PCP Nº EXP. M
Transcripción
PCP Nº EXP. M
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA EN LAS INSTALACIONES QUE GESTIONA LA EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A., ALJARAFESA, CON Nº EXP. M: 21/15-183. 1 INDICE PRELIMINAR I.- DISPOSICIONES GENERALES........................................................................... 4 I.1. Objeto del Pliego. .................................................................................................. 4 I.2. Objeto del Contrato. ............................................................................................. 4 I.3. Régimen Jurídico.................................................................................................. 5 II.- PLAZO DEL CONTRATO ................................................................................... 5 III.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN .................................................................... 5 IV.- PAGO DEL CONTRATO .................................................................................. 6 V.- PERFIL CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN ..................... 8 VI.- LICITACIÓN ....................................................................................................... 8 VI.1.- Capacidad para Contratar .................................................................................. 8 VI.2. Procedimiento de Contratación .......................................................................... 9 VI. 3. Criterios de Valoración de las Ofertas .............................................................. 9 VI.4. Presentación de Ofertas .................................................................................... 12 VI.5. Formulación de las Ofertas............................................................................... 13 VI.6. Puesta a Disposición de Documentación. ........................................................ 20 VI.7. Mesa de Valoración y Órgano de Contratación ............................................... 20 VI.8. Apertura de Proposiciones, Calificación de la Documentación Presentada y Valoración de los Criterios de Selección................................................................... 21 VI.9. Proposición Anormal o Desproporcionada ...................................................... 22 VI.10. Reclamación sobre el Proceso de Licitación .................................................. 23 VI.11. Adjudicación del Contrato. ............................................................................ 23 VII.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. ........................... 24 VIII.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. ........................... 26 IX.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ..................................................................... 27 X.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO. .................................. 28 2 XI.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. ................................................. 29 XII.- PROTECCIÓN DE DATOS. ........................................................................... 30 XIII.- CUMPLIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. .......................... 31 XIV.- FALTAS Y SANCIONES. ............................................................................. 31 XV.- ANOMALIAS Y RECLAMACIONES. .......................................................... 32 XVI.- PLAZO DE GARANTÍA................................................................................ 33 XVII.- VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA. ............ 33 XVIII.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. ............................................................ 33 XIX.- JURISDICCIÓN COMPETENTE. ................................................................. 35 CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. ... 36 ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. .................................... 37 ANEXO II. MODELO FIANZA PROVISIONAL. .................................................. 38 ANEXO III. MODELO FIANZA DEFINITIVA. ..................................................... 39 ANEXO IV. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA. ...... 40 3 PRELIMINAR La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A., Aljarafesa, forma parte del Sector Público a los efectos establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, por cuanto que su único socio es la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe. Conforme dispone el citado Texto en los artículos 189 y 191, Aljarafesa ha elaborado unas Instrucciones de Contratación que han sido aprobadas por su Consejo de Administración, teniendo presentes los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, reguladoras de sus Procedimientos de Contratación, garantizando la adjudicación a quien presente la oferta económicamente más ventajosa; así como la formalización de los contratos y las condiciones generales para la ejecución y cumplimiento de los mismos hasta su extinción. No obstante, para aquellas contrataciones cuyo valor estimado superen los umbrales económicos publicados en la Normativa correspondiente, se aplicará la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. I. DISPOSICIONES GENERALES I.1.- Objeto del Pliego. El presente Pliego contiene las condiciones particulares por las que se va a regir el presente procedimiento de contratación hasta la formalización, ejecución y resolución del Contrato resultante de la misma. I.2.- Objeto del Contrato. El objeto del Contrato al que se refiere este documento es la ejecución de la prestación definida en el “Pliego de Prescripciones Técnicas del Suministro de Energía Eléctrica en las Instalaciones que Gestiona la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa”, en el que se especifican las necesidades que se quieren satisfacer mediante su contratación, en los términos establecidos en el presente Pliego. Así pues, la presente contratación consiste en el suministro de energía eléctrica en las instalaciones que gestiona la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa. 4 I.3.- Régimen Jurídico. El contrato de Suministro a suscribir tiene carácter privado, en virtud de lo establecido en el artículo 20 del TRLCSP. El procedimiento de adjudicación y la formalización y ejecución de este contrato queda sometido a lo establecido en el presente Pliego, el de Prescripciones Técnicas, el de Condiciones Generales y las Instrucciones de Contratación vigente en Aljarafesa, constituyendo todos ellos la base contractual del mismo. Asimismo, este Contrato en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, a falta de regulación expresa en los documentos contractuales indicados, se regirá por el derecho privado. Supletoriamente se aplicará al presente procedimiento lo que disponga al respecto la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales. Cualquier discrepancia que pudiera existir entre este Pliego y cualquier otro documento contractual, será solventada en función de lo que el presente disponga, salvo en el caso de que dicha circunstancia se produjese respecto de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa y/o la Ley 31/2007 citada, rigiendo, en este caso, estas con la preferencia normativa que corresponda. II. PLAZO DEL CONTRATO El periodo de vigencia de este Contrato será de UN (1) AÑO, a partir de la fecha de la formalización del correspondiente Contrato. Para la presente contratación se prevé una prórroga de DOS (2) MESES. En caso que se decidiera por Aljarafesa llevar a efecto la citada prórroga, ésta comunicará dicha decisión a la empresa adjudicataria, con la antelación mínima de UN (1) MES, quedando obligada la empresa adjudicataria a aceptarla. III. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto total de la presente licitación por UN (1) AÑO, y para un consumo estimado de energía eléctrica de 22.706.382 kWh/año, según el anejo nº 2 del Pliego de Prescripciones Técnicas, asciende a la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (2.297.328,99 €), IVA no incluido. Las ofertas de los licitadores deberán ser, en todo caso, iguales o inferiores al presupuesto de licitación, siendo excluidas aquellas que sean formuladas con precios superiores. El licitador deberá consignar la justificación de precios, según Anejo 3 5 del Pliego de Prescripciones Técnicas que rige la presente licitación. De no hacerlo, se aplicará a todos y cada uno de los precios indicados en el citado anejo, el porcentaje de baja señalado en la proposición económica por el adjudicatario. En ningún caso los precios unitarios ofertados serán superiores a los establecidos en este Pliego. En el precio propuesto por el adjudicatario se entenderán incluidos todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del objeto del Contrato. El valor estimado del Contrato se encuentra establecido en la Cláusula Adicional Única de este Pliego. IV.- FORMA DE PAGO. El Adjudicatario emitirá, mensualmente, una factura por cada punto de suministro. La factura estará formada por los siguientes conceptos: − Término de energía activa. Se corresponderá con el sumatorio del producto de los consumos de energía por los precios unitarios de energía ofertados para cada periodo y tarifa de referencia, más el coste por pérdidas y el coste por interrumpibilidad. − Término de potencia. Se corresponderá con el sumatorio del producto de la potencia a facturar por el precio unitario de potencia de la tarifa de referencia. La potencia a facturar así como el precio será el que en cada momento se establezca reglamentariamente para la tarifa de referencia. − Recargo por excesos de potencia. Se facturará según lo dispuesto reglamentariamente en cada momento para la tarifa de acceso de referencia. Se tomará como base el RD 1164/2001, de 26 de diciembre y sus revisiones posteriores. − Término energía reactiva. Se facturará según lo dispuesto reglamentariamente en cada momento para la tarifa de acceso de referencia. Se tomará como base el RD 1164/2001, de 26 de diciembre y sus revisiones posteriores. − caso. Gestión de la medida. Se corresponderá con el importe ofertado en cada − Impuesto sobre la electricidad e IVA sobre los conceptos y en su valor correspondiente según disposiciones en vigor en cada momento. 6 Las facturas emitidas deberán estar disponibles en el portal de internet designado por la empresa comercializadora, en un plazo máximo de SIETE (7) días posteriores al período del consumo facturado. Independientemente de la disponibilidad de las facturas en Internet, las facturas legales se habrán de enviar a ALJARAFESA, siguiendo el siguiente procedimiento administrativo establecido. La presentación de las facturas en el Servicio Económico-Financiero de la Empresa, se establece en los SEIS (6) primeros días naturales de cada mes natural con el objetivo de revisar sus datos y de habilitar el procedimiento de aprobación, por parte de ALJARAFESA. En el plazo no superior a TREINTA (30) DÍAS naturales a contar desde la fecha de la conformidad de las mismas por el Responsable del Contrato, se efectuará el pago. Cada factura deberá indicar el Número de Expediente. En el caso en el que el suministro no tenga telemedida, la toma de lecturas la realiza la empresa distribuidora de la zona de forma manual y por tanto la facturación se realizará conforme a los ciclos de lectura, pudiendo, de forma puntual y extraordinaria superar los siete (7) días prescritos. Se aplicarán en la liquidación de las facturas todos los conceptos regulados de las tarifas de acceso y los complementos, y si proceden los importes en concepto de excesos de potencia, reactiva y discriminación horaria, incluyendo la aplicación del impuesto eléctrico y el I.V.A. Como condición previa a la conformación de las facturas emitidas por el Adjudicatario, por parte de ALJARAFESA, se deberá haber facilitado conjuntamente con la factura la documentación que periódicamente se solicita en este Pliego, la cual será vinculante por todos los puntos de consumo especificados. REVISIÓN DE PRECIO. Durante la vigencia del contrato se admitirá la revisión de los precios del contrato exclusivamente para dar traslado a los mismos de cualquier variación que se produzca por parte de la administración competente de los conceptos regulados, tasas e impuestos que forman parte de los precios o para añadir nuevos conceptos regulados, tasas e impuestos que pudiera regular la administración durante su vigencia y que sean de aplicación al objeto del contrato. En cualquier caso, los nuevos precios a aplicar en la facturación de los suministros deberán ser objeto de notificación y justificación por parte del Adjudicatario a ALJARAFESA en un plazo no superior a diez días desde la publicación en diario oficial de la modificación. 7 En el caso en el que se incorporen nuevos suministros para la prestación del servicio, a estos se les aplicarán los precios del contrato en función de la tarifa elegida. V. PERFIL DE CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN. La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa, tiene habilitada en su página institucional, el correspondiente Perfil de Contratante, en el cual, se ofrece, entre otras cuestiones de la actividad contractual, la información relativa a las condiciones de contratación con esta Empresa. Así pues, y en relación a la presente contratación, en el Perfil de Contratante de Aljarafesa (http://www.aljarafesa.es) se ofrecerá la información relativa al proceso de licitación de este Contrato, incluyendo el Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas del mismo. Los licitadores podrán solicitar información sobre la documentación indicada en el párrafo precedente, hasta QUINCE (15) días naturales antes de la fecha límite fijada para la presentación de ofertas en el Anuncio de licitación. Esta información se facilitará hasta SEIS (6) días naturales antes del fin del plazo de presentación de proposiciones. Asimismo, se establece que las consultas se efectuarán mediante correo electrónico a la dirección: [email protected] y serán contestadas a través del mismo medio. Las consultas efectuadas deberán indicar en el epígrafe Asunto del correo electrónico el Nº Expediente (M: 21/15-183) y el titular de la consulta a realizar. VI. LICITACIÓN. VI.1.- Capacidad para Contratar. Podrán optar a la presente licitación aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios o agrupaciones de operadores económicos, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa conforme a la Condición VI.6 del presente Pliego y no se encuentren incursas en las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP (declaración responsable firmada cuando se trate de persona natural y certificado cuando se trate de sociedad), así como, acrediten su solvencia económico-financiera y técnica o profesional, en los términos establecidos en el presente Pliego. 8 Si la participación en este Procedimiento se instrumentaliza a través de una Unión Temporal de Empresas (UTE), todos sus componentes tendrán que acreditar la habilitación profesional necesaria para la ejecución de la prestación que constituya el objeto del contrato, considerándose, en su caso, que la solvencia técnica y profesional requerida se cumple si la acumulación de la solvencia individual de cada Empresa da como resultado la establecida en este Pliego. Cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En caso que se trate de empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP. VI.2.- Procedimiento de Contratación. Según ha sido acordado por el órgano de contratación de esta empresa, el procedimiento que se convoca es un Procedimiento Abierto, en virtud de lo establecido en el artículo 58.2 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, en concordancia con lo establecido en el punto 8 de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa, cuyo criterio de adjudicación es la oferta económicamente más ventajosa, mediante la valoración de varios criterios vinculados al objeto del contrato. VI.3.- Criterios de Valoración de las Ofertas. Los criterios de valoración a aplicar a las ofertas presentadas por las empresas que decidan participar en la presente licitación, junto con sus ponderaciones correspondientes, son los siguientes: 1. Valoración técnica: Se puntuará con un máximo de 10 puntos. La valoración técnica de las ofertas se efectuará mediante el análisis del Servicio de Gestión Preferente ofertado, la calidad y madurez del mismo en cada uno de los aspectos descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas así como de la claridad y organización expositiva de la oferta. - Gestión de la contratación (0-1). Gestión del seguimiento de la facturación y consumo (0-4). Gestión de la telemedida diaria (0-4). Calidad de la oferta presentada (0-1). Se valorará técnicamente el servicio ofertado en base al nivel de detalle y consecución de los puntos que se citan a continuación: 9 Los servicios a prestar en relación a la Gestión de la contratación serán los siguientes: − Designación de un interlocutor único, responsable del contrato por parte del Adjudicatario, único interviniente para todas las actividades relacionadas con el contrato. − Buzón de correo electrónico donde quedarán registradas diariamente todas las peticiones o consultas realizadas por ALJARAFESA. − Revisión previa a la contratación de nuevos suministros de toda la información proporcionada por ALJARAFESA para lograr un proceso de contratación más eficaz y rápido. − Gestión de cambios de titularidad, altas, bajas, modificaciones, etc. Los servicios a prestar en relación a la Gestión del Seguimiento de la facturación y consumo serán los siguientes: − Envío mensual de archivos de facturación agrupada con detalle por cada suministro, pudiendo incluir cualquier tipo de referencias que ALJARAFESA necesite. − Auditorías periódicas de la facturación con el fin de detectar desvíos de consumo, reactiva, excesos de potencia, etc...., con las consiguientes propuestas de actuaciones posteriormente. − Gestión inmediata de cualquier modificación en las direcciones fiscales, de envío de facturas, cambios en las cuentas bancarias, etc. − Apertura, seguimiento y resolución de todo tipo de reclamaciones, aportando las valoraciones técnicas necesarias, tramitando la adecuación de las instalaciones (en caso de ser necesario) e informando a ALJARAFESA de su evolución constantemente. − Gestión de modificaciones de potencia y cambios de equipos. − Gestor personalizado que ofrecerá un asesoramiento especializado e informara de las variaciones legislativas que se vayan produciendo. Para los suministros en Media Tensión y en Baja Tensión que dispongan de sistema de telemedida accesible (sistema que captura los datos del contador mediante comunicaciones: RTC, GSM o GPRS) se proveerá de un sistema de Gestión de la Telemedida diaria que permita: − Presentación de los datos de energía en formato gráfico y tablas. − Exportación de los datos a ficheros externos. − Visualización de los cierres de facturación del contador-registrador. 10 − Gestión de precios y simulación de facturación con los diferentes modelos de facturas existentes. − Registro de históricos de comunicaciones. − Visualización de los eventos históricos del registrador (cortes, reprogramación, etc.). − Generación diaria de alarmas automáticas vía email ó sms ante la detección de posibles excesos de potencia, de reactiva o de consumo. − Cálculo de la energía reactiva según legislación vigente. Para ello el acceso al equipo de medida y su volcado de datos se deberá hacer diariamente por parte del Adjudicatario, volcando, con esta misma frecuencia, todos los datos sobre un sistema que resulte accesible a ALJARAFESA. El análisis de los datos obtenidos debe permitir a ALJARAFESA: − Detectar para un mismo suministro grandes diferencias de consumo (potencia, energía activa, energía reactiva) en función de parámetros que interesen al usuario (mismo mes en diferentes años, por ejemplo). − Comparar potencias contratadas con las máximas reales. − Detectar errores de facturación. − Analizar el precio del kWh. − Hacer previsiones de consumo y costes. − Exportar datos a otros sistemas de gestión. 2. Valoración económica: Se puntuará con un máximo de 90 puntos. Criterios de valoración de la oferta económica. La puntuación a asignar a cada proposición se calculará mediante la siguiente fórmula: = 90 ∙ En donde: Vi: Puntuación para la proposición i. Bmax: Baja máxima (en tanto por ciento, con dos decimales). Bi: Baja de la proposición i (en tanto por ciento, con dos decimales). 11 El valor de la Baja Bi se calculará mediante la siguiente fórmula, expresada con dos decimales: = 100 ∙ 1 − En donde: Oi: Oferta de la proposición i, en euros y expresado con dos decimales. PBL: Presupuesto base de licitación. 3. Puntuación total: La puntuación total se obtendrá como la suma de la puntuación técnica total y la puntuación económica. VI.4.- Presentación de ofertas. Las Empresas interesadas en participar en la licitación que se propone habrán de presentar su oferta, dentro del plazo que se indique en el anuncio de licitación, de forma presencial o mediante su remisión por correo, en el Registro General de ALJARAFESA, sito en la 2ª planta de sus Oficinas Centrales en Tomares (Sevilla), Glorieta Gerente Carlos Moreno s/n. Si las mismas son enviadas por correo deberán cumplir los siguientes requerimientos: − Estar en el Registro General de ALJARAFESA antes de las 14 horas del quinto día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas. − Acreditar haber hecho dicho envío antes de la finalización del plazo de presentación de las ofertas, remitiendo Burofax al Registro General de ALJARAFESA, para que sea recibido antes de las 14 horas del día siguiente hábil a la finalización de dicho plazo, acompañando copia del justificante del envío, indicando igualmente el número de sobres de la documentación remitida. Las ofertas que no cumplan lo establecido en los párrafos precedentes de ese apartado quedaran excluidas de este Proceso de Licitación. La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad o reserva alguna, y la manifestación responsable que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con esta Empresa, sin perjuicio de la acreditación de las mismas conforme se establece en la Condición VI.4 de “Formulación de las Ofertas” del presente documento. 12 Entregada o remitida la proposición a Aljarafesa, la misma no puede ser retirada, salvo por causa debidamente justificada, que será sometida a la decisión de la Mesa de Valoración de este Procedimiento. Para la presente contratación no se admiten variantes o alternativas, por lo que, cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La vulneración de esta regla producirá la exclusión de todas las ofertas en las que intervenga. VI.5.- Formulación de las Ofertas. La oferta ha de presentarse en el lugar y horas señalados en el apartado VI.4, en TRES (3) SOBRES. Los sobres se dividen de la siguiente forma: - Sobre nº 1: Documentación General. - Sobre nº 2: Proposición Técnica. - Sobre nº 3: Proposición Económica. Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas La documentación a incluir en los Sobres de esta Licitación, deberá estar redactada en castellano. En caso que se presentasen en lengua distinta, deberán aportar la correspondiente traducción oficial a la lengua castellana primando esta última en caso de duda o discrepancia. El contenido de cada sobre consistirá en: SOBRE 1: TITULO: Documentación general. Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los siguientes datos: 13 SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN GENERAL Identificación de la Licitación:………………………………… Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:………………………….. N.I.F:………………………………………………. Dirección:……………………………………….. Teléfono:…………………Fax:……………. Correo Electrónico:………………………….. Firma/s:…………………………………………. CONTENIDO: En el interior del sobre se hará constar su contenido en hoja independiente, enunciado numéricamente, debiendo contener los siguientes documentos por el orden que a continuación se indica: 1.- Capacidad: 1.1.- Las empresas que sean personas jurídicas presentarán la Escritura Notarial de constitución y/o modificación, original o debidamente compulsadas o legitimadas, si existiese, inscrita en el Registro Mercantil cuando ello sea exigible conforme a la Legislación aplicable al tipo de la Entidad, o el correspondiente registro oficial, salvo que se traten de Sociedades Civiles donde no se requiera dicha elevación a Escritura Pública e inscripción registral, debiendo aportar en este caso el documento de constitución. 1.2.- Los empresarios que sean personas físicas deberán presentar Documento Nacional de Identidad debidamente compulsado o legitimado. 1.3.- Las empresas extranjeras deberán acreditar su personalidad, de acuerdo con lo establecido en el TRLCS. 1.4.- Si el que firmase la oferta actuase por representación, ya sea de una persona física o jurídica, habrá de presentar su Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Residencia, así como el Poder correspondiente, ya sea especial para ese acto o general, original o debidamente compulsado o legitimado, debiendo, en todo caso, ser bastante para obligar a la empresa representada a los derechos y deberes que se derivan del contrato en caso de resultar adjudicatario y declaraciones que se indican a continuación. 1.5.- Declaración del representante legal de que la sociedad a la que representa, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con el sector público señaladas en el artículo 60 del TRLCSP y que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la 14 Seguridad Social y del cumplimiento por la empresa de todas las prescripciones que establece la Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, conforme al Anexo IV de este Pliego. 1.6.- Certificado de compañía aseguradora o agente de mediación de seguro, en el que conste la vigencia y cobertura de la póliza de responsabilidad civil suscrita por la entidad solicitante. 1.7.- Identificación del centro de gestión de la empresa, y delegación, en su caso, en la provincia de Sevilla y designación por parte del representante legal de la empresa de una persona de contacto con una dirección de correo electrónico, para todas las comunicaciones relacionadas con la licitación. 1.8.- Unión Temporal de Empresas: Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la UTE frente a Aljarafesa deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en los apartados anteriores, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes, para ofertar de ese modo, con el fin de poder ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la UTE. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una UTE, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a la misma antes de la formalización del contrato. La duración de la UTE será coincidente con la del contrato, hasta la finalización del plazo de garantía. 1.9.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo: Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio. 1.10.- Fianza Provisional: Las empresas que quieran tomar parte en la presente licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número de cuenta ES4131870120054533304426 o aval bancario, en concepto de Fianza Provisional, la cantidad DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00 €), conforme al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego. 15 Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE. La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva. En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o incumplimiento de los requisitos de Capacidad o Solvencia Económico-Financiera o Solvencia Técnica establecidos en este Pliego, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por parte de Aljarafesa. Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente. Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP, relativas a la presentación de la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 2.- Solvencia económica-financiera: 2.1.- Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil de los tres últimos ejercicios aprobados. Estos documentos deben reflejar unos fondos propios positivos. Para el caso del empresario individual, deberá presentar el modelo 390. 2.2.- Informe positivo de al menos una Entidad Financiera sobre la solvencia económica de la empresa. 3.- Solvencia técnica: 3.1.- Los Licitadores deberán acreditar, mediante la aportación de la correspondiente certificación, estar inscritos y autorizados como comercializadoras de energía eléctrica en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados de Energía Eléctrica. 3.2.- Los Licitadores deberán de haber prestado servicios de comercialización de energía eléctrica en los tres años anteriores a la publicación del presente pliego similares al objeto del contrato. 16 Se acreditará mediante declaración responsable o certificado, expedido por la propiedad, con indicación del número de puntos de servicio atendidos y consumos de energía eléctrica de cada año. Es requisito necesario que se acredite haber prestado este servicio, en los tres últimos años, al menos a cinco entidades distintas, públicas o privadas, que presenten cada una: • Un mínimo de sesenta y cinco (65) puntos de suministro (de media anual). • Consumo total anual de energía eléctrica superior a 25 GWh. 3.3.- Las empresas Licitadoras deberán tener implantado un Sistema de Gestión de Calidad y Medio Ambiente según normas UNE-EN-ISO 9001:2000 y UNE-EN-ISO 14001:2004, respectivamente. Los sistemas deberán estar certificados por entidad de certificación acreditada por ENAC o entidad acreditadora reconocida en España. La inclusión en este Sobre 1 de cualquier tipo de documentación que permita conocer datos referentes a la Oferta Económica del licitante, traerá como consecuencia la exclusión del procedimiento del ofertante. SOBRE 2 TITULO: Proposición técnica. Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre se consignarán los datos siguientes: SOBRE 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA Identificación de la Licitación:………………………………… Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:………………………….. N.I.F:………………………………………………. Dirección:……………………………………….. Teléfono:…………………Fax:……………. Correo Electrónico:………………………….. Firma/s:…………………………………………. 17 CONTENIDO: En este Sobre se incluirá la documentación o información que permita la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor, en virtud de lo establecido en el punto VI.3 de este Pliego, acompañada de una relación o índice de la documentación aportada. La documentación deberá exponer de forma muy sucinta, precisa y concreta para este contrato, las propuestas que el Licitador realiza para los aspectos que se enumeran seguidamente, pudiendo ser penalizadas las descripciones de tipo generalista en el proceso de valoración. Se presentará en un único Tomo conteniendo la información justificativa del alcance del Servicio de Gestión Preferente ofertado en los siguientes capítulos: 1. Gestión de la contratación. 2. Gestión de la facturación y consumo. 3. Gestión de la telemedida diaria. SOBRE 3: TITULO: Proposición económica. Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los datos siguientes: SOBRE 3 PROPOSICIÓN ECONÓMICA Identificación de la Licitación:………………………………… Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:………………………….. N.I.F:………………………………………………. Dirección:……………………………………….. Teléfono:…………………Fax:……………. Correo Electrónico:………………………….. Firma/s:…………………………………………. CONTENIDO: Contendrá la oferta económica. En el interior del sobre se hará constar su contenido en hoja independiente, enunciado numéricamente. Se presentará una única oferta económica que estará firmada en todas sus hojas por quien tenga capacidad para formular la proposición -la proposición presentada por una UTE deberá estar firmada en todas sus hojas por los 18 representantes de cada una de las empresas componentes de la misma- y se presentará, dentro del sobre, en documento cerrado, independiente y diferenciado del resto de la documentación incluida en el mismo. El contenido de la oferta económica se ajustará estrictamente al modelo del Anexo I de este Pliego. La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina, expresada en número y en letra, y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última. Los precios ofertados incluyen toda clase de impuestos, excepto IVA recargos, etc., así como todos los gastos derivados del contrato, incluso los gastos asociados a la entrega y prestación de los suministros en el lugar convenido. Estudio económico justificativo del importe ofertado. Se presentará estudio económico justificativo del importe ofertado mediante el modelo de ficha recogido en el anejo nº 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas. En la tabla 3.1. se presentará un resumen con los precios ofertados para los términos de energía activa y gestión de la medida por periodo tarifario. En la tabla 3.2. se justificará, mediante la aplicación de los precios ofertados, el importe total ofertado por el Licitador. Para ello los Licitadores tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: Precio del término de energía activa. Se ofertará un único precio por tarifa y periodo. El precio incluirá el componente regulado de tarifa de acceso a redes, así como los pagos por capacidad, debiendo el Licitador para ello tener en cuenta la tarifa de acceso a redes y pagos por capacidad que estuvieran vigentes en el momento de la licitación. Los costes por pérdidas y los costes por interrumpibilidad que aparecen en la ficha son los que se corresponden con la aplicación de la normativa en vigor en el momento de redacción del presente pliego (RD 216/2004 e IET 346/2014 respectivamente); debiendo el Licitador, a efectos de homogeneización de las ofertas, usar estos para la formulación de la oferta económica aun cuando en el momento de la licitación hubiera entrado en vigor normativa distinta. Así pues los términos de costes por pérdidas e interrumpibilidad deberán coincidir con los que figuran en la ficha sin opción a que el Licitador los modifique. 19 Los precios del término de energía activa se expresarán en €/k Wh y se redondearán a seis cifras decimales. Precio del término de potencia. El precio unitario del término de potencia para cada tarifa de acceso a redes que aparece en la ficha se corresponde con lo definido en el RD 1164/2001, de 26 de diciembre, y sus revisiones posteriores. A efectos del estudio económico justificativo, los precios se corresponden con los publicados en la Orden IET 107/2014 de 31 de enero; debiendo el Licitador, a efectos de homogeneización de las ofertas, usar estos para la formulación de la oferta económica aun cuando en el momento de la licitación hubiera entrado en vigor normativa distinta. Así pues el término de potencia deberá coincidir con el que figura en la ficha sin opción a que el Licitador lo modifique. Los precios del término de potencia se expresarán en €/kW y año y se redondearán a seis cifras decimales. Gestión de la medida. Se ofertará el precio de la gestión de la medida, en el que se incluirán todos los conceptos descritos en el capítulo 2.3.1. del Pliego de Prescripciones Técnicas, individualizando este por tarifa, tal y como se muestra en la ficha. Los precios de gestión de la medida se expresarán en €/mes y se redondearán a dos cifras decimales. VI.6.- Puesta a Disposición de Documentación. A efectos de formular las propuestas, Aljarafesa pondrá a disposición de las Empresas ofertantes la documentación precisa para determinar el objeto de la licitación y de condiciones de su adjudicación y posterior ejecución. VI.7.- Mesa de Valoración y Órgano de Contratación. A.-Mesa de Valoración. La composición de esta Mesa, en razón a la cuantía, corresponde a lo establecido en el punto 12. e) de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa. Los criterios de valoración serán analizados por, al menos dos técnicos Aljarafesa. Su objetivo será el estudio, análisis y valoración de la documentación que integra la Proposición Técnica (Sobre 2). 20 Dicha documentación será sometida por la citada Comisión, al sistema de valoración especificado en la Condición VI.3 del presente Pliego, quien deberá remitir a la Mesa de Valoración, un Informe con las conclusiones del análisis realizado. Dicha Mesa podrá solicitar de aquella cuanta información adicional o complementaria se precise. En todo caso, quedarán excluidos aquellos licitadores cuyas ofertas no cumplan las prescripciones técnicas exigidas. B.- Órgano de Contratación. El Órgano de Contratación, en razón a la cuantía, corresponde a lo establecido en el punto 6 de las Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa. VI.8.- Apertura de Proposiciones, Calificación de la Documentación Presentada y Valoración de los Criterios de Selección. Finalizado el plazo de presentación de las Ofertas en Aljarafesa, la documentación contenida en el Sobre 1: Documentación General, podrá ser revisada por los Responsables de los Servicios correspondientes, con la finalidad de calificar si las Empresas participantes poseen los requisitos de Solvencia establecidos en el presente Pliego. En el caso que se apreciara algún defecto subsanable, se le comunicará a la Empresa que corresponda en el plazo de hasta SIETE (7) DÍAS hábiles siguientes al de la presentación de las Ofertas, concediéndoles un plazo máximo de TRES (3) DÍAS desde la comunicación para que lo subsanen o los corrijan o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios, con el apercibimiento de que, caso de no subsanar, quedarán excluidos del Procedimiento. Finalizado este plazo, en el caso que se hubiese dado la situación descrita anteriormente, o antes del mismo, en el caso que no se hubiese producido necesidad de subsanación entre los participantes, la Mesa de Valoración en acto no público, determinará, oído el Informe de Calificación, las empresas que cumplen los criterios de solvencia empresarial que se establecen en el presente Pliego, en cuanto a la capacidad de obrar, solvencia económica-financiera y técnica o profesional de las Empresas presentadas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo y se procederá a la apertura del Sobre nº 2 correspondiente a la Proposición Técnica. Estas circunstancias serán comunicadas por correo electrónico o fax a cada uno de los participantes. En ese mismo acto se abrirá el sobre que contiene la documentación relativa a la Proposición Técnica (Sobre 2), que será entregada a la Comisión de Técnicos designados a estos efectos. 21 En un plazo que no podrá ser superior a VEINTICINCO (25) DÍAS HÁBILES, a contar desde la apertura de la documentación del Sobre Nº 2, la Comisión de Valoración procederá a dar cuenta a la Mesa de Valoración del resultado de la valoración técnica efectuada a cada una de las Empresas, y se procederá en acto público, a la apertura de la Proposición Económica (Sobre 3), procediéndose a la clasificación de las mismas. Tanto las ofertas económicas como los precios unitarios ofertados serán revisados por la Mesa de Valoración. VI.9.- Proposición Anormal o Desproporcionada. La Mesa de Valoración, a la vista de las ofertas económicas, comprobará la existencia de valores anormales o desproporcionados, incurriendo en tal circunstancia aquellas proposiciones que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. A los efectos de establecer la referida media aritmética, no serán consideradas las diversas proposiciones económicas que se formulen individualmente por sociedades pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, sino únicamente la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas incursas en temeridad, respecto de las restantes proposiciones formuladas por las empresas del grupo. 22 Si se apreciara por la Mesa de Valoración una proposición con valores anormales, conforme a los criterios anteriormente señalados, se le comunicará a la Empresa y se le otorgará un plazo de TRES (3) DÍAS hábiles desde el día siguiente al Acto de apertura del Sobre 3, o desde su comunicación, para la justificación razonada de la baja. El licitador deberá justificar la valoración hecha a la oferta y precisar las condiciones de la misma, centrándose, en particular, en lo relativo al ahorro que permite el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección de empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación o la posible obtención de una ayuda de Estado. Aquellas ofertas que a criterio de la Mesa de Valoración no justifiquen adecuadamente su baja, se considerarán anormales o desproporcionadas por estimarse que no pueden ser cumplidas a satisfacción de esta entidad, quedando por tanto excluidas del proceso, mediante comunicación razonada. VI.10.- Reclamación sobre el Proceso de Licitación. Dentro de los TRES (3) DÍAS hábiles siguientes a la apertura del Sobre 3, los participantes podrán exponer por escrito ante ALJARAFESA cuanto estimen conveniente sobre el proceso de licitación. El Órgano de Contratación, previo informe de la Mesa de Valoración, deberá resolver el procedimiento de adjudicación con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas. VI.11.- Adjudicación del Contrato. Valoradas las Ofertas, dentro de los SIETE (7) DÍAS HÁBILES siguientes a la apertura de las Ofertas Económicas, o de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, en caso que se produzca la situación establecida en la Condición VI.9, la Mesa de Valoración, conforme a todo lo actuado, formulará propuesta de Adjudicación al Órgano de Contratación de esta Licitación, quien adjudicará el contrato a la Entidad que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para Aljarafesa. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de TRES (3) MESES, a contar desde el día siguiente de la apertura del Sobre 1. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los TRES (3) MESES siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, Aljarafesa no estará obligada a seguirla custodiando. 23 VII. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato adjudicado se perfeccionara con su formalización. La adjudicación del contrato se notificará a los licitadores. Para el caso del adjudicatario, en dicha notificación se le comunicará los requisitos previos a la formalización del mismo, que deberá tener en cuenta o, en su caso, presentar en Aljarafesa, en el lugar y día que se le indique en la citada comunicación. Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante ALJARAFESA toda la documentación que se indica a continuación; tener constituida la fianza definitiva; y tener cumplidas todas las condiciones establecidas en el presente Pliego, como previas a la contratación, así como, en su caso, haber verificado el pago de los anuncios de la licitación. En caso de no presentar el adjudicatario la documentación que se le requiera o que la misma no se entregue en los plazos establecidos en la comunicación de adjudicación que Aljarafesa verifique, así como, por otras causas imputables al mismo por las que no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, Aljarafesa hará suya la garantía provisional en concepto de indemnización, procediéndose entonces a recabar la misma documentación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en función al precio más bajo en segundo lugar, y así sucesivamente. Durante la vigencia de este Contrato, Aljarafesa podrá requerir al contratista que acredite encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a Aljarafesa una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de UN (1) MES desde su formalización. En todo caso, serán documentos necesarios a presentar antes de la formalización del Contrato, los que a continuación se detallan: - Obligaciones tributarias: a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. 24 Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto indicado, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Dicho Certificado deberá tener una vigencia anual y será presentado anualmente, o en su caso, por el tiempo que por el que sea otorgado. - - Obligaciones con la Seguridad Social: 1. Documentación de alta en la identificación del número patronal. Seguridad Social, con 2. Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social. Seguros: El Adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos objeto del presente Pliego, quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan originarse como consecuencia de la ejecución de los mismos. Así pues, deberá aportar Certificado acreditativo de tener en vigor o de haber suscrito a su cargo una póliza de seguros que cubra los riesgos propios de la prestación de este contrato por la cuantía de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000 €). 25 - Garantía Definitiva. Antes de la formalización del contrato, y como condición previa del mismo, el Adjudicatario presentará documento acreditativo de haber constituido la fianza definitiva. Dicha Fianza responderá del cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario, y como consecuencia de ello la correcta ejecución del mismo, así como de los daños y perjuicios que se deriven de las actuaciones llevadas durante su ejecución, y de sus actuaciones accesorias o complementarias. La cuantía de dicha Fianza será el 6% del importe que resulte de la oferta objeto de adjudicación. Dicha fianza podrá constituirse bien mediante transferencia al número de cuenta que indique Aljarafesa o bien mediante aval bancario, efectivo al simple requerimiento de ALJARAFESA, conforme al modelo que figura como Anexo III de este Pliego. Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, se procederá a la formalización del correspondiente contrato dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación. VIII. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 1. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de la prestación que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por Aljarafesa, a través del responsable del contrato, en su caso, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el presente Pliego. 2. Serán por cuenta del Adjudicatario todos los gastos necesarios para la correcta ejecución de este Contrato en los términos expresados en el presente Pliego y en las Prescripciones Técnicas. 3. El adjudicatario pondrá en conocimiento de ALJARAFESA cualquier eventualidad o decisión que redunde en una mayor estabilidad, rapidez y orden en los trabajos, no reservándose ningún tipo de información. 4. También deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que intervenga en los trabajos objeto de la contratación y bajo su dependencia, y en este sentido deberá cumplir con las leyes laborales relativas a la Seguridad Social y los seguros obligatorios de accidente de trabajo, seguro de enfermedad y otras que pudieran afectarle. ALJARAFESA, podrá requerir que se le acrediten todas estas circunstancias durante el periodo de vigencia de esta contratación. 26 5. Todos los daños y perjuicios que se deriven de la propia ejecución del contrato y de sus actuaciones accesorias o complementarias, que se causen a ALJARAFESA o a terceros, serán de la exclusiva responsabilidad del contratista adjudicatario, quien viene obligado a atender las reclamaciones que por tal concepto se formulen ante él o ALJARAFESA, asumiendo incluso el pago de las indemnizaciones que correspondan, aun cuando por Resolución Judicial o Administrativa la sanción o indemnización, en su caso, viniese obligada ALJARAFESA a atenderla. En caso de inobservancia de estas normas, el adjudicatario será el único responsable, sin que en ningún supuesto se pueda exigir a ALJARAFESA responsabilidad alguna. El incumplimiento de las obligaciones expuestas anteriormente será motivo de la penalización correspondiente. IX. EJECUCIÓN DEL CONTRATO. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo dispuesto por el artículo 215 del TRLCSP. Para el seguimiento, inspección y, en su caso, organización de los trabajos objeto del contrato, ALJARAFESA designará un Representante, quien velará por el cumplimiento del mismo; representante que tendrá directa comunicación con la persona designada por el adjudicatario como interlocutor y responsable de esta contratación. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para esta Empresa o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Será obligación del contratista indemnizar de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Así pues, el adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos objeto del presente Pliego, quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan originarse como consecuencia de la ejecución de los mismos. El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación de éstos, en su caso, dé Aljarafesa a través del Responsable de este Contrato al contratista, suponiendo todo ello la base contractual del presente Contrato. 27 X.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO. A. Cesión: El adjudicatario podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de las que trae causa el contrato a otra Empresa, una vez tenga ejecutado al menos un 10 por 100 del importe del contrato, si bien ésta ha de reunir las condiciones exigidas para poder ser beneficiario de esta adjudicación, en los términos establecidos en el presente Pliego. La cesión de los derechos y obligaciones derivados del contrato, supondrá la realización por parte de la nueva Empresa del Contrato adjudicado, en las mismas condiciones que la hubiese verificado el adjudicatario cedente. Si la Empresa a la que se pretende ceder el contrato hubiese concurrido al procedimiento de adjudicación del mismo, habrá de hacer expresa renuncia a la oferta en su día formulada. En cualquier caso, la cesión del contrato no podrá verificarse sin la expresa autorización de Aljarafesa, que se plasmará mediante Cláusula Adicional al contrato en su momento suscrito, elevándose a Escritura Pública si ésta se hubiese otorgado para el cumplimiento del mismo, siendo todos los gastos que la misma genere de cuenta del contratista. El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente, no admitiéndose modificación alguna sobre las condiciones del contrato establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares y en sus Prescripciones Técnica, debiendo aportar nueva fianza definitiva. Hasta que el nuevo Aval no quede presentado, Aljarafesa retendrá el aportado por el cedente. B. Subcontratación: El adjudicatario podrá concertar con terceros hasta el cinco por ciento (5%) de la ejecución de las prestaciones de la presente contratación. El licitante deberá dejar constancia en su oferta su intención de llevar a efecto esta opción, acreditando la aptitud de éste por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica del/los subcontratista/s a los que vaya a encomendar su realización, incluso, a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, conforme a los requisitos establecidos en el presente Pliego. 28 Durante la ejecución del Contrato, y si no se hubiera propuesto por el licitante ejecutar esta opción, Aljarafesa deberá autorizar expresamente toda subcontratación que se proponga por la Contrata, en base a los términos establecidos en el párrafo precedente. En cualquier caso, podrá decidir la exclusión de la Empresa subcontratada, por ser incompetente o no reunir las condiciones necesarias para llevar a cabo las tareas asignadas, según su propio criterio. En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a Aljarafesa. Los subcontratistas no tendrán, en ningún caso, acción directa frente a esta Empresa por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos. Igualmente, bien dentro de la propia Oferta o junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a Aljarafesa del subcontrato a celebrar, se deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar con el Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 60 y ss. del TRLCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del representante legal de la subcontrata. El contratista, en caso de subcontratación, cumplirá cuantos requisitos generales o específicos establezca la normativa aplicable en materia de subcontratación y realizará cuantas comunicaciones a ALJARAFESA y a terceros exija dicha normativa y, muy especialmente, las que deriven del cumplimiento de las obligaciones tributarias, laborales y en materia de seguridad social. XI.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1.- Requisitos generales. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito así como en el RD 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Igualmente se compromete a acatar cualquier norma de seguridad elaborada por esta Empresa, que afecte a sus instalaciones y donde los empleados desarrollen su trabajo. 29 2.- Incumplimiento de las Normas de Prevención de Riesgos Laborales. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente cláusula y en la normativa citada y de las obligaciones del contratista en materia preventiva, Aljarafesa podrá imponer al contratista una penalización de hasta el 5 % sobre todo el periodo de facturación mensual en el que se hubiera producido. Se considerará como causa de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones que resultan de la presente cláusula, al considerarse una obligación esencial del contratista, conforme a lo dispuesto en el Art. 223 del TRLCSP, y sin perjuicio de la obligación de indemnizar a Aljarafesa por los daños y perjuicios que le hubiere causado. XII.- PROTECCIÓN DE DATOS. El contratista queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Asimismo, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la de Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y especialmente en lo indicado en su artículo 12 como encargado del tratamiento. A tal fin, el contratista entregará a solicitud de Aljarafesa, una Memoria descriptiva de las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Además, al inicio de los trabajos, deberá designar a requerimiento de Aljarafesa a la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, estarán autorizadas para las relaciones en el centro directivo a efectos del uso correcto del material y de la información. Aljarafesa facilitará a la entidad adjudicataria cuanta información disponga relacionada con las materias objeto del presente trabajo. Toda la información que se proporcione, es propiedad de Aljarafesa y no podrá ser utilizada en futuros trabajos ya sea como referencia o como base de los mismos, a menos que se cuente con la autorización expresa, por escrito, de Aljarafesa. No se podrá transferir información alguna sobre los trabajos a personas o entidades no explícitamente mencionados en este sentido en el contrato sin el consentimiento, por escrito, de Aljarafesa. 30 XIII.- CUMPLIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. 1) Cumplimiento del Contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del mismo, se haya ejecutado el objeto del Contrato de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Aljarafesa Finalizado, por tanto, aquél, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá en el plazo de UN (1) MES desde la última entrega efectivamente recibida, a la Recepción Definitiva del contrato. Hasta que tenga lugar la Recepción Definitiva, el contratista responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o entregas parciales. 2) Liquidación del Contrato. Dentro del plazo de UN (1) MES a contar desde la fecha de Recepción Definitiva de la prestación del contrato, Aljarafesa procederá a la liquidación del saldo resultante del Contrato, en los términos establecidos en la Condición IV de este Pliego. La extinción del contrato no producirá, en ningún caso, la consolidación de las personas que realizarán los trabajos objeto del contrato como personal de ALJARAFESA. XIV. FALTAS Y SANCIONES. Las faltas se clasificarán en tres categorías: leves, graves y muy graves. 1. Se considerará falta leve el incumplimiento ocasional de alguna de las obligaciones expuestas en el pliego. En este caso se penalizará con un 2% de facturación mensual correspondiente al término de potencia referido a la/s instalación/es afectada/s. 2. Se considerarán faltas graves las siguientes: - Comisión de dos faltas leves en menos de un mes. - Acumulación de cuatro faltas leves en un año. 31 - Incumplimiento de las obligaciones del presente pliego, después de haber sido advertido el adjudicatario del mismo y mantenerse este incumplimiento en el plazo de una semana. En este caso se penalizará con un 2% de facturación mensual correspondiente al término de potencia referido a la/s instalación/es afectadas. 3. Se considerarán faltas muy graves las siguientes: - Reincidencia en la comisión de faltas graves. - Incumplimiento de parámetros de calidad expuestos en el pliego. - Superación del plazo límite establecido para la resolución de averías urgentes o críticas, sin causa justificada. - Sanciones impuestas por Organismos competentes, causadas por el incumplimiento de la normativa vigente en cualquiera de los conceptos relacionados con las obligaciones establecidas en este pliego. - En el caso en el que alguna de las instalaciones gestionadas por ALJARAFESA resultara dañada por el incumplimiento de los parámetros de calidad contractuales, el coste de la reparación será a cargo del adjudicatario. En el caso en el que los problemas de suministro generen problemas de naturaleza medioambiental tales como: Vertido de agua residual en EDARs/EBARs. Olores. Disminución de la calidad del agua suministrada Interrupciones en el suministro de agua potable. El adjudicatario será el responsable y, por tanto, deberá hacerse cargo de los costes derivados de los mismos independientemente de posibles responsabilidades que se derivasen. XV. ANOMALÍAS Y RECLAMACIONES ALJARAFESA no atenderá a las reclamaciones hechas por el adjudicatario, de las facturas que hagan referencia a las lecturas de consumo y peajes, anteriores a seis (6) meses de la fecha de emisión de la factura, si previamente, ALJARAFESA no ha tenido notificación por escrito de esta demora. Las facturas en litigio, sobre las que ALJARAFESA haya notificado a la Comercializadora alguna reclamación, se liquidarán, una vez consensuada ambas partes su resolución, a partir de la fecha de la mencionada resolución aplicándose los plazos habituales como el resto de facturas. 32 No se admitirán lecturas estimadas bajo ningún concepto. Cualquier anomalía en la capacidad de obtener los consumos de energía, se comunicará de forma fehaciente, para que de común acuerdo se determine la energía consumida. Sólo se admitirán lecturas estimadas para suministros en BT con potencias contratadas inferiores a 15 kW, en base a lo dispuesto en el RD 1718/12 de 28 de diciembre por el que se determina el procedimiento para realizar la lectura y facturación de los suministros de energía en baja tensión con potencia contratada no superior a 15 kW. Las infracciones que cometa el adjudicatario en la ejecución del suministro serán clasificadas, en su caso por el órgano de contratación y previo informe del responsable del contrato. XVI.- PLAZO DE GARANTÍA Se establece como periodo de garantía para este Contrato el plazo de DOS (2) MESES, que empezará a contar desde la fecha de la Recepción Definitiva del Contrato. Dicha garantía responderá de la inexistencia de vicios o defectos. Transcurrido el plazo de garantía si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se procederá a la devolución del Aval correspondiente, previa autorización del responsable del Contrato. XVII.- VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en la ejecución del Contrato, Aljarafesa tendrá derecho a reclamar al contratista que restablezca la prestación ejecutada de forma inadecuada o a exigir su reparación, si ésta resultase suficiente. XVIII.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Será causa de resolución del contrato el incumplimiento del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones asumidas como consecuencia de la presentación de su oferta, y en todo caso las siguientes: • El incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones asumidas como consecuencia de la mera presentación de su oferta, con lo que ello conlleva de aceptación de todas las condiciones establecidas y que hayan servido de base para la adjudicación de este Contrato. • La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicataria. 33 • Los supuestos de extinción o liquidación de la UTE. • Por la imposibilidad del cumplimiento del contrato, cualquiera de las partes podrá darlo por resuelto, percibiendo el contratista el importe de la prestación realizada y de los gastos efectivamente realizados que no pudieran ser recuperados. • La declaración de insolvencia del contratista en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación. • En caso de incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir para la ejecución del mismo los medios personales y/o materiales suficientes. • En los supuestos de escisión, aportación o transmisión parcial de la Empresa Adjudicataria, si la nueva Sociedad no tuviese la solvencia profesional, técnica y económica exigida para concurrir a la adjudicación; supuesto que se considerará, en todo caso, incumplimiento por parte de la Empresa Adjudicataria. La resolución del contrato por causa imputable al contratista, comportará la pérdida de la fianza definitiva y la retención de las cantidades pendientes de abonar, además de la indemnización de daños y perjuicios a ALJARAFESA, en la que se incluirá el resarcimiento de las prestaciones no ejecutadas, que se hará efectiva en primer lugar de las cantidades que estén pendientes de abonar, aun cuando sean de parte de contrato cumplido. Aun cuando el adjudicatario haya incurrido en causa de resolución del contrato, ALJARAFESA podrá optar por la continuidad del contrato y la ejecución subsidiaria del mismo, realizando las obligaciones incumplidas por sí o a través de las personas o Empresas que determine, a costa del adjudicatario, comunicando al mismo esa circunstancia. Las partes, en cualquier momento, podrán dar por resuelto el Contrato de mutuo acuerdo, percibiendo el Contratista tan solo el importe de adjudicación correspondiente a la prestación realizada, reteniendo en cualquier caso ALJARAFESA el importe de la fianza hasta el plazo de SEIS (6) MESES a contar desde dicha resolución, si no media reclamación, supuesto en el cual no se procederá a su devolución hasta que queden solventadas las mismas. 34 XIX. JURISDICCIÓN COMPETENTE. Todas las controversias que surjan respecto a la aplicación de las normas contenidas en el presente Pliego o de los documentos que forman parte de la base contractual objeto del mismo, así como de su cumplimiento, efectos y extinción, quedan sometidas a la jurisdicción civil de los Juzgados y Tribunales de Sevilla, fuero que aceptan expresamente todos los licitadores por el mero hecho de presentar su oferta, con renuncia expresa al fuero que les correspondiese. Todo ello sin perjuicio del sometimiento al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, en lo que respecta a las reclamaciones, incluso a las que surjan durante el propio procedimiento, y cuestiones de nulidad a las que se hace referencia en el Título VII de la Ley 31/2007, o al órgano municipal o mancomunado que, en relación con la actividad contractual de ALJARAFESA, sea creado específicamente por los municipios que la conforman. 35 CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, en concordancia con lo establecido en el punto 5.b) de las Instrucciones de Contratación vigente en Aljarafesa, el valor estimado del presente Suministro, es el sumatorio de los siguientes conceptos: 1. Presupuesto base de licitación, sin IVA: 2.297.328,99 € 2. Prórroga de dos (2) meses, sin IVA: 382.888,16 € 3. Total: 2.680.217,15 €, sin IVA. 36 ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D.__________________________________________________, con D.N.I. núm. _____________________, en _________________________ (su propio nombre y derecho o en representación de)____________________________________, con N.I.F. ______________, con domicilio en ___________________________, Calle__________________, Nº _____, visto el anuncio de licitación del contrato de: _______________________________________________, y enterado de las condiciones requisitos y obligaciones establecidos en los Pliegos de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medioambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, por la cantidad de _______________________________ I.V.A. excluido (en letras) euros, lo que supone un porcentaje de baja del __________ sobre el presupuesto de contrata, y por el plazo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares. (Lugar, fecha y firma del proponente) _______, _____ de ______________________ de 20__ 37 ANEXO II MODELO DE FIANZA PROVISIONAL D. _______________________________ y D. _________________________ ambos en nombre y representación de Banco _________________________, en virtud de los poderes que tienen atribuidos por Escritura de Poder, otorgada ante el Notario D. _______________________________________________, del Ilustre Colegio de __________________, con fecha _______________, bajo el número de su protocolo ________________ y respectivamente, con facultades para el otorgamiento de este Aval, la Entidad Banco ____________________________. AVALA De forma solidaria, para responder en los mismos términos y condiciones y renunciando a los derechos de división y excusión, a _________________________, ante la EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA), por la cantidad de _________________________________ (______________) EUROS, (1% del presupuesto base de licitación) correspondiente al importe de la fianza provisional del Contrato de …………………………………………………….Aljarafesa, que el afianzado como participante del procedimiento de adjudicación que se está llevando a cabo por ALJARAFESA, está obligado a depositar para responder de las obligaciones, penalidades e indemnizaciones establecidas en el presente Pliego durante el citado proceso y hasta la formalización del correspondiente contrato. Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero requerimiento de ALJARAFESA. El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el número _______________. ____________, a ___ de _______________ de 20__ 38 ANEXO III MODELO FIANZA DEFINITIVA D. ______________________ y D. _____________________ ambos en nombre y representación de Banco _________________________, en virtud de los poderes que tienen atribuidos por Escritura de Poder, otorgada ante el Notario D. ________________________, del Ilustre Colegio de __________________, con fecha ____________, bajo el número de su protocolo _________ y respectivamente, con facultades para el otorgamiento de este Aval, la Entidad Banco _____________. AVALA De forma solidaria, para responder en los mismos términos y condiciones y renunciando a los derechos de división y excusión, a _________________________, ante la EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA), por la cantidad de ____________________ (______________) EUROS, (6% de la Adjudicación) correspondiente al importe de la fianza definitiva del contrato de , con Nº Exp. M:………..”, que el afianzado, como adjudicatario del mismo, está obligado a depositar para responder del cumplimiento del presente contrato y de la correcta realización del mismo, así como de las penalidades e indemnizaciones que, conforme al Contrato y Pliego de Condiciones o Disposición Legal, sean con cargo al afianzado. El presente Aval tendrá validez hasta tanto ALJARAFESA proceda a autorizar su cancelación. Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero requerimiento de ALJARAFESA. El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el número _______________. ____________, a ___ de _______________ de 39 ANEXO IV MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL, DE NO SANCIÓN EN VÍA ADMINISTRATIVA O JURISDICCIONAL POR EL INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES DE ORDEN LABORAL Y DE CUMPLIMIENTO CON LA NORMATIVA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ……………………..…………………, con NIF nº ….……………, en calidad de ………………………...…………………....……… DECLARA: I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. III.- Que la citada Empresa cumple con todas las prescripciones que establece la Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales. En ……………………………………, a …….. de …………………….. de …. Fdo.: 40