decreto nº 2887/sop/14 reglamentario de la ordenanza n° 4656 de
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decreto nº 2887/sop/14 reglamentario de la ordenanza n° 4656 de
DECRETO Nº 2887/SOP/14 REGLAMENTARIO DE LA ORDENANZA N° 4656 DE REGULARIZACIÓN DE OBRAS CONSTRUIDAS SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, julio 18 de 2014 VISTO: El expediente Nº 138.253/14, mediante el cual la Dirección de Catastro y Edificación solicita la reglamentación de la Ordenanza Nº 4656 y su modificatoria N° 4680, y; CONSIDERANDO: Que por la citada Norma se crea un plan de regularización de obras, en todas sus tipologías, en la que se hayan detectado o declaren transgresiones a disposiciones del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias, excepto aquellas cuyas faltas afecten a la seguridad, invadan la vías o espacios públicos o afecten el interés general; Que el referido plan tiene vigencia desde el 04/06/14, fecha de promulgación de la Ordenanza citada en el Visto que antecede, para todas las obras construidas cuyas solicitudes de aprobación, que en los términos de reglamentación se presenten hasta el día 31/10/14 y culminen el trámite con la obtención del final de obra hasta el 30/04/15; Que la citada Ordenanza establece cuales son los requisitos a presentar por los interesados en relación a la documentación técnica correspondiente a la obra a regularizar, manifestación de las situaciones irregulares en las que hubieren incurrido y desistimiento a iniciar acciones legales en contra del municipio (o renuncia a ellas cuando hubiera alguna en curso), referidas a la obra: Que en tales casos la Dirección de Catastro y Edificación analizará la documentación presentada controlando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad, prevención contra incendios, medios de salida, instalaciones eléctricas, uso de la vía pública y veredas y completadas las exigencias formales administrativas, dará inicio al trámite administrativo para la regularización de la obra construida y emitirá la Resolución aprobatoria respectiva; Que la aludida Norma dispone que la penalidad por la/s falta/s cometida/s, se regularan según: a) Obras construidas con superficies hasta 200 m2 destinadas exclusivamente a uso residencial; b) Obras construidas con superficies hasta 200 m2 destinadas a otros usos diferentes que el exclusivamente residencial y obras construidas con superficies mayores de 200 m2 y hasta 350 m2; c) Obras construidas con superficies mayores a 350 m2 hasta 2.000 m2; d) Obras construidas mayores de 2.000 m2; Que ante ello resulta necesario reglamentar dicha Ordenanza a fin de permitir encauzamiento del trámite y resolución ajustada a la normativa en vigencia; un correcto Que a fs. 12 Fiscalía Municipal mediante dictamen protocolizado bajo el Nº 57.468, no realiza observaciones de índole legal y formal; POR ELLO, y en uso de facultades conferidas por el Artículo 47º, inc. 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 5.529/83; EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA Artículo 1°.- REGLAMENTESE la Ordenanza Nº 4656 y su modificatoria Nº 4.680, de la siguiente manera: Requisitos: Los propietarios que deseen acogerse al Plan de Regularización relacionado con obras construidas en las que se hubieren cometido violaciones a las disposiciones del Código de Planeamiento Urbano (Ordenanza N° 2648/98 y modificatorias), deberán iniciar el trámite de aprobación de las mismas mediante la presentación en Mesa de Entradas de la Dirección de Catastro y Edificación de la siguiente documentación: 1.1.- En todos los casos: 1.1.1.- El trámite será encabezado por la Solicitud de Acogimiento al Plan de Regularización de Obras Construidas y renuncia a iniciar acciones legales en contra de la Municipalidad con motivo de la obra - Formulario DCyE 39 cuyo modelo acompaña la presente como Anexo I y en el que constará el pago de la tasa que exige la Ordenanza Fiscal para la declaración de “obras construidas”. La/s firma/s inserta/s por el/los solicitante/s, en su carácter de propietario/s, deberá/n ser certificada/s por escribano público. 1.1.2.- Acompañará la presentación el Formulario DCyE 40 (Anexo II) de Control Normativo en el que el profesional responsable de la presentación manifestará, con carácter de declaración jurada, los incumplimientos incurridos en la obra construida que se pretende regularizar. 1.2.- La documentación exigible será, según el caso, la siguiente: 1.2.1.- Obras construidas con superficies totales hasta 200 m2: FORMULARIOS DCYE N° 39 duplicado 1 y 1vta duplicado 1 bis 8 y 8vta 8 bis y 8 bis vta 10 y 10vta 11 19 duplicado 40 41 duplicado 15 y 15 vta DOCUMENTACIÓN Acreditación de la titularidad del inmueble en los términos del Decreto 1568/SPDUA/2001 Constancia de CUIT / CUIL de el/los propietario/s Certificado de Cumplimiento Fiscal Cuando se trate de obras que involucren a personas físicas o jurídicas alcanzadas por el Tributo Económico Municipal (TEM) Libre deuda de las Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles (CISI) del padrón o padrones involucrados Libre deuda del Tribunal Municipal de Faltas Memoria técnica descriptiva Dos fotos del frente íntegro de la construcción en (9x12) cm como mínimo en las que se perciba claramente el acceso y el estado de la vereda y los árboles Copia de planos antecedentes válidos Original en film poliester y tres copias del plano de arquitectura de la obra construida Original en papel vegetal y dos copias de los planos de relevamiento de la instalación eléctrica existente Original en papel vegetal y dos copias de los planos de relevamiento de las instalaciones sanitarias existentes Una copia de toda la documentación técnica en soporte digital incluyendo una fotografía del frente y otra con un acercamiento al número domiciliario que deberá estar colocado Certificado de Inspección Final de la Dirección de Defensa Civil si correspondiere s/Ord 321/74 Constancia Final de Patrimonio Vegetal Constancia expedida por la Fiscalía Municipal sobre la inexistencia de causas judiciales contra la Municipalidad en trámite En caso de que en la obra construida se encuentren instalados carteles publicitarios, toldos, marquesinas, etc 1.2.2.- Obras construidas con superficies totales mayores a 200 m2: FORMULARIOS DCYE N° 39 duplicado 1 y 1vta duplicado 1 bis 8 y 8vta 8 bis y 8 bis vta 10 y 10vta 11 19 duplicado 40 DOCUMENTACIÓN Acreditación de la titularidad del inmueble en los términos del Decreto 1568/SPDUA/2001 Constancia de CUIT / CUIL de el/los propietario/s Certificado de Cumplimiento Fiscal Cuando se trate de obras que involucren a personas físicas o jurídicas alcanzadas por el Tributo Económico Municipal (TEM) Libre deuda de las Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles (CISI) del padrón o padrones involucrados Libre deuda del Tribunal Municipal de Faltas Memoria técnica descriptiva Dos fotos del frente íntegro del edificio en (9x12) cm como mínimo en las que se perciba claramente el acceso y el estado de la vereda y los árboles Copia de planos antecedentes válidos Original en film poliester y tres copias del plano de arquitectura de la obra construida Original en papel vegetal y dos copias de los planos de relevamiento de la instalación eléctrica existente Original en papel vegetal y dos copias de los planos de relevamiento de las instalaciones sanitarias existentes Una copia de toda la documentación técnica en soporte digital incluyendo una fotografía del frente y otra con un acercamiento al número domiciliario que deberá estar colocado Constancia del pago del “cargo especial por infraestructura” expedida por la SAT Estudio de Impacto Ambiental y Certificado de Aptitud Ambiental cuando se vean configurados los supuestos de la Ley Provincial N° 6523 Certificado de Inspección Final de la Dirección de Defensa Civil (Ord 321/74) Constancia Final de Patrimonio Vegetal Memoria técnica que justifique la situación de seguridad de la estructura soporte del edificio rubricada por ingeniero especialista y con firma certificada por el Colegio Profesional 27 al 36 15 y 15 vta correspondiente Constancia emitida por la Empresa prestataria del servicio de gas natural en la que se manifieste que las instalaciones internas del edificio cuentan con la debida aprobación técnica Constancia expedida por la Fiscalía Municipal sobre la inexistencia de causas judiciales contra la Municipalidad en trámite Acreditación de inscripción del “Responsable” de los equipos electromecánicos instalados En caso de que en la obra construida se encuentren instalados carteles publicitarios, toldos, marquesinas, etc Artículo 2°.- El trámite: 2.1.- Obras construidas con superficies totales hasta 200 m2 destinadas exclusivamente a uso residencial: 2.1.1.- Recibida la documentación, la Mesa de Entradas girará las actuaciones a la Dirección para, tomado conocimiento, derivarla a la Sala de Obra Construida que otorgará un número a la solicitud continuando con el orden correlativo de la Sala pero precedido por la letra “C”. A continuación ordenará una inspección en la obra, utilizando el Formulario DCyE 10 y DCyE 10vta, calculará el monto que hubiere correspondido abonar en concepto de derechos de construcción, elaborará un informe técnico respecto del estado de la construcción y girará las actuaciones a la Subdirección de Edificación. 2.1.2.- El Subdirector de Edificación controlará lo declarado en Formulario DCyE 40 por el profesional responsable y la cancelación de los derechos de construcción (y cerca de obra si correspondiere) liquidados y girará las actuaciones a la Dirección. 2.1.3.- La Dirección de Catastro y Edificación autorizará el pago de la compensación de 2.500 U (dos mil quinientos urbanos) en el Formulario DCyE 41 (Anexo III). Acreditada la cancelación total del monto liquidado en concepto de compensación de regularización, dictará Resolución otorgando Final de Obra. 2.2.- Obras construidas con superficies totales hasta 200 m2 destinadas a otros usos diferentes al exclusivamente residencial y obras construidas con superficies mayores a 200 m2 y hasta 350m2 destinadas a cualquier uso: 2.2.1.- Recibida la documentación, la Mesa de Entradas girará las actuaciones a la Dirección para, tomado conocimiento, derivarla a la Sala de Obra Construida que otorgará un número a la solicitud continuando con el orden correlativo de la Sala pero precedido por la letra “C”. A continuación ordenará una inspección en la obra, utilizando el Formulario DCyE 10 y DCyE 10vta, calculará el monto que hubiere correspondido abonar en concepto de derechos de construcción, elaborará un informe técnico respecto del estado de la construcción y girará las actuaciones a la Subdirección de Edificación. 2.2.2.- El Subdirector de Edificación controlará lo declarado en Formulario DCyE 40 por el profesional responsable y la cancelación de los derechos de construcción (y cerca de obra si correspondiere) liquidados y girará las actuaciones a la Dirección. 2.2.3.- La Dirección de Catastro y Edificación elevará las actuaciones a la Sub Secretaría de Planificación Urbana acompañando un informe evaluativo. En caso de que la Sub Secretaría de Planificación Urbana convalide la aprobación mediante Resolución del Sr Secretario de Obras Públicas, la DCyE autorizará el pago de la compensación de 10.000 U (diez mil urbanos) en el Formulario DCyE 41 (Anexo III). Acreditada la cancelación total del monto liquidado en concepto de compensación de regularización, dictará Resolución otorgando Final de Obra. 2.3.- Obras construidas con superficies totales mayores a 350m2: 2.3.1.- Recibida la documentación, la Mesa de Entradas girará las actuaciones a la Dirección para, tomado conocimiento, derivarla a la Sala de Obra Construida que otorgará un número a la solicitud continuando con el orden correlativo de la Sala pero precedido por la letra “C”. A continuación girará las actuaciones a la Subdirección de Edificación. 2.3.2.- La Subdirección de Edificación ordenará una inspección en la obra, utilizando el Formulario DCyE 10 y DCyE 10vta, que deberá ser realizada en forma personal por el Subdirector y con la colaboración de los profesionales especialistas de la Dirección que estime pertinente, calculará el monto que hubiere correspondido abonar en concepto de derechos de construcción, controlará lo declarado en Formulario DCyE 40 por el profesional responsable y la cancelación de los derechos de construcción (y cerca de obra si correspondiere) liquidados, elaborará un informe técnico respecto del estado de la construcción y girará las actuaciones a la Dirección. 2.3.3.- La Dirección de Catastro y Edificación elevará las actuaciones a la Sub Secretaría de Planificación Urbana acompañando un informe evaluativo. En caso de estimarlo pertinente, la Sub Secretaría de Planificación Urbana elevará las actuaciones a la Superioridad a los fines de ser girada al HCD quien, si lo estima conveniente, autorizará al Departamento Ejecutivo a aprobar el trámite. En ese caso, el Sr Intendente, por Decreto, autorizará a la DCyE a otorgar Final de Obra. En ese caso, la DCyE liquidará el monto de la compensación, según el caso: a) 100.000 U (cien mil urbanos) por cada 1000 m2 construidos o la parte proporcional si la fracción fuera menor, en edificios con superficie total hasta 2.000 m2 b) 200.000 U (doscientos mil urbanos) por cada 1000 m2 construidos o la parte proporcional si la fracción fuera menor, en edificios con superficie total mayor a 2.000 m2 Esa liquidación se hará en el Formulario DCyE 41 (Anexo III). Acreditada la cancelación total del monto liquidado en concepto de compensación de regularización, dictará Resolución otorgando Final de Obra. 2.4.- No se liquidará compensación por regularización si los propietarios son clubes o asociaciones civiles sin fines de lucro Artículo 3º.- Final del Trámite: En todos los casos, una vez dictada la Resolución otorgando Final de Obra, la documentación se girará a la Sala de Obra Construida que consignará en el cuerpo de planos el número de Final de Obra otorgado que coincidirá con el número de Solicitud, precedido por la letra “C”. Deberá también indicarse el número de Resolución de la DCyE con la que culminara el trámite. Desglosará las copias que entregará a los interesados y los originales serán enviados al archivo de planos. Luego devolverá la documentación a la Dirección para ser girada al DiTEM a los fines de la actualización de la valuación. Fecho, se girará al archivo de expedientes de la Dirección. Artículo 4°.- Casos especiales: 4.1.- En los expedientes cuya aprobación ya hubiese sido denegada por la Dirección de Catastro y Edificación, los interesados que deseen encuadrarse en los términos de la Ordenanza Nº 4656/2014, podrán pedir la reactivación de las actuaciones originales y, a los fines de encuadrar el trámite, completarán la documentación con lo indicado en el artículo 1°, según el caso. 4.2.- Cuando se trate de obras construidas con antecedentes válidos que convaliden parte de lo declarado en esta oportunidad con un final de obra anterior, se entenderá que la regularización se refiere a lo no autorizado oportunamente por lo que la caracterización del trámite y la compensación de regularización deberá hacerse de acuerdo al excedente construido sin autorización. 4.3.- Cuando se opte por cancelar la compensación de regularización en cuotas, el otorgamiento del Final de Obra procederá una vez que se acredite fehacientemente la cancelación total del monto liquidado. Artículo 5°.- Los montos liquidados en concepto de compensación de regularización serán depositados en la cuenta N° 3167/9 del Banco del Tucumán SA correspondiente al “Fondo de Mantenimiento de la Dirección de Catastro y Edificación”. Artículo 6°.- PROTOCOLICESE, ante el Registro Municipal de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones, comuníquese, publíquese en el Boletín Municipal y archívese. ANEXO I FORMULARIO DCyE 39 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMÁN DIRECCIÓN DE CATASTRO Y EDIFICACIÓN SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL PLAN DE REGULARIZACIÓN DE OBRAS CONSTRUIDAS ORDENANZA N° 4.656 San Miguel de Tucumán, .......................................................... de ....................... AL SEÑOR DIRECTOR DE CATASTRO Y EDIFICACIÓN MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMÁN SU DESPACHO Tengo el agrado de dirigirme a Ud a fin de solicitar se otorgue final de obra en los términos de la Ord N° 4656 al edificio construido ………………………………………………… en calle PADRÓN MUNICIPAL SECCIÓN N°………… .. MANZANA PARCELA De propiedad de: APELLIDO Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL CUIT / CUIL APELLIDO Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL CUIT / CUIL APELLIDO Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL CUIT / CUIL APELLIDO Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL CUIT / CUIL APELLIDO Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL CUIT / CUIL A esos efectos renuncio en forma expresa a iniciar en contra de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán cualquier acción legal directa o indirectamente surgida con motivo de la obra y desisto de las que hubieren sido iniciadas. En Formulario DCyE 40 manifiesto, con carácter de declaración jurada, los incumplimientos incurridos. . . . FIRMA ACLARACIÓN: ………………………………….. . . FIRMA . FIRMA ACLARACIÓN: ………………………………….. ACLARACIÓN: ………………………..……. . . FIRMA ACLARACIÓN: ………………………..……. ANEXO II FORMULARIO DCyE 40 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMÁN DIRECCIÓN DE CATASTRO Y EDIFICACIÓN FORMULARIO DE CONTROL NORMATIVO - ORDENANZA N° 4656 PROPIETARIO: RESERVADO DCyE DOMICILIO DE LA OBRA: NOMENCLATURA: S: M: USO DEL SUELO TEMA P: PADRÓN: ITEM FECHA: CUMPLE NO CUMPLE CONTROL 1. USO CONFORME / PERMITIDO 2. LÍNEA MUNICIPAL - DONACIÓN DE RETRANQUEO 3. PREVISION SUFICIENTE DE ESPACIOS PARA ESTACIONAMIENTO 4. PREVISON SUFICIENTE PARA ESPACIOS DE CARGA Y DESCARGA 5. FOS / FOT MORFOLOGIA 6. CENTRO DE MANZANA 7. ALTURA MAXIMA 8. ALTURA DE BASAMENTO 9. RETIRO OBLIGATORIO DE LÍNEA DE EDIFICACIÓN 10. RETIRO OBLIGATORIO A FONDO DE PARCELA 11. SEPARACION MÍNIMA A LINDEROS 12. VENTILACIÓN SUFICIENTE DE LOCALES HABITABLES A Y/O B 13. SALIENTES DE FACHADAS (BALCONES/CUERPOS SALIENTES) 14. RAMPA DE ACCESO PARA DISCAPACITADOS / ELEVADORES SEGURIDAD 15. CAJA DE ESCALERA 16. ANTECÁMARA DE ESCALERA 17. PROVISION DE ASCENSORES / LLEGA A SS / ANTECÁMARA EN SS 18. RELLANO Y PENDIENTE DE RAMPA DE ACCESO A SUBSUELO 19. REGLAMENTACIÓN SOBRE INSTALACIONES ELECTRICAS 20. APROBACIÓN FINAL DE DEFENSA CIVIL 21. JUSTIFICACIÓN DE SEGURIDAD DE LA ESTRUCTURA SOPORTE 22. REGLAMENTACIÓN SOBRE INSTALACIONES SANITARIAS OTRAS EXIGENCIAS 23. INSTALACIONES PARA CONEXIÓN DE GAS NATURAL 24. RESPETA ESPACIOS DE USO EN LA VÍA PÚBLICA (ORD 2114/94) 25. RESPETA DISPOSICIONES SOBRE EL PATRIMONIO (ORD 1773/91) 26. RESPETA DISPOSICIONES SOBRE ARBOLADO URBANO 27. RESPETA DISPOSICIONES SOBRE OBRA DE ARTE EN EDIFICIOS 28. PRESENTA LIBRES DEUDA DIM: CISI Y CARGO POR CERCA DE OBRA 29. PRESENTA CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL 30. PRESENTA LIBRE DEUDA DEL TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS 31. VEREDA REGLAMENTARIA 32. ESTADO DE TERMINACIÓN SE FIRMA LA PRESENTE CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL RESPONSABLE Habiéndose controlado la documentación técnica presentada y practicado una inspección integral de la obra, el Sub Director de Edificación (*) dictamina que la misma CUMPLE / NO CUMPLE con los requisitos reglamentarios para el otorgamiento del FINAL DE OBRA encuadrando el mismo en las prescripciones de la ORDENANZA DE REGULARIZACIÖN N° 4656/14 (*) Tachar lo que no corresponda FIRMA Y SELLO DEL SUB DIRECTOR DE EDIFICACIÓN ANEXO III FORMULARIO DCyE 41 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMÁN DIRECCIÓN DE CATASTRO Y EDIFICACIÓN LIQUIDACIÓN DE COMPENSACIÓN POR REGULARIZACIÓN - ORDENANZA N° 4656 PROPIETARIO: DOMICILIO DE LA OBRA: NOMENCLATURA: S: M: P: PADRÓN: FECHA: SUPERFICIES: SUPERFICIE TOTAL DE LA OBRA CONSTRUIDA m2 SUPERFICIE CON FINAL DE OBRA m2 SUPERFICIE A REGULARIZAR m2 USO EN SUPERFICIES A REGULARIZAR HASTA 200 m2 RESIDENCIAL EXCLUSIVO DIFERENTE A RESIDENCIAL EXCLUSIVO TIPIFICACIÓN S/ ORD 4656/2014: a) Obra construida con superficie hasta 200 m² destinada exclusivamente a uso residencial b) Obra construida con superficie hasta 200 m² destinada a otro uso diferente que el exclusivamente residencial y obra construida con superficie mayores a 200 m² y hasta 350 m² c) Obra construidas con superficie mayor a 350 m² hasta 2.000 m² d) Obra construida mayor a 2.000 m² EXENTO LIQUIDACIÓN DE COMPENSACIÓN POR REGULARIZACIÓN: SUPERFICIE A REGULARIZAR [SUPERFICIE / 1000 m2] TIPO 2 [m ] x 100.000 [SUPERFICIE / 1000 m2] x 200.000 A PAGAR [$] a 2.500 b 10.000 c d SON: …………………………………………………………………………………………………………………………………..……………….PESOS A DEPOSITAR EN LA CUENTA N° 3167/9 DEL BANCO DEL TUCUMÁN SA CORRESPONDIENTE AL “FONDO DE MANTENIMIENTO DE LA DIRECCIÓN DE CATASTRO Y EDIFICACIÓN”. …………………………………………………………………… FIRMA Y SELLO DEL DIRECTOR DE CATASTRO Y EDIFICACIÓN