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Preguntas Frecuentes P: ¿Qué es la ULP? Respuesta: Una Práctica Laboral Injusta (ULP por sus siglas en inglés) es un cargo que presentamos ante la Junta de Relaciones de Empleo Público de California (PERB por sus siglas en inglés) acusando a la UC de infraccionar la ley del trabajo que le prohíbe amenazar e intimidar a los trabajadores por sus actividades con la Unión. P: ¿Qué es una Huelga ULP? Respuesta: Una Huelga ULP es cuando los trabajadores declaran huelga para protestar contra las infracciones cometidas por su patrón. P: ¿Qué derecho legal tengo de declarar huelga como trabajador per-diem, de tiempo parcial, o de asignación limitada en la UC? Respuesta: Todos los trabajadores abarcados por el acuerdo de AFSCME tienen el mismo derecho de hacer huelga, aunque sean per diem, de tiempo parcial, limitados o en periodo de prueba. Tienen el derecho protegido por la ley y la UC no puede tomar represalias en su contra por hacer huelga por medio de recortar sus horas, sanciones o despido. Participaron muchos trabajadores de esas clases en la huelga de mayo. P: En otras uniones se habla de hacer huelga de solidaridad. ¿Qué significa? Respuesta: Los miembros de otras uniones como la CNA o la UPTE tienen el derecho de respetar nuestros piquetes, igual que lo hacemos nosotros cuando tenemos el contrato abierto. Otras uniones están votando o preparándose para hacer huelga de solidaridad con nosotros y con otros, y eso demuestra más fortaleza y solidaridad en nuestra lucha contra la UC. Las acciones ilegales de la UC y sus prioridades equivocadas nos lastiman a todos, y luchar juntos contra la UC nos da más fuerza. P: ¿Qué tengo que hacer el día de la huelga? ¿Debo llamar a avisarle a mi supervisor? ¿Debo avisar que estoy enfermo? ¿Tengo que usar mis días de vacaciones? Respuesta: En caso de que sea necesaria la huelga, le avisaremos a la UC con 10 días de anticipación. Los administradores de la UC están informados acerca de la huelga de los miembros de AFSCME, y usted no tiene que dar ninguna notificación adicional. (Además, recuerde que las horas de licencia por enfermedad son solamente para uso legítimamente médico, lo cual no tiene nada que ver con una huelga, y en todo caso la UC típicamente rechaza el uso de vacaciones en los días de huelga). P: ¿Cómo debo responder en caso de que mi supervisor me pregunta que si voy a participar en la huelga? Respuesta: No tiene que contestar si es que no quiere. En mayo, los supervisores de la UC infraccionaron la ley repetidamente al preguntarles a los empleados acerca de su participación en la huelga. Usted no debe firmar ningún papel de la administración acerca de su participación en la huelga y debe comunicarse de inmediato con su líder de MAT. P: ¿Qué hago si mi supervisor me dice que tengo que trabajar durante la huelga o me enseña un documento que diga lo mismo? Respuesta: Esa es una de las tácticas de miedo que usa normalmente la UC para prevenir que los empleados hagan huelga. Pero la Unión va a tener una lista de las personas que hayamos acordado deben trabajar, así que debe preguntarle a su líder de MAT u Organizador. P: Si no trabajo normalmente el día de la huelga, ¿tengo que participar en el piquete? Respuesta: Les pedimos a TODOS los miembros de AFSCME que vengan a los piquetes aunque sea o no sea su día de trabajo. En caso de que su supervisor le llame ese día a trabajar, debe contestar que, “no estoy disponible. Voy a participar en la huelga de la Unión.” P: Soy Empleado Per Diem, De Prueba o Limitado. ¿Aún así puedo participar en la huelga? Respuesta: Sí, toda represalia contra cualquier persona por haber participado en la huelga, incluyendo los trabajadores per diem, los trabajadores de prueba o los empleados limitados, es estrictamente ilegal. Las represalias prohibidas explícitamente incluyen: reducción de la asignación o las horas regulares, cambio de horario y cualquier forma de sanción. P: ¿Pueden participar en la huelga los trabajadores estudiantiles? Respuesta: SÍ. La ley protege el derecho de los empleados estudiantiles de organizarse, negociar Y hacer huelga junto con otros trabajadores huelguistas (refiérase a la Sección 3562(e) del Código del Gobierno de California). Los empleados estudiantiles comparten las mismas protecciones legales que otros empleados conforme a las leyes del trabajo. La junta laboral ha dictaminado además que es ilegal que un patrón tome represalias en contra de los empleados sin representación quienes apoyen a los empleados representados por una unión (Delano Union Elementary School District (1982) PERB Decision No. 213). Síganos en Facebook: facebook.com/afscme3299 K Registrase para Recibir Alertas de Texto: Envíe el Texto “UC” al 237263