Caso De la Cruz Flores Vs. Perú
Transcripción
Caso De la Cruz Flores Vs. Perú
Sentencia No. 115: Caso De la Cruz Flores Vs. Perú (18 de noviembre de 2004) Fecha(s) de la supervisión de cumplimiento: 1 de setiembre de 2010; 21 de diciembre de 2009;y 23 de noviembre de 2007 Tipo de Reparaciones Investigación y sanción Medida Ordenada Modo de implementación El Estado informó que el 10 de julio de 2006, la Sala Penal Nacional emitió una sentencia en la cual se condenó a la víctima, la que fue objeto de recursos de nulidad por parte de la defensa de la víctima como del Fiscal. Este nuevo proceso Observar el principio de legalidad y de cuenta con una Ejecutoria Suprema de 23 de noviembre de 2009, la Segunda Sala irretroactividad consagrado en la Convención Penal de la Corte Suprema. La Corte constató que en el nuevo proceso seguido Americana y las exigencias del debido proceso en contra la víctima no se había observado el principio de irretroactividad. La Corte el nuevo proceso que se le sigue a María Teresa solicitó que adecuara el segundo proceso seguido contra la víctima con los De La Cruz Flores. principios de legalidad, irretroactividad y las garantías del debido proceso legal, además de garantizar que todas las consecuencias jurídicas que se deriven de dicho incumplimiento no generen ninguna carga a la víctima. Cumplimiento Nulo/no Parcial información Total X Daño material: Pérdida de ingresos: US$39,050.00 a favor de María Teresa De La Cruz Flores Daño emergente: US$5,000.00 a favor de Alcira Domitila Flores Rosas Indemnizaciones El Estado informó, durante la supervisión del 23 de noviembre de 2011, que Daño inmaterial: US$80,000.00 a favor de María cumplió con el pago de las indemnizaciones ordenadas el 28 de diciembre de Teresa De La Cruz; US$40,000.00 a favor de 2005. En relación con el menor Danilo Blanco De La Cruz, el Estado dispuso la Alcira Domitila Flores; US$30,000.00 a favor de constitución de un fideicomiso en el Banco de la Nación. Alcira Isabel De La Cruz Flores; US$15,000.00 a favor de Jorge Alfonso De La Cruz Flores; US$15,000.00 a favor de Celso Fernando De La Cruz Flores; US$30,000.00 a favor de Danilo Blanco De La Cruz; US$30,000.00 a favor de Ana Teresa Blanco De La Cruz. Rehabilitación en salud Brindar atención médica y psicológica gratuita, inmediata, adecuada y efectiva, incluyendo el suministro de medicamentos, a los familiares declarados víctimas. El Estado informó que la víctima cuenta con el seguro del sistema de salud, y que incluso ya había sido atendida en servicios de traumatología y psiquiatría. La Corte solicitó que informara acerca de las actividades de prestación médica a favor de la víctima, desarrolladas con posterioridad al fallo, que excluyan aquellas derivadas del aporte al seguro social que la propia víctima realiza como trabajadora estatal. Medidas simbólicas Publicar algunos párrafos de la sentencia en el Diario Oficial y en otro de circulación nacional. El Estado informó que el 29 de diciembre de 2005 se publicaron las partes pertinentes de la sentencia en el diario “El Comercio”, y el 1 de marzo de 2010 Diario Oficial. X X X Costas y gastos Costas y gastos: US$30,000.00 El Estado efectúo el reintegro de los gastos y costas el 28 de diciembre de 2005. X El Estado no adoptó ninguna medida para cumplir este extremo, la reincorporación de la víctima a su trabajo se produjo como consecuencia de haber realizado Reincorporar a la víctima en su puesto de trabajo. directamente esta gestión ante ESSALUD con el apoyo de su gremio médico. El 29 de marzo de 2005, a través de la Resolución de Gerencia de Administración No 618-GA-RAR-ESSALUD-2005, se dispuso su reincorporación. Otras medidas X Reinscribir a la víctima en el registro de jubilaciones y asegurar el pleno goce de su derecho a la jubilación, con las mismas condiciones que tenía antes de su detención. El Estado informó que habría cursado un oficio a la Oficina de Normalización Provisional (ONP) a fin de cumplir con la reinscripción. Dicha institución remitió el Oficio N° 133-2010-OAJ/ONP a la Secretaría General del Seguro Social de Salud (EsSalud) con la finalidad de que le brinde los datos precisos de la beneficiaria, y así proceder al cumplimiento de esta medida. La Corte solicitó al Estado que informara acerca de las acciones realizadas para dar cumplimiento a esta medida. X Otorgar una beca de estudios que le permita seguir cursos de capacitación y actualización profesional a favor de María Teresa De La Cruz Flores. El Estado informó que la víctima solicitó recibir una Diplomatura de Postgrado en la Universidad Autónoma de Barcelona. Sin embargo, conforme con lo informado por el Ministerio de Educación, el Estado sólo estaría facultado a otorgar una beca dentro de su jurisdicción. Además, el Estado informó que se encuentra realizando las gestiones para reembolsar los gastos en que ha incurrido la víctima. La Corte solicitó al Estado que presentara un informe con los resultados de las reuniones de coordinación realizadas con miras al cumplimiento de esta medida. X