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Junta de Transparencia y Ética Pública TESTIMONIO Resolución Nº 3681/2012, de 7 de marzo de 2012. VISTO: el expediente Nº 2012-11-22-020, de Gerardo Burgos Bruno, CI 1.251.706-7 CONSIDERANDO: I) que del mismo surge que oportunamente, por resolución Nº 2863/2009 de 14 de octubre de 2009 se declaró omiso a Gerardo Burgos Bruno por su omisión de fecha 1 de enero de 2009 de presentar su declaración por cese el en cargo de Comisario dependiente del Ministerio del Interior. II) que la resolución de referencia se comunicó al Ministerio del Interior oportunamente, pero a pesar de ello, no pudo efectivizarse la retención del 50% de haberes por el cese del funcionario. III) que con fecha 1 de mayo de 2011 el I.N.A.U. informa el alta del funcionario en un cargo de Instructor V, ante lo que se le comunica la calidad de omiso y se le intima la presentación de la declaración omitida. IV) que si bien el funcionario presenta la declaración jurada por alta en el I.N.A.U. con fecha 29 de noviembre de 2011, no ha cumplido con la declaración omitida al cese en el anterior cargo. ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 16 y 17 de la ley Nº 17.060 y 36 del decreto Nº 354/999 La Junta de Trasparencia y Ética Pública RESUELVE: 1.- Líbrese Oficio al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, comunicando que el Sr. Gerardo Burgos Bruno, CI 1.251.706-7 fue declarado omiso oportunamente por resolución de la Junta de Transparencia y Ética Pública Nº 2863/2009 de 14 de octubre de 2009, por omitir presentar declaración jurada al cese del cargo de Comisario, dependiente del Ministerio del Interior, señalando que la ley reputa la _____________________________________________________________________ Rincón 528 Piso 8 Teléfono (598)2 917 04 07* www.jutep.gub.uy misma como falta grave y que el artículo 99 de la ley Nº 18.046 de 24 de octubre de 2006 y su decreto reglamentario Nº 152/007 de 26 de abril de 2007 habilitan a solicitar la retención del 50% de cualquier retribución, salario, jubilación o pensión que perciba, en su mérito reteniendo el 50% de los haberes de dicho funcionario hasta nueva comunicación. 2.- Comunicar la presente resolución al Registro de Declaraciones Juradas. José Pedro Montero Traibel Presidente J.U.T.E.P CONCUERDA bien y fielmente con el original de su mismo tenor de la Resolución Nº 3681/2012 del Acta N° 555 de siete de marzo de dos mil doce de la Junta de Transparencia y Ética Pública. Para constancia, expido el presente en Montevideo, el doce de marzo de dos mil doce.