No. 8 - Acolfutpro

Transcripción

No. 8 - Acolfutpro
El Futbolista
“Lo que el trabajador del fútbol debe saber” No. 8
No respetan ni al país ni al Gobierno
Los directivos del fútbol colombiano incumplieron de principio a fin el acuerdo para el fortalecimiento del balompié nacional que firmaron con el Gobierno el pasado 5 de
mayo que fijó un plazo para que los clubes se pusieran al
día en sus deudas laborales, so pena de no poder competir
en el segundo semestre. Varios clubes sin pagar iniciaron
la competencia y Coldeportes y la Dimayor lo permitieron.
¨Tatequieto¨ a los desafueros
La intensa batalla jurídica que permitió liberar
a Cristian Mejía del Deportes Tolima, terminó
con una Sentencia de la Corte Constitucional,
que crea jurisprudencia para contratar a futbolistas menores de edad e impone límites y
controles a los reglamentos deportivos de Colfútbol y la Dimayor.
¨Nos dieron las herramientas¨
Pag. 3. Así escribimos la
historia
Pag. 4-5. Nuevos beneficios
para los futbolistas
colombianos
Pag. 6-7. El Gobierno
acoge nuestros reclamos
Pag. 8. En la mira,
situación Laboral de los
futbolistas
Pag. 9. Directivos firman
acuerdos que no cumplen
Pag. 10-11. Cada vez más
conscientes de nuestros
derechos
Pag. 12-13. Corte
constitucional nuevamente
nos da la razón
Pag.14. Entérese de cómo
Con la Ley 1445 de 2011 el Gobierno encabezado por el señor presidente Juan
Manuel Santos y el Congreso de la República, nos dan las herramientas que
necesitamos para continuar nuestra lucha en favor del futbolista colombiano.
ACOLFUTPRO hizo evidente la desprotección de sus agremiados y participó activamente en la redacción del texto que ahora es Ley de la República.
se pensiona un futbolista
Pag.16. Del total de sus
ingresos se tiene que
aportar sobre el 60 por
ciento
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El Futbolista
Octubre de 2011
Editorial
Órgano informativo de la Asociación
Colombiana de Futbolistas
Profesionales, ACOLFUTPRO.
DIRECTOR
Carlos Francisco González Puche
NOS LLEGÓ LA HORA
CONSEJO EDITORIAL
Óscar Eduardo Córdoba
Fabián Vargas
Carlos González Puche
Luis Alberto García S.
Gustavo Quijano Africano
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Acolfutpro Carrera 36 No. 25A – 50
Teléfonos (1) 2680466 - 2680467
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Presidente: Óscar Eduardo Córdoba
Vicepresidente: Fabián Vargas
(AEK de Atenas)
Miembro: Agustín Julio (Santa Fe)
Miembro: Gerardo Bedoya
(Santa Fe)
Miembro: Ricardo Ciciliano
(Juan Aurich - Perú)
DIRECTOR EJECUTIVO
Carlos González Puche
(Ex jugador y abogado especialista
en derecho penal y administrativo
de la Universidad Externado de
Colombia).
SECRETARIO GENERAL
Luis Alberto García Suárez
(Ex jugador de clubes y
Selección Colombia)
COORDINADOR GENERAL
Gustavo Quijano Africano
(Ex jugador de clubes)
Carlos F. González Puche
Director Ejecutivo
Acolfutpro
E
Ya es hora que todos los futbolistas Colombianos estemos amparados y protegidos, para disfrutar por igual con nuestras familias derechos
mínimos, sin depender de que el club para el
cual trabajamos sea rico o pobre.
n el 2011, los futbolistas alcanzamos logros y reconocimientos que desde hace años estábamos esperando. En la Ley 1445 de 2011 se sanciona con la
suspensión del reconocimiento deportivo a los clubes que
incumplan con el pago de obligaciones laborales si exceden un plazo de 60 días y la pérdida del reconocimiento
si reinciden en estas conductas. En la Sentencia T-740 de
2010, la Corte Constitucional nos entrega más herramientas para reclamar ante las autoridades cuando un club o
directivo atente contra nuestros derechos fundamentales.
El recorrido para alcanzar estas reivindicaciones ha sido
tortuoso; amenazas, pactos discriminatorios, retaliaciones
y listas negras han sido las respuestas de los directivos
para intentar detener y disuadir a los futbolistas que se
han atrevido a reclamar sus derechos y hacer públicos
los atropellos e incumplimientos de que han sido objeto.
A nuestros fundadores, Iván Córdoba y Mario Yepes, les
costo en su momento que no fueran convocados a la selección nacional y al técnico Reinaldo Rueda le costó su
cargo por apoyar nuestra causa.
A Juan Carlos Henao lo discriminaron, para que no
lo contratara ningún club colombiano. Enumerar en una
lista a otros que se atrevieron a defender lo suyo se haría
interminable. Pero se mantuvieron y perseveraron creando precedentes que hicieron posible que la realidad del
futbolista colombiano cambiara para el bienestar de sus
familias y del gremio; Hoy Yepes es el Capitán de la selección y Henao trabaja para el club, cuyos directivos
hace 6 años, promovieron su veto. En el primer semestre,
los imberbes jugadores del Quindío se negaron a actuar
contra Millonarios, porque su club les adeudaba 2 meses
del salario exiguo que pactaron en sus contratos y se
mantuvieron firmes y unidos para hacer respetar sus derechos, dejándonos a todos los futbolistas colombianos
un ejemplo que no podemos negarnos a replicar cuando los directivos intenten abusar de nuestros derechos. El
más reciente intento por atentar contra nuestro derecho
al trabajo es el pacto discriminatorio que acordaron los
directivos en la asamblea de la Dimayor del pasado 24
de Junio. En otros países como España, Italia, Perú y Uruguay, el liderazgo para la defensa de nuestra profesión
surge de los jugadores referentes que hacen parte de la
selección nacional, consientes de la responsabilidad que
implica representar a todo un país. ¿Hasta cuándo vamos
a permitir que al alcanzar logros deportivos, los únicos
que se beneficien sean los directivos? Y ni que decir de
los gobernantes de turno; todos estos obtienen jugosos
incrementos en sus patrimonios y caudales políticos, “a
costillas” de nuestro trabajo y nos dejan solo las medallas
y los bolsillos vacios. Ya es hora de que todos los futbolistas colombianos estemos amparados y protegidos, para
disfrutar por igual con nuestras familias derechos mínimos, sin depender de que el club para el cual trabajamos
sea rico o pobre, ¡TODOS MERECEMOS RESPETO Y UN
TRATO DIGNO! Ahora que contamos con mejores instrumentos para impedir los abusos de los directivos, no
podemos ser inferiores al reto de asumir el compromiso
de fortalecer nuestro gremio y a través de una negociación colectiva garantizar condiciones mínimas para todos los futbolistas colombianos.
El Futbolista
Octubre de 2011
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Así escribimos la historia
Un breve recUento de la gestión de acolFUtPro
El camino para la expedición
de la Ley 1445 de 2011 no es
producto del azar, hace parte
de un proceso que los futbolistas colombianos generamos
para que la opinión pública y
todo un país hiciera conciencia sobre la situación real de
sus futbolistas y de los incumplimientos de los clubes. Una
realidad que los futbolistas
no podemos dejar olvidar.
Redacción
El Futbolista
E
sta historia se comenzó a escribir a
partir del cese de actividades que
realizaron los jugadores del América, Once Caldas, Pereira, Pasto, Quindío, Alianza Petrolera, Expreso Rojo,
Centauros y Patriotas, por el incumplimiento del pago de salarios y de seguridad social.
Con el apoyo de ACOLFUTPRO entre julio y octubre de 2010 las reclamaciones de los futbolistas las hicimos conocer a todo el país.
Las manifestaciones de inconformidad
coincidieron con el inicio del Gobierno
del Presidente Juan Manuel Santos Calderón, que en su campaña electoral se comprometió a trabajar con el objetivo de dar
transparencia y buen Gobierno a nuestro
alicaído fútbol profesional.
Uno de los proyectos de Ley que
Unidos en la sede de ACOLFUTPRO preparando la estrategia para el debate en el Congreso.
priorizó el Gobierno para presentar al
Congreso fue la “Ley que promueve la
transparencia y conversión de los clubes con Deportistas Profesionales en
Sociedades Anónimas”, cuyo trámite se
inició en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.
Paralelamente, el Gobierno convocó por medio de Coldeportes a la conformación de cuatro mesas de trabajo
para analizar y proponer soluciones a
la crisis estructural del futbol colombiano, reuniones a las cuales asistimos los
Últimos ajustes con el viceministro del Interior, Aurelio
Irragorri, antes de la votación de la plenaria.
representantes de ACOLFUTPRO para
tratar aspectos laborales y de seguridad
en los estadios.
De la discusión y propuestas que se
analizaron en estas reuniones se aportaron insumos para incluir en la discusión
del proyecto de Ley cuando pasó de la
Cámara a la Comisión Séptima del Senado de la República.
En el trámite del proyecto los futbolistas queremos hacer un reconocimiento especial a las Honorables Senadoras
Dilian Francisca Toro, Teresita García
Futbolistas participando en la sesión plenaria y enterándose de primera mano cómo se empieza a escribir
una nueva historia para los trabajadores del fútbol.
Romero y Gloria Inés Ramírez ponentes
del proyecto, quienes le permitieron a
los representantes de los futbolistas participar, aportar y hacer conocer nuestros argumentos en defensa de los intereses de los trabajadores del futbol.
En este sentido queremos agradecer
el apoyo que los representantes de los
futbolistas recibimos del Sr. Ministro del
Interior Dr. Germán Vargas Lleras, del
Sr. Viceministro Dr. Aurelio Iragorri y
la Sra. Vicepresidenta del Senado Dra.
Alexandra Moreno Piraquive.
La senadora Gloria Ramírez, una de las ponentes, denunciando la violación del Derecho de Asociación y
demás abusos de los directivos del fútbol colombiano.
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El Futbolista
Octubre de 2011
Nuevos beneficios
lo qUe trae la l
La nueva Ley modificó aspectos de la Ley del deporte (181 de
1995) e introduce nuevos requisitos sobre la organización, el
capital mínimo y patrimonio líquido que deben mantener los
clubes profesionales para poder mantener su actividad. Contempla sanciones para clubes que incumplan con el pago de
obligaciones laborales de sus deportistas profesionales y crea
otros mecanismos para controlarlos.
Redacción
El Futbolista
Para facilitar su compresión, hemos
preparado un resumen para que usted
aprenda a conocer los alcances y beneficios que la nueva Ley le brinda al Futbolista profesional y de esta forma pueda
exigir al club para el cual usted trabaja que
los cumpla; no permita que los directivos
afecten sus derechos y pongan en riesgo
los ingresos que garantizan su bienestar y
los de su familia.
la oRganización de loS
clubeS PRofeSionaleS
Se mantuvo que los clubes deben organizarse como Corporaciones o Sociedades Anónimas. Si deciden mantenerse
como Corporaciones o Asociaciones (entidades sin ánimo de lucro) en el término
de 6 meses (12 de Nov. de 2011) deben
ajustar sus estatutos para que cada miembro o asociado tenga derecho a un voto,
independiente del número de títulos de
afiliación o aportes que posea el asociado
en el club (un miembro, un voto). Desde
su creación la Asociación Deportivo Cali
ha venido operando de esta forma.
Si el club de futbol se mantiene como
Asociación como mínimo deberá contar con 500 afiliados y deberá mantener
como mínimo durante todo su funcionamiento, un fondo social equivalente a
1001 SMLV ($ 536.135.600). Si el club
se constituyó como Sociedad Anónima o
se convierte, tiene la obligación de mantener un capital suscrito y pagado de 1000
SMLV ($ 535.600.000). La nueva exigencia que se hace a los clubes es mantener
un patrimonio líquido todo el tiempo y
tiene por objeto que los clubes cuenten
con el dinero suficiente para pagar sus
obligaciones. Si el club no mantiene en
caja esta suma de dinero, Coldeportes le
podrá suspender su reconocimiento deportivo (no se le permite competir). La
reincidencia en esta violación le acarrea
al club la revocatoria del Reconocimien-
Los futbolistas logramos que el Gobierno nacional se interesara en mejorar las condiciones en que desarrollamos nuestra actividad desde hace varias décadas.
to Deportivo (desaparece como club). La
obligación que los clubes mantengan capital liquido comienza a regir a partir del
12 de noviembre de 2012.
PRocedencia de caPitaleS
La Ley obliga a que los clubes reporten a Coldeportes, Supersociedades y a la
Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público toda la información sobre
el origen del capital de los clubes, de los
socios que invierten o de los asociados
que aportan. Se incluyo como obligación
especial el reporte a la UIAF cualquier
cesión o trasferencia de Derechos Deportivos de los jugadores. Tenga en cuenta
que cuando usted es dueño de sus Derechos Deportivos y los vende o los presta
a un club, estos ingresos y movimientos
Nuevos Mecanismos de Inspección
1. PéRdida del Reconocimiento dePoRtivo
cuando un club deje de participar sin interrupción durante la totalidad del campeonato
oficial, salvo que se presenten causas atribuibles a fuerza mayor, caso fortuito o sanción de
coldeportes, perderán su reconocimiento deportivo. coldeportes verificara estos hechos y
tendrá la obligación de adoptar medidas administrativas para evitar e impedir que estos
clubes puedan continuar desarrollando actividades.
2. SuSPenSión del Reconocimiento dePoRtivo
Un club que incumpla con el pago de obligaciones laborales, pago de aportes a la seguridad
social, pagos parafiscales u obligaciones impositivas por un periodo superior a 60 días, coldeportes previa actuación administrativa procederá a suspender el reconocimiento deportivo. la suspensión se mantendrá hasta que el club demuestre el pago de estas obligaciones.
si un club al cual se le suspendió el reconocimiento deportivo reincide en el incumplimiento
de estas obligaciones perderá definitivamente su reconocimiento deportivo.
la actuación administrativa que adelante coldeportes para verificar el incumplimiento de los
clubes en ningún caso podrá exceder los 60 días.
3. PRocedimiento PaRa la RecuPeRación de loS clubeS
a partir del 12 de noviembre de 2011, los clubes que continúen como corporaciones o
asociaciones deportivas obligatoriamente tendrán que adelantar un procedimiento de recuperación económica y administrativa cuando se presenta cualquiera de las siguientes situaciones:
a) cuando se encuentre en estado de cesación de pagos: cuando se acredite el incumplimiento del
pago de 2 o más obligaciones por más de 90 días o existan 2 demandas ejecutivas para el pago
de obligaciones mercantiles y/o laborales que equivalgan al 10% del pasivo total (deudas del club).
b) que en el último ejercicio contable el club acumule pérdidas que disminuyan su patrimonio
por debajo del 70% de su capital total.
c) cuando se rehusé a someter sus documentos a la inspección de las entidades que los supervisan.
d) cuando la información presentada a las entidades de supervisión no se ajuste materialmente a la realidad económica, financiera y contable.
e) cuando el club incumpla la ley, los estatutos, las órdenes o instrucciones de las entidades
de supervisión.
cuando se presente cualquiera de estas causales la supersociedades de oficio o por solicitud
de coldeportes o por el propio club, abrirá un proceso de recuperación económica y administrativa que se encuentra regulado en la ley 550 de 1999.
Para adelantar el proceso de recuperación la supersociedades designara un promotor y el
club nombrara un gestor, que será designado por la asamblea de asociados, de una lista que
habilite la supersociedades.
El Futbolista
Octubre de 2011
para
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ley 1445 de 2011
los futbolistas colombianos
El intercambio de experiencias ha sido clave para que el futbolista colombiano conozca sus derechos y se decida a reclamarlos.
Mantener visible la realidad de los agremiados ha permitido la consolidación de
ACOLFUTPRO. Amigo futbolista, lo mejor está por venir exija la aplicación de la Ley.
tendrán que ser reportados al Ministerio
de Hacienda y tendrán incidencia en sus
ingresos o patrimonio para la declaración
de renta.
suma igual para capitalizar a la Sociedad
Anónima. Por esa razón, todos los clubes
que decidan “convertirse” iniciaran sus
actividades como Sociedad Anónima dotados con patrimonio líquido (con dinero)
para poder operar como club profesional.
la ley PeRmite la
conveRSión de clubeS
Sin ánimo de lucRo
a SociedadeS anónimaS
Esta es una novedad que introdujo la
Ley para permitir que los actuales clubes
se puedan convertir en sociedades anóni-
mas, sin afectar los derechos de sus actuales asociados, permitiendo que la persona
jurídica (el Club) continúe manteniendo
las obligaciones que venían afectando
su patrimonio, los contratos, los reconocimientos deportivos y los derechos deportivos de los jugadores. Se estableció
un procedimiento especial para realizar
la conversión estableciendo como obligación que la suma de dinero que se le
reconozca a un asociado como aporte,
obligatoriamente tendrá que invertir una
en la ley Se PRohíbe la
tRiangulación
Uno de los mecanismos que utilizaron
algunos clubes en su intento de evadir
controles y burlar a los acreedores fue uti-
lizar sociedades anónimas o sin ánimo de
lucro distintas a los propios Clubes para
que los administraran. Esta figura fue utilizada entre otros clubes por el Pereira,
Unión Magdalena, América y Millonarios. En la nueva Ley, se prohíbe que la
administración del club se pueda delegar
en persona jurídica o natural, distinta del
propio club, con lo cual se le pone fin al
testaferrato que permitió la burla de los
derechos de los acreedores incluidos los
futbolistas.
Vigilancia y Control sobre los Clubes
en la ley se obliga a que un club que al momento de iniciar el proceso de recuperación se
encuentre con patrimonio negativo y en el acuerdo se establezca que es necesario realizar una
capitalización, esta solo podrá efectuarse en dinero.
si el proceso de recuperación fracasa, el club tendrá que liquidarse en los términos de la ley
1116 de 2006.
4. funcioneS de inSPección vigilancia y contRol
las funciones de inspección vigilancia y control sobre los clubes profesionales se mantienen
en cabeza de coldeportes y la supersociedades ejercerá esas funciones en materia societaria.
cuando un club constituido como sociedad anónima decida inscribir la sociedad en la bolsa
de valores para captar dinero del público (emisión de acciones) quedara sujeto al control de
la superfinanciera.
5. exigencia de niveleS de PatRimonio líquido
coldeportes establecerá los niveles de patrimonio líquido de los clubes para garantizar la
sostenibilidad de los mismos. con ese propósito, le corresponde a coldeportes aprobar el presupuesto anual de funcionamiento de cada uno de los clubes profesionales, en el cual deberá
quedar garantizado el cumplimiento de todas las obligaciones de los clubes y especialmente el
pago de salarios, aportes a la seguridad social y parafiscales.
6. no máS caRRuSeleS de ReconocimientoS dePoRtivoS
Uno de los mecanismos más utilizados por los directivos para defraudar a los acreedores fue
el de constituir otra corporación o asociación como club profesional y trasladar el derecho
de afiliación a la Federación (la ficha) los derechos deportivos y demás activos, para no pagar
sus obligaciones. como por ejemplo, han existido varios cúcutas deportivos (nuevo cúcuta
deportivo, san José de cúcuta deportivo, cúcuta 2001 y asociación cúcuta deportivo) o
dejaba de operar un club como Pumas de casanare para vender su derecho de afiliación y lo
utilice hoy el real santander o pasar de girardot Futbol club, a Palmira Futbol club y hoy al
Pacífico Fútbol club, burlando el pago de sus acreedores bajo la complacencia y complicidad
de los directivos de la Federación y la dimayor y los directores y funcionarios de coldeportes.
la nueva ley obliga a que coldeportes solo pueda mantener vigentes un número igual de
reconocimientos deportivos al número de clubes profesionales afiliados a la Federación.
a partir de la vigencia de esta ley (12 de mayo de 2011) antes de que coldeportes pueda
otorgar un nuevo reconocimiento deportivo, deberá verificar que el club profesional afiliado
y cuyo derecho de afiliación va utilizar el nuevo club profesional, haya cancelado todas sus
obligaciones laborales, fiscales y parafiscales.
no podrá utilizar un nuevo club, el derecho de afiliación del club que no va continuar operando hasta que este club pague lo que debe. de esta forma coldeportes podrá otorgar el
reconocimiento deportivo al nuevo club para que pueda competir.
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El Gobierno acoge
El Futbolista
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la ley 1445 de 2011, Un gran
Durante meses ACOLFUTPRO
hizo conocer al país y en especial a los honorables miembros de la Cámara de Representantes y el Senado de la
República, las condiciones
desventajosas en que los futbolistas colombianos veníamos desarrollando nuestro
trabajo. Y luego de una gran
gestión, se le dio vida a la Ley
1445 de 2011 que nació para
mejorar las condiciones de
vida de nuestros agremiados.
Redacción
El Futbolista
Debieron pasar más de 60 años para
que por fin la clase política del país permitiera que los futbolistas participaran,
a través de sus representantes, en la
construcción de reglas que defendieran
los intereses de los trabajadores del fútbol y no solamente para beneficiar a los
clubes.
Con la promulgación de esta Ley se
crean herramientas jurídicas que le per-
La presentación en sociedad de la nueva ley se hizo ante futbolistas, directivos del fútbol, congresistas, el Gobierno nacional
y Coldeportes. Ahora tenemos que hacer que se aplique por el bien del fútbol colombiano.
miten a Coldeportes sancionar a los clubes que incumplan con el pago de salarios, seguridad social y todas aquellas
prestaciones que la legislación laboral
Futbolistas y ex futbolistas quedaron enterados de las bondades de la Ley 1445 de 2011,
que introduce instrumentos para la verdadera profesionalización de nuestro balompié.
colombiana contempla para todos los
trabajadores del país y que durante décadas no pudieron disfrutar los protagonistas del espectáculo deportivo.
La expedición de la Ley 1445 de
2011 representa todo un logro para
quienes conformamos ACOLFUTPRO,
por cuanto es el fruto de muchas horas
Las grandes glorias del fútbol colombiano comparten la conquista con el Ministro
del Interior, Germán Vargas Lleras, decidido animador a que el fútbol tenga un
efectivo control de Coldeportes.
El Futbolista
Octubre de 2011
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n logro de acolFUtPro
nuestros reclamos
Con la Ley 1445 se inició un nuevo capítulo en la lucha de ACOLFUTPRO por defender los derechos de sus agremiados. Sin duda, otra batalla que se gana en cuanto
a tener reglas claras.
de diálogos con el poder legislativo y
Ejecutivo del país, ante quienes pudimos demostrar el estado de indefensión
en que se nos ha mantenido a los futbolistas y a nuestras familias, instrumentos
que permitirán, si se hacen cumplir, que
nuestro fútbol inicie un verdadero pro-
ceso de profesionalización.
De ahora en adelante nos queda
como tarea a todos nosotros los futbolistas hacer que la Ley se cumpla, aprendiendo a conocerla y a exigir sin temor
que los clubes la acaten.
Nuestra responsabilidad será la de
Con un almuerzo privado los futbolistas festejamos la presentación de la nueva ley como
el resultado de una intensa campaña por la dignificación de la profesión en Colombia.
Agremiaciones internacionales de futbolistas acompañaron el logro colombiano.
En la foto Carlos González Puche, Carlos Valderrama, Fernando Revilla (Perú), René
Higuita y RinaldoMartorelli (Brasil).
mantener los objetivos y propósitos que
con tanto entusiasmo manifestó el señor
Presidente de la República Juan Manuel
Santos Calderón cuando hizo su lanzamiento en el Centro de Alto Rendimiento
de Bogotá el pasado 24 de Mayo de 2011.
El saludo presidencial para los representantes de la FIFPro que desde Brasil y Perú
acudieron al lanzamiento que convoco al Gobierno nacional y al fútbol colombiano.
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El Futbolista
En consideración a la problemática que venimos afrontando los futbolistas colombianos por la desprotección en
materia de Seguridad Social
y de garantías laborales, el 31
de mayo pasado la Presidencia del Senado creó una Comisión Accidental de Seguimiento a nuestra situación laboral.
Redacción
El Futbolista
P
or iniciativa de la Senadora Gloria
Inés Ramírez se propuso la creación de una Comisión de Seguimiento que inicialmente fijó el término
de 45 días para presentar un informe
a la plenaria del Senado sobre toda la
problemática con relación a los aspectos de Seguridad Social, en materia de
Pensional y Salud y con relación a los
derechos de Reunión, Asociación y Negociación Colectiva de los futbolistas.
Dentro del plan de trabajo y actividades de esta Comisión se tienen previstas
reuniones con Directivos, Jugadores y
visitas a los Clubes Profesionales donde se han presentado y se mantienen
las situaciones más conflictivas en estas
materias.
La Comisión también ha requerido
Octubre de 2011
La Comisión Accidental de Seguimiento a la situación Laboral de los futbolistas la integran los senadores Gloria Inés Ramírez
(presidenta), Camilo Armando Sánchez Ortega, Antonio José Correa Jiménez y Teresita García Romero.
En la mira,
el senado de la rePública creó Una comisión de segUimiento
situación Laboral de los futbolistas colombianos
al Director de Coldeportes, para verificar el cumplimiento de sus funciones
de inspección, vigilancia y control que
le corresponde ejercer sobre los clubes
profesionales.
También se requirió al Ministerio de
la Protección Social para que informe
la situación de la negociación colectiva
que está planteada desde el 2005, asi
como el cumplimiento de las recomen-
El presidente Juan Manuel Santos sentenció que: “el Gobierno apoyará a los clubes, pero no permitirá que sus abusos continúen”, por eso ACOLFUTPRO, saluda también las iniciativas de Senado y Cámara.
daciones de la OIT, ante la queja presentada por ACOLFUTPRO.
Debido a que la agenda de la Comisión no se ha podido desarrollar en
toda su extensión, el Senado de la República decidió ampliar la duración de
esta, hasta diciembre próximo y aún se
está pendiente de que se fije la fecha
para que el órgano de seguimiento
pueda presentar su informe en la plenaria del Senado.
Por iniciativa del actual presidente
de la Cámara, Honorable Representante
Simón Gaviria, se conformó una Comisión en Cámara de representantes para
revisar otros aspectos relacionados con
el cumplimiento de los clubes profesionales y el seguimiento a la implementación de la Ley 1445.
La Asociación de Futbolistas celebra
la creación de estas comisiones de Senado y Cámara, antes las cuales hará conocer toda la información que se requiera
para la preservación de los derechos de
los trabajadores del fútbol en Colombia.
ACOLFUTPRO como representante
de los futbolistas de Colombia apoya
todas las iniciativas del Congreso de la
república con el objetivo de lograr el saneamiento de los clubes y la protección
de los derechos de los futbolistas.
El Futbolista
Octubre de 2011
Dos meses antes de
que se realizara el
Mundial Sub20 en el
país, se anunció con
¨bombos y platillos¨
un acuerdo para sanear el fútbol colombiano, pero finalizada
la cita orbital se incumplió lo firmado.
otro amagUe imPUne de los directivos
Directivos firman acuerdos
que no cumplen
Ante el Vicepresidente de la República, Angelino Garzón, los directivos del fútbol colombiano se comprometieron a sanear las finanzas de los clubes, pero le incumplieron, así como le han venido incumpliendo a los futbolistas durante décadas.
Redacción
El Futbolista
E
9
l pasado 5 de mayo se formalizó el acuerdo para
el fortalecimiento del fútbol profesional colombiano, en el cual los Presidentes de la Federación
y la Dimayor se comprometieron con el Gobierno, representado por el Sr. Vicepresidente y el Director de
Coldeportes que al 24 de agosto de 2011, “los Clubes
Profesionales se comprometían a estar a paz y salvo
en materia de obligaciones laborales” al 31 de julio
de 2011.
Otra de los compromisos que fue pactado era el
que “La Dimayor establecería un reglamento interno
o medidas de autorregulación que aseguraran que los
clubes que no estuvieran día con sus obligaciones laborales... no podrían participar en los certámenes que
organiza”.
En este sentido en la Circular de la Dimayor 132
del 13 de julio de 2011, que el Sr. Jesurum dirigió a
los presidentes de los clubes afiliados a la Dimayor,
le reitera lo acordado con el Gobierno Nacional en
la Asamblea del 5 de mayo de 2011, reiterando que
un club que adeude “no podrá participar en los certámenes organizados por la Dimayor en el segundo
semestre del año 2011”.
Al momento de empezar el Torneo Finalización tenían deudas laborales, equipos de la A como Santa Fe,
Cúcuta, América, Cartagena, Pereira, Itagüí y Medellín.
Así como Dépor, Centauros y Bucaramanga, de la B.
A pesar de esa situación de incumplimiento, los
acuerdos y compromisos adquiridos por los Directivos del Fútbol colombiano con el Gobierno
y con el país, fueron burlados, empezó la competencia y se ignoró que club que estuviera con deu-
das laborales con las nóminas actuales no podrían
competir.
Es evidente que una vez más los Directivos del Fútbol se burlaron del Gobierno, de la afición y de todo
el país, porque saben que a pesar de sus incumplimientos los directivos de la Federación y la Dimayor
no tienen la jerarquía ni el liderazgo para sancionar a
los clubes incumplidores que por años han vulnerado
sus obligaciones porque tienen la certeza de QUE NO
VAN A SER SANCIONADOS.
Los Representantes de los futbolistas le solicitamos
al Presidente de la Dimayor que explique por qué clubes que no están al día compiten en el torneo, y él por
qué aún no ha sido aprobado un reglamento por parte
de la Dimayor en el sentido de que un Club incumplidor no pueda mantenerse en competencia.
¿Cómo es posible que el Gobierno Nacional suscriba acuerdos solamente con los empleadores (clubes)
desconociendo el derecho de asociación de los futbolistas y contrariando los principios de diálogo social en
que está comprometido el actual Gobierno.
Palabra de Jesurum
El Presidente de la Dimayor al concluir la REUNIÓN DE ACUERDO PARA
EL FORTALECIMIENTO DEL FUTBOL PROFESIONAL COLOMBIANO que
se llevó a cabo el pasado 5 de mayo se comprometió a establecer un “Reglamento Interno o medidas de autorregulación que aseguren que los clubes
que no estén al día con sus obligaciones laborales y de seguridad social con
sus trabajadores del presente campeonato
no puedan participar en los certámenes
que organiza”.
Pero se venció el plazo dado y los 36
clubes empezaron competencia como si
estuvieran al día, pero debían Medellín
Cartagena , Santa Fe, Cúcuta y América, de la
A y Centauros, Expreso Rojo y Dépor de la B.
Al cierre de esta edición los clubes
mantienen deudas con sus nóminas
actuales son: Dépor, Medellín, Once
Caldas, Cúcuta, Expreso Rojo y Bucaramanga.
ACOLFUTPRO está adelantando el
inventario de deudas de años anteriores que pondrá en conocimiento de ACOLFUTPRO pregunta ¿Dr. Jesurum por favor respóndale al país
Coldeportes.
por qué clubes que no estaban al día sí pudieron competir?.
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El Futbolista
Octubre de 2011
Cada vez más consciente
comPrometidos con la ProFes
Es creciente la participación
y el grado de madurez de los
líderes. Se advierte mucho
más fuerte el compromiso de
los capitanes de los clubes. El
futbolista colombiano ya sabe
para dónde va y lo que quiere
alcanzar con su profesión. La
unidad de grupo y la conciencia colectiva quedaron confirmadas en una reunión en la
que se tomaron decisiones de
fondo.
Redacción
El Futbolista
El lunes 27 de Junio mientras el país disfrutaba de uno de tantos puentes festivos,
se llevó a cabo en Bogotá la Asamblea Ordinaria de los Futbolistas Profesionales de
Colombia. En la reunión estuvieron presentes representantes de los jugadores de
32 clubes profesionales.
No asistieron los representantes de
Nacional, Tolima, Centauros y la Equidad Seguros. La reunión estuvo presidida por Fabián Vargas actual Vicepresidente del Consejo Directivo.
En la sesión ordinaria entre otros temas se debatió todo lo relacionado con
la situación actual de la Negociación
Colectiva, pliego de peticiones que los
directivos se han negado a discutir y
La participación de 32 delegados de igual número de equipos profesionales del país demuestra el crecimiento y el poder de
penetración de la Asociación de Futbolistas, como actor protagónico del balompié nacional.
concertar desde septiembre de 2005.
Igualmente se explicó en detalle los
alcances y pormenores de la Ley 1445
de 2011 que establece obligaciones y
sanciones para los clubes que incumplan con sus obligaciones de pago de
salarios y de seguridad social integral,
cuando superen los 60 días, lo que les
acarreará la suspensión y hasta la pérdida de sus reconocimientos deportivos,
garantías que protegen los derechos mínimos de los futbolistas.
También se revisó lo relacionado
con el Acuerdo para la Prosperidad del
Futbol y los compromisos que el Sr. Presidente Juan Manuel Santos y su Gobierno adquirieron con los futbolistas.
Los asistentes tuvieron la oportunidad
de conocer en detalle, la Sentencia de la
H. Corte Constitucional T-740 de 2010
que además de ordenar al club Deportes
Tolima entregar los derechos deportivos
a Cristian Mejía, creó Jurisprudencia
Constitucional con relación a la protección sobre la contratación de trabajadores menores de edad en el futbol y la
obligación de Coldeportes, en ejercicio
de sus funciones de Inspección Vigilancia y Control de aprobar cualquier Reglamento o Estatuto deportivo que expida Colfútbol o la Dimayor (control de
legalidad), normativa que debe ajustarse
a los mandatos y principios de nuestra
Constitución Política y Legislación Laboral.
Teniendo en cuenta que en la reunión estuvo presente una representante
de la Comisión Accidental del Senado
de la República para el Seguimiento de
Unidos para tomar decisiones
en un ambiente de unión, camaradería y compromiso para continuar desarrollando los
objetivos de acolfutpro en defensa de los derechos de los futbolistas, por unanimidad de
los presentes la asamblea aprobó las siguientes resoluciones:
. rechazamos el Pacto discriminatorio acordado por los directivos en la asamblea de
clubes de primera división el viernes 24 de Junio, que tiene por objeto restringir el
derecho al trabajo de los futbolistas que hayan terminado sus contratos de trabajo con
justa causa a partir del 1 de Junio de 2011.
denunciamos el acuerdo entre directivos según el cual para que un futbolista pudiera ser
contratado por un nuevo club debía contar con la autorización o aprobación de su antiguo club, requisito sin el cual, el nuevo club no podría formalizar un nuevo contrato de
trabajo, condición que atenta contra nuestro derecho constitucional al trabajo.
. solicitar al gobierno nacional en cabeza del ministerio de la Protección social que
no permita que se continúe dilatando la negociación colectiva de las peticiones que
presentamos los futbolistas desde Julio de 2005, conflicto colectivo que la oit y la Procuraduría general de la nación ya ordenaron que el gobierno adoptara las medidas necesarias para resolverlo.
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. Pedimos que el acUerdo Para el Fortalecimiento del FUtbol ProFesional
colombiano que formalizó el gobierno con los directivos de Fútbol el pasado 5 de
mayo de 2011, no se limite a exigir que los clubes profesionales paguen las obligaciones
laborales y de seguridad social “con sus trabajadores actuales”. solicitamos al gobierno
que adopte las medidas para garantizar el pago de las deudas existentes con los trabajadores del fútbol y condicione la participación de clubes Profesionales en los torneos de futbol
hasta que paguen sus acreencias con los futbolistas.
. solicitamos al director de coldeportes que de manera inmediata ordene las visitas de
verificación sobre el cumplimiento de los clubes de la categoría de ascenso, visitas que
no han sido realizadas.
. condenamos todas las acciones y conductas de los directivos que atenten contra el
derecho de asociación y reunión de los futbolistas en colombia, en especial la asamblea denuncia a los directivos de los clubes dépor F.c., la equidad seguros, expreso rojo,
deportivo independiente medellín, centauros y envigado quienes impiden que los trabajadores del Fútbol podamos ejercer nuestro derecho constitucional de reunión y asociación.
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El Futbolista
Octubre de 2011
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es de nuestros derechos
sión y con las caUsas comUnes
Orgullosos de lo que somos
cinco capitanes resumen su experiencia y cuentan cómo les ha cambiado la vida desde
que existe asociación de Futbolistas
Éver Salas (Barranquilla F.C.):
Una representante de la Comisión Accidental del Senado de la República, que sigue
la situación laboral de los futbolistas colombianos escuchó de primera mano las
quejas de los delegados de todos los rincones del país.
Agustín Julio (Santa Fe):
la asociación cambió la realidad del futbolista en su totalidad, yo que
llevo muchos años en esta cuestión del fútbol me doy cuenta de los
desmanes y el manoseo que sufrimos centenares de jugadores. muchos
años me quedé sin un peso cuando no clasificábamos, durante muchos
años vulneraron nuestros derechos, pero ha sido mucho lo que la asociación ha colaborado para ponerle fin a los abusos y ahora todos unidos podemos reclamar nuestros derechos como trabajadores. el cambio
es inmenso, a mí me tocó la época de ser tratado como un esclavo, había gente que
manejaba el fútbol de otra forma, pero hoy estamos más preparados y tenemos una ley
que nos respalda y que ha sido el fruto de nuestro trabajo. Hoy podemos hablar que
hubo un antes y un después de la asociación. Hoy estoy seguros de que esta profesión
va para adelante en colombia”.
Fabián Vargas presidió
la reunión
y dejó claro
que solo los
futbolistas
pueden
cambiar su
historia con
acciones
colectivas.
la Situación laboral de los Jugadores de
Futbol Profesional Colombiano, cada
uno de los delegados presento la situación laboral actual de cada uno de los
clubes donde actúan, presentación que
“Para nadie es un secreto, esta asociación nos tiene viviendo diferente
a muchos futbolistas en colombia, porque antes éramos muy inocentes
y desconocíamos casi todo lo de los contratos, las prestaciones sociales
y los demás derechos que tenemos los trabajadores, por eso hay que
apoyar este tipo de acciones que van en favor de nosotros yde nuestras
familias. a nosotros nos cambió la vida por completo, cada vez son
más los equipos que se vieron en la necesidad de tratarnos mejor. ya
tenemos derecho a una pensión digna y a las prestacioines sociales completas, ya no
nos cegamos con un salario, ya sabemos que hay otras cosas que son mucho más importantes para nuestro futuro”.
Mauricio Árquez (Cúcuta):
permitió establecer la realidad sobre el
cumplimiento de pagos y los diversos
mecanismos contractuales utilizados
por los clubes para eludir sus obligaciones legales.
“sin lugar a dudas, ya no somos los ignorantes de otras épocas que
firmábamos cualquier cosa y tragábamos entero, ya la situación es diferente, hemos encontrado un conocimiento gracias a la capacitación
permanente que nos ofrece la asociación. el aprendizaje es constante,
estamos aprendiendo a defender nuestros derechos como trabajadores del fútbol. destacó el crecimiento de la asociación y la fuerza que
adquiere día tras día. ver a Puche debatiendo ante el Presidente de la
república y a un grupo de futbolistas haciendo lobby en el congreso, habla claramente
del espacio que nos ganamos los futbolistas por estar unidos, eso es digno de mostrar”.
Wilmar Aguirre (Unión Magdalena)
“el aporte de la asociación es evidente en nuestras vidas, se han visto
demasiados cambios, ya los directivos respetan más la parte laboral y
los derechos de los trabajadores. antes demoraban mucho para pagar
salarios, ahora antes de dos meses intentan ponerse al día. se nota que
la agremiación es fuerte, por eso en mi club nos sentimos respaldados,
porque el trabajo que se realiza nos genera confianza, pues se van ganando espacios que nos benefician a todos”.
Carlos Pérez (Uniautónoma)
Cuando el liderazgo va más allá de la cancha, los triunfos y las satisfacciones se
convierten en un estilo de vida.
“la calidad de vida de los futbolistas cambió por completo desde que
apareció nuestra agremiación. Fueron muchos los años en que no se
respetó ningún derecho laboral. el hecho de que ya podamos tener
contratos con todo por encima, esa una ganancia muy importante, eso
antes era impensado. nunca me he sentido perseguido por ser de la
asociación y ahora en Uniautónoma menos, porque la presidenta silvia
gette nos pone a disposición el salón de eventos para que nos reunamos
y debatamos nuestras cosas, eso es tener un trato de altura, como a
todo buen trabajador”.
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El Futbolista
Redacción
El Futbolista
P
ara los futbolistas este fallo deja
un precedente al cual no se le ha
dado la suficiente trascendencia y
difusión.
La Honorable Corte Constitucional
tuteló los derechos fundamentales al trabajo, a la libertad de profesión, a la dignidad humana y al debido proceso de
Cristian Mejía y ordenó que en el término de 48 horas el club Deportes Tolima
le entregara sus derechos deportivos.
Para los jugadores colombianos este
fallo deja en evidencia que nuestros reclamos tienen fundamento constitucional y legal y que el más alto Tribunal
Constitucional nos da la razón para demostrar, el abuso del cual hemos sido
objeto por parte de los clubes, debido
a nuestra ignorancia, desconocimiento
y miedo a exigir ante los jueces, que los
clubes y directivos respeten nuestros derechos.
El estudio y análisis que realizo el Dr.
Juan Carlos Henao, actual Presidente
de la Corte, con la colaboración del Dr.
Fernando A. Rey Cruz, para adoptar su
decisión abarca aspectos relacionados
con los requisitos para que los clubes
puedan contratar menores de edad.
Reitera el cumplimiento de las exigencias establecidas en la normativa
laboral, que obliga a que los clubes
respeten condiciones con relación a la
duración de la jornada de trabajo, a la
verificación sobre el lugar de descanso,
Octubre de 2011
La Sentencia T–740 de 2010 ratifica que los reglamentos de las
Federaciones y la FIFA no pueden
estar por encima de los derechos
fundamentales de los futbolistas.
Reconocimiento.
Corte
tenemos claro Hacia dónde vamos
El caso de Cristian Mejía fue seguido de cerca por ACOLFUTPRO. Aquí en la foto en Montevideo, Uruguay con los representantes de la FIFPro que apoyaron su defensa.
alimentación y condiciones de trabajo
del menor y al requisito que se le permita estudiar al futbolista menor de edad.
El otro aspecto que se analiza en pro-
Con la sentencia de la Corte Constitucional los futbolistas nos revitalizamos para
seguir luchando por los derechos que por muchos años nos negaron los directivos.
El fútbol no es una isla
En la sentencia la Corte Constitucional ordena que en el término de 48 horas
deberán ser remitidos al director de Coldeportes, los estatutos de Dimayor y
Colfútbol, para que dentro de los tres meses siguientes a la notificación de esta
sentencia se efectúe el control que legalmente le corresponde sobre los ámbitos estrictamente deportivos, para verificar que se ajusten a los preceptos de la
Constitución y las Leyes colombianas.
La Corte también advirtió que hacia el futuro cualquier estatuto en el ámbito
deportivo que dicte la Dimayor o Colfútbol, no podrá entrar en vigencia sin
que previamente se haya surtido el control de legalidad por parte del Director
de Coldeportes.
Al respecto hay que reconocer que desde su creación ACOLFUTPRO ha solicitado a Coldeportes que ejerciera el control de constitucionalidad sobre los
Estatutos proferidos por Colfútbol y Dimayor para impedir que vulneraran los
derechos fundamentales de los futbolistas, sin que el organismo responsable
así lo hiciera.
La Corte Constitucional le ha dado la razón a ACOLFUTPRO en sus demandas y exigencias de control por parte de Coldeportes y de hoy en adelante no
se podrá continuar emitiendo reglamentos que violen preceptos constitucionales y legales, como hasta ahora ha sucedido, situación que permitió que los
clubes profesionales nos violentaran a los trabajadores del fútbol, nuestros derechos fundamentales de Libertad de Trabajo y del libre ejercicio de profesión
u oficio y de acceso a la justicia.
El Futbolista
Octubre de 2011
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constitucional
nuevamente nos da la razón
fundidad es el relacionado con el alcance y jerarquía de los reglamentos deportivos expedidos por las Federaciones y
para el caso concreto por Colfútbol y la
FIFA, desmitificando y dejando en claro
que estos reglamentos no pueden estar
por encima de nuestra Constitución Política, y los derechos fundamentales que
las autoridades le deben garantizar a todos los Colombianos.
Sobre este particular el fallo de la
Corte es contundente al establecer que
“cabe indicar que la función de control
de Coldeportes no puede estar solamente circunscrita a aprobar los estatutos
sociales, sino que su competencia va
más allá, le corresponde aprobar todos
los estatutos, reformas y reglamentos
de la DIMAYOR y COLFUTBOL, en
ámbitos estrictamente deportivos, por
tratarse de estamentos que hacen parte del Sistema Nacional del Deporte.
Permitir entonces, que las citadas organizaciones eludan el control por parte
del Estado, es tanto como autorizar el
ejercicio arbitrario de las regulaciones
en las que el deportista está en condiciones de desigualdad manifiesta, parámetro que ciertamente encuentra consonancia con los lineamientos dictados
por la FIFA, pues justamente como una
manifestación soberana los Estados deben establecer el cumplimiento de controles que contribuyan en el “carácter
universal, educativo y cultural” del fútbol, a los que no pueden sustraerse los
citados organismos deportivos”
Cristian Mejía se
fue libre del Deportes Tolima porque
al momento de
hacerle el contrato laboral, no se
cumplieron los
requisitos de ley
para contratar a
menores de edad.
Con regocijo
los futbolistas
colombianos
recibimos la
sentencia T-740
de la Honorable
Corte Constitucional, porque en
ella se reconocen
que ACOLFUTPRO
siempre ha tenido razón en sus
reclamos.
Las conclusiones
Debido a la extensión e importancia de esta Sentencia, consideramos necesario que conozca de manera resumida las conclusiones y determinaciones
que en nombre del pueblo estableció la Corte Constitucional:
. La acción de Tutela es procedente contra controversias contractuales que
surjan entre clubes y jugadores que involucren derechos fundamentales
porque “la corta vida deportiva del jugador” así lo exige, más aun cuando
están involucrados menores de edad.
. El contrato entre Mejía y el Tolima fue legítimamente terminado porque
desconoció un requisito sustancial que afecto su validez, que la autorización expedida por el inspector de trabajo verifique unas condiciones especiales para impartir su aprobación estableciendo que el menor de edad puede
realizar esas actividades.
. Coldeportes debe verificar cuando los clubes registren derechos deportivos sobre menores de edad que se cumplan con los requisitos de protección del menor.
. La titularidad de los derechos deportivos no le corresponde exclusivamente a los clubes, es una opción con la que igualmente cuentan los
deportistas en el evento que no exista relación laboral.
. Si bien los márgenes de las Federaciones deportivas son amplios, no pueden contrariar los valores fundamentales de los deportistas, regulaciones
que no pueden afectar la libertad de trabajo ni cosificar al futbolista, cuando
los clubes no cumplan con sus obligaciones.
. La circunstancia de que exista un trámite federativo administrativo o judicial en curso, no puede convertirse en un pretexto para disponer de manera deliberada de derechos de transferencia sobre un jugador de fútbol. Los
organismos deportivos no pueden dictar medidas provisionales que afecten la
vida deportiva del jugador o lo cosifiquen.
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El Futbolista
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en la Pensión, el FUtUro es Hoy
¿Cómo se pensionan los futbolistas?
Esté preparado para la otra
vida, la que sigue después de
dejar el fútbol. La pensión no
es cosa de viejos, es asunto de
cada trabajador y se construye a lo largo de toda la vida
laboral. No se descuide, esté
atento, pregunte, es su dinero y el de su familia. Lea con
atención.
ajusten los 50 años o en el evento de sufrir invalidez sin importar la edad, sería
ganando medalla de oro, plata o broce,
en los Juegos Olímpicos, u obtener el
primer, segundo o tercer puesto en el
Mundial de Fútbol Categoría Mayores,
prestación que se denomina “Estímulo
para las Glorias del Deporte Nacional”,
a cargo de Coldeportes Nacional. Art.
45 y su parágrafo de la Ley 181 de 1995
reglamentado por el Decreto 1083 de
1997.
Redacción
El Futbolista
Por ley los futbolistas profesionales
pueden acceder a la pensión de vejez
ordinaria, que es una prestación igual a
la que se le concede a todas las personas que cotizan al Seguro Social o a los
fondos privados de pensiones.
Los futbolistas al no contar con un
régimen especial se pensionan como
cualquier otro trabajador colombiano
independientemente a que se ejerza una
profesión de corta duración, cuyo periodo de trabajo activo oscila entre los 18
y los 40 años de edad. En la actualidad
el régimen de pensión vigente está establecido la Ley 797 de 2003; que prescribe como requisitos para pensionarse
62 años de edad y como mínimo tener
1.300 semanas cotizadas.
En el eventual caso de que sean un
ex futbolista el que pretende reclamar la
pensión de vejez, porque en la actualidad tiene 60 o más años de edad, según
el caso se beneficiar del Régimen de
Transición que va hasta mediados del
2014, accediendo a la pensión con 500
y hasta 1.000 semanas cotizadas.
Recuerde amigo futbolista,
solo usted puede escoger su
fondo de pensión, por eso es
importante que tenga cuál es
el que desea, para cuando lo
llamen a firmar algún contrato laboral, deje muy claro en
qué fondo le deben realizar
los aportes a nombre suyo.
Diferencia del derecho de pensión del Régimen del ISS y los
fondos privados
A la vida de todo futbolista llega el día en que desaparecen los camerinos, el público, los contratos y hasta el reconocimiento, y es entonces cuando solo queda
lo sembrado, la pensión.
Cabe aclarar que los futbolistas son
susceptibles de una invalidez y bajo estas características las circunstancias son
distintas. Por ley a todos los futbolistas
en Colombia a parte de las cotizaciones
para pensión, sus empleadores les deben pagar mensualmente las cotizaciones por Riesgo Profesional para amparar
las consecuencias de un accidente de
trabajo que pueda ocurrir en el ejercicio de una profesión calificada como de
alto riesgo.
¿Cómo se accede a la Pensión
de Invalidez?
La Administradora de Riesgos Profesionales (ARP) pensiona a cualquier
futbolista que pierda el 50% o más de
su capacidad laboral como resultado de
las funciones de su trabajo o por enfermedad derivada del mismo, sin importar la edad o tiempo cotizado.
La ARP también pensiona al cónyuge o a los hijos, en caso de muerte del
futbolista. Caso ocurrido con Geovany
Córdoba y Herman Gaviria ex futbolistas del Deportivo Cali, quienes perdieron la vida por una descarga eléctrica
mientras entrenaban.
Cabe advertir que si la muerte del
deportista se da por función distinta al
fútbol, ya sería el Seguro Social o los respectivos fondos privados, los que pensionarían al cónyuge e hijos, de igual
forma ocurriría en caso de invalidez, si
la misma se produce en un accidente
fuera del trabajo, como aconteció con
Diego Cortés Bernal o el profesor Luis
Fernando Montoya. Por eso es tan importante que el club para el cual usted
trabaja realice la cotización sobre la totalidad de su ingreso como futbolista.
Pensión Especial del Deportista
Otra forma de pensionarse una vez
Otro punto importante es conocer
la diferencia entre cotizar en un fondo
privado (Porvenir, ING, Colfondos y
etc..) y cotizar en el Seguro Social; en el
primero no se pensionan con semanas,
sino con el capital ahorrado (120 millones para un salario mínimo); mientras
que en el segundo, se pensionan con
edad, semanas cotizadas y es vitalicia
(62 años-1.300 semanas).
En otras palabras, es más favorable
estar en el ISS por que la pensión luego podría pasar al cónyuge, en caso del
fallecimiento del titular, mientras que
en el fondo privado se tiene la pensión
hasta que se gaste lo ahorrado. Claro
que la ley permite que cada futbolista
escoger el fondo que más se adapte a
sus intereses.
Estar pendiente de cuánto es y dónde están los aportes a pensión, es obligación de
cada futbolista, por el bien suyo y de su familia.
El Futbolista
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Por Carlos Eduardo Orozco
Pretender
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JUAN
MANUEL
SANTOS
País sede
del
congreso
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FIFPRO
División
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que
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País suspendido
como miembro activo
de la FIFPRO
Así sea
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de
compañero
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Ídolo
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musical
Cotejo
igualado
a un tanto
Cifra
redonda
Deforme
País de
Europa
Voz de
mando
Temprano
Sufijo
alcohólico
Club donde
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Niche
Guerrero
Roentgen
Fase
Fin de la anterior
película a la
Azufre
Ex meta
colombiano
Raspar
Átomo
Dueño
del arca
Cera
derretida
de las
velas
Perder el
equilibrio
Faustino
Asprilla Simulación
Carril
Hija de
Inaco
Instituto
de
primaria
Mauricio Carraspeo
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Quinientos
romanos
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Apócope
de tono
Apellido ex DT
de USA
Infracción
del
fútbol
Humilde
Infusión
Comunidad definida
por afinidades raciales Río de
España
y culturales
Voz de
mando
ARMANDO
BENEDETTI
Júnior
Dios
Mesita
Veredicto supremo de noche Sufragio
árabe
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Radón
Actual
campeón
El, en
del fútbol
francés
colombiano
GILMA
JIMÉNEZ
Liga
Italiana
País
Área
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Mancha
en el
rostro
Correo
electrónico
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El Futbolista
Octubre de 2011
lo qUe el FUtbolista debe saber
Del total de sus ingresos se tiene que
aportar sobre el 60 por ciento
Amigo futbolista desde el 2010 el Gobierno Nacional expidió
la Ley 1393 que tiene por objeto entre otras finalidades, evitar
la evasión y la elución de aportes a la salud y a las pensiones.
En el Art. 30 establece que “los pagos laborales no constitutivos de salario de los trabajadores particulares no podrán ser
superiores al 40% del total de la remuneración”. Es decir, que
si usted tiene ingresos mensuales de 10 millones, su aporte
mínimo debe realizarlo el club y el jugador, sobre 6 millones.
Redacción
El futbolista
L
a Ley 1393 de 2010 fijo límites a
los pagos no salariales y estableció que los pagos que no constituyen salario no pueden superar el 40
por ciento del total de la remuneración
mensual que reciba el trabajador.
Si bien, el artículo 128 del código sustantivo del trabajo, permite a las partes
(trabajador y patrón) pactar que ciertos
pagos no constituyan salario para disminuir los costos de nómina, prestaciones
sociales y parafiscales, el Estado detectó
el abuso de esta posibilidad legal.
Por esa razón, como una de las medidas que se adoptaron para evitar la
evasión, el legislador optó por limitar
estos pagos a un 40% del total de la remuneración, para buscar que el trabajador tenga un amparo sobre su ingreso y
pague proporcionalmente su salud y su
pensión, porque en el intento de pagar
menos, se abusó de esta posibilidad, exponiendo al trabajador, a que cuando
sufriera un accidente o se presentara su
deceso, su pensión no sería sobre el ingreso real al que está acostumbrado.
Esta elusión afecta gravemente los
ingresos de las EPS y en general del
sistema de salud, situación que es uno
de los factores para que se colapse por
cuantiosa disminución de los aportes
que ello significa.
Por ejemplo, no era extraño encontrar
que un trabajador que devengaba efectivamente 3 salarios mínimos, aportaba
a salud y pensión únicamente sobre un
salario mínimo, afectando por un lado al
sistema de salud y por otro al trabajador
que en el evento de muerte o accidente
de trabajo tendrá derecho a recibir una
pensión por una suma muy inferior al ingreso mensual que está acostumbrado a
recibir para solventar los gastos del trabajador y de la familia que depende de él.
Es clave estar enterado de todas aquellas disposiciones legales que pueden afectar
nuestro bolsillo. Ya sabe, si tiene alguna duda comuníquese con ACOLFUTPRO.
Amigo futbolista preocúpese por ser legal y exija que le paguen como lo ordena la
ley.
Que pagos no constituyen salario
Vivienda, de Alimentación, Auxilio de
transporte, Odontología y demás denominaciones) no constituye salario, significa que ese ingreso no se tendrá en
cuenta para calcular las prestaciones sociales, aportes parafiscales ni de la seguridad social.
Para los empleadores esto es un gran
beneficio que les permite reducir su
carga prestacional y parafiscal. Por estos conceptos la empresa debe pagar
aproximadamente un 45% del salario.
Esto quiere decir que si se le paga a un
empleado un sueldo de $1.000.000,
la empresa debe pagar adicionalmente
$450.000 por prestaciones, seguridad
social y parafiscales, lo que hace que la
carga laboral de la empresa sea mayor.
Al pactar pagos como no constitutivos
de salario, la empresa se está ahorrando
el pago de prestacionales y parafiscales,
disminuyendo los beneficios del trabajador, puesto que sus prestaciones como
la prima de servicios y las cesantías, y
los aportes a fondos de pensión, van a
ser menores, al tener una base inferior
de cotización.
No juegue con ese riesgo porque en el
evento que se presente un impostergable
usted y su familia quedarán desamparaLas consecuencias de declarar dos. El ahorro que le proponen los directivos es un riesgo que usted no se puede
menos salario
Cuando las partes pactan que de- permitir, ese ahorro aparente le puede saterminado pago (Prima de calzado, de lir demasiado costoso, piénselo bien.
Se admite que los pagos por gastos
de representación, medios de transporte, elementos de trabajo, etc., no hagan
parte del salario, toda vez que no son
ingresos que van a incrementar el patrimonio del trabajador, puesto que son
gastos que reconoce el empleador para
que el trabajador pueda desarrollar su
actividad laboral.
De los pagos considerados como no
constitutivos de salario que merecen especial atención por sus efectos negativos
para los trabajadores y positivos para las
empresas, son los pagos que pueden ser
acordados como no salariales entre el
trabajador y el empleador.
La ley permite que el trabajador y la
empresa pacten que determinados conceptos y valores no constituyan salario.
Este acuerdo debe estar contenido en el
respectivo contrato, y debe ser mediante
mutuo acuerdo.
Pero no olvide que del dinero de su
contrato el 60 por ciento como mínimo
debe figurar como salario básico y el
40 por ciento puede darle la figura que
quiera que acuerde con su empleador.

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