..y TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA
Transcripción
..y TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA
EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA RESOLUCION No. O13 - GG - EPMTTM -2414 MARÍA GUZMÁN SOIJTNO GERENTE GENERAT DE LA EMPRESA PÚBIICA MUNICIPAL TERMINAT TERRESTRE DE MACHAUT - EP ING. ROSA CONSIDERANDO Que, la Ley Orgánica del CPCCS en su artículo 11, determina que: Tienen Ia obligación de rendir cuentas las autoridades ..y del Estado electas o de libre remación, representantes legales de empresas públicas o persanas jurtdicas del sector privado que manejen fondos públicos o desarrollen ac'tividades de interés público, sin perjuicio de la responsabílidad que üenen las y los sewidores públicos sobre sus actos y omisiones. En caso de incumplimiento por parte de las instituciones y entidades del sector público, eI Consejo de Partícipación Ciudadana y Control Social remitirú la queja a la Contraloría Generql del Estado para que inicie el proceso de investigación sobre la gestién de las autoridades obligadas, sin perjuicio de las sanciones previstas en la Ley Orgánica de Transparencía y Accesa a la Información Pública por la negación de Ia lnformacíórt Que, Ia Ley Orgánica de Participación Ciudadana en el Art 88 establece el derecho ciudadano a la rendición de cuentas; y, el Arr 90 determina como suietos obligados a: Las autoridades del Estado, electas o de libre remoción, representantes legales de las empresos públicas \-/ o personas jurídicas del sector privado que manejen fondos públicas o desarrollen actividades de interés público, los medios de comunícación socíal, a través de sus representan@s legales... Que, la Constihrcién de la República del Ecuador en su Art 208 numeral 2, establece como deber del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social: Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público y, coadyuvar pnocesos de veeduría ciudadana y control socíal. Que, la tey Orgánica del CPCCS en su aftículo 9, primer inciso dispone que Es atribución del Consejo de Participacíón Cíudadana y Control Social establecer mecanismos para someter sociedad, las accianes del Estado y de los personas a evaluación de la jurídicas del sector privado que presten servícios públicos, manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público; con atención aI enfoque de derechos, a los resultados esperados y obtenidos, a las recursos financieros empleados ya los métodos sobre su gestión. Pá9.1 Av. 25 de Junio #620 el. Santa Rosa y Vela 1er. Piso Telf.: (07) 2935 417 ¡ [email protected] M ffi EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TER"RESTRE DE MACHALA Que la Ley Orgánica de Participación Ciudadana en el Art 94 determina que es aFibución del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de conformidad con la Ley: Establecer mecanismat instrumentos y procedimientos para la rendición de cuentas; y, el rendición de cuentas se realizaro una vez al año solicitudes que y y coordinar los Art 95 dispone que: La final de la gestión, tenienda en consideracíón las realice Ia ciudadanía, de manera individual o colectiva, de acuerdo con la Constitztción y la al Ley. Que, acogiendo la metodología propuesta por el CPCCS en la Guía de Rendición de Cuentas para los GAD, Ia enüdad requiere constituir un equipo de servidoras y servidores que se encargue del proceso de rendición de cuentas. En uso de las atribuciones legales; RESUELVE: mfiCUfOpnfUmO Conformar el Equipo Técnico del Proceso de Rendición de Cuentas de la Empresa Pública Municipal Terminal Terrestre de Machala-EP, el mismo que estaÉ integrado por los siguientes funcionarios de Ia misma: 1. Ing. Fernando Velásquez Castillo, DIRECTOR ADMINISTRATIVOFINANCIERO, como responsable;2. Abg. Harley Franco Córdova, ASESOR JURIDICO; y, 3. Ing. Mireya Gaona Medina CONTADOM. ARTICULO SEGUNDO: EI Equipo Técnico tendú la tarea de liderar la implementación de la rendición de cuentas, desde el diseño de Ia propuesta metodológica de evaluación de la gestión institucional, para obtener información cuatrimestral de los resultados que servirán de insumos para la elaboración del informe preliminar de rendición de cuentas, hasta su presentación a la ciudadanía y al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El incumplimiento de Ias disposiciones relativas a la participación ciudadana, generara responsabilidades y de carácter sanciones administrativo, incluyendo Ia remoción del cargo para los funcionarios responsables de la omisión, de conformidad con la Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE: Dado y firmado en la Gerencia General de la Empresa Pública Municipal Terminal Terrestre de Machala-EP, el día 19 de mano del2O74. nffi\ cEnr¡-crñcEIEnAL-§ GENERAL, EMPRGSA PÚBTTCA Ii{ kr.r*r.r*rDC»/ Av. 25 de Junio #620 el . Santa Rosa y Pá9.2 Telf.: (07) 2935 417 . Vela 1er. Piso [email protected]