1 retos para la consolidación de la igualdad de las personas de

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1 retos para la consolidación de la igualdad de las personas de
RETOS PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LA IGUALDAD DE LAS PERSONAS
DE ORIENTACIÓN SEXUAL DIVERSA EN COLOMBIA
PABLO ARDILA MEDELLÍN
1
1. CONCEPTOS
En primer lugar, es pertinente dar una breve definición de qué es la orientación sexual y la
identidad de género, para entender que, si bien son aproximaciones diferentes a la diversidad
de la población colombiana, comparten varios estigmas y problemáticas que desafían el
afianzamiento de los avances recientes en la igualdad formal de sus derechos.
a. Orientación Sexual
La orientación sexual se refiere a un patrón perdurable de atracciones emocionales,
románticas y/o sexuales hacia hombres, mujeres o ambos sexos. La orientación sexual
también se refiere al sentido de identidad de cada persona basada en dichas atracciones, las
conductas relacionadas y la pertenencia a una comunidad de otros que comparten esas
atracciones. Investigaciones realizadas durante varias décadas han demostrado que la
orientación sexual varía desde una atracción exclusiva hacia el sexo opuesto hasta una
orientación exclusiva hacia el mismo sexo.
Sin embargo, la orientación sexual generalmente1 se clasifica en tres categorías: heterosexual
(tener atracciones emocionales, románticas o sexuales hacia miembros del sexo opuesto),
gay/lesbiana (tener atracciones emocionales, románticas o sexuales hacia miembros del
mismo sexo) y bisexual (tener atracciones emocionales, románticas o sexuales tanto hacia
hombres como mujeres). Este margen de conductas y atracciones se ha descrito en diversas
culturas y naciones de todo el mundo.
Al hablar de orientación sexual, es común referirse a ella como si solamente fuera una
característica de un individuo, como el sexo biológico, la identidad de género o la edad. Esta
perspectiva es incompleta porque la orientación sexual se define en términos de las relaciones
con los demás. Las personas expresan su orientación sexual mediante conductas con otros,
incluidas acciones tan sencillas como tomarse de la mano o besarse. Por lo tanto, la
orientación sexual está estrechamente ligada a las relaciones personales íntimas que
satisfacen nuestra profunda necesidad de amor, apego e intimidad. Además de las conductas
sexuales, estos vínculos incluyen la atracción física no sexual entre compañeros, metas y
valores compartidos, apoyo mutuo y compromiso continuo. Por lo tanto, la orientación sexual
no es solamente una característica personal de un individuo. Más bien, la orientación sexual
define al grupo en el que una persona probablemente pueda establecer las relaciones
románticas satisfactorias y plenas que son un componente esencial de la identidad personal
para muchas personas2.
1
Es necesario anotar que esta clasificación no limita otro tipo de identidades sexuales, dependiendo de en
donde se esté en el espectro de atracciones emocionales, románticas o sexuales, o por fuera del mismo.
2
American Psychological Association. (2012). Answers to your questions: For a better understanding of sexual
orientation and homosexuality. Washington, DC, Copyright © 2008 American Psychological Association,
página 1.
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b. Identidad de Género
El género hace referencia a los atributos, las actividades, las conductas y los roles
establecidos socialmente que una sociedad en particular considera apropiados para niños y
hombres, o niñas y mujeres. Estos influyen en la manera en que las personas actúan,
interactúan y en cómo se sienten sobre sí mismas. Mientras que los aspectos del sexo
biológico son similares entre las distintas culturas, los aspectos del género pueden resultar
diferentes.
El término transgénero incluye muchas identidades. La palabra transexual hace referencia a
las personas cuya identidad de género es diferente de su sexo asignado. A menudo, las
personas transexuales alteran o desean alterar sus cuerpos a través de hormonas, cirugías y
otros medios para que estos coincidan en el mayor grado posible con sus identidades de
género. Este proceso de transición a través de intervenciones médicas generalmente es
conocido como reasignación de sexo o género, pero más recientemente también se lo
denomina afirmación de género. Las personas cuyo sexo asignado es femenino, pero que se
identifican y viven como hombres, y alteran o desean alterar sus cuerpos mediante
intervenciones médicas para asemejarse más fielmente a su identidad de género se conocen
como hombres transexuales o transexuales masculinos (también conocido como personas
trans femenino a masculino [female-to-male], FTM). Por el contrario, las personas cuyo sexo
asignado es masculino, pero que se identifican y viven como mujeres, y alteran o desean
alterar sus cuerpos mediante intervenciones médicas para asemejarse más fielmente a su
identidad de género se conocen como mujeres transexuales o transexuales femeninos
(también conocido como personas trans masculino a femenino [male-to-female], MTF).
Algunas personas que realizan una transición de un género a otro prefieren ser denominadas
como hombres o mujeres, y no como personas trans. Los y las travestis usan maneras de
vestir que tradicionalmente, y como parte de un estereotipo, usa otro género en sus culturas.
Varían en el grado en el cual se visten del otro sexo, desde el uso de una prenda de vestir
hasta al travestismo total.
Los y las travestis generalmente se sienten cómodos con su sexo asignado y no desean
cambiarlo. El travestismo es una forma de expresión de género y no necesariamente está
ligado a prácticas eróticas. El travestismo no indica la orientación sexual.
El grado de aceptación social del travestismo varía en el caso de hombres y mujeres. En
algunas culturas, un género puede gozar de más libertad que el otro al usar maneras de vestir
asociadas con un género diferente.
El término drag queens generalmente hace referencia a hombres que se visten como mujeres
con el fin de entretener a otras personas en bares, clubes u otros eventos. El término drag
kings hace referencia a mujeres que se visten como hombres con el fin de entretener a otras
personas en bares, clubes u otros eventos.
3
Género-queer es un término que usan algunas personas que identifican su género fuera del
constructo binario “hombre” y “mujer”. Pueden definir su género dentro de una escala entre
hombre y mujer, o pueden definirlo como algo completamente diferente de estos términos.
También pueden requerir que para llamarlas se usen pronombres que no sean ni masculinos
ni femeninos, como “ello” en lugar de “él” o “ella”. Algunas personas género-queer no se
identifican como transgénero.
Otras categorías de personas trans incluyen personas andróginas, multigénero, desconformes
con el género, de tercer género y personas de dos espíritus. Las definiciones exactas de estos
términos varían de persona a persona y pueden cambiar con el tiempo, pero generalmente
incluyen un sentido de combinación y/o alternancia de género. Algunas personas que usan
estos términos para describirse a sí mismas consideran que los conceptos tradicionales y
binarios de género son restrictivos.3
Si bien es posible que estos grupos compartan estigmas y por lo tanto el origen de la
vulneración de sus derechos sea similar, consideramos que se deben tomar diferentes
aproximaciones para el reconocimiento, protección y afianzamiento de los mismos, por lo
tanto el presente documento sólo se va a enfocar en la población de orientación sexual
diversa.
2. SITUACIÓN ACTUAL DE LA POBLACIÓN DE ORIENTACIÓN SEXUAL
DIVERSA EN COLOMBIA
En una histórica decisión, consecuente con una línea sólida de protección de los derechos de
las personas de orientación sexual diversa4, el 7 de abril de 2016 (a la fecha no se ha publicado
el número de referencia de la sentencia) la Corte Constitucional de Colombia determinó que
la institución del matrimonio civil cobija a cualquier pareja, independientemente del sexo de
las personas que la conformen. De igual forma, mediante la Sentencia C-638 de 2015 se
reconoció el derecho de dichas parejas a adoptar. Tras estos sucesos, amparadores de la
igualdad en Colombia, nos preguntamos qué terrenos quedan por conquistar para asegurar
una convivencia pacífica, libre de prejuicios y discriminación hacia la diversidad en
preferencias sexuales.
Formalmente, observamos que se logró una decisión judicial del máximo tribunal
constitucional que otorgó armonía y coherencia a la norma superior (Constitución Política)
y el resto del ordenamiento, lo que esperamos vaya a facilitar la adecuada aplicación de las
demás normas para casos futuros, donde se presente una disonancia en su interpretación y la
aplicación de los mandatos constitucionales. Sin embargo, es claro que la materialización de
una igualdad en todos los campos de la vida en sociedad no depende únicamente del aspecto
3
American Psychological Association. (2011). Answers to your questions about transgender people, gender
identity, and gender expression. Washington, DC, Copyright © 2011 American Psychological Association,
página 1.
4
Ver la línea jurisprudencial incluida en la Sentencia C-577 de 2011.
4
formal de la misma, sino que requiere un grado de intervención pedagógica, y el estudio y
vigilancia de su aplicación y resultados por parte del Estado.
De acuerdo al Informe de Derechos Humanos de Lesbianas, Gay, Bisexuales Y Personas
Trans en Colombia 2012, realizado por la ONG Colombia Diversa, se encontró que “(…) los
crímenes por prejuicio contra personas LGBT no son casos aislados, y son el síntoma y el
resultado de una sociedad prejuiciada. La violencia que se ejerce en este tipo de crímenes
puede ser jerárquica o excluyente, de acuerdo a su finalidad. La primera se infringe para
hacer sentir o para recordar el estado de inferioridad o subordinación y la segunda para
liquidar lo que el otro cuerpo representa. No todos los crímenes contra personas LGBT son
crímenes por prejuicio, pero el Estado no ha aplicado medidas efectivas para determinar si
han sido motivados o no por el prejuicio.”5
De igual forma, con un balance realizado por la alcaldía de Bogotá en el año 2011, el acceso
a la salud es un problema recurrente para la comunidad LGTBI. Esto debido a que, el 45%
de las personas LGBT habían sentido discriminación frente al ejercicio del derecho a la
salud; no obstante, dentro de este grupo el 54% de las personas transgeneristas alegaron haber
sentido discriminación. Por otra parte, el 14,17% de lesbianas, gays, bisexuales y
transgeneristas que expresaron no haber recibido atención médica cuando lo requerían, el
21.28% de ellos y ellas señalaron que la negación del servicio fue debida a su orientación
sexual o su identidad de género.
En este estudio de la Alcaldía, de acuerdo con la percepción general, el 43.83% de las
personas transgénero alegaron la negación del servicio de salud. Al respecto el Ministerio de
Salud y Protección Social y el Fondo de Población de las Naciones Unidas, en un estudio,
expusieron los múltiples actos de violencias a las que son sometidas las mujeres transgénero
al intentar acceder a los servicios de salud. Esto debido a que son discriminadas por el
personal que trabaja en los hospitales, desde el vigilante hasta el personal médico; y en
diferentes grados, que van desde llamarlas y tratarlas como hombres, hasta negarles la
atención médica o prestárselas de manera irrespetuosa.
Finalmente de acuerdo con el balance de la Alcaldía, es claro que existen una serie de factores
que afectan de manera prevalente a la comunidad LGTB, puesto que en el caso de las
personas transgénero existen ciertos riesgos físicos y psicológicos en la búsqueda por reflejar
su identidad exteriormente, adicionalmente existen otros factores de riesgo y fragilidad social
frente a la salud sexual y salud reproductiva de personas de los sectores LGBT.
Como conclusión preliminar de este diagnóstico se podría pensar que al depender el sistema
de salud de las normas, protocolos, guías, resoluciones y circulares del orden nacional, esto
en muchos casos, puede limitar el avance en la garantía del derecho a la salud plena y la
calidad de vida de la comunidad LGBT; dificultando así la atención diferencial desde el
5
CUANDO EL PREJUICIO MATA. Informe de derechos humanos de lesbianas, gay, bisexuales y personas
trans en Colombia 2012, COLOMBIA DIVERSA Bogotá, 2014.
5
enfoque de derechos. Al respeto es necesario señalar que “La orientación sexual y la
identidad de género no son reconocidas por el SISBEN como condiciones que colocan a la
población en alta situación de vulnerabilidad, por lo cual, existe un gran subregistro de esta
situación”. Esta situación debería cambiar, puesto que la comunidad LGTBI debe ser sujeta
a especial protección, ya que existen ciertas particularidades frente al tipo de atención que
deben recibir.
Si bien las ONG han jugado un papel determinante en la protección de los derechos de la
comunidad LGBT en el país, es fundamental que el Estado asuma un rol activo para la
defensa de los derechos de sus ciudadanos, en especial de las poblaciones que históricamente
han sufrido tratos discriminatorios. Ello teniendo en cuenta que si bien el Estado cuenta el
deber legal y los medios para hacerlo, deberá adaptarse institucionalmente para contar con
una capacidad operacional adecuada para enfrentar estos problemas sociales.
Así, consideramos que la mencionada intervención del Estado deberá partir por la
identificación y el diagnóstico detallado de las violaciones reiteradas de los derechos de las
personas a nivel nacional, que tengan como origen la orientación sexual de las mismas, y de
esta forma diseñar las políticas públicas necesarias para la erradicación de las conductas
discriminatorias en todos los ámbitos de cada comunidad y desde el mismo Estado.
3. ESTRUCTURACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
Puesto que nos encontramos ante una situación en la cual no contamos con un estudio formal
y minucioso, de las diferentes necesidades de la población de orientación sexual diversa,
partiremos de las situaciones más graves y evidentes, y de mayor ocurrencia de las que se
tenga conocimiento, para recomendar un curso de acción desde lo público.
a. Erradicación de la discriminación desde las instituciones educativas.
Un aspecto fundamental para la eliminación de los estigmas y discriminación que sufre la
población de orientación sexual diversa, es la inculcación del respeto por la diversidad desde
una edad temprana. De esta forma la Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-478 de
2015 ordenó a los colegios incorporar en sus manuales de convivencia, de forma explícita, el
respeto por las orientaciones sexuales e identidades de género diversas.
Así, es esencial que el Estado sea quien lidere estos cambios institucionales y le preste
asistencia a aquellas instituciones que lo requieran, capacitando a su personal y haciéndolo
competente para conocer y solucionar las diferentes situaciones que se presenten, y que
requieran una atención especial para proteger los derechos de las personas en todos los
niveles institucionales (alumnos, docentes, administrativos, directivos, etc.). Igualmente se
deberá realizar una vigilancia constante a estos programas que garantice el cumplimiento del
objetivo de la erradicación de la discriminación, siempre teniendo de presente que se están
protegiendo derechos fundamentales, en especial cuando se trabaje con menores de edad, que
por mandato constitucional tiene una protección especial.
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b. Erradicación de la discriminación en las instituciones prestadoras de salud.
De forma similar, consideramos que las entidades que hacen parte del sistema de salud
colombiano desempeñan un papel de gran importancia frente a la eliminación de estigmas y
de educación a la población para la eliminación de la discriminación. Partiendo del concepto
de la diversidad como una condición humana y no como un desorden o enfermedad, como
antiguamente era considerada y que algunos profesionales siguen diagnosticando, es
necesario identificar prácticas discriminatorias, y tomar las medidas adecuadas para su
eliminación.
Además, sería de gran utilidad para personas que no han contado con acceso a la información
adecuada la implementación de campañas informativas sobre salud sexual, que incluya de
forma efectiva su aplicación a las orientaciones sexuales diversas.
c. Erradicación de crímenes de odio
Finalmente creemos necesario estructurar programas dirigidos a eliminar el uso de violencia
en cualquier situación, y en especial si se trata de violencia motivada por la intolerancia a la
diversidad. En principio, esta problemática debe ser enfrentada con medidas pedagógicas,
dirigidas al público, mediante su inclusión en los programas educativos de las instituciones
escolares y mediante la implementación de campañas dirigidas a promover el respeto por la
diferencia y diversidad de las personas.
Ahora bien, frente al castigo de los crímenes que se motiven en la discriminación y violencia
contra la diversidad, el Estado deberá garantizar que estos sean investigados y juzgados, y
que aquellos funcionarios vinculados a estos procesos cuenten con la capacitación adecuada
para tratar las particularidades de cada proceso criminal y las personas involucradas en estos.
Es así que estructuramos nuestras propuestas alrededor de tres actividades principales: el
diagnóstico, la capacitación y la implementación. Ya sea de medidas pedagógicas o de
cambio institucional, es necesario que el Estado impulse estas medidas, dando ejemplo y
sentando un gran precedente de respeto a los derechos y a la diversidad humana de todos los
colombianos.
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Bibliografía:
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C (2011) Balances y Perspectivas. Política Pública Para La
Garantía Plan De Los Derechos De Las Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales,
Trangeneristas- LGTB- Y Sobre Identidades De Género Y Orientación Sexual En El Distrito
Capital. Bogotá, Colombia.
American Psychological Association. (2011). Answers to your questions about transgender
people, gender identity, and gender expression. Washington, DC, Copyright © 2011
American Psychological Association.
American Psychological Association. (2012). Answers to your questions: For a better
understanding of sexual orientation and homosexuality. Washington, DC, Copyright ©
2008 American Psychological Association.
BERNAL, María (2010) Provisión de servicios afirmativos de salud para personas LGBT (
Lesbianas, Gays, Bisexuales, Y Trangeneristas) Bogotá, Colombia: Colombia Diversa.
CUANDO EL PREJUICIO MATA. Informe de derechos humanos de lesbianas, gay,
bisexuales y personas trans en Colombia 2012, COLOMBIA DIVERSA Bogotá, 2014.
Ministerio de Salud y Protección Social & Fondo de Población de las Naciones Unidas
(UNFPA). (2011). Estudio de vulnerabilidad al VIH y prevalencia de VIH en mujeres trans
en Colombia, protocolo del estudio. Versión 7.0 sin publicar, Colombia.
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