Inspección de equipos y capacitación de izajes
Transcripción
Inspección de equipos y capacitación de izajes
S E R V I C I O S d e A S E S O R A M I E N T O y C A P A C I T A C I O N s.r.l. ESPECIALISTAS EN IZAJE Y MAQUINARIA PESADA PORQUE INSPECCIONAR UN EQUIPO DE IZAJE LEY 19.587 SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Decretos reglamentarios Decreto 351/79 REGLAMENTO GENERAL Aparatos para izar Art. 116.- Todo nuevo aparato para izar será cuidadosamente revisado y ensayado, por personal competente, antes de utilizarlo. Diariamente, la persona encargada del manejo del aparato para izar, verificará el estado de todos los elementos sometidos a esfuerzo. Trimestralmente, personal especializado realizará una revisión general de todos los elementos de los aparatos para izar y a fondo, de los cables, cadenas, fin de carrera, límites de izaje, poleas, frenos y controles eléctricos y de mando, del aparato. DECRETO 911/96 REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LA CONSTRUCCIÓN Art. 267- El montaje y desmontaje de grúas y aparatos de izar se debe hacer bajo la supervisión directa de personal competente debiendo ser examinados periódicamente, por personal competente, todos los elementos del armazón, del mecanismo y de los accesorios de fijación de las grúas, cabrestantes, tornos y restantes dispositivos de elevación. CABLES, CADENAS, CUERDAS Y GANCHOS Art. 289- Los anillos, cuerdas, ganchos, cables, manguitos, eslabones giratorios, poleas y demás elementos utilizados para izar o bajar materiales o como medios de suspensión, deben ser ensayados: a) Antes de iniciar una obra. b) Cuando se los destine a otro uso. c) Cuando se produjera algún tipo de incidente (sobrecarga, parada súbita, etc.) que pueda alterar la integridad del elemento. d) Con la periodicidad que indique el responsable de Higiene y Seguridad. Esta tarea debe ser realizada por personal competente y autorizada por el responsable a cargo del montaje. PORQUE CAPACITAR AL PERSONAL QUE OPERE EQUIPOS DE IZAJES Decreto 351/79 Capítulo 21: Capacitación Art. 208.- Todo establecimiento estará obligado a capacitar a su personal en materia de higiene y seguridad, en prevención de enfermedades profesionales y de accidentes del trabajo, de acuerdo a las características y riesgos propios generales y específicos de las tareas que desempeña. Juan XXIII 1691 Neuquen Tel 0299 4429639/ 154054789 www.sacsrl.com.ar [email protected] S E R V I C I O S d e A S E S O R A M I E N T O y C A P A C I T A C I O N s.r.l. ESPECIALISTAS EN IZAJE Y MAQUINARIA PESADA Decreto 911/96 APARATOS ELEVADORES Art. 265- El personal afectado a tareas que utilicen aparatos elevadores deben ser adecuadamente adiestrados y capacitados en los riesgos de las tareas específicas a las que ha sido asignado QUE SERVICIOS BRINDA SAC srl PARA QUE SU EMPRESA CUMPLA CON LA LEGISLACION El personal que realiza las inspecciones y el que dicta el curso es personal competente Son profesional con incumbencia en la materia. Ingenieros Tiene experiencia en el diseño, mantenimiento y operación de equipos en el ambiente Petrolero Tienen avales de entrenamiento de entes nacionales e internacionales – IRAM – NORTH AMERICAN CRANE BUREAU – IPAF Inspeccionamos de acuerdo a norma Nacionales IRAM e internacionales ASME Capacitamos de acuerdo a normas Nacionales IRAM e internacionales ASME QUE DOCUMENTACION SE ENTREGA Inspección Planilla y certificado de inspección donde figura la norma aplicada, el lugar y día que se realizó la inspección – Oblea Las inspecciones tienen identificada la fecha de inspección y el plazo máximo de la próxima inspección de acuerdo a norma Capacitación Certificado del curso con el temario que se desarrolló Carnet de operador – Para lograr el carnet el operador debe pasar un examen teórico y uno práctico Validez del carnet dos años (2) que por nuestra experiencia es el tiempo prudencial para hacer una actualización al operador en materia de seguridad y operación en base a su experiencia y eventos que pudo tener. PREGUNTAS FRECUENTES ¿Tienen vencimiento las inspecciones? SI - De acuerdo a la legislación deben ser inspeccionados periódicamente por personal competente (decreto 911 –Art 267) Normativamente de acuerdo al uso serán los períodos de inspección, los cuales no deben ser mayores a 12 meses ¿Se deben hacer inspecciones antes de los 12 meses? SI – De acuerdo a la legislación deben ser inspeccionadas cada tres meses por personal especializado y diariamente por el operador ¿Las capacitaciones tienen vencimiento? NO – Pero deben actualizarse ¿Cuándo se acredita un carnet de operador? El carnet de operador se entrega cuando la persona tiene el conocimiento teórico practico del manejo del equipo y conoce los riesgos asociados a su operación – La norma IRAM 3920 lo define como operador designado ¿Puede un aprendiz, tener carnet? SI – Se otorga con la salvedad de que el operador está En Entrenamiento, de acuerdo a la norma IRAM 3920 y debe operar bajo la supervisión de un operador designado ¿Tienen vencimiento las acreditaciones de operador (carnet)? SI- la NormaIRAM 3921 –Seguridad en equipos de izaje - prevé la actualización del operador y también pierde vigencia cuando ha dejado temporalmente el manejo del equipo o tuvo un incidente o accidente. Juan XXIII 1691 Neuquen Tel 0299 4429639/ 154054789 www.sacsrl.com.ar [email protected]