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Autores: José María Fernández Carballo Francisco Ranz David Sigüenza Tortosa Contenidos Parte I La OMPI 1.Características 2.Estructura y Organización 3.Propiedad Intelectual 4.Otros Servicios OMPI Parte II Derechos de autor 1.Sujeto, contenido y objeto de protección 2.Exclusiones, duración y límites 3.Protección de derechos 4.Entidades 5.PI y nuevas tecnologías 6.Lucha contra la piratería Parte III Propiedad Industrial 1.Patentes 2.Diseño industrial 3.Marcas y denominaciones geográficas 4.Reflexiones La OMPI 1.Características 2.Estructura y Organización 3.Propiedad Intelectual 4.Otros Servicios OMPI Características • • • • Organismo que defiende los derechos de propiedad de las creaciones surgidas de la mente, como obras literarias, artísticas y científicas. Su funcionamiento es recogido en el Convenio firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, que entra en vigor en 1970 y enmendado en 1979. Sus orígenes se remontan hacia el año 1883, al celebrarse el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial que facilitaba a las personas de un país tener protección de sus creaciones en otros países mediante unos derechos. Se crearon los derechos de propiedad intelectual para las patentes, marcas y diseños industriales. Este Convenio entró en vigor en el año 1884 en 14 Estados. Características • En 1886 se celebra el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas cuyo objetivo era obtener una protección internacional para las obras creativas como libros, música y bellas artes. • Acababa de nacer el derecho de autor, en el que los autores percibirían un dinero por la utilización de sus obras. • Los países a los que se les aplican estos Convenios de París y de Berna quedan constituidos en Unión para la protección de la propiedad industrial y de los derechos de sus autores respectivamente. • En 1893, se forman las Oficinas Internacionales Reunidas para la Protección de la Propiedad Intelectual (BIRPI). Establecida en Berna (Suiza), fue la precursora de la actual OMPI. Características • • • • En 1970 se generó el Convenio de la OMPI, acababa de nacer la Organización Mundial de la Protección Intelectual. Se trasladó la sede a Ginebra (Suiza), creándose una Oficina Internacional encargada de coordinar. También tiene una Oficina de enlace en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, EEUU. Objetivos de la Organización: Fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados. Asegurar la cooperación administrativa entre las Uniones de propiedad intelectual. Características • Puede ser miembros de la OMPI: 1. Cualquier Estado que sea miembro de las Uniones. 2. Cualquier Estado que cumpla una de las siguientes condiciones: Ser miembro de las Naciones Unidas, de alguno de los organismos especializados vinculados a las Naciones Unidas o del Organismo Internacional de Energía Atómica. Ser parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. Ser invitado por la Asamblea General de la OMPI a ser parte en el Convenio. Características ● ● ● ● Los Estados miembros son quienes toman las decisiones estratégicas. Estas decisiones son tomadas en las asambleas, comités u otros órganos como conferencias o grupos de trabajo. La OMPI está integrada por 184 Estados, más del 90% del total de países del mundo, con 938 funcionarios procedentes de 95 países. La OMPI también anima a la participación de organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales, grupos de interés y otras partes interesadas en sus procesos de consulta y debates. Participan unas 250. España es un país miembro de la Organización y se puede obtener información al respecto en la Subdirección General de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y en la Oficina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Estructura y Organización Su estructura se basa en tres órganos rectores: la Asamblea General, la Conferencia y el Comité de Coordinación. ASAMBLEA GENERAL • Formada por los Estados miembros de la OMPI que también sean miembros de una de las Uniones. Se reúne una vez cada dos años. • Funciones: Designa al Director General de la Organización. Examina y aprueba los informes del Director General y los informes y las actividades del Comité de Coordinación. Presupuestos y Reglamento financiero. Estructura y Organización CONFERENCIA • Formada por los Estados que forman parte del presente Convenio. Se reúnen cada dos años. • Funciones: Órgano competente para adoptar posibles modificaciones del Convenio. Examinar todas las cuestiones relativas a la asistencia técnico-jurídica. Establece el programa bienal para la prestación de esa asistencia. Estructura y Organización COMITÉ DE COORDINACIÓN • Formado por miembros elegidos entre los miembros del Comité Ejecutivo de la Unión de París o el Comité Ejecutivo de la Unión de Berna. Se reúne en sesión ordinaria una vez al año. • Funciones: Aconsejar a los órganos de las Uniones, la Asamblea General, la Conferencia y al Director General sobre todas las cuestiones administrativas y financieras. Prepara el proyecto de orden del día de la Asamblea General y los proyectos de la Conferencia. Propone el nombre de un candidato para ser designado para el puesto de Director General. Estructura y Organización Otro órgano que forman parte de la estructura de la Organización es la Secretaría. ● ● ● ● SECRETARÍA Encargada de coordinar las reuniones de los órganos rectores. Su sede está en Ginebra (Suiza). Entre los miembros de su personal se encuentran más de 90 nacionalidades. Además de coordinar, aplica las decisiones tomadas, administra los registros de la propiedad intelectual, desarrolla y ejecuta los programas que permiten el logro de sus objetivos y asiste a los miembros de la Organización para cualquier necesidad. También denominada Oficina Internacional. El Director General es su más alto funcionario y está asistido por dos o varios Directores Generales Adjuntos. Estructura y Organización SEDES Sede de la OMPI Dirección: OMPI, 34, chemin des Colombettes, Ginebra Dirección postal: C.P. 18, CH-1211 Ginebra 20 Dirección telegráfica: OMPI Geneva Teléfono: +41-22 338 9111 Fax: +41-22 733 54 28 Internet: http://www.ompi.int Oficina de Coordinación de la OMPI ante las Naciones Unidas en Nueva York Dirección: Suite 2525, 2 United Nations Plaza, New York, N.Y. 10017 Teléfono: +1-212 963 6813 Fax: +1-212 963 4801 Télex: 420544 UNH UI Estructura y Organización • • • REGLAMENTO FINANCIERO Y SU SUPERVISIÓN El Reglamento Financiero es quien rige las actividades financieras de la Organización. La supervisión garantiza la transparencia y fiabilidad de sus cuentas. Organismos que supervisan: La División de Auditoría y Supervisión Internas: realiza independientemente las auditorías, inspecciones, investigaciones y evaluaciones, formulando recomendaciones al personal directivo. El Auditor Externo: es el Auditor General de un Estado miembro, nombrado por la Asamblea General. Su cargo dura seis años y no se renueva. La Comisión de Auditoría: presta asistencia a los Estados miembros para que ejerzan más adecuadamente sus responsabilidades de gobierno. Además supervisa el proyecto de construcción del nuevo edificio de la OMPI. Propiedad Intelectual ● ● La propiedad intelectual se divide en dos categorías: La propiedad industrial, que incluye las invenciones, marcas, patentes, dibujos, modelos industriales e indicaciones geográficas de origen. El derecho de autor, que abarca las obras literarias, las obras musicales y las bellas artes. Tiene 24 tratados internacionales (16 de propiedad industrial, 7 sobre derecho de autor y el convenio de la Organización) que son diferenciados en tres grupos: Protección de la Propiedad Intelectual: define normas básicas convenidas internacionalmente para la protección de la propiedad intelectual de cada país. Registro: garantizan que una solicitud de registro internacional sea válida en cualquier Estado. Clasificaciones Internacionales: ofrecen información organizada sobre toda la documentación almacenada para su fácil acceso y utilización. Propiedad Intelectual Los Servicios de protección mundial ofrecen una serie de ayudas a los dueños de propiedades intelectuales mediante el pago de una serie de tasas. ● ● CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN Entre estos servicios el Centro de Arbitraje y Mediación es el más importante, creado en 1994 y con sede en Ginebra. Para la resolución de los posibles problemas el Centro utiliza métodos alternativos de solución de controversias (ADR, Alternative Dispute Resolution): Mediación: procedimiento no vinculante donde un tercero ayuda a las partes a solucionar sus controversias. Arbitraje/Arbitraje acelerado: procedimiento en el que una controversia se somete a uno o varios árbitros que dictarán una decisión. Proceso de decisión de experto: la controversia se somete a la decisión de uno o varios expertos. Propiedad Intelectual • • • • • En función de la elección de las partes enfrentadas, se pueden realizar varios de estos procedimientos secuencialmente, hasta la decisión final. El Centro de Arbitraje y Mediación considera que la resolución eficaz de cada procedimiento depende en gran medida de la calidad de los expertos. Base de datos detallada de más de 1.500 personas con experiencia y especialistas en la propiedad intelectual. Después del nombramiento, el Centro supervisa los casos en cuanto a su duración y a la relación coste/eficacia. Servicio electrónico de presentación de demandas WIPO ECAF, aplicación de Internet que facilita a todas las partes, los archivos y el acceso a los documentos presentados desde cualquier lugar del mundo. Propiedad Intelectual TIPO DE TASA CUANTÍA EN DISPUTA ARBITRAJE ACELERADO ARBITRAJE Tasa de registro Cualquier cuantía 1.000 2.000 Tasa administrativa Hasta 2.500.000 De 2.500.000 a 10.000.000 Más de 10.000.000 1.000 5.000 2.000 10.000 5.000 +0,05% del importe superior a 10.000.000, siendo la tasa máxima de 15.000 10.000 +0,05% del importe superior a 10.000.000, siendo la tasa máxima de 25.000 20.000 (tasa fija) 40.000 (tasa fija) Según lo acordado por el Centro en consulta con las partes y el árbitro o árbitros Tasas(s) indicativa(s) 300 a 600 por hora Hasta 2.500.000 Honorarios del árbitro o árbitros De 2.500.000 a 10.000.000 Más de 10.000.000 Según lo acordado por el Centro en consulta con las partes y el árbitro Propiedad Intelectual ● ● ● El Centro de Arbitraje y Mediación también administra procedimientos de solución de controversias relacionadas con el registro de nombres de dominio en Internet. Estos nombres de dominio han ido entrando en conflicto con nombres comerciales que ya existían antes de la llegada de Internet, y que serán objeto de protección por medio de los derechos de propiedad intelectual. El Centro también ofrece conferencias sobre arbitraje y mediación, talleres para árbitros y programas de formación. Centro de Arbitraje y Mediación Director: Sr. Francis Gurry 34, chemin des Colombettes P.O. Box 18 1211 Ginebra 20 Suiza Otros servicios OMPI • • • Panorama General: empezó a publicarse en 2007. Explica de manera sencilla el funcionamiento de la Organización. Expone los acontecimientos más destacados y los logros obtenidos en el año anterior. Tiene un lenguaje sencillo y accesible al público. Contratación: mediante el anuncio de vacantes en su portal Web, en los boletines y en las publicaciones periódicas de la OMPI. Se precisan personas con una formación académica en Derecho y una gran experiencia profesional. Principalmente se cubren con candidatos locales, o de sus alrededores. Desarrollo del Derecho: promueve el desarrollo de las leyes, normas y prácticas de sus Estados miembros. Otros servicios OMPI • • • • Agenda para el Desarrollo: creada en octubre de 2007. Su finalidad es potenciar el desarrollo de la Organización. Conocimientos Tradicionales y Expresiones Culturales: protege las tradiciones, el folclore y los recursos genéticos, contra la apropiación y utilización indebidas. Se reúnen por primera vez en el año 2001. Academia Mundial: fundada en marzo de 1998, dada la gran demanda que los Estados miembros tenían por adquirir conocimientos y aptitudes. La Academia es un centro de capacitación, enseñanza e investigación. Actividades divulgativas: su objetivo es facilitar la comprensión del sistema de propiedad intelectual, además de fomentar la creatividad y la innovación. Para llegar al público se utilizan distintos medios como Internet, cortometrajes, prensa, eventos, seminarios y publicaciones. Otros servicios OMPI • • • • Publicaciones: son de varios tipos: cortometrajes diseñados para Internet sobre entrevistas con creadores y sus trabajos, librería electrónica con su catálogo para la compra de libros, revista OMPI sobre las actividades que realiza en todo el mundo y las publicaciones gratuitas sobre diversos temas. Premios: los Premios de la OMPI se conceden como reconocimiento a los inventores, innovadores, diseñadores, creadores y empresas innovadoras. Día Mundial de la Propiedad Intelectual: se instauró en el año 2000, el 26 de abril. Su objetivo es dar a conocer al mundo lo que significa la propiedad intelectual. Infraestructura y Promoción de la Innovación: creada en el año 2000, con los objetivos de apoyar a la innovación y mejorar los servicios ya existentes. Suministra también asesoramiento en el establecimiento de infraestructura y servicios nacionales de información. Derechos de autor 1.Sujeto, contenido y objeto de protección. 2.Exclusiones, duración y límites 3.Protección de derechos 4.Entidades 5.PI y nuevas tecnologías 6.Lucha contra la piratería Introducción Necesidad de Regulación armónica a nivel Internacional, sobre todo a raíz de la implantación de nuevas tecnologías. DOS MODELOS DE REGULACION: MODELO ANGLOSAJON MODELO CONTINENTAL En España Ley de Propiedad Intelectual, reformada por el Texto Refundido aprobado por R.D.L 1/1996 de 12 de abril. Sujeto de protección legal RDL 1/1996 de 12 de abril. Para delimitar bien el sujeto de protección debemos definir antes los siguientes conceptos: Autor es la persona natural La condición de autor es irrenunciable Presunción de autoría a favor del que figura como tal en la obra. Derechos de autor colectivos. Si la obra se ha hecho mediante la colaboración de varias personas, los derechos corresponden a todas ellas Contenido protección(I) RDL 1/1996 de 12 de Abril “La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley" Contenido protección (II) Derechos personales •Derecho a decidir si la obra será divulgada o no, •Derecho a decidir la forma de divulgación, •Reconocimiento de la autoría, •Derecho a que se publique bajo seudónimo, •Respeto a la integridad de la obra, •Derecho a modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros , •Derecho a retirar la obra del comercio por cambio en sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de los derechos de explotación. Contenido protección (III) Derechos patrimoniales Derechos de explotación de la obra, a su vez se subdividen en: Derechos exclusivos Derechos de remuneración Derechos compensatorios, por copia privada, que compensa los derechos de propiedad intelectual dejados de percibir por razón de la reproducción Objeto de protección RDL 1/1996 de 12 de Abril Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro" (art. 10 del R.D 1/1996 de 12 de abril) Exclusiones protección Las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos, Las resoluciones de los órganos jurisdiccionales Los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos Las traducciones oficiales de todos los textos anteriores". Duración de la protección Con carácter general, los derechos de explotación son vitalicios, y se extienden a los herederos, aunque éstos solo serán titulares de los mismos por un período de 70 años. Límites protección (I) No requerirán autorización del autor…. Las reproducciones provisionales y copia privada. Distribución o comunicación pública de una obra, con fines de seguridad pública o para el correcto funcionamientos de procedimientos administrativos o judiciales. Se permiten las citas y el uso parcial de obras, con fines educativos, sin ánimo de lucro y citando la fuente. Límites protección (II) No requerirán autorización del autor…. Reproducción, préstamo y consulta de obras mediante terminales especializados en determinados establecimiento (Ej. Bibliotecas) La ejecución de obras musicales en actos oficiales y ceremonias religiosas La parodia, mientras no implique riesgo de confusión con la obra, ni se infiera un daño a la obra original o a su autor Protección de derechos ¿Cómo se protegen los derechos? Acciones Civiles Acciones Penales Medidas cautelares (dentro de los procesos anteriores) Registro de la Propiedad Intelectual El registro no es obligatorio para adquirir los derechos de propiedad intelectual, pero sí es recomendable, ya que hay una presunción de autoría que opera a favor de la persona que inscribe el derecho por primera vez La inscripción la pueden solicitar los autores y demás titulares originarios de derechos de propiedad intelectual También los sucesivos titulares que adquieran los derechos de los titulares originarios por transmisión inter vivos o mortis causa. Símbolos de reserva de derechos El símbolo (c) se antepone al nombre de la obra con precisión del lugar y año de la divulgación de aquéllas. El símbolo (p) se antepone al nombre del productor en las copias de los fonogramas o en sus envolturas, indicando el año de la publicación. Entidades de gestión de los derechos (I) Son organizaciones privadas no lucrativas que se dedican en nombre propio o ajeno a gestionar los derechos de propiedad intelectual de carácter patrimonial por cuenta de sus legítimos titulares. En España existen ocho entidades de gestión colectiva de los derechos de Propiedad intelectual, de las cuales cuatro gestionan derechos de autor Entidades de gestión de los derechos (II) (SGAE) Sociedad General de Autores y Editores (CEDRO) Centro Español de Derechos Reprográficos (VEGAP) Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (DAMA) Asociación de Derechos de Autor de Medios Audiovisuales Centro de documentación Es un centro especializado en Propiedad Intelectual que recopila y difunde información sobre derechos de autor y derechos conexos. Tiene más de mil títulos entre sus fondos. Permite el acceso al catálogo de los documentos que en él se conservan y a un boletín sobre propiedad intelectual. Propiedad intelectual y nuevas tecnologías(I) Las normas que regulan la propiedad intelectual en los entornos digitales son las mismas normas que regulan la propiedad intelectual en general Los aspectos digitales que se contemplan en la legislación son: 1) La digitalización 2) La compensación por copia privada, 3)La puesta a disposición del público de contenidos a través de Internet o intranets como acto de comunicación pública Propiedad intelectual y nuevas tecnologías(II) Supuestos • La remisión de contenidos protegidos a través del correo electrónico a una pluralidad de personas puede considerarse "puesta a disposición del público“ • El alojamiento libre de contenidos en Internet, sólo puede hacerse por el titular de los derechos de autor Propiedad intelectual y nuevas tecnologías(III) Supuestos • Un Aula Virtual es una red o intranet de acceso restringido. No obstante la carga de contenidos en la misma mantiene la calificación de puesta a disposición interactiva y por tanto un acto de comunicación pública • Navegación y ojeo de contenidos en Internet, no suele implicar una explotación de derechos de propiedad intelectual, Propiedad intelectual y nuevas tecnologías(IV) Supuestos • • • En internet se pueden encontrar contenidos con licencias libres: Creative Commons es una organización no gubernamental y sin ánimo de lucro que desarrolla planes de ayuda para reducir las barreras legales de la creatividad Coloriuris , destinado a los creadores de contenidos, bitácoras, sitios web, literarios, musicales, audiovisuales, fotográficos etc, que quieran utilizar internet para su difusión, publicación y/o puesta a disposición, y que quieran ceder los derechos patrimoniales de sus creaciones dentro y fuera de la red. Lucha contra la piratería Ministerio de Cultura (I) El Ministerio de Cultura lucha contra la piratería poniendo en marcha una serie de políticas: Campañas de sensibilización Oferta legal y de calidad para disfrutar del cine en internet Elaboración del Plan integral del gobierno para la disminución y eliminación de las actividades vulneradoras de la propiedad intelectual Lucha contra la piratería Ministerio de Cultura (II) Creación de la Comisión Intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual la publicación: "Guía sobre Seguridad y Derechos de Propiedad intelectual para instituciones Académicas“ acuerdos de entendimiento para la prevención del fraude fiscal en materia de propiedad intelectual Propiedad Industrial 1.Patentes 2.Diseño industrial 3.Marcas y denominaciones geográficas 4.Reflexiones Patentes i) Definición Derecho exclusivo a la explotación de una invención: Práctica. Novedosa. Inventiva. Patentable. Patentes ii) Sentido Recompensa al trabajo y dinero invertido en una invención, a cambio de publicarla. Concede un monopolio de explotación. Supuestamente tiene el efecto de hacer crecer la economía. Patentes iii) Derechos El titular de la patente goza de protección: no puede ser confeccionada, utilizada, distribuida o vendida comercialmente sin el consentimiento del titular. Las infracciones son sancionadas en los tribunales ordinarios. Patentes iv) Uso Las patentes tienen duración limitada. Durante ese tiempo, el titular puede: Licenciar. Vender. Hay que renovarlas anualmente. Al expirar la patente, pasa al dominio público. Patentes v) Garantes Oficina nacional o regional de patentes. Derecho de prioridad (12 meses). Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT): Una sola solicitud internacional de patente. Gestionado por la OMPI. Patentes vi) Solicitud Se presenta en un lugar oficial. Obtención de la fecha de presentación. Procedimiento general: Informe Estado de la Técnica y Opinión Escrita. Procedimiento con examen previo. Agentes de patentes. Patentes vii) Ejemplo La solicitud consta de cuatro partes: Título e información identificativa. Antecedentes técnicos y descripción. Reivindicaciones. Diagramas. Diseños i) Definición Legalmente se refiere a la forma de un producto: Novedoso Carácter singular Técnicamente, el diseño engloba aspectos funcionales y productivos. Incluye: iconos informáticos, tipografía, etc. Diseños ii) Sentido Adaptar los productos a determinados segmentos de mercado. Crear un nuevo nicho de mercado. Creación de marca. Diversificación (creatividad). Diseños iii) Derechos El titular obtiene la exclusividad: Puede impedir la reproducción y la imitación. Aunque no se haya registrado, en la UE se da protección por tres años. Período de gracia para probar el diseño. La última ley española contempla la persecución oficiosa de infractores. Diseños iv) Uso Venta y concesión de licencias. Protección por 25 años en la UE, con renovaciones cada lustro. Alternativas: Derechos de autor. Marca 3D. Leyes generales sobre competencia desleal. Diseños v) Garantes Arreglo de La Haya para el registro internacional de modelos y dibujos industriales. Registros nacionales. Registros regionales. Diseños vi) Solicitud Pago de tasas Publicación en el BOPI tras examen formal. Hasta 30 meses de secreto. Ha de incluir: Petición. Datos del solicitante. Gráficos. Diseños vii) Ejemplo Cuétara Choco Flakes (diseño). Freixenet Carta Nevada (posible marca 3D). Voodoo Knife (Trendsnow) y Ouch (Sendhen) (nicho de mercado). Jurgen Bey, “Treetrunk bench” (creación de marca). Marcas i) Definición Signo distintivo que identifica al productor de: Bienes y servicios. Certificaciones. Marcas colectivas. Una marca puede definirse como: Palabras, conjuntos de letras y cifras. Formas 2D y 3D Sonidos, fragancias, colores… Marcas ii) Sentido Estrategias de desarrollo y comercialización. Distinción e identificación. Fidelización. Marcas iii) Derechos Las marcas, como las patentes, ofrecen el derecho exclusivo al uso de la marca. También impide el registro de marcas similares (imitaciones). Las infracciones (falsificaciones) se sancionan en los tribunales. Marcas iv) Uso Las marcas, mientras se renueven, pueden mantenerse indefinidamente. Se puede autorizar su uso a terceros. Acuerdos de franquicia. Para renovar la marca hay que usarla. Marcas v) Garantes Existen registros nacionales y regionales de marcas. El Sistema de Madrid es una regulación internacional definida por dos tratados: Arreglo de Madrid. Protocolo de Madrid. Sistema de Lisboa para DD.O. Marcas vi) Solicitud Se presenta la solicitud en un lugar oficial y se paga las tasas. Tras un examen formal, se publica la solicitud en el BOPI. Se examina el fondo de la solicitud y se publica la resolución. Marcas vii) Ejemplo VaffanCola (bienes). Uva Embolsada del Vinalopó (colectiva). Certificación de masajista Swe-Thai (certificación). Reflexiones i) Patentes dudosas Patentar obviedades. Patentar secuencias génicas. Patentar seres vivos. Patentar software. Reflexiones ii) Coste Las patentes cuestan demasiado: Organismo público. Empresa inversora. Entonces se consideran “invenciones laborales” y el titular es la empresa o el organismo público, aunque el nombre del inventor figura en la patente. Reflexiones iii) Arsenal de patentes Se patenta todo. Arsenal para ahogar o extorsionar empresas más pequeñas. Existen empresas compuestas sólo de abogados y de capital intelectual (patent troll). Microsoft vs. Linux Reflexiones iv) Patente inútil Magma vs. Synopsis (2005-2007): Acusación de S a M acerca titularidad. Defensa de M --> S se ampara en acuerdos de confidencialidad. S acusa personalmente a directivo de M. M acusa a S acerca falsedad. Acuerdo final. Tío de la aleación (lo siento). Reflexiones v) Patente soviética Existen otros modelos para gestionar patentes. La URSS no concedía el monopolio de explotación. Reconoce al inventor mediante la concesión de honores y una cantidad de dinero. Kalashnikov. Reflexiones vi) Impuesto Para evitar la “sobrepatentización” se ha propuesto el pagar impuestos sobre el “capital intelectual”. Fin Muchas Gracias