Diapositiva 1

Transcripción

Diapositiva 1
Autores:
José María Fernández Carballo
Francisco Ranz
David Sigüenza Tortosa
Contenidos
Parte I La OMPI
1.Características
2.Estructura y
Organización
3.Propiedad Intelectual
4.Otros Servicios OMPI
Parte II Derechos de
autor
1.Sujeto, contenido y
objeto de protección
2.Exclusiones, duración y
límites
3.Protección de derechos
4.Entidades
5.PI y nuevas tecnologías
6.Lucha contra la piratería
Parte III Propiedad
Industrial
1.Patentes
2.Diseño industrial
3.Marcas y denominaciones
geográficas
4.Reflexiones
La OMPI
1.Características
2.Estructura y Organización
3.Propiedad Intelectual
4.Otros Servicios OMPI
Características
•
•
•
•
Organismo que defiende los derechos de propiedad de las
creaciones surgidas de la mente, como obras literarias,
artísticas y científicas.
Su funcionamiento es recogido en el Convenio firmado en
Estocolmo el 14 de julio de 1967, que entra en vigor en
1970 y enmendado en 1979.
Sus orígenes se remontan hacia el año 1883, al celebrarse
el Convenio de París para la Protección de la Propiedad
Industrial que facilitaba a las personas de un país tener
protección de sus creaciones en otros países mediante
unos derechos.
Se crearon los derechos de propiedad intelectual para las
patentes, marcas y diseños industriales. Este Convenio
entró en vigor en el año 1884 en 14 Estados.
Características
•
En 1886 se celebra el Convenio de Berna para la
Protección de las Obras Literarias y Artísticas cuyo
objetivo era obtener una protección internacional para las
obras creativas como libros, música y bellas artes.
• Acababa de nacer el derecho de autor, en el que los
autores percibirían un dinero por la utilización de sus
obras.
• Los países a los que se les aplican estos Convenios de
París y de Berna quedan constituidos en Unión para la
protección de la propiedad industrial y de los derechos de
sus autores respectivamente.
• En 1893, se forman las Oficinas Internacionales Reunidas
para la Protección de la Propiedad Intelectual (BIRPI).
Establecida en Berna (Suiza), fue la precursora de la
actual OMPI.
Características
•
•
•
•
En 1970 se generó el Convenio de la OMPI, acababa de
nacer la Organización Mundial de la Protección Intelectual.
Se trasladó la sede a Ginebra (Suiza), creándose una
Oficina Internacional encargada de coordinar.
También tiene una Oficina de enlace en la Sede de las
Naciones Unidas en Nueva York, EEUU.
Objetivos de la Organización:
 Fomentar la protección de la propiedad intelectual en
todo el mundo mediante la cooperación de los
Estados.
 Asegurar la cooperación administrativa entre las
Uniones de propiedad intelectual.
Características
•
Puede ser miembros de la OMPI:
1. Cualquier Estado que sea miembro de las Uniones.
2. Cualquier Estado que cumpla una de las siguientes
condiciones:
 Ser miembro de las Naciones Unidas, de alguno de
los organismos especializados vinculados a las
Naciones Unidas o del Organismo Internacional de
Energía Atómica.
 Ser parte en el Estatuto de la Corte Internacional
de Justicia.
 Ser invitado por la Asamblea General de la OMPI a
ser parte en el Convenio.
Características
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●
●
Los Estados miembros son quienes toman las decisiones
estratégicas. Estas decisiones son tomadas en las
asambleas, comités u otros órganos como conferencias o
grupos de trabajo.
La OMPI está integrada por 184 Estados, más del 90% del
total de países del mundo, con 938 funcionarios
procedentes de 95 países.
La OMPI también anima a la participación de
organizaciones no gubernamentales e
intergubernamentales, grupos de interés y otras partes
interesadas en sus procesos de consulta y debates.
Participan unas 250.
España es un país miembro de la Organización y se
puede obtener información al respecto en la Subdirección
General de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura
y en la Oficina Española de Patentes y Marcas del
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Estructura y
Organización
Su estructura se basa en tres órganos rectores: la
Asamblea General, la Conferencia y el Comité de
Coordinación.
ASAMBLEA GENERAL
• Formada por los Estados miembros de la OMPI que
también sean miembros de una de las Uniones. Se reúne
una vez cada dos años.
• Funciones:
 Designa al Director General de la Organización.
 Examina y aprueba los informes del Director General y
los informes y las actividades del Comité de
Coordinación.
 Presupuestos y Reglamento financiero.
Estructura y
Organización
CONFERENCIA
•
Formada por los Estados que forman parte del presente
Convenio. Se reúnen cada dos años.
• Funciones:
 Órgano competente para adoptar posibles
modificaciones del Convenio.
 Examinar todas las cuestiones relativas a la asistencia
técnico-jurídica.
 Establece el programa bienal para la prestación de esa
asistencia.
Estructura y
Organización
COMITÉ DE COORDINACIÓN
•
Formado por miembros elegidos entre los miembros del
Comité Ejecutivo de la Unión de París o el Comité
Ejecutivo de la Unión de Berna. Se reúne en sesión
ordinaria una vez al año.
• Funciones:
 Aconsejar a los órganos de las Uniones, la Asamblea
General, la Conferencia y al Director General sobre
todas las cuestiones administrativas y financieras.
 Prepara el proyecto de orden del día de la Asamblea
General y los proyectos de la Conferencia.
 Propone el nombre de un candidato para ser
designado para el puesto de Director General.
Estructura y
Organización
Otro órgano que forman parte de la estructura de la
Organización es la Secretaría.
●
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SECRETARÍA
Encargada de coordinar las reuniones de los órganos
rectores. Su sede está en Ginebra (Suiza).
Entre los miembros de su personal se encuentran más de
90 nacionalidades.
Además de coordinar, aplica las decisiones tomadas,
administra los registros de la propiedad intelectual,
desarrolla y ejecuta los programas que permiten el logro
de sus objetivos y asiste a los miembros de la
Organización para cualquier necesidad.
También denominada Oficina Internacional. El Director
General es su más alto funcionario y está asistido por dos
o varios Directores Generales Adjuntos.
Estructura y
Organización
SEDES
Sede de la OMPI
Dirección: OMPI, 34, chemin des Colombettes, Ginebra
Dirección postal: C.P. 18, CH-1211 Ginebra 20
Dirección telegráfica: OMPI Geneva
Teléfono: +41-22 338 9111
Fax: +41-22 733 54 28
Internet: http://www.ompi.int
Oficina de Coordinación de la OMPI ante las Naciones Unidas en Nueva York
Dirección: Suite 2525, 2 United Nations Plaza, New York, N.Y. 10017
Teléfono: +1-212 963 6813
Fax: +1-212 963 4801
Télex: 420544 UNH UI
Estructura y
Organización
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•
REGLAMENTO FINANCIERO Y SU SUPERVISIÓN
El Reglamento Financiero es quien rige las actividades
financieras de la Organización.
La supervisión garantiza la transparencia y fiabilidad de
sus cuentas.
Organismos que supervisan:
 La División de Auditoría y Supervisión Internas:
realiza independientemente las auditorías,
inspecciones, investigaciones y evaluaciones,
formulando recomendaciones al personal directivo.
 El Auditor Externo: es el Auditor General de un Estado
miembro, nombrado por la Asamblea General. Su
cargo dura seis años y no se renueva.
 La Comisión de Auditoría: presta asistencia a los
Estados miembros para que ejerzan más
adecuadamente sus responsabilidades de gobierno.
Además supervisa el proyecto de construcción del
nuevo edificio de la OMPI.
Propiedad Intelectual
●
●
La propiedad intelectual se divide en dos categorías:
 La propiedad industrial, que incluye las invenciones,
marcas, patentes, dibujos, modelos industriales e
indicaciones geográficas de origen.
 El derecho de autor, que abarca las obras literarias,
las obras musicales y las bellas artes.
Tiene 24 tratados internacionales (16 de propiedad
industrial, 7 sobre derecho de autor y el convenio de la
Organización) que son diferenciados en tres grupos:
 Protección de la Propiedad Intelectual: define normas
básicas convenidas internacionalmente para la
protección de la propiedad intelectual de cada país.
 Registro: garantizan que una solicitud de registro
internacional sea válida en cualquier Estado.
 Clasificaciones Internacionales: ofrecen información
organizada sobre toda la documentación almacenada
para su fácil acceso y utilización.
Propiedad Intelectual
Los Servicios de protección mundial ofrecen una serie de
ayudas a los dueños de propiedades intelectuales
mediante el pago de una serie de tasas.
●
●
CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN
Entre estos servicios el Centro de Arbitraje y Mediación
es el más importante, creado en 1994 y con sede en
Ginebra.
Para la resolución de los posibles problemas el Centro
utiliza métodos alternativos de solución de controversias
(ADR, Alternative Dispute Resolution):
 Mediación: procedimiento no vinculante donde un
tercero ayuda a las partes a solucionar sus
controversias.
 Arbitraje/Arbitraje acelerado: procedimiento en el que
una controversia se somete a uno o varios árbitros
que dictarán una decisión.
 Proceso de decisión de experto: la controversia se
somete a la decisión de uno o varios expertos.
Propiedad Intelectual
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•
•
•
En función de la elección de las partes enfrentadas, se
pueden realizar varios de estos procedimientos
secuencialmente, hasta la decisión final.
El Centro de Arbitraje y Mediación considera que la
resolución eficaz de cada procedimiento depende en gran
medida de la calidad de los expertos.
Base de datos detallada de más de 1.500 personas con
experiencia y especialistas en la propiedad intelectual.
Después del nombramiento, el Centro supervisa los
casos en cuanto a su duración y a la relación
coste/eficacia.
Servicio electrónico de presentación de demandas WIPO
ECAF, aplicación de Internet que facilita a todas las
partes, los archivos y el acceso a los documentos
presentados desde cualquier lugar del mundo.
Propiedad Intelectual
TIPO DE TASA
CUANTÍA EN
DISPUTA
ARBITRAJE
ACELERADO
ARBITRAJE
Tasa de registro
Cualquier cuantía
1.000
2.000
Tasa
administrativa
Hasta 2.500.000
De 2.500.000 a
10.000.000
Más de 10.000.000
1.000
5.000
2.000
10.000
5.000 +0,05% del
importe superior a
10.000.000, siendo la
tasa máxima de
15.000
10.000
+0,05% del importe
superior a
10.000.000, siendo la
tasa máxima de
25.000
20.000
(tasa fija)
40.000
(tasa fija)
Según lo acordado
por el Centro en
consulta con las
partes y el árbitro o
árbitros
Tasas(s) indicativa(s)
300 a 600 por hora
Hasta 2.500.000
Honorarios del
árbitro o árbitros
De 2.500.000 a
10.000.000
Más de 10.000.000
Según lo acordado
por el Centro en
consulta con las
partes y el árbitro
Propiedad Intelectual
●
●
●
El Centro de Arbitraje y Mediación también administra
procedimientos de solución de controversias relacionadas
con el registro de nombres de dominio en Internet.
Estos nombres de dominio han ido entrando en conflicto
con nombres comerciales que ya existían antes de la
llegada de Internet, y que serán objeto de protección por
medio de los derechos de propiedad intelectual.
El Centro también ofrece conferencias sobre arbitraje y
mediación, talleres para árbitros y programas de
formación.
Centro de Arbitraje y Mediación
Director: Sr. Francis Gurry
34, chemin des Colombettes
P.O. Box 18
1211 Ginebra 20
Suiza
Otros servicios OMPI
•
•
•
Panorama General: empezó a publicarse en 2007. Explica
de manera sencilla el funcionamiento de la Organización.
Expone los acontecimientos más destacados y los logros
obtenidos en el año anterior. Tiene un lenguaje sencillo y
accesible al público.
Contratación: mediante el anuncio de vacantes en su
portal Web, en los boletines y en las publicaciones
periódicas de la OMPI. Se precisan personas con una
formación académica en Derecho y una gran experiencia
profesional. Principalmente se cubren con candidatos
locales, o de sus alrededores.
Desarrollo del Derecho: promueve el desarrollo de las
leyes, normas y prácticas de sus Estados miembros.
Otros servicios OMPI
•
•
•
•
Agenda para el Desarrollo: creada en octubre de 2007. Su
finalidad es potenciar el desarrollo de la Organización.
Conocimientos Tradicionales y Expresiones Culturales:
protege las tradiciones, el folclore y los recursos
genéticos, contra la apropiación y utilización indebidas.
Se reúnen por primera vez en el año 2001.
Academia Mundial: fundada en marzo de 1998, dada la
gran demanda que los Estados miembros tenían por
adquirir conocimientos y aptitudes. La Academia es un
centro de capacitación, enseñanza e investigación.
Actividades divulgativas: su objetivo es facilitar la
comprensión del sistema de propiedad intelectual,
además de fomentar la creatividad y la innovación. Para
llegar al público se utilizan distintos medios como
Internet, cortometrajes, prensa, eventos, seminarios y
publicaciones.
Otros servicios OMPI
•
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•
•
Publicaciones: son de varios tipos: cortometrajes
diseñados para Internet sobre entrevistas con creadores y
sus trabajos, librería electrónica con su catálogo para la
compra de libros, revista OMPI sobre las actividades que
realiza en todo el mundo y las publicaciones gratuitas
sobre diversos temas.
Premios: los Premios de la OMPI se conceden como
reconocimiento a los inventores, innovadores,
diseñadores, creadores y empresas innovadoras.
Día Mundial de la Propiedad Intelectual: se instauró en el
año 2000, el 26 de abril. Su objetivo es dar a conocer al
mundo lo que significa la propiedad intelectual.
Infraestructura y Promoción de la Innovación: creada en el
año 2000, con los objetivos de apoyar a la innovación y
mejorar los servicios ya existentes. Suministra también
asesoramiento en el establecimiento de infraestructura y
servicios nacionales de información.
Derechos de autor
1.Sujeto, contenido y objeto de
protección.
2.Exclusiones, duración y límites
3.Protección de derechos
4.Entidades
5.PI y nuevas tecnologías
6.Lucha contra la piratería
Introducción
 Necesidad de Regulación armónica a nivel
Internacional, sobre todo a raíz de la
implantación de nuevas tecnologías.
 DOS MODELOS DE REGULACION:
 MODELO ANGLOSAJON
 MODELO CONTINENTAL
 En España Ley de Propiedad Intelectual,
reformada por el Texto Refundido aprobado por
R.D.L 1/1996 de 12 de abril.
Sujeto de protección legal
RDL 1/1996 de 12 de abril.
Para delimitar bien el sujeto de protección
debemos definir antes los siguientes conceptos:
 Autor es la persona natural
 La condición de autor es irrenunciable
 Presunción de autoría a favor del que figura
como tal en la obra.
 Derechos de autor colectivos. Si la obra se ha
hecho mediante la colaboración de varias
personas, los derechos corresponden a todas
ellas
Contenido protección(I)
RDL 1/1996 de 12 de Abril
“La propiedad intelectual está integrada por
derechos de carácter personal y
patrimonial, que atribuyen al autor la plena
disposición y el derecho exclusivo a la
explotación de la obra, sin más
limitaciones que las establecidas en la
Ley"
Contenido protección (II)
Derechos personales
•Derecho a decidir si la obra será divulgada o no,
•Derecho a decidir la forma de divulgación,
•Reconocimiento de la autoría,
•Derecho a que se publique bajo seudónimo,
•Respeto a la integridad de la obra,
•Derecho a modificar la obra respetando los derechos
adquiridos por terceros ,
•Derecho a retirar la obra del comercio por cambio en
sus convicciones intelectuales o morales, previa
indemnización de daños y perjuicios a los titulares de
los derechos de explotación.
Contenido protección (III)
Derechos patrimoniales
 Derechos de explotación de la obra, a
su vez se subdividen en:
 Derechos exclusivos
 Derechos de remuneración
 Derechos compensatorios, por copia
privada, que compensa los derechos de
propiedad intelectual dejados de percibir
por razón de la reproducción
Objeto de protección
RDL 1/1996 de 12 de Abril
Son objeto de propiedad intelectual todas
las creaciones originales literarias,
artísticas o científicas expresadas por
cualquier medio o soporte, tangible o
intangible, actualmente conocido o que se
invente en el futuro" (art. 10 del R.D
1/1996 de 12 de abril)
Exclusiones protección
 Las disposiciones legales o
reglamentarias y sus correspondientes
proyectos,
 Las resoluciones de los órganos
jurisdiccionales
 Los actos, acuerdos, deliberaciones y
dictámenes de los organismos públicos
 Las traducciones oficiales de todos los
textos anteriores".
Duración de la protección
Con carácter general, los derechos de
explotación son vitalicios, y se extienden a
los herederos, aunque éstos solo serán
titulares de los mismos por un período de
70 años.
Límites protección (I)
No requerirán autorización del autor….
 Las reproducciones provisionales y copia
privada.
 Distribución o comunicación pública de
una obra, con fines de seguridad pública o
para el correcto funcionamientos de
procedimientos
administrativos
o
judiciales.
 Se permiten las citas y el uso parcial de
obras, con fines educativos, sin ánimo de
lucro y citando la fuente.
Límites protección (II)
No requerirán autorización del autor….
 Reproducción, préstamo y consulta de
obras mediante terminales especializados
en determinados establecimiento (Ej.
Bibliotecas)
 La ejecución de obras musicales en actos
oficiales y ceremonias religiosas
 La parodia, mientras no implique riesgo de
confusión con la obra, ni se infiera un
daño a la obra original o a su autor
Protección de derechos
¿Cómo se protegen los derechos?
 Acciones Civiles
 Acciones Penales
 Medidas cautelares (dentro de los
procesos anteriores)
Registro de la Propiedad
Intelectual
 El registro no es obligatorio para adquirir los
derechos de propiedad intelectual, pero sí es
recomendable, ya que hay una presunción
de autoría que opera a favor de la persona
que inscribe el derecho por primera vez
 La inscripción la pueden solicitar los autores
y demás titulares originarios de derechos de
propiedad intelectual
 También los sucesivos titulares que
adquieran los derechos de los titulares
originarios por transmisión inter vivos o
mortis causa.
Símbolos de reserva de
derechos
 El símbolo (c) se antepone al nombre de
la obra con precisión del lugar y año de la
divulgación de aquéllas.
 El símbolo (p) se antepone al nombre del
productor en las copias de los fonogramas
o en sus envolturas, indicando el año de la
publicación.
Entidades de gestión de
los derechos (I)
 Son organizaciones privadas
no
lucrativas que se dedican en nombre
propio o ajeno a gestionar los derechos
de propiedad intelectual de carácter
patrimonial por cuenta de sus legítimos
titulares.
 En España existen ocho entidades de
gestión colectiva de los derechos de
Propiedad intelectual, de las cuales cuatro
gestionan derechos de autor
Entidades de gestión de
los derechos (II)
 (SGAE) Sociedad General de Autores y
Editores
 (CEDRO) Centro Español de Derechos
Reprográficos
 (VEGAP) Visual, Entidad de Gestión de
Artistas Plásticos
 (DAMA) Asociación de Derechos de Autor
de Medios Audiovisuales
Centro de documentación
 Es un centro especializado en Propiedad
Intelectual que recopila y difunde
información sobre derechos de autor y
derechos conexos.
 Tiene más de mil títulos entre sus fondos.
 Permite el acceso al catálogo de los
documentos que en él se conservan y a
un boletín sobre propiedad intelectual.
Propiedad intelectual y
nuevas tecnologías(I)
 Las normas que regulan la propiedad
intelectual en los entornos digitales son las
mismas normas que regulan la propiedad
intelectual en general
 Los aspectos digitales que se contemplan en
la legislación son:
1) La digitalización
2) La compensación por copia privada,
3)La puesta a disposición del público de
contenidos a través de Internet o intranets
como acto de comunicación pública
Propiedad intelectual y
nuevas tecnologías(II)
Supuestos
• La remisión de contenidos protegidos a
través del correo electrónico a una
pluralidad
de
personas
puede
considerarse "puesta a disposición del
público“
• El alojamiento libre de contenidos en
Internet, sólo puede hacerse por el titular
de los derechos de autor
Propiedad intelectual y
nuevas tecnologías(III)
Supuestos
• Un Aula Virtual es una red o intranet de
acceso restringido. No obstante la carga
de contenidos en la misma mantiene la
calificación de puesta a disposición
interactiva y por tanto un acto de
comunicación pública
• Navegación y ojeo de contenidos en
Internet, no suele implicar una
explotación de derechos de propiedad
intelectual,
Propiedad intelectual y
nuevas tecnologías(IV)
Supuestos
•
•
•
En internet se pueden encontrar contenidos con
licencias libres:
Creative Commons es una organización no
gubernamental y sin ánimo de lucro que desarrolla
planes de ayuda para reducir las barreras legales
de la creatividad
Coloriuris , destinado a los creadores de
contenidos, bitácoras, sitios web, literarios,
musicales, audiovisuales, fotográficos etc, que
quieran utilizar internet para su difusión,
publicación y/o puesta a disposición, y que quieran
ceder los derechos patrimoniales de sus
creaciones dentro y fuera de la red.
Lucha contra la piratería
Ministerio de Cultura (I)
El Ministerio de Cultura lucha contra la piratería
poniendo en marcha una serie de políticas:
 Campañas de sensibilización
 Oferta legal y de calidad para disfrutar del cine
en internet
 Elaboración del Plan integral del gobierno para
la disminución y eliminación de las actividades
vulneradoras de la propiedad intelectual
Lucha contra la piratería
Ministerio de Cultura (II)
 Creación de la Comisión Intersectorial para
actuar contra las actividades vulneradoras de
los derechos de propiedad intelectual
 la publicación: "Guía sobre Seguridad y
Derechos de Propiedad intelectual para
instituciones Académicas“
 acuerdos de entendimiento para la prevención
del fraude fiscal en materia de propiedad
intelectual
Propiedad Industrial
1.Patentes
2.Diseño industrial
3.Marcas y denominaciones
geográficas
4.Reflexiones
Patentes i) Definición
 Derecho exclusivo a la explotación de
una invención:




Práctica.
Novedosa.
Inventiva.
Patentable.
Patentes ii) Sentido
 Recompensa al trabajo y dinero
invertido en una invención, a cambio de
publicarla.
 Concede un monopolio de explotación.
 Supuestamente tiene el efecto de hacer
crecer la economía.
Patentes iii) Derechos
 El titular de la patente goza de
protección:
 no puede ser confeccionada, utilizada,
distribuida o vendida comercialmente sin el
consentimiento del titular.
 Las infracciones son sancionadas en
los tribunales ordinarios.
Patentes iv) Uso
 Las patentes tienen duración limitada.
 Durante ese tiempo, el titular puede:
 Licenciar.
 Vender.
 Hay que renovarlas anualmente.
 Al expirar la patente, pasa al dominio
público.
Patentes v) Garantes
 Oficina nacional o regional de patentes.
 Derecho de prioridad (12 meses).
 Tratado de Cooperación en materia de
patentes (PCT):
 Una sola solicitud internacional de patente.
 Gestionado por la OMPI.
Patentes vi) Solicitud
 Se presenta en un lugar oficial.
 Obtención de la fecha de presentación.
 Procedimiento general: Informe Estado
de la Técnica y Opinión Escrita.
 Procedimiento con examen previo.
 Agentes de patentes.
Patentes vii) Ejemplo
 La solicitud consta de cuatro partes:




Título e información identificativa.
Antecedentes técnicos y descripción.
Reivindicaciones.
Diagramas.
Diseños i) Definición
 Legalmente se refiere a la forma de un
producto:
 Novedoso
 Carácter singular
 Técnicamente, el diseño engloba
aspectos funcionales y productivos.
 Incluye: iconos informáticos, tipografía,
etc.
Diseños ii) Sentido
 Adaptar los productos a determinados
segmentos de mercado.
 Crear un nuevo nicho de mercado.
 Creación de marca.
 Diversificación (creatividad).
Diseños iii) Derechos
 El titular obtiene la exclusividad:
 Puede impedir la reproducción y la
imitación.
 Aunque no se haya registrado, en la UE
se da protección por tres años.
 Período de gracia para probar el
diseño.
 La última ley española contempla la
persecución oficiosa de infractores.
Diseños iv) Uso
 Venta y concesión de licencias.
 Protección por 25 años en la UE, con
renovaciones cada lustro.
 Alternativas:



Derechos de autor.
Marca 3D.
Leyes generales sobre competencia
desleal.
Diseños v) Garantes
 Arreglo de La Haya para el registro
internacional de modelos y dibujos
industriales.
 Registros nacionales.
 Registros regionales.
Diseños vi) Solicitud
Pago de tasas
Publicación en el BOPI tras examen
formal.
Hasta 30 meses de secreto.
Ha de incluir:




Petición.
Datos del solicitante.
Gráficos.
Diseños vii) Ejemplo
 Cuétara Choco Flakes (diseño).
 Freixenet Carta Nevada (posible marca
3D).
 Voodoo Knife (Trendsnow) y Ouch
(Sendhen) (nicho de mercado).
 Jurgen Bey, “Treetrunk bench”
(creación de marca).
Marcas i) Definición
 Signo distintivo que identifica al productor
de:
 Bienes y servicios.
 Certificaciones.
 Marcas colectivas.
 Una marca puede definirse como:
 Palabras, conjuntos de letras y cifras.
 Formas 2D y 3D
 Sonidos, fragancias, colores…
Marcas ii) Sentido
 Estrategias de desarrollo y
comercialización.
 Distinción e identificación.
 Fidelización.
Marcas iii) Derechos
 Las marcas, como las patentes, ofrecen
el derecho exclusivo al uso de la marca.
 También impide el registro de marcas
similares (imitaciones).
 Las infracciones (falsificaciones) se
sancionan en los tribunales.
Marcas iv) Uso
 Las marcas, mientras se renueven,
pueden mantenerse indefinidamente.
 Se puede autorizar su uso a terceros.
 Acuerdos de franquicia.
 Para renovar la marca hay que usarla.
Marcas v) Garantes
 Existen registros nacionales y
regionales de marcas.
 El Sistema de Madrid es una
regulación internacional definida por
dos tratados:
 Arreglo de Madrid.
 Protocolo de Madrid.
 Sistema de Lisboa para DD.O.
Marcas vi) Solicitud
 Se presenta la solicitud en un lugar
oficial y se paga las tasas.
 Tras un examen formal, se publica la
solicitud en el BOPI.
 Se examina el fondo de la solicitud y se
publica la resolución.
Marcas vii) Ejemplo
 VaffanCola (bienes).
 Uva Embolsada del Vinalopó
(colectiva).
 Certificación de masajista Swe-Thai
(certificación).
Reflexiones i) Patentes
dudosas




Patentar obviedades.
Patentar secuencias génicas.
Patentar seres vivos.
Patentar software.
Reflexiones ii) Coste
 Las patentes cuestan demasiado:
 Organismo público.
 Empresa inversora.
 Entonces se consideran “invenciones
laborales” y el titular es la empresa o el
organismo público, aunque el nombre
del inventor figura en la patente.
Reflexiones iii) Arsenal
de patentes
 Se patenta todo.
 Arsenal para ahogar o extorsionar
empresas más pequeñas.
 Existen empresas compuestas sólo de
abogados y de capital intelectual
(patent troll).
 Microsoft vs. Linux
Reflexiones iv) Patente
inútil
 Magma vs. Synopsis (2005-2007):
 Acusación de S a M acerca titularidad.
 Defensa de M --> S se ampara en
acuerdos de confidencialidad.
 S acusa personalmente a directivo de M.
 M acusa a S acerca falsedad.
 Acuerdo final.
 Tío de la aleación (lo siento).
Reflexiones v) Patente
soviética
 Existen otros modelos para gestionar
patentes.
 La URSS no concedía el monopolio de
explotación.
 Reconoce al inventor mediante la
concesión de honores y una cantidad
de dinero.
 Kalashnikov.
Reflexiones vi) Impuesto
 Para evitar la “sobrepatentización” se
ha propuesto el pagar impuestos sobre
el “capital intelectual”.
Fin
Muchas Gracias

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