ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO

Transcripción

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA
MANCOMUNIDAD “SIERRA DE SAN PEDRO” EL DIA 24 DE JULIO DE
2014.
PRESIDENTE:
D. RODRIGO NACARINO SALGADO
HERRERA DE ALCÁNTARA
VOCALES:
Dª. AGUSTINA GRANDE BRAVO
CARBAJO
D. ANTONIO GONZÁLEZ RISCADO
CEDILLO
D. LEOPOLDO MOGEDANO FANEGA
HERRERUELA
D. AGUSTÍN GILETE TAPIA
MEMBRIO
Dª MARÍA TERESA DUQUE BARROSO EN SUSTITUCIÓN DE D. ALVARO
SÁNCHEZ COTRINA
SALORINO
D. EUSEBIO BATALLA GAGO
SANTIAGO DE ALCÁNTARA
D. ANDRES HERNAIZ DE SIXTE
SAN VICENTE DE ALCÁNTARA
SECRETARIO:
D. JOAQUÍN REYES FERNÁNDEZ
INTERVENTOR:
D. JOSE ANTONIO BARRIENTOS PANIAGUA.
AUSENCIA JUSTIFICADA:
D. PABLO CARRILHO REYES
VALENCIA DE ALCÁNTARA
En el salón de sesiones de la sede de la Mancomunidad Integral Sierra de San
Pedro, cuando son las veinte horas del día veinticuatro de julio de 2014, bajo la
Presidencia de DON RODRIGO NACARINO SALGADO y con la asistencia de los
señores expresados con anterioridad, asistidos de mí, el Secretario, se reunió el Pleno de
esta Mancomunidad, con el fin de celebrar la presente sesión ordinaria, la que tuvo lugar
en primera convocatoria, que fue reglamentariamente girada al efecto con entrega del
correspondiente orden del día, y que tuvo por objeto, el estudio de los siguientes
asuntos:
1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN
ANTERIOR.
Por la Presidencia se pregunta si alguno de los asistentes desea manifestar
alguna objeción al acta de la sesión anterior.
No habiéndose manifestado ninguna objeción, el Pleno acuerda por unanimidad
prestarle su aprobación a las actas de la sesiones anteriores.
2º.- INFORME DE PRESIDENCIA.
Por la Presidencia se da cuenta de los siguientes asuntos:
-
Violencia de género: Por la presidencia se informa que el técnico de la
mancomunidad está elaborando un protocolo de actuación contra la violencia
de género, que deberá ser ratificado por los plenos de los ayuntamientos.
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-
Parque de maquinarias: Por la presidencia se informa de los cambios en el
plan de trabajo del parque de maquinarias que afectan a Cedillo, Valencia y
San Vicente de Alcántara.
-
Recogida de residuos: Por la presidencia se informa de la ampliación del
servicio de recogida de basuras durante el mes de agosto.
-
Talleres de empleo: Por la presidencia se informa del conflicto competencial
existente para la ejecución de talleres de empleo, por la polémica sobre las
competencias municipales en promoción de empleo.
-
Correo postal: Por la presidencia se informa de la problemática de entrega
del correo en algunos municipios mancomunados y de la contestación dada
por Correos.
3º.- ADOPCIÓN DE ACUERDO, SI PROCEDE, DE DICTAMEN SOBRE
APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA MANCOMUNIDAD
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2013.
Por la presidencia se da cuenta del dictamen de la comisión especial de cuentas
cuyo tenor literal es el siguiente:
“1º.- ADOPCIÓN DE DICTAMEN, SI PROCEDE, SOBRE APROBACIÓN DE
LA CUENTA GENERAL DE LA MANCOMUNIDAD “SIERRA DE SAN PEDRO”
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2013.
Por la Presidencia se da la palabra al Sr. Interventor solicitándole que exponga
los aspectos más relevantes de la misma, informando este a la comisión del contenido
de la cuenta general de esta Entidad correspondiente al ejercicio 2013, cuenta general
que obra en el expediente y se da por reproducida.
La Comisión, tras amplia deliberación y en cumplimiento del art. 193 de la Ley
39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales y del art. 127.2 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales, procede al
examen de la Cuenta General del Presupuesto correspondiente a 2.012, a cuyo efecto
ha tenido a la vista dichas cuentas, junto con los documentos correspondientes que la
justifican, así como la liquidación del indicado presupuesto.
Examinados dichos documentos y resultando que confrontando la Cuenta
General del Presupuesto con el Presupuesto Inicial, con la Liquidación y con los
Documentos de Pago que, con sus justificantes, han sido puestos a disposición de la
Comisión, más los documentos de Ingresos correspondientes que, así mismo, la
Comisión ha podido examinar y confrontar, lo mismo que el resultado del Acta de
Arqueo a 31 de diciembre de 2012, referente a los fondos del presupuesto, estima la
Comisión que quedan debidamente justificadas dichas cuentas.
VOTACIÓN: Sometida a votación, la comisión acuerda por mayoría simple, con
dos votos a favor, ningún voto en contra y dos votos a la abstención (Valencia de
Alcántara y Herreruela) que deben aprobarse las cuentas citadas.
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No obstante, el Pleno de la Mancomunidad acordará lo que estime más
procedente.”
A continuación por la Presidencia se manifiesta que se va a proceder al examen
de las Cuentas y de la Administración del Patrimonio correspondiente al ejercicio 2.013,
las cuales han sido expuestas al público y examinadas por la Comisión Especial de
Cuentas, que ha emitido los informes reglamentarios y que constan en el expediente
respectivo.
Vistos los referidos informes, de los que resulta que dichas Cuentas están
rendidas en modelos reglamentarios y debidamente justificadas, después de amplia
información sobre las mismas y contestadas a todas las explicaciones solicitadas por los
señores concurrentes y no habiendo manifestaciones en contra, fueron aprobadas por
mayoría simple, con 6 votos a favor, 0 votos en contra y 2 votos a la abstención
(Santiago y Herreruela).
Se advierte a los señores asistentes que, de acuerdo con el artículo 204 de la Ley
39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, en todo caso, quedan sometidas a la
fiscalización externa del Tribunal de Cuentas y por aplicación del mismo artículo se
remitirá al citado Tribunal antes del 15 de octubre de cada año la Cuenta General que,
en su caso, ahora se aprueba. Todo ello sin menoscabo de las facultades que en materia
de fiscalización externa de las Entidades Locales tenga atribuida la Comunidad
Autónoma.
4º.- ADOPCIÓN DE ACUERDO, SI PROCEDE, DE DICTAMEN SOBRE
CONOCIMIENTO DE ALEGACIONES E INFORMES PRESENTADOS EN EL
PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y APROBACIÓN DEFINITIVA DE
LOS ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD PARA SU ADAPTACIÓN A LO
ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA UNDÉCIMA DE LA
LEY 27/2013 DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN Y
SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.
Por la Presidencia se da la palabra al Sr. Representante del Ayuntamiento de
Cedillo y portavoz del Grupo PSOE, D. Antonio González Riscado, que da cuenta del
dictamen de la Comisión Informativa, cuyo tenor literal es el siguiente:
“1º.- ADOPCIÓN DE DICTAMEN, SI PROCEDE, SOBRE CONOCIMIENTO
DE ALEGACIONES E INFORMES PRESENTADOS EN PERIODO DE
INFORMAMACIÓN PÚBLICA Y APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD PARA SU
ADAPTACIÓN A LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA
UNDÉCIMA DE LA LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN
Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.
Por la Presidencia se da cuenta de la no existencia de alegaciones en el período
de información pública así como del informe favorable a la modificación planteada
emitido por las administraciones de tutela, proponiendo su aprobación definitiva.
Abierto turno de deliberaciones, no se produce intervención alguna.
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VOTACIÓN: Sometido a votación, la comisión acuerda por unanimidad la
adopción del siguiente
DICTAMEN
Primero: APROBAR DEFINITIVAMENTE la modificación de los Estatutos de
la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro, con la siguiente redacción:
“Artículo 3.
1. El objeto y fin de la Mancomunidad será la ejecución en común de las
siguientes obras y servicios determinados, atribuidos a los Municipios
mancomunados en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las bases de Régimen Local:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina
urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión
de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera.
Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos,
gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación
acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y
tratamiento de aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la
atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito
local.
h) Protección de la salubridad pública.
i) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del
tiempo libre.
j) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
k) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad
obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes
en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos
centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios
de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de
educación primaria o de educación especial.
l) Promoción en su término municipal de la participación de los
ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información
y las comunicaciones.
2.- Asimismo, la Mancomunidad podrá llevar a cabo obras y servicios
necesarios para que los Municipios (y Entidades locales menores)
mancomunados, puedan ejercer las competencias o prestar los servicios
correspondientes de su competencia de conformidad con los artículos 25 y 26
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
3.- La adhesión a cada servicio citado, y a otros que pudieran surgir, requerirá
el acuerdo de cada uno de los Ayuntamientos que asuman el servicio.
4.- La adopción del punto anterior se hará por mayoría absoluta.
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5.- Para la asunción de nuevos servicios será necesaria la conformidad de
todas las Entidades Mancomunadas interesadas por acuerdo del Pleno de los
mismos por mayoría absoluta.
6.- La Mancomunidad estudiará estas peticiones resolviendo sobre su
viabilidad.
7.- La prestación y explotación de los servicios podrá realizarla la
Mancomunidad conforme a cualquiera de las formas previstas en el
ordenamiento jurídico vigente.
8.- La prestación de los fines enumerados en el párrafo 1º de este artículo
supone la subrogación por parte de la Mancomunidad en la titularidad del
servicio, correspondiéndole por tanto la gestión integral del mismo, así como
todo lo referente a la imposición y ordenación de la tasa que pudiera
imponerse.”
Segundo: Someter el presente acuerdo de aprobación definitiva de modificación
estatutaria a su aprobación por los plenos de todos los ayuntamientos mancomunados
con el voto favorable de la mayoría del número legal de sus miembros.
Tercero: Proceder a su publicación en el DOE y en las páginas web de la
mancomunidad y de cada uno de los municipios que la integran, una vez aprobada la
modificación estatutaria por los ayuntamientos mancomunados, y a su inscripción en el
registro de entidades locales estatal y autonómico.
No obstante, el pleno con su superior criterio adoptará el acuerdo que estime
más conveniente.”
Abierto turno de deliberaciones, no se produce intervención alguna.
VOTACIÓN: Sometido a votación el dictamen de la comisión informativa, el
pleno acuerda por unanimidad, prestarle su aprobación al dictamen precedente
elevándolo a acuerdo.
5º.- ADOPCIÓN DE ACUERDO, SI PROCEDE, DE DICTAMEN SOBRE
APROBACIÓN DEL PROGRAMA MANCOMUNADO DE INTERVENCIÓN
EN DROGODEPENDENCIAS, DE LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA
LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE CONDUCTAS
ADICTIVAS DURANTE LA ANUALIDAD 2014 Y DE LA RETENCIÓN DE
CRÉDITO CORRESPONDIENTE A LA APORTACIÓN DE LA
MANCOMUNIDAD.
Por la Presidencia se da la palabra al Sr. Representante del Ayuntamiento de
Cedillo y portavoz del Grupo PSOE, D. Antonio González Riscado, que da cuenta del
dictamen de la Comisión Informativa, cuyo tenor literal es el siguiente:
“2º.- ADOPCIÓN DE DICTAMEN, SI PROCEDE, SOBRE APROBACIÓN DEL
PROGRAMA MANCOMUNADO DE INTERVENCIÓN EN DROGODEPENDENCIAS,
DE LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA
DE PREVENCIÓN DE CONDUCTAS ADICTIVAS DURANTE LA ANUALIDAD 2014
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Y DE LA RETENCIÓN DE CRÉDITO CORRESPONDIENTE A LA APORTACIÓN DE
LA MANCOMUNIDAD.
Por la presidencia se da cuenta del expediente tramitado al efecto, para el
desarrollo del programa mancomunado de intervención en drogodependencias, así
como de la solicitud de subvención para el desarrollo del mismo que obran en el
expediente y se dan por reproducidos.
Abierto turno de deliberaciones, no se produce intervención alguna.
VOTACIÓN: Sometido a votación, la comisión acuerda por unanimidad la
adopción del siguiente
DICTAMEN
Primero: APROBAR el programa mancomunado de intervención en
drogodependencias.
Segundo: APROBAR la solicitud de subvención para la realización del
programa de prevención de conductas adictivas durante la anualidad 2014.
Tercero: APROBAR consignación presupuestaria suficiente para atender la
aportación mancomunada necesaria para la efectividad del presente acuerdo.
No obstante, el pleno con su superior criterio adoptará el acuerdo que estime
más conveniente.”
Abierto turno de deliberaciones, no se produce intervención alguna.
VOTACIÓN: Sometido a votación el dictamen de la comisión informativa, el
pleno acuerda por unanimidad, prestarle su aprobación al dictamen precedente
elevándolo a acuerdo.
Y no siendo otro el objeto de la presente sesión ordinaria, el Sr. Presidente ordenó
que fuera levantada la misma, cuando son las veinte horas y veinticinco minutos del día
de la fecha, de lo que como Secretario, Certifico.
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DECRETO.- Remítase copia certificada a los Excmos. Sres. Subdelegados del
Gobierno en las provincias de Cáceres y Badajoz y a la Consejería de la Presidencia y
Trabajo de la Junta de Extremadura y expóngase en el Tablón de Anuncios de esta Casa
Consistorial a los efectos procedentes. Certifico.
Valencia de Alcántara, a 9 de septiembre de 2.014.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumplimenta lo ordenado en el Decreto que
antecede. Certifico.
Valencia de Alcántara, 9 de septiembre de 2.014.
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