aprueba bases administrativas y tecnicas de la

Transcripción

aprueba bases administrativas y tecnicas de la
R E P U B L I C A DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE S E R V I C I O S SANITARIOS
A P R U E B A B A S E S ADMINISTRATIVAS Y T E C N I C A S DE LA
LICITACIÓN PÚBLICA PARA OTORGAR C O N C E S I O N E S
SANITARIAS
PARA
ATENDER
LOS
SECTORES
DENOMINADOS " C E S F A M C A R A C O L E S " Y "VILLAS L O S
AROMOS Y RIO PUDETO" DE LA COMUNA DE ANCUD,
PROVINCIA DE CHILOE - X REGIÓN DE L O S L A G O S .
SANTIAGO,
VISTOS:
La Ley N° 18.902; el D.F.L MOP N° 382/88; el D.S. MOP N°
1199/04; la Resolución N° 1.600/08, de la Contralona General de la
República; El DS MOP N°297 de 2015 ; la solicitud de llamado a
Licitación Pública de Concesiones Sanitarias para atender los
sectores denominados "Cesfam Caracoles" y "Villas Los Aromos y
Río Pudeto", de ia Comuna de Ancud, Provincia de Chiloé, X Región
de Los Lagos y sus antecedentes.
CONSIDERANDO:
Que, corresponde al Superintendente cumplir con lo dispuesto en el
D.F.L. MOP N°382 de 1988, que trata, entre otras materias, de la
licitación pública de concesiones de servicios públicos sanitarios.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 33 A del citado
D.F.L., a petición de la Ilustre Municipalidad de Ancud, esta
Superintendencia ha resuelto realizar un llamado a licitación pública
de concesiones sanitarias para atender los sectores denominados
"Cesfam Caracoles" y "Villas Los Aromos y Río Pudeto", de la
Comuna de Ancud, Provincia de Chiloé, X Región de L o s Lagos.
Que, para llevar adelante el procedimiento respectivo se han
elaborado Bases Administrativas y Bases Técnicas, las que deben
ser
previamente
aprobadas
mediante
Resolución
de
ia
Superintendencia, según lo preceptuado por el artículo 50° del D.S.
MOP N°1199/04 "Reglamento de Concesiones Sanitarias".
o
Lo dispuesto en el artículo 4 letra a) de la Ley N° 18.902, orgánica
de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
R E S U E L V O : (EXENTO)
SUPERINTENDENCIA
N°
5548 /
1.
APRUÉBANSE las Bases Administrativas y Bases Técnicas, de diciembre de 2015,
de la licitación pública para otorgar concesiones sanitarias para atender los
sectores denominados "Cesfam Caracoles" y "Villas L o s Aromos y Río
Pudeto", de la Comuna de Ancud, Provincia de Chiloé, X Región de L o s Lagos,
que forman parte de la presente Resolución.
2.
PÓNGASE esta Resolución en conocimiento de la División de Concesiones de la
Superintendencia de Servicios Sanitarios, de ia Sra. Alcaldesa de la I. Municipalidad
de Ancud, de la Oficina Regional SISS de Puerto Montt y Oficina SISS Convenio
Ancud.
DIVISION D E C O N C E S I O N E S
LICITACION PÚBLICA PARA OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN SANITARIA
PARA A T E N D E R L O S S E C T O R E S
" C E S F A M C A R A C O L E S " Y "VILLAS L O S AROMOS Y RIO PUDETO"
COMUNA DE ANCUD
PROVINCIA DE CHILOÉ, REGIÓN D E L O S L A G O S
B A S E S ADMINISTRATIVAS
La Ilustre Municipalidad de Ancud ha solicitado a la Superintendencia de Servicios Sanitarios
(en adelante SISS o Superintendencia) efectuar la presente licitación pública destinada a
llamar a los interesados en acceder a una concesión sanitaria, en el área que más adelante se
indica, en base a la facultad establecida en tos artículos 23 y 33 A del D.F.L. MOP N° 382/88,
que permite a la autoridad llamar a licitación pública respecto de aquellas áreas urbanas que
carecen de concesión de agua potable y de alcantarillado. Para los efectos de este llamado, se
entienden incorporadas las normas aplicables a las concesionarias sanitarias consagradas en
¡a Ley General de Servicios Sanitarios D.F.L. MOP N° 382/88 y su Reglamento D.S. MOP N°
1199/04; la Ley de Tarifas D.F.L. MOP N° 70/88 y su Reglamento D.S. MINECON N° 453/89.
El proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.
Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario Oficial y en un diario de
circulación Regional y entrega de Bases de Licitación.
2.
Consultas o aclaraciones acerca de las Bases del llamado a Licitación Pública.
3.
Acto de Recepción de Postulaciones.
4.
Evaluación de las Postulaciones
Sanitarios.
5.
Acto Público según artículo 14° del D.F.L. N° 382/88.
6.
Evaluación de antecedentes técnico^ (Programa de Desarrollo) y Tarifas,
7.
Elaboración del Decreto de Otorgamiento de la Concesión, Publicación e Inscripción en
el Registro de Concesiones.
por parte de la Superintendencia
de
Servicios
O B J E T O DE LA LICITACION
Otorgar la concesión para el establecimiento, construcción y explotación de los servicios
públicos de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas
servidas para atender los sectores " C E S F A M Caracoles" y "Villas L o s Aromos y Río
Pudeto" en la comuna de Ancud, provincia de Chiloé, Región de Los Lagos, que están
conformados por terrenos de superficie aproximada de 5,64 ha. y 19,25 ha, respectivamente.
Los vértices que definen ios sectores incluidos en esta licitación tienen tas siguientes
coordenadas U.T.M., según DATUM WGS 84:
Sector 1: CESFAM Caracoles
Vértice
1
Este
Norte
598.784,950
5362.707,056
2
599.089,000
5.362.603,000
3
599.100,000
5.362.636,000
4
599.144,000
5.362.620,000
5
599.038,804
5.362.449,335
6
599.015,129
5.362.396,034
7
598.757,493
5.362.578,650
Sector 2: Villas Los Aromos y Río
Pudeto
Vértice
Este
Norte
1
599.524
5.362.546
2
599.507
5.362.374
3
599.544
5.362.244
4
599.610
5.362.101
5
599.646
5.362.087
6
599.671
5.362.027
7
599.560
5.361.999
8
599.539
5.361.981
9
599.577
5.361.902
10
599.953
5.361.909
11
599.813
5.362.382
12
599.832
5.362.502
IL-
A N T E C E D E N T E S PARA P O S T U L A R
1)
DE LOS PROPONENTES
O LICITANTES
Pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras, constituidas como
sociedades anónimas, regidas por las normas de las sociedades anónimas abiertas, en los
términos consagrados en los artículos 6 y 8 del D.F.L. MOP N° 382/88.
o
2)
PROPONENTES
INHABILITADOS
o
PARA PARTICIPAR EN LA
LICITACIÓN
Serán aquellos a quienes afecten las prohibiciones y/o inhabilidades contempladas en tos
artículos 63 y 65 del D.F.L. MOP N° 382/88, que dicen relación con restricciones a la
participación de un mismo grupo empresarial en ¡a propiedad de varias concesionarias de
servicios sanitarios, como igualmente se establecen restricciones para la participación de
prestadores de otros servicios públicos que operan en la misma área geográfica.
2
DOCUMENTOS
DE LA
LICITACIÓN
La licitación se regirá por los documentos que se detallan a continuación:
a)
Las Bases de la Licitación, conformadas por: Bases Administrativas y Bases
Técnicas.
b)
Serie de consultas, respuestas y apéndices que se emitan con motivo de la licitación.
ACLARACIONES
a)
Y MODIFICACIONES
A LAS BASES DE LA
LICITACION
De ia serie de consultas y respuestas
Los proponentes que requirieren cualquier aclaración de las bases de la licitación,
pueden realizar preguntas por escrito a la Superintendenta de Servicios Sanitarios, a
su dirección de Moneda N° 673, Piso 9 Oficina de Partes, hasta las 17.00 horas dei
décimo quinto (15) dia desde la publicación del aviso de llamado a licitación, o
al día siguiente hábil si este fuere feriado. Una vez vencido el plazo de recepción
de consultas, la Superintendencia confeccionará las respuestas y las enviará, por
carta certificada, a todas las empresas que hayan retirado las bases.
o
b)
De los apéndices o aclaraciones
La Superintendencia puede, por cualquier razón, ya sea por su propia iniciativa o en
respuesta a una aclaración solicitada por algún proponente, modificar o aclarar los
documentos de la licitación mediante la emisión de apéndices, hasta 30 días antes de
la fecha del Acto de Recepción de Postulaciones.
IDIOMA
OFICIAL
Las postulaciones, correspondencia, estudios y documentos que se relacionen con ella,
deberán estar escritos en idioma castellano o, si están en otra lengua, acompañadas de
una traducción ai español, la cual prevalecerá respecto de la versión en idioma extranjero.
GASTOS DE LA
LICITACIÓN
El proponente deberá solventar de su peculio todos los gastos que demanden la
preparación y presentación de su postulación.
DE L A S P O S T U L A C I O N E S
ACTO DE RECEPCIÓN DE LAS
POSTULACIONES
Las postulaciones deberán ser entregadas en la Superintendencia de Servicios Sanitarios,
o
ubicada en Moneda N° 673 - 7 piso - Santiago, a las 16:00 horas del lunes 15 de febrero
de 2016, en presencia de los funcionarios de la SISS que se designen para este fin.
Se elaborará un Acta que será firmada por el funcionario que presida el acto y el que haga
las veces de secretario, además de los proponentes que lo deseen.
Las postulaciones extemporáneas serán devueltas sin revisar.
CONTENIDO DE LAS
POSTULACIONES
Las postulaciones deberán contener las exigencias del A r t 12 del D.F.L. MOP N° 382/88;
Arts. 15 y 16 del D.S. MOP N° 1199/04.
a)
La individualización de! proponente, con indicación del nombre o razón social y
representante legal, RUT y domicilio, Fax y/o e-mail. Escrituras públicas y copia de
los certificados de inscripción en el Registro de Comercio, y publicación en el Diario
Oficial con una vigencia no superior a 60 días que acredite la constitución de la
sociedad anónima, ia cual se debe regir por las normas de las sociedades anónimas
abiertas, y la representación legal de quién comparece a su nombre.
b)
Individualización de las cuatro concesiones de la licitación, el número de usuarios,
incluyendo en cada caso - número de arranques de agua potable y de uniones
domiciliarias, los caudales medios de consumo y máximos diarios de producción
requeridos para atender la demanda de los 5 primeros años y al final del período (año
2029), de acuerdo a lo especificado en el documento de antecedentes técnicos
anexo a estas Bases.
c)
La identificación de las fuentes de agua y sus respectivos derechos de
aprovechamiento. Los derechos de aprovechamiento de aguas deben ser de carácter
consuntivo, de ejercicio permanente y continuo. Se acreditará que le pertenecen en
dominio o en uso al proponente, en la forma y oportunidad que se indica en el titulo
IV de estas Bases. En el caso que las fuentes de agua propuestas sean sondajes, se
requerirá un sondaje de reserva con un caudal, a! menos, igual al de mayor
capacidad entre los propuestos.
d)
La identificación de las demás concesionarias
relacionará, si procediere.
e)
Límites del área geográfica donde se prestarán los servicios públicos de distribución
de agua potable y recolección de aguas servidas, teniendo como base el plano
regulador correspondiente, con coordenadas UTM, datum y huso de referencia, que
debe ser coincidente con el área singularizada en el objeto de la presente licitación.
f)
Las características de las aguas servidas recolectadas, del cuerpo receptor y el tipo
de tratamiento que se utilizará, en el caso de la concesión de disposición de aguas
servidas.
g)
La calidad de las fuentes de abastecimiento.
h)
Declaración Jurada, hecha por el representante legal del solicitante, por la cual se
establezca que al proponente no le afectan las prohibiciones y/o inhabilidades que
contemplan ios artículos 63 y 65 del D.F.L. MOP N° 382/88.
i)
Garantía que caucione la seriedad de la oferta.
o solicitantes con quienes se
Esta garantía, podrá consistir en una póliza de seguro o boleta de garantía emitida
por un banco domiciliado en Chile. Debe ser irrevocable, extendida a favor de la
Superintendencia de Servicios Sanitarios, por un monto definido según el Art. 16 del
D.S. MOP N° 1199/04, que en este caso es de 600 U.F. (150 U.F. por cada
concesión), pagadera a su sola presentación y tener una validez mínima de 1 año, a
contar de la fecha del acto de recepción de las postulaciones.
A los proponentes no adjudicados se les devolverá esta garantía, dentro de los 30
días siguientes a la fecha de publicación en e) Diario Oficial, del extracto del Decreto
Supremo MOP, que otorgue las concesiones en licitación.
4
Ai proponente adjudicado con ía licitación, le será devuelta la garantía de seriedad
una vez que haya entregado a satisfacción de la Superintendencia, ¡as garantías de
resguardo de cumplimiento del programa de desarrollo y las garantías de resguardo
de cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios.
ANÁLISIS DE LAS
POSTULACIONES
La Superintendencia examinará las postulaciones de los interesados, verificando que
cumplan con las exigencias indicadas en el punto anterior.
En el evento que la SISS tuviere que formular observaciones a algún(os) postulante(s), lo
hará por escrito a la dirección que el proponente haya indicado en su postulación,
otorgándole un plazo, en los términos que establece el Art. 18 de la Ley N° 18.902, que no
podrá ser superior a 10 días hábiles, para que reformule su postulación o haga las
correcciones pertinentes. Vencido el plazo, si el proponente no cumple con los
requerimientos formulados, se entiende que ha desistido de su presentación a la licitación y
la Superintendencia queda facultada para hacer efectiva la Garantía de Seriedad.
ACEPTACION A TRÁMITE DE LAS
POSTULACIONES
Mediante carta certificada, y dentro de los 30 días siguientes al acto de recepción de las
postulaciones, la SISS informará a los proponentes sobre la aceptación a trámite o rechazo
de las postulaciones.
CITACIÓN AL ACTO
PÚBLICO
Dentro de los 120 días siguientes a ¡a publicación del aviso del llamado a licitación pública,
se ¡levará a cabo el Acto Público a que se refiere el Art. 14 del D.F.L. MOP N° 382/88. La
Superintendencia dictará una Resolución citando a dicho Acto Público a todos los
postulantes cuyas solicitudes se hubiesen acogido a trámite. Esta citación se hará a lo
menos 30 días antes de la fecha fijada para el Acto mediante carta certificada. En ia
citación se indicará hora y lugar para ia celebración de este acto público.
La Resolución señalará los antecedentes que se deben acompañar al Acto Público, de
acuerdo a lo que establece el Art. 14 del D.F.L. MOP N° 382/88. La Resolución designará
una Comisión para la apertura y recepción de los antecedentes.
D E L ACTO PÚBLICO Y LA EVALUACIÓN DE A N T E C E D E N T E S TÉCNICOS Y TARIFAS
ACTO
PÚBLICO
En presencia de los funcionarios de la Superintendencia designados en la Resolución
señalada en el punto anterior (capítulo III, punto 5) y en la fecha estipulada en este mismo
documento, se llevará a cabo el Acto Público al que deben concurrir todos ios postulantes
aceptados, para hacer entrega de ios antecedentes especificados en los artículos 14 del
D.F.L. MOP N° 382/88 y 23 y s.s. de! D.S. N° 1199/04, que se detallan a continuación:
a)
El Programa de Desarrollo de los servicios en concesión que se licitan., definido en
base a un estudio de prefactibilidad técnica - económica, para un período de 15
años, y que deberá contener como mínimo:
La descripción técnica general y un programa de las obras proyectadas.
Las estimaciones de beneficios, costos, valor actualizado neto y rentabilidad
asociados.
b)
Tarifas propuestas y aportes considerados, calculados según el procedimiento del
D.F.L. MOP N°70 de 1988, y su Reglamento.
La oferta tarifaria deberá acompañar el correspondiente estudio que la sustenta,
entregándose dicha oferta en un sobre cerrado que se abrirá en el respectivo acto
público. Dicha oferta tarifaria deberá presentarse como un cuadro resumen con los
cargos tarifarios y aportes de financiamiento reembolsable propuestos para cada uno
de los servicios en licitación. Se adjunta el formato del cuadro resumen.
El estudio indicado en el párrafo anterior deberá contener, a lo menos, los costos
increméntales, tarifas eficientes, dimensionamiento para el autofinanciamiento,
determinación del costo total de largo plazo, las tarifas de autofinanciamiento, cargos
por grifos y corte y reposición del servicio.
Para los efectos del estudio tarifario, la empresa deberá, respecto de la red de
distribución de agua potable, considerar de su cargo, a lo menos, las impulsiones y
cañerías aiimentadoras, entendiendo por tales, a aquellas de las cuales no se
originan arranques. Igual consideración deberá hacerse respecto de las redes de
alcantarillado, en particular para ¡os emisarios que corresponden a tuberías de las
cuales no se originan uniones domiciliarias.
c)
La acreditación de que los derechos de aprovechamiento de aguas, superficiales y
subterráneas, suficientes para atender la demanda del día de máximo consumo del
quinto año, le pertenecen en dominio o en uso (Art, 26 del D.S. N° 1199/04).
Tal como se señala en el Art. 27 del D.S. N° 1199/04, el dominio se acreditará
mediante una copia de la inscripción de dominio con certificado de vigencia emitido
por el correspondiente Conservador de Bienes Raíces, acompañada de un informe
de títulos, de acuerdo a formato tipo que se adjunta. Tratándose del uso de derechos
de aprovechamiento de aguas, estos deberán acreditarse mediante contratos que
consten en escritura pública.
La Superintendencia se reserva el derecho para calificar la suficiencia del títufo de
uso y la cuantificación suficiente de los mismos derechos necesarios para que el
prestador cumpla con su programa de desarrollo.
Por excepción, se aceptarán en el Acto Público contratos de promesa de
compraventa de derechos de aprovechamiento de aguas, siempre que consten en
escritura pública. Este contrato deberá tener como única condición que el postulante
se hará dueño de los derechos de aprovechamiento, una vez que esté tramitado el
Decreto de Otorgamiento de la concesión respectiva. Asimismo, el promitente
vendedor deberá renunciar expresamente a ejercer la acción de resolución del
contrato prometido según el artículo 1489 del Código Civil.
Cabe indicar que tal como se indica en el Art. 28° del D.S. N° 1199/04, ios estudios
técnicos, definidos en las letras a) y b), deberán ser ejecutados de acuerdo a la Guía de
Elaboración y Presentación de Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado, aprobada por la
Superintendencia de Servicios Sanitarios. Por su parte, los análisis de laboratorio que se
incluyan en la propuesta, deberán ser efectuados por laboratorios acreditados ante la
autoridad competente.
6
2)
ANÁLISIS DE LAS
PROPUESTAS
La Superintendencia examinará los documentos de ios proponentes y podrá solicitar
aclaraciones de los aspectos técnicos y tarifarios de los antecedentes entregados. Estas
peticiones se harán por carta certificada dirigida ai proponente, a ia dirección
individualizada en su oferta, otorgándole un plazo, en los términos que establece el Art. 18
de la Ley N° 18.902, para que dé cumplimiento a ios requerimientos formulados. Vencido
este plazo, sin que ei proponente haya dado cumplimiento a las exigencias de la SISS se
entenderá que se desiste de su postulación, lo que ia faculta para hacer efectiva la garantía
de seriedad del postulante.
En el caso que ta SISS solicite aclaraciones a algún(os) proponente(s), estas se enviarán
con copia a! resto de los postulantes.
v
--
C R I T E R I O S PARA P R O P O N E R LA ADJUDICACIÓN
Verificado el cumplimiento de todas y cada una de las condiciones técnicas, se propondrá la
adjudicación al proponente que haya ofrecido la menor tarifa, siempre que esta fuera inferior a la
determinada para este proceso por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Cuando todas las tarifas ofrecidas por los proponentes fueren superiores a las fijadas por el
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se comunicará este hecho por carta certificada, a la
totalidad de los proponentes, además de proceder a notificar al postulante que haya ofrecido la
tarifa más baja y cercana a la oficial, a fin de que se allane a este último precio o se desista de su
postulación. En ei caso que mantenga su oferta por sobre la oficial o se desista, se tratará con el
siguiente postulante en precio con el mismo propósito y así sucesivamente. Si ninguno de ios
postulantes se allana a la tarifa oficial se convocará a la Comisión de Expertos para que resuelva
las tarifas con aquel postulante que ofreció la tarifa más baja. En este procedimiento, se
observará lo previsto en el artículo 32° del D.S. N°1199/04.
Ahora bien, si él (los) proponente(s) opta(n) por la alternativa de mantener las tarifas ofrecidas, la
Superintendencia citará, según el caso, al único proponente o a aquel que ha ofrecido la menor
tarifa, para que concurra a una reunión destinada a conformar el listado de expertos que habrá
de designarse de común acuerdo, para pronunciarse sobre cada uno de ios parámetros respecto
de los cuales exista discrepancia con el estudio de ia Superintendencia.
En lo concerniente al ámbito de competencia, procedimientos y funcionamiento de la Comisión
de Expertos, serán aplicables los artículos 10 de! D.F.L. MOP N° 70/88 y artículos 7 y siguientes
del D.S. MOP N° 453/89.
VI--
PROCEDIMIENTO D E ADJUDICACIÓN
En cumplimiento de los criterios dei título anterior, la SISS propondrá la adjudicación de la
concesión al Ministro de Obras Públicas.
La adjudicación se materializará con la dictación del pertinente Decreto Supremo del Ministerio
de Obras Públicas que otorgue tas concesiones en licitación. Dentro de los 15 días siguientes a
su dictación, el proponente deberá reducir a escritura pública el decreto y un extracto lo publicará
en el Diario Oficial, los días 1 ó 15 dei mes inmediatamente siguiente a la fecha de su reducción
a escritura pública, o día hábil siguiente, si aquellos fueren feriados.
o
7
Una vez tramitado ei decreto y comunicado a! interesado, éste deberá entregar las garantías de
cumplimiento del Programa de Desarrollo y de fiel cumplimiento de las condiciones de prestación
de los servicios, a que se refiere el Art. 20 dei D.F.L. MOP N° 382/88 y Arts. 38° al 41° del D.S.
MOP N° 1199/04, dentro de un plazo de 20 días a contar de ¡a publicación dei extracto del
Decreto Supremo de otorgamiento.
Se consideran instrumentos de garantía suficientes, las pólizas de seguros o boletas de
garantías bancarias emitidas por un Banco domiciliado en Chiíe. Los instrumentos deben ser
irrevocables, extendidos a nombre de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y su vigencia y
montos serán determinados acorde con !o dispuesto en los artículos 38° al 41° del Reglamento.
El incumplimiento a esta obligación, en el plazo fijado por la SISS, constituirá una causal para
hacer efectiva(s) ta(s) garantía(s) de seriedad y, proponer en ese caso, la adjudicación ai
postulante siguiente del proceso, si lo hubiere.
Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de dicha publicación, el decreto deberá inscribirse en
un registro que, para tal efecto, lleva la SISS.
Santiago, diciembre
de 2015.
8
Siíseri'íiefsdenda ¡le Sefvlaoa Sar-ítarte
DIVISIÓN DE C O N C E S I O N E S
LICITACION PÚBLICA PARA OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN SANITARIA
S E C T O R E S " C E S F A M C A R A C O L E S " Y "VILLAS L O S AROMOS Y RÍO PUDETO"
COMUNA DE ANCUD, X REGIÓN
B A S E S TÉCNICAS
ÁREAS A LICITAR
Las áreas para ias cuaies se hace el llamado a licitación pública de las concesiones de
producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas
corresponden a;
Sector
CESFAM Caracoles
Villas Los Aramos y Río Pudeto
Superficie
5,64 ha.
19,25 ha.
Los vértices que definen cada sector incluido en esta licitación tienen las siguientes
coordenadas U.T.M., según DATUM WGS 84:
Sector 1: CESFAM Caracoles
Vértice
1
Este
598,784,950
Norte
5.362.707,056
2
599.089,000
5.362.603,000
3
599.100,000
5.362.636,000
4
599.144,000
5.362.620,000
5
599.038,804
5.362.449,335
6
599.015,129
5.362.396,034
7
598.757,493
5.362.578,650
1
Sector 2: Viiía Los Aromos y Río
Pudeto
Vértice
Este
Norte
1
599.524
5.362.546
2
599.507
5.362.374
3
599.544
5.362.244
4
599.610
5.362.101
5
599.646
5.362.087
6
599.671
5.362.027
7
599.560
5.361.999
S
599.539
5.361.981
9
599.577
5.361.902
10
599.953
5.361.909
11
599.813
5.362.382
12
599.832
5.362.502
A N T E C E D E N T E S PARA LA PROYECCIÓN DE DEMANDA
Sector 1 - C E S F A M Caracoles
El proyecto corresponde a la construcción de un CESFAM en e! sector Alto Caracoles, de
superficie 2.200 m2. Se ha diseñado de acuerdo a los requerimientos de infraestructura
señalados en las normativas existentes entregadas por el MINSAL en la Metodología de
Elaboración de Proyectos en Atención Primaria.
AGUA P O T A B L E
La demanda de agua potable fue determinada de acuerdo a los siguientes requerimientos:
Cantidad
Box de atención
riego
rn jardín
17
Servicios Higiénicos
Empleados
Usuarios
diarios
425
181
500
Atenciones
diarias
dotación
25
20
8.500
25
10.625
30
5.430
5
2.500
Total
Lt./día
27.055
Por lo tanto la demanda de consumo para el proyecto (año 1) corresponde a 0,31 l/s.
Para el año 5 (2020) se estima el requerimiento que se indica a continuación:
DATOS
Unidad
Año
Valor
5 (2020)
Número de arranques/UD
Cauda! medio de consumo
viv.
1
I/S
0,32
Factor día máximo consumo
1,5
Pérdidas de producción
%
5
Pérdidas de distribución
%
15
Caudal máximo diario de producción
l/s
0,60
Consumo contra incendio
l/s
16
La proyección de los caudales medios de consumo de agua potable y de ¡os caudales máximos
diarios de producción se indican a continuación:
1
Caudal medio
consumo
(i/s)
0,31
Caudal máx.
diario producción
(i/s)
0,58
5 (2020)
1
0,32
15(2030)
1
0,34
0,60
0,63
AÑO
Clientes
1 (2016)
AGUAS SERVIDAS
Se proyecta una cobertura del 100% en aguas servidas para todo el período. Las aguas servidas
que se originarán en el área serán de carácter doméstico y para su disposición se deberá
cumplir con ia normativa vigente.
Las proyecciones de los caudales medios de aguas servidas consideran un coeficiente de
recuperación de 0,9 y se indican a continuación:
AÑO
Clientes
Caudal medio A.S. (l/s)
1 (2016)
1
0,28
5 (2020)
1
0,29
15 (2030)
1
0,31
S E C T O R 2 - VILLAS RÍO PUDETO Y L O S AROMOS
Corresponde a un sector urbano con viviendas existentes
AGUA P O T A B L E
Para eí año 5 (2020) se estima el requerimiento que se indica a continuación:
Unidad
DATOS
Valor
Año
5 (2020)
viv.
133
hab/viv
4
Número de habitantes
hab
532
Dotación agua potable
l/hab/día
150
l/s
0,93
Número de viviendas:
Número de habitantes por vivienda
Caudal medio de consumo
Factor día máximo consumo
1,337
Pérdidas de producción
%
Pérdidas de distribución
%
15
Caudal máximo diario de producción
l/s
1,53
Consumo contra incendio
l/s
16
~1
5
La proyección de los caudales medios de consumo de agua potable y de los caudales máximos
diarios de producción se indican a continuación:
1 (2016)
128
Caudal medio
consumo
(¡/s)
0,89
5 (2020)
133
0,93
1,53
15(2030)
253
1,76
2,91
AÑO
Clientes
Caudal máx.
diario producción
(l/s)
1,47
AGUAS SERVIDAS
Se proyecta una cobertura del 100% en aguas servidas para todo el período. Las aguas servidas
que se originarán en el área serán de carácter doméstico y para su disposición se deberá
cumplir con la normativa vigente.
Las proyecciones de los caudales medios de aguas servidas consideran un coeficiente de
recuperación de 0,9 y se indican a continuación:
4
AÑO
Clientes
Caudal medio A.S. (l/s)
1 (2016)
128
0,80
5 (2020)
133
0,83
15 (2030)
253
1,58
DIVISION DE C O N C E S I O N E S
SUPERINTENDENCIA D E S E R V I C I O S SANITARIOS
CAM
Santiago, diciembre de 2015
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