REGLAMENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACION

Transcripción

REGLAMENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACION
Universidad Nacional de Ingeniería
Instituto General de Investigación
Reglamento de
proyectos de investigación
IGI - INCENTIVANDO LA INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
-qrrrlr"rbr, -9?*/"rr/
免
J'; tll?
2 2JL 20B
el Oficio No 468-201311er.V R del Presidente de la Comisi6n Acad6mica
lnvestigaci6n del Consejo Universitario de la Universidad Nacional de lngenierla;
Visto
y
de
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluci6n Rectoral No 1003 de fecha 11 de setiembre de 2003, en atenci6n
a lo acordado por el Consejo Universitario en sesi6n extraordinaria No 23-2003, se aprob6 el
Reglamento de Proyectos de lnvestigaci6n de la Universidad Nacional de lngenierla; el cual
fue modificado por el Consejo Universitario mediante las Resoluciones Rectorales No 0435 y
No 0460 de fechas 29 de marzo y 04 de abril de\2012, respectivamente;
Que, el Primer Vicerrector y Presidente de la Comisi6n Acad6mica y de lnvestigaci6n del
Consejo Universitario de la Universidad Nacional de lngenieria mediante el documento del
visto, pone de conocimiento que la Comisi6n en sesi6n No 26-2013 del 17 de junio de 2013,
acord6 proponer al Consejo Universitario Ia actualizaci6n del Reglamento de Proyecto de
lnvestigaci6n, que fuera presentado por el Director del lnstituto General de lnvestigaci6n de
la Universidad Nacional de lngenieria;
Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesi6n e)draordinaria No 20 del 19 de
junio de 2013, y en cumplimiento a lo establecido por el articulo 50 inciso a) del Estatuto de
la Universidad Nacional de lngenieria;
SE RESUELVE:
Articulo Onico.- Aprobar la actualizaci6n del Reglamento de Proyecto de lnvestigaci6n de
la Universidad Nacional de lngenieria; que como anexo forma parte de la presente
resoluci6n.
Registrese,
ARAU」 0
General
4・
c,漁・
A・
y cimplase.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
grrrlr"rb* -gf*rtrrl JG fi27
Y,r,,.,22JU1.2013
UNiVERSIDAD NAC:ONAL DE INGENIERIA
RECLAMENTO DE PROYECTOS
DE INVESTIGACi6N
(Aprobado en Cons可 o Universitario No 20 de:19 deluniO de:2013)
BASE LEGAL:
El presente Reglamento se sustenta en lo siguiente:
.
.
.
.
o
.
Ley Universitaria No 23733
Ley No 26703
Ley No 26706
Norma T6cnica Peruana N's. 732.001.2009:732.002.2009;732.003.2011
Directivas vigentes del MEF
Estatulo de la Universidad Nacional de lngenieria
CAPITULO
I
DISPOSICIONES GENERALES
Del Objetivo
Art.
"lo
Es objeto del presente Reglamento establecer las normas y el procedimiento
la
para
elaboraci6n, aprobaci6n, desarrollo, financiaci6n, supervisi6n,
evaluaci6n, publicaci6n y/o explotaci6n de los proyectos de investigaci6n en la
Universidad Nacional de lngenieria.
De los Proyectos de lnvestigaci6n
Ari.20
Los proyectos de investigaci6n constituyen trabajos creativos y sistem6ticos
orientados a crear conocimiento en ciencia y tecnologia o al desarrollo de sus
aplicaciones, que permitan el incremento de la disponibilidad de conocimiento
en ciencia y tecnologia y/o el desarrollo de su uso para implementar nuevas
aplicaciones.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
物
/1127
Y,b,.,2IJUL2013
De ios Ambitos de la investigaci6n
Art.30 Son
Smbitos de aplicaci6n: la investigaci6n b6sica, aplicada,
experimental y la innovaci6n tecnol69ica.
el
desarrollo
De los partacipantes
Art.
40
Podr5n participar en los proyectos de investigaci6n: los profesores ordinarios,
extraordinarios, contratados y cesantes sin perjuicio de cumplir con sus
obligaciones acad6micas y administrativas; estudiantes y egresados de la
Universidad; asi como especialistas en calidad de invitados o los trabajadores
administrativos como apoyo.
Art.
5(,
En los proyectos de investigaci6n interdisciplinaria, se requiere la participaci6n
de, por lo menos, dos profesores de diferentes Facultades de la Universidad,
con formaci6n acad6mica en disciplinas diferentes.
Del Jefe del Proyecto de lnvestigaci6n
60
Todo proyecto de investigaci6n cuenta con un jefe, quien es responsable de su
formulaci6n, ejecuci6n, culminaci6n y manejo econ6mico.
Art.7o
El jefe es un profesor ordinario a tiempo completo o dedicaci6n exclusiva,
excepcionalmente, podr5 ser un profesor ordinario a tiempo parcial o contratado
a tiempo completo o un profesor cesante de reconocida trayectoria como
investigador.
Art.
De la descarga horaria del profesor investigador
Art.80
La condici6n de profesor investigador da derecho a una carga lectiva menor a
10 horas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Asignaci6n de carga
lectiva para profesores UNl. Derechos y deberes adicionales son regidos por el
reglamento del profesor investigador.
CAP|TULO II
DEL FINANCIAMIENTO
De las fuentes de financiamiento
Art.go Los
proyectos de investigaci6n son financiados con: recursos ordinarios y
directamente recaudados o con donaciones, transferencias, u otras fuentes.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
物
/1127
%% 22」 UL 2013
Art. 10o Adem6s de los recursos ordinarios y de acuerdo con la Politica General de
lnvestigaci6n y el Plan Unico de lnvestigaci6n la Universidad destinar6 como
minimo el 1% de los recursos directamente recaudados, asl mismo el 50olo de
las utilidades transferidas por las Empresas de la Universidad.
Del presupuesto
Art.
1
'lo El presupuesto anual para la investigaci6n ser5 destinado a financiar
la
ejecuci6n de los proyectos de investigaci6n, Ia difusi6n de resultados, o a la
promoci6n y el reconocimiento de trabajos de investigaci6n de excelencia.
De los alcances del financiamaento
Art. '120 El financiamiento comprende:
a) Subvenci6n a los investigadores.
b) Pago por las actividades de apoyo o de servicios.
c) Adquisici6n de materiales, maquinaria, equipos, insumos y costo de
d)
e)
f)
g)
h)
instalaciones
Publicaci6n
Pago por registro y mantenimiento de patentes.
Apoyo al desarrollo de trabajos de investigaci6n mediante concurso para
optar, mediante tesis, el Titulo Profesional y grados academicos.
Apoyo a la participaci6n de los integrantes de la Universidad, como
expositores en eventos acad6micos.
Apoyo a investigadores visitantes.
De la Subvenci6n a los investigadores
Art. 130
subvenci6n, destinado a los miembros del equipo de
investigaci6n en conjunto, sera establecido por las bases de cada concurso .
El monto de la
Art. 14o El jefe del proyecto fijar6 el porcentaje de subvenci6n que le corresponda a cada
participante del proyecto, seg[n la dedicaci6n horaria, categoria, experiencia y
calificaci6n.
〆
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
/1127
物
焼
2 2 JUL
2013
CAP|TULO III
DE LA ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE INVESTIGACTON
Del Perfil de proyecto
Art. 15o
El perfil del proyecto seri presentado al Director del lnstituto General de
lnvestigaci6n de la Universidad (lGl) o al Director del lnstituto de lnvestigaci6n
de la Facultad, seg[n sea el caso.
Del contenido
Art. 160 El perfil del proyecto, tendr6 los siguientes elementos:
a)
b)
c)
d)
e)
0
S)
h)
i)
j)
k)
l)
Titulo de la lnvestigaci6n
Nombre, grado del lnvestigador o lnvestigadores
Nombre del lnstituto donde se llevar5 a cabo la investigaci6n
Resumen
Justificaci6n y potenciales beneficiarios
Objetivo
Antecedentes
Hip6tesis
Aportes esperados
Descripci6n t6cnica y Metodologia
Cronograma, actividades, Presupuesto y financiamiento
Referencias
De la ficha t6cnica
Art.'l7o La ficha t6cnica es el documento oficial de presentaci6n de un proyecto de
investigaci6n que tiene caracter de Declaraci6n Jurada es llenada y firmada por
el Jefe del Proyecto en el formato oficial proporcionado por el lnstituto de
lnvestigaci6n.
De los proyectos interdisciplinarios
Art. 180
Los proyectos interdisciplinarios que comprometan los recursos de las
Facultades deber6n contar con la aprobaci6n del Decano para el aspecto
financiero.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
物
/1127
丘%降 2 2 JuL 2013
CAPITULO IV
DE LA EVALUACION
Y
LA APROBACION DE LOS PROYECTOS
De los criterios de evaluaci6n
Art. '190 El Vicerrector de lnvestigaci6n a propuesta del Director del lGl establecer6 los
criterios de evaluaci6n de los proyectos y se publicaren anualmente.
Del Comit6 de lnvestigaci6n
Art.2oo El lnstituto de lnvestigaci6n de cada Facultad contar5 con un Comit6 de
lnvestigaci6n (Cl), encargado de evaluar, aprobar, supervisar, cancelar el perfil y
establecer el monto de la subvenci6n.
Art.21o El Comit6 de lnvestigaci6n estard conformado por el Director del lnstituto de
lnvestigaci6n y dos profesores con grado de Doctor, designados por el Consejo
de Facultad a propuesta del Director.
Art. 220 En el caso de los proyectos interdisciplinarios ia evaluaci6n la rcalizate el comit6
designado por el Rector a propuesta del Director del lGl.
el
Comit6 de lnvestigaci6n elevar5
de
Facultad para su aprobaci6n.
investigaci6n al Consejo
Art.23o En las Facultades,
Art.24o Todo proyecto de investigaci6n aprobado en
la
los proyectos
Universidad
y
de
las tesis
aprobadas en el posgrado son registradas en el lGl.
De los criterios para la aprobaci6n de los proyectos
Art. 25o Los criterios para la aprobaci6n de un Proyecto ser6n concordantes con:
a)
b)
La Politica General de lnvestigaci6n de la Universidad.
Las lineas de investigaci6n establecidas y el Plan Unico de lnvestigaci6n
de la Universidad.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
qrr"lr"rn -flfrrbrr/ JC
Z
1t2?
2 2 JUL. 2013
capirulo v
DEL CONTROL DEL AVANCE DE LOS PROYECTOS
Del control de avance
Art.26o El jefe del proyecto es responsable del control del avance del proyecto y del
manejo econ6mico; el director de investigaci6n tiene la obligaci6n de supervisar
el avance y ejecuci6n del presupuesto seg[n el cronograma y plan de trabajo.
De los informes
Nt.27o
El jefe del proyecto de lnvestigaci6n presentar6 informes econ6micos y t6cnicos
de los avances, peri6dicamente, al lnstituto de investigaci6n seg0n las directivas
vigentes.
Art.28o Los informes seran presentados de acuerdo al cronograma establecido.
El
informe final incluye una exposici6n p0blica y la publicaci6n de los resultados.
Art. 29o El Informe de avance consignara la siguiente informaci6n:
a)
b)
Cronograma.
Relaci6n de participantes.
c)
La descripci6n de las actividades.
Los resultados parciales.
Los planos, esquemas, informes de consultoria, etc. (en anexos).
d)
e)
Art.
30'
El informe final comprende:
a) Los resultados, conclusiones y recomendaciones.
b) El inventario valorizado de los equipos o instrumentos
c)
adquiridos o
construidos con fondos asignados al proyecto.
La relaci6n del material sobrante y productos obtenidos durante la ejecuci6n
del proyecto y su valor de venta estimado.
d) La
relaci6n del material bibliogrSfico adquirido con
proyecto.
el
presupuesto del
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
/1127
物
%
2 2
」
UL 2013
Del destino de los bienes, instalaciones y equipos
Art.31o Los equipos, las instalaciones, los instrumentos, el material bibliogr6fico, los
bienes y excedentes en general, derivados de los proyectos de investigaci6n,
ser6n destinados por el Decano o el Rector, seg0n sea el caso, a las
dependencias de la Universidad, a propuesta del Director del lnstituto de
lnvestigaci6n respectivo.
CAP|TULO VI
DE LA SUPERVISIoN Y CANCELACION DE LOS PROYECTOS
De la supervisi6n
Art.32o El Director del lnstituto General de lnvestigaci6n, informar6, peri6dicamente,
sobre el control y el avance de los proyectos al Vicerrector de lnvestigaci6n.
Art.33o
desarrollo de los proyectos de investigaci6n serdn supervisados,
peri6dicamente, por el Comit6 de lnvestigaci6n, el que verificar5 el cumplimiento
del cronograma y metas establecidas. En el caso del lcl, este convocar6 a una
comisi6n Ad hoc de especialistas para ese fin.
El
De la suspensi6n o cancelaci6n
Art.34o El Comite de lnvestigaci6n o el Vicerrector de lnvestigaci6n a solicitud del
director del lcl poclra suspender o cancelar un proyecto de investigaci6n, por
razones debidamente justificadas y cuando, a su juicio, la situaci6n asi lo
requiera, o a solicitud del jefe del proyecto.
Art. 35o La cancelaci6n de un proyecto procede en los siguientes casos:
a)
Cuando los informes de avance, peri6dicamente presentados, no muestren
resultados satisfactorios o cuando el desarrollo del proyecto no conduzca al
logro de los objetivos y metas propuestas.
b) Cuando los recursos asignados al proyecto, no son utilizados de acuerdo
con sus fines.
c)
/
Por incumplimiento, en tres oportunidades, de los plazos fijados para la
presentaci6n de los informes.
7
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
/1127
物
2 2 JUL EOB
Art. 360 La cancelaci6n de los proyectos serA comunicada por el Director del lnstituto de
lnvestigaci6n al Jefe del Proyecto, al Decano, al Director del lnstituto General de
lnvestigaci6n y al Jefe de la Oficina de Control lnstitucional de la Universidad,
para las acciones administrativas o legales pertinentes.
CAP|TULO VII
DE LA PUBLICACdN
De la publicaci6n
el lGl ser6 considerado
tecnicamente finalizado y sujeta a la publicaci6n, si contiene la carta de
recepci6n del articulo producto de la investigaci6n para su publicaci6n en una
revista especializada inscrita en el cat6logo lSl (/nstttute for Scientific
lnformation), SCIELO (Scientific Electr6nic Library Online), TECNIA o alguna
revista intemacional especializada de reconocido prestigio.
Art.37" Cada Proyecto de lnvestigaci6n registrado en
Del financiamiento de la publicaci6n
Art.38o El Comit6 de lnvestigaci6n aprobard las solicitudes de financiamiento de las
publicaciones. El lGl podr6 cofinanciar las publicaciones aprobadas por las
Facultades a solicitud del Director del lnstituto de lnvestigaci6n con el visto
bueno del Decano.
CAP|TULO VIII
DEL APOYO A LAS TESIS
Del destino del financiamiento
Art.3go El apoyo que se brinde para la realizaci6n de tesis para optar el Titulo
Profesional o el grado de Maestro o de Doctor serS (nicamente para los
materiales, publicaciones y subvenci6n al tesista mediante concurso, y sujeto a
la disponibilidad presupuestaria.
00
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
/1127
物
g,^..22JU1.2013
De la evaluaci6n y control
Art 40。
Para la evaluaci6n y control del avance de la tesis, los tesistas presentar5n los
informes de avance y el informe final, con la aprobaci6n del asesor de la tesis;
dentro de los plazos que se establezcan.
CAPITULO IX
DEL APOYO FINANCIERO A LOS INVESTIGADORES
Del apoyo a profesores becados de posgrado
Art.41o Se dar6 apoyo financiero, para cubrir gastos de pasajes a los profesores de la
Universidad, becados para estudios de postgrado o investigaci6n, siempre que
hayan sido presentados por la Universidad. El lGl podrS complementar los
gastos seffalados, dependiendo de la naturaleza y trascendencia de la beca.
Del apoyo a profesores visitantes e invitados
Art.42o Se dar6 apoyo financiero a profesores visitantes, invitados por la UNI para
apoyar actividades de investigaci6n. El apoyo financiero podr6 cubrir gastos de
estadia, pasajes y seguros, por un per[odo mSximo de cuatro meses seg[n la
disponibilidad de recursos. El lcl podra complementar los gastos seflalados,
dependiendo de la naturaleza, importancia y trascendencia de la presencia de
los profesores visitantes.
CAPITULO X
DE LA CULMINACION DE LOS PROYECTOS
Art. 43o El Comit6 de lnvestigaci6n dar6 por concluido el proyecto de lnvestigaci6n con la
evaluaci6n del informe final. El Director del lnstituto de lnvestigaci6n elevar6 un
caso,
Vicerrector Academico, seg0n sea
informe
Decano
recomendando el financiamiento de su publicaci6n, cuando lo considere
conveniente.
al
el
o al
Art.44o El resultado final o parcial de un proyecto estar6n normados por el Reglamento
de Propiedad lntelectual en la Universidad Nacional de lngenierla.
9
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
,flrUr"ar, -gf*brr/ ,j6: ltz?
y-,.,2ZJULzo13
D]SPOSICIONES FINALES
PRIMERA: Quedan derogadas todas
las disposiciones que se opongan al presente
Reglamento.
SEGUNDA: El presente Reglamento entrar6 en vigencia al dia siguiente de su
publicaci6n en 'La Gaceta', 6rgano oficial de la Universidad Nacional de
lngenieria.
TERCERA: Constitfyase un fondo en las Facultades y en el lcl, para financiar
publicaci6n de los trabajos de investigaci6n concluidos.
10
la

Documentos relacionados

para: decanos, coordinadores academicos, grupos de

para: decanos, coordinadores academicos, grupos de tecnol69ico; - 2. Fortalecimiento de la capacidad cientifica tecnol69ica; -3. Apropiacion social de conocimiento; -4. Mejoramiento de las capacidades productivas. Defina las caracteristicas t6cnica...

Más detalles