PONENCIA Roberto García Herrero
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PONENCIA Roberto García Herrero
ACTUACIÓN POLICIAL ANTE LA VIOLENCIA DE GÉNERO 12 de Marzo de 2015 Campus Universitario Maria Zambrano de Segovia ESQUEMA 1 EMUMES en Guardia Civil 2 Protocolo actuación policial 3 Denuncia - Atestado policial 4 Valoración del Riesgo y Medidas Policiales de Protección 5 ATENPRO-COMETA 6 Protocolos Coordinación Órganos Judiciales / CCAA / Policías Locales / Ayuntamientos Página 1 DEFINICIÓN VG: violencia física y psicológica que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. RESPUESTA DE GC EN VIOLENCIA GÉNERO Creación de órganos especializados Especialistas / Equipos Mujer –Menor (EMUME) CONCEPTO: Respuesta global violencia mujer (familia, trabajo, escuela, sociedad) Vinculación ámbitos mujer y menor Complemento especializado de la investigación criminal Integración de los dos sexos Página 3 RESPUESTA DE GC EN VIOLENCIA GÉNERO Creación de órganos especializados 1995: 54 mujeres especialistas (una por Comandancia). 1996 – 1997: Constitución EMUME,s - Despliegue de 108 mujeres (dos por Comandancia) - EMUME Central 1998 – 1999: Incorporación de un tercer componente masculino en EMUME,s con más incidencia 2000: Cuarto y/o quinto componente en algunas Secciones. Formación de 30 especialistas en Equipos Territoriales 2004 – 2008: Formación de numerosos especialistas en Equipos territoriales y provinciales Concepto de Puntos de Atención Especializada (PAE,s) 2009: Desdoblamiento EMUME CENTRAL: Mujer – 2010 – 2012: PAE,s Página 4 Menor en todos los ETPJ nivel nacional EMUMES: ÁMBITOS DE ACTUACIÓN Violencia en el entorno familiar • • • De Género Menores Mayores Delitos contra la libertad sexual (cualquier entorno) Página 5 Delitos relacionados con menores (casos graves) • como autores • como víctimas Trata de seres humanos • Con fines de explotación sexual • Tráfico de niños • Pornografía infantil por internet EMUMES: ESTRUCTURA - P.A.E.S. COMARCALES: - CONSTITUIDOS EN LOS EQUIPOS TERRITORIALES DE PJ (PARTIDOS JUDICIALES) - APOYOS A LAS UNIDADES SEGURIDAD CIUDADANA - P.A.E.S. PROVINCIALES: - EQUIPOS MUJER-MENOR DEL ÁREA DE PERSONAS DE LA UOPJ - APOYO Y ASESORAMIENTO A LOS EQUIPOS COMARCALES - SEGUIMIENTO FENÓMENO NIVEL PROVINCIAL - EMUME CENTRAL: - CONSTITUIDO POR EL EQUIPO MUJER-MENOR CENTRAL UNIDAD TÉCNICA DE POLICÍA JUDICIAL (UTPJ – MADRID) Página 6 EMUMES: DESPLIEGUE EL DESPLIEGUE ACTUAL de los Especialistas Mujer Menor, en las 54 Comandancias del Cuerpo, incluyen a los integrados tanto en los Grupos de Personas (situado en la Sección de la UOPJ, en la cabecera de la Comandancia) y a los de los Equipos Territoriales de PJ correspondientes. En total, se cuenta con 275 Puntos de Atención Especializada (54 Secciones, 220 Equipos y 1 EMUME Central) en los que actualmente prestan sus servicios 618 Especialistas Mujer Menor (datos año 2013) Página 7 DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL EMUMES 5/11 8/20 5/10 1/1 3/7 1/1 6/13 1/1 4/10 6/16 4/9 5/11 5/8 4/7 4/9 2/4 1/1 1/1 3/5 3/7 3/7 6/9 2/4 2/5 3/7 3/5 3/7 EMUME: 3 ESPECIALISTAS 3/7 2/5 13/32 7/14 4/8 PAE COMARCAL: 2 ESPECIALISTAS (P.J. ESPINAR) 5/9 6/14 16/37 8/20 5/10 4/9 6/13 6/12 15/37 11/28 5/12 7/15 10/21 8/18 7/18 8/19 5/12 PAES....................... 275 ESPECIALISTAS.....618 3/7 7/14 1/3 7/16 Página 8 1/3 FORMACIÓN PRIMER NIVEL SEGUNDO NIVEL TERCER NIVEL JORNADAS ACTUALIZACIÓN Página 9 • Centros de formación GC • Sensibilización, instrucción de diligencias, legislación, atención a víctimas, etc. • Curso de Policía Judicial (ESPECIALIZACIÓN) • Investigación criminal, procedimientos operativos, legislación procesal. • Curso EMUME (PERFECCIONAMIENTO) • Legislación específica, técnicas de entrevista, protocolos particulares. • UOPJ – Cada 2 años. • COMANDANCIAS – Plan anual • Jornadas externas. PROTOCOLO DE ACTUACION POLICIAL LEGISLACIÓN DOCUMENTOS APOYO INSTRUCCIONES PROTOCOLOS CONVENIOS Página 10 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL CONOCIMIENTO DEL HECHO PAE,S-EMUME PUESTO 112 - 016 EN DEPENDENCIAS A PATRULLA ETPJ (COMARCAL) C.O.C- G. CIVIL SECCIONES DE INVESTIGACIÓN (PROVINCIAL) RUMORES EMUME CENTRAL (NACIONAL) VALORACIÓN GRAVE LEVE PAE,S-EMUME INSTRUCCIÓN DE DILIGENCIAS – ATENCIÓN VÍCTIMA CONCESIÓN Recogida denuncia Manifestación testigos INFORMACIÓN A LA VÍCTIMA Inspección ocular Asistencia letrada Informe fotográfico Ofrecimiento de acciones Recogida muestras Información L. 35/95 Antecedentes hechos Solicitud Orden Protección Antecedentes policiales Detención presunto autor Irreg: Solicitud autorización residencia temporal (concedida la anterior) Retirada armas Casa de Acogida Reconocimiento médico Derivación otros recursos Valoración del riesgo ORDEN PROTECCIÓN Víct. Irreg.: Un mes para la solicitud de autorización de residencia temporal Gestión centros de emergencia. Cruz Roja Comunicación PUESTO para conocimiento y cumplimiento Comunicación para mecanización •Servicios sociales •Asociaciones •Salud mental •ONGs Página 11 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL PROXIMIDAD - AFECTA A LA TOTALIDAD DEL DESPLIEGUE - VERDADEROS PROTAGONISTAS: UNIDADES TERRITORIALES (EN SEGOVIA 31 PUESTOS DE LA GUARDIA CIVIL) APOYO ESPECIALIZADO (PJ) - COMPLEMENTARIEDAD - GRADUACIÓN DE LA RESPUESTA (DISTINTOS EQUIPOS) INTEGRACIÓN DE LAS ACTUACIONES - INVOLUCRAR TODOS LOS RECURSOS - U,S TERRITORIALES + APOYO ESPECIALIZADO SENSIBILIZACIÓN / PREVENCIÓN - FORMACIÓN, ACTUALIZACIÓN, INFORMACIÓN Página 12 Atención a la víctima e instrucción del atestado (I) Tratamiento respetuoso y preferente: atención inmediata, presentación denuncia (reservado). Evitar divulgación de datos e imágenes. Intérprete. Asesoramiento órganos especializados Actitud del instructor: entender y respetar experiencias y sentimientos, la víctima no es responsable, ni es una más. Facilitar la presentación de la denuncia: animar, admitirla, informar derecho de asistencia letrada. Recepción: personalizar, un solo instructor, permitir el aseo, que relate con sus propias palabras, episodios de llanto o rabia, escuchar atentamente, no interrumpir,... Recogida primeros datos básicos, informando derechos: derecho de asistencia letrada Página 13 Atención a la víctima e instrucción del atestado (II) Toma de manifestación: datos víctima, grupo familiar, vivienda y patrimoniales, agresor, descripción hechos, orden protección... Primera valoración del riesgo provisional (derivación a servicios asistenciales) Comprobación existencia medidas protección anteriores (SIRAJ) Inicio investigación y recogida pruebas: inspección ocular, reportaje fotográfico, incautación instrumentos Identificación, comparecencia y declaración del denunciado (sin coincidir con víctima) Identificación, localización y toma de manifestación de otras víctimas, testigos y/o agentes policiales: episodios anteriores y actuales. Declaraciones individualizadas Página 14 Atención a la víctima e instrucción del atestado (II) Antecedentes del agresor y de la víctima: Bases propias, externas y otros cuerpos policiales. Antecedentes violencia: recabar información del entorno, existencia de intervenciones y/o denuncias. Valoración policial del riesgo. Información a la víctima del resultado. Establecer medidas que garanticen la vida, integridad física, derechos e intereses según Valoración de Riesgo: mecanismos o dispositivos técnicos, números de contacto, retirada armas, información medidas autoprotección, acompañamiento a domicilio. Remisión diligencias al Juez y al Fiscal Seguimiento del caso (VPER). APLICACIÓN VIOGEN Comunicación a otras Unidades involucradas Página 15 ATESTADO POLICIAL: Contenidos mínimos (I) Manifestación de la víctima. Datos de la víctima y agresor. Datos del grupo familiar. Datos de la Vivienda y Patrimoniales. Comparecencia y manifestación del denunciado. Manifestaciones de los testigos. Declaración de los agentes policiales que hayan intervenido. Hechos. Verificación y comprobación de la denuncia. Solicitud de medidas de protección y seguridad. Detención e información de derechos. Incautación de Armas Página 16 ATESTADO POLICIAL: Contenidos mínimos (II) Antecedentes del presunto agresor Informes médicos, psicológicos y sociales. Medidas cautelares adoptadas de protección a la víctima. Evaluación del riesgo. Remisión del Atestado. Documentos adjuntos a. Partes facultativos. b. Solicitud Orden de protección. c. Otras. Comunicación entre FCS y órganos judiciales (en los dos sentidos). Página 17 Instrucciones 10/2007 y 5/2008 de SES Valoración Policial del Nivel de Riesgo VG: violencia física y psicológica que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. FINALIDAD -VPR-: Cuantificación del riesgo al que puede estar sometida una víctima de la violencia de género y adopción de medidas policiales de protección. ¿Cuándo confeccionar el formulario VPR? 1º.- Tan pronto se haya tomado declaración a la víctima. 2º.- Una vez recopilada toda la información y finalizadas las diligencias. Página 18 VALORACION DE RIESGO Premisas Se tenga conocimiento de episodio VG, la actividad policial se dirigirá a determinar : - Factores referidos a violencia sufrida por la víctima. Relaciones mantenidas con agresor. Antecedentes del propio agresor y su entorno. Circunstancias familiares, sociales, económicas y laborales de la víctima y el agresor. La retirada de denuncias, reanudación de la convivencia y la renuncia de la víctima al estatuto de protección concedido. Concretar el nivel de riesgo que soporta la víctima Página 19 VALORACION DE RIESGO Premisas Se utilizará para ello el S-VDG y formulario normalizado tanto la VPR como la VPER. Primera evaluación por FUNCIONARIO que instruye las diligencias. Se cumplimentará cuando se haya recopilado información suficiente y contrastada. Dilatación en tiempo: - Página 20 1ª Valoración con declaración a víctima (activar medidas policiales). 2ª Otra nueva una vez recopilada información y finalizada las diligencias del atestado. MEDIDAS POLICIALES DE PROTECCION VALORACIÓN DE RIESGO Niveles en función del riesgo: NO APRECIADO (INFORMAR VICTIMA MEDIDAS DE PROT. POLICIAL) BAJO (INFORMAR VICTIMA MEDIDAS DE PROT. POLICIAL) MEDIO (INFORMAR VICTIMA M.P.P. Y NIVEL DE RIESGO) ALTO (INFORMAR VICTIMA M.P.P. Y NIVEL DE RIESGO) EXTREMO (INFORMAR VICTIMA M.P.P. Y NIVEL DE RIESGO) Responsable de la valoración policial del Riesgo: funcionario o funcionarios que instruyen las diligencias. Cómo confeccionar la VPR: A través del Sistema de VdG (INTRANET CORPORATIVA DE LA G.C.) A través del SIGO.(APLICACIÓN DE USO EN LA G.C.) Página 21 MEDIDAS POLICIALES DE PROTECCION VALORACION DEL NIVEL DE RIESGO Actuaciones POLICIALES en función del riesgo: Hacer constar resultado en las diligencias (Sistema) Incluir las MEDIDAS POLICIALES consecuentes con el riesgo obtenido (Sistema) Aplicación inmediata de las medidas policiales de protección Por el evaluador si posee capacidad de decisión operativa En caso contrario dispondrá la comunicación inmediata a quien la tenga Confección de diligencia informe sobre los principales factores de riesgo (Sistema) Trasladar medidas a la Unidad Competente territorialmente Página 23 MEDIDAS POLICIALES DE PROTECCION Evolución del Nivel de Riesgo (VPER) 1. Para mantener actualizada la evaluación del riesgo, los funcionarios encargados de la protección, llevarán a cabo periódicamente nuevas valoraciones, realizando de ser necesario nuevas entrevistas con la víctima y personas de su entorno 2. Nueva Información significativa sobre inicialmente, se realizará nueva VPR los factores valorados 3. A continuación, se cumplimentará el formulario de Valoración Policial de la Evolución del Riesgo (VPER) Página 24 MEDIDAS POLICIALES DE PROTECCION Evolución (seguimiento) del Nivel de riesgo: En función del nivel de riesgo inicial: Extremo 3 días Alto 7 días. Medio 30 días Bajo 60 días A solicitud de: Autoridad Judicial. Ministerio Fiscal. Ante cambios significativos en las circunstancias y/o conducta de víctima o agresor Remisión a Autoridad Judicial si existen cambios en nivel adjudicado. EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE LAS MP JUEZ-MPP, APLICAR LAS ADOPTADAS POR EL JUEZ E INFORMAR AL MISMO. Página 25 TELÉFONO ATENPRO ATENPRO. TELEPROTECCION VICTIMAS DE VIOLENCIA GENERO = TELÉFONO ASISTENCIA FEMP (FEDERACION ESPAÑOLA MUNICIPIOS Y PROVINCIAS) –CENTROS DE ATENCION Y EN SU CASO 112- (EULEN Y CRUZ ROJA) Permite que las mujeres víctimas de violencia de género puedan entrar en contacto con un Centro atendido por personal específicamente preparado para dar una respuesta adecuada a su situación, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos y materiales, propios de la usuaria o existentes en la comunidad. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN PARA VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO (ATENPRO). (MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD , FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS) Página 26 DISPOSITIVO TELEMATICO COMETA Sistema de Seguimiento por Medios Telemáticos • Dispositivos agresor – víctima • Protocolo Centro COMETA • Alarmas y alertas • GC: 238 dispositivos (12/11/12) Dispositivos para el inculpado Página 27 Dispositivo para la víctima DISPOSITIVO TELEMATICO COMETA Monitorización de alarmas Separación máxima permitida del Transmisor Manipulación del Transmisor Nivel bajo de batería en dispositivos Pérdida de cobertura Transgresión orden de alejamiento direcciones fijas. Transgresión orden de alejamiento respecto a la posición actual de la víctima Activación de protocolos FCS Víctima Inculpado Página 28 Notificación incumplimientos al órgano judicial correspondiente y a FCS PROTOCOLO COORDINACION JUECES Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de Coordinación con los Órganos Judiciales para la protección de las víctimas de violencia doméstica y de género, aprobado 10/06/2004. Se potenciará la presencia en todas las unidades de las FCS, de funcionarios especializados en el tratamiento de violencia doméstica y de género. Determina la actuación en Fase de Investigación Policial (acciones de averiguación para determinar la existencia y la intensidad de la situación de riesgo……….) Se establecerán mecanismos…… con objeto de disponer inmediatamente de los datos necesarios para valorar la situación de riesgo en cada momento. Contenidos mínimos del atestado/recogida de denuncia Página 29 Relaciones con Comunidades Autónomas COMUNIDAD AUTÓNOMA PAÍS VASCO Proc. específico COMUNIDAD AUTÓNOMA CATALUÑA Proc. específico RESTO COMUNIDADES AUTÓNOMAS Castilla y León: Numerosa legislación autónoma Plan Rural de Violencia de Género (Segovia): Coordinacion G.c., Servicios Sociales, Centros sanitarios Página 30 Protocolo “Violencia Cero” COORDINACION POLICIAS LOCALESAYUNTAMIENTOS I. PROTOCOLO DE COLABORACION Y COORDINACION ENTRE LAS FCSE Y POLICIA LOCAL PARA LA PROTECCION DE VICTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA Y DE GENERO (2006) I. CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN, COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS, EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SEGURIDAD VIAL (2007) Página 31 COORDINACION POLICIAS LOCALES Objetivo: que las policías locales cooperen en asegurar el cumplimiento de las medidas acordadas por los órganos judiciales (protección). Órgano de coordinación: Junta Local de Seguridad (formas y procedimientos concretos de colaboración y coordinación, criterios de intervención y reparto de funciones,...) Alcalde (Delegado-Subdelegado Gobierno), Cuerpos Policiales Posibilidad de solicitar de SES- acceso base VdG Página 32 Ruegos y preguntas ¡POR SI NECESITAIS CONTACTAR CONMIGO! MINISTERIO DEL INTERIOR GUARDIA CIVIL DIRECCION GENERAL Sargento 1º D. Roberto García Herrero Jefe del Equipo Mujer Menor de la G.C. en Segovia CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] C/ Carretera San Rafael número 40006 SEGOVIA Tel.: 921426363-220 / Fax.: 921-41.32.90 LEGISLACIÓN L.O. 1/2004 MEDIDAS PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO L.O. 03/2007 PARA LA IGUALDA EFECTIVA ENTRE HOMBRE Y MUJERES LEY 35/95 AYUDAS Y ASISTENCIA A VÍCTIMAS DE DELITOS VIOLENTOS Y CONTRA LA LIBERTAD SECUAL LEY 27/03 ORDEN DE PROTECCIÓN VÍCTIMAS VIOLENCIA DOMÉSTICA LEY 11/03 MEDIDAS CONCRETAS MATERIA VIOLENCIA DOMÉSTICA R. D. 355/04 REGULADOR REGISTRO CENTRAL DE ÓRDENES DE PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA (Mod. R. D. 660/07) INSTRUCCIONES Instrucción 10/2007 PROTOCOLO VALORACIÓN POLICIAL DEL NIVEL DE RIESGO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Instrucción 5/2008 Modificación anterior Instrucción conjunta Ministerios Trabajo y Asuntos Sociales, Interior y Admón. Públicas seguimiento y coordinación actuaciones por Delegación/Subdelegaciones en materia de VG DOCUMENTOS DE APOYO GUÍA BÁSICA PRIMEROS AUXILIOS PSICOLÓGICOS EN VIOLENCIA DE GÉNERO. PROTOCOLOS-CONVENIOS Protocolo actuación FCS y coordinación órganos judiciales para la protección de la víctima de violencia doméstica y de género. Protocolo colaboración y coordinación en las FCSE y Policía Local para la protección de víctimas de violencia doméstica y de género Protocolo de actuación FCSE y abogados ante la violencia de género Convenio Marco de Colaboración, cooperación y coordinación entre el M.I. y Federación de Municipios y provincias en materia de seguridad ciudadana y seguridad vial. NIVEL RIESGO NO APRECIADO - Mismas medidas cualquier ciudadano denunciante - Información de derechos y recursos a su disposición NIVEL RIESGO BAJO Facilitar teléfonos contacto unidad GC, servicios emergencia (COS, 112) y otros cuerpos de seguridad. Contactos telefónicos esporádicos con la víctima. Comunicación al agresor sobre la existencia de protección policial de la victima. Información a víctima sobre medidas autoprotección aconsejables. Información víctima sobre servicio teleasistencia móvil. Contactos personales, esporádicos y discretos con víctima, manera más oportuna de efectuarlos (uniforme/no, vehículo oficial/no) Confección fichas datos relevantes víctima y agresor para patrullas, conocimiento situación. Acompañamiento denunciado a recoger enseres domicilio si hay salida por Juez NIVEL RIESGO MEDIO Vigilancia ocasional y aleatoria domicilio, trabajo, colegios. Acompañamiento víctima eventos puntuales coincidencia agresor Facilitar contacto víctima con servicio social correspondiente Entrevista personal víctima con personal responsable seguimiento y protección Comprobación periódica cumplimiento por agresor medidas judiciales Entrevista servicios asistenciales otros modos de protección. Traslado víctima a centro de acogida NIVEL RIESGO ALTO Vigilancia frecuente y aleatoria domicilio y lugar trabajo, colegio Insistir a la víctima traslado centro acogida o domicilio familiar Vigilancia puntuales y aleatorias sobre el agresor Contactos esporádicos con personas del entorno del agresor para obtención información sobre comportamiento Intensificación vigilancia s/agresor, dispositivos electrónicos NIVEL RIESGO EXTREMO Casos emergencia, vigilancia permanente sobre la víctima, control intensivo movimientos agresor Vigilancia entrada salidas colegios LEGISLACION EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON “VIOLENCIA CERO” OBJETIVO: Modelo de atención integral para las víctimas de violencia de género, destinado a apoyar, acompañar y atender, coordinando los recursos disponibles. - Conclusiones del grupo de trabajo. 16-12-2014 Convenio de Colaboración entre el CJPJ y la Consejería de Familia de la Jcyl. 20-10214 Convenio de Colaboración entre la Fiscalía y la Consejería de Familia de la Jcyl.11-11-2014 Convenio de Colaboración entre F.e.m.p y la Consejería de Familia de la Jcyl. 09-10-2014 Convenio de Colaboración entre Mº Interior y la Consejería de Familia de la Jcyl.02-07-2014 Convenio de Colaboración entre el TSJ y la Consejería de Familia de la Jcyl. 18-11-2014 PPT DE SENSIBILIZACION LA VIOLENCIA MACHISTA EL DOLOR TIENE CARA DE MUJER. Mº Interior Guardia Civil
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Fuente: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.
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