reglamento de la promoción

Transcripción

reglamento de la promoción
REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN:
“Actualice el monto asegurado de su vehículo y/o casa y gane con el INS”
El presente Reglamento regula la promoción denominada “Actualice el monto asegurado de su vehículo y/o
casa y gane con el INS”.
1. DESCRIPCION DE LA PROMOCION
Esta promoción está dirigida a clientes del INS que actualicen el monto asegurado de su póliza de automóviles
y/o casa de habitación, en cualquiera de sus modalidades.
2. ORGANIZADOR
La organización, mecánica, patrocinio, publicidad y derechos de autor de la campaña promocional
“Actualice el monto asegurado de su vehículo y/o casa y gane con el INS”, son propiedad exclusiva del
Instituto Nacional de Seguros, en adelante denominado INS.
3. PUBLICACION DEL REGLAMENTO
El reglamento de esta promoción, estará disponible y podrá ser consultado en la página web del INS
(www.ins-cr.com) y en las Sedes del Instituto, mientras la promoción esté vigente.
4. VIGENCIA DE LA PROMOCION
La promoción estará vigente desde el once de julio del dos mil doce y hasta el once de octubre del dos mil
doce, ambos días inclusive.
5. PERSONAS PARTICIPANTES EN LA PROMOCION
Podrán participar todas aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad y personas jurídicas
formalmente constituidas, ya sean nacionales o extranjeras, que realicen la actualización del monto
asegurado de su póliza de automóviles y/o casa de habitación, en cualquiera de sus modalidades.
No participarán en esta promoción los seguros que actualicen los entes públicos, tanto de la Administración
Central como de la descentralizada; ni los seguros que a título personal, actualicen los funcionarios de la
Dirección de Mercadeo del INS, así como los familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad de
los funcionarios anteriormente citados.
6. FAVORECIDOS
Seis (6) participantes serán escogidos al azar como posibles ganadores de uno de los premios indicados en el
Punto 8 ( Premios)
7. GANADORES (AS)
Serán aquellos favorecidos que cumplan con los requisitos de participación indicados en el Punto 11 de este
Reglamento.
El Instituto tendrá como ganadores del sorteo, a quienes resulten ser el tomador al momento de la
actualización del contrato de seguro, por lo que entregará el premio a quien demuestre esa condición, sin
intervenir ni responsabilizarse en ninguna disputa que se presente entre un presunto ganador y cualquier otra
persona relacionada con la titularidad del contrato de seguro y que haya resultado ganadora.
8. PREMIO
Se establece un premio por mes durante la vigencia de la promoción.
Cada ganador deberá seleccionar el premio entre 2 diferentes paquetes, a saber:
Paquete para Casa, que incluye:
a.
Una pantalla plana de 32” y un Home Theatre.
Paquete para el Vehículo, que incluye:
a.
Un juego de llantas con su respectiva instalación y un GPS para el vehículo asegurado.
El paquete seleccionado será entregado al ganador, siempre y cuando cumpla con los requisitos de
participación que se citan en el Punto 11 y con los requisitos para el retiro del premio indicados en el Punto
15 de este Reglamento.
9. CARACTERÍSTICAS DEL PREMIO
Los ganadores seleccionados deberán escoger uno de los dos paquetes de premios detallados en el Punto 8 de
este Reglamento.
10. GASTOS NO INCLUIDOS EN EL PREMIO
El Instituto no pagará los gastos incurridos por el ganador con el fin de retirar o hacer efectivo el premio.
11. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN
Las personas físicas y/o jurídicas, que deseen participar en esta promoción deberán:
1.
Actualizar el monto asegurado de su Seguro de Automóviles, en cualquiera de sus modalidades.
2.
Actualizar el monto asegurado de su Seguro de Incendio Hogar, en cualquiera de sus modalidades.
3.
Estar al día en los pagos por concepto de primas del seguro de Automóviles y/o Incendio Hogar del
INS, adquirido previamente.
12. SORTEO
Se realizará un (1) sorteo al finalizar la promoción, en forma aleatoria mediante el sistema de “Tómbola
Electrónica” y en presencia de dos funcionarios del Instituto que actuarán como testigos y de un Notario
Público que levantará un acta con los nombres de los favorecidos y los suplentes.
El orden en que se elegirán los favorecidos será el siguiente:
Primer favorecido: Dos (2) personas que actualizaron el monto asegurado de su Seguro de Automóviles y/o
Incendio Hogar del 11 de julio al 11 de agosto del 2012 inclusive.
Segundo favorecido: Dos (2) personas que actualizaron el monto asegurado de su Seguro de Automóviles y/o
Incendio Hogar del 12 de agosto al 11 de setiembre del 2012 inclusive.
Tercer favorecido: Dos (2) personas que actualizaron el monto asegurado de su Seguro de Automóviles y/o
Incendio Hogar del 12 de setiembre al 11 de octubre del 2012 inclusive.
Una vez elegidos los seis (6) favorecidos, se procederá a elegir a tres (3) suplentes por sorteo.
Los datos de las participaciones suplentes no serán dados a conocer al público y serán utilizados en el mismo
orden de escogencia, única y exclusivamente en el supuesto que el primer ganador o los subsiguientes no
cumplan con los requisitos de participación, no pudiesen ser corroborados, no aceptaren el premio, no
llegaren a hacer el retiro específico del premio, no pudieren ser contactados por el INS o no cumplieren con
alguno de los requisitos para retirar el premio.
Para que un favorecido resulte ganador, es indispensable que al momento de verificar sus datos en los
sistemas del INS, se cumpla con los requisitos indicados en el Punto 11 de este Reglamento.
Si ninguno de los participantes elegidos pudiera hacer efectivo el premio, el Instituto declarará desierta la
promoción.
13. NOTIFICACIÓN AL GANADOR
El Instituto se limitará únicamente a notificar al ganador mediante llamada telefónica, según los números de
teléfono reportados en los sistemas del INS.
Si el ganador titular no pudiese ser localizado en el plazo de cuarenta y ocho horas hábiles posteriores al
sorteo, se le sustituirá por el primer suplente y así sucesivamente.
El Instituto no utilizará, ni está obligado a utilizar, ninguna otra información reportada por el ganador para
localizarlo.
14. DECLARATORIA DE PROMOCION DESIERTA
Si ninguno de los ganadores (titular y suplentes) pudieren ser localizados, el Instituto declarará desierta la
promoción y dispondrá del premio como considere conveniente.
La declaratoria de promoción desierta no implica responsabilidad del Instituto para con los participantes en la
promoción, por lo que en este supuesto no procederá el otorgamiento de ninguna indemnización por los gastos
incurridos por el participante, ni producirá ningún otro tipo de responsabilidad del INS para con éstos.
15. REQUISITOS PARA EL RETIRO DEL PREMIO
De previo al retiro del premio, las personas ganadoras del sorteo, deberán atender lo siguiente:
a. La entrega del premio es personal, por lo que los ganadores deberán presentarse con su cédula a las
oficinas del Instituto, en la fecha y hora que se le indicará. La ausencia del ganador a la cita que se le
otorgará, lo descalificará automáticamente de la promoción, por lo que no podrá recibir el premio, decisión
que no podrá ser impugnada.
b. En el caso de personas físicas, deberán mostrar su documento de identidad y en el caso de personas
jurídicas deberán presentar fotocopia de la certificación de personería jurídica con no más de un mes de
haber sido emitida, así como la certificación original para corroborar la fidelidad de la copia. También
deberá presentar fotocopia del documento de identidad de la persona física que se registra como apoderado
del asegurado, según la certificación de personería jurídica.
Dichos documentos deben coincidir con el documento registrado en los sistemas del INS, y debe encontrarse
en buen estado de manera que permita la verificación de la información ahí consignada. Si el documento de
identidad no coincide con el registrado, la persona no podrá recibir el premio, si se encuentra en mal estado,
el Instituto podrá suspender la entrega del premio hasta que la persona presente (en un plazo no mayor a 10
días hábiles) un documento de identificación que reúna todas las condiciones requeridas. Será descalificado
quien presente un documento de identidad alterado o falsificado.
c. A los ganadores se les tomará una fotografía para efectos publicitarios, y deberá suscribir una autorización
al Instituto para que directamente o a través de otra persona física o jurídica, utilice su nombre, voz y/o
imagen,
en material publicitario o informativo. Dicha autorización no implica el otorgamiento de
remuneración o compensación, por lo que contendrá una manifestación expresa del ganador sobre la
naturaleza de la misma y su renuncia al cobro por derechos de imagen.
La negativa del ganador a tomarse la fotografía y a suscribir la autorización antes citada, acarreará la pérdida
del derecho a recibir el premio, sin responsabilidad para el Instituto. En caso de negativa deberá suscribirse
una declaración jurada en presencia de dos testigos, que den fe de tal circunstancia.
d. Suscribir el documento de recepción del premio, en el que manifestará conocer todas las condiciones,
características y exclusiones del premio, que le serán previamente explicadas por los funcionarios del
Instituto. El ganador deberá aceptar el premio sin reservas de ningún tipo, ya que el mismo no es sustituible,
transferible, negociable o canjeable de ninguna forma.
e. Asimismo, el INS deberá verificar que la(s) póliza(s) de Automóviles y/o Incendio Hogar que tenga el
ganador, se encuentre(n) vigente(s) y al día en el pago de primas al momento del sorteo, el incumplimiento
de este requisito acarreará la pérdida del derecho a recibir el premio.
16. EXCLUSION DE RESPONSABILIDAD
El Instituto no asume ninguna responsabilidad por los gastos o responsabilidad civil en que incurra el ganador
con el fin de retirar el premio o mientras disfruta del mismo, derivados de cualquier motivo, entre los que
están la muerte, enfermedades, accidentes, retrasos, etcétera.
17. VARIACIÓN DE LA MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN Y REPROGRAMACION DEL SORTEO
El Instituto podrá reprogramar el sorteo así como adicionar, modificar y mejorar tanto la mecánica como las
demás condiciones y restricciones establecidas en el presente Reglamento, con el fin de mejorar la
participación de los clientes de acuerdo con la evolución y resultado de la promoción. De ser necesario se
publicará en el sitio web www.ins-cr.com una versión actualizada del reglamento que contenga dichas
modificaciones, aclaraciones, adiciones, etcétera.
18. PARTICIPACIÓN FRAUDULENTA
El Instituto descalificará las participaciones obtenidas mediante fraude, engaño o cualquier otro tipo delictivo
detectadas tanto de previo como con posterioridad a la realización del sorteo. Asimismo, podrá exigir en
cualquier momento a quien haya obtenido premios o beneficios en las condiciones dichas, la devolución de lo
recibido, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales correspondientes.
El Instituto suspenderá en forma inmediata e indefinida la presente promoción, sin asumir responsabilidad
alguna, si se llegaren a detectar fraudes, irregularidades o cualquier otro tipo de circunstancia de fuerza
mayor que afecte gravemente la transparencia del concurso, los intereses del Instituto o la organizadora de la
promoción. Esta circunstancia se comunicará públicamente.
19. DISPOSICIONES FINALES
Cualquier circunstancia no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el organizador en estricto
apego a la legislación costarricense.

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