No. 8 - Acolfutpro
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No. 8 - Acolfutpro
El Futbolista “Lo que el trabajador del fútbol debe saber” No. 8 No respetan ni al país ni al Gobierno Los directivos del fútbol colombiano incumplieron de principio a fin el acuerdo para el fortalecimiento del balompié nacional que firmaron con el Gobierno el pasado 5 de mayo que fijó un plazo para que los clubes se pusieran al día en sus deudas laborales, so pena de no poder competir en el segundo semestre. Varios clubes sin pagar iniciaron la competencia y Coldeportes y la Dimayor lo permitieron. ¨Tatequieto¨ a los desafueros La intensa batalla jurídica que permitió liberar a Cristian Mejía del Deportes Tolima, terminó con una Sentencia de la Corte Constitucional, que crea jurisprudencia para contratar a futbolistas menores de edad e impone límites y controles a los reglamentos deportivos de Colfútbol y la Dimayor. ¨Nos dieron las herramientas¨ Pag. 3. Así escribimos la historia Pag. 4-5. Nuevos beneficios para los futbolistas colombianos Pag. 6-7. El Gobierno acoge nuestros reclamos Pag. 8. En la mira, situación Laboral de los futbolistas Pag. 9. Directivos firman acuerdos que no cumplen Pag. 10-11. Cada vez más conscientes de nuestros derechos Pag. 12-13. Corte constitucional nuevamente nos da la razón Pag.14. Entérese de cómo Con la Ley 1445 de 2011 el Gobierno encabezado por el señor presidente Juan Manuel Santos y el Congreso de la República, nos dan las herramientas que necesitamos para continuar nuestra lucha en favor del futbolista colombiano. ACOLFUTPRO hizo evidente la desprotección de sus agremiados y participó activamente en la redacción del texto que ahora es Ley de la República. se pensiona un futbolista Pag.16. Del total de sus ingresos se tiene que aportar sobre el 60 por ciento 2 El Futbolista Octubre de 2011 Editorial Órgano informativo de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales, ACOLFUTPRO. DIRECTOR Carlos Francisco González Puche NOS LLEGÓ LA HORA CONSEJO EDITORIAL Óscar Eduardo Córdoba Fabián Vargas Carlos González Puche Luis Alberto García S. Gustavo Quijano Africano PUBLICIDAD Acolfutpro Carrera 36 No. 25A – 50 Teléfonos (1) 2680466 - 2680467 Barrio El Recuerdo Bogotá IMPRESIÓN Editar S.A Carrera 20 No. 46-35 Manizales Teléfono (6) 878 17 00 DISTRIBUCIÓN GRATUITA Publicación bimensual CONSEJO DIRECTIVO Presidente: Óscar Eduardo Córdoba Vicepresidente: Fabián Vargas (AEK de Atenas) Miembro: Agustín Julio (Santa Fe) Miembro: Gerardo Bedoya (Santa Fe) Miembro: Ricardo Ciciliano (Juan Aurich - Perú) DIRECTOR EJECUTIVO Carlos González Puche (Ex jugador y abogado especialista en derecho penal y administrativo de la Universidad Externado de Colombia). SECRETARIO GENERAL Luis Alberto García Suárez (Ex jugador de clubes y Selección Colombia) COORDINADOR GENERAL Gustavo Quijano Africano (Ex jugador de clubes) Carlos F. González Puche Director Ejecutivo Acolfutpro E Ya es hora que todos los futbolistas Colombianos estemos amparados y protegidos, para disfrutar por igual con nuestras familias derechos mínimos, sin depender de que el club para el cual trabajamos sea rico o pobre. n el 2011, los futbolistas alcanzamos logros y reconocimientos que desde hace años estábamos esperando. En la Ley 1445 de 2011 se sanciona con la suspensión del reconocimiento deportivo a los clubes que incumplan con el pago de obligaciones laborales si exceden un plazo de 60 días y la pérdida del reconocimiento si reinciden en estas conductas. En la Sentencia T-740 de 2010, la Corte Constitucional nos entrega más herramientas para reclamar ante las autoridades cuando un club o directivo atente contra nuestros derechos fundamentales. El recorrido para alcanzar estas reivindicaciones ha sido tortuoso; amenazas, pactos discriminatorios, retaliaciones y listas negras han sido las respuestas de los directivos para intentar detener y disuadir a los futbolistas que se han atrevido a reclamar sus derechos y hacer públicos los atropellos e incumplimientos de que han sido objeto. A nuestros fundadores, Iván Córdoba y Mario Yepes, les costo en su momento que no fueran convocados a la selección nacional y al técnico Reinaldo Rueda le costó su cargo por apoyar nuestra causa. A Juan Carlos Henao lo discriminaron, para que no lo contratara ningún club colombiano. Enumerar en una lista a otros que se atrevieron a defender lo suyo se haría interminable. Pero se mantuvieron y perseveraron creando precedentes que hicieron posible que la realidad del futbolista colombiano cambiara para el bienestar de sus familias y del gremio; Hoy Yepes es el Capitán de la selección y Henao trabaja para el club, cuyos directivos hace 6 años, promovieron su veto. En el primer semestre, los imberbes jugadores del Quindío se negaron a actuar contra Millonarios, porque su club les adeudaba 2 meses del salario exiguo que pactaron en sus contratos y se mantuvieron firmes y unidos para hacer respetar sus derechos, dejándonos a todos los futbolistas colombianos un ejemplo que no podemos negarnos a replicar cuando los directivos intenten abusar de nuestros derechos. El más reciente intento por atentar contra nuestro derecho al trabajo es el pacto discriminatorio que acordaron los directivos en la asamblea de la Dimayor del pasado 24 de Junio. En otros países como España, Italia, Perú y Uruguay, el liderazgo para la defensa de nuestra profesión surge de los jugadores referentes que hacen parte de la selección nacional, consientes de la responsabilidad que implica representar a todo un país. ¿Hasta cuándo vamos a permitir que al alcanzar logros deportivos, los únicos que se beneficien sean los directivos? Y ni que decir de los gobernantes de turno; todos estos obtienen jugosos incrementos en sus patrimonios y caudales políticos, “a costillas” de nuestro trabajo y nos dejan solo las medallas y los bolsillos vacios. Ya es hora de que todos los futbolistas colombianos estemos amparados y protegidos, para disfrutar por igual con nuestras familias derechos mínimos, sin depender de que el club para el cual trabajamos sea rico o pobre, ¡TODOS MERECEMOS RESPETO Y UN TRATO DIGNO! Ahora que contamos con mejores instrumentos para impedir los abusos de los directivos, no podemos ser inferiores al reto de asumir el compromiso de fortalecer nuestro gremio y a través de una negociación colectiva garantizar condiciones mínimas para todos los futbolistas colombianos. El Futbolista Octubre de 2011 3 Así escribimos la historia Un breve recUento de la gestión de acolFUtPro El camino para la expedición de la Ley 1445 de 2011 no es producto del azar, hace parte de un proceso que los futbolistas colombianos generamos para que la opinión pública y todo un país hiciera conciencia sobre la situación real de sus futbolistas y de los incumplimientos de los clubes. Una realidad que los futbolistas no podemos dejar olvidar. Redacción El Futbolista E sta historia se comenzó a escribir a partir del cese de actividades que realizaron los jugadores del América, Once Caldas, Pereira, Pasto, Quindío, Alianza Petrolera, Expreso Rojo, Centauros y Patriotas, por el incumplimiento del pago de salarios y de seguridad social. Con el apoyo de ACOLFUTPRO entre julio y octubre de 2010 las reclamaciones de los futbolistas las hicimos conocer a todo el país. Las manifestaciones de inconformidad coincidieron con el inicio del Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos Calderón, que en su campaña electoral se comprometió a trabajar con el objetivo de dar transparencia y buen Gobierno a nuestro alicaído fútbol profesional. Uno de los proyectos de Ley que Unidos en la sede de ACOLFUTPRO preparando la estrategia para el debate en el Congreso. priorizó el Gobierno para presentar al Congreso fue la “Ley que promueve la transparencia y conversión de los clubes con Deportistas Profesionales en Sociedades Anónimas”, cuyo trámite se inició en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. Paralelamente, el Gobierno convocó por medio de Coldeportes a la conformación de cuatro mesas de trabajo para analizar y proponer soluciones a la crisis estructural del futbol colombiano, reuniones a las cuales asistimos los Últimos ajustes con el viceministro del Interior, Aurelio Irragorri, antes de la votación de la plenaria. representantes de ACOLFUTPRO para tratar aspectos laborales y de seguridad en los estadios. De la discusión y propuestas que se analizaron en estas reuniones se aportaron insumos para incluir en la discusión del proyecto de Ley cuando pasó de la Cámara a la Comisión Séptima del Senado de la República. En el trámite del proyecto los futbolistas queremos hacer un reconocimiento especial a las Honorables Senadoras Dilian Francisca Toro, Teresita García Futbolistas participando en la sesión plenaria y enterándose de primera mano cómo se empieza a escribir una nueva historia para los trabajadores del fútbol. Romero y Gloria Inés Ramírez ponentes del proyecto, quienes le permitieron a los representantes de los futbolistas participar, aportar y hacer conocer nuestros argumentos en defensa de los intereses de los trabajadores del futbol. En este sentido queremos agradecer el apoyo que los representantes de los futbolistas recibimos del Sr. Ministro del Interior Dr. Germán Vargas Lleras, del Sr. Viceministro Dr. Aurelio Iragorri y la Sra. Vicepresidenta del Senado Dra. Alexandra Moreno Piraquive. La senadora Gloria Ramírez, una de las ponentes, denunciando la violación del Derecho de Asociación y demás abusos de los directivos del fútbol colombiano. 4 El Futbolista Octubre de 2011 Nuevos beneficios lo qUe trae la l La nueva Ley modificó aspectos de la Ley del deporte (181 de 1995) e introduce nuevos requisitos sobre la organización, el capital mínimo y patrimonio líquido que deben mantener los clubes profesionales para poder mantener su actividad. Contempla sanciones para clubes que incumplan con el pago de obligaciones laborales de sus deportistas profesionales y crea otros mecanismos para controlarlos. Redacción El Futbolista Para facilitar su compresión, hemos preparado un resumen para que usted aprenda a conocer los alcances y beneficios que la nueva Ley le brinda al Futbolista profesional y de esta forma pueda exigir al club para el cual usted trabaja que los cumpla; no permita que los directivos afecten sus derechos y pongan en riesgo los ingresos que garantizan su bienestar y los de su familia. la oRganización de loS clubeS PRofeSionaleS Se mantuvo que los clubes deben organizarse como Corporaciones o Sociedades Anónimas. Si deciden mantenerse como Corporaciones o Asociaciones (entidades sin ánimo de lucro) en el término de 6 meses (12 de Nov. de 2011) deben ajustar sus estatutos para que cada miembro o asociado tenga derecho a un voto, independiente del número de títulos de afiliación o aportes que posea el asociado en el club (un miembro, un voto). Desde su creación la Asociación Deportivo Cali ha venido operando de esta forma. Si el club de futbol se mantiene como Asociación como mínimo deberá contar con 500 afiliados y deberá mantener como mínimo durante todo su funcionamiento, un fondo social equivalente a 1001 SMLV ($ 536.135.600). Si el club se constituyó como Sociedad Anónima o se convierte, tiene la obligación de mantener un capital suscrito y pagado de 1000 SMLV ($ 535.600.000). La nueva exigencia que se hace a los clubes es mantener un patrimonio líquido todo el tiempo y tiene por objeto que los clubes cuenten con el dinero suficiente para pagar sus obligaciones. Si el club no mantiene en caja esta suma de dinero, Coldeportes le podrá suspender su reconocimiento deportivo (no se le permite competir). La reincidencia en esta violación le acarrea al club la revocatoria del Reconocimien- Los futbolistas logramos que el Gobierno nacional se interesara en mejorar las condiciones en que desarrollamos nuestra actividad desde hace varias décadas. to Deportivo (desaparece como club). La obligación que los clubes mantengan capital liquido comienza a regir a partir del 12 de noviembre de 2012. PRocedencia de caPitaleS La Ley obliga a que los clubes reporten a Coldeportes, Supersociedades y a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público toda la información sobre el origen del capital de los clubes, de los socios que invierten o de los asociados que aportan. Se incluyo como obligación especial el reporte a la UIAF cualquier cesión o trasferencia de Derechos Deportivos de los jugadores. Tenga en cuenta que cuando usted es dueño de sus Derechos Deportivos y los vende o los presta a un club, estos ingresos y movimientos Nuevos Mecanismos de Inspección 1. PéRdida del Reconocimiento dePoRtivo cuando un club deje de participar sin interrupción durante la totalidad del campeonato oficial, salvo que se presenten causas atribuibles a fuerza mayor, caso fortuito o sanción de coldeportes, perderán su reconocimiento deportivo. coldeportes verificara estos hechos y tendrá la obligación de adoptar medidas administrativas para evitar e impedir que estos clubes puedan continuar desarrollando actividades. 2. SuSPenSión del Reconocimiento dePoRtivo Un club que incumpla con el pago de obligaciones laborales, pago de aportes a la seguridad social, pagos parafiscales u obligaciones impositivas por un periodo superior a 60 días, coldeportes previa actuación administrativa procederá a suspender el reconocimiento deportivo. la suspensión se mantendrá hasta que el club demuestre el pago de estas obligaciones. si un club al cual se le suspendió el reconocimiento deportivo reincide en el incumplimiento de estas obligaciones perderá definitivamente su reconocimiento deportivo. la actuación administrativa que adelante coldeportes para verificar el incumplimiento de los clubes en ningún caso podrá exceder los 60 días. 3. PRocedimiento PaRa la RecuPeRación de loS clubeS a partir del 12 de noviembre de 2011, los clubes que continúen como corporaciones o asociaciones deportivas obligatoriamente tendrán que adelantar un procedimiento de recuperación económica y administrativa cuando se presenta cualquiera de las siguientes situaciones: a) cuando se encuentre en estado de cesación de pagos: cuando se acredite el incumplimiento del pago de 2 o más obligaciones por más de 90 días o existan 2 demandas ejecutivas para el pago de obligaciones mercantiles y/o laborales que equivalgan al 10% del pasivo total (deudas del club). b) que en el último ejercicio contable el club acumule pérdidas que disminuyan su patrimonio por debajo del 70% de su capital total. c) cuando se rehusé a someter sus documentos a la inspección de las entidades que los supervisan. d) cuando la información presentada a las entidades de supervisión no se ajuste materialmente a la realidad económica, financiera y contable. e) cuando el club incumpla la ley, los estatutos, las órdenes o instrucciones de las entidades de supervisión. cuando se presente cualquiera de estas causales la supersociedades de oficio o por solicitud de coldeportes o por el propio club, abrirá un proceso de recuperación económica y administrativa que se encuentra regulado en la ley 550 de 1999. Para adelantar el proceso de recuperación la supersociedades designara un promotor y el club nombrara un gestor, que será designado por la asamblea de asociados, de una lista que habilite la supersociedades. El Futbolista Octubre de 2011 para 5 ley 1445 de 2011 los futbolistas colombianos El intercambio de experiencias ha sido clave para que el futbolista colombiano conozca sus derechos y se decida a reclamarlos. Mantener visible la realidad de los agremiados ha permitido la consolidación de ACOLFUTPRO. Amigo futbolista, lo mejor está por venir exija la aplicación de la Ley. tendrán que ser reportados al Ministerio de Hacienda y tendrán incidencia en sus ingresos o patrimonio para la declaración de renta. suma igual para capitalizar a la Sociedad Anónima. Por esa razón, todos los clubes que decidan “convertirse” iniciaran sus actividades como Sociedad Anónima dotados con patrimonio líquido (con dinero) para poder operar como club profesional. la ley PeRmite la conveRSión de clubeS Sin ánimo de lucRo a SociedadeS anónimaS Esta es una novedad que introdujo la Ley para permitir que los actuales clubes se puedan convertir en sociedades anóni- mas, sin afectar los derechos de sus actuales asociados, permitiendo que la persona jurídica (el Club) continúe manteniendo las obligaciones que venían afectando su patrimonio, los contratos, los reconocimientos deportivos y los derechos deportivos de los jugadores. Se estableció un procedimiento especial para realizar la conversión estableciendo como obligación que la suma de dinero que se le reconozca a un asociado como aporte, obligatoriamente tendrá que invertir una en la ley Se PRohíbe la tRiangulación Uno de los mecanismos que utilizaron algunos clubes en su intento de evadir controles y burlar a los acreedores fue uti- lizar sociedades anónimas o sin ánimo de lucro distintas a los propios Clubes para que los administraran. Esta figura fue utilizada entre otros clubes por el Pereira, Unión Magdalena, América y Millonarios. En la nueva Ley, se prohíbe que la administración del club se pueda delegar en persona jurídica o natural, distinta del propio club, con lo cual se le pone fin al testaferrato que permitió la burla de los derechos de los acreedores incluidos los futbolistas. Vigilancia y Control sobre los Clubes en la ley se obliga a que un club que al momento de iniciar el proceso de recuperación se encuentre con patrimonio negativo y en el acuerdo se establezca que es necesario realizar una capitalización, esta solo podrá efectuarse en dinero. si el proceso de recuperación fracasa, el club tendrá que liquidarse en los términos de la ley 1116 de 2006. 4. funcioneS de inSPección vigilancia y contRol las funciones de inspección vigilancia y control sobre los clubes profesionales se mantienen en cabeza de coldeportes y la supersociedades ejercerá esas funciones en materia societaria. cuando un club constituido como sociedad anónima decida inscribir la sociedad en la bolsa de valores para captar dinero del público (emisión de acciones) quedara sujeto al control de la superfinanciera. 5. exigencia de niveleS de PatRimonio líquido coldeportes establecerá los niveles de patrimonio líquido de los clubes para garantizar la sostenibilidad de los mismos. con ese propósito, le corresponde a coldeportes aprobar el presupuesto anual de funcionamiento de cada uno de los clubes profesionales, en el cual deberá quedar garantizado el cumplimiento de todas las obligaciones de los clubes y especialmente el pago de salarios, aportes a la seguridad social y parafiscales. 6. no máS caRRuSeleS de ReconocimientoS dePoRtivoS Uno de los mecanismos más utilizados por los directivos para defraudar a los acreedores fue el de constituir otra corporación o asociación como club profesional y trasladar el derecho de afiliación a la Federación (la ficha) los derechos deportivos y demás activos, para no pagar sus obligaciones. como por ejemplo, han existido varios cúcutas deportivos (nuevo cúcuta deportivo, san José de cúcuta deportivo, cúcuta 2001 y asociación cúcuta deportivo) o dejaba de operar un club como Pumas de casanare para vender su derecho de afiliación y lo utilice hoy el real santander o pasar de girardot Futbol club, a Palmira Futbol club y hoy al Pacífico Fútbol club, burlando el pago de sus acreedores bajo la complacencia y complicidad de los directivos de la Federación y la dimayor y los directores y funcionarios de coldeportes. la nueva ley obliga a que coldeportes solo pueda mantener vigentes un número igual de reconocimientos deportivos al número de clubes profesionales afiliados a la Federación. a partir de la vigencia de esta ley (12 de mayo de 2011) antes de que coldeportes pueda otorgar un nuevo reconocimiento deportivo, deberá verificar que el club profesional afiliado y cuyo derecho de afiliación va utilizar el nuevo club profesional, haya cancelado todas sus obligaciones laborales, fiscales y parafiscales. no podrá utilizar un nuevo club, el derecho de afiliación del club que no va continuar operando hasta que este club pague lo que debe. de esta forma coldeportes podrá otorgar el reconocimiento deportivo al nuevo club para que pueda competir. 6 El Gobierno acoge El Futbolista Octubre de 2011 la ley 1445 de 2011, Un gran Durante meses ACOLFUTPRO hizo conocer al país y en especial a los honorables miembros de la Cámara de Representantes y el Senado de la República, las condiciones desventajosas en que los futbolistas colombianos veníamos desarrollando nuestro trabajo. Y luego de una gran gestión, se le dio vida a la Ley 1445 de 2011 que nació para mejorar las condiciones de vida de nuestros agremiados. Redacción El Futbolista Debieron pasar más de 60 años para que por fin la clase política del país permitiera que los futbolistas participaran, a través de sus representantes, en la construcción de reglas que defendieran los intereses de los trabajadores del fútbol y no solamente para beneficiar a los clubes. Con la promulgación de esta Ley se crean herramientas jurídicas que le per- La presentación en sociedad de la nueva ley se hizo ante futbolistas, directivos del fútbol, congresistas, el Gobierno nacional y Coldeportes. Ahora tenemos que hacer que se aplique por el bien del fútbol colombiano. miten a Coldeportes sancionar a los clubes que incumplan con el pago de salarios, seguridad social y todas aquellas prestaciones que la legislación laboral Futbolistas y ex futbolistas quedaron enterados de las bondades de la Ley 1445 de 2011, que introduce instrumentos para la verdadera profesionalización de nuestro balompié. colombiana contempla para todos los trabajadores del país y que durante décadas no pudieron disfrutar los protagonistas del espectáculo deportivo. La expedición de la Ley 1445 de 2011 representa todo un logro para quienes conformamos ACOLFUTPRO, por cuanto es el fruto de muchas horas Las grandes glorias del fútbol colombiano comparten la conquista con el Ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, decidido animador a que el fútbol tenga un efectivo control de Coldeportes. El Futbolista Octubre de 2011 7 n logro de acolFUtPro nuestros reclamos Con la Ley 1445 se inició un nuevo capítulo en la lucha de ACOLFUTPRO por defender los derechos de sus agremiados. Sin duda, otra batalla que se gana en cuanto a tener reglas claras. de diálogos con el poder legislativo y Ejecutivo del país, ante quienes pudimos demostrar el estado de indefensión en que se nos ha mantenido a los futbolistas y a nuestras familias, instrumentos que permitirán, si se hacen cumplir, que nuestro fútbol inicie un verdadero pro- ceso de profesionalización. De ahora en adelante nos queda como tarea a todos nosotros los futbolistas hacer que la Ley se cumpla, aprendiendo a conocerla y a exigir sin temor que los clubes la acaten. Nuestra responsabilidad será la de Con un almuerzo privado los futbolistas festejamos la presentación de la nueva ley como el resultado de una intensa campaña por la dignificación de la profesión en Colombia. Agremiaciones internacionales de futbolistas acompañaron el logro colombiano. En la foto Carlos González Puche, Carlos Valderrama, Fernando Revilla (Perú), René Higuita y RinaldoMartorelli (Brasil). mantener los objetivos y propósitos que con tanto entusiasmo manifestó el señor Presidente de la República Juan Manuel Santos Calderón cuando hizo su lanzamiento en el Centro de Alto Rendimiento de Bogotá el pasado 24 de Mayo de 2011. El saludo presidencial para los representantes de la FIFPro que desde Brasil y Perú acudieron al lanzamiento que convoco al Gobierno nacional y al fútbol colombiano. 8 El Futbolista En consideración a la problemática que venimos afrontando los futbolistas colombianos por la desprotección en materia de Seguridad Social y de garantías laborales, el 31 de mayo pasado la Presidencia del Senado creó una Comisión Accidental de Seguimiento a nuestra situación laboral. Redacción El Futbolista P or iniciativa de la Senadora Gloria Inés Ramírez se propuso la creación de una Comisión de Seguimiento que inicialmente fijó el término de 45 días para presentar un informe a la plenaria del Senado sobre toda la problemática con relación a los aspectos de Seguridad Social, en materia de Pensional y Salud y con relación a los derechos de Reunión, Asociación y Negociación Colectiva de los futbolistas. Dentro del plan de trabajo y actividades de esta Comisión se tienen previstas reuniones con Directivos, Jugadores y visitas a los Clubes Profesionales donde se han presentado y se mantienen las situaciones más conflictivas en estas materias. La Comisión también ha requerido Octubre de 2011 La Comisión Accidental de Seguimiento a la situación Laboral de los futbolistas la integran los senadores Gloria Inés Ramírez (presidenta), Camilo Armando Sánchez Ortega, Antonio José Correa Jiménez y Teresita García Romero. En la mira, el senado de la rePública creó Una comisión de segUimiento situación Laboral de los futbolistas colombianos al Director de Coldeportes, para verificar el cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponde ejercer sobre los clubes profesionales. También se requirió al Ministerio de la Protección Social para que informe la situación de la negociación colectiva que está planteada desde el 2005, asi como el cumplimiento de las recomen- El presidente Juan Manuel Santos sentenció que: “el Gobierno apoyará a los clubes, pero no permitirá que sus abusos continúen”, por eso ACOLFUTPRO, saluda también las iniciativas de Senado y Cámara. daciones de la OIT, ante la queja presentada por ACOLFUTPRO. Debido a que la agenda de la Comisión no se ha podido desarrollar en toda su extensión, el Senado de la República decidió ampliar la duración de esta, hasta diciembre próximo y aún se está pendiente de que se fije la fecha para que el órgano de seguimiento pueda presentar su informe en la plenaria del Senado. Por iniciativa del actual presidente de la Cámara, Honorable Representante Simón Gaviria, se conformó una Comisión en Cámara de representantes para revisar otros aspectos relacionados con el cumplimiento de los clubes profesionales y el seguimiento a la implementación de la Ley 1445. La Asociación de Futbolistas celebra la creación de estas comisiones de Senado y Cámara, antes las cuales hará conocer toda la información que se requiera para la preservación de los derechos de los trabajadores del fútbol en Colombia. ACOLFUTPRO como representante de los futbolistas de Colombia apoya todas las iniciativas del Congreso de la república con el objetivo de lograr el saneamiento de los clubes y la protección de los derechos de los futbolistas. El Futbolista Octubre de 2011 Dos meses antes de que se realizara el Mundial Sub20 en el país, se anunció con ¨bombos y platillos¨ un acuerdo para sanear el fútbol colombiano, pero finalizada la cita orbital se incumplió lo firmado. otro amagUe imPUne de los directivos Directivos firman acuerdos que no cumplen Ante el Vicepresidente de la República, Angelino Garzón, los directivos del fútbol colombiano se comprometieron a sanear las finanzas de los clubes, pero le incumplieron, así como le han venido incumpliendo a los futbolistas durante décadas. Redacción El Futbolista E 9 l pasado 5 de mayo se formalizó el acuerdo para el fortalecimiento del fútbol profesional colombiano, en el cual los Presidentes de la Federación y la Dimayor se comprometieron con el Gobierno, representado por el Sr. Vicepresidente y el Director de Coldeportes que al 24 de agosto de 2011, “los Clubes Profesionales se comprometían a estar a paz y salvo en materia de obligaciones laborales” al 31 de julio de 2011. Otra de los compromisos que fue pactado era el que “La Dimayor establecería un reglamento interno o medidas de autorregulación que aseguraran que los clubes que no estuvieran día con sus obligaciones laborales... no podrían participar en los certámenes que organiza”. En este sentido en la Circular de la Dimayor 132 del 13 de julio de 2011, que el Sr. Jesurum dirigió a los presidentes de los clubes afiliados a la Dimayor, le reitera lo acordado con el Gobierno Nacional en la Asamblea del 5 de mayo de 2011, reiterando que un club que adeude “no podrá participar en los certámenes organizados por la Dimayor en el segundo semestre del año 2011”. Al momento de empezar el Torneo Finalización tenían deudas laborales, equipos de la A como Santa Fe, Cúcuta, América, Cartagena, Pereira, Itagüí y Medellín. Así como Dépor, Centauros y Bucaramanga, de la B. A pesar de esa situación de incumplimiento, los acuerdos y compromisos adquiridos por los Directivos del Fútbol colombiano con el Gobierno y con el país, fueron burlados, empezó la competencia y se ignoró que club que estuviera con deu- das laborales con las nóminas actuales no podrían competir. Es evidente que una vez más los Directivos del Fútbol se burlaron del Gobierno, de la afición y de todo el país, porque saben que a pesar de sus incumplimientos los directivos de la Federación y la Dimayor no tienen la jerarquía ni el liderazgo para sancionar a los clubes incumplidores que por años han vulnerado sus obligaciones porque tienen la certeza de QUE NO VAN A SER SANCIONADOS. Los Representantes de los futbolistas le solicitamos al Presidente de la Dimayor que explique por qué clubes que no están al día compiten en el torneo, y él por qué aún no ha sido aprobado un reglamento por parte de la Dimayor en el sentido de que un Club incumplidor no pueda mantenerse en competencia. ¿Cómo es posible que el Gobierno Nacional suscriba acuerdos solamente con los empleadores (clubes) desconociendo el derecho de asociación de los futbolistas y contrariando los principios de diálogo social en que está comprometido el actual Gobierno. Palabra de Jesurum El Presidente de la Dimayor al concluir la REUNIÓN DE ACUERDO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL FUTBOL PROFESIONAL COLOMBIANO que se llevó a cabo el pasado 5 de mayo se comprometió a establecer un “Reglamento Interno o medidas de autorregulación que aseguren que los clubes que no estén al día con sus obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores del presente campeonato no puedan participar en los certámenes que organiza”. Pero se venció el plazo dado y los 36 clubes empezaron competencia como si estuvieran al día, pero debían Medellín Cartagena , Santa Fe, Cúcuta y América, de la A y Centauros, Expreso Rojo y Dépor de la B. Al cierre de esta edición los clubes mantienen deudas con sus nóminas actuales son: Dépor, Medellín, Once Caldas, Cúcuta, Expreso Rojo y Bucaramanga. ACOLFUTPRO está adelantando el inventario de deudas de años anteriores que pondrá en conocimiento de ACOLFUTPRO pregunta ¿Dr. Jesurum por favor respóndale al país Coldeportes. por qué clubes que no estaban al día sí pudieron competir?. 10 El Futbolista Octubre de 2011 Cada vez más consciente comPrometidos con la ProFes Es creciente la participación y el grado de madurez de los líderes. Se advierte mucho más fuerte el compromiso de los capitanes de los clubes. El futbolista colombiano ya sabe para dónde va y lo que quiere alcanzar con su profesión. La unidad de grupo y la conciencia colectiva quedaron confirmadas en una reunión en la que se tomaron decisiones de fondo. Redacción El Futbolista El lunes 27 de Junio mientras el país disfrutaba de uno de tantos puentes festivos, se llevó a cabo en Bogotá la Asamblea Ordinaria de los Futbolistas Profesionales de Colombia. En la reunión estuvieron presentes representantes de los jugadores de 32 clubes profesionales. No asistieron los representantes de Nacional, Tolima, Centauros y la Equidad Seguros. La reunión estuvo presidida por Fabián Vargas actual Vicepresidente del Consejo Directivo. En la sesión ordinaria entre otros temas se debatió todo lo relacionado con la situación actual de la Negociación Colectiva, pliego de peticiones que los directivos se han negado a discutir y La participación de 32 delegados de igual número de equipos profesionales del país demuestra el crecimiento y el poder de penetración de la Asociación de Futbolistas, como actor protagónico del balompié nacional. concertar desde septiembre de 2005. Igualmente se explicó en detalle los alcances y pormenores de la Ley 1445 de 2011 que establece obligaciones y sanciones para los clubes que incumplan con sus obligaciones de pago de salarios y de seguridad social integral, cuando superen los 60 días, lo que les acarreará la suspensión y hasta la pérdida de sus reconocimientos deportivos, garantías que protegen los derechos mínimos de los futbolistas. También se revisó lo relacionado con el Acuerdo para la Prosperidad del Futbol y los compromisos que el Sr. Presidente Juan Manuel Santos y su Gobierno adquirieron con los futbolistas. Los asistentes tuvieron la oportunidad de conocer en detalle, la Sentencia de la H. Corte Constitucional T-740 de 2010 que además de ordenar al club Deportes Tolima entregar los derechos deportivos a Cristian Mejía, creó Jurisprudencia Constitucional con relación a la protección sobre la contratación de trabajadores menores de edad en el futbol y la obligación de Coldeportes, en ejercicio de sus funciones de Inspección Vigilancia y Control de aprobar cualquier Reglamento o Estatuto deportivo que expida Colfútbol o la Dimayor (control de legalidad), normativa que debe ajustarse a los mandatos y principios de nuestra Constitución Política y Legislación Laboral. Teniendo en cuenta que en la reunión estuvo presente una representante de la Comisión Accidental del Senado de la República para el Seguimiento de Unidos para tomar decisiones en un ambiente de unión, camaradería y compromiso para continuar desarrollando los objetivos de acolfutpro en defensa de los derechos de los futbolistas, por unanimidad de los presentes la asamblea aprobó las siguientes resoluciones: . rechazamos el Pacto discriminatorio acordado por los directivos en la asamblea de clubes de primera división el viernes 24 de Junio, que tiene por objeto restringir el derecho al trabajo de los futbolistas que hayan terminado sus contratos de trabajo con justa causa a partir del 1 de Junio de 2011. denunciamos el acuerdo entre directivos según el cual para que un futbolista pudiera ser contratado por un nuevo club debía contar con la autorización o aprobación de su antiguo club, requisito sin el cual, el nuevo club no podría formalizar un nuevo contrato de trabajo, condición que atenta contra nuestro derecho constitucional al trabajo. . solicitar al gobierno nacional en cabeza del ministerio de la Protección social que no permita que se continúe dilatando la negociación colectiva de las peticiones que presentamos los futbolistas desde Julio de 2005, conflicto colectivo que la oit y la Procuraduría general de la nación ya ordenaron que el gobierno adoptara las medidas necesarias para resolverlo. 1 2 3 . Pedimos que el acUerdo Para el Fortalecimiento del FUtbol ProFesional colombiano que formalizó el gobierno con los directivos de Fútbol el pasado 5 de mayo de 2011, no se limite a exigir que los clubes profesionales paguen las obligaciones laborales y de seguridad social “con sus trabajadores actuales”. solicitamos al gobierno que adopte las medidas para garantizar el pago de las deudas existentes con los trabajadores del fútbol y condicione la participación de clubes Profesionales en los torneos de futbol hasta que paguen sus acreencias con los futbolistas. . solicitamos al director de coldeportes que de manera inmediata ordene las visitas de verificación sobre el cumplimiento de los clubes de la categoría de ascenso, visitas que no han sido realizadas. . condenamos todas las acciones y conductas de los directivos que atenten contra el derecho de asociación y reunión de los futbolistas en colombia, en especial la asamblea denuncia a los directivos de los clubes dépor F.c., la equidad seguros, expreso rojo, deportivo independiente medellín, centauros y envigado quienes impiden que los trabajadores del Fútbol podamos ejercer nuestro derecho constitucional de reunión y asociación. 4 5 El Futbolista Octubre de 2011 11 es de nuestros derechos sión y con las caUsas comUnes Orgullosos de lo que somos cinco capitanes resumen su experiencia y cuentan cómo les ha cambiado la vida desde que existe asociación de Futbolistas Éver Salas (Barranquilla F.C.): Una representante de la Comisión Accidental del Senado de la República, que sigue la situación laboral de los futbolistas colombianos escuchó de primera mano las quejas de los delegados de todos los rincones del país. Agustín Julio (Santa Fe): la asociación cambió la realidad del futbolista en su totalidad, yo que llevo muchos años en esta cuestión del fútbol me doy cuenta de los desmanes y el manoseo que sufrimos centenares de jugadores. muchos años me quedé sin un peso cuando no clasificábamos, durante muchos años vulneraron nuestros derechos, pero ha sido mucho lo que la asociación ha colaborado para ponerle fin a los abusos y ahora todos unidos podemos reclamar nuestros derechos como trabajadores. el cambio es inmenso, a mí me tocó la época de ser tratado como un esclavo, había gente que manejaba el fútbol de otra forma, pero hoy estamos más preparados y tenemos una ley que nos respalda y que ha sido el fruto de nuestro trabajo. Hoy podemos hablar que hubo un antes y un después de la asociación. Hoy estoy seguros de que esta profesión va para adelante en colombia”. Fabián Vargas presidió la reunión y dejó claro que solo los futbolistas pueden cambiar su historia con acciones colectivas. la Situación laboral de los Jugadores de Futbol Profesional Colombiano, cada uno de los delegados presento la situación laboral actual de cada uno de los clubes donde actúan, presentación que “Para nadie es un secreto, esta asociación nos tiene viviendo diferente a muchos futbolistas en colombia, porque antes éramos muy inocentes y desconocíamos casi todo lo de los contratos, las prestaciones sociales y los demás derechos que tenemos los trabajadores, por eso hay que apoyar este tipo de acciones que van en favor de nosotros yde nuestras familias. a nosotros nos cambió la vida por completo, cada vez son más los equipos que se vieron en la necesidad de tratarnos mejor. ya tenemos derecho a una pensión digna y a las prestacioines sociales completas, ya no nos cegamos con un salario, ya sabemos que hay otras cosas que son mucho más importantes para nuestro futuro”. Mauricio Árquez (Cúcuta): permitió establecer la realidad sobre el cumplimiento de pagos y los diversos mecanismos contractuales utilizados por los clubes para eludir sus obligaciones legales. “sin lugar a dudas, ya no somos los ignorantes de otras épocas que firmábamos cualquier cosa y tragábamos entero, ya la situación es diferente, hemos encontrado un conocimiento gracias a la capacitación permanente que nos ofrece la asociación. el aprendizaje es constante, estamos aprendiendo a defender nuestros derechos como trabajadores del fútbol. destacó el crecimiento de la asociación y la fuerza que adquiere día tras día. ver a Puche debatiendo ante el Presidente de la república y a un grupo de futbolistas haciendo lobby en el congreso, habla claramente del espacio que nos ganamos los futbolistas por estar unidos, eso es digno de mostrar”. Wilmar Aguirre (Unión Magdalena) “el aporte de la asociación es evidente en nuestras vidas, se han visto demasiados cambios, ya los directivos respetan más la parte laboral y los derechos de los trabajadores. antes demoraban mucho para pagar salarios, ahora antes de dos meses intentan ponerse al día. se nota que la agremiación es fuerte, por eso en mi club nos sentimos respaldados, porque el trabajo que se realiza nos genera confianza, pues se van ganando espacios que nos benefician a todos”. Carlos Pérez (Uniautónoma) Cuando el liderazgo va más allá de la cancha, los triunfos y las satisfacciones se convierten en un estilo de vida. “la calidad de vida de los futbolistas cambió por completo desde que apareció nuestra agremiación. Fueron muchos los años en que no se respetó ningún derecho laboral. el hecho de que ya podamos tener contratos con todo por encima, esa una ganancia muy importante, eso antes era impensado. nunca me he sentido perseguido por ser de la asociación y ahora en Uniautónoma menos, porque la presidenta silvia gette nos pone a disposición el salón de eventos para que nos reunamos y debatamos nuestras cosas, eso es tener un trato de altura, como a todo buen trabajador”. 12 El Futbolista Redacción El Futbolista P ara los futbolistas este fallo deja un precedente al cual no se le ha dado la suficiente trascendencia y difusión. La Honorable Corte Constitucional tuteló los derechos fundamentales al trabajo, a la libertad de profesión, a la dignidad humana y al debido proceso de Cristian Mejía y ordenó que en el término de 48 horas el club Deportes Tolima le entregara sus derechos deportivos. Para los jugadores colombianos este fallo deja en evidencia que nuestros reclamos tienen fundamento constitucional y legal y que el más alto Tribunal Constitucional nos da la razón para demostrar, el abuso del cual hemos sido objeto por parte de los clubes, debido a nuestra ignorancia, desconocimiento y miedo a exigir ante los jueces, que los clubes y directivos respeten nuestros derechos. El estudio y análisis que realizo el Dr. Juan Carlos Henao, actual Presidente de la Corte, con la colaboración del Dr. Fernando A. Rey Cruz, para adoptar su decisión abarca aspectos relacionados con los requisitos para que los clubes puedan contratar menores de edad. Reitera el cumplimiento de las exigencias establecidas en la normativa laboral, que obliga a que los clubes respeten condiciones con relación a la duración de la jornada de trabajo, a la verificación sobre el lugar de descanso, Octubre de 2011 La Sentencia T–740 de 2010 ratifica que los reglamentos de las Federaciones y la FIFA no pueden estar por encima de los derechos fundamentales de los futbolistas. Reconocimiento. Corte tenemos claro Hacia dónde vamos El caso de Cristian Mejía fue seguido de cerca por ACOLFUTPRO. Aquí en la foto en Montevideo, Uruguay con los representantes de la FIFPro que apoyaron su defensa. alimentación y condiciones de trabajo del menor y al requisito que se le permita estudiar al futbolista menor de edad. El otro aspecto que se analiza en pro- Con la sentencia de la Corte Constitucional los futbolistas nos revitalizamos para seguir luchando por los derechos que por muchos años nos negaron los directivos. El fútbol no es una isla En la sentencia la Corte Constitucional ordena que en el término de 48 horas deberán ser remitidos al director de Coldeportes, los estatutos de Dimayor y Colfútbol, para que dentro de los tres meses siguientes a la notificación de esta sentencia se efectúe el control que legalmente le corresponde sobre los ámbitos estrictamente deportivos, para verificar que se ajusten a los preceptos de la Constitución y las Leyes colombianas. La Corte también advirtió que hacia el futuro cualquier estatuto en el ámbito deportivo que dicte la Dimayor o Colfútbol, no podrá entrar en vigencia sin que previamente se haya surtido el control de legalidad por parte del Director de Coldeportes. Al respecto hay que reconocer que desde su creación ACOLFUTPRO ha solicitado a Coldeportes que ejerciera el control de constitucionalidad sobre los Estatutos proferidos por Colfútbol y Dimayor para impedir que vulneraran los derechos fundamentales de los futbolistas, sin que el organismo responsable así lo hiciera. La Corte Constitucional le ha dado la razón a ACOLFUTPRO en sus demandas y exigencias de control por parte de Coldeportes y de hoy en adelante no se podrá continuar emitiendo reglamentos que violen preceptos constitucionales y legales, como hasta ahora ha sucedido, situación que permitió que los clubes profesionales nos violentaran a los trabajadores del fútbol, nuestros derechos fundamentales de Libertad de Trabajo y del libre ejercicio de profesión u oficio y de acceso a la justicia. El Futbolista Octubre de 2011 13 constitucional nuevamente nos da la razón fundidad es el relacionado con el alcance y jerarquía de los reglamentos deportivos expedidos por las Federaciones y para el caso concreto por Colfútbol y la FIFA, desmitificando y dejando en claro que estos reglamentos no pueden estar por encima de nuestra Constitución Política, y los derechos fundamentales que las autoridades le deben garantizar a todos los Colombianos. Sobre este particular el fallo de la Corte es contundente al establecer que “cabe indicar que la función de control de Coldeportes no puede estar solamente circunscrita a aprobar los estatutos sociales, sino que su competencia va más allá, le corresponde aprobar todos los estatutos, reformas y reglamentos de la DIMAYOR y COLFUTBOL, en ámbitos estrictamente deportivos, por tratarse de estamentos que hacen parte del Sistema Nacional del Deporte. Permitir entonces, que las citadas organizaciones eludan el control por parte del Estado, es tanto como autorizar el ejercicio arbitrario de las regulaciones en las que el deportista está en condiciones de desigualdad manifiesta, parámetro que ciertamente encuentra consonancia con los lineamientos dictados por la FIFA, pues justamente como una manifestación soberana los Estados deben establecer el cumplimiento de controles que contribuyan en el “carácter universal, educativo y cultural” del fútbol, a los que no pueden sustraerse los citados organismos deportivos” Cristian Mejía se fue libre del Deportes Tolima porque al momento de hacerle el contrato laboral, no se cumplieron los requisitos de ley para contratar a menores de edad. Con regocijo los futbolistas colombianos recibimos la sentencia T-740 de la Honorable Corte Constitucional, porque en ella se reconocen que ACOLFUTPRO siempre ha tenido razón en sus reclamos. Las conclusiones Debido a la extensión e importancia de esta Sentencia, consideramos necesario que conozca de manera resumida las conclusiones y determinaciones que en nombre del pueblo estableció la Corte Constitucional: . La acción de Tutela es procedente contra controversias contractuales que surjan entre clubes y jugadores que involucren derechos fundamentales porque “la corta vida deportiva del jugador” así lo exige, más aun cuando están involucrados menores de edad. . El contrato entre Mejía y el Tolima fue legítimamente terminado porque desconoció un requisito sustancial que afecto su validez, que la autorización expedida por el inspector de trabajo verifique unas condiciones especiales para impartir su aprobación estableciendo que el menor de edad puede realizar esas actividades. . Coldeportes debe verificar cuando los clubes registren derechos deportivos sobre menores de edad que se cumplan con los requisitos de protección del menor. . La titularidad de los derechos deportivos no le corresponde exclusivamente a los clubes, es una opción con la que igualmente cuentan los deportistas en el evento que no exista relación laboral. . Si bien los márgenes de las Federaciones deportivas son amplios, no pueden contrariar los valores fundamentales de los deportistas, regulaciones que no pueden afectar la libertad de trabajo ni cosificar al futbolista, cuando los clubes no cumplan con sus obligaciones. . La circunstancia de que exista un trámite federativo administrativo o judicial en curso, no puede convertirse en un pretexto para disponer de manera deliberada de derechos de transferencia sobre un jugador de fútbol. Los organismos deportivos no pueden dictar medidas provisionales que afecten la vida deportiva del jugador o lo cosifiquen. 1 2 3 4 5 6 14 El Futbolista Octubre de 2011 en la Pensión, el FUtUro es Hoy ¿Cómo se pensionan los futbolistas? Esté preparado para la otra vida, la que sigue después de dejar el fútbol. La pensión no es cosa de viejos, es asunto de cada trabajador y se construye a lo largo de toda la vida laboral. No se descuide, esté atento, pregunte, es su dinero y el de su familia. Lea con atención. ajusten los 50 años o en el evento de sufrir invalidez sin importar la edad, sería ganando medalla de oro, plata o broce, en los Juegos Olímpicos, u obtener el primer, segundo o tercer puesto en el Mundial de Fútbol Categoría Mayores, prestación que se denomina “Estímulo para las Glorias del Deporte Nacional”, a cargo de Coldeportes Nacional. Art. 45 y su parágrafo de la Ley 181 de 1995 reglamentado por el Decreto 1083 de 1997. Redacción El Futbolista Por ley los futbolistas profesionales pueden acceder a la pensión de vejez ordinaria, que es una prestación igual a la que se le concede a todas las personas que cotizan al Seguro Social o a los fondos privados de pensiones. Los futbolistas al no contar con un régimen especial se pensionan como cualquier otro trabajador colombiano independientemente a que se ejerza una profesión de corta duración, cuyo periodo de trabajo activo oscila entre los 18 y los 40 años de edad. En la actualidad el régimen de pensión vigente está establecido la Ley 797 de 2003; que prescribe como requisitos para pensionarse 62 años de edad y como mínimo tener 1.300 semanas cotizadas. En el eventual caso de que sean un ex futbolista el que pretende reclamar la pensión de vejez, porque en la actualidad tiene 60 o más años de edad, según el caso se beneficiar del Régimen de Transición que va hasta mediados del 2014, accediendo a la pensión con 500 y hasta 1.000 semanas cotizadas. Recuerde amigo futbolista, solo usted puede escoger su fondo de pensión, por eso es importante que tenga cuál es el que desea, para cuando lo llamen a firmar algún contrato laboral, deje muy claro en qué fondo le deben realizar los aportes a nombre suyo. Diferencia del derecho de pensión del Régimen del ISS y los fondos privados A la vida de todo futbolista llega el día en que desaparecen los camerinos, el público, los contratos y hasta el reconocimiento, y es entonces cuando solo queda lo sembrado, la pensión. Cabe aclarar que los futbolistas son susceptibles de una invalidez y bajo estas características las circunstancias son distintas. Por ley a todos los futbolistas en Colombia a parte de las cotizaciones para pensión, sus empleadores les deben pagar mensualmente las cotizaciones por Riesgo Profesional para amparar las consecuencias de un accidente de trabajo que pueda ocurrir en el ejercicio de una profesión calificada como de alto riesgo. ¿Cómo se accede a la Pensión de Invalidez? La Administradora de Riesgos Profesionales (ARP) pensiona a cualquier futbolista que pierda el 50% o más de su capacidad laboral como resultado de las funciones de su trabajo o por enfermedad derivada del mismo, sin importar la edad o tiempo cotizado. La ARP también pensiona al cónyuge o a los hijos, en caso de muerte del futbolista. Caso ocurrido con Geovany Córdoba y Herman Gaviria ex futbolistas del Deportivo Cali, quienes perdieron la vida por una descarga eléctrica mientras entrenaban. Cabe advertir que si la muerte del deportista se da por función distinta al fútbol, ya sería el Seguro Social o los respectivos fondos privados, los que pensionarían al cónyuge e hijos, de igual forma ocurriría en caso de invalidez, si la misma se produce en un accidente fuera del trabajo, como aconteció con Diego Cortés Bernal o el profesor Luis Fernando Montoya. Por eso es tan importante que el club para el cual usted trabaja realice la cotización sobre la totalidad de su ingreso como futbolista. Pensión Especial del Deportista Otra forma de pensionarse una vez Otro punto importante es conocer la diferencia entre cotizar en un fondo privado (Porvenir, ING, Colfondos y etc..) y cotizar en el Seguro Social; en el primero no se pensionan con semanas, sino con el capital ahorrado (120 millones para un salario mínimo); mientras que en el segundo, se pensionan con edad, semanas cotizadas y es vitalicia (62 años-1.300 semanas). En otras palabras, es más favorable estar en el ISS por que la pensión luego podría pasar al cónyuge, en caso del fallecimiento del titular, mientras que en el fondo privado se tiene la pensión hasta que se gaste lo ahorrado. Claro que la ley permite que cada futbolista escoger el fondo que más se adapte a sus intereses. Estar pendiente de cuánto es y dónde están los aportes a pensión, es obligación de cada futbolista, por el bien suyo y de su familia. El Futbolista Octubre de 2011 15 Por Carlos Eduardo Orozco Pretender Foto JUAN MANUEL SANTOS País sede del congreso de la FIFPRO División América 2011 Relativo al ano Transporte Estar a masivo de la moda los caleños Iniciales del “Guajiro” Comadre Club del calcio Extremo de un equipo de fútbol Prefijo que significa cuatro o b t u Pendiente Jairo Murillo (Ex futbolista) Convierte gol Artículo ACOLFUTPRO FOTO Licor Asistente técnico de la selección Colombia Amarra Labrar Negación inglesa Nieto de Jacob fi Metal raro de símbolo Y Voz del beso c u Yodo Miguel Osorio Isaza r C “La Mechita” Oxígeno Giro Arrugar prohibido Artículo indeterminado Piedra que contiene mineral de hierro Unión Española Impar Prefijo que escucha Hombre paciente megalopa País suspendido como miembro activo de la FIFPRO Así sea Aféresis de compañero Boro Ídolo pijao Nota musical Cotejo igualado a un tanto Cifra redonda Deforme País de Europa Voz de mando Temprano Sufijo alcohólico Club donde actuó el Niche Guerrero Roentgen Fase Fin de la anterior película a la Azufre Ex meta colombiano Raspar Átomo Dueño del arca Cera derretida de las velas Perder el equilibrio Faustino Asprilla Simulación Carril Hija de Inaco Instituto de primaria Mauricio Carraspeo Molina Insignia a t Quinientos romanos s il Apócope de tono Apellido ex DT de USA Infracción del fútbol Humilde Infusión Comunidad definida por afinidades raciales Río de España y culturales Voz de mando ARMANDO BENEDETTI Júnior Dios Mesita Veredicto supremo de noche Sufragio árabe Gresca Firmamento Radón Actual campeón El, en del fútbol francés colombiano GILMA JIMÉNEZ Liga Italiana País Área FOTO Mancha en el rostro Correo electrónico 16 El Futbolista Octubre de 2011 lo qUe el FUtbolista debe saber Del total de sus ingresos se tiene que aportar sobre el 60 por ciento Amigo futbolista desde el 2010 el Gobierno Nacional expidió la Ley 1393 que tiene por objeto entre otras finalidades, evitar la evasión y la elución de aportes a la salud y a las pensiones. En el Art. 30 establece que “los pagos laborales no constitutivos de salario de los trabajadores particulares no podrán ser superiores al 40% del total de la remuneración”. Es decir, que si usted tiene ingresos mensuales de 10 millones, su aporte mínimo debe realizarlo el club y el jugador, sobre 6 millones. Redacción El futbolista L a Ley 1393 de 2010 fijo límites a los pagos no salariales y estableció que los pagos que no constituyen salario no pueden superar el 40 por ciento del total de la remuneración mensual que reciba el trabajador. Si bien, el artículo 128 del código sustantivo del trabajo, permite a las partes (trabajador y patrón) pactar que ciertos pagos no constituyan salario para disminuir los costos de nómina, prestaciones sociales y parafiscales, el Estado detectó el abuso de esta posibilidad legal. Por esa razón, como una de las medidas que se adoptaron para evitar la evasión, el legislador optó por limitar estos pagos a un 40% del total de la remuneración, para buscar que el trabajador tenga un amparo sobre su ingreso y pague proporcionalmente su salud y su pensión, porque en el intento de pagar menos, se abusó de esta posibilidad, exponiendo al trabajador, a que cuando sufriera un accidente o se presentara su deceso, su pensión no sería sobre el ingreso real al que está acostumbrado. Esta elusión afecta gravemente los ingresos de las EPS y en general del sistema de salud, situación que es uno de los factores para que se colapse por cuantiosa disminución de los aportes que ello significa. Por ejemplo, no era extraño encontrar que un trabajador que devengaba efectivamente 3 salarios mínimos, aportaba a salud y pensión únicamente sobre un salario mínimo, afectando por un lado al sistema de salud y por otro al trabajador que en el evento de muerte o accidente de trabajo tendrá derecho a recibir una pensión por una suma muy inferior al ingreso mensual que está acostumbrado a recibir para solventar los gastos del trabajador y de la familia que depende de él. Es clave estar enterado de todas aquellas disposiciones legales que pueden afectar nuestro bolsillo. Ya sabe, si tiene alguna duda comuníquese con ACOLFUTPRO. Amigo futbolista preocúpese por ser legal y exija que le paguen como lo ordena la ley. Que pagos no constituyen salario Vivienda, de Alimentación, Auxilio de transporte, Odontología y demás denominaciones) no constituye salario, significa que ese ingreso no se tendrá en cuenta para calcular las prestaciones sociales, aportes parafiscales ni de la seguridad social. Para los empleadores esto es un gran beneficio que les permite reducir su carga prestacional y parafiscal. Por estos conceptos la empresa debe pagar aproximadamente un 45% del salario. Esto quiere decir que si se le paga a un empleado un sueldo de $1.000.000, la empresa debe pagar adicionalmente $450.000 por prestaciones, seguridad social y parafiscales, lo que hace que la carga laboral de la empresa sea mayor. Al pactar pagos como no constitutivos de salario, la empresa se está ahorrando el pago de prestacionales y parafiscales, disminuyendo los beneficios del trabajador, puesto que sus prestaciones como la prima de servicios y las cesantías, y los aportes a fondos de pensión, van a ser menores, al tener una base inferior de cotización. No juegue con ese riesgo porque en el evento que se presente un impostergable usted y su familia quedarán desamparaLas consecuencias de declarar dos. El ahorro que le proponen los directivos es un riesgo que usted no se puede menos salario Cuando las partes pactan que de- permitir, ese ahorro aparente le puede saterminado pago (Prima de calzado, de lir demasiado costoso, piénselo bien. Se admite que los pagos por gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo, etc., no hagan parte del salario, toda vez que no son ingresos que van a incrementar el patrimonio del trabajador, puesto que son gastos que reconoce el empleador para que el trabajador pueda desarrollar su actividad laboral. De los pagos considerados como no constitutivos de salario que merecen especial atención por sus efectos negativos para los trabajadores y positivos para las empresas, son los pagos que pueden ser acordados como no salariales entre el trabajador y el empleador. La ley permite que el trabajador y la empresa pacten que determinados conceptos y valores no constituyan salario. Este acuerdo debe estar contenido en el respectivo contrato, y debe ser mediante mutuo acuerdo. Pero no olvide que del dinero de su contrato el 60 por ciento como mínimo debe figurar como salario básico y el 40 por ciento puede darle la figura que quiera que acuerde con su empleador.