Resolución 396 del 2014

Transcripción

Resolución 396 del 2014
ffi
SECRETARIA DE HACIENDA
RESoLUCIóN No.1
III
It
GOBOOBA
-=l=rr.oro
"POR ÍIIEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE RECONSIDERACIóN"
TEMA
No. EXPEDIENTE
ACTO IMPUGNADO
INTERESADO
IDENTIFICACION
DIRECCION
CIUDAD
DEPARTAMENTO
lmpuesto Sobre Vehículos Ar.Jtomotores
Gl-AV1-0005340
L¡quidación Of¡c¡al de Aforo No. 07658-13 de Fecha
2810812013. Liquidación Of¡cial de Aforo N.q. 02965-13 de
fecha 27 10512013.
TEMILDA ROSA MARTINEZ AVILA
c.c 25.868.291
Carera 16 Calle 9 esquina. Ban¡o 6 de Enero.
Ciénaga de Oro - Córdoba.
EL DIRECTOR FINANCIERO (E} CON FUNCIONES EN EL GRUPO DE GESTIóN DE
INGRESOS DE LA SECRETARíA DE HACIENDA DE LA GOBERNACIÓN DE
CÓRDOBA
En ejerc¡c¡o de la facultades legales y en especial de la's conferidas por el Decreto No.
0052 de 2.009, Numeral 14 del Artículo 2 del Decreto No. 2.?ffi del2.011 y Articulo 428 y
429 de la Ordonanza No. OO7 de 2.012, Estatuto d9 Rentas del Depertamento de
Córdoba, el Decreto 2.685 de 1.999, Estatuto Tributarió Nacional y sus modif¡c€torios,
Cód¡go Contencioso Adm¡nistrativo y demás normas complementarias y, teniendo en
cuenta los sigu¡entes.
::
PRESUPUESTOS PROCESALES
OPoRTUNIDAD LEGAL: El recurso de reconsideracFn fue presentado dentro del
térm¡no legal señalado en el Artlculo 428 y 43'l del Estatúto de Rentas Departamental, en
lo que t¡ene que ver con la l¡qu¡dac¡ón ofic¡al de aforo No. 07658-13, por cuanto la
notit¡cación de la m¡sma se surt¡ó, por correo cerl¡ficado, según gula de entrega de la
empresa de mensajería ENVIA No.103001 15337, del dla 15 de Octubre de 2.013.
En relación a la Liquidac¡ón Ot¡cial de aforo No.02965-13 del 27 de mayo de 2.0'13, se
observa que sobre esta el recurso fue ¡nterpuesto de forma efemporánea, atendiendo a
que la m¡sma, fue notit¡cada según guía de entrega de la de la empresa de meneajería
ENVIA No.10300098897, del día 26 d€ junio d€ 2.013.
I
PERSONERfA: El recurso fue presentado de forma persgnal por la señora Temilda Rosa
MartÍnez Av¡¡a, identificada con la cedula de ciudania Ño. 25.868.691, quien actúa en
nombre propio, dando cumpl¡mientq a lo ordenado por el articulo 431 del Eslatuto de
Rentas Deoartamental.
CO IPETENCIA| Esta Direcc¡ón es competente para conocer el presente recurso en uso
de sus facultades legales y en €special de las conferjdas por el Decreto No. 0052 de
2.009, Numeral 14 del Articulo 2 del Decreto No. 2.288 4el2.0'l'l y Atliculo 428 y 429 de
la Ordenanza No. OO7 de 2.012, Estaluto de Rentas dél Departamento de Córdoba, 6l
Pág¡na
l
de 4
Calle 27 No 3-28 Palac¡o de Naín - PÉo
www. @rdoba?qov. co
2' -Tel.: 7822490
ffi
w
SECRETARíA DE HACIENDA
?ffi"
RESoLucróN
IIE GOROOBI
6
No. 9
;*.
,.oro
"poR i¡rEDro DE LA cuAL sE REsuELve u¡¡ necuiso oe REcoNstDERAcIóN"
Estatuto Tributar¡o Nac¡onat y sus modificatorios, Código
Contenc¡oso Admin¡strativo y demás normas complementarias.
Decreto 2.685
de í.999,
ANTECEDENTES
1.
Mediante Auto de Apertura No. 0534G13 de fecha 04/03/2013, 6l Lider del Area
Operacional de Fiscalización y Aud¡toria del Grupo de Gestión de Ingresos, ordenó,
iniciar invest¡gación al sujeto pasivo Temilda Rosa Mart¡nez Avila, jd€ntificada con la
cedula de ciudanía No. 25.868.291 con la f¡nalidad dej establecer las bases gravables,
determinar la existenc¡a de los hechos gravados y verificar el cumpl¡miento de las
obl¡gaciones sustanciales y formales relac¡onada con el lmpuesto sobre Vehículo
Automotor de las v¡genc¡as fiscales 2.008-2010 del vehfculo de placas UQB518, lo
antedor en virtud def programa de fiscal¡zación "OMISOS DEL IMFIIESIO SOBRE
VEH¡CULOZOOS Y OTRAS YTGENCIAS "
2, En virtud de lo
anterjor fueron proferidos y nol¡f¡cados
los
sigu¡entes actos
administrativos:
Acto/Número
Fecha
Fecha de Noüñcac¡ón
Emplazamiento para declarar
N'. 05340-2.013
Resolución sanc¡ón por no
o4to3t2013
16n32013
27t15t20't3
26t06t2013
declarar No. 07622-13
Resolución sanc¡ón
por
no
declarar No. 02965-13
Liqu¡dación Of¡cial de Aforo No.
02965-13
L¡qu¡dación Oficial de Aforo No.
07658-13
27tO512O13
|
26n6no13
27 t15t20't3
26n6t2013
zAtOAt2g13
15t10t2013
3. El día 08 de Noviembre de 2.013, el señor" (a)
Tem¡lda Rosa l\rartfnez Av¡la
la
cedula
de
ciudania
No.
25.868.691
actuando en nombre prop¡o,
¡dent¡f¡cada con
presentó Recurso Recons¡derac¡ón contra la Liqu¡dación Ofic¡al de Aforo No 02965-13,
y 07658-143 mediante la cual elArea Operac¡onal de L¡qu¡dación Ofic¡al, del Grupo de
Gestión de Ingresos, liquidó oficialmente el lmpuesto Sobre Vehiculo8 Automotores,
corre8pondiente a la v¡genc¡a fiscal 2.008, 2.009 y 2.010 del rodante ident¡ficado con la
Dlacas UQB 518.
ARGUTENTOS DEL RECURRENTE
Que los argumentoe, sobre el cual se fundamenta el tecu|so, están dados así:
" ... A vehtculo menc¡onado tal como aparecé en el RUNT, so/o es de m¡
prop¡edad desde el año 2011 fecha en Ia cual para poder hacer el camb¡o de
prop¡etar¡o era requ¡s¡to prev¡o exigido por el trán9ito munic¡pal para ¡nsc/ibirme
-1
.2
Pá8¡na 2 de 4
Calle 27 No 3-28 Palacio de Naln
-Piso2'-Tel.:
www.cordob¿oov.co
7822490
m
w'
SECRETARIA DE HACIENDA
DE GóNDOBT
-::7
art^
RESOLUCTÓN NdLH_
DEL 2.014
"POR i¡IEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE RECONSIDERACIÓN"
como nueva prcp¡etar¡a, estar al dÍa con los ¡mpuestgs del vehÍculo, razón por la
cual no me pueden ahora ex¡g¡r el pago de vígencias anterioréi de la fecha de
camb¡o de prop¡etaio, techa en la cual el vehículo ae encontraba paz y saMo.
Los mpues¿os que ahora se cobran Por las vigqnc¡as 2008, 2009, 2010 lueron
cancelados tal y como se muestn con el se o de pago de la liqu¡dac¡ón hecha por
esa entidad. la cual se aoofta.
Para efectos de Ia ¡nscñpc¡ón del camb¡o de propietaño del automotoL se ex@¡ó un
paz y salvo de estar al dla con las v¡genc¡as anteriores a 2011 el cual fue
presentado y reposa en eaas otcinas y ol cual sQ sol¡c¡tó se tenga como prueba
que reposa en esa ent¡dad y que ustedes deben tenet y por lo tanto no me veo en
al obl¡gado a
presentatlo.
:
CONSIDERACIONES DEL DESFACHO
ElArtículo 93 del Estaluto de Rentas del Departamento de Córdoba, en concordancia con
el Artfculo 142 de la Ley 488 de 1.998, establece que "const¡tuye he@) generador del
¡mpuesto sobre vehlculo automotor, la prop¡edad o posesktn de los vehlculos gravados
aue estén matr¡culados en el Depaftamento Córdoba"
El Articulo 96 ibfdem, define que "el sujeto pas¡vo dQ impuesto es el propietaio o
poseedor de los vehlculos gravados y matriculados en loi munic¡p¡os de la iuñsdicción del
De D atl amento
de Córdoba."
Asl las cosas, conforme se encuontra eslablecido en el Arilculo 96 de la Ordenanza No.
07 de 2.012, Estatuto de Rentas Departamental, concordante con lo d¡spuesto en la Ley
488 de 1.998, el sujeto pasivo, y por consigu¡ente r*ponsable, del lmpuesto Sob.e
Vehiculos Automotorea, 68 la persona natural o jurídica que aparezca como prop¡elar¡a o
poseedora del vehículo, matriculado en lo8 organismos de transito del Departamento de
Córdoba.
A la fecha en que se
el programa d€ f¡scalización 'OMISOS OE¿ IMPUESTO
soBRE VEHICULOS AUTOMOTOR 2OO8 Y OTRAS V/GENC/A.S' y fueron proferidos
in¡c¡ó
todos los actos derivados del proceso de aforo, usted f¡gura como propietaria del vehículo
de placas UQB 518, lo que a luz del artículo 96 de la ordenanza No.07 de 2012, la
conv¡erte en sujeto pasivo y por ende responsable de las obligaübnes tributarias
der¡vadas d6 la propiedad o posesión del automotor UQB 518.
Vehículos Automotores, establec¡do en el Estatuto de Rentas
Departamental, concordante con lo d¡spuesto por la Le{ 488 de '1998, es un impuesto
auto declarable (Artículo 1OO del Estaluto de Rentas Oepartamental), es dec¡r, el sujeto
pasivo del mismo será responsable de la presentación y pago de la declarac¡ón por cada
año gravable correspondiente, ante las autoridades f¡nanc¡eras autorizadas.
El lmpuesto gobre
Página 3 de 4
Calle 27 No 3-28 Pslacio de Naln - Pi.o 2: -Te[:7a22490
www.cordoba,oov.co
ffi
SECRETARIA DE HACIENDA
,ta
RESOLUCIÓN NO. "J
osztT
-
DÉL 2.014
"POR ¡IEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE RECONSIDERACION"
En este sentido, es el contribuyente quien tiene la carga dE la prueba pues es el
responsable del pago del impuesto med¡anle el mecan¡smo de la declarac¡ón. Por su
parte, la admin¡stración podrá certif¡car s¡ se ha recibido el pago del ¡mpuesro, prevra
ver¡ficación de la ¡nformac¡ón bancar¡a corEspondiente, conservando la Adm¡n¡strac¡ón su
facultad de f¡scalizac¡ón Dor el término definido en las normas tributar¡as.
Quiere lo anterior dec¡r, que como no existe prueba en la adm¡n¡slración tr¡butaria de la
declaración y pago del impuesto sobre las v¡gencias adeudadas y l¡qu¡dadas ofic¡ahente
a través de los actos adminiatralivos número 02965-13 y 07658-1¡; es deber de¡
contr¡buyonte aportar dichas pruebas para demostrar el cumpl¡m¡ento de su obligación, y
en el caso concreto no fueron aportadas.
Finalmente es importante recordarle, en cuanto a la obliglción definida en el Artículo 1Oo
del Estatuto de Rentas Departamental, relac¡onada con Ja ver¡f¡cac¡ón que deben hacer
las Secretarias de Tránsilo, de manera previa a la real¡zag¡ón de los traspasos, es preciso
advert¡r que esta es una obl¡gación que rad¡ca en estas dependenc¡as, y que la forma de
acreditar el pago del impuesto está dada por ley, esto es, con la declarac¡ón con pago de
las vigencias ex¡gibles, frente a las cual puede la Secretarfa de Hacienda podrá dar
certmcación del pago efectivamente Íec¡bido.
De conform¡dad con los anteriores argumentos,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIüERO: Confirmar las Liqu¡dac¡ones Oficiales de Aforo No. 02965 de¡ 27
de mayo de 2.013 y 07658 del 28 de Agosto de 2013, med¡ante la cua¡ se l¡qu¡dó
of¡cialmente el impuesto sobre vehiculos automotores vigenc¡a 2.008,?.009 y 2.010 al
sujeto pas¡vo TEMILDA DEL SOCORRO MARTINEZ AVILA en cal¡da"d de poseedor o
prop¡etario del vehículo identificado con la placas UQB 518, de conformidad con los
argumentos esbozados en la parte considerat¡va.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar a la Dirección de (obro Persuasivo y Jurisdicc¡ón
coactiva d€ la Secretaria de Hac¡enda Departamental, parF lo de 9u competencia
ARTICULO TERCERO: Contra el pr€sente acto no procede recuEo Sbuno y 6e entiende
agotado el requ¡sito de procedibilidad, previo para demandar, de conformidad como lo
establece el artículo 161 de la ley 1437 de 2.0'11.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar personalmente conformeia los Artículos 565 y siguientes
del Estatuto Tributario Nac¡onal.
Dado en Monteria, a
del año ?,014.
3O{t
tos
ffi
?014
GUERRERO ECHEVERRY
Director Financiero con Func¡ongs en el Grupo de Ges6ón de Ingresos (e)
Página 4 de 4
Calle 27 No 3-28 Palac¡o de Naín
-PisoÉ -Tel.:7822490
I

Documentos relacionados