Inscripción automática y voto voluntario: un cambio histórico
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Inscripción automática y voto voluntario: un cambio histórico
N° 13 • diciembre de 2011 Inscripción automática y voto voluntario: un cambio histórico La reciente aprobación del Proyecto de Ley sobre Inscripción Automática y Voto Voluntario dará lugar a la mayor incorporación de ciudadanos al padrón electoral en la historia de nuestro país, medida tanto por el número de personas como por el porcentaje de la población que ingresarán a él. Esta ley permitirá que se concrete la voluntariedad del voto, prevista ya en la Constitución desde el año 2009. Con ello Chile se sumará también a los estándares de la OCDE, pues 27 de sus miembros cuentan con voto voluntario. ¿Quiénes serán los nuevos votantes? Con la entrada en vigencia de la nueva ley, todos los chilenos quedarán inscritos en forma automática, apenas cumplan 17 años de edad para que puedan sufragar una vez que cumplan los 18 años. La ley incluye a los extranjeros y chilenos no nacidos en el país, que acrediten su avecindamiento en el país. Casi el 80% de quienes se incorporarán al padrón electoral serán menores de 35 años, lo que supondrá que el peso relativo de las personas entre 18 y 34 años en el padrón casi se triplicará, pues pasarán de ser el 13 al 37% del mismo. ¿Cómo saber en qué circunscripción se debe votar? Las personas que cumplan con la edad para ingresar al padrón electoral, serán inscritas en una mesa de votación perteneciente a la circunscripción electoral en la que se encuentra su domicilio. Para determinar cuál es su domicilio, se considerará la última dirección entregada al Registro Civil o Extranjería. ¿Qué pasará con quienes ya están inscritos? Quienes ya estén inscritos conservarán su local y mesa de votación en la comuna donde está registrada su inscripción electoral. ¿Cómo se inscribirá a los nuevos electores? ¿Con qué documentos se podrá votar? Los nuevos electores serán asignados, en primera instancia, a las mesas ya existentes y, en caso que se requiera, se crearán mesas nuevas. Desde 2012 las mesas pasarán a ser mixtas, por lo que los nuevos electores también podrán ser asignados a locales originalmente del sexo opuesto. Los electores podrán utilizar su cédula de identidad o pasaporte para hacer uso de su derecho a voto. Si una persona decide concurrir a votar, deberá hacerlo en todos los comicios que se realicen en la misma jornada. Por ejemplo, si vota en una presidencial, no podrá marginarse de la parlamentaria si es el mismo día. Y si vota en una elección municipal deberá votar por Alcalde y Concejal. ¿Cómo se informará al elector de su mesa y circunscripción? Los electores serán notificados mediante carta certificada de su inscripción, suspensión de derecho a sufragio, inhabilidad para votar o cambio de domicilio. Estas informaciones, junto al local y mesa de votación, podrán ser revisadas en forma permanente por los electores en el sitio web del Servicio Electoral: www.servel.cl Secretaría General Unión Demócrata Independiente ¿Quiénes serán vocales de mesa? Si bien el voto será voluntario, la labor de vocal de mesa tendrá carácter obligatorio. Los vocales serán designados por un sorteo en que participarán los 30 electores mejor capacitados según la junta electoral. Las funciones se extenderán durante cuatro años y tendrán una remuneración superior a la actual Fundación Jaime Guzmán