a) parte resolutoria - Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
Transcripción
a) parte resolutoria - Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
A) PARTE RESOLUTORIA: 1º.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. 2º.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA. 3º.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL. 4º.- IMPOSICIÓN DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL. 5º.- APROBACIÓN DEL ESTUDIO DE VIABILIDAD DE LA CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA “PADRE VALLET”. 6º.- AMPLIACIÓN DEL PERIODO DE CARENCIA DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO SUSCRITO CON BANCO DE CRÉDITO LOCAL DE ESPAÑA. 7º.- RATIFICACIÓN DEL CONVENIO URBANÍSTICO SUSCRITO CON SINICROPIA CONSULTING S.L. 8º.- RATIFICACIÓN DEL CONVENIO URBANÍSTICO SUSCRITO CON FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. 9º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL APE 3.4-07 “AVENIDA DE MAJADAHONDA III” DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA, PROMOVIDO POR C.B. SRES. HERRÁN ROMERO-GIRÓN. 10º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL APR 3.3-10 “AVDA. DEL GENERALÍSIMO/PLAZA DE ESPAÑA” (hoy AVDA. JUAN PABLO II) DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA, PROMOVIDO POR COMISIÓN GESTORA DEL APR 3.3-10 “PLAZA DE ESPAÑA”. 11º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA 21-B DEL API 3.4-02 “AMPLIACIÓN CASA DE CAMPO”, PROMOVIDO POR LOS ALIJARES DE POZUELO S.L. 12º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL APR 3.4-09 “COSTANILLA DEL OLIVAR”, PROMOVIDO POR TORRECERREDO PROMOCIONES S.L. 13º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA TE-B DEL APR 4.3-09 “AVDA. DE EUROPA, C/ DE AMÉRICA Y CARRETERA DE ARAVACA”, PROMOVIDO POR HINES POZUELO S.L. 14º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL APR 3.4-17 “MANZANA CURPESA”, PROMOVIDO POR URBANIZADORA SEVINOVA S.A. (URBASEVI). 15º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA SITUADA EN LA C/ SEGUNDO MATA Nos 5, 7 y 9, PROMOVIDO POR GESTIÓN Y SERVICIOS SOCIALES DEL MARE NOSTRUM S.L.. 16º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN INTERIOR Y PROYECTO DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURAS EXTERIORES DEL APR 4.5-02 “C/ DOCTOR RASO (HÚMERA)”, PROMOVIDO POR INMOBILIARIA IKASA S.A., VALLEHERMOSO DIVISIÓN PROMOCIÓN SAU Y D. LORENZO SÁNCHEZ PÉREZ. Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 17º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL APR 4.1-01 “ENLACE POZUELO-ARAVACA”, PROMOVIDO POR URBANIZACIÓN SUROESTE S.L. Y MIRTO GESTIÓN S.L. 18º.- ACUERDOS SOBRE LA SUSTITUCIÓN DEL NOMBRE DE CALLES Y AVENIDAS. 19º.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA DELEGANDO LA PRESIDENCIA EFECTIVA DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Y ESPECIALES. 20º.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DE APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2006. 21º-. COMUNICACIONES OFICIALES. B) PARTE DE CONTROL DE LOS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN: 22º.- RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA (ART. 42 DEL ROF). 2 A) PARTE RESOLUTORIA: 1º.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. El Sr. Presidente pregunta si alguien desea hacer alguna alegación al acta de la sesión de 4 de julio de 2007 repartida con anterioridad. No formulándose ninguna, los señores reunidos en votación ordinaria y por unanimidad obtenida por 25 votos a favor de los miembros presentes de los Grupos Municipales Popular y Socialista, acordaron aprobarla. 2º.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: La aprobación de los gastos que se relacionan a continuación, y reconocer las obligaciones de pago que ellos comportan, todo ello con cargo al Presupuesto General de Gastos del Patronato Municipal de Cultura correspondiente al año 2007. FECHA PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE 13/12/2006 EL AGONAUTA, LA LIBRERÍA PARTITURAS Y DEMÁS MATERIAL DE LA MUSICA DIDÁCTICO PARA EL AULA DE MUSICA Y DANZA 400,98 13/12/2006 EL AGONAUTA, LA LIBRERÍA PARTITURAS Y DEMÁS MATERIAL DE LA MUSICA DIDÁCTICO PARA EL AULA TEÓRICA DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA 301,72 3º.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: La aprobación de los gastos que se relacionan a continuación, y reconocer las obligaciones de pago que ellos comportan, todo ello con cargo al Presupuesto General de Gastos del Patronato Deportivo Municipal al año 2007. Nº operación Nº factura 220070000055 6PO 182 Empresa CENTRO INFORMATICO POZUELO SL 220070000054 2400287243 220070000057 06/802 220070000053 06/781 220070000052 28 220070000056 1651671 220070000361 2062636 220070000359 11F14264742 220070000173 5PO 220070000176 220070000174 Partida Importe 52 45211 62500 1.130,07 € DELL COMPUTER, S.A. 52 45211 62600 2.077,99 € MOYPE SPORT SA 52 45213 62500 495,90 € MOYPE SPORT SA 52 45217 62500 2.218,20 € VICAR ELECTRONICA 52 45211 62500 2.872,23 € 52 45213 62500 1.119,17 € 52 45211 22700 156,60 € 52 45212 22619 1.076,63 € 52 45211 62600 495,55 € 6PO 93 WURTH ESPAÑA SA ARACAS DE MANTENIMIENTO Y SERVICIO SL CASBEGA CIA C BEBIDAS GASEOSAS SA CENTRO INFORMATICO POZUELO SL CENTRO INFORMATICO POZUELO SL 52 45211 62600 102,08 € 2005305 IBERDECO 2001 SL 52 45211 62500 275,44 € Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 220070000360 2006114 IBERDECO 2001 SL 52 45211 62500 237,12 € 220070000175 22007000057 05/1385 60337 52 45218 62500 52 45213 62500 261,35 € 5.034,40 € 220070000164 158/06 52 45217 62700 5.639,34 € 220070000050 60281 52 45211 62500 10.818,16 € 220070000388 060228 MOYPE SPORT SA PROYECTOS INFORMATICOS SA CONSTRUCCIONES COSTALAGO SL PROYECTOS INFORMATICOS SA DAYENU 220070000389 060293 DAYENU 4521222612 11.842,44 € 4521222612 11.956,12 € 4º.- IMPOSICIÓN DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 1º) IMPONER la Tasa por prestación de servicios de alcantarillado y APROBAR la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servicio de alcantarillado, que es del siguiente tenor literal: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO ARTICULO 1.- FUNDAMENTO DE LA IMPOSICIÓN La presente Ordenanza Fiscal se dicta en el ejercicio de la potestad reglamentaria municipal en materia tributaria, según lo dispuesto en el articulo 106.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, por lo que en virtud de la misma se establece e impone la Tasa por prestación del servicio de alcantarillado e inspección de redes municipales o particulares, todo ello al amparo de lo establecido en los artículos 15 a 19 y artículo 20.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. ARTÍCULO 2.- HECHO IMPONIBLE 1.- Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de alcantarillado, que comprende la recogida de aguas residuales y pluviales, así como su evacuación a los distintos puntos de vertido. 2.- La realización del hecho imponible comprende asimismo la inspección técnica y vigilancia de las redes de alcantarillado existentes en el término municipal, incluidas las particulares. 3.- La presente Tasa será compatible con la exigencia de la correspondiente Tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, en su modalidad de tasa por apertura de Calicatas. ARTÍCULO 3.- SUJETOS PASIVOS 1.-) Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4, que resulten beneficiados o especialmente afectados por los servicios públicos prestados. 2.-) Tendrán la consideración de sujetos pasivos en concepto de sustitutos del contribuyente, los propietarios de las viviendas, locales o edificios cualquiera que sea su clasificación urbanística, quienes podrán repercutir en su caso, las cuotas abonadas sobre los respectivos beneficiarios, en concreto arrendatarios y demás titulares de derechos reales de uso o disfrute sobre dichos inmuebles. ARTÍCULO 4.- BENEFICIOS FISCALES No se admitirá exención ni bonificación fiscal alguna ni por motivos subjetivos relacionados con la titularidad pública de los inmuebles a los que afecta especialmente o beneficia la prestación del servicio de alcantarillado, ni por razón del sujeto de derecho público, ya sea el Estado, Comunidades Autónomas o Corporaciones Locales. ARTÍCULO 5.- CUOTA TRIBUTARIA La cuota tributaria a abonar será el resultado de aplicar sobre el importe total del consumo de agua de cada uno de los abonados, una tarifa fija del 0,224 €/m3. ARTÍCULO 6.- DEVENGO En cuanto a la prestación del servicio de alcantarillado, que comprende, entre otros, el de evacuación de las aguas a los distintos puntos de vertido, la tasa se devenga periódicamente en función de la expedición de las correspondientes facturas por parte del CANAL de ISABEL II que incluirán las liquidaciones de la tasa practicadas por este Ayuntamiento en ejercicio de su potestad tributaria, en los términos fijados en el artículo 7.2 de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 7.- RÉGIMEN DE GESTIÓN CENSAL Y TRIBUTARIA 1.-) En la gestión del impuesto se distinguirá la competencia en materia censal, atribuida al CANAL DE ISABEL II y la gestión tributaria propiamente dicha en sus modalidades de liquidación, recaudación e inspección, de competencia exclusiva del Ayuntamiento en su ejercicio de potestad tributaria municipal reconocida en los 106.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local y artículos 2.2 y 15 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 2.-) En cuanto a la gestión censal del tributo, el CANAL DE ISABEL II expedirá, con la periodicidad prevista en el artículo 6, las facturas correspondientes al servicio de agua consumida. Dichas facturas incluirán asimismo las liquidaciones de la tasa de alcantarillado de competencia del Ayuntamiento, mediante la aplicación sobre el consumo total de cada uno de los abonados, la tarifa regulada en el artículo 5 de la presente resolución, dando lugar a la cuota tributaria a abonar a cargo del contribuyente. 3.-) Respecto al régimen de recursos contra los actos de aplicación y efectividad del tributo, en concreto contra las liquidaciones de la tasa incluidas en las facturas emitidas por el CANAL DE ISABEL II a cada uno de los abonados, podrá interponerse recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento órgano competente para su resolución. 2 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 Todas las solicitudes de devolución de ingresos indebidos así como las rectificaciones de errores materiales, aritméticos o de hecho derivadas de las liquidaciones que en concepto de la presente Tasa figuran en las facturas emitidas por el CANAL DE ISABEL II, se presentarán ante el Concejal Delegado de Hacienda. ARTÍCULO 8.- INFRACCIONES Y SANCIONES En esta materia se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Revisión de los Tributos Locales y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, así como en la Ley General Tributaria y normas de desarrollo. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 2º) Exponer al público el expediente de imposición de la tasa por prestación de servicios de alcantarillado y de aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado por un plazo de treinta días contados desde el siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, que también se publicará en un diario de los de mayor difusión de la provincia, plazo durante el cual los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones ante el Pleno, considerándose definitivamente aprobado si durante dicho período no se hubiesen presentado reclamaciones. 3º) Una vez aprobada definitivamente el expediente de imposición de la tasa por prestación de servicios de alcantarillado y de aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado deberá procederse a la inserción del texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrando en vigor al día siguiente de su publicación definitiva. 5º.- APROBACIÓN DEL ESTUDIO DE VIABILIDAD DE LA CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA “PADRE VALLET”. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: PRIMERO.- Aprobar el ESTUDIO DE VIABILIDAD redactado para la concesión de obra pública de PEATONALIZACIÓN DE LA PLAZA DEL PADRE VALLET Y SU ENTORNO, CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO, REHABILITACIÓN DEL EDIFICIO DE LA ANTIGUA CASA CONSISTORIAL Y SU AMPLIACIÓN COMO NUEVO CENTRO CULTURAL DE POZUELO DE ALARCÓN. SEGUNDO.- Someter el estudio de viabilidad al trámite de información pública por plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 6º.- AMPLIACIÓN DEL PERIODO DE CARENCIA DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO SUSCRITO CON BANCO DE CRÉDITO LOCAL DE ESPAÑA. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: Primero: Aprobar la ampliación del periodo de carencia del Préstamo concertado con el Banco de Crédito Local de España S.A. por importe de 26.224.473,24 € hasta el próximo 30 de marzo de 2008. Segundo: Dar traslado de dicha solicitud al Banco de Crédito Local de España S.A. 7º.- RATIFICACIÓN DEL CONVENIO URBANÍSTICO SUSCRITO CON SINICROPIA CONSULTING S.L. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 18 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 3 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 1º.- RATIFICAR EL CONVENIO URBANÍSTICO suscrito inicialmente por el Ayuntamiento con la mercantil SINICROPIA CONSULTING, S.L., mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 19 de abril de 2007, para el desarrollo de la unidad de ejecución APR 4.2-02 “ARROYO POZUELOGENERAL MOLA-ESTE” del P.G.O.U., en los mismos términos que constan en el mismo, y que se transcribe como Anexo. 2º.- NOTIFICAR a la mercantil SINICROPIA CONSULTING, S.L el presente Acuerdo a los efectos de la firma del Convenio precedente, la cual se deberá producir en el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del siguiente al de recepción de la notificación del presente acuerdo. Transcurrido dicho plazo sin que tal firma haya tenido lugar, se entenderá que renuncia a aquél. 8º.- RATIFICACIÓN DEL CONVENIO URBANÍSTICO SUSCRITO CON FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 18 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 1º.- RATIFICAR EL CONVENIO URBANÍSTICO suscrito inicialmente por el Ayuntamiento con la FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 24 de abril de 2007, para la ejecución del planeamiento y la monetización del aprovechamiento urbanístico de titularidad municipal en la Unidad de Ejecución denominada Área de Planeamiento Remitido APR 4.4-02 “CARRETERA DE HÚMERA Y CAMINO VIEJO” del P.G.O.U., en los mismos términos que constan en el mismo, y que se transcribe como Anexo al presente acuerdo. 2º.- NOTIFICAR a la FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID el presente acuerdo a los efectos de la firma del Convenio precedente, la cual se deberá producir en el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del siguiente al de recepción de la notificación del presente acuerdo. Transcurrido dicho plazo sin que tal firma haya tenido lugar, se entenderá que renuncia a aquél. 9º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL APE 3.4-07 “AVENIDA DE MAJADAHONDA III” DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA, PROMOVIDO POR C.B. SRES. HERRÁN ROMERO-GIRÓN. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 1º.- TENER POR CUMPLIDAS las condiciones b), d) y j) del apartado 1º de la parte dispositiva del acuerdo de aprobación inicial, incorporando la documentación aportada, que sustituye y completa la aprobada inicialmente. 2º.- APROBAR DEFINITIVAMENTE el Proyecto de Urbanización del APE 3.4-07 “AVENIDA DE MAJADAHONDA III” del Plan General de Ordenación Urbana, promovido por C.B. SRES. HERRÁN ROMERO-GIRÓN, con las siguientes condiciones: a.- En la ejecución de las obras se prestará una especial atención al replanteo y colocación final de los elementos de mobiliario urbano de forma que la misma no entorpezca el paso de los peatones en general y de las personas con movilidad reducida en particular, evitando la aparición de barreras arquitectónicas y consiguiendo la mayor anchura útil posible de las aceras. b.- Sin perjuicio de las soluciones provisionales que se puedan adoptar en principio, la recogida de las aguas pluviales del ámbito deberá quedar definitivamente resuelta con el vertido de las 4 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 mismas al colector-interceptor previsto en el Plan General, a sufragar principalmente por los ámbitos afectados, y del que se encuentra en tramitación el correspondiente Convenio para su gestión y ejecución. c.- En función de lo establecido en la aprobación del Plan Parcial, los promotores del presente ámbito, junto con los del resto de ámbitos afectados (APE 2.4-01 y UZ 2.3-03), deberán ejecutar los colectores de pluviales y de fecales, a través de la Avenida de Majadahonda, que conecten con la red municipal de saneamiento, según las indicaciones del Área de Infraestructuras Municipal. d.- Para la compensación del arbolado afectado por el desarrollo del Plan Parcial, y de cara al mantenimiento y mejora del patrimonio arbóreo del municipio, antes del inicio de las obras, los Promotores deberán proceder al suministro en el vivero municipal de Húmera de los siguientes ejemplares arbóreos: - 15 uds. de Ligustrum japónica de 16/18 cms. de perímetro en cepellón escayolado. - 69 uds. de Cupressus arizónica glabra “fastigiata” de 2,0 a 2,5 m de altura en cepellón escayolado. - 15 uds. de Pinus pinea de 2,5 a 3,0 m de altura en cepellón escayolado 25-30 cm de perímetro. - 3 uds. de Thuja plicata de 2,0 a 2,5 m de altura en cepellón escayolado. - 9 uds. de Cedrus atlántica de 2,5 a 3,0 m de altura en cepellón escayolado y 25-30 cm de perímetro. - 3 uds. de Prunus avium de 16 a 18 cm de perímetro en cepellón. e.- La compensación del arbolado afectado por las obras de edificación, deberá justificarse en la tramitación de las correspondientes Licencias de Obra, quedando éstas condicionadas a la aportación de los correspondientes estudios fitopatológicos de las parcelas. f.- En la ejecución de las obras de urbanización se deberá tener en cuenta las siguientes medidas de protección del arbolado existente: Antes del comienzo de los trabajos, dichos árboles deben protegerse a lo largo del tronco en una altura no inferior a los 3 metros desde el suelo y en la forma indicada por la Concejalía. o Cuando se abran hoyos o zanjas próximos a plantaciones de arbolado en vía pública, la excavación no deberá aproximarse al pie del mismo más de una distancia igual a 5 veces el diámetro del árbol a la altura normal (1,30 metros) y, en cualquier caso, esta distancia será siempre superior a 0,5 metros. En caso de que no fuera posible el cumplimiento, se requerirá la autorización municipal antes de comenzar las excavaciones, con el fin de arbitrar otras posibles normas correctoras. o En aquellos casos en que durante las excavaciones resulten alcanzadas raíces de grueso superior a 5 cm de diámetro, deberán cortarse dichas raíces de forma que queden cortes limpios y lisos, cubriéndose a continuación con cualquier sustancia cicatrizante. o Cualquier instalación de canalizaciones se hará por debajo de la zona radical, nunca afectando a la misma. o Hasta el inicio de las obras, y mientras duren éstas, las raíces se mantendrán suficientemente húmedas. g.- En el caso de que se pretenda edificar sobre las parcelas del ámbito antes de que esté ejecutado el viario del sector UZ 2.4-02 “HUERTA GRANDE” que permita la conexión de las calles A y B del presente ámbito, los promotores deberán presentar un proyecto complementario de vial provisional de unión de las mismas a través de las parcelas 9, 21 y 22, o solución sustitutoria que, en su caso, resuelva de forma adecuada el funcionamiento del tráfico rodado, para que aquéllas no constituyan fondos de saco, y ejecutar las obras correspondientes bajo la supervisión del Área de Infraestructuras Municipal, siendo por cuenta de los mismos todos los gastos derivados de ello. o 5 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 h.- La posible división de la parcela 21 estará condicionada a la ejecución del viario del UZ 2.4-02 “HUERTA GRANDE”, por el que debería tener acceso y servicios, una de las dos parcelas resultantes. i.- En la ejecución de las obras, se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar una adecuada protección del medio ambiente, y, en especial, se tendrán presentes las siguientes: Se evitará la generación de polvo regando periódicamente y obligando a los camiones a circular con la carga cubierta. o Se tomarán las medidas necesarias en caso de que se prevea sobrepasar los límites de ruido, permitidos durante la ejecución de las obras. o Se prohibirán operaciones de mantenimiento de camiones y maquinaria en las que accidentalmente se puedan verter aceites, aguas residuales y carburantes. o La capa de tierra vegetal que se retire, se deberá acopiar, sin superar 1,5 m. de altura, abonarla y sembrarla con leguminosas. j.- Según los criterios y directrices fijadas por el Ayuntamiento, la conservación, limpieza y trabajos culturales de las zonas verdes incluidas en el presente Proyecto de Urbanización será por cuenta de los promotores durante un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras. o k.- Para asegurar de la correcta ejecución de las obras de urbanización, deberá presentarse ante el Ayuntamiento en el plazo de QUINCE DÍAS, y, en todo caso, antes del comienzo de las obras, aval o fianza en metálico a favor del Ayuntamiento por importe no inferior a CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO Euros con CINCUENTA Y NUEVE Céntimos (113.238,59.€)., cantidad que resulta ser el DIEZ por CIENTO del importe total previsto del Presupuesto de Ejecución por Contrata resultante final del Proyecto de Urbanización, que asciende a 1.132.385,94 €. l.- Antes de la recepción de las obras de urbanización, se deberá acreditar y comprobar fehacientemente por el Ayuntamiento, la realidad dimensional de las parcelas de cesión al mismo, para lo que, cuando el estado de ejecución de las obras lo permita, y con la antelación suficiente con respecto a la recepción de las mismas, los promotores solicitarán del Ayuntamiento que se realice dicha comprobación, facilitando a los Servicios Técnicos Municipales los medios y condiciones necesarias para ello. 10º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL APR 3.3-10 “AVDA. DEL GENERALÍSIMO/PLAZA DE ESPAÑA” (hoy AVDA. JUAN PABLO II) DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA, PROMOVIDO POR COMISIÓN GESTORA DEL APR 3.3-10 “PLAZA DE ESPAÑA”. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 1º.- TENER POR CUMPLIDAS las condiciones b), c), d) y j) del apartado 1º de la parte dispositiva del acuerdo de aprobación inicial, incorporando la documentación aportada, que sustituye y completa la aprobada inicialmente. 2º.- APROBAR DEFINITIVAMENTE el Proyecto de Urbanización del APR 3.3-10 “AVDA DEL GENERALÍSIMO / PLAZA DE ESPAÑA” (hoy, Avda. de Juan Pablo II) del Plan General de Ordenación Urbana, promovido por la COMISIÓN GESTORA DEL APR 3.3-10 “PLAZA DE ESPAÑA”, con las siguientes condiciones: a.- En la ejecución de las obras se prestará una especial atención al replanteo y colocación final de los elementos de mobiliario urbano de forma que la misma no entorpezca el paso de los 6 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 peatones en general y de las personas con movilidad reducida en particular, evitando la aparición de barreras arquitectónicas y consiguiendo la mayor anchura útil posible de las aceras. b.- Los promotores del Proyecto deberán solicitar, al Canal de Isabel II, la acometida para la red de riego establecida. c.- Se instalarán un mínimo de tres sanecanes en las zonas verdes exteriores, de acuerdo con las especificaciones que se fijen con los técnicos de medio ambiente. d.- Se recuerda que, como compensación por el arbolado afectado por el desarrollo del ámbito, y de cara al mantenimiento y mejora del patrimonio arbóreo del municipio, los Promotores deberán suministrar arbolado por valor de VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVA Euros con SETENTA Y SIETE Céntimos (21.289,77 €). Los ejemplares arbóreos a suministrar serán definidos por la Concejalía de Medio Ambiente. e.- Asimismo, se recuerda que en la ejecución de las obras de urbanización se deberán tener en cuenta las siguientes medidas de protección del arbolado existente: Antes del comienzo de los trabajos, dichos árboles deben protegerse a lo largo del tronco en una altura no inferior a los 3 metros desde el suelo y en la forma indicada por la Concejalía. o Cuando se abran hoyos o zanjas próximos a plantaciones de arbolado en vía pública, la excavación no deberá aproximarse al pie del mismo más de una distancia igual a 5 veces el diámetro del árbol a la altura normal (1,30 metros) y, en cualquier caso, esta distancia será siempre superior a 0,5 metros. En caso de que no fuera posible el cumplimiento, se requerirá la autorización municipal antes de comenzar las excavaciones, con el fin de arbitrar otras posibles normas correctoras. o En aquellos casos en que durante las excavaciones resulten alcanzadas raíces de grueso superior a 5 cm de diámetro, deberán cortarse dichas raíces de forma que queden cortes limpios y lisos, cubriéndose a continuación con cualquier sustancia cicatrizante. o Cualquier instalación de canalizaciones se hará por debajo de la zona radical, nunca afectando a la misma. o Hasta el inicio de las obras, y mientras duren éstas, las raíces se mantendrán suficientemente húmedas. f.- Antes del comienzo de las obras se deberá presentar, debidamente visadas por los Colegios Oficiales correspondientes, las Hojas de Dirección Facultativa de los técnicos responsables de las obras, según lo previsto en la legislación vigente. o g.- En la ejecución de las obras, se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar una adecuada protección del medio ambiente, y, en especial, se tendrán presentes las siguientes: o o o o Se evitará la generación de polvo regando periódicamente y obligando a los camiones a circular con la carga cubierta. Se tomarán las medidas necesarias en caso de que se prevea sobrepasar los límites de ruido, permitidos durante la ejecución de las obras. Se prohibirán operaciones de mantenimiento de camiones y maquinaría en las que accidentalmente se puedan verter aceites, aguas residuales y carburantes. La capa de tierra vegetal que se retire, se deberá acopiar, sin superar 1,5 m. de altura, abonarla y sembrarla con leguminosas. h.- Según los criterios y directrices fijadas por el Ayuntamiento, la conservación, limpieza y trabajos culturales de las zonas verdes incluidas en el presente Proyecto de Urbanización será por cuenta de los promotores durante un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras. 7 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 i.- El desarrollo de la actuación se deberá llevar a cabo con la máxima coordinación con las obras exteriores a ejecutar por el APR 3.4-04 “FÁBRICA SIERRA”, bajo la supervisión de la Concejalía de Obras y Servicios. 11º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA 21-B DEL API 3.4-02 “AMPLIACIÓN CASA DE CAMPO”, PROMOVIDO POR LOS ALIJARES DE POZUELO S.L. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 18 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 1º.- TENER POR CUMPLIDA la condición e) del apartado 1º de la parte dispositiva del acuerdo de aprobación inicial, incorporando la documentación aportada, que sustituye y completa la aprobada inicialmente. 2º.- APROBAR DEFINITIVAMENTE el Estudio de Detalle de la Parcela 21-B del API 3.4-02 “AMPLIACIÓN CASA DE CAMPO”, promovido por LOS ALIJARES DE POZUELO, S.L., con las siguientes condiciones, que son las mismas con las que se produjo la aprobación inicial, salvo la que se tiene por cumplida: a.- La calle Budapest deberá ser adaptada para el acceso de bomberos con las condiciones técnicas que para la obra fije el Área de Obras y Servicios. b.- Para la compensación del arbolado afectado por el desarrollo del Estudio de Detalle, y de cara al mantenimiento y mejora del patrimonio arbóreo del municipio, los Promotores deberán proceder a suministrar en el vivero municipal de Húmera de los siguientes ejemplares arbóreos: - 4 uds. de Platanus hispanica, de 16/18 cms. de perímetro en container. c.- Igualmente, para la compensación del arbolado afectado deberán ingresar en la Tesorería Municipal la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Euros con OCHENTA Y UN Céntimos (2.206,81 €). d.- El trasplante de los pies arbóreos se hará con las condiciones recogidas en el Informe del Área de Medio Ambiente que obra en el expediente. 12º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL APR 3.4-09 “COSTANILLA DEL OLIVAR”, PROMOVIDO POR TORRECERREDO PROMOCIONES S.L. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 18 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: APROBAR DEFINITIVAMENTE el Estudio de Detalle del APR 3.4-09 “COSTANILLA DEL OLIVAR”, promovido por TORRECERREDO PROMOCIONES, S.L., con las mismas condiciones con las que se produjo la aprobación inicial, y que son las siguientes: a) Será por cuenta de los propietarios de los terrenos y promotores de la actuación la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización previstas en el Estudio de Detalle para que los terrenos adquieran la condición legal de solar, incluyendo las correspondientes a las zonas de cesión al Ayuntamiento para espacios libres de uso público. b) Será por cuenta de los propietarios de los terrenos y promotores de la actuación la ejecución de aquellas obras de urbanización que, aún siendo exteriores al ámbito, sean imprescindibles para el funcionamiento del mismo, considerando especialmente como 8 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 tales las conexiones de las redes de servicios e infraestructuras a los sistemas generales municipales. c) En el Proyecto de Urbanización a formular se definirán con total precisión todos los aspectos relativos a las redes de servicios e infraestructuras bajo la supervisión del Servicio de Infraestructuras de la Oficina Técnica Municipal. Además de ello, en el citado Proyecto de Urbanización, así como en la ejecución de las obras del mismo, se prestará una especial atención a la disposición de los elementos de mobiliario urbano de forma que las aceras previstas queden libres de obstáculos y no se entorpezca la circulación de los peatones en general y de las personas con movilidad reducida en particular, evitando la aparición de barreras arquitectónicas, sin perjuicio de que se persiga la mayor presencia posible de arbolado en la vía pública. 13º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA TE-B DEL APR 4.3-09 “AVDA. DE EUROPA, C/ DE AMÉRICA Y CARRETERA DE ARAVACA”, PROMOVIDO POR HINES POZUELO S.L. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: APROBAR el Estudio de Detalle de la Parcela TE-B del APR 4.3-09 “AVDA. DE EUROPA, C/ DE AMÉRICA Y CARRETERA DE ARAVACA”, promovido por HINES POZUELO, S.L., con la siguiente condición, que es la misma con la que se aprobó inicialmente: a) La evaluación de las soluciones de carácter meramente arquitectónico, en aquellos aspectos que exceden del contenido propio del Estudio de Detalle y especialmente en lo referente a los aspectos topográficos y de adaptación de la edificación al terreno, se remite al momento de la tramitación de los proyectos de edificación y urbanización interior en los que se justificará el cumplimiento pormenorizado de las Ordenanzas de aplicación, así como de las condiciones de accesibilidad que establece la normativa de prevención de incendios. 14º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL APR 3.4-17 “MANZANA CURPESA”, PROMOVIDO POR URBANIZADORA SEVINOVA S.A. (URBASEVI). Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: APROBAR DEFINITIVAMENTE LA MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE del APR 3.4-17 “MANZANA CURPESA”, promovido por URBANIZADORA SEVINOVA, S.A. (URBASEVI), con las siguientes condiciones, que son las mismas con las que se aprobó inicialmente: a.- Será por cuenta de los propietarios de los terrenos y promotores de la actuación la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización previstas en el Estudio de Detalle para que los terrenos adquieran la condición legal de solar, incluyendo las correspondientes a las zonas de cesión al Ayuntamiento para espacios libres de uso público. b.- Será por cuenta de los propietarios de los terrenos y promotores de la actuación la ejecución de aquellas obras de urbanización que, aún siendo exteriores al ámbito, sean imprescindibles para el funcionamiento del mismo, considerando especialmente como tales las conexiones de las redes de servicios e infraestructuras a los sistemas generales municipales. 9 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 c.- Se deberán formular y tramitar las correspondientes modificaciones a los documentos de ejecución y gestión del ámbito, definitivamente aprobados. d.- En cualquier caso, y en lo que afecte a las zonas de servidumbre y policía del arroyo de las Pozas, la actuación se llevará de conformidad con lo establecido en la “Autorización de Obras de Urbanización y Edificación en zona de Policía del Arroyo de las Pozas en el Término Municipal de Pozuelo de Alarcón” de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 17 de noviembre de 2004. 15º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA SITUADA EN LA C/ SEGUNDO MATA Nos 5, 7 y 9, PROMOVIDO POR GESTIÓN Y SERVICIOS SOCIALES DEL MARE NOSTRUM S.L.. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: APROBAR DEFINITIVAMENTE el Estudio de Detalle de la Parcela situada en la C/ Segundo Mata, nos 5, 7 y 9, promovido por GESTIÓN Y SERVICIOS SOCIALES DEL MARE NOSTRUM, S.L., con la siguiente condición, que es la misma con la que se aprobó inicialmente: a.- La evaluación de las soluciones de carácter meramente arquitectónico, en aquellos aspectos que exceden del contenido propio del Estudio de Detalle y especialmente en lo referente a los aspectos topográficos y de adaptación de la edificación al terreno, se remite al momento de la tramitación de los proyectos de edificación y urbanización interior en los que se justificará el cumplimiento pormenorizado de las Ordenanzas de aplicación, así como de las condiciones de accesibilidad que establece la normativa de prevención de incendios. 16º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN INTERIOR Y PROYECTO DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURAS EXTERIORES DEL APR 4.5-02 “C/ DOCTOR RASO (HÚMERA)”, PROMOVIDO POR INMOBILIARIA IKASA S.A., VALLEHERMOSO DIVISIÓN PROMOCIÓN SAU Y D. LORENZO SÁNCHEZ PÉREZ. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 1º.- INADMITIR como escrito de alegaciones el presentado por el CLUB ESCUELA ESPAÑOLA DE EQUITACIÓN DE SOMOSAGUAS, por los motivos arriba expuestos. 2º.- TENER POR CUMPLIDAS las condiciones b) y j) del apartado 1º de la parte dispositiva del acuerdo de aprobación inicial, incorporando la documentación aportada, que sustituye y completa la aprobada inicialmente. 3º.- APROBAR DEFINITIVAMENTE el Proyecto de Urbanización Interior y Proyecto de Obras de Infraestructura Exteriores del APR 4.5-02 “C/ DOCTOR RASO (HÚMERA)”, promovido por INMOBILIARIA IKASA, S.A., VALLEHERMOSO DIVISIÓN PROMOCIÓN, S.A.U. y D. LORENZO SÁNCHEZ PÉREZ, con las siguientes condiciones: a.- En la ejecución de las obras se prestará una especial atención al replanteo y colocación final de los elementos de mobiliario urbano de forma que la misma no entorpezca el paso de los peatones en general y de las personas con movilidad reducida en particular, evitando la aparición de barreras arquitectónicas y consiguiendo la mayor anchura útil posible de las aceras. 10 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 b.- En cualquier caso, si del Convenio Urbanístico a suscribir para la gestión y desarrollo del ámbito, se dedujera la necesidad de incrementar la inversión en obras de urbanización exteriores al mismo para equiparar el valor del exceso de aprovechamiento asignado a la Unidad de Ejecución por encima del considerado de referencia, una vez firmado aquel se deberá presentar, en su caso, un Proyecto Complementario que recoja dichas obras según los criterios que al respecto establezca la Concejalía de Urbanismo, Vivienda, Obras y Medio Ambiente. c.- La ejecución de la nueva pista de tenis a construir por la actuación se realizará como obra previa de urbanización, de manera prioritaria y urgente, de forma que se pueda proceder a la permuta prevista antes de ejecutar la apertura del nuevo viario proyectado a la Avda. de la Iglesia, afectando en la menor medida posible al funcionamiento del Club Deportivo. d.- Las conexiones a la nueva rotonda proyectada sobre la Carretera de Carabanchel a Aravaca se realizarán de forma suficientemente coordinada con la ejecución de la misma, y siempre bajo la supervisión de la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid. e.- En el aparcamiento de la C/ Cerezo se deberán plantar un total de treinta y cuatro árboles. f.- Se recuerda que, como compensación por el arbolado en deficiente estado de conservación afectado por las obras de urbanización, se deberán reponer, en primer lugar, los siguientes ejemplares: - 3 Uds. Morus sp (16-18 cm. de circunferencia a raíz desnuda). - 3 Uds. Prunus Dulces (16-18 cm. de circunferencia a raíz desnuda). - 3 Uds. Ulmus Pumila (16-18 cm. de circunferencia a raíz desnuda). g.- Asimismo, se recuerda que para la compensación del resto del arbolado afectado por las obras de urbanización, valorado según la Norma Granada de Valoración, en un importe total de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Euros (4.554,00 €), y mantenimiento y mejora del patrimonio arbóreo del municipio, el Promotor deberá proceder al suministro, plantación y conservación de ejemplares arbóreos durante el periodo de arraigue (dos años) por un valor total equivalente, destinados a espacios libres públicos, y según desglose y condiciones que a tales efectos establezca la Concejalía de Medio Ambiente. Estos ejemplares serán plantados, antes de talar los ejemplares afectados por el desarrollo del Plan, en los espacios públicos del sector para mantener una correcta densidad de arbolado. El arbolado sobrante, en su caso, una vez cubierta la espesura del sector, se plantará en aquellos otros espacios públicos que determine el Ayuntamiento, previo informe, en su caso, de la Concejalía de Medio Ambiente. Si por cualquier razón, las compensaciones descritas no se pudieran llevar a cabo en los términos citados, total o parcialmente, los promotores aportarán garantías suficientes que aseguren el cumplimiento de las mismas según las valoraciones incluidas en el informe que obra en el expediente, de forma que su materialización se realice de acuerdo con los criterios que al respecto fija la citada Concejalía. h.- Antes del comienzo de las obras se deberá presentar, debidamente visadas por los Colegios Oficiales correspondientes, las Hojas de Dirección Facultativa de los técnicos responsables de las obras, según lo previsto en la legislación vigente. i.- En la ejecución de las obras, se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar una adecuada protección del medio ambiente, y, en especial, se tendrán presentes las siguientes: o Se evitará la generación de polvo regando periódicamente y obligando a los camiones a circular con la carga cubierta. o Se tomarán las medidas necesarias en caso de que se prevea sobrepasar los límites de ruido, permitidos durante la ejecución de las obras. 11 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 o o Se prohibirán operaciones de mantenimiento de camiones y maquinaría en las que accidentalmente se puedan verter aceites, aguas residuales y carburantes. La capa de tierra vegetal que se retire se deberá acopiar, sin superar 1,5 m. de altura, abonarla y sembrarla con leguminosas. j.Según los criterios y directrices fijadas por el Ayuntamiento, la conservación, limpieza y trabajos culturales de las zonas verdes incluidas en el presente Proyecto de Urbanización será por cuenta de los promotores durante un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras. k.Dado que las obras de infraestructuras exteriores al ámbito afectan parcialmente al edificio cedido a la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PARQUES Y JARDINES, y en función de los términos de dicha concesión, se deberá notificar a dicha Entidad, con una antelación de dos meses, el comienzo de las obras, a los efectos del desalojo del local. l.En garantía de la correcta ejecución de las obras de urbanización, deberán presentarse ante el Ayuntamiento, antes de la aprobación definitiva, y, en todo caso, antes del comienzo de las obras, garantías en forma de aval o fianza en metálico por importes de OCHENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIENTE Euros con TREINTA Y NUEVE Céntimos (80.957,39 €), por las obras exteriores, y de CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS Euros con TREINTA Y NUEVE (193.730,39 €), por las obras exteriores, debiendo hacerlo de forma individualizada por cada uno de estos dos conceptos. 17º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL APR 4.1-01 “ENLACE POZUELO-ARAVACA”, PROMOVIDO POR URBANIZACIÓN SUROESTE S.L. Y MIRTO GESTIÓN S.L. Los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: 1º.- INCORPORAR COMO CONDICIONES del presente acuerdo las cuestiones planteadas por el ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS - ADIF, con excepción de la relativa a aspectos que son propios del Proyecto de Reparcelación. 2º.- TENER POR CUMPLIDAS las condiciones b), d) y h), y por cumplida parcialmente la condición c), todas ellas del apartado 1º de la parte dispositiva del acuerdo de aprobación inicial, incorporando la documentación aportada, que sustituye y completa la aprobada inicialmente. 3º.- APROBAR DEFINITIVAMENTE el Proyecto de Urbanización del APR 4.1-01 “ENLACE POZUELO-ARAVACA”, promovido URBANIZADORA SUROESTE, S.L. y MIRTO GESTION, S.L., con las siguientes condiciones: a.- En la ejecución de las obras se prestará una especial atención al replanteo y colocación final de los elementos de mobiliario urbano de forma que la misma no entorpezca el paso de los peatones en general y de las personas con movilidad reducida en particular, evitando la aparición de barreras arquitectónicas y consiguiendo la mayor anchura útil posible de las aceras. b.- Los pies arbóreos de cinamonos (Melia azederach) y falsas acacias (Robinia pseudoacacia) presupuestados, deberán tener un perímetro mínimo de 16-18 cm. c.- Las zonas de tránsito, dentro de la zona verde, deberán quedar perfectamente compactadas, rellenando los caminos con zahorra natural que finalmente se compactará. 12 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 d.- En la ejecución de las obras, se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar una adecuada protección del medio ambiente, y, en especial, se tendrán presentes las siguientes: • Se evitará la generación de polvo regando periódicamente y obligando a los camiones a circular con la carga cubierta. • Se tomarán las medidas necesarias en caso de que se prevea sobrepasar los límites de ruido, permitidos durante la ejecución de las obras. • Se prohibirán operaciones de mantenimiento de camiones y maquinaria en las que accidentalmente se puedan verter aceites, aguas residuales y carburantes. • La capa de tierra vegetal que se retire, se deberá acopiar, sin superar 1,5 m. de altura, abonarla y sembrarla con leguminosas. e.- Según los criterios y directrices fijadas por el Ayuntamiento, la conservación, limpieza y trabajos culturales de las zonas verdes incluidas en el presente Proyecto de Urbanización será por cuenta de los promotores durante un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras. f.- Para asegurar la correcta ejecución de las obras de urbanización, deberá presentarse en el Ayuntamiento en el plazo de QUINCE DÍAS, y, en todo caso, antes del comienzo de las obras, garantías en forma de aval o fianza en metálico por importe de CUARENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y UN Euros con SETENTA Céntimos (48.081,70 €). g.- Para la ejecución de las pantallas acústicas, o cualquier otra actuación que pueda verse afectada, se deberá obtener autorización de la Dirección Ejecutiva de Mantenimiento de Infraestructura Gerencia de Producción Madrid-Norte, del ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS – ADIF, como titular de la infraestructura ferroviaria colindante con el ámbito. h.- Los terrenos del ámbito colindantes con los terrenos de ADIF, de la línea MadridHendaya, deberán respetar las distancias mínimas en cuanto a dominio público, zona de afección o edificación. 18º.- ACUERDOS SOBRE LA SUSTITUCIÓN DEL NOMBRE DE CALLES Y AVENIDAS. Suficientemente debatido el asunto los señores reunidos, en votación ordinaria, por mayoría obtenida por 19 votos en contra de los miembros presentes del Grupo Municipal Popular y 6 votos a favor de los miembros presentes del Grupo Municipal Socialista, acordaron: No aprobar el dictamen de la Comisión Informativa de 11 de julio sobre sustitución del nombre de algunas calles y avenidas. 19º.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA DELEGANDO LA PRESIDENCIA EFECTIVA DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Y ESPECIALES. HE RESUELTO: PRIMERO.- Delegar la Presidencia efectiva de la Comisión Especial de Cuentas en D. JOSÉ MARÍA MAYO VILLALOBOS, Quinto Teniente de Alcalde que ejercerá las funciones propias del Presidente de la Comisión, con carácter permanente, salvo que se modifiquen las delegaciones. SEGUNDO.- Dar cuenta del Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y notifíquese al delegado para su aceptación que de no efectuarla expresamente se entenderá producida al transcurso de tres días hábiles sin hacer manifestación expresa en sentido contrario e informándoles de que la Alcaldía conserva las facultades señaladas en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. HE RESUELTO: PRIMERO.- Delegar la Presidencia efectiva de la Comisión Informativa Permanente de Hacienda, Recursos Humanos y Régimen Interior y Contratación y Patrimonio en D. JOSÉ MARÍA MAYO VILLALOBOS, Quinto Teniente de Alcalde que ejercerá las funciones propias del Presidente de la Comisión, con carácter permanente, salvo que se modifiquen las delegaciones. SEGUNDO.- Dar cuenta del Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y notifíquese al delegado para su aceptación que de no efectuarla expresamente se entenderá producida al transcurso de tres días hábiles sin hacer manifestación expresa 13 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 en sentido contrario e informándoles de que la Alcaldía conserva las facultades señaladas en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. HE RESUELTO: PRIMERO.- Delegar la Presidencia efectiva de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, Vivienda, Obras y Servicios y Medio Ambiente en D. GONZALO AGUADO AGUIRRE, Primer Teniente de Alcalde que ejercerá las funciones propias del Presidente de la Comisión, con carácter permanente, salvo que se modifiquen las delegaciones. SEGUNDO.- Dar cuenta del Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y notifíquese al delegado para su aceptación que de no efectuarla expresamente se entenderá producida al transcurso de tres días hábiles sin hacer manifestación expresa en sentido contrario e informándoles de que la Alcaldía conserva las facultades señaladas en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. HE RESUELTO: PRIMERO.- Delegar la Presidencia efectiva de la Comisión Informativa Permanente de Familia, Educación y Servicios al Ciudadano en Dª J. BEATRIZ PÉREZ ABRAHAM, Tercer Teniente de Alcalde que ejercerá las funciones propias del Presidente de la Comisión, con carácter permanente, salvo que se modifiquen las delegaciones. SEGUNDO.- Dar cuenta del Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y notifíquese al delegado para su aceptación que de no efectuarla expresamente se entenderá producida al transcurso de tres días hábiles sin hacer manifestación expresa en sentido contrario e informándoles de que la Alcaldía conserva las facultades señaladas en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. HE RESUELTO: PRIMERO.- Delegar la Presidencia efectiva de la Comisión Informativa Permanente de Nuevas Tecnologías, Atención y Participación Ciudadana y Promoción Económica en D. ANDRÉS CALVO-SOTELO IBÁÑEZ-MARTÍN, Sexto Teniente de Alcalde que ejercerá las funciones propias del Presidente de la Comisión, con carácter permanente, salvo que se modifiquen las delegaciones. SEGUNDO.- Dar cuenta del Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y notifíquese al delegado para su aceptación que de no efectuarla expresamente se entenderá producida al transcurso de tres días hábiles sin hacer manifestación expresa en sentido contrario e informándoles de que la Alcaldía conserva las facultades señaladas en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. HE RESUELTO: PRIMERO.- Delegar la Presidencia efectiva de la Comisión Informativa Permanente de Seguridad, Movilidad y Transporte en D. GERARDO S. SAMPEDRO CORTIJO, Cuarto Teniente de Alcalde que ejercerá las funciones propias del Presidente de la Comisión, con carácter permanente, salvo que se modifiquen las delegaciones. SEGUNDO.- Dar cuenta del Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y notifíquese al delegado para su aceptación que de no efectuarla expresamente se entenderá producida al transcurso de tres días hábiles sin hacer manifestación expresa en sentido contrario e informándoles de que la Alcaldía conserva las facultades señaladas en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Los señores reunidos quedaron enterados. 20º.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DE APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2006. Suficientemente debatido el asunto, los señores reunidos quedaron enterados de los siguientes Decretos: RESUELVO Primero.- Aprobar la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de correspondiente al ejercicio económico 2006, de acuerdo con los Estados Contables de Gastos e Ingresos que se adjuntan; el Estado del Resultado Presupuestario Ajustado positivo por importe de 2.698.100,35 €uros, y el Estado del Remanente de Tesorería para Gastos Generales Negativo por importe de (-) 1.701.431,78 €uros. Segundo.- Dotar como Provisión para Insolvencias de Dudoso Cobro la cantidad de 15.928.850,57 €uros, según consta en el Apartado-II del Estado del Remanente de Tesorería a fecha 31/12/2006, e igualmente se refleja en el Informe de Intervención que se acompaña a la Liquidación del Ejercicio 2006. 14 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 Tercero: Remitir sendas copias de la Liquidación aprobada al Ministerio de Economía y Hacienda -DD.GG. Coordinación Financiera con las Entidades Locales- y a la Dirección General de Cooperación Local de la Comunidad Autónoma de Madrid. Cuarto: Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la Liquidación aprobada en la primera sesión que se celebre al respecto.Unase Copia de la Liquidación aprobada junto con los Informes de la Intervención a la Memoria de la Cuenta General Anual del Ejercicio 2006. HE RESUELTO: Primero: Aprobar la Liquidación del Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura correspondiente al ejercicio de 2006, cuyo resumen ofrece los siguientes resultados: ESTADO DEL REMANENTE DE TESORERÍA EJERCICIO 2006 COMPONENTES IMPORTES AÑO 1.Fondos líquidos 2.Derechos pendientes de cobro IMPORTES AÑO ANTERIOR 862.347,30 826.183,17 + del Presupuesto corriente +de Presupuestos cerrados + de Operaciones no presupuestarias - de Operaciones no presupuestarias 607.320,62 219.008,43 5.390,70 5.536,58 3.Obligaciones pendientes de pago 507.140,27 1.687.317,91 239.347,08 1.447.506,92 1.004,49 540,58 1.654.554,17 + del Presupuesto corriente +del Presupuestos cerrados +de Operaciones no presupuestarias -de Operaciones no presupuestarias 1.532.728,66 26.021,01 95.804,50 I. Remanentes de tesorería total (1+2-3) II. Saldos de dudoso cobro III. Exceso de financiación afectada IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I-II-III) 1.834.326,21 1.727.540,79 28.522,12 78.263,30 33.976,30 112,40 360.131,97 112,40 33.863,90 360.019,57 RESULTADO PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2006 CONCEPTOS a. Operaciones corrientes b. Otras operaciones no financieras 1. Total operaciones no financieras (a+b) 2. Activos financieros 3. Pasivos financieros RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO DERECHOS RECONOCIDOS NETOS 8.043.131,80 25.699,26 8.068.831,06 OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS 8.016.683,20 393.249,19 8.409.932,39 8.068.831,06 8.409.932,39 AJUSTES 4. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales 5. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 6. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO AJUSTES RESULTADO PRESUPUESTARIO 26.448,60 -367.549,93 -341.101,33 -341.101,33 367.549,93 367.549,93 26.448,60 Segundo: Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la liquidación aprobada en la primera sesión que se celebre, remitiéndose copia autenticada de la misma, a la Administración del Estado y a la Comunidad de Madrid a tenor de lo dispuesto en el artículo 193.5 Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. HE RESUELTO: Primero: Aprobar la Liquidación del Presupuesto del Patronato Deportivo Municipal correspondiente al ejercicio de 2006, cuyo resumen ofrece los siguientes resultados: ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO III. RESULTADO PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2006 CONCEPTOS DERECHOS 15 OBLIGACION- AJUSTES RESULTA- Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 RECONOCIDOS NETOS a. Operaciones corrientes ES RECONOCIDAS NETAS 6.456.406,42 6.204.152,00 252.254,42 293.426,98 -293.426,98 6.456.406,42 6.497.578,98 -41.172,56 6.456.406,42 6.497.578,98 -41.172,56 b. Otras operaciones no financieras 1. Total operaciones no financieras (a+b) DO PRESUPUESTARIO 2. Activos financieros 3. Pasivos financieros RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO AJUSTES 4. Créditos gastados financieros con remanente de tesorería para gastos generales 5. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 233.773,24 6. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 233.773,24 RESULTADO PERSUPUESTARIO AJUSTADO 192.600,68 ESTADO DEL REMANENTE DE TESORERÍA EJERCICIO 2006 COMPONENTES IMPORTES IMPORTES AÑO AÑO ANTERIOR 1. Fondos líquidos 288.328,90 231.789,60 2. Derechos pendientes de cobro 869.506,28 839.521,85 + del Presupuesto corriente 863.370,00 482.764,14 + del Presupuestos cerrados 409,11 354.367,26 + de Operaciones no presupuestarias 7.025,06 3.688,34 - de Operaciones no presupuestarias 1.297,89 1.297,89 3. Obligaciones pendientes de pago 1.123.206,33 1.067.588,37 + del Presupuesto corriente 924.750,36 915.866,18 + del Presupuestos cerrados 26.073,96 16.086,93 + de Operaciones no presupuestarias 172.382,01 135.635,26 - de Operaciones no presupuestarias I. Remanentes de tesorería total (1+2-3) 34.628,85 3.723,08 II. Saldos de dudoso cobro 409,11 409,11 34.219,74 3.313,97 III. Exceso de financiación afectada IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I-II-III) Segundo: Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la liquidación aprobada en la primera sesión que se celebre, remitiéndose copia autenticada de la misma, a la Administración del Estado y a la Comunidad de Madrid a tenor de lo dispuesto en el artículo 193.5 Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Lo manda y firma el Alcalde en el lugar y fecha arriba expresado.” 21º-. COMUNICACIONES OFICIALES. 16 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 Se dio cuenta de las siguientes: Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 154/05 (P.O.) - Juzgado Contencioso-Administrativo nº 13 Madrid 30/4/2007 Se desestima el recurso 150/2006 (P. O.) - Juzgado Contencioso-Administrativo nº 16 Madrid 4/5/2007 Se desestima el recurso Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 173/2004 (P.O.) - Juzgado Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid 31/5/2007 Se estima el recurso. Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 83/06 (P.O.) - Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Madrid Nº 212/2007 28/6/2007 Se desestima el recurso. Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 1661/2003 - Tribunal Superior de Justicia Madrid, Sala C-A, Secc. 2ª Nº 859 18/5/2007 Se estima el recurso. Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 439/2004 - Tribunal Superior de Justicia Madrid, Sala C-A, Secc. 2ª Nº 1064 5/6/2007 Se estima el recurso. Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 436/2002 - Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala C-A, Secc. 2ª Nº 556 29/3/2007 Se desestima el recurso. Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 864/2006 APELACIÓN - Tribunal Superior Justicia, Sala C-A, Secc. 2ª Nº 682 12/4/2007 Se desestima el recurso de apelación. Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 827/2006 APELACIÓN - Tribunal Superior Justicia, Sala C-A, Secc. 2ª Nº 695 12/4/2007 Se desestima el recurso de apelación. Recurso: Sentencia: Fecha: Fallo: 13/2007 APELACIÓN - Tribunal Superior Justicia, Sala C-A, Secc. 2ª Nº 861 10/5/2007 Se desestima el recurso de apelación. Los señores reunidos quedan enterados. 17 Borrador Acta Pleno de 18 de julio de 2007 B) PARTE DE CONTROL DE LOS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN: 22º.- RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA (ART. 42 DEL ROF). Se dio cuenta de las Resoluciones adoptadas por la Alcaldía-Presidencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales durante los meses de mayo y junio de 2007. Los señores reunidos quedan enterados. 18