REGLAMENTO DEL JUEGO DE ENTRETENIMIENTO TRIVIA

Transcripción

REGLAMENTO DEL JUEGO DE ENTRETENIMIENTO TRIVIA
REGLAMENTO DEL JUEGO DE ENTRETENIMIENTO
TRIVIA SMS - “CASA BLUE PIRE-HUE LODGE”
El entretenimiento que se describe en este documento (en adelante el “Entretenimiento”) será
organizado por Radio Libertad S.A. (en adelante el “Organizador”) con la finalidad de entretener y
premiar la destreza, habilidad y conocimiento de aquellos clientes de las Operadoras de telefonía
celular que así se lo permitan a sus clientes (en adelante, las “Operadoras”). A tal efecto, se ha
creado este Entretenimiento, cuyas condiciones y reglas de juego se regirán por el presente
reglamento (en adelante el “Reglamento”).
1.
El Entretenimiento
1.1.
El Entretenimiento consiste en un juego (en adelante el “Juego”) en el cual los usuarios y
clientes de las Operadoras (en adelante los “Participantes”) suman puntos contestando
acertadamente preguntas relacionadas con FM Blue 100.7, sus programas y artistas, como
así también temas variados (en adelante las “Preguntas”) mediante el envío de mensajes
cortos de texto (“SMS”).
1.2.
El Entretenimiento podrá ser accedido mediante el envío de un SMS con la palabra
CASABLUE (en adelante referida como la “Palabra Clave”) al número 4477 (en adelante
“Número Corto”).
2.
Precio, Vigencia y Alcance Geográfico.
2.1.
El Entretenimiento se promocionará en FM Blue 100.7, en su página web y en diversos
medios (en adelante denominados indistintamente como el “Medio”).
2.2.
El costo de referencia del envío de cada uno de los SMS enviados por cada Participante al
Número Corto es de $0,63, IVA a consumidor final e impuestos incluidos. Estos últimos
pueden sin embargo sufrir ligeras variaciones ya que están determinados por la ubicación
geográfica, la condición fiscal y el plan contratado, por lo que se recomienda a los
Participantes que los consulten directamente con su Operadora correspondiente.
2.3.
La “Vigencia” del Juego de Entretenimiento será desde el 29 de julio de 2009 a las 0.00
horas hasta el 31 de agosto de 2009 a las 23.59 horas.
2.4.
El alcance geográfico del Entretenimiento será todo el territorio de la República Argentina en
donde las Operadoras cuenten con cobertura del servicio GSM a excepción de las Provincias
de Mendoza y Córdoba, y la ciudad de Neuquén.
3.
Participantes.
3.1.
El Entretenimiento está dirigido a toda persona física capaz, mayor de 18 años de edad,
cliente de una Operadora y cuya línea telefónica móvil se encuentre activa al momento de
comunicación del Ganador y entrega del Premio. En caso que la línea telefónica sea de
titularidad de una persona jurídica, se entenderá que a todos los efectos legales ésta es
quien ha participado. En caso de controversia sobre quién ha participado será el Organizador
quien lo determine a su exclusivo criterio. Toda persona jurídica que intervenga y obtenga
algún Premio podrá retirarlo a través de sus autoridades o persona debidamente autorizada.
3.2.
A los efectos del Entretenimiento, se tomarán los datos (nombre, apellido, tipo y número de
documento, domicilio y teléfono) denunciados oportunamente por los Participantes a las
Operadoras para la activación del servicio de telefonía móvil o su actualización de tiempo en
tiempo.
3.3.
En caso que el Participante o las Operadoras no posean esta información o no se encuentre
actualizada, el Participante deberá presentar una declaración jurada donde conste que es el
titular de la línea y donde asuma el compromiso de hacerse responsable ante cualquier
reclamo que el Organizador y/o las Operadoras pudieran llegar a recibir con motivo de una
falsedad en la declaración jurada mencionada precedentemente.
4.
Aceptación del Reglamento
4.1.
El envío de un SMS con la Palabra Clave al Número Corto supondrá por parte de los
Participantes la aceptación de pleno derecho de todas y cada una de las disposiciones
descriptas en este Reglamento, así como las decisiones que adopte el Organizador sobre
cuestiones previstas o no en el mismo, como condición de su participación en el
Entretenimiento.
4.2.
El Organizador se reserva el derecho de cancelar, ampliar o modificar el Entretenimiento total
o parcialmente, o extenderlo en el tiempo y en el territorio, modificar el Reglamento,
incrementando o disminuyendo la cantidad de Premios, etc. Todas las modificaciones,
ampliaciones, disminuciones o cancelaciones serán difundidas utilizando el mismo mecanismo
utilizado para difundir el Reglamento originario, y no generarán responsabilidad alguna por
parte del Organizador. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse
a la legislación vigente, y no afectarán derechos ya adquiridos por los Participantes.
5.
Operatoria
5.1.
Los Participantes participarán del Entretenimiento de acuerdo con las instrucciones
mencionadas en este Reglamento y aquellas que de tiempo en tiempo se indiquen en el
Medio o que reciban por SMS.
5.2.
La mecánica del Entretenimiento será la siguiente:
5.2.1.
El Participante envía un SMS con la Palabra Clave al Número Corto.
5.2.2.
El Participante recibe un SMS con una Pregunta del tipo “multiple choice”. Cada
Pregunta tendrá tres (3) opciones de respuesta (“A”, “B”, o “C”), de las cuales
solamente una (1) es la correcta.
5.2.3.
El Participante envía un nuevo SMS con la letra que corresponde a la respuesta a la
Pregunta mencionada precedentemente, ya sea “A”, “B”, o “C”.
5.2.4.
El Participante recibe otro SMS con el resultado de su anterior respuesta (si fue
correcta o incorrecta) y una nueva Pregunta.
5.2.5.
El Participante envía por SMS la respuesta a la nueva Pregunta y se repite el
procedimiento indicado en el punto anterior.
5.2.6.
Una vez agotadas todas las Preguntas, el Participante recibirá Preguntas que se le han
formulado con anterioridad.
5.3.
El Participante acumula puntos solamente cuando responde correctamente las Preguntas, a
razón de 1 (un) punto por respuesta correcta.
5.4.
Las Preguntas estarán disponibles durante toda la Vigencia del Entretenimiento y serán
renovadas y/o ampliadas, a exclusivo criterio del Organizador, en función del tráfico de
Participantes. Las Preguntas y sus correspondientes respuestas fueron realizadas según
fuentes fidedignas. El Participante podrá responder correctamente cada Pregunta la cantidad
de veces que lo solicite mediante el procedimiento aquí descripto.
6.
6.1.
Premios del Entretenimiento (el “Premio”)
El Juego del Entretenimiento contará con un (1) Participante Ganador. Aquel Participante que
obtenga la mayor puntuación y eficiencia acumuladas durante toda la Vigencia del
Entretenimiento, será el Participante Ganador del Juego del Entretenimiento, y obtendrá
como Premio una (1) estadía para dos (2) personas por cuatro (4) noches con desayuno
incluido en Casa Blue - Piré Hue Lodge, ubicada en Bariloche, Provincia de Río Negro, válido
para ser utilizado en la fecha a designar en temporada baja, sujeto a disponibilidad.
6.2.
El Premio incluye: alojamiento para dos (2) personas en Casa Blue Piré-Hue Lodge por cuatro
(4) noches, válida en fecha a designar en temporada baja sujeto a disponibilidad. El Premio
no incluye traslados desde el lugar de residencia del Ganador y su acompañante a Casa Blue
Piré-Hue Lodge, ni viceversa; tasas de embarque; traslados terrestres ni aéreos; comidas que
no sean las expresamente incluidas; extras; excursiones; tasas de aeropuertos o de cualquier
otro tipo; gastos de índole personal, incluyendo pero no limitándose a propinas, llamadas
telefónicas, consumos extras en el hotel y ningún otro servicio o bien distinto del
expresamente mencionado en el presente Reglamento, los que serán a cargo exclusivo del
Ganador y su acompañante.
6.3.
El potencial Ganador para ser acreedor del Premio, deberá presentarse en la fecha, horario y
lugar que el Organizador determine como lugar de entrega, con su teléfono celular con el
cuál participó del Entretenimiento, original y copia de su Documento Nacional de Identidad, y
original y copia de la factura de su línea telefónica o bien suscribir la declaración jurada
mencionada en el apartado 3.3. en caso de que no posea esta última documentación.
6.4.
En el supuesto de ocurrencia de un caso fortuito, el Organizador se reserva el derecho de
ampliar, reducir o modificar la cantidad de Ganadores y/o Premios, previo aviso de tal
circunstancia.
7.
Determinación del Participante Ganador
7.1.
La determinación del Participante Ganador del Juego del Entretenimiento será realizada el día
1º de septiembre de 2009 a las 10.00 horas en las oficinas del Organizador. Previa
comunicación por los mismos medios que se utilizan para difundir este Reglamento, el
Organizador se reserva el derecho de modificar a su exclusivo criterio las fechas de
determinación de Premios, aún sin haber modificado el presente Reglamento, sin que ello le
genere responsabilidad alguna.
7.2.
El Organizador, a través del análisis de los registros informáticos, determinará aquellos
Participantes que hayan acumulado la mayor cantidad de puntos, resultando de dicho
examen la selección de un potencial Ganador y una cantidad equivalente de potenciales
Ganadores suplentes para el supuesto que resulte imposible establecer comunicación con el
potencial Ganador.
7.3.
En caso de haber empate en cantidad de puntos entre dos o más Participantes, ganará aquel
Participante que haya alcanzado los puntos contestando la menor cantidad de Preguntas, y
de persistir el empate, el que haya logrado los puntos en el menor tiempo posible, contando
desde la fecha y hora en que empezó a participar del Entretenimiento hasta que respondió
correctamente la última Pregunta (premiando así la efectividad y velocidad respectivamente).
8.
Notificación al Ganador y entrega de Premio.
8.1.
El Participante Ganador será notificado por el Organizador de tal circunstancia mediante el
envío de un SMS y/o en forma telefónica al número correspondiente al teléfono celular desde
el que se enviaron los mensajes de texto que originaran la participación en el
Entretenimiento.
8.2.
La notificación mencionada precedentemente contendrá la dirección y fecha a la cual deberá
concurrir el potencial Ganador a fin de retirar el Premio obtenido, dentro del radio de la
Ciudad de Buenos Aires. El potencial Ganador deberá presentarse junto con el teléfono
celular que utilizó para participar, su DNI y, en caso de corresponder, la declaración jurada
mencionada en el punto 3.3 del presente Reglamento, así como copia de toda la
documentación exigida por las autoridades aeroportuarias de la Argentina necesarias para
poder realizar el viaje obtenido como Premio.
8.3.
En caso que la comunicación no pueda ser establecida, por cualquier razón que ello fuera
incluyendo, sin limitación, que no reciba el SMS por no tener saldo, estar apagado, fuera de
cobertura o tener la casilla de mensajes llena o cualquier otro motivo, que la línea se
encuentre ocupada o que no responda al llamado, el Organizador procederá a realizar dos
(2) nuevos intentos de comunicación. Si al tercer intento la comunicación no pudiera ser
establecida, el Participante será descalificado y se procederá a notificar, de acuerdo con el
procedimiento descripto en este capítulo, al primer Participante escogido como Ganador
suplente hasta tanto se obtenga el Ganador del Entretenimiento.
8.4.
El potencial Ganador deberá concurrir puntualmente al lugar indicado con la documentación
mencionada en este capítulo, caso contrario caducará su derecho al reclamo del Premio y
tampoco tendrá derecho a reclamar compensación o indemnización alguna.
8.5.
Una vez cumplimentados los requisitos indicados arriba, los favorecidos en el Entretenimiento
se consolidará como Ganador del Premio ofrecido, el cual se entregará en el lugar y horario
que determine el Organizador.
9.
Premios no asignados. Premios no canjeables.
9.1.
Dada la modalidad del Entretenimiento, no existe posibilidad de que queden a la fecha de su
finalización Premios no adjudicados, siempre que al menos un Participante haya contestado
correctamente una Pregunta. Si, por cualquier causa, el Premio no resultara asignado a la
finalización del Entretenimiento, el mismo quedará en propiedad del Organizador.
9.2.
Asimismo, el Premio no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, ni transferido y/o cedido a
otra persona. El Premio no incluye extras, seguros, tasas, impuestos ni ningún otro servicio o
bien distinto de los expresamente detallados en este Reglamento.
10. Prohibición.
10.1. No podrán participar de este Entretenimiento personal y empleados del Organizador o del
Medio o de las Operadoras, o de cualquiera de sus subsidiarias y empresas vinculadas, ni de
sus proveedores o sus agencias de publicidad afectadas al mismo, ni sus parientes ya sea por
consanguinidad o afinidad en línea recta o colateral hasta el segundo grado inclusive.
11. Autorización.
11.1. Los Participantes, el Ganador y su acompañante autorizan al Organizador, a las Operadoras y
a quienes éstos expresamente autoricen, a difundir sus datos personales, domicilios,
imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que el Organizador y/o las
Operadoras dispongan, sin derecho a compensación alguna durante la vigencia del
Entretenimiento y hasta los 365 días de su finalización.
11.2. La participación en el Entretenimiento importará la expresa autorización para la difusión
pública, transmisión, retransmisión, reproducción, o publicación de las filmaciones,
fotografías, imágenes y/o voz y/o datos personales de los Participantes en general y del
Ganador y su acompañante en particular, en todos y cualquier medio de comunicación
(visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite,
radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad durante el plazo de vigencia del Entretenimiento
y hasta tres (3) años después de su finalización, sin que el Participante tenga derecho al
reclamo de indemnización o compensación alguna.
11.3. Los Participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad
sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su
imagen, voz y datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al
Organizador y a las Operadoras respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran
formular terceras personas.
11.4. Los Participantes reconocen que la participación en el Entretenimiento no les causa ningún
perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la
disminución de sus ingresos (ya sea por la participación en el Entretenimiento o por la cesión
de derechos referida).
12. Gastos.
12.1. Ni el Medio, ni las Operadoras ni el Organizador se harán cargo de ningún gasto extra y/o
adicional, como ser gastos de transporte, en que el Ganador pueda incurrir para recibir los
Premios, ni serán responsables en caso de insatisfacción por el Premio recibido. Cualquier
impuesto, gravamen, tasa, contribución o retención, actual y/o futuro, que deba tributarse o
se origine sobre la relación con el Premio, será a cargo del Ganador.
13. Validez de la participación en el Entretenimiento.
13.1. El envío del mensaje de texto al Número Corto correspondiente al teléfono celular de las
Operadoras desde el que se hubiera realizado el envío del mensaje de texto que diera lugar a
la participación en el Entretenimiento resultará plenamente válido, sin que pueda ser opuesta
al Organizador ni a las Operadoras la pérdida, hurto, robo, extravío o avería de los
correspondientes equipos telefónicos.
14. Interpretación.
14.1. El Organizador determinará el criterio a aplicar en cualquier situación prevista o no en el
presente Reglamento, siendo la única autoridad interpretativa de las mismas, reservándose
el derecho a efectuar cualquier tipo de modificación respecto de aquellas situaciones siempre
y cuando no se altere la esencia del Entretenimiento y comunicándolo previamente. Sus
decisiones al respecto serán irrecurribles.
15. Responsabilidad.
15.1. El Organizador, el Medio y las Operadoras no podrán ser considerados responsables por
ningún daño o perjuicio ocasionado o que pudiera ocasionarse a los Participantes y/o al
Ganador, su acompañante y/o terceros en este Entretenimiento, en sus personas y/o bienes,
debido o en ocasión de la utilización del Premio que en este Entretenimiento se ofrece. El
Organizador será el único responsable de la entrega del Premio y su responsabilidad
finalizará al poner a disposición del Ganador el Premio correspondiente al que se haya hecho
acreedor, y de ninguna manera se extenderá al viaje del Ganador y su acompañante, ni al
alojamiento, traslados, seguro médico, ni a ningún otro bien o servicio que no sea
expresamente establecido en el presente.
15.2. Tampoco podrán ser considerados responsables por fallas, desperfectos, vicios o reclamos de
cualquier tipo que el Ganador del Premio ofrecido y/o su acompañante y/o terceros pudieran
efectuar en relación con éste, los que deberán ser canalizados en forma directa ante su
fabricante, importador, distribuidor, proveedor, aerolínea, hotel, transporte y/o quien
corresponda.
15.3. Ni el Organizador, ni las Operadoras, ni el Medio serán responsables si por cualquier razón el
Ganador y/o su acompañante no puedan utilizar la estadía obtenida como Premio en las
fechas establecidas, por cualquier motivo incluyendo pero no limitándose a motivos
personales del Ganador y/o de su acompañante, suspensiones, cancelaciones y/o demoras,
vuelos, traslados, o cualquier otra situación que impida la utilización de la mismas.
16. Facultades del Organizador.
16.1. El Organizador podrá suspender definitiva o transitoriamente el Entretenimiento, como así
también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y
características del mismo, en caso de configurarse el supuesto de caso fortuito o fuerza
mayor, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los Participantes.
16.2. El Organizador se reserva también el derecho de efectuar todo tipo de modificación en la
realización del Entretenimiento y extenderlo o suspenderlo, sin previo aviso, si así lo
considera necesario, dando cumplimiento a la normativa vigente.
17. Consulta de Reglamento.
17.1. El presente Reglamento podrá ser consultado en la página web de FM Blue 100.7
http://www.bluefm.com.ar
18. Jurisdicción.
18.1. Toda relación que en virtud de este Entretenimiento se genere entre el Participante y el
Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina,
renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho.
18.2. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal
que surja entre el Organizador y el Participante los Tribunales Nacionales en lo Comercial de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquier sea la causa o el reclamo, con renuncia
expresa por parte del Participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.

Documentos relacionados