REGLAMENTO DEL JUEGO DE ENTRETENIMIENTO TRIVIA
Transcripción
REGLAMENTO DEL JUEGO DE ENTRETENIMIENTO TRIVIA
REGLAMENTO DEL JUEGO DE ENTRETENIMIENTO TRIVIA SMS - “CASA BLUE PIRE-HUE LODGE” El entretenimiento que se describe en este documento (en adelante el “Entretenimiento”) será organizado por Radio Libertad S.A. (en adelante el “Organizador”) con la finalidad de entretener y premiar la destreza, habilidad y conocimiento de aquellos clientes de las Operadoras de telefonía celular que así se lo permitan a sus clientes (en adelante, las “Operadoras”). A tal efecto, se ha creado este Entretenimiento, cuyas condiciones y reglas de juego se regirán por el presente reglamento (en adelante el “Reglamento”). 1. El Entretenimiento 1.1. El Entretenimiento consiste en un juego (en adelante el “Juego”) en el cual los usuarios y clientes de las Operadoras (en adelante los “Participantes”) suman puntos contestando acertadamente preguntas relacionadas con FM Blue 100.7, sus programas y artistas, como así también temas variados (en adelante las “Preguntas”) mediante el envío de mensajes cortos de texto (“SMS”). 1.2. El Entretenimiento podrá ser accedido mediante el envío de un SMS con la palabra CASABLUE (en adelante referida como la “Palabra Clave”) al número 4477 (en adelante “Número Corto”). 2. Precio, Vigencia y Alcance Geográfico. 2.1. El Entretenimiento se promocionará en FM Blue 100.7, en su página web y en diversos medios (en adelante denominados indistintamente como el “Medio”). 2.2. El costo de referencia del envío de cada uno de los SMS enviados por cada Participante al Número Corto es de $0,63, IVA a consumidor final e impuestos incluidos. Estos últimos pueden sin embargo sufrir ligeras variaciones ya que están determinados por la ubicación geográfica, la condición fiscal y el plan contratado, por lo que se recomienda a los Participantes que los consulten directamente con su Operadora correspondiente. 2.3. La “Vigencia” del Juego de Entretenimiento será desde el 29 de julio de 2009 a las 0.00 horas hasta el 31 de agosto de 2009 a las 23.59 horas. 2.4. El alcance geográfico del Entretenimiento será todo el territorio de la República Argentina en donde las Operadoras cuenten con cobertura del servicio GSM a excepción de las Provincias de Mendoza y Córdoba, y la ciudad de Neuquén. 3. Participantes. 3.1. El Entretenimiento está dirigido a toda persona física capaz, mayor de 18 años de edad, cliente de una Operadora y cuya línea telefónica móvil se encuentre activa al momento de comunicación del Ganador y entrega del Premio. En caso que la línea telefónica sea de titularidad de una persona jurídica, se entenderá que a todos los efectos legales ésta es quien ha participado. En caso de controversia sobre quién ha participado será el Organizador quien lo determine a su exclusivo criterio. Toda persona jurídica que intervenga y obtenga algún Premio podrá retirarlo a través de sus autoridades o persona debidamente autorizada. 3.2. A los efectos del Entretenimiento, se tomarán los datos (nombre, apellido, tipo y número de documento, domicilio y teléfono) denunciados oportunamente por los Participantes a las Operadoras para la activación del servicio de telefonía móvil o su actualización de tiempo en tiempo. 3.3. En caso que el Participante o las Operadoras no posean esta información o no se encuentre actualizada, el Participante deberá presentar una declaración jurada donde conste que es el titular de la línea y donde asuma el compromiso de hacerse responsable ante cualquier reclamo que el Organizador y/o las Operadoras pudieran llegar a recibir con motivo de una falsedad en la declaración jurada mencionada precedentemente. 4. Aceptación del Reglamento 4.1. El envío de un SMS con la Palabra Clave al Número Corto supondrá por parte de los Participantes la aceptación de pleno derecho de todas y cada una de las disposiciones descriptas en este Reglamento, así como las decisiones que adopte el Organizador sobre cuestiones previstas o no en el mismo, como condición de su participación en el Entretenimiento. 4.2. El Organizador se reserva el derecho de cancelar, ampliar o modificar el Entretenimiento total o parcialmente, o extenderlo en el tiempo y en el territorio, modificar el Reglamento, incrementando o disminuyendo la cantidad de Premios, etc. Todas las modificaciones, ampliaciones, disminuciones o cancelaciones serán difundidas utilizando el mismo mecanismo utilizado para difundir el Reglamento originario, y no generarán responsabilidad alguna por parte del Organizador. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente, y no afectarán derechos ya adquiridos por los Participantes. 5. Operatoria 5.1. Los Participantes participarán del Entretenimiento de acuerdo con las instrucciones mencionadas en este Reglamento y aquellas que de tiempo en tiempo se indiquen en el Medio o que reciban por SMS. 5.2. La mecánica del Entretenimiento será la siguiente: 5.2.1. El Participante envía un SMS con la Palabra Clave al Número Corto. 5.2.2. El Participante recibe un SMS con una Pregunta del tipo “multiple choice”. Cada Pregunta tendrá tres (3) opciones de respuesta (“A”, “B”, o “C”), de las cuales solamente una (1) es la correcta. 5.2.3. El Participante envía un nuevo SMS con la letra que corresponde a la respuesta a la Pregunta mencionada precedentemente, ya sea “A”, “B”, o “C”. 5.2.4. El Participante recibe otro SMS con el resultado de su anterior respuesta (si fue correcta o incorrecta) y una nueva Pregunta. 5.2.5. El Participante envía por SMS la respuesta a la nueva Pregunta y se repite el procedimiento indicado en el punto anterior. 5.2.6. Una vez agotadas todas las Preguntas, el Participante recibirá Preguntas que se le han formulado con anterioridad. 5.3. El Participante acumula puntos solamente cuando responde correctamente las Preguntas, a razón de 1 (un) punto por respuesta correcta. 5.4. Las Preguntas estarán disponibles durante toda la Vigencia del Entretenimiento y serán renovadas y/o ampliadas, a exclusivo criterio del Organizador, en función del tráfico de Participantes. Las Preguntas y sus correspondientes respuestas fueron realizadas según fuentes fidedignas. El Participante podrá responder correctamente cada Pregunta la cantidad de veces que lo solicite mediante el procedimiento aquí descripto. 6. 6.1. Premios del Entretenimiento (el “Premio”) El Juego del Entretenimiento contará con un (1) Participante Ganador. Aquel Participante que obtenga la mayor puntuación y eficiencia acumuladas durante toda la Vigencia del Entretenimiento, será el Participante Ganador del Juego del Entretenimiento, y obtendrá como Premio una (1) estadía para dos (2) personas por cuatro (4) noches con desayuno incluido en Casa Blue - Piré Hue Lodge, ubicada en Bariloche, Provincia de Río Negro, válido para ser utilizado en la fecha a designar en temporada baja, sujeto a disponibilidad. 6.2. El Premio incluye: alojamiento para dos (2) personas en Casa Blue Piré-Hue Lodge por cuatro (4) noches, válida en fecha a designar en temporada baja sujeto a disponibilidad. El Premio no incluye traslados desde el lugar de residencia del Ganador y su acompañante a Casa Blue Piré-Hue Lodge, ni viceversa; tasas de embarque; traslados terrestres ni aéreos; comidas que no sean las expresamente incluidas; extras; excursiones; tasas de aeropuertos o de cualquier otro tipo; gastos de índole personal, incluyendo pero no limitándose a propinas, llamadas telefónicas, consumos extras en el hotel y ningún otro servicio o bien distinto del expresamente mencionado en el presente Reglamento, los que serán a cargo exclusivo del Ganador y su acompañante. 6.3. El potencial Ganador para ser acreedor del Premio, deberá presentarse en la fecha, horario y lugar que el Organizador determine como lugar de entrega, con su teléfono celular con el cuál participó del Entretenimiento, original y copia de su Documento Nacional de Identidad, y original y copia de la factura de su línea telefónica o bien suscribir la declaración jurada mencionada en el apartado 3.3. en caso de que no posea esta última documentación. 6.4. En el supuesto de ocurrencia de un caso fortuito, el Organizador se reserva el derecho de ampliar, reducir o modificar la cantidad de Ganadores y/o Premios, previo aviso de tal circunstancia. 7. Determinación del Participante Ganador 7.1. La determinación del Participante Ganador del Juego del Entretenimiento será realizada el día 1º de septiembre de 2009 a las 10.00 horas en las oficinas del Organizador. Previa comunicación por los mismos medios que se utilizan para difundir este Reglamento, el Organizador se reserva el derecho de modificar a su exclusivo criterio las fechas de determinación de Premios, aún sin haber modificado el presente Reglamento, sin que ello le genere responsabilidad alguna. 7.2. El Organizador, a través del análisis de los registros informáticos, determinará aquellos Participantes que hayan acumulado la mayor cantidad de puntos, resultando de dicho examen la selección de un potencial Ganador y una cantidad equivalente de potenciales Ganadores suplentes para el supuesto que resulte imposible establecer comunicación con el potencial Ganador. 7.3. En caso de haber empate en cantidad de puntos entre dos o más Participantes, ganará aquel Participante que haya alcanzado los puntos contestando la menor cantidad de Preguntas, y de persistir el empate, el que haya logrado los puntos en el menor tiempo posible, contando desde la fecha y hora en que empezó a participar del Entretenimiento hasta que respondió correctamente la última Pregunta (premiando así la efectividad y velocidad respectivamente). 8. Notificación al Ganador y entrega de Premio. 8.1. El Participante Ganador será notificado por el Organizador de tal circunstancia mediante el envío de un SMS y/o en forma telefónica al número correspondiente al teléfono celular desde el que se enviaron los mensajes de texto que originaran la participación en el Entretenimiento. 8.2. La notificación mencionada precedentemente contendrá la dirección y fecha a la cual deberá concurrir el potencial Ganador a fin de retirar el Premio obtenido, dentro del radio de la Ciudad de Buenos Aires. El potencial Ganador deberá presentarse junto con el teléfono celular que utilizó para participar, su DNI y, en caso de corresponder, la declaración jurada mencionada en el punto 3.3 del presente Reglamento, así como copia de toda la documentación exigida por las autoridades aeroportuarias de la Argentina necesarias para poder realizar el viaje obtenido como Premio. 8.3. En caso que la comunicación no pueda ser establecida, por cualquier razón que ello fuera incluyendo, sin limitación, que no reciba el SMS por no tener saldo, estar apagado, fuera de cobertura o tener la casilla de mensajes llena o cualquier otro motivo, que la línea se encuentre ocupada o que no responda al llamado, el Organizador procederá a realizar dos (2) nuevos intentos de comunicación. Si al tercer intento la comunicación no pudiera ser establecida, el Participante será descalificado y se procederá a notificar, de acuerdo con el procedimiento descripto en este capítulo, al primer Participante escogido como Ganador suplente hasta tanto se obtenga el Ganador del Entretenimiento. 8.4. El potencial Ganador deberá concurrir puntualmente al lugar indicado con la documentación mencionada en este capítulo, caso contrario caducará su derecho al reclamo del Premio y tampoco tendrá derecho a reclamar compensación o indemnización alguna. 8.5. Una vez cumplimentados los requisitos indicados arriba, los favorecidos en el Entretenimiento se consolidará como Ganador del Premio ofrecido, el cual se entregará en el lugar y horario que determine el Organizador. 9. Premios no asignados. Premios no canjeables. 9.1. Dada la modalidad del Entretenimiento, no existe posibilidad de que queden a la fecha de su finalización Premios no adjudicados, siempre que al menos un Participante haya contestado correctamente una Pregunta. Si, por cualquier causa, el Premio no resultara asignado a la finalización del Entretenimiento, el mismo quedará en propiedad del Organizador. 9.2. Asimismo, el Premio no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, ni transferido y/o cedido a otra persona. El Premio no incluye extras, seguros, tasas, impuestos ni ningún otro servicio o bien distinto de los expresamente detallados en este Reglamento. 10. Prohibición. 10.1. No podrán participar de este Entretenimiento personal y empleados del Organizador o del Medio o de las Operadoras, o de cualquiera de sus subsidiarias y empresas vinculadas, ni de sus proveedores o sus agencias de publicidad afectadas al mismo, ni sus parientes ya sea por consanguinidad o afinidad en línea recta o colateral hasta el segundo grado inclusive. 11. Autorización. 11.1. Los Participantes, el Ganador y su acompañante autorizan al Organizador, a las Operadoras y a quienes éstos expresamente autoricen, a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que el Organizador y/o las Operadoras dispongan, sin derecho a compensación alguna durante la vigencia del Entretenimiento y hasta los 365 días de su finalización. 11.2. La participación en el Entretenimiento importará la expresa autorización para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción, o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes y/o voz y/o datos personales de los Participantes en general y del Ganador y su acompañante en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad durante el plazo de vigencia del Entretenimiento y hasta tres (3) años después de su finalización, sin que el Participante tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. 11.3. Los Participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al Organizador y a las Operadoras respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. 11.4. Los Participantes reconocen que la participación en el Entretenimiento no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la disminución de sus ingresos (ya sea por la participación en el Entretenimiento o por la cesión de derechos referida). 12. Gastos. 12.1. Ni el Medio, ni las Operadoras ni el Organizador se harán cargo de ningún gasto extra y/o adicional, como ser gastos de transporte, en que el Ganador pueda incurrir para recibir los Premios, ni serán responsables en caso de insatisfacción por el Premio recibido. Cualquier impuesto, gravamen, tasa, contribución o retención, actual y/o futuro, que deba tributarse o se origine sobre la relación con el Premio, será a cargo del Ganador. 13. Validez de la participación en el Entretenimiento. 13.1. El envío del mensaje de texto al Número Corto correspondiente al teléfono celular de las Operadoras desde el que se hubiera realizado el envío del mensaje de texto que diera lugar a la participación en el Entretenimiento resultará plenamente válido, sin que pueda ser opuesta al Organizador ni a las Operadoras la pérdida, hurto, robo, extravío o avería de los correspondientes equipos telefónicos. 14. Interpretación. 14.1. El Organizador determinará el criterio a aplicar en cualquier situación prevista o no en el presente Reglamento, siendo la única autoridad interpretativa de las mismas, reservándose el derecho a efectuar cualquier tipo de modificación respecto de aquellas situaciones siempre y cuando no se altere la esencia del Entretenimiento y comunicándolo previamente. Sus decisiones al respecto serán irrecurribles. 15. Responsabilidad. 15.1. El Organizador, el Medio y las Operadoras no podrán ser considerados responsables por ningún daño o perjuicio ocasionado o que pudiera ocasionarse a los Participantes y/o al Ganador, su acompañante y/o terceros en este Entretenimiento, en sus personas y/o bienes, debido o en ocasión de la utilización del Premio que en este Entretenimiento se ofrece. El Organizador será el único responsable de la entrega del Premio y su responsabilidad finalizará al poner a disposición del Ganador el Premio correspondiente al que se haya hecho acreedor, y de ninguna manera se extenderá al viaje del Ganador y su acompañante, ni al alojamiento, traslados, seguro médico, ni a ningún otro bien o servicio que no sea expresamente establecido en el presente. 15.2. Tampoco podrán ser considerados responsables por fallas, desperfectos, vicios o reclamos de cualquier tipo que el Ganador del Premio ofrecido y/o su acompañante y/o terceros pudieran efectuar en relación con éste, los que deberán ser canalizados en forma directa ante su fabricante, importador, distribuidor, proveedor, aerolínea, hotel, transporte y/o quien corresponda. 15.3. Ni el Organizador, ni las Operadoras, ni el Medio serán responsables si por cualquier razón el Ganador y/o su acompañante no puedan utilizar la estadía obtenida como Premio en las fechas establecidas, por cualquier motivo incluyendo pero no limitándose a motivos personales del Ganador y/o de su acompañante, suspensiones, cancelaciones y/o demoras, vuelos, traslados, o cualquier otra situación que impida la utilización de la mismas. 16. Facultades del Organizador. 16.1. El Organizador podrá suspender definitiva o transitoriamente el Entretenimiento, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y características del mismo, en caso de configurarse el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los Participantes. 16.2. El Organizador se reserva también el derecho de efectuar todo tipo de modificación en la realización del Entretenimiento y extenderlo o suspenderlo, sin previo aviso, si así lo considera necesario, dando cumplimiento a la normativa vigente. 17. Consulta de Reglamento. 17.1. El presente Reglamento podrá ser consultado en la página web de FM Blue 100.7 http://www.bluefm.com.ar 18. Jurisdicción. 18.1. Toda relación que en virtud de este Entretenimiento se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho. 18.2. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquier sea la causa o el reclamo, con renuncia expresa por parte del Participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.