RESO Li/:CION GEREN CIA L ?ENERA L REqIONAL
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RESO Li/:CION GEREN CIA L ?ENERA L REqIONAL
7r ¡ + . ? { RESOLi/:CION GERENCIA L ?ENERAL REqIONAL No i62.2011- GGR/GOB.REG.TACNA. F E C H Ai g S I P 2 ü 1 1 VISTO: de MuitaNros. las Resoluciones El OficioN" 674-2011-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, y el Informe N"625-2011111-002-0003604, 111-002-000353, 111-002-0003563, ORAJ/GOB.REG.TACNA CONSIDERANDO: Que, la SuperintendenciaNacionalde AdministraciónTributaria(SUNAT), notifico al de fecha 03 de GobiernoRegionalde Tacna, las Resolucionesde Multa N" 111-002-0003563, de fecha27 de nerode 2011,porel montode S/. 580.00nuevossoles,N" 111-002-0003533, de fecha iciembrede 2010, por el monto de S/. 7A2.00nuevos soles, y N" 111-02-0003604, 05 de enero de 2011, por el monto de S/. 366.00 nuevos soles, multasque fueron impuestas por infracciónal numeral4 del artfculo178 del Texto Único Ordenadodel Código Tributario, los tributos aprobadopor D.S.N'135-99-EF,por no pagar dentrode los plazosestablecidos retenidos o percibidos. L t !i I :.. i :- - t. J Jt v I I -f f -. 1,.,.', -" se informaque Que,medianteinformeNros004-2011-HCHH-OET/GOB.REG.TACNA, losmismosque no pagadosen su oportunidad, las Resoluciones de Multase debea impuestos lÍ?Tq. N" j19-2011-oErESry_ d_e9!r191 _p9lg.fo_.se pasaron,..Mediante. de Tesorerfa del GobiernoRegionalde Tacna, la DirectoraEjecutiva ORA/GOB.REG.TACNA, sugiere se pague las resolucionesde multa antes de la fecha de su vencimiento;mediante (el año del informe ha sido Informe N" 54-2010-ORA-OERRHH/GOB-REG-TACNA, nLcursos Humanos,informaque al la Directora Ejecutiva Oe de manera errónea) lonsignaOo .' :::,.:-,:,,,-.',;::/no habersecumplidocon el pago oportunodel impuestoretenidopor rentasde cuartacategoría por las aportacionesal Sistema Nacional de Pensiones,que en #Hi*-,. -i:, y los tributos percibidos perono se pagaron,se ha incurridoen infracción tributaiia,por álgunoscasosse declararon /i'-i'*S1',1 que procedente pago de las percibidos, es el retenidos o opina de tributos {! ,t, &i"*mplimiento ,-"Lá;-6fl!}|multas, sn perjuicio a quehayalugar. las responsabilidádes sin perjuicio de las-respor":oll*1:r de " 11"_i1:T1_ _ \),,?-ffi":p{}F}imuttas'mediantelnformeN" 175-2011-GRPPAT-SGPRE/GOB.REG.TACNA, de fecha Que, fo\"nicto*)-'y' \"¿H,Éy' de Tacna,se dirige delGobiernoRegional 02 de juniode 2011,laSubGerentede Presupuesto Territorial,e informa al Gerente Regionalde Planeamiento,Presupuestoy Acondicionamiento que sobre los procedimientosresueltospor la SUNAT, no cabe la necesidadde elaborar informesylo aclaracionesal respecto,por cuanto la opiniónde los mismos,no han de provocar variación o modificaciónalguna, solicita se disponga al Organo Administrativopara que de pago a favor de la implementecon la asesoríalegal necesaria,el tramitede reconocimiento SUNAT, y que tales gastos sean asumidos con presupuesto asignado a la Gestión para el presenteaño fiscal. Administrativa, Que, conformea lo dispuestopor los incisosg) y h) del artículo67 del D.S. N" 1792004-EF, Ley del lmpuesto a la Renta "Están obligados a pagar el impuesto con los recursos que administren o dispongan y a cumplir las demás obligaciones que, de acuerdo con las disposiciones de esfa ley corresponden a los contribuyentes, /os agentes de retención; y Los agentes de percepción." Que, conformea los dispuestopor el articulo71 de D.S. N' 179-2004-EF,"Tratándose de rentas de cuarta categoria, las personas, empresas y entidades a que se refiere el inciso b) del Afticulo 71 de esta ley, deberán retener con carácter de pago a cuenta del lmpuesto a Ia Rentael 10% (diez por ciento) de /as rentas brutas que abonen o acrediten." El monto retenido se abonará según los plazos previsfos por el Código Tributariopara |as obligacionesde periodicidadmensual." Son agentesde Que, conforme lo disponeel Artículo78-A del D.S.N' 179-2A04-EF," percepción las personas, empresasy entidades designadaspor Ley, Decreto Supremo o por CTALGENERALREqIONA L RESOLUCTON'GEREN NO }62 .2011. GGR/GOB.REG.TACNA. F E C H Ai $ Í i r ' i ? 0 1 i Resolución de Superintendencia como agenfes de percepciÓn del lmpuesto, de acuerdo a lo establecido en el A¡tlcuto 10 det Código Tributario. Las percepciones se efectuarán en la oportunidad, forma, ptazos y condicionesgue establezca /a SUNAL Óuando /os agenfes de percepción no hubiesen cumplido con la obligación de percibir el impuesto serán sancionadosde acuerdo con el CÓdigoTributario." Que. de confoi-midadcon el Artfculo39 de D.S. N" 122-94-EF,Reglamentode la Ley agenfes de retencióny agentes de percepciÓndel def lmpuesto a fa Renta, "Los responsab/e.s, lnciso a) Las retenciones gue se deban normas: tmpuesto, se sujetarán a las siguienfes y lugares esfab/ecrdospara realizar los pagos a fechas las fisco en efectuar se abonarán at cuenta mensualesdel lmpuesto." Que, de conformidadcon el inciso4 del artículo178 del D.S. N'135-99-EF, Texto único Ordenado del Código Tributario, "Constituyen infracciones relacionadas con el cumptimiento de tas obligaciones tributarias: No pagar dentro de /os plazos esfab/ecidos los tributos retenidos o percibidos." Que, de conformidad con el inciso c) del Artículo 179 del D.S. N" 13*99-EF, " La sanción de multa apticable por tas infraccionesestablecidasen los numerales 1, 4 y 5 del arlcuto 178, se sujetará, al siguiente régimen de incentivos, siempre que el contribuyente cumpla con cancelar la misma con la rebaja correspondiente: Una vez culminado el plazo otorgado por la Administración Tributaria según lo dispuesto en el artlculo 75 o en su defecto, de no haberse otorgado dicho plazo, una vez que sufta efecfos la notificación de la Orden de Pago o Resolución de Determinación, de ser el caso, o la Resolución de Multa, la sanciÓn será rebajada en un cincuenta por ciento (50%) só/o si el deudor tributario cancela la Orden de o la Resoluciónde Determinación y la Resaluciónde Multa notificadas con anterioridad al vencimiento det plazo establecido en el primer párrafo del aftículo 117 del presente CÓdigo Tributario respecto de la Resolución de Multa, siempre que no interponga medio impugnatorio alguno. At vencimiento del plazo establecido en el primer párrafo del artículo 117 respecto de la Resolución de Multa o interpuesto medio impugnatorio contra la Orden de Pago o ResoluciÓn con ocasión de la subsanación. El régimen de incentivos se perderá si el deudor tributario, luego de acogerse a é1,interpone cualquier impugnación, salvo que el medio impugnatorio esté referido a la aplicación del régimen de incentivos." Que, de conformidadcon inciso a) y b) del Artículo21 del D. Leg. N' 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, "son obtigacionesde los se¡vidores,cumplir personaly ditigentemente los deberes que impone el servicio público, y salvaguardar los rnfereses del Eslado'', de conformidadcon el art. 127 del D. S N' 005-90-PCM,Reglamentode la Ley de Bases de la Carrera Administrativa,"Los funcionariosy servidores se conducirán con honestidad,respecto al público, austeridad,disciplinay eficienciaen el desempeñode los c a r g o sa s i g n a d o s ; . . . . " Que. de conformidadcon el ArtÍculo 150 del D.S. N" 005-90-PCM,Reglamentode la de Bases de la Carrera Administrativa,"Se consrderafalta disciplinariaa toda acciÓn u Ley omisión,voluntariao no, que contravenga tasobligaciones,prohibicionesy demás normatividad CTAL qENERAL REqTONAL RESOLI,/CTONGEREN NO 362 .2011- GGR /GOB.REG.TACNA' F E C H A1 g S [ P ? 0 1 1 específica sobre /os deberes de se¡vidoresy funcionarios, estab/ecidos en el artículo 28 y otros de la Ley y el presente reglamento. La comisión de una falta da lugar a la aplicaciÓn de la sanción correspondiente." expuestas, de conformidadcon la Ley de Bases Que, estando a las consideraciones N" 27783, modificadopor las Leyes No 27950 y 28139, en uso de las de ta descentralización atribucionesconferidaspor la Ley Orgánicade GobiernosRegionalesNo 27867 modificaday compfementadapor las Leyes No 27902,28013,28161y 28926,de conformidadcon el Inciso r) del Artículo 61 del Reglamentode Organizacióny Funcionesdel Gobierno Regional de Tacna, conformea las facultadesotorgadasmedianteResoluciónEjecutivaRegionalN" 282con la conformidadde la GerenciaRegionalde Planeamiento, 2011-P.R./GOB.REG.TACNA, Territorial,OficinaRegionalde Administracióny la visación Presupuestoy Acondicionamiento de la OficinaRegionalde AsesoríaJurfdica. SE RESUELVE: ARTICULO PRIMERO:RECONOCERY DISPONERel pago de las Resolucionesde Multa N" por el montode S/.580.00(Quinientosochenta 00/100nuevos soles); 111-002-0003563, por el montode S/.702.0A(Setecientosdos 00/100nuevos soles) y N"111-002-0003533, N'111-002-0003604,por el monto de S/. 366.00 (Trescientossesenta y seis 00/100 nuevos soles) emitidas por la SuperintendenciaNacional de AdminístraciónTributaria intereses. NAT),mássusrespetivos en coordinación ARTICULOSEGUNDO:DISPONERque la OficinaRegionalde Administración Territorialdel Gobierno con la Gerenciade Planeamiento,Presupuestoy Acondicionamiento Regional de Tacna, dentro de sus respectivas competencias, determinen la partida presupuestal, con cargo a la cual se debe efectuarel pago de las multas. efectué las ARTICULO TERCERO: DISPONER que la Oficina Regionalde AdministraciÓn, gestionesrespectivaspara lograr la rebaja de ias multas impuestas,conforme lo dispone el párrafoterceroy cuartodel incisoc) delartlculo 179 del DecretoSupremoN' 135-99-EF,Texto UnicoOrdenadodel CódigoTributario. administrativasde ARTICULO CUARTO: DISPONER se establezcanlas responsabilidades los funcionariosy/o servidoresque permitieroncon su conductacomisivau omisiva el no pago oportunoy puntual de las retencionesy percepcionesde ley, encargandoa la Comisiónde Disciplinarios, elcumplimientode la presentedisposiciÓn. ProcesosAdministrativos ARTICULO QUINTO: NOTIFICAR con la presente a los Órganos respectivos para su del GobiernoRegionalde Tacna. cumplimientoy demás entescorrespondientes REGISTR OM UNIQUESE L, üÉ DISTRIBUCIAN: PresidenciaRegional GerenciaGeneral Reg¡onal Control Inst¡tucional ORA, GRPPyAT orMl AsesoriaJuríd¡ca PHMC/mrvh. [il]fiTt ({¡iEl{,\l -iAC¡IA