“Firmé un co m u n i ca d o es t ú p i d o”: Iván Carvajal

Transcripción

“Firmé un co m u n i ca d o es t ú p i d o”: Iván Carvajal
PÁGINA DOS
LO MÁS
DESTACADO
ACTUALIDAD
2
SOCIEDAD
4
UMAJINGA NO DEJARÁ LA
PREFECTURA Y APELARÁ LA
SANCIÓN DE CONTRALORÍA
EL CÁNCER APAGÓ LA VOZ
DE DONNA SUMMER, LA
REINA DE LA MÚSICA DISCO
14
EN 5 AÑOS SE RETIRÓ A
UNOS 2.014 MENORES QUE
TRABAJABAN EN BASURALES
DECANO DE LA PRENSA NACIONAL
EDICIÓN FINAL - 32 Páginas | Nº 46.414 | Ecuador
VIERNES 18 MAYO 2012
LA DECLARACIÓN ESTÁ EN LA ÚLTIMA REVISTA DEBATE
ACTUALIDAD
“Firmé un
comunicado
estúpido”:
Iván Carvajal
El filósofo y poeta ecuatoriano hace una
autocrítica fuerte del manifiesto de los
escritores publicado en el diario El País,
de España, el pasado 25 de febrero
ACTUALIDAD
Policía desaloja a los
invasores en Morona
Antonio Valencia
Volante, M. United
Jefferson Montero
Volante, Betis
Cristhian Noboa
Volante, Dynamo
Édison Méndez
Volante, Liga (Q.)
Jaime Ayoví
Delantero, Pachuca
3
SUSPENSIÓN DEL SERVICIO INICIARÁ EN EL NORTE
210 sectores de Guayaquil
no tendrán agua en el
corte más grande del año
El racionamiento de agua potable
que, en lo que va del año, afectará a
más sitios en Guayaquil -210 en
total- empezará mañana a las 20:00
y se extenderá hasta las 18:00 del
domingo.
El norte, el centro, el sur y tres
cantones más serán los que padecerán la escasez del líquido vital por
22 horas consecutivas.
Según Interagua, la razón del corte masivo es la rehabilitación del
acueducto ubicado en el Fuerte
Huancavilca. 8
Geovanny Espinoza
Defensa, D. Quito
Cristian Benítez
Delantero, América
Luis F. Saritama
Volante, D. Quito
Solo dos
sorpresas
en la lista
de Rueda
En la nómina destacan
Pedro Quiñónez y
Renato Ibarra. La “Tri”
visitará a Argentina y
recibirá a Colombia el
2 y 10 de junio
17-18
Walter Ayoví
Defensa, Monterrey
Miembros de la Policía Nacional y
del Ejército destruyeron, la noche
del miércoles, 20 casas de caña
guadua, paja y tabla asentadas en
terrenos que han generado disputa
entre shuaras y colonos de Shaime,
en Morona Santiago. Las personas
que habían tomado posesión de
esos terrenos aducían que esas
propiedades les pertenecían como
derecho ancestral. Los colonos
advierten que reciben amenazas
diarias por parte de shuaras. 5
Segundo Castillo
Volante, Pachuca
ECONOMÍA
El precio de la saca de
arroz se fijó en $33,25
Joao Rojas
Delantero, Morelia
Juan Carlos Paredes
Defensa, D. Quito
Los representantes de la cadena
productiva del arroz: productores,
industriales y piladores llegaron a
un consenso luego de más de tres
horas de diálogo y fijaron el precio
de la saca de 200 libras de arroz
cáscara para la cosecha de invierno
2012, en 33,25, dólares, con 20%
de humedad y 5% de impurezas. El
Consejo Consultivo mantendrá
reuniones periódicas para tratar
temas como la presencia del caracol,
la caída de la productividad, líneas
de crédito, etc. 6
QUITO
La historia contada
en un museo “vivo”
Pedro Quiñónez
Volante, Emelec
Oswaldo Minda
Volante, Chivas
Renato Ibarra
Volante, Vitesse
Christian Suárez
Delantero, Santos
Jayro Campos
Defensa, Barcelona
Gabriel Achilier
Defensa, Emelec
Jorge Guagua
Defensa, Atlante
Diego Calderón
Defensa, Liga (Q.)
Máximo Banguera
Arquero, Barcelona
Alexánder Domínguez
Arquero, Liga (Q.)
Adrián Bone
Arquero, D. Quito
Frickson Erazo
Defensa, Barcelona
ACCIONES DE BANKIA SE DESPLOMARON UN 28,28%
La crisis afecta a la banca
española y el gobierno
niega corrida de fondos
La crisis financiera se agudiza en
España. La prima de riesgo española
cerró ayer en 490 puntos, lo que
ubica al país en “zona de rescate”.
Por efectos de la recesión, la agen-
W
cia calificadora Moody's rebajó las
notas de 16 bancos españoles entre
uno y tres escalones. El Gobierno
niega que haya una retirada masiva
de depósitos. 16
Navegue en el
móvil con un clic
www.eltelegrafo.com.ec
El proceso de emancipación de
1809 y la proclamación de la
Constitución Quiteña de 1812 son
parte de la muestra artística y
teatral que ofrece, gratuitamente, la
Fundación Museos de la Ciudad, en
un escenario montado sobre la
explanada de La Ronda, en el
Centro Histórico. La presentación
estará abierta al público en general
hasta el próximo 15 de julio. Hoy se
conmemora el Día Internacional de
los Museos. 9
EN LA WEB
Facebook:
Especial de WikiLeaks
HAZTE FAN DE DIARIO EL TELÉGRAFO Y PARTICIPA DE NUESTROS DEBATES
Revise nuestros informes de los cables secretos
que envió la Embajada de EE.UU. sobre Ecuador
Twitter:
@EL_TELEGRAFO SÍGUENOS. TU OPINIÓN ES IMPORTANTE
02
Página dos
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
LA ARTISTA FINALIZABA LA PRODUCCIÓN DE UN NUEVO ÁLBUM
VIERNES 18
EN INTERIORES
La música disco pierde a
su reina: Donna Summer
La cantante, que entre el 70 y 80 popularizó temas como “Hot stuff” y “I
feel love”, falleció ayer debido a un cáncer de mama que mantuvo en secreto
Redacción y agencias
[email protected]
UN PLANTÓN EN GUAYAQUIL POR
EL DÍA CONTRA LA HOMOFOBIA
Con pancartas, disfraces y mucho color se celebró el Día
Internacional contra la Homofobia, en una fecha en la que
se recuerda la eliminación de la homosexualidad del
listado de enfermedades mentales de parte de la
Asamblea Mundial de la Salud. Los representantes de estos
grupos pidieron respeto a sus preferencias. 14
Disputa por el liderato
Cuando restan siete jornadas para que
finalice la primera etapa del Campeonato
Nacional, la pelea por el primer lugar está
compartida entre seis equipos. 19
Summer cantó en los coros de una iglesia.
FOTONOTICIA|MEBERE, MAURITANIA|3 DE MAYO DE 2012|
AFP
CONMEMORACIÓN MUNDIAL
Donna Summer era de aquellas cantantes
que se atrevía a todo en una época aún
conservadora a mediados del setenta. Lo
demostró cuando convenció a sus productores de que ella era la voz ideal para
popularizar “Love to love you baby”. Una
canción con una fuerte carga de erotismo,
pues en él se escuchan 22 gemidos y jadeos
parecidos a los de un orgasmo.
Fue el primero de muchos temas más
que sonaron incesantemente en pistas de
bailes y discotecas, al igual que otros como
“Hot stuff”, “I feel love”, “Last dance”,
“Could it be magic”, “On the radio”, que la
llevaron a ser bautizada como la “Reina de
la música disco”, un título que hasta ese
entonces ostentaba Gloria Gaynor.
LaDonna Adrian Gaines, nombre real de
Donna Summer, también era de esas mujeres llenas de energía que sabía manejar
su fama. La imagen seductora y provocativa que proyectaba no reflejaba su real
forma de ser, más bien discreta. Quizás por
esa misma razón la cantante mantuvo en
secreto su batalla contra el cáncer de
mama que padecía y que ayer le arrebató la
vida a sus 63 años.
“Esta mañana perdimos a Donna Summer Sudano, una mujer con muchas dotes,
la mayor de ellas su fe. Mientras lloramos
su muerte, celebramos en paz su extraordinaria vida y su continuado legado”,
expresó su familia en un comunicado.
La cantante se encontraba enfocada en
terminar su nuevo trabajo discográfico,
con el que pretendía regresar a los escenarios, como lo hizo hace cuatro años
cuando lanzó su último disco “Crayons”,
con el que se embarcó en un tour y del que
se refirió: “Lo veo así: cuando Picasso
tenía 35 años, ¿alguien le dijo que dejara
de pintar porque tenía esa edad?... Soy
una artista, tengo que hacer lo que hago, es
el don que Dios me dio (...). Mientras tenga
el corazón, la capacidad, la salud y la voz
para hacerlo, es lo que debo hacer, pintar
imágenes para el público con mi voz”.
Y se la continuará escuchando, aunque
ya no esté físicamente.
En Brasil se investigarán los
delitos de lesa humanidad
La presidenta brasileña, Dilma Rousseff,
instaló la Comisión de la Verdad que
investigará las violaciones de los derechos
humanos cometidos durante la dictadura
(1964-1985), en la cual ella fue víctima. 15
El EDOC 11 gana en sedes
Hasta el 27 de mayo en Quito, el festival
de cine documental añadirá a Flacso Cine
a sus espacios regulares. Multicines CCI y
la ex Factory serán locales alternos. 22
El instinto de supervivencia en su máxima expresión. Una niña traslada un envase con agua desde un campamento de refugiados, a 60
SUCEDIÓ UN DÍA COMO HOY
El señor de los vampiros
En 1897 se publica en Inglaterra la novela
“Drácula”, del autor irlandés Bram Stoker,
con lo que nace la leyenda del personaje.
kilómetros de la frontera con Malí. A ese sitio llegan diariamente cerca de 1.000 personas que buscan compartir los productos de necesidad básica.
Frase del día
Ernesto Laclau, teórico político argentino
“SIN VIDELA, EN ARGENTINA, Y PINOCHET, EN CHILE, LOS PLANES DEL
NEOLIBERALISMO NO HUBIESEN SIDO POSIBLES EN LA REGIÓN”
Servicios a la Comunidad
Emergencias
911
Cruz Roja
131
Policía Nacional
101
Bomberos
102
Banco de Sangre 2582482
Defensa Civil
2469009
Farmacias
Comisarías
Aeropuertos
Servicios básicos
Cruz Azul Alborada etapa 11. Albocentro local 1.
2277639
Cruz Azul Calle 29 y Oriente. 2662612
Cruz Azul Sauces 5. Mz. 258, villa 2. 2826262
Fybeca Cdla. Los Ceibos. Av. Principal y la
décima. 2350590
Sana Sana Coop. 7 Lagos. Mz. 50, villa A-2.
2440095
Sana Sana Flor de Bastión. Bloque 1B Mz.
561, solar 10. 08-7038005
COMISARÍA SEXTA
Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación)
2309890
COMISARÍA SEGUNDA
Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación)
2322686
COMISARÍA PRIMERA
Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación)
2309886
Aeropuerto de Guayaquil
04-2169000
Quito 02-2944900 / 2944901
Cuenca 07-2867120
Eléctrica de Guayaquil
Para reparaciones 3802000. Ext. 1
Para consulta de saldos
Ext. 2
Servicio al cliente
Ext. 3
Denuncias
Ext. 5
Empresa Eléctrica de Quito
Teléfonos: (02) 3964700 -136
Empresa Eléctrica (Cuenca): 07-2872700
CNT
Todo el país: 100
Policía Judicial
Guayaquil 04-287-0439.
Quito 02-2550918 / 2503945 / 2550770
Cuenca 07-2822200
Actualidad
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
03
LA CONFESIÓN DE UNO DE LOS ESCRITORES QUE RUBRICARON EN EL DIARIO EL PAÍS UNA PROTESTA “INTELECTUAL”
FORO DE COMUNICACIÓN
“El comunicado evidencia
una falta de comprensión”
Democratización de
los medios es una
necesidad en el país
En el número 85 de la revista Debate, Iván Carvajal señala varias críticas al Gobierno. Y
en la misma declaración destaca los errores de la izquierda ecuatoriana en estos meses
Orlando Pérez
Director
Al analizar el tema de la opinión
pública el poeta y filósofo Iván Carvajal no escatima frontalidad para
expresar públicamente lo que piensa: “Apareció un comunicado que es
estúpido y que lo firmé por circunstancias especiales, que evidencia un atraso en la comprensión de
los procesos”.
Y a continuación también explora
el tema de la opinión pública en esta
coyuntura: “Del otro lado también la
defensa de la libertad de expresión,
de la libertad de opinión de los
medios es muy limitada, es decir no
existe una problematización de lo
que es el espacio público, el problema de la opinión”.
Lo dice en la sección Diálogo sobre la Coyuntura, de la revista Debate, número 85. Se trata de una
publicación cuatrianual, de reconocida trayectoria y donde algunos
intelectuales reflexionan sobre diversos temas del acontecer nacional.
Y en esta ocasión, la revista en esa
parte aborda el tema Protesta social
y reactivación de la oposición política. En el diálogo participan los
intelectuales, aparte de Carvajal,
Hernán Ibarra, Pablo Andrade y José
Sánchez Parga. Y todos ellos enfocan
concretamente el rol de los medios
de comunicación en esta etapa y la
movilización y marcha indígena de
marzo de este año.
En el primer caso hay de todo:
desde las críticas de Pablo Andrade a
los medios públicos, que parece no
los lee ni los ve, porque solo los
califica de maquinaria de propaganda sin otro argumento que su
puro prejuicio, hasta los señalamientos muy certeros del mismo
Carvajal y de Ibarra de cómo los
periódicos privados pasaron a ser
actores políticos.
De igual modo analizan la reactivación de la Conaie como un movimiento social que incide en la
política y agenda nacional. Y cómo
esa marcha de marzo fue “potenciada” por los medios de comu-
En el encuentro participó el sociólogo e
historiador argentino Ernesto Laclau.
La captura de pantalla de la noticia sobre el manifiesto de los intelectuales en el sitio web del diario español El País.
nicación: “se produce un encuentro
con los medios de comunicación durante el transcurso de la marcha, es
decir la coalición temporal de oposición social, incluye a los medios de
comunicación...”.
Lo sorpresivo de todo es la declaración de Carvajal sobre el comunicado firmado por varios intelectuales el 25 de febrero y publicado en el diario El País.
El “Manifiesto por la libertad de
expresión en Ecuador: Hablar, escribir, criticar” fue firmado por unos
100 escritores, donde puntualmente
se cuestionaban las sentencias al
diario El Universo y a los autores del
libro El gran hermano.
“La intimidación política y el manejo impropio del proceso judicial
han permitido este despropósito jurídico y la desmesura en la indemnización solicitada. Son señales evidentes de un abuso de poder dirigido
El filósofo critica a la
derecha, a la
izquierda y a los
medios de
comunicación social
no sólo a subsanar un supuesto daño
moral y a obtener un rápido enriquecimiento personal, sino a intimidar a todos los escritores y periodistas, así como a las editoriales y
medios de prensa, que realizan una
labor crítica y de libre expresión del
pensamiento”, decía el escrito.
Ahora, transcurridos tres meses
de esa publicación, Carvajal reconoce la “estupidez” y al mismo tiempo la autocrítica de que ahí no hubo
REPRESENTANTE DE CHIMBORAZO AUGURÓ BENEFICIOS EN OBRAS
Juntas formarán parte del BEDE
Delegados del Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales del Ecuador se
reunieron ayer con el presidente Rafael Correa, quien expresó su apoyo a estos
organismos y anunció que serán parte del directorio del Banco del Estado
El presidente Rafael Correa se reunió
ayer con delegados del Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales del
Ecuador (Conagopare), a quienes ratificó el apoyo del Ejecutivo para el
desarrollo de su gestión en cada uno
de los territorios que representan.
El Primer Mandatario resaltó la
importancia administrativa que tienen estos organismos a nivel nacional, pues el “trabajo articulado
con el Gobierno Nacional permite el
desarrollo de sus localidades”.
“Hay una complementariedad y
hasta interdependencia, creemos en
los gobiernos locales”, indicó el Jefe
de Estado y destacó el apoyo que ha
dado su administración a las juntas
parroquiales.
“Se ha incrementado en casi siete
veces el presupuesto para las mismas”, manifestó.
Actualmente, las juntas parroquiales no solo son sujetos de crédito,
sino también de subsidio por parte
del Banco del Estado (BEDE).
Por eso Correa anunció que estos
organismos serán socios del Banco
del Estado (BEDE). A partir de ahora
las juntas parroquiales tendrán un
representante en la entidad financiera, lo que fue calificado como histórico por Hugo Quiroz, representante de las juntas parroquiales de
Chimborazo.
Quiroz indicó que esto servirá para
que las juntas parroquiales se beneficien de obras, sin interponerse
con los gobiernos municipales.
“comprensión de los procesos”.
De hecho, en su declaración el
filósofo y poeta dice: “Nos encontramos con la emergencia de nuevos
problemas que son de trascendencia
estratégica, pero frente a los cuales
la derecha responde de manera absolutamente convencional”.
Asimismo cuestiona a la izquierda: “Por el otro lado tenemos una
izquierda en la que curiosamente
afloran nuevos problemas, pero que
ideológicamente está 40 años atrás y
me refiero no solamente a Alejandro
Moreano que parece que está 80
años atrás sino a estos sectores que
aparecieron en la revolución ciudadana”.
A la vez considera que “el grado de
conciencia social sobre los problemas asociados a la minería a gran
escala, al problema del agua y los
aspectos ecológicos esté suficientemente maduro en el Ecuador”.
La consolidación de los medios públicos en el Ecuador y cómo lograr el
empoderamiento de los ciudadanos
fueron los temas analizados ayer entre el secretario de Comunicación de
la Presidencia, Fernando Alvarado, y
varios académicos internacionales,
como Ernesto Laclau, Paula Biglieri,
Susana Sel y Cheryl Martens.
Allí coincidieron en la necesidad
de aprobar una Ley de Comunicación
que reconozca la importancia de democratizar el acceso a los medios y su
sostenibilidad en el tiempo. Alvarado
explicó que el financiamiento es un
tema álgido al interior de la Comisión
Legislativa que trabaja el proyecto,
pues anotó que la prensa privada
califica como una “competencia desleal” que los medios públicos puedan
acceder a publicidad privada, lo que
revela que para ellos es “un tema
meramente económico”, pero que deberá resolverlo la Asamblea.
Biglieri anotó que, en el mundo, los
medios de comunicación privados
son actores políticos que intentan
imponer sus intereses e insistió en la
importancia de democratizar los medios.
En el diálogo también participaron
los expertos Ernesto Vivares, Isabel
Ramos, Mauro Cerbino y Adrián Bonilla, docentes de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales,
quienes indicaron que si bien la constitución de los medios públicos significa a un primer paso hacia la
democratización de la comunicación,
es necesario garantizar su sostenibilidad y que la ciudadanía se sienta
identificada con ellos.
Conocedores de que la aprobación
de la Ley de Comunicación es un
mandato constitucional, los exponentes coincidieron en que es oportuna y necesaria.
SIETE MINISTROS YA CONFIRMARON SU PRESENCIA
El Consejo de Energía de la
Unasur se reúne en Caracas
El Consejo Energético Suramericano
tendrá hoy su tercera reunión en
Venezuela para avanzar, entre otros,
en la búsqueda de seguridad energética regional y la utilización sustentable de los recursos naturales,
informó la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), cuya sede está
en Quito.
Según la Secretaría de la Unasur,
hasta el momento han confirmado su
presencia a la cita siete ministros del
área y tres viceministros de los Estados miembros del grupo.
El encuentro estará presidido por
el canciller venezolano, Nicolás Ma-
duro; el ministro de Petróleo y Minería de Venezuela, Rafael Ramírez, y
la secretaria general de la Unasur,
María Emma Mejía.
Durante la jornada, Venezuela, que
ejerce la presidencia del Consejo
Energético Suramericano, expondrá
los avances de esta instancia, señala
un comunicado de la Unasur.
Así mismo, la delegación argentina
presentará el Balance Energético Suramericano y, el secretario ejecutivo
de la Organización Latinoamericana
de Energía (Olade), Vitorio Oxilia, se
referirá a los alcances del mencionado estudio.
Actualidad
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
ALBERTO ACOSTA, LUIS VILLACÍS Y GUSTAVO LARREA PARTICIPARÁN EN LA CITA
La Coordinadora de
Izquierdas se juega su
futuro con convención
PACHAKUTIK DENUNCIÓ PERSECUCIÓN DEL RÉGIMEN
“Prefecto Umajinga tomó
decisiones al margen de ley”
TOMADO DE CECIVELASQUE.BLOGSPOT.COM
04
Entre los objetivos de la reunión está definir el proceso de
primarias y analizar las precandidaturas. Por su parte Pachakutik
quiere que le hablen claro para decidir si continúa en la alianza
El prefecto de Cotopaxi, César Umajinga (centro), habría incurrido en irregularidades.
Algunos ex miembros del movimiento PAIS, como César Rodríguez (derecha), forman parte de la Coordinadora de Izquierdas.
Redacción Actualidad
[email protected]
Pachakutik asistirá mañana a la
Convención de la Coordinadora Plurinacional de las Izquierdas con un
planteamiento concreto: “Que todos
los sectores participantes hablen
claro”. Así lo dijo Rafael Antuni,
coordinador nacional de la Conaie.
Esa será la propuesta del sector
indígena que va a la cita con la
intención de definir el proyecto político. La asambleísta Lourdes Tibán
(Pachakutik) señaló que se analizarán los candidatos para las elecciones primarias, de allí saldrán las
precandidaturas, aunque aclaró que
la suya queda en firme. Esto pese a
que en junio o julio el movimiento
indígena establecerá a su candidato
definitivo.
En el movimiento indígena, según
Jorge Escala, asambleísta del MPD,
se barajan los nombres de Tibán,
Salvador Quishpe, Auki Tituaña.
Desde el MPD suenan los nombres
de Lenin Hurtado y Guadalupe Llori.
También se barajan las postulaciones de Alberto Acosta (Montecristi
Vive) y Gustavo Larrea (Participación). Estos dos últimos, afirmó
Humberto Cholango, presidente de
la Conaie, están invitados a la Convención.
Delfín Tenesaca, presidente de la
Ecuarunari, afirma que espera que
todos los “sectores hablen claro porque se necesita mayor radicalidad y
nos interesará conocer que a todos
les mueva un interés de país”.
Esta será la quinta vez que el
movimiento indígena buscará una
alianza política, “y eso es lo que nos
hemos cuestionado en los últimos
tiempos y por ello esperamos esta
vez no equivocarnos”, afirma Tenesaca. Este criterio comparte Antuni, quien sostiene que ya se ha
7
organizaciones, entre ellas,
Concertación y Participación,
forman la Coordinadora
reunido en varias ocasiones con Larrea y Acosta, pero que aún nada se
ha definido. Al parecer, las bases
estarían presionando para que se
analice bien una futura alianza electoral, a pesar de que en las comunidades, según Delia Caguano,
dirigenta de Chimborazo, la decisión
final la toman “los de arriba y hasta
quienes ni siquiera cuentan con bases y hablan a nombre del pueblo”.
Dirigentes como Francisco Morocho, de Chimborazo, asegura que
en las comunidades los indígenas no
conocen de las “alianzas o uniones
con MPD y otros sectores”.
No hay interés presidencial
Tenesaca indica que a ellos la agenda
electoral no les presiona, pero que
son conscientes que a sectores representados por Larrea y Acosta sí
les mueve un “interés político, ellos
sí están atrás de consensos, de alguna manera, pero ya el pueblo y los
movimientos sociales serán capaces
de discernir”.
Por eso reitera que “nosotros, como movimiento indígena, ya lo hemos dicho, que no vamos a prestarnos para cualquier cosa ni para
cualquier persona, sino quien tenga
cercanía, porque somos conscientes
que varias personas nos han utilizado y nada más”.
Antuni afirma que al movimiento
indígena no le preocupa la presentación de candidatos presidenciales
para las elecciones del 17 de febrero
del 2013, pues su fuerza estará en los
gobiernos locales. “Allí nos interesará fortalecer”, reconoce.
Para el dirigente indígena, la Convención será fundamental porque de
ella dependerá si la Conaie sigue en
la Coordinadora de Izquierdas. También servirá para decidir si se ratifica
una vez más el convenio que firmaron en 2009 con el MPD.
Luis Villacís, presidente del MPD,
asegura que “los intereses de los
pueblos y nacionalidades, además de
los trabajadores, es lo único que les
motiva a avanzar y que por ello no
deben temer”.
Humberto Cholango, presidente
de la Conaie, dice que no se definirá
ningún candidato en la Convención,
sino más bien se unirán “para ratificar la unidad de todos los movimientos sociales y partidos políticos de izquierdas”. Para él “no
está en duda la unidad de la alianza
con los movimientos de izquierda” e
informó que se consultó a las bases
sobre el proceso electoral en el
país.
Y es que, según un boletín de la
Ecuarunari del 25 de abril pasado,
una de las resoluciones de la Convención del 20 de abril fue iniciar un
proceso profundo de consulta a las
provincias respecto de la permanencia de Pachakutik en la Coordinadora Plurinacional, a la que pertenece el MPD.
El propio Cholango reconoce que
“se va a analizar” la ratificación de la
alianza entre MPD y Pachakutik, que
se firmó en 2009, así como alianzas
con Larrea y Acosta. “No somos un
movimiento que camina a ciegas. Las
decisiones se analizan al interior. En
el movimiento indígena no hay jefes,
ni hay mandamases, ni peor chequeras que presionen”, dijo el dirigente.
Un examen de la Contraloría General
del Estado (CGE) indicó que César
Umajinga, prefecto de Cotopaxi, tomó
decisiones al margen de la ley, lo cual
ocasionó indebidos desembolsos por
concepto de aportes patronales y fondos de reserva, la expedición de nombramientos ilegítimos y casos de nepotismo, por lo que se resolvió su
destitución. El funcionario provincial señaló que apelará esta sanción
ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
“Umajinga Guamán expidió nombramientos sin cumplir con los procesos de concursos de merecimiento
y oposición y suscribió contratos de
trabajo con parientes de los consejeros, de la viceprefecta y de la
propia autoridad nominadora, incurriendo en las causales establecidas
en el artículo 45 de la Ley Orgánica de
la Contraloría del Estado”, explica el
examen especial practicado por la
Dirección Regional 9 de la CGE.
Con la notificación, remitida el
pasado miércoles a las 10:00, Umajinga, miembro de Pachakutik, fue
informado de su destitución en la
Prefectura de Cotopaxi y una sanción
administrativa equivalente a $
5.280. La acción de control de la CGE
correspondió al período comprendido entre el 1 de junio de 2007 y el 31
de diciembre de 2009.
Sin embargo, Umajinga aseguró
que no renunciará a su cargo y comunicó que apelará la decisión del
organismo de control ante el Tribunal
Contencioso Administrativo, aunque
no definió aún la fecha.
Ante esto, Pachakutik reaccionó.
Mediante rueda de prensa el bloque
legislativo manifestó que esto se trata
de una persecución política contra
los dirigentes indígenas que están en
contra del presidente Rafael Correa.
No obstante, el informe de la CGE
indicó que Umajinga nunca presentó
documentos o argumentos en su defensa que lo deslinden de la responsabilidad
administrativa
($
5.280).
Humberto Cholango, presidente
de la Conaie, convocó para ayer en la
tarde a una reunión del movimiento
en Latacunga, para solidarizarse con
el prefecto. Por su parte, Lourdes
Tibán afirmó que su coideario sí
deberá justificar el dinero de la multa
administrativa impuesta por la CGE,
pero acotó que no puede existir una
sanción de destitución. “La narcovalija debió sacar al canciller Ricardo
Patiño del puesto por el escándalo
que socavó nuestra imagen de país,
pero no ha pasado nada”, se quejó.
Según Umajinga, aún quedan 30
días para que pueda presentar una
apelación. De persistir la destitución,
la Prefectura sería asumida por Blanca Guamangate, de Pachakutik.
EN LOS RÍOS SE DESPACHARON 1.547 CAUSAS
La Judicatura invertirá en
Loja 22 millones de dólares
Una nueva Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
empezó a operar desde ayer en Catamayo, provincia de Loja.
La Unidad forma parte de la reestructuración judicial, que incluye el
incremento de 55 jueces para 2013
en esta ciudad. Esto requerirá una
inversión de 22 millones de dólares,
según anunció Tania Arias, integrante del Consejo de la Judicatura
(CJ).
La nueva Unidad funcionará en
forma temporal en un local arrendado, mientras termina la construcción de un edificio ubicado en la
avenida Eliseo Arias.
A la inauguración también asistió
Fernando Yávar, vocal del organismo, quien detalló que “cuando llegamos al CJ había mucha deficiencia, ni siquiera se sabía cuantos
servidores judiciales trabajaban”.
Además, enfatizó que se ha iniciado
un proceso interno de revisión de las
recomendaciones hechas por Baltasar Garzón, el integrante de la
Veeduría Internacional, la cual entregó el primer informe sobre la
Reforma al Sistema Judicial.
Sobre este tema, Arias detalló que
el Consejo, desde hace nueve meses
ha conocido más de 1.200 expedientes disciplinarios y los ha investigado. Yávar resaltó que los concursos se han hecho con transparencia.
Adicionalmente, el CJ informó
que desde el pasado 3 de mayo hasta
el miércoles, en Babahoyo se han
depurado 1.547 causas gracias a la
creación de la Unidad Interinstitucional de descongestionamiento
de Causas Represadas, cuyo objetivo
es justamente acelerar el despacho
de las querellas. Este trabajo se hace
en coordinación con la Fiscalía General del Estado.
Actualidad
05
CORTESÍA
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
FUERZA PÚBLICA DESPLIEGA EFECTIVOS
En Shaime no
desaparece el
riesgo de un
ataque masivo
Las autoridades desalojaron veinte casas de
supuestos invasores. En San José de Morona
temen el desabastecimiento de víveres
Redacciones Quito y Cuenca
[email protected]
La Policía y el Ejército destruyeron la
noche del miércoles 20 casas de caña
guadua, paja y tabla, asentadas en
terrenos que han generado disputa
entre indígenas shuar y colonos de
Shaime, en Morona Santiago.
En menos de un mes, el saldo es de
24 casas destruidas (20 de invasores
y cuatro de colonos), un joven de 24
años muerto (Carlos Noboa) y varias
tiendas de víveres amenazadas por
líderes shuar con ser incendiadas
para provocar desabastecimiento en
la zona. Tampoco descartan impedir
el ingreso del transporte público
para obligar a los colonos a abandonar sus tierras, pese a que tienen
títulos de propiedad otorgados en
1991 por el ex IERAC.
El miércoles más de 600 policías
y 160 miembros del Ejército participaron en el operativo de desalojo
en Shaime, a 6 kilómetros de Puerto
Morona.
Marco Rivadeneira, intendente de
Policía de la provincia, dijo que el
operativo se cumplió por orden de
Wilson Solís, director distrital de la
Subsecretaría de Tierras y Reforma
Agraria, en contra de Juan Vera y los
hermanos Rosendo, Darío y Felipe
Nurinkias Mashiant, quienes -bajo
el argumento de reclamar tierras
ancestrales- se posesionaron de las
propiedades de los colonos José López y María Supliguicha.
Aclaró además que no se utilizó la
violencia, ya que quienes ocupaban
esas fincas abandonaron voluntariamente el lugar.
Rosendo Nurinkias, asambleísta
alterno por Morona Santiago (de
filas de Pachakutik), quien junto al
presidente de la Junta parroquial de
San José, Tello Pinchu, son señalados por los colonos como los líderes de las invasiones, calificó al
CASO “GRAN HERMANO”
Gobernador dice que
pidió al Gobierno
decretar el estado de
excepción en los
sectores en conflicto
operativo de “persecución a los pueblos nativos (shuar)”.
Dijo que fueron destruidas 20
pequeñas viviendas y que las familias quedaron a la intemperie. “El
perjuicio es alto para mujeres y niños. Denunciaremos el hecho en la
Asamblea Nacional y en la Comisión
de Derechos Humanos para que se
indemnice a los afectados”, indicó.
Colonos denuncian amenazas
“El miedo aumentó porque a través
de llamadas telefónicas a los líderes
de la parroquia y amenazas de personas en moto, sabemos que los
shuar y los invasores advirtieron que
quemarán las tiendas de víveres ubicadas en San José de Morona, en el
Puente y la Gabarra”, denunció ayer
el colono Luis Peralta Kashijint, vocal de la parroquia.
Señaló que las agresiones continúan, pese a que a la zona fueron
movilizados 600 policías de los comandos de Cuenca (Azuay) y Puyo
(Pastaza) para dar resguardo.
“Los mismos policías y militares
no saben cómo frenar los ataques de
los shuar y de los invasores, quienes
para causar daño actúan en la noche
como las lechuzas”, acotó.
Dijo que los colonos no se explican por qué el gobernador de la
provincia, Carlos Arcos, tarda en
ordenar el desalojo de los invasores
en San José, Puerto Morona y Shaime. Sin embargo, a través de un
comunicado, Arcos aseguró que ya
SESIÓN POR LOS 50 AÑOS DE VIDA INSTITUCIONAL
Juez prohíbe la salida del
país a cuatro ex veedores
CORTESÌA | ANDES
Correa y Asamblea honran
a la Universidad Católica
El juez Adrián Yánez (i) dictó la medida durante la audiencia de formulación de cargos.
Los cuatro ex veedores que investigaron los contratos que mantuvo
Fabricio Correa, hermano del Presidente, con el Estado no podrán salir
del país. Así lo dispuso ayer el juez del
Tribunal Quinto de Garantías Penales
de Pichincha.
La resolución forma parte de la
demanda interpuesta por el Jefe de
Estado en contra de Pablo Chambers,
José Quisphe, Gerardo Portilla y Víctor Hidalgo, por falso testimonio y
perjurio. Estos ex veedores afirmaron
en su informe que el Mandatario
conocía de los contratos de su hermano que perjudicaron al país en
alrededor de $ 143 millones.
En Shaime, hasta ayer, permanecían los escombros de las 20 viviendas de los presuntos invasores, que fueron destruidas por la Policía.
El juez encargado, Adrián Yánez,
en su fallo prohibió la salida del país
de los demandados y ordenó que se
presentaran cada 15 días en la corte.
Además ordenó la apertura de la
instrucción fiscal por 90 días.
El fiscal encargado del caso, Patricio Navarrete, manifestó que el
informe de los veedores estuvo basado solo en notas de prensa.
Los asilos políticos solicitados por
Chambers, Quishpe, Portilla e Hidalgo en las embajadas de Costa Rica,
Gran Bretaña, Estados Unidos y Panamá aún no tienen una respuesta
diplomática, informaron los abogados de los ex veedores.
El presidente de la República, Rafael
Correa, participó ayer de la sesión
solemne por los 50 años de vida
institucional de la Universidad Católica Santiago de Guayaquil, entidad
de la que fue alumno y en donde
consiguió su título de economista.
Durante su discurso, el Mandatario emplazó a las autoridades y
alumnos de la universidad a trabajar
no tan solo en la formación profesional sino también en la espiritual,
con el objetivo de formar ciudadanos
que luchen contra las desigualdades
que aún persisten en la región.
Correa hizo un recuento del proceso de reestructuración de la Educación Superior que ha emprendido
su régimen. Esta parte de la intervención le sirvió para recordarle a los
presentes las inequidades sociales,
económicas y culturales que habían
en el Ecuador y que ahora se intentan
eliminar con la participación ciudadana.
Antes del discurso del gobernante,
el rector de la Universidad Católica,
Mauro Toscanini, recordó parte de
los 50 años de historia de la entidad
educativa, recordando de manera especial a los religiosos y profesionales
que fundaron la institución.
En el acto la Asamblea Nacional
también rindió homenaje a la entidad
confiriéndole la medalla Dr. Vicente
Rocafuerte. La entrega del reconocimiento fue realizada por el pre-
El presidente Rafael Correa saluda al
rector de la U. Católica, Mauro Toscanini.
sidente encargado del Legislativo,
Juan Carlos Cassinelli, y la lectura
del Decreto la hizo el asambleísta
Rolando Panchana, ambos ex alumnos de esta universidad.
De la misma manera, el Ministerio
de Educación entregó un reconocimiento por la trayectoria de la
institución y, además, por el fomento
de la comunicación a través del canal
de televisión y estación de radio que
dirige la Universidad Católica. La
distinción fue concedida por Mónica
Franco, viceministra de la Gestión
Educativa, también ex alumna y ex
catedrática de la entidad.
pidió al presidente Rafael Correa
decretar el estado de excepción en
los sectores en conflicto para contar
con el control permanente de la
fuerza pública.
Luis Rizo, titular de la Asociación
de Agricultores de Puerto Morona,
denunció ayer que entre las cuatro
casas quemadas en la madrugada del
martes último, por parte de invasores, constaban la de su hermano
Vicente y la del colono Fernando
Valencia, quienes perdieron enseres
de hogar, mercadería y productos de
primera necesidad que tenían en las
viviendas. Además, a las 20:00 del
miércoles fue baleada -en Shaime- la
casa de la colona Damia Pillacela. No
hubo víctimas ni detenidos, pero la
Policía incautó tres carabinas.
Óscar Bonilla, viceministro de
Gobernabilidad, y José Larrea, viceministro de la Política, llamaron a
las partes a superar las diferencias a
través del diálogo.
Villacreses oficializa su salida del
Concejo Cantonal para asumir
nuevo cargo en la Cancillería
Octavio Villacreses, del movimiento
oficialista PAIS, renunció a su cargo para
ser el coordinador de la zona 5 del
Ministerio de Relaciones Exteriores.
En una rueda de prensa, el ahora ex
edil contó que la invitación fue hecha por
el canciller Ricardo Patiño, la cual tuvo la
aprobación del presidente Rafael Correa.
Villacreses dijo que su objetivo en el
nuevo cargo será impulsar el comercio
internacional de las provincias que
conforman la zona 5: Bolívar, Los Ríos,
Santa Elena, Galápagos, y Guayas. No se
incluye a Guayaquil, Samborondón ni
Durán, que forman un distrito
metropolitano.
“La Revolución Ciudadana ha puesto
sus ojos en mí para servir en otra
trinchera”, aseguró Villacreses, quien
agradeció la oportunidad de pertenecer a
las filas del movimiento gobiernista.
También se refirió “a toda la comunidad
guayaquileña” que ha apoyado su labor
como concejal desde 2007.
Sobre su relación con el alcalde del
puerto principal, Jaime Nebot, y el resto
de sus concejales dijo que no tiene
problema con ellos. “No quedan rencillas
ni resentimientos. Siempre seremos
adversarios políticos, pero en lo personal
no queda ningún rencor”, señaló.
Viviana Bonilla, gobernadora del
Guayas, quien acompañó a Villacreses, lo
felicitó públicamente por la labor
realizada durante estos cinco años.
Villacreses presentará su dimisión al
cargo de concejal de Guayaquil el
próximo lunes en audiencia con Nebot, a
quien le hará la entrega oficial de su
renuncia. Asimismo, presentó a Hanne
Holst, quien lo sustituirá de aquí en
adelante durante las sesiones semanales
del Concejo Municipal.
06
Economía
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
AGROCALIDAD INICIA ACCIONES CONTRA UNA PLAGA EN LA GRAMÍNEA APARECIDA EN LA PROVINCIA DE EL ORO
Quintal de arroz tiene nuevo precio
Redacción Economía
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El Consejo Consultivo del arroz, que
se reunió el miércoles en Guayaquil,
acordó fijar en 33,25 dólares el nuevo precio mínimo de sustentación de
la saca de 200 libras de arroz en
cáscara, con 20% de humedad y 5%
de impurezas. Anteriormente era de
31 dólares.
Tras aproximadamente tres horas
de reunión, los productores, industriales y representantes del Ministerio de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca (Magap) coincidieron en aumentar a 2,25 dólares
el valor del producto, pese a que
tanto los productores arroceros como los industriales llevaron sus propias propuestas.
Los primeros pedían que el valor
de la saca sea de 36 dólares, mientras
que los segundos solicitaron que se
mantenga el precio de 31 dólares.
Julio Carchi, presidente de la Junta de Riego América Loma, de Daule,
dijo que el nuevo valor del arroz “rige
inmediatamente”.
“Nuestras aspiraciones fueron un
70% satisfechas, por lo que hemos
aceptado gustosamente este acuerdo”, indicó Carchi.
Una vez aprobado el nuevo valor
de 33,25 dólares por la saca de la
gramínea, el sector industrial mostró preocupación por la posible afectación que habría en el futuro, principalmente para el consumidor final.
Rosa Lema, presidenta de la Corporación de Industriales Arroceros
del Ecuador (Corpcom), mencionó
que en el tema de la comercialización
tendrían varios inconvenientes.
“Con el precio anterior no éramos
competitivos a nivel internacional,
más ahora con un precio alto. Sí se
MIGUEL CASTRO | EL TELÉGRAFO
Representantes del Ministerio de Agricultura, industriales y productores, en Consejo Consultivo, acordaron
fijar en 33,25 dólares la saca de 200 libras de arroz en cáscara, con 20% de humedad y 5% de impurezas
Alrededor de 220.000 hectáreas de la gramínea se cosechará en el invierno.
ayuda al agricultor, pero nos complicamos en la comercialización”,
manifestó.
La titular de Corpcom indicó que
el invierno no ha afectado considerablemente la actual cosecha de
arroz, estimada en alrededor de
220.000 hectáreas.
En la sesión ayer estuvieron también el viceministro de Agricultura,
Luis Valverde; subsecretarios del
Magap y representantes de los sectores agrícolas.
Por otra parte, la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad) inició
acciones por la presencia de una plaga
en los cultivos de arroz en El Oro.
Se analizan muestras recolectadas en el sector de La Cuca, del
cantón Arenillas, para determinar el
agente causal de la plaga que ocasiona pérdidas en las cosechas de la
provincia.
VARIOS AÑOS DE INVESTIGACIÓN TOMÓ A ORGANISMO
El Iniap prueba 25 nuevas
líneas avanzadas de trigo
Veinte y cinco nuevas líneas avanzadas de trigo con cualidades de precocidad, productividad, resistencia a
las enfermedades, calidad de grano,
alto rendimiento harinero y buena
calidad molinera, son probadas con
éxito en los campos de investigación
de la Estación Experimental del Austro del Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias (Iniap), por
parte de investigadores del Programa
Nacional de Cereales.
Jorge Coronel, responsable del
Programa Nacional de Cereales, señala que las 25 líneas avanzadas de
trigo son el resultado de varios años
de investigaciones realizadas con materiales producidos por cruces nacionales e introducidos desde el Centro Internacional de Mejoramiento de
Maíz y Trigo (Cimmyt), de México,
los mismos que se prueban en las
zonas de producción, desde el Carchi
hasta la provincia de Loja, dentro de
los procesos de investigación participativa, en el que los propios agricultores escogen los mejores materiales como potenciales variedades
en el futuro.
La investigación participativa permite que los investigadores seleccionen, en base a los gustos y criterios de los agricultores e industriales, materiales que reúnan cualidades de productividad, calidad de
grano, precocidad, resistencia a las
enfermedades, también otros valores
adicionales, como fenología, tipo de
gluten, rendimiento harinero, peso
hectolítrico, entre otros.
LA UNA RECEPTA PRODUCTO EN CENTROS DE ACOPIO
Magap e industriales evalúan
absorción de cosecha de maíz
Una nueva reunión se realizó entre el
Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (Magap) y el
sector industrial del maíz para evaluar la absorción de la cosecha del
grano. En el encuentro estuvo el ministro del ramo, Javier Ponce.
El sector señaló que uno de los
inconvenientes que actualmente hay
en la captación del grano es el exceso
de humedad –lo que genera que el
proceso de secado se lleve más tiempo–, por lo tanto retrasa la compra
del maíz a los productores.
La industria balanceadora se comprometió a buscar nuevas alternativas de almacenamiento para aumentar la capacidad de captación del
producto.
Hasta la fecha, los balanceadores
han absorbido aproximadamente
90.000 toneladas, según las cifras de
la Subsecretaría de Comercialización. Además, la Unidad Nacional de
Almacenamiento (UNA) también
continúa comprando el grano a los
productores que cumplen las normas
de humedad e impurezas.
Los centros de acopio receptan las
cosechas de arroz y maíz a los pequeños y medianos productores del
país. La UNA puso a disposición más
centros que están distribuidos en las
provincias de Los Ríos, Guayas y
Manabí, con una capacidad de aproximadamente 50.000 quintales cada
uno. La institución recuerda que el
precio oficial del maíz es de $ 16,50
(13% de humedad y 1% de impureza).
Economía
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, para dar cumplimiento a las obligaciones internacionales
Interamericana de Derechos Humanos en el caso Salvador Chiriboga vs. Ecuador.
El IESS busca afiliar a cuatro
millones de ecuatorianos antes
de culminar el presente año
El director del Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social (IESS), Agustín Ortiz,
informó que durante los primeros
cuatro meses del 2012, el número de
afiliados llega a cuatro millones y
prevé que se incremente aún más
durante el resto del año a nivel
nacional.
“Creo que una de las obras más
importantes que se han realizado en
Seguridad Social es que el servicio
llegue a mucha más gente, nosotros
siempre hacemos referencia de que
cuando llegó al poder el presidente
Rafael Correa habían
aproximadamente 1.300.000 afiliados,
y en este momento, después de cuatro
años de gestión, estamos por 2.500
millones de afiliados”, explicó el
funcionario a una radio guayaquileña.
Recalcó que “una de las cosas que
fueron positivas para lograr este
número de afiliados fue la consulta
popular del 2011, donde una de sus
preguntas dicta que se penalice la no
afiliación”.
En la provincia del Guayas se aspira
alcanzar los 900.000 afiliados al
término de este año, y por lo cual se
enfocarán principalmente en las
empresas que privan a sus empleados
de dicho derecho.
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CASO SALVADOR CHIRIBOGA VS. ECUADOR
RESUMEN OFICIAL EMITIDO POR LA CORTE
SENTENCIA DE 6 DE MAYO DE 2008
(Excepciones Preliminares y Fondo)
SENTENCIA DE 3 DE MARZO DE 2011
(Reparaciones y Costas)
El 6 de mayo de 2008 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte o el Tribunal),
mediante su Sentencia de excepciones preliminares y fondo, encontró responsable internacionalmente al Estado
de Ecuador por violación a los artículos 21.2 (Derecho a la Propiedad Privada), en relación con los artículos 8.1
(Garantías Judiciales) y 25.1 (Protección Judicial) de la Convención Americana de Derechos Humanos, todo ello
en relación al artículo 1.1 (Obligación de Respetar los Derechos) de ese mismo instrumento, en perjuicio de la
señora Salvador Chiriboga.
El 13 de mayo de 1991 el Concejo Municipal de Quito resolvió “declarar de utilidad pública [y] autorizó el acuerdo
propiedad de los hermanos Salvador Chiriboga, consistente en un predio de 60 hectáreas. La Corte constató que
la declaratoria de utilidad pública tenía como objeto destinar dicho predio al denominado “Parque Metropolitano”.
Anteriormente el terreno se encontraba afectado por la ordenanza Nº 2092 de 26 de enero de 1981, denominada
“Plan Quito”, y la ordenanza Nº 2818 de 19 de octubre de 1990 que determinó los límites del Parque
Parque Metropolitano como área de recreación y protección ecológica de la ciudad de Quito.
A raíz de ello, los hermanos Salvador Chiriboga interpusieron diversos procesos subjetivos con el objetivo de
impugnar la declaratoria de utilidad pública, algunos de los cuales aún se encontraban pendientes al dictarse la
Sentencia de fondo de este Tribunal, como lo son: el recurso subjetivo No.1016 iniciado el 11 de mayo de 1994
y el recurso subjetivo No. 4431 iniciado el 17 de diciembre de 1997. Además, el 16 de julio de 1996 el Municipio
de Quito presentó una demanda de expropiación del predio de los hermanos Salvador Chiriboga ante el Juzgado
Americana y el derecho ecuatoriano.
La Corte debió resolver si la limitación al derecho de la propiedad del predio de la señora María Salvador
Chiriboga, para la construcción del Parque Metropolitano de la Ciudad de Quito, se llevó a cabo de conformidad
con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Convención. Al respecto, el Tribunal estimó que en casos
de expropiación el pago de una indemnización constituye un principio general del derecho internacional, el cual
deriva de la necesidad de buscar un equilibrio entre el interés general y el del propietario. Dicho principio ha
sido recogido en la Convención Americana en su artículo 21, al referirse al pago de una “justa indemnización”.
Esta Corte consideró que para alcanzar el pago de una justa indemnización ésta debe ser adecuada, pronta y
efectiva. La Corte estimó que, en casos de expropiación, para que la justa indemnización sea adecuada se debe
tomar como referencia el valor comercial del bien objeto de la expropiación anterior a la declaratoria de utilidad
pública de éste, y atendiendo el justo equilibrio entre el interés general y el interés particular a que se
ha hecho referencia en la presente Sentencia.
En conclusión, la Corte sostuvo que el Estado privó del derecho a la propiedad privada a la señora María Salvador
Chiriboga por razones de utilidad pública legítimas y debidamente fundamentadas, las cuales consistieron en la
protección del medio ambiente a través del establecimiento del Parque Metropolitano. Sin embargo, el Estado
no respetó los requerimientos necesarios para restringir el derecho a la propiedad acogidos en los principios
Estado incumplió con las formas establecidas en la ley al vulnerar la protección y garantías judiciales, ya que
los recursos interpuestos han excedido para su resolución el plazo razonable y han carecido de efectividad. Lo
La producción y exportación de
cacao fino de aroma en Ecuador
se fortalece por el apoyo estatal
El Gobierno ejecuta políticas públicas
articuladas para fortalecer la
producción del cacao fino de aroma,
promover su industrialización e
intensificar su exportación, dijo el
viceministro de Industrias y
Productividad, Juan Francisco Ballén,
en la apertura de la IV Edición del
Salón del Chocolate, que inició el
miércoles en el Centro Cultural de la
Pontificia Universidad Católica del
Ecuador.
Ballén señaló que el país es líder
mundial en la producción y
exportación de cacao fino y de aroma,
pues la participación del producto
ecuatoriano en el mercado
internacional es del 63%, debido a su
calidad y características organolépticas.
Desde el régimen trabajamos para
que la actividad cacaotera se
consolide, dijo el Viceministro. Informó
que en el país hay 434 mil 420
hectáreas dedicadas al cultivo del
cacao, de las cuales el 85% está
concentrada en la región Costa,
especialmente en las provincias de Los
Ríos, Guayas, Manabí, y últimamente
con fuerza en Esmeraldas. Indicó que
la producción de la denominada “pepa
de oro” ha permitido al país ingresos
por aproximadamente 581 millones de
dólares.
lo que ha ocasionado una incertidumbre tanto jurídica como fáctica, la cual ha derivado en cargas excesivas
impuestas a la misma, convirtiendo a dicha expropiación en arbitraria. Por tanto, el Estado es responsable de la
violación del derecho consagrado en el artículo 21.2 de la Convención Americana, en relación con los derechos
establecidos en los artículos 8.1 y 25.1 de dicha Convención, todo ello en relación con el artículo 1.1 de dicho
instrumento, en perjuicio de María Salvador Chiriboga.
El 3 de marzo de 2011, la Corte emitió su Sentencia de Reparaciones y Costas en el presente caso. La Corte
de pago de una justa indemnización, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Convención.
La Corte notó que la determinación del avalúo de un predio objeto de expropiación por razones ambientales
puede depender de varios elementos y no es siempre adecuado evaluarlo en comparación con bienes en el
valor de un bien objeto de expropiación, se debe tomar en cuenta sus características esenciales, es decir,
limitaciones o posibilidades del uso del suelo y su vocación). Al respecto, la Corte encontró que el predio es
rústico con características particulares debido a su localización urbana, el cual tenía una serie de limitaciones
jurídicas con anterioridad a la declaratoria de utilidad pública. Al efecto, las Ordenanzas No. 2092 de 1981, y
de Quito, así como otras áreas de protección ecológica, en donde solo estarían permitidos los usos agrícolas,
forestales y de conservación de la vegetación natural. Debido a dicha reglamentación como de otros actos
limitaciones establecidas lo convirtieron en un inmueble destinado a la protección del medio ambiente. En razón
de esto, cuando se emitió la declaratoria de utilidad pública el 13 de mayo de 1991, el predio ya contaba con
las limitaciones jurídicas de uso, y por consiguiente, su valor comercial había disminuido.
Por tanto, de acuerdo a las pretensiones de las partes, las restricciones jurídicas que afectan el predio, las cuales
impactaron sobre su valor, puesto que el inmueble objeto de la expropiación ha sido destinado a la protección
ambiental y recreación, lo cual es de gran relevancia e interés público para la ciudad de Quito, en atención al
justo equilibrio entre el interés público y el interés particular, la Corte, de acuerdo a los criterios de razonabilidad,
incluyó el valor del inmueble expropiado y sus accesorios.
Asimismo la Corte ordenó como medidas de reparación integral, las siguientes: a) por concepto de daño material
c) como medida de restitución ordenó al Estado devolver una cantidad determinada por concepto de impuestos
y multas indebidamente cobrados, y sus intereses; d) como medidas de satisfacción ordenó la publicación de
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08
Guayaquil
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
CUATRO CANTONES NO TENDRÁN EL SERVICIO ESTE FIN DE SEMANA
Corte de agua más grande será mañana
Más de dos centenares de zonas se quedarán sin el líquido vital durante 22 horas consecutivas, debido a la
rehabilitación del acueducto ubicado en el Fuerte Huancavilca. Los racionamientos serán hasta el mes de octubre
Redacción Guayaquil
[email protected]
Este sábado 19 y domingo 20 de
mayo será suspendido el servicio de
agua potable en 210 puntos distintos
de la ciudad, cifra que convierte al
corte en el más grande de la historia
de la ciudad.
La magnitud de esta nueva limitación del servicio es ligeramente
equiparable al primer racionamiento ejecutado el 20 y 21 de enero del
año en curso.
En ese entonces 95 áreas no pudieron acceder al líquido vital por 22
horas consecutivas.
La causa por la que no habrá agua
mañana, según informó la concesionaria Interagua, es la rehabilitación del acueducto de 800 y 1.250
mm ubicado en el Fuerte Huancavilca.
Según la empresa, para seguir con
el Proyecto Huancavilca y poder trabajar es necesario dejar a los acueductos sin líquido.
Entre las labores que ejecutarán
está el cambio de válvula dentro del
Fuerte Huancavilca, cambio de válvula de aire y neplo en la vía a Daule,
Restricciones
La suma de áreas afectadas en lo que va
del año ha sido: 95 durante el 20 y 21 de
enero; 73 entre el 10 y 11 de febrero; 49 el
3 y 4 de marzo; 72 el 23 y 24 de marzo; 86
el 27 y 20 de abril.
Desde las 20:00 de hoy hasta las 12:00 del
sábado no tendrán agua en el norte Puerta
de Hierro, Anexo a Colinas de los Ceibos,
Colinas de los Ceibos; Coops. 7 de
Diciembre, 16 de Septiembre, Mapasingue
Oeste, 9 de Enero, Colinas del Hipódromo,
Los Ceibos, Ceibos Norte, Ceibos Altos, Las
Cumbres, Los Corales, Olimpo y Los Olivos.
reparación de fuga en válvula de aire
en calle 24 B NO y 10mo Pasaje 38 E
NO (Fábrica Indeltro) y varias más.
La restricción de este sábado empezará a las 20:00 y se prolongará
hasta los 18:00 del domingo.
Además, como en varias fechas
anteriores, el corte alcanza a los
cantones de Durán, Nobol y Samborondón.
Algunos ciudadanos como Eduardo Delgado, habitante de la ciudadela Alborada, se encuentran habilitando una cisterna y adquiriendo
bombas de agua por los diversos
cortes que se han realizado a lo largo
de 2012.
“Lo único que nos queda hacer es
invertir en sitios para almacenar,
porque cuando no tenía debía ir a
casa de mi suegro para bañarme y
cocinar, pero mañana, aunque intente hacer eso, no me serviría porque en su casa, Metrópolis, tampoco
habrá agua”.
La concesionaria señaló a inicios
del año que para realizar su proyecto
programó 12 cortes, de 22 horas, en
diferentes sectores de la ciudad, y
que se desarrollarían hasta el 20
octubre.
Ilfn Florsheim, vocera de Interagua, indicó entonces que los trabajos se llevarían a cabo por el mal
estado de las redes de la urbe.
“Son tuberías que tienen más de
50 años en funcionamiento y que
nunca recibieron un mantenimiento
adecuado”, aclaró Florsheim.
Suspensión del servicio
de agua potable
Con el propósito de garantizar el
abastecimiento de agua potable a
Guayaquil, Interagua emprenderá la urgente
rehabilitación de los grandes acueductos, de
acuerdo a su proyecto Huancavilca.
Lomas de
Sargentillo
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Motivo de la suspensión
del servicio: trabajos de
rehabilitación del
acueducto ubicado en el
Fuerte Huancavilca.
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Desde hace 18 meses y en el afán de seguir mejorando el servicio para bien de los ciudadanos,
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y oportuna de sus consumos diarios y actuar con inmediatez en caso de presentarse fallas
del servicio eléctrico, pues este sistema está en capacidad de emitir visualmente alarmas,
lo que nos permite actuar de manera inmediata para normalizar el servicio en el menor
tiempo posible. Optimizamos tiempo y recursos.
Hemos instalado hasta hoy 32.000 medidores inteligentes en Puerto Azul, Belo Horizonte,
7HUUDQRVWUD &HLERV &XPEUHV 0LUDÀRUHV HQWUH RWUDV XUEDQL]DFLRQHV (Q HVWH FLFOR HVWDPRV
trabajando en las ciudadelas Urdesa y Kennedy, donde los moradores han registrado
PRGL¿FDFLRQHV HQ OD IHFKD GH OD WRPD GH OHFWXUD SDUD OD IDFWXUDFLyQ TXH HQ ODV PHQFLRQDGDV
ciudadelas era los días 13 de cada mes; y, una vez puesto en marcha el servicio de medición
inteligente en sus hogares, el nuevo ciclo de facturación será los días 30, como se señala en
el espacio de mensaje al consumidor de la planilla de consumo de energía eléctrica destinada a
esas ciudadelas.
Todos nuestros usuarios pueden tener control de sus consumos diarios realizando los siguientes
pasos:
* Si posee un teléfono celular Blackberry, ingrese a nuestra página web www.electricaguayaquil.
gob.ec\GHVFDUJXHHOLFRQRGHODDSOLFDFLyQ³(OpFWULFD0yYLO´
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* Una vez ingresados estos datos, aparecerá una ventana, en donde usted visualizará las lecturas
y consumos diarios de la semana. Inclusive podrá conocer si su comportamiento de consumo de
HQHUJtDPXHVWUDXQLQFUHPHQWRRGHFUHPHQWRFRQODRSFLyQ³*Ui¿FRGH&RQVXPR´TXHGHWDOOD
los kWh generados y su costo en dólares.
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EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL, E.P
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A nuestros usuarios del servicio de medición inteligente A.M.I.
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im
mo
o
SECTORES
NORTE:
Kennedy, Adace, Luis Vernaza, Mall del Sol, Coop.
Vivienda Empleados Ietel, Bosques del Salado,
Urdenor 1 y 2, Ciudad Colón, La Herradura,
Alborada (todas las etapas), Los Álamos, Sauces
(todas las etapas), Garzota (etapas 1, 2, 3, 4, 5, 6,
7), Brisas del Río, Acuarela del Río, Cdla. Brisas del
Norte, Metrovía, CTE, Terminal Terrestre, Samanes
(todas las etapas), Guayacanes (etapas 1, 2 y 4);
colegio Teniente Hugo Ortiz, Paquisha, terrenos de
Indulac, Metrópolis I, Mucho Lote (etapas 1, 2, 3,
4, 5, 6 y 7), Bastión Popular (bloques 1A-B, 2, 3, 4,
5, 6, 6A, 7A-B, 8, 9,10, 11,10A, B-C-D), Los
Geranios, Orquídeas (etapas 2-3), Vergeles
(etapas 2y 3), Colinas de la Alborada, El Cóndor,
Cdla. Fco. de Orellana, Voluntad de Dios, Unión
Cívica, Estrella de Belén, Juan Montalvo, Pájaro
Azul, Pastor Vera, Jardines de la Esperanza, Lotes
con Servicio Alegría (bloques 2, 3, 7), Los Rosales,
Carlomagno Andrade, Beata Mercedes Molina,
Cervecería Nacional, 5 de Diciembre, Petrocomercial, La Germania, Cdla. La Florida, Lotización
Industrial Inmaconsa, Padres Salesianos, Plamavit,
Sector Buenos Aires, Fábrica de Pilas, Lincoln
Salcedo, Bella Visión, Colinas del Sol, Montebello,
Tottori, El Caracol, Mercado de Transferencia de
Víveres de Guayaquil, Cumbres del Sol, Mercado
Mayorista - Hospital Universitario, Cervecería
Ambev, terrenos fábrica Cridesa, Lago de Capeira,
Industria Aceitera, Taensa S.A., Finavesa,
Jabonería Nacional, recinto las Mercedes,
Guayaquil Country Club, Avícola San Carlos,
Hacienda Germania, Ciudad Santiago, Costeña del
Río, Campo Chino, Cerro del Carmen, Cementerio,
Junta de Beneficencia, cerro Sta. Ana, barrio Las
Peñas, Junta de Calificación, Hospital Militar,
Hospital del Niño, Hospital Siquiátrico Lorenzo
Ponce, barrio Cerrillo Verde, Coop. Hospital
Territorial, Coop. de Vivienda de los Profesores del
Aguirre Abad, Universidad Laica Vicente
Rocafuerte, bloques Base Aérea, La FAE, Cdla.
Naval Norte, Los Álamos, Atarazana, Urbanor, La
Guardianía, Lomas de Urdesa, Paz y Amor, Urdesa
Norte, Principado de las Lomas de Urdesa, Portón
de Las Lomas, terrenos de la Universidad de
Guayaquil, Aeropuerto, Simón Bolívar, colegio San
Zonas con Interrupción
del servicio de agua
potable.
Horarios de
corte: desde
las 20:00 del
sábado 19
hasta las 18:00
del domingo
20 de mayo
de 2012.
Gua
Gu
G
uaasmo
u
Su
SSur
u
urr
José La Salle, Mirador del Norte, Cdla. J. Tanca
Marengo, Martha de Roldós, Cdla. La Roca, Urb.
Central, Lotes Señora de Pareja, Saint Gallen,
Schoenstatt, CTE (canchón) y Pinturas Unidas,
terrenos Academia Naval Illingworth, Los Claveles,
Santorini, San Felipe, Lomas de Prosperina, 3 de
Diciembre, Río Guayas Club, Base Naval Norte y
Santa Leonor.
CENTRO:
Parroquias Febres Cordero, Letamendi, Estero
Salado, Abel Gilbert, Puerto Lisa, La Chala,
Batallón del Suburbio, Coop, San Francisco de Asís,
Lindo Horizonte, La Laguna, Isidro Ayora,
Guayaquil Hospitalario, Colegio Fiscal Técnico
Industrial, Barrio Las Peñas, hospital Luis Vernaza,
Rocafuerte, Olmedo, Bolívar, Las 5 Esquinas, La
Sabana y El Bale.
SUR:
Cristo del Consuelo, Cdla. Guangala, Hospital del
Seguro, Sopeña, Guayasur, Floresta, Los Laureles,
Los Jazmines, Almendros, Universidad Agraria, La
Saiba, Nueve de Octubre, Pradera, Finca Rosario
S.A., Coop. Guasmo Norte, 7 Lagos, Caraguay,
Casitas del Guasmo, Los Cipreses, Los Vergeles,
Islas Galápagos, Nueva Granada, Centinela del
Guasmo, Carlos Castro, Hogar de los Pobres,
Empresa Vopak, Jaime Toral, Esmeraldas Libre, Las
Malvinas, Los Claveles, Asaad Bucaram, Cdla. del
IESS, Naval Sur, 25 de Julio, Cdla. del Periodista,
Huancavilca, Morán Valverde, Cdla. del Maestro,
Las Acacias, Autoridad Portuaria, Esmeraldas
Chiquita, Jaime Roldós, Malvinas, CoviemMercado, 28 de Mayo, Los Esteros, Santa Mónica,
Fertisa, Las Tejas, Los Jardines, Los Esteros
Populares, Santiaguito Roldós, Electro Guayas,
Transelectric, Fragatas Populares, Viernes Santo,
Guasmo Oeste, Autoridad Portuaria, Instituto
Oceanográfico de La Armada (Inocar), Industria
Cartonera Ecuatoriana, Comisión de Tránsito del
Ecuador (CTE), Trinipuerto, Nelson Mandela,
Jacobo Bucaram, Los Olivos, Valdivia, Las Terrazas
y Riocentro, Guasmo Norte, Central, Sur y Oeste;
Fundación de Guayaquil, Coop. de Vivienda de la
Armada, parque Stella Maris e INFA.
Fuente: Interagua / Gráfico: El Telégrafo / [email protected]
Quito
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
09
HOY SE CONMEMORA EL DÍA INTERNACIONAL DEL MUSEO
La creatividad es la base para
enseñar historia en Quito
La Fundación Museos de la Ciudad presenta la Feria del Bicentenario, en la explanada de
La Ronda, en el Centro Histórico. Es una propuesta para que los niños, jóvenes y adultos
aprendan de forma divertida. La función es gratuita y estará abierta hasta el 15 de julio
FOTOS: EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO
Redacción Quito
[email protected]
En pleno siglo XXI nadie pensó que
sería el propio Antonio Ante, prócer
del Bicentenario, quien contaría la
historia de la Revolución Quiteña.
Un museo viviente es la nueva
propuesta de la Fundación Museos
de la Ciudad. Allí cuentan de forma
lúdica y con audiovisuales el proceso
de la Revolución Quiteña y la Primera Constitución de la República.
Un hombre vestido con traje de la
época, 1800, de color azul, camisa
blanca con vuelos y zapatos negros
con una gran hebilla dorada, sale de
pronto y da la bienvenida al público.
Pero, ¿quién es ese hombre extraño?, se pregunta la gente, que aún no
entiende la nueva manera de contar
la historia. Él, como todo un caballero, se presenta y explica lo que
sucederá en la primera carpa del
museo viviente.
Se trata del personaje Antonio
Ante, quien de un brinco va al siguiente escenario, la Iglesia de la
Compañía, en donde en una pantalla
se recrea la conversación del Conde
Ruiz de Castilla, en cuya contra se
prepraba una sublevación. Pasada
esta escena, el prócer Ante pregunta
al público si conocen al mentalizador de la revolución: Eugenio Espejo; con puño al aire y gran sonrisa
invita al público a honrar su memoria con aplausos.
Así transcurre el tiempo y Antonio Ante pasa por los años 1808 y
1809 hasta llegar a 1812, fecha en
que Carlos Montúfar Larrea toma
protagonismo en la Independencia
del Ecuador. Ahí termina el recorrido por la primera etapa del Bicentenario. Ante invita al público a
seguir a la siguiente carpa, en donde
la tónica de la historia cambia.
La prioridad de la Feria es que los
Con una obra de teatro se cuenta cómo se redactó la Constitución Quiteña de 1812
niños se diviertan y son ubicados en
las primeras filas. Ya listos en sus
lugares, el rock empieza a envolver el
escenario, en donde ocho personas
vestidas de negro salen a escena para
participar de una coreografía.
Luego de una introducción musical que remite al público a 1812,
uno de los bailarines se transforma
en el padre Miguel Antonio Rodríguez, quien redactó la Constitución
Quiteña. A él lo acompaña la conversona, inquieta, pero fiel Panchita,
su sirvienta.
En un ambiente de muebles vivientes, la historia de la Primera
Constitución transcurre. Con bromas y canciones, los actores cuentan
cómo se escribió la Primera Constitución del país. El momento en que
los niños sacan fuertes carcajadas,
fue cuando Panchita, al buscar im-
“A mí me gustó
cuando cantaron la
historia en ritmo de
rock. Yo sí aprendí
historia aquí”
Arlin Vélez (9 años), asistente
plementos dentro de un cofre, empieza a gritar cuando lo cierra; todos
creen que se lastimó los dedos, pero
no fue así, son sus largas trenzas las
que se quedaron atrapadas. Ese humor cautiva a los niños, quienes
ponen toda su atención en el relato.
Carlos Montúfar aparece en escena, como un gran galán, al cual
todas la mujeres quieren poseer, pero él tiene su mirada puesta en la
independencia de la región. Con él
actúan dos personajes y títeres que
también lo apoyaban.
La historia culmina con la muerte
de los próceres y una canción rockera que proclama “América libre
para los americanos”. Antonio Ante
sorprende de nuevo a la gente y los
invita a la siguiente carpa.
Es el último recorrido de la historia, en donde el prócer organiza un
bingo y entrega premios a los niños.
Esta es la nueva forma de enseñar
historia, que la Fundación Museos
de la Ciudad presenta desde el pasado 7 de abril.
Mario Díaz, productor general de
la Feria, explica que la idea de presentar la historia de una manera
creativa, didáctica y audiovisual es
para que los niños aprendan historia
sin aburrirse.
Para Mauricio Gallegos, actor que
representa a Miguel Antonio Rodríguez, la puesta en escena de manera creativa sobre la Constitución
aporta a que los jóvenes aprendan de
manera divertida. “ Si me enseñaban
a mí de esa manera, yo sí habría
aprendido”, dijo entre risas.
Los niños y adultos que asistieron
a la presentación, salieron con sonrisas en su rostro y recordaban las
escenas que más les hizo reír.
Para el asistente Danni Basantes
(30 años), la inclusión de los artistas
de teatro y la actuación de manera
graciosa permitió aprender más.
La Empresa Eléctrica Quito
cambió transformador de la
subestación Floresta
La subestación Floresta (número 12)
fue construida en 1972 y disponía de
un transformador de 10/12 MVA de
capacidad. La Empresa Eléctrica Quito
la está remodelando y en una primera
etapa reemplazó ese transformador
por otro de 15/20 MVA de capacidad.
La inversión fue de 700 mil dólares.
Para realizar el montaje de los
equipos que se reemplazarán, en una
segunda etapa se construirá una sala
de control.
En esta etapa se retirará el
transformador de 10 MVA que se
encuentra en operación comercial,
debido al reducido espacio físico que
se dispone en la subestación.
El nuevo transformador de la
subestación tiene su área de influencia
sobre los barrios Floresta, Colina,
González Suárez, El Girón y La Pradera,
razón que determinó el aumento de
capacidad del transformador para
atender el crecimiento futuro de la
zona, explicó la Empresa Eléctrica
Quito mediante un comunicado.
Desde el lunes 21 se podrá
pagar el impuesto predial en
algunas cooperativas de crédito
A partir del próximo lunes, 19
cooperativas de ahorro y crédito
pertenecientes a la Red Nacional de
Finanzas Populares y Solidarias del
Ecuador (RENAFIPSE) se incorporarán
al sistema de recaudación del
Municipio Metropolitano de Quito, con
un total de 41 puntos de recaudación.
Las entidades atenderán, en una
primera etapa, el cobro de impuestos
prediales, tanto urbanos como rurales.
El servicio es gratuito. Los requisitos
que se solicitarán son la cédula o la
clave catastral. El ciudadano recibirá
un comprobante con las respectivas
firmas autorizadas, que servirá para la
realización de trámites en el Registro
de la Propiedad o Notarías, sin
necesidad de canjearlo por otro
documento.
Entre las cooperativas que ofrecen
el servicio están: 23 de Mayo, en
Chillogallo; 29 de Agosto,
Guangopolo; Agrouniversitaria,
Yaruquí; Alangasí, en Alangasí;Alianza
Minas, Cotocollao y otras.
Ayer, Día Mundial del Reciclaje,
estudiantes presentaron trabajos
realizados con desechos
El prócer Antonio
Ante da un
recorrido a la
historia de la
Revolución
Quiteña; para esto
utliza varias
herramientas
En el marco del Día Mundial del
Reciclaje, 100 estudiantes de 13
instituciones educativas de primaria de
la Zona Quitumbe, expusieron los
artículos elaborados solo con material
reutilizado como plástico, papel,
cartón, metal y vidrio. La exposición se
realizó en el Parque Temático María
Clara, ubicado en la Ciudadela del
Ejército II.
Los niños mostraron a los visitantes
la forma de confeccionar dichos
artículos y su utilidad práctica,
mediante un exhibición.
En la exposición participaron las
escuelas Rafael Cruz Cevallos, escuela
Manuel Nieto Cadena, Unidad
Educativa Celiano Monge, escuela
Bogotá, Unidad Educativa Rincón del
Saber, escuela Ceibo School, escuela
Julio Tobar Donoso, escuela Jorge
Romero Pinto, escuela Riobamba,
Unidad Educativa Oswaldo Lombeyda.
10
Judicial
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
DIRECCIÓN DE AVIACIÓN CIVIL DESCARTA FALTA DE CONTROL EN ESPACIO AÉREO EN EL CASO DE LA AVIONETA
Los campesinos son amenazados
Un detenido revela que el centro de procesamiento de droga fue instalado por ciudadanos
colombianos. La Policía mantiene vigilancia para evitar atentados contra habitantes del sector
[email protected]
El laboratorio de refinamiento de
cocaína, localizado en el sitio Salto
de Bigua, perteneciente a Jama, habría sido instalado por ciudadanos
de nacionalidad colombiana. Así lo
reveló Edisson Velásquez Cheverría,
uno de los tres detenidos en el allanamiento ejecutado -la mañana del
miércoles- en la hacienda situada en
la vía San Isidro-Jama, a 20 kilómetros de Pedernales.
Velásquez relató que los extranjeros le ofrecieron dinero para que
les rentara la parte baja de la propiedad, es decir unos 2.000 metros
cerro a bajo, de la vivienda principal
que está en la vía rural Jama-San
Isidro-Chone, donde la espesa vegetación no permitía observar lo que
ocurría en el lugar.
El coronel Ramiro Mantilla, comandante de la Zona 4 de la Policía
Nacional, informó que el laboratorio
podía procesar hasta una tonelada
de cocaína, pero no estaba totalmente terminado, ya que faltaba
instalar varias tuberías.
En el lugar había áreas de distribución para el procesamiento, secado, prensado, etiquetado, almacenamiento, además se hallaron sustancias químicas líquidas y sólidas.
También contaba con garitas de seguridad, comedor, cocina, incluso la
Instantes en que personal policial trasladaba las evidencias halladas en la hacienda.
planta eléctrica estaba ubicada en una
zona subterránea con aisladores de
sonidos. Dentro de caleta (hoyos en la
tierra) estaban camuflados 189 paquetes que tenían un peso de 304.403
gramos de pasta base de cocaína.
En la operación San Isidro capturaron también a Berdi Rodolfo
Cevallos Mendoza y María Angulo
Quiñónez, dueños de la hacienda.
Mantilla reveló que se mantendrán vigilantes por las amenazas a
los habitantes del sector Taiche de
Coaque, donde cayó la avioneta me-
xicana que transportaba 1’345.000
dólares en efectivo.
Sobre el porqué la nave no fue
identificada por los radares ecuatorianos, Carlos Jácome, subsecretario de Transporte Aéreo, descartó
que la incursión de la avioneta denotara falta de control por parte de
la Dirección de Aviación Civil (DAC).
“No es la falta de control, sino al
revés, por el control que tenemos
esta gente... se metió en la cabeza
que lo puede hacer jugándose la vida
y esas son las consecuencias”. “Un
vuelo nocturno debe hacerse a partir
de los 200 pies. Cuando vuela a 100
ó 200 metros es posible que los
radares no los detecten, pero un
piloto que conoce no se arriesga a
volar a 50 metros y peor en la
noche”, explicó.
El país tiene activos tres radares
secundarios ubicados en Quito, Guayaquil y San Cristóbal. A fines de año
se instalarán en Cuenca y Manta. En
relación a los controles en esta última ciudad, el canciller de la República, Ricardo Patiño, aseguró que
Ecuador ha tenido grandes logros en
controlar delitos como el narcotráfico, incluso tras la salida de la Base
de Manta.
Según el periódico digital El Ciudadano, Patiño desmintió que la ausencia de la base norteamericana en
suelo ecuatoriano sea un determinante para evitar hechos como el de
la clandestina avioneta mexicana accidentada. “En todas partes esto
sucede, no nos quedamos tranquilos
porque esto suceda, pero puede suceder”, dijo, asegurando que la Base
de Manta no era un elemento que
garantizaba la inmunidad para el
país, pues se conocen de casos de
narcotráfico aun cuando operaba el
puesto militar estadounidense.
Patiño manifestó que las embajadas de México y Ecuador al momento comparten información respecto al accidente.
$ 7'860.000 invierte el Consejo
de la Judicatura para construir
la Corte en el sur de la ciudad
El Consejo de la Judicatura de
Transición (CJT) asignó una inversión
de $ 7'860.000 para construir la
nueva Corte en la ciudadela Valdivia,
al sur de Guayaquil.
El vocal del CJT, Fernando Yávar
Umpiérrez, indicó que los trabajos
están en marcha y se prevé que la
obra sea entregada en noviembre
próximo. “Esta es una nueva
edificación que albergará alrededor de
30 judicaturas”, manifestó.
La compañía Adorasa S.A. es la
encargada de concluir la obra.
El vocal de la entidad de control
confirmó que la infraestructura estará
compuesta por tres edificios, dos con
seis niveles y uno con cinco.
Hasta el momento se ha realizado
el 100% de los trabajos relacionados
con el hincado de los pilotes.
Acotó que paralelamente se fabrica
la estructura metálica destinada para
levantar las edificaciones.
“Ya está avanzado en un 60%”,
acotó Yávar.
Informó que el área destinada para
la construcción de las edificaciones es
13.700 metros cuadrados y que el
complejo judicial contará con áreas de
parqueo para más de 200 vehículos.
POLICÍA Y EMPRESA ELÉCTRICA UNEN ESFUERZOS
Plan de alumbrado inicia
para reducir actos delictivos
MARCOS PIN | EL TELÉGRAFO
CORTESÍA
Redacción Judicial
Trabajadores de la Eléctrica de Guayaquil cambian las luminarias.
La Empresa Eléctrica de Guayaquil y
el Distrito Metropolitano de Guayaquil de la Policía Nacional unen
esfuerzos para reforzar la seguridad
en las zonas consideradas vulnerables a robos por la escasez de iluminación.
A través de una reunión, realizada
en la Gobernación del Guayas, se
acordó establecer los sitios que carecen de iluminación para que la
institución a cargo del servicio eléctrico haga las reparaciones correspondientes.
“Ayer (miércoles) ya iniciamos por
el sector conocido como la oreja del
Cementerio General debido a los daños que registran las luminarias. Esta
área es de competencia municipal,
pero como eléctrica de Guayaquil
vamos a asumir los arreglos para que
el sector quede iluminado”, dijo Enrique Jonyaux, coordinador de la Gerencia General de la empresa. “Este es
un plan para aportar con la seguridad
ciudadana, pues la iluminación va
ligada a la prevención”.
En la cita el comandante del Distrito Metropolitano de Guayaquil,
Patricio Pazmiño, se comprometió a
notificar los sectores de la ciudad
donde la falta de este recurso se ha
convertido en un factor que incide en
los niveles de inseguridad.
Los trabajos de reparación se realizarán progresivamente en distintas
zonas de la ciudad.
Al finalizar el plan se espera que
bajen los índices de delitos vinculados con el asalto y robo a personas,
principales actos ilícitos que acechan
en las calles oscuras.
Judicial
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
11
FEMICIDIO EN DURÁN
UN NUEVO MODELO DE GESTIÓN EN LA REHABILITACIÓN SOCIAL ESTÁ EN MARCHA
Tres nuevos pabellones se
suman a la Penitenciaría
Mujer es degollada
con una espada
por su ex esposo
En los próximos meses funcionarán en Guayaquil 12 pabellones que reemplazarán al actual
centro carcelario del Litoral, los que albergarán a 2.400 personas privadas de la libertad.
Además, la construcción del CRS Regional-Guayas, que confinará a 3.717 sentenciados
Redacción Judicial
[email protected]
Tres nuevos pabellones con capacidad para doscientas personas privadas de libertad (ppl) cada uno,
fueron habilitados ayer en el Centro
de Rehabilitación Social de Varones
de Guayaquil (CRSV-G).
La infraestructura inaugurada es
parte de un complejo penitenciario
compuesto por 12 pabellones en total, en los cuales el Ministerio de
Justicia confinará a las ppl que estén
siendo aún procesadas por diversos
delitos. Así lo informó la titular de
esa cartera de Estado, Johanna Pesántez, quien agregó que el plazo de
entrega de esa obra civil es a principios del próximo año.
Mientras que el Centro de Rehabilitación Social Regional-Guayas, que se construye en un vasto
terreno situado al lado del pabellón
de máxima seguridad conocido como
“La Roca”, recluirá a 3.717 ppl, todas
ya sentenciadas, provenientes del
CRSV-G y de las cárceles de Babahoyo, Vinces y Machala.
La Ministra aprovechó la inauguración de estos pabellones -aunque uno ya está ocupado desde el
pasado 16 de abril- para informar
sobre el nuevo modelo de gestión
penitenciario que rige en el país.
El modelo, que basa su accionar
en ejes como el educativo y laboral,
así como la preservación de vínculos
familiares y un sistema de méritos y
progresividad, inició en Guayaquil y
se prolongará en el centro de rehabilitación social en la Sierra centro-norte, cuya construcción registra un avance del 70%, y en el de la
zona Sierra centro-sur, que reemplazará las cárceles de Cuenca, Azogues, Macas y Loja. Ambos reclusorios tendrán 1.540 ppl cada uno.
Héctor Reyna, director del
CRSV-G, indicó que el nuevo modelo
de gestión penitenciaria contempla
el hecho de que todas las ppl realicen
alguna actividad mientras permanezcan en la cárcel, en cumplimiento
Instantes en que un perito de la Policía
Judicial retira del lugar el arma homicida.
La Ministra chequea los controles automáticos de seguridad de los nuevos pabellones. La acompaña el director del CRSV-G, Héctor Reyna.
al principio del “cero ocio”.
Para esto, detalló que se han adecuado talleres educativos y de producción; y destinado espacios para
canchas deportivas y áreas de recreación, con el objetivo de que las
ppl cumplan un horario de actividades durante el día.
Inclusive se tiene programado que
en las noches se proyecten películas
con mensajes positivos.
Además, en los nuevos pabellos,
cuyas celdas albergarán a dos ppl
cada una, no podrán tener artefactos
eléctricos, porque no hay tomacorrientes y las luces están controladas, esto con el fin de evitar que se
vulnere el fluido eléctrico.
Pesántez añadió que el incipiente
modelo viabiliza el funcionamiento
de un sistema de economato, en el
que las ppl puedan acceder a la
compra de productos varios, a través
de tiques, sin que exista con esto
abusos en los precios y posibles
casos de extorsión.
El recinto penitenciario estará reforzado con circuito cerrado de vigilancia y 479 guías penitenciarios,
todos debidamente capacitados en la
Escuela Politécnica del Ejército (ESPE) y por la Secretaría de Política
Criminal de Argentina, de la Gendarmería de Chile y francesa.
Mientras tanto, las autoridades
realizan un diagnóstico integral a las
ppl al ingreso a los centros de rehabilitación, para su posterior clasificación, de acuerdo a parámetros
como el de si son procesadas o condenadas; y luego, en mínima, mediana y máxima seguridad.
POLICÍA AÚN NO DETERMINA NÚMERO DE INTEGRANTES DE ORGANIZACIÓN
Caen más de la banda de Endara
Tras operativos realizados al norte de Quito, uniformados policiales detuvieron a
otra persona que se presume tendría nexos con la banda de la “Mama Lucha”. Es
sospechoso del robo de vehículos y alteración de datos para su posterior venta
El Grupo Operativo Antidelincuencial de la Policía Nacional detuvo a
dos personas que presuntamente se
dedicaban al robo de vehículos en el
sector del Comité del Pueblo.
Según las investigaciones, uno de
los antisociales, Marco Vinicio Reisancho Sulca formaría parte de la
banda de la “Mama Lucha”.
Entre sus antecedentes están dos
boletas de captura y registra siete
detenciones por robo. Hasta el momento la Policía no ha podido de-
terminar el número real de personas
que pertenecen a la banda formada
por la fallecida María Luisa Endara.
Otro de los detenidos es César
Idrobo Vega, quien tenía una boleta
de captura y una detención anterior.
También se retuvo un vehículo
marca Fiat color azul, de placas
PJL-904, que aparentemente tendría
alterados los sistemas de identificación vehicular como número de
motor y chasis. En el sector donde
fueron aprendidos, las personas se
quejaron por el alto índice de robo a
vehículos.
El pasado miércoles, 27 miembros
de la organización delincuencial más
grande de la capital fueron encontrados culpables del delito de asociación ilícita y deberán afrontar una
pena de hasta cinco años. En varios
operativos, la Policía anunció que
alrededor de 40 miembros de la banda fueron detenidos, pero a 13 de ellos
no se les encontró la evidencia suficiente para ser procesados.
SE DESCONOCEN CIRCUNSTANCIAS
REO CONDENADO A 25
AÑOS FUGA DE CRSV-G
Sergio Silvio Zavala Sánchez, de 28
años, se convirtió en la octava persona
privada de libertad (ppl) que se fuga del
Centro de Rehabilitación Social de
Varones de Guayaquil (CRSV-G) en los
últimos doce meses.
Héctor Reyna, director del reclusorio,
indicó que Zavala es un reo de suma
peligrosidad que ha sido sentenciado a
25 años de reclusión mayor especial por
el delito de asesinato.
El funcionario relató que desconoce
aún las circunstancias en que se dio la
evasión y espera que sea recapturado
como se hizo con otros 6 evadidos.
Una mujer, identificada como Mercedes Shirley Barén Loor, de 38 años,
fue degollada, supuestamente, por su
ex conviviente en el interior de su
vivienda, situada en la primera etapa
de El Recreo, en Durán.
El sospechoso, quien responde a
los nombres de Otto Eduardo Sánchez Salvatierra, utilizó una espada
-que permanecía en la pared de la
casa como especie de adorno- para
asesinar a la mujer, de quien se había
separado hace unos 15 días, y está
prófugo, desde las 09:00 de ayer, en
que se produjo el suceso.
“La encontramos en la sala, semidesnuda en un colchón. Se presume que la degolló con una espada.
Esta fue limpiada pero aún tenía
vestigios de sangre”, señaló César
Rocafuerte, jefe de la Policía Judicial
de Durán (PJ-D).
Agregó que el sospechoso, según
registros de la PJ-D, registra antecedentes por robo en el año 1993.
Otto Sánchez supuestamente agarró fuertemente a Shirley después
que ella dejó a la única hija de ambos,
Sisi, de 11 años, en la escuela 14 de
Septiembre, situada a poca distancia
de la casa que compartieron un poco
menos de 15 años.
Ahí vivía la pareja, Sisi y Melany,
de 15 años, hija de un anterior compromiso de Shirley, pero que Otto
crió desde que era una bebé. Pero
hace 15 días, tras constantes discusiones, ella y las niñas se fueron a
la segunda etapa de El Recreo.
Roque Barén, hermano de Shirley,
fue quien halló el cadáver. Logró
entrar rompiendo el candado de la
puerta con un combo. La imagen de
su consanguínea muerta lo dejó perplejo por un segundo, pero luego
llamó a la Policía y a su familia para
comunicarles lo sucedido.
ABOGADO DENUNCIA SUPUESTA AMENAZA DE MUERTE
Ex comisaria Hurtado fue
trasladada a cárcel en Quito
La ex comisaria del Guayas, Jacqueline Hurtado, quien tienen tres procesos abiertos por presuntos delitos
de corrupción y enriquecimiento ilícito, fue trasladada desde la Penitenciaria del Litoral hasta la cárcel
cuatro en Quito, ayer a las 09:00.
Esta cárcel es conocida por albergar a policías y autoridades que
cometieron delitos, pero no son de
alta peligrosidad. Según las autoridades, su traslado se ordenó para
precautelar la seguridad de Hurtado,
pues su abogado Mayquel Godoy denunció que una interna la habría
amenazado de muerte la noche del
domingo. Godoy pidió mayores garantías para su defendida, pero aclaró
que en ningún momento solicitó su
traslado, pues es arbitrario que se la
saque de la jurisdicción en donde se
lleva su caso.
Para la mañana de ayer estaba
previsto que Hurtado rindiera su versión por una de las indagaciones
abiertas.
La ex funcionaria fue acusada por
los dueños de bares en Guayaquil por
abuso de autoridad. Tres ex comisarios más implicados en los mismos
delitos se encuentran prófugos de la
justicia.
12
Opinión
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
Editorial
Ilitch Verduga Vélez
Especialista en DD.HH.
Las veedurías son,
ante todo, una tarea
muy ciudadana
D
urante décadas, los movimientos
sociales y muchas organizaciones
políticas han demandado una mayor
ciudadanización de la política y de la
gestión pública. Y con esa bandera,
esas y otras organizaciones llegaron a Montecristi,
y su objetivo se cumplió. Quizá no en la dimensión
que se proponían algunas personas, imaginando
que toda la gestión pública y hasta las decisiones
más ejecutivas debían pasar por la consulta y
hasta aprobación de todos los ciudadanos.
De ahí que las veedurías, que antes eran iniciativa
y hasta financiadas por ONG nacionales y
extranjeras, tomaron un sentido y una acción
concreta a partir de la aprobación de la
Constitución en el año 2008 y con la creación del
Consejo de Participación Ciudadana.
Para algunas de esas organizaciones y movimientos
sociales que lucharon por ese objetivo, todavía
Algunos confunden la
participación con la fiscalización,
quizá porque están más
interesados en el exhibicionismo
está en deuda la participación porque ellas y ellos
no están allí, porque sus dirigentes no lideran esos
procesos y también porque sus opiniones -en
algunos casos muy restringidas a las de una
persona- no coinciden con la ley y los reglamentos.
Y no está por demás señalar que esos actores
sociales confundieron participación con
fiscalización política. Eso, si bien es una parte, no
constituye una plataforma para el posicionamiento
de quienes aspiran a algún protagonismo político,
y mucho menos de quienes en el pasado ya lo
hicieron y el electorado no les favoreció.
Las veedurías tienen un rol fundamental en la
nueva estructura política, pero son, ante todo, una
acción y tarea voluntaria, muy comprometida, para
dar seguimiento a los procesos de gestión pública.
Eso no elimina el control y hasta la fiscalización,
pero también debe ser un acompañamiento para
prevenir cualquier acto de corrupción. Y no puede
descartarse que sea una forma de inclusión en el
proceso mismo de desarrollo de la obra pública.
Pero no confundamos los roles ni los apetitos.
Lectores 23.685
Envíe su mensaje a través de twitter a
http://twitter.com/el_telegrafo
El 30% de los ecuatorianos tiene acceso a
Internet--->> @el_telegrafo. Poco todavía, ¿en qué
lugar entre países latinoamericanos estaremos?
@javierlucin
javier lucín
Durante esta semana me han dejado por cortesía
la edición impresa de @el_telegrafo. Sinceramente
excelente edición e información. Ya me cambié.
@carlitostamayo
Carlitos
Antonio Valencia llegó al país de “sorpresa”--->>
@el_telegrafo Bienvenido campeón. A descansar y
a disfrutar de su familia, sobre todo de sus padres.
@rosamaria_calde
Rosamaría Calderón
T
Carlos Bastidas Argüello
l 13 de mayo de 1958, en La Habana,
fue alevosamente asesinado un joven
periodista ecuatoriano, Carlos
Bastidas Argüello, por los sicarios de la
Policía del dictador Fulgencio Batista. El
crimen fue uno de los miles cometidos en la
patria de Martí, por la sanguinaria autocracia
del batistato y su círculo de privilegiados y
matarifes sedientos de sangre humana.
Empero la muerte de Carlos Bastidas tenía y
tiene un significado especial para Cuba y el
Ecuador, no solo porque nuestro compatriota
fue víctima de la venganza, de la acción atrabiliaria del déspota. No hay que olvidar que,
días antes de su muerte, había entrevistado a
Fidel Castro en la propia comandancia de la
guerrilla, y además, y de igual manera bajo el
seudónimo de Atahualpa Recio, en la Radio
Rebelde -la voz de insurgencia cubana- que
transmitía desde el célebre escarpado de la
Sierra Maestra, entregó su mensaje solidario,
su pensamiento fraterno, como un torrente
certero y diáfano, contra el autoritarismo
sanguinario de los espadones que indignamente reinaban en Centroamérica.
Mas, también y sobre todo porque su vida fue
un ejemplo de consecuencia profesional y social, en un momento en que el panorama del
mundo latinoamericano de esos tiempos era
desolador y casi sin esperanza, cuando las
satrapías de los Trujillo, los Somoza, los Duvalier, que plagaban de dolor, terror y pesimismo la geografía martirizada del suelo
latinoamericano estaban en la cima de su
poder despótico, hubo comunicadores que lo
arriesgaron todo, por la libertad y la justicia.
En Cuba, el régimen opresor de Batista, impúdico y criminal, convencido de su inven-
E
cibilidad, ejecutó atrocidades sin nombre, como el atentado facineroso contra Bastidas
Argüello, amparados por miembros de gobiernos derechistas y absolutistas; que en un
error siniestro de preferir la escoria sediciosa
y rapaz de los tiranuelos surgidos de las madrugadas golpistas, antes de quienes apoyan
de corazón la equidad y la libertad humana;
sostuvo los vanos intentos de la dictadura,
para que el pavor acallara la revolución y que
su savia generosa fuera vencida por los determinismos históricos, cuya ortodoxia se habían blandido desde la enmienda Platt. El
último esfuerzo castrense de Batista fue la
ofensiva con más 10.000 soldados contra los
bastiones rebeldes en las provincias de Oriente. Con patrocinio de tanques y aviones pretendió vencer al ejército popular. La incursión, como se sabe, fue una vergonzosa derrota y generó el desbande de las huestes de
la tiranía y la posterior caída y espantada de
Fulgencio Batista, al feudo de Trujillo.
A todo esto, los asesinos de Carlos Bastidas
fugaron, después del 1 de enero de 1959,
escaparon de la justicia y se refugiaron en el
Estado de la Florida, junto a otros connotados
criminales, torturadores y pícaros desfalcadores de los caudales públicos de la isla.
Alguna vez, en Miami, viejos amigos que conocían el episodio, me indicaron que un octogenario ex policía cubano les confidenció
que conocía a quien había disparado y matado a Carlos Bastidas. El sujeto señalado era
un homínido consumidor de licores y de drogas que deambulaba por los bares de la ciudad, pidiendo y mendigando con la mirada
vacía, fiero, sucio y maloliente, una extracción del infierno.
Roberto Follari
“Indignados”,
resistencia y
política
a política había desaparecido
de Europa en la larga
prosperidad de las últimas
décadas. Se la reemplazó por la
administración y gestión del capital,
por la simple ordenación técnica de
las decisiones. Todos los partidos
parecían lo mismo, y a la población
todos le importaban nada; bastaba
con que los buenos dividendos
continuaran.
Se impuso eso que Raciere llamó
“policía”, con un término demasiado
cargado; en todo caso, no había política. No había opciones, debates ni
pluralidad de programas y puntos de
vista. Bastaba con gozar de la abundancia.
La enorme crisis económica posterior desbarató todo. Y surgieron en
España los “Indignados”, que llevan
ya un año en su protesta contra los
ajustes y la falta de opciones ante la
depresión económica. Esa que lleva a
Rajoy a salvar a los bancos con tanto
dinero como el quitado a salud y
educación, en sintonía con las órdenes que Merkel sostiene como gobernanta de hecho en toda Europa.
Emperatriz del ajuste, el hambre y la
desocupación, como recetas restrictivas típicas de las derechas y de los
organismos de crédito en tiempos de
L
Sebastián Vallejo
[email protected]
Son demasiados años
de apoliticidad, de
individualismo craso,
de desorganización
colectiva
La desilusión
ubo un punto en este proceso
electoral (como hace cuatro
años que todos los “posibles”
están en campaña) en que pensé que las
elecciones 2013 serían el escenario que
el país necesitaba para evaluar a
profundidad, desde las propias
candidaturas, los problemas
estructurales y coyunturales, y ponerlos
en la mesa de debate. Pero luego
Mauricio Rodas aseguró que su
movimiento sí tendría candidato
presidencial propio (mi suposición es
que ÉL será el candidato de SU
partido).
No lo digo por cuestionar la idoneidad
de su candidatura. Lo digo por la manera en que se ha venido dando todo el
proceso. Primero lo escuchamos decir
que estaría dispuesto a renunciar a una
posible candidatura por ese famoso
“candidato único”. No lo hizo; bien por
él. Ahora busca plantear su movimiento
de participación ciudadana como una
verdadera alternativa. La idea es, por
decirlo de algún modo, interesante, pero
completamente inviable y poco atractiva para aquel que no pueda dar “Me
gusta” o que no tiene acceso a un SMS
o el formulario digital. Es decir, para el
grueso de la población (incluso de la
gran mayoría de aquellas 200 mil firmas que llevó a CNE). Pero puedo estar
equivocado. En lo que no puedo estar
equivocado es en lo que Rodas lleva a la
palestra. Rodas fue el que hace un año
H
M
estaba refunfuñando por un debate con
el Presidente. Cuando la entonces ministra Nathalie Cely fue a debatir con él
vi a un “posible” con ganas de ser escuchado, pero sin mucho que decir. Evidentemente no estuvo a la altura de la
postura técnico-científica de Cely.
La otra posibilidad fue el contertulio
entre los Vera, Montúfar, Gutiérrez y
compañía. ¿Cuál sería su propuesta?
¿Qué tipo de debate político aceptable
podría salir de aquello? Una oposición
por el afán de oponer no puede aportar
al debate más que animadversión visceral y carencia de una propuesta concreta. Y en el supuesto no consentido de
que, de hecho, ganaran las elecciones,
¿qué harían después? ¿Serían el gobierno de la concertación? ¿Serían capaces de establecer un plan de gobierno
aquellos que alguna vez fueron parte de
la destitución de uno de sus aliados?
Álvaro Noboa pareciera que lo hace por
deporte, y creo que todos somos conscientes de lo que él aporta al debate
político. Lo ha hecho cinco veces y su
línea está más que definida. Entonces la
desilusión política es inevitable. Más
allá de apoyar o no al actual modelo de
gobierno, es imperante que se escudriñe
públicamente y en el plano político la
gestión, las posibilidades y los errores.
Un candidato que pueda confrontar, en
igualdad de condiciones, al presidente
Correa. ¿Rezamos por la iluminación de
Guillermo Lasso?
Director: Orlando Pérez. Editores Jefes: Néstor Espinosa / Fabián Mosquera. Editora Regional: Geovanna Meléndres
Gerente General: Ing. Jaime Velásquez Eguez. Gerente de Ventas: Gabriela Egas. Gerente de Circulación y Mercadeo: Vicente Orellana
D D
escasez.
Los “Indignados” resisten la política
existente, pero no organizan claramente políticas alternativas. Más
allá de la mínima coordinación de las
manifestaciones, no promueven alguna modalidad organizativa que
ponga a la defensiva a los políticos
del ajuste.
Es que son demasiados años de apoliticidad, de individualismo craso, de
desorganización colectiva. Quizá la
profundización del ajuste económico
con sus terribles consecuencias sociales, lleve en plazo no largo a una
superación de la indignación, la cual
es un primer momento de la política,
un motor de la acción, pero no configura aún organización ni posibilidad de encuadramiento masivo de la
protesta (y menos aún de una opción
diferente).
Si miraran a América Latina, verían
en naciones como Ecuador, Bolivia,
Brasil o Argentina algunas decisiones
políticas a proponer para sus países.
Lo han dicho economistas como Kruger o Stiglitz. Pero es difícil que lo
adviertan: la mirada etnocéntrica se
ha impuesto en estos países, como
rémora de sus tiempos de abundancia. Y, lamentablemente, no advierten que existen modelos económicos
de salida muy diferentes a los del
achicamiento constante y la creciente desactivación de la demanda.
Guayaquil: Avenida Carlos Julio Arosemena Km. 1.5, Guayaquil. PBX: 2595700.
Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. PBX 022522331.
Opinión
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
Pablo Salgado Jácome
Cartas al Director
[email protected]
La batalla del quinto poder
mportantes las lecciones del
periodista español Ignacio
Ramonet en su disertación en la
Capilla del Hombre. Nos recordó que
el poder económico y el poder
mediático se han convertido en almas
gemelas para intentar sustituir a los
partidos políticos desprestigiados. Y
también que el rol de los “latifundios
mediáticos” es el de domesticar a la
sociedad. De ahí, por ejemplo, la
generación constante de programas de
televisión que apelan a lo más bajo de
la condición humana para vender y
alcanzar altos niveles de audiencias,
sobre todo en los sectores populares,
tal es el caso de los programas “En
carne propia”, conducido por José
Delgado, y “Sorprendente”, de
Jonathan Carrera. Al que debemos
sumar ahora “Todo es posible”,
conducido por Nathalie Toledo.
Estos tres programas recurren a los
temas truculentos (lo insólito, lo imposible), el hombre de las mandíbulas
de acero, el hombre que come gallinas
I
vivas, el hombre que mata a sus hijos,
y un largo etcétera. Todo con un tratamiento de escándalo y sensacionalismo y altas dosis de crudeza; en carne viva y sin el más mínimo pudor y
respeto por los televidentes, y peor
para los propios protagonistas.
En el caso de “Todo es posible”, se
intenta dotarle de un vestido liviano,
con un rostro amable (Toledo) y acompañada de personajes de farándula
(Gaby Díaz, de “En corto”, en el estreno) para suavizar los temas. Pero no
hay planificación, no hay investigación
y tampoco manejan mínimos niveles
de información, como sucedió en el
caso del ya manido tema de la “sacrificada y dura” recolección de cangrejos, con un mensaje final de antología: “suban los precios de los cangrejos”. Y Nathalie Toledo convertida
en la Jonathan Carrera “light”. Algo
extraño si se trata de un programa
producido por Janeth Hinostroza. Otro
elemento recurrente es el ya cansino
hecho que los periodistas son no solo
13
los protagonistas sino los héroes de
cada uno de los reportajes. No se puede contar una historia sin convertir al
periodista en el dios omnisciente que
está en todas partes y en todas las
escenas. Este hecho es aún más notorio en los reportajes de viajes, un
modelo de los años 80 que persiste
ante la falta de nuevas propuestas e
ideas, como sucede, por ejemplo, con
la familia Ehlers.
Ramonet dice que se trata solo de vender (incluso ciudadanía) a los anunciantes. Cuando la verdadera responsabilidad de los medios de comunicación y, sobre todo, de la opinión
pública debe ser más bien la de construir ciudadanía. Hoy, ante la crisis del
cuarto poder (los medios de comunicación), se trata, insiste Ramonet, de
emprender la batalla del quinto poder:
los ciudadanos deben armarse de las
nuevas herramientas de la comunicación para generar opinión pública y
con ella “corregir los errores de los
tres poderes de la democracia”.
San Ramón, 17 de mayo 2012
Señor Orlando Pérez
Director de diario El Telégrafo
Presente.Estimado señor Director,
El 9 de mayo, diario El Telégrafo publicó un editorial
titulado: “Europa, capitalismo en crisis” firmado por
Leonardo Vicuña. En el artículo se menciona la decisión del tribunal arbitral de la Corte Permanente de
Arbitraje de La Haya en el caso Chevron.
Vale aclarar algunos puntos sobre esta resolución.
Primero, una corte distrital holandesa ratificó que el
tribunal, bajo el Tratado Bilateral de Inversiones que
resolvió el caso, actuó de manera correcta y que las
defensas de la República del Ecuador sobre las demandas comerciales no tenían fundamento.
Segundo, la decisión de la corte holandesa confirmó
la decisión del tribunal arbitral que las inversiones
de Texaco Petroleum sí están protegidas por el Tratado Bilateral de Inversiones entre Ecuador y Estados
Unidos, que entró en vigor en 1997.
Tercero, el sistema judicial ecuatoriano “resolvió” las
demandas comerciales solo después de que Chevron
interpusiera la demanda arbitral contra la República
del Ecuador en 2006 por denegación de justicia. Las
demandas estuvieron sin resolverse en cortes ecuatorianas más de 15 años.
Cuarto, las autoridades ecuatorianas afirman constantemente que las decisiones de cortes en Europa y
Estados Unidos en su contra no tienen validez o son
deficientes. Sin embargo, esperan que el mundo crea
que la sentencia claramente fraudulenta de Lago
Agrio es legítima, a pesar de que el juez luego fue
destituido por haber liberado a un supuesto narcotraficante en otro caso.
Atentamente
James Craig
Asesor de Comunicación para América Latina de
Chevron Corporation
Señor
Jaime Velásquez Egüez
Gerente General
Diario El Telégrafo
Guayaquil
De mis consideraciones:
La Junta Provincial del Guayas de la Cruz Roja Ecuatoriana expresa a usted, señor gerente, un cordial
saludo y agradecimiento por su apoyo brindado a
nuestra institución en su homenaje al Día Mundial
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
Una vez más la comunidad pudo conocer el trabajo
de nuestros voluntarios y voluntarias a través de las
páginas de su prestigioso medio de comunicación
escrito.
Hago propicia esta oportunidad para reiterar a usted
el testimonio de mi más distinguida consideración y
estima.
Juan Cárdenas Espinoza
Columnista invitado
Atentamente
De precandidatos
y paraísos fiscales
l “cuándo no” se lanza otra vez
al ruedo, henchido de
indignación, pues se considera
un perseguido político porque le llegó
la hora de pagar impuestos. Por el
apuro ni siquiera ha notificado la
decisión a una de sus empresas, el
Prian, tanto que a sus asambleístas
les tomó por sorpresa el anuncio de la
precandidatura presidencial. Dijo que
lo hace porque le han pedido muchas
personas, incluida su mujer y sobre
todo para poder defenderse en las
cortes de la persecución del SRI. ¿O
sea que los 32 incidentes judiciales
que provocó resistiéndose a pagar los
300 millones de dólares en
impuestos que debe al fisco y que han
sido reconocidos en última y
definitiva instancia judicial, no son
acaso un abuso en su derecho de
defensa? Pretende con su estatus de
precandidato volver a activar el
interminable carrusel de sus
leguleyadas, con tal de no pagar ni un
solo centavo. He allí el fondo de su
mensaje: ¡viva la evasión!, convertir
E
al Ecuador en un paraíso fiscal,
donde nadie informe de sus
actividades ni pague impuestos.
Hablando de paraísos fiscales, el SRI,
con la rigidez de su histórica responsabilidad fiscal y luego de analizar
el comportamiento tributario de algunos Estados, elaboró un listado de
aquellos que se niegan a intercambiar
información sobre impuestos, a donde migran ingentes recursos de dudosa procedencia, sin políticas fiscales ni normativa sobre la materia.
Recientemente el país reconoció el
comportamiento y los esfuerzos de
Uruguay para regular su situación tributaria y fue excluido de la lista. Panamá se ha hecho de la vista gorda; y,
¡oh sorpresa!, acaba de aplicarnos
una medida de retorsión que en cristiano significa una ausencia de relaciones contractuales entre Estados.
Por ventaja, la medida no afecta a los
fletes por utilizar el canal. Sin embargo este pintoresco episodio sirvió
para que los empresarios criollos
muestren su forzado disgusto opo-
Lcdo. Gustavo Valderrama
Relaciones Públicas
Las cartas al Director tendrán una extensión máxima de 1.200
caracteres, en caso de exceder ese límite, nuestro diario se reserva
el derecho de editarlas.
sitor, pues es sabido que con Panamá
mantenemos una balanza comercial
deficitaria, de tal forma que no nos
afectan sus antojos “retorcidos”,
cuando la tendencia mundial es hacia
la regularización en el intercambio de
información fiscal y la suscripción de
acuerdos para evitar la doble tributación. Eso es imposible con los paraísos fiscales.
El anuncio de la precandidatura del
“pingüino” fue recibido como un balde de agua helada por la oposición
que busca con ansias locas el candidato único ideal; no pues un perdedor que no obstante ha dado muestras de viveza criolla al querer forzarles a un apoyo supuestamente inevitable; o quedará como el globo de
ensayo de Paúl Carrasco, abortado de
entrada por pasarse de vivo. El problema para la reacción, digo para la
oposición, sería apoyar a un candidato evasor en un país donde se expande una muy saludable cultura tributaria y ciudadanía fiscal. Entonces
volverá a perder.
Facebook 7.672
Súmate al club de fans de Diario El Telégrafo
BCE pondrá en circulación monedas de un dólar
de la serie “Presidentes de los EE.UU.”--->> Esa es
la herencia de Mahuad, no tiene nada que ver el
mashi Rafael.
Fernando Loor
EE.UU. y el matrimonio gay, columna de Fabrizio
Reyes--->> Que no utilicen esa reivindicación por
intereses electorales.
Antonio Tapia Blacio
Sin la base de Manta se captura más droga
ahora--->> ¡Cierto!
Jéssica Quintana
14
Sociedad
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
EXPLOTACIÓN LABORAL DE NIÑOS
EN EXTERIORES DEL PALACIO DE JUSTICIA
2.014 menores fueron
retirados de basurales
entre 2004 y 2009
Plantón para recordar el
Día contra la Homofobia
“El trabajo infantil en Ecuador” plasma los beneficios sociales que
se obtienen al erradicar esta práctica. Fander Falconí y Juan Ponce
son los autores de la obra que se presentó el miércoles en Quito
Porcentaje de niños
que trabajan
en Ecuador
2007
2008
2009
6,70
2,9
5,70
3
5,70
2,9
REGIÓN
Sierra
Costa
Amazonía
6
3,9
5,2
5,5
3,1
6,4
5
3,7
5
ETNIA
Indígena
Blanco
Mestizo
Afroecuatoriano
9,3
5,9
4,4
3,2
10,7
3,9
3,8
4
8,1
3,8
4,1
2,7
GRUPO DE EDAD
De 5 a 11 años
De 12 a 14 años
De 15 a 17 años
0,2
5,9
15,7
0,1
4,3
14,3
0,2
3,7
13,7
ÁREA
Urbano
Rural
2,6
8,8
2,3
7,8
2,4
7,6
SEXO
Hombre
Mujer
Pancartas y disfraces fueron utilizados en el plantón para hacer llegar su mensaje.
Fuente: Libro "El Trabajo Infantil en Ecuador"
Redacción Sociedad
[email protected]
Más de 1.110 millones de dólares
obtendría el Ecuador como beneficio
por erradicar el trabajo infantil, ya
que un niño inmerso en la vida
laboral informal termina por presentar, por ejemplo, cuadros graves
de salud y, al carecer de formación
académica o profesional sostenida,
no logra aportar al Estado en su
adultez.
Una proyección presentada en el
libro “El trabajo infantil en Ecuador”
señala que en los próximos 20 años
-empezando desde 2010- los beneficios pueden ser significativos, si
se fija como meta alcanzar la cobertura universal de educación básica y el 75% de matrícula en bachillerato hasta 2015.
La publicación detalla que el
Ecuador experimentó una importante reducción de la incidencia del
trabajo infantil. Entre 2004 y 2009,
por ejemplo, se reduce del 16% al
Ecuador fue uno de
los países que registró
mayor disminución
de la pobreza en los
últimos 5 años
10%. Esto ha sido posible gracias a
algunas intervenciones, como la del
Programa de Erradicación del Trabajo Infantil, a cargo del Ministerio
de Relaciones Laborales, que invirtió 732.451 dólares.
Con este plan se logró retirar de los
basurales a 2.014 niños y adolescentes
y se ejecutaron 3.000 inspecciones a
las empresas para control del empleo
de niños y su regulación.
El texto, presentado el pasado
miércoles en Quito, fue analizado
por varios expertos del área social.
Juan Ponce, subdirector académico
de la Facultad Latinoamericana de
El Ministerio de Relaciones Laborales busca terminar con la explotación infantil.
Ciencias Sociales (Flacso) y coautor
del libro, habló de otros beneficios si
se consigue erradicar el trabajo infantil: “En educación, por ejemplo,
los niños que se insertan en el sistema escolar tienen más posibilidades de participar en la vida democrática y cultural del país”.
Según la publicación, por cada
año adicional de escolaridad, los
ingresos laborales se incrementan en
un 11%. El entorno educativo también incluiría una cultura de salud.
Las madres mejor educadas tienen
menores tasas de fecundidad, hay
hijos e hijas mejor alimentados.
Dentro del área de la salud, se
eliminarían las peores formas del trabajo infantil. Tamara Merizalde, quien
asistió en representación de Doris
Soliz -titular del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES)-,
indicó que existen 43 formas de trabajo que someten a los menores de
edad a condiciones infrahumanas.
Fander Falconí, titular de la Secretaría Nacional de Planificación y
Desarrollo (Senplades) y coautor del
libro, recordó que la reducción de la
explotación laboral en niños se ejecuta en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y Plan del Buen
Vivir, el cual formula varias estrategias, entre las cuales se encuentra
identificar los riesgos puntuales de
las principales actividades y empresas que demandan mano de obra
infantil. También busca establecer
un mapa de riesgo para controlar a
los empleadores.
Ana María Larrea, subsecretaria
de Senplades, se refirió a este punto.
Recordó que en las provincias de
Manabí y Guayas se registra la tercera parte del total de niños trabajadores. Esto se debe a que son
sectores donde predominan las bananeras y los espacios agrícolas.
“Diversos es igualdad ante la ley”,
“Mujer y mujer, linda familia”,
“Quiero caminar por la calle sin que
me jodan”, eran algunos de los carteles que destacaban durante el plantón contra la homofobia que se realizó en los bajos del Palacio de Justicia, de parte de diferentes organizaciones GLBT (gays, lesbianas, bisexuales y transgéneros) que luchan
por sus derechos.
Pancartas, caras pintadas y disfraces eran las herramientas utilizadas por los grupos Silueta X, Fundación Ecuador, entre otros, para
hacer escuchar y transmitir su mensaje a los cientos de transeúntes y
vehículos que circulaban por la Av. 9
de Octubre.
“Por una vida sin discriminación y
sin violencia, las lesbianas hacemos
presencia”, decía con un megáfono
Lía Burbano, presidenta de la agrupación Mujer y Mujer.
“Hoy estamos aquí para recordar
que la homosexualidad no es una
enfermedad y que la homofobia sí lo
es. Asimismo, queremos manifestar
al Ecuador que tenemos derecho a
constituir familias diversas. Han pasado 5 años de esta Constitución...
Nosotras también ayudamos a construir el país, sin embargo, en un
momento de exigibilidad de derechos, se nos discrimina”.
“Estamos aquí para pedir respeto
hacia nosotros. Ya no más burlas en
programas de radio, en programas de
televisión donde se nos tilde de “maricas” o “badeas”, esos son términos
despectivos”, indicó Óscar Ugarte, de
la fundación Diverso Ecuador.
Esa y otras instituciones por la
lucha de los derechos de los homosexuales llevan adelante un proyecto denominado la “Clínica del
Hombre”, que busca prevenir las enfermedades de transmisión sexual y
el VIH en hombres que tienen sexo
con hombres (HCH).
“Promocionamos el estudio sobre
la prevalencia de VIH-1 en la población HCH en Guayaquil. Están
entregando ciertos objetos, pancartas y regalos que tienen que ver con el
El 17 de mayo de
1990 se eliminó la
homosexualidad de la
lista de enfermedades
mentales
proyecto para que la gente se informe”, indicó Frankin Sotomayor,
de la fundación Diverso Ecuador.
El 17 de mayo de 1990, la Asamblea
Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad de su listado de enfermedades mentales recogidas en el
documento DSM IV.
Se entiende como “homofobia” y
“transfobia” al conjunto de creencias, opiniones, actitudes y comportamientos de agresión y desprecio
contra las personas homosexuales,
bisexuales, intersexuales y transexuales.
JORNADA POR LA SALUD
Vigilia en Quito en memoria
de fallecidos por VIH/sida
En el mundo, más de 25 millones de
personas han muerto desde 1981, a
causa del virus del VIH. En el Ecuador, las cifras también han sido alarmantes, Entre 1984 (año en que se
notificó el primer caso de VIH) hasta
diciembre de 2009, se han registrado
21.810 personas con VIH y/o sida, de
las cuales se han reportado 4.970
personas fallecidas a causa de enfermedades asociadas con ese mal.
Con ese antecedente, la Dirección
Provincial de Salud de Pichincha organiza la “Vigilia internacional en
memoria de las personas que han
fallecido a causa del sida”.
El acto se llevará a cabo en Quito,
en el bulevar de la avenida Naciones
Unidas, el sábado 19 de mayo, de
17:00 a 20:00. La vigilia internacional es un acto de conmemoración
que inició en 1983 y actualmente se
realiza en 115 países con el apoyo de
alrededor de 1.200 organizaciones.
El Ministerio de Salud Pública
(MSP) estima que a finales de 2009
se registraron más de 37.000 personas que viven con VIH, de las
cuales el 42% desconocía su estado o
que portaba el virus.
Los ciudadanos que estén interesadas en apoyar la lucha contra esta
enfermedad o quieran asistir al evento, pueden ingresar a la dirección
electrónica http://www.coalicionecuatoriana.org.
Mundo
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
15
LA MANDATARIA BRASILEÑA ESTUVO PRESA POR DOS AÑOS Y FUE TORTURADA
Rousseff instala Comisión de la
Verdad con recuerdo de caídos
AFP
El nuevo organismo tendrá dos años para investigar los abusos a los derechos humanos
durante la última dictadura militar de Brasil; sin embargo, los responsables de esos actos
no podrán ser llevados a los tribunales, debido a la Ley de Amnistía promulgada en 1979
Agencia EFE
Brasilia
Con lágrimas en los ojos y la voz
entrecortada, la presidenta Dilma
Rousseff instaló el miércoles la Comisión de la Verdad que investigará
las violaciones de los derechos humanos durante la dictadura militar
(1964-1985). La Mandataria fue torturada en su juventud y durante su
discurso recordó los muertos y desaparecidos en esa época.
La gobernante dejó claro que la
Comisión de la Verdad será totalmente independiente y contará con
todo el respaldo del Gobierno para
que “sin revanchismos esclarezca lo
que ocurrió” durante los llamados
“años del plomo”.
La Comisión tendrá un plazo de
dos años para investigar crímenes
contra los derechos humanos ocurridos entre 1946 y 1988, aunque se
centrará en el último régimen militar.
Agregó que la misión de la comisión será restablecer la verdad sin
violar la Ley de Amnistía de 1979 que
impide llevar ante la justicia a los
acusados de crímenes como tortura,
secuestro, desaparición o asesinato
durante la dictadura.
“No nos mueve el revanchismo, el
odio o el deseo de escribir la historia
de una forma diferente a lo que
Otro reglamento
firmado por la
Presidenta fue el
de la Ley de Acceso
a la Información
La presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, fue escoltada por los ex mandatarios del país.
ocurrió, sino la necesidad de conocer
sin ocultamientos lo que ocurrió”,
afirmó la Mandataria, que fue torturada y estuvo presa dos años por
su militancia en organizaciones de
izquierda que combatieron la dictadura.
La Comisión de la Verdad, cuyos
siete integrantes se reunieron por
REINA SOFÍA CANCELÓ VISITA A MONARCA INGLESA
primera vez el miércoles poco después de tomar posesión, podrá identificar a los responsables de las violaciones de los derechos humanos
durante la dictadura, pero no podrá
llevarlos a la justicia.
Rousseff aseguró que sólo la recuperación de la verdad permitirá
la pacificación y la reconciliación
nacional.
“Brasil merece la verdad, las nuevas generaciones merecen la verdad
y especialmente merecen la verdad
quienes perdieron amigos y parientes y que continúan sufriendo como
si ellos muriesen de nuevo cada día”,
destacó.
Sin citar la Ley de Amnistía de
1979 y tras recordar que Brasil recuperó la democracia gracias a diferentes acuerdos políticos, Rousseff
aseguró que tanto su gobierno como
la comisión respetarán esos “pactos”.
Y aprovechó la ceremonia para
firmar el decreto que reglamenta la
Ley de Acceso a la Información, que
entró en vigor ayer y obliga a toda
institución pública a ofrecer las informaciones solicitadas por cualquier ciudadano.
La presidenta explicó que la ley
impedirá que las informaciones relativas a violaciones de los derechos
Detalles
La Mandataria llegó a la ceremonia junto a
los ex presidentes José Sarney (1985-1990),
Fernando Collor (1990-1992), Fernando
Henrique Cardoso (1995-2002) y Luiz Inácio
Lula da Silva (2003-2010).
Cuarenta países han instalado comisiones
de la verdad, entre ellos Argentina, Chile, El
Salvador, Guatemala, Sudáfrica y Ecuador.
Las autoridades brasileñas dijeron que
tendrán un enfoque propio.
humanos puedan volver a ser declaradas reservadas o secretas.
“Las dos iniciativas son fruto del
largo proceso de construcción de la
democracia de tres décadas en el que
participaron siete presidentes de la
República”, dijo.
En ese sentido, manifestó su complacencia por estar acompañada por
todos sus antecesores en el cargo
desde el regreso de la democracia en
1985, con excepción del fallecido
Itamar Franco (1992-1994).
Recordó que la comisión fue creada en el gobierno de Lula y tuvo
como precedente la decisión del gobierno de Cardoso de reconocer la
responsabilidad del Estado en las
violaciones a los derechos humanos
durante la dictadura y la de Collor de
hacer públicos miles de documentos
militares.
Pese a que la ley que creó la
comisión prevé la investigación tanto de las violaciones cometidas por
los agentes del Estado como por los
opositores a la dictadura, sus integrantes han dejado claro que se
centrarán en los primeros por ser los
más numerosos.
Esa decisión fue reforzada por el
ex ministro de Justicia José Carlos
Dias, que pronunció un discurso en
la ceremonia en representación de
todos los miembros del nuevo organismo.
MLADIC ES PROCESADO POR LA MATANZA DE SREBRENICA
CORTESÍA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
España no quiere “calentar” El juicio contra un acusado
su relación con Inglaterra de genocidio se suspende
La reina Sofía canceló su visita a Londres debido a los problemas surgidos en Gibraltar.
El gobierno español no desea “calentar” la relación con el Reino Unido
ni llegar a “posiciones extremas” en
relación con Gibraltar, sino defender
lo que considera los intereses legítimos de España.
Fuentes del Ejecutivo español realizaron esta afirmación ante la polémica suscitada por la cancelación
del viaje de la reina Sofía de España a
Londres para participar en la celebración de los 60 años en el trono
de Isabel II, al entender que era “poco
adecuado” ese desplazamiento en las
actuales circunstancias.
“No se va a dejar de hacer lo que
hace un país serio, defender sus intereses”, recalcaron las citadas fuentes después de que las autoridades
gibraltareñas hayan expulsado a los
pescadores españoles de su costa y
vetado algunas artes tradicionales de
pesca.
El Ejecutivo de Mariano Rajoy recalca que sólo defiende lo que entiende que es la legalidad internacional, así como el ejercicio legítimo
de la actividad de los pesqueros.
Sin embargo, desde Londres se
afirmó que este contencioso deberá
ser resuelto por el gobierno instalado
en Gibraltar.
El juicio contra el ex general Ratko
Mladic en el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia
fue suspendido ayer sin fecha para la
reanudación, debido a “errores” de la
Fiscalía, anunció al final de la sesión
el juez Alphons Orie.
La Fiscalía “ha cometido errores
en la presentación de documentos
relevantes”, señaló Orie al finalizar
los alegatos iniciales del Ministerio
Fiscal, que se centró en probar la
responsabilidad criminal directa del
acusado de la matanza de Srebrenica,
en la que murieron casi 8.000 varones bosnios musulmanes.
“Debemos evaluar los efectos” de
esos errores, señaló el juez, que finalizó su declaración señalando que
se retomará el juicio “lo antes posible”.
Hasta ahora estaba previsto el 29
de mayo como la fecha de reanudación del juicio.
En la sesión de ayer, los fiscales
Peter McCloskey y Dermont Groome
prosiguieron con los alegatos iniciales que comenzaron en la sesión
del miércoles, la primera vista del
juicio.
La Fiscalía hizo un primer resumen probatorio de los hechos, ya
que el desfile de testimonios y pruebas, más de 400, deberá iniciarse en
la reanudación del juicio, cuando
también se dé voz a la defensa de
Detalles
En el vídeo presentado se observa a un
Mladic que ejerce la autoridad como
general y que es “consciente de sus actos”,
señaló el fiscal Peter McCloskey, quien
destacó igualmente "la obsesión del
acusado con los musulmanes".
De los 8.000 asesinados, se han podido
identificar hasta el día de hoy 5.917
cadáveres, con pruebas de ADN.
Mladic, acusado de crímenes de guerra, lesa humanidad y genocidio.
La Fiscalía se ha valido de pruebas
audiovisuales, de capturas de mensajes de radio y otros documentos y
testigos para probar que Mladic “planeó, instigó y ordenó el genocidio”.
El juez Orie ya alertó ayer de los
posibles retrasos que podría acarrear
para la preparación de la defensa la
tardanza en la presentación de las
pruebas por parte de la Fiscalía.
El inicio del juicio al “carnicero de
los Balcanes” se produce doce meses
después de su arresto y 17 años después de la primera acusación.
La Junta Militar de Egipto asegura
haberle permitido a la gente
“conducir el barco a lugar seguro”
La Junta Militar egipcia aseguró ayer que
el próximo presidente de Egipto será
elegido en libertad y pidió al pueblo que
respete los resultados de los comicios,
cuya primera vuelta se celebrará los
próximos 23 y 24 de mayo.
“Millones de egipcios se dirigirán a las
urnas para elegir por su voluntad y en
libertad al próximo presidente”, destacó el
Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas
en un comunicado.
En ese sentido, indicó que “al pueblo
se le ha dado el derecho de conducir el
barco a lugar seguro en los próximos
años y todos deben unirse en torno al
nuevo presidente”.
“Debemos aceptar los resultados de
las elecciones, sea cual fuere la tendencia
del jefe de Estado electo, y darle la
oportunidad total para que cumpla su
programa”, subrayó.
Asimismo, la cúpula castrense señaló
que los comicios “serán admirados por
todo el mundo y probarán que Egipto es
la madre del mundo”. Serán las primeras
elecciones tras la Revolución de Tahrir.
16
Mundo
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
AUTORIDADES NIEGAN FUGA DE DEPÓSITOS COMO YA OCURRE EN GRECIA
DUDAS SOBRE CONTINUIDAD EN ZONA EURO
Para España cada día es más
difícil obtener financiamiento
EL GOBIERNO GRIEGO DE
TRANSICIÓN ASUME SIN
PODER DE DECISIÓN
En la sesión de ayer, la prima de riesgo española cerró en un máximo histórico: 490
puntos, lo que ubica al país ibérico en la llamada “zona de rescate”, como lo estuvieron
Grecia, Irlanda y Portugal. Mientras tanto las acciones de Bankia siguen cayendo
AFP
Agencia EFE
Madrid
La prima de riesgo española anotó
ayer un nuevo máximo histórico de
cierre, 490 puntos básicos. Aunque
durante la sesión del miércoles la
prima de riesgo llegó a superar los
500 puntos básicos, un hito en la
historia del euro.
Pero, ¿qué significan estos datos
para España? La prima de riesgo es
el interés que debe pagar el país
ibérico de los bonos de Estado que
pone en el mercado.
España, como el resto de los países desarrollados, obtiene dinero
fresco con la colocación de bonos,
los cuales paga en 10, 15 ó 20 años.
Pero esos papeles incluyen un
interés que debe pagar el Estado
español, esa es la llamada prima de
riesgo, la cual toma como referencia
a los bonos alemanes, considerados
los más seguros de Europa.
La prima de riesgo depende de la
volatilidad de los mercados, los cuales ahora están muy nerviosos por la
situación política en Grecia y su
posible salida del euro.
Así las cosas, la rentabilidad de
los bonos españoles a diez años subió ayer hasta el 6,31 por ciento. Esto
equivale que España debe pagar más
para conseguir liquidez.
Cuando la prima de riesgo de
Grecia, Irlanda y Portugal superó los
400 puntos, estos países se vieron
obligados a solicitar un salvataje al
Banco Central Europeo, una posibilidad que descartan, por el momento las autoridades españolas.
Lo cierto es que el tamaño de la
economía española obligaría a un
millonario rescate que sobrepasa los
límites del fondo de estabilización
europeo.
En esto radica la gravedad de la
situación. Si la prima de riesgo continúa subiendo, España no podrá
conseguir recursos simplemente
porque le es muy caro.
Y la otra posibilidad, el rescate
europeo parece lejano e improbable.
Por lo que en el horizonte aparece la
tormenta perfecta: que España se
NUEVO GOBIERNO QUIERE AUSTERIDAD
HOLLANDE REBAJA SU
SUELDO Y EL DE TODOS
SUS MINISTROS
Un español retira dinero de un cajero de Bankia, el cuarto banco de España, y que fue nacionalizado la semana pasada.
quiebre, es decir que se quede sin
dinero para cumplir sus obligaciones.
Ahora bien, la crisis no solo es
pública, también afecta al sector
privado. Las acciones de Bankia, el
cuarto banco español, intensificó su
caída al desplomarse un 28,28% en
la Bolsa española, lo que supone su
décima jornada de números rojos
después de que la semana pasada se
anunciara la nacionalización del
grupo financiero.
Pocos minutos después del mediodía, los títulos de Bankia se situaban en mínimos, en 1,18 euros
por acción, después de que los inversores intercambiaran más de 5,4
millones de títulos por más de 7
millones de euros.
Desde que debutó en la Bolsa
española en julio pasado, a 3,75
euros por título, las acciones de
Bankia han perdido ya el 68,5% de
su valor bursátil.
De su lado, el gobierno español
negó que se haya producido una fuga
de depósitos en Bankia, como ya
ocurre en Grecia, donde el miércoles
se registró una corrida de 800 millones de euros.
El secretario de Estado de Economía, Fernando Jiménez Latorre,
negó en una conferencia de prensa
que haya habido una retirada masiva
de depósitos de la entidad y aseguró
que el nuevo proyecto reúne todos
EL AHORA DETENIDO FUE LIBERADO EN 2009 POR LA GUERRILLA
Fiscalía detiene a ex secuestrado
Las autoridades colombianas consideran como sospechoso al ex diputado Sigifredo
López, quien estuvo retenido por las FARC junto con otros 11 políticos. Él fue el
único superviviente de la masacre que terminó con la vida de sus compañeros
El ex diputado Sigifredo López, único
sobreviviente de un grupo de 12 legisladores regionales colombianos
secuestrados por las FARC en 2002,
fue detenido ayer como sospechoso
de haber tenido implicación en esos
hechos.
El portavoz de la Fiscalía General
de Colombia, Omar Alberto Jaimes,
indicó que el fiscal encargado aún no
ha establecido la fecha para cumplir
con la indagatoria de López, que fue
detenido este miércoles en Cali.
El nuevo Gobierno interino griego
dirigido por el presidente del Consejo de
Estado, Panayotis Pikrammenos, asumió
ayer su cargo con la tarea de llevar al
país a los próximos comicios,
previsiblemente el 17 de junio.
Pikrammenos, de 67 años, fue
elegido el miércoles para encabezar un
Gobierno que no tiene mandato para
alcanzar ningún compromiso de peso,
sino la simple gestión del Estado hasta
las nuevas elecciones legislativas.
La incertidumbre política en Grecia,
debido a la incapacidad para formar
Gobierno por la fragmentación
parlamentaria, tras las elecciones
del 6 de mayo, ha elevado la dudas
sobre la continuidad del endeudado país
en el euro, lo que ha generado
turbulencias económicas en toda la
Eurozona.
Tanto el nuevo jefe de Gobierno
como sus ministros juraron sus cargos
ante el Presidente de Grecia en la sede
oficial del Jefe del Estado, acto seguido
se ha convocado el primer Consejo de
Ministros.
El gobierno de Pikrammenos, de
carácter técnico, está compuesto casi en
exclusiva por magistrados y catedráticos,
y el único político es el ministro de
Exteriores, Petros Molyviatis, quién ya
ocupó ese mismo cargo durante el
mandato de Costas Karamanlís.
Ese fiscal ordenó la captura del
político ex secuestrado al considerar
que se debe investigar “su presunta
intervención en el secuestro masivo”
que tuvo lugar en abril de 2002 y en
la muerte del policía Carlos Alberto
Cendales, que custodiaba la sede de
la Asamblea del departamento del
Valle del Cauca, en Cali.
Durante el secuestro fueron asesinados los otros once legisladores en
confusas circunstancias. Sus cuerpos
fueron hallados en 2007.
El secuestro se produjo cuando
guerrilleros de las Fuerzas Armadas
Revolucionarias de Colombia (FARC)
irrumpieron en la Asamblea del Valle
del Cauca e hicieron creer a los legisladores que se trataba de un desalojo por un supuesto explosivo.
Cuando López fue liberado unilateralmente por los rebeldes el 5 de
febrero de 2009, explicó que fue el
único superviviente de los doce diputados secuestrados porque había sido trasladado a otro campamento.
los requisitos para ser un éxito de
futuro.
También dijo que espera que en
los próximos días los nuevos gestores de Bankia presenten sus planes
de viabilidad y resaltó que el Estado
aportará el capital necesario para
garantizar la viabilidad de la cuarta
entidad bancaria española.
Bankia por su parte aseguró a sus
clientes que “pueden estar absolutamente tranquilos” sobre la seguridad de su dinero.
La situación de Bankia hundió el
principal indicador de la Bolsa española, el IBEX 35, a un nuevo mínimo anual tras ceder un 1,11 % en la
sesión.
François Hollande inició su mandato con
la primera reunión del Gabinete, en la
que se adoptó una significativa rebaja
del 30 por ciento en los sueldos de todo
el equipo.
Los 17 hombres y 17 mujeres del
primer Ejecutivo paritario de la V
República de Francia pasarán a tener así
un salario bruto mensual de 9.940
euros, mientras que Hollande y el
primer ministro, Jean-Marc Ayrault,
ganarán 14.910 euros al mes.
Además se acordó también bajar un
10% las dotaciones de los respectivos
ministerios, y el número de
colaboradores de los ministros, así como
el de ministros delegados.
Como muestra de la "ejemplaridad"
y transparencia que el Gobierno quiere
convertir en los dos pilares de su
método de trabajo, se firmó igualmente
un código deontológico que busca evitar
conflictos de intereses y obliga a los
ministros a renunciar a los puestos
ejecutivos locales que ocuparán antes
de su ascenso, además de rechazar
invitaciones privadas y regalos.
UNA PERSONA HA MUERTO DURANTE LA CRISIS
Cárcel amotinada registra
nuevo tiroteo en Venezuela
Un nuevo tiroteo se registró ayer en
una cárcel del centro de Caracas en la
que hace dos semanas comenzó un
motín, que hasta el momento ha
causado la muerte a un vecino de la
zona que fue alcanzado por una bala
perdida y que las autoridades siguen
sin poder controlar.
La ministra para el Servicio Penitenciario, Iris Varela, indicó al canal de televisión estatal VTV que hay
una “situación de enfrentamiento interno” en el centro penitenciario de
La Planta, con “un grupo que pretende mantener sometida a la mayoría utilizando para ello la fuerza de
la violencia y de las armas”. “Están
enfrentados y nosotros estamos protegiendo a la población”, indicó.
El conflicto en La Planta comenzó
a finales de abril tras la decisión del
gobierno venezolano de cerrar esa
penitenciaría, situada en la parroquia
caraqueña de El Paraíso, por su falta
de condiciones para albergar personas.
Posteriormente se produjo un intento de fuga, que según las autoridades quedó en huida frustrada, y
protestas de los familiares que se
niegan al traslado de los presos, así
como diversos incidentes.
GODOY CRUZ vs. ARGENTINOS JRS. (15:10)
TIGRE vs. NEWELL’S (17:15)
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
17
GUADAMUD
FUE EL MEJOR EN
LOS 94 KG., EN EL
PREOLÍMPICO
18
SEIS EQUIPOS SE DISPUTAN LA PUNTA DEL TORNEO
19
TRAORÉ, LA PIVOT AFRICANA QUE JUEGA EN MAVORT
20
ENTREVISTA A REINALDO RUEDA, ESTRATEGA DE LA SELECCIÓN NACIONAL
HUBO DOS SORPRESAS
“Quedó claro que mi cargo
está en juego todos los días”
Verónica Naranjo Hidalgo
[email protected]
No se atreve a hacer un balance
exacto de los 21 meses que lleva al
frente de la selección ecuatoriana de
fútbol (desde el 1 de septiembre
2010) porque “solo se hará cuando
concluya el proceso eliminatorio y
ojalá con una nueva clasificación
mundialista”, afirma el técnico colombiano Reinaldo Rueda, quien se
encuentra feliz por la hospitalidad
recibida en Ecuador y, claro, muy a
gusto con la gastronomía nacional.
Mientras observa una de las prácticas de los “legionarios” en la cancha del complejo de Tumbaco, accede a dialogar con El Telégrafo.
Perfil
Nombre Completo:
Reinaldo Rueda.
PILAR CACERES | EL TELÉGRAFO
El seleccionador de 55 años espera convertirse en el tercer colombiano en llevar a Ecuador
a un Mundial de fútbol. Lo antecedieron Hernán Gómez y Fernando Suárez en 2002 y 2006
Fecha de nacimiento:
16 de abril de 1957.
Lugar:
Cali, Colombia.
Mundiales:
Sudáfrica 2010, con
Honduras.
Logros:
Tercer lugar en el
Mundial Juvenil
2003 y campeón del
torneo Esperanzas de
Toulon 2003.
¿La concepción inicial que tenía
del futbolista ecuatoriano se
modificó con la convivencia?
Cambió para bien, porque de todas
formas ya hay un mejor conocimiento
del jugador. No es lo mismo haber
tenido a Ecuador de rival, ni escuchar
solo los conceptos de la gente amiga, de
entrenadores que pasaron por aquí
antes de nosotros, que vivir dentro del
medio y convivir con los jugadores y
conocerlos directamente.
¿Fue fácil acoplarse a la identidad
y cultura del jugador nacional?
Creo que difícil nunca fue; esto es más
cuestión de tiempo y creo que la
adaptación es bilateral, tanto de nosotros como de ellos; es más, pienso
que a ellos les costó más adaptarse a
una metodología.
¿Será la primera vez que enfrente
¿Es una ventaja que Messi no
funcione en la selección como lo
hace con el Barcelona?
Eso es relativo, todo dependerá del
juego que realicemos; esperamos
que ese día todos estén bien claritos
para meterla. Por algo Lionel Messi
es el mejor jugador del mundo en
este momento.
¿Su relación con los jugadores
trasciende lo profesional?
Básicamente tratamos de manejar
asuntos solamente de trabajo. Evito
agobiarlos con cosas diferentes a lo
estrictamente futbolístico y cuando
es necesario solo con pocos se manejan temas personales. A algunos
les gusta hablar y a otros no; ese
espacio se debe respetar.
¿Cómo parte de su trabajo; usted
imparte charlas motivacionales?
Sí, siempre las incluimos en la dinámica de trabajo de la selección
como temas de desarrollo profesional y cohesión de equipo. Son variadas, a veces son vivencias personales, videos...
¿Cuál era la idea que tenía antes
de llegar?
Sabía que había un buen material y
recurso humano. Aunque todas las
generaciones son diferentes, quizás
uno se hace una apreciación por los
jugadores que enfrentó en algún momento y los conceptos de gente que
ha trabajado acá, pero creo que todas
las culturas futbolísticas evolucionan y Ecuador después de dos mundiales así lo ha demostrado.
¿Se puede decir que en la historia
de Ecuador hay un antes y un
después de Hernán Gómez?
El “Bolillo” entregó ese sabor del
triunfo y la clasificación. Esa fue una
identidad que se fue construyendo
desde hace mucho tiempo; incluso,
con el doctor (Francisco) Maturana,
y seguro que el logro de una clasificación mundial marca toda una
historia en un país.
referencia previo al duro rival que
tendremos en este reinicio del proceso eliminatorio
En su periplo no incluyó a Brasil,
donde está Joffre Guerrón.
¿Alguna razón en especial?
Lo de México y Europa fue desgastante y el tiempo no nos alcanzó para
ir a Brasil y Rusia. Tampoco nos hemos comunicado telefónicamente con
Joffre Guerrón porque si bien atraviesa un buen momento es cuestión de
valoración y en su puesto (delantero)
tenemos varias alternativas. Él tendrá
su oportunidad.
a su país en un partido oficial?
Así es, solo tuve de rival a Colombia
en encuentros amistosos cuando dirigí a Honduras y también la enfrenté con Ecuador.
¿Es especial rivalizar en las
eliminatorias con Colombia?
Se tiene una exigencia y siempre se
quiere ganar, por todo lo que representa para uno y para el cargo que
tiene, para su profesión. Hay que
vivirlo de esa forma.
Después de Copa América, ¿sintió
que su cargo estaba en riesgo?
Todos los días está en juego. Ahí con
más razón, y eso quedó claro. Mientras no se logren los resultados esperados por todos habrá riesgo. Esa
es la ley de nuestra profesión.
¿Por eso su efusividad para
festejar el triunfo ante Venezuela?
Fueron meses difíciles tras la Copa
América; y luego poder vencer a un
rival que nos complicó la vida, gracias al fruto del trabajo de todos,
además de ver cómo se entregaron
los muchachos, me emocionó.
¿Fue el monto de la rescisión del
contrato lo que lo mantuvo?
(Se pone muy serio). Ese tema está
superado y al momento no me hace
bien a mí, en lo personal, ni al
entorno de la selección tocarlo.
¿Es una presión mayor el empate
que se logró en la eliminatoria
pasada con Argentina?
Creo que no, ojalá podamos repetir
ese resultado; es un buen punto de
¿Tiene definidos los esquemas
tácticos para enfrentar a
Colombia y Argentina?
He pasado estos meses (seis) haciendo alineaciones tentativas, incluyendo y sacando jugadores. Pero
espero comenzar el trabajo para definir con precisión a quiénes utilizaré. Al final todo solo servirá si
ganamos esos compromisos.
¿Maneja un perfil bajo que le
permite transitar sin problema?
Ecuador le brinda a uno esa situación de ir con tranquilidad. Vivimos dentro del fútbol y por fortuna
se puede disfrutar de esos espacios, a
ratos complejos por uno u otro factor.
Por fortuna aquí la gente ha sido muy
respetuosa y receptiva, por eso ha
existido buena convivencia.
IBARRA RECIBE SU PRIMER
LLAMADO A LA “TRICOLOR”
La alegría con la que encontró al
volante Renato Ibarra cuando visitó
Holanda y las buenas referencias que le
dieron los integrantes del cuerpo técnico
del Vitesse, motivaron al técnico
Reinaldo Rueda a convocar por primera
vez para el proceso eliminatorio rumbo
a Brasil 2014 al ex seleccionado Sub 20.
“Lo encontré con esa energía de
siempre, feliz y muy dispuesto para el
trabajo. Incluso, en la semana que fui,
él era la imagen de su plantel y eso
demuestra el momento que está
atravesando”, refirió el estratega sobre
el jugador, que fue sorpresa en la lista.
Ibarra, de 21 años, lleva 10 meses en
el balompié del exterior y con su
trabajo, desde inicios de 2012, se ha
convertido en el titular indiscutible por
la banda derecha, posición similar a la
del mejor jugador ecuatoriano Antonio
Valencia y, como él, su único club en
Ecuador fue El Nacional.
Otra de las sorpresas fue Pedro
Quiñónez, a quien el estratega criticó
anteriormente por ser muy
temperamental. “Vamos a ver cómo
llega para trabajar”, acotó Rueda
Por otro lado, el defensa central
imbabureño, Geovanny Espinoza, se
sorprendió gratamente al enterarse de
su llamado por parte del adiestrador
colombiano.
“No me lo esperaba porque no había
sido convocado en este proceso, pero
esa noticia me dio alegría y ahora me
centraré en pensar en lo que se viene e
iré con todas las ganas a esos cotejos.
La selección tiene mucha categoría y
experiencia”, afirmó Espinoza, quien fue
parte de la “Tri” en los dos mundiales a
los que asistió. (VNH)
Convocados
DT: Reinaldo Rueda
Arqueros
Equipo
Máximo Banguera
Adrián Bone
Alexander Domínguez
Barcelona
D. Quito
LDU-Q
Defensas
Gabriel Achilier
Walter Ayoví
Jairo Campos
Diego Calderón
Frickson Erazo
Giovanny Espinoza
Jorge Guagua
Juan Carlos Paredes
Emelec
Monterrey
Barcelona
LDU-Q
Barcelona
D. Quito
Atlante
D. Quito
Volantes
Cristhian Noboa
Segundo Castillo
Renato Ibarra
Édison Méndez
Oswaldo Minda
Jefferson Montero
Pedro Quiñónez
Luis Fernando Saritama
Antonio Valencia
Dinamo
Pachuca
Vittese
LDU-Q
Chivas USA
Real Betis
Emelec
D. Quito
M. United
Delanteros
Jaime Ayoví
Christian Benítez
Cristhian Suárez
Joao Rojas
Pachuca
América
S. Laguna
Morelia
18
Fanático
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
EL GOLERO DE BARCELONA HA ATAJADO EN 5 PARTIDOS DE LA TEMPORADA
“Me motiva saber que el
DT está pendiente de mí”
La trinchera de Vito
Vito Muñoz
@vitomuñoz_u
FAL-KO en el área es fulminante
Banguera contó que previo a la convocatoria recibió una llamada de
Rueda, en la que el estratega se mostró interesado por su recuperación
MIGUEL CASTRO | EL TELÉGRAFO
Redacción Fanático
[email protected]
De las 15 fechas del Campeonato
Nacional, Máximo Banguera solo ha
participado en 5 ocasiones. La última fue el sábado pasado, en la
victoria 2-0 de Barcelona sobre Olmedo, luego de volver de una lesión
en la pierna derecha que lo tuvo
alejado de las canchas por 68 días.
Pese a su para de más de dos
meses y su poca actividad en la
presente temporada, el estratega de
la selección nacional, Reinaldo Rueda, convocó al golero guayaquileño
para los partidos de la “Tricolor”
ante Argentina (el 2 de junio en
Buenos Aires) y Colombia (el 10 del
mismo mes en Quito), por la quinta y
sexta fecha, respectivamente, de las
eliminatorias sudamericanas para el
Mundial de Brasil 2014.
Además de Banguera, los porteros
citados por Rueda para los cotejos
eliminatorios fueron Alexander Domínguez, de Liga de Quito, y Adrián
Bone, de Deportivo Quito. Al igual
que el guardameta “canario”, Bone
no ha tenido regularidad en esta
temporada, ya que el titular en el
arco “chulla” es Marcelo Elizaga.
“Convocamos a esos goleros porque han sido los que han estado
cerca en nuestro proceso y en el caso
de Máximo es un arquero de gran
potencial, ecuatoriano de excelente
nivel y fue el titular en la consecución del oro panamericano en
Río de Janeiro (en 2007)”, dijo Rueda al preguntársele del porqué del
llamado de Banguera y Bone.
Además, el DT pidió “respeto para
todos los jugadores. Por el entorno
solo voy a hablar de los que están y
no de quienes no forman parte de
esta convocatoria. Hay muchos que
se quedaron”, esto con respecto a
guardametas como Elizaga y Esteban
Dreer (Emelec), quienes han destacado con sus equipos.
Media hora antes de que Rueda
diera la nómina de convocados (la
rueda de prensa fue a las 11:00 de
ayer) Banguera salió del entrenamiento de Barcelona y se refirió a su
inminente llamado a la “Tricolor”.
“En las últimas horas recibí lla-
Máximo practicó ayer la ejecución de tiros libres en el entrenamiento de Barcelona.
68
días estuvo sin atajar. Volvió
el sábado pasado de una
lesión en su pierna derecha
madas de varias personas, que me
preguntaban cómo me sentía. El profesor Rueda se comunicó conmigo
después del último partido (el sábado
ante Olmedo) y me dijo que me siguiera esforzando. Me motiva saber
que el DT está pendiente de mí”.
Otro de los integrantes del cuerpo
técnico que se contactó con el golero
fue el preparador físico de la selección. “El lunes hablé con el profesor Rueda y ayer dialogué con (Car-
los) Velasco, quien me preguntó cómo
seguía y si tenía alguna molestia. Esas
llamadas me dejaron tranquilo y muy
emocionado”.
Sobre su lesión, Banguera aclaró
que “gracias a Dios me recuperé al
100%; si pudiese atajar con la selección sería lindo. Es lo mejor representar al país, es lindo estar ahí,
fortaleciendo al grupo”.
Acerca del cotejo frente a los dirigidos por el técnico Alejandro Sabella, cuya selección cuenta con jugadores como Lionel Messi (del Barcelona de España) y Sergio Agüero
(delantero del Manchester City de
Inglaterra), el golero “torero” indicó
que “enfrentar a grandes jugadores a
nivel mundial siempre va a ser motivante para un futbolista, pero en la
cancha todos somos iguales. Solo
resta esperar el partido y salir a
ganar en Argentina”. (MRM)
ÉXITO EN EL PREOLÍMPICO
Guadamud fue oro en Guatemala
El pesista ecuatoriano fue el mejor en la categoría de 94 kg. Levantó un total de
367 kg (166 en la modalidad de arranque y 201 en envión). La delegación patria
acumula hasta el momento 4 medallas, y falta que compitan Nieves y Arroyo
El pesista Eduardo Guadamud ganó el
miércoles por la noche la medalla de
oro en el Preolímpico de Guatemala,
que finaliza hoy y en el que Ecuador
busca un cupo en varones para acudir
a los JJ.OO. Al momento la delegación
nacional acumula cuatro medallas (1
de oro, 1 de plata y dos bronces).
Guadamud, en los 94 kg, fue el
campeón del Grupo “A” al levantar
367 kg (166 en arranque y 201 en
envión). La plata la consiguió el cubano Javier Vanega Ríos al completar
Aclamado por todos, cotizado por los
mejores equipos, el jugador
colombiano está causando furor,
gracias a su cuota goleadora.
363 kg (170- 193) y el bronce fue del
venezolano Jesús González con 362
kg (162- 200). En días anteriores, la
medalla de plata la consiguió Alexandra Escobar (58 kg) y los dos
bronces fueron de Freddy Tenorio
(85 kg) y Rosa Tenorio (69 kg).
Hasta el momento ya han intervenido diez pesistas ecuatorianos de
una delegación de 12 halteristas. Los
últimos en competir serán: Seledina
Nieves (+75 kg) y David Arroyo (105
kg). El Campeonato Panamericano,
en el que participan halteristas de 15
países, otorga cupos a los JJ.OO. para
los siete primeros puestos en varones
por equipos (uno por país).
Una vez que finalice el Preolímpico, la Federación Ecuatoriana de
Levantamiento de Pesas (FELP)
anunciará el nombre de la tercera
pesista femenina que irá a Londres,
ya que Escobar y Nieves lograron sus
cupos en el Campeonato Mundial de
Halterofilia en Francia, en noviembre
pasado.
No llegó a ser beisbolista profesional:
En 1986 nació Falcao, en Santa Marta.
Su nombre de pila combina el de su
padre, quien había sido un futbolista
recio y de sacrificio, y el apellido de
Pablo Roberto Falcao, volante de gran
talento que jugó en la muy recordada
selección de Brasil que destacó en los
mundiales de 1982 y 1986. Heredó la
capacidad de sacrificio, el bajo perfil y
el temple de su padre, y nació dotado
con el despliegue técnico del gran
volante de creación brasileño. Criado
en Venezuela, donde jugaba su papá
(de milagro no se convirtió en
beisbolista profesional, el deporte que
practicó de niño), y se formó como
futbolista en las categorías menores.
El Ajax lo quiso:
Ajax de Amsterdam fijó sus ojos en
este jugador; a los 11 años sugirieron
llevarlo a Holanda. Sin embargo, su
familia consideró que era muy joven
aún para separarse de sus padres. El
28 de agosto de 1999, con 13 años, se
vinculó al equipo Lanceros Fair Play
(hoy conocido como Patriotas, de
Tunja), y debutó ante Deportivo
Pereira. Entrenó un año con
Millonarios, donde no fue reconocido
su talento; la pista de la joven
promesa se perdió. Tiempo después se
supo que estaba en Buenos Aires, en
River Plate, donde hizo el tránsito
desde la octava hasta la tercera
división. Años de soledad y sacrificio,
donde demostró lo heredado por su
padre: el temple y la determinación.
Regresó anotándole a Boca:
En el primer equipo de River debutó
en 2005, ante Instituto de Córdoba. Al
comienzo parecía estar negado al gol,
hasta que el 2 de octubre anotó ante
Independiente de Avellaneda. A partir
de ese momento despegó su fama de
goleador y representó a Colombia en
el Mundial Juvenil de aquel año,
llegando a octavos de final, marcando
2 goles en 3 partidos. En el 2006 una
lesión de los ligamentos de la rodilla
no permitió que estuviese sobre el
gramado verde durante casi todo el
año. Su regreso a las canchas se dio
en el 2007, en los torneos de verano
austral. Le marcó un gol a Boca, el
eterno rival de River, y la hinchada
comenzó a idolatrarlo.
Con Simeone, doble campeón:
Mucho se habla de que un equipo
necesita solo de buenos jugadores, o
solo de un gran técnico. Para que un
equipo triunfe tiene que tener
jugadores de categoría, además de un
técnico que sepa explotar las
capacidades de sus jugadores.
Diego Simeone sabe de los dotes de
Falcao, su habilidad, determinación,
destreza con el balón, sabe pegarle
con las dos piernas y además es un
eximio cabeceador; esas características
completan su variado repertorio
técnico. Solo ganó un torneo con River,
el Tornero Clausura, en el 2008; el
técnico era Simeone, actual orientador
del Atlético de Madrid, que acaba de
coronarse campeón de la Europa
League. Ese año se casó con la
cantante argentina Lorelei Tarón.
Apenas tenía 22 años y ella 20.
El mejor de Europa
Su desempeño ha denotado tanta
euforia y tanta algarabía en los
colombianos y en todos los que
disfrutamos del fútbol.
El histórico “Pibe” Valderrama ha
señalado que “Falcao puede superar
lo que hicimos el resto de jugadores
que fuimos a Europa”.
Opiniones en las redes sociales
destacaban su labor en la final, en la
que dos golazos dejaron anonadados
a los hinchas. Juan Manuel Santos
felicitó así al futbolista por Twitter:
“Falcao una vez más orgullo de
Colombia en el exterior. Su actuación
deja muy en alto el nombre de
nuestro país”.
0,86 promedio de gol:
Su adaptación al fútbol europeo no le
fue difícil. En el 2009-2010 que llegó
al Porto de Portugal, se adaptó de
inmediato y sus tantos no se hicieron
esperar. Aquel año anotó 46 goles,
con un promedio de 0,86 goles por
partido. En la siguiente temporada
ganó con su equipo la liga y la Copa
de Portugal, así como la Supercopa y
la Europa League, en la que marcó el
tanto del triunfo ante el Sporting
Braga, también de Portugal.
En las dos temporadas con la
camiseta del Porto decretó 72 goles
en 84 partidos. El Atlético de Madrid
pagó 40 millones de euros por su
pase. Ha marcado 24 dianas, y solo lo
superan Messi, con 50, y Ronaldo con
46. En la Europa League anotó 12
tantos, quedando como el artillero. Es
el primer jugador que queda primero
en la tabla de arponeros dos
ediciones seguidas, la anterior con el
Porto, marcando 17. Con el Atlético de
Madrid ha marcado 36. En su carrera,
tanto en clubes como con selecciones
colombianas, ha anotado 164 goles
en 291 partidos.
100 millones por su pase:
El Chelsea está dispuesto a dar a
Fernando Torres, el pase más caro de
la Premier, y desembolsar 20
millones de dólares más por él. El
futuro de Falcao es incierto, pero algo
quieren los colombianos de este
asombroso delantero, y es que
Colombia necesita sumar de a 3 en
las fechas eliminatorias que se vienen
en junio frente a Perú y Ecuador.
Necesitan gritar sus goles.
Atlético 2-Millonarios 1
No se cansa de hacer goles, el
miércoles en el amistoso entre el
Atlético y el equipo del que Falcao es
hincha confeso, Millonarios, el
colombiano se mandó un golazo. De
espaldas al arco la paró con el pecho
y tras un remate de media chilena
venció a Nelson Ramos a los 3’.
Fanático
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
19
INDEPENDIENTE Y LIGA DE LOJA COMPARTEN EL PRIMER LUGAR
Seis clubes luchan por la punta
Quedan 21 unidades en disputa para que termine la primera etapa del torneo nacional. Entre el líder y el sexto de
la tabla solo hay 3 puntos de diferencia. La fecha 16 se inicia hoy (20:00) en Cuenca, entre el local y Liga de Quito
Estadísticas de la fecha 16, por Antonio Ubilla
Un vistazo a los 6 primeros en la tabla
Independiente vs. Olmedo
Mañana 18:00
Partidos jugados: 9
Triunfos Independiente: 3
Goles a favor: 12
Empates: 4
Triunfos Olmedo: 2
Goles a favor: 9
1
26 pts. + 6
Redacción Fanático
[email protected]
Cuando restan siete jornadas para
que finalice la primera etapa del
Campeonato Nacional, la pelea por
el primer lugar está entre seis equipos: Independiente del Valle, Liga de
Loja, Liga de Quito, Barcelona, Emelec y Deportivo Cuenca.
Entre el primero y el sexto hay
solo tres puntos de diferencia, por lo
que un triunfo o una derrota puede
hacer que un club sea el nuevo líder
o descienda varias ubicaciones.
Hoy (20:00) se inicia la fecha 16
del torneo con el encuentro entre
Deportivo Cuenca y Liga de Quito.
Un triunfo de la escuadra quiteña la
colocaría provisionalmente en el
primer puesto, mientras que los
cuencanos ven un poco lejana esa
posibilidad. Tienen 23 puntos y -4
de gol diferencia, mucho menos que
los líderes del torneo.
La punta, por ahora, está en manos de Independiente y Liga de Loja
y no pertenece a los favoritos como
Barcelona, El Nacional, Liga de Quito, Deportivo Quito o Emelec; que,
entre todos suman, 51 títulos.
Con 21 puntos aún en disputa el
equipo que quiera ser finalista deberá ser regular para llegar a disputar el campeonato. Entre hoy, mañana y el domingo las posiciones en
la tabla podrían dar un giro total.
Sin embargo, los punteros son
favoritos para permanecer ahí, pues
juegan en condición de local. Independiente recibe mañana (18:00)
a Olmedo, que es último en la tabla
de posiciones y nunca ha podido
ganar en Sangolquí.
Barcelona hará de local (18:00) en
el Monumental ante Macará, noveno
en la tabla, pero dependerá de otros
resultados para ser el líder absoluto.
En 75 partidos disputados entre ambos, los ambateños ganaron en 3
ocasiones en Guayaquil.
Mientras tanto, los lojanos reciben el domingo a Deportivo Quito
en el estadio Reina del Cisne
(15:00), escenario en el que solo han
cedido dos empates y ganaron cinco
encuentros. No obstante, en torneos
pasados, el actual campeón ya ganó
en esa cancha en dos ocasiones.
Otro candidato para la punta es
LDU Loja vs. D. Quito
Domingo 15:00
Partidos jugados: 9
Triunfos LDU Loja: 3
Goles a favor: 10
Empates: 1
Triunfos D. Quito: 5
Goles a favor: 18
2
26 pts. + 4
Emelec, que visita a Técnico Universitario, también el domingo
(11:30). Para los azules, ganar en el
Bellavista no es novedad, ya que lo
han hecho en 9 ocasiones. Además,
desde que el uruguayo Mario Saralegui se hizo cargo del conjunto
ambateño, aún no ha ganado, acumula dos derrotas y dos empates.
Con el primer partido de la fecha,
esta noche en el estadio Serrano
Aguilar, sea cual sea el resultado, la
tabla de posiciones se moverá. Liga
está en los primeros puestos, pero se
muestra inconforme con el nivel que
ha presentado.
“Nadie está contento con el nivel
de juego de Liga; nosotros somos los
primeros en estar preocupados. Cada partido será así, una final, no solo
para nosotros, sino para todos los
que estamos peleando por llegar primeros”, dijo el juvenil del conjunto
“albo” José F. Cevallos.
Solo el gol diferencia
separa a los del Valle
con los de la “Garra”,
los primeros tienen
+6 y los otros +4
Néicer Reasco también se refirió
al momento futbolístico de Liga:
“Tenemos muchas imprecisiones y
la desesperación por salir de este
momento nos hace tener más desconfianza. Creo que si nosotros mejoramos el rendimiento individual se
verá reflejado en lo colectivo”.
Deportivo Cuenca, por su parte,
deberá suplir la baja de Geovanny
Caicedo, que sufrió la rotura del
tendón rotuliano de su pierna derecha y estará fuera cinco meses. El
paraguayo Miguel Paniagua podría
ser su reemplazante.
Es la tercera lesión de gravedad
que sufre un elemento de Deportivo
Cuenca. Antes también entró al quirófano el defensa Deison Méndez por
la rotura del tendón de Aquiles y el
delantero argentino Federico Laurito fue operado de los meniscos de
su rodilla derecha y podría regresar
la próxima semana. (AGM)
*D. Cuenca vs. Liga de Quito
Hoy 20:00
Partidos jugados: 133
Triunfos Liga de Quito: 55
Goles a favor: 172
Empates: 41
Triunfos D. Cuenca: 37
Goles a favor: 131
3
Barcelona vs. Macará
Mañana 18:00
Partidos jugados: 75
Triunfos Barcelona: 36
Goles a favor: 120
Empates: 20
Triunfos Macará: 19
Goles a favor: 77
4
25 pts. + 12
25 pts. + 11
T. Universitario vs. Emelec
Domingo 11:30
Partidos jugados: 77
Triunfos T. Universitario: 25
Goles a favor: 84
Empates: 13
Triunfos Emelec: 39
Goles a favor: 128
5
25 pts. + 9
*D. Cuenca vs. Liga de Quito
Los "morlacos" son los que tienen
menos probabilidades de escalar a la
cima, por su gol diferencia. Para
topar lo más alto no solo necesitarían
vencer a los "albos", sino golearlos y
esperar el traspié de Independiente,
Loja, Barcelona y Emelec.
6
23 pts. - 4
GAD MUNICIPAL DE SAN
JACINTO DE YAGUACHI
AVISO DE PAGO
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Jacinto de Yaguachi ha determinado
acreencias impagas a favor de Contratistas, razón por la cual se requiere a los Representantes
Legales de: la Cía. LOOR S.A., que efectuó la reconformación de calles en el sector de “La Y”
(Contratos 8 y 9); así como, al ING. MANUEL IBARRA AVILES por la construcción de una cancha de indor en el Recinto Cascol (Orden de Trabajo Nº 7). En tal virtud deberán acercarse lo antes posible a estas dependencias con los documentos que acredite el respaldo correspondiente.
San Jacinto de Yaguachi, Mayo 05 del 2012
El Tesorero Municipal
20
Fanático
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
ES LA MAYOR ENCESTADORA CON 236 PUNTOS
JUEGAN HOY EN EL ESTADIO DE CHILLOGALLO
Astou Traoré impone
su ley bajo el tablero
en la Liga Femenina
EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO
Mundialistas participan de
inauguración de selectivos
EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO
Es uno de los pilares de Mavort, que busca su clasificación para
disputar los cotejos de “playoffs” de la fase semifinal. Orense, UTE,
Santa María y San Camilo, también son firmes candidatos a entrar
La cancha del estadio del Aucas luce en buena forma para el cotejo de esta mañana.
Un singular acto por efectuarse hoy
en el estadio de Sociedad Deportiva
Aucas, desde las 10:00, marcará la
inauguración oficial de los torneos
selectivos estudiantiles en 12 disciplinas deportivas, cuya disputa se
inició el miércoles anterior con vistas
a la conformación de las selecciones
nacionales que tomarán parte en los
II Juegos Escolares Panamericanos en
Guatemala y en los Juegos del Alba,
en Bolivia.
Uno de los atractivos del acto
inaugural es el encuentro de fútbol de
carácter amistoso a cargo de la primera selección ecuatoriana que clasificó a un campeonato mundial de
fútbol, el de Japón y Corea 2002, bajo
el comando técnico del colombiano
Hernán “Bolillo” Gómez, según se
pudo conocer, y un combinado nacional de ex figuras que será dirigido
por Dussan Drascovick.
El estadio del “Ídolo” capitalino
recibirá por vez primera a una selección mundialista. Futbolistas como José F. Cevallos, actual ministro
del Deporte; Iván Hurtado, Augusto
Poroso, Alfonso Obregón, Edwin Tenorio, Kléber Chalá, Agustín Delgado,
entre otros, jugarán por la “Tri”.
El equipo de ex figuras contará con
el concurso de conocidos elementos
como Álex Cevallos, Wagner Rivera,
Jimmy Montanero, Fricson George,
Héctor Carabalí, Eduardo Hurtado,
Carlos Alfaro Moreno y otros jugadores reconocidos. (FMR)
Con uniforme azul, Astou Traouré (10), de Senegal, mira la trayectoria de su lanzamiento ante la mirada de Jéssica Preciado, de UTE.
LA JORNADA
[email protected]
La recta final de la Liga Nacional
Femenina de Baloncesto ha cobrado
aires de espectacularidad. La segunda vuelta del certamen, iniciada
la semana anterior, arroja resultados
sorpresivos con triunfos de los quintetos visitantes como ocurrió el viernes anterior en el coliseo J.C. Hidalgo, cuando el equipo favorito UTE
cayó en casa frente al representativo
del Santa María-USFQ 77-80, mientras en Machala, el líder del certamen, Orense SC, fue superado
75-66 por el plantel mavorista.
La senegalés Astou Traoré es la
máxima encestadora de Mavort y del
certamen, luego de la séptima fecha
al registrar 236 puntos.
Ante la afición capitalina la africana volvió a deleitar con su efectividad dentro y fuera de la llave; en
todos los cotejos disputados, su media de conversión es de 30 puntos,
aunque “hay partidos en que anoto
hasta 48 (encestó 49 ante Uruguay),
todo depende, porque no siempre se
juega bien y se lo hace más o menos”,
advierte la ex mundialista.
Traoré se vinculó al elenco “constructor” hace una temporada, por
medio de un agente de jugadoras de
la liga española y europea.
La senegalés es de las más valoradas técnicamente en la Liga y ha
logrado convertirse en uno de los
soportes de su equipo.
Aún sin hablar fluidamente el
español, habida cuenta de que en su
país el idioma oficial es el francés
-pero ella, también, se expresa en
inglés-, no fue difícil entablar el
diálogo, pues su militancia por varios años en la Liga 1 Profesional del
Básquetbol de España le ha permitido aprender el castellano.
Astou refiere que la práctica del
baloncesto la inició cuando tenía 12
años y su trajinar por las canchas,
QUINTETOS DE MAVORT Y
UTE LOGRARON BOLETO
PARA LAS SEMIFINALES
Los representativos del Mavort y UTE
lograron sendas victorias, la noche del
miércoles anterior, en el marco de la
Liga Nacional Femenina de Baloncesto.
Las “constructoras” se levantaron con
una apretada victoria 78-76 frente a un
luchador y bien dispuesto conjunto del
San Camilo-Quevedo, que experimentó
una espectacular reacción. En este
compromiso destacó la senegalés
Astou Traoré, que anotó 34 puntos.
En el cotejo estelar, UTE doblegó sin
discusiones a su similar del Orense SC
por 84-69. Las pivots Sarah Toch, del
quinteto machaleño, y Gisella Vega, de
las equinocciales, fueron gran aporte.
españolas especialmente, se ha extendido por espacio de 19 temporadas (actualmente tiene 31 años).
Dijo sentirse bien en su club, el
Mavort, siendo esta su segunda incursión en la Liga Nacional Femenina Ecuatoriana. “Es un equipo
que juega muy bien y soy la más
efectiva; mi forma de jugar es 1
contra 1 y ese es mi fuerte, pero a
veces estoy sola para poder lanzar
de tres”, sostiene la alera pivot de
1,83 m de estatura.
No hay antecedentes respecto a la
participación de jugadoras africanas
en el baloncesto ecuatoriano y posiblemente, es la primera en hacerlo,
aunque ahora su compatriota Sarah
Touch Ousmsul juega en el Orense,
también como figura.
Astou destaca el espíritu solidario
de sus compañeras, porque “yo he
venido acá para ayudarlas y ellas
también tienen que apoyarme. Jugamos en equipo, por eso ganamos y
en la cancha nos sentimos muy
bien”.
Al baloncesto ecuatoriano no lo
considera auténticamente profesional, pues aseguró que no tiene la
dureza que hay en España, pero ha
procurado asimilar la situación. No ha
tenido mayores inconvenientes para
adaptarse al medio quiteño en cuanto
a la alimentación, sin mostrar predilección por algún plato en especial.
Afirmó que sus mejores actuaciones en Ecuador fueron en climas
cálidos, porque son un tanto parecidos al de Senegal, en donde
“nunca hace frío”.
El técnico nacional Patricio Poncel sostiene que los aportes extranjeros (Astou Traoré y la ex Ourinhos,
Yacquelyn Plutín) rinden de la mejor
manera. “Son buenas jugadoras,
muy positivas para el grupo, les
gusta trabajar y estoy muy contento
con ellas, pero todavía pueden dar
más, no han llegado a un techo y no
olvidemos que los demás equipos
tienen excelentes extranjeras. Este
año han venido profesionales de primer nivel”.
Traoré tuvo gran presencia en la
Liga Nacional del año anterior y en
esta nueva incursión en el baloncesto ecuatoriano aspira a repetir su
designación como la mayor encestadora. “Me encantaría ser la máxima anotadora de la Liga, tengo
buenas posibilidades, pero debo esforzarme más, hay otras jugadoras
que también tienen muchos méritos,
así que va a ser difícil”. (FMR)
SE MANTIENE COMO LÍDER ABSOLUTO E INVICTO
Aucas sigue siendo una gran
atracción para sus hinchas
EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO
Redacción Fanático
El tradicional cuadro quiteño venció 3-1 a su similar de Cuniburo.
La hinchada de Sociedad Deportiva
Aucas volvió al estadio de Chillogallo
y salió satisfecha luego de la victoria
registrada el miércoles anterior frente al representativo del Cuniburo por
3-1, en cotejo con el carácter de
diferido, cuyo desenlace afirmó en el
tope del tablero posicional y en condición de invicto al plantel que adiestra el técnico nacional José Vicente
Moreno, que acumula 30 puntos en
10 encuentros disputados.
A pesar de ser un día laborable,
alrededor de 3.500 seguidores de la
divisa oro y grana se dieron cita en el
escenario del sur de la ciudad.
Identificados con camisetas y con
cucayo en la mano, los fanáticos ingresaron por la tribuna principal (único sector que abrió sus puertas) para
copar los graderíos y luego dispersarse
hacia las localidades de la general.
Alumnas de algún colegio del sector, luciendo elegantes uniformes,
observaron atentas los goles de Gustavo Figueroa (36’), Juan Villacrés
(86’) y Wellington Sánchez (91’), ni
tampoco el transitorio empate de
Jimmy Delgado a los 69’.
Como un simple espectador, Jaime
Iván Kaviedes siguió las incidencias
del compromiso en los graderíos,
acompañado de un pequeño, y firmó
varios autógrafos. (FMR)
CINE Y TELEVISIÓN
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
Cartelera de cines
TV abierta
ECUAVISA
05:00
06:00
07:00
08:00
08:20
08:30
11:00
11:15
12:00
13:00
14:00
15:00
16:00
17:00
18:00
19:00
20:00
20:45
21:00
22:00
23:00
00:00
00:30
01:00
02:00
Siete pecados
Contacto al amanecer
Contacto directo
Contacto directo en la comunidad
Estrellas y estrellados
En contacto
El pan nuestro
Dragon Ball Z
Doraemon
Televistazo
Así somos
Rebelde
Más sabe el diablo
¿Dónde está Elisa?
Al fondo hay sitio
Combo amarillo
Televistazo
Edición especial Estrellas y estrellados
Cuchicheos
Relaciones peligrosas
Una maid en Manhattan
Telemundo
Código fútbol
Sin senos no hay paraíso
Oye bonita
ECUADOR TV
05:30
06:00
07:45
08:30
09:00
09:30
10:00
12:30
12:50
13:30
13:40
14:00
14:20
14:50
17:30
18:00
18:30
19:00
19:25
19:37
19:45
20:15
20:45
21:45
22:30
00:00
01:00
01:45
02:15
02:45
03:45
04:30
05:00
Educando a la princesa
Gente al día
Lo público
Los niños en su casa
Educando a la princesa
Mi árbol de naranja-lima
Animados
Meridiano
Pequeños ángeles
Bernardo/Cordero Shaun
Pitufos/La pequeña Lulú
Meridiano
Bernardo/Pocoyo
Animados
Noticiero juvenil
ECTV regional
Lulú/Pitufos
ECTV noticias
Deportes ECTV
Descubriendo al mundo con Samantha
Educando a la princesa
Encanto
BBC
ECTV noticias
Bernard en la noche
Auto, tuercas e hijos
BBC
ECTV noticias
Encanto
Bernard en la noche
Auto, tuercas e hijos
Pequeños ángeles
COE
RTS
05:27
05:30
06:00
07:25
07:45
09:30
10:50
12:00
13:00
14:00
16:00
17:00
18:00
19:00
20:00
22:00
22:45
23:25
23:50
Himno Nacional del Ecuador
Caminos
La noticia
Copa
La noticia en la comunidad
El club de la mañana
Un amor inolvidable
Lo que callamos las mujeres
Caso cerrado
Vamos con todo
Lo que callamos las mujeres
Cada quien su santo
Caso cerrado
Sorprendente
Combate
La noticia
Copa
La noticia en la comunidad
NCIS: Criminología naval
TELEAMAZONAS
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Tres Patines
El chapulín colorado
24 horas
La mañana
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La plena
Descifrando los secretos de los magos
Vivos (r)
Tremebunda corte
La pareja feliz
Los Simpson
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Comunidad
Deporte total
En corto
Lo grande de Pequeños gigantes
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Chapulín colorado
La familia Peluche
Los Simpson
Humor amarillo
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Cápsulas de Pequeños gigantes
Pareja feliz 3
Flor salvaje
Amar y temer
Una loca película de Esparta
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Videocontrol
Reprise 24 horas
Inspiración
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Tu voz estéreo
Dr. Oz
Dos hogares
Gamanoticias
La que no podía amar
Rosa de Guadalupe
Abismo de amor
Primera dama
Los canarios
Templo del fútbol
Esperanza del corazón
Natures Garden
Marimar
Teresa
Miembros de la iglesia de Dios internacional
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Pare de sufrir
Chavo animado
Gamanoticias
T Ventas
Chavo animado
María la del barrio
Teresa
Dueños del mediodía
Gamanoticias
La rosa de Guadalupe
Soy tu dueña
GUAYAQUIL
La dama de negro
CINEMARK - MALL DEL SOL
Comando especial
Solo por dinero (e)
12 años 18:20 20:30 22:40
16 años (subtitulada) 17:30
La cosa de otro mundo
12 años (subtitulada) 13:00 15:20 17:30 19:40 21:50
12 años 16:50
Ópera madame Butterfly en 3D (e)
Los Vengadores en 3D
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Cuando te encuentre (e)
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Venezzia (e)
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Batalla naval en 2D
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Los Vengadores
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Los Vengadores
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Furia de titanes 2 en 3D
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Pescador en 3D
LOS CEIBOS
12 años (subtitulada) 21:35 23:25
Venezzia (e)
Reencarnación de los muertos (e)
Cuando te encuentre (e)
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London River (e)
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Batalla naval digital
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Batalla naval
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Batalla naval
TC TELEVISIÓN
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Iglesia universal
¿Vieja yo?
Natures Garden
La dama de rosa
Corazón apasionado
Natures Garden
Marketing Worldwide
Iglesia universal
DespiérTC
Noticiero
Bien informado
La dama de rosa
Kassandra
De casa en casa
Sacrificio de mujer
El noticiero
Válgame Dios
El árbol de Gabriel
Amor de carnaval
Megamatch en Ecuador
Mi recinto
El noticiero
Corazón apasionado
La Mariposa
La promesa
Amor sincero
Batalla naval en 2D
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Batalla naval
Miniespías 4
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La cosa de otro mundo
La cosa del otro mundo
Miniespías 4
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Los Vengadores en 3D
La cosa de otro mundo
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Los Vengadores en 3D
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Los Vengadores
Los Vengadores
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Los Vengadores
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Los Vengadores
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Piratas, una loca aventura en 3D
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MALL DEL SUR
Solo por dinero (e)
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Cuando te encuentre (e)
Furia de titanes 2 en 3D
Venezzia (e)
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9 DE OCTUBRE
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Batalla naval en 2D
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Batalla naval
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De campeonato
Natures Garden
Kalina
Los compadritos
Noticiero Uno
Noticiero Uno
Divinas
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MWW
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Noticiero Uno
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ETV TELERAMA
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Ecuador agropecuario
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Himno Nacional
Caravana espiritual
Caravana deportes estelar
Doble impacto
Los reporteros
Centro naturista chino coreano
El especialista visita su hogar
Fuera de juego
Planeta Sport
Caravana deportes
Diálogo deportivo
Caravana deportes
Especiales Caravana
Planeta Sport
Fútbol internacional
Titulares
Los reporteros
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Doble impacto
Al final del túnel
Fuera de juego
Q’pasa
Caravana espiritual
Himno Nacional
Centro naturista chino coreano
Comando especial
12 años 17:10 19:30 22:10
Batalla naval en 2D
CANAL UNO
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20:20 22:00
Comando especial
Los Vengadores en 3D
Los Vengadores en 3D
Miniespías 4 en 3D
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12 años 14:50
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La dama de negro
16 años 16:50
Solo por dinero (e)
Batalla naval
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Comando especial
16 años (subtitulada) 13:20 15:10 15:35 17:25 20:05
21:55
Miniespías 4 en 3D
Miniespías 4
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Cuando te encuentre (e)
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La dama de negro
EL RECREO
16 años (subtitulada) 15:20 17:40 20:00 22:20
12 años (subtitulada) 14:00 16:30 19:00 21:30
CARAVANA TV
GAMATV
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Miniespías 4
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La dama de negro
12 años 21:40
Comando especial
16 años 13:20
Venezzia (e)
16 años (subtitulada) 15:50 22:00
Cuando te encuentre (e)
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Batalla naval
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Miniespías 4
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La cosa del otro mundo
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La cosa de otro mundo
Los Vengadores en 3D
12 años 14:20
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Los Vengadores en 3D
Los Vengadores
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Los Vengadores en 3D
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Los Vengadores
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Piratas, una loca aventura en 3D
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CITY MALL
Solo por dinero (e)
12 años (subtitulada) 17:40 20:00 22:10
Cuando te encuentre (e)
12 años 16:50 19:20 25:50
Ópera madame Butterfly en 3D (e)
12 años 21:00
Venezzia (e)
12 años 19:10 21:30
Batalla naval en 2D
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Batalla naval en 2D
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QUITO
16 años (subtitulada) 20:15 21:10 22:10 23:10
Los Vengadores en 3D
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Los Vengadores
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Pescador
12 años (subtitulada) 17:50 19:40
EL CONDADO
Reencarnación de los muertos (e)
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Cuando te encuentre (e)
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Batalla naval
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Miniespías 4 en 3D
SUPERCINES
SAN LUIS
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Venezzia (e)
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Miniespías 4
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La dama de negro
Cuando te encuentre (e)
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Comando especial
El paseo (e)
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Los Vengadores en 3D
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Batalla naval
Los Vengadores
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Miniespías 4
MILENIUM PLAZA
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La dama de negro
Reencarnación de los muertos (e)
12 años 14:10 20:50
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Batalla naval
La cosa del otro mundo
Solo por dinero (e)
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Miniespías 4
Comando especial
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Batalla naval
Los Vengadores en 3D
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La dama de negro
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Comando especial
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La cosa de otro mundo
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Los Vengadores en 3D
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Los Vengadores en 3D
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Miniespías 4
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CCI
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SUPERCINES - SAN MARINO
Miniespías 4 en 3D
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Comando especial
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La dama de negro
MALL DEL RÍO
Cuando te encuentre (e)
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London River (e)
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Batalla naval digital
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La cosa de otro mundo
Reencarnación de los muertos (e)
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Batalla naval
Comando especial
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Miniespías 4 en 3D
Miniespías 4 en 3D
Los Vengadores en 3D
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Los Vengadores en 3D
Los Vengadores en 3D
Miniespías 4
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Cultura
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
EL FESTIVAL CUBRIRÁ SEIS SEDES EN 11 DÍAS
EDOC 11 busca
nuevos locales
para el público
La antigua discoteca Factory, Multicines del
CCI y la Plaza La J acogerán funciones
especiales. Flacso y Mundo Juvenil se suman
INTERNET
22
"Cave of Forgotten Dreams" se verá en salas 3D de Supercines de Guayaquil.
Redacción Cultura
[email protected]
Este año el Festival Internacional de
Cine Documental EDOC (Encuentros del Otro Cine) no solo aumenta
su programación a 85 documentales,
de 20 países, sino que a las sedes ya
establecidas en Quito -el cine
Ochoymedio, Incine y sala Alfredo
Pareja de la CCE- se añaden Flacso
Cine (Edificio Biblioteca) y Mundo
Juvenil. La primera es una sala de
cine con tecnología de punta, inaugurada este año con un preestreno
del filme “Pescador”; y el segundo,
ya considerado sede del festival en
2010, sigue su proceso de transformación en un lugar central para la
realización de actividades conjuntas
-Corporación Cinememoria, organizadora de los EDOC, tiene sus oficinas en la fundación- en los campos
educativo y cultural.
Una de las principales atracciones
de la programación de la décimo
primera edición de los EDOC será el
filme en 3D “Cave of Forgotten
Dreams”, sobre las pinturas rupestres de la cueva de Chauvet-Pont-d’Arc (Francia), celebrada
obra de Werner Herzog. Se proyectará en Multicines del CCI -el 22
de mayo, a las 18:00 y a las 20:00-.
El filme, junto con “This is not a
film”, de Moitaba Mirtahmasb y del
realizador iraní Jafar Panahi, constituye la sección Presentaciones Especiales. Las sedes para ese apartado
las completan la Plaza La J y el
Centro Cultural de la Fundación
Abril 19, situado en los locales de la
antigua discoteca Factory.
Flacso Cine proyectará entre 2 y 3
funciones diarias hasta el 27 de
mayo, cuando concluirá el festival en
Quito, mientras que en Mundo Juvenil habrá 2 funciones diarias hasta
el 26 de mayo.
Una de las más destacadas en este
último espacio es “La casa del ritmo,
A film about Los Amigos Invisibles”,
coproducción ecuatoriano-estadounidense dirigida por el manabita
Javier Andrade, a las 19:00 de este
sábado. Se vende un pasaporte que
da acceso a todas las funciones del
EDOC 11 por $ 26.
Los horarios pueden revisarse en
2012.festivaledoc.org. La siguiente
ciudad en la que se verá el festival es
Guayaquil, de mayo 31 a junio 6.
Cultura
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
23
EL 25 DE JULIO, LA LLAMA OLÍMPICA PASARÁ JUSTO POR DELANTE DE ESTE GRAFITI
Obra de Banksy, ¿contra
el jubileo y los juegos?
El enigmático grafitero británico ha sorprendido con su última creación, al norte de
Londres, en la que parece arremeter contra el jubileo de diamantes de la reina Isabel II y las
Olimpiadas que se celebrarán pronto en la capital inglesa. Los críticos ya discuten la pintura
EFE
Agencia EFE y Redacción
[email protected]
El más reciente grafiti de Banksy,
pintado en la pared de un bazar,
representa a un niño de origen asiático, sin zapatos y con ropa desgastada, trabajando ante una máquina de coser en la confección de
una decena de banderas del Reino
Unido, que estos días decoran las
calles londinenses con motivo de los
sesenta años en el trono -jubileo de
diamantes- de Isabel II.
La pintura se interpretó ayer en
varios medios británicos como una
crítica al gasto que supondrán las
celebraciones de estos 60 años de
reinado, en contraste con las condiciones de vida que existen en países menos desarrollados.
Otros también han visto un ataque a Londres 2012, ya que recientemente se descubrió que los
uniformes de los atletas británicos y
voluntarios de los juegos estaban
siendo fabricados en condiciones de
explotación en talleres de Indonesia.
Como es habitual en las obras de
Banksy, los debates sobre su significado también se extendieron
ayer entre los curiosos que se acercaron a ver el grafiti, ya protegido
por un cristal y del que gran parte de
las banderas han sido retiradas.
Ryan, un joven que se acercó a ver
la obra al descubrir que estaba en la
esquina de su casa, celebró la aparición de una nueva obra de Banksy,
al que calificó como "uno de los
principales referentes del arte contemporáneo", pero no apreció en ella
ninguna relación con el jubileo.
"Si hubiera querido atacar a la
monarquía, habría sido mucho más
directo. Creo que se refiere a las
condiciones laborales que hay en los
países menos desarrollados para que
nosotros podamos consumir. Está en
la pared de un bazar, no es casualidad", opinó.
Ángela Arboleda retomará su
personaje La Dama de Urbina
Jado en el Centro Cultural Sarao
La narradora oral Ángela Arboleda ha
prometido que esta noche, a las
21:00, “después de muchos años
abriendo cabareces por Iberoamérica,
vuelve al puerto de Guayaquil la vieja
más dicharachera, la madrina, la
gerente propietaria del Cabaré La
Concha Dentada: La Dama de Urbina
Jado”. Retoma así el espectáculo
Cuentos del Cabaré “La concha
dentada” que ha sido presentado en
Manta y Ambato, además de en
festivales de oralidad de Buga,
Ríoacha, Bucaramanga, Medellín,
Matanzas, Ciudad de México,
Zacatecas, Alajuela, Barquisimeto y
Buenos aires.
Sus funciones en Elche, Albacete,
Valencia, Burgos y Barcelona en
España, recibieron excelentes críticas
de la prensa especializada. Mañana, a
la misma hora, habrá otra función. Las
entradas tienen un valor de $10 y 8.
Cuentario del crítico literario
y escritor Rafael Montalván
Barrera se revelará en Quito
A diferencia de lo que sucedió con la obra en Melbourne, el nuevo grafiti ya cuenta con un vidrio de protección.
En divergencia, otro transeúnte se
mostraba convencido de que la obra
está relacionada con la polémica sobre los Juegos Olímpicos y las condiciones de explotación en la factoría de Adidas donde se elaboran
los uniformes del equipo británico.
El misterio que envuelve la figura
de Banksy, así como el contundente
mensaje de sus grafitis, lo han convertido en un icono anticapitalista, a
pesar de que sus obras se encuentran en todas las tiendas de "souvenirs" de Londres.
Paralelamente en Melbourne,
Australia, una pieza de arte urbano
de Banksy, valorada en $ 50.000 fue
destruida por accidente durante
Banksy oculta su
identidad a la prensa.
Muchos periódicos
dicen que podría ser
Robert o Robin Banks
unas obras de reparación de un local,
informaron el miércoles medios locales. La obra, una plantilla de color
negro que muestra una rata haciendo paracaidismo, fue pintada por el
artista británico hace más de 15 años
en una pared del barrio de Prahran.
Los residentes del vecindario
mostraron su asombro al darse
cuenta de que el afamado grafiti
había sido arruinado por unos trabajadores de la construcción que
hicieron un agujero en la pared para
dar paso a unas tuberías sin percatarse de la obra de arte.
«Sin darse cuenta han destrozado
una parte de la historia de esta
ciudad», afirmó al canal ABC Tina
McKenzie, propietaria de un negocio
cercano. La pieza tenía un tamaño de
unos 20 por 20 cm. Los residentes
del barrio han instado al consejo
local a establecer un registro de arte
callejero para evitar destrozos.
“Ficcionario Anónimo”, del crítico
literario y escritor Rafael Montalván
Barrera, se dará a conocer en la
capital, hoy, a las 19:00, en Cafelibro
(Leonidas Plaza N 23-56, entre Wilson
y Veintimilla). Intervendrán Ernesto
Torres Terán y Abdón Ubidia
Un carácter híbrido se desprende
del cuentario por la cabida que da a
los subgéneros textuales que rasgan,
además, sus ejes temáticos: ciencia,
enciclopedismo, historia, fluir de la
conciencia, ensayo, publicidad. Consta
de 25 títulos que exponen varias
técnicas en su constitución estructural.
Su autor, Rafael Montalván Barrera
(Guayaquil, 1963), es historiador,
poeta, narrador, docente e
investigador, y también ha ejercido el
periodismo y la crítica literaria. El
psicólogo y escritor Manuel Capella
Palacio lo califica como libro raro. “La
mejor forma de leer estos cuentos es
imaginándose zootecnista, científico
naturalista o paciente del instituto de
Neurociencias”, recomienda.
EXTRACTOS
24
CITACIONES
REMATES
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
Gaceta
DIRECCIÓN: GUAYAQUIL: Av. 10 de Agosto 601 y Boyacá. Teléf.: (04) 232-8814
QUITO: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. Teléf.: (02)252-2331 • AGENCIA CLEMENTE PONCE: Clemente Ponce N14-13 y Hermanos Pazmiño.Teléf.: (02) 322-7153
HORARIO DE ATENCIÓN DE LUNES A VIERNES: 8:30 - 18:00
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA
SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL
CANTON SAMBORONDON Y REFORMA DEL ESTATUTO.
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA ASESORES
INTEGRADOS ASERINTEG S.A.
La compañía ASESORES INTEGRADOS ASERINTEG
S.A., se constituyó por escritura pública otorgada
ante el Notario Cuadragésimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 14/marzo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.002343 de
10/mayo/2012.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.600,00 Número de
Acciones 1.600 Valor US$ 1,00. Capital Autorizado US$ 3.200,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A)
PRESTACIÓN DE TODA CLASE DE SERVICIOS
EN LAS RAMAS DE AUDITORÍA, LEGALES,
TRIBUTARIOS.......
Quito, 10/mayo/2012
1.- ANTECEDENTES.- La compañía SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, se
constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Cuarto
del cantón Guayaquil, el 9 de mayo de 1989, aprobada mediante Resolución No.
89-2-1-1-04235 el 15 de junio de 1989, e inscrita en el Registro Mercantil del
cantón Guayaquil, el 23 de junio de 1989.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de
la compañía SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, de la ciudad de Guayaquil al
cantón Samborondón, y reforma del estatuto, otorgada el 12 de enero de 2012,
ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por
la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12
0002118 de 30 de abril 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Luis Burgos Valverde, en su calidad de Gerente, de estado civil casado,
ecuatoriano y domiciliado en esta ciudad de Guayaquil.
4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La
Superintendencia Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002118
de 30 de abril 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía SERVICIOS
GENERALES S.A. SEGESA, de la ciudad de Guayaquil, al cantón Samborondón, y
reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura
pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada
en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo
a su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de
domicilio de la compañía SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, de la ciudad
de Guayaquil al cantón Samborondón, a fin de que quienes se creyeren con
derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de
los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis
días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además,
pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El
Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de
Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito
de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o
de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la
referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás
requisitos legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente:
"CLAUSULA SEPTIMA: DOMICILIO.- La Sociedad tendrá su domicilio principal en
la ciudad de Samborondón y capacidad de establecer agencias o sucursales en
cualquier otro lugar de la República y aún en el extranjero".
Guayaquil, 30 de abril de 2012
Ab. Víctor Anchundia Places
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93337)
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA
COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI), DE LA CIUDAD DE
GUAYAQUIL A LA DE MILAGRO Y REFORMA DEL ESTATUTO.
1.- ANTECEDENTES.- La compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS
S.A. (COMOHI), se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el
Notario Séptimo del Cantón Guayaquil, el 27 de Septiembre de 2004, aprobada mediante Resolución No. 04-G-IJ-0005644 el 6 de Octubre de 2004,
e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 20 de Octubre de
2004.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI),
de la ciudad de Guayaquil a la de Milagro, y reforma del estatuto, otorgada el
2 de septiembre de 2011, ante el Notario Primero del cantón Milagro, ha sido
aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No.
SC-IJ-DJC-G-12 0000470 de 27 de enero del 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes
mencionada la señora Rosa Narcisa Gutiérrez Alvarado, en su calidad de Gerente General, de estado civil casada, ecuatoriana y domiciliada en la ciudad
de Milagro.
4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La
Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G12.0000470 de 27 enero del 2012, aprobó el cambio de domicilio de la
compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI), de la
ciudad de Guayaquil a la de Milagro, y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos,
para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de
Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio
de domicilio de la compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A.
(COMOHI), de la ciudad de Guayaquil a la de Milagro, a fin de que quienes se
creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía,
dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de
este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición
notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos
días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída
sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma
antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública en
la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente:
“ARTICULO CUARTO.- El domicilio principal de la compañía es la ciudad Milagro, cantón Milagro, Provincia del Guayas, y podrá establecer sucursales o
agencias, en cualquier lugar de la República o del exterior, conforme a la Ley”.
CTB/AMR
Coralia
Guayaquil, 27 de enero del 2012
Ab. Víctor Anchundia Places
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS
DE GUAYAQUIL
May. 17-18-19 (93265)
AVISO DE REQUERIMIENTO
A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA
INMOBILIARIA GINGIO S.A.
EN LIQUIDACIÓN
En atención a los que dispone el ART. 393 de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los acreedores de la Compañía
Inmobiliaria Gingio S. A., en liquidación, para que en el término
de veinte días contados a partir de la última publicación de este
aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho ante
el suscrito liquidador, en las calles Lizardo García 916 y Alcedo
de esta ciudad de Guayaquil. Transcurrido este término se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su
calidad y a todos los reconocidos en los libros de la Compañía.
EXTRACTO
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA CAMARONES ROLESA S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN SAMBORONDON Y REFORMA DEL
ESTATUTO.
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA DE LA
COMPAÑÍA DENOMINADA FLAXBY S. A.
1.- ANTECEDENTES.- La compañía CAMARONES ROLESA S.A., se constituyó mediante escritura
pública otorgada ante el Notario Tercero del cantón Guayaquil, el 9 de julio de 1980, aprobada
mediante Resolución No. 11.818 el 21 de julio de 1980, e inscrita en el Registro Mercantil del
cantón Guayaquil, el 22 de julio de 1980.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía
CAMARONES ROLESA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Samborondón, y reforma del
estatuto, otorgada el 6 de enero de 2012, ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJDJC-G-12-0002067, de 27 de Abril del 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor
Luis Burgos Valverde, en su calidad de Presidente, de estado civil casado, ecuatoriano y domiciliado en esta ciudad de Guayaquil.
4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia
de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12-0002067, de 27 de Abril del 2012,
aprobó el cambio de domicilio de la compañía CAMARONES ROLESA S.A., de la ciudad de
Guayaquil, al cantón Samborondón, y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto
de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros
señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a
su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la
compañía CAMARONES ROLESA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Samborondón, a
fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su
petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los
seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el
particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que
reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos
días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el
caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la
inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los
demás requisitos legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a los siguientes artículos: "ARTÍCULO PRIMERO: Con la denominación de Camarones Rolesa S.A., se constituye una compañía
anónima con domicilio en la ciudad de Samborondón Ecuador y con cincuenta años de duración, contados desde la fecha de inscripción del contrato constitutivo en el Registro Mercantil.
Podrá establecer sucursales y agencias dentro o fuera del territorio nacional, sujetándose a las
normas pertinentes...ARTÍCULO VIGESIMO: El Presidente será elegido cada cinco años por la
Junta General de Accionistas y podrá ser reelegido indefinidamente. Para hacerlo se requerirá
la calidad de accionista de la compañía.... ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- El Vicepresidente
será elegido cada cinco años por la Junta General de Accionistas y podrá ser reelegido indefinidamente. Deberá ser accionista de la compañía. Reemplazará al Presidente y al Gerente en
todo caso de falta o impedimento de éstos... ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: El Gerente será
nombrado cada cinco años por la Junta General de Accionistas y podrá ser reelegido indefinidamente, para ejercer la Gerencia no se requiere ser accionista de la compañía...".
Guayaquil, 27 de Abril del 2012
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA MATMOSA
S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN SAN CRISTOBAL, PROVINCIA DE
GALÁPAGOS Y REFORMA DEL ESTATUTO.
1.- ANTECEDENTES.- La compañía MATMOSA S.A., se constituyó mediante escritura
pública otorgada ante el Notario Décimo Sexto del cantón Guayaquil, el 17 de febrero
de 2011, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G.11.0002037 el 30 de marzo
de 2011, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 18 de abril de 2011.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la
compañía MATMOSA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón San Cristóbal, Provincia
de Galápagos y reforma del estatuto, otorgada el 9 de febrero de 2012, ante Notario
Público Interino Vigésimo Segundo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la
Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002110
de 30 abril de 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada
el señor Julio Patricio Zabala Aguilar, en su calidad de Gerente General, de estado civil
casado, ecuatoriano y domiciliado en la ciudad de San Cristóbal.
4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La
Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002110
de 30 de abril de 2012 aprobó el cambio de domicilio de la compañía MATMOSA S.A.,
de la ciudad de Guayaquil al cantón San Cristóbal, Provincia de Galápagos y reforma del
estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días
consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de
Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía MATMOSA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón San Cristóbal,
Provincia de Galápagos, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su
inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio
principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última
publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la
Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes,
juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de
no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la
inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento
de los demás requisitos legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente:
"ARTICULO PRIMERO: El nombre de la compañía es MATMOSA S.A., que es una
compañía anónima mercantil, regida por la Ley de Compañías y por el presente
estatuto, de nacionalidad ecuatoriana, el domicilio de la misma será en la ciudad de
Puerto Baquerizo Moreno, cantón San Cristóbal, Provincia de Galápagos, República del
Ecuador, con un plazo de cincuenta años.".
Guayaquil, 30 de abril de 2012
Ab. Natalia Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO PREVENTIVO
Y TRAMITES ESPECIALES
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA DE
LA COMPAÑÍA DENOMINADA TECNOTINTAS S. A. (TECNOTIN)
1. ANTECEDENTES.- La compañía denominada TECNOTINTAS S. A. (TECNOTIN), se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Séptimo del cantón Guayaquil, el 11 de octubre de 2006, inscrita en el Registro
Mercantil del cantón Guayaquil, el 19 de octubre de 2006.
2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada TECNOTINTAS S. A. (TECNOTIN), otorgada el 4 de enero del 2011, ante la Notaría Trigésima Octavo del
cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías,
mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.11.0006143, del 27 de Octubre del
2011.
3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes
mencionada la señora Ángela Marisela Morán Almeida, en su calidad de
Gerente General de la compañía, de estado civil casada, de nacionalidad
ecuatoriana y domiciliada en esta ciudad.
4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de
Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.11.0006143, del 27 de
Octubre del 2011, aprobó la disolución voluntaria anticipada y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de
Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada TECNOTINTAS S.
A. (TECNOTIN), a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse
a su inscripción, puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo
Civil del domicilio principal de la compañía dentro de los seis días contados
desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan
el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El juez
y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia,
dentro del término de los dos siguientes días, adjuntando el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. De no existir oposición o de no ser
notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la escritura pública de Disolución de la indicada compañía y al cumplimiento de
los demás requisitos legales.
Guayaquil, 27 de Octubre del 2011
AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
DE LA INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL
May. 17-18-19 (93248)
3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública de Disolución
Anticipada antes mencionado el señor LEOPOLDO RAYMUNDO MUÑOZ CARBO,
en su calidad de Gerente General de la compañía, de estado civil casado, de nacionalidad Ecuatoriana y domiciliado en la ciudad de Guayaquil.
4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de
Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12. 0002338 el 11 de mayo
de 2012, aprobó la disolución voluntaria anticipada y ordenó la publicación del
extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de
oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento
de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Sé pone en conocimiento del público la disolución
voluntaria anticipada de la compañía denominada FLAXBY S. A., a fin de que
quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción, puedan presentar su
petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía
dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este
extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia
de Compañías. El juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta
Superintendencia, dentro del término de los dos siguientes días, adjuntando el
escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. De no existir oposición o de no
ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la escritura
pública de Disolución de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás
requisitos legales.
Guayaquil, 11 de mayo de 2012
May. 16-17-18 (93212)
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA OFTALMEDICAL S.A.
La compañía OFTALMEDICAL S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del
cantón GUAYAQUIL, el 08/febrero/2012, fue aprobada
por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12.0002203 el 4 de mayo de 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado:
US$1.600,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE SALUD, CON ESTANCIA AMBULATORIA, PROLONGADA Y PERMANENTE,...
Guayaquil, 4 de mayo de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico
de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93311)
May. 16-17-18 (93220)
May. 16-17-18 (93214)
EXTRACTO
EXTRACTO
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA DE
LA COMPAÑÍA DENOMINADA CAMARONES LAROCAN S.A.
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA SALCEDO & ASOCIADOS CIA. LTDA. AUDITORES Y CONSULTORES
(CONSALCEDO).
1. ANTECEDENTES.- La compañía denominada CAMARONES LAROCAN
S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, el 13 de julio de 1983, inscrita en el Registro
Mercantil del cantón Guayaquil el 30 de septiembre de 1983.
2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada CAMARONES LAROCAN S.A.,
otorgada el 11 de abril del 2012, ante la Notaria Trigésima Quinta del cantón
Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0002417, del 15 de Mayo del 2012.
3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes
mencionada el señor Leopoldo Raymundo Muñoz Carbo en su calidad de
Gerente General de la compañía de estado civil soltero, de nacionalidad
ecuatoriana y domiciliado en el cantón Guayaquil.
4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de
Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0002417, del 15
de Mayo del 2012, aprobó la disolución voluntaria anticipada y ordenó la
publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de
la Ley de Compañías y Reglamentos de Oposición, como acto previo a su
inscripción.
5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada CAMARONES
LAROCAN S.A., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse
a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo
Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados
desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan
el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El juez
y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia,
dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de
no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de
la referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los
demás requisitos legales.
La compañía SALCEDO & ASOCIADOS CIA. LTDA. AUDITORES Y CONSULTORES (CONSALCEDO) se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno Suplente del Cantón GUAYAQUIL, el 19/
Abril/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12.0002404, el
15 de Mayo del 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PRESTACIÓN DE
SERVICIOS DE AUDITORIA EXTERNA DE TIPO CONTABLE, LEGAL, TRIBUTARIA Y FINANCIERA.
Guayaquil, 15 de Mayo del 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
Guayaquil, 15 de Mayo del 2012
JUAN X. SANTOS ICAZA
LIQUIDADOR
2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria
anticipada de la compañía denominada FLAXBY S. A., otorgada el 30 de marzo
del 2012, ante el Notario Treinta y Cinco del cantón Guayaquil, ha sido aprobada
por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.
0002338 del 11 de mayo de 2012.
AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA
INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL
Ab. Víctor Anchundia Places
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL
May. 16-17-18 (93180)
May. 16-17-18 (93179)
1. ANTECEDENTES.- La compañía FLAXBY S. A. Se constituyó, mediante escritura
pública otorgada ante el Notario Vigésimo Quinto del cantón Guayaquil, el 16 de
octubre del 2006 inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil el 31 de
octubre de 2006.
AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE GUAYAQUIL
May. 17-18-19 (93277)
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de
mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93347)
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COMPAÑÍA
TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA, POR LA DE CONSTRUCTORA
INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., Y REFORMA DEL ESTATUTO.
1.- ANTECEDENTES.- La compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA,
se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Octavo
del cantón Guayaquil, el 11 de mayo de 2009, aprobada mediante Resolución No.
09.G.IJ.0002931 el 25 de mayo de 2009, e inscrita en el Registro Mercantil del
cantón Guayaquil el 4 de junio de 2009.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de denominación
social de la compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA por la de
CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., y reforma del estatuto, otorgada el 13 de abril de 2012, ante el Notario Trigésimo Octavo del cantón
Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante
Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002341 de 11 de mayo de 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada
el señor Guillermo Orlando Delgado Rivera, en su calidad de Gerente General, de
estado civil divorciado, ecuatoriano y domiciliado en la ciudad de Guayaquil.
4.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y
PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañía mediante Resolución No. SC-IJDJC-G-12 0002341 de 11 de mayo de 2012, aprobó el cambio de denominación
social de la compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA por la de
CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., y la reforma del
estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres
días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de
la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de
denominación social de la compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA
por la de CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., a fin de que
quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su
petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y,
además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías.
El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de
Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de
oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no
ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la Inscripción de la referida
escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos
legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente:
"ARTICULO PRIMERO: DENOMINACIÓN Y DURACIÓN.- La compañía se denomina
CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., tiene plazo de duración
de cincuenta años."
Guayaquil, 11 de mayo de 2012
Ab. Natalia Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
May. 18-19-20 (93365)
Gaceta varios
25
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA PROMOFISH S.A.
La compañía PROMOFISH S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 02/abril/2012, fue aprobada por la
Superintendencia de Compañías, mediante Resolución
SC.IJ.DJC.G.12. 0002325 el 11 de mayo de 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$
1.600,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: VENTA AL POR
MAYOR Y MENOR, EXPORTACIÓN, IMPORTACIÓN,
COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PESCADOS, CONSERVAS DE ATUN, SARDINAS Y TODA
CLASE MARISCOS...
Guayaquil, 11 de mayo de 2012
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA PROAVSA, ESTUDIO
INMOBILIARIO CIA. LTDA.
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA WOODYCOM
CIA. LTDA.
La compañía PROAVSA, ESTUDIO INMOBILIARIO CIA.
LTDA., se constituyó por escritura pública otorgada ante
el Notario Quinto del cantón GUAYAQUIL, el 21/marzo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002265
el 9 de mayo de 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.600,00 Número de Participaciones 16 Valor US$ 100,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PROMOVER
Y PROMOCIONAR LA COMPRA, VENTA DE INMUEBLES, URBANIZACIONES, LOTIZACIONES Y CENTROS COMERCIALES, ASÍ COMO CONTRATAR Y
EJECUTAR OBRAS DE INGENIERÍA...
Guayaquil, 9 de mayo de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico
de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de
mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93323)
(93321)
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE AUMENTO DEL CAPITAL Y REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑIA
DENNEL S.A.
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA O ANTICIPADA, LIQUIDACIÓN, CANCELACIÓN Y AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA DENOMINADA WILLYPACAR S.A.
Guayaquil, 17 de abril del 2012
1. Se pone en conocimiento del público que, la Superintendencia de
Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0002441,
del 15 de Mayo del 2012, aprobó la escritura pública de disolución
voluntaria, liquidación y cancelación de la compañía WILLYPACAR S.A., a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho
de oposición previsto en el artículo 33 de la Ley de Compañías,
como acto previo a su inscripción, puedan presentar una petición
ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última
publicación de este extracto y, además, pongan el particular en
conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que
reciba la oposición notificará a ésta Superintendencia, dentro del
término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá
a la inscripción de la referida escritura pública y al cumplimiento de
los demás requisitos legales.
2. Al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada comparece el señor Edgar Aníbal Páez Carvajal, en su calidad de Gerente General, el compareciente es de nacionalidad ecuatoriana,
de estado civil casado y domiciliado en esta ciudad, quien notifica
a los acreedores para que en el término de veinte días contados
a partir de la última publicación de este extracto, presenten los
documentos que acrediten su derecho en la dirección domiciliaria
de la compañía.
Guayaquil, 15 de Mayo del 2012
Ab. Víctor Anchundia Places
INTENDENTE DE COMPAÑIAS
DE GUAYAQUIL
(93331)
AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN
Y LIQUIDACIÓN DE GUAYAQUIL
May. 18-19-20 (93339)
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA ARBOLES ECUATORIANOS S.A. ARBOLECUA
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA SERVICIOS NORMATIVOS DEL ECUADOR S.A. (SN)
La compañía ARBOLES ECUATORIANOS S.A. ARBOLECUA
se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Segundo del cantón GUAYAQUIL, el 04/
mayo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002359 el
14 de mayo de 2012.
La compañía SERVICIOS NORMATIVOS DEL ECUADOR S.A.
(SN) se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Segundo del cantón GUAYAQUIL, el 18/
abril/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002376 el
14 de mayo de 2012.
1.-
DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones
800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$
1.600,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PROMOVER,
ORGANIZAR, EJECUTAR Y ASESORAR PLANES DE
FORESTACIÓN O REFORESTACIÓN EN TERRENOS
PROPIOS O DE TERCEROS FISCALES, INSTALAR O
EXPLOTAR VIVEROS FORESTALES, EFECTUAR TRABAJOS DE CONSERVACIÓN FORESTAL...
Guayaquil, 14 de mayo de 2012
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: CONSULTORÍA
EN MATERIA DE NORMATIVA Y ESTANDARIZACIÓN
NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA CALIDAD, EL
MEDIO AMBIENTE Y LA PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES Y SALUD LABORAL...
Guayaquil, 14 de mayo de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de
mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de
mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93393-1)
(93393-2)
PROCESADORA SANTA CATALINA
PROSACA C.A.
COOPERATIVA DE VIVIENDA
"ARMADA NACIONAL"
Comunica a las personas que trabajaron para la empresa
durante el año 2011 y que aún no se han acercado a cobrar
sus utilidades anuales, que deben dirigirse a cobrar las mismas en las oficinas ubicadas en la Urbanización La Puntilla,
Avda. Primera #108 y Primera Oeste,
Comunica que se va a proceder al Pago del Seguro de Vida del
fallecido SEÑOR DIEGO ANTONIO CARRILLO JIMENEZ. Las personas que se crean con derecho a éste Beneficio deberán probarlo
presentando la documentación legal en nuestras oficinas ubicadas en las calles Av. José Vicente Trujillo #101 y Calle "F". Teléf.:
2444872 / 444773, en un plazo de hasta 20 días a partir de la
última publicación.
La Gerencia
LA GERENCIA
May. 16-17-18 (93165)
2. CAPITAL: Suscrito US$ 1.600,00 Número de
Participaciones 1.600 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) PRODUCCIÓN, FABRICACIÓN, COMPRA, VENTA
AL POR MAYOR Y MENOR, IMPORTACIÓN,
EXPORTACIÓN,COMERCIALIZACIÓN, REPRESENTACIÓN, SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN
DE TODO TIPO DE: PINTURAS, MATERIALES
Y ACABADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN.....
May. 11-18-25 (92954)
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA INDOMIA
FORMACIÓN Y CONSULTORÍA S.A.
La compañía INDOMIA FORMACIÓN Y CONSULTORÍA S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 02/
mayo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.
DJC.Q.12.002424 de 15/mayo/2012.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de
Acciones 800 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA Y ASESORAMIENTO
EMPRESARIAL EN EL CAMPO ADMINISTRATIVO...
Quito, 15/mayo/2012
Quito, 07 de Mayo de 2012
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
EXTRACTO
El capital suscrito actual es CINCO MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, está dividido en
CINCO MIL acciones de UN DÓLAR cada una de ellas y
el capital autorizado es de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Además se reforma
el artículo relacionado con las acciones: "ARTICULO
SEXTO.- Las acciones estarán numeradas desde la cero
cero cero uno a la cinco mil y serán firmadas por el Gerente General y Presidente de la compañía".
1.- DOMICILIO: Cantón ORELLANA, provincia de
ORELLANA.
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO
Se comunica al público que la compañía DENNEL S.A.,
aumentó su capital suscrito por CUATRO MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, y reformó su estatuto por escritura pública
otorgada ante el Notario Cuarto del cantón Guayaquil,
el 19 de diciembre de 2011. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No.
SC-IJ-DJC-G-12 0001816, el 17 de abril de 2012.
La compañía WOODYCOM CIA. LTDA., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano
de Quito, el 30 de Abril de 2012, fue aprobada
por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.002246 de 07 de
Mayo de 2012.
EXTRACTO
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93387)
(93325)
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REFORMA DE
ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA CONSTRUPLANET CIA. LTDA.
Se comunica al público que la compañía CONSTRUPLANET CIA. LTDA., reformó sus estatutos
por escritura pública otorgada ante el Notario
Primero del cantón Lago Agrio el 30 de Marzo
de 2012. Acto societario aprobado por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q. 12.002410 de 15 de
mayo de 2012.
En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo Vigésimo Quinto del Estatuto Social, referente a las atribuciones y deberes del Gerente General, que en adelante dirán:
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTES QUINCHIYACU S.A.
La compañía TRANSPORTES QUINCHIYACU
S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Público del Cantón LA
JOYA DE LOS SACHAS, el 26 de Abril de
2012, fue aprobada por la Superintendencia
de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.
DJC.Q.12.002319 de 10 de Mayo de 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón LA JOYA DE LOS SACHAS, provincia de ORELLANA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 3.000,00 Número
de Acciones 300 Valor US$ 10,00.
“ARTICULO VIGÉSIMO QUINTO: ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL GERENTE GENERAL: j)
El Gerente General está autorizado para firmar
cualquier contrato con cualquier institución pública o privada”.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: SE
DEDICARÁ EXCLUSIVAMENTE AL TRANSPORTE PÚBLICO INTRAPROVINCIAL A NIVEL LOCAL.
Quito, 15 de mayo de 2012
Quito, 10 de Mayo de 2012
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
NOTA: Este extracto debe publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un
periódico de mayor circulación en el domicilio
principal de la compañía.
(93349)
(93382)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LOS RÍOS
EXTRACTO DE PUBLICACIÓN
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 10722012, seguido por el señor MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ en contra de EDITA HEREDITA
MONTALVAN LOOR:
ACTOR: MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ.
DEMANDADO: EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une al señor MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ con la señora EDITA HEREDITA
MONTALVAN LOOR de conformidad a lo establecido en el articulo 110 Numeral 11 inciso primero
del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: VISTOS: Por el estado de la causa y en virtud de que, del contenido del decreto anterior
se desprenden que existe un error al indicar que se nombre curador Ad-litem, para que represente a los
hijos menores de edad que existiere dentro del matrimonio, cuando en realidad los hijos habidos dentro
del matrimonio, son mayores de edad; y en razón de que se debe hacer la citación por medio de la prensa, se corrige el decreto anterior, en estricto cumplimiento de lo que señala el Art. 290 en concordancia
con el Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil, de oficio revoco el decreto anterior disponiendo que
el extracto a publicar debe estar en los siguientes términos: "En lo principal, la demanda de divorcio que
propone el señor MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ en contra de su cónyuge, la señora EDITA
HEREDITA MONTALVAN LOOR, es clara y reúne los demás requisitos legales, por lo que se la acepta al
trámite en la vía verbal sumaria.- En consecuencia, se dispone citar a la demandada EDITA HEREDITA
MONTALVAN LOOR, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante, bajo declaración juramentada realizada ante la suscrita jueza, declara que le ha sido imposible
determinar la individualidad o residencia de la demandada; dispongo que la citación a éste, se haga
por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, cada una de ellas en
fecha distinta, mediando ocho días entre una publicación y otra, en uno de los siguientes diarios: "El
Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación
en la provincia del Guayas.- La Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada
publicación de citación, la demandada en el extracto de citación será advertida de la obligación que
tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para
sus notificaciones, en caso de no comparecieren veinte días después de la última publicación, podrá
ser considerada o declarada rebelde.- Téngase en consideración que el accionante declara no haber
adquirido con su cónyuge demandada, bienes de ninguna naturaleza y que los hijos habidos dentro
del matrimonio son todos mayores de edad.- Agréguense a los autos, los documentos que anexa el
accionante a la demanda.- Notifíquese como lo solicita y téngase en cuenta la designación de Abogado
que formula el demandante y el casillero señalado.- Que la señorita actuaria de la Unidad tome nota
en los libros respectivos.- Intervenga la actuaria de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer,
Niñez y Adolescencia, la Ab. Natasha Blusztein Figueroa.- Hágase saber.-" Cúmplase y Notifíquese.- Lo
que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a
juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para
futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Abg. MARIANELA LEIDE PINARGOTE VALENCIA JUEZ TERCERO DE LA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL
DEL GUAYAS.
Guayaquil, 12 de abril del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1
CANTÓN GUAYAQUIL
Ab. 23; May. 7-18 (91856)
AL PÚBLICO SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor Hernán Francisco Lalangui Sarango deduciendo demanda de
Concurso de Acreedores No. 80-2012, en contra de Indira Esmeralda Bravo
Solórzano. cuyo extracto es como sigue:ACTOR: Hernán Francisco Lalangui Sarango.
DEMANDADO: Indira Esmeralda Bravo Solórzano.OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante manifiesta que de las veintisiete
fojas útiles que adjunta demuestro que existe la presunción de insolvencia
de INDIRA ESMERALDA BRAVO SOLÓRZANO, quien a pesar del requerimiento legal efectuado por el señor Juez Tercero de lo Civil de Los Ríos en
Quevedo, dentro del Juicio Ejecutivo No. 687-2010, no canceló la cantidad
de $ 6.371,41 dólares Americanos, no dimitió bienes conforme consta de la
razón sentada por el secretario de dicha judicatura, adecuando su conducta
a lo preceptuado en el numeral 1 del Art. 519 del Código de Procedimiento
Civil, por lo que demando el concurso de acreedores a la señora INDIRA ESMERALDA BRAVO SOLÓRZANO.Como fundamentos de derecho se ampara en lo dispuesto en el Art. 519 del
Código de Procedimiento Civil numeral 1.
CUANTIA: $ 6.371,41 Seis mil Trescientos Setenta y mil Dólares Norteamericanos con cuarenta y un centavos de dólar.
TRAMITE: Especial.
JUEZ DE LA CAUSA: Abogado Enrique Briones Sotomayor, Juez Tercero
de lo Civil de Los Ríos, quien mediante providencia de fecha Marzo 05 del
2012, las 15h44, admite la demanda a trámite especial y declara con lugar
la formación de concurso de acreedores o quiebra, ordenando la ocupación
y depósitos de sus bienes, libros, correspondencia y documentos, así mismo
manda que se haga público por uno de los periódicos de la localidad.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para
que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los
veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario
podrá ser declarada rebelde. Certifico.
Quevedo, abril 03 del 2012
Ab. Washington Carmigniani Cabrera
SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
Quevedo - Los Ríos
Abr. 23, May. 7-18 (91883)
26
Gaceta varios
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA MULTIHONOR S.A.
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ROPLEISPER S.A.
La compañía MULTIHONOR S.A., se constituyó por escritura pública
otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 27/marzo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante
Resolución SC.IJ.DJC.G.12.0002129, 2 de mayo de 2012.
1.-
DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.-
CAPITAL: Suscrito US$ 1.000,00 Número de Acciones 1.000 Valor
US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 2.000,00.
3.-
OBJETO: El objeto de la compañía es: A) PRODUCTOS PLÁSTICOS
PARA USO DOMÉSTICOS, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, IMPORTAR,
EXPORTAR, COMPRAR, VENDER AL POR MAYOR Y MENOR, DISTRIBUIR,... MAQUINAS Y MAQUINARIAS PARA LA INDUSTRIA,...
La compañía ROPLEISPER S.A., se constituyó por escritura pública
otorgada ante el Notario Trigésimo Octavo del cantón GUAYAQUIL,
el 02/septiembre/2010, fue aprobada por la Superintendencia de
Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.10. 0007072 el 14
de octubre de 2010.
1.-
DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.-
CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.
3.-
OBJETO: El objeto de la compañía es: A) A LA ACTIVIDAD DE
RECICLAJE DE MATERIALES,...
Guayaquil, 14 de octubre de 2010
Guayaquil, 2 de mayo de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO
Y TRAMITES ESPECIALES
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación
en el domicilio principal de la compañía.
Ab. Juan Brando Alvarez
Subdirector Jurídico de Compañías
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93373)
(93372)
LLAMADO A ACREEDORES
La compañía GEMSY DEL ECUADOR S.A.,
EN LIQUIDACIÓN, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 393 de la Ley de Compañías
codificada, notifica a los acreedores de la compañía, para que en el término de veinte días
contados desde la última publicación de este
aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho, en las oficinas de GEMSY DEL
ECUADOR S.A., EN LIQUIDACIÓN, ubicadas
en la Panamericana Norte Km 6 ½, Edificio
Parkenor, oficina 72-73, de esta ciudad de
Quito DM.- Atención señor Yunlai Guan Ruan.
Sr. Yunlai Guan Ruan
Liquidador
May. 17-18-19 (93255)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SEÑORA MARIA LUISA GARCIA
ARROYO.
ACTOR: VICENTE ROBLEDO GUERRA MENDOZA Y CARDINA GRACIELA ZAMBRANO
JIMENEZ. Que mediante sorteo ha tocado a esta Judicatura, el Juicio Ordinario de prescripción Adquisitiva de Dominio No. 568-A-2.004, seguido por Vicente Robledo Guerra.
Mendoza y Cardina Graciela Zambrano Jiménez contra HEREDEROS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SEÑORA MARIA LUISA GARCIA ARROYO, cuyo extracto es del tenor
siguiente:
DEMANDADOS: HEREDEROS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SEÑORA MARIA LUISA GARCIA ARROYO.
CUANTÍA: ES INDETERMINADA.
JUEZ AB. EDUARDO SEMINARIO VINUEZA, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO QUINTO
DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.
AUTO INICIAL.- Guayaquil, 15 de octubre del 2004, A las 09:57:50.
VISTOS: Se admite la demanda al trámite de juicio ordinario, de Prescripción Adquisitiva
de Dominio, la demanda propuesta por los actores VICENTE ROBLEDO GUERRA MENDOZA Y CARDINA GRACIELA ZAMBRANO JIMENEZ, por reunir los requisitos determinados
en los artículos 71 y 106 del Código de Procedimiento Civil, se ordena citar a los herederos
de la señora María Luisa García Arroyo, a fin de que quince días proponga las excepciones
dilatorias y perentorias permitidos por la ley, en mérito a la afirmación que bajo juramento
hace la actora desconocer el domicilio de Herederos y presuntos Herederos de María Luisa García Arroyo, se dispone citarlo por la prensa, en el Diario El Telégrafo de esta ciudad
de Guayaquil, conforme lo dispone el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil lo
que comunico a usted para los fines de ley consiguientes advirtiéndole la obligación que
tienen de señalar casilla judicial para las notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso caso contrario se lo considera rebelde.
Guayaquil, 03 de mayo del 2012
Ab. Gonzalo Córdova Alvarado
Secretario Juzgado Quinto Civil de Guayaquil
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO OCTAVO CIVIL DE YAGUACHI
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
Ab. Víctor Anchundia Places
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL
May. 17-18-19 (93293)
EXTRACTO:- Mediante providencia de abril 12 de 2012; las 10h10.- La
señora Jueza encargada ha aceptado al trámite la presente demanda
en la vía verbal sumario.- Con la demanda y este auto de calificación se
ordena citar a la demandada Bélgica del Rocío Sánchez Aguirre a fin
de que de creerlo necesario comparezca a juicio a hacer valer sus derechos si los tuviere.- Por afirmar bajo juramento la actor que le ha sido
imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada
Bélgica del Rocío Sánchez Aguirre se dispone que se lo cite de acuerdo
al Art. 82 del C. P. C. y Art. 119 del Código Civil, en uno de los diarios
amplia circulación de Ia Ciudad de Guayaquil (Universo, El Telégrafo,
Expreso), mediando por lo menos ocho días entre una publicación y la
otra.- Lo que comunico a Ud., a fin de que comparezca a juicio hasta
dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación
so pena de ser tenida como rebelde. Yaguachi, abril 20 de 2012.- f)
Abg. Elis Arauio, Secretaría.-
Ab. 23; May. 7-18 (91941)
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ANTONIO JAVIER JIMENEZ GALLEGOS.
SE LE HACE SABER: Que por sorteo le ha tocado conocer a esta
Judicatura el juicio de Divorcio # 55-2012-D, cuyo extracto es el
siguiente:
ACTORA: ELIZEN AZUCENA BALDA DE LA CRUZ.
DEMANDADO: ANTONIO JAVIER JIMENEZ GALLEGOS.
OBJETO DE LA DEMANDA: La disolución del vinculo matrimonial.
AUTO INICIAL: El 27 de FEBRERO del 2012; a las 10h06.- VISTOS:
Se aceptó la demanda al trámite en virtud de reunir los requisitos
legales y se ordenó citar a la demandada de conformidad con el
Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: DR. JUAN JIMENEZ G., JUEZ TEMPORAL
DEL JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.
Lo que comunico a Ud. Para los fines legales, previniéndole de la
obligación que tiene de señalar casillero judicial y la de comparecer
a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última
publicación de este aviso, caso contrario será considerado en rebeldía.
GUAYAQUIL, ABRIL 30 DEL 2012
AB. FRANCISCO ORRALA ORRALA
SECRETARIO DEL JUZGADO DUODÉCIMO
DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
May. 7-18 (92601)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE DAULE
EXTRACTO DE CITACIÓN
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: YOLANDA MERCEDES HAZ UNDA
LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta, judicatura el proceso de Divorcio 0733-2011-R, seguida por VICTOR HUGO GONZALEZ MITE, contra
YOLANDA MERCEDES HAZ UNDA cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: VICTOR HUGO GONZALEZ MITE.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que por sentencia se declare la disolución del matrimonio.AUTO INICIAL:
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, lunes 5 de diciembre del
2011, las 10h30. VISTOS: Agréguese a los autos los escritos presentados por el actor;
proveyendo los mismos y por cumplido lo ordenado en providencia anterior, se califica la demanda en los siguientes términos: la demanda que antecede presentada por
VICTOR HUGO GONZALEZ MITE, en contra de la señora YOLANDA MERCEDES HAZ
UNDA, por reunir los requisitos de legales previstos en los Arts. 67 y 68 del Código
de Procedimiento Civil y 110 numeral 11 del Código Civil, se la admite a trámite en
juicio verbal sumario.- En mérito del juramento rendido por el actor, de desconocer el
domicilio y residencia de la demanda, cítesela a YOLANDA MERCEDES HAZ UNDA por
la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese
la partida de matrimonio y cuatro partidas de nacimiento que en copias certificadas,
acompaña a su demanda.- Notifíquese.- AB. CARLOS SAMUEL ALVARADO CHAVEZ
JUEZ TEMPORAL NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para
los fines de ley, previéndole de la obligación que tiene de comparecer a Juicio y señalar
casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se tramitará el juicio en rebeldía.
Guayaquil, de abril de 2012
A: MARGARITA GUILLERMINA CARPIO NIOLA.
LE HAGO SABER: Que en este juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Daule, ha
correspondido conocer el juicio de divorcio No. 221-2012, seguido en su contra
por Miguel Antonio Briones Briones, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: MIGUEL ANTONIO BRIONES BRIONES.
DEMANDADA: MARGARITA GUILLERMINA CARPIO NIOLA.
DEMANDA: Que mediante sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial
que une al actor con la demandada, de conformidad con lo establecido en el
Art. 110, causal 11 del Código Civil.
AUTO RECAÍDO: Daule, 3 de mayo del 2.012; las 11h05.- Vistos.- La demanda
presentada por Miguel Antonio Briones Briones, por reunir los requisitos de ley,
se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite de juicio verbal sumario
y por cuanto el compareciente declaro bajo juramento que le era imposible determinar la residencia de la demandada Margarita Guillermina Carpio Niola, se
ordena citarla por la prensa en la forma establecida en el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil en concordancia con el Art. 119 del Código Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. ANDRÉS GHERARDI AGUIÑO.TRAMITE: Verbal sumario,CUANTÍA: Indeterminada.Lo que cito a usted para los fines de Ley y le prevengo obligación de señalar domicilio y comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerada o tenida rebelde.-
Ab. Martha Elizalde Cueva
Secretaria Juzgado Noveno de lo Civil y Mercantil de Guayaquil
May. 7-18; Jun. 1 (92646)
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO ADJUNTO DE LA NIÑEZ
Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO
CITACIÓN JUDICIAL
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: ORTEGA BONILLA ZASKYA DEL ROSARIO
DEMANDADO: MARTINEZ VILLACRES DAVID ALBERTO
TRÁMITE: TENENCIA.
CUANTÍA: INDETERMINADA
PROVIDENCIA:
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA.- Quito miércoles 14 de marzo del 2012, las 11h39. VISTOS: Agréguese al
proceso el Acta de desconocimiento de domicilio que antecede. Por cumplidos
los requisitos establecidos en el Art. 67 del Código Adjetivo Civil, la demanda
que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos exigidos por la Ley; en consecuencia, se admite al trámite previsto en el Art. 271 del Código de la Niñez
y Adolescencia.- Cítese al demandado MARTINEZ VILLACRES DAVID ALBERTO,
por la prensa, conforme lo prevé el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, inciso primero; entréguese extracto para las correspondientes publicaciones. Se le
advierte al demandado de su obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones
de continuar la causa en rebeldía.- En la presente causa intervenga el Departamento Técnico, quien realizará la investigación pertinente.- Agréguese al proceso
la documentación presentada por el accionante.- Téngase en cuenta el casillero
judicial señalado y la facultad conferida a su Abogado defensor.- NOTIFÍQUESE.
FIRMADO DR. ROBERTO OTAVALO CASTRO.- JUEZ ADJUNTO.
LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO, PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.
ALEXANDRA ESPINOSA S.
SECRETARIA ADJUNTA (E)
May. 16-17-18 (93150)
1.- ANTECEDENTES.- La compañía TREVIS S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Séptimo del cantón Guayaquil, el 5 de julio de 1993,
aprobada mediante Resolución No. 93-2-1-1-0002000 el 6 de agosto de 1993, e
inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 11 de agosto de 1993.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la
compañía TREVIS S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Milagro, y reforma del
estatuto, otorgada el 29 de febrero de 2012, ante el Notario Suplente Décimo Sexto
del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías,
mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12-0001752, de 13 Abril del 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora doctora Francesca Foghini Fiumi, en su calidad de Presidenta Encargada, de estado civil casada, italiana y domiciliada en esta ciudad de Guayaquil.
4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12-0001752, de
13 Abril del 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía TREVIS S.A., de
la ciudad de Guayaquil, al cantón Milagro, y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para
efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y
Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía TREVIS S. A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Milagro,
a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan
presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la
compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación
de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a
esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes,
juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso
de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al
cumplimiento de los demás requisitos legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: “ARTICULO CUARTO: El domicilio principal de la compañía es la ciudad de Milagro y
podrá establecerse sucursales o agencias en cualquier lugar de la República o del
exterior.”
Guayaquil, 13 de Abril del 2012
A.- BÉLGICA DEL ROCIO SÁNCHEZ AGUIRRE
JUICIO.- No. 267-12 Divorcio (V. S.)
Actor: - MARCO ALFREDO VERA PLUAS
Demandada:- BELGICA DEL ROCIO SÁNCHEZ AGUIRRE
Jueza de la Causa: Abg. GINA SALAZAR
May. 7-18, Jun. 1 (92589)
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑIA TREVIS S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN MILAGRO Y REFORMA DEL
ESTATUTO.
Daule, 4 de mayo del 2.012
JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: PRESUNTOS HEREDEROS UNIVERSALES DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ ROSARIO IGNACIA MUÑOZ PARRALES.LE HAGO SABER: Que s esta judicatura el juicio amparo posesorio No. 5132011 que sigue ARCECIO VARELA JIMENEZ, contra presuntos herederos
universales de quien en vida se llamó ROSARIO IGNACIA MUÑOZ PARRALES, cuyo extracto de demanda y auto en ella recaído es del tenor siguiente.
DEMANDANTE: ARCECIO VARELA JIMENEZ.
DEMANDADA: PRESUNTOS HEREDEROS UNIVERSALES DE QUIEN EN
VIDA SE LLAMÓ ROSARIO IGNACIA MUÑOZ PARRALES.OBJETO DE LA DEMANDA: AMPARO POSESORIO.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
Guayaquil, miércoles 14 de septiembre del 2011, las 08h48. VISTOS:- La
demanda de amparo posesorio que propone ARCECIO VARELA JIMENEZ,
es clara y reúne los demás requisitos legales, por lo que se la acepta al
trámite en la vía verbal sumaria.- En consecuencia, dispónese citar a los presuntos herederos universales de quien en vida se llamó ROSARIO IGNACIA
MUÑOZ PARRALES por la prensa, de conformidad con lo previsto en el Art.
82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad
de Guayaquil.- Cítese y notifíquese, y téngase en cuenta la designación de
Abogado que formula la demandante.- Hágase saber. f. Luis Carrillo Castro
Juez Provisional del Juzgado Séptimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil.
Advirtiéndole que tiene que señalar casillero judicial para sus notificaciones
dentro de vente días hábiles posteriores a la tercera y última publicación de
este aviso, caso contrario será considerado rebelde. Actué el abogado Francisco Aguilera Barrientos secretario encargado.- Guayaquil, abril 9 del 2012
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REACTIVACIÓN Y
REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA GESPOR S.A. "EN LIQUIDACIÓN".
Se comunica al público que la GESPOR S.A. "en liquidación", domiciliada en el cantón Guayaquil, provincia
del Guayas, se reactivó y reformó sus estatutos, por
escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo
del cantón Guayaquil, el 12 de julio del 2011, aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante
Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12. 0001718 del 11 de
abril del 2012.
El capital suscrito actual de la compañía es de ochocientos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ochocientas acciones de un dólar cada una. Se
reforma la CLÁUSULA TERCERA: OBJETO SOCIAL.UNO.- Su actividad principal será prestar servicios de
a) asesoría y consultoría contable, jurídica, psicológica,
tributaria y económica.
Guayaquil, 11 de abril del 2012
AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE LA INTENDENCIA DE
COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL
(93316)
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
Juicio No. 2.011-0770
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: YESID RAFAEL TETE NAVARRO.
LE HAGO SABER: Que en este juzgado por sorteo de Ley, ha correspondido conocer el Juicio Verbal Sumario (Divorcio) No. 770-11-2 seguido por Margarita
Clotilde Sánchez Ponce, cuyo extracto es el siguiente:
ACTORA: Margarita Clotilde Sánchez Ponce.
DEMANDADO: Yesid Rafael Tete Navarro.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que mediante sentencia se dé por terminado el vinculo matrimonial que une a la actora con el demandado por la causal 11ava. del
Art. 110 del Código Civil.
AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 5 de octubre del 2011, las 9h11.- VISTOS:
La demanda y el completamiento que antecede presentada por MARGARITA
CLOTILDE SANCHEZ PONCE contra YESID RAFAEL TETE NAVARRO, se la califica de clara y completa por reunir los requisitos de Ley, razón por la cual se la
admite al trámite verbal sumario.- En lo principal, en vista de la declaración bajo
juramento, que hace la actora, quien manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia del demandado Yesid Rafael Tete Navarro, cíteselo por la Prensa
de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Johnny Coral Ron.
Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que
tiene de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte
días posteriores a la tercera y última publicación de éste aviso, caso contrario será
considerado o declarado rebelde.
Guayaquil, 22 de Noviembre del 2011
Ab. Francisco Aguilera B.
SECRETARIO (E)
JUZGADO 7 CIVIL
Abr. 23; May. 7-18 (91851)
Ab. EDITH BARRAGAN RUIZ
Secretaria Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil de Guayaquil
Abr. 23, May. 7-18 (91965)
ELECTROCABLES C.A.
BALANCE GENERAL
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011
ACTIVO CORRIENTE
Caja Bancos
Inversiones
Cuentas y Doc por Cobrar
Menos: Provisión para Incobrables
Otras Cuentas por Cobrar
Inventarios
Importación en transito
Otros activos
7,856,078.42
25,000.00
17,635,303.33
-141,876.94
11,344,997.22
11,789,802.30
2,514,122.69
2,195.20
TOTAL ACTIVO CORRIENTE
51,025,622.22
ACTIVO FIJO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por Pagar
Distribución Dividendos Accionistas
Obligaciones Financieras
Obligaciones Emitidas
Obligaciones Bancarias
9,512,847.04
3,619,318.86
17,971,833.30
1,237,500.00
5,757,296.06
TOTAL PASIVO CORRIENTE
38,098,795.26
PASIVO A LARGO PLAZO
Terreno, Edificio e Instalaciones
Maquinarias, muebles, enseres y equipos
Vehículos
Otros activos
Depreciación Acumulada
TOTAL ACTIVO FIJO
13,579,003.20
19,709,168.34
1,185,373.18
1,681,214.18
-29,662,344.61
6,492,414.29
OTROS ACTIVOS
Obligaciones Financieras
3,271,925.00
TOTAL PASIVO L/P
TOTAL PASIVO
3,271,925.00
41,370,720.26
PATRIMONIO
Inversiones a largo plazo
TOTAL INVERSIONES A L/P
187,819.89
187,819.89
TOTAL ACTIVO
57,705,856.40
Capital
Reservas
Superavit por Revaluación
Aporte para Futura Capitalizacion
12,106,593.00
604.71
3,676,466.41
551,472.02
TOTAL PATRIMONIO
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO
AB. JOSE LOPEZ BARZOLA
Secretario del Juzgado 15 Civil Daule
May. 7-18, Jun. 1 (92697)
ELECTROCABLES C.A.
ESTADO DE RESULTADO
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011
JUZGADO DUODÉCIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DEL GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI.
LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio de Alimentos No. 0028-2012, seguido por
BLANCA PIEDAD BONILLA BAYAS, se encuentra lo siguiente:
ACTORA: BLANCA PIEDAD BONILLA BAYAS.
DEMANDADO: HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI.
OBJETO DE LA DEMANDA: DERECHOS DE ALIMENTOS.
JUEZ DE LA CAUSA: DOCTOR RICARDO CHIRIBOGA COELLO, JUEZ DUODÉCIMO
DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS.
AUTO INICIAL: Guayaquil, viernes 20 de enero 2012, las 11H57. Agréguese a
los autos el escrito presentado por la actora de fecha 17 de enero del 2012 a las
11H20. VISTOS: en mérito del sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente
acción de Prestación de Alimentos, propuesta por BLANCA PIEDAD BONILLA
BAYAS contra HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI, la misma que por ser clara,
precisa, completa y reúne los requisitos de ley, se la admite al trámite de ley, se
fija la pensión provisional la cantidad de OCHENTA Y TRES CON 30/100, mas los
beneficios de ley. Como la actora declara bajo juramento desconocer la residencia,
domicilio y la individualidad de demandado HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI,
de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil
se dispone citarlo al demandado por el diario El Telégrafo, en tres días distintos,
comparecer dentro de los veinte días posterior de la tercera y última publicación de
este aviso. Hecho que sea realícese la Audiencia Única de Ley, su no comparecencia
será considerado en rebeldía.
Guayaquil,12 de Abril 2012
AB. ALICIA MIRANDA ARELLANO
SECRETARIA DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO
DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS
(93334)
INGRESOS
Ventas Netas y/o Exportaciones
Menos: Costo de Ventas
73,215,642.79
-59,570,389.74
UTILIDAD BRUTA
13,645,253.05
GASTOS DE OPERACIÓN
Gastos de Ventas
Gastos de Administración
Gastos de Exportación
Gastos Financieros
2,346,857.03
2,847,476.12
1,505,594.80
1,614,712.05
-8,314,640.00
5,330,613.05
MAS:
Otros Ingresos
59,048.14
UTILIDAD DEL EJERCICIO
5,389,661.19
(-) 15% Trabajadores
(-) Impuesto a la Renta
(-) Distribución a Accionistas
-808,449.18
-1,250,824.72
-3,330,387.29
NASSIB NEME ANTON
VICEPRESIDENTE EJECUTIVO
RUTH LITARDO FUENTES
CONTADORA
16,335,136.14
57,705,856.40
Gaceta varios
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
27
AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES
DE LA COMPAÑÍA INALMOR S.A. "en liquidación"
REPÚBLICA DEL ECUADOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS Y SEGUROS
JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS Y SEGUROS
EXTRACTO DE CITACIÓN AL SEÑOR JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ SÁNCHEZ,
PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1706997259, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA MEGATRIX S.A., ACCIONISTA DE LA SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., EN LIQUIDACIÓN
EXTRACTO DE CITACIÓN AL SEÑOR LÓPEZ NIETO RODRIGO, PORTADOR DE
LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1703629066 ACCIONISTA DE LA SOCIEDAD
FINANCIERA VALORFINSA S.A., EN LIQUIDACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS Y SEGUROS
EXTRACTO DE CITACIÓN
JUZGADO DE COACTIVA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Y SEGUROS
CITACIÓN PARA: EL AASSER MOHAMED SOLIMAN IBRAHIN, y SILVANA
ELISABETH LITTUMA MALDONADO DE EL AASSER.
Juicio Coactivo No. SBS-JC-MPS- 2012-002.- Auto de pago de fecha 27
de Abril del 2012.- En acatamiento de las disposiciones contenidas en la
“Ley Reformatoria a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero
y a la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área TributarioFinanciera” publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 659 de
12 de marzo de 2012 y de la Resolución No. JB-2012-2140, de 2 de abril
de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 687 de 20 de abril de 2012,
con la que la Junta Bancaria reformó la Codificación de Resoluciones de
la Superintendencia de Bancos y Seguros y Junta Bancaria, que sustituye
el capítulo XV, disponiendo el cobro de las pérdidas patrimoniales de las
instituciones financieras que concluyeron sus procesos liquidatorios, en
aplicación de la jurisdicción coactiva prevista en la Disposición Transitoria
Décima de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera”, del título XVIII “ De la disolución, del proceso de resolución bancaria y liquidación de instituciones del sistema financiero”, Libro
I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones
del Sistema Financiero”, el señor Superintendente de Bancos y Seguros
emitió la Orden de Cobro General contenida en el memorando No. SBS-IGINJ-SELC-2012-025 de 25 de abril de 2012.- COACTIVADOS: EL AASSER
MOHAMED SOLIMAN IBRAHIN C.C. 1707818983, en calidad de Principal Administrador, Gerente General y Mayor Accionista de la Compañía ECUACAMBIO S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, en liquidación, y de la
señora SILVANA ELISABETH LITTUMA MALDONADO DE EL AASSER
C.C. 1703576999, en calidad de Accionista de la misma. Para el pago y
recaudación del valor constante en el título de crédito No. PP-2012-017,
mismo que asciende a la suma de USD.$10´138.839,92 (DIEZ MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE
92/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); más intereses que se generen hasta la cancelación del mismo, gastos judiciales,
costas, honorarios y otras erogaciones señaladas en el artículo 965 del
Código de Procedimiento Civil. PROVIDENCIA.- JUZGADO DE COACTIVA
DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS.- Quito, Distrito
Metropolitano.- A 14 días del mes de mayo del 2012.- VISTOS.- Con merito a la razón que antecede, de la que se desprende la imposibilidad de
citar al (los) coactivados EL AASSER MOHAMED SOLIMAN e IBRAHIN
SILVANA ELISABETH LITTUMA, por desconocerse su individualidad o
residencia, a pesar de las múltiples averiguaciones realizadas, en conformidad el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, afirmo expresamente,
bajo juramento, que la individualidad o residencia del (los) mencionados
coactivados, es imposible determinar para el suscrito delegado del Señor
Superintendente de Bancos, Juez de Coactivas, por lo que dispongo sea
citado por tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, o a nivel
nacional. – Cítese.-Firmado por: Ec. Guillermo Jimbo Espinosa, Coordinador General Administrativo Financiero, Juez De Coactiva Delegado del
Señor Superintendente de Bancos y Seguros.LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES
CONSIGUIENTES, PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES SÍRVASE
SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL COMO DISPONE LA LEY.
CERTIFICO.DR. MARCELO PÁEZ SÁNCHEZ
SECRETARIO – ABOGADO
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTóN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIóN
A: GUILLERMO CESAR TAFUR AVILES.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de Rectificación de Inscripción de
Nacimiento N° 5083-2012, seguido por AB. TERRY MUÑOZ TOMALA p.l.d.q.r. PEDRO ENRIQUE
ROCA CRUZ en contra de GUILLERMO CESAR TAFUR AVILES.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que se lo cite al demandado, el señor Juez mediante Resolución ordene que al margen de la INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO del señor PEDRO ENRIQUE COCA CRUZ,
que se encuentra en el TOMO 13 PAG. 383 ACTA 4065, de fecha 21 de mayo de 1966, se deje
sentada la RECTIFICACION, en el sentido de que los verdaderos nombres de los padres del señor
son CARLOS TADEO ROCA GOMEZ Y JUDITH YOLANDA CRUZ TAPIA.
AUTO INICIAL: LA AB. GLENDA ELIZABETH ORTEGA MARCIAL, JUEZA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionada
mediante acción de personal No. 01776-uarh-nvp, extendida por el consejo nacional de la judicatura
y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 y 234 del código orgánico de la función judicial y el
respectivo sorteo que antecede, avoco conocimiento de la demanda de rectificación de inscripción
de nacimiento, presentada por la abogada Terry Muñoz Tomalá, por los derechos que representa
como procuradora judicial del señor Pedro Enrique Roca Cruz, la misma que por reunir los requisitos
de ley se califica de clara y precisa y se la acepta al tramite sumario, tal como lo establece el articulo
89 de la ley de registro civil y cedulación.- En consecuencia, óigase al demandado a través del director provincial del registro civil del guayas por los derechos que representa del registro civil, con la
copia de la demanda y esta providencia en el lugar que se indica para el efecto.- Cítese la demanda
en un periódico de esta localidad, para dar cumplimiento con lo dispuesto en el inciso 3 del Art.
89 ibídem.- Notifíquese al actor en la casilla judicial no. 1685 y téngase en cuenta la procuración
judicial.- actúe la Ab. Natasha Blusztein Figueroa, Analista Jurídica 2 de esta Unidad Judicial como
Secretaria de este expediente.- Notifíquese y Cúmplase.CUANTÍA: Indeterminada
JUEZA DE LA CAUSA: AB. GLENDA ELIZABETH ORTEGA MARCIAL, JUEZA DE LA UNIDAD
JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL
GUAYAS.
Guayaquil, 05 de mayo del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ
Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTóN GUAYAQUIL
ACTOR:
DOMICILIO:
COACTIVADO:
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS.
Av. 12 de Octubre N24-185 y Madrid, Quito.
Señor JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, portador de la
cédula de ciudadanía No. 1706997259, representante legal
de la empresa MEGATRIX S.A.
JUICIO COACTIVO SBS-JC-LDG-2012-05.
CUANTÍA:
USD $ 2’481.358,81 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS
OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
81/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
AUTO INICIAL DE PAGO: emitido a los 27 días del mes de abril del 2012, a las
16h45, por el señor Juez de Coactiva de la Superintendencia de Bancos y Seguros,
Mst. Guillermo Jimbo Espinosa, Coordinador General Administrativo Financiero,
delegado por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante Resolución
No. ADM-2012-10907 de 25 de abril de 2012, dentro del juicio coactivo de la referencia.- En acatamiento de las disposiciones contenidas en la “Ley Reformatoria a la
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y a la Ley de Reordenamiento
en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera” publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 659 de 12 de marzo de 2012 y de la Resolución No.
JB-2012-2140, de 2 de abril de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 687 de
20 de abril de 2012, con la que la Junta Bancaria reformó la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, sustituyendo el capítulo XV, por el siguiente: “Capítulo XV.- Del cobro de las pérdidas
patrimoniales de las instituciones financieras que concluyeron sus procesos
liquidatorios, en aplicación de la jurisdicción coactiva prevista en la Disposición
Transitoria Décima de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el
Área Tributario-Financiera”, del título XVIII “De la disolución, del proceso de resolución bancaria y liquidación de instituciones del sistema financiero”, Libro
I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del
Sistema Financiero”, el señor Superintendente de Bancos y Seguros emitió la Orden de Cobro General contenida en el memorando No. SBS-IG-INJ-SELC-2012-025
de 25 de abril de 2012; el Director Nacional Financiero en cumplimiento de la
Delegación expedida por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante
Resolución No. ADM-2012-10906, de 25 de los mismos mes y año, emitió el título
de crédito No. PP-2012-015 de 26 de abril de 2012, en contra del representante legal y de los accionistas que representan el 6% o más del paquete accionario
de la SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., en liquidación, entre ellos,
la accionista, empresa MEGATRIX S.A representada legalmente por el señor JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, portador de la cédula de ciudadanía No.
1706997259; y, conforme los artículos 413, 945, 948 y 951 de la Codificación
del Código de Procedimiento Civil, el Juez de Coactiva Delegado, ordenó el inicio
de la ejecución coactiva para el pago o dimisión de bienes dentro del término de 3
días, para la recuperación del valor constante en el mencionado título de crédito
No. PP-2012-015, más intereses que se generen hasta la cancelación del mismo,
gastos judiciales, costas, honorarios y otras erogaciones señaladas en el artículo
965 del Código de Procedimiento Civil y se ofició a diferentes Instituciones del
Estado, para que cumplan con las medidas cautelares.
GOBIERNO NACIONAL DE LA
REPUBLICA DEL ECUADOR
DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS
ZONAL QUITO
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES
DEL POZO PROFUNDO, UBICADO EN LA AVENIDA EL INCA, SECTOR FAJARDO,
CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA.
EXTRACTO
SEÑOR: Gaby Antoine Nmeir Seif, Gerente General y Representante Legal de la COMPAÑÍA IMPORTADORA CASA ANDRES IBT S.A.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas
para uso doméstico con un caudal de 4.50 l/s.
En el proceso N° 64-11 C.s. se ha dictado lo siguiente:
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA, DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS.- Zonal Quito - Trámite N° 64-11 C.s. (F.S).- Quito, 29 de febrero de 2012.Las 09H30.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite en virtud de haber sido
nombrado Líder del Centro Zonal Quito, mediante memorando N° SENAGUA-CDHE15-2012-0108-M, de fecha 07 de febrero de 2012.- Que mediante Acuerdo Ministerial
N°. 2009-46 expedido el 13 de noviembre de 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas.- Que mediante Acuerdo Ministerial N° 2009-48 de 4 de diciembre
del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Secretaría Nacional del Agua - SENAGUA.- Que mediante Acuerdo Ministerial N° 2011334 de 05 de septiembre de 2011, Art. 1, se establecen las delegaciones y atribuciones
del Líder Zonal. En lo principal.- La solicitud de concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas, presentada en esta Demarcación Hidrográfica por el señor Gaby
Antoine Nmeir Seif, Gerente General y, Representante Legal de la COMPAÑÍA IMPORTADORA CASA ANDRES IBT S.A., provenientes de un pozo profundo en un caudal de
4.50 l/s. ubicada en el Sector Fajardo, Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha en la
cota 2.526 msnn Coordenadas 9’963.136 N y 781.708 E. Es clara y reúne los demás
requisitos de ley los demás requisitos de ley por lo que se acepta a trámite, en consecuencia esta Autoridad. DISPONE: 1.- Se cite por la prensa a los usuarios conocidos
o no, de las aguas cuya concesión se solicita, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 87 de la Codificación de la Ley de Aguas, mediante publicación de un extracto de
la solicitud y esta providencia en uno de los Diarios: El Telégrafo, El Comercio, Últimas
Noticias, Hoy o La Hora, que se editan en esta ciudad, por tres veces, mediando de una a
otra, el plazo de ocho días. 2.- Fíjense carteles durante treinta días en tres de los lugares
más frecuentados del sector FAJARDO, comisionándose esta diligencia al señor Jefe
Político del Cantón Rumiñahui de conformidad con lo dispuesto en el Art. 22 literal g.
del Reglamento de la Ley de Aguas; el actor retirará de esta dependencia el extracto y
los carteles. 3.- Agréguese al trámite los documentos adjuntados; Téngase en cuenta
los números telefónicos 3227-749, 3227-352 y 0997-00000 señalados para futuras
notificaciones.- De conformidad con el memorando N° CGAJ.4-0714 del 26 de octubre
del 2010, actúe como Secretaria Ad-Hoc en el presente proceso la Ab. Fernanda Sandoval N. NOTIFÍQUESE...f) Dr. Patricio Montenegro Padilla LÍDER DEL CENTRO ZONAL
QUITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS - SECRETARÍA
NACIONAL DEL AGUA.Lo que comunico para los fines legales pertinentes.- Certifico.
AUTO INICIAL DE PAGO: fue emitido a los 27 días del mes de abril del 2012, a las
16h45, por el señor Juez de Coactiva de la Superintendencia de Bancos y Seguros,
Mst. Guillermo Jimbo Espinosa, Coordinador General Administrativo Financiero,
delegado por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante Resolución
No. ADM-2012-10907 de 25 de abril de 2012, dentro del juicio coactivo de la referencia.- En acatamiento de las disposiciones contenidas en la “Ley Reformatoria a la
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y a la Ley de Reordenamiento
en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera” publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 659 de 12 de marzo de 2012 y de la Resolución No.
JB-2012-2140, de 2 de abril de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 687 de
20 de abril de 2012, con la que la Junta Bancaria reformó la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, sustituyendo el capítulo XV, por el siguiente: “Capítulo XV.- Del cobro de las pérdidas
patrimoniales de las instituciones financieras que concluyeron sus procesos
liquidatorios, en aplicación de la jurisdicción coactiva prevista en la Disposición
Transitoria Décima de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el
Área Tributario-Financiera”, del título XVIII “De la disolución, del proceso de resolución bancaria y liquidación de instituciones del sistema financiero”, Libro
I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del
Sistema Financiero”, el señor Superintendente de Bancos y Seguros emitió la Orden de Cobro General contenida en el memorando No. SBS-IG-INJ-SELC-2012-025
de 25 de abril de 2012; el Director Nacional Financiero, en cumplimiento de la
Delegación expedida por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante
Resolución No. ADM-2012-10906, de 25 de los mismos mes y año, emitió el título
de crédito No. PP-2012-015 de 26 de abril de 2012, en contra del representante
legal y de los accionistas que representan el 6% o más del paquete accionario de
la SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., en liquidación, entre ellos, el accionista, señor LÓPEZ NIETO RODRIGO, portador de la cédula de ciudadanía No.
1703629066; y, conforme los artículos 413, 945, 948 y 951 de la Codificación
del Código de Procedimiento Civil, se ordenó el inicio de la ejecución coactiva para
el pago o dimisión de bienes dentro del término de 3 días, por el valor constante
en el mencionado título de crédito No. PP-2012-015, más intereses que se generen
hasta la cancelación del mismo, gastos judiciales, costas, honorarios y otras erogaciones señaladas en el artículo 965 del Código de Procedimiento Civil.- Se ofició a
diferentes Instituciones del Estado a fin de que cumplan con las medidas cautelares
dispuestas en el auto de pago.El Juez de Coactivas Delegado, mediante providencia dictada el 11 de mayo del
2012 a las 15H00, ordenó la citación al demandado mediante la forma prevista en
el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto atento al juramento rendido por
el actor, toda vez que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia
del mencionado coactivado.
LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES SÍRVASE SEÑALAR CASILLERO
JUDICIAL COMO DISPONE LA LEY.
LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES.
PARA NOTIFICACIONES QUE LE CORRESPONDAN, SÍRVASE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL COMO DISPONE LA LEY.
Dra. Lorena Durán Gallardo
SECRETARIA - ABOGADA
JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS Y SEGUROS
Dra. Lorena Durán Gallardo
SECRETARIA - ABOGADA
JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS Y SEGUROS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SEGUNDO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES
CITACIÓN JUDICIAL A MOSQUERA SANTAMARIA ANA DOLORES Y OCAÑA SORIA
WILDE AMADO
JUICIO No. 253-2012-LA
ACTOR: CELSO EDUARDO GONZALEZ NAJERA
DEMANDADO: MOSQUERA SANTAMARIA ANA DOLORES Y OCAÑA SORIA WILDE AMADO.
TRAMITE: EJECUTIVO
CUANTÍA $. 22.000,oo
CAUSAL Arts. 413, 415 y 419 del Código de Procedimiento Civil
PROVIDENCIA
JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 19 de abril del
2012, a las 14h36- VISTOS: En virtud del sorteo correspondiente y en mi calidad
de Juez Encargado de esta Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa.En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de
Ley. En consecuencia, que los demandados señores: ANA DOLORES MOSQUERA
SANTAMARIA Y WILDE AMADO OCAÑA SORIA, cumplan con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Cítese a los demandados,
mediante publicaciones por la prensa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82
del Código de Procedimiento Civil. Agréguese al proceso la documentación que se
acompaña.- Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalada por el actor
y la calidad en que comparece, como la autorización a sus abogados defensores.Notifíquese.- f).- Dr. Celso Ruiz Bedón, Juez.
Lo que comunico a Usted y le CITO, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones en el lugar del juicio.
A: COMPAÑÍA DEXTERCORP S.A., rep. por FERNANDO WASHINGTON BORJA ATIAGA.
SE LE HACE SABER: Que por sorteo reglamentario, ha tocado el conocimiento del Juicio
Verbal Sumario No. 0153-2012, seguido por LORENZO JULIO CRUZ BURGOS, cuyo extracto
es del tenor siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia se declare la terminación del contrato de arrendamiento, la desocupación y entrega del local arrendado, el pago de las pensiones adeudadas
y las que se vencieren hasta la total desocupación y entrega del local arrendado y el pago de
las costas procesales y los honorarios profesionales del Abogado patrocinador.
FUNDAMENTO DE HECHO: La compañía arrendataria DEXTERCORP S.A., representada por
el señor FERNANDO WASHINGTON BORJA ATIAGA, arrendataria de dos locales comerciales
ubicado en las calles Luque No. 914-916, de esta ciudad de Guayaquil, no ha cancelado los
cánones de arrendamiento pactados desde el mes de noviembre del 2011, encontrándose
en mora de 5 meses, incurriendo en la falta de pago por más de 2 pensiones locativas de
arrendamiento, a razón de $ 2.700,oo mensuales.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Art. 30 lit. a) de la Ley de Inquilinato.
PROVIDENCIA: En el auto dictado a las 16h05 del día 27 de abril del 2012, se aceptó la
demanda al trámite verbal sumario y se dispuso citar a la compañía DEXTERCORP S.A., en la
persona de su representante FERNANDO WASHINGTON BORJA ATIAGA, por la prensa, a través de uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, en virtud de la afirmación que bajo
juramento efectúa el accionante amparado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: Abogada Katty Delgado Pacheco, Juez Segundo de Inquilinato y Relaciones Vecinales de Guayaquil.
Lo que comunico a Usted para los fines legales correspondientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casilla judicial para posteriores notificaciones
correspondan, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este
extracto, caso contrario podrá ser declarado en rebeldía.
Guayaquil, 8 del mayo de 2012
Dr. Galo Báez Jaime
SECRETARIO
JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
May. 17-18-21 (93298)
CITACIóN
AB. FILERMA MENDOZA DE CRUZ
Secretaria del Juzgado 2° de Inquilinato y Relaciones Vecinales de Guayaquil
(93319)
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIóN JUDICIAL A: Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate Pallo y María
Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas Parra Semanate a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José Gonzalo, Ana
María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los
señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia, Carlos Alberto, Luis
Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García en representación de
los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña; y, herederos desconocidos
de Celina Lastenia Jiménez Cosios.
ACTOR: CELINDA LASTENIA JIMÉNEZ COSIOS.
DEMANDADOS: Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate Pallo y María Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas Parra Semanate
a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José Gonzalo, Ana
María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los
señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia, Carlos Alberto, Luis
Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García en representación de
los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña; y, herederos desconocidos
de Celina Lastenia Jiménez Cosios.
ASUNTO: Demando a Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate Pallo y María
Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas Parra Semanate a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José Gonzalo, Ana
María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los
señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia, Carlos Alberto, Luis
Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García en representación de
los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña, y herederos desconocidos,
la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva del dominio del inmueble cuya individualidad
dejo especificado.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
JUICIO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, SIGNADO CON
EL No. 2012-0193-DL
SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de abril del 2012, las
10h39. VISTOS.- Previo sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de juez titular de esta judicatura.- En lo principal, la demanda que
antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se
la acepta al trámite Ordinario.- En consecuencia con el contenido de la misma y este auto
córrase traslado a los demandados; por el término de quince días con apercibimiento
de rebeldía después de legalmente citados.- En mérito al juramento que tiene rendido el
actor y de conformidad con lo que dispone el Art. 82 y 83 del Código de Procedimiento
Civil cítese a los demandados señores Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate
Pallo y María Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas
Parra Semanate a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José
Gonzalo, Ana María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia,
Carlos Alberto, Luis Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García
en representación de los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña.- De
conformidad con lo que dispone el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil Notifíquese a
los herederos desconocidos de Celina Lastenia Jiménez Cosios; por medio de la prensa en
uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, para lo cual se extenderá el correspondiente extracto para las publicaciones.- Cuéntese con los personeros del Municipio
Distrito Metropolitano de Quito en las personas del señor Alcalde y Procurador.- Inscríbase
la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para el efecto remítase atento
oficio.- Agréguese al proceso los documentos acompañados a la demanda.- Téngase en
cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones así como la designación de su
abogado defensor.- Cítese y Notifíquese.- f) Dr. José Martínez Naranjo, JUEZ.
DR. EDGAR HARO VALENZUELA
SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
May. 07-18 (92549)
Guayaquil, 10 de mayo de 2012
UFREDO JOSÉ MORÁN BONILLA
LIQUIDADOR
May. 16-17-18 (93181)
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA
DEMARCACIóN HIDROGRAFICA DE JUBONES
CENTRO ZONAL NARANJAL
GOBIERNO NACIONAL DE LA
REPUBLICA DEL ECUADOR
DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ART. 87 DE LA LEY DE AGUAS
CODIFICADA Y SU REGLAMENTO VIGENTE, SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS, TENDIENTES A OBTENER LA
CONCESIÓN Y APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS DEL ESTERO TROVADOR,
PARA RIEGO, PERTENECIENTE A LA JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA SAN
CARLOS, CANTÓN NARANJAL, PROVINCIA DEL GUAYAS.
EXTRACTO
TRAMITE No. DHJ-ZN-2012-082-C.
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA.- DEMARCACIóN HIDROGRÁFICA DE
JUBONES.- CENTRO ZONAL NARANJAL. Naranjal, Abril 12 del 2012.- Las
10h40. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de
Líder del Centro Zonal Naranjal, de la Demarcación Hidrográfica Jubones, mediante Acuerdo Ministerial No. 2011-334, de fecha 05 de Septiembre del 2011.
En lo principal la solicitud presentada por la señora Lastenia Victoria Guillen
Moncada, en la que solicita la concesión del derecho de aprovechamiento de
agua, en un caudal de 22 litros por segundo para riego, de las aguas del Estero Trovador, ubicada en la Parroquia San Carlos, Cantón Naranjal, provincia
del Guayas, para destinarla a riego de cultivos de banano, es clara, completa
y reúne los requisitos determinados en el Art. 86 de la Ley de Aguas Codificada; en tal virtud se la acepta al trámite y en consecuencia dispongo: 1.- A los
usuarios presuntos y desconocidos cítese por la prensa de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 87 de la Codificación a la Ley de Aguas en uno de los diarios
de amplia circulación en la ciudad de Guayaquil, mediante la publicación de un
extracto de la solicitud y ésta providencia por tres veces, mediando entre una
y otra el plazo de ocho días; 2.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la Parroquia San Carlos, Cantón Naranjal, durante el plazo de 30
días, de conformidad a lo dispuesto en el literal g, del Art. 22 del Reglamento a
la Codificación de La Ley de Aguas, mediante comisión librada al señor Teniente
Político de la Parroquia San Carlos; 3.- Oportunamente se designara perito para
que se practique la inspección técnica solicitada; 4.- Agréguese al trámite los
escritos y la documentación que se adjunta; 5.- Téngase en cuenta la dirección
electrónica [email protected], señalada para notificaciones. Que actúe en
calidad de Secretario el Doctor Carlos López López. Notifíquese.- Lo certifico.Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley, advirtiéndoles a los presuntos interesados de señalar domicilio judicial en las oficinas del Centro zonal, en éste cantón de Naranjal, dentro de los veinte días
posteriores a la tercera y última publicación de éste extracto de citación.-
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que
tienen de señalar casillero judicial.- CERTIFICO.-
May. 02-10-18 (92237)
JUICIO COACTIVO
CUANTÍA:
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS.
Av. 12 de Octubre N24-185 y Madrid, Quito.
Señor LÓPEZ NIETO RODRIGO, portador de la cédula
de ciudadanía No. 1703629066, accionista de la
SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., EN LIQUIDACIÓN
SBS-JC-LDG-2012-05.
USD $ 2’481.358,81 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y
OCHO 81/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA).
El Juez de Coactivas Delegado, mediante providencia dictada el 11 de mayo del
2012 a las 15h30, ordenó la citación a la demandada a través de su representante
legal, mediante la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil,
esto atento al juramento rendido por el actor, toda vez que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del mencionado coactivado.
May. 17-18-21 (93286)
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA
SENAGUA
ACTOR:
DOMICILIO:
COACTIVADO:
En atención a lo dispuesto en los artículos 393 de la Ley de
Compañía y 27, literal H) del Reglamento pertinente, requiero públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que quienes se consideren como tal presenten
ante el suscrito liquidador, en las oficinas de la Empresa,
ubicada en Alborada séptima etapa, manzana 739, villa 1,
de esta ciudad de Guayaquil, en el término de veinte días
contados desde la última publicación de este Aviso los documentos que acrediten sus derechos, previniéndoles que de
no hacerlo se tomarán en cuenta solamente a los Acreedores
que hayan presentado su reclamación y los que aparezcan
reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía.
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIóN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA CISNEROS & CHACON CIA. LTDA.
ANTECEDENTES.- CISNEROS & CHACON CIA. LTDA., se constituyó
mediante escritura pública otorgada ante el Notario Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 28 de marzo de 2008, inscrita en el
Registro Mercantil del mismo Distrito bajo el No. 1319, Tomo 139, el
30 de abril de 2008.
1.- CELEBRACIóN Y APROBACIóN.- La escritura pública de disolución
voluntaria y anticipada de la compañía CISNEROS & CHACON CIA.
LTDA., otorgada el 14 de junio de 2011 ante el Notario Vigésimo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ. DJDL. Q.12.
2241 07 de Mayo de 2012.
2. OTORGANTES.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública
antes mencionada la señora Marcia Elena Chacón Bedón de Gálvez,
en su calidad de Gerente y Representante Legal de la compañía, de
nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada y domiciliada en el
Distrito Metropolitano de Quito.
3. PUBLICACIóN.- La Superintendencia de Compañías ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública pertinente, por tres
días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en
el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como
acto previo a su inscripción.
AVISO PARA OPOSICIóN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria y anticipada de la compañía CISNEROS & CHACON
CIA. LTDA., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse
a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces
de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días
contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y,
además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia
de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con
el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no
existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se
procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada
compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.
Distrito Metropolitano de Quito, a 07 de Mayo del 2012
PATRICIA CHIRIBOGA SANCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIóN
Y LIQUIDACIóN DE COMPAÑÍAS
May. 16-17-18 (93167)
Dr. Carlos López López
SECRETARIO
Abr. 23, May. 7-18 (91914)
SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA
SUBSCRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACION
HIDROGRAFICA
GOBIERNO NACIONAL DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CENTRO ZONAL DE GESTION GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA
SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIóN HIDROGRÁFICA
DEL GUAYAS
CENTRO ZONAL DE GUAYAQUIL
CITACIóN
Se cita a los usuarios conocidos, desconocidos y presuntos de la quebrada
sin nombre, en el cantón El Triunfo, Provincia del Guayas, propiedad del señor
Jaime Willan Mañay Vique, ubicada en el cantón El Triunfo de la provincia del
Guayas, aprovechamiento de Aguas.
EXTRACTO
Actor: JAIME WILLAN MAÑAY VIQUE.
Objeto de la Petición: Concesión del Derecho de Aprovechamiento de Agua
de la quebrada sin nombre, para la propiedad del señor Jaime Willan Mañay
Vique, ubicada en el Cantón El Triunfo, de la Provincia del Guayas.- PROVIDENCIA: SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIóN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- Guayaquil, 9 de marzo del 2012, a las 08H12.- EXPEDIENTE No. 803-2012. Se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos
señores: Gustavo Valle Idrovo, Luz Piedad Maldonado Guzman, Victoria Vallejo Mazacela, Gladys Ceraquive Quezada, Francisco Toral García, Econ, José
Antonio Valarezo, Manuel León, y Silvia Paguay. 2.- A los usuarios conocido
o no cítese por la prensa de conformidad con lo que señala el artículo 87 de
la Ley de Aguas cítese a los usuarios conocidos o no, por la prensa, mediante
un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los diarios de mayor
circulación de la ciudad de Guayaquil, esto es: El Universo, El Expreso, El
Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. 3.Fíjese carteles en tres de los parajes más frecuentados del Cantón El Triunfo,
Provincia del Guayas, por el plazo de treinta días, concediéndole la practica
de la diligencia al Señor Jefe Político del mencionado cantón.- f.- Abg. Vaneza
Plaza Aguiño. Líder del Centro Zonal Guayaquil, sigue la certificación, abogada Anita Vallejo S., Secretaria ad-hoc.- Lo certifico.Lo que comunico al publico para los fines consiguientes, advirtiéndoles a los
interesados de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del
perímetro de este Centro Zonal de Guayaquil, para futuras notificaciones.Guayaquil, 18 de abril del 2012.Abg. Anita Vallejo Saltos
SECRETARIA AD - Hoc
Abr. 30; May. 9-18 (92183)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE DAULE
EXTRACTO DE CITACIóN
A: MARIA EULOGIA LEON RONQUILLO; Y A LOS HEREDEROS PRESUNTOS
Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE LUIS LEON RONQUILLO.
LE HAGO SABER: Que en este juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Daule,
ha correspondido conocer el juicio ordinario de Prescripción extraordinaria
adquisitiva de dominio No. 721-2009, seguido en su contra por Vicente Saturnino Loy Delgado, cuyo extracto es el siguiente;
ACTOR: VICENTE SATURNINO LOY DELGADO.
DEMANDADOS: MARIA EULOGIA LEON RONQUILLO; Y A LOS HEREDEROS
PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE LUIS LEON
RONQUILLO.
DEMANDA: Que mediante sentencia se declare que ha adquirido por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio un lote de terreno que tiene
una superficie total de 0,58 Hectáreas, (1,83 cuadras), situado en el Recinto
Lechugal de la Parroquia Los Lojas, jurisdicción del cantón Daule, Provincia
del Guayas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 715, 2392, 2394,
2410, 2411, y demás pertinentes del Código Civil.
AUTO RECAIDO: Daule, 17 de noviembre del 2.009; las 15h10.- Vistos.La demanda presentada por Vicente Saturnino Loy Delgado, por reunir los
requisitos de ley, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite del
juicio ordinario.- Por cuanto el compareciente declaró bajo juramento que le
era imposible determinar la residencia de los demandados, se ordenó citarlos por la prensa de conformidad con el Art 82 del Código de Procedimiento
Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. ANDRÉS GHERARDI AGUIÑO.TRÁMITE: Ordinario.
CUANTÍA: Indeterminada.
Lo que cito a usted para los fines de Ley y les prevengo la obligación de
señalar domicilio y comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la
tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán considerados
o tenidos rebeldes.
Daule, 24 de diciembre del 2009
AB. JOSE LOPEZ BARZOLA
Secretario del Juzgado 15 Civil Daule
May. 16-17-18 (93217)
28
Gaceta varios
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
EXTRACTO DE CITACIÓN
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL MANABI - SANTA ANA
EXTRACTO JUDICIAL
A: HEREDEROS CONOCIDOS Y PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO CARLOS EMILIO BURGOS GUERRA.
LE HAGO SABER: Que en este juzgado ha tocado al conocimiento del juicio No. 99-2-2012
SUCESIÓN Seguido por CESAR AUGUSTO BURGOS SEGOVIA, CARLOS ALCIVAR BURGOS SEGOVIA Y FRANCIA NATIVIDAD BURGOS SEGOVIA. Cuyo extracto dice lo siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: Declarar abierta la sucesión intestada de bienes de su padre CARLOS EMILIO BURGOS GUERRA, conforme lo señalado en el Art. 640 y siguientes del Código
de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL RECAIDO: Guayaquil, viernes 30 de marzo del 2012, las 11h25.VISTOS: En mérito de la acción de personal No. 606-UARH-KZF, de fecha 9 de febrero del 2012,
remitida por el Consejo de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda
de sucesión de bienes presentada por CESAR AUGUSTO BURGOS SEGOVIA, CARLOS ALCIVAR
BURGOS SEGOVIA y FRANCIA NATIVIDAD BURGOS SEGOVIA, por reunir los requisitos de los
Art. 67 y 68 del código de Procedimiento Civil, se la califica de cLara, completa y precisa, por lo
que se Le admite al tramite establecido en el Art. 629 y siguientes del Código de Procedimiento
Civil.- En lo principal, con la copia notariada de la partida de defunción de quien en vida fue
CARLOS EMILIO BURGOS GUERRA, ocurrida en la ciudad de Guayaquil el 11 de septiembre del
2010, se establece este hecho por lo que se declara abierta la sucesión de sus bienes desde su
fallecimiento.- Publíquese esta declaratoria en uno de los diarios de Mayor circulación que se editan en la Ciudad.- Procédase al inventario y avalúo de los bienes dejados por el causante.- Cuéntese con el Director Regional de Servicios de Rentas Interna, para fines de Ley,- Cítese a los herederos presuntos o desconocidos de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil.- Cítese a DIANA BURGOS ALVARADO, MONICA BURGOS ALVARADO, MARIBEL BURGOS
ALVARADO, CARLOS BURGOS ALVARADO, HELEN BURGOS ALVARADO en el lugar señalado,
para el efecto depréquese a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Quevedo.- Se designa como Perito para el avalúo e inventario de los bienes al Arq. Jorge Logroño Coloma, quien deberá posesionarse del cargo dentro de setenta y dos horas de notificado con esta providencia.- El
señor Secretario del Juzgado desglose los documentos presentados dejando copias certificadas
de los mismos a costas del peticionario.- Téngase en cuenta la casilla Judicial No. 3931; así
como la autorización judicial que le concede a la Abogada Irene Arreaga A.- Notifíquese y cítese.
JUEZ TEMPORAL DE LA CAUSA: F) AB. DIONICIO GUTIERREZ DEL VALLE, JUEZ TEMPORAL
DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
Lo que comunico a Ud. Para los fines de Ley, advirtiendo el de la obligación que tiene de señalar
casilla judicial, dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto.
Guayaquil, Mayo 9 del 2012
A la señora LIDIA PATRICIA ZAPATA QUINDE, se le hace saber que en este
Juzgado Décimo Quinto de Civil de Manabí - Santa Ana, se ha presentado
una demanda de Divorcio controvertido, signada con el número 126-2012,
cuyo extracto del Auto Inicial es el siguiente:
ACTOR: VICTOR HUGO PICO BRAVO.
DEMANDADA: LIDIA PATRICIA ZAPATA QUINDE.
AB. DEL ACTOR: DANILO GARCÍA MERA.
El actor solicita que mediante sentencia se declare disuelto el vinculo matrimonial que lo une a la señora Lidia Patricia Zapata Quinde, de conformidad al
Inciso segundo, numeral 11 del artículo 110 del Código Civil.
JUEZA DE LA CAUSA.- Dra. Martha Macías Barrezueta, Jueza Temporal del
Juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Santa Ana, la misma que con fecha
Santa Ana, 5 de Abril del 2012; las 14h00.- acepta la demanda al trámite
correspondiente dispone lo siguiente: Cítese a la demandada Lidia Patricia
Zapata Quinde de conformidad a lo que establece el artículo 82 del Código
de Procedimiento Civil, esto es por medio de la prensa por tres publicaciones en un periódico de mayor circulación de la ciudad de Portoviejo de la
Provincia de Manabí y del cantón General Villamil de la Provincia del Guayas
en relación al artículo 119 del Código de Procedimiento Civil. Cítese y Notifíquese.- A la demandada Lidia Patricia Zapata Quinde se le hace saber de
la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio legal para
recibir notificaciones en esta ciudad de Santa Ana, dentro de los veinte días
posteriores a la tercera y última publicación de lo contrario se la considerará
rebelde, siguiendo su trámite normal la presente causa.- F.) Dra. Martha Macías Barrezueta, Jueza Temporal del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil de
Manabí.
Lo que pongo en conocimiento para los fines de Ley.
Santa Ana, a 18 de Abril de 2012
Ab. Ramón Iñiguez Vera
Secretario Juzgado Sexto de lo Civil de Guayaquil
AB. PEDRO W. ZAMBRANO MOLINA
SECRETARIO JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE MANABÍ
May. 18; Jun. 1-14 (93356)
May. 7-18, Jun. 1 (92497)
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
CITACIÓN - EXTRACTO
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS.
LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio de Divorcio # 1212-B-2011, seguido por RAMON
FREDDY ROBLES PINCAY contra MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS, se encuentra lo siguiente:
ACTOR: RAMON FREDDY ROBLES PINCAY.
DEMANDADA: MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia el Juez declare disuelto el vinculo matrimonial
que une a los cónyugues; Ramón Freddy Robles Pincay contra Mónica Consuelo Limones Barcos,
conforme lo establecido en el Art. 110, numeral 11 inciso 2, y 119, del Código Civil.
AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 5 de enero del 2012, las 15h21.- VISTOS: Agréguese a los
autos el escrito y anexos que anteceden. La demanda presentada por RAMON FREDDY ROBLES
PINCAY contra MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS, la misma que por reunir los requisitos
legales previstos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite del
juicio verbal sumario.- Cítese a la demandada, MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad (universo o expreso), de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y por haberlo manifestado
bajo juramento, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil.- Téngase en cuenta el casillero
judicial señalado, así como la autorización que le concede a su abogada patrocinadora.- Hágase
saber.- Notifíquese.- Fdo. Abg. Harry Hernández Pontón, Juez Cuarto de lo Civil de Guayaquil.Guayaquil, martes 10 de abril del 2012, las 15h40.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente
causa, en mérito de la Acción de Personal No. 01319-UARH-NVP del 26 de marzo del 2012,
enviada por el Consejo de la Judicatura.- Agréguese a los autos los escritos que anteceden.- Visto
lo manifestado por la parte actora se amplía que la citación a la demandada se la haga en el diario
El Telégrafo de esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.- Fdo. Abg. Peter Kuffo Ronquillo, Juez
Temperé del Juzgado Cuarto de lo Civil de Guayaquil.CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Peter Kuffo Ronquillo, Juez Temporal del Juzgado Cuarto de lo Civil
de Guayaquil.
Lo que comunico a Ud. para fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene de comparecer
a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última
publicación de este aviso, caso contrario será considerado o declarado rebelde.
Guayaquil, 13 de Abril del 2012
Ab. Noria Barcia de Brito
Secretaria del Juzgado 4to de lo Civil de Guayaquil
May. 18; Jun. 1 (92915)
SEGUNDA CONVOCATORIA
Se convoca, por segunda ocasión, a los socios de la compañía Miño Rúales Flowers Cía. Ltda., a la Junta General
Extraordinaria de Socios, a realizarse el día lunes 28 de
mayo del 2012, a las 08h00 am, en la oficina 401, cuarto
piso, del Edificio “Torre 1492”, ubicado en la Av. 12 de Octubre N26-97 de esta ciudad de Quito, donde se tratarán
los siguientes puntos del orden del día: Uno.- Constatación
del Quórum; Dos.- Lectura del Orden del Día; Tres.- Nombramiento de Presidente y de Gerente de la Compañía al
encontrarse cumplidos los periodos para los que fueron
designados.
De conformidad al Artículo 237 de la Ley de Compañías, la
Junta General se reunirá, en segunda convocatoria, con el
número de socios presentes.
Quito, 16 de Mayo del 2012
Marcelo Rúales Barreiro
Presidente de Miño Rúales Flowers Cía. Ltda.
(93340)
A: NELLY LETY MORAN CARRIEL.
LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley correspondiente, ha tocado conocer a
esta Judicatura el Juicio de Divorcio Litigioso signado con el N° 0831-C-2011,
cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: LUIS OSWALDO GUARANDA VERA.
DEMANDADA: NELLY LETY MORAN CARRIEL.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que demanda a NELLY LETY MORAN CARRIEL
en juicio de divorcio fundamentando su acción en la causal 11 del Art. 110 del
Código Civil, para que en sentencia se declare disuelto el vinculo matrimonial
que los une, y se disponga su marginación en el acta de matrimonio respectiva,
en el Registro Civil de Guayaquil, acorde a lo señalado en el Art. 128 del mismo
cuerpo de leyes.
AUTO RECAÍDO; De fecha, Guayaquil, miércoles 21 de septiembre del 2011,
las 15h11, por reunir los requisitos de ley, se admite la demanda al trámite, y,
mediante providencia de fecha 5 de enero del 2012, las 14h08, se dispone citar
a la demandada NELLY LETY MORAN CARRIEL de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en mérito del reconocimiento
de firmas y de la afirmación que bajo juramento hace el accionante, esto es, por
uno de los medios de prensa escrita, diarios El Universo o Diario El Telégrafo.
JUICIO: Verbal Sumario.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. LORENA ORELLANA BAJAÑA, Jueza Temporal del
Juzgado Segundo de lo Civil de Guayaquil.
Lo que comunico a Ud. para fines de ley. Previniéndole de la obligación que
tiene de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte
días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso caso contrario
será considerado o declarado rebelde.
Guayaquil, 03 de mayo de 2012
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
(93343)
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: FELIPE SANTIAGO MORA DUMES.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSALES N°
1395-2012, seguido por la señora JUSTINA VIOLETA VARGAS MIRANDA en contra de FELIPE
SANTIAGO MORA DUMES.
ACTORA: JUSTINA VIOLETA VARGAS MIRANDA.
DEMANDADO: FELIPE SANTIAGO MORA DUMES.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo
matrimonial que une a la señora JUSTINA VIOLETA VARGAS MIRANDA con el señor FELIPE
SANTIAGO MORA DUMES de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11
inciso primero del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: EL AB. JOHNNY FRANCISCO LITUMA JINES, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL
DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionado
mediante Acción de Personal No.- 412-DNP, extendido por el Consejo Nacional de la Judicatura. Forme parte del proceso el Acta de Declaración Juramentada que ha rendido en esta
Unidad Judicial Especializada la actora Justina Vargas Miranda.- En lo principal, la demanda
de divorcio presentada por JUSTINA VOLETA VARGAS MIRANDA contra FELIPE SANTIAGO
MORA DUMES, se la califica de clara, precisa y por reunir los demás requisitos legales que
exige los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite en
juicio verbal sumario.- En virtud de la declaración juramentada practicada por la actora ante el
suscrito Juez de esta Unidad Judicial Especializada, se dispone que la diligencia de citación al
demandado Felipe Mora Dumes, se la realice por medio de tres publicaciones que se harán en
un periódico de mayor circulación que se edita en esta ciudad, en tres días diferentes, conforme
lo establece el artículo 119 del Código Civil y artículo 82 del Código de Procedimiento Civil,
mediando ocho días entre una publicación y otra.- Dótese de curador ad litem a la adolescente
Joselyne Mora Vargas, para lo cual deberá comparecer personalmente a esta Unidad Judicial
en el día y hora que el suscrito Juez lo disponga, y una vez practicada la diligencia de citación.Tómese en cuenta el casillero judicial # 5353 que señala la actora para sus notificaciones y la
autorización que confiere a su patrocinador.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Notifíquese.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole
de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la
última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario
será tenido o declarado rebelde.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. JOHNNY FRANCISCO LITUMA JINES, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.
Guayaquil, 30 de marzo del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1
CANTON GUAYAQUIL
(93398)
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA COMPAÑÍA
DE TRANSPORTE PESADO WILTRANS S.A.
La compañía COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO WILTRANS S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del
Distrito Metropolitano de Quito, el 01 de Marzo
de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.
DJC.Q.12.002364 de 11 de Mayo de 2012.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.200,00 Número de
Acciones 1.200 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: “SE DEDICARÁ EXCLUSIVAMENTE A TRANSPORTE
COMERCIAL DE CARGA PESADA A NIVEL NACIONAL, SUJETÁNDOSE A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE
TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL...”
JUZGADO UNDÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
A: RIGOBERTO MORÁN SELLÁN.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha correspondido a esta Judicatura
el conocimiento de la demanda de Concurso de Acreedores (Insolvencia), planteada en su contra por la EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE
GUAYAQUIL, EP, cuyo extracto de la misma y auto inicial, son del tenor
siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: La EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL, EP, acude a esta Judicatura y fundamentando en el hecho de
que el demandado RIGOBERTO MORÁN SELLÁN no ha cumplido con el
mandamiento de ejecución dictado por el Señor Juez Temporal Encargado Duodécimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, esto es no ha pagado
la suma de U.S.$ 3,628.64 dólares de los Estados Unidos de América, solicita que por presumirse la insolvencia del referido demandado, se declare haber lugar al concurso de acreedores en su contra Fundamentando su
demanda en los Arts. 507; 519; y 521 del Código de Procedimiento Civil.PROVIDENCIA.- Por auto de fecha sábado 14 de abril del 2012, las
09h36, se admitió la demanda a trámite y por presumirse la insolvencia
del demandado, se declaró haber lugar al concurso de acreedores en su
contra, particular este que se dispuso poner en conocimiento del público
por una sola vez transcurrido el término de ley. Previo al cumplimiento de
lo anterior se le concedió al demandado, el término de tres días para que
pueda oponerse a la insolvencia, de conformidad con lo normado en el
Art. 521 del Código de Procedimiento Civil y en vista de la declaración
bajo juramento, que hizo la parte actora, quien manifestó que le ha sido
imposible determinar la residencia del demandado RIGOBERTO MORÁN
SELLÁN, se dispuso que se cite a éste por la prensa de conformidad con
el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Iván Henry Jordán Romero, Juez Temporal (E)
Undécimo de lo Civil de Guayaquil.
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93350)
A: SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES (deudora principal).
LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio Ejecutivo # 762-D-2009, seguido por la Compañía CONSULCREDITO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. contra SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES (deudora principal)
y SONIA DEL ROCIO YEPEZ AVILES (codeudora solidaria), se encuentra lo siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez ordene en sentencia el pago del capital adeudado, los
intereses legales y de mora, expensas judiciales y costas procesales.
AUTO INICIAL: Guayaquil, 20 de agosto del 2009, a las 15:37.
VISTOS: Guayaquil, 20 de agosto del 2009, a las 15:37. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente
demanda en mi calidad de Juez Suplente del Juzgado Segundo de lo Civil de Guayaquil, y en mérito
de la acción de personal No. 454-OPD de 29 de marzo del 2007, remitido por el Consejo Distrital de
la Judicatura.- La demanda que antecede presentada por RAUL ALBERTO QUEVEDO IÑIGUEZ, por
reunir los requisitos de ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por la cual se la admite al
trámite de Juicio Ejecutivo. En lo principal, las demandadas SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES como
deudora principal y la señora SONNIA DEL ROCIO YEPEZ AVILES paguen a su acreedor la obligación
demandada o propongan las excepciones de las que se crean asistidas dentro del término de tres días
con apercibimiento de sentencia. Agréguese los documentos públicos acompañados a la demanda
debiendo desglosarse y entregarse, dejandose fotoscopias certificadas en los autos. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora para sus futuras notificaciones y la autorización que
confiere a su defensoras. Cítese y notifíquese f) Abg. Omar Aguiar Perez, Juez Suplente del Juzgado
Segundo de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico a Ud., para los fines de ley. Guayaquil, lunes 11 de
julio del 2011, las 11h29. Agréguese al proceso el escrito presentado por el accionante, por cuanto el
actor manifiesta bajo juramento desconocer el domicilio de la demandada, se dispone citar a la accionada SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES, por la prensa esto es, por medio de tres publicaciones que
serán en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad (El Universo, El Telégrafo, El Expreso).
Todo conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- NOTIFIQUESE.- f) Ab.
Pablo Pazmiño Villalva, Juez Provisional.
CUANTÍA: $ 5.223,95/100 CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y TRES DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS 95/100.
JUEZA DE LA CAUSA: AB. LORENA ORELLANA BAJAÑA, JUEZA JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL
DE GUAYAQUIL.
Lo que comunico a usted, para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer
a juicio y señalar casillero judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a
la tercera y última publicación de éste aviso y en caso de no hacerlo podrá ser declarado rebelde.
Guayaquil, 2 de mayo del 2012
Ab. Delia Pimentel Delgado
Secretaria Juzgado Sexto de Tránsito del Guayas
May. 7-18; Jun. 1 (92632)
Ab. María Valdivieso De Lucca
SECRETARIA (E)
ACCIÓN DE PERSONAL No. 1014 UARH-KZF DEL 08-03-2012
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL
May. 16-17-18 (93260)
CITACIÓN JUDICIAL A: GERMANIA NARCISA DE JESÚS ARAGON MOREJON
ACTOR: WEEDY MONTGOMERY BERRONES GORDILLO
DEMANDADA: GERMANIA NARCISA DE JESÚS ARAGON MOREJON
JUICIO: INVENTARIOS No. 778-2008- C. M.
TRAMITE: ESPECIAL
CUANTÍA: INDETERMINADA
PROVIDENCIA
JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 18 de abril de 2012,
las 08h26.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez
Titular de esta Judicatura. La demanda que antecede, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Por haberse justificado con la documentación acompañada a la
demanda la disolución de la sociedad conyugal entre los señores Weedy Montgomery
Berrones Gordillo y Germania Narcisa de Jesús Aragón Morejón, se declara con lugar la
facción de inventarios de dicha sociedad y se ordena el avalúo e inventario de los mismos,
para lo cual las partes nombrarán su perito. De conformidad con lo previsto en el Art. 252
del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado se reserva el derecho de nombrar el perito
respectivo. De acuerdo con el Art. 82 del Código Adjetivo Civil, y al juramento rendido por
el actor de la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia, se dispone citar a
la demandada señora Germania Narcisa de Jesús Aragón Morejón, por la prensa en uno
de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito. Agréguense al
proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente. NOTIFÍQUESE. f).- DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ, JUEZ.
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de
señalar casillero judicial para posteriores notificaciones que le corresponda.
DR. MANUEL AMON MEDINA
SECRETARIO
JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
May. 18; Jun. 4-15 (93332)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
A: SONIA DAVILA RIVADENEIRA
SE LES HACE SABER QUE dentro del Juicio Insolvencia Nº 177-A-2012,
seguido por EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL contra SONIA DAVILA RIVADENEIRA se encuentra lo siguiente:
CUANTÍA: $ 8.746,82 USD.
AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 8 de marzo del 2012, las 13h11.- VISTOS: De conformidad con la acción de personal 603-UARH-KZF del 9 febrero del 2012, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal,
la demanda que antecede presentada por el Doctor Carlos Coello Vera,
en calidad de Procurador Judicial del Ing. ALBERTO TAMA FRANCO,
Gerente General de la Empresa Eléctrica Pública de Guayaquil, EP, cuya
intervención se declara legitimada en mérito del instrumento público
acompañado contra SONIA DAVILA RIVADENEIRA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67- 68- 69 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa y se la admite
al trámite establecido en el parágrafo Tercero de la Sección Cuarta, Titulo
II, Libro II, del antes citado Código Adjetivo Civil. Por consiguiente como
se acompaña a la demanda los recaudos de ley, donde consta que la
demandada no dio cumplimiento al mandamiento de ejecución, se presume haber lugar al Concurso de acreedores en su contra. Ordenándose...
CITESE a la demandada por uno de los diarios de mayor circulación que
se editan en esta ciudad, de conformidad con el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil, ya que el actor manifiesta bajo juramento que le es
imposible determinar el domicilio o paradero de la demandada, a fin de
que comparezca a juicio dentro del término de tres días a efecto de que
pague la deuda o dimita bienes suficientes tal, cual lo ordena el Art. 521
del Código de Procedimiento Civil, y dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con expresión del activo y pasivo. Oportunamente...
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero
de lo Civil de Guayaquil.
Lo que comunico para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de
la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir posteriores
notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última
publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido
como rebelde.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO VIGÉSIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE MANABI
MONTECRISTÍ
A la señora SILVIA LORENA ROSALES CASTILLO y señorita PAMELA CRISTINA CORONEL ROSALES, se le hace saber que en este Juzgado Vigésimo Séptimo de lo Civil y Mercantil de Manabí, por sorteo de ley, le ha tocado el conocimiento de una demanda Verbal
Sumaria de Divorcio, cuyo extracto es el siguiente:
CAUSA:
JUICIO:
ACTOR:
N° 060-2012
V. S. DIVORCIO
AB. TANIA ALEXANDRA GOMEZ PINARGOTE (PROCURADORA JUDICIAL DEL SEÑOR MILTON SEGUNDO CORONEL REYES).
DEFENSOR:
AB. TANIA A. GOMEZ PINARGOTE
DEMANDADA: SILVIA LORENA ROSALES CASTILLO
CUANTÍA:
INDETERMINADA.
OBJETO DE LA DEMANDA: La Ab. Tania Alexandra Gómez Pinargote en su calidad de
Procuradora Judicial y mandante del señor Milton Segundo Coronel Reyes, manifiesta que
su mandante el señor Milton Segundo Coronel Reyes se encuentra casado con la señora
Silvia Lorena Rosales Castillo, desde el 30 de Octubre de 2001 matrimonio celebrado en
la ciudad de Guayaquil. Que desde el 02 de noviembre del 2007 su cónyuge de manera
libre, voluntaria e injustificada abandonó el hogar que lo tenían formado, por lo que no han
tenido ninguna clase de relación conyugal ni sexual. Amparada en el Art. 110 numeral 11
del Código Civil solicita que, luego del trámite legal, en sentencia se declare el vinculo matrimonial que los une.
JUEZ DE LA CAUSA: DR. LUIS MERO LOPEZ, Juez temporal encargado del Juzgado Vigésimo Séptimo de lo Civil de Manabí, quien en providencia de fecha Montecristi 26 de marzo
del 2012, a las 09H35, avocó conocimiento de la presente causa, por el sorteo de ley y califica de clara, completa y precisa la demanda propuesta y por reunir los requisitos la admite a
trámite verbal sumario. Dispone se cite a la demandada señora Silvia Lorena Rosales Castillo, con el contenido de la demanda y auto recaído en ella por medio de la prensa, en uno de
los periódicos de mayor circulación del cantón Guayaquil provincia del Guayas y en uno de
mayor circulación de la capital de la provincia de Manabí, de conformidad con lo preceptuado en los Art. 82 del Código de Procedimiento Civil codificado y 119 de la codificación del
Código Civil, por cuanto la mandante del actor afirma bajo juramento que desconoce su individualidad o residencia y le es imposible determinarlo. De igual manera se cite por la prensa
a la menor púber señorita Pamela Cristina Coronel Rosales por desconocer individualidad o
residencia como tiene determinado. Lo que se comunica para los fines legales pertinentes,
advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus notificaciones.
Montecristi, marzo 30 del 2012
Dra. Zully Andrade García
SECRETARIA JUZGADO XXVII DE LO CIVIL DE MANABÍ - MONTECRISTI
(93230)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
Juzgado Noveno de lo Civil de Pichincha
AVISO JUDICIAL
JUICIO Insolvencia Nro. 77-2012 JPV
ACTOR: EUFEMIA LEONOR GONZALEZ ULLAURI
DEMANDADO: TERESA DE JESÚS TOSCANO
Cuantía: INDETERMINADA.
DOMICILIO JUDICIAL: AB. LUIS GUERRERO
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito martes 27 de marzo del 2012; Las
14h35.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en
calidad de juez titular legalmente posesionado.- En lo principal, la demanda que antecede
es clara y precisa por lo que se la acepta a TRÁMITE ESPECIAL.- De las copias certificadas
adjuntas se desprende que la señora TERESA DE JESÚS TOSCANO, se halla comprendida en
la situación prevista en el artículo 519, numeral 1ro. Del Código de Procedimiento Civil, lo cual
se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores, en consecuencia,
se ordena la práctica de las siguientes diligencias: Que se ocupen los bienes, correspondencia
y demás documentos de la fallida que se entregarán al síndico de concurso al doctor Arnaldo
Fiallos, quien se le nombra en este juicio.- Hágase conocer al público en General de este
particular por medio de la prensa, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- Que
se acumulen todos los juicios en contra de la demandada por obligaciones de dar o hacer,
pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Prohíbase a la
demandada ausentarse del lugar del juicio, y del territorio nacional, para el efecto remítase
atento oficio a la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional.- Se ordena que se
presente el balance de los bienes con indicación del activo y del pasivo, en el término de ocho
días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal, para la calificación de la insolvencia.- Como la fallida queda en interdicción de administrar sus bienes hágase saber del particular mediante comunicación escrita a los señores Notarios y Registrador
de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- Ofíciese además a la Superintendencia
de Bancos a fin de que haga conocer del particular a todos los Gerentes de los Bancos de
la Localidad; Registrador Mercantil y a las demás entidades que se expresa en el libelo de
demanda.- Cúmplase a cabalidad todas estas diligencias ordenadas.- Podrá sin embargo la
demandada oponerse al presente juicio pagando el valor de lo adeudado o dimitiendo bienes
equivalentes al crédito en el término legal de tres días.- Cítese a la demandada señora TERESA
DE JESÚS TOSCANO, mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación y
que se editan en ésta ciudad de Quito.- Agréguense al proceso los documentos presentados.Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por el actor.- Notifíquese. F) DR.
Wagner Játiva Quiroz, (Juez).
LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY.
Guayaquil, abril 27 del 2012
Ab. Miriam Clavijo Murillo
SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
Dr. Julio César Muñoz
SECRETARIO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
(93292)
CITACIÓN
JUICIO: 0264-C-2012 (09311-2012-0264)
Quito, 11 de Mayo de 2012
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HECTOR FEDERICO BERMEO JIMENEZ.
ACTOR: LUIS ERNESTO ERAZO CHAGUAY.
JUICIO: # 2012-0080 .
CUANTÍA: $ 20.000,oo.
JUEZ DE LA CAUSA: ABOGADO LUIS EDUARDO LUNA COELLO, JUEZ JURISDICCIONAL DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES DEL JUZGADO SEXTO DE TRANSITO DEL GUAYAS. GUAYAQUIL.OBJETO DE LA DEMANDA: El actor se fundamenta en el artículo 828 del Código de Procedimiento
Civil y 2214 del Código Civil, el pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados. AUTO
INICIAL: Guayaquil, 14 febrero de 2012, a las 15h41.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente
demanda, Verbal Sumario No. 2012-0080 deducida por LUIS ERNESTO ERAZO CHAGUAY en contra
de: HECTOR FEDERICO BERMEO JIMENEZ en calidad de conductor y FERNANDO XAVIER VILLACIS
GUEVARA, en calidad de GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CARRARSA S.A.
propietaria del vehículo de placas GRX-7101.- La demanda que antecede, por ser clara, precisa y completa y reúne los requisitos de Ley, se la acepta al trámite correspondiente en Juicio Verbal Sumario el
mismo que es secuela de la Instrucción Fiscal No. 2011-0073, disponiendo que se cite al demandado
HECTOR FEDERICO BERMEO JIMENEZ, conductor del vehículo de placas GRX-7101 y bajo juramento
dice desconoce el domicilio del demandado y pide que se las cite de acuerdo con el artículo 82 del
Código de Procedimiento Civil mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha
distinta en un diario de amplia publicación de la ciudad, debiendo elaborarse por secretaria el extracto
correspondiente.- Actúe la Abogada Delia Pimentel Delgado, Secretaria del Despacho.- Guayaquil, 03
de Abril del 2012. 10h19.- VISTOS: Agréguese a los autos los escrito presentados por LUIS ERNESTO
ERAZO CHAGUAY, Ing. FERNANDO JAVIER GUEVARA VILLACIS así como los anexos adjuntos y ABG.
JORGE ENRIQUE ERAZO CHICO.- Proveyendo: Por cuanto el compareciente Luis Ernesto Erazo Chaguay afirma bajo juramento desconocer el domicilio del demandado HECTOR BERMEO JIMENEZ, de
conformidad con lo determinado en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil se ordena citar al
demandado HECTOR BERMEO JIMENEZ mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas
en fechas distintas en un diario de amplia circulación de la ciudad, debiendo elaborarse por Secretaria
el extracto correspondiente.- Téngase en cuenta la designación que hace el ING. FERNANDO XAVIER
GUEVARA VILLACIS por los derechos que representa de la Compañía CARRARSA S.A. en su calidad
de representante Legal a favor del abogado Julián Fajardo Aguilar así como casilla judicial No. 283 que
señala para sus notificaciones.- Por Secretaría confiérase las copias certificadas que solicita el abogado
Jorge Enrique Erazo Chico a costa de él.- Siga actuando la señora Secretaria titular del Despacho. Abogada Delia Josefina Pimentel Delgado de Ramírez. Notifíquese y Cítese.- f) Abg. Luis Eduardo Luna Coello
Juez Sexto de Garantías Jurisdiccionales y Constitucionales del Juzgado Sexto de Tránsito del Guayas
en Guayaquil.- Lo que CITO a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial dentro de los veinte días posteriores de la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenido o declarado rebelde.- Guayaquil, 04 de Abril del 2012.
CITACIÓN - EXTRACTO
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO
EXTRACTO DE CITACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SEXTO DE TRANSITO DEL GUAYAS
Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dentro de los veinte días
posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación,
caso contrario será tenido o considerado rebelde.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
CITACIÓN - EXTRACTO
EXTRACTO
A: NARCISA BRIONES MONTOYA
SE LE HACE SABER: QUE dentro del Juicio Insolvencia N° 181-A-2012,
seguido por EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL contra NARCISA BRIONES MONTOYA se encuentra lo siguiente:
CUANTÍA: $9.192,51 USD
AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 8 de marzo del 2012, las 14h54.- VISTOS: De conformidad con la acción del personal 603-UARH-KZF del 9
de febrero del 2012, avoco conocimiento de la presente causa. En lo
principal, la demanda que antecede presentada por el Doctor Carlos
Coello Vera, en calidad de Procurador Judicial del Ing. ALBERTO TAMA
FRANCO, Gerente General de la Empresa Eléctrica Pública de Guayaquil.
EP, cuya intervención se declara legitimada en mérito del instrumento
público acompañado contra NARCISA BRIONES MONTOYA, por reunir
los requisitos determinados en los artículos 67- 68- 69 y 1013 del Código
de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa y se la
admite al trámite establecido en el parágrafo Tercero, de la Sección Cuarta, Titulo II, Libro II del antes citado Código Adjetivo Civil. Por consiguiente como se acompaña a la demanda los recaudos de ley, donde consta
que la demandada no dio cumplimiento al mandamiento de ejecución, se
presume haber lugar al Concurso de acreedores en su contra. Ordenándose...CITESE a la demandada por uno de los diarios de mayor circulación
que se editan en esta ciudad, de conformidad con el Art. 82 del Código
de Procedimiento Civil, ya que el actor manifiesta bajo juramento que le
es imposible determinar el domicilio o paradero de la demandada, a fin de
que comparezca a juicio dentro del término de tres días a efecto de que
pague la deuda o dimita bienes suficientes tal, cual lo ordena el Art. 521
del Código de Procedimiento Civil, y dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con expresión del activo y pasivo. Oportunamente...
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero
de lo Civil de Guayaquil.
Lo que comunico para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de
la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir posteriores
notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última
publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido
como rebelde.
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COMPAÑÍA
TAGZINI S.A., POR LA DE ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A., Y REFORMA DEL
ESTATUTO.
Guayaquil, 04 de Mayo del 2012
Guayaquil, abril 27 del 2012
Ab. Luis M. Serrano Pérez
SECRETARIO
Juzgado Décimo Primero de lo Civil de Guayaquil
Ab. Miriam Clavijo Murillo
SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
1.- ANTECEDENTES.- La compañía TAGZINI S.A., se constituyó mediante escritura pública
otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno del cantón Guayaquil, el 9 de noviembre de
2011, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G.11.0006438 el 14 de noviembre
de 2011, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil el 15 de noviembre
de 2011.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de denominación
social de la compañía TAGZINI S.A. por la de ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A., y
reforma del estatuto, otorgada el 17 de abril de 2012, ante el Notario Trigésimo del
cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante
Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12- 0002297 de 10 de mayo de 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la
señora licenciada Lucía Taína Wittong Lavallen, en su calidad de Gerente General, de
estado civil divorciada, ecuatoriana y domiciliada en la ciudad de Guayaquil.
4.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12- 0002297
de 10 de mayo de 2012, aprobó el cambio de denominación social de la compañía
compañía TAGZINI S.A., por la de ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A. y la reforma del
estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días
consecutivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de
Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación social de la compañía TAGZINI S.A. por la de ALLTRANSTRADER ECUADOR
S.A. a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan
presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la
compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de
este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia
de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta
Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente
con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir
oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción
de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás
requisitos legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a los siguientes artículos:
"ARTICULO PRIMERO: Con el nombre ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A., se constituye
una compañía anónima, se regirá por la Ley de Compañías y los presentes estatutos
ARTÍCULO SEGUNDO: La compañía se dedicará: a) La representación comercial de
empresas nacionales y extranjeras y a la distribución de mercaderías por vía marítima y
aérea; consolidación, desconsolidación de todo tipo de carga ya sea marítima, aérea o
terrestre; consignaciones y corretajes marítimos y terrestres; compraventa, asociación,
arriendo a casco desnudo, fletamento, auto propulsadas o artefactos navegables, de uso
público o privado, de servicio de transporte acuático.....".
Guayaquil, 10 de mayo de 2012
Ab. Natalia Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
May. 18-19-20 (93389)
Gaceta varios
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO PRIMERO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL
CITACIÓN - EXTRACTO
EXTRACTO DE CITACIÓN
AVISO DE REMATE
Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 10 de abril del 2012, a las 15h30, por el señor Juez de Coactiva de la Sucursal Mayor Guayaquil de la
Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 319-2011, se ordenó el remate de los bienes inmuebles embargados, señalándose para el efecto, el
día JUEVES 14 DE JUNIO DEL 2012, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de
la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de octubre No. 200 y Pichincha, mezzanine, de la ciudad de Guayaquil.
CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE:
1) SEIS SOLARES SIGNADOS CON LOS NÚMEROS TRES, CUATRO, CINCO, SEIS, DIEZ, VEINTE UBICADOS EN LA LOTIZACIÓN LOS EMILIOS DE LA
JURISDICCIÓN DEL CANTÓN MOCACHE, PROVINCIA DE LOS RÍOS, los mismos que se encuentra circunscrito dentro de las siguientes medidas y linderos: UNO)
Solar número tres de la manzana P de la lotización Los Emilios con una superficie de doscientos metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE:
Con Calle; POR EL SUR: Solar numero trece; POR EL ESTE: Con los solares número uno y dos y POR EL OESTE: Con el solar numero cuatro, DOS) Solar numero
cuatro de la manzana P con una superficie de doscientos metros cuadrados con los siguientes linderos : POR EL NORTE: Con Calle, POR EL SUR: Solar numero
catorce, POR EL ESTE: Con el solar numero tres y POR EL OESTE: Con el solar numero cinco; TRES) Solar numero cinco de la manzana P con una superficie de
doscientos metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con Calle, POR EL SUR: Solar numero quince; POR EL ESTE: Con solar numero cuatro;
y POR EL OESTE: Con el solar numero seis, CUATRO) Solar numero seis de la manzana P con doscientos metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL
NORTE: Con Calle; POR EL SUR : Solar numero diez y seis; POR EL ESTE: Con el solar numero cinco; y POR EL OESTE: Con el solar numero siete; CINCO) Solar
numero diez de la manzana P con doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con Calle , POR EL SUR : Solar
numero veinte; POR EL ESTE: Con el numero nueve; y POR EL OESTE: Con calle; SEIS) Solar numero veinte de la manzana P con trescientos cuarenta y ocho
metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con el solar numero diez; POR EL SUR: Con Calle, POR EL ESTE: Con el solar numero diez y nueve
; y POR EL OESTE: Con Calle.
AVALÚO: USD $ 127,509.44 (CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS NUEVE 44/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
2) MAQUINARIA LIMPIADORA DE GRANOS equipada con caja de absorción de impurezas marca Producción nacional, velocidad Transp.: 0,3M/SEG, motor
prelimpia: 2hp, motor ventilador: 10hp, serie A2, color azul.
AVALÚO: USD $ 5,250.00 (CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA),
A: GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No.
3896-2012, seguido por la señora LUZ OLINDA ARAUJO BAZURTO en contra de GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA:
ACTOR: LUZ OLINDA ARAUJO BAZURTO.
DEMANDADO: GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo
matrimonial que une a LUZ OLINDA ARAUJO BAZURTO con GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso primero del Código
Civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL NO. 1 DEL
CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, sábado 21 de abril del 2012, las 10h26. VISTOS: En mi calidad
de Jueza Primera de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, Encargada del despacho del Dr. Víctor Hugo Echeverría Bravo, Juez titular de esta judicatura, mediante
acción de personal No. 1753-UARH-NVP de fecha 18 de abril de 2012, extendida por la Dirección
General del Consejo de la Judicatura de Transición. Una vez que la accionante ha dado cumplimiento a la diligencia señalada por el señor doctor Víctor Hugo Echeverría, Juez titular de este
despacho, de fecha viernes 20 de abril de 2012, a las 14h30 en la sala No. 3 de la Unidad Judicial
Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia No. 1 del cantón Guayaquil. En lo principal,
dentro de la presente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por LUZ OLINDA ARAUJO
BAZURTO contra su cónyuge GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, en consecuencia, se la admite al trámite del juicio
verbal sumario (divorcio).- Cítese al cónyuge demandado GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA,
por la prensa toda vez que la actora ha declarado bajo juramento ante la suscrita desconocer su actual residencia o domicilio y que a pesar la diligencias e investigaciones realizadas no le fue posible
determinar el domicilio o residencia de la parte demandada; en el modo establecido en el Art. 82
del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código
Civil, en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso y/o Extra.- La Actuaria del
despacho, confiera los extractos respectivos para su publicación. Hágase saber.- F) DR. PAOLA DE
LOS ÁNGELES DÁVILA LÓPEZ, JUEZA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SECRETARIA AB. NATASHA BLUZSTEIN.
JUEZ DE LA CAUSA: DR. PAOLA DE LOS ÁNGELES DÁVILA LÓPEZ, JUEZA ENCARGADA DE LA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL
DEL GUAYAS.
Guayaquil, 02 de mayo del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL
De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los
postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas
naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, deberán acudir a esta judicatura dentro del plazo de treinta días antes de la fecha de remate para que
se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada
por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del
remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los
documentos el día JUEVES 17 DE MAYO DEL 2012.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se
aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas
al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor
y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado
que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su
abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del
valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera
Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los US$10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores
deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y
Psicotrópicas, ni las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del PRIMER
SEÑALAMIENTO de remate, conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas que no ofrezcan por los menos
las dos terceras partes del valor del avalúo del bien materia del remate.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el
Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se
fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el
interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461
del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble
se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que
se hagan para la transferencia de dominio del bien inmueble y mueble materia del remate, serán de cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la
respectiva publicación. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso
de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los
bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32
de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar
el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará
para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento
del remate que se va a efectuar.- Cualquier información adicional solicitarla al Juzgado de Coactiva la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Guayaquil, al teléfono
2560888 ext. 1373.- Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- Guayaquil, 18 de abril del 2012
Ab. Guillermo Vicente Peña Avilés
SECRETARIO DE COACTIVA
CITACIÓN - EXTRACTO
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ALEXANDRA BEATRIZ SANCHEZ PESANTES.
LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el juicio de
divorcio verbal sumario No. 1128-A-2011, seguido por JUAN ISAIAS ORTEGA AREVALO
contra ALEXANDRA BEATRIZ SANCHEZ PESANTES.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare disuelto el vínculo matrimonial fundamentado
en causal 11, inciso 1 del Art. 110, del Código Civil.CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Shirley Ronquillo Bermeo, Juez Suplente del Juzgado Trigésimo
Primero de lo Civil de Guayaquil.
AUTO: Mediante auto dictado el lunes 19 de diciembre de 2011, las 09h11, la Juez de la
causa, dispuso: "... VISTOS: Se califica la demanda presentada por el señor JUAN ISAIAS
ORTEGA AREVALO, de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por
la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio).- En consecuencia, cítese
por la prensa a la demandada, señora ALEXANDRA BEATRIZ SANCHEZ PESANTES, mediante publicaciones en el diario Expreso o El Telégrafo en vista que el actor afirma, bajo
juramento, que le es imposible determinar su residencia, de conformidad con el Art. 82
del Código de Procedimiento Civil en relación con el Art. 119 del Código Civil.- Téngase en
cuenta que el actor declara que no procrearon hijos y que la sociedad conyugal no adquirió
bienes.- Agréguense los documentos acompañados ordenándose su desglose y devolución
dejando fotocopias certificadas de los mismos en autos - La señora Secretaria del Juzgado
confiera el correspondiente extracto de citación..." Mediante providencia dictada el jueves
8 de marzo de 2012, las 16h16, la Juez Suplente de la causa, dispone: "... Intervenga la
señora Oficial Mayor del Juzgado por vacaciones de la señora Secretaria titular hasta que
duren las mismas.- La Oficial Mayor sírvase conferir el extracto de citación a la parte actora,
ordenado en el auto inicial, en el día, una vez notificada esta providencia, en vista del tiempo
que ha transcurrido desde la calificación de la demanda..."
Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para recibir las notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a
la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenida o declarada rebelde.
Guayaquil, 12 de marzo de 2012
A: PRESUNTOS PROGENITORES Y FAMILIARES
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD N° 3226-2012, seguido por Lcda. YOLANDA RAQUEL GONZALEZ LASTRE en
su calidad de Directora Provincial del Instituto de la Niñez y Adolescencia - Guayas MIES
-INFA
ACTOR: Lcda. YOLANDA RAQUEL GONZALEZ LASTRE
DEMANDADO: PRESUNTOS PROGENITORES Y FAMILIARES
OBJETO DE LA DEMANDA: Que se lo cite al demandado, el juez mediante sentencia declare en aptitud legal para ser adoptado el niño DALTON VALVERDE SANCHEZ.
AUTO INICIAL: LA AB. SIXTA BARCOS PORROS, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionada
mediante Acción de Personal No. 412- DNP, extendido por el Consejo Nacional de la
Judicatura, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la
Función Judicial.- En lo principal la presente demanda de DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD, que presenta la señora Lcda. YOLANDA RAQUEL GONZALEZ LASTRE, p.l.d.q.r., en
su calidad de Directora Provincial del Instituto de la Niñez y Adolescencia - Guayas MIES INFA, y como representante legal de la “Casa Hogar Guayaquil”, la misma que por ser clara,
completa y, precisa y reunir los requisitos de ley, se acepta al trámite en consecuencia por
cuanto lo actora manifiesta bajo juramento desconocer la identidad, domicilio e individualidad del demandado se dispone que se cite a los presuntos progenitores y familiares que se
crean con derecho al niño DALTON VALVERDE SANCHEZ, en tres días distintos por medio
de uno de los diarios de mayor circulación en el país.- De conformidad con lo determinado
en el Art. 268 y 269 del Código de la Niñez y Adolescencia, la Policía Especializada en Niñez
y Adolescencia - DINAPEN, proceda a efectuar una prolija investigación en lo relacionado al
presente caso, y a fin de establecer el paradero de los padres del niño, así como la identidad
de sus progenitores y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad.- Intervenga la
oficina técnica del juzgado de Niñez y Adolescencia y realice una exhaustiva investigación
en esta causa en informe en la brevedad a este Juzgado.- Téngase en cuenta los documentos aparejados.- Tómese en cuenta la autorización que confiere la accionante en favor de
sus patrocinadores y la casilla judicial que señala para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE.
CUANTÍA:
JUEZ DE LA CAUSA: AB. SIXTA BARCOS PORROS, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL
DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A GUSTAVO EFRAIN FERNANDEZ CUICHAN, DE LA DEMANDA
DE DIVORCIO PROPUESTA EN SU CONTRA POR MARYLUZ ARAÑO REINA.
ACTOR: MARYLUZ ARAÑO REINA
DEMANDADO: GUSTAVO EFRAIN FERNANDEZ CUICHAN
JUICIO: No. 0214-2012-ED.TRAMITE: VERBAL SUMARIO (DIVORCIO)
CUANTÍA: Indeterminada
FECHA DE INICIACIÓN: 16 de abril del 2012
PROVIDENCIA
“JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 16 de abril del
2012, las 14h19.- VISTOS: Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa y completa, por
reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario.- En
lo principal, atenta al juramento rendido por la Actora y de conformidad a lo dispuesto
en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado SR. GUSTAVO
EFRAIN FERNANDEZ CUICHAN, mediante tres publicaciones que se harán, cada una
de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón
Quito, provincia de Pichincha y tal como dispone el Art. 119 del Código Civil, se las
hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra publicación.Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por la SRA. ARAÑO REINA
MARYLUZ y la autorización que da a su abogado defensor.- Cítese y Notifíquese.- f) Dra.
Mónica Flor Pazmiño, Jueza. “
Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole
de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito para sus
futuras notificaciones.
Dra. Rosa Guerrero Castro
SECRETARIA ENCARGADA DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO
DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Ab. Luisa Torres San Lucas
OFICIAL MAYOR
JUZGADO 31 CIVIL GUAYAQUIL
ACCION P # 1679-OPD-DDGG-07
May. 18; Jun. 4-15 (93275)
(93318)
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1
CANTÓN GUAYAQUIL
JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO CUARTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL
EXTRACTO DE PUBLICACIÓN
A: JIMMY JAVIER GONZALEZ GARCIA, se le hace saber lo que se encuentra dentro del juicio de
Prestación de Alimentos N° 1663-2011 seguido por MARIA LORENA HERNANDEZ CHALEN.JUICIO DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS N° 1663-2011.Guayaquil, miércoles 26 de octubre del 2011, las 10h19.- VISTOS: En virtud de lo dispuesto en el
Art. 171 del Código Orgánico de la Función Judicial; la Resolución que contiene las Normas para
el Funcionamiento Operativo y Administrativo de los Jueces Adjuntos Temporales, publicada en el
Registro Oficial No. 264 del miércoles 25 de Agosto del 2010; avoco conocimiento de la presente
causa en mi calidad de Juez adjunto de esta Unidad Judicial Ampliada: En lo principal, por reunir
los requisitos de Ley, la demanda propuesta por la señora MARIA LORENA HERNANDEZ CHALEN, p.l.d.q.r. de los menores JIMMY EDUARDO, EVELYN NICOLE Y MAURO XAVIER GONZALEZ
HERNANDEZ, en contra de JIMMY JAVIER GONZALEZ GARCIA, se la califica de clara y precisa
y se la admite al trámite, de conformidad con el Art. 271 y siguientes del Código de la Niñez y
Adolescencia. De conformidad con lo establecido en los Artículos 9 y 35 enumerados de la Ley
Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia publicado en el
Registro Oficial 643 de 28 de julio de 2009, se fija provisionalmente la cantidad de ($ 143,16
USD) CIENTO CUARENTA Y TRES DÓLARES CON DIECISÉIS CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA equivalente a 54,23 % del salario básico unificado, como pensión alimenticia
a favor de los menores JIMMY EDUARDO, EVELYN NICOLE Y MAURO XAVIER GONZALEZ HERNANDEZ. Al demandado señor JIMMY JAVIER GONZALEZ GARCIA, con copia de la demanda y
auto recaído en ella, en el lugar que se indica, mediante boleta única de citación a fin de que un
miembro de la Policía Nacional del Ecuador colabore con la respectiva diligencia y siente la razón
de citación, la actora brinde las facilidades pertinentes a fin de cumplir de manera oportuna la citación. Cumplida la citación ordenada, el demandado anunciará las pruebas que estime pertinentes
hasta 48 horas antes de la realización de la Audiencia Única que se señalará oportunamente, a la
que deberá concurrir personalmente o por intermedio de Procurador Judicial con Poder amplio y
suficiente en cuanto a derecho se requiere, el mismo que necesariamente debe contener cláusula
especial para transigir, audiencia en la que, se informará a las partes sobre las normas que rigen la
fijación de las pensiones alimenticias, subsidios y beneficios y su cumplimiento, se evaluarán las
pruebas y se fijará pensión definitiva de conformidad con el Principio de concentración constante
en el Art. 168 numeral 6 de la Constitución. Tómese en cuenta la casilla judicial No. 2105, que
señala la parte actora y la autorización que le confiere a su patrocinador. Agréguese a los autos
los documentos que adjunta. Ofíciese conforme lo solicita.- NOTIFIQUESE Y CITESE.- Guayaquil,
jueves 5 de abril del 2012, las 14H42.
Agréguese a los autos el escrito presentado por la señora MARÍA LORENA HERNÁNDEZ CHALEN
de fecha 3 de abril del 2012 a las 11H58, del contenido del mismo se establece que el demandado JIMMY JAVIER GONZÁLEZ GARCÍA tiene su domicilio ubicado en la Avenida José Vicente
Trujillo y Calle C Bloque No. 1 Departamento 18 de la Primavera de esta Ciudad de Guayaquil,
en consecuencia remítase copia del expediente a la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial
de Justicia del Guayas; que la parte actora de la presente Demanda de Pensiones de Alimentos
proporcione las facilidades necesarias para llevar a cabo la diligencia de citación ordenada en el
auto inicial.- Sígase notificando a la casilla judicial No. 174.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- Guayaquil, viernes 4 de mayo del 2012, las 12h15. Como de autos consta la razón de citación donde
manifiesta que no se ha podido citar al Señor GONZALEZ GARCIA JIMMY JAVIER, se dispone
que se lo cite por medio de la prensa, ya que la actora bajo juramento declara que desconoce y se
le hace imposible determinar la residencia o domicilio del demandado, mediante 3 publicaciones
que se harán cada una de ellas en fecha distinta; en un Periódico de amplia circulación nacional,
previniéndole al demandado la obligación que tiene de comparecer a juicio 20 días después de
la última publicación, será considerado rebelde de acuerdo a lo que determina el Art. 82 ultimo inciso del Código de Procedimiento Civil, la actora brinde las facilidades pertinentes a fin de
cumplir de manera oportuna la citación. Se indica a la accionante que facilite las copias para la
diligencia ordenada. HAGASE SABER.- F) Ab. CARLOS PINTO TORRES Juez Adjunto Décimo
Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil.- LO QUE COMUNICO A USTED,
PARA LOS FINES DE LEY, ADVIRTIÉNDOLE AL DEMANDADO LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE
SEÑALAR DOMICILIO LEGAL PARA SUS NOTIFICACIONES, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS
POSTERIORES A LA TERCERA Y ULTIMA PUBLICACIÓN DE ESTE AVISO, DE NO HACERLO
SERA TENIDO O DECLARADO EN REBELDIA. Guayaquil, 11 de mayo del 2012.
Ab. Mercedes Alvarez Gómez
SECRETARIA DEL JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO CUARTO DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL
May. 18, Jun. 1-14 (93335)
-EXTRACTOJUICIO: ORDINARIO N ° 2011-1536-MY
ACTOR: GLADYS DEL CARMEN ROJAS
DEMANDADO: ROCIO JIJON DE HIDALGO
TRAMITE: ORDINARIO
OBJETO: Se declare con lugar la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de dominio
del local Nro. 161, alícuota 0.225900%, que forma parte del Edificio Centro Comercial
Espiral, de una superficie de 3 metros cuadrados con 83 centímetros cuadrados, sector
Santa Prisca, Quito.
CUANTÍA: Indeterminada
PROVIDENCIA
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 26 de enero
del 2012, las 11h28. VISTOS.- Por cumplido con el requerimiento anterior.- La demanda,
propuesta por Gladys del Carmen Rojas es completa, clara, precisa y reúne los demás
requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio
Ordinario.- En consecuencia, con la demanda y presente providencia córrase traslado a
la señora Rocío Jijón de Hidalgo, por el término de quince días, a fin de que la conteste
o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de
las que se creyere asistida, bajo apercibimiento en rebeldía.- En mérito de la afirmación
que bajo juramento ha realizado la Actora, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil, cítese a la señora Rocío Jijón de Hidalgo, por la prensa en uno de los
periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones
que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto
respectivo.- Cuéntese en la presente causa, con los personeros del Distrito Metropolitano de Quito, en la persona del señor Alcalde y Procurador Síndico.- Previamente inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad Municipal del Cantón Quito, conforme
lo dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se notificará a
la Entidad respectiva.- Incorpórense al proceso los documentos adjuntos.- Tómese en
cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la Actora, para sus notificaciones
posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su
Defensor.- NOTIFÍQUESE.
f) Ab. Francisco Alvear Montalvo, JUEZ.
Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito para recibir posteriores notificaciones. Certifico.Dr. Nilo Gonzalo Almachi
SECRETARIO
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
May. 18; Jun. 04-15 (93299)
EXTRACTO DE CITACIÓN
Guayaquil, 24 de abril del 2012
May. 18; Jun. 1-14 (93363)
CITACIÓN JUDICIAL PARA LA SEÑORA ROCIO JIJON DE HIDALGO
A: VICTOR HUGO COLOMA VILLALVA en calidad de deudor solidario.
SE LE HACE SABER QUE dentro del juicio ejecutivo N° 161-A-2012, seguido
por RONALD OMAR ALVAREZ URDIALES contra VICTOR HUGO COLOMA VILLALVA y otro se encuentra lo siguiente:
CUANTÍA: $55.000,oo USD.
AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 28 de marzo del 2012, las 16h16.- VISTOS: De conformidad con la acción del personal 603-UARH-KZF del 9 de febrero del 2012, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la
demanda presentada por el Ing. Ronald Omar Álvarez Urdiales, contra..., en su
calidad de deudor y el señor Víctor Hugo Coloma Villalva, en calidad de Garante
o deudor solidario, por reunir los requisitos determinados en los artículos 6768 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y
completa y se la admite a trámite ejecutivo establecido en la Sección 2, Titulo,
Parágrafo 2°, del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se dispone
que los demandados, en el término de tres días pague a su acreedor la cantidad
adeudada, o en el mismo término, deduzcan excepciones de la que se creyeren asistidas, bajo las prevenciones de Sentencia. CÍTESE Al demandado Víctor
Hugo Coloma Rodríguez, en la dirección indicada en la demanda. Al demandado Víctor Hugo Coloma Villalva, CÍTESELO, por uno de los diarios de mayor
circulación que se editan en esta ciudad, de conformidad con lo establecido en
el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil...
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero de lo
Civil de Guayaquil.
Lo que comunico para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir sus notificaciones dentro
de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso
caso contrario será considerado o tenido como rebelde.
Guayaquil, abril 25 del 2012
May. 18-31; Jun. 14 (93346)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TRIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
AB. ROSANNA MARTÍNEZ ERAZO
SECRETARIA (E)
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
Ab. Miriam Clavijo M.
SECRETARIA DEL JUZGADO 1ro. DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
A: GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO.
SE LE HACE SABER QUE dentro del juicio verbal sumario (divorcio) N° 477-A-2011,
seguido por JORGE ANIBAL INTRIAGO CORDERO contra GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO, se encuentra lo siguiente:
Cuantía: Indeterminada.
VISTOS: Guayaquil, jueves 19 de abril del 2012, las 15h43.- La demanda que antecede presentada por JORGE ANIBAL INTRIAGO CORDERO contra GRETA HERLINDA
VILLARUEL ROSADO, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67- 68 y
1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa y se
la admite a trámite Verbal sumario. En consecuencia, cítese a la demandada por uno
de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, conforme lo determina el Art. 82 del Código da Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 119 del
Código Civil. Téngase ...SIGUE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, jueves 19 de abril del
2012, las 15h43.- En mérito de la Acción de personal reformada N° 603-UARH-KZF
de fecha 9 de febrero del 2012 asumo el conocimiento del presente juicio, en calidad
de Juez Temporal encargado del Despacho de esta Judicatura.- En lo principal, agréguese a los autos el escrito que antecede presentado por JORGE ANIBAL INTRIAGO
CORDERO.- Considérese que manifiesta que por un error involuntario en el libelo de
su demanda consta la demandada como Greta Herlinda Villaruel Rosado, cuando lo
correcto es GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO, por lo que corrige dicho error,
y se aclara el auto de calificación dictado en la presente causa, teniéndose como demandada GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO.- Actúe la Ab. Rosanna Martínez
Erazo, en calidad de Secretaria (E), mediante acción de personal N° 1674-UARM-KZF
de fecha 16 de abril del 2012.
Juez de la Causa: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero de lo Civil de
Guayaquil.
Lo que comunico para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación
que tiene de señalar casilla judicial para recibir notificaciones dentro de los veinte días
posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será
considerado o tenido como rebelde.
Guayaquil, abril 23 del 2012
May. 7-18; Jun. 1 (92636)
Las características y demás especificaciones del bien inmueble y mueble a rematarse podrán ser apreciadas en el informe de avalúo que consta en el proceso, del
cuál será obligación de los postores de conocer, a fin de evitar cualquier reclamo posterior.
29
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL GUAYAS
AVISO DE REMATE
AL PUBLICO:
SE LE HACE SABER: Mediante providencia dictada el 12 de Abril del 2012, las 10h07,
por el Juez Temporal Cuarto de lo Civil de Guayaquil, Abg. Peter Kuffo Ronquillo, dentro
del juicio de Embargo y Remate No. 316-B-2009 seguido por Galo Edison Freire Viera,
se ha señalado para el día 20 de Junio del 2012 a partir de las 13h00 a 17h00 el remate
del bien inmueble embargado de las siguientes características:
UBICACIÓN DEL INMUEBLE:
LOCALIZACIÓN: Solar No. 20, Manzana No. 57 (antes No. 56), sector 3 de la Primera
Etapa de la ciudadela La Garzota, parroquia Tarqui, cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, Dirección Calle No. 57, ciudadela La Garzota.
CLASIFICACIÓN Y ENTORNO:
El sector donde se encuentra el inmueble esta designado para vivienda para personas
de clase media y en su alrededor podemos observar construcciones de una, dos y tres
plantas, con estructura de hormigón armado, así como oficinas de prestación de servicios de diversa índole como la Empresa Eléctrica del Ecuador, la empresa telefónica
TNT, etc.
SERVICIOS QUE TIENE EL SECTOR:
El sector cuenta con todos los servicios de infraestructura urbana, a saber red de agua
potable y alcantarillado, servicio de energía eléctrica, servicio telefónico, calles pavimentadas con aceras y bordillos de hormigón, transporte público, alumbrado público, etc.
LINDEROS Y MENSURAS DEL SOLAR:
De acuerdo a la documentación adjunta al proceso, el solar tiene los siguientes linderos
y mensuras: Por el Norte: Con el solar # 15, con 8 metros: Por el Sur, con la calle # 57
de la Urbanización, con 8 metros: Por el Este: Con el solar# 19, con 20 metros: Por el
Oeste: Con el solar # 21, con 20 metros.- Medidas que dan una superficie de 160 metros
cuadrados.- El predio tiene forma rectangular, su topografía es plana y su ubicación es
medianera.- El solar cuenta con un cerramiento frontal cuya estructura es de hormigón
armado, en todo su contorno.
CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTRUCCIÓN:
El inmueble esta compuesto de solar y edificación de dos plantas, cuya planta baja se
encuentra distribuida de la siguiente manera: garaje, hall de ingreso, sala, comedor, cocina, baño de visita, lavandería, cuarto de empleada y una pequeña bodega.
A la segunda planta se accede a través de una escalera de hormigón armado y la misma tiene la siguiente distribución: Dos dormitorios con baño, un dormitorio master con
baño, un estudio y un área que sirve de conección a los diferentes ambientes.
ESTRUCTURA: Hormigón armado: PAREDES: Mampostería enlucida, empastada y
pintada: PISO: Concreto revestido con marmetone: Cubierta: Hormigón armado: TUMBADO: Enlucido en planta baja y planchas de Gypsum en planta alta: VENTANAS: Aluminio y vidrio: PUERTAS: Madera (reja de hierro): IISS- Empotradas: IISS: Empotradas:
CERRAMIENTO: Estructura de hormigón armado, rejas de hierro: AREA DE CONSTRUCCIÓN: 195,25: PLANTA BAJA: 95.50 metros cuadrados: PLANTA ALTA: 99.75
metros cuadrados.
AVALUO DEL BIEN INMUEBLE: US$ 106,975.00 (CIENTO SEIS MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
No se admitirán ofertas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del
avalúo, a las que se acompañaran el 10% de cada oferta en dinero efectivo o en cheque
certificado a la orden de esta judicatura.EI remate se llevará a efecto en el despacho de la Secretaría del Juzgado Cuarto de lo
Civil de Guayaquil, en el tercer piso de la H. Corte Provincial del Guayas, ubicado en la
Avenida 9 de Octubre y Pedro Moncayo.
Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley.
Guayaquil, 19 de abril del 2012
Abg. Noria Barcia de Brito
SECRETARIA 13/8/97
JUZGADO 4TO. DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
Abr. 23, May. 7-18 (91964)
AVISO AL PUBLICO:
LE HAGO SABER: Que por auto dictado en Guayaquil, viernes 30 de marzo del 2012, las 11h25,
por el señor Juez Temporal del Juzgado Sexto de
lo Civil y Mercantil de Guayaquil Abogado Dionicio Gutiérrez Del Valle, dentro del juicio No. 992-2012, se declara abierta la sucesión intestada
de los bienes dejados por el causante CARLOS
EMILIO BURGOS GUERRA, desde su fallecimiento ocurrido el día 11 de Septiembre del 2010, y
también se ordenó poner en conocimiento del
público esta declaratoria.
Lo que comunico a Ud. Para los fines de Ley.
Guayaquil, Mayo 9 del 2012
Ab. Ramón Iñiguez Vera
Secretario Juzgado Sexto de lo
Civil de Guayaquil
(93355)
BANCO PROCREDIT S.A.:
Pone en conocimiento, la pérdida de la libreta de la Cta. de
Ahorros #1401011606559 de
QUISHPI CHIMBOLEMA LUIS
ALFONSO.
Particular que se comunica
para los fines legales.
(93342)
BANCO PROCREDIT S.A.:
Pone en conocimiento, la pérdida de la libreta de la Cta.
de Ahorros #4401010001861
de
YANEZ
VILLACIS
WASHINGTON EDUARDO.
Particular que se comunica
para los fines legales.
(93341)
COOP. DE AHORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA., Comunica
el extravío de la libreta de Ahorros No. 0126984311
perteneciente a CENTENO TITUANA MARIA ESTHER,
por lo que se ha procedido a su anulación, quién considere
tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse
en las Oficinas de la Cooperativa, en el plazo de 3 días,
contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
(93386)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ORELLANA
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL: SR. VICENTE QUINATOA GALARZA Y BOLIVIA VARGAS
YAMUCO.
ACTOR: SR. SIMÓN WENCESLAO VILLAFUERTE CHOMPOL
DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero judicial número 7 del Abg. Jacinto Roby Anchundia.
CUANTÍA: INDETERMINADA
JUEZ: Abg. Tito Silva Calderón
SECRETARIA: Sra. Noemí Iñahuazo Celi
DEMANDA: En el juicio Verbal Sumario (Amparo Posesorio) Nro. 257-2010 propuesto por el señor SIMON WENCESLAO VILLAFUERTE CHOMPOL en contra del
señor Víctor Quinatoa Galarza y la señora Bolivia Vargas Yamuco fundamentada en
el Art. 715, 960 y 969 del Código Civil.
PROVIDENCIA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA, 20 de julio del 2010,
las 10H30.- VISTOS.- Por cumplido lo ordenado en providencia que antecede.
La demanda presentada por el actor señor SIMÓN WENCESLAO VILLAFUERTE
CHOMPOL, es clara y precisa, ya que reúne los requisitos exigidos por la Ley, por
lo que se la admite a trámite solicitado en juicio Verbal Sumario, en consecuencia,
en mérito al juramento rendido por el actor de desconocer la individualidad o residencia de los demandados señores VICTOR QUINATOA GALARZA Y BOLIVIA VARGAS YAMUCO, se ordena citarlos en el diario “EL TELÉGRAFO” por ser de amplia
circulación nacional tal como lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil. Por tratarse de un predio urbano cuéntese con los señores representantes del
Gobierno Municipal de Francisco de Orellana, a quienes se los citará en sus respectivos despachos. Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad de
este Cantón, tal como lo dispone el Art. 1.000 del Código de Procedimiento Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Tito Silva Calderón, Juez de lo Civil de Orellana.
Lo que comunico a Ud. para los fines de Ley, previniéndole a Ud. de la obligación
que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Francisco de Orellana, para
futuras notificaciones, dentro del término de veinte días posteriores a la tercera y
última publicación de este aviso; de no comparecer dentro del término indicado, serán tenidos o declarados rebeldes.- F) Noemí Iñahuazo Celi, Secretaria del Juzgado
de lo Civil de Orellana.- Pto. Fco. de Orellana, 23 de abril del 2012.
NOEMÍ IÑAHUAZO CELI,
SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA
May. 18; Jun. 04-15 (93344)
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TURLATINO S.A.
Se convoca a los Accionistas de la Compañía "TURLATINO S.A.", a la
Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día lunes
28 de Mayo de 2012, en el Salón de Sesiones del segundo Piso del Condominio Orellana, ubicado en las calles Los Ríos # 609, entre Quisquís
y Primero de Mayo, de esta ciudad de Guayaquil, a partir de las 15H00,
para resolver sobre los siguientes puntos:
1.- Conocer y resolver sobre el Informe realizado por el Perito Avaluador
designado, por la Junta General de accionistas, respecto a la valuación,
de los activos de la compañía Turlatino S.A., según lo dispone el reglamento pertinente, para la aplicación de las Normas Internacionales de
Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, (NIIF para
PYMES).
2.- Revisión y aprobación del Cronograma de Implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), según lo dispone el
reglamento pertinente, para la aplicación en las Normas Internacionales
de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, (NIIF
para PYMES).
3.- Revisión y aprobación de la conciliación del Patrimonio Neto, al 31
de diciembre del 2010, provenientes del ajuste entre las Normas Ecuatorianas de Contabilidad y las Normas Internacionales de Información
Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades.
4.- Restructuración de los integrantes del Directorio de Turlatino S.A.
El comisario de la compañía CPA. Rafael Omar Ramírez, y el Interventor,
Ec. Guillermo Pardo Navarrete, han sido convocados de manera personal
con el texto de la presente convocatoria.
Los documentos a los que hace referencia esta convocatoria, están a
disposición de los accionistas en las oficinas de la compañía, Machala
2228 y Capitán Nájera.
Guayaquil, 18 de Mayo de 2012
Genaro Vásquez Pérez
PRESIDENTE
Gino Lucero Petao
GERENTE
(93369)
Gaceta varios
30
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
DIPAC MANTA S.A.
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
DIPAC MANTA S.A.
ESTADO DE RESULTADOS INTEGRALES
DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
(Expresados en dólares estadounidenses)
(Expresados en dólares estadounidenses)
ACTIVOS
EXTRACTO
PASIVOS
Activos corrientes
Efectivo y equivalentes de efectivo
Clientes y otras cuentas por cobrar
Inventarios
2,239,542
9,660,253
23,051,382
Total activos corrientes
34,951,177
Activos no corrientes
Otras cuentas por cobrar
Propiedades, planta y equipo
52,295
8,077,185
Total activos no corrientes
8,129,480
Total activos
43,080,657
2011
Pasivos corrientes
Obligaciones con terceros
Otros pasivos corrientes
18,372,190
3,460,173
Ventas netas
Costo de ventas
Utilidad bruta
79,823,598
(54,637,086)
25,186,512
Total pasivos corrientes
21,832,363
Gastos de administración y ventas
(12,069,613)
Pasivos no corrientes
Obligaciones bancarias y financieras
Otros pasivos no correintes
Total pasivos no corrientes
Total pasivos
PATRIMONIO
Total patrimonio
Total pasivos y patrimonio
Utilidad operacional
2,713,064
829,100
3,542,164
25,374,527
17,706,130
43,080,657
El Comité de Calificación de nuestra institución, en la sesión del 27 de marzo de 2012, basado en el
análisis realizado por el personal técnico, a partir de la información financiera auditada proporcionada
por el emisor con corte a diciembre del 2010, el corte interno al 31 de diciembre de 2011 y 31 de
enero de 2012, detalle de activos libres de gravamen, además de información relacionada a la garantía
específica, ha resuelto asignarle la calificación de la Primera y Segunda Emisión de Obligaciones de
la compañía DIPAC MANTA S.A. por un monto de hasta US$ 2,000,000 y US$4,000,000 respectivamente, en la categoría de riesgo "AA+", la misma que se define de la siguiente forma:
AA+
Corresponde a los valores cuyos emisores y garantes tienen una muy buena capacidad del pago de
capital e intereses, en los términos y plazos pactados, la cual se estima no se vería afectada en forma
significativa ante posibles cambios en el emisor y su garante, en el sector al que pertenecen y en la
economía en general. El signo (+) indica la posibilidad de que la categoría asignada podría ascender
hacia su inmediata superior.
Características de la I Emisión:
Monto:
US$ 2,000,000
Saldo actual:
US$ 750,000
Plazo:
4 años
Tasa de interés:
TPR+3%
Amortización de capital:
Trimestral
Amortización de intereses:
Trimestral
Garantía:
General y Específica
Uso de los Fondos:
Reestructuración pasivos
Características de la II Emisión:
Monto:
US$ 4,000,000
Saldo actual:
US$ 3,000,000
Plazo:
4 años
Tasa de interés:
TPR+3%
Amortización de capital:
Trimestral
Amortización de intereses:
Trimestral
Garantía:
General y Específica
Uso de los Fondos:
Reestructuración pasivos
Los títulos valores se inscribieron en el Registro de Mercado de Valores el 27 de Septiembre y tienen
como número de registro el 2010-2-02-00878.
Breve información del Emisor
DIPAC Manta S.A., se constituyó el 15 de Febrero de 1978 y su actividad principal es la importación,
distribución y comercialización de productos de acero por cuenta propia o en representación de terceros. Inició su actividad comercial en la ciudad de Manta, y posteriormente aperturó sucursales en
Portoviejo, Santo Domingo, Quito, y el resto del país, siendo la ciudad de Guayaquil donde se concentra
el proceso de transformación.
El giro del negocio del emisor, se concentra en la transformación de productos de acero, lo cual se ha
constituido en su ventaja competitiva, atendiendo al cliente más pequeño, ofreciendo además una alta
variedad de productos y permitiendo, si el cliente lo requiere, precisar aún más en sus características,
al darle la opción del servicio de doblaje y cortado por el que cobran un valor adicional en función del
grado de elaboración que requiera el cliente, pudiendo ser inclusive sin costo.
Las ventas las realiza a través de sus 14 centros de venta ubicados en las principales ciudades del país:
Quito, Guayaquil, Ibarra, Ambato, Riobamba, Santo Domingo, Quevedo, Machala, Milagro, Cuenca, Portoviejo, Manta, El Coca y Loja. En las ciudades de Quito y Guayaquil cuenta con dos sucursales en cada
ciudad. En la ciudad de Quito se encuentra en Gualaquiza 295 y Av. de la Prensa, mientras que en la
ciudad de Guayaquil la planta se ubica en la Vía a Daule, Km. 8.5.
Dentro de su portafolio de productos se encuentran: Perfiles, Laminados en Frío y Caliente, Galvalum,
Galvanizados, Zinc, Tubos, Vigas, Tuberías, Planchas navales, Techos, Ejes, Soldadura, Elementos de
protección personal y demás accesorios relacionados; sus 3 principales productos son los Perfiles que
representa el 16.7% de los ingresos a diciembre del 2011, seguido por Laminados con el 12.9% de participación y Galvalum con el 12.4%. Sus centros de servicio a nivel nacional ofrecen además servicios
de cortes, doblado, trabajos en oxicorte, trabajos en plasma entre otros.
El 14 de Septiembre del 2010 la fusión por absorción con su relacionada Negocios Globales Neglo S.A.,
aumento de capital, reforma y codificación de la compañía, fue aprobada por la Superintendencia de
Compañías e inscrita en el Registro Mercantil el 8 de Noviembre del 2010.
En el mercado internacional y de acuerdo a la Asociación Mundial del Acero (WorldSteel), el consumo aparente de acero para el año 2011 tuvo un crecimiento del 6.8%, lo que significó alcanzar una
demanda de 1,359 millones de toneladas (1,272 millones de toneladas en el año 2010), siendo China
uno de los países con mayor demanda al captar un volumen de 638 millones de toneladas. Para el año
2012 se prevé que la demanda mundial de acero crecerá en 5.4%, hasta alcanzar un récord de 1,441
millones de toneladas; con esto se puede notar que la demanda mundial de acero está creciendo más
lentamente de lo previsto, erosionando los beneficios a los productores de aceros, la razón de éste
fenómeno se da por las economías en enfriamiento de China y Europa, donde los pedidos de productos
de acero para casas, autos y maquinaria se han estancado; esto hará que exista más material Europeo
Otros ingresos,neto
Gastos financieros, neto
80,312
(1,340,252)
Utilidad antes de Impuesto a la renta
Impuesto a la renta
Utilidad neta y resultado integral del año
11,856,959
(2,849,910)
9,007,049
y Chino en otros lados del mundo como Latinoamérica lo cual hará competitivo a los productores.
Factores considerados para la Calificación:
Para la presente calificación de riesgo, el emisor ha proporcionado entre otros requerimientos de información de la Calificadora, lo siguiente: Estados Financieros auditados desde el periodo 2004 al 2010
preparados bajo Normas Ecuatorianas de Contabilidad, además del corte interno al 31 de diciembre
de 2011 y 31 de enero de 2012 preparados bajo Normas Internacionales de Información Financiera
(NIIFs); detalle de activos libres de Gravámenes; etc. Los informes auditados reportados en el periodo
antes mencionado presentaron razonablemente la Situación Financiera de la compañía. Cabe resaltar
que la calificación otorgada está basada en la información proporcionada por el Emisor para el efecto, la
cual debe cumplir con los requerimientos exigidos por la normativa legal, siendo el Emisor responsable
de que la documentación entregada a la Calificadora sea idéntica a la presentada ante el organismo
de control, sin perjuicio de que cualquier diferencia entre la información evaluada por la Calificadora y
la presentada al ente de control pueda ser -una vez comunicada a la Calificadora- conocida y analizada
por ésta en un nuevo Comité de Calificación.
Una vez que se verificó que la información cumple con los parámetros de validez, suficiencia y representatividad para los últimos tres ejercicios anuales, acorde a la metodología interna de la Calificadora;
y que el emisor tiene capacidad para cumplir sus gastos financieros vigentes, se procedió con la aplicación normal de los procedimientos de calificación.
La Primera y Segunda emisión de Dipac Manta S.A., han sido estructuradas con Garantía General y
Garantía Específica. Respecto a la Garantía General, se han constituido acorde a los términos señalados
por la Ley de Mercado de Valores y sus reglamentos, evaluando por ello que el monto de los títulos
colocados sea inferior al 80% del valor de los activos libres de todo gravamen de la empresa, menos las
deducciones estipuladas en la Codificación de Resoluciones del C.N.V., verificándose, que dicho rubro
cubre el saldo de las emisiones de obligaciones.
Además cumplen con los resguardos estipulados en el Art. 11, capítulo III, subtítulo I, Título III de la resolución No. CNV-008-2006 del Consejo Nacional de Valores consistentes en: i) Tomar todas las medidas
necesarias orientadas a preservar el cumplimiento del objeto social o finalidad de sus actividades; ii)
No repartir dividendos mientras estén en mora las obligaciones y iii) Mantener la relación de los activos
libres de gravamen sobre obligaciones en circulación.
Garantía Específica I Emisión de Obligaciones
Está constituida por un Fideicomiso Mercantil irrevocable denominado "FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DIPAC", del cual se resume:
• El fideicomiso se constituyó el 29 de Mayo del 2009, y tiene como objeto servir como fuente de
pago de las obligaciones que emitirá Dipac Manta S.A.
• Conforme a la cláusula cuarta del contrato de fideicomiso, aportaron el derecho de cobro que tiene
Dipac Manta S.A. de percibir los flujos provenientes del cobro a sus clientes que se encuentren al
día en sus pagos. El monto del derecho de cobro que se aporta deberá ser equivalente en todo momento al 125% del monto de las obligaciones colocadas y no redimidas. Se considerará además un
castigo sobre el valor nominal de la cartera equivalente a la tasa promedio histórica de la morosidad
de la cartera registrada en los últimos 36 meses, éste porcentaje de castigo se revisará mensualmente por Dipac Manta S.A. y validado por la fiduciaria; el castigo inicial fue del 20%. Para este
efecto al contrato de fideicomiso se anexó un "Listado de clientes", en el que se detalla los clientes
seleccionados para integrarlo y contendrá el monto de su deuda, con Dipac Manta S.A., con corte a
la fecha de actualización, identificación de la operación, dirección, teléfono y demás características
necesarias para su identificación. El listado de cartera de clientes de quienes se tiene el derecho
de cobro el fideicomiso deberá actualizarse quincenalmente. De acuerdo a la información proporcionada por el emisor, al 31 de Enero del 2012 evidencian que el derecho de cobro de la cartera
aportado al fideicomiso incluyendo el castigo del 20% fue de US$950 mil y cubre en 1.27 veces el
saldo de la Primera Emisión de Obligaciones. Cabe indicar que el emisor presenta una morosidad
de cartera inferior al 20% establecido inicialmente, sin embargo por decisión del emisor se continúa
aplicando este porcentaje de castigo. La última inspección de los derechos de cobro realizada por la
Fiduciaria de acuerdo al Listado de Clientes fue con corte al 1 de febrero del 2011, para lo cual tomó
60 facturas de muestra de distintos puntos de ventas, de los cuales se obtuvieron observaciones
que fueron regularizadas por el Constituyente.
De acuerdo al numeral 8.5 del contrato de fideicomiso, la Fiduciaria deberá provisionar, de la primera a
la undécima semana de cada trimestre, el último día hábil de cada semana, el equivalente a un onceavo
de lo requerido para cubrir el dividendo trimestral, además del pago de costos y honorarios originados
por el contrato de fideicomiso. Una vez cubierto el dividendo el excedente se restituye al constituyente
en dos días hábiles. De acuerdo a los Estados Financieros del Fideicomiso a Enero del 2012, el siguiente
dividendo se empezó a provisionar a partir de la semana del 14 de enero de 2012, provisionando a la
fecha 3 semanas por un monto de US$ 37,410.3, cuyo próximo dividendo a pagar es en abril del 2012.
Garantía Específica II Emisión de Obligaciones
Está constituida por un Fideicomiso Mercantil irrevocable denominado "FIDEICOMISO DE GARANTÍA
SEGUNDA EMISIÓN DIPAC", del cual se resume:
• El fideicomiso se constituyó el 9 de Noviembre del 2010, y tiene como objeto servir como garantía
de las obligaciones que emitirá Dipac Manta S.A. según lo resuelto por su Junta General Extraordinaria Universal de Accionistas en sesión celebrada el 10 de agosto de 2010.
• Conforme a la cláusula cuarta del contrato de fideicomiso, Dipac Manta S.A. aportó inventario ya
sea de producto terminado o de materia prima, cuyo valor deberá ser siempre equivalente al 125%
del saldo no redimido de las obligaciones colocadas y no redimidas. Además para la valoración
del inventario que se aportó se considera un castigo del 10% del valor de dicho inventario. Para
este efecto al contrato de fideicomiso se anexó un "Detalle de inventario", en el que se describe el
inventario aportado por Dipac Manta S.A., y contendrá la descripción de los bienes que lo integran,
cantidades y valoración de los mismos. Éste instrumento se actualizará mensualmente con la finalidad de recoger las variaciones producidas en el inventario como efecto de la rotación necesaria
para atender las necesidades de producción del emisor, debiendo contar con la aprobación del representante de los obligacionistas. La fiduciaria indica que se ha realizado la respectiva sustitución
mensual del inventario.
• El patrimonio autónomo a la fecha de constitución del Fideicomiso estuvo conformado por el inventario, ya sea de producto terminado o de materia prima, que aportó el constituyente a la fecha
de constitución del fideicomiso por un valor de US$5,003,425. De acuerdo al detalle proporcionado, el valor total del inventario que se aportó al fideicomiso al 31 de Enero del 2012 fue de
US$4,166,814 del cual se dedujo el 10% determinado en el contrato de fideicomiso, registrándose
un monto aportado por US$3,750,133, conformado en un 95% por materia prima y el 5% restante
por productos terminado; cubriendo así en un 1.25 veces el saldo de la Segunda Emisión de Obligaciones.
Calificación Final del Instrumento
El crecimiento de la economía ecuatoriana, evidenciada en un aumento del PIB en un 5.3% para el año
2012, unido al crecimiento del precio del petróleo de los dos últimos años, luego del descenso abrupto
en el 2009, ha confluido para que las ventas del emisor crezcan, cuyo segmento objetivo es el mercado
minorista, por lo que su competencia no es a nivel de las grandes empresas metalmecánicas, importadoras y comercializadoras de acero, sino más bien un amplio mercado ferretero, lo que le permite
dar un servicio más especializado a su portafolio de clientes, estrategia que a su vez le ha permitido
mantenerse por más de 30 años en el sector.
Al 31 de diciembre del 2011, las ventas de Dipac Manta Cia. Ltda., ascendieron a US$79.8 millones,
cifra 14,07% superior a la del año previo, la que a su vez fue 19.16% mayor a la del 2009, ello por un
mayor precio promedio en relación al del año previo, el mismo que ha crecido de US$ 1.18 a US$
1.26 y a US$ 1.38 entre los años 2009, 2010 y 2011, respectivamente, y en un porcentaje menor por
el crecimiento de los kilos vendidos; el aporte de ambos factores al crecimiento indicado es de 70%
y 30% aprox., respectivamente. Lo ya descrito confirma la recuperación en volumen de ventas y en
precios luego del descenso del 2009, ello de la mano con el crecimiento del precio del petróleo y de
la economía ecuatoriana.
A su vez, el margen bruto promedio de los cuatro últimos años fue de 32.16%, mismo que muestra un
pequeño descenso en el 2011 con relación al del 2010; el cual, sin embargo, le permite cubrir gastos
operacionales por 14.92%, gastos que descienden de manera importante en el 2011 frente al del 2010,
tanto nominal como en participación relativa respecto a los ingresos; tolo lo cual redunda en un margen
operativo de 17.02%. Con activos de US$ 40.7 millones, y una rentabilidad bajo NIIF de 39.47%, el emisor está en capacidad de generar un flujo de US$ 16 millones, mismo que desciende a $14 millones si
se considera le flujo histórico de la compañía.
Los activos empleados en la generación del efectivo libre fueron financiados en un 30% por pasivos
con costo (no incluye financiamiento con proveedores) a diciembre del 2011 los cuales en un 32.6%
son de largo plazo. Así mismo, la relación Deuda/Capital desciende de 1.05 en el 2010 a 0.73 en el
2011, lo cual se debe a que a esa fecha el monto del pasivo con costo ascendía $12.9 millones mientras
que el patrimonio era de $17.7 millones. El emisor concentra su inversión en activos corrientes (81%),
evidenciando una dependencia de su nivel de inventarios (53%).
La primera y segunda emisión fueron estructuradas con garantía general, cumpliendo con los activos
libres de gravamen de la empresa, e incluyen además los resguardos exigidos por ley, adicionalmente
presentan una garantía específica que para la primera emisión, consiste en un Fideicomiso Mercantil
de Administración al cual se aporta los flujos provenientes del cobro a sus clientes y para la segunda
emisión un Fideicomiso Mercantil de Garantía al cual se aporta inventario ya sea de producto terminado
o de materia prima; para ambos casos deben cubrir el 125% del monto de las obligaciones colocadas
y no redimidas, lo cual se ha cumplido.
El crecimiento del flujo generado por la empresa, el cual permite cubrir con suficiente holgura el pago
de intereses de la emisión de obligaciones objeto de análisis, unido a factores cualitativos determinados
por la aplicación de políticas prudentes, conocimiento del mercado objetivo, posición en su segmento
meta, entre otros, determinaron que el Comité de Calificación se pronuncie por asignar a la I y II emisión de obligaciones de la empresa Dipac Manta S.A. ,por hasta un monto de US$2 millones y US$4
millones, respectivamente, la calificación final de "AA+" para ambas emisiones.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 190 de la Ley de Mercado de Valores, a nombre de
la Calificadora de Riesgo Humphreys S. A., y en mi condición de representante legal de la empresa,
declaro bajo juramento que ni la calificadora de riesgo, ni sus administradores, miembros del Comité de
Calificación, empleados en el ámbito profesional, ni los accionistas, se encuentran incursos en ninguna
de las causales previstas en los literales del mencionado artículo. Cabe destacar que la calificación
otorgada por la Calificadora a la I y II emisión de obligaciones DIPAC MANTA S.A., no implica recomendación para comprar, vender o mantener un valor, ni implica una garantía de pago del mismo, ni
estabilidad de su precio, sino una evaluación sobre el riesgo involucrado en éste.
KOBREC S.A.
BALANCE GENERAL
ESTADO DE RESULTADO
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011
EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011
PASIVO CORRIENTE
Caja Bancos
13,737.33
Cuentas y Doc por Cobrar
Cuentas por Pagar
415,214.51
122,518.02
Obligaciones Emitidas
625,000.06
Inventarios
49,950.46
Obligaciones Bancarias
489,998.35
Importaciones en Tránsito
15,267.30
Otros Pasivos Corrientes
Otras Cuentas por Cobrar
19,602.98
Pagos Anticipados
13,613.49
Otros Activo Corrientes
Obligaciones Emitidas
TOTAL PASIVO NO CORRIENTE
TOTAL PASIVO
485,000.00
1,047,920.23
Capital
468,000.00
4,417,226.65
Reservas Legal y de Capital
909,722.75
Superávit por Revaluación
430,969.43
-3,207,486.01
Utilidad del Periodo
Resultado de Ejercicios Anteriores
TOTAL ACTIVO FIJO
TOTAL ACTIVO
$ 253,458.84
Gastos Financieros
$ 180,343.26
$ 478,486.03
$ 26,020.19
MAS:
Maquinarias, muebles, enseres y equipos
Depreciación Acumulada
$ 44,683.93
Gastos de Administración
2,017,454.34
PATRIMONIO
22,749.19
$ 504,506.22
485,000.00
Edificio e Instalaciones
Vehículos
UTILIDAD BRUTA
Gastos de Ventas
ACTIVO FIJO
ACTIVO
-$ 660,954.85
1,532,454.34
PASIVO NO CORRIENTE
1,205,918.19
$ 1,165,461.07
Menos: Costo de Ventas
2,241.42
971,228.61
TOTAL ACTIVO CORRIENTE
Ventas Netas y/o Exportaciones
GASTOS DE OPERACIÓN
TOTAL PASIVO CORRIENTE
Otros Ingresos exentos
$ 22,128.34
RESULTADO DEL EJERCICIO
$ 48,148.53
48,148.53
-387,966.80
2,280,410.06
3,486,328.25
TOTAL PATRIMONIO
1,468,873.91
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO
3,486,328.25
Fernando Bermeo Ch.
Gerente General
Margarita Garcia M.
Contadora
May. 18-20-22 (93330)
BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros de la Cta.
No. 321662283 perteneciente a NAVARRETE
APOLINARIO ISABEL AURORA.
Particular que se comunica para los fines de ley.
May. 18-20-22 (93324)
BANCO DEL LITORAL: LIBRETA EXTRAVIADA.Se comunica al público la pérdida de libreta de la
cuenta de ahorro #235601 perteneciente al Sr.
VILLAMAR ALVARADO EDDIE ARMANDO.
Particular que se comunica para los fines legales.
May. 16-18-21 (93171)
BANCO COOPNACIONAL: Se
comunica al público el extravío
de la libreta de ahorros de la Cta.
No. 3158666852 perteneciente a MORA MONTEZUMA
WILSON HERIBERTO.
Particular que se comunica para
los fines de ley.
May. 16-18-20 (93164)
BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUC. CUMANDA:
LIBRETA EXTRAVIADA Se comunica al público el
extravío de la libreta de ahorros No. 1010103583
perteneciente a AVILES CALDERON MARTHA
MELANIA.
Particular que se comunica para los fines de ley.
May. 16-17-18 (93159)
BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros de la Cta.
No. 218689470 perteneciente a DEL ROSARIO
BARROSO JOSE GEOVANNY.
Particular que se comunica para los fines de ley.
May. 14-16-18 (93084)
BANCO LITORAL: LIBRETA
EXTRAVIADA Se comunica al
público el extravío de la libreta de la cuenta de ahorro No.
240052 perteneciente a RIVERA
DECIMAVILLA XAVIER VICENTE.
Particular que se comunica para
los fines de ley.
May. 18 (93370)
COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE:
LIBRETA EXTRAVIADA Se comunica al
público el extravío de la libreta de cuenta corrientes No. 411014521 y cuenta
de Aportaciones
No. 413014521
perteneciente
a
ANDRANGO
CHASIPANTA SEGUNDO JORGE.
Particular que se comunica para los
fines de ley.
BANCO COOPNACIONAL: Se
comunica al público el extravío
de la LIBRETA de ahorros de la
Cta. #404050573 perteneciente a LEON GARCIA MARIA
ISABEL.
Particular que se comunica
para los fines de ley.
May. 18 (93381)
“ARTICULO DECIMO SEGUNDO: ORGANOS SOCIALES.La Compañía será gobernada por la Junta General de
Accionistas y administrada por el Gerente y Subgerente de
la misma.”
“ARTICULO VIGESIMO SEXTO.- Corresponde al Gerente de
la compañía la representación legal, judicial y extrajudicial
de la misma.”
Distrito Metropolitano de Quito, 11 de Mayo de 2012.
Dr. Camilo Valdivieso Cueva
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA PLASTPOL
INDUSTRIAS PLASTICAS CIA. LTDA.
La compañía PLASTPOL INDUSTRIAS PLASTICAS
CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública
otorgada ante el Notario Vigésimo Segundo del
Distrito Metropolitano de Quito, el 09 de Mayo
de 2012, fue aprobada por la Superintendencia
de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.
12.002433 de 16 de Mayo de 2012.
1.- DOMICILIO; Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: suscrito US$ 400,00 Número de
Participaciones 400 Valor US$ 1,00
Quito, 16 de Mayo de 2012
INGRESOS
ACTIVO CORRIENTE
En virtud de la mencionada escritura pública, la compañía
reforma y codifica, entre otros, los siguientes artículos del
Estatuto Social:
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) LA
FABRICACIÓN DE MANGUERAS DE POLIETILENO
Y SUS DERIVADOS; B) LA RECUPERACIÓN
INDUSTRIAL DE PLÁSTICOS PARA OBTENER
MATERIA PRIMA;...
Calificadora de Riesgo Humphreys S.A.
Marzo del 2012
KOBREC
Se comunica al público que MOTRANSA C.A., con domicilio
en el Distrito Metropolitano de Quito, prorrogó su plazo
de duración, reformó y codificó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del Distrito
Metropolitano de Quito el 18 de Abril del 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías,
mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.12.002349 de 11
de Mayo de 2012
“ARTICULO QUINTO: PLAZO Y DURACION.- El plazo por
el cual se forma la Compañía es de noventa y nueve años,
a contarse desde la fecha de inscripción en el Registro
Mercantil de la presente escritura pública”.
Jorge Calle R.
Contador General
Miguel Ángel Molina Z.
Gerente General
RESUMEN DE LA ACTUALIZACIÓN A LA CALIFICACIÓN DE RIESGOS DE LA PRIMERA Y
SEGUNDA EMISIÓN DE OBLIGACIONES DE DIPAC MANTA S.A.
A Marzo de 2012
13,116,899
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE PRORROGA DE PLAZO DE
DURACIÓN; REFORMA Y CODIFICACION DE ESTATUTOS
DE MOTRANSA C.A.
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS
Gaceta varios
El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012
Alquilo locAl comerciAl
buena ubicación, Pedro moncAyo 604 y quisquís.
informe al 097915342, 2301788 Grace, verla previa
cita.
may. 14-16-18 (93062)
CITACIÓN
Se CITA a los herederos de la señora FRANCISCA MOROCHO BENITES a
fin de que se presenten hasta el 1 de junio de 2012 para realizar la posesión
efectiva de los bienes dejados por la causante comunicándose al teléfono
069199514.
Atentamente
Melchor Pullay
May. 07-18-31 (92501)
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO OCTAVO DE TRABAJO DE LA
CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MARCO VICENTE
CHALEN LASSO.
LES HAGO SABER: Que en esta Judicatura se tramita la demanda presentada
por Virgilio Arturo González Borbor dentro del Juicio laboral No. 265-11, cuyo
extracto de demanda, y auto en ella recaída es del tenor siguiente:
ACTOR: VIRGILIO ARTURO GONZÁLEZ BORBOR.
DEMANDADOS: "G4S SECURE SOLUTIONS ECUADOR CIA. LTDA." MARCO
VICENTE CHALEN LASSO Y GALO PATRICIO SANTACRUZ CORONEL.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Elvia Enríquez Suarez, Juez Octavo de Trabajo Procedimiento Oral de Guayaquil.- Por cuanto el demandado MARCO VICENTE
CHALEN LASSO, ha fallecido, de conformidad con lo que dispone el Art. 83
del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar a los herederos presuntos y desconocidos del de cojus, en uno de los diarios de esta ciudad, para lo
cual la Actuaria de la Judicatura elaborara el correspondiente extracto.- Lo que
comunico a ustedes para los fines de ley, advirtiéndoles de la obligación que
tienen de señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de veinte días
posteriores a la publicación de este aviso, caso contrario serán considerados
rebeldes.
EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN
A: LOS HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS
DEL SEÑOR MIGUEL COLON SERRANO PROAÑO.
SE HACE SABER: Que en esta judicatura se ha asignado
mediante sorteo el juicio laboral (consignación) de procedimiento Oral signado con el N.- 110-2011
ACTOR: JOSE LUIS SANTOS GARCIA en su calidad de GERENTE GENERAL de la empresa ECAPAG.
DEMANDADO: Herederos Presuntos y desconocidos del
señor MIGUEL COLON SERRANO PROAÑO.
CUANTÍA: $ 779,61 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA.
TRAMITE: LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL.- En mérito de los documentos que obran de autos se ordena publicar el extracto de Notificación A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR MIGUEL COLON
SERRANO PROAÑO, conforme lo dispone el Artículo 82,
del Código de Procedimiento Civil.
JUEZ: AB. CARLOS ALFAGO VITE, JUEZ PRIMERO DE
TRABAJO DEL GUAYAS.
Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, advirtiéndole la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio para posteriores notificaciones, dentro de
los veinte días siguientes a la tercera y última publicación
de este extracto, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.
(93314)
(93201)
EN LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
DE LA CIA. GESTIÓN EMPRESARIAL S.A. GESEMCONSULT, convocada para el día Lunes 21 de Mayo del 2012, a las 11h00, por error tipográfico aparece en la publicación,
en el ORDEN DEL DÍA, numerados los puntos 3. Y 4., sin embargo se aclara que solo se
tratarán 2 puntos, en dicha JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, los mismos que son.
Puntos del ORDEN DEL DÍA:
1. CONOCIMIENTO Y RESOLUCIÓN SOBRE LA PRESIDENCIA DE LA COMPAñÍA.
2. NOMBRAMIENTO DEL COMISARIO PRINCIPAL Y SUPLENTE DE LA COMPAñÍA.
EXTRACTO
GERENTE GENERAL - SECRETARIO DE LA JUNTA
(93327)
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA
FELDAN S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN DAULE Y REFORMA
DEL ESTATUTO.
1.- ANTECEDENTES.- La compañía FELDAN S.A., se constituyó mediante escritura
pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, el 3 de marzo
de 2010, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G. 10.0001446 el 4 de
marzo de 2010, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 10 de
marzo de 2010.
2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la
compañía FELDAN S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Daule, y reforma del
estatuto, otorgada el 6 de marzo de 2012, ante el Notario Interino Décimo Cuarto
del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías,
mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002226 de 7 de mayo de 2012.
3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora Marisol Giovanka Friend Espinoza, en su calidad de Gerente General,
de estado civil casada, ecuatoriana y domiciliada en esta ciudad de Guayaquil.
4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACION.- La
Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12
0002226 de 7 de mayo de 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía
FELDAN S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Daule y reforma del estatuto
y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días
consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley
de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de
domicilio de la compañía FELDAN S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Daule,
a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan
presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de
la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la
Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición
notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días
siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella.
En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada
se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales.
6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente:
"ARTICULO PRIMERO: NOMBRE Y DOMICILIO.- La compañía se denomina FELDAN
S.A., con domicilio principal en el cantón Daule, provincia del Guayas, República
del Ecuador, pudiendo establecer agencias o sucursales dentro o fuera del territorio
nacional".
Guayaquil, 7 de mayo de 2012
Ab. Natalia Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
May. 18-19-20 (93402)
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
JUZGADO CUARTO PROVINCIAL DE
PROCEDIMIENTO ORAL DE TRABAJO DEL GUAYAS
AVISO DE REMATE
En providencia de fecha martes 8 de mayo del 2012; las 12H08, el señor Juez
Temporal Cuarto Provincial del Trabajo del Guayas, Ab. JUAN JAVIER VEINTIMILLA VERGARA, dentro del Juicio No. 0520-2006, seguido por JULIO EMILIO
CEVALLOS ZURITA contra COMPAñÍA FRIOPORT S.A., se ha señalado para el
día 4 de julio del 2012; desde las 14H00 hasta las 18H00, a fin de que se lleve
a efecto el remate del bien inmueble embargado, compuesto por un lote denominado AGRO-PECHICHES, cuya cavidad, es de CIENTO VEINTE HECTÁREAS
TREINTA Y SEIS CENTIÁREAS, ubicado en el Cantón Balao de la Provincia del
Guayas, el mismo que ha sido avaluado en $ 1,143.420.oo.
El remate tendrá lugar en la sala del despacho del Juzgado Cuarto de Trabajo
calles José Antepara No. 908, entre 9 de Octubre y Hurtado. Se advierte que no
se aceptarán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del
valor del avalúo y que no acompañen el 10% de su postura en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juzgado Cuarto de Trabajo del Guayas.
Guayaquil, mayo 16 del 2012
Lcdo. Luis Quijije Martillo
SECRETARIO
JUZGADO 4to. DE TRABAJO DEL GUAYAS PROCEDIMIENTO ORAL
May. 18; Jun. 4-18 (93351-1)
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
JUZGADO CUARTO PROVINCIAL DE
PROCEDIMIENTO ORAL DE TRABAJO DEL GUAYAS
AVISO DE REMATE
En providencia de fecha martes 8 de mayo del 2012; las 12H06, el señor Juez
Temporal Cuarto Provincial del Trabajo del Guayas, Ab. JUAN JAVIER VEINTIMILLA VERGARA, dentro del Juicio No. 0390-2006, seguido por CLEMENCIA
ZURITA MATEO contra COMPAñÍA FRIOPORT S.A., se ha señalado para el día
27 de junio del 2012; desde las 14H00 hasta las 18H00, a fin de que se lleve
a efecto el remate del bien inmueble embargado, compuesto por un lote denominado AGRO-PECHICHES, cuya cavidad, es de CIENTO VEINTE HECTÁREAS
TREINTA Y SEIS CENTIÁREAS, ubicado en el Cantón Balao de la Provincia del
Guayas, el mismo que ha sido avaluado en $ 1,143.420.oo.
El remate tendrá lugar en la sala del despacho del Juzgado Cuarto de Trabajo
calles José Antepara No. 908, entre 9 de Octubre y Hurtado. Se advierte que no
se aceptarán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del
valor del avalúo y que no acompañen el 10% de su postura en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juzgado Cuarto de Trabajo del Guayas.
Guayaquil, mayo 16 del 2012
Lcdo. Luis Quijije Martillo
SECRETARIO
JUZGADO 4to. DE TRABAJO DEL GUAYAS PROCEDIMIENTO ORAL
May. 18; Jun. 4-18 (93351-2)
Ab. Jorge W. Alejandro Lindao
SECRETARIO
Juzgado Octavo de lo Civil del Guayas
May. 7-18, Jun. 1 (92508)
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
ACLARACIÓN
Ab. Monserrath Baquerizo Yela
SECRETARIA
JUZGADO OCTAVO DE TRABAJO DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de Divorcio No. 1212012-P, seguido por MARICELA JIMENA RIVERA SALAZAR contra RICARDO EFRAIN
PACHECO LAYOSA.- se encuentra lo siguiente:
ACTORA: MARICELA JIMENA RIVERA SALAZAR.
DEMANDADO: RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Con los antecedentes en la numeral 11°, del Art. 110 del
Código Civil Vigente, concurre a demandar la disolución del vínculo matrimonial que
la une con el demandado RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA.
AUTO INICIAL: El señor Abogado Alberto Robalino Durán, Juez Temporal del Juzgado
Octavo de lo Civil de Guayaquil, en auto dictado el lunes 19 de marzo del 2012; las
11h22.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la acción de
personal No. 1074-UARH-KZF del doce de marzo del 2012.- La demanda que antecede
presentada por MARICELA JIMENA RIVERA SALAZAR, por reunir los requisitos de
Ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por lo que se la admite al trámite
del juicio verbal sumario (Divorcio).- En consecuencia se dispone citar con el contenido
del escrito de demanda y auto en ella recaído al demandado RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA.- Téngase en cuenta que la accionante manifiesta que dentro del matrimonio han procreado un hijo menor impúber, para lo cual se ordena que en cualquier
día y en horas hábiles concurran dos parientes del menor o en su falta dos personas de
reconocida honorabilidad y probidad del lugar para que le insinúen al curador Ad-litem
y que en la sociedad conyugal no han adquirido bienes.- Cítese al demandado en el
lugar señalado para el efecto.- Para la citación al demandado se ordena citarlo por la
Prensa en el Diario El Telégrafo de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, ya que la accionante afirma bajo juramento desconocer la individualidad
o residencia del demandado.
Lo que comunico a usted, para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que
tiene de señalar casilla judicial para notificaciones dentro de los veinte días posteriores de la tercera y última publicación de este aviso, en caso contrario será tenida
o declarada rebelde.
Guayaquil, 23 de abril del 2012
EXTRACTO JUDICIAL
AB. DANILO MEZA CAMPUZANO
SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO
DE TRABAJO DEL GUAYAS
Guayaquil, 27 abril de 2012
BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL MACHALA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
Guayaquil, 13 de Abril del 2012
REPÚBLICA DEL ECUADOR
NOTARIA TRIGÉSIMA OCTAVA DEL
CANTÓN GUAYAQUIL
DR. HUMBERTO MOYA FLORES
NOTARIO
AVISO DE LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL:
DOCTOR HUMBERTO MOYA FLORES. NOTARIO TRIGÉSIMO OCTAVO DEL CANTÓN GUAYAQUIL: Los señores OSWALDO SALOMÓN TIPAN ROJANO y el Ab.
ADOLFO CAGUA CHAMAIDAN por los derechos que
representa de la señora SILVIA PATRICIA MOREJON
CHIRIGUAYA, en la Notaría a mi cargo otorgaron la escritura de liquidación de la sociedad conyugal, el 23 de
Febrero del 2012.
Publicación que se realiza en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 18 numeral 23 de la Ley Notarial.
Guayaquil, Mayo 16 del 2012
DR. HUMBERTO MOYA FLORES
NOTARIO XXXVIII DEL CANTÓN GUAYAQUIL
(93362)
JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO DE CITACIÓN
ACTOR: JACKSON PATRICIO CANTOS MOLINA.
DEMANDADO: LOURDES MAGALLY ROMERO VEGA.
CAUSA: 6258-2009
TRAMITE: SECUELA DE REBAJA
CUANTÍA: INDETERMINADA
JUEZ DE LA CAUSA: ABOGADO GLEN MARCOS BODERO.
La misma que por ser clara, precisa, completa, y reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite. Cítese a la demandada
por cuanto el actor declara bajo juramento desconocer la individualidad o residencia de conformidad con lo previsto en el
Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
Lo que comunico a usted para fines de Ley.
AB. MARIA MOLINA MAZZINI
SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO
May. 18; Jun. 1-14 (93383)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: FRANCISCO ANIBAL ALVARADO PLUAS.
LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el Proceso de
Divorcio 0064-2012-R, seguido por DAISE KARINA COELLO MERELO, contra FRANCISCO
ANIBAL ALVARADO PLUAS cuyo extracto es el siguiente.
ACTORA: DAISE KARINA COELLO MERELO.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que por sentencia se declare la disolución del matrimonio.
AUTO INICIAL: JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, sábado 25 de
febrero del 2012, las 08h04. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mérito
de la acción de personal No. 4239 del 08 de agosto del 2011.- La demanda que antecede, presentada por DAISE KARINA COELLO MERELO en contra de FRANCISCO ANIBAL
ALVARADO PLÚAS, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de
ley, razón por la cual se la admite a trámite verbal sumario.- Previo a ordenar la citación a
la demandada por la prensa, se dispone que comparezca el accionante a esta judicatura
en cualquier día y hora hábil a efecto de manifestar bajo juramento todas las acciones que
ha realizado y por las cuales le ha sido imposible determinar la individualidad o domicilio
del demandado.- Agréguese la documentación presentada y téngase en cuenta la casilla
judicial que señala, así como la autorización que le concede a su abogado patrocinador.Notifíquese.- F) AB. CARLOS SAMUEL ALVARADO CHAVEZ, JUEZ TEMPORAL NOVENO
DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil,
miércoles 4 de abril del 2012, las 11h11. Agréguese a los autos el escrito presentado por
el Actor; proveyendo el mismo se dispone citar a la demandada por uno de los diarios de
amplia circulación, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por
cuanto el Actor manifiesta bajo juramento que le ha sido imposible determinar su individualidad y residencia.- Notifíquese.- F) AB. CARLOS SAMUEL ALVARADO CHAVEZ, JUEZ
TEMPORAL NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de
comparecer a juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte
días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se tramitara
el juicio en rebeldía.
Guayaquil, de abril de 2012
Ab. Martha Elizalde Cueva
Secretaria Juzgado Noveno de lo Civil y Mercantil de Guayaquil
May. 7-18; Jun. 1 (92525)
31
CITACIÓN JUDICIAL A OSCAR OMAR BASTIDAS MORALES
JUICIO: DIVORCIO Nº. 2012-0387-M.Y
ACTOR: SYLVIA DEL CARMEN VIZUETE CARVAJAL
DEMANDADA: OSCAR OMAR BASTIDAS MORALES
OBJETO: Declarar disuelto el vinculo matrimonial que les une conforme al inciso segundo
de la causal décima primera del Art. 109 del Código Civil
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
CUANTÍA: INDETERMINADA.
PROVIDENCIA
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de abril del
2012, las 13h08. VISTOS: Por cumplido con el requerimiento anterior.- La demanda propuesta por la señora SYLVIA DEL CARMEN VIZUETE CARVAJAL, es completa, clara, precisa
y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a
trámite, en juicio Verbal Sumario.- En consecuencia, en mérito de la afirmación que bajo
juramento ha realizado la parte Actora, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor OSCAR OMAR BASTIDAS MORALES, por la prensa en uno
de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones
que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, mediando ocho días laborables entre
una y otra, para lo cual se entregará el extracto respectivo.- Incorpórense a los autos la
documentación acompañada.- Tómese nota de la cuantía, el casillero judicial señalado por
el Actor, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y autorización manifestados en favor de su Defensor.- Notifíquese.
f) Ab. Francisco Alvear Montalvo, JUEZ.
Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar
domicilio judicial en esta ciudad de Quito para recibir posteriores notificaciones.- Certifico.
Dr. Nilo Gonzalo Almachi
SECRETARIO
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
(93320)
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA CORPORACIÓN
FORMA CORPFORM S.A.
La compañía CORPORACIÓN FORMA CORPFORM S.A.
se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 23/abril/2012,
fue aprobada por la Superintendencia de Compañías,
mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002457 el 16 de
mayo de 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$
1.600,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO) PRESTAR SERVICIOS DE CAPACITACIÓN DE PERSONAL
DE INDUCCIÓN,...
Guayaquil, 16 de mayo de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico
de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(93395)
EXTRACTO
JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A LOS PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DE SEñOR FERNANDO AUGUSTO MARCELO JIMENEZ JURADO.
JUICIO: PARTICIÓN No. 728-11 E.A.
ACTOR: CESAR OSWALDO JIMENEZ JURADO Y OTROS
DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DE SEñOR FERNANDO AUGUSTO MARCELO JIMENEZ JURADO
DOMICILIO: DR. CESAR FLORES
TRAMITE: ESPECIAL
CUANTÍA: INDETERMINADA
CASILLERO 853
JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, sábado 10 de marzo del 2012, las
14h27: Agréguese al proceso los escritos y documentos presentados.- Por haberse justificado
con la posesión efectiva la comparecencia de los señores Angel Marcelo, César Augusto,
Carlos Alberto Jiménez Piedra en calidad de herederos del causante señor Fernando Augusto
Marcelo Jiménez Jurado, por tanto en esa calidad dicha comparecencia, y se nombra como
procurador de los mismos de conformidad con el Art. 523 del Código de Procedimiento Civil,
al señor Angel Marcelo Jiménez Piedra. En lo principal por improcedente niégase las peticiones de la parte demandada toda vez que el juzgado claramente ha resuelto dichos puntos en
providencia de 19 de septiembre del 2011, ya que además no es el estado procesal y la junta
de familia tantas veces solicitada ya se efectuó ante el Juez Undécimo de lo Civil de Pichincha
el 18 de agosto del 2009 a las 10h09, en la que las partes han llegado al acuerdo respecto de
la partición de bienes hereditarios objeto de la demanda constante a fs. 115 y 116 del proceso.- Por tanto, el Juzgado se ratifica tanto en providencia de 5 de enero del 2012, las 15h46,
como en lo determinado por el señor Juez Undécimo y adicionalmente por el señor Juez
Noveno de lo Civil de Pichincha en su providencia de 22 de diciembre del 2010 que obra a fs.
177 del proceso. Por tanto y previamente que pasen los autos para resolver lo que en derecho
corresponda, notifíquese a los herederos y presuntos y desconocidos del causante Fernando
Augusto Marcelo Jiménez Jurado, para que hagan valer sus derechos.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr.
Celso Fabián Ruiz Bedón. (JUEZ) (e). JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito,
lunes 12 de marzo del 2012, las 16h05.- De oficio de conformidad con el Art. 290 del Código
de Procedimiento Civil, se aclara la providencia de fecha 10 de marzo del 2012, las 14h27,
en el sentido de que por improcedente niégase las peticiones de la parte actora, y no como
erróneamente puesto en dicha providencia, en consecuencia las partes estarán a lo dispuesto
en decreto mencionado anteriormente.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Celso Fabián Ruiz Bedón (Juez)
(e). JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, lunes 7 de mayo del 2012,
las 16h03.- Agréguese los escritos presentados. En lo principal por interpuesto dentro de
término el Recurso de Apelación, por parte de los actores, se lo concede; en consecuencia,
previo a las formalidades legales, elévense los autos al Superior. Se apercibe a las partes en
rebeldía. Desglósese y entréguese a los peticionarios la documentación solicitada en escrito
de 15 de marzo del año en curso e igualmente a costa de los peticionarios y por secretaría
confiéranse las copias certificadas y simples de las piezas procesales solicitadas en escritos
precedentes. La parte demandante, en el término de tres días retire de la judicatura el extracto
correspondiente para la notificación de los herederos presuntos y desconocidos del causante
FERNANDO AUGUSTO MARCELO JIMENEZ JURADO, conforme se encuentra ordenado en
providencia de 10 de marzo del año que decurre.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el señor Carlos Alberto Jiménez Piedra, para notificaciones futuras. NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de
señalar domicilio y casillero judicial en la forma y dentro del perímetro legal.- Certifico.DR. GALO BAEZ JAIME
SECRETARIO
JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
May. 18-21-22 (93300)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 431 A 450; Cta. Cte. No. 5591667;
Girador: ZAMBRANO ZAMBRANO YOLANDA
KATHERINE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-1)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1121 A 1170; Cta. Cte. No. 374008;
Girador: HIDALGO SOTO SANDRA CARMEN.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que
pudiera darse a los formularios de cheques
antes mencionados. Por lo tanto nuestra
institución los declara sin ningún valor, y por
consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-2)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE
FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR
No. 9111 A 9160; Cta. Cte. No. 2137933;
Girador: SALAZAR CARDOSO FERNANDO
MANUEL.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-3)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 2511 A 2560; Cta. Cte. No.
2279967; Girador: ESPINOZA VELEZ LUIS
BOLIVAR.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-4)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 1851 A 1900; Cta. Cte. No.
2488213; Girador: GOROZABEL CEDEñO
JORGE ENRIQUE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-5)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 2041 A 2090; Cta. Cte. No.
2821826; Girador: PEREZ BLANCA CHAVEZ
MERCHAN DE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-6)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 971 A 1020; Cta. Cte. No. 2857057;
Girador: NARCISA MARLENE CASTILLO
OCAMPO DE RODRIGUEZ.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-7)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 2401 A 2450; Cta. Cte. No.
5062241; Girador: RIVERA FALQUEZ PEDRO
JOSE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-8)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 3851 A 3900; Cta. Cte. No.
5088167; Girador: JARAMILLO ESPINOZA
PEDRO ALONSO.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-9)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 10851 A 10950; Cta. Cte. No.
6530427; Girador: VIVANCO FIGUEROA LUIS
ALBERTO.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-10)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 1201 A 1250; Cta. Cte. No.
7228449; Girador: BARROS ESPINOZA RAMON ISAIAS.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-11)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 241 A 290; Cta. Cte. No. 7273878;
Girador: CARRION AVILA JACKELINE ELIZABETH.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-12)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 4251 A 4550; Cta. Cte. No.
7317530; Girador: EL CHORRON DE LA SABANA CHORROSA CIA LTDA.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-15)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 121 A 170; Cta. Cte. No. 7311362;
Girador: BUELE MALDONADO MARILU DEL
CARMEN.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-14)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 171 A 190; Cta. Cte. No. 7276680;
Girador: ALVAREZ CASTRO DEYSI GIOVANNY.
Esta comunicación la hacemos para prevenir
al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes
mencionados. Por lo tanto nuestra institución
los declara sin ningún valor, y por consiguiente
no asume ninguna responsabilidad.
(93328-13)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 171 A 270; Cta. Cte. No. 7382677;
Girador: GONZABAY PLACENCIO ENRIQUE
ALExANDER.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-16)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 1 A 20; Cta. Cte. No. 7393245;
Girador: LUZURIAGA FLORES EULER DAVID.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que
pudiera darse a los formularios de cheques
antes mencionados. Por lo tanto nuestra
institución los declara sin ningún valor, y por
consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-17)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE
FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR
No. 23163; Cta. Cte. No. 6540171; Girador:
COOPERATIVA INTERNACIONAL FRONTERIZA ASOCIADA CIFA.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-18)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 2193; Cta. Cte. No. 7266502;
Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE
KATHERINE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-19)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 2284; Cta. Cte. No. 7266502;
Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE
KATHERINE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-20)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 2307; Cta. Cte. No. 7266502;
Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE
KATHERINE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-21)
BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN
DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN
FIRMAR No. 2422; Cta. Cte. No. 7266502;
Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE
KATHERINE.
Esta comunicación la hacemos para prevenir al
público de cualquier uso indebido que pudiera
darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los
declara sin ningún valor, y por consiguiente no
asume ninguna responsabilidad. (93328-22)
EXTRACTO DE PUBLICACIÓN
A: OLGA VERONICA PIN MONTECE, se le hace saber lo que se encuentra dentro del Juicio de
REBAJA PRESTACION DE ALIMENTOS N°. 125-2011, que sigue el señor CARLOS ENRIQUE
FIGUEROA PAEZ.
JUZGADO NOVENO ADJUNTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS
CAUSA: REBAJA PRESTACION DE ALIMENTOS N°. 125-2011
Guayaquil, 14 de Marzo del 2012, a las 10h50
AB. JOSÉ GUSTAVO OLVERA BARBOTO.- En mi calidad de Juez Adjunto Temporal del Juzgado
Noveno de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guayaquil, mediante acción de personal 5817-UARH-KZF de fecha 31 de Octubre del 2011.- En mérito a la razón sentada por el actuario del despacho avoco conocimiento de la presente causa.- Agréguese a los autos el formulario
de rebaja de pensión alimenticia, así como también el escrito presentado por la actora.- Atento a
los mismos y de la revisión del proceso, se dispone: PRIMERO.- Que el actuario del despacho envié el proceso a Pagaduría a fin de que el Asistente Administrativo del juzgado, realice la respectiva liquidación de la presente causa. SEGUNDO.- Avoco conocimiento de la presente demanda
con sus anexos, de REBAJA DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS presentada por el señor CARLOS
ENRIQUE FIGUEROA PAEZ, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de ley por lo que
se la admite al trámite. Tramítese en el procedimiento contencioso general oral de conformidad
con el artículo 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia.- De conformidad con lo
establecido en el artículo 9 y 35 Innumerado de las reformas al Código de la Niñez y Adolescencia
publicado en el R.O. 643 de fecha 28 de Julio del 2009.- CITESE con la copia de la demanda y
esta providencia a la demandada OLGA VERONICA PIN MONTECE, mediante Citación para lo
cual deberá oficiarse al Jefe de la Sala de Citaciones de la Corte Provincial que delegue personal
a su cargo, y colaboren con la diligencia de citación a la parte demandada y remitan a este despacho a la brevedad posible la razón de citación. Previniendo a la parte demandada de la obligación
que tiene de señalar casilla judicial en el término de 48 horas para sus notificaciones y en caso
de no comparecer el demandado se procederá en rebeldía.- Hecho que sea realícese la audiencia
única y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma
personal; o por intermedio del procurador judicial con poder amplio y suficiente, que contenga
cláusula especial para transigir; audiencia en la que de conformidad con el principio de concentración constante en el artículo 168 numeral 6 de la norma constitucional señalada, se presentarán
las pruebas instrumentales; y.- Actué Ab. Manuel López Campos en calidad de secretario del Juzgado.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- f).- Abg. JOSÉ GUSTAVO OLVERA BARBOTO, Juez Temporal
Noveno Adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, sigue la certificación del
Ab. Manuel López Campos secretario del juzgado certifica.- Lo que comunico para los fines de ley.
SECRETARIO 9no. ADJUNTO
DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Abg. Manuel A. López C.
May. 18; Jun. 1-14 (93310)
32
Espectáculos
El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012
LEYENDA DEL FUNK
INTERNET
El padrino del Go-go, Chuck
Brown, fallece a los 75 años
El músico que había sido ingresado en un hospital murió a causa de septicemia.
El músico estadounidense Chuck
Brown, considerado el “padrino del
Go-go”, falleció ayer a los 75 años a
causa de una septicemia (infección
de la sangre), informó el diario The
Washington Post.
Brown era considerado una leyenda en Washington y el creador del
“Go-go”, una especie de funk repleto
de percusiones que se convirtió más
tarde en el sonido identificativo de la
capital estadounidense.
Su muerte fue confirmada por su
mánager Tom Goldfogle, quien precisó
que el músico había sido ingresado en
el hospital Johns Hopkins University,
en las afueras de Washington, por
complicaciones de una neumonía.
Brown, guitarrista y cantante, saltó a la fama en la década del 70 como
líder de la banda Soul Searchers con
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA
JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL
SUBSCRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACION HIDROGRAFICA
CENTRO ZONAL DE GESTION GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
GOBIERNO NACIONAL DE LA
REPUBLICA DEL ECUADOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA
SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS
CENTRO ZONAL DE GUAYAQUIL
CITACIÓN
Se cita a los usuarios conocidos, desconocidos y presuntos del pozo Lomaverd
03 ubicado en la Parroquia Taura, cantón Naranjal, Provincia del Guayas.
EXTRACTO
Actor: Compañía Agrícola Agriflorsa S.A. y Compañía Sacorpren S.A.
Objeto de la Petición: Concesión del Derecho de Aprovechamiento de Agua del
Pozo Lomaverd 03, Parroquia Taura, Cantón Naranjal, Provincia del Guayas.- PROVIDENCIA: SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS CENTRO ZONAL DE GESTIÓN GUAYAQUIL., EXPEDIENTE
No. 727-2011. Guayaquil, 7 de marzo del 2012, a las 08H35, se dispone: 1.- A los
usuarios conocidos o no, cítese por la prensa, de conformidad con lo dispuesto
en el Art. 87 de la Ley de Aguas, mediante un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, esto
es: El Universo, El Expreso, El Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra
el plazo de ocho días. 2.- Fíjese carteles en tres de los parajes más frecuentados
de la Parroquia Taura del Cantón Naranjal, Provincia del Guayas, por el plazo de
treinta días, concediéndole la practica de la diligencia al Señor Teniente Político
de la referida Parroquia. Siga actuando la abogada Anita Vallejo Saltos, en calidad
de Secretaria Ad-Hoc.- NOTIFIQUESE.- F.- Abogada Vaneza Plaza Aguiño, Líder
del Centro Zonal de Guayaquil. Demarcación Hidrográfica del Guayas.Lo que comunico al publico para los fines consiguientes, advirtiéndoles a los interesados de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del perímetro
de este Centro Zonal de Guayaquil, para futuras notificaciones.
Guayaquil, 19 de Abril del 2011.-
A: RITA MARICELA MENDOZA RIVERA.
LE HAGO SABER: Que en esta judicatura el juicio divorcio litigioso No. 17-2012
que sigue ANGEL MERO MEZA, contra RITA MENDOZA RIVERA, cuyo extracto de
demanda y auto en ella recaído es del tenor siguiente:
DEMANDANTE: ANGEL DENNY MERO MEZA.
DEMANDADO: RITA MARICELA MENDOZA RIVERA.
OBJETO DE LA DEMANDA: TERMINACION DEL MATRIMONIO.
CUANTIA: INDETERMINADA.
Guayaquil, martes 31 de enero del 2012, las 14h13. VISTOS: Avoca conocimiento
en virtud de la Acción de Personal # 4217-UARH-KZF del 4 de Agosto del 2011.La demanda de divorcio que propone ANGEL DANNY MERO MEZA, contra RITA
MARICELA MENDOZA RIVERA, es clara y reúne los demás requisitos de los Arts.
67 y 68 del Código de procedimiento Civil, por lo que se la acepta al trámite correspondiente. Cítese a la demandada RITA MARICELA MENDOZA RIVERA, por cuanto
el actor expresa bajo juramento desconocer el domicilio individual de la demanda,
se ordena citarla por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta
ciudad, de conformidad con lo expresa el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
En cualquier día y en hora hábil comparezcan dos parientes o personas de reconocida reputación para que insinúen al curador ad-litem que lo representará a la hija
habida dentro de matrimonio. Agréguense a los autos los documentos adjuntos.
Téngase en cuenta el casillero judicial que señala el actor para sus notificaciones,
así como la autorización conferida a su defensor.- Intervenga el Ab. Johnny Lituma
Jinés Secretario encargado de esta judicatura según acción de personal No. 3366
UARH-KZF.- Cítese y notifiquese.- f. Luis Carrillo Castro Juez Provisional del Juzgado
Séptimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil. Guayaquil, miércoles 29 de febrero del
2012, las 10h42. VISTOS: Por cuanto en el auto de calificación existe un error en el
nombre del actor que dice DANNY, cuando en realidad el nombre es DENNY, con lo
cual se corrige dicho error, en lo demás estése a lo ordenado en dicho auto.- Hágase
saber.- Advirtiéndole que tiene que señalar casillero judicial para sus notificaciones
dentro de veinte días hábiles posteriores a la tercera y última publicación de este,
aviso caso contrario será considerado rebelde. Actué, el abogado Francisco Aguilera Barrientos secretario encargado.
Guayaquil, marzo 13 del 2012
JUZGADO ESPECIAL DE COACTIVAS DEL
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL EL EMPALME
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: LOS HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR
DON LIZARDO COLON LOOR VERA.
LE HAGO SABER: Que en el Juzgado Especial de Coactivas del Banco
Nacional de Fomento Sucursal El Empalme, se ha iniciado el Juicio Coactivo
No. 157-2010, seguido en contra del Señor don LIZARDO COLON
LOOR VERA, cuyo extracto es el siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: El pago de obligación vencida, más los
intereses legales, mora y costas procesales.
AUTO INICIAL: Con fecha el 22 de Marzo del 2010; a las 09h04, se
dictó el auto inicial, y mediante auto dictado el 08 Mayo del 2012, a
las 08H30, se procede dar cumplimiento a lo preceptuado en el Código
de Procedimiento Civil, disponiendo citar a los herederos conocidos
personalmente o por boleta y los desconocidos del señor don LIZARDO
COLON LOOR VERA, en uno de los periódicos de mayor circulación de
la Capital de la Provincia del Guayas, para que en el término de tres días
cumplan con la obligación insoluta.
CUANTÍA: Cuatro Mil Quinientos Dólares de los Estados Unidos de
América.
JUEZ DE LA CAUSA: Eco. Joffre Bolívar Venegas Álava, Juez Delegado
de Coactivas.
Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, a fin de prevenirle de la
obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones, así como la
de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera
y última publicación de este aviso.
El Empalme, 08 de Mayo del 2011
Abg. Anita Vallejo Saltos,
SECRETARIA AD - Hoc
Abr. 23, May. 7-18 (91921)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: VERONICA VIVIANA VEGA BAJAÑA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DISOLUCIÓN
DE LA SOCIEDAD CONYUGAL N° 3160-2012, seguido por HENRRY ALEX GALLO CHOEZ en contra de VERONICA VIVIANA VEGA BAJAÑA
ACTOR: HENRRY ALEX GALLO CHOEZ
DEMANDADO: VERONICA VIVIANA VEGA BAJAÑA
OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare disuelta la Sociedad Conyugal.
AUTO INICIAL: EL DR. LENIN ALBERTO PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL,
legalmente posesionado mediante Acción de Personal No. 412-DNP, extendido
por el Consejo Nacional de la Judicatura, y en virtud de lo dispuesto en el Art.
171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. VISTOS: La demanda
que antecede de DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL,
presentada por HENRRY ALEX GALLO CHOEZ, contra su cónyuge VERONICA
VIVIANA VEGA BAJAÑA, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los
requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite especial determinado
en el Art. 813 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Para efectos de lo
determinado en el Art. 814 del cuerpo de leyes citado. Cítese a la demandada, en
la forma solicitada, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor
circulación de la ciudad, mediando el término de ocho días, por lo menos entre
la una y la otra, a quien se le previene de la obligación de señalar casillero judicial
y/o domicilio judicial electrónico para sus notificaciones. La actuaría confiera el
correspondiente extracto. Agréguese la documentación acompañada.- Téngase
en cuenta la autorización que el accionante confiere a su abogado patrocinador
y la casilla judicial No. 1095 que señala para sus notificaciones.- Notifíquese y
cítese.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: DR. LENIN ALBERTO PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE
LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA
CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.
Guayaquil, 27 de Abril del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL
May. 7-18; Jun. 1 (92717)
Ab. Francisco Aguilera B.
SECRETARIO (E)
JUZGADO 7 CIVIL
Sr. Mauricio Del Jesús León Saldarriaga
SECRETARIO AD-HOC
Abr. 23, May. 7-18 (91896)
May. 17-18-21 (93384)
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ANGEL ENRIQUE SALDAÑA LUCERO.
LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio de Prescripción Adquisitiva de
Dominio No. 236-A-2012 que sigue YOLANDA VERONICA ZAMBRANO
MOREIRA, contra ANGEL ENRIQUE SALDAÑA LUCERO, se encuentra lo
siguiente:
La actora manifiesta que es poseedora de un lote de terreno situado en el
solar 6 de la manzana 66 ubicado en el sector 1 de la Lotización Comunal
Parroquia Chongón, y que desde el 15 de diciembre de 1996, mantiene la
posesión e ininterrumpida con el ánimo de señora y dueña no equivoca y en
concepto de propietaria por mas de 15 años hasta la fecha de presentación
de la demanda y que de su propio peculio a hecho el cerramiento total del
terreno, y una casa que sirve de habitación y vivienda, así como un local
comercial en la cual vive y trabaja por más de 15 años. Con estos antecedentes concurre ante el señor Juez y demanda en Juicio ordinario al señor Angel
Enrique Saldaña Lucero, quien aparece como propietario del mencionado
bien inmueble por donación de la Comuna San Pedro de Chongón, el cual no
ha ejercido posesión alguna, a fin de que en sentencia disponga a mi favor,
el dominio del antes descrito bien inmueble, ordenando la inscripción en el
Registro de la Propiedad del cantón Guayaquil de conformidad con lo que
dispone el Art. 2413 del Código Civil. Que la presente demanda la fundamenta en los Arts. 603, 715, 2392, 2398, 2410, 2411, y 2413 del Código Civil.
Mediante auto de fecha 14 de abril del 2012, las 10h14, se admite al trámite
en Juicio Ordinario, por reunir los requisitos determinados en los Artículos 67
y 1013 del Código de Procedimiento Civil, y en mérito al juramento prestado
por la actora en que manifiesta que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado, se ordena que se lo cite por medio de
uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de conformidad con lo
dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
Lo que comunico a Usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación
que tienen de señalar domicilio Judicial para notificaciones futuras, dentro de
los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso
contrario será tenido o declarado rebelde.
Guayaquil, 8 de Mayo del 2012
Ab. Sergia Alcívar Dueñas
Secretaria del Juzgado Décimo de lo Civil de Guayaquil
May. 16-17-18 (93161)
la que editó éxitos como “I Need
Some Money”, “Bustin’ Loose”, “We
The People” o “Blow Your Whistle”.
El “Go-go”, con sus larguísimas
canciones e improvisaciones, era el
emblema de la cultura afroamericana
de Washington de las últimas tres
décadas y Brown se convirtió en una
gran influencia para bandas de funk y
hip-hop durante el 80 y 90.
El músico, que solía subir al escenario con un sombrero negro y
lentes de sol oscuros, fue famoso por
sus versiones de clásicos del jazz,
como “Go-Go Swing” de Duke Ellington o “Run Joe” de Louis Jordan.
En 2005 el músico recibió el premio “National Endowment for the
Arts” por su legado musical y en 2011
fue nominado a un Grammy como
R&B por su canción “Love”.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE DAULE
AVISO DE REMATE
AL PUBLICO:
SE LE HACE SABER:
Que dentro del juicio ejecutivo No. 678-06 que sigue Roberto Patricio Bayas Bayas contra Lauro Eudaldo
Moreira Macías, el Abogado Andrés Gherardi Aguiño, Juez Décimo Quinto de lo Civil del cantón Daule,
mediante auto de fecha 16 de abril del 2.012 las 14h20, ha señalado para el día 22 de junio del 2.012
desde las 14H00 hasta las 17h00, para que tenga lugar el remate del bien inmueble embargado.
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Inmueble compuesto de solar y construcción medianeros, ubicados
en la cabecera cantonal de Santa Lucía, provincia del Guayas, en lado oeste de la vía automotor que
une Daule con Balzar, solar signado con el número 2, dentro de los siguientes linderos y medidas; Por
el norte.- Con el solar No. 5 de Carlos Buenaño Mora con 21,00 metros; Por el sur.- Con el solar No. 1
de lss hermanas Judith Violeta y Verónica Patricia Buenaño Cabello con 24,80 metros; Por el este.- Con
la vía automotor que une Daule con Balzar con 9,00 metros; y, Por el oeste - Con propiedad de Aníbal
Cepeda con 9,00 metros.
CARACTERÍSTICAS: En el inferior del solar y ocupando toda el área del mismo, está construida una edificación de tres niveles: uno planta baja, otro correspondiente al primer piso alto terminados y un segundo
nivel alto sin terminar con pilares y paredes en construcción, con las siguientes especificaciones constructivas: Estructura de hormigón armado con dos losas y escaleras de hormigón armado, paredes de
planta baja de ladrillos enlucidas interiormente y con bloques de hormigón simple en los dos pisos altos
sin enlucir exteriormente, piso de la planta baja de hormigón simple pulido y parcialmente con cerámica
en uno de los dos locales comerciales que funcionan en este nivel, sobrepiso con cerámica en el primer
alto en que funciona un departamento, no exista sobrepiso en el segundo nivel por estar inconcluso,
dos puertas metálicas enrollables para los dos locales comerciales y una puerta metálica principal por
la que se accede a las plantas superiores, instalaciones eléctricas empotradas.- En la fachada del primer
alto hacia la calle principal, un balcón con dos ventanales de aluminio y vidrio y una baranda metálica de
protección.
AVALÚO; ciento ochenta y un mil cuarenta y dos 88/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$ 181.042,88).
La especie a rematarse se encuentra bajo custodia del Depositario Judicial Federico Cuadrado Chalen.- El
remate tendrá lugar el día y hora señalados en la sala del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil del cantón
Daule, ubicada en las calles Padre Aguirre y Olmedo de la ciudad de Daule.- De conformidad con lo establecido en el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil por tratarse de un SEGUNDO SEÑALAMIENTO,
el remate se efectuará sobre la base de la mitad del precio del avalúo.- Según lo dispuesto en el Art. 466
del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas que no vayan acompañadas, por lo menos
del diez por ciento del valor de la oferta, el que se consignará en dinero o cheque certificado y girado
a la orden de este Juzgado; ni la admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan de cinco años
contados desde el día del remate, ni las que se presentaren antes de las 14h00 o después de las 17h00.
Daule, 19 de abril de 2012
Ab. José López Barzola
Secretario Juzgado 15 Civil Daule
May. 7-18, Jun. 1 (92712)
POLICÍA NACIONAL
SERVICIO DE CESANTÍA
AVISO Nº 000762
Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTIA
del que en vida fue CONDOR AUSAY JUAN
Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA
(30) DÍAS a contarse de la presente publicación.
JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA
DE LA POLICÍA NACIONAL
(93377)
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE "AGUALIFE S.A."
Se convoca a los señores Accionistas y al Comisario principal de la compañía
AGUALIFE S.A., señor Leonardo Castro Núñez, a la Junta General Extraordinaria que se celebrará en la ciudad de Guayaquil, el día 29 de mayo del
2012, a las 9h00, en el local social ubicado en Avenida del Ejército 431
y Luis Urdaneta, para tratar los asuntos que constan en el siguiente Orden
del Día:
1. Conocer y resolver sobre la fusión por absorción de la compañía AGUALIFE
S.A. con la compañía AQUALITESA S.A.;
2. Conocer y resolver sobre las bases de fusión por absorción de la Compañía
AGUALIFE S.A., la misma que absorberá a la referida sociedad, AQUALITESA S.A.; y,
3. Conocer y resolver sobre cualquier otro tema relacionado directamente
con la fusión referida.
Guayaquil 15 de mayo del 2012
p. AGUALIFE S.A.
Miguel Angel Carbo Jurado
Presidente
(93410)
BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros de la Cta.
No. 408451793 perteneciente a ZULLY XIOMARA
CARDENAS PACHECO.
Particular que se comunica para los fines de ley.
May. 16-18-20 (93173)
COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE: EXTRAVÍO
DE LIBRETA CERTIFICADO DE APORTACIÓN Se
comunica al público el extravío del Certificado
de Aportación No. 4500841642 perteneciente a
CHINLLI POMAQUERO IVAN MOISES.
Particular que se comunica para los fines de ley.
May. 17-18-19 (93283)

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