AOS SEPA
Transcripción
AOS SEPA
atmira Modificar lo que ya existe es conseguir valor añadido AOS para SEPA e-mandate Introducción La Zona Única de Pagos en Euros (SEPA) fue creada para armonizar pagos electrónicos entre los países de la zona Euro. Comenzó en 2002 como una iniciaƟva impulsada por los gobiernos de los países miembros de la CE, contando con el respaldo del Banco Central Europeo y el EPC (European Payment Council). Esta iniciaƟva nació con el propósito de facilitar un mismo sistema de pago en el mercado único europeo, provocando un reemplazo de los sistemas de pago de cada uno de los intervinientes de la zona SEPA. A fecha 1 de febrero de 2014 todas las enƟdades que pertenecen a países de la CE, Ɵenen que acabar de susƟtuir los sistemas nacionales por las transferencias SEPA (SCT) y SEPA Direct Debit (SDD), mientras que los pertenecientes a la zona no Euro tendrán que adaptarlo el 31 de octubre de 2016. La migración a la SEPA tendrá impacto en diferentes organizaciones: bancos, administraciones públicas y empresas, las cuales cubren en el territorio europeo más de 30 mil millones de pagos anuales. En un mercado tan compeƟƟvo como el actual, donde ofrecer servicios de valor añadido para los clientes es fundamental en la estrategia de toda enƟdad financiera, la tendencia es, más que nunca, ganar en compeƟƟvidad. Por ello las enƟdades están apostando no sólo por el cumplimiento estricto de la normaƟva sino también por los denominados AOS (AddiƟonal OpƟonal Services) que favorecen la diferenciación en facilidad, capacidad y adaptabilidad a la normaƟva a través de la creación de servicios adicionales que mejoran y agilizan la calidad del servicio. En este senƟdo, se presenta el e-mandate como una de las capacidades complementarias más beneficiosas y atractivas para el mercado. El e-mandate será uno de los servicios que permitirá más ventajas y ahorro de costes de gesƟón e infraestructura a las enƟdades, a través de la automatización de la gestión, la minimización de los riesgos operacionales, la agilidad y reducción de Ɵempos en el trámite bancario y la transparencia de la información. El e-mandate es un servicio complementario que ofrecen los Bancos Acreedores a sus clientes, aunque el Banco Deudor desempeña una importarte función de validación, de forma que el Deudor se conecta a la banca electrónica del Acreedor para modificar la Orden de domiciliación electrónica. Este servicio, que permite la tramitación de una orden de domiciliación, también ofrece la posibilidad de corrección y cancelación de la misma. 2 Página En cualquiera de los instrumentos de adeudo, ya sea el tradicional o los definidos para la SEPA, para emiƟr operaciones de adeudo es necesario que previamente exista una orden firmada por el Deudor para domiciliar los pagos. Dicha orden será custodiada por el acreedor. En caso de no exisƟr ese mandato se entenderá que la operación no está autorizada. Las órdenes de domiciliación válidas para el cobro de adeudos domiciliados en el sistema tradicional antes del 1 de febrero de 2014, seguirán siendo válidas para emiƟr adeudos directos SEPA únicamente en el instrumento básico, por lo que no es necesario recabar nuevos consenƟmientos ni modificar los existentes. Ahora bien, en el caso español, se han definido una serie de reglas técnicas para la migración de los adeudos asociados a las autorizaciones preexistentes. Para la emisión de adeudos directos SEPA que no se hayan tramitado con anterioridad en el sistema tradicional, será preciso recabar nuevos mandatos basándose en las reglas de los instrumentos de adeudo directo SEPA, ya sea Básico o B2B. El reto futuro consiste en ser atracƟvo para el mercado y diferenciarse, siempre que se cumplan por completo las normas, prácƟcas y estándares de los disƟntos esquemas SEPA, siendo el e-mandate uno de los servicios opcionales que aportarán importantes beneficios para todos los parƟcipantes y actores del negocio de pagos. 3 Página Afecciones en los procesos de conversión de los pagos SEPA en un proceso STP En la normaƟva interbancaria: El servicio de e-mandate es un AOS a nivel comunitario que se encuentra contemplado en el Anexo VII del Rulebook de Esquema Básico SDD de SEPA V6.0 aprobada. Se trata de un servicio que Ɵene una parte de comunicación entre el Banco Acreedor y el Banco Deudor que está pendiente de normalizarse, cuyo objeƟvo es que el Banco Acreedor presente la autorización electrónica que ha recibido del Deudor para que el Banco Deudor valide y confirme los datos recibidos de su cliente. Esto afectará al intercambio bancario de la aplicación de adeudos SEPA y los procesos de lectura y tratamiento de las misma. En el CORE bancario asociado a los pagos: El impacto sobre la parte de autorizaciones de mandatos de la aplicación de adeudos y la gesƟón de los mismos es un tema central. Se deberán estudiar los cambios de gesƟón que implica la autorización electrónica y los cambios funcionales también inherentes a la vida y modificación de un mandato que ahora puede ser modificado de forma electrónica y online, a priori, en cualquier franja horaria. En la relación contractual con clientes o proveedores: La orden o mandato es un acuerdo entre acreedor y deudor que no necesita la validación posterior por parte de una enƟdad. El texto del mandato debe estar redactado en una de las lenguas del país del Deudor y en inglés si el Acreedor no puede determinar el idioma de origen. El documento del mandato debe contener los datos obligatorios que se exigen para idenƟficar la orden de domiciliación en SEPA, a saber: la referencia única del mandato, el nombre y domicilio del Deudor, el IBAN, y en su caso el BIC, de la cuenta del Deudor, el nombre del Acreedor, el idenƟficador del acreedor, el Ɵpo de pago, la fecha de firma y la firma del Deudor, e indicar claramente que se trata de un mandato de adeudo directo SEPA. 4 Página En los procedimientos de validación del trámite bancario: Una orden o mandato es una autorización de débito que permite al Banco Acreedor emiƟr cargos directamente de la cuenta del Deudor, de la cuanơa correspondiente al pago de cualquier Ɵpo de contrato parƟcular (ej: pago de bienes y servicios), usando directamente el esquema de débito SEPA. La emisión de una orden que realiza todo el proceso mediante medios electrónicos es un e-mandate. Las operaciones de un e-mandate (orden, recƟficación y cancelación) se realizan a través de Internet en Ɵempo real y de manera segura. 1. 4. 2. 3. 1. El Deudor rellena y envía una peƟción de e-mandate en la web del Acreedor. 2 y 3. La peƟción del Deudor se envía al servicio de validación de su banco mediante el servicio establecido por el Banco Acreedor. La ruta envía la peƟción al Banco del Deudor. 4. El Deudor autenƟfica y valida el e-mandate a través de su Banco online. Finalmente, el e-mandate aprobado vuelve a la web del Acreedor. 5 Página Beneficios La adopción de un servicio de e-mandate como parte de la estrategia de una enƟdad para agregar valor y ganar en compeƟƟvidad, Ɵene ventajas tanto para el Acreedor y el Deudor como para los dos bancos involucrados a nivel de ahorro, seguridad, fiabilidad y eficacia; ya que supone no tener intervención manual en cualquier operaƟva. Las principales ventajas para los diferentes intervinientes son: Para las enƟdades (deudoras y acreedores): > AutomaƟzación del proceso, agilizando el pago al facilitar al deudor la posibilidad de realizar todos los trámites de forma digital (imprimir, firmar y enviar el impreso), enviando toda la documentación por correo al Acreedor. > Agregación de valor a sus clientes o consumidores a través servicios adicionales en el ámbito de la gesƟón de órdenes de domiciliación electrónicas, parƟendo de la información relacionada con las órdenes de domiciliación electrónicas recibidas/emiƟdas por cualquier medio electrónico a través del servicio de emisión/validación solicitado. Para el deudor: > Facilidad en los trámites de aceptación del adeudo al evitar imprimir, firmar y enviar el impreso al Acreedor. > Simplificación del proceso de autorización de la deuda gracias a la capacidad de poder integrar, de forma transparente para el Deudor, el servicio de e-mandate en las plataformas comerciales actuales de Banca Electrónica, facilitando la capacidad de poder realizar un rechazo en el Ɵpo que está mandado. Para el acreedor: > AutomaƟzación de principio a fin del proceso de órdenes de domiciliación, STP (Straight Through Processing), garanƟzando la emisión, modificación y cancelación de dichas órdenes, favoreciendo todo el proceso de gesƟón y garanƟzando la seguridad del ciclo de pago. > Estandarización, que facilita la reducción de problemas técnicos u organizaƟvos locales a la hora de emiƟr, corregir y cancelar órdenes de domiciliación, además de favorecer la capacidad del Acreedor para el tratamiento de los pagos a nivel europeo. > Mayor oportunidad de ventas y menores obstáculos al negocio, garanƟzando que las órdenes de domiciliación electrónica se efectúan de modo seguro, permiƟendo hacer efecƟvo el derecho del Deudor a acceder a la cuenta que él especifique. 6 Página Conclusiones y aportación de valor atmira colabora con diferentes enƟdades financieras de ámbito nacional e internacional ayudándolas a cumplir con los requerimientos normativos SEPA. A partir de estas colaboraciones y a través de nuestras mejores prácƟcas en proyectos de consultoría y desarrollo en este entorno, hemos elaborado una serie de ideas o recomendaciones en torno a los AddiƟonal OpƟonal Services que contribuirán a hacer más compeƟƟvas a las enƟdades a través del desarrollo de servicios diferenciales, innovadores y de gran valor añadido. IdenƟficación de servicios de valor atmira Research ConsulƟng Group es un grupo especializado en entorno normaƟvo para el sector financiero, que mediante un conocimiento exhausƟvo del mercado y de las actualizaciones normaƟvas, idenƟfica a través de estudios diferenciales los servicios de valor de futuro que favorecerán al desarrollo de las enƟdades en el Ɵempo. Este grupo ofrece conocimiento de alto nivel sobre la actual normaƟva de SEPA, sus actualizaciones periódicas y las capacidades, cambios y beneficios que comportan los AOS que, en un futuro cercano, serán parte determinante a la hora de elegir un banco para la gesƟón de los cobros y pagos dentro de la zona SEPA. Acompañamiento en la adopción de AddiƟonal OpƟonal Services (AOS) - e mandate A través de nuestra experiencia en el acompañamiento del desarrollo de proyectos tanto normaƟvos como del área de medios de pago, aportamos a las enƟdades financieras no solamente una visión de negocio sino también unas capacidades funcionales y de gesƟón de proyectos “end to end” que contribuyen a la implementación con éxito de los cambios normaƟvos o de servicios adicionales en torno a las exigencias regulatorias marcadas por EPC, garanƟzando el éxito del proyecto y su propia gesƟón. Colaboramos en la definición y desarrollo de nuevos servicios de valor añadido como el e-mandate de forma sencilla, ágil y transparente para la enƟdad, a través de la definición, la adaptación y la mejora de los procesos de los aplicativos de transferencias y adeudos SEPA. Facilitamos la idenƟficación de nuevas interfases de intercambio bancario de pago (bancos adheridos y Cámaras de Intercambio) y garanƟzamos la calidad y la agilidad de la propia implementación e integración de la autorización electrónica del cobro en las plataformas actuales de Banca Electrónica. Migración SEPA atmira ha colaborado con varios de los principales bancos en el rediseño y la transformación de sus cadenas de valor de pagos para adaptarlas al entorno de SEPA. Esto nos sitúa en una posición diferencial y cualificada para ayudar a las enƟdades financieras en la migración de las aplicaciones de domiciliaciones y transferencias que Ɵenen que cumplir con las exigencias regulatorias relacionadas con los pagos en la zona Euro. Contamos con personal altamente cualificado tanto a nivel de negocio como tecnológico y con una factoría de soŌware capaz de desarrollar un proyecto de migración SEPA en un corto periodo de Ɵempo. 7 Página atmira Madrid SanƟago de Compostela 94. 8ª pl. 28035 MADRID T: +34 91 447 18 47 atmira Barcelona Beethoven 15. 6ª pl. 08021 BARCELONA T: +34 93 409 19 14 atmira Vilafranca del Penedès Ronda de Mar 27-29 08720 VILAFRANCA DEL PENEDÈS T: +34 93 169 43 10 www.atmira.com Sobre atmira: atmira es una consultora IT orientada a ofrecer servicios de valor añadido al sector financiero. Mediante una metodología propia de trabajo y un dilatado conocimiento del negocio financiero de las cajas y los bancos, proporcionamos a las entidades soluciones especializadas y altamente competitivas de “core-banking” (servidor financiero), así como plataformas específicas en el entorno de seguimiento del riesgo crediƟcio y en el de recuperación de la deuda. Además, somos capaces de incrementar de forma exponencial la rentabilidad de las enƟdades mediante un modelo propietario y diferencial de “Lending Management Services” diseñado a medida del mercado y del cliente, que abarca modelos de sourcing de deslocalización de servicios profesionales, outsourcing de aplicaciones y centros de excelencia. Ofreciendo a las organizaciones el máximo conocimiento de negocio y tecnológico que facilite la rápida adaptación a los cambios normaƟvos, afrontar con éxito los procesos de concentración (M&A) y diversificar el negocio a través de la potenciación de nuevos canales.” Fue fundada en 2005, a día de hoy cuenta con delegaciones en Madrid, Barcelona y Vilafranca del Penedès. Las soluciones y los servicios de atmira están definidos y desarrollados en base a los más de 20 años de experiencia con los que cuenta su equipo directivo en el sector financiero. En la actualidad cuenta con más de 40 clientes y Ɵene más de 350 empleados, logrando una cifra de negocio de 19 millones de euros en 2012. Copyright 2011, atmira Todos los derechos reservados. 8 Página