Boletín 31 de Julio de 2015
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Boletín 31 de Julio de 2015
CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS 31 de julio de 2015 Fundada el 23 de enero de 1891 ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL Nuestra Misión es promover la producción y comercialización agroindustrial NORMATIVA LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES INFORMES INFORMACIÓN DE ASESORES DE LA CÁMARA EVENTOS FERIAS, CONGRESOS Y EXPOSICIONES CAPACITACIÓN LICENCIATURAS, CURSOS Y SEMINARIOS COMERCIO INFORMACIÓN SOBRE REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS Y OPORTUNIDADES COMERCIALES Avda Gral Rondeau 1908 Tel.:2924 06 44 Montevideo - Uruguay [email protected] CAFE & NEGOCIOS ¿SE PUEDE REVISAR UNA INSPECCIÓN YA FINALIZADA? ¿Los organismos recaudadores pueden volver sobre los mismos hechos y los mismos períodos ya inspeccionados? Dr. Felipe Martínez Falco En la presente nota, comentaremos una cuestión que suele ser objeto de consultas en torno a las inspecciones tributarias: si la empresa puede ser inspeccionada dos veces por un mismo hecho o por un mismo período. La inspección tributaria es un procedimiento administrativo que se desenvuelve a través de múltiples actos y que tiene como objetivo llegar al conocimiento cierto y directo de los hechos previstos en la ley como generadores de las obligaciones tributarias, a efectos de evaluar si el contribuyente inspeccionado ha cumplido correctamente con ellas. Para ello, la normativa ha dotado a la Administración Fiscal de diversas facultades de investigación y fiscalización, detallando aquellas que, por constituir limitaciones a los derechos individuales que se encuentran garantizados por la Constitución, requieren una consagración legal expresa. El procedimiento de inspección culmina – en caso de que el fisco entienda que no se han cumplido correctamente las obligaciones por parte del contribuyente – con el dictado del «acto de determinación», que es la resolución administrativa que declara el nacimiento de la obligación tributaria y su cuantía. Como regla, durante el curso de la inspección, la Administración tiene la obligación de llegar a un conocimiento cierto y directo de los hechos que generan las obligaciones tributa- rias, así como de aquellos que constituyen la base de cálculo. Puede ocurrir que luego de culminada la inspección y dictado el «acto de determinación», la Administración advierta que la liquidación que efectuó no se ajustó a la realidad del contribuyente, lo que la puede llevar a decidir una nueva inspección. Nueva inspección Ahora bien, ¿en qué condiciones puede el fisco volver a inspeccionar a la empresa? A nuestro juicio incide en el caso el principio de seguridad, reconocido en forma expresa por la Constitución de la República. Considerando dicho principio, podemos sostener que para efectuarse una segunda fiscalización al mismo contribuyente, tienen que respetarse ciertos límites: i) en caso de referirse a un mismo hecho o un mismo tributo, la nueva inspección deberá orientarse hacia períodos que no fueron incluidos en el primer «acto de determinación» (siempre, claro está, que no se encuentren prescriptos), o ii) en caso que la nueva inspección refiera a un mismo período, deberá orientarse a hechos o tributos no incluidos en la primera actuación. Entendemos que lo que el fisco no podrá 55 Puede acceder a mayor información a través de: www.camaramercantil.com.uy 1 NOTICIAS E INFORMACIONES hacer es inspeccionar dos veces una misma empresa por el mismo hecho o tributo y por el mismo período (esto es, cuando se configure la doble identidad «hecho/tributo fiscalizado-período abarcado»), puesto que en tal caso sí se estaría afectando la certeza jurídica del contribuyente sobre el resultado de la inspección y el criterio del fisco. la propia Administración Tributaria puede advertir sus omisiones y decidir una nueva inspección. Sin perjuicio, cabe otra pregunta: ¿puede el fisco por sí mismo considerar que su primera determinación no se ajustó a la realidad que surge del expediente para iniciar la segunda fiscalización (por ejemplo invocando una omisión); o es necesario que el procedimiento sea movilizado por una denuncia realizada por algún tercero interesado (por ejemplo, un trabajador por sus aportes a la seguridad social)? Inspección. Es un procedimiento que busca llegar al conocimiento cierto y directo de los hechos previstos en la ley como generadores de obligaciones tributarias. La jurisprudencia del TCA parece inclinarse por la posición de que no es necesaria la denuncia de un tercero, sino que A nuestro juicio, de hacer esto último debe respetar los límites antes señalados. Las claves Determinación. El proceso culmina con el «acto de determinación», resolución que declara el nacimiento de la obligación tributaria y su cuantía. Límites. El fisco no debería inspeccionar dos veces una misma empresa por el mismo hecho o tributo y por el mismo período. Your invitation to Sydney: 4-6 April 2016 Wool for Future Generations: the 85th IWTO Congress Australia, the world’s largest wool producer and exporter, brings the IWTO Congress to the heart of Sydney, 4-6 April 2016. Co-hosted by the Federation of Australian Wool Organisations (FAWO), the Congress will be held in the historic The Rocks precinct at the Four Seasons Hotel Sydney. As the birthplace of the Australian wool industry, Sydney is makes an excellent showcase for the Australian wool industry and its many success stories. Connecting wool growers, spinners, weavers, garment manufacturers, designers and retailers, the IWTO Congress is a must-attend event for the global wool industry. Wool IS the fibre for future generations. It starts in Australia and finds its way all over the world. We need the younger generation to keep this going through innovation, new technologies, creativity, training and our help to ensure a sustainable future for all. Come and share your ideas, knowledge, skills and enthusiasm for this wonderful industry. We look forward to seeing you in Sydney. For more information, visit the IWTO website. Registration will open in early October, 2015 Sponsorship Opportunities As the foremost event for the global wool industry each year, the IWTO Congress is the must-attend event for the leaders of the industry. Sponsoring the Congress will enable your organisation to maximise its visibility and reach a uniquely targeted audience. It is an opportunity not to be missed. You can choose from a wide range of sponsorship opportunities. An early commitment will mean a greater exposure and a greater return on your investment. For further information, contact the Federation of Australian Wool Organisations now at [email protected] 2 NOTICIAS E INFORMACIONES IRPF: Modificaciones en aguinaldo y salario vacacional En el pasado mes de mayo se aprobó la Ley Nº 19.321, la cual introdujo modificaciones en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en lo referente a las rentas originadas en el sueldo anual complementario (aguinaldo), y en la suma para el mejor goce de la licencia (salario vacacional). Las modificaciones introducidas al art. 36 y 37 del T7 establecen que las rentas originadas por el aguinaldo y el salario vacacional no se ingresarán en la escala de alícuotas progresivas. A dichas rentas se le aplicará una tasa proporcional que corresponderá al tramo superior de la escala aplicable a las rentas del trabajo del contribuyente, sin considerar el aguinaldo y el salario vacacional. Mediante el Decreto Nº 154/015, se establece que en caso de que no surja impuesto a pagar, la tasa proporcional a aplicar será del 0%. Es importante aclarar que este régimen es aplicable exclusivamente al aguinaldo y al salario vacacional obligatorio en virtud de disposiciones legales, excluyendo los importes obligatorios en virtud de convenios colectivos. El Decreto Nº 154/015 agregó varias disposiciones al Decreto Nº 148/007 proporcionando opciones adicionales a los trabajadores: Exclusión del régimen de retenciones: El art. 64 Bis del Decreto Nº 148/007 establece la posibilidad de que el tra- bajador dependiente no quede sujeto al régimen de retenciones mensuales ni del ajuste anual; siempre y cuando se verifiquen las siguientes condiciones: • Rentas de trabajo mensuales menores a $ 27.000 (valor fijado para 2015), excluido el aguinaldo y el salario vacacional. • Rentas de trabajo anuales menores a $ 324.000 (valor fijado para 2015), excluido el aguinaldo y el salario vacacional. • No haber optado por liquidar como Núcleo Familiar • No hubieren obtenido rentas originadas en la prestación de servicios personales independientes, gravados por el IRPF o por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) La comunicación del trabajador al empleador se deberá hacer a través del formulario 3100. La misma surtirá efecto a partir del mes siguiente de recibida por el responsable. En caso de que sea al inicio de la relación laboral será aplicable a partir de ese momento. Puede ocurrir que la situación del trabajador se modifique y que se dejen de cumplir las condiciones mencionadas. En ese caso el trabajador deberá comunicar dicha situación al empleador. Sin perjuicio de la comunicación, si la remuneración del mes supera los $ 27.000 (excluidos el aguinaldo y el salario vacacional), el empleador deberá realizar la retención mensual. De la misma forma si las remuneraciones acumuladas en el año 2015 superan $ 324.000, se Por la Cra. Elizeth Ligorio, encargada del dpto. de Asesoramiento impositivo. deberá realizar el ajuste anual. Régimen de liquidación simplificada. El art. 78 Ter del Decreto Nº 148/007 establece un régimen de liquidación simplificada. Para poder acceder a este régimen se debe cumplir ciertos requisitos: • Rentas de trabajo anuales menores a $ 324.000 (valor fijado para 2015), excluido el aguinaldo y el salario vacacional. • No optar por liquidar como Núcleo Familiar • No percibir rentas por servicios independientes gravados por IRPF o IRAE. Quienes verifiquen estas condiciones y opten por ampararse a este régimen no generaran impuesto a pagar y quedaran liberados de presentar declaración jurada anual. En caso de que hayan sido objeto de retención podrán solicitar la devolución en los términos que establezca la Dirección General Impositiva (DGI). Las modificaciones introducidas por los artículos 64 Bis y 78 Ter del Decreto Nº 148/007 serán de aplicación para las rentas devengadas a partir del 1º de Julio de 2015. [email protected] 3 NOTICIAS E INFORMACIONES 4 NOTICIAS E INFORMACIONES Mensaje de la Cra. Elvira Domínguez referente a Agenda Web - Registro de Empresas A solicitud de la Directora Cra. Elvira Domínguez enviamos información sobre Agenda Web - Registro de Empresas. El Registro de Contribuyentes y Empresas informa que a partir del próximo jueves 23 de julio todas las reservas deberán realizarse ingresando los datos de “Identificador” (Nº Empresa, RUT, C.I. o Nº Pasaporte) y “Denominación” (Razón Social o Nombre completo) con información concordante y en función del trámite a realizar: •€ Si el contribuyente ya existe, sólo podrá agendarse con el Nº de Empresa/RUT y Razón Social. •€ Se agendará únicamente por persona (C.I. o Pasaporte) cuando se realice un trámite de inscripción, debiendo ingresar el documento válido que corresponda a un titular de la empresa a registrar. Asimismo, se informa que se realizarán controles posteriores a la reserva de número y se procederá a la anulación de oficio en caso de que se verifiquen: •€ Inconsistencias con el identificador y/o la denominación •€ Identificadores y/o denominaciones inexistentes •€ Reservas por persona para un trámite distinto al de inscripción Agradecemos la mayor difusión. Saluda atentamente, Secretaría Representación Empresarial BPS Tel.: 2400 0151 int. 3506 www.empresasbps.com.uy www.facebook.com/representacionempresarial.elviradominguez 5 NOTICIAS E INFORMACIONES Revista: Secretariado Uruguayo de la lana - SUL El pasado 16 de julio de 2015, el Consejo de Mercado Común (CMC) del Mercosur adoptó la Decisión 33/15 que introduce modificaciones a la Decisión 8/94 del referido Consejo. La Decisión ahora modificada regula el tratamiento aplicable a las mercaderías originarias de los Estados Partes del Mercosur que transiten por zonas francas comerciales o industriales, zonas de procesamiento de exportaciones y zonas aduaneras especiales. Además, para poder gozar de los beneficios de las mercaderías originarias, no deberá alterarse su clasificación arancelaria ni el carácter originario verificado en el Certificado con el que éstas ingresan a dichas zonas. Cabe recordar, que para no perder el origen sólo podrán llevarse a cabo operaciones destinadas a asegurar su comercialización, conservación, fraccionamiento en lotes o volúmenes, u otras con similar finalidad. A continuación resumimos los principales cambios introducidos por la nueva Decisión, de suma relevancia para nuestro país. Para implementar la nueva normativa, la Decisión contiene un Anexo que detalla el régimen de certificación de mercaderías originarias, aplicable a las que se almacenen en las zonas francas comerciales e industriales, zonas de procesamiento de exportaciones y áreas aduaneras especiales de los Estados Partes. Este régimen permitirá a la autoridad aduanera competente emitir “Certificados Derivados” con la finalidad de acreditar el origen de la mercadería ingresada a alguna de las zonas mencionadas. La nueva Decisión actualiza los criterios aduaneros en materia de origen, en el nuevo escenario resultante de la sanción en setiembre de 2014 de l Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay (CAROU). La referida Decisión dispone que toda mercadería que tenga origen de un Estado Parte del Mercosur -o de un tercer país con las mismas reglas de origen (acuerdo con el Mercosur mediante)-, no perderá su carácter de originaria cuando transite por un área aduanera especial, por una zona de procesamiento de exportaciones o por una zona franca, siempre que dichas áreas se encuentren bajo control aduanero. Por su parte, el inciso primero del Art. 2° de la Decisión 8/ 94 -que establece la aplicación del Arancel Externo Común para mercadería que transita por zonas francas y áreas aduaneras especiales-, continuará siendo aplicable a la mercadería originaria de países que no sean Estados Partes del Mercosur, para los que no tengan un acuerdo comercial 55 7 NOTICIAS E INFORMACIONES sobre criterios de origen con el bloque, o para la mercadería que transite por zonas que no se encuentren sujetas a control aduanero. La Decisión 33/15 no se encuentra aún vigente. La misma deberá ser incorporada por los Estados Partes a su ordenamiento jurídico antes del 1° de noviembre de 2015 (como fecha límite). Además, según lo dispuesto por el Protocolo de Ouro Preto, para la entrada en vigencia se contarán 30 días desde la comunicación efectuada por la Secretaría del Mercosur al respecto. Contactos Patricia Marques [email protected] Eliana Sartori [email protected] Augusto Cibils [email protected] Montevideo Cerrito 461, piso 1 11.000 Montevideo, Uruguay T: +598 29160463 WTC Free Zone Dr. Luis Bonavita 1294 , piso 1, oficina 106 11.300 Montevideo, Uruguay T: +598 2626 2306 Zonamerica Business & Technology Park Ruta 8, km 17.500 Edificio M1, oficinas H/I/J 91.600 Montevideo, Uruguay T: +598 25182828 Punta del Este Avda. Córdoba y Tailandia 20.000 Maldonado, Uruguay T: +598 42248804 8 NOTICIAS E INFORMACIONES 9 NOTICIAS E INFORMACIONES 10 NOTICIAS E INFORMACIONES 11 NOTICIAS E INFORMACIONES CEREALES / OLEAGINOSOS / FORRAJES PRODUCTOS AGRÍCOLAS - COTIZACIONES EN URUGUAY PANORAMA DE LA SEMANA LOCAL, SEGUN LA COMISIÓN DE INFORMACIÓN DE PRECIOS Y COMENTARIOS DE CEREALES Y OLEAGINOSOS DE LA CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS VIERNES 24/07/15 VIERNES 31/07/15 PAGO 210 210 - Nominal Nominal - Nominal Nominal Afrechillo de Trigo - A levantar 200 200 15/20 días Pellets de Afrechillo - A levantar 210 210 15/20 días PRODUCTOS (Precio por tonelada en U$S) TRIGO PAN - grado 2: DON sujeto al decreto 533/001 de 28/12/2001 granel, puesto en molino - PH78, FN280, P.12 Exportación: PAN Zafra 2015, Granel, puesto en Nueva Palmira Seminario Internacional PH 78 - Compradores Exportación FORRAJERO Zafra 2015, Granel, puesto en Nva. Palmira PH 72 - Max. 5 PPM DON MAIZ «Uruguay- Chile: Estrategias de Inserción Internacional” Ronda de Negocios entre PYMES chilenas y empresas uruguayas Puesto en Montevideo Zafra 2013 - 2014 190 190 15/30 días Exportación, puesto en Nueva Palmira (Compradores)- Zafra 2014 Nominal Nominal - Importado, partido, a retirar de depósito Montevideo 190/195 190/195 - Importado, entero, puesto en Montevideo 190/193 190/193 - SORGO (sano, seco y limpio puesto en Montevideo) 145/155 145/155 30 días Superior 260 260 - Buena 250 250 - Importada 290 290 - ALPISTE (sano y seco hasto un 5% de cuerpos extraños) 600 600 - Forrajera Buena 150 150 - Forrajera Regular Nominal Nominal - Industria - Puesto en en Montevideo Nominal Nominal - Exportación - Puesto en Nueva Palmira Nominal Nominal - Harina de girasol - Base 32/33 Nominal Nominal - Industria - Puesta en Montevideo 347/357 342/347 - Exportación - Zafra 2015 - Puesta en Nueva Palmira - Compradores 345/350 330/340 - Harina de soja, 46% Proteína, 1,5% Grasa, Profax 47/50 355/375 350/370 - Industria - Puesta en Montevideo Nominal Nominal - Harina de Canola - 36% Proteína, 1,6% Grasa 245/250 250 - Especial 420 420 - Común Nominal Nominal - 320 320 - Nominal Nominal - AVENA CEBADA - Puesta en Montevideo GIRASOL SOJA Lunes 10 de agosto de 2015 Salón de Actos del Edificio Bolsa de Comercio (Rincón 454, Subsuelo) CANOLA PRODUCTO POR 100 KILOS EN $ ALFALFA - A levantar MEZCLA - A levantar Especial Buena Fuente: Cámara Mercantil de Productos del País 12 LANA UNIÓN DE CONSIGNATARIOS Y REMATADORES DE LANA DEL URUGUAY INTEGRANTE DE LA CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS PRECIOS DE LOTES DE LANA SUPERIOR A SUPRA , A LEVANTAR DE ESTANCIA (EN DÓLARES POR KILO) Semana del 24 al 30 de julio de 2015 RAZA MICRONAJE Merino Súper fino SIN ACONDICIONAR PROMEDIO GRIFA CELESTE PROMEDIO GRIFA VERDE 3,48 3,70 3,80 PROMEDIO Menos de 17,9 18,0 a 18,9 Merino Súper fino 19,0 a 19,9 Merino Australiano / Dohne Merino/Ideal/Cruzas Cruzas Merino/Ideal/Merilín 20,0 a 20,9 21,0 a 21,9 22,0 a 22,9 23,0 a 23,9 24,0 a 24,9 25,0 a 25,9 Cruzas finas 26,0 a 26,9 Corriedale Fino 27,0 a 27,9 Corriedale Medio 28,0 a 28,9 29,0 a 29,9 Corriedale Grueso 3,65 30,0 a 31,5 Corriedale muy grueso/ Romney Marsh 31,6 a 34,0 Romney Marsh Más de 34,1 Barriga y Subproductos Finos Barriga y Subproductos General 0,60 0,60 0,74 Cordero Fino Cordero General No compramos su lana, pero sí vamos a venderla al mejor precio del mercado Unión de Consignatarios y Rematadores de Lana del Uruguay integrante de la Cámara Mercantil de Productos del País ¡Usted decide! Elija su consignatario de confianza ALOE 2000 LTDA. 2696 1931 GERARDO ZAMBRANO Y CÍA. S.A. 2924 8994 ARROSA Y MUÑOZ LANAS LTDA. 2924 0166 GONZALO BARRIOLA Y CÍA. S.A. 2711 5827 BRUNO ARROSA Y CÍA. S.A. 2711 0373 FRANCISCO DOTTI SOCIEDAD COMERCIAL 2412 2718 ESCRITORIO DUTRA LTDA. 2924 9010 MEGAAGRO HACIENDAS LTDA. 4733 7911 ESCRITORIO ROMUALDO RODRÍGUEZ LTDA. 2924 0461 VICTORICA CONSIGNACIONES S.R.L. 2924 8863 GAUDIN HERMANOS S.R.L. 4733 4086 SU PRODUCCIÓN BIEN DEFENDIDA Todo el año *Se autoriza la reproducción total de la presente publicación, solo en caso de citar la fuente: Unión de Consignatarios y Rematadores Laneros del Uruguay 13 LANA - Mercado internacional El mercado lanero internacional atraviesa por un periodo de menor actividad debido al receso anual en Australia y Sudáfrica. En el mercado local, se registran muy pocas operaciones, en la medida que los productores se concentran en las esquilas preparto. Australia: Desde el pasado 9 de julio, no se realizan remates de lana en Australia debido receso anual. Las actividades se retomarán la próxima semana, los días 5 y 6 de agosto con 43.645 fardos estimados. Las semanas siguientes se estiman aproximadamente 32.000 fardos. Nueva Zelanda: Con una subasta de 7.905 fardos la demanda compró el 96.2%, en un marco de menor oferta de lana debido a atrasos en esquilas por el clima. Los precios tuvieron subas en moneda local y en dólares americanos, a pesar del debilitamiento de la moneda local. La lana de 33 a 35 micras aumenta a US$ 4.38 y las lanas con micronaje mayor a 35micras se ubican levemente al alza en US$ 3.82. La demanda estuvo dominada por China, seguidos por Australasia, Europa, Medio Oriente e India. El 54% de las exportaciones son con destino China, 9% a Italia y6.5% al Reino Unido. El próximo remate es el 6 de agosto con 5.200 fardos ofertados en la Isla Sur. Exterior: Fuente SUL GANADO REPOSICION ASOCIACIÓN DE CONSIGNATARIOS DE GANADO SEMANA DEL 19 AL 25 DE JULIO DE 2015 HACIENDAS PRECIOS PROMEDIO PARA RAZAS CARNICERAS Y SUS CRUZAS A LEVANTAR DEL ESTABLECIMIENTO CON PAGOS HASTA 30 DÍAS DESTARE PROMEDIO DEL 5% AL 7% S/CONDICIONES CARGA ESTIPULADAS SEMANA DEL 19 AL 25 DE JULIO DE 2015 COTIZACIONES PROMEDIO PRECIOS EN U$S ENPIE CARNE EN 2ª BALANZA CATEGORÍA PESO EN KG SEM.ANT. SEM.ACT. Terneros * hasta 140 kg USD / Kg 2.10 2.11 SEM. ACT. Terneros * 141 a 180 kg USD / Kg 2.03 2.05 NOVILLOS GORDOS - Razas Carniceras 1.89 1.96 3.57 VACAS GORDAS - Razas Carniceras 1.55 1.62 3.22 VAQUILLONAS GORDAS 1.75 1.80 3.35 INDUSTRIA - COTIZ. PROMEDIO, FLETE A CARGO VENDEDOR 3.68 3.30 3.44 Terneros * más 180 kg USD / Kg 1.99 1.98 Novillitos 201 a 240 kg USD / Kg 1.84 1.83 Novillos 241 a 300 kg USD / Kg 1.77 1.79 Novillos 01 a 360 kg USD / Kg 1.72 1.72 Toros y Novillos Vacas Manufactura Conserva 0OVINOS GORDOS Corderos Cordero Pesado Borregos Capones Ovejas 2.42 1.97 1.71 Novillos más 360 kg USD / Kg 1.65 1.63 Novillos HQB 481 USD / Kg 1.79 1.80 FLETE A CARGO DEL COMPRADOR SEM. ANT. 1.33 0.94 0.71 SEM. ACT. SEM. ANT. 1.37 0.97 0.73 2.40 1.95 1.70 Terneras hasta 140 kg USD / Kg 1.75 1.80 Terneras 141 a 200 kg USD / Kg 1.67 1.66 Vaquillonas 201 a 240 kg USD / Kg 1.55 1.58 Vaquillonas más 240 kg USD / Kg 1.51 1.51 USD / Kg 502 521 Vacas de Invernada USD / Kg 1.24 1.22 VACUNOS: Con una demanda que continúa pujate, mercado muy firme en todas las categorías. Consulte a su consignatario. Piezas de Cría USD / Kg 318 313 LANARES: Continúa la poca oferta y la firmeza en el mercado. COMENTARIO: Mayor dinamismo en el mercado. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3.67 3.70 3.66 3.27 2.99 COMENTARIO: 3.70 3.75 3.67 3.29 3.00 Vaquillonas y Vacas Preñadas * Los precios de punta de la categoría Terneros corresponde a los Terneros más livianos, destetados y castrados . Nota: Los precios en pie contado son U$S 0,02 menos que a plazo. Los precios en 2da.balanza contado son U$S 0,04 menos que a plazo. 14 GANADO / CUEROS / RACIONES INFORME DE LA ASOCIACIÓN DE CONSIGNATARIOS DE GANADO ASOCIACION URUGUAYA DE INDUSTRIAS DE NUTRICIÓN ANIMAL CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS MERCADOS AL 27 DE JULIO DE 2015 1 DÓLAR: $ 28,53 1 PESO ARG.: $ 2,04 MERCADO DE LINIERS - ARGENTINA Novillos (esp. a buenos) +390 k. - USD / Kg Novillos (esp. a buenos) - 390 k - USD / Kg Vacas buenas - USD / Kg Vaquillonas especiales. - USD / Kg MERCADO DE CHICAGO - U.S.A. Novillos gordos MERCADO DE SAN PABLO - BRASIL Novillos gordos MERCADO DE PARAGUAY Novillos gordos 1 REAL: $ 8,65 COTIZACIONES DE INSUMOS A LA FECHA Y COMPARATIVO CON DOS SEMANAS ANTERIORES 1.12-1.43 1.22-1.54 0.79-1.14 1.07-1.36 U$S 3,25 U$S 1.41 U$S 1.54 Harina de carne y hueso 50/45 Harina de carne y hueso 40/45 Harina de sangre Harina de pescado Sebo granel Maíz Sorgo Trigo 17/07/15 24/07/15 31/07/15 15,50 15,50 15,50 12,50 12,50 12,50 13,50 13,50 13,50 16,50 16,50 16,50 20,50 20,50 20,50 Ver pizarra de la C.M.P.P. Ver pizarra de la C.M.P.P. Ver pizarra de la C.M.P.P. POR TON. (EN U$S) Harina de girasol Harina de soja PRECIO EN DÓLARES POR KG. EN PIE CUEROS LANARES, VACUNOS Y CERDAS Cotizaciones Contado Piso Barraca Montevideo CUEROS VACUNOS SECOS: Vacunos, al barrer, sanos Vacunos, al barrer, maldesechos PIELES LANARES: 3/4 lana arriba lotes generales sanos 3/4 lana arriba lotes generales maldesechos 1/4 y 1/2 lana lotes generales sanos 1/4 y 1/2 lana lotes generales maldesechos Troncos y tronquitos lotes grales. sanos Troncos y tronq. lotes grales. maldesechos Pelados lotes generales sanos Pelados lotes generales maldesechos Borregos (según altura de la lana) sanos Borregos (según altura de la lana) maldesechos Corderitos de 1ra. y 2da. cada uno Corderitos de 3ra. cada uno $ LOS 10 KILOS 160.00 a 180.00 16.00 a 18.00 $ LOS 10 KILOS 160.00 a 180.00 16.00 a 18.00 $ POR UNIDAD 20.00 a 30.00 2.00 a 3.00 Nominal Nominal Nominal Nominal Nominal Nominal 18.00 a 20.00 1.80 a 2.00 Continúa el desinterés a nivel internacional CERDA POR 10 KG. De vaca, de potro (mezclas) 130.00 Información proporcionada por la Comisión de Precios de Lanas y Cueros de la Cámara Mercantil de Productos del País. Afrechillo de trigo Afrechillo de arroz Oleína (granel) Ver pizarra de la C.M.P.P. Ver pizarra de la C.M.P.P. Ver pizarra de la C.M.P.P. 180 180 180 650+IVA 650+IVA 650+IVA ALIMENTOS BALANCEADOS PRECIOS PROMEDIOS PARA LOS DIFERENTES TIPOS, PARA CRIADEROS, POR KILO Y A RETIRAR DE PLANTAS. INICIADOR PARRILLERO. TERMINADOR PARRILLERO. B.B. RECRIA. PONEDORAS PISO. PONEDORAS JAULA. INICIADOR LECHONES. LECHONES. CERDAS EN GESTACIÓN. CERDAS EN LACTACIÓN. CERDOS ENGORDE. CERDOS RECRIA CONEJOS. TERNEROS INICIACIÓN TERNEROS RECRIA TOROS. LECHERAS. LECHERAS DE ALTO RENDIMIENTO. CARNEROS. EQUINOS. U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S U$S 0.450 0.440 0.435 0.340 0.380 0.370 0.453 0.410 0.325 0.338 0.334 0.347 0.478 0.405 0.338 0.355 0.310 0.355 0.335 0.410 COMENTARIO SOBRE EL MERCADO DE RACIONES: Al igual que en la semana anterior, se comercializan estos alimentos acorde con los precios de la escala respectiva. PRECIOS DE FRUTAS Y HORTALIZAS Diariamente se pueden consultar los precios de los productos frutícolas y hortícolas a través del teléfono 2508 14 88 Es un servicio de la Unidad de Información Comercial del Mercado Modelo www.mercadomodelo.net 15 BARRACA GONZALEZ LAMELA NIDERA URUGUAYA S.A. Exportadores de cereales Oleaginosos y Subproductos CEREALES - FORRAJES - RACIONES Rbla. 25 de Agosto de 1825 Nº 440 - P.1º Teléfonos: 2916 02 79 - 2916 02 88 Fax: 916 28 81 Av. San Martín 2214-20 Tel.: 2203 57 14 Telefax: 2208 03 62 LAVADERO DE LANAS BLENGIO S.A. Planta industrial: Ruta 1 Km. 48,800 - Paraje Buschental s/ n 80100 Libertad, San José Tel/fax 4345 4203 - 4345 4445 Administración: Gral. Fraga 2198 | C.P.:11800 | Montevideo e-mail: [email protected] THOMAS MORTON S.A. ZAMBRANO Y CÍA. César Díaz 1208 Tel.: 2924 4158 / 2924 5837 Fax: 2924 4110 E. Mail: [email protected] Tels. 2924 8994 - FAX: 2924 4775 Cuareim 1877 www.zambrano.com.uy MYRIN Fundada en 1947 Gral. Aguilar 1215 Tels.: 2203 47 40 - 2203 51 20 Fax: 2200 93 32 E-mail: [email protected] Miami 2047 11500 - Montevideo Tels. 2601 00 24 / 2606 18 19 Fax 2606 00 32 E-mail: [email protected] www.lanastrinidad.com Consignatarios de Lanas Negocios Rurales MIEL DEL URUGUAY MOLINO RIO URUGUAY S.A. Exportación Lana Peinada Exportaciones de Lanas Importación - Representaciones URIMPEX S.A. Exportación - Envasado Compra-Venta de: MIEL - CERA - PROPOLEOS POLEN - REINAS Gral. Pacheco 1123/25 - Tel.: 2924 3249 - Fax: 2924 3275 Tel. gratuito: 0800 1885 E.mail: [email protected] LANAS TRINIDAD S.A. [email protected] www.montelan.com Teléfono: 2710 9242 MANTAS DE LANA MOLINO NUEVA PALMIRA S.A. Carlos Cúneo y Felipe Fontana (Nueva Palmira ) Tel. 4544 6133 - 4544 6094 Gral. Rondeau 1908 Esc. 8, 9 y 10 (Montevideo) Tel. 2924 06 45 - 2924 06 68 S. A LOGÍSTICA EN GRANELES PRIMERA PLANTA DE SERVICIOS DE ACONDICIONAMIENTO DE GRANOS DE MONTEVIDEO PLANTA DE SECADO Y PRELIMPIEZA PARA 60 TONS/HORA ACONDICIONAMOS Y ALMACENAMOS LOTES DESDE 300 TN RECIBIMOS EN CAMIÓN Y POR AFE LLENADO DE CONTENEDORES CON GRANELES SERVICIO INTEGRAL HASTA BODEGA DEL BARCO Camino Durán 4200 esq. Cnel. Raíz Tel.: 2323 90 00 e-mail: [email protected] ENGRAW EXPORT E IMPORT Co.S.A. Exportación y Peinaduría de Lana Julio César 1085 Tels.: 26289768 - 26222191 Fax: 22150191 E mail: [email protected] MOLINO FLORIDA S.A. Emilia Pardo Bazán 2351 (Montevideo) Tels.: 2924 09 01 - 2929 06 55 Fax.: 2924 08 91 Avda. Artigas 1295 (Florida) Tels.: 43522013 - 43522033 Fax.: 43524941 PROPIEDAD INTELECTUAL. MARCAS Y PAATENTES Desde 1980 Montevideo - Uruguay 25 de Mayo 467 of 501 Tel.: (598)2916 1913 fax: (598)2916 5740 www.fernandezsecco.com [email protected] Términos y condiciones de uso La Cámara Mercantil de Productos del País, no se responsabiliza por la interpretación o mala interpretación de lo expuesto en su sitio web o en las consultas al mismo, ni de su uso indebido, ni de perjuicios reales directos, o indirectos o supuestos, invocados por quienes fueran inducidos a tomar u omitir decisiones o acciones, al consultar el sitio o sus servicios. El material publicado en el sitio web de la Institución, tiene como único propósito, brindar información a cualquier visitante, sin que ello implique responsabilidad alguna respecto de la exactitud de los datos que están volcados en el mismo. 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