ACUERDO 680/16 - Escala salarial a partir del 1/5/16, 1/6/16

Transcripción

ACUERDO 680/16 - Escala salarial a partir del 1/5/16, 1/6/16
I^OLIO
.n^i
if<:« T 4t-
Expte. 1-225-152903/16
En Salta a los 23 dias del mes de Mayo de 2016, se reiinen los miembros de la Comision
Negociadora del Convenio Colectivo de Citrus N° 442/06 para las provincias de Salta y Jujuy: En
representacion del sector trabajador LA UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES
(f^ESTlBADORES, los Sres. JUAN SANCHEZ ORTIZ, VICTOR SEVERO GUTIERREZ y
"CLAUDIA QUIROGA, con el patrocinio letrado de la Dra. KARINA ETCHEZAR y en
representacion del sector empleador: por LA ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y
HORTALIZAS DE SALTA, el Dr. ROBERTO McLOUGHLIN, por LA MORALEJA S.A.. el Sr.
JORGE GALIANO y por LEDESMA SAAl, la Dra. VIVIANA FERNANDEZ. Ambas partes
reconocen a los nombrados con la suficiente representacion invocada y representativos de la
actividad que se regula en la Convencion Colectiva N° 442/06 y declaran bajo juramento que las
mismas se encuentran vigentes, quienes luego de un intercambio de opiniones ACUERDAN lo
siguiente:
PRIMERO: Para todo el personal comprendido en el CCT N°442/06, establecen las
remuneraciones que se pactan a continuacion y que tendran vigencia durante el periodo 01 de
MAYO 2016 a 30 de ABRIL 2017, segtin el siguiente detalle:
SALARIO MES DE MAYO/2016
REMUNERATIVO
ADICIONAL NO
TOTAL
REMUNERATIVO
Mensual
$6,814,00
$2,044,25
$ 8.858,25
Jornal
$
$
$
272,56
81,77
354,33
El personal que haya trabajado durante el mes de mayo 2016, que a la fecha por razon de fin de
temporada, se encuentre de baja, tambien deberan percibir la proporcion por los dias qije efectuaron
su labor.SALARIOS MESES DE JUNIO A AGOSTO 2016:
Juan Sanchez Ortii
Secretano General
c,^r.r^ N° 920 A. Saravi.
' ••''- - !=,3lta
UHPIERREZ
Secretario Qaaui\
877-Lib. Gral. San hUrtin
Jujuy
CUtRM RAQUEL
aicnt AccMn
iMc.rin-iJt.Qfli.swiiuftt
Ju|ur
BASICO
ADICIONAL NO
REMUNERATIVO
REMUNERATIVO
Mensual
$ 7.700,00
$ 1.158,25
$8,858,25
Jornal
$
$
$
308,00
46,33
TOTAL
354,33
SALARIOS A PARTIR DE SEPTIEMBRE A OCTUBRE 2016:
BASICO
ADICIONAL NO
REMUNERATIVO
REMUNERATIVO
Mensual
$8,175,00
$ 683,25
$ 8.858,25
Jornal
$
$ 27,33
$ 354,33
327,00
TOTAL
SALARIOS A PARTIR DE NOVIEMBRE 2016 A FEBRERO 2017:
BASICO
ADICIONAL NO
REMUNERATIVO
REMUNERATIVO
Mensual
$8,175,00
$751,25
$ 8.926,25
Jornal
$
$ 30,05
$ 357,05
327,00
TOTAL
A partir de Marzo de 2017 y hasta la finalizacion de la vigencia de este acuerdo el 30 de abril de
2017, el jornal de $357,05 y los valores establecidos para las restantes categorias, seran
integramente REMUNERATIVOS.
SEGUNDO: Las sumas NO REMUNERATIVAS previstas en el punto PRIMERO, se refit!jaran en
forma proporcional en los salarios del personal cuya modalidad de pago sea por tajito, dep|tajo y/u
hora.
Juan Sanchez Ortiz. «
<:y'^'^.^.^^"° General \ / '
S''r;c.\'»920A.Saravia V
• -F-Salta
I
J
SKretarioGtemtaU
•
Juiuy
»QUEL(3UIR0<J.A
^A«l4n Social
Asimismo, dichas sumas incidiran en el calculo del aguinaldo.
En cuanto a las licencias pagas en general, se consideraran como dias efectivamente trabajados todas
las ausencias motivadas por Licencias Legales y/o Convencionales pagas (Ej.: Enfermedad,
Licencias por Nacimiento, Matrimonio, Fallecimiento, Donacion de Sangre).-
TERCERO: El pago del adicional no remunerativo, figurara en los recibos de haberes bajo la
denominacion
de
"ADICIONAL
NO
REMUNERATIVO.
ACTA
MAYO
2016".
La
implementacion de estas sumas no remunerativas, obedece a la necesidad de mejorar las condiciones
de vida de los trabajadores, que desarrollan las distintas tareas que componen la actividad, siendo
este un mecanismo que permite garantizar una mejora efectiva e inmediata de las retribuciones
minimas, atendiendo las circunstancias socio economicas por las que atraviesa la region y las
especificas de esta actividad.-
CUARTO: Se establece por UNICA VEZ, en concepto de "INCENTIVO 2016", una suma FIJA
no remunerativa diaria, a razon de $ 8,17 por cada di'a de trabajo efectivo, durante los meses de
Mayo a Octubre de 2016. Hasta un maximo de $1,225,50. Sera abonada en cada quincena bajo el
concepto "INCENTIVO 2016".-
QUINTO: SEGURO DE SEPELIO: Se acuerda y queda establecido un beneficio a favor de todos
los trabajadores comprendidos en el CCT N° 442/06 consistente en un Servicio de Sepelio. A tal fin,
y en los terminos del art. 9° de la Ley 14.250 (T.O. 2004), los empleadores deberan retener de los
haberes que abonan en concepto de Fondo de Sepelio, el equivalente al 1,5% del total de
remuneraciones devengadas, para la cobertura de este servicio al trabajador y su grupo familiar
primario, que se depositara en la Cuenta Corriente N° 33-500/47 del Banco de la Nacion Argentina.
Sucursal Plaza de Mayo que posee la UATRE. La obligacion de retener por parte del empleador,
sera exigible a partir del mes siguiente de la fecha de recepcion de la conformidad por escrito del
trabajador de incorporarse a este beneficio. Ambas partes de comiin acuerdo, establecen que vencido
el termino de este Acuerdo, se mantendran subsistentes los beneficios aqui pactados.-
SEXTO: Los empleadores actuaran comc/^agentes de retencion a partir de su m^mologccion y
durante la vigencia del presente Acuerdo de la.cuota solidaria que deberan descont
Juan Sanchez Ortiz
becrefano General
• -'••N''920A. Saravia
• •- '^ - Salta
J'«3UELatJR0-:l
"Sacretariofifemtal
Secc N'B77-Ub. Gral. S""-f'^
.I'Kl'W
^ A*.j%. Acckir S<xi«|
OS l o s
£y
i-0-r*
1.
»3
• *
trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece en el 2% sobre el
total de las remuneraciones devengadas. Los montos retenidos en tal concepto deberan ser
depositados hasta el dia 15 (quince) de cada mes, en la Cuenta especial de UATRE N° 26-026/48.
Los afiliados a la Asociacion Sindical quedan exentos del pago de esta cuota solidaria.i
Las partes se compromenten a presentar el presente acuerdo para su ratificacion y posterior
homologacion ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,
Delegacion
Salta,
solicitando para ello la correspondiente audiencia.
En dicha oportunidad las partes presentaran las escalas salariales para las restantes categorias.
No siendo para mas se da por terminada el acta firmando los comparecientes previa lectura y
ratificacion se firman seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, ^ el luga^\y fecha mas
arriba indicados.
Juan Salrchez Ortiz
Secretano General
Secc. N" 920 A. Saravia
• " " Salta
Secretano G«ww*K
Sect N'877.Ub. Gral. San f M n
\
''''juy
CLAUDtt RAQUEL QUIROGA
Sacnt Accibn Social
lw.rin-Lfe.6(iLSin
Jmur
FOLIO
IL - |)j
ANEXOI
Mayo 2016
Categoria
Remunerativo
TOTAL
Gratificacion NO remun.
Jornal
Mensual
Jornal
Mensual
Jornal
Mensual
1.- Peon General. Maestranza. Armadores.
Clavadores. Alambradores. Rotuladores,
Pegadores. Limpieza. Gosechador.
$ 272,56
$6,814,00
$81,77
$ 2.044,25
$ 354,33
$ 8.858,25
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon
de Carga y Descarga. Recibidores en cinta
transportadora. Romaneo.
$ 275,02
$ 6.875,50
$82,51
$ 2.062,75
$ 357,53
$ 8.938,25
$ 283,23
$ 7.080,75
$ 84,97
$2,124,25
$ 368,20
$ 9.205,00
$ 293,82
$ 7.345,50
$88,15
$ 2.203,75
$381,97
$ 9.549,25
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.
$297,18
$ 7.429,50
$89,15
$ 2.228,75
$ 386,33
$ 9.658,25
Vl.- Capataz de seccion. Mecanico
Electricista. Calderista.
$ 322,00
$ 8.050,00
$ 96,60
$2,415,00
$418,60
$10,465,00
Vll.- Capataz General o de planta. Capataz
de Cosectia o Monte.
$325,71
$8,142,75
$ 97,71
$ 2.442,75
$ 423,42
$10,585,50
III.- Clasificadores. Seleccionador.
Ayudantes de Electricistas o Mecanicos.
Bascula. Engrasadores. Atencion camara
Maduracidn.
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador,
de Tracto-elevador. Atencion camara
frigori'fica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de
2=-.
Junio a Agosto 2015
Categoria
Remunerativo
Gratificacion NO remun.
TOTAL
Jornal
Mensual
Jornal
Mensual
Jornal
Mensual
I.- Peon General. Maestranza. Armadores.
Clavadores. Alambradores. Rotuladores,
Pegadores. Limpieza. Cosechador.
$ 308,00
$7,700,00
$ 46,33
$1,158,25
$ 354,33
$ 8.858,25
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon
de Carga y Descarga. Recibidores en cinta
transportadora. Romaneo.
$310,77
$ 7.769,25
$ 46,76
$1,169,00
$ 357,53
$ 8.938,25
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes
de Electricistas o Mecanicos. Bascula.
Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.
$ 320,05
$8,001,25
$48,15
$1,203,75
$ 368,20
$9,205,00
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de
Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica.
Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
$ 332,02
$ 8.300,50
$ 49,95
$ 1.248,75
$381,97
$ 9.549,25
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.
$ 335,81
$ 8.395,25
$ 50,52
$1,263,00
$ 386,33
$ 9.658,25
VI.- Capataz de seccion. Mecanico
Electricista. Calderista.
$363,86
$ 9.096,50
$ 54,74
$ 1.368,50
$418,60
$ 10.465,00
VII.- Capataz General o de planta. Capataz
de Cosecha o Monte.
$ 368,05
$9,201,25
$ 55,37
$1,384,25
$ 423,42
$10,585,50
, . « . . _iTlERREZ
Juan SSnchez Ortiz
Secretano General
Seca N" 920 A. Saravia
U.A.T.R.E - Salta
Secretario Greml*
Secc. N'877-Ub. Gral S^''!
CLAUDIA
^LQUIRi
Sodal
ANEXO II
Periodo Septiembre a Octubre 2016
Remunerativo
Categoria
Jornal
Gratificacion NO remun.
Mensual
TOTAL
Jornal
Mensual
Jornal
Mensual
1.- Peon General. Maestranza. Armadores.
Clavadores. Alambradores. Rotuladores,
Pegadores. Limpieza. Cosechador.
$ 327,00 $8,175,00
$ 27,33
$ 683,25
$ 354,33
$ 8.858,25
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon
de Carga y Descarga. Recibidores en cinta
transportadora. Romaneo.
$ 330,00 $ 8.250,00
$ 27,53
$ 688,25
$ 357,53
$ 8.938,25
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes
de Electricistas o Mecanicos. Bascula.
Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.
$ 339,88 $ 8.497,00
$ 28,32
$ 708,00
$368,20
$ 9.205,00
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de
Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica.
Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
$ 352,58 $8,814,50
$ 29,39
$ 734,75
$381,97
$ 9.549,25
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.
$ 356,62 $8,915,50
$ 29,71
$ 742,75
$ 386,33
$ 9.658,25
VI.- Capataz de seccion. Mecanico
Electricista. Calderista.
$ 386,40 $ 9.660,00
$ 32,20
$ 805,00
$418,60
$ 10.465,00
VII.- Capataz General o de planta. Capataz
de Cosecha o Monte.
$ 390,85 $9,771,25
$ 32,57
$814,25
$ 423,42
$ 10.585,50
Periodo Noviembre 2016 a Febrero 2017
Categorfa
Remunerativo
Jornal
Gratificacion NO remun.
Mensual
TOTAL
Jornal
Mensual
Jornal
Mensual
I.- Peon General. Maestranza. Armadores.
Clavadores. Alambradores. Rotuladores,
Pegadores. Limpieza. Cosechador.
$ 327,00 $8,175,00
$ 30,05
$751,25
$ 357,05
$ 8.926,25
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon
de Carga y Descarga. Recibidores en cinta
transportadora. Romaneo.
$ 330,00 $ 8.250,00
$ 30,28
$ 757,00
$ 360,28
$ 9.007,00
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes
de Electricistas o Mecanicos. Bascula.
Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.
$ 339,88 $ 8.497,00
$31,15
$ 778,75
$371,03
$ 9.275,75
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de
Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica.
Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
$ 352,58 $8,814,50
$ 32,32
$ 808,00
$ 384,90
$9,622,50
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.
$ 356,62 $8,915,50
$ 32,69
$817,25
$389,31
$ 9.732,75
VI.- Capataz de seccion. Mecanico
Electricista. Calderista.
$ 386,40 $ 9.660,00
$ 35,42
$ 885,50
$421,82
$ 10.545,50
VII.- Capataz General o de planta. Capataz
de Cosecha o Monte.
$ 390,85 $9,771,25
$ 35,83
$ 426,68
$10,667,00
VlXTDH-^flERREZ
Juan S^hez Ortiz
Secretano General
Secc. N" 920 A. Saravia
U.A.T.R.E - Salo
^ s T c r e U r i o Gremial
Secc N'877-Lib.Gral.SjnW!!'
ANEXO III
Periodo Marzo a Abril 2017
Remunerativo
Mensual
Categoria
Jornal
•
1.- Peon General. Maestranza. Armadores.
Clavadores. Alambradores. Rotuladores,
Pegadores. Limpieza. Cosechador.
$ 357,05
$8,926,25
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de
Carga y Descarga. Recibidores en cinta
transportadora. Romaneo.
$ 360,28
$ 9.007,00
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes
de Electricistas o Mecanicos. Bascula.
Engrasadores. Atencion camara Maduracion.
$371,03
$ 9.275,75
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de
Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica.
Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
$ 384,90
$9,622,50
v.- Embaladora de 1^. Mayordomo.
$ 389,31
$ 9.732,75
VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista.
Calderista.
$421,82
$10,545,50
VII.- Capataz General o de planta. Capataz de
Cosecha o Monte.
$ 426,68
$ 10.667,00
Jtl^rSnc^Ortiz
cipcretano General .
s . J c N » 920 A. Saravia
c^/
riERREZ
jecretario Gremial
Secc. N* 877-Ub. Gral, S»n Martin
Jujuy
E l QUIROG.*.
Social
QmLiutMiilSn
Kyi{yniAle^ti<> cle y'ya/i^do.j
(hTnAiea u Kdeaurma^i cfoccal
EXPEDIENTE N°l-225-152.903/16
En la ciudad de Salta, a los un di'a del mes de Junio de 2016, siendo las 10:30 horas,
comparecen ante mi, CPN MARIA DEL CARMEN CASTILLO- Relaciones Laborales
de la Delegacion Regional Salta del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,
por la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y
ESTIBADORES, los seiiores: Juan SANCHEZ ORTIZ -DNI N°92.768.095, Victor_
Severo GUTIERREZ DNI N°14.538.821; Claudia Raquel QUIROGA DNI N°
26.475.927, asistidos por la Dra. Karina ETCHEZAR.
En representacion del sector empleador, por la ASOCIACION DE PRODUCTORES
DE FRUTAS y HORTALIZAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, el Doctor
Roberto Juan MCLOUGHLIN-DNIN°10.161.515.
L/po^/J %
Por la empresa LA MORALEJA SQCIEDAD ANONIMA, el seiior Jorge Daniel
GALIANO DNI N° 12.536.691.
J ^ ^ ^ ^
Por LEDESMA SOCIEDAD ANONIMA, AGRICOLA INDUSTRIAL, la Dra.
Viviana Marcela FERNANDEZ-DNI N°24.612.154.
^ '' * | ^ KtReconociendo ambas partes que los nombrados son lo suficientemente representativos
de la actividad que se regula mediante la Convencion Colectiva de Trabajo N°442/06 y
declaran bajo juramento que las representaciones invocadas se encuentran vigentes y
agregadas en el expediente.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, y concedida la palabra a los comparecientes,
manifiestan que vienen por este acto a ratificar en todo los terminos y contenido Acta
Acuerdo de Incremento Salarial y Escalas Salariales de fecha 23 de Mayo de 2016,
en siete (07) fojas titiles, con vigencia desde Mayo de 2016 hasta Abril de 2017,
agregada a las presentes actuaciones, para el personal comprendido en el CCT
N°442/2006,.i::::
•Ambas partes, en este acto, solicitan su pronta homologacion.
Sin mas, y siendo las 11:10 previa lectura, firman las partes al pie en senal de
conformidad, por ante mi que CERTIFICO.
PARTE SINDICAL
PARTE EMPRESARIA
^^i'retario Gremial _.^^.,
5^N'877.Ub.r-r.l
Juan banchez Ortiz
Secretano General .
Secc. N" 920 A. Sarav.a
i,.i..';,T.P.E-S3l'3
.rH-MAt^iA <^yyztm\\-\.
"^Aaenclj/TSiTltot'al Salta'
"-'Jlnlsler'fl de Trabaio V S.-'

Documentos relacionados