Inspección de equipos y capacitación de izajes

Transcripción

Inspección de equipos y capacitación de izajes
S E R V I C I O S d e A S E S O R A M I E N T O y C A P A C I T A C I O N s.r.l.
ESPECIALISTAS EN IZAJE Y MAQUINARIA PESADA
PORQUE INSPECCIONAR UN EQUIPO DE IZAJE
LEY 19.587 SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Decretos reglamentarios
Decreto 351/79
REGLAMENTO GENERAL
Aparatos para izar
Art. 116.- Todo nuevo aparato para izar será cuidadosamente revisado y ensayado, por personal
competente, antes de utilizarlo.
Diariamente, la persona encargada del manejo del aparato para izar, verificará el estado de todos
los elementos sometidos a esfuerzo.
Trimestralmente, personal especializado realizará una revisión general de todos los elementos de
los aparatos para izar y a fondo, de los cables, cadenas, fin de carrera, límites de izaje, poleas,
frenos y controles eléctricos y de mando, del aparato.
DECRETO 911/96
REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LA CONSTRUCCIÓN
Art. 267- El montaje y desmontaje de grúas y aparatos de izar se debe hacer bajo la supervisión
directa de personal competente debiendo ser examinados periódicamente, por personal
competente, todos los elementos del armazón, del mecanismo y de los accesorios de fijación de
las grúas, cabrestantes, tornos y restantes dispositivos de elevación.
CABLES, CADENAS, CUERDAS Y GANCHOS
Art. 289- Los anillos, cuerdas, ganchos, cables, manguitos, eslabones giratorios, poleas y demás
elementos utilizados para izar o bajar materiales o como medios de suspensión, deben ser
ensayados:
a) Antes de iniciar una obra.
b) Cuando se los destine a otro uso.
c) Cuando se produjera algún tipo de incidente (sobrecarga, parada súbita, etc.) que pueda
alterar la integridad del elemento.
d) Con la periodicidad que indique el responsable de Higiene y Seguridad. Esta tarea debe ser
realizada por personal competente y autorizada por el responsable a cargo del montaje.
PORQUE CAPACITAR AL PERSONAL QUE OPERE EQUIPOS DE IZAJES
Decreto 351/79
Capítulo 21: Capacitación
Art. 208.- Todo establecimiento estará obligado a capacitar a su personal en materia de higiene
y seguridad, en prevención de enfermedades profesionales y de accidentes del trabajo, de
acuerdo a las características y riesgos propios generales y específicos de las tareas que
desempeña.
Juan XXIII 1691 Neuquen
Tel 0299 4429639/ 154054789
www.sacsrl.com.ar
[email protected]
S E R V I C I O S d e A S E S O R A M I E N T O y C A P A C I T A C I O N s.r.l.
ESPECIALISTAS EN IZAJE Y MAQUINARIA PESADA
Decreto 911/96
APARATOS ELEVADORES
Art. 265- El personal afectado a tareas que utilicen aparatos elevadores deben ser
adecuadamente adiestrados y capacitados en los riesgos de las tareas específicas a las que ha
sido asignado
QUE SERVICIOS BRINDA SAC srl PARA QUE SU EMPRESA CUMPLA CON LA
LEGISLACION
El personal que realiza las inspecciones y el que dicta el curso es personal competente
Son profesional con incumbencia en la materia. Ingenieros
Tiene experiencia en el diseño, mantenimiento y operación de equipos en el ambiente Petrolero
Tienen avales de entrenamiento de entes nacionales e internacionales – IRAM – NORTH
AMERICAN CRANE BUREAU – IPAF
Inspeccionamos de acuerdo a norma Nacionales IRAM e internacionales ASME
Capacitamos de acuerdo a normas Nacionales IRAM e internacionales ASME
QUE DOCUMENTACION SE ENTREGA
Inspección
Planilla y certificado de inspección donde figura la norma aplicada, el lugar y día que se realizó
la inspección – Oblea
Las inspecciones tienen identificada la fecha de inspección y el plazo máximo de la próxima
inspección de acuerdo a norma
Capacitación
Certificado del curso con el temario que se desarrolló
Carnet de operador – Para lograr el carnet el operador debe pasar un examen teórico y uno
práctico
Validez del carnet dos años (2) que por nuestra experiencia es el tiempo prudencial para hacer
una actualización al operador en materia de seguridad y operación en base a su experiencia y
eventos que pudo tener.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Tienen vencimiento las inspecciones?
SI - De acuerdo a la legislación deben ser inspeccionados periódicamente por personal
competente (decreto 911 –Art 267) Normativamente de acuerdo al uso serán los períodos de
inspección, los cuales no deben ser mayores a 12 meses
¿Se deben hacer inspecciones antes de los 12 meses?
SI – De acuerdo a la legislación deben ser inspeccionadas cada tres meses por personal
especializado y diariamente por el operador
¿Las capacitaciones tienen vencimiento?
NO – Pero deben actualizarse
¿Cuándo se acredita un carnet de operador?
El carnet de operador se entrega cuando la persona tiene el conocimiento teórico practico del
manejo del equipo y conoce los riesgos asociados a su operación – La norma IRAM 3920 lo
define como operador designado
¿Puede un aprendiz, tener carnet?
SI – Se otorga con la salvedad de que el operador está En Entrenamiento, de acuerdo a la
norma IRAM 3920 y debe operar bajo la supervisión de un operador designado
¿Tienen vencimiento las acreditaciones de operador (carnet)?
SI- la NormaIRAM 3921 –Seguridad en equipos de izaje - prevé la actualización del operador y
también pierde vigencia cuando ha dejado temporalmente el manejo del equipo o tuvo un
incidente o accidente.
Juan XXIII 1691 Neuquen
Tel 0299 4429639/ 154054789
www.sacsrl.com.ar
[email protected]

Documentos relacionados