Venezuela. Perfil, Información Comercial y de Inversión
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Venezuela. Perfil, Información Comercial y de Inversión
República Bolivariana de Venezuela Perfil País Año 2011 VP de Planificación y Gestión Estratégica Bancoex Gerencia de Inteligencia Comercial 1 Índice Perfil país: República Bolivariana de Venezuela Parte I – Información General 1. El país y su población 1 1.1 Geografía económica i. Superficie ii. Población iii. Religión iv. Idioma v. División político administrativa vi. Capital del país vii. Principales ciudades viii. Ubicación geográfica y clima 1.2 Forma y naturaleza de gobierno i. Tipo de gobierno ii. Poderes del gobierno central iii. Clima político iv. Política económica y social v. Partidos políticos 1.3 Estructura administrativa del sector público i. Organización administrativa del Estado ii. Administración pública iii. Banco Central iv. Empresas públicas 1.4 Transporte y comunicación i. Telecomunicaciones ii. Comunicaciones por vía aérea iii. Comunicaciones por carretera iv. Comunicaciones por vía férrea v. Comunicaciones por mar 2. 1 1 1 1 1 1 2 2 2 3 3 3 3 4 4 4 4 5 5 5 6 6 6 6 7 7 Datos económicos básicos 2.1. 8 Indicadores económicos i. Moneda nacional ii. Tipo de cambio iii. Principales indicadores económicos iv. Balanza de pagos v. Reservas de moneda extranjera vi. Sistema financiero y bancario vii. Sistema fiscal viii. Síntesis económica ix. Principales sectores económicos x. Coyuntura económica actual VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 8 8 8 8 9 9 10 11 12 12 15 2 Parte II – Información Comercial y de Inversión 1. Comercio exterior del país 17 1.1. Acuerdos comerciales suscritos 17 1.2. Intercambio comercial Venezuela – Mundo 1.1.1 Exportaciones i. Análisis de las exportaciones no petroleras ii. Principales sectores económicos exportadores iii. Principales productos exportados iv. Principales socios comerciales de exportación 1.1.2 Importaciones i. Análisis de las importaciones generales ii. Principales sectores económicos importadores iii. Principales productos importados iv. Principales socios comerciales de Importación 19 20 20 21 21 21 22 22 22 23 23 2. Régimen de comercio exterior en Venezuela 24 2.1 Régimen de importación i. Documentos básicos de importación ii. Régimen legal de clasificación arancelaria iii. Derechos arancelarios iv. Disposiciones aduaneras especiales v. Otras disposiciones que influyen en el comercio vi. Disposiciones sobre productos alimenticios, sanidad y cuarentena 2.2 Régimen de exportación i. Documentos previos al embarque ii. Documentos exigidos por embarque iii. Documentos exigidos de acuerdo a la naturaleza del producto iv. Documentos opcionales o complementarios v. Regímenes Aduaneros Especiales para la Exportación 3. Inversión extranjera 3.1 3.2 3.3 24 24 24 25 26 33 34 35 35 35 35 36 36 36 Régimen de inversión Marco legal. i. Legislación laboral ii. Legislación fiscal iii. Legislación sobre propiedad intelectual. iv. Legislación mercantil Trámites para invertir en Venezuela i. Obtención de una visa ii. Constitución de la empresa iii. Registro tributario de la empresa iv. Registro de la inversión de la empresa v. Registro de la empresa ante el Seguro Social vi. Registro de la empresa ante el Inces VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 36 36 37 37 37 38 38 38 38 40 40 40 40 3 3.4 Modalidades de inversión extranjera en Venezuela 40 3.5 Garantías a la inversión extranjera 41 3.6 Régimen impositivo a la inversión 41 4. Anexos 42 5. Páginas web consultadas 50 VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 4 Parte I - Información General. 1. El país y su población 1.1 Geografía económica. 1 i. Superficie continental e insular. 916.445 km2 ii. Población: 29.277.736 habitantes (estimado 2011) iii. Religión. Libertad de culto, con predominio de la religión católica. iv. Idioma. Castellano. Los idiomas indígenas (guajiro, warao, pemón) son también de uso oficial para los pueblos indígenas, así lo establece el artículo 9 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. v. División Político Administrativa: Venezuela es un Estado federal descentralizado, dividido en 23 Estados Federales, el Distrito Capital, las Dependencias Federales (311 islas, islotes y cayos) y el territorio de la Guayana Esequiba (zona reclamada por Venezuela). El ordenamiento por regiones político administrativas es el siguiente: Nombre Los Andes Capital Central Centrooccidental Guayana Insular Llanera Nororiental Zuliana vi. 1 Estados confortantes Barinas, Mérida, Táchira, Trujillo y el Municipio Páez de Apure Miranda, Vargas, Distrito Capital Aragua, Carabobo, Cojedes Falcón, Lara, Portuguesa, Yaracuy Bolívar, Amazonas, Delta Amacuro Nueva Esparta, Dependencias Federales Apure (excluyendo al Municipio Páez), Guárico Anzoátegui, Monagas, Sucre Zulia Capital. Caracas Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela - INE VP de Planificación y Gestión Estratégica Bancoex Gerencia de Inteligencia Comercial 1 vii. Principales ciudades. Caracas; capital de la República y asiento de los órganos del Poder Nacional. Es también sede principal de Petróleos de Venezuela (PDVSA) que es la empresa más importante del país. Maracaibo; es una de las ciudades más importantes al contar con la mayor producción de petróleo en Venezuela y Latinoamérica. Valencia; considerada como la ciudad industrial de Venezuela por excelencia, es sede de las más importantes zonas industriales. Barquisimeto; es una de las ciudades más modernas del país, constituye el centro de las comunicaciones, industrias y la agricultura del centro-occidente de Venezuela. Ciudad Guayana; ciudad de gran importancia, por su producción de minerales de hierro, aluminio y acero, así como de cemento y otras industrias derivadas que se benefician del potencial hidroeléctrico del río Caroní, con el complejo hidroeléctrico del Guri (segunda represa más grande del mundo). viii. Ubicación geográfica y clima. Venezuela se encuentra ubicada en la parte norte de América del Sur, por encima del ecuador y al oeste del meridiano de Greenwich. Su territorio continental, con relación al ecuador, se localiza entre los 0° 38' 53'' y los 15° 40' 20'' de latitud norte, y con relación al meridiano de Greenwich está entre los 59° 47' 30'' y los 73° 23' 53'' de longitud oeste. El punto más septentrional del territorio continental corresponde al cabo San Román (Falcón), a los 12° 11' 46'' de latitud norte. Los límites del territorio venezolano son los siguientes: Al norte. El mar Caribe siendo el componente limítrofe más complejo del país. Sobre él se han establecido límites con los mares territoriales de: Trinidad y Tobago, Francia, los Países Bajos, Estados Unidos de América, República Dominicana, Bonaire, Curazao y Aruba. Al sur. Limita con las Repúblicas de Colombia y Brasil. Al este. Limita con Guyana y el océano Atlántico. Al oeste. Limita con Colombia. La estratégica ubicación geográfica de Venezuela, permite disponer de un clima tropical con precipitaciones puntuales, y pisos térmicos variables entre tropical y gélido con temperaturas que oscilan entre 0°C y 40°C. Los meses más fríos son enero y febrero, con una segunda mínima en julio, mientras que los máximos ocurren en marzo y septiembre. Predominan los vientos del este y del noreste, y hacia el sur el viento es más variable y calmado. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 2 1.3 Forma y naturaleza de gobierno i. Tipo de gobierno. “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”. (Art. 6 CRBV. Año 1999). ii. Poderes del gobierno central. A partir de la Constitución de 1999, el Poder Público Nacional queda distribuido de la siguiente manera: Poder Ejecutivo, es ejercido por el Presidente de la República, quien es el jefe del Estado, el Vicepresidente Ejecutivo y los Ministros. El Poder Legislativo, se constituye en un parlamento unicameral que recibe el nombre de Asamblea Nacional de Venezuela, representado por Diputados. El Poder Judicial, es ejercido por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). El sistema de justicia en Venezuela se constituye por el TSJ y demás tribunales de la República, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia conforme a la Ley, y los abogados autorizados para el ejercicio. El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela. El Poder Electoral, es ejercido por el Consejo Nacional Electoral y cuenta con el apoyo de organismos subordinados tales como: la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. iii. Clima político. La situación política actual de Venezuela se enmarca en un proceso de cambios profundos, sustentado en el ordenamiento jurídico del país, y en un esquema electoral y democrático. En los últimos años, el gobierno bolivariano ha tenido un vertiginoso avance en conquistas sociales para el pueblo, garantizando derechos que habían estado prescritos para los venezolanos (salud, educación, vivienda, entre otros), fortaleciendo con ello, las bases del nuevo modelo sociopolítico impulsado por el Presidente Hugo Chávez. En la actualidad, tanto gobierno como sectores opositores a éste, realizan grandes esfuerzos por presentar una propuesta de país ajustadas a las necesidades de la nación. Esto en razón de que el 2012 será un año electoral en el cual se llevará a cabo la elección del presidente que gobernará por los siguientes seis (6) años como lo establece el artículo 230 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 3 iv. Política económica y social La política económica y social, se constituye por medidas creadas por el Estado en aras de alcanzar el desarrollo interno de la sociedad. En tal sentido, se elaboró el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-20132 el cual contempla como grandes lineamientos: • • • • • • • Nueva ética socialista: “Propone la refundación de la Nación Venezolana, la cual hunde sus raíces en la fusión de los valores y principios de lo más avanzado de las corrientes humanistas del pensamiento de Simón Bolívar” La suprema felicidad social: “A partir de la construcción de una estructura social incluyente, un nuevo modelo social, productivo, humanista y endógeno, se persigue que todos vivamos en similares condiciones rumbo a lo que decía el Libertador: La Suprema Felicidad Social”. Democracia protagónica y revolucionaria: “Para esta nueva fase de la Revolución Bolivariana se consolidará la organización social, de tal manera de transformar su debilidad individual en fuerza colectiva, reforzando la independencia, la libertad y el poder originario del individuo”. Modelo productivo socialista: “Con el fin de lograr trabajo con significado, se buscará la eliminación de su división social, de su estructura jerárquica y de la disyuntiva entre la satisfacción de las necesidades humanas y la producción de riqueza subordinada a la reproducción del capital”. Nueva geopolítica nacional: “La modificación de la estructura socioterritorial de Venezuela persigue la articulación interna del modelo productivo, a través de un desarrollo territorial desconcentrado, definido por ejes integradores, regiones programa, un sistema de ciudades interconectadas y un ambiente sustentable”. Venezuela potencia energética mundial: “El acervo energético del país posibilita una estrategia que combina el uso soberano del recurso con la integración regional y mundial. El petróleo continuará siendo decisivo para la captación de recursos del exterior, la generación de inversiones productivas internas, la satisfacción de las necesidades de energía y la consolidación del Modelo Productivo Socialista”. Nueva geopolítica internacional: “La construcción de un mundo multipolar de nuevos polos de poder que representen el quiebre de la hegemonía unipolar, en la búsqueda de la justicia social, la solidaridad y las garantía de paz, bajo la profundización del diálogo fraterno entre los pueblos, su autodeterminación y el respeto de las libertades de pensamiento”. v. Partidos políticos. Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Partido Comunista de Venezuela (PCV), Patria Para Todos (PPT), Movimiento Armónico Social (MAS), Acción Democrática (AD), Comité de Organización Política Electoral Independiente (COPEI), Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, Proyecto Venezuela, Podemos, Bandera Roja, Voluntad Popular, entre otros. 1.4 Estructura administrativa del sector público Organización administrativa del estado Venezuela se constituye en un Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia. El Poder Público se distribuye entre el Poder Nacional, el Poder Estadal y el Poder Municipal. El Poder Público Nacional se divide en: Legislativo, 2 Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013 Ministerio del Poder Popular para Planificación y Finanzas. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 4 Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Todos los órganos del Poder Público colaboran para alcanzar los fines del Estado. i. Administración pública La administración pública está al servicio de los ciudadanos con sometimiento pleno a la ley y al derecho (Art. 141 CRBV). Está compuesta por la Presidencia de la República y todos los órganos ministeriales. Ministerio de Poder Popular: para Agricultura y Tierras; Alimentación; Ambiente; la Mujer e Igualdad de Género; Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias; Comercio; Comunicación e Información; Cultura; Defensa; Deporte; Despacho de la Presidencia; Educación; Educación Universitaria; las Comunas y Protección Social; Vivienda y Hábitat; Pueblos Indígenas; Relaciones Exteriores; Relaciones Interiores y Justicia; Salud; el Trabajo y Seguridad Social; Turismo; Planificación y Finanzas; Industrias Básicas y Minería; Energía y Petróleo. ii. Banco Central de Venezuela (BCV) Persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia, es el responsable y principal autoridad económica que debe velar por la estabilidad monetaria y de precios del país. iii. Empresas públicas El Estado venezolano cuenta con una variedad de empresas públicas en diversos sectores, tales como: Financiero y de Servicios, Agua Potable y Saneamiento, Energía, Infraestructura, Industria, Comercio, Tecnología y Telecomunicaciones. A continuación se destacan algunas de éstas: Financiero y de servicios: Banco Industrial de Venezuela (BIV), Banco de Venezuela, Banco Bicentenario, Banco Agrícola de Venezuela, C.A., Banco de Comercio Exterior (BANCOEX), Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), Banco de la Mujer (BANMUJER), Banco del Pueblo Soberano (BPS), Banco del Tesoro, Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), Almacenadora Caracas, C.A. Agua potable y saneamiento: Hidrológica de Venezuela (HIDROVEN) (holding hidrológico de las empresas de aguas del Estado) y sus empresas filiales, Sistema Hidráulico Yacambú – Quibor. Energía: Con el objeto de maximizar la eficiencia en el uso y la producción de energía en todo el territorio nacional, en el año 2007 se dicta el Decreto Nº 5.530 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Reorganización del Sector Eléctrico, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38736 de fecha 31/07/2007, y se crea la empresa estatal Corporación Eléctrica Nacional, S.A. – CORPOELEC, la cual está adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo, y cuenta entre sus filiales con las empresas: C.A. de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), Electricidad de Caracas (EDC), CVG Electrificación del Caroní (CVG-EDELCA), Energía Eléctrica de Venezuela, S.A. (ENELVEN), Energía Eléctrica de Barquisimeto, S.A. (ENELBAR). VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 5 Infraestructura: Compañía Anónima Metro de Caracas, Metro Los Teques, Metro de Valencia (VALMETRO), Sistema Ferroviario Nacional Ezequiel Zamora (Tramo Caracas – Tuy Medio), Sistema Ferroviario Nacional Simón Bolívar (Tramo Puerto Cabello – Barquisimeto – Yaritagua – Tacarigua). Industria: Compañía Nacional de Reforestación (CONARE), Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM), Instituto Autónomo Corporación Venezolana Agraria (CVA), Corporación Petroquímica de Venezuela (PEQUIVEN), Corporación Venezolana de Guayana (CVG), Complejo Agroindustrial Azucarero Cojedes, C.A., Complejo Agroindustrial Azucarero Monagas, entre otras. 1.5 Transporte y comunicación i. Telecomunicaciones En materia de telecomunicaciones, el Estado venezolano cuenta con importantes empresas de telefonía fija y móvil; Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) y Movilnet (filial de CANTV). Por el sector privado, están presentes las empresas Movistar y Digitel. ii. Comunicaciones por vía aérea Actualmente, existen en el país más de 74 aeropuertos y pistas de aterrizaje, entre ellos 15 aeropuertos internacionales. Los principales aeropuertos son: Aeropuerto Internacional Simón Bolívar (Maiquetía), Aeropuerto General José Antonio Sucre (Anzoátegui), Aeropuerto Internacional La Chinita (Maracaibo), Aeropuerto Arturo Michelena (Valencia), Aeropuerto Alberto Carnevali (Mérida), Aeropuerto Internacional General Santiago Mariño (Nueva Esparta). Las principales líneas aéreas que prestan servicio de transporte internacional son: Aeropostal http://www.aeropostal.com Air Europa http://www.air-europa.com/ve Air France http://www.airfrance.co.ve Alitalia http://www.alitalia.it American Airlines URL: http://www.aa.com Avianca http://www.avianca.com Avior Airlines http://www.avior.com.ve/ CONVIASA http://www.conviasa.aero LUFTHANSA http://www.lufthansa-venezuela.com Santa Bárbara http://www.sbairlines.com TACA http://www.taca.com United Airlines http://www.unitedvenezuela.com VARIG http://portal.varig.com.br/ve/varig/ iii. Comunicaciones por carretera Las ciudades más importantes de Venezuela se encuentran conectadas mediante una amplia red de carreteras que comprende más de 134.929 Km. de los cuales 34.179 Km. están pavimentados. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 6 Las autopistas y carreteras que cubren el territorio nacional son las arterias viales más utilizadas por los conductores para trasladarse dentro y fuera de la capital. En la ciudad de Caracas la autopista más transitada es la Francisco Fajardo, la cual atraviesa toda la ciudad de este a oeste. Las autopistas más importantes del país son: la Barcelona-Carúpano (Anzoátegui y Sucre); la Caracas-Barcelona (Anzoátegui y Distrito Capital); la Ciudad Bolívar-Puerto Ordaz (Bolívar); la Caracas-Valencia o Regional del Centro (Distrito Capital, Aragua y Carabobo); la Puerto Cabello-Valencia (Carabobo); la Puerto Ordaz-Santa Elena de Uairén (Bolívar) y la José Antonio Páez o de los Llanos (que comunica Cojedes, Portuguesa y Barinas). Las principales carreteras son: la Barcelona-Ciudad Bolívar (Anzoátegui y Bolívar); Chivacoa-Valencia (Carabobo y Yaracuy); Ciudad Bolívar-Puerto Ordaz (Bolívar); Coro-Puerto Cabello (Falcón y Carabobo); Maracaibo-La Fría (Táchira y Zulia); Puerto Cabello-La Fría (Táchira, Mérida, Trujillo, Lara, Yaracuy y Carabobo); Machiques-Maracaibo (Zulia); Maracaibo-Coro (Zulia y Falcón); Paraguaipoa- Maracaibo (Zulia); Paraguaipoa -Paraguachón (Zulia); San Cristóbal-La Fría (Táchira); San Cristóbal-Rubio-Peracal-San Antonio-Ureña (Táchira); San Cristóbal-San Antonio (Táchira y Zulia); y San Cristóbal-Valencia (Táchira, Mérida, Barinas, Portuguesa, Cojedes y Carabobo). iv. Comunicaciones por vía férrea. El Instituto de Ferrocarriles del Estado – IFE, es el ente encargado de ejecutar y regular el Sistema Ferroviario Nacional. Actualmente, se desarrolla el Plan Ferroviario Nacional que contempla una red de aproximadamente 13.665Km. Este Plan fue iniciado durante el año 2006 con la creación del tramo ferroviario Caracas - Tuy Medio y la rehabilitación del tramo Barquisimeto - Yaritagua. Se estima que dicho Plan esté culminado para el año 2030. Por otra parte, vale destacar, la importancia que tiene para las principales ciudades del país la presencia del Sistema Metro como medio de transporte masivo, rápido y seguro. Los trenes más importantes del país son: Metro de Caracas, Metro los Teques, Metro de Valencia (VALMETRO), Metro de Maracaibo, Tren Caracas - Valles del Tuy (cubre la ruta Cúa, Charallave Sur y Charallave Norte), Tren Barquisimeto Puerto Cabello (en la actualidad sólo opera para carga). v. Comunicaciones por mar Venezuela posee 860.000 Km2 de superficie marítima navegable, representada por el mar Caribe, el océano Atlántico. Los puertos más importantes son: Puerto Cabello (estado Carabobo): es el puerto más importante y de mayor valor económico del país, debido a su gran actividad de importación de materias primas para el sector industrial venezolano, que normalmente se trasladan hacia la ciudad de Valencia (capital del estado Carabobo) y otras regiones del país. Puerto de La Guaira (estado Vargas): ubicado a 30 Km. de la ciudad de Caracas es considerado como la puerta de Venezuela por su conexión directa con el océano Atlántico. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 7 Puerto de Maracaibo (estado Zulia): se encarga de transferir, cargar, descargar y realizar servicios a buques o a las carga de los mismos, permite la entrada de buques de hasta 36,0 pies de calado, su ubicación facilita el acceso a los mercados de los países andinos, caribeños, océano Atlántico, Canal de Panamá, Sur de los Estados Unidos y Centroamérica. Otros puertos de importancia: Puerto Pesquero Internacional de Guiria, Puerto Internacional El Guamache, Puerto de Anzoátegui, Puerto Ordaz y Puerto de Guanta. 2. Datos económicos básicos 2.1. Indicadores económicos3. i. Moneda nacional. Bolívar. ii. Tipo de cambio De conformidad con lo publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.584, de fecha 30 de diciembre de 2010 se unifica el tipo de cambio de Bs. 2,60 a Bs. 4,30. Por lo antes expuesto, los sectores sensibles de la economía nacional, tales como: salud, educación, alimentación, remesas al exterior, ciencia y tecnología, así como los sectores de comercio, telecomunicaciones, química, informática, cauchos, plásticos, electrodomésticos, electrónica, construcción, gráfica, tabaco y bebidas, entre otros, quedan con un tipo de cambio de Bs. 4,30 para la exportación e importación de los mismos. iii. Principales indicadores económicos 4 •• Reservas Internacionales (millones (2010) ( 2010) Producto Interno Bruto – PIB preciosUS$) constantes (millones US$) • Crecimiento del PIB (%) (2010) • Inflación (%) (2010) • Población Económicamente Activa (habitantes) (abril 2011) • Tasa de Desempleo (%) (2010) • Deuda Externa Total (millones US$) (III Trimestre 2010) 3 Banco Central de Venezuela – BCV Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela – INE Banco Mundial Comisión Económica para América Latina - CEPAL 4 Banco Central de Venezuela – BCV Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela – INE Banco Mundial Comisión Económica para América Latina - CEPAL VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 30.332 154.820 -1,4 % 27,2% 13.265.822 8 68.884 8 iv. Balanza de pagos. (Ver anexo N° 1) En general se destaca de acuerdo a la información del Banco Central de Venezuela (BCV), las cifras estimadas de la balanza de pagos al cierre del año 2010 muestran un superávit en la cuenta corriente de USD 14.378 millones. En contraste, las transacciones financieras con el resto del mundo arrojaron un saldo deficitario de la cuenta capital y financiera de USD 18.799 millones, lo que generó un saldo global negativo de USD 8.060 millones. Se puede observar en el Anexo 1 el resumen de la balanza de pago un superávit en la cuenta corriente, donde se incrementó en USD 5.817 millones con respecto al año 2009, debido, fundamentalmente, al incremento de las exportaciones petroleras (USD 62.317 millones), las cuales estuvieron favorecidas por la recuperación de los precios internacionales del crudo y sus derivados. Por su parte, las exportaciones no petroleras, estimadas en USD 3.469 millones, registraron un leve incremento de 1,1% con respecto al año 2009. También se destaca, aunque en menor medida, que el saldo positivo de la cuenta corriente fue la disminución de las importaciones de bienes. Las mismas registraron un descenso de aproximadamente el 1%, al ubicarse en USD 38.613 millones. Este comportamiento estuvo influenciado, entre otros aspectos, por los ajustes realizados en el esquema cambiario realizado el 11 de enero de 2010, tales como la devaluación del tipo de cambio oficial y la implementación de un régimen dual, modificaciones que requirieron la adaptación de los sistemas de registros de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) a este nuevo esquema. Con relación a las cifras presentadas del BCV se destaca que son de carácter provisional y serán actualizadas a partir de la incorporación de los resultados definitivos del Sistema de Cuentas Nacionales. v. Reservas de moneda extranjera. 5 (Ver anexo N° 2) En Venezuela la autoridad monetaria que centraliza y administra las reservas internacionales del país es el Banco Central de Venezuela. Es importante destacar que a inicios del año 2010, el Ejecutivo Nacional y conjuntamente con el Banco Central de Venezuela, aprobó la adopción de un esquema de tipo de cambio dual (Bs/USD 2,60 y Bs/USD 4,30), medida que entre otras cosas, permitió diferenciar la demanda de divisas de origen prioritario de aquellas destinadas a otros fines. Otra medida de importancia fue la suspensión del mercado de compra-venta de títulos públicos denominados en moneda extranjera, a los fines de evitar movimientos especulativos y efectos inflacionarios. Adicionalmente, vale destacar el diseño y aplicación del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (Sitme), el cual consiste en la compra-venta de títulos de deuda pública, que posteriormente son liquidados en 5 Banco Central de Venezuela – BCV VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 9 el mercado secundario internacional, y viene a constituirse en complemento a la oferta de divisas en Venezuela. El monto nominal total negociado en el Sitme alcanzó USD 5.080,42 millones en el período comprendido entre junio y diciembre, a un tipo de cambio implícito promedio ponderado de Bs./USD 5,30. Finalmente, los ingresos del sector petrolero, contribuyeron significativamente al saldo positivo de la cuenta corriente en 2010 en comparación con el año previo (USD 14.378 millones frente a USD 8.561 millones), lo que permitió que las reservas internacionales brutas cerraran en el año 2010 con cifras de USD 29.500 millones. vi. Sistema financiero y bancario. 6 En el sistema financiero venezolano destacan los siguientes aspectos: Primacía del sector bancario como mecanismo de financiamiento. Financiamiento del modelo de industrialización para la sustitución de importaciones. Banca Universal. Participación de la inversión extranjera en el sector. A partir de la promulgación de la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional (OSFIN), publicada en Gaceta Oficial N° 39.447 de fecha 16/06/2010, el sistema financiero venezolano toma una nueva orientación. El instrumento legislativo delimita las funciones y negocios de los grupos financiero, estableciendo que los bancos nacionales no podrán cumplir funciones de aseguradoras y del mercado de valores, así como tampoco el sector asegurador podrá cumplir las responsabilidades bancarias. Aunado a lo antes expuesto, durante el año 2010 se registraron procesos administrativos de liquidación e intervención de entidades bancarias, casas de bolsa y sociedades de corretaje, resultando en nueve (9) instituciones liquidadas y dos fusionadas, una con el Banco de Venezuela y otra con el Banco Bicentenario. De esta manera, el sector bancario nacional pasó de estar conformado por cincuenta y cuatro (54) entidades bancarias en el año 2009 a cuarenta y dos (42) en el año 2010 como consecuencia de la disminución de la banca de capital privado. A finales del año 2010 se promulgó la Ley de Instituciones del Sector Bancario, cuya finalidad es supervisar, vigilar y regular las instituciones que operan en el sector bancario, garantizando la confiabilidad y sustentabilidad del sistema. A continuación cuadro comparativo de la estructura del sistema bancario de Venezuela período 2009-2010. 6 Banco Central de Venezuela - BCV VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 10 SISTEMA BANCARIO 7 NÚMEROS DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS SUBSISTEMA Privadas Del Estado Total 2010 2009 2010 2009 2010 2009 Banca Universal 17 18 4 4 21 22 Banca Comercial 7 7 11 Banca con Leyes Especiales - 11 - 5 4 5 4 Banca de desarrollo 4 6 1 1 5 7 Banco de inversión 1 3 1 1 2 4 Banca hipotecaria 1 Empresas de arrendamiento financiero - - Entidades de ahorro y préstamo 1 Fondos del mercado monetario 1 2 - 1 1 - 1 1 1 2 2 TOTAL 30 vi. - 43 2 12 11 42 54 Sistema fiscal. Por mandato constitucional, el sistema tributario del país, tiene como fin la justa distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica de los contribuyentes, sustentándose para ello en un sistema eficiente de recaudación de tributos. La administración tributaria nacional goza de autonomía técnica, funcional y financiera y está a cargo del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria – SENIAT. Durante el año 2010, el impulso de la política fiscal de la nación, se evidenció a través de la implementación de medidas de aumento de la recaudación de ingresos fiscales petroleros y del gasto acordado por el Gobierno Central. Los principales tributos existentes en la nación son: El Impuesto sobre la Renta (ISLR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en 12%, el Impuesto sobre la producción e importación de alcohol etílico y especies alcohólicas, el Impuesto sobre cigarros, tabaco y picaduras para fumar destinados al consumo del país. Además del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto de la Renta 7 Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario - SUDEBAN VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 11 Nacional de Fósforos, el Impuesto Municipal de Industria y Comercio, así como los llamados Impuestos sobre la nómina o parafiscales (INCE, Paro Forzoso, Política Habitacional, Pensiones, entre otros), que son deducciones que se les hace tanto a los trabajadores como a los empleadores, y que los empresarios deben pagar al organismo competente que recauda estos tributos. viii. Síntesis económica. Históricamente, la economía venezolana, se ha fundamentado en el aprovechamiento de recursos naturales; mineros, agropecuarios, pesqueros y forestales, pero muy especialmente de los hidrocarburos. En este sentido, la actividad económica se basa principalmente en la explotación de petróleo y gas natural, así como en la transformación de sus derivados. Los enormes ingresos petroleros permiten mantener una amplia y diversificada gama de importaciones. No obstante, la dependencia de la renta petrolera ha resultado en la vulnerabilidad de la estabilidad económica del país, como consecuencia de las fluctuaciones de los precios del petróleo en el mercado internacional. En tal sentido, durante los últimos años el Estado ha impulsado el desarrollo endógeno, el cual tiene como norte la diversificación productiva y de las exportaciones nacionales, a través del diseño y puesta en marcha de nuevos modelos productivos y de programas de apoyo técnico y financiero por parte del gobierno central para incentivar la actividad productiva en todo el territorio nacional, con especial atención a las Empresas de Producción Social (EPS), Pequeña y Mediana Industria (PyMI’s) y Cooperativas. ix. Principales sectores económicos. Agricultura. En las tierras agrícolas venezolanas se producen múltiples variedades vegetales, destinadas tanto al consumo interno como a la exportación. En los últimos años, el gobierno bolivariano ha impulsado la producción cerealera especialmente de los rubros: maíz y arroz, mediante el otorgamiento de créditos, insumos y maquinarias.8 Entre los granos leguminosos es importante la producción de caraotas y frijoles. Es fundamental la producción de raíces y tubérculos como: yuca, papa, ocumo, ñame y apio, siendo menores las de batata y mapuey. En la producción de plantas textiles y oleaginosas destacan cocos, palma aceitera, algodón en rama, sisal, girasol y ajonjolí. Entre las producciones de frutas destacan: cambur, plátano, naranja, piña, patilla, mango, lechosa, aguacate, melón y otras frutas tropicales. En la amplia producción de hortalizas destacan el ajo, berenjena, cebolla, pepino, pimentón, remolacha, repollo, tomate, zanahoria y otras, sobresaliendo las producidas en los estados: Lara, Trujillo y Mérida. Los cultivos comerciales más importantes son la caña de azúcar, café, cacao y el tabaco. El Gobierno Bolivariano conjuntamente con el Instituto Nacional de Innovación Agrícola (INIA) ha venido promoviendo el desarrollo de proyectos estratégicos 8 Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas - INIA VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 12 para la agricultura tales como El Plan Nacional de Agricultura Familiar, Indígena, Campesina, Urbana y Periurbana (AFICUP), Innovación Tecnológica de GPS para el impulso agroalimentario en la Nación, “Casas de Cultivos Protegidos” para la construcción de un total de 738 casas en todo el país y técnicas de injerto en frutales “Todas las Manos a la Siembra”. 9 Durante el año 2010 y en aras de garantizar la seguridad alimentaria se creó la Corporación Venezolana de Alimentos (CVAL), que tiene entre sus objetivos la producción, industrialización, distribución e intercambio de productos alimenticios, así como la fabricación, compra, venta, comercialización y almacenamiento de productos agrícolas. Ganadería. Durante los últimos años el país ha experimentado mejoras en los rendimientos de diversos tipos de ganadería. La ganadería de carne cuenta con especies de ganado Brahman, Cebú y Santa Gertrudis, mientras que la ganadería de leche cuenta entre sus especies más productivas Carora, Pardo, Suizo y Holstein Jersey. La ganadería porcina está en plena expansión, habiéndose reemplazado las especies criollas por razas más productivas, como Poland, Yorkshire, Landrace, Hempshire y otras. 10 Avicultura. Durante los últimos años, en Venezuela se ha consolidado la expansión y modernización de la avicultura nacional, lográndose un mayor aprovechamiento de productos como carne y huevos, además de fortalecerse la crianza tecnificada de pavos, especialmente en el estado Vargas. 11 Pesca. Los valiosos recursos pesqueros en Venezuela incluyen una extensa variedad de vida marina. La más importante es la pesca de gamba, seguida por atún y sardinas. Las áreas de pesca más importantes se localizan fuera de la Isla Margarita. Minería. El territorio nacional posee una gran variedad de yacimientos minerales metálicos y no metálicos. Dentro de los minerales metálicos se encuentran: aluminio (Bauxita), níquel, hierro, oro, plata, plomo, zinc, mercurio, entre otros. Los no metálicos están conformados por: calcio, magnesio, manganeso, diamante, caolín, arenas, fosfato, sal, yeso y talco, entre otros. La mayoría de éstos recursos minerales se localizan en el Escudo de Guayana, específicamente los yacimientos de: aluminio, hierro, caolín, oro, manganeso, diamante y barita, en otras zonas ubicadas al norte del país existen depósitos de carbón, cobre, níquel y arenas, entre otros. Estos recursos minerales constituyen la principal fuente para el desarrollo de la industria venezolana. Petróleo. Venezuela posee las reservas de hidrocarburos más grandes del hemisferio occidental, las cuales representan aproximadamente la mitad de las reservas de la región y según información publicada por la Organización Mundial del Comercio (OMC) posicionan al país en el quinto lugar en reservas probadas a nivel mundial. Al añadir las reservas de crudo pesado de la Faja Petrolífera del Orinoco, el país pasa al primer lugar en existencias petroleras en todo el planeta. 9 Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas - INIA 10 Gobierno en Línea. 11 Gobierno en Línea. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 13 Venezuela es un país que basa su economía en la explotación petrolera, industria nacionalizada en 1976 y gestionada por la empresa Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA). Para el año 2009, esta empresa reporta una producción fiscalizada total 3.012 miles de barriles diarios de crudo.12 El país tiene además recursos de gas natural en el Zulia y en la región nororiental. De gran importancia para su utilización es el complejo criogénico de oriente, integrado por una planta de extracción y una planta de fraccionamiento. Según cifras publicadas por PDVSA, las reservas de gas natural ascienden a 147 billones de pies cúbicos. 13 Petróleo y gas natural, junto a roca fosfática, sal, azufre, y otros productos, son materia prima para el Complejo Petroquímico Ana María Campos (antiguo complejo El Tablazo) en el estado Zulia, el Complejo Petroquímico Morón en Carabobo y el Complejo Petroquímico José Antonio Anzoátegui en el estado Anzoátegui, en ellos se desenvuelve con capital estatal, mixto y privado nacional e internacional, una importante producción de fertilizantes, explosivos, productos químicos básicos y plásticos. Industria. Las principales industrias son: refinación de petróleo, petroquímica, acero, aluminio, cemento, materiales de construcción, textiles, cervecería, procesamiento de alimentos, fertilizantes, neumáticos, autopartes, vehículos, telecomunicaciones, alimentos, bebidas, ropa y calzado. El acero y el aluminio ocupan ventajosa posición para contribuir al desarrollo económico venezolano, al contar el país con magníficas condiciones competitivas en la extracción del hierro y la bauxita, y para su procesamiento en materia prima básica por el apoyo de recursos hidroeléctricos, carboníferos, calizas, arenas silíceas, agua y gas natural. La cuantía y calidad de sus reservas se redobla por su accesibilidad geográfica por el corredor fluvial del Orinoco. El mineral de hierro, es destinado a la industrialización del país. Se producen ferrosilicio y silicio metálico destinados mayoritariamente a la exportación, y briquetas de hierro. Existe explotación de bauxita para luego ser transformada en alúmina y en ánodos que constituyen materia prima para las empresas productoras de aluminio. Turismo. Venezuela se perfila como uno de los más prometedores destinos turísticos en la región del Caribe con una gran potencialidad de desarrollo y atractivos naturales, gracias a su diversidad geográfica, lo que permite organizar productos turísticos que combinen llanos, playas, selvas y montañas; además de una riqueza cultural expresada en numerosas manifestaciones, artísticas e intelectuales. El país posee además una sólida infraestructura de servicios que propicia en gran medida el desarrollo del turismo, facilitando el acceso y permanencia del visitante. 12 Petróleos de Venezuela , S.A. - PDVSA 13 Petróleos de Venezuela , S.A. - PDVSA VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 14 En este sentido, el Estado venezolano promueve políticas que facilitan la inversión nacional y extranjera en proyectos turísticos y desarrollos hoteleros, en aras de ampliar esta oferta. Energía eléctrica. Gran parte de la electricidad se genera a través de sistemas hidroeléctricos, principalmente en la Represa de Guri, en el Río Caroní. Según declaraciones del Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica, Alí Rodríguez Araque, para finales del año 2011 se aspira que se encuentren instalados más de 4 mil megavatios en todo el país, para lo cual la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec) aportará 1.598 megavatios de energía eléctrica; Petróleos de Venezuela generará otros 800 megavatios y 175 que producirá el Ministerio del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería. 14 El Gobierno Bolivariano tiene planes para instalar en el país generadores de electricidad movidos por el viento con una capacidad de 10.000 megavatios en un plazo de 15 años. Así como también potenciar el uso de la energía solar, teniendo en cuenta que Venezuela está situada en el trópico y cuenta con un importante número de horas de sol al año. La instalación de células fotovoltaicas no solo permitirá que zonas aisladas dispongan de electricidad sino también sustituir los calentadores de agua eléctricos o a gas por otros de energía solar. x. Coyuntura económica actual. De acuerdo al Informe del Banco Central de Venezuela, en el año 2010 los resultados de la economía venezolana fueron favorables, el Producto Interno Bruto registró un decrecimiento de 1,4% del PIB, cifra ligeramente inferior al retroceso de 3.3% de 2009. Efectos climáticos adversos impactaron considerablemente en la producción de bienes agrícolas, y fueron determinantes en la tasa de inflación registrada durante ese año. El Ejecutivo Nacional realizó grandes esfuerzos en la armonización de la política económica. En este sentido, fueron aprobadas medidas en el ámbito real, monetario, financiero y cambiario, con el propósito de asegurar la oferta de bienes y servicios, y preservar la estabilidad del sistema nacional de pagos. Todo esto aunado a la implementación de proyectos orientados a incrementar la participación del Estado en actividades consideradas estratégicas para el desarrollo del país. Así, las políticas socioeconómicas empleadas por el gobierno nacional para garantizar el desarrollo humano integral y mantener el nivel de actividad productiva y empleo, han permitido enfrentar los embates de la crisis financiera global. Aunado a lo antes expuesto, la política financiera nacional continúa favoreciendo el direccionamiento del crédito público a sectores estratégicos, especialmente al sector agrario e industrial. Con respecto a la renta petrolera, la cotización del barril de petróleo para el 2010 rozó la barrera de los 90 Dólares y acumuló un crecimiento anual de 9,71% respecto al año 2009, marcando un precio de 89,35 Dólares por barril. 14 Agencia Venezolana de Noticias. Publicación del 23/05/2011 VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 15 En el sector externo, el nivel de las reservas internacionales brutas durante del país durante el año 2010 se ubicó en USD 30.332 millones, de los cuales USD 832 millones corresponden al Fondo de Estabilización Macroeconómica (FEM). Destaca el crecimiento de las exportaciones petroleras (15,0%) y, en menor medida, de las exportaciones no petroleras (2,2%). En materia de importación de bienes, también se registró un leve incremento. Finalmente, ante la crisis que ha afectado al comercio mundial, los retos de integración regional han adquirido mayor relevancia. Venezuela persiste en el diseño de una política exterior orientada a la diversificación y mantiene las iniciativas que tienden a fortalecer la alianza con países de Suramérica, Centroamérica y el Caribe, tanto en la esfera real de la economía como en la financiera, al fundamentarse en la propuesta de integración para alcanzar la constitución de un bloque con mayor poder de negociación en la economía mundial. La perspectivas para el 2011 vislumbran una significativa expansión del PIB, caracterizado entre otras razones, por la reactivación y crecimiento del aparato productivo y de la actividad comercial. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 16 Parte II- Información Comercial y de Inversión 1. Comercio exterior del país 1.2. Acuerdos comerciales suscritos Resumen de Acuerdos Acuerdos Multilaterales Acuerdos Regionales Uniones Aduaneras OMC ALADI Comunidad Andina Miembro - 1o. de enero de 1995 Miembro - 12 de agosto Suscripción: 26 de mayo de 1969. de 1980 Ingreso de Venezuela al Acuerdo de Cartagena: 13 de febrero de 1973. Publicación: Gaceta Oficial Nº 33.958 del 04 de mayo de 1982. Denuncia: 22 de abril de 2006. El 18 de Abril de 2011 se publica en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.022 los Acuerdos firmados por Venezuela con los países de la CAN: • • • • Estado Plurinacional de Bolivia. Decreto N° 8.159 República del Ecuador. Decreto N° 8.162 República de Colombia. Decreto N° 8.160 República del Perú. Decreto N° 8.161 Estos decretos establecen que a partir del 23 de abril de 2011 y durante un lapso de noventa (90) días continuos, las importaciones de bienes procedentes de dichos países, se regirá por lo establecido en el artículo 8 del Decreto N° 3.679, del 30 de mayo de 2005, mediante el cual se establece el Arancel de Aduanas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.774 Extraordinario, de fecha 28 de junio de 2005. El tratamiento preferencial por derechos de importación será de carácter recíproco. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 17 Acuerdos de Complementación Económica, Alcance Parcial y Libre Comercio e Intercambio Preferencial Venezuela – Chile Acuerdo de Complementación Económica No. 23 Suscripción: 13.06.1994 Publicación: Gaceta Oficial Nº 4.833 Extraordinario del 29 de diciembre de 1994 Venezuela - Costa Rica Acuerdo de Alcance Parcial No. 26 Suscripción: 21.03.86 Publicación: Gaceta Oficial del 09.07.86 Nº 3.899 Venezuela – Cuba Acuerdo de Complementación Económica No. 40 Suscripción: 27.08.99 Publicación: Gaceta Oficial del 28.07.01 Resolución Conjunta Nº9/2008 del Ministerio de Comercio Exterior, y el Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba, en el cual se extienden las preferencias negociadas en el AAP.CE Nº 40, y se acuerda conceder el 100% de preferencias del universo arancelario a los productos originarios de Venezuela. Venezuela – El Salvador Acuerdo de Alcance Parcial No. 27 Suscripción: 10.03.86 Publicación: Gaceta Oficial Extraordinaria del 09.07.86 Nº 3.839 Venezuela - Guatemala Acuerdo de Alcance Parcial No. 23 Suscripción: 30.10.85 Publicación: Gaceta Oficial del 06.02.86 Nº 33.406 Venezuela - Guyana Acuerdo de Alcance Parcial Suscripción: 27.10.90 Publicación: Gaceta Oficial del 22.10.91 Nº 4.331 Venezuela - Honduras Acuerdo de Alcance Parcial No. 16 Suscripción: 20.02.86 Publicación: Gaceta Oficial del 14. 05.86 Nº 33.469 Venezuela – Nicaragua Acuerdo de Alcance Parcial No. 25 Suscripción: 15.08.1986 Publicación: Gaceta Oficial del 26.02.92 Nº 4.390 Venezuela - Trinidad y Tobago Acuerdo de Alcance Parcial No. 20 Suscripción: 14.08.89 Publicación: Gaceta Oficial del 31.08.89 N° 34.295 Venezuela, Colombia y Ecuador - MERCOSUR Acuerdo de Complementación Económica No. 59 Fecha de Firma: 18 de octubre de 2004 Publicación: Decreto Nº 3.340 de 20/12/2004 VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 18 Acuerdos Preferenciales Venezuela – CARICOM Suscripción: 13.10.92 Publicación: Gaceta Oficial del 30.12.92 Nº 4.508 Acuerdos Generales de Asociación y Cooperación. Sistema Generalizado de Preferencias El Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) es un esquema promovido por los países desarrollados, a través del cual éstos otorgan concesiones comerciales (totales o parciales) a los países en vías de desarrollo. Este sistema permite a los países en vías de desarrollo exportar a los países desarrollados mediante derechos preferenciales, y estos son otorgados siempre y cuando los países beneficiarios, se adhieran a los acuerdos internacionales sobre protección medioambiental, lucha contra el narcotráfico, entre otros aspectos. SGP Estados Unidos de América SGP Japón SGP Unión Europea En la actualidad, Venezuela se encuentra suspendida temporalmente del beneficio del SGP-UE para los años 2009 al 2011, debido al retraso del Estado venezolano en la ratificación la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción (requisito indispensable para ser beneficiario del incentivo arancelario concedido por la UE). Hasta tanto sea ratificada la citada Convención, las importaciones en la UE de bienes originarios de Venezuela queda sujeta al pago de aranceles según la cláusula de la Nación más Favorecida. 1.2. Intercambio comercial Venezuela – Mundo 15 Durante el período 2006 – 2010 el intercambio comercial entre Venezuela y sus diferentes socios comerciales en el mundo, registró un promedio anual de USD 43.547 millones. Las exportaciones registraron un monto promedio anual de USD 4.558 millones, mientras que las importaciones alcanzaron los USD 38.989 millones. Con respecto al saldo en la balanza comercial, se observa que resulta ser deficitario para Venezuela en todos los años analizados. En general, el comportamiento del intercambio comercial entre Venezuela y el mundo, se ha caracterizado por presentar una tendencia creciente para el período comprendido entre los años 2006 al 2008, mientras que a partir de 2009 esta tendencia se invierte al registrarse un retroceso que continúa hasta el último año del período estudiado (2010). Al analizar las cifras transadas entre Venezuela y sus socios comerciales se hace evidente que la cifra máxima se ubica en el año 2008, logrando superar los USD 52.899 millones, mientras que la mínima fue de USD 34.834 millones y se registra en el año 2010. 15 Instituto Nacional de Estadística de Venezuela – INE Procesado por Bancoex/GIC VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 19 Por su parte, en la composición del intercambio comercial, se observa que en promedio, entre los años 2006 y 2010, un 10% esta constituido por las exportaciones no petroleras, mientras que el 90% restante lo conforman las importaciones. Intercambio comercial Venezuela – Mundo Período 2006 – 2010 (Expresado en Dólares) 1.2.1 i. Exportaciones. 16 Análisis de las exportaciones no petroleras. (Período 2006-2010) Las exportaciones venezolanas no petroleras registraron un monto promedio anual durante el período estudiado de USD 4.558 millones. Para el cierre del año 2010, la colocación de bienes nacionales en el extranjero, logró un crecimiento de 29% con respecto a la cifra registrada el año anterior (2009), caracterizándose por presentar un patrón decreciente al registrar una variación promedio negativa de 18% entre los años 2006 y 2010. No obstante, vale destacar que entre los años 2008 y 2010 se registran variaciones positivas. Exportaciones no petroleras Venezuela – Mundo Período 2006 – 2010 (Miles de USD) 16 Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela – INE Procesado por Bancoex/GIC VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 20 ii. Principales sectores económicos exportadores. En promedio, entre los años 2006 y 2010 los metales comunes y sus manufacturas representaron el sector con mayor demanda en las ventas venezolanas hacia mundo al abarcar el 49% de participación. Posteriormente y con porcentajes promedio inferiores, se ubican los, productos químicos (17%), productos minerales (11%), material de transporte (9%), material eléctrico (4%), plástico y sus manufacturas (3%) entre otros. iii. Principales productos exportados Por su parte, los productos mayormente exportados durante el período 2006 2010 se resumen en: productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro (10%), aluminio sin alear (10%), hulla bituminosa (5%), aleaciones de aluminio (4%), mineral de hierro y sus concentrados (4%), ferroníquel (4%), metanol (3%), oxido de aluminio (3%), Urea (2%), entre otros. iv. Principales socios comerciales de exportación. En lo que respecta a los principales países destinos de las exportaciones venezolanas, se observa que Estados Unidos ocupa el primer lugar al abarcar el 25% de participación promedio entre los años 2006 y 2010, seguido de Colombia (17%), México (8%), Holanda (5%), China (5%), Ecuador (3%), Brasil (3%), España (3%), entre otros países. Exportaciones Venezuela – Mundo Principales países destino Período 2006 – 2010 VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 21 1.2.2 Importaciones. 17 i. Análisis de las importaciones generales. (Período 2006- 2010) Las importaciones registraron un monto promedio anual entre los años 2006 y 2010 de USD 38.989 millones. En general, el comportamiento de las cifras correspondientes a la compra venezolanas de bienes provenientes del mundo, presentó un patrón que guarda gran similitud con el presente en el intercambio comercial. Esta particularidad obedece a la alta participación de los importes en los valores transados por Venezuela y naciones foráneas. La cifra máxima importada se registra en el año 2008, logrando superar los USD 47.283 millones, mientras que la mínima se ubica en 2010 registrando un valor ligeramente superior a los USD 32.347 millones. Importaciones Venezuela – Mundo Período 2006– 2010 (Miles de USD) ii. Principales sectores económicos importadores. Durante el período comprendido entre los años 2006 y 2010, el sector con mayor participación dentro de las importaciones estuvo representado por: material eléctrico (31%), seguido de productos químicos (13%), material de transporte (11%), agrícola y vegetal (8%), metales comunes y sus manufacturas (6%), materias textiles, calzados y sus manufacturas (6%), manufacturas diversas (5%), industrias alimenticias (5%), plástico y sus manufacturas (4%), papel y cartón (3%). La suma del resto de los sectores solo cubre el 5% del total de las importaciones venezolanas realizadas desde el mundo. 17 Instituto Nacional de Estadísticas – INE Procesado por: BANCOEX VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 22 iii. Principales productos importados. Con relación a los productos mayormente importados durante el período 2006 2010, se encuentran: teléfonos celulares (4%), vehículos automóviles (3%), medicamentos (2%), bovinos vivos (1%), tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (1%). La baja denominación de los porcentajes de participación hacen evidente la gran variedad de productos adquiridos por nuestra nación desde los diferentes países del mundo. iv. Principales socios comerciales de importación. En cuanto a los principales países de origen de las importaciones venezolanas, se observa que Estados Unidos ocupa el primer lugar al abarcar el 37% de participación promedio entre los años 2006 al 2010, seguido de Colombia (15%), China (13%), Brasil (13%), entre otros países. Importaciones Venezuela – Mundo Principales países de origen Período 2006 – 2010 VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 23 2. Régimen de comercio exterior en Venezuela 2.1. Régimen de importación i Documentos básicos de importación. Declaración de aduanas. Factura comercial definitiva. Documento de transporte. Los demás documentos exigibles legalmente, según el tipo de mercancía de que se trate. ii Régimen legal de clasificación arancelaria El Régimen legal (general y andino), codifica e identifica los requisitos necesarios para la importación, consistentes en permisos exigidos por razones sanitarias, ambientales, de seguridad pública y defensa; los cuales se ajusta a la siguiente codificación: Régimen Legal 1: Prohibida importación. Régimen Legal 2: Importación reservada al Ejecutivo Nacional. Régimen Legal 3: Protección Social. Permiso del Ministerio del Poder Popular para la Salud y Régimen Legal 4: Permiso del Ministerio del Poder Régimen Legal 5: Certificado Sanitario del País de Origen. Popular el Comercio. Régimen Legal 6: Permiso Sanitario del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras. Régimen Legal 7: Defensa. Permiso del Ministerio del Poder Popular para la Régimen Legal 818: Licencia de Importación administradas por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación. Régimen Legal 9: Licencia de Importación administradas por el Ministerio del Poder Popular el Comercio. Régimen Legal 10: Ambiente. Permiso del Ministerio del Poder Popular para el Régimen Legal 11: y Petróleo. Permiso del Ministerio del Poder Popular para la Energía Régimen Legal 12: Registro Sanitario expedido por el Ministerio del Poder Popular para la Salud y Protección Social. Régimen Legal 13: Registro Sanitario expedido por el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras. Régimen Legal 14: Permiso del Ministerio el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación. Régimen Legal 15: Permiso del Ministerio del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería. 18 Arancel de Aduana. Capitulo V. DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA, DE SUS IMPUESTOS Y DE SU REGIMEN LEGAL. Artículo 25. Las Licencias de importación establecidas mediante Régimen legal 8, serán aplicables a las mercancías que ingresen a las zonas, puertos o almacenes libres o francos o almacenes aduaneros in bond, o zonas que apliquen a regímenes territoriales especiales. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 24 Adicionalmente, es importante destacar la exigencia de los siguientes requisitos a saber: Licencias de importación. Requisitos exigidos por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación para garantizar la seguridad alimentaria y proteger al consumidor, e incentivar la producción nacional la solicitud de licencias de importación a los Importadores de Materia de Prima en los Productos y Subproductos de Cadena de Oleaginosas, Lácteos, Azúcar y Cereales. Por otra parte, la importación de bienes del sector automotriz a partir del 1 de enero del 2008 también está sujeta al requisito de licencia para importar, a objeto de tener un control de dicho sector. La licencia de importación automotriz es emitida por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio. Certificados de no producción o producción insuficiente. Requisito exigido por el Ejecutivo Nacional a la importación de aquellos rubros que aún cuando no han sido declarados prioritarios para el país, no son producidos en el territorio nacional, o la producción de los mismos no es suficiente para abastecer la demanda interna. Gaceta Oficial Nº 39.345 de fecha 13/01/2010. Resolución conjunta Nº DM/2580, DM-004, DM-001, DM-002/10, DM-021/2010, DM-004, DM-014 y DM-002/10 de los Ministerios del Poder Popular para Economía y Finanzas, para el Comercio, para las Industrias Básicas y Minería, para la Agricultura y Tierras, para la Salud, para la Energía y Petróleo, para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, y para la Alimentación, mediante la cual la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), determina los bienes que requieren y los que no requieren el Certificado de Insuficiencia o Certificado de no Producción Nacional para el otorgamiento de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD), previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa cambiaria vigente. Artículo 2: “Toda persona natural o jurídica que requiera Autorización de Adquisición de Divisas (AAD,) para importar bienes contenidos en la lista Nº 2 deberá realizar la respectiva solicitud del Certificado de Insuficiencia o Certificado de No Producción Nacional, debidamente motivada ante el Ministerio del Poder Popular con competencia en la emisión del Certificado, el cual se pronunciará sobre la misma, una vez cumplidos los procedimientos de evaluación y análisis correspondientes”: iii Derechos arancelarios. Arancel de aduanas. El arancel de aduanas, publicado mediante Decreto N° 3.679, de fecha 30 de mayo de 2005, establece que las mercancías importadas están gravadas con derechos ad-valorem, específicos y mixtos (ad-valorem y específicos). La tasa impositiva ad-valorem varía entre el 0% y el 40%. Tasas de almacenaje. Con base en lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas, Título II De Las Tasas, Capítulo I, las Tasas de Almacenaje que los usuarios de los almacenes, patios y demás dependencias adscritas a las aduanas desde el vencimiento del plazo legal previsto (5 días hábiles), pagarán oscilará entre el 2% y el 20% de acuerdo a los días de permanencia en dichos almacenes. Sin embargo, cabe destacar que actualmente en Venezuela la empresa Bolivariana de Puertos BOLIPUERTOS, S.A. es la encargada de administrar las tasas por servicios portuarios. http://www.bolipuertos.gob.ve VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 25 Tasas por servicios de aduana. El Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas establece que los usuarios de estos servicios pagarán la siguiente tasa; 1% advalorem, por las mercancías que se introduzcan por vía marítima, aérea o terrestre; y 2% ad-valorem por las mercancías que se introduzcan por vía de bultos postales. Las exportaciones están exentas de la tasa por servicios de aduanas. iv Disposiciones aduaneras especiales Disposiciones preliminares que regulan las operaciones aduaneras. El Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas contempla las operaciones aduaneras; importaciones y exportaciones como las operaciones principales, entre los artículos 96 al 107 de la referida ley se señalan las características principales de estas operaciones y los procedimientos que son requeridos para realizar las mismas. Así mismo, en el Reglamento de la LOA se encuentran detalladas las normas vinculadas la reimportación de mercancías; una de las operaciones aduaneras derivadas o accesorias, expresada entre los artículos 108 a 112, estableciendo de igual forma los mecanismos para gozar de los beneficios establecidos en Ley. La reexportación, operación aduanera considerada derivada o accesoria esta contemplada en los artículos del 113 al 115, identificando los requisitos que debe cumplir el interesado para realizar dicha operación. Entre los artículos 117 al 129 se establecen las disposiciones legales sobre el tránsito aduanero, entendiendo por este el régimen aplicable a las mercancías transportadas de una oficina aduanera a otra, bajo control aduanero. Regímenes aduaneros especiales a) Regímenes suspensivos o destinaciones suspensivas: a.1) Admisión temporal. Régimen que permite introducir mercancías al Territorio Aduanero Nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros recargos o impuestos adicionales que le fueren aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna. Está regulada en los artículos 95 al 101 de la Ley Orgánica de Aduanas y artículos 19 al 37 del Reglamento sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y Otros Regímenes Aduaneros Especiales. a.2) Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo (ATPA). Es el régimen que permite la introducción de mercancías extranjeras: materias primas, partes y piezas al país (exceptuando los lubricantes y combustibles), con suspensión del pago de los derechos de importación, para ser reexpedidas después de haber sufrido transformación, combinación, mezcla, rehabilitación, reparación o ensamblaje. Este régimen está regulado por los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica de Aduanas, 19 al 30 y 42 al 55 de su Reglamento sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales. Es un régimen dirigido al exportador habitual, que sólo podrá ser utilizado por personas jurídicas domiciliadas en el país. a.3) Depósitos temporales. Régimen mediante el cual las mercancías objeto de operaciones aduaneras son depositadas provisionalmente, en recintos cerrados, silos, áreas cercadas o delimitadas, ubicadas dentro de las zonas primarias de las aduanas, o en espacios geográficos próximos a las Oficinas Aduaneras. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 26 a.4) Depósitos aduaneros (In Bond). Régimen especial que permite llevar las mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, a un depósito, bajo control y potestad de la aduana, sin estar sujetas al pago de impuestos de importación y tasa por servicios de aduana, para su venta en los mercados nacionales e internacionales, previo cumplimiento de los requisitos legales. El plazo máximo para que las mercancías permanezcan bajo este régimen, será de un (1) año contado a partir de la fecha de ingreso de la mercancía depósito. a.5) Almacenes generales de depósito. Regidos por su propia Ley; publicada en Gaceta Oficial N° 19.105 de fecha 07 de noviembre de 1.936, Ley de Almacenes Generales y Depósitos. Estos almacenes son los únicos que expiden Certificados de Depósito y Bonos de Prenda, para demostrar la propiedad de las mercancías almacenadas, y que tienen efectos de títulos de crédito. b) Regímenes especiales territoriales: b.1) Puertos libres. Son áreas segregadas de un espacio territorial determinado, sometidas a un régimen aduanero y tributario preferencial para estimular y favorecer su desarrollo socio-económico integral. Actualmente la República Bolivariana de Venezuela cuenta con dos Puertos Libres en funcionamiento: Puerto libre de Santa Elena de Uairén. Ubicado en la población de Santa Elena de Uairén, capital del Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar y ciudad fronteriza con la República Federativa del Brasil. El territorio que ocupa dicho puerto libre, se encuentra delimitado en el decreto de creación numerado 3.112, de fecha 16 de diciembre de 1998 y publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.288 Extraordinario, de fecha 13 de enero de 1999. Bajo este régimen se pueden efectuar todas las operaciones aduaneras contempladas en la Ley Orgánica de Aduanas y sus reglamentos, bajo la potestad y control de la Aduana de Santa Elena de Uairén. Igualmente en ese territorio, las mercancías pueden someterse a todos los regímenes aduaneros especiales previstos en los mismos instrumentos normativos. A través del régimen de puerto libre, podrán ingresar al territorio de Santa Elena de Uairén todas las mercancías comercializables, indistintamente de su origen y procedencia, con excepción de los vehículos, naves y aeronaves, y de aquellas que, por razones de sanidad, salubridad, defensa y seguridad social, establezca el Arancel de Aduanas. Las mercancías que ingresen bajo el régimen de puerto libre no causarán el pago de impuestos de importación, pero estarán sujetas al pago de la tasa por servicios de aduana (1% ad valorem); así como tampoco estarán sujetas al pago de impuestos internos, siempre que sean despachadas a consumo en el puerto libre. Los efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros procedentes del Puerto Libre de Santa Elena de Uairén, estarán libres del pago de gravámenes aduaneros, siempre que en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional equivalente a un mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América ($1.500,00). Si el pasajero pretende introducir efectos nuevos cuyo valor sea superior al indicado, deberá pagar una tarifa única del 20% ad valorem sobre el excedente, y cumplir con las restricciones aduaneras respectivas. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 27 Puerto libre del Estado Nueva Esparta. Ubicado en el Estado Nueva Esparta y comprende las Islas de Margarita y Coche, de acuerdo a la Ley del Puerto Libre del Estado Nueva Esparta, de fecha 03 de agosto de 2000, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.006 de la misma fecha. En este Puerto Libre existe un régimen tributario preferencial (liberatorio) para estimular y favorecer el desarrollo socioeconómico del Estado Nueva Esparta, mediante este régimen especial, se pueden efectuar todas las operaciones aduaneras contempladas en la legislación aduanera nacional, bajo la potestad y control de la Aduana Principal de "El Guamache". Bajo el régimen de puerto libre, podrán ingresar al territorio del Estado Nueva Esparta: 1) Todas las mercancías y bienes comercializables, indistintamente de su origen y procedencia, con excepción de aquellos que, por razones de sanidad, salubridad, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, seguridad y defensa, estén afectadas por el Arancel de Aduanas. 2) Los alimentos y bebidas, los productos cosméticos, los medicamentos de venta sin prescripción facultativa, los productos del reino animal y vegetal, como también sus derivados y los productos zooterápicos, transgénicos, conexos y derivados con destino exclusivo a la terapéutica veterinaria que estuviesen sometidos a los regímenes legales establecidos en el Arancel de Aduanas, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos que se establezcan. 3) Los productos de importación para los cuales se han establecido Normas COVENIN, podrán ingresar al puerto libre sin acreditar el respectivo certificado. Sin embargo, el referido documento si será exigible en el caso de que los productos vayan a ser introducidos con fines comerciales al resto del territorio nacional. Las mercancías que ingresen bajo el régimen de puerto libre estarán exentas del pago de impuestos de importación, impuesto al valor agregado, impuestos sobre cigarrillos y manufacturas de tabaco, alcohol y especies alcohólicas, fósforos y otros de la misma naturaleza -salvo que la legislación nacional determine lo contrario-, pero estarán sujetas al pago de la tasa por servicios de aduana (1% ad valorem). Las mercancías que se encuentren el territorio del Estado Nueva Esparta bajo régimen especial de puerto libre, podrán ser destinadas: 1) A otros puertos libres, zonas francas, zonas libres, depósitos aduaneros, tiendas libres y, en general, al resto del país sometido a régimen aduanero especial, previo cumplimiento de los requisitos que los regulan; 2) Al resto del territorio aduanero nacional bajo régimen de equipaje de pasajeros; 3) A otros territorios aduaneros en operaciones y actividades de exportación, reexportación, reexpedición, devolución, sustitución, trasbordo, reembarque o tránsito, previo cumplimiento de los requisitos ordinarios aplicables; 4) Introducidas definitivamente al resto del territorio aduanero nacional, en cuyo caso, se harán exigibles los impuestos y el régimen aduanero vigente para la VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 28 fecha de registro de la declaración que se formule ante la aduana, de conformidad con lo previsto en la legislación aduanera nacional. Si las mercancías resultan de un proceso de producción o transformación sustancial, realizado con materias o insumos extranjeros, pagarán el impuesto arancelario correspondiente, en proporción al componente importado. Con relación al tratamiento aplicable a vehículos y equipaje: 1) Los vehículos automóviles, chasis con motor y carrocerías, pueden ingresar al puerto libre, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en el Arancel de Aduanas y en las normas para el desarrollo de la política automotriz dictadas por el Ejecutivo Nacional. 2) Los vehículos ingresados bajo régimen de puerto libre, únicamente podrán circular en el territorio del Estado Nueva Esparta, con la única excepción de que se les otorgue permiso para ser destinados temporalmente al resto del territorio aduanero nacional, previa garantía de los impuestos ordinarios aplicables y por un lapso máximo de 30 días prorrogable por otro igual; dicho permiso puede otorgarse sólo una vez por cada año civil. 3) Los vehículos ingresados bajo régimen de puerto libre, igualmente podrán ser objeto de introducción definitiva al resto del territorio aduanero nacional, causando los impuestos vigentes para la fecha de registro de la declaración de importación ordinaria. 4) Los efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros mayores de 14 años, procedentes del Puerto Libre del Estado Nueva Esparta, estarán libres del pago de gravámenes aduaneros, siempre que en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional equivalente a ciento veinticinco unidades tributarias (125 U.T.). Si el pasajero pretende introducir efectos nuevos cuyo valor sea superior al indicado, deberá pagar una tarifa única del 20% ad valorem sobre el excedente, y cumplir con las restricciones aduaneras respectivas. La franquicia señalada sólo podrá utilizarse una (1) vez al mes y hasta un máximo de seis (6) veces al año. b.2) Zonas libres. Se consideran zonas libres las áreas territoriales delimitadas (límites territoriales) donde se aplica un régimen fiscal especial de carácter preferencial; tienen como finalidad principal el desarrollo económico regional, y las actividades que se pueden realizar en ellas dependen de las normativas que rigen las zonas donde están ubicadas. En la actualidad las zonas libres autorizadas para operar en Venezuela, son las que se mencionan a continuación: Zona libre para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguaná Ubicada en la Península de Paraguaná, en el área comprendida por el territorio de los Municipios Carirubana, Falcón y Los Taques del Estado Falcón; fue creada mediante la Ley de Creación y Régimen de la Zona Libre para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguaná, Estado Falcón, de fecha 06 de VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 29 agosto de 1998, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.517, de fecha 14 de agosto de 1998. A los efectos del funcionamiento del régimen previsto para esta zona, se creó la Corporación para la Zona Libre para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguaná (CORPOTULIPA). A la Zona Libre pueden ingresar todas las mercancías o bienes comercializables (uso personal o doméstico), indistintamente de su origen o procedencia siempre que cumplan con los regímenes legales establecidos en el Arancel de Aduanas, por razones de salud pública, seguridad y defensa del Estado, moralidad u orden público. La introducción de mercancías a la Zona Libre, procedentes del exterior o de otros territorios aduaneros, necesarias para la prestación de servicios turísticos o comerciales conexos al turismo, estará exenta de impuestos aduaneros -siempre que las mismas estén consignadas a favor de un prestatario de servicios turísticos y conexos a la Zona Libre- y de los correspondientes impuestos internos. Considerándose por servicios turísticos conexos, los siguientes: Hotelería y alojamiento en hoteles y moteles; Colonias vacacionales para niños; Centros vacacionales; Organización de congresos, foros, convenciones y seminarios; Alquiler de alojamiento amoblado; Acampamiento para remolques; Suministro de comidas en restaurantes, autoservicios y en otros establecimientos (quioscos); Suministro de bebidas, con espectáculo o sin él; Transporte de pasajeros urbano, interurbano y suburbano por vía terrestre; Taxis Alquiler de automóviles con conductor o sin él; Alquiler de autobuses con conductor; Transporte de tracción animal; Transporte de pasajeros y equipajes, prestados por embarcaciones destinadas a la recreación; Transporte de pasajeros por vía aérea destinados a la recreación; Agencias de viajes y organización de viajes en grupos; Guías de turismo; Arrendamiento de equipos deportivos; Museos o preservación de lugares y edificios históricos; Jardines botánicos, zoológicos y acuarios; Parques de recreo y playas; Tratamientos de salud y belleza; Actividades comerciales de compraventa de mercaderías para uso personal doméstico, entendiéndose por éstos: Alimentos, bebidas, licores tabaco; Electrodomésticos, muebles y enseres; Textiles, calzado y talabartería; Cosméticos y perfumes; Bisutería y joyería; Accesorios para vehículos; Juguetes y artículos deportivos. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 30 Los enriquecimientos obtenidos por los prestatarios de servicios turísticos sobre nuevas inversiones en infraestructura realizadas por personas autorizadas para operar dentro de la Zona Libre, estarán exentos por un lapso de diez (10) años, previa verificación de la realización de la inversión, por parte de la Corporación. El tratamiento aplicable al equipaje procedente de la Zona Libre, es el siguiente: los efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros mayores de catorce años y procedentes de la Zona Libre, estarán libres del pago de gravámenes aduaneros, siempre y cuando en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional equivalente a cien unidades tributarias (100 U.T.). El exceso de ese valor y hasta el equivalente a doscientas unidades tributarias (200 U.T.), pagará una tasa única del diez por ciento (10%). El exceso sobre el equivalente a doscientas unidades tributarias (200 U.T.), pagará los gravámenes establecidos en el Arancel de Aduanas. Esta franquicia podrá utilizarse dos (2) veces al mes. Zona libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida (ZOLCCYT) Está ubicada en el Estado Mérida en el territorio de los Municipios Libertador, Campo Elías, Sucre y Santos Marquina; fue creada mediante la "Ley Sobre la Zona Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida", de fecha 14 de julio de 1995, publicada en la Gaceta Oficial N° 4.937 Extraordinario, de fecha 14 de julio de 1995, la cual fue reglamentada en fecha 09 de septiembre de 1998, mediante Decreto N° 2.714, publicado en la Gaceta Oficial N° 36.611, de fecha 29 de diciembre de 1998. Creada con el objeto de estimular la producción, la divulgación y la distribución de bienes y actividades culturales, científicas y tecnológicas en la región. Para llevar funciones generales de control, promoción y registro, se creó la Junta de la Zona Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida y a los efectos de este régimen, los bienes y servicios culturales, científicos y tecnológicos, son aquellos destinados de manera exclusiva a la producción y divulgación de productos y actividades artísticas, científicas humanísticas, así como los de tecnologías avanzadas orientadas hacia la producción o la investigación científica. Los bienes y servicios culturales, científicos y tecnológicos, que se produzcan en el país, así como los bienes y sus partes procedentes del exterior, que ingresen a Venezuela con destino a la ZOLCCYT, estarán sujetos al siguiente régimen preferencial: No causarán derechos arancelarios; Estarán exentos del Impuesto al Valor Agregado, así como de cualquier otro impuesto nacional que de forma directa o indirecta, grave su importación o venta; No causarán tasas por servicios de aduana; y No estarán sujetos a tasas arancelarias y no arancelarias, con excepción de las de carácter sanitario. Las actividades de producción, distribución, comercialización y promoción de bienes y servicios culturales, científicos y tecnológicos sujetos al régimen, realizados por personas autorizadas para operarlo y residentes en la ZOLCCYT, VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 31 estarán exentas del impuesto sobre la renta, sólo cuando se dediquen exclusivamente al quehacer cultural, científico o tecnológico. Los bienes originarios y procedentes de la Zona Libre que hayan sido adquiridos legalmente en la misma, podrán ser internados al resto del territorio nacional cancelando el gravamen que corresponda, de acuerdo a la clasificación arancelaria del bien final según el valor establecido en la factura; así mismo podrán ser exportados libremente estando afectos a beneficiarse de cualquier acuerdo internacional suscrito por el ejecutivo nacional. Podrán ser trasladados al restos del territorio nacional como equipaje acompañado, siempre y cuando cumplan con la definición de equipaje a que se refiere la Ley Orgánica de Aduanas y sus reglamentos, los bienes nuevos producidos en la Zona Libre, que cumplan con alguno de los criterios de transformación suficiente, que se mencionan a continuación: a) Los elaborados íntegramente en la Zona Libre a partir de materias primas propias de la Zona o del resto del territorio nacional; b) Los producidos con materias o insumos importados, que resulten de un proceso de producción o transformación realizado dentro de la Zona Libre, cuando dicho proceso les confiera una nueva individualidad caracterizada por el hecho de estar clasificados en la nomenclatura arancelaria nacional en partidas diferentes a la de los insumos importados que la conformen; c) Los que resulten de un proceso de ensamblaje o montaje, siempre que en su elaboración se utilicen materiales originarios del territorio nacional o de la subregión andina y el valor CIF de los insumos importados de los terceros países no exceda del 50% del valor EXWORK (en fábrica). d) Los producidos con materiales importados y que no resulten de un proceso de ensamblaje o montaje, siempre que el bien final contenga materiales originarios de la subregión andina y el valor CIF de los insumos importados de terceros países no exceda del 50% del valor EXWORK (en fábrica). Igualmente, los bienes terminados no producidos en la Zona Libre, pero que hayan sido importados a la misma, y contenidos en la lista que al efecto deberá haber elaborado la Junta, podrán ser trasladados al resto del territorio nacional formando parte del equipaje acompañado de los pasajeros procedentes de la Zona Libre, sujetos a las disposiciones que al respecto haya dictado el Ministerio del Poder Popular para Planificación y Finanzas. Los bienes producidos y los importados a la Zona Libre, bajo el régimen especial, podrán ser exportados libremente, sin ningún tipo de restricciones y pudiendo acogerse a los regímenes establecidos en la Ley Orgánica de Aduanas y sus Reglamentos. b.3) Zonas francas. La Ley de Zonas Francas de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial N° 34.772 de 08 de Agosto de 1991, en su artículo N° 2 define a las zonas francas como áreas de terreno físicamente delimitadas, sujetas a un régimen fiscal especial establecido mediante ley, en la cual las personas jurídicas autorizadas para instalarse, se dediquen a la producción y comercialización de bienes para la exportación, así como a la prestación de servicios vinculados con el comercio internacional. Las zonas francas con las que cuenta el país son las siguientes: VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 32 Zona Franca Industrial, Comercial y de Servicios de Paraguaná. Ubicada en la jurisdicción del Municipio Carirubana, en la Península de Paraguaná del Estado Falcón. Zona Franca Industrial, Comercial y de Servicios ATUJA (ZOFRAT). Ubicada en la jurisdicción del Municipio San Francisco, en el área metropolitana de la ciudad de Maracaibo, en el Estado Zulia. c) Régimen espacial liberatorio: c.1) Almacenes libres de impuestos (Duty Free Shops). Los establecimientos comerciales ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas en puertos o aeropuertos internacionales, podrán ser autorizados a depositar determinadas mercancías nacionales y extranjeras, exclusivamente para ser expedidas a aquellas personas que están en tránsito en el país, o que vayan a entrar o salir del mismo en calidad de pasajeros, formando parte de su equipaje acompañado. v Otras disposiciones que influyen en el comercio Control de divisas. En Venezuela existe el control de cambios establecido mediante el Convenio Cambiario No. 1, publicado en la Gaceta Oficial No. 37.625 el 5 de febrero de 2003. La decisión está basada en la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) que faculta a este organismo, junto al Ejecutivo Nacional, a dictar medidas que permitan la protección de las reservas internacionales y el adecuado control de los mercados monetarios y financieros. Bajo este esquema, el BCV ejerce la función de centralizar las operaciones de compra y venta de divisas en el país, así como determinar y aprobar el monto de disponibilidad de divisas consistente con el nivel proyectado de actividad económica. La coordinación, administración y control del régimen de administración de divisas persiste como una atribución de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). Es importante resaltar que bajo el sistema de control cambiario vigente en Venezuela, todas las personas naturales o jurídicas que realicen operaciones de comercio exterior; importación o y/o exportación, deben formalizar su inscripción en el Registro de Usuarios de Administración de Divisas – RUSAD de CADIVI. Disposiciones antidumping. El marco legal que rige la materia de antidumping y medidas compensatorias en Venezuela esta conformado por la Ley sobre prácticas desleales de Comercio Internacional, Gaceta Oficial Extraordinaria 4.441 de fecha 18 de junio de 1992; la cual se encarga de normar y crear medidas para la prevención de las importaciones de bienes hechas en condiciones de dumping o de bienes cuya producción, fabricación, almacenamiento, transporte o exportación ha sido objeto de subsidios, para la protección de la producción nacional. De igual forma, en Gaceta Oficial Extraordinaria 4.567 de fecha 26 de abril de 1993 se promulgó el Reglamento de la Ley sobre prácticas desleales de Comercio Internacional. En la referida Ley, se establece la creación de la Comisión Antidumping y sobre Subsidios (CASS) como el organismo encargado de conducir las investigaciones en materia de prácticas desleales del comercio internacional. Este órgano VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 33 desconcentrado se encontraba adscrito originalmente al Ministerio de Fomento (actualmente, Ministerio del Poder Popular para el Comercio), y está integrada por un presidente y cuatro vocales, las decisiones correspondientes son adoptadas por mayoría de votos. La CASS tiene como deberes y atribuciones principales decidir acerca del inicio, suspensión o conclusión de investigaciones sobre posibles casos de dumping o de subsidios; imponer, cuando sea el caso, derechos antidumping o compensatorios provisionales o definitivos; e igualmente, aceptar cuando sea procedente, compromisos entre las partes. vi Disposiciones sobre productos alimenticios, sanidad y cuarentena Normas Técnicas y de Calidad. El Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER) es una institución pública con autonomía financiera, administrativa y organizativa, de carácter técnico especial, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Comercio (MINCOMERCIO). Le corresponde a este ente velar por el cumplimiento de la Ley del Sistema Venezolano para la Calidad, promulgada en Gaceta oficial N° 37.543 de fecha 07 de octubre de 2002, y la aplicación de las potestades y competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas de calidad, fijadas por el MINCOMERCIO. Las disposiciones más importantes en materia de rotulación, envasado y etiquetado, aplican para los siguientes productos: • Alimentos (Codex Alimentarius). El Codex Alimentarius está representado por un Comité Nacional permanente creado en fecha 11/06/2001, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.237. De acuerdo a esta normativa los alimentos nacionales o extranjeros deberán estar sometidos a registro, el cual deberá contener el nombre y la marca del producto, denominación comercial y domicilio del fabricante – envasador, indicación de los ingredientes que lo componen, estimación aproximada del tiempo durante el cual el alimento se conserva en buen estado, contados a partir de la fecha de envasado, y la naturaleza de los materiales empleados en la manufactura de los envases o envoltorios. Los alimentos elaborados en el exterior deberán poseer certificado expedido por la autoridad competente del país de origen, autenticada por las autoridades consulares venezolanas acreditadas en esa nación, donde se haga constar que el alimento ha sido autorizado para el consumo humano en el país de donde procede. • Calzado y textil. De acuerdo a la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.37.533 de fecha 23/09/2002 todos los tipos de calzados nacionales o importados deberán llevar impreso, directamente o con etiquetas, información en idioma castellano que especifique el nombre, denominación o razón social del fabricante nacional o importador. También deberá contener la marca comercial; la leyenda ‘Hecho en Venezuela’, o la del país de fabricación; la talla del calzado; la composición del mismo; el número de RIF, y el número del registro de Fabricantes Nacionales o Importadores. En el caso de los textiles, la etiqueta llevará la misma información, pero se le debe agregar las instrucciones de lavado de la prenda. El etiquetado debe efectuarse en el proceso de fabricación del vestido, mediante impresión directa o con una etiqueta. Allí se deben especificar todas las fibras que constituyen la pieza, y si éstas se tratan de material regenerado, mezclas o fibras nuevas. Si la prenda viene empaquetada y no se puede observar la etiqueta, debe especificarse en el empaque el producto y la cantidad de que se trate. Sólo podrán ingresar al territorio nacional los calzados y vestidos que cumplan con estas disposiciones. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 34 2.2. Régimen de exportación i. Documentos previos al embarque Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas - RUSAD (CADIVI). Oficio de Clasificación Arancelaria (SENIAT).( No es obligatorio) Calificación de Origen (MINCOMERCIO). (No es obligatorio) Registro nacional de exportadores, en caso de que el exportador quiera utilizar algún régimen aduanera especial. El exportador deberá tener un agente de aduanas al cual debe haber autorizado mediante poder notariado para representarlo ante la administración aduanera. ii. Documentos exigidos por embarque Declaración de Aduana (Agente de Aduanas). Documento de Transporte (Agente de Aduana/ Empresa Transportista). Factura Comercial Definitiva (Exportador). Certificado de Origen (Bancoex-Mincomercio). (No es obligatorio) solo en caso de que la exportación vaya dirigida a algún país que posea acuerdos comerciales con Venezuela o donde el producto se vea beneficiado por Sistema Generalizado de Preferencias (SGP). Al momento del reconocimiento de las mercancías, el empresario deberá consignar: (Esto de conformidad con la circular adjunta de la guardia nacional) • Carta de responsabilidad antidroga dirigida a la Unidad Antidroga de la Guardia Nacional, suscrita por el representante de la empresa. • Original y copia simple del Registro Mercantil de la empresa exportadora. • Copia simple del R.I.F. y N.I.T. de la empresa exportadora. • Original y copia simple del poder otorgado por la empresa exportadora al Agente Aduanal, para realizar los trámites en cuanto a este ámbito se refiere. • Original de oficio suscrito por el representante de la empresa exportadora, mediante el cual se especifique: razón social de la empresa, direcciones de la empresa, números telefónicos de la empresa. • Original del oficio suscrito por el representante de la empresa exportadora, mediante el cual se especifique las razones por las cuales se va a realizar la exportación de la mercancía. • Certificado de análisis (En caso de productos químicos) • Original y copias de los permisos y requisitos (De acuerdo a la naturaleza del producto). iii. Documentos exigidos de acuerdo a la naturaleza del producto Registro Sanitario. Ministerio del Poder Popular para la Salud, División de Higiene de Alimentos, Drogas y Cosméticos. Certificado Fitosanitario. (INSAI) Certificado Ictosanitario. (INSOPESCA) Certificado Zoosanitario. (INSAI) Certificado Cites (Ministerio del Poder Popular para el Ambiente). Certificado de Demanda Interna Satisfecha en caso de que el producto se encuentre en la RES 59 (23/05/2007). Ministerio del Poder Popular para la Alimentación. iv. Documentos opcionales o complementarios. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 35 Registro de Propiedad Intelectual (SAPI) Certificado de Calidad (FONDONORMA) Seguro de Crédito al Exportador Seguros Ordinarios. v. Regímenes aduaneros especiales para la exportación. a) Regímenes Suspensivos o Destinaciones Suspensivas: a.1) Exportación temporal. Permite exportar temporalmente mercancías que se encuentren legalmente en libre circulación en el territorio aduanero nacional, y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación, siempre que no hayan sufrido modificación alguna. a.2) Tráfico de perfeccionamiento pasivo. Permite la exportación temporal de mercancías, a objeto de que sean sometidas en el extranjero a transformación, reparación o ensamblaje, para luego ser reintroducidas causando los gravámenes correspondientes según la ubicación arancelaria de los bienes o productos a ingresar, sobre el valor incorporado en el exterior. d) Régimen devolutivo. d.1) Devolución de impuesto de importación (Draw Back). Es el régimen aduanero mediante el cual, las personas que realicen exportaciones pueden obtener la devolución de los impuestos arancelarios que hayan gravado a las mercancías utilizadas en el proceso productivo de los bienes objeto de la exportación. Su finalidad es promover el desarrollo de la actividad exportadora del país. 3. Inversión extranjera 3.1 Régimen de inversión Con la creación de la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX), en el año 1973 se adoptó en Venezuela el régimen común de tratamiento a los capitales extranjeros. En fecha 05 de Octubre de 1999, se dicta el Decreto N° 369, con rango y fuerza de Ley Orgánica de la Administración Central, según Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.807, de fecha 14 de Octubre de 1999, el cual estableció en su Capítulo II las competencias de cada ministerio, asignándole al Ministerio de la Producción y el Comercio ahora "Ministerio del Poder Popular para el Comercio" lo relacionado a las inversiones nacionales y extranjeras, función ésta correspondiente a la Superintendencia de Inversiones Extranjeras adscrita hasta la fecha al citado Ministerio como una Dirección General Sectorial. 3.2 Marco legal En el ordenamiento jurídico venezolano, está previsto con rango constitucional la igualdad de trato o "no discriminación" entre inversionistas nacionales e inversionistas extranjeros, así lo establece de forma expresa el artículo 301; "El Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales, públicas y privadas. No se podrá VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 36 otorgar a empresas y organismos o personas extranjeras regimenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales. La inversión extranjera está sujeta a las mismas condiciones que la inversión nacional". Algunas Disposiciones legales que regula la inversión en Venezuela: - Ley de Promoción y Protección de Inversiones. Provee a los inversionistas nacionales y extranjeros un marco jurídico estable y previsible, con miras a lograr el incremento, la diversificación y la complementación armónica de las inversiones a favor de los objetivos de desarrollo nacional. - Ley Orgánica sobre Promoción de la Inversión Privada, bajo el Régimen de Concesiones. Fija las reglas, garantías e incentivos dirigidos a la promoción de la inversión privada y al desarrollo de la infraestructura y los servicios públicos competencia del poder nacional, mediante el otorgamiento de concesiones para la construcción, modificación, ampliación y explotación de nuevas obras. - Reglamento de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones. Regula todo lo referido al concepto de inversión, establece las pautas para la determinación de las inversiones nacionales y las inversiones internacionales, los organismos públicos competentes y los contratos de estabilidad jurídica. Otras legislaciones inversiones. i. contienen disposiciones relevantes en materia de Legislación laboral. La legislación laboral venezolana es objeto de política pública nacional. En consecuencia, sus provisiones se aplican a todas las personas que contraten trabajadores en Venezuela. Bajo la Ley venezolana se presume que todos los servicios personales son prestados bajo la figura de una relación laboral. Con tal fin, la nacionalidad del empleado y la presencia legal del empleador en Venezuela son irrelevantes. ii. Legislación fiscal. Uno de las disposiciones más importantes en esta materia se refiere a la aplicación del Impuesto Sobre la Renta, el cual grava toda ganancia o incremento de patrimonio, producida por una inversión o la rentabilidad de un capital, por trabajo bajo relación de dependencia o el ejercicio libre de la profesión, y en general los enriquecimientos derivados de la realización de cualquier actividad económica. El impuesto se rige por la Ley de Impuesto sobre la Renta de 28/12/2001. iii. Legislación sobre propiedad intelectual. Venezuela cuenta con una amplia legislación para la protección de los derechos de autor y propiedad industrial. Ambas materias son reguladas por diversos cuerpos normativos de índole nacional e internacional. Destacan como instrumentos de regulación de la propiedad industrial; el Convenio de París, Ley de Propiedad Intelectual Gaceta Oficial Nº 24873 y el Acuerdo sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual Relativos al Comercio (TRIP’S, por sus siglas en inglés). VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 37 Por su parte, las disposiciones en materia de derechos de autor, se han suscrito y ratificado diversos tratados internacionales, entre estos: Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas, Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, entre otros. iv. Legislación mercantil. Esta legislación establece que al crear una empresa en Venezuela, se requiere su inscripción en el Registro Mercantil y posteriormente en la Superintendencia de Inversiones Extranjeras – SIEX, si fuera el caso, o en el organismo específico que establece la ley. Así por ejemplo, una inversión en banca debe registrarse en la Superintendencia de Bancos; en seguros en la Superintendencia de Seguros. 3.3 Trámites para invertir en Venezuela i. Obtención de visa. Puede ser: Visa de transeúnte de negocios. Este tipo de visa es otorgada a los comerciantes, ejecutivos, representantes de empresas o industrias y microempresarios extranjeros, no migrantes, que se trasladen a Venezuela para realizar actividades comerciales, mercantiles, financieras u otra actividad lucrativa legal relacionada con sus negocios. Deberá ser tramitada ante las Secciones Consulares de Embajadas u Oficinas Consulares Ad/Honorem de Venezuela en el Exterior. Visa de transeúnte inversionista. Esta visa se otorgará a personas o representantes de empresas, que muestren a través de documento fehaciente, que han establecido los contactos y que la inversión ha sido aceptada por los organismos oficiales venezolanos correspondientes. Deberá ser tramitada ante las Secciones Consulares de Embajadas u Oficinas Consulares de la República Bolivariana de Venezuela en el Exterior. Se otorga con una vigencia de tres (3) años, con múltiples entradas, sin limite de permanencia y prorrogable hasta por dos (2) años más. ii. Constitución de la empresa. a) Elección de la forma societaria u organización mercantil más conveniente permitida por la normativa nacional. El Código de Comercio de Venezuela permite las siguientes formas de sociedades: Sociedad en nombre colectivo. Sociedad en comandita. Sociedad anónima. Sociedad de responsabilidad limitada. b) Nombre o denominación social de la empresa. Deberá ser acorde a lo establecido por el Código de Comercio. Se establece que para las Compañías Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada la denominación social, puede referirse a su objeto o bien formarse con cualquier nombre de fantasía o de persona, pero deberán necesariamente VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 38 agregarse la mención de "Compañía Anónima" (C.A.) o "Compañía de Responsabilidad Limitada" (S.R.L.), o sus abreviaturas legibles según sea el caso. Se requiere someter a la consideración del Registro Mercantil de la jurisdicción correspondiente al lugar donde se va a constituir la compañía, tres (3) opciones de nombres, para que sea escogido el que esté disponible. Al tercer día después de hecha la solicitud de búsqueda del nombre se presenta el interesado al Registro Mercantil, a fin de verificar si el nombre esta libre y puede ser utilizado, para realizar posteriormente los trámites requeridos por el Registro para su obtención y reserva. c) Redacción del documento constitutivo y estatutos sociales de la empresa: Deben ser elaborados y visados por un Abogado (profesional del Derecho, debidamente inscrito en el Instituto Previsión Social de Abogados INPRE y en el Colegio de Abogados de su respectiva jurisdicción y que además no posea restricción alguna para el ejercicio de su profesión). Los estatutos sociales son el régimen que regulará las relaciones laborales y sociales de la compañía de manera detallada. Tanto el acta o documento constitutivo como los estatutos sociales deben cumplir con todas las formalidades y requisitos exigidos (para cada caso en particular) en los artículos 211 al 215 del Código de Comercio de Venezuela. d) Aporte del capital mínimo requerido. Se constituye por los recursos que serán destinados a conformar el fondo común social, con el cual se crea el patrimonio autónomo de la Sociedad (Artículo 208 del Código de Comercio). El aporte realizado más frecuente es en dinero. e) Inscripción del documento ante el registro mercantil. Dentro de los 15 días siguientes a la celebración del contrato, debe presentarse ante el Registrador Mercantil un ejemplar del Documento Constitutivo y un ejemplar de los Estatutos Sociales de la Sociedad. El Registrador competente para estas actuaciones es el que territorialmente resulte idóneo con relación al domicilio establecido por la compañía. Adicionalmente deberá pagarse para el Registro del Documento el monto correspondiente a las tarifas calculadas por el Registro Mercantil, que será depositada en un Banco que el mismo establezca. f) Registro y publicación de la sociedad mercantil. Una vez aprobado el documento constitutivo deberán cumplirse ciertos requisitos para completar la fase de registro y publicación. g) Acudir a una entidad bancaria. Esto a objeto de solicitar la apertura de una cuenta en nombre de la compañía y depositar en la misma el dinero correspondiente al Capital social aportado. iii. Registro tributario de la empresa. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 39 Obtención del Registro de Información Fiscal (R.I.F) y Número de Identificación Tributaria (NIT) ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) El Registro de Información Fiscal R.I.F, es un mecanismo destinado al control tributario para las personas jurídicas, susceptibles en razón a las actividades que realizan o de sus bienes puedan ser sujetos o responsables del Impuesto Sobre la Renta, siempre que la causa del enriquecimiento esté u ocurra en Venezuela. Para mayor información www.seniat.gob.ve iv. Registro de la inversión de la empresa En Venezuela las inversiones extranjeras no requieren de autorización previa, sino de un registro posterior, que deberá ser solicitado dentro de los sesenta (60) días continuos siguientes a la fecha en que se inscriba en el Registro Mercantil que corresponda, al acto constitutivo que dio origen a la inversión extranjera respectiva. Para mayor información www.siex.gob.ve v. Registro de la empresa ante el Seguro Social Toda empresa que tenga por lo menos un (1) trabajador deberá ser afiliada al Instituto Venezolano de Seguro Social (IVSS). A través del Representante Legal de la empresa, se solicita su inscripción en el Seguro Social Obligatorio, el cual debe ser tramitado en las Cajas Regionales u Oficinas Administrativa del IVSS distribuidas a nivel nacional. vi. Registro de la empresa ante el Inces El aporte al Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), es un tributo parafiscal de obligatorio cumplimiento por empleadores y trabajadores, regulado por la Ley del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (1970). El Título IV, Capitulo 11, Artículo 145 del Código Orgánico Tributario, establece los deberes formales de los Contribuyente dentro de los cuales se destaca el siguiente: Inscribirse en los registros pertinentes, a los que aportarán los datos necesarios y comunicarán oportunamente sus modificaciones. 3.4 Modalidades de inversión extranjera en Venezuela Divisas: Inversión en moneda extranjera libremente convertible como aporte al capital de una empresa. Bienes Físicos o Tangibles: plantas industriales, maquinarias, equipos, repuestos, materias primas y productos intermedios. Capitalización de Acreencias: monto proveniente de una operación crediticia, o de prestaciones tecnológicas y licencias recibidas y no canceladas. Inversión en Moneda Nacional: inversiones y reinversiones, inversión del producto de la venta de acciones, participaciones o derechos. Contribuciones Tecnológicas Intangibles: marcas, modelos asistencia técnica y conocimientos técnicos, patentados o no. industriales, Conversión de Deuda Pública Externa en Inversión. 3.5 Garantías a la inversión extranjera VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 40 A continuación se destacan las disposiciones más relevantes consagradas en el ordenamiento jurídico nacional, para garantizar la Inversión Extranjera en el país: Trato justo y equitativo y no discriminatorio, conforme a las normas y criterios del Derecho Internacional. Podrán establecerse y mantenerse tratos más favorables en beneficio de inversiones e inversionistas de países con los cuales Venezuela mantenga acuerdos de integración económica, acuerdos para evitar la doble tributación o, en general, acuerdos relativos total o parcialmente a cuestiones impositivas. No se decretarán ni ejecutarán confiscaciones, salvo en los casos de excepcionalmente previstos en la Constitución y el Derecho Internacional. Las inversiones internacionales y los inversionistas internacionales, tendrán derecho, previo cumplimiento de la normativa interna y al pago de los tributos a los que hubiere lugar a la transferencia de todos los pagos relacionados con las inversiones, en moneda convertible, al tipo de cambio vigente el día de la transferencia de conformidad con las reglamentaciones de cambio en vigor para ese momento. 3.6 Régimen impositivo a la inversión Venezuela grava el ingreso de las corporaciones internacionales con arreglo al principio fiscal de la territorialidad. Es decir, el gravamen afecta a los ingresos generados por las empresas con ocasión de las actividades económicas realizadas dentro del territorio venezolano. Impuesto Sobre la Renta – Islr Grava los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, por toda persona jurídica o natural residente o domiciliada en Venezuela, salvo las excepciones establecidas. En consecuencia, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, siempre que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela, estarán sujetas al impuesto establecido en la Ley de ISLR siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en Venezuela y en caso de tener un establecimiento permanente o una base fija en el país, estas personas tributaran exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija. En el caso del impuesto sobre la renta pagado en el extranjero por los enriquecimientos de fuente extraterritorial por los cuales se esté obligado, es posible, acreditarlo contra el impuesto que conforme a la ley de ISLR corresponde pagar en Venezuela siempre que se trate de personas naturales o jurídicas residentes o domiciliadas en Venezuela, o de personas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o base fija en el país. Impuesto al Valor Agregado - IVA. Grava la enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes, aplicable en todo el territorio nacional, que deberán pagar las personas naturales o jurídicas. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 41 Anexos Anexo N° 1 Balanza de pagos 1/ Resumen general (Millones de US $) 2010 (*) IV Trim 2010 III Trim 2010 II Trim 2010 I Trim 2010 Cuenta corriente 14.378 3.554 2.366 2.257 6.201 Saldo en bienes 27.173 6.495 5.581 6.059 9.038 65.786 17.691 15.520 16.064 16.511 62.317 16.745 14.661 15.257 15.654 3.469 946 859 807 857 (38.613) (11.196) (9.939) (10.005) (7.473) (5.593) (1.542) (916) (2.093) (1.042) (33.020) (9.654) (9.023) (7.912) (6.431) (8.857) (2.148) (2.155) (2.581) (1.973) (3.468) (857) (955) (915) (741) Viajes (957) (280) (239) (230) (208) Comunicaciones (225) (45) (51) (71) (58) Seguros (476) (110) (114) (141) (111) Gobierno n.i.o.p. (269) (123) (38) (27) (81) (3.462) (733) (758) (1.197) (774) (3.379) (640) (922) (1.086) (731) (20) (5) (6) (5) (4) (3.359) (635) (916) (1.081) (727) Inversión directa (1.159) (126) (305) (508) (220) Inversión de cartera (2.508) (628) (690) (556) (634) 308 119 79 (17) 127 14.937 3.707 2.504 2.392 6.334 (559) (153) (138) (135) (133) Exportaciones de bienes f.o.b. Petroleras No petroleras Importaciones de bienes f.o.b. Petroleras No petroleras Saldo en servicios Transportes Otros Saldo en renta Remuneración de empleados Renta de la inversión Otra inversión Saldo en bienes, servicios y renta Transferencias corrientes VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 42 Cuenta de capital y financiera 2/ (18.799) (3.591) (1.894) (1.525) (11.789) (211) (211) 0 0 0 Cuenta financiera (18.588) (3.380) (1.894) (1.525) (11.789) Inversión directa (3.794) (332) (1.127) (957) (1.378) En el extranjero (2.390) (483) 103 (738) (1.272) En el país (1.404) 151 (1.230) (219) (106) 3.189 2.016 1.507 425 (759) (589) (596) 366 7 (366) (758) (665) 369 43 (505) 0 (2) (1) 3 0 (758) (663) 370 40 (505) 169 69 (3) (36) 139 49 1 12 22 14 120 68 (15) (58) 125 3.778 2.612 1.141 418 (393) 3.770 2.626 1.141 417 (414) 0 0 0 0 0 3.770 2.626 1.141 417 (414) 8 (14) 0 1 21 Títulos de partc. en el capital 8 (14) 0 1 21 Títulos de deuda 0 0 0 0 0 (17.983) (5.064) (2.274) (993) (9.652) (25.784) (5.137) (10.756) (1.828) (8.063) (10.105) (250) (7.245) 1.425 (4.035) (4.675) (921) (307) (912) (2.535) (53) (56) 29 (14) (12) Monedas y depósitos (2.614) 1.259 (6.497) 3.353 (729) Otros (2.763) (532) (470) (1.002) (759) (15.679) (4.887) (3.511) (3.253) (4.028) (12) (12) 0 (1) 1 Cuenta capital Inversión de cartera Activos Sector público Títulos de partc. en el capital Títulos de deuda Sector privado Títulos de partc. en el capital Títulos de deuda Pasivos Sector público Títulos de partc. en el capital Títulos de deuda Sector privado Otra inversión Activos Sector público Créditos comerciales Préstamos Sector privado Créditos comerciales VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 43 Préstamos 0 0 0 0 0 (15.667) (4.875) (3.512) (3.251) (4.029) 0 0 1 (1) 0 7.801 73 8.482 835 (1.589) 10.124 514 9.041 1.293 (724) Créditos comerciales 2.976 1.329 180 1.151 316 Préstamos 7.521 (774) 8.588 500 (793) 1 4 0 (12) 9 (374) (45) 273 (346) (256) (2.323) (441) (559) (458) (865) (1.966) (406) (571) (358) (631) (334) (36) 13 (93) (218) (23) 1 (1) (7) (16) 0 0 0 0 0 (3.639) (675) (693) (1.738) (533) (8.060) (712) (221) (1.006) (6.121) 8.060 712 221 1.006 6.121 7.939 700 224 935 6.080 7.941 701 224 936 6.080 (2) (1) 0 (1) 0 121 12 (3) 71 41 Monedas y depósitos Otros Pasivos Sector público Monedas y depósitos Otros Sector privado Créditos comerciales Préstamos Monedas y depósitos Otros Errores y omisiones Saldo en transacciones corrientes, de capital y financieras Reservas 2/ Activos BCV 3/ FEM Pasivos del BCV 3/ 1/ Elaborada según los lineamientos de la quinta edición del Manual de Balanza de Pagos del FMI. 2/ Un signo positivo indica una disminución del activo o aumento del pasivo correspondiente. Un signo negativo indica un aumento del activo o disminución del pasivo correspondiente. 3/ Excluye cambios de valoración por variaciones de tipos de cambio, precios y otros ajustes. (*) Cifras Provisionales. Fuente: Banco Central de Venezuela. VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 44 Anexo N° 2 19 RESERVAS INTERNACIONALES Y SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA (Millones de US $) RESERVAS INTERNACIONALES DEUDA PÚBLICA BCV FIEM / FEM (1) TOTAL (2) EXTERNA (3) 2011 26.861 3 26.864 7 Marzo 26.861 3 26.864 7 Febrero 26.968 3 26.971 0 Enero 29.557 832 30.389 0 2010 29.500 832 30.332 55 Diciembre 29.500 832 30.332 0 Noviembre 27.525 832 28.357 21 Octubre 29.052 832 29.884 0 Septiembre 28.937 831 29.768 0 Agosto 28.233 831 29.064 0 Julio 27.561 831 28.392 14 Junio 28.520 831 29.351 0 Mayo 27.032 831 27.863 5 Abril 27.485 830 28.315 0 Marzo 28.356 830 29.186 15 Febrero 30.379 830 31.209 0 Enero 31.355 830 32.185 0 PERÍODO 19 Banco Central de Venezuela – BCV http://www.bcv.org.ve/cuadros/2/231.asp?id=32 VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 45 Páginas web consultadas Agencia Bolivariana de Noticias www.abn.info.ve Agencia Venezolana de Noticias www.avn.info.ve Banco Central de Venezuela – BCV www.bcv.org.ve Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) www.cadivi.gov.ve Comisión Económica para América Latina (CEPAL) www.eclac.org Consejo Nacional de Promoción de Inversiones (CONAPRI) www.conapri.org Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC) www.corpoelec.gob.ve Instituto Nacional de Estadística (INE) www.ine.gov.ve Gobierno en Línea www.gobiernoenlinea.ve Ministerio del Poder Popular para el Comercio (MINCOMERCIO) www.mincomercio.gob.ve Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo www.menpet.gob.ve Ministerio del Poder Popular Vivienda y Hábitat www.mvh.gob.ve Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanza www.mf.gov.ve Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores (MPPRE) www.mre.gob.ve Petróleos de Venezuela, S.A. www.pdvsa.com Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) www.seniat.gov.ve Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) www.sudeban.gob.ve Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX) www.siex.gob.ve VP de Planificación y Gestión Estratégica Gerencia de Inteligencia Comercial 46