Diapositiva 1

Transcripción

Diapositiva 1
Generalidades de la
Legislación Migratoria
Panameña
PANAMA
REGISTRO DE PASAPORTE
El pasaporte de todo extranjero debe estar debidamente registrado ante el Servicio
Nacional de Migración antes de iniciar el proceso de obtención de una visa.
Los requisitos para esta gestión son:
•
•
•
•
Dos (2) fotos tamaño carné;
Pasaporte original y vigente;
Copia del pasaporte;
Contestar el formulario que le entregarán en Migración
PANAMA
PERMISO TEMPORAL EN CALIDAD DE
INVERSIONISTA DE MACRO – EMPRESA
Algunas de las características de este permiso son:
• Capital social mínimo de US$160,000.00 por cada solicitante del permiso, estos
deberán ser accionistas u dignatarios de esta empresa.
• Es posible incluir dependientes.
• La empresa debe contar con una planilla de cinco (5) empleados panameños (por
cada solicitante).
• La inversión puede someterse con la menos tres (3) de los siguientes requisitos:
– Certificación Bancaria
– Comprobante del pago y copia del contrato de compraventa de acciones.
– Copia autenticada por el banco del comprobante del depósito de la suma
invertida a favor de la empresa
– Contrato de compraventa del local donde opere la empresa
– Contrato de arrendamiento del local comercial donde opere la empresa
– Facturas comerciales de los gastos incurridos por el inversionista en la
empresa
– Liquidación de aduanas de bienes importados a nombre de la empresa.
Esta visa no requiere permiso de trabajo.
PANAMA
VISA DE TURISTA RETIRADO O PENSIONADO
Esta visa es otorgada a quienes estén retirados o pensionados por una entidad
perteneciente al Gobierno de su país o a de alguna institución privada. El ingreso
mensual no puede ser menos de a US$1,000.00.
No requiere Permiso de Trabajo y su valides es indefinida.
VISA DE INMIGRANTE BAJO SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA
Inversión mínima de US$300,000.00
La posesión de los US$300,000.00 debe ser a título personal, no está permitido que
sea a nombre de sociedades, familiares, ni organizaciones.
PANAMA
VISA DE INMIGRANTE EN CALIDAD DE CASADO (A) CON PANAMEÑO (A)
•
•
•
•
Todo extranjero con cónyuge panameño (a), podrá aplicar a este visado.
Es necesaria la obtención de un permiso de trabajo.
Este permiso será otorgado de manera temporal por dos (2) años, luego de los
cuales tendrá la opción de solicitar la Permanencia Definitiva.
A través de esta visa se podrá obtener la cédula.
PERMISO TEMPORAL EN CALIDAD DE RENTISTA RETIRADO
Es necesario efectuar un depósito a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá o en
la Caja de Ahorros, libre de gravámenes por un período de cinco (5) años renovables.
Este depósito debe producir un interés mensual mínimo de dos mil dólares
(US$2,000.00)
Es posible incluir dependientes
A través de esta visa se podrá obtener la cédula, una vez sea aprobada la
permanencia definitiva.
PANAMA
PERMISO DE PERMANENCIA INDEFINIDA PARA
NACIONALES ITALIANOS
Los requisitos fundamentales son:
• Contar con pasaporte italiano
• Presentar record policivo
• Demostrar la solvencia económica.
PANAMA
VISA DE TRABAJADOR DENTRO DEL 10 %
•
Trabajar en una empresa con sede en territorio panameño.
•
Contemplar el porcentaje del 10%
•
La empresa debe tener licencia comercial.
•
El interesado no podrá devengar un salario menor a US$1,000.00
•
Es posible incluir a los dependientes.
•
Sí es necesaria la tramitación de un permiso de trabajo
•
Podrá acceder a un permiso de residencia permanente.
PANAMA
VISA PARA VISITANTE TEMPORAL ESPECIAL
• Pueden aplicar aquellos extranjeros que laborarán en una empresa cuya
casa matriz se encuentra en otro país.
• Las operaciones de la empresa situada en Panamá surtan en efecto en
el extranjero.
• El pago del salario debe prevenir de fuente extranjero
• No es necesario cumplir con un porcentaje de trabajadores panameños
• No se requiere la obtención de un Permiso de Trabajo
• No concede al extranjero la residencia permanente en el país, no le da
derecho a cédula
• El salario mínimo debe ser de US$1,000.00.
PANAMA
PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO COMO EXPERTO O TECNICO DENTRO
DEL 15% DEL PERSONAL ESPECIALIZADO
• Experto o técnico, devengando un salario no menor a ochocientos
cincuenta dólares (US$850.00) mensuales.
• Deben trabajar en una empresa con sede en territorio panameño.
• Contemplar el porcentaje del 15% que exige la Ley.
• La empresa debe tener licencia comercial
• Es posible incluir independientes
• Sí es necesaria la tramitación de un permiso de trabajo.
PANAMA
PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO POR
EMPRESA BAJO CONTRATO CON EL GOBIERNO
• Este permiso es otorgado por el término de un (1) año.
• La contratación de estos extranjeros debe cumplir con los
porcentajes de contratación del 10% o del 15%
• Solo se aceptan las solicitudes de empresas que tengan un
contrato directo con el Estado.
• Es posible incluir dependientes.
PANAMA
RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE PAISES AMIGOS Y PROFESIONALES
1. Residente Permanente en calidad de extranjeros profesionales.
• Deben contar con un título universitario que no se refiera a una
profesión destinada para ejercicio exclusivo de las nacionales
panameños.
• Igualmente, podrá tener opción a obtener cédula de identidad de
personal.
2. Residentes Permanentes en calidad de extranjeros de países específicos que
mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la
República de Panamá.
• Los extranjeros bajo la nacionalidad de ciertos países.
• Obtendrán una residencia permanente.
• Podrá tener opción a obtener cédula de identidad personal
PANAMA
RESIDENTE PERMANENTE POR APROBACIÓN PRESIDENCIAL
Le otorga la residencia permanente aquél extranjero que el Presidente de la República
recomiende.
RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJERO CON HIJO PANAMEÑO
Residente extranjero que cuente con uno (1) o más hijos panameños con un mínimo de
cinco (5) años de edad.
PANAMA
GRACIAS
[email protected]
[email protected]

Documentos relacionados