Periódico Oficial

Transcripción

Periódico Oficial
PERIÓDICO
OFICIAL
“TIERRA Y LIBERTAD”
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la Cuernavaca, Mor., a 09 de diciembre de 2015
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
6a. época
5351
TERCERA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
Acuerdo administrativo correspondiente a la expedición de los formatos y la
información que deben contener respecto del Acta de Entrega – Recepción,
conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Décima Octava del Decreto
2758, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 5315 del 11 de agosto
de 2015, la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso, las
Secretarías de Servicios Legislativos y Parlamentarios y de Administración y
Finanzas del Congreso del Estado y la Secretaría de la Contraloría del Estado de
Morelos.
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TERCERA SECCIÓN
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de
Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá a
quienes la trabajan con sus manos. Poder Legislativo. LIII
Legislatura. 2015-2018.
LIC. JOSÉ VICENTE LOREDO MÉNDEZ, Auditor
General de la Entidad Superior de Auditoría y
Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; C.P.
GUILLERMO BELTRÁN CASTILLO, Encargado de
Despacho de la Secretaría de la Contraloría del Estado
de Morelos; LIC. CARLOS HERNÁNDEZ ADAN,
Secretario de Servicios Legislativos y Parlamentarios del
Congreso del Estado de Morelos; LIC. MARTHA
PATRICIA
BANDERA
FLORES,
Secretaria
de
Administración y Finanzas del Congreso el Estado de
Morelos; en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo Transitorio Décimo Octavo, del decreto número
2758, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”
el día 11 de agosto de 2015, por el cual se reformaron y
adicionaron diversas disposiciones de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Morelos
CONSIDERANDO
1.- Con fecha 1º de febrero de 2006, en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, fue publicado el
Acuerdo suscrito por Titular del Poder Ejecutivo del
Gobierno del Estado y por el otrora Auditor Superior
Gubernamental del Congreso del Estado de Morelos;
mediante el cual se establece los Formatos que deberán
ser empleados en el Proceso Administrativo de EntregaRecepción por lo que se refiere a la Administración
Pública Estatal y a los Gobiernos Municipales del Estado
de Morelos.
2.- Que con fecha 14 de diciembre de 2011, fue
publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, la
Ley de Entrega Recepción de la Administración Pública
para el Estado de Morelos y sus Municipios, abrogando la
diversa
publicada
el
día
30
de
julio
de
2003.Estableciendo en su artículo 14, que la preparación
de la entrega de los asuntos y recursos se efectuará
mediante los documentos ahí enlistados, esta nueva ley,
facultó a la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización
del Congreso del Estado de Morelos, para expedir los
formatos que habrán de emplearse en el proceso de
entrega recepción para las administraciones Municipales.
3.- Que con el objeto de avanzar en la
construcción de un Sistema Nacional Anticorrupción, el
día 27 de mayo del año en curso fueron publicadas en el
Diario Oficial de la Federación, las reformas y adiciones a
diversos artículos de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en materia de Combate a la
Corrupción.
4.- Secundando ese esfuerzo nacional, con fecha
11 de agosto del año en curso, se publicó en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión del
Gobierno del Estado de Morelos, el decreto número
2758, por el cual se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Constitución Política del Estado de
Morelos, en materia de Transparencia y Combate a la
Corrupción.
5.- La disposición Décima Octava Transitoria del
citado Decreto, ordena la publicación de los Formatos
para el proceso de entrega recepción, señalando tiempos
y los funcionarios encargados de emitirlos.
6.- Mediante el presente Acuerdo se da
cumplimiento a lo anterior, convencidos de que los
formatos que se publican, cumplen el objeto de hacer
más transparente el proceso de la entrega recepción que
lleven en el Poder Legislativo, la Administración Pública
Estatal, así como en la Administración Pública Municipal
del Estado de Morelos, a la vez que se fortalecen los
principios de legalidad y seguridad jurídica.
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Por lo anteriormente expuesto, se expide el
presente:
Acuerdo administrativo correspondiente a la
expedición de los formatos y la información que deben
contener respecto del Acta de Entrega – Recepción,
conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria
Décima Octava del Decreto 2758, publicado en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, 5315, del 11 de
agosto de 2015, la Entidad Superior de Auditoría y
Fiscalización del Congreso, las Secretarías de
Servicios Legislativos y Parlamentarios y de
Administración y Finanzas del Congreso del Estado y
la Secretaría de la Contraloría del Estado de Morelos.
ARTÍCULO PRIMERO.- Los formatos que se
expiden, serán aplicables en lo conducente, en todos
los procesos de Entrega Recepción establecidos por la
Ley de Entrega Recepción de la Administración
Pública para el Estado de Morelos y sus Municipios,
publicada el 14 de diciembre de 2011, en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad”, para el caso de que no les
sean aplicables, derivado de las funciones que le son
propias, se deberá citar la leyenda “no aplica”.
ARTÍCULO
SEGUNDO.
Los
servidores
públicos, para dar debido cumplimiento a la Ley,
deberán preparar la entrega de los asuntos y recursos
humanos, materiales y financieros que tengan bajo su
responsabilidad, mediante información clara y precisa
que deberá relacionarse y adecuarse dentro de los
formatos que a continuación se enlistan de acuerdo a
la naturaleza de la actividad desarrollada y; que se
anexan al presente Acuerdo como parte integral del
mismo:
I. MARCO JURÍDICO.
I.1. MJ-01 MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN.
I.2. MJ-02 MANUALES DE ORGANIZACIÓN Y
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS.
II. RECURSOS HUMANOS.
II.1. RH-03 PLANTILLA DE PERSONAL.
II.2. RH-04 RELACIÓN DE PERSONAS
FISICAS SUJETAS A PAGO DE HONORARIOS,
PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y NOMBRAMIENTOS
POR OBRA Y TIEMPO DETERMINADO.
II.3. RH-05 RELACIÓN DE PERSONAL CON
LICENCIA, PERMISO O COMISIÓN.
III. RECURSOS MATERIALES.
III.1. RM-06 RELACIÓN DE BIENES MUEBLES
III.2. RM-07 RELACIÓN DE EQUIPO DE
TRANSPORTE Y MAQUINARIA PESADA.
III.3. RM-08 RELACIÓN DE EQUIPO DE RADIO
COMUNICACIÓN Y TELEFONÍA MÓVIL.
III.4. RM-09 RELACIÓN DE ARMAMENTO
“ARMAS”.
III.5. RM-10 RELACIÓN DE ARMAMENTO
“CARTUCHOS Y GRANADAS”.
III.6. RM-11 EQUIPO ANTIMOTINES.
III.7. RM-12 INVENTARIO DE ALMACÉN.
III.8.
RM-13
RELACIÓN
DE
BIENES
INMUEBLES.
IV. RECURSOS FINANCIEROS.
IV.1. RF-14 CUENTAS PÚBLICAS DE LA
PRESENTE
ADMINISTRACIÓN/EJERCICIO
APROBADA.
IV.2. RF-15 ESTADOS FINANCIEROS.
IV.3.
RF-16
LEYES
DE
INGRESOS
APROBADAS
EN
LA
PRESENTE
ADMINISTRACION/EJERCICIO.
IV.4.RF-17 PRESUPUESTOS DE EGRESOS
APROBADOS
EN
LA
PRESENTE
ADMINISTRACIÓN/EJERCICIO.
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TERCERA SECCIÓN
IV.5. RF-18 RELACIÓN DE CAJA O FONDO
FIJO, CUENTAS BANCARIAS, INVERSIONES,
DEPÓSITOS, TÍTULOS O CUALQUIER OTRO
CONTRATO CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO,
CASAS DE BOLSA O SIMILARES.
IV.6. RF-19 RELACIÓN DE CHEQUES
PENDIENTES DE ENTREGAR.
IV.7. RF-20 INGRESOS PENDIENTES DE
DEPÓSITO.
IV.8. RF-21 INGRESOS OBTENIDOS EN EL
EJERCICIO.
IV.9. RF-22 RELACIÓN DE DOCUMENTOS Y
CUENTAS POR COBRAR.
IV.10. RF-23 RELACIÓN DE PASIVOS A
CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO.
IV.11. RF-24 RELACIÓN DE PASIVOS
CONTINGENTES.
IV.12. RF-25 PRESUPUESTO DE EGRESOS
EJERCIDO.
IV.13. RF-26 EMPRÉSTITOS.
V. OBRA PÚBLICA.
V.1. OP-27 RELACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
TERMINADAS.
V.2. OP-28 RELACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
EN PROCESO.
V.3. OP-29 RELACIÓN DE ANTICIPOS DE
OBRA PENDIENTES DE AMORTIZAR.
VI. DERECHOS Y OBLIGACIONES.
VI.1. DO-30 RELACIÓN DE CONTRATOS Y
CONVENIOS.
VI.2. DO-31 ESTADO QUE GUARDAN LOS
JUICIOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
VI.3. DO-32 ACUERDOS DE COORDINACIÓN
Y ANEXOS DE EJECUCIÓN DERIVADOS DEL
CONVENIO DE DESARROLLO SOCIAL.
VI.4. DO-33 COMITÉ Y SUBCOMITÉ DE
PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO.
VI.5. DO-34 CONTRATOS DE FIDEICOMISO
VII. RELACIONES DE ARCHIVOS.
VII.1. RA-35 RELACIÓN DE ARCHIVOS.
VII.2. RA-36 RELACIÓN DE LIBROS DEL
REGISTRO CIVIL.
VII.3. RA-37 RELACIÓN DE ARCHIVOS POR
SECCIONES.
VII.4. RA-38 RELACIÓN DE ARCHIVO
GENERAL DE NOTARÍAS.
VII.5. RA-39 RELACIÓN DE PROTOCOLOS EN
PODER DE NOTARIOS.
VIII. OTROS TRÁMITES.
VIII.1. OT-40 ASUNTOS EN TRÁMITE
PENDIENTES DE RESOLVER.
VIII.2. OT-41 OBSERVACIONES REALIZADAS
POR EL ÓRGANO TÉCNICO DE FISCALIZACIÓN
DEL CONGRESO O LA SECRETARÍA DE LA
CONTRALORÍA, PENDIENTES DE RESOLVE.
VIII.3. OT-42 RELACIÓN DE FORMAS
OFICIALES.
VIII.4. OT-43 RELACIÓN DE SELLOS
OFICIALES.
VIII.5. OT-44 RELACIÓN DE ACTAS DEL
ÓRGANO DE GOBIERNO Y/O CABILDO.
VIII.6. OT-45 RELACIÓN DE ACUERDOS DEL
ÓRGANO
DE
GOBIERNO
Y/O
CABILDO
PENDIENTES DE CUMPLIR.
VIII.7. OT-46 RELACIÓN DE DONACIONES,
LEGADOS Y HERENCIAS.
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ARTÍCULO TERCERO.- Los formatos aquí
establecidos no son limitativos, por lo que la
información no contenida en ellos y relacionada con la
situación relativa al cargo desempeñado, deberá
anexarse a los mismos.
ARTÍCULO CUARTO.- Cada una de las
Dependencias que suscriben el presente Acuerdo y en
uso de sus facultades, podrán implementar
mecanismos para el uso y aplicación correcto de los
formatos, conforme a sus propias necesidades
prevaleciendo los Principios de simplificación, agilidad,
economía,
información,
precisión,
legalidad,
transparencia, austeridad e imparcialidad; en las
instancias en las cuales sean partícipes, respondiendo
a las demandas del uso de medios electrónicos.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo iniciará su
vigencia al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión
del Gobierno del Estado.
Segundo.- A partir de la entrada en vigor del
presente Acuerdo quedan abrogados los formatos
publicados en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”
numero 4438 de fecha 1 de febrero de 2006; así como
las disposiciones de igual o menor rango que se
opongan al presente.
El presente Acuerdo se expide a los 24 días del
mes de noviembre de dos mil quince.
Auditor General de la
Encargado de
Entidad Superior de
Despacho de la
Auditoría y Fiscalización
Secretaría de la
del Congreso del Estado
Contraloría del Estado
de Morelos
de Morelos
Lic. José Vicente Loredo
Méndez
Rúbrica.
C.P. Guillermo Beltrán
Castillo
Rúbrica.
Secretario de Servicios
Legislativos y
Parlamentarios del
Congreso del Estado de
Morelos
Secretaria de
Administración y
Finanzas del Congreso
el Estado de Morelos
Lic. Carlos Hernández
Adán
Rúbrica.
Lic. Martha Patricia
Bandera Flores
Rúbrica.
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AVISO.
AL PÚBLICO EN GENERAL
Se comunica al público en General que el procedimiento establecido para la publicación de documentos en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, es el siguiente:
REQUISITOS PARA LA INSERCIÓN DE DOCUMENTOS A PUBLICAR
- Escrito dirigido al Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial, solicitando la publicación.
- Original y copia del documento a publicar en papel membretado, con sello, firma autógrafa y fecha de
expedición del mismo; sin alteraciones.
- C. D., o memoria “USB”, que contenga la información a publicar en formato Word. (en caso de requerir la
publicación con firma autógrafa, se deberá presentar escaneada sólo la firma.).
- Dictamen de la Comisión de Mejora Regulatoria, o la exención del mismo, conforme al artículo 60, de la Ley
de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos.
- Realizar el pago de derechos de la publicación en las cajas de la Tesorería, Secretaría de la Contraloría o
Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda.
- El documento original y versión electrónica, se deberá presentarse en la Secretaría de Gobierno.
- La copia del documento y versión electrónica en C. D., o memoria “USB”, se entregará en las oficinas del
Periódico Oficial ubicadas en Hidalgo 14, Primer Piso, Despacho 104, Colonia Centro, en Cuernavaca, Morelos, C. P.
62000.
EN EL CASO DE AYUNTAMIENTOS:
Para la publicación de documentos enviados por los distintos Ayuntamientos del Estado, deberá cumplir con los
requisitos previamente establecidos, además de anexar el Acta de Cabildo de fecha Correspondiente a la aprobación
del documento a publicar, debidamente certificada.
Los Ayuntamientos que hayan celebrado Convenio de Coordinación ante la Comisión de Mejora Regulatoria,
que soliciten publicar actos, procedimientos y resoluciones a que se refiere el artículo 11 de la Ley de la Materia,
además de los requisitos ya señalados, deberán presentar el Dictamen de la Comisión, o la exención del mismo,
conforme al artículo 60 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos.
LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARÁN DE LA SIGUIENTE MANERA:
- Los documentos que se reciban hasta el día viernes de cada semana, se publicarán el miércoles de la
siguiente, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos.
Teléfono:
3-29-22-00
Ext.
1353
y
1354
3-29-23-66
De acuerdo al Artículo 120 de la Ley General de Hacienda del Estado, los precios a pagar por publicaciones en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad”, son los siguientes:
ART. 120
Fracc. II.-
LEY GENERAL DE HACIENDA DEL
ESTADO DE MORELOS publicada el 5 de
julio de 2006, en el P.O. 4472, segunda
sección.
Del Periódico Oficial ''Tierra y Libertad''.
a) Venta de ejemplares:
1. Suscripción semestral
2. Suscripción anual
3. Ejemplar de la fecha
4. Ejemplar atrasado del año
5. Ejemplar de años anteriores
6. Ejemplar de edición especial por la publicación de Leyes
o reglamentos e índice anual
7. Edición especial de Códigos
8. Periódico Oficial en Disco Compacto
9. Colección anual
b) Inserciones: Publicaciones especiales, edictos,
licitaciones, convocatorias, avisos y otros que se autoricen:
1. De las entidades de la Administración Pública Federal,
Estatal o Municipal y autoridades judiciales:
Por cada palabra y no más de $ 1,000.00 por plana.
Por cada plana.
2. De particulares por cada palabra:
*SMV
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SALARIOS
COSTOS
70.10
70.10
70.10
70.10
70.10
70.10
70.10
5.2220
10.4440
0.1306
0.2610
0.3916
0.6527
366.00
732.00
9.00
18.00
27.00
46.00
70.10
70.10
70.10
2.5
1
15.435
175.00
70.00
1,082.00
$0.50
$1,000.00
$2.00
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