Inscripción automática y voto voluntario: un cambio histórico

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Inscripción automática y voto voluntario: un cambio histórico
N° 13 • diciembre de 2011
Inscripción automática y voto voluntario:
un cambio histórico
La reciente aprobación del Proyecto de Ley sobre Inscripción Automática y Voto Voluntario
dará lugar a la mayor incorporación de ciudadanos al padrón electoral en la historia
de nuestro país, medida tanto por el número de personas como por el porcentaje de la
población que ingresarán a él.
Esta ley permitirá que se concrete la voluntariedad del voto, prevista ya en la Constitución
desde el año 2009. Con ello Chile se sumará también a los estándares de la OCDE, pues 27
de sus miembros cuentan con voto voluntario.
¿Quiénes serán los nuevos votantes?
Con la entrada en vigencia de la nueva ley, todos los chilenos
quedarán inscritos en forma automática, apenas cumplan 17
años de edad para que puedan sufragar una vez que cumplan
los 18 años. La ley incluye a los extranjeros y chilenos no
nacidos en el país, que acrediten su avecindamiento en el país.
Casi el 80% de quienes se incorporarán al padrón electoral
serán menores de 35 años, lo que supondrá que el peso
relativo de las personas entre 18 y 34 años en el padrón casi se
triplicará, pues pasarán de ser el 13 al 37% del mismo.
¿Cómo saber en qué circunscripción se debe votar?
Las personas que cumplan con la edad para ingresar al padrón
electoral, serán inscritas en una mesa de votación perteneciente
a la circunscripción electoral en la que se encuentra su domicilio.
Para determinar cuál es su domicilio, se considerará la última
dirección entregada al Registro Civil o Extranjería.
¿Qué pasará con quienes ya están inscritos?
Quienes ya estén inscritos conservarán su local y mesa de
votación en la comuna donde está registrada su inscripción
electoral.
¿Cómo se inscribirá a los nuevos electores?
¿Con qué documentos se podrá votar?
Los nuevos electores serán asignados, en primera instancia, a
las mesas ya existentes y, en caso que se requiera, se crearán
mesas nuevas. Desde 2012 las mesas pasarán a ser mixtas,
por lo que los nuevos electores también podrán ser asignados
a locales originalmente del sexo opuesto.
Los electores podrán utilizar su cédula de identidad o
pasaporte para hacer uso de su derecho a voto. Si una persona
decide concurrir a votar, deberá hacerlo en todos los comicios
que se realicen en la misma jornada. Por ejemplo, si vota en
una presidencial, no podrá marginarse de la parlamentaria si
es el mismo día. Y si vota en una elección municipal deberá
votar por Alcalde y Concejal.
¿Cómo se informará al elector de su mesa y circunscripción?
Los electores serán notificados mediante carta certificada de
su inscripción, suspensión de derecho a sufragio, inhabilidad
para votar o cambio de domicilio. Estas informaciones, junto
al local y mesa de votación, podrán ser revisadas en forma
permanente por los electores en el sitio web del Servicio
Electoral: www.servel.cl
Secretaría General Unión Demócrata Independiente
¿Quiénes serán vocales de mesa?
Si bien el voto será voluntario, la labor de vocal de mesa tendrá
carácter obligatorio. Los vocales serán designados por un
sorteo en que participarán los 30 electores mejor capacitados
según la junta electoral. Las funciones se extenderán durante
cuatro años y tendrán una remuneración superior a la actual
Fundación Jaime Guzmán

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