TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA ^ • Art. 1°: Créase el Tribunal

Transcripción

TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA ^ • Art. 1°: Créase el Tribunal
TRIBUNAL DE SUPERINTENDENCIA
Art.
1°: C r é a s e
mara F e d e r a l
por
Seguridad
Social,
de
superintendencia
de l a
que e s t a r á
de c a d a una de l a s S a l a s
que l a
compo-
serán
re-
''••
l o integrará,
con vos
pero
voto .
_^ •
En c a s o de no p o d e r
articulo
sidentes
Cá-
integrado
o excusación
por l o s Vicepresidentes.
Fiscal
Art.2°:
al
de S u p e r i n t e n d e n c i a
l o s que en c a s o de irapedimento
emplazados
sin
de l a
los Presidentes
nen,
El
e l Tribunal'
^•
a n t e r i o r por
impedimento
Y Vicepresidentes
con
e l Vocal
de l a S a l a
con
e l J u e z de
integrarse e l Tribunal
de S a l a ,
o excusación
e l Cuerpo
no r e p r e s e n t a d a
C á m a r a que e l
conforme
se
de
integrará
y, en s u
Presidente
Pre-
defecto,
del Tribunal
de-
signe .
El
Fiscal
de C á m a r a
reemplazará
en t a l e s
casos
a l Fiscal
de
Superintendencia.
A r t • 3'^':
Presidirá
sidente
de l a C á m a r a
Vicepresidente
excusación;
e l Tribunal
Federal
Primero
actuará
en
como
de S u p e r i n t e n d e n c i a
de l a
los
Seguridad
casos
Presidente
de
Social
Preo
el
impedimento
o
d e l Cuerpo
sicTente Segundo en c a s o de i m p e d i m e n t o
el
el
vicepre-
o excusación
de
am-
bos .
Art.4°:
Son f a c u l t a d e s d e l T r i b u n a l de
a) Nombrar y p r o m o v e r
efecto
l a s designaciones
acuerdo
d e l Fuero,
o c o n f i r m a r l a s , según
a l a s reglamentaciones
autorizar
pensatorias
licencias
a l o s empleados
atribución
'
ordinarias,
•
de
1
s i e m p r e que e l í o
de l a Cámara,
sin
asimismo,
e.>:traordinarias o
d e l Fuero,
del Presidente
dejar
e l caso,
en v i g e n c i a . Podrá
pases y permutas.
b) C o n c e d e r
fuere
a l o s empleados
Superintendencia:
f
comno
c) ' L a s c o n f á r i d a s
cial
a la
por e l a r t . 9 "
Cámara
del
Federal
Reglamento
de l a S e g u r i d a d
para
la Justicia
So-
Nacio-
nal.
d) P r a c t i c a i
dos p a r a
l a s intimaciones
iniciar
sus
miento d e l i n i c i o
ción
trámites
de l a
del beneficio
a los funcionarios
jubllatorios.
tramitación
jubilatorio
y
emplea-
Tomar
conoci-
así como de l a
ordenando
l a baja
obten-
en s u
ca-
so.
e) L l a m a r a e x á m e n e s '
las
calificaciones
reescalafonamiento
f)
de i n g r e s o
así
o
o.no
de p r o m o c i ó n
el
en c a s o da c u r s o s
y
aprobar
escalafonamiento
de
o
capacitación.
.Aprobar l a s e s t a d í s t i c a s .
g) Tomar
conocimiento
y hacer
saber,
resoluciones
y c o m u n i c a c i o n e s de
ticia
Nación,
de l a
Poder J u d i c i a l
solviendo
h) T o d a s
de
l a Corte
en c a s o que
las cuestiones
de
informática.
i)
Todas
aquellas
atinentes
de s i m i l a r
samente a t r i b u i d a s
caso,
de
las
Suprema de
Jus-
fueros
integrantes
del
públicas
y privadas,
l o s demás
y de i n s t i t u c i o n e s
sobre e l l a s
en s u
fuera
menester
al edificio
carácter
re-
hacerlo.
y al
sistema
que no .;stén
expre-
a l a Cáiuara en ¿Dleno o a l P r e s i d e n t e
de
ésta.
Art.5°:
E l temario para
perintendei'icia
grantes
nable
adopten
asuntos
serán
ral.
reuniones
puestea en
de l a C á m a r a
antelación,
otros
al
solo
sobrevinientes.
comunicadas
a
c o n o c i m i e n t o de
efecto
sii'i p e r j u i c i o
del Tribunal
informativo
de que
Las
de
los
con
pueda
Suinterazo-
considerar
resoluciones
aquéllos p o r S e c r e t a r i a
que
se
Gene-
'
APROBADO POR
-Se
será
las
.ACTA N O 27 d e l b/12/89 p t o . 5 ° .
s u p r i m e e l i n c . ch) d e l a r t . 4'=.
u°
(Aprobado p o r A c t a
54 p t o . 3° d e l 20/2/91 ) .
¿
-Se s u s t i t u y e
de
doade d i c e
l a Seguridad
guridad
Social.."
Social...",
donde d i c e
" . . . C á m a r a N a c i o n a l de . A p e l a c i o n e s
y se
"...nombrar
reemplaza
y promover
C á m a r a . . . " p o r "...nombrar
Fuero...",
TPaBSUP
p o r " . . . C á m a r a F e d e r a l de l a
y
en e l
a los
a r t . 4'= i n c .
a)
empleados
la
de
promover a l o s empleados
(.^.probado p o r A c t a N"^ 174
Se-
del
i n c . a) d e l 17/12/97)
»
['REGLAMENTO DE INGRESO A L
FUERÓl
Art. 1". A L C A N C E : Las nonnas del presente Reglamento regirán para
todas las designaciones, de carácter pennanente o interino, que deba
efectuar esta Cámara directamente o a propuesta de los Magistrados o
Funcionaiios que tengan esa facultad, sin perjuicio de lo dispuesto en el art.
5° del Reglamento para la Promoción de los empleados de la Cámara
Federal de la Seguridad Social.
Art. 2°. REOUISITOS PARA E L INGRESO: Para ingresar al Fuero se
requiere, además de las condiciones establecidas en el Reglamento para la
Justicia Nacional, las siguientes: a) Observar buena conducta en la vida
pública y privada; b) Ser presentado por dos personas de reconocida
solvencia moral y pública del conocimiento del Tribunal; c) Poseer
O
certificado de salud expedido por el Servicio de Reconocimientos Médicos
O
co
del Poder .Judicial de la Nación; ch) Haber completado estudios
3
secundarios, requisito éste que no se exigirá al personal de sei-vicio y
maestranza; d) Acreditar aptitud par el desempeño del cargo, en la fonna
prevista por este Reglamento.
Art. 3°. CATEGORIA DE INGRESO: Sólo podrá ingi-esarse al fiiero por
el cargo inferior de cada uno de los escalafones del personal. No se harán
oti-as excepciones que las previstas en los reglamentos generales que dicte
esta Cámara.
Art. 4". E X A M E N DE INGRESO: Toda designación para el cargo
inferior del escalafón administrativo se hará a través de un examen que
tendrá lugar todos los años entre el 15 de marzo y el 15 de abril. La Cámara,
sin embargo, convocará
a otros concursos extraordinarios si las
circunstancias lo exigieren. La fecha de reunión de la comisión
•.
•.•
i
!
examinadora será anunciada con anticipación no menor de quince días y las
inscripciones se cerrarán cinco días antes de la fecha del examen.
Art. 5°. COMISION
EXAMINADORA: El Presidente de la Cámara
designará a los integiantes de la comisión examinadora, que no podrán tener
categoría inferior a la de Prosecretario de Sala.
Art. 6°. PRUEBAS: El examen de ingleso consistirá en pruebas de
procesador de texto, de ortografía, y de redacción. Cada una de ellas se
calificará con puntaje entre O y 10.
a) Procesador de texto; b)Orto£rafía: La prueba consistirá en el dictado
de un texto de aproximadamente 100 palabras, el que se efectuará en forma
manuscrita. Del máximo de 10 puntos se deducirá medio punto por cada
enor de ortogiafia, acentos incluidos. No se contarán los signos de
puntuación que se dictarán junto con el texto; c) Redacción: La prueba
consistirá en redactar en fonna manuscrita aproximadamente veinte
renglones sobre el tema que se fije. La calificación se hará según el criterio
de la comisión examinadora, pero atenderá a la corrección lingüística y a la
sintaxis antes que a la valoración de ios conceptos expuestos o a la
elegancia del estilo; y se fundaiá, en pautas de razonabilidad. Los textos
para copia y dictado y el tema de redacción serán entregados por el
Presidente de la Cámara bajo sobre cerrado que se abrirá en el momento de
la prueba.
Art. 7°. VALIDEZ DE L A CALIFICACION: La calificación obtenida en
el examen conservará su validez por tres (3) años, pero el interesado podrá
presentarse nuevamente el año siguiente, caso en el que su calificación
anterior caducará de pleno derecho.
Art. 8°. LISTA DE INGRESO: La Comisión Examinadora se expedirá
dentro del plazo de diez días a paitir de la fecha en que se tomen las
pruebas. Con los resultados de éstas, la Cámara confeccionará una lista de
todos los aspirantes por orden decreciente de puntaje, de la que quedarán
V
l
é^dcr- jííidicie.-i da ia- e/tOísiée»
excluidos aquéllos que hayan obtenido menos de 7 puntos en la prueba de
ortografía o menos de 5 puntos en algunas de las restantes. Se otorgarán 2
puntos adicionales a quienes hayan cumplido con el servicio militar
voluntario. Una vez aprobada por la Cámara, la lista quedará a disposición
de los interesados y de los Magistrados y Funcionarios con facultades para
proponer.
,
Art. 9°. PROPUESTAS: La autoridad proponente escogerá un candidato
de la lista mencionada en el art. 8°, teniendo en consideración lo dispuesto
en el art. 9° inc. b) de la ley 24.429. La propuesta deberá formularse dentro
del plazo de un mes a partir del momento en que se produzca la vacante. En
caso contrario, la Cámara decidirá por sí.
Art. 10°. REINGRESO: Quienes hayan ocupado en el fiiero un cargo en el
escalafón administiativo podrán solicitar ser tenidos por candidatos al
reingieso sin cumplir el requisito del examen previsto en el art. 4°, siempre
que durante su desempefío pasado hayan ascendido de categoría al menos
una vez. Con tales candidatos se confeccionará una lista aparte que quedará
a disposición de magistrados yfimcionariosjunto con la prevista en el art.
8°. En caso de concretarse el reingreso éste se verificará en todos los casos
por el grado inferior del escalafón, cualquiera fuese la categoría alcanzada
por el candidato en el pasado.
-Aprobado por Acta N° 25 del 8/11/89 pto. 5°.
-Se modifica el art. 6° apart. a). (Aprobado por Acta N° 60 pto.2'' del
3/4/91).
i
-Se modifica el art. 7°. (Aprobado por Acta N° 92 pto.T apart. a) del
25/8/93).
-Se modifica el art.l° donde dice "...Cámara Nacional de Apelaciones de la
Seguridad Social" por "Cámara Federal de la Seguridad Social" y se
agrega en el art.6° inc. a) Mecanogiafía: "... Las palabras repetidas fiiera de
texto no serán consideradas a los efectos del cómputo..." (Aprobado por
Acta N° 145 del 30/5/96 pto.3° inc, a).
-Se incluye en el art. 8° "...Se otorgarán 2 puntos-adicionales a quienes
hayan cmnplido con el servicio militar voluntario"; y se inckiye en el art.9°
"...teniendo en consideración lo dispuesto en el art. 9° inc.b) de la ley
24.429". (Aprobado por Acta N° 153 del 5/11/96, pto.l" A).
- Se modifica el art.7° donde dice "...La calificación obtenida en el examen
conservará su validez por tres (3) años...". (Aprobado por Acta N° 214
pto.2° inc. A)den7/07/0J.
- Se sustituye el art. 6° inc. a) donde dice "mecanografía" por "procesador
de texto". (Aprobado por Acta N° 217 pto. 3° inc. C) del 31/10/01).

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