Modelo de Guía Docente del CESAG. Página 6 de 6 PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE RESULTADOS CÓDIGO: CESAG-PE7 Versión: 1.0 Página 1 de 6 PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE RESULTADOS Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección Área de Calidad e Innovación Fecha: 01-10-09 Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 10-02-10 Fecha: 10-02-10 PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE RESULTADOS CÓDIGO: CESAG-PE7 Versión: 1.0 Página 2 de 6 1. OBJETO Realizar la recogida y análisis de la información relativa al programa formativo con el fin que la toma de decisiones se haga en base a información suficiente y necesaria, y controlar el desarrollo de la enseñanza con el fin de garantizar su calidad. 2. ALCANCE Todas las actividades necesarias para llevar a cabo las cuatro fases fundamentales para garantizar la calidad de los programas formativos: a) Recogida y análisis de la información b) Toma de decisiones c) Control, revisión y mejora continua d) Rendición de cuentas Estas fases deben sucederse de forma cíclica para que se mejore de manera continua la titulación. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO - Responsable de calidad del CESAG - CGCT - SEQUA (UIB) 4. REFERENCIAS/NORMATIVA - Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. - Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la Universitat de les Illes Balears 5. DEFINICIONES SGIC: Sistema de Garantía Interna de Calidad 6. DESARROLLO 6.1. Generalidades El Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) de los centros y títulos oficiales de la UIB se basa en la aplicación cíclica de cuatro fases consecutivas: Recogida y análisis de la información Toma de decisiones Control, revisión y mejora continua Rendición de cuentas 6.2. Recogida y análisis de la información 6.2.1. Recopilación de la información Es necesario que los responsables de la gestión de la calidad de un título conozcan lo que sucede en dicho título. Por este motivo, el responsable de calidad de la titulación será el encargado de recopilar, PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE RESULTADOS CÓDIGO: CESAG-PE7 Versión: 1.0 Página 3 de 6 revisar y comprobar la validez de toda la información relativa al desarrollo de los procesos, de los objetivos de la titulación y de sus resultados y, ponerla a disposición de la CGCT para que la analice. En caso de que el responsable de calidad detecte la ausencia o carencia de fiabilidad en la información debe comunicarlo a quien le ha suministrado dicha información para que proceda a corregirla o completarla. 6.2.2. Fuentes de información Ver “PS6. Recogida y medición de resultados” 6.2.3. Análisis de la información La CGCT se reunirá como mínimo cada semestre, tras ser convocada por su Secretario. El Secretario levantará acta de las sesiones que enviará a todos los componentes de la CGQ, los cuales dispondrán de una semana para proponer correcciones. De lo contrario se considerará aprobada. Los informes, indicadores y estadísticas a que hace referencia el punto anterior deben ser analizados por la CGCT en sus reuniones periódicas o extraordinarias en caso de que el responsable de calidad así lo considere necesario. Debe quedar evidencia en acta, tanto de la información que se ha analizado como de las decisiones tomadas. 6.3. Toma de decisiones Del análisis anterior deben realizarse acciones de mejora (correctiva o preventiva) con el fin de solucionar los puntos débiles, prevenir su potencial aparición o mejorar el sistema. Como consecuencia de la priorización de las propuestas de mejora debe establecerse el Plan Anual de Mejora en el que se especifiquen las acciones a realizar, el responsable o responsables de llevarlas a cabo y la fecha de inicio y finalización de las tareas. En caso de que sea necesario se especificarán los recursos necesarios para ejecutar las actividades encomendadas. Los planes de mejora que elabore la CGQT deberán ser aprobados por el Equipo Directivo. 6.3.1. Implantación de los planes de mejora / ejecución de acciones. Los planes de mejora han de ejecutarse según lo previsto en los planes de acción fruto del análisis de la información, revisiones del sistema u otras fuentes. PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE RESULTADOS CÓDIGO: CESAG-PE7 Versión: 1.0 Página 4 de 6 6.4. Control, revisión y mejora continua 6.4.1. Control de la implantación / ejecución de acciones La Directora es la responsable de hacer un seguimiento continuo de las acciones planificadas. Una vez ejecutadas llevará la información de los resultados a las reuniones del CGCT. 6.4.2. Memoria anual de seguimiento del SGIQ En la reunión del último semestre la CGCT elaborará una memoria que recoja los principales resultados de las actividades realizadas (incluyendo todas aquellas relativas a la gestión de la calidad), que se aprobará en el Equipo Directivo y que se publicará en la web. La memoria ha de ir acompañada de un informe de los resultados académicos logrados durante el curso y contener las propuestas de mejora que se deriven. Una vez aprobadas las memorias la Directora del Centro las remitirá a la CQUIB para su revisión y estudio. En concreto, la memoria ha de incluir: La política de calidad y objetivos generales Los resultados del seguimiento y cumplimiento de los objetivos de la calidad del título. Resultados y seguimiento del aprendizaje, de la inserción laboral, de los programas de movilidad, de las prácticas externas, del logro de competencias, de la orientación profesional y de las acciones de orientación, acogida y tutorización. Información relativa a la satisfacción de los grupos de interés internos y externos. Información relativa a sugerencias, quejas o reclamaciones. El estado de las acciones de mejora Seguimiento de las acciones previstas en revisiones anteriores del SGIC Cambios que podrían afectar al SGIC Evaluación de las oportunidades de mejora y necesidad de efectuar cambios en la gestión del sistema Revisión de las directrices del RD 1393/2007 Propuesta de los objetivos de calidad para la próxima anualidad Propuestas de mejora del SGIC 6.5. Rendición de cuentas La memoria anual será pública en la web y accesible a los grupos de interés y a toda la sociedad en general. 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN Las actividades previstas en este proceso deberán incluirse en la memoria anual tal y como se describe en el capítulo sexto de este documento. PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE RESULTADOS CÓDIGO: CESAG-PE7 Versión: 1.0 Página 5 de 6 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Actas de la CGCT Papel y/o informático Papel y/o informático Papel y/o informático Actas del Equipo Directivo Memoria anual de seguimiento del SGIC Responsable custodia Secretario de CGCT Secretario del ED Tiempo de conservación 6 años Directora titular 6 años 6 años 9. AGENTES PARTICIPANTES 9.1. Responsable de Calidad Recopilar la información 9.2. Comisión de Garantía de Calidad de la titulación Analizar la información, elaborar los Planes de Mejora y redactar la memoria anual de seguimiento del SGIQ 9.3. Equipo Directivo Aprobar los planes de mejora y revisar la oferta formativa 9.4. Directora titular Controlar la implantación o ejecución de las acciones 9.5. CQUIB Recibir, estudiar y aprobar las memorias anuales de seguimiento del SGIC. PROCESO DE ANÁLISIS Y MEJORA DE RESULTADOS CÓDIGO: CESAG-PE7 Versión: 1.0 10. FLUJOGRAMA 11. ANEXOS Modelo de memoria anual de seguimiento del SGIC Página 6 de 6 PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA CÓDIGO: CESAG-PE8 Versión: 1.0 Página 1 de 6 PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección Área de Calidad e Innovación Fecha: 29-10-09 Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 17-03-10 Fecha: 17-03-10 PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA CÓDIGO: CESAG-PE8 Versión: 1.0 Página 2 de 6 1. OBJETO El objeto del presente procedimiento es establecer la sistemática que se ha de seguir para hacer pública la información relativa a las titulaciones, garantizar que es la adecuada, está actualizada y es suficiente para satisfacer las necesidades de los grupos de interés. 2. ALCANCE La selección, recopilación, validación, difusión y revisión periódica y continua de la información pública relativa al título y al CESAG. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO Comisión de Garantía de Calidad del Título. 4. REFERENCIAS/NORMATIVA • Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. • Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de grado de la Universitat de les Illes Balears. 5. DEFINICIONES CGC: Comisión de Garantía de Calidad del Título 6. DESARROLLO 6.1. Generalidades: El CESAG considera una obligación mantener informados a los distintos grupos de interés sobre la estructura organizativa, las titulaciones y los programas. Por esta razón pública y revisa periódicamente información actualizada sobre, como mínimo, las cuestiones siguientes: • La oferta formativa • Los objetivos y planificación de las titulaciones • Las políticas de acceso y orientación de los estudiantes • El perfil de ingreso y de titulado • Las metodologías de enseñanza, aprendizaje y evaluación (incluidas, cuando es el caso, las prácticas externas) • Las posibilidades de movilidad • Los mecanismos para realizar reclamaciones, alegaciones y sugerencias • Los procedimientos de acceso, evaluación, promoción y reconocimiento del personal académico y de apoyo. • Los servicios que ofrece y la utilización de recursos materiales. • Los resultados de la enseñanza (en lo que se refiere al aprendizaje, inserción laboral y la satisfacción de los diferentes grupos de interés) PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA CÓDIGO: CESAG-PE8 Versión: 1.0 Página 3 de 6 6.2. Selección de la información que ha de publicarse: La CGC decidirá qué información relacionada con las cuestiones señaladas en el subapartado anterior se publicará, a qué grupos de interés se dirigirá y qué canal es el más adecuado para difundir la información. Esta información será supervisada por el Equipo de Dirección. 6.3. Recopilación de la información: Cuando se ha decidido qué información va a difundirse, el responsable de calidad de la titulación se encargará de la recopilación de ésta. 6.4. Validación de la información: La CGC se encargará de comprobar que la información sea fiable suficiente y adecuada. El equipo de dirección la validará. 6.5. Difusión de la información: Una vez validada la información, el equipo de dirección será el responsable realizar la difusión del modo y a través de los canales planificados. 6.6. Revisión periódica y continua de la información publicada El responsable de calidad de la titulación será el encargado de comprobar la actualización de la información publicada y realizará cualquier observación a la CGC para iniciar de esta forma el proceso. 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN El responsable de calidad de la titulación será el responsable de comprobar la actualización de la información publicada. Los indicadores relacionados con este proceso son los que siguen: • Publicación del Manual de Calidad (PE8-I1) • Publicación de la Memoria (PE8-I2) 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Actas de la CGC Papel y/o informático Papel y/o informático Actas del equipo de dirección Responsable custodia Secretario/a de la CGC Secretario/a Tiempo de conservación 6 años 6 años 9. AGENTES PARTICIPANTES 9.1. Responsable de Calidad Recopilar la información que ha de publicarse y revisarla de forma periódica i continua. 9.2. Comisión de Garantía de Calidad PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA CÓDIGO: CESAG-PE8 Versión: 1.0 Página 4 de 6 Decidir qué información debe publicarse y cómo, y validar la información recopilada por el responsable de calidad. 9.3. Equipo de Dirección Aprobar la información que ha de publicarse y difundirla. PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA CÓDIGO: CESAG-PE8 10. FLUJOGRAMA Versión: 1.0 Página 5 de 6 PROCESO DE INFORMACIÓN PÚBLICA CÓDIGO: CESAG-PE8 11. ANEXOS Versión: 1.0 Página 6 de 6 PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE9 Versión: 1.0 Página 1 de 4 PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL TÍTULO Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección Área de Calidad e Innovación Fecha: 12-11-09 Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 03-02-10 Fecha: 03-02-10 PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE9 Versión: 1.0 Página 2 de 4 1. OBJETO El objeto del presente procedimiento es realizar la revisión y el control periódico del programa formativo para garantizar su calidad. 2. ALCANCE Todas las actividades necesarias para llevar a cabo las cuatro fases fundamentales orientadas a la garantía de calidad de los programas formativos: • Recogida y análisis de la información. • Toma de decisiones • Control, revisión y mejora continua • Rendición de cuentas Estas fases deben sucederse de forma cíclica para que se mejore de forma continua la titulación. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO Comisión de Garantía de Calidad. 4. REFERENCIAS/NORMATIVA • Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. • Reglament d’ordenació dels ensenyaments universitaris de grau de la Universitat de les Illes Balears 5. DEFINICIONES CGC: Comisión de Garantía de Calidad del Centro. 6. DESARROLLO 6.1. Generalidades: El sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) del CESAG se basa en la aplicación de cuatro fases consecutivas: • Recogida y análisis de la información. • Toma de decisiones • Control, revisión y mejora continua • Rendición de cuentas 6.2. Revisión del Sistema de Garantía Interna de Calidad: Una vez al año, la CGC ha de revisar el sistema y elaborar la memoria anual de seguimiento del SGIC. (Ver PE7. Análisis y mejora de resultados) 6.2.1. Revisión de las directrices del Real Decreto 1393/2007: Una vez al año, la CGC revisará todas las actividades del título, incluyendo, como mínimo, la información relativa a las directrices del Real Decreto 1393/2007, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Estos aspectos son: PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE9 Versión: 1.0 Página 3 de 4 • Objetivos, perfil de ingreso y perfil de graduado • Organización/planificación del programa formativo • Acceso y admisión de estudiantes • Personal académico • Recursos materiales y servicios • Resultados 6.2.2. Revisión de la oferta formativa del centro: Una vez al año, el equipo de dirección revisará la oferta formativa para comprobar su adecuación. Se pueden dar varias posibilidades según la gravedad de las incidencias detectadas: • Leve: se elaborarán planes de mejora que seguirán el proceso PE7. Proceso de análisis y mejora de resultados. • Medio: se revisará la oferta formativa según el proceso PE3. Diseño y aprobación de la enseñanza, y se planteará el desarrollo de un nuevo plan de estudios o la reforma de los planes de estudios existentes. • Grave o no acreditación: deberá plantearse la extinción del título según el proceso PE10. Criterios para la eventual extinción del título. El resultado de esta revisión deberá formar parte de la memoria anual de seguimiento del SGIC de cada título. 6.3. Rendición de cuentas: La memoria anual será pública en la web y accesible a todos los grupos de interés. 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN Las actividades incluidas en este proceso deben formar parte de la memoria anual como se indica en el apartado 5 de este procedimiento. Los indicadores relacionados con este proceso son los que siguen: • Porcentaje de programas formativos modificados (PE9-I1) • Número de modificaciones realizadas en el programa formativo (PE9-I2) 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Actas de la CGC Papel y/o informático Papel y/o informático Papel y/o informático Actas del equipo de dirección Memoria anual de seguimiento del SGIC Responsable custodia Secretario/a de la CGC Secretario/a Tiempo de conservación 6 años Directora Titular 6 años 6 años 9. AGENTES PARTICIPANTES 9.1. Responsable de calidad del título: Recopilar la información, elaborar planes de mejora. 9.2. Comisión de Garantía de Calidad: Revisar la adecuación del título, elaborar la memoria anual y garantizar una adecuada rendición de cuentas. PROCESO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y REVISIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE9 10. FLUJOGRAMA 11. ANEXOS Versión: 1.0 Página 4 de 4 PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE10 Versión: 1.0 Página 1 de 6 PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN DEL TÍTULO Versión Fecha Cambios respecto al anterior Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección Área de Calidad e Innovación Fecha: 19-11-09 Equipo Directivo Equipo Directivo Fecha: 10-02-10 Fecha: 10-02-10 PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE10 Versión: 1.0 Página 2 de 6 1. OBJETO El objeto del presente procedimiento establecer los criterios para la extinción del título y garantizar los derechos de los alumnos en caso de que éste se extinga. 2. ALCANCE Las actividades que han de llevarse a cabo desde la definición de los criterios de extinción del título hasta la extinción efectiva, en el caso que sea necesario. 3. RESPONSABLES DEL PROCESO Comisión de Garantía de Calidad del Título Equipo de dirección Comisión de Garantía de Calidad UIB 4. REFERENCIAS/NORMATIVA • Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. 5. DEFINICIONES Extinción: acción de extinguir o extinguirse, el efecto. Cese de los efectos de un acto o de una relación de naturaleza jurídica. En el caso de la extinción de un título, implica la baja en el RUCT y la pérdida del carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional. 6. DESARROLLO Este procedimiento tiene dos partes fundamentales: criterios de extinción y procedimientos para garantizar los derechos de los alumnos. 6.1. Motivos de extinción: La extinción de las enseñanzas de Grado del CESAG se regirá por dos tipos de criterios: 6.1.1. No acreditación: El artículo 28 del RD 1393/2007 especifica que: “3. Se considerará extinguido un plan de estudios cuando el mismo no supere el proceso de acreditación previsto en el artículo 27” ello implica “comprobar que el plan de estudios correspondiente se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial”, y que “En caso de informe negativo, se comunicará a la Universidad, a la Comunidad Autónoma y al Consejo de Universidades para que las deficiencias encontradas puedan ser subsanadas. De no serlo, el título causará baja en el mencionado Registro y perderá su carácter oficial y su validez en todo el territorio nacional, estableciéndose en la resolución correspondiente las garantías necesarias para lo estudiantes que se encuentren cursando dichos estudios.” Por lo tanto, el CESAG considerará extinguido un plan de estudios cuando no supere este proceso de evaluación. 6.1.2. Modificación del plan de estudios: Se procederá asímismo a la suspensión del título cuando, después de modificar los planes de estudios y comunicarlo al Consejo de Universidades para que la ANECA realice una valoración de estas modificaciones (art. 28 del RD 1393/2007), ésta considere que PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE10 Versión: 1.0 Página 3 de 6 las modificaciones suponen un cambio apreciable en la naturaleza y los objetivos del título previamente inscrito en el RUCT, cosa que supone que se trata de un nuevo plan de estudios y se procede a actuar como corresponde a un nuevo título. Finalmente, también podría producirse la suspensión de un título cuando de forma razonada lo propusieran los órganos competentes de la Universidad o de la Comunidad Autónoma de acuerdo con la normativa vigente. 6.1.3. Decisión del Consell de Govern sobre la base de indicadores objetivos: El Consell de Govern de la Universidad puede proponer la extinción de un título cuando, basándose en indicadores objetivos (por ejemplo: tasa de inserción laboral, tasa de graduación, etc.) se adopte esta resolución. 6.1.4. Cambios en el ordenamiento jurídico: Un título puede extinguirse si, por cambios en las leyes de ordenación universitaria vigentes en un determinado momento, éstas dejaran de cumplirse. 6.1.5. Procedimiento interno: La CGC, como consecuencia del análisis de toda la información existente, y en función de los resultados obtenidos, puede eventualmente detectar anomalías o irregularidades graves en el desarrollo del título que la lleven a proponer a los órganos superiores la modificación de éste. Igualmente, el Equipo de Dirección o la CGQUIB, a partir de las memorias anuales de seguimiento, evaluación y mejora, pueden elevar a órganos superiores una propuesta de modificación del plan de estudios o la extinción de éste. 6.2. Garantía de los derechos de los alumnos: En el caso de la eventual suspensión de un título oficial, la Universidad garantizará el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que hayan iniciado los estudiantes hasta que se finalicen, tal como establece el artículo 28 del RD 1393/2007. En el caso de extinción del título, se garantizarán los derechos de los estudiantes adquiridos al matricularse. Por ello se seguirá el procedimiento siguiente: • No admisión de estudiantes de nueva matrícula. • Supresión de forma gradual de la docencia. • Asignación de tutores para que desarrollen actividades con los estudiantes repetidores. • Garantía del derecho a la evaluación hasta el consumo de las convocatorias que regule la Universitat de les Illes Balears. 7. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN Las actividades incluidas en este proceso deben formar parte de la memoria anual como se indica en el PE9. Garantía de Calidad y Revisión del Título. Los indicadores relacionados con este proceso son los que siguen: • Número de títulos que se suspenden (grado y postgrado) (PE10-I1) • Número de informes negativos de la ANECA (PE10-I2) 8. EVIDENCIAS Y REGISTRO Identificación del registro Soporte Documentos generados por la Papel extinción del Título. informático Memoria anual de seguimiento del Papel SGIC informático Responsable custodia y/o Directora Titular Tiempo de conservación 6 años y/o Directora Titular 6 años PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE10 Versión: 1.0 Página 4 de 6 9. AGENTES PARTICIPANTES 9.1. Responsable de calidad del título: Recopilar la información. 9.2. Comisión de Garantía de Calidad: Analizar la información, elaborar los planes de mejora y redactar la memoria anual de seguimiento del SGIC. Proponer modificaciones del plan de estudios. 9.3. CGQUIB: Proponer modificaciones del plan de estudios. 9.4. Equipo de dirección: Proponer modificaciones del plan de estudios. Garantizar los derechos de los alumnos matriculados en las titulaciones que se extinguen. PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE10 10. FLUJOGRAMA Versión: 1.0 Página 5 de 6 PROCESO DE CRITERIOS PARA LA EVENTUAL EXTINCIÓN DEL TÍTULO CÓDIGO: CESAG-PE10 11. ANEXOS Versión: 1.0 Página 6 de 6