..y TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA

Transcripción

..y TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA
EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL
TERMINAL TERRESTRE
DE MACHALA
RESOLUCION No. O13 -
GG
- EPMTTM -2414
MARÍA GUZMÁN SOIJTNO
GERENTE GENERAT DE LA EMPRESA PÚBIICA MUNICIPAL
TERMINAT TERRESTRE DE MACHAUT - EP
ING. ROSA
CONSIDERANDO
Que, la Ley Orgánica del CPCCS en su artículo 11, determina que: Tienen Ia obligación de rendir cuentas
las autoridades
..y
del Estado electas o de libre remación, representantes legales de empresas públicas o
persanas jurtdicas del sector privado que manejen fondos públicos o desarrollen ac'tividades de interés
público, sin perjuicio de la responsabílidad que üenen las y los sewidores públicos sobre sus actos
y
omisiones.
En caso de incumplimiento por parte de las instituciones y entidades del sector público, eI Consejo de
Partícipación Ciudadana y Control Social remitirú la queja a la Contraloría Generql del Estado para que
inicie el proceso de investigación sobre la gestién de las autoridades obligadas, sin perjuicio de las
sanciones previstas en
la Ley Orgánica de Transparencía y
Accesa
a la Información Pública por la
negación de Ia lnformacíórt
Que, Ia Ley Orgánica de Participación Ciudadana en el
Art 88 establece
el derecho ciudadano a la
rendición de cuentas; y, el Arr 90 determina como suietos obligados a: Las autoridades del Estado,
electas o de libre remoción, representantes legales de las empresos públicas
\-/
o
personas jurídicas del
sector privado que manejen fondos públicas o desarrollen actividades de interés público, los medios de
comunícación socíal, a través de sus representan@s legales...
Que, la Constihrcién de la República del Ecuador en su
Art
208 numeral 2, establece como deber del
Consejo de Participación Ciudadana y Control Social: Establecer mecanismos de rendición de cuentas de
las instituciones
y
entidades del sector público
y,
coadyuvar pnocesos de veeduría ciudadana y control
socíal.
Que, la tey Orgánica del CPCCS en su aftículo 9, primer inciso dispone que Es atribución del Consejo de
Participacíón Cíudadana
y
Control Social establecer mecanismos para someter
sociedad, las accianes del Estado
y de los personas
a
evaluación de la
jurídicas del sector privado que presten servícios
públicos, manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público; con atención aI enfoque
de derechos, a los resultados esperados
y obtenidos, a
las recursos financieros empleados
ya
los métodos
sobre su gestión.
Pá9.1
Av. 25 de Junio #620 el. Santa Rosa y Vela 1er. Piso
Telf.: (07) 2935 417 ¡ [email protected]
M
ffi
EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL
TERMINAL TER"RESTRE
DE MACHALA
Que la Ley Orgánica de Participación Ciudadana en el Art 94 determina que
es
aFibución del Consejo
de Participación Ciudadana y Control Social de conformidad con la Ley: Establecer
mecanismat instrumentos y procedimientos para la rendición de cuentas; y, el
rendición de cuentas se realizaro una vez al año
solicitudes que
y
y
coordinar los
Art 95 dispone
que: La
final de la gestión, tenienda en consideracíón las
realice Ia ciudadanía, de manera individual o colectiva, de acuerdo con la Constitztción y la
al
Ley.
Que, acogiendo la metodología propuesta por el CPCCS en la Guía de Rendición de Cuentas para los
GAD, Ia enüdad requiere constituir un equipo de servidoras y servidores que se encargue del proceso
de rendición de cuentas.
En uso de las atribuciones legales;
RESUELVE:
mfiCUfOpnfUmO Conformar el Equipo
Técnico del Proceso de Rendición de Cuentas de la Empresa
Pública Municipal Terminal Terrestre de Machala-EP, el mismo que estaÉ integrado por los siguientes
funcionarios de Ia misma: 1. Ing. Fernando Velásquez Castillo, DIRECTOR ADMINISTRATIVOFINANCIERO, como responsable;2. Abg. Harley Franco Córdova, ASESOR JURIDICO; y, 3. Ing. Mireya
Gaona Medina CONTADOM.
ARTICULO SEGUNDO: EI Equipo Técnico
tendú la tarea de liderar la implementación de la rendición
de cuentas, desde el diseño de Ia propuesta metodológica de evaluación de la gestión institucional,
para obtener información cuatrimestral de los resultados que servirán de insumos para la elaboración
del informe preliminar de rendición de cuentas, hasta su presentación a la ciudadanía y al Consejo de
Participación Ciudadana
y
Control Social. El incumplimiento de Ias disposiciones relativas a la
participación ciudadana, generara responsabilidades
y
de carácter
sanciones
administrativo,
incluyendo Ia remoción del cargo para los funcionarios responsables de la omisión, de conformidad
con la Ley.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE: Dado y firmado en la Gerencia General de la Empresa Pública Municipal
Terminal Terrestre de Machala-EP, el día 19 de mano del2O74.
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GENERAL, EMPRGSA PÚBTTCA Ii{
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