ACTOS PARALELOS PROGRAMADOS CON MOTIVO DE
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ACTOS PARALELOS PROGRAMADOS CON MOTIVO DE
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGEN LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, Y FORMA DE SUBASTA PÚBLICA, DEL BIEN PROPIEDAD MUNICIPAL SITO SUSANA BENITEZ Nº 46 DE LA LOCALIDAD CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.Es objeto del presente contrato la enajenación mediante procedimiento abierto, forma de subasta pública, del inmueble a que el epígrafe se refiere (art 20 de la LB y 37 del RBA) DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Nombre de la Finca (1): Inmueble sito en calle Susana Benítez, nº 46, antigua Biblioteca Municipal. Naturaleza del Inmueble: Urbana. Situación o Paraje (2): Susana Benítez, nº 46. Linderos: Linderos: derecha entrando, solar número cuarenta y cuatro; izquierda, el número cuarenta y ocho; y espalda, resto de la finca que actualmente constituye el edificio de Instituto laboral. Superficie: 169´57 m2; metros cuadrados construidos 325´10. Características de los edificios con noticias sobre su construcción y estado de conservación: “El inmueble consta de dos plantas, se levanta sobre un solar de 169.57 m2. Dispone en la actualidad de un patio de ventilación de 7.02 m2. En planta baja consta de: acceso-distribuidor, zona de atención al público y oficina de turismo, zona de exposición, distribuidor, aseo, almacén y ascensor. En planta alta, a la que se accede mediante caja de escaleras o ascensor: Distribuidor, almacén, sala expositiva y aseo; en planta cubierta castillete de escalera. Cada una de las plantas posee 162.55 m2 construidos lo que nos da una edificación de 325,10 m2 de techo. Presenta las siguientes características constructivas: estructura de hormigón armado, fachada a vial de fábrica de ladrillo y aplacado, solería general de terrazo en planta baja y gres porcelánico en planta primera, cubierta plana, carpintería exterior general aluminio lacado en color gris, e interior de madera. La edificación ha sufrido una actuación de reforma en el año 2009 consistente en la instalación del ascensor, construcción de almacén y acondicionamiento de la planta primera. Superficie construida total: 325,10 m2.” Naturaleza del dominio (3): Bien Patrimonial de Régimen Común. Valor que correspondería en venta: Valor que correspondería en venta: 600.058,49 €, según informe de valoración de fecha 09 de abril de 2.013. Normativa urbanística de aplicación: - P.G.O.U. de Puente Genil, A.D. Julio/1991 Ordenanzas de aplicación: Ordenanza EMC-1 Ocupación máxima: 80 % nº plantas: 5 (Baja + 4) con la última planta con retranqueo posterior a 3 m. SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 1 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto Condiciones de edificación: Art. 159.1 Alineaciones Art. 159.3 Edificabilidad neta Art. 159.4 Profundidad máxima edificable Art. 159.5. Ocupación máxima Art. 159.6 Altura máxima y nº plantas Art. 159.6.a Condiciones a cumplir para planta ático Art. 159.7 Patios Art. 159.8 Salientes y vuelos Altura libre (medida entre elementos de acabado) Art. 160 Condiciones de uso − Uso dominante − Uso compatible Plazas de garaje PGOU Alineación oficial exterior a vial, con posibles retranqueos definidos en Art. 159.1. No se fija No se limita, salvo cuando se regule expresamente Para 4 plantas –80%. 13,00 metros para 4 plantas + 3 m planta ático. 5 (Baja + 4) con la última planta con retranqueo posterior a 3 m. Retranqueada de alineación ≥ 3 m Altura total de dicha planta ≤ 3 m Sobre dicha planta Art. 109.2 excepto trasteros Al menos patio pcpal de 10% de parcela en plurifamiliares. Resto de patios poder circunscribir un círculo de diámetro de 3 m. Se prohíben “salientes ocupables cerrados en calles < 12 metros 0,05 x 16.00 = 0’80 ≤ 1,00 m en Avda. M. Reina Art. 110..2: planta baja. Locales: 3.50 m Art. 111: Planta sótano: 2.40 m Art. 112: Planta alta: 2.60 m Vivienda en 1ª y 2ª categoría − Definidos en Art. 160.2. Exento por ser la superficie de la parcela < 300 m2 Datos registrales: Inscripción registral de la finca: Tomo 825, libro 354, folio 67, finca 18440, inscripción 1ª. Inscripción registral de la finca: Tomo 1497, libro 736, folio 32, alta 4. Inscripción registral del edificio: Tomo 1497, libro 736, folio 32, alta 5. Inscripción registral del edificio: Tomo 1497, libro 736, folio 32, alta 6. CLÁUSULA SEGUNDA: TIPO DE LICITACION.El tipo de licitación es el del valor estimado o importe del INMUEBLE con arreglo al informe de valoración que figura en el expediente y que se cifra en SEISCIENTOS MIL CINCUENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE EURO, (600.058,49 €) IVA no incluido, siendo que la presente transmisión no está sujeta a IVA. CLÁUSULA TERCERA: GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA.El que presente la oferta económica más ventajosa constituirá a disposición de la Administración una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido IVA, siendo que la presente transmisión no está sujeta a IVA. La garantía se constituirá en alguna de las formas previstas en los artículos 103 y 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) aprobado Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y los SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 2 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto artículos 55 a 65 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre en lo que no se oponga a los preceptos legales. La garantía definitiva será devuelta al adjudicatario una vez transcurrido un año desde el momento de la formalización en escritura pública del contrato de compraventa. CLÁUSULA CUARTA: DURACIÓN DEL CONTRATO.El Ayuntamiento de Puente Genil se compromete a entregar la propiedad y posesión del bien de que se trate mediante el otorgamiento de escritura pública ante Notario en el plazo máximo de un mes a contar desde la notificación de la adjudicación. CLÁUSULA QUINTA: GASTOS.El adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios e impuestos que procedan, a más de aquellos de que deba responder de acuerdo con las cláusulas de este pliego. CLÁUSULA SEXTA: PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.La adjudicación se efectuará mediante procedimiento abierto, y forma de subasta pública, al precio más alto. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más alto. Si tras la lectura de las ofertas económicas se produjese un empate entre las mismas, la adjudicación se efectuará por el trámite de “puja a la llana” (ART 18.1 del RBA). El Alcalde, en este caso, requerirá a los licitadores y licitadoras igualados en su oferta económica para que de viva voz formulen sus posturas al alza de la inicial ofrecida. Las posturas continuarán hasta que dejen de hacerse proposiciones, declarándose mejor rematante a la licitación que haya realizado la postura más alta. El órgano de contratación dictará resolución a la vista de la valoración realizada por la Mesa de Contratación sobre clasificación de las proposiciones por orden decreciente y requerirá, acto seguido al licitador o licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, para que presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 3 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Si el procedimiento quedare desierto el Ayuntamiento podrá optar entre la enajenación mediante el procedimiento negociado sin publicidad o la realización de sucesivas licitaciones rebajándose el valor de tasación sin que dicha rebaja pueda exceder del veinticinco por ciento del valor de tasación originario (art 18.2 del RB) Se requerirá nueva tasación cuando trascurrido un año desde la primera licitación no hubiese recaído acuerdo de adjudicación. (art 12.1.b) en relación con el art 18.2 párrafo final del RBA) CLÁUSULA SÉPTIMA: PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN.Las proposiciones se presentarán en un sobre cerrado (sobre mayor) en el que figurará la siguiente inscripción “Proposición para tomar parte en el procedimiento abierto, forma de subasta pública, al precio más alto, para adquisición DEL BIEN PROPIEDAD MUNICIPAL SITO EN LA CALLE SUSANA BÉNITEZ, Nº 46, DE LA LOCALIDAD Dentro de este sobre mayor se contendrán dos sobres A y B, cerrados con la misma inscripción referida en el apartado anterior y un subtítulo, que luego se dirá. La presentación de proposiciones presume, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, y la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la presente contratación. Las proposiciones para tomar parte en la presente licitación, se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento de Puente Genil, de las 9,00 a las 14,00 horas, durante el plazo de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, salvo en el supuesto de que el último día coincida en sábado o festivo que se trasladará al siguiente día hábil. Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente por las personas interesadas en la licitación. Si el día en que finalice el plazo de presentación de proposiciones fuere sábado, domingo o festivo, se consideraran como inhábiles a dichos efectos. Se publicará igualmente en el perfil del contratante del Órgano de contratación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del TRLCSP, al que se tendrá acceso, en la página web “www.aytopuentegenil.es”. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sobre "A" Documentación general. Los licitadores deberán acompañar en el sobre "A" los siguientes documentos: a).- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición en nombre propio o como apoderado. Si se tratara de una persona jurídica, las escrituras de constitución y, en su caso, de modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando ese requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 4 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto lo fuere; la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. b).- Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre concurra. Dicho poder deberá estar debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, así como debidamente bastanteado por el Secretario/a General de la Corporación Municipal. c).- Acreditación, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido la Ley de Contratos del Sector Público. Dicha acreditación podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa según los casos y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la adjudicación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, a cuyo efecto se le concederá un plazo de diez días hábiles (art. 151.2 del TRLCSP). d).- Acreditación de la solvencia económica y financiera: La acreditación de la solvencia económica y financiera deberá de realizarse por algunos de los siguientes medios: • Declaraciones apropiadas de entidades financieras. • Tratándose de personas jurídicas las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Si no estuvieran obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. • Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. f).- Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. g).- En cuanto a las empresas extranjeras comunitarias o no comunitarias se acompañarán la documentación que se indica en los artículos 55 y 58 del TRLCSP en relación los artículos 9 y 10 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga. Sobre “B” Proposición Económica. Contendrá la proposición económica firmada por el licitador o persona que le represente, y conforme al siguiente modelo: SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 5 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto <<D............................................................................................, con domicilio en .................................................., municipio …………..........................., C.P...................., y D.N.I. nº ..................................................... en nombre propio (o en representación de .................................................................., como acredito con poder bastante que se acompaña) enterado de la convocatoria mediante procedimiento abierto, oferta económica más ventajosa, único criterio de adjudicación, al precio más alto, anunciada en el BOP nº ............. de fecha ..................... y perfil del contratante del Órgano de Contratación, tomo parte en el mismo comprometiéndome a adquirir EL BIEN PROPIEDAD MUNICIPAL SITO EN LA CALLE SUSANA BENÍTEZ, Nº 46 DE LA LOCALIDAD para adjudicación, en el precio de........................................................... ..............................................................IVA excluido (letra y número) siendo que la presente transmisión no está sujeta a IVA, con arreglo al Pliego de Cláusulas Administrativas que acepto íntegramente, haciendo constar que mantengo la oferta durante tres meses y no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 60 del TRLCSP>> CLÁUSULA OCTAVA: CONSTITUCIÓN DE LA MESA CLASIFICACION DE LAS OFERTAS, ADJUDICACION DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACION.La Mesa de Contratación estará constituida por: -PRESIDENTE: El Sr. Alcalde-Presidente y como suplente la Sra. Concejala Delegada de Hacienda, Patrimonio y Recursos Humanos, Dª. Verónica Morillo Baena VOCALES: • La Secretaria General de la Corporación, Dª. Carmen López Prieto o funcionario que legalmente le sustituya. • El Interventor accidental de la Corporación, D. Pedro Díaz Gómez o funcionario que legalmente le sustituya. • D. José Delgado Cuenca, como titular y D. Rafael Bautista Franco Ruiz, como suplente. -SECRETARIO/A: Dª Inmaculada Berral Prieto, Técnico de Administración general y como suplente Dª Gema Baena Janiny, Economista municipal La mesa de contratación se reunirá al día siguiente hábil, excluidos sábados, a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, salvo que se hayan presentado por correo, en la forma prevista en otra cláusulas de este pliego, en cuyo caso la mesa se reunirá el día siguiente hábil a aquél en que se reciban, excluidos sábados, y como máximo el décimo día hábil siguiente (excepto sábados) en que finalice el plazo de presentación, recibido que haya sido por el Secretario de la Mesa certificación relacionada de la documentación presentada, ordenando el presidente la apertura de los sobre “A” de documentación administrativa y certificando el Secretario/a la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados. Sin perjuicio de lo anterior las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas mediante anuncios del Presidente de la Mesa de Contratación, insertos en el Tablón de Edictos de la Corporación, SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 6 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto concediéndose un plazo no superior a 3 días hábiles para que los licitadores lo corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación. De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. La mesa una vez calificada la documentación administrativa y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas admitidas, rechazadas con pronunciamiento expreso de las causas de su rechazo; calificada la documentación presentada se procederá ese mismo día a la apertura de los sobre “B” en acto público, los cuales contienen la oferta económica, valorándose la misma Finalmente, se realizará la valoración final clasificando las proposiciones por orden decreciente de valoración a cuyo efecto podrá solicitar los informes técnicos que se consideren precisos, y la elevará junto con el acta correspondiente, que al efecto ha de levantarse, al órgano de contratación a efectos de su adjudicación señalando la oferta económicamente más ventajosa. Se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más alto. Si el órgano de contratación, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo señalado anteriormente. El órgano de contratación dictará resolución a la vista de la valoración realizada por la Mesa de Contratación sobre clasificación de las proposiciones por orden decreciente y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas (art 151.2 del TRLCSP) El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 7 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días. CLÁUSULA NOVENA: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de 15 días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones (art 161.1 del TRLCSP) El plazo indicado se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP. De no producirse la adjudicación dentro del plazo señalado, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. CLÁUSULA UNDÉCIMA: FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de 15 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, debiendo no obstante elevarse a escritura pública en el plazo de un mes desde la notificación de la adjudicación. En el supuesto de que la escritura no se otorgue en el expresado plazo por causa imputable a alguna de las partes, la otra quedará libre de sus compromisos. Si la causa fuera imputable al adjudicatario – comprador, se incautará a éste la fianza constituida. El Ayuntamiento de Puente Genil podrá proceder nuevamente a la venta del bien, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar, conforme a la legislación vigente. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. Una vez formalizado el contrato, hecho efectivo el precio del remate y de los gastos derivados de la adjudicación, se devolverá al adjudicatario la fianza provisional. CLÁUSULA DUODÉCIMA: CLÁUSULAS DEL CONTRATO DE COMPRA-VENTA.- SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 8 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la enajenación mediante procedimiento abierto y forma de subasta pública del bien propiedad municipal, sito en la calle Susana Benítez, 46, de la localidad, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 14/06/13. Puente Genil, a 14 de junio de 2013 La Secretaria General Fdo. Carmen López Prieto La enajenación se regirá por el cuadro general de derechos y obligaciones previsto en los arts. 1445 a 1537 del Código Civil, con los siguientes pactos: 1.- Condiciones de pago: el importe del precio que el adjudicatario abone al Ayuntamiento de Puente Genil será el que figure en la resolución de adjudicación, efectuándose su pago a la fecha de formalización del contrato administrativo y, en todo caso, con anterioridad a la elevación a escritura pública del mismo, haciéndose efectivo el 100% del total del remate. 2.- Todas las obligaciones expresadas en este Pliego de Condiciones estarán garantizadas con condición resolutoria expresa de la compraventa conforme al artículo 23 de la Ley Hipotecaria. 3.- Si el adjudicatario constituye hipoteca sobre el bien para efectuar el abono del importe, la formalización de la enajenación en escritura pública y de la hipoteca se harán en unidad de acto, asegurándose el pago de la adjudicación antes de la firma de la escritura pública. El incumplimiento de las obligaciones por parte del comprador conllevará la obligación de indemnizar al Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil los daños y perjuicios ocasionados, con los intereses legales que correspondan abonar hasta la recuperación por el Ayuntamiento de la nave correspondiente. El pleno dominio de la parcela se recuperará por parte del Excmo. Ayuntamiento una vez acreditado el incumplimiento por el adjudicatario, por cualesquiera de los medios de prueba admitidos en derecho. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: NORMATIVA APLICABLE.La presente contratación se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por lo previsto en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo y en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción por las normas de derecho privado que resulte aplicables, así como de la legislación patrimonial autonómica y estatal. Puente Genil, a 8 de abril de 2013 La Secretaria General Fdo: Carmen López Prieto SECRETARÍA C/ Don Gonzalo, nº 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tlfno: 957-605034 - Fax 957-600322 9