11 de marzo de 2011 - Suprema Corte de Justicia de la Nación

Transcripción

11 de marzo de 2011 - Suprema Corte de Justicia de la Nación
11 de marzo de 2011
Coordinación de Asesores de la Presidencia
Argentina (Redacción Norte):
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La Corte Suprema negó a Clarín un pedido de inmunidad por Cablevisión. Los ministros aceptaron
una apelación del gobierno sobre la fusión multicanal – cablevisión. El tribunal consideró que el grupo
buscó un aval judicial a la concentración empresaria y que la Comisión de Defensa de la Competencia
es la que debe decidir. El fallo se suma al que ordena fijar un límite para la desinversión. Otro revés
para el Grupo Clarín. La Corte Suprema revocó ayer una medida cautelar que beneficiaba al
multimedios en el marco de la fusión entre Cablevisión y Multicanal. El máximo tribunal aceptó una
apelación presentada por el Estado Nacional contra la resolución de un juez de primera instancia (luego
ratificada por la Cámara) que había ordenado a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia
que se abstenga de aceptar reclamos de terceros hasta tanto no exista una resolución firme sobre el
caso. La denuncia fue iniciada por los abogados del grupo monopólico luego de que el Partido
Movimiento Popular para la Reconquista intimara por escribano público a que frenara la concentración
de la empresa proveedora de cable. El fallo reconoció a la Comisión de Defensa de la Competencia
(dependiente del Ministerio de Economía) como único organismo capaz de tomar decisiones sobre la
transferencia de acciones en mercados regulados por el Estado. Clarín había argumentado la supuesta
incertidumbre generada por la intimación presentada por el partido político respecto de las decisiones
del organismo encargado de aprobar las fusiones. El objetivo era claro: quitar al ex COMFER (hoy
Autoridad Federal de Servicios de Comunicaición Audiovisual) del medio. Pero les salió el tiro por la
culata. La Corte Suprema consideró además que el escrito presentado por los abogados del grupo
buscaba lograr una especie de “inmunidad” frente a las posibles denuncias futuras que la empresa
podría afrontar. Los ministros resolvieron que la “acción declarativa” solicitada por Cablevisión tendía
también a remplazar las facultades de la Comisión de Defensa de la Competencia. Clarín buscaba un
aval judicial al proceso de monopolización. Por el contrario, la Corte consideró que no existe una
controversia entre el Estado y la empresa, sino entre Cablevisión y el partido político, por lo que el caso
fue desestimado. Además, los ministros argumentaron en forma unánime que la intimación no había
sido realizada ante la justicia. Así, la resolución del máximo tribunal se suma a los recientes fallos
adversos que viene acumulando Cablevisión. Por un lado, la Cámara en lo Contencioso Administrativo
rechazó la apelación de un presunto usuario de Fibertel contra la decisión de dar por caída la licencia de
la prestadora de Internet (la Resolución 100 de la Secretaría de Comunicaciones ya había logrado la
ratificación por parte de un tribunal de Córdoba). Además, el Grupo Clarín tampoco logró el aval de la
justicia para aumentar sus abonos. Con este nuevo fallo en su contra, la estrategia judicial del grupo
monopólico vuelve a debilitarse. El año pasado, la misma Corte Suprema ordenó a los tribunales
inferiores que pongan un “plazo razonable” a la medida cautelar que mantiene suspendida (sólo para el
caso de la empresa de Héctor Magnetto) la aplicación del artículo 161 de la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual, que establece un tiempo límite de un año para desprenderse de las licencias
que excedan la cantidad establecida por la nueva norma. Además, Cablevisión no pudo mantener el
freno al reordenamiento de la grilla de la TV por cable que había conseguido a través de otra cautelar
dictada por un juez de primera instancia.
España (El País/La Vanguardia):
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El Supremo rechaza dejar en suspenso el límite de velocidad a 110Km/h. El Tribunal Supremo ha
rechazado suspender la entrada en vigor de la limitación de velocidad a 110 km/h en autovías y
autopistas tal como había solicitado una entidad mercantil que impugnó el real decreto sobre reducción
de la velocidad. La entidad reclamó la nulidad de los artículos 1 y 2 del real decreto y propuso como
medida cautelarísima la suspensión de la entrada en vigor de la limitación a 110 km/h, alegando que de
otro modo, cuando se procediese a la suspensión se superaría el plazo de vigencia de cuatro meses
establecido en la propia norma. El Supremo rechaza la suspensión señalando que la parte presupone
que la tramitación dudará más de cuatro meses, cuando esa tramitación "debe ser lo suficientemente
rápida para que concluya en una fecha muy anterior al referido plazo". Por tanto, "no hay razones de
especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del
Estado, tanto más en una cuestión en la que están involucrados importantes intereses generales como
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lo son la seguridad vial y, en su caso, los de orden económico a los que se refiere la propia parte
recurrente", concluye el Supremo.
Quedó en 110 km/h
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Un juez impide echar a una anciana de su casa tras morir su marido, titular del alquiler. Una
sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 29 de Barcelona ha impedido que una inmobiliaria
echara a una anciana de su casa tras la muerte de su marido, que era el titular del contrato de alquiler.
Según explica el escrito del juez, el contrato fue firmado el 1 de mayo de 1971 cuando la Ley no
otorgaba la mayoría de edad a las mujeres, impidiendo que estas pudieran firmar este tipo de
documentos, por lo que fue su marido quien formalizó la firma en nombre de ambos. No fue hasta 1975
que la Ley otorgó la mayoría de edad a las mujeres y, a partir de entonces y en este tipo de casos, se
debía informar al arrendador de la muerte del cónyuge titular del contrato, en un plazo de tres meses
para seguir mantenido el alquiler. Por este motivo, la inmobiliaria entendía que la anciana, al no haber
informado de la muerte de su esposo, daba por finalizado el contrato de alquiler del piso en el que vivía
desde hacía 42 años, e instaba a la demandada a que lo abandonara. El juez recuerda que el contrato
fue firmado con anterioridad a la reforma de la normativa y que en el mismo se explicita que el estado
civil del titular era casado; además, expone que ha quedado demostrado que el arrendatario conocía
que la mujer convivía con su cónyuge en el piso. El juez ha desestimado la demanda de la inmobiliaria
impidiendo que la mujer fuera desalojada al entender que, pese haber un sólo firmante, la anciana era
cotitular del contrato de alquiler.
Francia (Le Monde):
Resumen: El Consejo Constitucional ante el caso incómodo de Jacques Chrirac. Ante la eventualidad
que un aspecto de constitucionalidad emergiera del Caso Chirac, el caso llegaría al Consejo
Constitucional, lo que provocaría, al menos, incomodidad entre los “Sabios”. De hecho ocho de sus
once integrantes tienen vinculación directa o indirecta con el antiguo Presidente de la República. Por
tanto, tendrían que excusarse y solo quedarían tres miembros para atender el caso, las dos mujeres y
Michel Charasse, y toda vez que las resoluciones del Consejo ameritan de al menos siete Consejeros, la
situación se complica. El actual Presidente del Consejo Constitucional fue miembro del gabinete de
Chirac. También colaboraron con Chirac: Pierre Steinmetz, Renaud Denoix, Guy Canivet, Hubert Haenel y
Jacques Barrot. Por su parte, Jacqueline de Guillenchmidt y Claire Bazy-Malaurie, no tendrían problema
para atender el caso, pero las declaraciones de Michel Charasse de 2009 ponderando el caso concreto
de Chirac, podría complicar aun más las cosas.
•
Le Conseil constitutionnel embarrassé par le cas Chirac. Si d’aventure la question prioritaire de
constitutionnalité (QPC), soulevée lundi 7 mars dans le procès Chirac, arrivait jusqu’au Conseil constitutionnel, les
« Sages » seraient fort embarrassés pour statuer. En effet huit des onze membres ont des liens directs ou indirects
avec l’ancien président de la République, et n’auraient probablement pas d’autre choix que de se « déporter », de ne
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pas participer aux débats. Ils ne seraient ainsi plus que trois à statuer, les deux femmes du Conseil et Michel
Charasse. Or, les décisions du Conseil doivent être rendues par « sept conseillers au moins », ce qui peut constituer
une sérieuse difficulté. Jean-Louis Debré, le président du Conseil constitutionnel, a déjà annoncé qu’il se déporterait
si la Cour de cassation se décidait à transmettre au Conseil la QPC qui doit statuer sur le sort de Jacques Chirac et
des emplois fictifs à la mairie de Paris. Il a au moins quatre raisons de le faire : c’est un ancien ministre de Jacques
Chirac, il a été porte-parole du RPR et l’un de ses frères est prévenu dans le procès. Il a par ailleurs déclaré le 1er
octobre 2010 sur France 2, comme l’a relevé le Canard enchaîné, « ne pas comprendre » le renvoi de l’ancien
président en correctionnelle, « je trouve que c’est inutile pour lui, pour la France », a jugé le président. Interdiction de
prise de position publique. Jean-Louis Debré a ainsi sérieusement bousculé l’article 7 de l’ordonnance du 7
novembre 1958 « portant loi organique sur le Conseil constitutionnel » qui grave dans le marbre « l’interdiction pour
les membres du Conseil constitutionnel, pendant la durée de leurs fonctions, de prendre aucune position publique
sur les questions ayant fait ou susceptibles de faire l’objet de décisions de la part du Conseil ». Pierre Steinmetz
devrait aussi se déporter : il a été nommé au Conseil par Jacques Chirac en février 2004, et il était haut fonctionnaire
à la mairie de Paris quand Chirac était à l’Hôtel de ville. Même souci pour Renaud Denoix de Saint-Marc, ancien
secrétaire général du gouvernement de Jacques Chirac entre 1986 et 1988. Guy Canivet, lui, a été nommé premier
président de la Cour de cassation en 1999 par Jacques Chirac ; Hubert Haenel était parlementaire RPR au moment
des faits ; et Jacques Barrot ministre du travail sous Jacques Chirac et membre en 2002 du comité d’orientation de
la campagne de Chirac pour l’élection présidentielle. Le risque de la récusation. Jacques Chirac, membre du droit du
Conseil, a déjà indiqué qu’il ne siégerait plus pendant la durée de son procès, mais Valéry Giscard d’Estaing, qui l’a
choisi en 1974 comme premier ministre, risque d’être à son tour empêché. « L’obligation de se déporter résulte
d’une décision personnelle, indique Frédéric Rolin, professeur de droit public à l’université Paris X-Nanterre, et
découle, presque par défaut, du règlement intérieur du Conseil. “Tout membre du Conseil constitutionnel qui estime
devoir s’abstenir de siéger en informe le président”, indique l’article 4, sinon, il s’expose à une récusation, un droit
ouvert aux parties – en l’occurrence sans doute aux associations, parties civiles dans le procès Chirac ». Trois
membres loin de Chirac. Il ne reste que trois membres du Conseil qui n’ont pas de liens avec Jacques Chirac :
Jacqueline de Guillenchmidt, ancienne directrice de cabinet du garde des sceaux Pierre Méhaignerie, Michel
Charasse, ministre de François Mitterrand et la petite dernière arrivée au conseil en août 2010, Claire BazyMalaurie, venue de la Cour des comptes. Mais il y a aussi une difficulté pour Michel Charasse, qui a déclaré le 1er
novembre 2009 qu’il désapprouvait le renvoi en correctionnelle de l’ancien président et que « quinze à vingt ans
après, on prenait le risque de ne pas rendre une justice équitable ». Doutes sur Michel Charasse. Il n’était pas
encore membre du Conseil, mais pour le professeur Rolin, « devant une juridiction ordinaire, cette déclaration
l’empêcherait de statuer. Mais le cas est discutable : une question de droit est posée au Conseil, il peut y répondre
sans s’attacher au préjugé sur les conséquences de la décision. Plusieurs interprétations sont possibles ». Dans
tous les cas de figures, ils ne seraient que deux ou trois à pouvoir effectivement statuer sur la QPC. Or l’article 14 de
l’ordonnance de 1958 impose que « les décisions et les avis du Conseil constitutionnel sont rendus par sept
conseillers au moins, sauf cas de force majeure ». La force majeure s’analyse traditionnellement comme un
événement externe, imprévisible et insurmontable. « Dans le cas présent, il s’agit sans doute un événement
insurmontable, mais ni externe ni imprévisible, indique Frédéric Rolin, et le Conseil risque de devoir faire face à une
situation inextricable s’il est saisi ». Garçon de course. Voir aussi l’excellent et copieux article de Patrick
Wachsmann, professeur de droit public à l’université de Strasbourg, sur l’étrange composition du Conseil
constitutionnel, paru dans le n°5 de Jus Politicum. Ou quand François Mitterrand expliquait que le Conseil
constitutionnel servait « de garçon de course au général de Gaulle ». wachsmann.1299772371.pdf … Et merci à
Serge Slama, maître de conférences en droit public à l’Université Evry-Val d’Essonne, pour son expertise et ses
coups de main.
Todo un reto para “les Sages”
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Italia (EFE/EP):
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El Gobierno aprueba la controvertida reforma de la Justicia. El Gobierno italiano aprobó hoy en un
Consejo de Ministros extraordinario la controvertida reforma de la Justicia, uno de los objetivos del
Ejecutivo de Silvio Berlusconi y que llega tras el escándalo por el enjuiciamiento del mandatario por
prostitución de menores y abuso de poder en el caso Ruby. El texto, que irá acompañado de diez leyes
de actuación, fue ratificado de manera unánime y comenzará ahora su tramitación en el Parlamento
como diseño de ley constitucional. Para su inmediata entrada en vigor deberá ser aprobado por una
mayoría de dos tercios en el Parlamento y, de no alcanzarse, podrá ser sometido a un referéndum. Esta
reforma llega en un momento difícil para Silvio Berlusconi, que se enfrenta a tres juicios y a una vista
preliminar después de que el Tribunal Constitucional invalidara parcialmente en enero la ley del legítimo
impedimento, a la que se había acogido en varias ocasiones para no acudir a declarar. El ministro de
Justicia, Angelino Alfano, precisó que las modificaciones introducidas en la legislación no se aplicarán a
los procedimientos penales en curso. El propio Berlusconi ha negado hoy que se trate de una norma
pensada en su beneficio, como critican varios sectores de la oposición, ni que el caso Ruby haya influido
en ella. "Esta vez me permitiré la satisfacción de acudir a los juicios. Destinaré los domingos a
prepararlos y los lunes a acudir a los tribunales", dijo Berlusconi en la rueda de prensa posterior al
Consejo de Ministros retransmitida en directo por televisión. Mañana se reanuda en Milán el proceso por
el caso Mills, por supuesta corrupción en acto judicial; mientras que el próximo 6 de abril se celebra la
primera audiencia del juicio por el caso Ruby, la joven marroquí que supuestamente mantuvo relaciones
sexuales con Berlusconi cuando aún era menor de edad. El mandatario dijo que pensaba realizar esta
reforma desde que entró en política en 1994 y aseguró que se trata de "un texto de reforma completo,
orgánico, claro y convincente", que vela por el "interés ciudadano". Entre los puntos principales, se
encuentran la separación de las carreras de jueces y fiscales, actualmente unidas, y la división del
Consejo Superior de la Magistratura en dos órganos separados, uno para jueces y otro para fiscales,
ambos presididos por el presidente de la República. Así, se pretende "poner en el centro la igualdad
entre acusación y defensa", explicó el ministro de Justicia. Un aspecto en el que incidió Berlusconi con
una de sus bromas: "Los fiscales, para hablar con los jueces, tendrán que pedir una cita y quitarse el
sombrero y, posiblemente, tratarlos de usted". Además, se establece la responsabilidad civil de los
magistrados según el método ya existente para médicos y funcionarios, y la creación de una Alta Corte
Disciplinaria para jueces y fiscales cuyos miembros serán la mitad magistrados y la otra mitad miembros
elegidos por el Parlamento. Uno de los puntos más controvertidos en el nuevo texto es la inapelabilidad
de las sentencias de absolución en primer grado, que impedirá que un ciudadano que haya sido
absuelto en primera instancia pueda volver a ser juzgado por el mismo delito. El texto ha desatado las
iras de la oposición, que considera la reforma un proyecto elaborado "ad personam" para Silvio
Berlusconi. "Han propuesto una reforma tan antidemocrática como para dar la vuelta al Estado de
derecho", dijo el líder de Italia de los Valores, Antonio di Pietro, quien añadió que su partido presentará
una enmienda para derogar la reforma y una propuesta de referéndum "para que los electores manden
a casa la reforma y a quien la ha hecho". También la Asociación Nacional de Magistrados criticó la
medida, y su presidente, Luca Palamara, afirmó en una nota que "es una reforma de castigo cuyo
diseño mina la autonomía y la independencia de la magistratura y altera el equilibrio entre los poderes
del Estado".
•
Berlusconi vuelve a no presentarse ante los tribunales. Berlusconi ha vuelto a no presentarse este
viernes ante los tribunales a la vista preliminar establecida para este viernes por el Tribunal de Milán que
juzga al mandatario por el llamado 'caso Mills', para establecer el calendario de audiencias, que
finalmente tendrán lugar el 21 de marzo, el 9, 16 y 23 de mayo, el 20 y 27 de junio y el 11 y el 18 de
julio. No obstante, el primer ministro ha escrito una carta a los jueces explicando que el motivo de su
ausencia es "por un empeño institucional en Bruselas", algo justificable gracias a la ley del llamado
'legítimo impedimento' que permite al 'Cavaliere' ausentarse de los juicios por "problemas de agenda
con los compromisos institucionales" aunque el Tribunal Constitucional estableció que deberían ser los
jueces ordinarios ha decidir si eran "justificables" estos compromisos. La juez del Tribunal de Milán,
Francesca Vitale, que preside el tribunal del 'caso Mills', en el cual el 'Cavaliere' está acusado de
sobornar a un abogado, David Mills, para que testificara a su favor en otro juicio, ha establecido nueve
audiencias, siempre en lunes, a las cuales tendrá que presentarse el mandatario, según informa el diario
'La Repúbblica'. Vitale ha subrayado que el colegio de magistrados "se orienta a establecer este
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calendario de audiencias para los lunes" ya que el primer ministro ha mostrado su disponibilidad para
asistir a los juicios en el primer día de la semana para permitir seguir con los cuatro procesos que se le
imputan. El primer ministro tiene pendientes los casos 'Mediaset' y 'Mediatrade' por fraude fiscal y el
'caso Mills' por soborno en proceso judicial, así como el llamado 'caso Ruby' en el que el mandatario
está acusado de haber mantenido relaciones sexuales con una menor, Kharima 'Ruby' El Mahroug
cuando era menor de edad y de haber presionado a la Policía de Milán para liberarla cuando fue
arrestada por robo. Los abogados de Berlusconi, Piero Longo y Niccoló Ghedini han reiterado la "firme
intención" del primer ministro de "participar en las vistas" pero que su asistencia a la vista de este
viernes "no es necesaria" porque tan sólo se discutía el calendario de las próximas audiencias.
De nuestros
nuestros archivos:
29 de junio de 2009
España (El País)
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El Constitucional acota el derecho de los policías a mentir. La Sala Primera del Tribunal Constitucional
ha rechazado dar amparo a dos agentes de la Policía Local de Sevilla que fueron sancionados por "faltar a la
verdad" al ser interrogados reservadamente sobre la denuncia que un ciudadano presentó contra ellos. El alto
tribunal entiende que la conducta de los sancionados no constituye un ejercicio legítimo del derecho a no declarar
contra sí mismos y a no confesarse culpables. Un ciudadano de Sevilla acusó en 2004 ante el Ayuntamiento a dos
policías municipales de abuso de autoridad, intimidación y amenazas, y de haberle impuesto dos multas
arbitrariamente. Durante la "información reservada", previa a la apertura de expediente sancionador, el instructor de
las diligencias constató que los agentes habían faltado a la verdad "de modo expreso y manifiesto". El Ayuntamiento
les sancionó con dos días de empleo y sueldo, sanción que fue ratificada después por un juez de lo contencioso.
Ante el Constitucional, los policías adujeron su derecho fundamental a no declarar contra sí mismos ni confesarse
culpables. El alto tribunal, en una sentencia de la que ha sido ponente su presidenta, María Emilia Casas, señala
que el imputado en un proceso penal no está sometido a la obligación jurídica de decir la verdad, pero ese derecho
tampoco consagra "un derecho fundamental a mentir". La sentencia explica que los policías no declararon en
calidad de "imputados" en un proceso penal sino en un procedimiento administrativo, "lo que impide la traslación
mecánica" de las garantías propias del proceso. Además, en ningún momento los recurrentes fueron forzados a
realizar una declaración autoincriminatoria. La sentencia agrega que los agentes, como miembros de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, se encuentran en una posición que difiere de la del resto de los ciudadanos y de la que
derivan "deberes especiales". Por eso se debe exigir un mayor rigor en las manifestaciones realizadas en el
ejercicio de su cargo, aun cuando de la investigación puedan derivarse responsabilidades administrativas. El
magistrado Jorge Rodríguez-Zapata ha formulado un voto concurrente en el que se muestra de acuerdo con el fallo,
pero entiende que los agentes ni siquiera podían invocar el derecho a no declarar contra sí mismos al tratarse de
unas actuaciones preliminares sin carácter sancionador.
Lo acusó por abuso de
autoridad, intimidación y amenazas
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