PCP Nº EXP. M

Transcripción

PCP Nº EXP. M
PLIEGO
DE
CONDICIONES
PARTICULARES
PARA
LA
CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO
DE ENERGIA ELÉCTRICA EN LAS
INSTALACIONES QUE GESTIONA
LA EMPRESA MANCOMUNADA DEL
ALJARAFE, S.A., ALJARAFESA, CON
Nº EXP. M: 21/15-183.
1
INDICE
PRELIMINAR
I.- DISPOSICIONES GENERALES........................................................................... 4
I.1. Objeto del Pliego. .................................................................................................. 4
I.2. Objeto del Contrato. ............................................................................................. 4
I.3. Régimen Jurídico.................................................................................................. 5
II.- PLAZO DEL CONTRATO ................................................................................... 5
III.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN .................................................................... 5
IV.- PAGO DEL CONTRATO .................................................................................. 6
V.- PERFIL CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN ..................... 8
VI.- LICITACIÓN ....................................................................................................... 8
VI.1.- Capacidad para Contratar .................................................................................. 8
VI.2. Procedimiento de Contratación .......................................................................... 9
VI. 3. Criterios de Valoración de las Ofertas .............................................................. 9
VI.4. Presentación de Ofertas .................................................................................... 12
VI.5. Formulación de las Ofertas............................................................................... 13
VI.6. Puesta a Disposición de Documentación. ........................................................ 20
VI.7. Mesa de Valoración y Órgano de Contratación ............................................... 20
VI.8. Apertura de Proposiciones, Calificación de la Documentación Presentada y
Valoración de los Criterios de Selección................................................................... 21
VI.9. Proposición Anormal o Desproporcionada ...................................................... 22
VI.10. Reclamación sobre el Proceso de Licitación .................................................. 23
VI.11. Adjudicación del Contrato. ............................................................................ 23
VII.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. ........................... 24
VIII.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. ........................... 26
IX.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ..................................................................... 27
X.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO. .................................. 28
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XI.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. ................................................. 29
XII.- PROTECCIÓN DE DATOS. ........................................................................... 30
XIII.- CUMPLIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. .......................... 31
XIV.- FALTAS Y SANCIONES. ............................................................................. 31
XV.- ANOMALIAS Y RECLAMACIONES. .......................................................... 32
XVI.- PLAZO DE GARANTÍA................................................................................ 33
XVII.- VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA. ............ 33
XVIII.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. ............................................................ 33
XIX.- JURISDICCIÓN COMPETENTE. ................................................................. 35
CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. ... 36
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. .................................... 37
ANEXO II. MODELO FIANZA PROVISIONAL. .................................................. 38
ANEXO III. MODELO FIANZA DEFINITIVA. ..................................................... 39
ANEXO IV. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA. ...... 40
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PRELIMINAR
La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A., Aljarafesa, forma parte del
Sector Público a los efectos establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, en adelante TRLCSP, por cuanto que su único socio es la
Mancomunidad de Municipios del Aljarafe.
Conforme dispone el citado Texto en los artículos 189 y 191, Aljarafesa ha
elaborado unas Instrucciones de Contratación que han sido aprobadas por su
Consejo de Administración, teniendo presentes los principios de publicidad,
concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación,
reguladoras de sus Procedimientos de Contratación, garantizando la adjudicación a
quien presente la oferta económicamente más ventajosa; así como la formalización
de los contratos y las condiciones generales para la ejecución y cumplimiento de los
mismos hasta su extinción.
No obstante, para aquellas contrataciones cuyo valor estimado superen los
umbrales económicos publicados en la Normativa correspondiente, se aplicará la
Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores
del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
I.
DISPOSICIONES GENERALES
I.1.- Objeto del Pliego.
El presente Pliego contiene las condiciones particulares por las que se va a
regir el presente procedimiento de contratación hasta la formalización, ejecución y
resolución del Contrato resultante de la misma.
I.2.- Objeto del Contrato.
El objeto del Contrato al que se refiere este documento es la ejecución de la
prestación definida en el “Pliego de Prescripciones Técnicas del Suministro de
Energía Eléctrica en las Instalaciones que Gestiona la Empresa Mancomunada
del Aljarafe, S.A, Aljarafesa”, en el que se especifican las necesidades que se
quieren satisfacer mediante su contratación, en los términos establecidos en el
presente Pliego. Así pues, la presente contratación consiste en el suministro de
energía eléctrica en las instalaciones que gestiona la Empresa Mancomunada del
Aljarafe, S.A, Aljarafesa.
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I.3.- Régimen Jurídico.
El contrato de Suministro a suscribir tiene carácter privado, en virtud de lo
establecido en el artículo 20 del TRLCSP.
El procedimiento de adjudicación y la formalización y ejecución de este
contrato queda sometido a lo establecido en el presente Pliego, el de Prescripciones
Técnicas, el de Condiciones Generales y las Instrucciones de Contratación vigente
en Aljarafesa, constituyendo todos ellos la base contractual del mismo. Asimismo,
este Contrato en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, a falta de
regulación expresa en los documentos contractuales indicados, se regirá por el
derecho privado.
Supletoriamente se aplicará al presente procedimiento lo que disponga al
respecto la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en
los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales.
Cualquier discrepancia que pudiera existir entre este Pliego y cualquier otro
documento contractual, será solventada en función de lo que el presente disponga,
salvo en el caso de que dicha circunstancia se produjese respecto de las
Instrucciones de Contratación vigentes en Aljarafesa y/o la Ley 31/2007 citada,
rigiendo, en este caso, estas con la preferencia normativa que corresponda.
II.
PLAZO DEL CONTRATO
El periodo de vigencia de este Contrato será de UN (1) AÑO, a partir de la
fecha de la formalización del correspondiente Contrato.
Para la presente contratación se prevé una prórroga de DOS (2) MESES. En
caso que se decidiera por Aljarafesa llevar a efecto la citada prórroga, ésta
comunicará dicha decisión a la empresa adjudicataria, con la antelación mínima de
UN (1) MES, quedando obligada la empresa adjudicataria a aceptarla.
III.
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El presupuesto total de la presente licitación por UN (1) AÑO, y para un
consumo estimado de energía eléctrica de 22.706.382 kWh/año, según el anejo nº 2
del Pliego de Prescripciones Técnicas, asciende a la cantidad de DOS MILLONES
DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO
EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (2.297.328,99 €), IVA no
incluido.
Las ofertas de los licitadores deberán ser, en todo caso, iguales o inferiores al
presupuesto de licitación, siendo excluidas aquellas que sean formuladas con precios
superiores. El licitador deberá consignar la justificación de precios, según Anejo 3
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del Pliego de Prescripciones Técnicas que rige la presente licitación. De no hacerlo,
se aplicará a todos y cada uno de los precios indicados en el citado anejo, el
porcentaje de baja señalado en la proposición económica por el adjudicatario. En
ningún caso los precios unitarios ofertados serán superiores a los establecidos en
este Pliego.
En el precio propuesto por el adjudicatario se entenderán incluidos todos los
gastos necesarios para la correcta ejecución del objeto del Contrato.
El valor estimado del Contrato se encuentra establecido en la Cláusula
Adicional Única de este Pliego.
IV.- FORMA DE PAGO.
El Adjudicatario emitirá, mensualmente, una factura por cada punto de
suministro.
La factura estará formada por los siguientes conceptos:
− Término de energía activa. Se corresponderá con el sumatorio del
producto de los consumos de energía por los precios unitarios de energía
ofertados para cada periodo y tarifa de referencia, más el coste por pérdidas y el
coste por interrumpibilidad.
− Término de potencia. Se corresponderá con el sumatorio del producto de
la potencia a facturar por el precio unitario de potencia de la tarifa de referencia.
La potencia a facturar así como el precio será el que en cada momento se
establezca reglamentariamente para la tarifa de referencia.
− Recargo por excesos de potencia. Se facturará según lo dispuesto
reglamentariamente en cada momento para la tarifa de acceso de referencia. Se
tomará como base el RD 1164/2001, de 26 de diciembre y sus revisiones
posteriores.
− Término energía reactiva. Se facturará según lo dispuesto
reglamentariamente en cada momento para la tarifa de acceso de referencia. Se
tomará como base el RD 1164/2001, de 26 de diciembre y sus revisiones
posteriores.
−
caso.
Gestión de la medida. Se corresponderá con el importe ofertado en cada
− Impuesto sobre la electricidad e IVA sobre los conceptos y en su valor
correspondiente según disposiciones en vigor en cada momento.
6
Las facturas emitidas deberán estar disponibles en el portal de internet
designado por la empresa comercializadora, en un plazo máximo de SIETE (7) días
posteriores al período del consumo facturado.
Independientemente de la disponibilidad de las facturas en Internet, las
facturas legales se habrán de enviar a ALJARAFESA, siguiendo el siguiente
procedimiento administrativo establecido.
La presentación de las facturas en el Servicio Económico-Financiero de la
Empresa, se establece en los SEIS (6) primeros días naturales de cada mes natural
con el objetivo de revisar sus datos y de habilitar el procedimiento de aprobación,
por parte de ALJARAFESA. En el plazo no superior a TREINTA (30) DÍAS
naturales a contar desde la fecha de la conformidad de las mismas por el
Responsable del Contrato, se efectuará el pago. Cada factura deberá indicar el
Número de Expediente.
En el caso en el que el suministro no tenga telemedida, la toma de lecturas la
realiza la empresa distribuidora de la zona de forma manual y por tanto la
facturación se realizará conforme a los ciclos de lectura, pudiendo, de forma puntual
y extraordinaria superar los siete (7) días prescritos.
Se aplicarán en la liquidación de las facturas todos los conceptos regulados
de las tarifas de acceso y los complementos, y si proceden los importes en concepto
de excesos de potencia, reactiva y discriminación horaria, incluyendo la aplicación
del impuesto eléctrico y el I.V.A.
Como condición previa a la conformación de las facturas emitidas por el
Adjudicatario, por parte de ALJARAFESA, se deberá haber facilitado
conjuntamente con la factura la documentación que periódicamente se solicita en
este Pliego, la cual será vinculante por todos los puntos de consumo especificados.
REVISIÓN DE PRECIO.
Durante la vigencia del contrato se admitirá la revisión de los precios del
contrato exclusivamente para dar traslado a los mismos de cualquier variación que
se produzca por parte de la administración competente de los conceptos regulados,
tasas e impuestos que forman parte de los precios o para añadir nuevos conceptos
regulados, tasas e impuestos que pudiera regular la administración durante su
vigencia y que sean de aplicación al objeto del contrato.
En cualquier caso, los nuevos precios a aplicar en la facturación de los
suministros deberán ser objeto de notificación y justificación por parte del
Adjudicatario a ALJARAFESA en un plazo no superior a diez días desde la
publicación en diario oficial de la modificación.
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En el caso en el que se incorporen nuevos suministros para la prestación del
servicio, a estos se les aplicarán los precios del contrato en función de la tarifa
elegida.
V.
PERFIL DE CONTRATANTE Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN.
La Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A, Aljarafesa, tiene habilitada en
su página institucional, el correspondiente Perfil de Contratante, en el cual, se
ofrece, entre otras cuestiones de la actividad contractual, la información relativa a
las condiciones de contratación con esta Empresa.
Así pues, y en relación a la presente contratación, en el Perfil de Contratante
de Aljarafesa (http://www.aljarafesa.es) se ofrecerá la información relativa al
proceso de licitación de este Contrato, incluyendo el Pliego de Condiciones
Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas del mismo.
Los licitadores podrán solicitar información sobre la documentación
indicada en el párrafo precedente, hasta QUINCE (15) días naturales antes de la
fecha límite fijada para la presentación de ofertas en el Anuncio de licitación. Esta
información se facilitará hasta SEIS (6) días naturales antes del fin del plazo de
presentación de proposiciones.
Asimismo, se establece que las consultas se efectuarán mediante correo
electrónico a la dirección: [email protected] y serán contestadas a través
del mismo medio. Las consultas efectuadas deberán indicar en el epígrafe Asunto
del correo electrónico el Nº Expediente (M: 21/15-183) y el titular de la consulta a
realizar.
VI.
LICITACIÓN.
VI.1.- Capacidad para Contratar.
Podrán optar a la presente licitación aquellas personas naturales o jurídicas,
españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios o
agrupaciones de operadores económicos, que tengan plena capacidad de obrar,
acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa conforme a la
Condición VI.6 del presente Pliego y no se encuentren incursas en las prohibiciones
para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP (declaración responsable
firmada cuando se trate de persona natural y certificado cuando se trate de sociedad),
así como, acrediten su solvencia económico-financiera y técnica o profesional, en
los términos establecidos en el presente Pliego.
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Si la participación en este Procedimiento se instrumentaliza a través de una
Unión Temporal de Empresas (UTE), todos sus componentes tendrán que acreditar
la habilitación profesional necesaria para la ejecución de la prestación que constituya
el objeto del contrato, considerándose, en su caso, que la solvencia técnica y
profesional requerida se cumple si la acumulación de la solvencia individual de cada
Empresa da como resultado la establecida en este Pliego.
Cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del
presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de
actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
En caso que se trate de empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir
además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
VI.2.- Procedimiento de Contratación.
Según ha sido acordado por el órgano de contratación de esta empresa, el
procedimiento que se convoca es un Procedimiento Abierto, en virtud de lo
establecido en el artículo 58.2 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, en concordancia
con lo establecido en el punto 8 de las Instrucciones de Contratación vigentes en
Aljarafesa, cuyo criterio de adjudicación es la oferta económicamente más ventajosa,
mediante la valoración de varios criterios vinculados al objeto del contrato.
VI.3.- Criterios de Valoración de las Ofertas.
Los criterios de valoración a aplicar a las ofertas presentadas por las
empresas que decidan participar en la presente licitación, junto con sus
ponderaciones correspondientes, son los siguientes:
1. Valoración técnica: Se puntuará con un máximo de 10 puntos.
La valoración técnica de las ofertas se efectuará mediante el análisis del Servicio de
Gestión Preferente ofertado, la calidad y madurez del mismo en cada uno de los
aspectos descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas así como de la claridad y
organización expositiva de la oferta.
-
Gestión de la contratación (0-1).
Gestión del seguimiento de la facturación y consumo (0-4).
Gestión de la telemedida diaria (0-4).
Calidad de la oferta presentada (0-1).
Se valorará técnicamente el servicio ofertado en base al nivel de detalle y
consecución de los puntos que se citan a continuación:
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Los servicios a prestar en relación a la Gestión de la contratación serán los
siguientes:
− Designación de un interlocutor único, responsable del contrato por parte del
Adjudicatario, único interviniente para todas las actividades relacionadas con el
contrato.
− Buzón de correo electrónico donde quedarán registradas diariamente todas las
peticiones o consultas realizadas por ALJARAFESA.
− Revisión previa a la contratación de nuevos suministros de toda la información
proporcionada por ALJARAFESA para lograr un proceso de contratación más
eficaz y rápido.
− Gestión de cambios de titularidad, altas, bajas, modificaciones, etc.
Los servicios a prestar en relación a la Gestión del Seguimiento de la facturación y
consumo serán los siguientes:
− Envío mensual de archivos de facturación agrupada con detalle por cada
suministro, pudiendo incluir cualquier tipo de referencias que ALJARAFESA
necesite.
− Auditorías periódicas de la facturación con el fin de detectar desvíos de
consumo, reactiva, excesos de potencia, etc...., con las consiguientes propuestas
de actuaciones posteriormente.
− Gestión inmediata de cualquier modificación en las direcciones fiscales, de envío
de facturas, cambios en las cuentas bancarias, etc.
− Apertura, seguimiento y resolución de todo tipo de reclamaciones, aportando las
valoraciones técnicas necesarias, tramitando la adecuación de las instalaciones
(en caso de ser necesario) e informando a ALJARAFESA de su evolución
constantemente.
− Gestión de modificaciones de potencia y cambios de equipos.
− Gestor personalizado que ofrecerá un asesoramiento especializado e informara
de las variaciones legislativas que se vayan produciendo.
Para los suministros en Media Tensión y en Baja Tensión que dispongan de sistema
de telemedida accesible (sistema que captura los datos del contador mediante
comunicaciones: RTC, GSM o GPRS) se proveerá de un sistema de Gestión de la
Telemedida diaria que permita:
− Presentación de los datos de energía en formato gráfico y tablas.
− Exportación de los datos a ficheros externos.
− Visualización de los cierres de facturación del contador-registrador.
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− Gestión de precios y simulación de facturación con los diferentes modelos de
facturas existentes.
− Registro de históricos de comunicaciones.
− Visualización de los eventos históricos del registrador (cortes, reprogramación,
etc.).
− Generación diaria de alarmas automáticas vía email ó sms ante la detección de
posibles excesos de potencia, de reactiva o de consumo.
− Cálculo de la energía reactiva según legislación vigente.
Para ello el acceso al equipo de medida y su volcado de datos se deberá hacer
diariamente por parte del Adjudicatario, volcando, con esta misma frecuencia, todos
los datos sobre un sistema que resulte accesible a ALJARAFESA.
El análisis de los datos obtenidos debe permitir a ALJARAFESA:
− Detectar para un mismo suministro grandes diferencias de consumo (potencia,
energía activa, energía reactiva) en función de parámetros que interesen al
usuario (mismo mes en diferentes años, por ejemplo).
− Comparar potencias contratadas con las máximas reales.
− Detectar errores de facturación.
− Analizar el precio del kWh.
− Hacer previsiones de consumo y costes.
− Exportar datos a otros sistemas de gestión.
2. Valoración económica: Se puntuará con un máximo de 90 puntos.
Criterios de valoración de la oferta económica. La puntuación a asignar a cada
proposición se calculará mediante la siguiente fórmula:
= 90 ∙ En donde:
Vi: Puntuación para la proposición i.
Bmax: Baja máxima (en tanto por ciento, con dos decimales).
Bi: Baja de la proposición i (en tanto por ciento, con dos decimales).
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El valor de la Baja Bi se calculará mediante la siguiente fórmula, expresada con dos
decimales:
= 100 ∙ 1 −
En donde:
Oi: Oferta de la proposición i, en euros y expresado con dos
decimales.
PBL: Presupuesto base de licitación.
3. Puntuación total:
La puntuación total se obtendrá como la suma de la puntuación técnica total y la
puntuación económica.
VI.4.- Presentación de ofertas.
Las Empresas interesadas en participar en la licitación que se propone habrán
de presentar su oferta, dentro del plazo que se indique en el anuncio de licitación, de
forma presencial o mediante su remisión por correo, en el Registro General de
ALJARAFESA, sito en la 2ª planta de sus Oficinas Centrales en Tomares (Sevilla),
Glorieta Gerente Carlos Moreno s/n.
Si las mismas son enviadas por correo deberán cumplir los siguientes
requerimientos:
−
Estar en el Registro General de ALJARAFESA antes de las 14 horas del
quinto día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de
ofertas.
−
Acreditar haber hecho dicho envío antes de la finalización del plazo de
presentación de las ofertas, remitiendo Burofax al Registro General de
ALJARAFESA, para que sea recibido antes de las 14 horas del día
siguiente hábil a la finalización de dicho plazo, acompañando copia del
justificante del envío, indicando igualmente el número de sobres de la
documentación remitida.
Las ofertas que no cumplan lo establecido en los párrafos precedentes de ese
apartado quedaran excluidas de este Proceso de Licitación.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la
aceptación del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el
presente contrato, sin salvedad o reserva alguna, y la manifestación responsable que
reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con esta Empresa,
sin perjuicio de la acreditación de las mismas conforme se establece en la Condición
VI.4 de “Formulación de las Ofertas” del presente documento.
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Entregada o remitida la proposición a Aljarafesa, la misma no puede ser
retirada, salvo por causa debidamente justificada, que será sometida a la decisión de
la Mesa de Valoración de este Procedimiento.
Para la presente contratación no se admiten variantes o alternativas, por lo
que, cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir
ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente o
figurar en más de una unión temporal. La vulneración de esta regla producirá la
exclusión de todas las ofertas en las que intervenga.
VI.5.- Formulación de las Ofertas.
La oferta ha de presentarse en el lugar y horas señalados en el apartado VI.4,
en TRES (3) SOBRES. Los sobres se dividen de la siguiente forma:
-
Sobre nº 1: Documentación General.
-
Sobre nº 2: Proposición Técnica.
-
Sobre nº 3: Proposición Económica.
Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias
notariales o fotocopias compulsadas
La documentación a incluir en los Sobres de esta Licitación, deberá estar
redactada en castellano. En caso que se presentasen en lengua distinta, deberán
aportar la correspondiente traducción oficial a la lengua castellana primando esta
última en caso de duda o discrepancia.
El contenido de cada sobre consistirá en:
SOBRE 1:
TITULO: Documentación general.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente,
con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De acuerdo con ello,
en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los siguientes
datos:
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SOBRE 1
DOCUMENTACIÓN GENERAL
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s:………………………………………….
CONTENIDO: En el interior del sobre se hará constar su contenido en hoja
independiente, enunciado numéricamente, debiendo contener los siguientes
documentos por el orden que a continuación se indica:
1.- Capacidad:
1.1.- Las empresas que sean personas jurídicas presentarán la Escritura Notarial de
constitución y/o modificación, original o debidamente compulsadas o legitimadas, si
existiese, inscrita en el Registro Mercantil cuando ello sea exigible conforme a la
Legislación aplicable al tipo de la Entidad, o el correspondiente registro oficial,
salvo que se traten de Sociedades Civiles donde no se requiera dicha elevación a
Escritura Pública e inscripción registral, debiendo aportar en este caso el documento
de constitución.
1.2.- Los empresarios que sean personas físicas deberán presentar Documento
Nacional de Identidad debidamente compulsado o legitimado.
1.3.- Las empresas extranjeras deberán acreditar su personalidad, de acuerdo con lo
establecido en el TRLCS.
1.4.- Si el que firmase la oferta actuase por representación, ya sea de una persona
física o jurídica, habrá de presentar su Documento Nacional de Identidad o Tarjeta
de Residencia, así como el Poder correspondiente, ya sea especial para ese acto o
general, original o debidamente compulsado o legitimado, debiendo, en todo caso,
ser bastante para obligar a la empresa representada a los derechos y deberes que se
derivan del contrato en caso de resultar adjudicatario y declaraciones que se indican
a continuación.
1.5.- Declaración del representante legal de que la sociedad a la que representa, sus
administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan
comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar
con el sector público señaladas en el artículo 60 del TRLCSP y que la citada entidad
se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
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Seguridad Social y del cumplimiento por la empresa de todas las prescripciones que
establece la Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales,
conforme al Anexo IV de este Pliego.
1.6.- Certificado de compañía aseguradora o agente de mediación de seguro, en el
que conste la vigencia y cobertura de la póliza de responsabilidad civil suscrita por
la entidad solicitante.
1.7.- Identificación del centro de gestión de la empresa, y delegación, en su caso, en
la provincia de Sevilla y designación por parte del representante legal de la empresa
de una persona de contacto con una dirección de correo electrónico, para todas las
comunicaciones relacionadas con la licitación.
1.8.- Unión Temporal de Empresas: Para que en la fase previa a la adjudicación sea
eficaz la UTE frente a Aljarafesa deberán presentar, todos y cada uno de los
empresarios, los documentos exigidos en los apartados anteriores, además de un
escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias
de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del
compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios
y la designación de un representante o apoderado único de la UTE con poderes
bastantes, para ofertar de ese modo, con el fin de poder ejercitar los derechos y
cumplir las obligaciones que del contrato se deriven.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las
empresas que componen la UTE.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una UTE, ésta acreditará su
constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a la misma antes de la
formalización del contrato. La duración de la UTE será coincidente con la del
contrato, hasta la finalización del plazo de garantía.
1.9.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo: Las empresas pertenecientes a un
mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los
supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas
proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar
declaración en la que hagan constar esta condición.
También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la
integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en
alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de
Comercio.
1.10.- Fianza Provisional: Las empresas que quieran tomar parte en la presente
licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número
de cuenta ES4131870120054533304426 o aval bancario, en concepto de Fianza
Provisional, la cantidad DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00 €), conforme
al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego.
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Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de
empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las
empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en
el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE.
La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato
correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores
no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la
garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva.
En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la
adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas
imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o incumplimiento de los
requisitos de Capacidad o Solvencia Económico-Financiera o Solvencia Técnica
establecidos en este Pliego, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se
procederá a la ejecución de la garantía provisional por parte de Aljarafesa.
Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y
habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente.
Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las
obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP, relativas a la presentación
de la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
2.- Solvencia económica-financiera:
2.1.- Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil de los tres últimos
ejercicios aprobados. Estos documentos deben reflejar unos fondos propios
positivos. Para el caso del empresario individual, deberá presentar el modelo 390.
2.2.- Informe positivo de al menos una Entidad Financiera sobre la solvencia
económica de la empresa.
3.- Solvencia técnica:
3.1.- Los Licitadores deberán acreditar, mediante la aportación de la
correspondiente certificación, estar inscritos y autorizados como comercializadoras
de energía eléctrica en el Registro Administrativo de Distribuidores,
Comercializadores y Consumidores Cualificados de Energía Eléctrica.
3.2.- Los Licitadores deberán de haber prestado servicios de comercialización de
energía eléctrica en los tres años anteriores a la publicación del presente pliego
similares al objeto del contrato.
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Se acreditará mediante declaración responsable o certificado, expedido por la
propiedad, con indicación del número de puntos de servicio atendidos y consumos
de energía eléctrica de cada año.
Es requisito necesario que se acredite haber prestado este servicio, en los tres
últimos años, al menos a cinco entidades distintas, públicas o privadas, que
presenten cada una:
• Un mínimo de sesenta y cinco (65) puntos de suministro (de media
anual).
• Consumo total anual de energía eléctrica superior a 25 GWh.
3.3.- Las empresas Licitadoras deberán tener implantado un Sistema de Gestión de
Calidad y Medio Ambiente según normas UNE-EN-ISO 9001:2000 y UNE-EN-ISO
14001:2004, respectivamente.
Los sistemas deberán estar certificados por entidad de certificación acreditada por
ENAC o entidad acreditadora reconocida en España.
La inclusión en este Sobre 1 de cualquier tipo de documentación que
permita conocer datos referentes a la Oferta Económica del licitante, traerá
como consecuencia la exclusión del procedimiento del ofertante.
SOBRE 2
TITULO: Proposición técnica.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo
represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De
acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre se
consignarán los datos siguientes:
SOBRE 2
PROPOSICIÓN TÉCNICA
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s:………………………………………….
17
CONTENIDO: En este Sobre se incluirá la documentación o información
que permita la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio
de valor, en virtud de lo establecido en el punto VI.3 de este Pliego, acompañada de
una relación o índice de la documentación aportada.
La documentación deberá exponer de forma muy sucinta, precisa y concreta
para este contrato, las propuestas que el Licitador realiza para los aspectos que se
enumeran seguidamente, pudiendo ser penalizadas las descripciones de tipo
generalista en el proceso de valoración.
Se presentará en un único Tomo conteniendo la información justificativa del
alcance del Servicio de Gestión Preferente ofertado en los siguientes capítulos:
1. Gestión de la contratación.
2. Gestión de la facturación y consumo.
3. Gestión de la telemedida diaria.
SOBRE 3:
TITULO: Proposición económica.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo
represente, con identificación de la licitación de que se trate y del licitador. De
acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se
consignarán los datos siguientes:
SOBRE 3
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Identificación de la Licitación:…………………………………
Nombre completo- y siglas, en su caso-del Licitador:…………………………..
N.I.F:……………………………………………….
Dirección:………………………………………..
Teléfono:…………………Fax:…………….
Correo Electrónico:…………………………..
Firma/s:………………………………………….
CONTENIDO: Contendrá la oferta económica. En el interior del sobre se
hará constar su contenido en hoja independiente, enunciado numéricamente.
Se presentará una única oferta económica que estará firmada en todas sus
hojas por quien tenga capacidad para formular la proposición -la proposición
presentada por una UTE deberá estar firmada en todas sus hojas por los
18
representantes de cada una de las empresas componentes de la misma- y se
presentará, dentro del sobre, en documento cerrado, independiente y diferenciado del
resto de la documentación incluida en el mismo. El contenido de la oferta económica
se ajustará estrictamente al modelo del Anexo I de este Pliego.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a
máquina, expresada en número y en letra, y no se aceptarán aquéllas que contengan
omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si
existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se
estará a esta última.
Los precios ofertados incluyen toda clase de impuestos, excepto IVA
recargos, etc., así como todos los gastos derivados del contrato, incluso los gastos
asociados a la entrega y prestación de los suministros en el lugar convenido.
Estudio económico justificativo del importe ofertado.
Se presentará estudio económico justificativo del importe ofertado mediante
el modelo de ficha recogido en el anejo nº 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas.
En la tabla 3.1. se presentará un resumen con los precios ofertados para los
términos de energía activa y gestión de la medida por periodo tarifario.
En la tabla 3.2. se justificará, mediante la aplicación de los precios ofertados,
el importe total ofertado por el Licitador.
Para ello los Licitadores tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
Precio del término de energía activa.
Se ofertará un único precio por tarifa y periodo. El precio incluirá el
componente regulado de tarifa de acceso a redes, así como los pagos por capacidad,
debiendo el Licitador para ello tener en cuenta la tarifa de acceso a redes y pagos por
capacidad que estuvieran vigentes en el momento de la licitación.
Los costes por pérdidas y los costes por interrumpibilidad que aparecen en la
ficha son los que se corresponden con la aplicación de la normativa en vigor en el
momento de redacción del presente pliego (RD 216/2004 e IET 346/2014
respectivamente); debiendo el Licitador, a efectos de homogeneización de las
ofertas, usar estos para la formulación de la oferta económica aun cuando en el
momento de la licitación hubiera entrado en vigor normativa distinta. Así pues los
términos de costes por pérdidas e interrumpibilidad deberán coincidir con los que
figuran en la ficha sin opción a que el Licitador los modifique.
19
Los precios del término de energía activa se expresarán en €/k Wh y se
redondearán a seis cifras decimales.
Precio del término de potencia.
El precio unitario del término de potencia para cada tarifa de acceso a redes
que aparece en la ficha se corresponde con lo definido en el RD 1164/2001, de 26 de
diciembre, y sus revisiones posteriores. A efectos del estudio económico
justificativo, los precios se corresponden con los publicados en la Orden IET
107/2014 de 31 de enero; debiendo el Licitador, a efectos de homogeneización de
las ofertas, usar estos para la formulación de la oferta económica aun cuando en el
momento de la licitación hubiera entrado en vigor normativa distinta. Así pues el
término de potencia deberá coincidir con el que figura en la ficha sin opción a que
el Licitador lo modifique.
Los precios del término de potencia se expresarán en €/kW y año y se
redondearán a seis cifras decimales.
Gestión de la medida.
Se ofertará el precio de la gestión de la medida, en el que se incluirán todos
los conceptos descritos en el capítulo 2.3.1. del Pliego de Prescripciones Técnicas,
individualizando este por tarifa, tal y como se muestra en la ficha.
Los precios de gestión de la medida se expresarán en €/mes y se
redondearán a dos cifras decimales.
VI.6.- Puesta a Disposición de Documentación.
A efectos de formular las propuestas, Aljarafesa pondrá a disposición de las
Empresas ofertantes la documentación precisa para determinar el objeto de la
licitación y de condiciones de su adjudicación y posterior ejecución.
VI.7.- Mesa de Valoración y Órgano de Contratación.
A.-Mesa de Valoración.
La composición de esta Mesa, en razón a la cuantía, corresponde a lo
establecido en el punto 12. e) de las Instrucciones de Contratación vigentes en
Aljarafesa. Los criterios de valoración serán analizados por, al menos dos técnicos
Aljarafesa. Su objetivo será el estudio, análisis y valoración de la documentación
que integra la Proposición Técnica (Sobre 2).
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Dicha documentación será sometida por la citada Comisión, al sistema de
valoración especificado en la Condición VI.3 del presente Pliego, quien deberá
remitir a la Mesa de Valoración, un Informe con las conclusiones del análisis
realizado. Dicha Mesa podrá solicitar de aquella cuanta información adicional o
complementaria se precise. En todo caso, quedarán excluidos aquellos licitadores
cuyas ofertas no cumplan las prescripciones técnicas exigidas.
B.- Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación, en razón a la cuantía, corresponde a lo
establecido en el punto 6 de las Instrucciones de Contratación vigentes en
Aljarafesa.
VI.8.- Apertura de Proposiciones, Calificación de la Documentación Presentada
y Valoración de los Criterios de Selección.
Finalizado el plazo de presentación de las Ofertas en Aljarafesa, la
documentación contenida en el Sobre 1: Documentación General, podrá ser revisada
por los Responsables de los Servicios correspondientes, con la finalidad de calificar
si las Empresas participantes poseen los requisitos de Solvencia establecidos en el
presente Pliego.
En el caso que se apreciara algún defecto subsanable, se le comunicará a la
Empresa que corresponda en el plazo de hasta SIETE (7) DÍAS hábiles siguientes al
de la presentación de las Ofertas, concediéndoles un plazo máximo de TRES (3)
DÍAS desde la comunicación para que lo subsanen o los corrijan o para que
presenten aclaraciones o documentos complementarios, con el apercibimiento de
que, caso de no subsanar, quedarán excluidos del Procedimiento. Finalizado este
plazo, en el caso que se hubiese dado la situación descrita anteriormente, o antes del
mismo, en el caso que no se hubiese producido necesidad de subsanación entre los
participantes, la Mesa de Valoración en acto no público, determinará, oído el
Informe de Calificación, las empresas que cumplen los criterios de solvencia
empresarial que se establecen en el presente Pliego, en cuanto a la capacidad de
obrar, solvencia económica-financiera y técnica o profesional de las Empresas
presentadas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los
rechazados y sobre las causas de su rechazo y se procederá a la apertura del Sobre nº
2 correspondiente a la Proposición Técnica. Estas circunstancias serán comunicadas
por correo electrónico o fax a cada uno de los participantes.
En ese mismo acto se abrirá el sobre que contiene la documentación relativa a
la Proposición Técnica (Sobre 2), que será entregada a la Comisión de Técnicos
designados a estos efectos.
21
En un plazo que no podrá ser superior a VEINTICINCO (25) DÍAS
HÁBILES, a contar desde la apertura de la documentación del Sobre Nº 2, la
Comisión de Valoración procederá a dar cuenta a la Mesa de Valoración del
resultado de la valoración técnica efectuada a cada una de las Empresas, y se
procederá en acto público, a la apertura de la Proposición Económica (Sobre 3),
procediéndose a la clasificación de las mismas. Tanto las ofertas económicas como
los precios unitarios ofertados serán revisados por la Mesa de Valoración.
VI.9.- Proposición Anormal o Desproporcionada.
La Mesa de Valoración, a la vista de las ofertas económicas, comprobará la
existencia de valores anormales o desproporcionados, incurriendo en tal
circunstancia aquellas proposiciones que se encuentren en alguno de los siguientes
supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto
base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20
unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de
10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas
presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media
la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10
unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se
considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades
porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en
más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas
presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean
superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se
procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se
encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las
restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre
las tres ofertas de menor cuantía.
A los efectos de establecer la referida media aritmética, no serán
consideradas las diversas proposiciones económicas que se formulen
individualmente por sociedades pertenecientes a un mismo grupo,
entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los
supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, sino
únicamente la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los
efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de
ofertas incursas en temeridad, respecto de las restantes proposiciones
formuladas por las empresas del grupo.
22
Si se apreciara por la Mesa de Valoración una proposición con valores
anormales, conforme a los criterios anteriormente señalados, se le comunicará a la
Empresa y se le otorgará un plazo de TRES (3) DÍAS hábiles desde el día siguiente
al Acto de apertura del Sobre 3, o desde su comunicación, para la justificación
razonada de la baja.
El licitador deberá justificar la valoración hecha a la oferta y precisar las
condiciones de la misma, centrándose, en particular, en lo relativo al ahorro que
permite el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas
adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para
ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las
disposiciones relativas a la protección de empleo y las condiciones de trabajo
vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación o la posible obtención de
una ayuda de Estado.
Aquellas ofertas que a criterio de la Mesa de Valoración no justifiquen
adecuadamente su baja, se considerarán anormales o desproporcionadas por
estimarse que no pueden ser cumplidas a satisfacción de esta entidad, quedando por
tanto excluidas del proceso, mediante comunicación razonada.
VI.10.- Reclamación sobre el Proceso de Licitación.
Dentro de los TRES (3) DÍAS hábiles siguientes a la apertura del Sobre 3, los
participantes podrán exponer por escrito ante ALJARAFESA cuanto estimen
conveniente sobre el proceso de licitación. El Órgano de Contratación, previo
informe de la Mesa de Valoración, deberá resolver el procedimiento de adjudicación
con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas.
VI.11.- Adjudicación del Contrato.
Valoradas las Ofertas, dentro de los SIETE (7) DÍAS HÁBILES siguientes a
la apertura de las Ofertas Económicas, o de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, en caso que
se produzca la situación establecida en la Condición VI.9, la Mesa de Valoración,
conforme a todo lo actuado, formulará propuesta de Adjudicación al Órgano de
Contratación de esta Licitación, quien adjudicará el contrato a la Entidad que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para Aljarafesa.
El contrato se adjudicará en el plazo máximo de TRES (3) MESES, a contar
desde el día siguiente de la apertura del Sobre 1.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de
recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las
proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su
documentación en los TRES (3) MESES siguientes a la fecha en que se les notifique
la adjudicación, Aljarafesa no estará obligada a seguirla custodiando.
23
VII.
PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato adjudicado se perfeccionara con su formalización. La adjudicación
del contrato se notificará a los licitadores. Para el caso del adjudicatario, en dicha
notificación se le comunicará los requisitos previos a la formalización del mismo,
que deberá tener en cuenta o, en su caso, presentar en Aljarafesa, en el lugar y día
que se le indique en la citada comunicación.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante
ALJARAFESA toda la documentación que se indica a continuación; tener constituida
la fianza definitiva; y tener cumplidas todas las condiciones establecidas en el presente
Pliego, como previas a la contratación, así como, en su caso, haber verificado el pago
de los anuncios de la licitación.
En caso de no presentar el adjudicatario la documentación que se le requiera o
que la misma no se entregue en los plazos establecidos en la comunicación de
adjudicación que Aljarafesa verifique, así como, por otras causas imputables al mismo
por las que no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, Aljarafesa
hará suya la garantía provisional en concepto de indemnización, procediéndose
entonces a recabar la misma documentación al licitador que haya presentado la
oferta económicamente más ventajosa en función al precio más bajo en segundo
lugar, y así sucesivamente.
Durante la vigencia de este Contrato, Aljarafesa podrá requerir al contratista
que acredite encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la
Seguridad Social.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el
contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este
caso el contratista deberá entregar a Aljarafesa una copia legitimada y una simple
del citado documento en el plazo máximo de UN (1) MES desde su formalización.
En todo caso, serán documentos necesarios a presentar antes de la
formalización del Contrato, los que a continuación se detallan:
- Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre
Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto
del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho
impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de
presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o
el último recibo, completado con una declaración responsable de
no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
24
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán
presentar declaración responsable indicando la causa de
exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las
exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión
de la exención de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán
acreditar el alta en el impuesto indicado, sin perjuicio de la
tributación que corresponda a las empresas integrantes de la
misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria, de estar al corriente de sus
obligaciones tributarias. Dicho Certificado deberá tener una
vigencia anual y será presentado anualmente, o en su caso, por el
tiempo que por el que sea otorgado.
-
-
Obligaciones con la Seguridad Social:
1.
Documentación de alta en la
identificación del número patronal.
Seguridad
Social,
con
2.
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad
Social.
Seguros:
El Adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la
ejecución de los trabajos objeto del presente Pliego, quede asegurada la protección a
terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan
originarse como consecuencia de la ejecución de los mismos.
Así pues, deberá aportar Certificado acreditativo de tener en vigor o de haber
suscrito a su cargo una póliza de seguros que cubra los riesgos propios de la
prestación de este contrato por la cuantía de DOS MILLONES DE EUROS
(2.000.000 €).
25
-
Garantía Definitiva.
Antes de la formalización del contrato, y como condición previa del mismo,
el Adjudicatario presentará documento acreditativo de haber constituido la fianza
definitiva. Dicha Fianza responderá del cumplimiento del contrato por parte del
adjudicatario, y como consecuencia de ello la correcta ejecución del mismo, así
como de los daños y perjuicios que se deriven de las actuaciones llevadas durante su
ejecución, y de sus actuaciones accesorias o complementarias.
La cuantía de dicha Fianza será el 6% del importe que resulte de la oferta objeto
de adjudicación. Dicha fianza podrá constituirse bien mediante transferencia al
número de cuenta que indique Aljarafesa o bien mediante aval bancario, efectivo al
simple requerimiento de ALJARAFESA, conforme al modelo que figura como
Anexo III de este Pliego.
Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada y constituida
la garantía definitiva, se procederá a la formalización del correspondiente contrato
dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la
documentación.
VIII.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1.
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos,
de la prestación que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus
modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por Aljarafesa, a
través del responsable del contrato, en su caso, siendo la forma de pago y
su periodicidad las especificadas en el presente Pliego.
2.
Serán por cuenta del Adjudicatario todos los gastos necesarios para la
correcta ejecución de este Contrato en los términos expresados en el
presente Pliego y en las Prescripciones Técnicas.
3.
El adjudicatario pondrá en conocimiento de ALJARAFESA cualquier
eventualidad o decisión que redunde en una mayor estabilidad, rapidez y
orden en los trabajos, no reservándose ningún tipo de información.
4.
También deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que
intervenga en los trabajos objeto de la contratación y bajo su dependencia,
y en este sentido deberá cumplir con las leyes laborales relativas a la
Seguridad Social y los seguros obligatorios de accidente de trabajo,
seguro de enfermedad y otras que pudieran afectarle. ALJARAFESA,
podrá requerir que se le acrediten todas estas circunstancias durante el
periodo de vigencia de esta contratación.
26
5.
Todos los daños y perjuicios que se deriven de la propia ejecución del
contrato y de sus actuaciones accesorias o complementarias, que se
causen a ALJARAFESA o a terceros, serán de la exclusiva
responsabilidad del contratista adjudicatario, quien viene obligado a
atender las reclamaciones que por tal concepto se formulen ante él o
ALJARAFESA, asumiendo incluso el pago de las indemnizaciones que
correspondan, aun cuando por Resolución Judicial o Administrativa la
sanción o indemnización, en su caso, viniese obligada ALJARAFESA a
atenderla.
En caso de inobservancia de estas normas, el adjudicatario será el único
responsable, sin que en ningún supuesto se pueda exigir a ALJARAFESA
responsabilidad alguna. El incumplimiento de las obligaciones expuestas
anteriormente será motivo de la penalización correspondiente.
IX.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según
lo dispuesto por el artículo 215 del TRLCSP.
Para el seguimiento, inspección y, en su caso, organización de los trabajos
objeto del contrato, ALJARAFESA designará un Representante, quien velará por el
cumplimiento del mismo; representante que tendrá directa comunicación con la
persona designada por el adjudicatario como interlocutor y responsable de esta
contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que
desarrolle y de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se
deduzcan para esta Empresa o para terceros de las omisiones, errores, métodos
inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Será obligación del contratista indemnizar de todos los daños y perjuicios que
se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución
del contrato. Así pues, el adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que
durante la ejecución de los trabajos objeto del presente Pliego, quede asegurada la
protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que
puedan originarse como consecuencia de la ejecución de los mismos.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este
pliego y en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones
que para la interpretación de éstos, en su caso, dé Aljarafesa a través del
Responsable de este Contrato al contratista, suponiendo todo ello la base contractual
del presente Contrato.
27
X.-
CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO.
A. Cesión:
El adjudicatario podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de las que
trae causa el contrato a otra Empresa, una vez tenga ejecutado al menos un 10 por
100 del importe del contrato, si bien ésta ha de reunir las condiciones exigidas para
poder ser beneficiario de esta adjudicación, en los términos establecidos en el
presente Pliego.
La cesión de los derechos y obligaciones derivados del contrato, supondrá la
realización por parte de la nueva Empresa del Contrato adjudicado, en las mismas
condiciones que la hubiese verificado el adjudicatario cedente.
Si la Empresa a la que se pretende ceder el contrato hubiese concurrido al
procedimiento de adjudicación del mismo, habrá de hacer expresa renuncia a la
oferta en su día formulada.
En cualquier caso, la cesión del contrato no podrá verificarse sin la expresa
autorización de Aljarafesa, que se plasmará mediante Cláusula Adicional al contrato
en su momento suscrito, elevándose a Escritura Pública si ésta se hubiese otorgado
para el cumplimiento del mismo, siendo todos los gastos que la misma genere de
cuenta del contratista.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que
corresponderían al cedente, no admitiéndose modificación alguna sobre las
condiciones del contrato establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares y en
sus Prescripciones Técnica, debiendo aportar nueva fianza definitiva.
Hasta que el nuevo Aval no quede presentado, Aljarafesa retendrá el
aportado por el cedente.
B. Subcontratación:
El adjudicatario podrá concertar con terceros hasta el cinco por ciento (5%)
de la ejecución de las prestaciones de la presente contratación.
El licitante deberá dejar constancia en su oferta su intención de llevar a
efecto esta opción, acreditando la aptitud de éste por referencia a las condiciones de
solvencia profesional o técnica del/los subcontratista/s a los que vaya a encomendar
su realización, incluso, a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su
experiencia, conforme a los requisitos establecidos en el presente Pliego.
28
Durante la ejecución del Contrato, y si no se hubiera propuesto por el
licitante ejecutar esta opción, Aljarafesa deberá autorizar expresamente toda
subcontratación que se proponga por la Contrata, en base a los términos establecidos
en el párrafo precedente. En cualquier caso, podrá decidir la exclusión de la
Empresa subcontratada, por ser incompetente o no reunir las condiciones necesarias
para llevar a cabo las tareas asignadas, según su propio criterio.
En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución
del contrato frente a Aljarafesa. Los subcontratistas no tendrán, en ningún caso,
acción directa frente a esta Empresa por las obligaciones contraídas con ellos por el
contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los
subcontratos.
Igualmente, bien dentro de la propia Oferta o junto con el escrito mediante el
que se dé conocimiento a Aljarafesa del subcontrato a celebrar, se deberá acreditar
que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar con el Sector
Público, en virtud de lo establecido en el artículo 60 y ss. del TRLCSP. Dicha
acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del
representante legal de la subcontrata.
El contratista, en caso de subcontratación, cumplirá cuantos requisitos
generales o específicos establezca la normativa aplicable en materia de
subcontratación y realizará cuantas comunicaciones a ALJARAFESA y a terceros
exija dicha normativa y, muy especialmente, las que deriven del cumplimiento de las
obligaciones tributarias, laborales y en materia de seguridad social.
XI.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
1.- Requisitos generales.
El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley
31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto
39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención, el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el
artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades
empresariales y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan
prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o
susceptibles de producirlas en dicho ámbito así como en el RD 337/2010, de 19 de
marzo, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba
el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Igualmente se compromete a acatar cualquier norma de seguridad elaborada
por esta Empresa, que afecte a sus instalaciones y donde los empleados desarrollen
su trabajo.
29
2.- Incumplimiento de las Normas de Prevención de Riesgos Laborales.
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente
cláusula y en la normativa citada y de las obligaciones del contratista en materia
preventiva, Aljarafesa podrá imponer al contratista una penalización de hasta el 5 %
sobre todo el periodo de facturación mensual en el que se hubiera producido.
Se considerará como causa de resolución del contrato el incumplimiento de
las obligaciones que resultan de la presente cláusula, al considerarse una obligación
esencial del contratista, conforme a lo dispuesto en el Art. 223 del TRLCSP, y sin
perjuicio de la obligación de indemnizar a Aljarafesa por los daños y perjuicios que
le hubiere causado.
XII.- PROTECCIÓN DE DATOS.
El contratista queda expresamente obligado a mantener absoluta
confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del
cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá
copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a
otros ni siquiera a efectos de conservación.
Asimismo, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la de Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
y especialmente en lo indicado en su artículo 12 como encargado del tratamiento. A
tal fin, el contratista entregará a solicitud de Aljarafesa, una Memoria descriptiva de
las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar la disponibilidad,
confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación
facilitada. Además, al inicio de los trabajos, deberá designar a requerimiento de
Aljarafesa a la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de
la empresa, estarán autorizadas para las relaciones en el centro directivo a efectos
del uso correcto del material y de la información.
Aljarafesa facilitará a la entidad adjudicataria cuanta información disponga
relacionada con las materias objeto del presente trabajo.
Toda la información que se proporcione, es propiedad de Aljarafesa y no
podrá ser utilizada en futuros trabajos ya sea como referencia o como base de los
mismos, a menos que se cuente con la autorización expresa, por escrito, de
Aljarafesa.
No se podrá transferir información alguna sobre los trabajos a personas o
entidades no explícitamente mencionados en este sentido en el contrato sin el
consentimiento, por escrito, de Aljarafesa.
30
XIII.- CUMPLIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
1)
Cumplimiento del Contrato.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el
plazo de vigencia total del mismo, se haya ejecutado el objeto del Contrato de
acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Aljarafesa
Finalizado, por tanto, aquél, si se considera que la prestación objeto del
contrato reúne las condiciones debidas, se procederá en el plazo de UN (1) MES
desde la última entrega efectivamente recibida, a la Recepción Definitiva del
contrato.
Hasta que tenga lugar la Recepción Definitiva, el contratista responderá de la
correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella
hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el
responsable del contrato los hayan examinado o reconocido durante su elaboración,
o aceptado en comprobaciones, valoraciones o entregas parciales.
2) Liquidación del Contrato.
Dentro del plazo de UN (1) MES a contar desde la fecha de Recepción
Definitiva de la prestación del contrato, Aljarafesa procederá a la liquidación del
saldo resultante del Contrato, en los términos establecidos en la Condición IV de
este Pliego.
La extinción del contrato no producirá, en ningún caso, la consolidación de
las personas que realizarán los trabajos objeto del contrato como personal de
ALJARAFESA.
XIV. FALTAS Y SANCIONES.
Las faltas se clasificarán en tres categorías: leves, graves y muy graves.
1. Se considerará falta leve el incumplimiento ocasional de alguna de las
obligaciones expuestas en el pliego. En este caso se penalizará con un 2% de
facturación mensual correspondiente al término de potencia referido a la/s
instalación/es afectada/s.
2. Se considerarán faltas graves las siguientes:
-
Comisión de dos faltas leves en menos de un mes.
-
Acumulación de cuatro faltas leves en un año.
31
-
Incumplimiento de las obligaciones del presente pliego, después de
haber sido advertido el adjudicatario del mismo y mantenerse este
incumplimiento en el plazo de una semana. En este caso se penalizará
con un 2% de facturación mensual correspondiente al término de
potencia referido a la/s instalación/es afectadas.
3. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
-
Reincidencia en la comisión de faltas graves.
-
Incumplimiento de parámetros de calidad expuestos en el pliego.
-
Superación del plazo límite establecido para la resolución de averías
urgentes o críticas, sin causa justificada.
-
Sanciones impuestas por Organismos competentes, causadas por el
incumplimiento de la normativa vigente en cualquiera de los
conceptos relacionados con las obligaciones establecidas en este
pliego.
-
En el caso en el que alguna de las instalaciones gestionadas por
ALJARAFESA resultara dañada por el incumplimiento de los
parámetros de calidad contractuales, el coste de la reparación será a
cargo del adjudicatario. En el caso en el que los problemas de
suministro generen problemas de naturaleza medioambiental tales
como:
Vertido de agua residual en EDARs/EBARs.
Olores.
Disminución de la calidad del agua suministrada
Interrupciones en el suministro de agua potable.
El adjudicatario será el responsable y, por tanto, deberá hacerse cargo de los
costes derivados de los mismos independientemente de posibles responsabilidades
que se derivasen.
XV.
ANOMALÍAS Y RECLAMACIONES
ALJARAFESA no atenderá a las reclamaciones hechas por el adjudicatario,
de las facturas que hagan referencia a las lecturas de consumo y peajes, anteriores a
seis (6) meses de la fecha de emisión de la factura, si previamente, ALJARAFESA
no ha tenido notificación por escrito de esta demora.
Las facturas en litigio, sobre las que ALJARAFESA haya notificado a la
Comercializadora alguna reclamación, se liquidarán, una vez consensuada ambas
partes su resolución, a partir de la fecha de la mencionada resolución aplicándose los
plazos habituales como el resto de facturas.
32
No se admitirán lecturas estimadas bajo ningún concepto. Cualquier anomalía
en la capacidad de obtener los consumos de energía, se comunicará de forma
fehaciente, para que de común acuerdo se determine la energía consumida.
Sólo se admitirán lecturas estimadas para suministros en BT con potencias
contratadas inferiores a 15 kW, en base a lo dispuesto en el RD 1718/12 de 28 de
diciembre por el que se determina el procedimiento para realizar la lectura y
facturación de los suministros de energía en baja tensión con potencia contratada no
superior a 15 kW.
Las infracciones que cometa el adjudicatario en la ejecución del suministro
serán clasificadas, en su caso por el órgano de contratación y previo informe del
responsable del contrato.
XVI.- PLAZO DE GARANTÍA
Se establece como periodo de garantía para este Contrato el plazo de DOS (2)
MESES, que empezará a contar desde la fecha de la Recepción Definitiva del
Contrato.
Dicha garantía responderá de la inexistencia de vicios o defectos.
Transcurrido el plazo de garantía si no resultasen responsabilidades que hayan de
ejercitarse sobre la garantía, se procederá a la devolución del Aval correspondiente,
previa autorización del responsable del Contrato.
XVII.- VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos
en la ejecución del Contrato, Aljarafesa tendrá derecho a reclamar al contratista que
restablezca la prestación ejecutada de forma inadecuada o a exigir su reparación, si
ésta resultase suficiente.
XVIII.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Será causa de resolución del contrato el incumplimiento del adjudicatario de
cualquiera de las obligaciones asumidas como consecuencia de la presentación de su
oferta, y en todo caso las siguientes:
•
El incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones asumidas
como consecuencia de la mera presentación de su oferta, con lo que
ello conlleva de aceptación de todas las condiciones establecidas y que
hayan servido de base para la adjudicación de este Contrato.
•
La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la
extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicataria.
33
•
Los supuestos de extinción o liquidación de la UTE.
•
Por la imposibilidad del cumplimiento del contrato, cualquiera de las
partes podrá darlo por resuelto, percibiendo el contratista el importe
de la prestación realizada y de los gastos efectivamente realizados que
no pudieran ser recuperados.
•
La declaración de insolvencia del contratista en cualquier
procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de
liquidación.
•
En caso de incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir
para la ejecución del mismo los medios personales y/o materiales
suficientes.
•
En los supuestos de escisión, aportación o transmisión parcial de la
Empresa Adjudicataria, si la nueva Sociedad no tuviese la solvencia
profesional, técnica y económica exigida para concurrir a la
adjudicación; supuesto que se considerará, en todo caso,
incumplimiento por parte de la Empresa Adjudicataria.
La resolución del contrato por causa imputable al contratista, comportará la
pérdida de la fianza definitiva y la retención de las cantidades pendientes de abonar,
además de la indemnización de daños y perjuicios a ALJARAFESA, en la que se
incluirá el resarcimiento de las prestaciones no ejecutadas, que se hará efectiva en
primer lugar de las cantidades que estén pendientes de abonar, aun cuando sean de
parte de contrato cumplido.
Aun cuando el adjudicatario haya incurrido en causa de resolución del
contrato, ALJARAFESA podrá optar por la continuidad del contrato y la ejecución
subsidiaria del mismo, realizando las obligaciones incumplidas por sí o a través de
las personas o Empresas que determine, a costa del adjudicatario, comunicando al
mismo esa circunstancia.
Las partes, en cualquier momento, podrán dar por resuelto el Contrato de
mutuo acuerdo, percibiendo el Contratista tan solo el importe de adjudicación
correspondiente a la prestación realizada, reteniendo en cualquier caso
ALJARAFESA el importe de la fianza hasta el plazo de SEIS (6) MESES a contar
desde dicha resolución, si no media reclamación, supuesto en el cual no se procederá
a su devolución hasta que queden solventadas las mismas.
34
XIX.
JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Todas las controversias que surjan respecto a la aplicación de las normas
contenidas en el presente Pliego o de los documentos que forman parte de la base
contractual objeto del mismo, así como de su cumplimiento, efectos y extinción,
quedan sometidas a la jurisdicción civil de los Juzgados y Tribunales de Sevilla,
fuero que aceptan expresamente todos los licitadores por el mero hecho de presentar
su oferta, con renuncia expresa al fuero que les correspondiese.
Todo ello sin perjuicio del sometimiento al Tribunal Administrativo de
Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, en lo que respecta a las
reclamaciones, incluso a las que surjan durante el propio procedimiento, y
cuestiones de nulidad a las que se hace referencia en el Título VII de la Ley 31/2007,
o al órgano municipal o mancomunado que, en relación con la actividad contractual de
ALJARAFESA, sea creado específicamente por los municipios que la conforman.
35
CLÁUSULA ADICIONAL ÚNICA.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre,
sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los
Transportes y los Servicios Postales, en concordancia con lo establecido en el punto
5.b) de las Instrucciones de Contratación vigente en Aljarafesa, el valor estimado del
presente Suministro, es el sumatorio de los siguientes conceptos:
1. Presupuesto base de licitación, sin IVA: 2.297.328,99 €
2. Prórroga de dos (2) meses, sin IVA: 382.888,16 €
3. Total: 2.680.217,15 €, sin IVA.
36
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D.__________________________________________________, con D.N.I.
núm. _____________________, en _________________________ (su propio
nombre
y
derecho
o
en
representación
de)____________________________________, con N.I.F. ______________, con
domicilio en ___________________________, Calle__________________, Nº
_____,
visto
el
anuncio
de
licitación
del
contrato
de:
_______________________________________________, y enterado de las
condiciones requisitos y obligaciones establecidos en los Pliegos de Condiciones
Particulares y Prescripciones Técnicas, cuyo contenido declara conocer y acepta
plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de
trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medioambiente, se
compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, por la cantidad de
_______________________________ I.V.A. excluido (en letras) euros, lo que
supone un porcentaje de baja del __________ sobre el presupuesto de contrata, y
por el plazo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
_______, _____ de ______________________ de 20__
37
ANEXO II
MODELO DE FIANZA PROVISIONAL
D.
_______________________________
y
D.
_________________________ ambos en nombre y representación de Banco
_________________________, en virtud de los poderes que tienen atribuidos
por
Escritura
de
Poder,
otorgada
ante
el
Notario
D.
_______________________________________________, del Ilustre Colegio
de __________________, con fecha _______________, bajo el número de su
protocolo ________________ y respectivamente, con facultades para el
otorgamiento
de
este
Aval,
la
Entidad
Banco
____________________________.
AVALA
De forma solidaria, para responder en los mismos términos y
condiciones y renunciando a los derechos de división y excusión, a
_________________________, ante la EMPRESA MANCOMUNADA
DEL ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA), por la cantidad de
_________________________________ (______________) EUROS, (1%
del presupuesto base de licitación) correspondiente al importe de la fianza
provisional
del
Contrato
de
…………………………………………………….Aljarafesa,
que
el
afianzado como participante del procedimiento de adjudicación que se está
llevando a cabo por ALJARAFESA, está obligado a depositar para responder
de las obligaciones, penalidades e indemnizaciones establecidas en el
presente Pliego durante el citado proceso y hasta la formalización del
correspondiente contrato.
Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero
requerimiento de ALJARAFESA.
El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el
número _______________.
____________, a ___ de _______________ de 20__
38
ANEXO III
MODELO FIANZA DEFINITIVA
D. ______________________ y D. _____________________ ambos en
nombre y representación de Banco _________________________, en virtud de
los poderes que tienen atribuidos por Escritura de Poder, otorgada ante el
Notario D. ________________________, del Ilustre Colegio de
__________________, con fecha ____________, bajo el número de su
protocolo _________ y respectivamente, con facultades para el otorgamiento de
este Aval, la Entidad Banco _____________.
AVALA
De forma solidaria, para responder en los mismos términos y condiciones y
renunciando
a
los
derechos
de
división
y
excusión,
a
_________________________, ante la EMPRESA MANCOMUNADA DEL
ALJARAFE,
S.A.
(ALJARAFESA),
por
la
cantidad
de
____________________ (______________) EUROS, (6% de la Adjudicación)
correspondiente al importe de la fianza definitiva del contrato de
, con Nº
Exp. M:………..”, que el afianzado, como adjudicatario del mismo, está
obligado a depositar para responder del cumplimiento del presente contrato y de
la correcta realización del mismo, así como de las penalidades e
indemnizaciones que, conforme al Contrato y Pliego de Condiciones o
Disposición Legal, sean con cargo al afianzado.
El presente Aval tendrá validez hasta tanto ALJARAFESA proceda a autorizar
su cancelación.
Este Aval se hará efectivo, de forma parcial o total, al mero requerimiento de
ALJARAFESA.
El presente Aval ha sido inscrito en el Registro de Avales bajo el número
_______________.
____________, a ___ de _______________ de
39
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR
INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA
CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO, DE ESTAR AL CORRIENTE
EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA
SEGURIDAD SOCIAL, DE NO SANCIÓN EN VÍA ADMINISTRATIVA O
JURISDICCIONAL
POR
EL
INCUMPLIMIENTO
DE
SUS
OBLIGACIONES DE ORDEN LABORAL Y DE CUMPLIMIENTO CON LA
NORMATIVA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
D./Dña
……………………………………………………,
con
DNI/NIE
…………..……… en nombre propio o en representación de la empresa
……………………..…………………, con NIF nº ….……………, en calidad de
………………………...…………………....………
DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el
firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e
incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos
del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social.
III.- Que la citada Empresa cumple con todas las prescripciones que establece la
Normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
En ……………………………………, a …….. de …………………….. de ….
Fdo.:
40

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