AOS SEPA

Transcripción

AOS SEPA
atmira
Modificar lo que ya existe
es conseguir valor añadido
AOS para SEPA
e-mandate
Introducción
La Zona Única de Pagos en Euros (SEPA) fue creada para armonizar pagos
electrónicos entre los países de la zona Euro. Comenzó en 2002 como
una iniciaƟva impulsada por los gobiernos de los países miembros de la
CE, contando con el respaldo del Banco Central Europeo y el EPC (European
Payment Council).
Esta iniciaƟva nació con el propósito de facilitar un mismo sistema de
pago en el mercado único europeo, provocando un reemplazo de los
sistemas de pago de cada uno de los intervinientes de la zona SEPA.
A fecha 1 de febrero de 2014 todas las enƟdades que pertenecen a países
de la CE, Ɵenen que acabar de susƟtuir los sistemas nacionales por
las transferencias SEPA (SCT) y SEPA Direct Debit (SDD), mientras
que los pertenecientes a la zona no Euro tendrán que adaptarlo el 31
de octubre de 2016. La migración a la SEPA tendrá impacto en diferentes
organizaciones: bancos, administraciones públicas y empresas, las
cuales cubren en el territorio europeo más de 30 mil millones de
pagos anuales.
En un mercado tan compeƟƟvo como el actual, donde ofrecer servicios
de valor añadido para los clientes es fundamental en la estrategia de
toda enƟdad financiera, la tendencia es, más que nunca, ganar en
compeƟƟvidad. Por ello las enƟdades están apostando no sólo por el
cumplimiento estricto de la normaƟva sino también por los denominados
AOS (AddiƟonal OpƟonal Services) que favorecen la diferenciación en
facilidad, capacidad y adaptabilidad a la normaƟva a través de la creación
de servicios adicionales que mejoran y agilizan la calidad del servicio.
En este senƟdo, se presenta el e-mandate como una de las capacidades
complementarias más beneficiosas y atractivas para el mercado.
El e-mandate será uno de los servicios que permitirá más ventajas y
ahorro de costes de gesƟón e infraestructura a las enƟdades, a través
de la automatización de la gestión, la minimización de los riesgos
operacionales, la agilidad y reducción de Ɵempos en el trámite bancario y
la transparencia de la información.
El e-mandate es un servicio complementario que ofrecen los Bancos
Acreedores a sus clientes, aunque el Banco Deudor desempeña una
importarte función de validación, de forma que el Deudor se conecta a
la banca electrónica del Acreedor para modificar la Orden de domiciliación
electrónica.
Este servicio, que permite la tramitación de una orden de domiciliación,
también ofrece la posibilidad de corrección y cancelación de la misma.
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En cualquiera de los instrumentos de adeudo, ya sea el tradicional o los
definidos para la SEPA, para emiƟr operaciones de adeudo es necesario
que previamente exista una orden firmada por el Deudor para domiciliar
los pagos. Dicha orden será custodiada por el acreedor.
En caso de no exisƟr ese mandato se entenderá que la operación no
está autorizada.
Las órdenes de domiciliación válidas para el cobro de adeudos domiciliados
en el sistema tradicional antes del 1 de febrero de 2014, seguirán siendo
válidas para emiƟr adeudos directos SEPA únicamente en el instrumento
básico, por lo que no es necesario recabar nuevos consenƟmientos ni
modificar los existentes.
Ahora bien, en el caso español, se han definido una serie de reglas técnicas para
la migración de los adeudos asociados a las autorizaciones preexistentes.
Para la emisión de adeudos directos SEPA que no se hayan tramitado
con anterioridad en el sistema tradicional, será preciso recabar nuevos
mandatos basándose en las reglas de los instrumentos de adeudo directo
SEPA, ya sea Básico o B2B.
El reto futuro consiste en ser atracƟvo para el mercado y diferenciarse,
siempre que se cumplan por completo las normas, prácƟcas y estándares
de los disƟntos esquemas SEPA, siendo el e-mandate uno de los servicios
opcionales que aportarán importantes beneficios para todos los parƟcipantes
y actores del negocio de pagos.
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Afecciones en los procesos de
conversión de los pagos SEPA en un
proceso STP
En la normaƟva interbancaria:
El servicio de e-mandate es un AOS a nivel comunitario que se encuentra
contemplado en el Anexo VII del Rulebook de Esquema Básico SDD
de SEPA V6.0 aprobada.
Se trata de un servicio que Ɵene una parte de comunicación entre el
Banco Acreedor y el Banco Deudor que está pendiente de normalizarse,
cuyo objeƟvo es que el Banco Acreedor presente la autorización
electrónica que ha recibido del Deudor para que el Banco Deudor
valide y confirme los datos recibidos de su cliente.
Esto afectará al intercambio bancario de la aplicación de adeudos
SEPA y los procesos de lectura y tratamiento de las misma.
En el CORE bancario asociado a los pagos:
El impacto sobre la parte de autorizaciones de mandatos de la aplicación
de adeudos y la gesƟón de los mismos es un tema central.
Se deberán estudiar los cambios de gesƟón que implica la autorización
electrónica y los cambios funcionales también inherentes a la vida
y modificación de un mandato que ahora puede ser modificado
de forma electrónica y online, a priori, en cualquier franja horaria.
En la relación contractual con clientes o proveedores:
La orden o mandato es un acuerdo entre acreedor y deudor que no
necesita la validación posterior por parte de una enƟdad.
El texto del mandato debe estar redactado en una de las lenguas del
país del Deudor y en inglés si el Acreedor no puede determinar el
idioma de origen.
El documento del mandato debe contener los datos obligatorios que
se exigen para idenƟficar la orden de domiciliación en SEPA, a saber:
la referencia única del mandato, el nombre y domicilio del Deudor, el
IBAN, y en su caso el BIC, de la cuenta del Deudor, el nombre del Acreedor,
el idenƟficador del acreedor, el Ɵpo de pago, la fecha de firma y la
firma del Deudor, e indicar claramente que se trata de un mandato de
adeudo directo SEPA.
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En los procedimientos de validación del trámite bancario:
Una orden o mandato es una autorización de débito que permite al
Banco Acreedor emiƟr cargos directamente de la cuenta del Deudor,
de la cuanơa correspondiente al pago de cualquier Ɵpo de contrato
parƟcular (ej: pago de bienes y servicios), usando directamente el
esquema de débito SEPA.
La emisión de una orden que realiza todo el proceso mediante medios
electrónicos es un e-mandate. Las operaciones de un e-mandate (orden,
recƟficación y cancelación) se realizan a través de Internet en Ɵempo
real y de manera segura.
1.
4.
2.
3.
1. El Deudor rellena y envía una peƟción de e-mandate en la web
del Acreedor.
2 y 3. La peƟción del Deudor se envía al servicio de validación de
su banco mediante el servicio establecido por el Banco Acreedor.
La ruta envía la peƟción al Banco del Deudor.
4. El Deudor autenƟfica y valida el e-mandate a través de su Banco
online. Finalmente, el e-mandate aprobado vuelve a la web del
Acreedor.
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Beneficios
La adopción de un servicio de e-mandate como parte de la estrategia de
una enƟdad para agregar valor y ganar en compeƟƟvidad, Ɵene ventajas
tanto para el Acreedor y el Deudor como para los dos bancos involucrados
a nivel de ahorro, seguridad, fiabilidad y eficacia; ya que supone no tener
intervención manual en cualquier operaƟva. Las principales ventajas para
los diferentes intervinientes son:
Para las enƟdades (deudoras y acreedores):
> AutomaƟzación del proceso, agilizando el pago al facilitar al
deudor la posibilidad de realizar todos los trámites de forma digital
(imprimir, firmar y enviar el impreso), enviando toda la documentación
por correo al Acreedor.
> Agregación de valor a sus clientes o consumidores a través servicios
adicionales en el ámbito de la gesƟón de órdenes de domiciliación
electrónicas, parƟendo de la información relacionada con las órdenes
de domiciliación electrónicas recibidas/emiƟdas por cualquier medio
electrónico a través del servicio de emisión/validación solicitado.
Para el deudor:
> Facilidad en los trámites de aceptación del adeudo al evitar imprimir,
firmar y enviar el impreso al Acreedor.
> Simplificación del proceso de autorización de la deuda gracias
a la capacidad de poder integrar, de forma transparente para el
Deudor, el servicio de e-mandate en las plataformas comerciales
actuales de Banca Electrónica, facilitando la capacidad de poder
realizar un rechazo en el Ɵpo que está mandado.
Para el acreedor:
> AutomaƟzación de principio a fin del proceso de órdenes de
domiciliación, STP (Straight Through Processing), garanƟzando la
emisión, modificación y cancelación de dichas órdenes, favoreciendo
todo el proceso de gesƟón y garanƟzando la seguridad del ciclo de
pago.
> Estandarización, que facilita la reducción de problemas técnicos u
organizaƟvos locales a la hora de emiƟr, corregir y cancelar órdenes de
domiciliación, además de favorecer la capacidad del Acreedor para
el tratamiento de los pagos a nivel europeo.
> Mayor oportunidad de ventas y menores obstáculos al negocio,
garanƟzando que las órdenes de domiciliación electrónica se efectúan
de modo seguro, permiƟendo hacer efecƟvo el derecho del Deudor
a acceder a la cuenta que él especifique.
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Conclusiones y aportación de valor
atmira colabora con diferentes enƟdades financieras de ámbito nacional e internacional
ayudándolas a cumplir con los requerimientos normativos SEPA. A partir de estas colaboraciones
y a través de nuestras mejores prácƟcas en proyectos de consultoría y desarrollo en
este entorno, hemos elaborado una serie de ideas o recomendaciones en torno a los
AddiƟonal OpƟonal Services que contribuirán a hacer más compeƟƟvas a las enƟdades a
través del desarrollo de servicios diferenciales, innovadores y de gran valor añadido.
IdenƟficación de servicios de valor
atmira Research ConsulƟng Group es un grupo especializado en entorno normaƟvo
para el sector financiero, que mediante un conocimiento exhausƟvo del mercado y
de las actualizaciones normaƟvas, idenƟfica a través de estudios diferenciales los servicios
de valor de futuro que favorecerán al desarrollo de las enƟdades en el Ɵempo.
Este grupo ofrece conocimiento de alto nivel sobre la actual normaƟva de SEPA, sus
actualizaciones periódicas y las capacidades, cambios y beneficios que comportan
los AOS que, en un futuro cercano, serán parte determinante a la hora de elegir un
banco para la gesƟón de los cobros y pagos dentro de la zona SEPA.
Acompañamiento en la adopción de AddiƟonal OpƟonal Services
(AOS) - e mandate
A través de nuestra experiencia en el acompañamiento del desarrollo de proyectos
tanto normaƟvos como del área de medios de pago, aportamos a las enƟdades financieras
no solamente una visión de negocio sino también unas capacidades funcionales y de
gesƟón de proyectos “end to end” que contribuyen a la implementación con éxito de
los cambios normaƟvos o de servicios adicionales en torno a las exigencias regulatorias
marcadas por EPC, garanƟzando el éxito del proyecto y su propia gesƟón.
Colaboramos en la definición y desarrollo de nuevos servicios de valor añadido como
el e-mandate de forma sencilla, ágil y transparente para la enƟdad, a través de la
definición, la adaptación y la mejora de los procesos de los aplicativos de
transferencias y adeudos SEPA. Facilitamos la idenƟficación de nuevas interfases de
intercambio bancario de pago (bancos adheridos y Cámaras de Intercambio)
y garanƟzamos la calidad y la agilidad de la propia implementación e integración de la
autorización electrónica del cobro en las plataformas actuales de Banca Electrónica.
Migración SEPA
atmira ha colaborado con varios de los principales bancos en el rediseño y la transformación
de sus cadenas de valor de pagos para adaptarlas al entorno de SEPA. Esto nos sitúa en
una posición diferencial y cualificada para ayudar a las enƟdades financieras en la
migración de las aplicaciones de domiciliaciones y transferencias que Ɵenen que
cumplir con las exigencias regulatorias relacionadas con los pagos en la zona Euro.
Contamos con personal altamente cualificado tanto a nivel de negocio como tecnológico
y con una factoría de soŌware capaz de desarrollar un proyecto de migración SEPA
en un corto periodo de Ɵempo.
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atmira Madrid
SanƟago de Compostela 94. 8ª pl.
28035 MADRID
T: +34 91 447 18 47
atmira Barcelona
Beethoven 15. 6ª pl.
08021 BARCELONA
T: +34 93 409 19 14
atmira Vilafranca del Penedès
Ronda de Mar 27-29
08720 VILAFRANCA DEL PENEDÈS
T: +34 93 169 43 10
www.atmira.com
Sobre atmira:
atmira es una consultora IT orientada a ofrecer servicios de valor añadido al
sector financiero. Mediante una metodología propia de trabajo y un dilatado
conocimiento del negocio financiero de las cajas y los bancos, proporcionamos
a las entidades soluciones especializadas y altamente competitivas de
“core-banking” (servidor financiero), así como plataformas específicas en el
entorno de seguimiento del riesgo crediƟcio y en el de recuperación de la deuda.
Además, somos capaces de incrementar de forma exponencial la rentabilidad de
las enƟdades mediante un modelo propietario y diferencial de “Lending Management
Services” diseñado a medida del mercado y del cliente, que abarca modelos de
sourcing de deslocalización de servicios profesionales, outsourcing de aplicaciones
y centros de excelencia. Ofreciendo a las organizaciones el máximo conocimiento
de negocio y tecnológico que facilite la rápida adaptación a los cambios normaƟvos,
afrontar con éxito los procesos de concentración (M&A) y diversificar el negocio a
través de la potenciación de nuevos canales.”
Fue fundada en 2005, a día de hoy cuenta con delegaciones en Madrid, Barcelona
y Vilafranca del Penedès. Las soluciones y los servicios de atmira están definidos y
desarrollados en base a los más de 20 años de experiencia con los que cuenta su
equipo directivo en el sector financiero. En la actualidad cuenta con más de
40 clientes y Ɵene más de 350 empleados, logrando una cifra de negocio de 19
millones de euros en 2012.
Copyright 2011, atmira
Todos los derechos reservados.
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