C-2 - Salt Lake City School District
Transcripción
C-2 - Salt Lake City School District
C-2: Procedimientos Administrativos Visitantes de la Escuela REFERENCIAS Política de la Junta de Educación C-2 DEFINICIONES Visitante: Toda persona que desea entrar a un establecimiento escolar que no es empleado del distrito ni un alumno inscripto en esa escuela en ese momento. PROCEDIMIENTOS PARA IMPLEMENTACIÓN I. II. III. IV. Tipos de Visitas Escolares A. Visitas programadas: Cualquier tipo de reunión dentro de una escuela con empleados del distrito debe ser programada con anticipación. Las reuniones con el personal para discutir la experiencia académica de un alumno deben ser programadas con anticipación a fin de que todos los participantes necesarios estén disponibles para asistir y se disponga de suficiente tiempo. B. Visitas no programadas: Las reuniones para discutir problemas urgentes se realizarán siempre y cuando los participantes necesarios estén disponibles para asistir sin causar mayores trastornos al entorno educativo ni a las tareas asignadas a un empleado. C. Eventos a nivel de toda la escuela: Los eventos abiertos, tales como conciertos, ferias, actuaciones, eventos deportivos y asambleas, de entrada libre y gratuita o para los que se deba pagar una admisión, y que están abiertos para el público en general además de para la comunidad escolar local. D. Reuniones no relacionadas con temas escolares: Las reuniones entre un empleado y otro individuo que ha sido invitado a la escuela deben realizarse fuera del horario de trabajo del empleado (antes/después del horario de clase, durante la hora de almuerzo o durante los recreos programados). Estas reuniones no deben afectar la capacidad del empleado para preparar o llevar a cabo su trabajo. E. Visitas no autorizadas: Las personas que no han recibido autorización del director o la persona designada por el director para entrar al establecimiento escolar. Estos individuos serán conducidos a la oficina principal o escoltados hasta afuera de la escuela. Requisitos Generales para los Visitantes de la Escuela A. Todas las personas deben anunciarse en la oficina principal al entrar o salir de la escuela. B. Se deben exhibir avisos en todos los edificios que indiquen que se requiere que todos los visitantes se registren en la oficina escolar y obtengan autorización para permanecer dentro de la escuela. C. Todas las personas deben firmar el registro de entrada, indicando su nombre, el propósito de la visita y el nombre de la persona a la que desean ver. D. Todos los visitantes deben obtener una identificación de visitante y usarla durante todo el tiempo que permanezcan dentro de la escuela. E. Todos los visitantes deben dirigirse directamente al lugar en donde se realizará su reunión programada. F. Al finalizar su reunión, los visitantes deben regresar a la oficina, firmar el registro de salida y devolver su identificación de visitante. G. Todos los visitantes deben respetar el clima escolar y cumplir con todas las leyes, reglas escolares locales, políticas de la junta, procedimientos administrativos del distrito y normas de seguridad. Excepciones a los Requisitos para Visitantes Los padres y demás visitantes que hayan sido invitados a visitar una escuela para un evento a nivel de toda la escuela (Ver Sección I(C)) están exentos de los requisitos detallados en los puntos II(A) a (D), y (F) anteriores. Visitantes en las Aulas y Demás Áreas de Instrucción A. El acceso a determinadas aulas y otras áreas de instrucción de la escuela puede estar restringido según crea necesario el director. B. El acceso de los visitantes también puede estar restringido en ciertos horarios, tales como los horarios en los que se realizan exámenes estandarizados y demás evaluaciones de los alumnos. C. Dado que las aulas y otras áreas de instrucción son las más vulnerables a ser perturbadas, es posible que existan requisitos específicos para los visitantes, que incluyan pero no se limiten a: 1. permanecer en un lugar o asiento designado; 2. abstenerse de hablar con los alumnos mientras se está desarrollando la clase o actividad; 3. abstenerse de entrar o abandonar el área mientras la actividad está en proceso; 4. exigir que el visitante sea acompañado; y Página 1 de 2 rev. 02/09/2016 Superintendent’s Office Salt Lake City School District | 440 East 100 South, Salt Lake City, Utah 84111 | www.slcschools.org C-2 Visitantes de la Escuela (cont.) V. VI. 5. limitar la duración de la visita a determinados horarios o cantidad de tiempo específica. Conductas Perturbadoras A. No se permite que ningún visitante perturbe el entorno educativo de una escuela. El director o la persona designada por el director tiene autoridad para prohibir la entrada a la escuela a cualquier persona que perturbe o pueda perturbar el entorno educativo. B. A los individuos que perturben o parezca que podrían llegar a perturbar el entorno educativo, evitando que los empleados lleven a cabo sus tareas laborales, o creando un problema de seguridad para cualquier persona del edificio, se les pedirá: 1. que cesen la conducta perturbadora, y 2. abandonen la escuela. C. En caso que la conducta perturbadora sea grave, se podrá llamar a los agentes de la ley locales. D. A los visitantes que no cumplan con estos procedimientos administrativos se les podrá limitar su posibilidad de visitar la escuela en el futuro. Merodeo y Otras Actividades Prohibidas A. Toda persona que no sea miembro del personal escolar o del alumnado tiene prohibido merodear dentro o alrededor del edificio o propiedad escolar. Se espera que todos los empleados del distrito informen al director sobre presuntos merodeos. B. Las personas no autorizadas que entren a un edificio o propiedad de la escuela y cometan algún acto ilegal podrán ser procesadas de acuerdo con lo previsto por la ley. Ningún empleado o alumno del distrito debe estar sujeto a discriminación en el empleo ni en ningún programa o actividad del distrito por razones de edad, color, discapacidad, sexo, identidad de género, información genética, nacionalidad, embarazo, raza, religión, orientación sexual o condición de veterano de guerra. El distrito está comprometido a brindar igualdad de acceso y de oportunidades en todos sus programas, servicios y empleos, incluidos sus procesos de presentación de denuncias, políticas, acceso a programas, utilización de establecimientos del distrito, adaptaciones razonables y demás asuntos relacionados con la Igualdad de Oportunidades Laborales. El distrito también brinda igualdad de acceso a establecimientos del distrito a todos los grupos de jóvenes mencionados en el Título 36 del Código de los Estados Unidos, incluidos los grupos de scouts. Se ha designado a la persona mencionada a continuación para manejar las preguntas y denuncias relacionadas con casos de discriminación, acoso y represalias ilegales: Kathleen Christy, Superintendente Auxiliar, 440 East 100 South, Salt Lake City, Utah 84111, (801) 578-8251. También puede contactar a la Oficina de Derechos Civiles, Denver, CO, (303) 844-5695. Página 2 de 2 rev. 02/09/2016 Superintendent’s Office Salt Lake City School District | 440 East 100 South, Salt Lake City, Utah 84111 | www.slcschools.org