Convenio Arcillas
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Convenio Arcillas
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA UNA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA ENTRE EL SUBSECTOR DE FABRICACION DE LADRILLO Y DERIVADOS DE LA ARCILLA Y LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR. Convenio de concertación y coordinación de acciones encaminadas a la adopción de la producción más limpia y al mejoramiento de la gestión pública y privada, entre la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, Anfalit, Anafalco, y demás Industriales fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como entidad orientadora de la política ambiental y de acompañamiento. . BOGOTÁ D.C., Junio de 2006 CONTENIDO 1. ACTORES 2. ENTIDAD ORIENTADORA ACOMPAÑAMIENTO DE LA POLÍTICA AMBIENTAL 3. ENTIDADES DE APOYO 4. COMITÉ OPERATIVO DEL CONVENIO 5. ADHESIÓN AL CONVENIO 6. CONSIDERACIONES GENERALES 6.1 Diagnóstico Ambiental Sectorial 7. OBJETIVOS DEL CONVENIO 8. COMPROMISOS DEL CONVENIO 8.1 En relación con el diagnóstico ambiental 8.2 En relación con el uso de los recursos en los procesos productivos 8.2.1 8.2.2 8.2.3 Recurso Aire Recurso Suelo Gestión Integral de Residuos 8.3 En relación con la capacitación, educación e investigación ambiental 8.4 En relación con la Cooperación e incentivos financieros 9. DURACIÓN 10. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 11. DOMICILIO 12. PUBLICACIÓN 13. PERFECCIONAMIENTO Y DE 1. ACTORES Sector Público. La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, como entidad ejecutora de la Política Ambiental Nacional en 98 municipios de Cundinamarca y 6 municipios de Boyacá y el Distrito Capital. Sector Privado. Asociación Nacional de Fabricantes de Ladrillo y Derivados de la Arcilla – ANFALIT, en representación de sus afiliados de la jurisdicción de la CAR, como entidad gremial que representa a la industria de la Arcilla colombiana, con presencia en diferentes regiones del país. Asociación Nacional de Fabricantes de Ladrillo y Material de Construcción – ANAFALCO, como único gremio sectorial titular de licencias mineras en el parque minero industrial de Mochuelo y ente aglutinador de las industrias transformadoras de arcilla ubicadas en dicho sector. Fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla, ubicados en la jurisdicción de la CAR, agremiadas o no, que se comprometan a cumplir con los compromisos del convenio. 2. ENTIDAD ORIENTADORA ACOMPAÑAMIENTO DE LA POLÍTICA AMBIENTAL Y DE El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como coordinador del Sistema Nacional Ambiental -SINA-, orientará a los signatarios y adherentes para que los objetivos y compromisos de este convenio, se enmarquen en las estrategias de la Política Nacional de Producción Más Limpia y el Plan Nacional de Desarrollo y acompañará las acciones emprendidas para el cumplimiento de los objetivos del mismo, las cuales representan un compromiso claro y buscan mejorar la competitividad y gestión ambiental empresarial del subsector de industriales fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla de la jurisdicción de la CAR. Como actividades de apoyo al presente Convenio, el Ministerio contribuirá a: Establecer de común acuerdo con los signatarios, adherentes y la CAR, indicadores ambientales para el seguimiento del Convenio. Divulgar a los signatarios y adherentes los incentivos y beneficios tributarios ambientales existentes para promover una producción más limpia. Proponer e impulsar con los organismos correspondientes, la reducción de aranceles e impuestos relativos a la importación de equipos y maquinaria, que contribuyan a una Producción Más Limpia. Acompañar al Comité Operativo del Convenio, en la formulación y seguimiento de proyectos a financiar con recursos de crédito externo o de cooperación internacional. 3. ENTIDADES DE APOYO. Los signatarios definirán en previo acuerdo, las entidades de apoyo que se invitarán a participar de las actividades del presente convenio, identificando inicialmente las siguientes: Sector Público Departamento Nacional de Planeación (DNP) Ministerio de Minas y Energía INGEOMINAS Gobernación de Cundinamarca Alcaldías Municipales Sector Privado Cámara de Comercio de Bogotá Centro Nacional de Producción Más Limpia 4. COMITÉ OPERATIVO DEL CONVENIO El Comité Operativo liderará la promoción, implementación y cumplimiento del presente convenio. Este comité estará conformado de la siguiente manera: Dos (2) representantes de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, designados por la Dirección General de la CAR: Cuatro (4) representantes de los gremios sectoriales (2 representantes de Anfalit y 2 representantes de Anafalco). Dos (2) representantes de los productores adherentes, no afiliados a ninguna de las dos entidades gremiales. Las funciones del Comité Operativo del Convenio serán las siguientes: Liderar la socialización, adhesión e implementación al presente convenio de fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla de la jurisdicción CAR. Hacer seguimiento y evaluación al cumplimiento de los compromisos del convenio, mediante la implementación de un mecanismo de autogestión por parte de los adherentes. Preparar y divulgar un informe de gestión semestral y un consolidado anual acumulado sobre el avance de los compromisos, metas y resultados acordados. Programar y coordinar anualmente la Agenda Ambiental Sectorial - AAS (dentro de los dos primeros meses) para el desarrollo de las actividades que sean necesarias para el logro de los objetivos que se propone este convenio. Elaborar y adoptar su propio reglamento interno para la operación del Comité Operativo del convenio. 5. ADHESION AL CONVENIO Los productores afiliados o no a Anfalit y Anafalco, ubicados en la jurisdicción de la CAR, podrán adherirse a la firma de este convenio. Las empresas para su vinculación al convenio, deberán contar con las licencias, permisos, concesiones y autorizaciones vigentes o haberlas solicitado a las autoridades minera y ambiental competentes dentro del marco de la legislación, y adquirirán los compromisos y beneficios establecidos en el mismo. La firma de adherentes al convenio se realizará a través del formato de adhesión que aparece como anexo al convenio. 6. CONSIDERACIONES GENERALES La Constitución Política de Colombia adoptó el principio del Desarrollo Sostenible, para conciliar las necesidades de mejor calidad de vida de la población y crecimiento económico. Así mismo, le asigna al Estado, al igual que a todas las personas, la obligación de proteger y conservar los recursos naturales de la Nación. Dentro de los principios fundamentales de la Política Nacional Ambiental, artículo 1 de la ley 99 de 1993, se establece entre otros, que las acciones encaminadas a proteger, conservar y recuperar el medio ambiente son tarea conjunta entre el Estado, el sector privado, la comunidad y las Organizaciones No Gubernamentales. Mediante la creación del Sistema Nacional Ambiental – SINA, artículos 2 y 4 de la ley 99 de 1993, se garantiza la adopción y ejecución de programas y proyectos para poner en marcha los principios ambientales contemplados en dicha ley. El artículo 5 de la Ley 99 de 1993 determina que corresponde al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, entre otras funciones, establecer mecanismos de concertación con el sector privado, para la formulación y ejecución de planes de acción encaminados al cumplimiento de metas ambientales. El “Convenio Marco de Concertación para una PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA”, firmado entre el Gobierno Nacional, a través del hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y los Gremios Empresariales, el 5 de Junio de 1995, establece los lineamientos básicos para la elaboración de convenios de concertación regionales. La Política Nacional de Producción Más Limpia, aprobada por el Consejo Nacional Ambiental en agosto de 1997, contempla dentro de sus estrategias promover la autorregulación y la autogestión a partir de la puesta en marcha de convenios de concertación para una Producción Más Limpia de carácter sectorial y regional, que deben ser entendidos como instrumentos que faciliten la gestión ambiental entre las autoridades ambientales y los respectivos sectores productivos. Tanto el actual Plan Nacional de Desarrollo, como el Plan de Gestión Ambiental Regional Corporativo de la CAR, contemplan que la gestión ambiental debe realizarse colectivamente entre el sector público y privado para lograr los fines de sostenibilidad ambiental de los sectores productivos, a partir de instrumentos como los Convenios de Concertación para una Producción Más Limpia. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como máximo organismo rector de la gestión del medio ambiente, ha concertado a través de las Guías Minero-Ambientales (Resolución 1023 del 2005 del MAVDT), las orientaciones ambientales a incorporar en la gestión sectorial, considerada como instrumento de apoyo para la ejecución de este convenio. Se adoptará la concertación como instrumento de diálogo y coordinación entre el sector público y privado firmantes del presente convenio y con el fin de revertir tendencias negativas y lograr acciones y proyectos en forma conjunta. La producción de ladrillo y derivados de la arcilla tiene el deber de desarrollar su sistema de producción haciendo uso sostenible de los recursos naturales, para lo cual es necesario dar cumplimiento al ordenamiento legal ambiental y obtener los permisos, autorizaciones y concesiones establecidos en la Ley según sus características. 6.1 Diagnóstico Ambiental Sectorial De acuerdo con la información disponible, el subsector de producción de papa en la jurisdicción CAR, presenta las siguientes características: IMPACTOS MAGNITUD Se estima que existen cerca 500 unidades productivas para la producción de ladrillo y derivados de la arcilla en la jurisdicción CAR. Con base en diagnósticos realizados por la Ventanilla Ambiental CAR, las ladrilleras pequeñas presentan un consumo de carbón promedio de 60 EMISIONES ATMOSFÉRICAS toneladas/mes. Por su parte las ladrilleras medianas presentan un promedio de 115 toneladas / mes. Estos indicadores en términos de producción por tonelada de carbón suministrado, determinan un promedio de 16 ton producto / ton carbón para ladrilleras pequeñas y 21 ton producto / ton carbón para ladrilleras medianas. El desarrollo antitécnico de la actividad extractiva genera o incrementa procesos erosivos en los frentes de explotación activos y abandonados, AFECTACIÓN DEL SUELO especialmente por movimientos en masa y erosión superficial que ocasiona la pérdida de suelos y desestabilización de zonas. Se estima que los chircales artesanales y mecanizados presentan porcentajes de producto no conforme que oscilan entre el 15-20%. Por su parte, las ladrilleras pequeñas y medianas suelen presentan niveles del 15% y el 5%, respectivamente. Fuente: Diagnósticos Ambientales Subsector de Materiales de Construcción – Ventanilla Ambiental CAR, 2005. GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Por lo anterior, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, Anfalit, Anafalco e industriales fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla, acuerdan poner todo su empeño para gestionar la realización de las actividades requeridas con el propósito de cumplir con los objetivos del presente convenio. 7. OBJETIVOS DEL CONVENIO OBJETIVO GENERAL Adoptar acciones concretas por parte del sector productivo de la industria de ladrillo y derivados de la arcilla, tendientes a la mejora de su desempeño ambiental, con énfasis en la prevención de la contaminación y la ecoeficiencia, logrando así, avanzar más allá de lo establecido por la normatividad ambiental vigente, contribuyendo a la competitividad sectorial y garantizando la sostenibilidad de la base natural de la región sobre los cuales tiene influencia este sistema productivo. OBJETIVOS ESPECIFICOS Mejorar de forma continua el desempeño ambiental y productivo de la industria de ladrillo y derivados de la arcilla, avanzando más allá de lo establecido por la normatividad ambiental vigente, mediante la implementación de alternativas de Producción Más Limpia. Implementar entre los productores adherentes un mecanismo de autogestión que apoye el proceso de sensibilización ambiental y permita evaluar mediante indicadores, el grado de avance de las metas de mejora ambiental y productiva establecidas en el marco del convenio. Apoyar la implementación de alternativas de Producción Más Limpia a nivel sectorial, mediante iniciativas tales como: capacitación, acompañamiento técnico y/o proyectos piloto; resultado de la gestión activa y conjunta de los signatarios y adherentes al presente convenio. Consolidar un espacio de concertación entre los actores del presente convenio que contribuya a fortalecer la gestión ambiental empresarial del subsector productivo. 8. COMPROMISOS DEL CONVENIO Los compromisos contenidos en el presente convenio o que se establezcan en el desarrollo del mismo, serán asumidos por Anfalit, Anafalco, los productores adherentes y la CAR a través de su Ventanilla Ambiental. Los industriales de ladrillo y derivados de la arcilla que se adhieran a este convenio no están exentos de culminar los procesos legales permisivos o sancionatorios que cursan en la Corporación. Los industriales de ladrillo y derivados de la arcilla que se adhieran con posterioridad a la firma de este convenio se rigen por los compromisos vigentes a la fecha de su incorporación. Los compromisos se ajustan en todo aspecto a la legislación vigente al momento de suscripción del presente convenio y a la que se expida durante el término de su ejecución. Los compromisos asumidos por la CAR, con la firma de este convenio, generan obligaciones de gestión, que no requieren compromiso presupuestal. A continuación se describen los compromisos específicos a cumplir por las partes para el desarrollo del presente convenio: 8.1 EN RELACIÓN CON EL DIAGNOSTICO AMBIENTAL Por parte del empresario En un tiempo menor a dos (2) meses de adherido al convenio, deberá registrar la conformidad de sus prácticas, implementando un mecanismo de autogestión. Esta información deberá ser actualizada cada seis meses y reportada al Comité Operativo del Convenio. Por parte del Comité Operativo Gestionar la socialización de las Guías Minero-Ambientales, en lo que aplica al subsector, tanto al interior de las entidades, así como a los industriales de ladrillo y derivados de la arcilla. Diseñar y gestionar la socialización del instrumento de autogestión. Definir indicadores de seguimiento, gestión, y evaluación de los compromisos del convenio y de sus resultados. Elaborar la descripción de la situación ambiental de la industria de fabricación de ladrillo y derivados de la arcilla, con base en el consolidado de la información suministrada por los adherentes, constituyéndolo así en herramienta de planeación y seguimiento de las metas del presente Convenio. Esta información consolidada se actualizará cada año. Gestionar la realización de un inventario de fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla en la jurisdicción CAR. Este tiene como propósito determinar información sectorial como: Número total de fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla legalizados, en trámite e ilegales, Número total y clasificación de los tipos de hornos empleados en las empresas. Número total de hornos con dispositivos para minimizar la emisión de contaminantes al aire. Gestionar la socialización de lo resultados del inventario al interior de las entidades y a nivel sectorial. 8.2 EN RELACIÓN CON EL USO DE LOS RECURSOS EN LOS PROCESOS PRODUCTIVOS Por parte del comité La CAR, Anfalit, Anafalco y los adherentes adoptarán como documento referencia para el desarrollo del presente Convenio, la Guía Minero Ambiental, en lo que les aplica al subsector y la Guía Ambiental Sectorial, que esta en elaboración por parte de los gremios y el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, para las actividades de planeación, evaluación y autogestión de la industria ladrillera y derivados de la arcilla; lo que de ninguna manera desconoce el marco normativo vigente aplicable al sector. Por parte del empresario Implementar alternativas de Producción Más Limpia en sus procesos productivos. En este sentido las empresas afiliadas a ANAFALCO Y ANFALIT, se comprometen a incluir en los planes operativos anuales acordados entre las partes, acciones y actividades relacionadas con: Medidas de manejo y recuperación ambiental de las actividades mineras e industriales del subsector, tales como manejo y disposición de aguas residuales, control de aguas de escorrentía, manejo y disposición de residuos sólidos, rehabilitación de áreas intervenidas, adecuación paisajística, control y monitoreo de emisiones atmosféricas y reconversión tecnológica de hornos. Apoyar iniciativas de investigación, transferencia y adopción de tecnologías de Producción Más Limpia, tanto en los procesos mineros como en los industriales en términos de: Minimización de la generación de residuos y aprovechamiento de estos. Uso eficiente de agua en el proceso de producción y manejo de aguas residuales. Ahorro y uso eficiente de energía. Minimización de emisiones atmosféricas y ruido del proceso de producción. Por parte del Comité Operativo Identificar y evaluar las viabilidades técnicas y económicas de alternativas de Producción Más Limpia – PML, disponibles para la implementación por parte de los productores de la industria ladrillera y derivados de la arcilla. Gestionar el acompañamiento de unidades productivas a través de actividades de asistencia técnica. 8.2.1. EN RELACIÓN CON EL RECURSO AIRE Por parte de los empresarios Eliminar la operación de hornos "locos" (no tecnificados) mediante su sustitución o reconversión tecnológica. De esta manera, a Diciembre de 2009 los adherentes al Convenio no operarán hornos locos. Mejorar los procesos de combustión, mediante alternativas de PML, tales como la dosificación técnica de la mezcla de carbón con coque o la conversión a otros combustibles menos contaminantes. El presente Convenio tendrá como meta reducir en promedio el 10% en consumo de carbón (Toneladas)/Volumen de producción. Implementar alternativas de recuperación de calor residual para su aprovechamiento en secado de material. De esta manera, como mínimo el 20% de adherentes implementarán alternativas de recuperación de calor Por parte de Anafalco y Anfalit Atender las recomendaciones y resultados de tipo técnico y económico de los proyectos de investigación que a la fecha se hayan realizado, tanto para el manejo de la calidad de los carbones como para los análisis comparativos de las diferentes variantes que tienen adaptabilidad a los hornos existentes. Lo anterior como medida para la prevención de emisiones atmosféricas. Formular e implementar programas de seguimiento y evaluación de la gestión ambiental de sus afiliados, basados en el establecimiento de índices de evaluación, y en procesos de autogestión y autorregulación. 8.2.2. EN RELACIÓN CON EL RECURSO SUELO Por parte de los empresarios Implementar el diseño minero simultáneamente con el plan de manejo y la recuperación morfológica y vegetal. Como meta del convenio de perseguirá que el 10% de los adherentes implementen simultáneamente el diseño minero con medidas de recuperación. Promover la ejecución de iniciativas manejo ambiental minero, a las que a criterio del Comité Operativo y la CAR se requieran y no se hayan incluido en los planes de manejo respectivos. 8.2.3. EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS Por parte de los empresarios Minimizar la generación de producto no conforme (chamote). Aprovechar producto no conforme mediante su reincorporación al proceso o aprovechamiento alternativo (uso en canchas de tenis, construcción de vías, etc.). El presente Convenio buscará que el 30% de los adherentes lleven a cabo este tipo de aprovechamiento. 8.3 EN RELACION CON LA INVESTIGACION AMBIENTAL CAPACITACION, EDUCACION E Por parte del Comité Operativo Establecer anualmente una agenda de capacitación en materia de Producción Más Limpia y gestionar su implementación. Estas jornadas estarán dirigidas a productores, funcionarios de la Corporación y técnicos en materia de Producción Más Limpia, y buscarán igualmente socializar el convenio entre los potenciales adherentes. Promover la interacción entre el sector ladrillero de la jurisdicción CAR y las universidades, centros de investigación y nodos regionales de producción más limpia, para el desarrollo de investigaciones aplicadas que se relacionen con temas objeto del convenio. Así mismo, estimular la transferencia, apropiación y adopción de los resultados de dichas investigaciones. Por parte de la CAR Promover la activa participación de los profesionales sectoriales de la entidad en las jornadas de capacitación realizadas en el marco del presente Convenio. 8.4 EN RELACION CON LA COOPERACIÓN E INCENTIVOS FINANCIEROS Por parte del Comité Operativo Formular y presentar proyectos de cooperación ante instancias tales como: Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial y la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional para el logro del objeto del convenio. Divulgar los incentivos tributarios y financieros que aplican para la adopción de alternativas de Producción Más Limpia en el sector. Promover la participación de adherentes en esquemas de reconocimiento a la excelencia en gestión y desempeño ambiental y en programas de mercados verdes. 9. DURACION El presente Convenio regirá hasta el día 31 de Diciembre del año 2010, y podrá ser ajustado y prorrogado cada vez que las partes firmantes, por mutuo acuerdo, así lo consideren. 10. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes buscarán solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de las actividades propias del convenio, mediante la aplicación de los principios señalados en la Ley colombiana de la conciliación, la transacción, la composición amigable o los mecanismos que las partes decidan acordar. 11. DOMICILIO El presente convenio tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá. 12. PUBLICACIÓN El presente Convenio será publicado en los boletines oficiales de las entidades firmantes, para su amplio conocimiento. 13. PERFECCIONAMIENTO El presente Convenio requiere para su perfeccionamiento únicamente de las firmas de las partes.Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá. FIRMAS ___________________________ SANDRA SUAREZ PÉREZ Ministra de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial (Entidad orientadora de la Política Ambiental) ______________________________ BERNARDINO FILLAURI Presidente de ANFALIT Desarrollo Territorial _______________________________ GLORIA LUCIA ALVAREZ PINZON Directora General - CAR _____________________________ MARCO A. SUAREZ M. Presidente de ANAFALCO ANEXO CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR NUMERO DE RADICACIÓN ______ FORMATO DE ADHESIÓN AL CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA UNA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA ENTRE: _________________________________________________________Y LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA Y EL MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL COMO ENTIDAD ORIENTADORA Yo, _____________________________________________________________________ En mi calidad de representante legal de la empresa _____________________________________ identificado con el NIT____________________domiciliada en_________________________________________Dirección ___________________________ declaro que conozco en su totalidad el texto y los compromisos establecidos en el CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA UNA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA ENTRE __________________________ Y LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR Y EL MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL COMO ENTIDAD ORIENTADORA, por lo cual manifiesto mi voluntad pública de adherir al precitado Convenio. Por lo anterior me comprometo a cumplir todos y cada uno de los acuerdos y compromisos establecidos para alcanzar un mejoramiento en el desempeño ambiental de las actividades productivas del subsector_______________________________________________________ En constancia de adhesión firmo, ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, en la ciudad de __________________a los ____ días del mes de_____de _____ C.C. Tel: