Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona AUTO Nº /2014

Transcripción

Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona AUTO Nº /2014
FRANCESC RUIZ CASTEL
Referencia
1
Cliente
MARGARITA MARTIN FILGUEIRA
Juzgado Primera Instancia 54 Barcelona
17/09/2014
15/09/2014
Resolución
Letrado
Procedimiento
Notificación
Procesal
Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona
Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 11 - Barcelona - C.P.: 08075
TEL.: 935549454
FAX: 935549554
EMAIL:[email protected]
N.I.G.: 0801942120138208501
Procedimiento ordinario
2014 -D1
Materia: Juicio ordinario por cuantía
Cuenta BANCO SANTANDER:
IBAN en formato electrónico: ES5500493569920005001274
IBAN en formato papel: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274
Beneficiario: Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona
Concepto: Nº Cuenta Expediente del Juzgado
Administració de justícia a Catalunya · Administración de justicia en Cataluña
Parte demandante/ejecutante:
Procurador/a: Francisco Ruiz Castel, Francisco Ruiz
Castel, Francisco Ruiz Castel, Francisco Ruiz Castel
Abogado/a: MARGARITA MARTIN F LGUE RA
Parte demandada/ejecutada: Cia de Seguros ZURICH
Procurador/a: Eulalia Castellanos Llauger
Abogado/a:
AUTO Nº
/2014
Magistrado que lo dicta: Juan Ignacio Calabuig Alcala del Olmo
Lugar: Barcelona
Fecha: 15 de septiembre de 2014
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. En el presente proceso promovido por el Procurador Francisco Ruiz Castel en
nombre y representación de
, contra la Cia de Seguros
ZURICH; en el que ejercita la pretensión de reclamación de la suma de 114.691,11
euros, las partes han llegado a un acuerdo para su homologación judicial en los
términos que se harán constar en la parte dispositiva de la presente resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Dispone el artículo 19.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que los
litigantes están facultados para disponer del objeto del juicio, excepto cuando la ley lo
prohíba o establezca limitaciones por razones de interés general o en beneficio de
tercero.
Añade el apartado siguiente que si las partes pretenden, como en este caso, una
transacción judicial y el acuerdo o convenio es conforme a lo anteriormente previsto,
será homologado por el tribunal que esté conociendo del litigio al que se pretenda poner
fin.
Signat per Campo Güerri,
María Jesús
Calabuig Alcala del Olmo,
Juan Ignacio
Codi Segur de Verificació: E1NBW5F8VM2I1XMNKI2FPO10J5XYAIQ
Document electrònic garantit amb signatura-e. Adreça web per verificar:
https://ejusticia.gencat.cat/IAP/consultaCSV.html
Administració de justícia a Catalunya / Administración de justicia en Cataluña
Data i hora 16/09/2014 10:28
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