Reglamento para el Personal Docente
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Reglamento para el Personal Docente
REGLAMENTOPARAELPERSONALDOCENTE DISPOSICIONESGENERALES Artículo 1. El presente reglamento es de observancia general para todos los profesores de la UniversidadEnriqueDíazdeLeón. Artículo 2. Será parte del personal docente aquella persona que compruebe el grado académico de Licenciatura,MaestríaoDoctoradoyqueseacontratadaporlaUniversidadparaimpartiralgunaasignatura. Artículo 3. Mientras permanezca en cualquier plantel de la Universidad, expresarse con propiedad yvestir conformalidad,portandodemaneravisibleelgafetedeidentificaciónyabstenersede: I. II. III. Vestirpantalóndemezclilla,pantalónrotoy/odeshilado. Usarpiercing,cachucha,sandaliasotenis. Usarteléfonocelulardurantelahoraclase,confinesdistintosasufuncióndocente. Artículo4.Asistirconpuntualidadaimpartirlasclasesasignadas,asícomoacualquieractividadacadémica, cultural,deportiva,socialuotrasqueconvoquelaUniversidad,debiendofirmarenlosregistrosdeasistencia respectivos.Encasocontrarioseconsideraráadministrativamentecomofalta. Artículo5.LacargahorariaasignadapodrámodificarsesegúnlasnecesidadesdelaUniversidad. Artículo6.Lasinasistenciasinjustificadasacualquieractividaddentrodesucargahorariaserándescontadas de los honorarios correspondientes. Se considerará como inasistencia la acumulación de dos retardos. Artículo 7. La justificación de inasistencias solo procederá en caso de enfermedad comprobada mediante certificadomédicoyanteelCoordinadordelaCarrera,previaentregaalaDirección de Contabilidad. Encasodeinasistenciaalaclase,deberánotificarloalDepartamentodePrefectura. Artículo8.DeberácontarconlaautorizacióndelCoordinadordeCarreraalenviarsuplenteparaimpartirsu clase. Artículo9.Elprofesorensuprimerahoraclaseasignadatendrátoleranciaconderechoaretardocuandose presentedentrodelosdiezminutosposterioresaltimbredeentrada. Artículo10.Aldocentequeingresealauladeclasesdespuésdelatoleranciaestablecidanoseleentregarála listadeasistenciacorrespondiente. 1 Artículo11.Seráretiradalaasignaturaporalgunadelassiguientescausas: I.Acumularenlamismael20%deinasistenciaseneltranscursodelcicloescolar. II.Incumplirconlaentregaentiempoyformadelaplaneacióndocente. III.Inasistenciaaloscursosdeformaciónyactualizacióndocente. IV.Los resultados de la evaluación al desempeño docentesean menores al 85% en el cicloescolaren elquehasidocontratado. Artículo12.Durantelaprimerasemanadeclases: I.Entregaráasusalumnoselprogramadelaasignaturaqueimparta. II. Dará a conocer la importancia y ubicación de la materia en el currículo de la carrera, latemáticaa desarrollarylaformadeevaluacióndelcurso. III.Entregarloscriteriosdeevaluaciónenlafechaseñaladaenelcalendarioescolar. IV.Aplicarálaevaluacióndiagnóstica,entregandoalcoordinadorunejemplardelinstrumento.Losresultados obtenidosseránreportadosenlafechadeentregadeloscriteriosdeevaluación. Artículo13.EntregaráalCoordinadordelaCarrera,enlafechaqueseleindiqueymedianteelformatoque corresponda,elcriteriodeevaluaciónqueaplicará acadaunodelosgruposque lefueronasignadosensu cargahoraria. Artículo 14. Cubrirá en el curso cuandomenos lo señaladoen el Plan de laAcademia,enriqueciéndolo con actividadesdeaprendizajequeprogrameenelPlandelDocente. Artículo15.Deberácontactarseconlosprofesoreshomólogosdesumateria,conelfindeunificarcriteriosy desarrollaruntrabajocolegiado. DELOSEXÁMENES Artículo16.Aplicaráunmínimodedosexámenesparcialesduranteelcicloescolar. Artículo17.Losexámenesparciales,totalizadoresyextraordinarios,seránaplicadossiemprequeseentregue alCoordinadordeCarreraunejemplardondeconstelaaprobaciónyfirmadeloshomólogosdeasignatura. Artículo18.QuedaprohibidoutilizaralDepartamentodePrefecturacomomedioparaentregary/orecabarla autorizacióndeexámenesporpartedelosprofesoreshomólogosdeasignatura. Artículo 19. El tiempo para la aplicación de exámenes parciales debe limitarse a la hora clase, quedando prohibidosolicitaropermutarhorasclasedeotrosprofesores. Artículo20.Elprofesordeberárespetaralosalumnosunatoleranciade10minutosapartirdelahoraoficial deaplicacióndelexamentotalizadoryextraordinario. Artículo21.Lacalificaciónmínimaaprobatoriaesde70(setenta)encualquiercaso.Enperíodoordinariola calificaciónmáximaesde100(cien),mientrasqueenperíodoextraordinarioesde85(ochentaycinco). 2 Artículo22.Losexámenesparciales,totalizadoresyextraordinariosseránaplicadosenlasfechasyhorarios autorizados por el Coordinador de Carrera y publicados oficialmente por el Departamento de Prefectura. Enelcasodeexamentotalizadoryextraordinario,cuandoeldocentenoasistaeneldíayhora señalada,seaplicaráunexamendepartamentalautorizadoporlaacademiarespectiva. Artículo23.Losexámenesescritosdeberáncubrirlassiguientescaracterísticas: a)Tenerellogotipodela Universidad. b)Indicarelniveleducativoalquecorresponda. c) Señalarelnombredelaasignatura. d)Indicareltipodeexamen(parcial,totalizadoroextraordinario). e)Señalarelnombredelprofesor. f)Indicarelcalendarioenqueseaplica. g)Señalarelvalordelasseccionesoapartadosquecontenganlosreactivos. El formato electrónico que contiene los datos anteriores podrá ser solicitado al Coordinador de Carrera. Artículo24.Acudiráalarevisióndeexamenextraordinarioenlafechaqueseseñaledemaneraoportuna. Artículo 25. Reportará calificación de los periodos parciales, ordinaria y extraordinaria en las fechas señaladasenelcalendariodeactividades oporlaautoridadadministrativa. Artículo26. Dará aconoceralosalumnoslacalificacióndeexámenes parciales,así comootorgarles el derecho a su revisión, sin excederse de las fechas que se señalen conforme alartículo25. Artículo 27. Agregará el Plan del Docente a cada una de las listas de asistencia de las materias asignadas, entregandounjuegoalCoordinadordeCarreraodeturno,tomandoencuentalosiguiente: a) Propósitoscoherentesconelobjetivoyelperfildeegresodelacarrerayelobjetivodelaasignatura. b) Adecuadaseleccióndecontenidos. c) Actividades que respondan a los objetivos propuestos ya las características de losgruposyturnos. d) Evaluación continua adecuada a la enseñanza transmitida (reportada en tresperiodos). e) Bibliografíaactualizada. Artículo 28.Entregará al iniciode cada periodo al Coordinador Académicoel materialdidácticogeneradoa partirdelaplaneacióndocente. Artículo 29. Pasará lista en cada una de sus horas-clase en forma personal y no a través de alumnos, anotandoclaramentelaasistenciaofaltaquecorresponda,yaqueparaefectosadministrativoslostachones ycorreccionesseránconsideradoscomofaltaenperjuiciodelalumno. Artículo 30. Queda prohibido justificar faltas de alumnos por cualquier motivo ni aplicarles examen extraordinariosiadministrativamenteperdieronsuderecho,yaqueesfunciónexclusivadeControlEscolar. Artículo31.Quedaprohibidosacarlaslistasdeasistenciadelplanteleducativo,porloquedeberáremitirlas alDepartamentodePrefecturaaltérminodesuclase. 3 Artículo 32. Asistirá y participará activamente en las juntas de Academia, ordinarias, extraordinariasycumpliráconlosacuerdosqueenellassetengan. Artículo33.ElprofesortendrálaobligacióndeconoceryhacerquesecumplaelReglamentode Alumnosyengenerallanormatividadinstitucional. Artículo 34. El desacato a lo establecido en este Reglamento y otras disposiciones universitarias se sancionará con la reducción de la carga horaria en el siguiente semestre o el cese de labores según la gravedaddelcaso. Últimamodificación07deenerode2015 4