MANUAL

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FACTOR DE ENTRADA
Oferta de Empleo Público
2008
Madrid, 2008
DE Estaciones de Viajeros
DE Estaciones de Viajeros
ÍNDICE
Objetivos de la DE Estaciones de Viajeros___________________________________________________ 4
Condiciones Generales de Contratación _____________________________________________________ 5
Cercanías______________________________________________________________________________ 6
Media Distancia _______________________________________________________________________ 13
Alta Velocidad – Larga Distancia _________________________________________________________ 23
Tarifas Especiales __________________________________________________________________________ 33
Normas Generales de Comercialización (Tarifa Especial 1)
Enlaces _______________________________________________________________________________ 34
Tarjeta Renfe Visa______________________________________________________________________ 35
Cambios y Anulaciones _________________________________________________________________ 37
Reserva de plazas por teléfono___________________________________________________________ 39
Transporte de animales domésticos _______________________________________________________ 40
Ofertas y Acuerdos Comerciales Comunes (Tarifa Especial 2)
Tarjeta Dorada ________________________________________________________________________ 41
Carné Joven___________________________________________________________________________ 43
Carné Joven en AVE____________________________________________________________________ 44
Oferta Combinada Media Distancia – Alvia _______________________________________________ 45
Intermodalidad AVE - Cercanías__________________________________________________________ 46
Viajeros con discapacidad ______________________________________________________________ 47
Familias Numerosas ____________________________________________________________________ 53
Productos de Alta Velocidad - Larga Distancia (Tarifa Especial 3)
Condiciones Posventa trayectos nacionales ________________________________________________ 54
Viaje de menores sin acompañante _______________________________________________________ 61
Gastos de Gestión _____________________________________________________________________ 63
Máquinas auto chek in__________________________________________________________________ 64
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DE Estaciones de Viajeros
Ida y Vuelta ___________________________________________________________________________ 66
Tarjeta Dorada ________________________________________________________________________ 68
Niño _________________________________________________________________________________ 69
Tarifa Puente AVE ______________________________________________________________________ 70
Grupos _______________________________________________________________________________ 72
Tarifa Web ___________________________________________________________________________ 74
Tarifa Estrella__________________________________________________________________________ 75
Comercialización (Tarifa Especial 4)
Tarjeta Dorada / Railplus. T.E. 413 ______________________________________________________ 77
Tarjeta Plus ___________________________________________________________________________ 78
Tarjeta Global Mes_____________________________________________________________________ 79
Abono 10 Madrid – Toledo _____________________________________________________________ 80
Billete de Ida y Vuelta en trenes Avant ____________________________________________________ 81
Tarjeta Club AVE ______________________________________________________________________ 82
Admisión de animales de compañía ______________________________________________________ 84
Media Distancia Convencional (excepto Avant) (Tarifa Especial 6)
Condiciones de Comercialización (Oferta)_________________________________________________ 87
Tarifas base___________________________________________________________________________ 88
Sistemas de Venta _____________________________________________________________________ 89
Condiciones de Venta __________________________________________________________________ 92
Trenes de plazas limitadas ______________________________________________________________ 96
Indemnizaciones_______________________________________________________________________ 97
Niño ________________________________________________________________________________100
Ida y Vuelta __________________________________________________________________________101
Carné Joven _________________________________________________________________________104
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DE Estaciones de Viajeros
Tarjeta Dorada _______________________________________________________________________105
Grupos ______________________________________________________________________________106
Títulos Multiviaje ______________________________________________________________________108
Abono Mensual Regional ______________________________________________________________111
Abono Mensual Expres ________________________________________________________________113
Bono 10 Regional_____________________________________________________________________114
Bono Expres _________________________________________________________________________116
Bono Interregional ____________________________________________________________________117
Tarjeta 6 ____________________________________________________________________________118
Transporte de animales domésticos ______________________________________________________120
Internacional______________________________________________________________________________122
Inter Rail_____________________________________________________________________________123
Rail Plus _____________________________________________________________________________125
Eurail _______________________________________________________________________________126
Esquemas de SIRE _________________________________________________________________________130
Resumen_____________________________________________________________________________131
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DE Estaciones de Viajeros
OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ESTACIONES DE VIAJEROS
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), se encuentra estructurado en Direcciones
Generales y Ejecutivas. Respondiendo a esta arquitectura organizativa y dentro del marco del
Contrato Programa firmado entre Adif y el Estado, la Dirección Ejecutiva de Estaciones de Viajeros
tiene como misión:
“Contribuir al desarrollo del transporte ferroviario, gestionando las Estaciones de
Viajeros de forma independiente y especializada ofreciendo un servicio de calidad a
los viajeros y operadores y configurando las estaciones como un elemento integrado en
la ciudad, maximizando la rentabilidad de sus espacios”
Estaciones de Viajeros contribuye al desarrollo del transporte ferroviario; un transporte moderno,
accesible, seguro y eficiente, gestionando las estaciones como lugares necesarios y atractivos para
los clientes que encuentran todos los servicios que nuestra sociedad demanda.
Tenemos una clara vocación gestora y nuestro trabajo se desarrolla en las estaciones, siendo éstas
el centro y eje de nuestra actividad; bajo este punto de vista Estaciones de Viajeros tiene como
Visión:
“Ser especialistas en la gestión de estaciones, orientados hacia la excelencia en la
prestación de nuestros servicios, comprometidos con el cliente, con la protección del
medio ambiente y con enfoque empresarial que permita lograr la sostenibilidad y
rentabilidad”
Estaciones de Viajeros, es el escaparate de Adif de cara a los viajeros, dado que cuando cualquier
persona accede al ferrocarril, el primer contacto que tiene con este medio de transporte son las
personas que integran esta Dirección Ejecutiva.
Nuestros trabajadores están al frente de dependencias que no intervienen en la circulación de
trenes, realizando las actividades que seguidamente se indican:
•
Servicios Básicos (información megafónica y por medios telemáticos, control del perfecto
estado de las instalaciones, ayuda a personal de movilidad reducida, etc.)
•
Servicios a Operadores (todos aquellos que nos demandan los operadores del transporte
ferroviario, como venta de billetes, información personalizada, atención al cliente, etc.)
•
Servicios a Clientes (aparcamientos, consignas, etc.)
Finalmente, tampoco podemos olvidar nuestros compromisos con el entorno y las ciudades en las
que las estaciones están ubicadas, sabemos que somos o podemos ser un polo de atracción de la
ciudad y, por ello, trabajamos para integrar las estaciones en la ciudad, creando espacios de ocio
y servicios que contribuyan a hacer la vida más agradable a todos los ciudadanos.
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DE Estaciones de Viajeros
CONDICIONES GENERALES
DE CONTRATACIÓN
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DE Estaciones de Viajeros
CERCANIAS
TÍTULO I PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
SERVICIOS DE CERCANÍAS
Los servicios de Cercanías son los que presta la Dirección General de los Servicios de Cercanías y Media
Distancia de RENFE-Operadora como tales, en cada momento, para cubrir las necesidades de movilidad de
cada Núcleo.
Se entiende por Núcleo el ámbito geográfico en el que se presten servicios de Cercanías.
Para utilizar los trenes de Cercanías, los viajeros deberán proveerse del título de transporte o billete
adecuado, en las condiciones, precios y horarios establecidos genérica o específicamente para cada oferta
comercial.
Los trenes de Cercanías disponen de una única clase y su capacidad viene limitada por el número total de
plazas, sentadas y de pie, de cada vehículo.
TÍTULO II TÍTULO DE TRANSPORTE
CONCEPTO
El título de transporte o billete es el documento que formaliza el contrato de transporte entre RENFEOperadora
y el viajero.
El contrato de transporte de viajeros en trenes de Cercanías se regula por las presentes Condiciones
Generales que estarán a disposición de los viajeros.
CONTENIDO DEL TÍTULO DE TRANSPORTE
En el título de transporte figurarán claramente legibles, como mínimo, las siguientes inscripciones e
indicaciones:
- Anagrama/logotipo de Cercanías y de RENFE-Operadora.
- CIF de RENFE-Operadora
- Zonas de trayecto, o excepcionalmente, estación de destino.
- Tarifa y precio.
- Incluido la Tasa de Seguridad S.O.V.,S.R.C. e I.V.A.
La información sobre los seguros concertados (S.O.V. y S.R.C.) se encuentra en las oficinas de Atención al
Cliente y en la correspondiente página en Internet de RENFE-Operadora.
MODALIDADES DE TÍTULOS DE TRANSPORTE
Según su utilización y de acuerdo con las condiciones especiales establecidas para cada uno de ellos, los
títulos de transporte o billetes pueden ser:
- Sencillo: Válido para realizar un solo viaje.
- Dos viajes: Ida y Vuelta: Válido para una persona (el precio lleva reducción sobre el precio de dos billetes
sencillos).
- “Ida y Regreso” : Válido para una persona (el precio equivale al de dos billetes sencillos).
- Colectivo: Válido para más de un viajero.
- Multiviaje o Abono Temporal (tales como Bonotren, Abono Mensual, etc.): Válido para realizar más de un
viaje por el mismo o distinto titular durante un periodo determinado de tiempo.
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DE Estaciones de Viajeros
- Combinado: Válido para otros medios de transporte complementarios o que incluyan otros servicios, tales
como culturales, de ocio etc....
Cada producto combinado podrá tener unas condiciones especificas que vendrán determinadas por el
convenio comercial que lo regule. Dichas condiciones estarán a disposición de los viajeros.
También serán válidos los abonos y títulos de transporte combinados con otros modos de transporte, emitidos
por entidades e instituciones, que derivan de convenios suscritos con los mismos, y cuyas condiciones
especificas estarán, asimismo, a disposición de los viajeros.
VENTA DE TÍTULOS DE TRANSPORTES
Los títulos de transporte o billetes se podrán adquirir en los puntos de venta propios de RENFE-Operadora
(taquillas o máquinas autoventa), en los ajenos que ésta autorice y, en los casos excepcionales previstos en
estas Condiciones, en ruta. Los títulos de transporte se expedirán a través de los sistemas que RENFEOperadora autorice.
El viajero deberá comprobar que los datos del título de transporte se ajustan a su petición.
Las reclamaciones, en relación con el título de transporte emitido o importe del mismo, deberán formularse en
el momento de su expedición, salvo en el caso de no haber personal en la estación. En tal caso la
reclamación podrá efectuarse en cualquier estación que tuviera personal, o por escrito dirigido a cualquier
oficina de RENFE-Operadora.
En caso de pérdida o extravío del título de transporte no se facilitará duplicado ni justificante alguno.
VALIDEZ Y FORMALIZACIÓN
Los títulos de transporte serán válidos para las fechas, zonas, destinos y, en su caso, periodo de tiempo,
indicados en los mismos.
Ningún título de transporte será válido sin la correspondiente impresión mecánica realizada en el momento de
su emisión.
La presentación simultánea o consecutiva de más de un título de transporte no será válida para realizar un
mismo viaje a un precio más reducido a menos que el viajero abonase la diferencia respecto al precio del
total del trayecto.
Cualquier título de transporte adquirido antes de una revisión de tarifas, será válido para su fecha o período
de utilización sin que deba abonarse diferencia alguna por parte del viajero.
La acumulación de descuentos o tarifas para la obtención de un título de transporte sólo será admitida en los
términos establecidos en las tarifas correspondientes.
Los billetes, abonos y tarjetas o carnés, no serán válidos si presentan deterioros, enmiendas o raspaduras.
En los Núcleos con control de accesos, una vez rebasados los mismos, tanto en las estaciones de origen como
de destino o, en su caso, en las de trasbordo, si el viajero desea acceder nuevamente al andén, deberá
adquirir un nuevo título de transporte o efectuar una nueva cancelación en el abono.
ANULACIÓN DE TÍTULOS DE TRANSPORTE
Todo billete emitido podrá ser anulado en las condiciones que a continuación se recogen, en razón a la
naturaleza del título.
En el caso de títulos de transporte Multiviaje o Abono , la anulación a petición del viajero, con carácter
general, se deberá realizar antes del comienzo de su período de validez.
Los títulos de transporte Sencillo, los de Dos Viajes y Colectivos deberán anularse en la estación de origen
antes de transcurridas dos horas desde su adquisición.
En la anulación de un título de transporte, salvo lo establecido en la condición 24, se deducirá en concepto
de gastos de anulación un 15% del importe del titulo anulado.
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DE Estaciones de Viajeros
TARIFAS
Las tarifas de los servicios de transporte de Cercanías estarán a disposición de los viajeros.
Todos los títulos de transporte se expedirán conforme a los precios en vigor el día de su emisión, y se hallarán
recogidos en el Cuadro de Precios Oficiales que se expondrá en los AVISOS de información a los viajeros en
los correspondientes tablones de anuncios.
Serán de aplicación los descuentos establecidos en la legislación vigente sobre Familias Numerosas,
debiendo los viajeros acreditar su condición de beneficiario mediante los títulos oficiales expedidos por la
administración competente.
Los niños menores de seis años que no ocupen plaza no precisarán título de transporte y viajarán de forma
gratuita. Los mismos estarán cubiertos por el S.O.V y S.R.C.
TÍTULO III. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VIAJEROS
DERECHOS DE LOS VIAJEROS
Los viajeros de los servicios ferroviarios de Cercanías tienen, entre otros, los siguientes derechos:
a) A acceder a las publicaciones, con la suficiente antelación, del horario de los servicios y de los precios
correspondientes.
b) A recibir el servicio en las adecuadas condiciones de calidad y seguridad.
c) A celebrar con RENFE-Operadora un contrato de transporte ajustado a lo dispuesto en la legislación en
materia de transportes terrestres y de consumidores y usuarios.
d) A ser informados de los procedimientos establecidos para resolver las controversias que puedan surgir en
relación con el transporte ferroviario.
e) A efectuar las reclamaciones y quejas que consideren oportunas que podrán dirigir a RENFEOperadora, a
cuyo efecto tendrán a su disposición el libro u hojas de reclamaciones en los términos previstos en la
normativa del sector ferroviario.
f) A ser indemnizados de los perjuicios que se les causen, en caso de incumplimiento por RENFEOperadora
de las obligaciones que le corresponden.
g) A ser informados de las pólizas de seguro o afianzamientos que RENFE-Operadora tenga contratados para
garantizar su responsabilidad, en las oficinas de atención al cliente y en la correspondiente página en Internet
de RENFE-Operadora.
h) A ser informados de la existencia de estas Condiciones Generales, en los mismos términos que figuran en el
apartado anterior.
i) A anular sus títulos de transporte en los términos previstos en estas Condiciones Generales.
OBLIGACIONES DE LOS VIAJEROS
Los viajeros tienen las siguientes obligaciones:
a) Ir provistos, durante el tiempo que dure el viaje y hasta la salida de la estación de destino, del título de
transporte correspondiente.
b) Atender las indicaciones que les formulen los empleados de RENFE-Operadora en relación con la correcta
prestación del servicio, así como lo indicado a tal fin en los carteles colocados a la vista en instalaciones y
coches.
c) Respetar las medidas y controles que, en materia de protección civil y seguridad puedan establecerse.
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DE Estaciones de Viajeros
PROHIBICIONES
Los viajeros no podrán:
a) Realizar acciones que alteren el orden dentro de los trenes, impliquen peligro para la integridad física de
los demás viajeros o les perturben, supongan el deterioro del material de los vehículos o pongan en peligro la
seguridad del transporte.
b) Viajar en lugares distintos a los habilitados para los viajeros.
c) Subir al tren, o bajar del mismo, estando éste en movimiento o fuera de las paradas establecidas al efecto.
d) Llevar consigo materias susceptibles de explosión o inflamación y bultos que por su tamaño, volumen,
contenido u olor puedan dañar, molestar o manchar a los demás viajeros o al material ferroviario.
e) Cualesquiera otras conductas prohibidas por la legislación vigente.
EQUIPAJE
Los trenes de Cercanías no admiten facturación de equipaje
Todo viajero provisto de billete podrá llevar consigo, bajo su custodia y responsabilidad, en los lugares
destinados al efecto, hasta dos bultos de mano con una limitación total de 20 kg. Las dimensiones del bulto
mayor no podrán exceder de 70 x 50 x 25 cm.
Se considerará equipaje, los bultos de mano que contengan prendas y objetos de uso personal o profesional
pertenecientes al viajero, cuya naturaleza no contravenga las disposiciones de seguridad establecidas en las
leyes y reglamentos y no represente peligro o molestias para otros viajeros.
BICICLETAS
Se admitirá el transporte de bicicletas en los trenes y horarios cuando esté autorizado en cada Núcleo de
Cercanías. Sólo se admitirá una bicicleta por viajero. La información correspondiente a dichos extremos
estará a disposición de los viajeros.
VIAJE CON ANIMALES DOMÉSTICOS
Se admitirán para su transporte a los perros guía de invidente, que podrán acompañar gratuitamente a su
titular. Irán provistos de cadena y bozal, si fuera necesario por su agresividad.
Se admitirán para su transporte pequeños animales domésticos, siempre bajo la custodia del viajero que los
lleve, si no se oponen los otros viajeros o se producen molestias a los mismos, siendo responsable aquél de
los daños que estos pudieran ocasionar. Los animales deberán ir, cuando proceda, con la guía de sanidad,
en las condiciones higiénico sanitarias y de seguridad previstas en la legislación vigente.
Se admitirá como máximo un solo animal por viajero.
Este transporte se podrá realizar en los trenes, horarios y estaciones que se autoricen en cada Núcleo de
Cercanías. La información correspondiente a dichos extremos estará a disposición de los viajeros.
VIAJE CON ARMAS
En los trenes de Cercanías sólo se admitirán viajeros que porten armas, cuando cumplan los siguientes
requisitos:
a) Que se trate, en todo caso, de armas reglamentadas, según su definición legal.
b) Que vayan desmontadas o dentro de sus cajas o fundas.
c) Que vayan acompañadas de sus correspondientes guías, licencias y demás documentación exigida
legalmente.
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DE Estaciones de Viajeros
Cuando se trate de personal de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, del Servicio de
Vigilancia Aduanera, o de trabajadores de empresas de seguridad que realicen funciones de custodia o
vigilancia, bastará la exhibición de su guía de pertenencia y de su Tarjeta de Identificación Militar o, en su
caso, carné profesional.
Los viajeros portadores de armas deberán en todo momento actuar con la diligencia y precaución necesarias
y comportarse de forma que no puedan causar peligro, alarma, daños, o molestias a los demás viajeros o sus
bienes.
OBJETOS OLVIDADOS, PERDIDOS O ABANDONADOS
Los objetos olvidados, perdidos o abandonados por los viajeros y todos aquellos de los que se desconozca su
procedencia, que sean hallados en los trenes, andenes u otras dependencias de RENFE-Operadora, se
conservarán por RENFE-Operadora durante el plazo de dos meses, llevándose de todos ellos un registro, con
expresión de su referencia y características principales y del día y lugar en que fueron hallados, a los efectos
del destino que, en su caso, deba darse a los mismos con arreglo a las disposiciones vigentes, o en su defecto
enajenarlos en pública subasta.
VIAJEROS SIN TÍTULO DE TRANSPORTE
El viajero que, procedente de una estación con venta de billetes, acceda a los trenes sin título de transporte
válido o sin la debida autorización, deberá abonar el precio de un título de transporte sencillo, del recorrido
completo a realizar por dicho viajero con la penalidad o los recargos que figuran en esta condición, según
corresponda.
En caso de negarse a ello, se le exigirá que abandone el tren en la misma estación si estuviera estacionado o
en la siguiente con parada, caso de estar en marcha. Todo lo anterior lo es sin perjuicio de que, caso de
haber identificado al viajero, por parte de RENFE-Operadora se formule la correspondiente denuncia ante la
Delegación del Gobierno para la instrucción del oportuno expediente sancionador por infracción
administrativa, conforme a lo establecido en al artículo 95 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del
Sector Ferroviario.
A los efectos de esta Condición se entenderá que el viajero carece de título de transporte cuando no lo haya
formalizado, haya caducado, lo presente con enmiendas, raspaduras o tachaduras, o deteriorado (de tal
forma que impida comprobar sus datos), o cuando no lo acompañe de la documentación necesaria
habilitante para la naturaleza del título de transporte adquirido.
Los recargos a aplicar, con independencia del precio del billete y con excepción de los casos previstos en el
artículo 22 de estas Condiciones Generales, son el duplo del importe del título de transporte sencillo, en día
laborable (de lunes a viernes, no festivo), del máximo recorrido de cada Núcleo.
OCUPACIÓN DE PLAZAS
Antes de subirse al tren, el viajero deberá comprobar que el mismo es el correspondiente para el recorrido de
su viaje y al que le habilita el título de transporte adquirido.
Los títulos de transporte para trenes de Cercanías se expedirán para su utilización por el viajero, en plaza
sentada o de pie, indistintamente.
INTERRUPCIÓN DEL VIAJE POR PARTE DEL VIAJERO Y TRANSBORDOS EN RUTA
La interrupción del viaje por parte del viajero no permite la continuación del viaje en otro tren posterior.
El trasbordo de trenes que el viajero haya de efectuar para proseguir el viaje por el itinerario y condiciones
indicadas en su billete, no se considerará interrupción del viaje sino trasbordo en ruta.
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DE Estaciones de Viajeros
PROLONGACIÓN DEL RECORRIDO
El viajero podrá prolongar su viaje dentro y fuera del Núcleo previa comunicación y regularización en la
estación de origen.
Si no se produce dicha comunicación previa, será de aplicación lo indicado en el apartado 17 de estas
Condiciones Generales para viajeros sin título de transporte.
Los títulos de transporte Multiviaje o Abono no admiten prolongación de viaje fuera del Núcleo.
PÉRDIDA O ABANDONO DEL TREN.
La pérdida o abandono del tren por parte del viajero en la estación de comienzo del viaje o en el transcurso
del mismo no dará derecho a reembolso alguno.
CONDICIONES DE VIAJE ESPECIALES
Los niños menores de 8 años deberán viajar siempre acompañados. Se permitirá viajar sin acompañamiento
a los niños entre 8 y 12 años si van provistos de una autorización de sus padres o tutor legal.
A las personas con discapacidad o movilidad reducida que requieran un tratamiento de transporte especial o
diferenciado, se les facilitarán, en la medida de lo posible, todos los medios disponibles para el adecuado
transporte o movilidad de las mismas en las instalaciones y trenes de RENFE-Operadora en los que sea
posible la prestación de este servicio.
TÍTULO IV. RESPONSABILIDAD DE RENFE OPERADORA
RECLAMACIONES
RENFE-Operadora está obligada a efectuar el transporte contratado con la duración prevista en las
condiciones recogidas en el título de transporte y en estas Condiciones Generales, salvo en caso de fuerza
mayor.
RENFE-Operadora tendrá a disposición de los viajeros un libro u hojas de reclamaciones en los términos
previstos en la legislación ferroviaria.
El viajero que se considere lesionado en su derecho podrá exponer sus quejas en dicho libro u hojas de
reclamaciones o utilizando como medios de comunicación el correo ordinario, los teléfonos, telefax, correo
electrónico o a través de Internet conforme se establezca al efecto, o documento o carta dirigida a cualquier
oficina de RENFE-Operadora.
El plazo de presentación de la reclamación será de un mes desde que se tuviera conocimiento del hecho que
la motivó.
Sin perjuicio de la utilización del libro u hojas de reclamaciones el viajero podrá reclamar los daños y
perjuicios que se le ocasionen por RENFE-Operadora, por vía judicial o, en su caso, arbitral.
INDEMNIZACIONES
Salvo por causa de fuerza mayor, el viajero afectado por cancelación, interrupción o retraso del viaje, tendrá
derecho a recibir la indemnización correspondiente.
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DE Estaciones de Viajeros
CANCELACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
Se entenderá por cancelación del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la imposibilidad
de iniciar por RENFE-Operadora el mismo, en las condiciones recogidas en el título de transporte, debido a la
supresión de trenes durante al menos una hora.
En caso de cancelación del servicio el viajero podrá optar por:
A) La resolución del contrato de transportes, percibiendo el importe íntegro cuando se trate de título de
transporte Sencillo, los de Dos Viajes o Billete Colectivo.
En el caso de títulos de transporte Multiviaje o Abono, cuando se compruebe que no se ha realizado el viaje,
el importe a percibir por el viajero se calculará dividiendo el precio por:
• 10, en el caso del Bonotren
• 50, en el caso de un Abono Mensual
• 100, en el caso de títulos de validez mensual y número de viajes ilimitado
• 300, en el caso de títulos de validez trimestral y número de viajes ilimitados.
B) La habilitación de su título de transporte para cuando exista la posibilidad de realizar el viaje.
C) La realización del viaje por otros modos de transporte que, en su caso, RENFEOperadora habilite.
INTERRUPCIÓN DEL VIAJE
Se entenderá por interrupción del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la paralización
del mismo mientras se está desarrollando.
En caso de interrupción del viaje una vez iniciado el mismo, RENFE-Operadora estará obligado a
proporcionar al viajero, con la mayor brevedad posible, el transporte en otro tren u otro modo de transporte,
en condiciones equivalentes a las pactadas.
También podrá renunciar a continuar el viaje, ante lo cual se procederá a indemnizar en las mismas
condiciones que en el apartado A) de la condición anterior.
RETRASO DEL TREN
Salvo por causa de fuerza mayor, en caso de retraso en la llegada a destino por tiempo superior a una hora,
el viajero tendrá derecho a una indemnización pecuniaria equivalente al cincuenta por ciento del precio del
viaje, según el título de transporte utilizado.
Cuando el retraso supere la hora y treinta minutos, la indemnización pecuniaria será el equivalente al total de
dicho precio.
En los casos de títulos de transporte Multiviajes o Abono , el importe a computar a efectos de la
indemnización a la que se refiere el apartado anterior, será el correspondiente a una cancelación,
computándose en la misma forma especificada en la condición 26.1, apartado A).
SUPUESTOS ESPECIALES
Cuando exista cancelación o interrupción del servicio contratado por personas con discapacidad o movilidad
reducida, se llevara a cabo la habilitación de su título de viaje para otro tren u otro modo de transporte,
debiendo cumplir en dicho supuesto las mismas condiciones de accesibilidad con las que contaba aquél.
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DE Estaciones de Viajeros
MEDIA DISTANCIA
TÍTULO I. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
SERVICIOS DE MEDIA DISTANCIA
Los servicios de Media Distancia de transporte ferroviario de viajeros son los que presta la Dirección General
de Servicios de Cercanías y Media Distancia de RENFE-Operadora como tales, en cada momento, para
cubrir las necesidades de movilidad, bien de carácter intrarregional, bien interregional.
Para utilizar los trenes de Media Distancia, los viajeros deberán proveerse del título de transporte o billete
adecuado, en las condiciones, precios y horarios establecidos genérica o específicamente para cada oferta
comercial.
La utilización de los trenes de Media Distancia está sometida a las limitaciones propias del materia rodante en
cuanto a admisión y número máximo de viajeros establecidos para cada vehículo. Como excepción se limita
su capacidad, a las plazas sentadas en trenes de “Plazas Limitadas”, salvo que por sus características
permitan el acceso a viajeros sin plaza.
TÍTULO II. TÍTULO DE TRANSPORTE
CONCEPTO
El título de transporte, o billete, es el documento que formaliza el contrato de transporte entre RENFEOperadora y el viajero.
El contrato de transporte de viajeros en trenes de Media Distancia se regula por las presentes Condiciones
Generales, que estarán a disposición de los viajeros.
CONTENIDO DEL TÍTULO DE TRANSPORTE
En los títulos de transporte emitidos por un sistema de venta centralizada de plazas con asignación numérica
de las mismas (reserva), figurarán claramente legibles, sin enmiendas ni tachaduras, al menos, las siguientes
inscripciones e indicaciones:
1. Anagrama/Logotipo de Media Distancia y de RENFE-Operadora.
2. CIF de RENFE-Operadora.
3. Origen y Destino del viaje.
4. Fecha del viaje y, en su caso, fecha de emisión del titulo de transporte.
5. Código y Denominación de la Tarifa y Clase.
6. Precio total del viaje.
7. Número del terminal y número de secuencia.
8. Tipo de tren.
9. Incluido la Tasa de Seguridad , S.O.V, S.R.C., e I.V.A.
10.Hora de salida y hora de llegada.
11.Número de coche.
12.Número de plaza.
13.Número de control del billete.
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DE Estaciones de Viajeros
Los billetes expedidos por dicho sistema de venta centralizada sin asignación numérica de plaza, no llevarán
número de coche ni de plaza.
Los billetes que no indiquen tren y fecha, requerirán su validación previa al viaje, en los puntos de venta
autorizados, salvo que se determine otra cosa en las condiciones especiales de cada producto comercial.
La información sobre los seguros concertados (S.O.V. y S.R.C.) se encuentra en las oficinas de Atención al
Cliente y en la correspondiente página en Internet de RENFE-Operadora.
MODALIDADES DE TÍTULOS DE TRANSPORTE
Según su utilización y de acuerdo con las condiciones especiales establecidas para cada uno de ellos, los
títulos de transporte pueden ser:
- Sencillo: Válido para una persona y un solo viaje.
- Ida y Vuelta. Válido para una persona (el precio lleva reducción sobre el precio de dos billetes sencillos).
- Colectivo: Válido para más de un viajero.
- Multiviaje o Abono Temporal: Válido para más de un viaje por el mismo o distinto titular durante un periodo
de tiempo.
- Combinado: Válido para otros medios de transporte complementarios o que incluya otros servicios.
Cada producto combinado podrá tener unas condiciones especificas que vendrán determinadas por el
convenio comercial que lo regule. Dichas condiciones estarán a disposición de los viajeros.
También serán válidos los abonos y títulos de transporte combinados con otros modos de transporte, emitidos
por entidades e instituciones, que derivan de convenios suscritos con los mismos, y cuyas condiciones
especiales estarán, asimismo, a disposición de los viajeros.
VENTA DE TÍTULOS DE TRANSPORTE
SISTEMAS DE VENTA
La Dirección General de Servicios de Cercanías y Media Distancia comercializa sus servicios de transporte a
través de dos modos de venta fundamentalmente:
a) Sistema de venta centralizada: permite la venta de títulos de transporte para trenes Media Distancia con o
sin adjudicación de plaza sentada, realizándose a través de un sistema centralizado (HOST). El número de
plazas se determina previamente para cada tren.
b) Sistema de venta local: permite la venta de títulos de transporte para trenes Media Distancia sin
adjudicación de plaza.
VENTA DE TÍTULOS DE TRANSPORTE
Los títulos de transporte se podrán adquirir en los puntos de venta propios de RENFE-Operadora (taquillas o
máquinas autoventa), en los ajenos que ésta autorice y, en los casos excepcionales previstos en estas
condiciones, en ruta. Los títulos de transporte se expedirán a través de los sistemas que RENFE-Operadora
autorice.
Los títulos de transporte podrán ser expedidos por sistemas de venta propios de RENFE-Operadora o
autorizados. Los sistemas de venta propios de RENFE-Operadora pueden ser de venta centralizada de plazas,
con o sin asignación numérica de las mismas, o de venta local. Los sistemas autorizados son, como regla
general, de venta centralizada de plazas.
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DE Estaciones de Viajeros
El viajero deberá comprobar que los datos del billete se ajustan a su petición.
Las reclamaciones en relación con el título de transporte emitido o importe del mismo, deberán formularse en
el momento de su expedición, salvo en el caso de no haber personal en la estación. En tal caso, la
reclamación podrá efectuarse en cualquier estación que tuviera personal, o por escrito dirigido a cualquier
oficina de RENFE-Operadora.
En caso de pérdida o extravío del título de transporte no se facilitará duplicado ni justificante alguno.
En los puntos de venta propios de RENFE-Operadora y concertados se podrá expedir billetes anticipadamente
a la salida del tren, según lo que se determine comercialmente para cada tren y producto.
En los puntos de venta propios de RENFE-Operadora y concertados se indicará, de forma visible, el horario
de expedición, especificando, en el caso de venta anticipada, el horario de la misma.
VALIDEZ Y FORMALIZACIÓN
Los títulos de transporte serán válidos para las fechas y trayectos y, en su caso, por el periodo de tiempo
indicados en los mismos.
La formalización de los billetes ( que es el acto de extenderlos) para una fecha o periodo determinado y para
un tren concreto se realizará en el momento de la expedición o, en todo caso, antes de subirse al tren.
El viajero que tome el tren en puntos donde la formalización de su billete no sea posible, deberá solicitarla
inexcusablemente al agente encargado de la Intervención en Ruta.
La presentación simultánea o consecutiva de más de un título de transporte no será válida para realizar un
mismo viaje a un precio más reducido a menos que el viajero abonase la diferencia respecto al precio total
del trayecto.
Cualquier título de transporte adquirido antes de una revisión de tarifas, será válido para su fecha o periodo
de utilización sin que deba abonarse diferencia alguna por el viajero.
La acumulación de descuentos o tarifas para la obtención de un titulo de transporte solo será admitida en los
términos establecidos en las tarifas correspondientes.
Los billetes, abonos y tarjetas o carnés, no serán válidos si presentan deterioros, enmiendas o raspaduras.
ANULACIÓN Y CAMBIO DE BILLETES
ANULACIÓN DE BILLETES
Todo billete emitido podrá ser anulado en las condiciones que a continuación se recogen, en razón a la
naturaleza del titulo.
En general, todo billete podrá ser anulado dentro del periodo de validez del mismo, debiéndose solicitar con
la necesaria anticipación para poder efectuar las operaciones que correspondan, y como máximo hasta cinco
minutos antes de la hora de salida del tren de la estación de origen del billete cuya anulación se solicita.
Cuando el billete haya sido emitido por un sistema de venta centralizado de plazas (con o sin reserva), y se
presente para ser anulado en un punto donde no exista conexión a dicho sistema, el plazo para realizar la
anulación finalizará una hora antes de la hora de salida del tren de la estación de origen del billete.
La anulación de títulos Multiviaje o Abono, deberá realizarse, con carácter general, antes del comienzo de su
periodo de validez y como máximo hasta cinco minutos antes de la hora de salida del tren de la estación de
origen del billete, en los términos que se establezcan para cada producto comercial.
La solicitud de reintegro del billete, título Multiviaje o Abono por parte del viajero se deberá realizar en el
plazo de un mes a partir de la fecha de anulación.
En la anulación de un billete, título Multiviaje o Abono, independientemente de la fecha en que se produzca
la misma, en concepto de gastos de anulación, se deducirá un 15% del importe del título de transporte
anulado.
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DE Estaciones de Viajeros
CAMBIO DE BILLETES
Todo billete emitido por un sistema centralizado de plazas (con o sin reserva) podrá ser objeto de cambio,
salvo que exista alguna limitación por las condiciones especiales a las que esté sujeto el título de transporte.
Las condiciones para el cambio de billete serán las siguientes:
- El billete a cambiar debe estar dentro de su periodo de validez, y el cambio se debe solicitar en un punto
con sistema de venta centralizada de plazas, con la necesaria anticipación para poder efectuar las
operaciones que correspondan y como máximo hasta cinco minutos antes de la hora de salida de la estación
que figure en el billete.
- Que para la fecha del nuevo billete solicitado esté disponible la venta anticipada.
- Que si el título a cambiar tiene un período de validez, el nuevo billete deberá estar dentro de dicho plazo.
- Que se satisfagan las siguientes condiciones económicas establecidas para estas operaciones:
a) El cambio para el mismo día será gratuito y para distinto día los gastos por cambio serán del 10% del
importe del billete a cambiar, con un mínimo de 1 euro.
b) Cuando el cambio de billete se efectúe a uno de mayor precio, se percibirá la diferencia entre ambos,
además de la percepción establecida si el cambio fuese para otro día.
c) Cuando el cambio sea a un billete de menor cuantía, se devolverá la diferencia al viajero, y sin
perjuicio del recargo que corresponda.
PRECIO DE LOS BILLETES
PRECIO
El precio de los servicios de transporte de Media Distancia para estarán a disposición de los viajeros.
Todos los títulos de transporte se expedirán conforme a los precios en vigor el día de su emisión, y se hallarán
recogidos en los AVISOS de información a los viajeros en los correspondientes tablones de anuncios.
Serán de aplicación los descuentos establecidos en la legislación vigente sobre Familias Numerosas,
debiendo los viajeros acreditar su condición de beneficiarios mediante los títulos oficiales expedidos por la
administración competente
MENORES
Los niños menores de cuatro años que no ocupen plaza, no precisarán título de transporte y viajarán de forma
gratuita . Los mismos estarán cubiertos por el S.O.V y el S.R.C.
RESERVA DE PLAZA
Los trenes de Media Distancia podrán comercializarse con o sin reserva de plaza.
Los billetes para trenes que se comercialicen con reserva de plaza podrán emitirse con o sin asignación
numérica de plaza y coche. Dichos trenes se denominan trenes de Plazas Limitadas.
Los trenes de Plazas Limitadas que efectúen parada en estaciones sin venta o con venta local, podrán admitir
viajeros de pie.
Los trenes de Plazas Limitadas se determinarán por RENFE-Operadora, que podrá establecer para su reserva,
total o parcialmente, el número de plazas sentadas del tren.
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DE Estaciones de Viajeros
TÍTULO III. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VIAJEROS
DERECHOS DE LOS VIAJEROS
Los viajeros gozarán, entre otros, de los siguientes derechos:
a) A acceder a la publicación, con la suficiente antelación, del horario de los servicios y de los precios
correspondientes.
b) A recibir el servicio en las adecuadas condiciones de calidad y seguridad.
c) A celebrar con RENFE-Operadora un contrato de transporte ajustado a lo dispuesto en la legislación en
materia de transportes terrestres y de consumidores y usuarios.
d) A ser informados de los procedimientos establecidos para resolver las controversias que puedan surgir en
relación con el transporte ferroviario.
e) A efectuar las reclamaciones y quejas que consideren oportunas, que podrán dirigir a RENFE-Operadora, a
cuyo efecto tendrán a su disposición el libro u hojas de reclamaciones en los términos revistos en la normativa
del sector ferroviario.
f) A ser indemnizados de los perjuicios que se les causen, en caso de incumplimiento por RENFE-Operadora
de las obligaciones que le corresponden.
g) A ser informados de las pólizas de seguro o afianzamientos que RENFE-Operadora tenga contratados para
garantizar su responsabilidad, en las oficinas de Atención al Cliente y en la correspondiente página en
Internet de RENFE-Operadora.
h) A ser informados de la existencia de estas Condiciones Generales, en los mismos términos figurados en el
apartado anterior.
i) A cambiar y anular sus títulos de transporte en los términos previstos en estas Condiciones Generales.
OBLIGACIONES DE LOS VIAJEROS
Los viajeros tienen las siguientes obligaciones:
a) Ir provistos, durante el tiempo que dure el viaje y hasta la salida de la estación de destino, del título de
transporte correspondiente.
b) Atender las indicaciones que les formulen los empleados de RENFE-Operadora en relación con la correcta
prestación del servicio, así como lo indicado a tal fin en los carteles colocados a la vista en instalaciones y
coches
c) Respetar las medidas y controles que, en materia de protección civil y seguridad, puedan establecerse.
PROHIBICIONES
Los viajeros no podrán:
a) Realizar acciones que alteren el orden dentro de los trenes, impliquen peligro para la integridad física de
los demás viajeros o les perturben, supongan el deterioro del material de los vehículos o pongan en peligro la
seguridad del transporte.
b) Viajar en lugares distintos de los habilitados para los viajeros.
c) Subir al tren o bajar del mismo fuera de las paradas establecidas o estando éste en movimiento.
d) Llevar consigo materias susceptibles de explosión o inflamación y bultos que por su tamaño, volumen,
contenido u olor puedan dañar, molestar o manchar a los demás viajeros o al material ferroviario.
e) Cualesquiera otras conductas prohibidas por la legislación vigente.
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DE Estaciones de Viajeros
EQUIPAJE
Los trenes de Media Distancia no admiten facturación de equipaje.
Todo viajero provisto de billete podrá llevar consigo, bajo su custodia y responsabilidad, en los lugares
destinados al efecto, hasta tres bultos de mano, con una limitación total de 20 Kg., y unas dimensiones que
no excedan (largo+ancho+alto) de 250 cm. entre los tres bultos.
Se considerará equipaje todo bulto de mano que contenga prendas y objetos de uso personal o profesional
pertenecientes al viajero, cuya naturaleza no contravenga disposiciones de seguridad establecidas en las
leyes y reglamentos y no represente peligro o molestias para otros viajeros.
BICICLETAS
Se admitirá el transporte de bicicletas en todos los trenes de Media Distancia que tengan un área específica o
espacio suficiente para su transporte. Sólo se admitirá una bicicleta por viajero siempre que la ocupación del
tren lo permita o la capacidad máxima permitida para cada coche o tren no se sobrepase. En caso contrario
el viajero tendrá derecho a utilizar otro tren de Media Distancia o a la devolución del importe del viaje no
realizado.
Como norma general, los viajeros en grupo con más de tres bicicletas deberán ser autorizados previamente
por RENFE-Operadora. Sólo en el caso de grupos autorizados se podrá sobrepasar el límite máximo para
cada coche o tren admitido.
VIAJE CON ANIMALES DOMÉSTICOS
Se admitirán para su transporte a los perros guías de invidente, que podrán acompañar gratuitamente a su
titular, siempre que se presenten provistos de cadena y bozal, si fuera necesario, por su agresividad.
Se admitirán para su transporte pequeños animales domésticos, siempre bajo la custodia del viajero que los
lleve si no se oponen los otros viajeros o se producen molestias a los mismos, siendo responsable aquél de los
daños que estos pudieran ocasionar. Los animales deberán ir, cuando proceda, con la guía de sanidad, en
las condiciones higiénico sanitarias y de seguridad previstas en la legislación vigente.
El transporte se limitará a pequeños animales, como perros, gatos y aves, cuyo peso máximo no exceda de 6
kg. Se admitirá como máximo un solo animal por viajero, siempre dentro de una jaula con dispositivo que
permita contener y retirar los residuos. Las dimensiones de la jaula no deben superar 60x 35x 35 cm.
Se podrá establecer máximos por tren y coche para este transporte. Este transporte no ocupará asiento ni
podrá disponer de reserva de plaza. El precio será el establecido en la tarifa vigente.
VIAJE CON ARMAS
Sólo se admitirán armas portadas por viajeros en los trenes, cuando cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se trate en todo caso de armas reglamentadas, según su definición legal.
b) Que vayan desmontadas o dentro de sus cajas o fundas.
c) Que vayan acompañadas de sus correspondientes guías, licencias y demás documentación exigida
legalmente.
Cuando se trate de personal de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, del Servicio de
Vigilancia Aduanera, o de trabajadores de empresas de seguridad que realicen funciones de custodia o
vigilancia, bastará la exhibición de su guía de pertenencia o de su Tarjeta de Identidad Militar o, en su caso,
carné profesional.
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DE Estaciones de Viajeros
Los viajeros portadores de armas deberán, en todo momento, actuar con la diligencia y precaución
necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, alarma, daños o molestias a los demás
viajeros o sus bienes.
OBJETOS OLVIDADOS, PERDIDOS O ABANDONADOS
Los objetos olvidados, perdidos o abandonados por los viajeros y todos aquéllos de los que se desconozca su
procedencia, que sean hallados en los trenes de Media Distancia u otras dependencias de RENFE-Operadora,
se conservarán por RENFE-Operadora durante un plazo de dos meses, llevándose de todos ellos un registro
con expresión de su referencia y características principales y del día y lugar en que fueron hallados, a los
efectos del destino que, en su caso, deba darse a los mismos con arreglo a las disposiciones vigentes o, en su
defecto, enajenarlos en pública subasta.
VIAJEROS SIN TÍTULO DE TRANSPORTE
El viajero que, procedente de una estación con venta de billetes, acceda a los trenes sin título de transporte
habilitante para ello o sin la debida autorización, deberá abonar el precio del billete y el recargo previsto en
esta Condición.
En caso de negarse a ello, se le exigirá que abandone el tren en la misma estación si estuviera estacionado o
en la siguiente con parada, caso de estar en marcha. Todo lo anterior lo es sin perjuicio de que, caso de
haber identificado al viajero, por parte de RENFE-Operadora se formule la correspondiente denuncia ante la
Delegación de Gobierno para la instrucción del oportuno expediente sancionador por infracción
administrativa, conforme a lo establecido en el artículo 95 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del
Sector Ferroviario.
A los efectos de esta Condición, se entenderá que el viajero carece de título de transporte cuando no lo haya
formalizado, haya caducado, lo presente con enmiendas, raspaduras, tachaduras, esté deteriorado de tal
forma que impida comprobar sus datos, o plastificado, o cuando no lo acompañe de la documentación
necesaria habilitante para la naturaleza del título de transporte adquirido.
El recargo previsto para los viajeros sin título de transporte válido o sin la debida autorización, que se deberá
añadir al pago del precio del billete sencillo, será el doble del precio del billete sencillo, con los siguientes
mínimos:
- Para trayectos iguales o inferiores a 75 kilómetros, 5 euros.
- Para trayectos superiores a 75 kilómetros, 10 euros.
Estas cantidades podrán ser actualizadas anualmente por RENFE-Operadora conforme a la variación que
experimente el I.P.C.
OCUPACIÓN DE PLAZAS
OCUPACIÓN DE PLAZA
Antes de subirse al tren, el viajero deberá comprobar que el mismo es el correspondiente para el recorrido de
su viaje y al que le habilita el título de transporte adquirido.
Se considera plaza ocupada, aquélla para la que el viajero presente el título de transporte, obtenido
mediante cualquiera de las modalidades de reserva existentes, en trenes de Plazas Limitadas.
En los trenes de Plazas Limitadas, el viajero que obtenga un billete con reserva de asiento tiene derecho a
ocupar el mismo.
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DE Estaciones de Viajeros
En trenes de Plazas Limitadas con parada en estaciones sin personal y con venta local, es decir, sin venta
centralizada de plazas, se podrán admitir viajeros de pie. A estos viajeros se les adjudicarán aquellas plazas
que estén libres en ese momento y que no se encuentren reservadas o que se reserven en el transcurso del
viaje.
VIAJERO SIN PLAZA LIBRE CON ASIENTO
En trenes de Plazas Limitadas, el viajero que habiendo formalizado su título de transporte sin adjudicación de
coche y plaza (reserva), para un tren que admite viajeros sentados y de pie y no disponga de plaza libre
sentada en la clase de su billete, podrá optar indistintamente por:
a) Ir de pie, en el coche de la clase correspondiente a su billete, si las condiciones de acceso al tren lo
permiten, en tanto no haya plaza vacante de su clase, sin derecho a reintegro alguno por no ocupar asiento.
b) Ocupar una plaza libre de clase inferior, con derecho a reintegro de la diferencia de clase por el trayecto
en que la ocupe, en su caso, o de clase superior, abonando el importe correspondiente a la mejora de clase.
c) Desistir del viaje antes de iniciarlo, con derecho al reintegro del importe total satisfecho por su billete, o
retrasar su viaje al primer tren en el que exista una plaza libre de la clase de su billete.
VIAJEROS SIN DERECHO A ASIENTO
a) Con carácter general, en los trenes de Plazas Limitadas, no se emitirán billetes sin derecho a asiento. No
obstante, se podrán expedir billetes sin derecho a asiento en la forma y manera que RENFE-Operadora
determine, quedando condicionado a que el tren no lleve plazas libres con asiento y que el viajero dé su
conformidad.
Los billetes adquiridos para estos trenes en estaciones con venta centralizada de plazas, deberán llevar una
anotación expresa de la citada conformidad.
Si el sistema no tiene control de las plazas del tren, es decir, los billetes han sido adquiridos en estaciones con
venta local, no será necesario que lleven dicha anotación, y se entenderá que el viajero da su conformidad.
La asignación de las plazas disponibles se realizará por el agente encargado de la Intervención en Ruta.
b) Para los trenes de Plazas No Limitadas, expedirán billetes en plazas con asiento o de pie indistintamente y
para cualquier sistema de venta.
CAMBIO DE PLAZA
El viajero que desee trasladarse a una plaza diferente y de mayor precio a la asignada en su billete, deberá
ponerlo previamente en conocimiento del agente encargado de la Intervención en Ruta del tren, debiendo
abonar en el acto la diferencia de precio referida al trayecto en que ocupe la nueva plaza.
Cuando el precio de la nueva plaza sea inferior al de su billete, el cambio no dará lugar a reintegro alguno.
INTERRUPCIÓN DEL VIAJE POR PARTE DEL VIAJERO Y TRANSBORDOS EN RUTA
Como norma general, la interrupción del viaje por parte del viajero no permite la continuación del viaje en
otro tren posterior.
El transbordo de trenes que el viajero haya de efectuar para proseguir el viaje por el itinerario y condiciones
indicadas en su billete, no se considerará interrupción del viaje sino transbordo en ruta en tanto se realice
dicho transbordo en el primer tren con plazas disponibles, con sus condiciones de viaje.
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DE Estaciones de Viajeros
PROLONGACIÓN DEL RECORRIDO
El viajero que desee prolongar su recorrido o modificar el mismo, deberá comunicarlo previamente al agente
encargado de la Intervención en Ruta, autorizándose siempre que lo permitan las condiciones del tren y
debiéndose abonar en el acto el precio del nuevo trayecto.
PÉRDIDA O ABANDONO DEL TREN
La pérdida o abandono del tren por parte del viajero en la estación de comienzo del viaje o en el transcurso
del mismo no dará derecho a reembolso alguno.
CONDICIONES DE VIAJE ESPECIALES
A las personas con discapacidad o con movilidad reducida, que requieran un tratamiento de transporte
especial o diferenciado, se les facilitarán, en la medida de lo posible, todos los medios disponibles para el
adecuado transporte o movilidad de las mismas en las instalaciones y trenes de RENFE-Operadora en los que
sea posible la prestación de este servicio.
MODIFICACIÓN DEL HORARIO
RENFE-Operadora hará público, con suficiente antelación, el horario de sus servicios, pudiendo modificarlos,
con carácter extraordinario, después de su publicación como consecuencia de disposiciones del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias relacionadas con la adjudicación de capacidad de
infraestructura, o por causas de fuerza mayor.
Se anunciará, con suficiente antelación, la modificación de los horarios de los trenes.
El viajero que, en relación a la fecha en que adquirió en venta anticipada su billete, encuentre modificado el
horario de salida del tren correspondiente y decida no realizar el viaje conforme al nuevo horario, podrá:
a) Habilitar su billete para otro tren de Media Distancia o fecha, pudiendo ocupar, llegado el caso, y sin
abono alguno, una plaza de precio superior al de la contratada en caso de inexistencia de otra de
condiciones semejantes, o
b) Resolver el contrato de transporte, con derecho al reintegro del importe total.
TÍTULO IV. RESPONSABILIDAD DE RENFE-OPERADORA
RECLAMACIONES
RENFE-Operadora está obligada a efectuar el transporte contratado con la duración prevista en las
condiciones recogidas en el título de transporte y en estas Condiciones Generales, salvo en caso de fuerza
mayor.
RENFE-Operadora tendrá a disposición de los viajeros un libro u hojas de reclamaciones en los términos
previstos en la normativa del sector ferroviario.
El viajero que se considere lesionado en su derecho, podrá exponer sus quejas en dicho libro u hojas de
reclamaciones o, utilizando como medios de comunicación el correo ordinario, los teléfonos, telefax, correo
electrónico o a través de Internet conforme se establezca al efecto , o documento o carta dirigida a cualquier
oficina de RENFE-Operadora.
El plazo de presentación de la reclamación será de un mes desde que se tuviera conocimiento del hecho que
la motivó.
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DE Estaciones de Viajeros
Sin perjuicio de la utilización del libro u hojas de reclamaciones, el viajero podrá reclamar los daños y
perjuicios que se le ocasionen por RENFE-Operadora, por vía judicial o, en su caso, arbitral.
INDEMNIZACIONES
Salvo por causa de fuerza mayor, el viajero afectado por cancelación, interrupción o retraso del viaje, tendrá
derecho a recibir la indemnización correspondiente
CANCELACIÓN DEL VIAJE
Se entenderá por cancelación del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la imposibilidad
de iniciar por RENFE-Operadora el mismo en las condiciones previstas en el título de transporte.
En caso de cancelación del viaje, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el
servicio no prestado. No obstante si la cancelación se produjere dentro de las cuarenta y ocho horas previas
a las fijadas para el inicio del viaje, RENFE-Operadora estará obligada, a elección del viajero, a
proporcionarle transporte en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas
o a devolverle el precio pagado por el servicio.
Cuando el viajero fuera informado de la cancelación del viaje en las cuatro horas previas a la fijada para su
inicio, tendrá derecho, además, a una indemnización a cargo de RENFE-Operadora consistente en el doble
del importe del título del transporte.
INTERRUPCIÓN DEL VIAJE
Se entenderá por interrupción del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la paralización
del mismo mientras se está desarrollando.
En caso de interrupción del viaje, RENFE-Operadora estará obligada a proporcionar al viajero, con la mayor
brevedad posible, el transporte en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las
pactadas.
Además, en el caso de que el tiempo de interrupción sea superior a una hora de duración, RENFE-Operadora
estará obligada, en su caso, a sufragar los gastos de manutención y hospedaje del viajero durante el tiempo
que dure la interrupción.
RETRASO DEL TREN
Salvo por causa de fuerza mayor, en caso de retraso en la llegada a destino por tiempo superior a una hora,
el viajero tendrá derecho a una indemnización pecuniaria equivalente al cincuenta por ciento del precio del
viaje según el título de transporte utilizado. Cuando el retraso supere la hora y treinta minutos, la
indemnización pecuniaria será equivalente al total de dicho precio.
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DE Estaciones de Viajeros
ALTA VELOCIDAD Y LARGA DISTANCIA
TITULO PRELIMINAR
El presente documento establece las condiciones respectivas por las que se rigen los servicios de transporte de
viajeros en trenes de Alta Velocidad y Larga Distancia de ámbito nacional, así como otros servicios
complementarios y especiales (tales como aparcamientos y Salas Club) que se presten.
TITULO I. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
MEDIOS PARA EL TRANSPORTE
Los viajeros serán transportados en los trenes y coches destinados al efecto para los que se hayan provisto del
título de transporte apropiado, en las condiciones de admisión, precios y horarios establecidos.
La capacidad de estos trenes se limita a las plazas de los coches que integran su composición, no
admitiéndose viajeros sin que exista la seguridad de disponibilidad de plazas.
TITULO II. CONTRATO Y TÍTULO DE TRANSPORTE
CONTRATO DE TRANSPORTE.
El título de transporte o billete es el documento que formaliza el contrato de transporte entre RENFEOperadora y el viajero.
El Contrato de Transporte de viajeros de Alta Velocidad y Larga Distancia se regula por las presentes
Condiciones Generales, que estarán a disposición de los viajeros.
TÍTULO DE TRANSPORTE
CONTENIDO DEL TÍTULO DE TRANSPORTE
En el título de transporte (billete) figurarán claramente legibles, sin enmiendas ni tachaduras, al menos las
siguientes inscripciones e indicaciones:
- Logotipo/Anagrama de Servicios de Alta Velocidad y Larga Distancia y de RENFE- Operadora.
- Código U.I.C. de empresa de transporte ferroviario.
- Nº CIF de RENFE- Operadora.
- Origen, destino, fecha del viaje e identificación del tren.
- Hora de salida y hora de llegada.
- Clase, Coche y Plaza asignada, así como su tipología.
- Precio del transporte especificando que incluye Tasa de Seguridad e IVA..
- Fecha de emisión.
- Código y denominación de la Tarifa.
- Servicio cubierto por S.O.V y S.R.C.
- Peso y volumen del equipaje admitido. Precio de facturación (en su caso).
- La hora límite, si la hubiere, de presentación en los controles de seguridad para el acceso a los vehículos de
transporte o para facturación de equipaje, en su caso.
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DE Estaciones de Viajeros
Los títulos de transporte (billetes) se emitirán, con carácter general, para tren, clase y fecha determinada, bien
con plaza designada o sin plaza específica.
Se podrán emitir títulos de transporte sin determinar tren y fecha, que requerirán su posterior formalización,
previa al viaje, para validarlos.
MODALIDADES DE TÍTULOS DE TRANSPORTE
Los títulos de transporte (billetes), que podrán ser individuales o colectivos, según su utilización y de acuerdo
con las condiciones especificas establecidas para cada uno de ellos, que estarán a disposición de los
viajeros, pueden ser:
• Sencillo: Válido para una sola persona y un solo viaje.
• Colectivo o de grupo: Válido para más de un viajero.
• Multiviaje o Abono Temporal: Válido para más de un viaje por el mismo o distinto titular, según los casos,
durante un periodo determinado de tiempo.
• Combinados: Válido para otros medios de transporte complementarios o que incluya otros servicios.
VENTA
Los billetes se podrán adquirir en los puntos de venta propios de RENFE- Operadora o concertados con
terceros que ésta autorice, y en ruta, excepcionalmente, a través de los agentes encargados de la Intervención
facultados para ello.
Estos billetes se expedirán a través de los sistemas que RENFE-Operadora determine, cualquiera que sea su
índole y según evolución de las tecnologías.
El viajero deberá comprobar los datos del billete en el momento de su expedición: fecha de viaje, origen y
destino, tren, clase e importe y que estos se ajustan a su petición. Toda reclamación sobre el billete emitido e
importe se deberá realizar en ese momento no aceptándose reclamaciones posteriores por estos conceptos.
Los billetes, que no son nominativos, son transferibles antes del comienzo del viaje, excepto los expedidos al
amparo de una oferta comercial con acreditación. En caso de pérdida o extravío del título de
transporte, no se facilitará duplicado ni justificante alguno.
En los puntos de venta propios de RENFE-Operadora o concertados se indicará, de forma visible, el horario
de expedición, especificando el horario de la misma.
VALIDEZ Y FORMALIZACIÓN
Los títulos de transporte son válidos para el día, tren y clase figurados en los mismos.
Si el billete es sin determinación de tren y fecha, deberá constar en el mismo la fecha límite de utilización. La
formalización de este tipo de billetes para una fecha y tren determinados se deberá hacer antes de acceder al
tren y dentro del período de validez.
No se considerarán válidos los títulos de transporte que presenten deterioros, enmiendas o raspaduras, o que
estén plastificados.
Por excepción, el viajero que tome el tren en puntos donde la formalización de su billete no sea posible,
deberá solicitarla inexcusablemente del agente encargado de la Intervención en Ruta.
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DE Estaciones de Viajeros
ANULACIÓN Y CAMBIO DE BILLETES
ANULACIÓN
Todo billete emitido podrá ser anulado en las condiciones que a continuación se recogen, salvo que exista
alguna limitación en las condiciones específicas a las que esté sujeto el título de transporte.
En general, todo billete podrá ser anulado dentro del periodo de validez del mismo, debiendo solicitarse con
la necesaria anticipación para poder efectuar las operaciones que correspondan, como máximo hasta cinco
minutos antes de la hora de salida del tren de la estación de origen del billete cuya anulación se solicita.
Cuando el billete haya sido emitido por un sistema centralizado de plazas (con o sin reserva) y se presente
para su anulación en un punto donde no exista conexión a dicho sistema, el plazo para realizar la operación
finalizará una hora antes de la hora de salida del tren de la estación de origen del billete a anular.
La solicitud de reintegro del billete por parte del viajero deberá realizarse en el plazo de un mes a partir de la
fecha de anulación o desde la finalización de la vigencia de las ofertas comerciales especiales a las que
estuviera acogido el título de transporte.
La anulación de los títulos Multiviaje o Abono deberá realizarse dentro del período de validez de los mismos
en los términos que se establezcan para cada producto comercial en las condiciones especificas establecidas
al efecto y que estarán a disposición de los viajeros.
En la anulación de un billete o título Multiviaje o Abono, independientemente de la fecha en que se produzca
la misma, se deducirá, en concepto de gastos de anulación, el 15% del título anulado.
En el caso de billetes Colectivos o de grupo se considerará a efectos de anulación como un billete unitario, no
admitiéndose anulaciones parciales.
El reintegro del importe del billete afectado por la anulación se producirá mediante el mismo medio de pago
previamente utilizado.
CAMBIO DE BILLETES
Todo billete emitido por un sistema de venta centralizada de plazas (con o sin reserva) podrá ser objeto de
cambio, salvo que exista alguna limitación por las condiciones específicas a las que esté sujeto el título de
transporte.
Las condiciones para el cambio de billete serán las siguientes:
• El billete a cambiar debe estar dentro de su periodo de validez, y el cambio se debe solicitar en un punto
con sistema de venta centralizada de plazas, con la necesaria anticipación para poder efectuar las
operaciones que correspondan y como máximo hasta cinco minutos antes de la hora de salida del tren de la
estación que figure en el billete.
• Que la fecha del nuevo billete solicitado esté cuando corresponda dentro del periodo de venta anticipada.
• Que si el título a cambiar tiene fecha de validez, el nuevo billete deberá estar dentro de dicho plazo.
• Que se satisfagan las condiciones económicas establecidas para estas operaciones.
El cambio para el mismo día será gratuito y para distinto día los gastos serán del 10% del importe del billete
a cambiar. En ambos casos, a igualdad de clase y tipo de tren.
Cuando el cambio de billete se efectúe a uno de mayor precio, se percibirá la diferencia entre ambos,
además de la percepción establecida si el cambio fuese para otro día. Cuando el cambio sea a un billete de
menor cuantía, se devolverá la diferencia al viajero. En ambos casos sin perjuicio del recargo que
corresponda.
En casos de cambio con reintegro se estará a lo dispuesto en la Condición 3.5.1.8.
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DE Estaciones de Viajeros
ESTRUCTURA DE PRECIOS
La estructura de precios de Servicios de Alta Velocidad y Larga Distancia será la que se defina en las Tarifas y
condiciones específicas de cada producto comercial, que estarán a disposición de los viajeros.
PRECIO DE LOS BILLETES
El precio de los servicios de transporte de Alta Velocidad y Larga Distancia estarán a disposición de los
viajeros.
Todos los títulos de transporte se expedirán conforme a los precios en vigor el día de su emisión y se hallarán
recogidos en los AVISOS de información a los viajeros en los correspondientes tablones de anuncios.
MENORES
Los niños menores de cuatro años, que no ocupen plaza, no precisarán de título de transporte y viajarán de
forma gratuita. Los mismos estarán cubiertos por el S.O.V. y S.R.C.
Independientemente de la edad, en el caso de niños compartiendo una plaza, los asientos, camas o literas
sólo podrán ser ocupados por un máximo de dos personas, sean dos niños o un adulto y un niño.
FAMILIAS NUMEROSAS
Serán de aplicación los descuentos establecidos en la legislación vigente sobre Familias Numerosas,
debiendo los viajeros acreditar su condición de beneficiarios mediante los títulos oficiales expedidos por la
administración competente.
TITULO III. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VIAJEROS
DERECHOS DE LOS VIAJEROS
Los viajeros de servicios ferroviarios de Alta Velocidad Y Larga Distancia tienen, entre otros, los siguientes
derechos a:
a) Acceder a la publicación, con la suficiente antelación, del horario de los servicios y de los precios
correspondientes.
b) Contratar la prestación del servicio de Alta Velocidad y Larga Distancia desde o hasta cualquiera de las
estaciones en las que se reciban o apeen viajeros de dichos servicios.
c) Recibir el servicio en las adecuadas condiciones de calidad y seguridad.
d) Celebrar con RENFE-Operadora un contrato de transporte ajustado a la legislación vigente en materia de
transportes terrestres y de defensa de consumidores y usuarios.
e) Ser informados de los procedimientos establecidos para resolver las controversias que puedan surgir en
relación con el transporte ferroviario.
f) Efectuar las reclamaciones y quejas que consideren oportunas en los términos previstos en la condición
general "Reclamaciones" que podrán dirigir a RENFE- Operadora, a cuyo efecto tendrán a su disposición un
libro u hojas de reclamaciones oficiales, en la forma y términos establecidos en la legislación vigente.
g) Ser indemnizados de los perjuicios que se les causen, en caso de incumplimiento por RENFE-Operadora de
las obligaciones que le corresponden.
26
DE Estaciones de Viajeros
h) Ser informados de las pólizas de seguro o afianzamientos que RENFE-Operadora tenga contratadas para
garantizar su responsabilidad, información que estará a disposición de los viajeros en las Oficinas de
Atención al Viajero y en la correspondiente página en Internet de RENFE-Operadora.
i) Ser informados de la existencia de estas Condiciones Generales que estarán a su disposición en los mismos
términos que figuran en el apartado anterior.
j) Cambiar y anular sus títulos de transporte en los términos previstos en estas Condiciones Generales.
OBLIGACIONES DE LOS VIAJEROS
a) Ir provistos, durante el tiempo que dure el viaje y hasta la salida de la estación de destino, del título de
transporte correspondiente.
b) Atender las indicaciones que les formulen los empleados de RENFE-Operadora en relación con la correcta
prestación del servicio, así como lo indicado a tal fin en los carteles colocados a la vista en instalaciones y
coches.
c) Respetar las medidas y controles que, en materia de protección civil y seguridad puedan establecerse.
PROHIBICIONES
Los viajeros no podrán:
a) Realizar acciones que alteren el orden dentro de los trenes, impliquen peligro para la integridad física de
los demás viajeros o les perturben, supongan el deterioro del material de los vehículos o pongan en peligro la
seguridad del transporte.
b) Viajar en lugares distintos de los habilitados para los viajeros.
c) Subir al tren, o bajar del mismo, estando éste en movimiento o fuera de las paradas establecidas al efecto.
d) Llevar consigo materias susceptibles de explosión o inflamación y bultos que por su tamaño, volumen,
contenido u olor puedan dañar, molestar o manchar a los demás viajeros o al material ferroviario.
e) Cualesquiera otras conductas prohibidas por la legislación vigente.
Los supuestos anteriores serán susceptibles de ser sancionados previa instrucción del correspondiente
procedimiento sancionador, sin perjuicio además, de la aplicación en los supuestos de las letras a) y d) de la
exclusión del viajero, de conformidad con los dispuesto en el artículo 90 del Reglamento del Sector
Ferroviario, sin que en tales casos éste tenga derecho al reembolso del precio pagado por el título de
transporte.
EQUIPAJE
Se considerará equipaje todo bulto de mano que contenga prendas y objetos de uso personal o profesional
pertenecientes al viajero, cuya naturaleza no contravenga en las disposiciones de seguridad establecidas en
las leyes y reglamentos no represente peligro o molestias para los otros viajeros.
Todo viajero provisto de billete podrá llevar consigo, bajo su custodia y responsabilidad, en los lugares
destinados al efecto, hasta dos bultos de mano con una limitación total de 20 Kg. Las dimensiones del bulto
mayor no podrán exceder de 70 x 50 x 25 cm.
El viajero deberá colocar adecuadamente el equipaje que lleve consigo, en evitación de posibles daños o
molestias a los demás viajeros o desperfectos al material, siendo de su exclusiva responsabilidad la vigilancia
de los mismos.
RENFE-Operadora no será responsable de ninguna incidencia, robo, extravío o daños ocasionados en el
equipaje que puedan sufrir por su mala colocación o contenido, salvo que le fueran imputables.
27
DE Estaciones de Viajeros
BICICLETAS
Sólo se permitirá el acceso de bicicletas a los viajeros con billete para trenes de plazas acostadas (literas o
camas), o en la forma en que la directriz comercial especifica lo establezca en trenes de plazas con derecho
a asiento.
Como norma general sólo se admitirá una bicicleta por viajero, con un máximo de dos bicicletas por
departamento, independientemente de la clase y tipo de departamento a ocupar.
Las bicicletas deberán disponerse de forma que ocupen el mínimo espacio posible.
En coche cama únicamente será posible la admisión de bicicletas cuando se adquiera el departamento en la
modalidad familiar, es decir, constituyendo un grupo todos los viajeros que ocupen el departamento.
Cuando el viaje se realice en litera, y las características del departamento lo permitan, las bicicletas deberán
situarse exclusivamente, con el fin de no crear molestias al resto de viajeros, en el espacio situado debajo de
las literas inferiores. No será necesaria la condición de constituir grupo, pero sólo se admitirán dos bicicletas
por departamento como máximo.
La carga, custodia y descarga de las bicicletas serán efectuadas por sus portadores. RENFE-Operadora no se
hace responsable de los posibles desperfectos o pérdidas que puedan sufrir las bicicletas durante el trayecto.
El viajero que lleve una bicicleta deberá mantener en todo momento el cuidado debido para garantizar la
seguridad y comodidad de los demás viajeros, siendo responsable de los posibles daños que se pudieran
producir al tren y a terceros.
VIAJE CON ANIMALES DOMÉSTICOS
Se admitirán para su transporte a los perros guía de invidente, que podrán acompañar gratuitamente a su
titular, siempre que se presenten provistos de cadena y bozal, si fuera necesario por su agresividad.
Se admitirán para su transporte pequeños animales domésticos, siempre bajo la custodia del viajero que los
lleve si no se oponen los otros viajeros o se producen molestias a los mismos, siendo responsable aquél de los
daños que estos pudieran ocasionar. Los animales deberán ir, cuando proceda, con la guía de sanidad, en
las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad previstas en la legislación vigente.
El transporte se limitará a pequeños animales domésticos, entendiendo como tales, perros, gatos y aves (no de
corral). Se admitirá como máximo un solo animal por viajero, siempre dentro de una jaula o elemento con
dispositivo que permita contener y retirar los residuos. Como regla general no se admitirán animales cuyo
peso máximo exceda de seis kilogramos y contenedores con dimensiones superiores a: 60x 35x35 cm. No
obstante las excepciones, en su caso, a estos requisitos se determinarán según el tipo de tren y producto.
Este transporte se podrá realizar en todos los trenes de Alta Velocidad y Larga Distancia y se podrán
establecer condiciones específicas dependiendo de las características de determinadas series de trenes.
El precio y condiciones serán establecidos en las condiciones específicas editadas al efecto por Alta
Velocidad y Larga Distancia, que estarán a disposición de los viajeros.
VIAJE CON ARMAS
Se admitirán viajeros que porten armas en los trenes, únicamente cuando cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se trate en todo caso de armas reglamentadas, según su definición legal
b) Que vayan desmontadas o dentro de sus cajas o fundas.
c) Que vayan acompañadas de las correspondientes guías, licencias y demás documentación exigida
legalmente.
28
DE Estaciones de Viajeros
Cuando se trate de personal de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, del Servicio de
Vigilancia Aduanera o de trabajadores de empresas de seguridad que realicen funciones de custodia o
vigilancia, bastará la exhibición de su guía de pertenencia y su Tarjeta de Identidad Militar o, en su caso,
carné profesional.
Los viajeros portadores de armas deberán en todo momento actuar con la diligencia y precaución necesarias
y comportarse de forma que no puedan causar peligro, alarma, daños o molestias a los demás viajeros o sus
bienes.
OBJETOS OLVIDADOS, PERDIDOS O ABANDONADOS
Los objetos olvidados, perdidos o abandonados por los viajeros y todos aquellos de los que se desconozca su
procedencia, que sean hallados en los coches u otras dependencias de RENFE-Operadora, se conservarán
por RENFE-Operadora durante el plazo de dos meses, llevándose de todos ellos un registro especial, con
expresión de su referencia y características principales y del día y lugar en que fueron hallados, a los efectos
del destino que, en su caso, deba darse a los mismos con arreglo a las disposiciones vigentes o, en su
defecto, enajenarlos en pública subasta.
Si antes de proceder a su enajenación los dueños de dichos objetos solicitarán la entrega, esta se llevará a
efecto, previa la debida justificación y abono de los gastos que procedan, incluso los de su transporte hasta
un lugar distinto de donde fueron hallados.
OCUPACION DE PLAZA
Antes de subirse al tren, el viajero deberá comprobar que el mismo, es el correspondiente para el recorrido
de su viaje y al que le habilita el título de transporte adquirido.
Se considera plaza ocupada toda aquella para la que el viajero presente el título de transporte válido con la
reserva de la misma y no podrán ocupar otra aunque esté libre en parte o en todo el recorrido.
A los viajeros con billete sin plaza designada se le facilitará una entre las que no estén reservadas.
La distribución de las plazas libres estará, en ruta, a cargo del agente encargado de la intervención.
Cualquier modificación de plaza a lo largo del viaje, deberá ser solicitada previamente a este personal.
El viajero que por cualquier causa (duplicidad, no existir el coche figurado en su billete, etc.) no encuentre su
plaza libre, podrá optar por:
a) Ocupar una plaza de clase igual o superior si existen libres, sin abono de cantidad alguna.
b) Ocupar una plaza de clase inferior con reintegro de la diferencia existente.
c) Desistir del viaje antes de iniciarlo, percibiendo el importe íntegro satisfecho por su billete.
14.6 Con carácter general no se emitirán billetes sin derecho a asiento. No obstante, se podrán expedir
billetes sin derecho a asiento en la forma y en los trenes que Alta Velocidad y Larga Distancia determinen,
con sujeción a un máximo por coche y siempre que el tren no lleve plazas de asientos libres. En los billetes se
hará mención expresa de esta circunstancia. Este billete que deberá llevar la indicación de " sin plaza", se
venderá con los mismos precios y condiciones que los demás y con el consentimiento del viajero, que se
obliga en principio a realizar todo el viaje de pie.
No obstante, el agente encargado de la Intervención en Ruta, irá acomodando a los viajeros que se
encuentren en esas condiciones, si a lo largo del recorrido fuesen quedando plazas libres.
CAMBIO DE PLAZA
El viajero que, al iniciar el viaje o durante el mismo, desee ocupar una plaza diferente y de mayor precio a la
asignada en su billete, deberá ponerlo previamente en conocimiento del agente encargado de Intervención en
Ruta del tren o, cuando se trate de una plaza acostada (literas y camas), del personal acompañante del coche
correspondiente.
29
DE Estaciones de Viajeros
En tal caso el viajero deberá abonar en el acto la diferencia de precio correspondiente.
Cuando el precio de la nueva plaza sea inferior al de su billete, el cambio no dará lugar a reintegro alguno.
INTERRUPCIÓN DE VIAJE POR PARTE DEL VIAJERO Y TRANSBORDOS EN RUTA
La interrupción de viaje por parte del viajero no permite la continuación del mismo en otro tren salvo que en
las condiciones comerciales del título de transporte adquirido por el viajero se recoja expresamente. El
incumplimiento de esta norma se considerará abandono de viaje y dará lugar a la invalidación del billete
desde el punto donde se haya producido la interrupción.
El transbordo de trenes que el viajero haya de efectuar para proseguir el viaje por el itinerario y condiciones
indicados en sus billetes, no se considerará interrupción de viaje en tanto el transbordo se realice en el primer
tren con plazas disponibles, con arreglo a sus condiciones de viaje.
El transbordo con otros modos de transporte o entre trenes de diferentes empresas ferroviarias, autorizado por
los billetes combinados correspondientes, se regulará por sus condiciones particulares.
Los transbordos entre estaciones donde no haya enlace o continuidad material del servicio ferroviario, serán a
expensas del viajero, en cuanto a su traslado y el de su equipaje, a no ser que se preste este servicio y su
precio se perciba como complemento, o esté incluido en el importe del billete.
PROLONGACIÓN DEL RECORRIDO
El viajero que desee prolongar su recorrido, deberá comunicarlo previamente al agente encargado de la
Intervención en Ruta, autorizándose siempre que lo permitan las condiciones del tren y la disponibilidad de
plazas, y debiéndose abonar en el acto el precio del nuevo trayecto.
Si no se produjera dicha solicitud previa al agente encargado de la Intervención, se considerará al viajero
desprovisto de título de transporte válido para el recorrido de prolongación.
PÉRDIDA O ABANDONO DEL TREN
En general, el abandono o pérdida del tren en la estación de comienzo del viaje o en el transcurso del mismo
invalidará el billete y no dará derecho a ningún reembolso.
CONTROL DE ACCESOS
Los viajeros están obligados a presentar su título de transporte y los documentos acreditativos que autoricen a
utilizarlo, cuando así lo soliciten los agentes o personal autorizado por RENFE-Operadora, antes de acceder
al tren, en su recorrido o antes de abandonar la estación de destino.
En aquellos trenes en los que su acceso esté regulado mediante control, se especificarán las condiciones en el
propio título de transporte.
Los títulos de transporte y documentos, carecerán de validez cuando:
a) No hayan sido formalizados
b) Hayan caducado.
c) Presenten enmiendas, raspaduras, tachaduras, o estén deteriorados (de tal forma que impida comprobar
sus datos) o plastificados.
d) No se acompañe de la documentación necesaria habilitante para la naturaleza del título de transporte
adquirido.
30
DE Estaciones de Viajeros
e) No cumplan las condiciones exigidas para determinados trenes y servicios o contravengan la tarifa
aplicable.
En estos supuestos, se considerará al viajero desprovisto de billete y el agente encargado de la Intervención o
personal autorizado por RENFE-Operadora, regularizará la situación del viajero con arreglo a lo dispuesto en
la Condición siguiente.
VIAJEROS SIN TÍTULO DE TRANSPORTE
Los viajeros que, procedentes de una estación con venta de billetes, accedan a los trenes sin título de
transporte, deberán abonar el doble del importe del billete.
En caso de negarse, a ello se les exigirá que abandonen el tren en la misma estación, si estuviera
estacionado, o en la siguiente con parada, caso de estar en marcha. Todo lo anterior sin perjuicio de que,
caso de haber identificado al viajero, por parte de RENFE-Operadora se formule la correspondiente denuncia
ante la Delegación de Gobierno para la instrucción del oportuno expediente sancionador por infracción
administrativa, de acuerdo con el artículo 95 de la Ley del Sector Ferroviario.
Excepcionalmente cuando un viajero se presente sin título de transporte o se dé alguna de las circunstancias
descritas en las condiciones anteriores, si el agente de Intervención advierte su buena fe, la veracidad de sus
manifestaciones o aprecie otras circunstancias que lo justifiquen, podrá regularizar su situación sin
penalización alguna.
Los cobros que perciba el agente encargado de la Intervención en Ruta se efectuarán contra entrega del
boletín reglamentario.
Los títulos de transporte o documentos que no sean válidos o sean utilizados fraudulentamente, serán etirados
por el agente encargado de la Intervención, sin derecho a reintegro alguno y con la regularización
establecida en los párrafos anteriores.
El personal encargado de la Intervención en Ruta podrá canjear por otro documento acreditativo, cualquier
billete cuando exista causa justificada.
TITULO IV. RESPONSABILIDAD DE RENFE OPERADORA
GARANTÍAS PARA EL VIAJERO
De manera general, serán susceptibles de indemnización, conforme a la legislación vigente y a la normativa
comercial específica de Alta Velocidad y Larga Distancia sobre condiciones de posventa, los viajeros que se
compruebe hayan sufrido determinado incumplimiento de las condiciones de su contrato de transporte por
causa imputable a RENFE-Operadora.
RENFE-Operadora tendrá a disposición de los viajeros un libro u hojas de reclamaciones en los términos
previstos en la normativa del sector ferroviario.
El viajero que se considere lesionado en su derecho, podrá exponer sus quejas en dicho libro u hojas de
reclamaciones o, utilizando como medios de comunicación el correo ordinario, los teléfonos, telefax, correo
electrónico o a través de Internet conforme se establezca al efecto, o documento o carta dirigida a cualquier
oficina de RENFE-Operadora.
El plazo de presentación de la reclamación será de un mes, a contar desde que tuviera conocimiento del
hecho que la motivó.
Sin perjuicio de la utilización del libro u hojas de reclamaciones, el viajero podrá reclamar los daños y
perjuicios que se le ocasionen por RENFE-Operadora, por vía judicial, o en su caso, o arbitral.
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DE Estaciones de Viajeros
INDEMNIZACIONES
Salvo por causa de fuerza mayor, el viajero afectado por cancelación, interrupción o retraso del viaje, tendrá
derecho a recibir la indemnización correspondiente.
CANCELACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
Se entenderá por cancelación del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la imposibilidad
de iniciar el mismo en las condiciones previstas en el título de transporte.
En caso de cancelación del servicio, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el
mismo.
Si la cancelación se produjere en las cuarenta y ocho horas previas a la fijada para el inicio del viaje,
RENFE-Operadora estará obligada, a elección del viajero, a proporcionarle transporte en otro tren u otro
modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas o a devolverle el precio pagado por el
servicio.
Cuando el viajero fuera informado de la cancelación del viaje en las cuatro horas previas a la fijada para su
inicio, tendrá derecho, además, a una indemnización a cargo de RENFE-Operadora consistente en el doble
del importe del título de transporte.
INTERRUPCIÓN DEL VIAJE
Se entenderá por interrupción del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la paralización
del mismo mientras se está desarrollando.
En caso de interrupción del viaje, RENFE-Operadora estará obligada a proporcionar transporte al viajero,
con la mayor brevedad posible, en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las
pactadas.
Además, en el caso de que el tiempo de interrupción sea superior a una hora de duración, RENFE-Operadora
estará obligada a sufragar, en su caso, los gastos de manutención y hospedaje del viajero durante el tiempo
que dure la interrupción.
RETRASOS
Salvo en los supuestos de fuerza mayor, de acuerdo a la legislación vigente, en caso de retraso en la llegada
a destino por tiempo superior a una hora, el viajero tendrá derecho a una indemnización pecuniaria
equivalente al cincuenta por ciento del precio del título de transporte utilizado. Cuando el retraso supere la
hora y treinta minutos, la indemnización será equivalente al total de dicho precio.
Sin perjuicio de lo anterior Alta Velocidad y Larga Distancia podrán establecer con carácter general a sus
clientes compensaciones más ventajosas a las anteriormente expresadas.
SUPUESTOS ESPECIALES EN CASO DE CANCELACIÓN O INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
Cuando exista cancelación o interrupción del servicio contratado por personas con discapacidad o movilidad
reducida, se llevará a cabo la habilitación de su título de viaje para otro tren u otro modo de transporte,
debiendo cumplir en dicho supuesto las mismas condiciones de accesibilidad con las que contaba aquel.
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DE Estaciones de Viajeros
TARIFAS ESPECIALES
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DE Estaciones de Viajeros
ENLACES
DESCRIPCIÓN
En esta norma se recogen los criterios que regulan los enlaces de trenes, para garantizar la continuidad en el
transporte, aún en el caso de retrasos o de incidencias.
NORMA GENERAL
Se considerará que tienen enlace todos los trenes en los que entre la hora teórica de llegada de un tren y la
salida de otro, exista un intervalo superior a 60 minutos, si se trata de la misma estación, o de 90 minutos si
se trata de dos estaciones de la misma ciudad o si figuran expresamente en el Apartado B de esta norma.
CONDICIONES DE UTILIZACIÓN
Para tener derecho a la garantía de enlaces, el viajero deberá ir provisto de billete/s desde el origen hasta el
destino final.
INTERVENCIÓN EN RUTA
Cuando se prevea un retraso que ocasione pérdida de enlace a algunos de estos viajeros, notificará, con los
medios a su alcance, al técnico de asistencia al viajero correspondiente, la relación de clientes afectados,
para determinar las medidas necesarias y asegurar dichos enlaces. Una vez establecidas las medidas deberá
transmitirlas a los clientes para su conocimiento.
INDEMNIZACIONES POR RETRASO A LA LLEGADA
A efectos de indemnizaciones por retraso, sólo tendrán lugar cuando sea el último tren el que llegue
retrasado, correspondiendo las cantidades a devolver las recogidas en las correspondientes normas referidas
a este último tren y trayecto. No se procederá, por tanto, a indemnización alguna en caso de retraso en
trayectos intermedios, puesto que se garantizan los enlaces conforme lo establecido en esta tarifa.
34
DE Estaciones de Viajeros
TARJETA RENFE VISA INDIVIDUAL Y DE EMPRESA
DESCRIPCIÓN
La Tarjeta Renfe-Visa es una tarjeta de crédito que sirve tanto para la adquisición de billetes en las
condiciones que se recogen en esta Tarifa, como para el pago en cualquier establecimiento comercial.
Existen dos modalidades de tarjeta, Individual y de Empresa, con la única diferencia visual de que en esta
última, a continuación del nombre del titular figura el nombre de la empresa.
Esta tarjeta Renfe -Visa coexistirá con la Tarjeta Renfe Individual para miembros del Congreso de los
Diputados, Senado, Consejo de Administración de Renfe, y aquellas cuyos primeros dígitos son 97249.
CONDICIONES DE UTILIZACIÓN
Se podrán adquirir billetes de tren emitidos a través del sistema de venta SIRE. No se admitirá esta forma de
pago en la emisión de billetes manuales (modelo 0150.8734) ni para cargos en billetes Ómnibus 8628.
BENEFICIOS
Las compras con esta tarjeta de crédito, que sirve como medio de pago para cualquier producto, generarán
una serie de puntos que se podrán canjear por billetes de cualquier tren que se encuentre en el sistema de
venta SIRE, en las condiciones que más adelante se determinan.
El beneficio de puntos será superior cuando se trate de adquisición de billetes para trenes nacionales e
internacionales de la U.N. de Grandes Líneas utilizando alguna de las tarifas siguientes:
a) Tarifa General (adulto y niño)
-
Ida y Vuelta (según condiciones de la T.E.3)
Viajes por cuenta propia al amparo de los Convenios con el Ministerio de Defensa y con la Dirección
General de la Guardia Civil.
Viajes de carácter particular de los trabajadores y pensionistas de Renfe (T.E.2)
b) Trenes nacionales e internacionales de Grandes Líneas y Elipsos.
Los puntos obtenidos serán canjeables en cualquier punto de venta dotado de terminal de venta electrónica
SIRE, a partir del día 1 del mes siguiente a aquél en que se hubieran realizado las compras o efectuado viajes
en el caso de obtención de billetes.
La tarjeta incluye seguro de accidentes, pérdida o robo de las misma y pérdida o robo de equipajes.
RESCATE DE PUNTOS
Los puntos obtenidos no tienen fecha de caducidad. Será requisito imprescindible que el titular de la tarjeta la
mantenga operativa y que disponga de puntos suficientes para cubrir la totalidad del importe del billete que
desee obtener, usando como contravalor de los puntos la misma cuantía en euros (un punto = un euro)
No existirá limitación alguna de tipo de tarifa o clase al obtener billetes canjeados por puntos, excepto los
que se emitan con tarifas de tour-operadores y los abonos multiviaje.
35
DE Estaciones de Viajeros
Los puntos utilizados no generarán nuevos puntos. Las tarjetas de empresa generarán puntos para la empresa
que sea titular de la misma..
Si se desea realizar un cambio que genere gastos con un billete obtenido con puntos, será necesario que el
cliente disponga en su tarjeta de puntos suficientes para ello, no pudiéndose abonar diferencias en metálico ni
con tarjetas de crédito.
Si se desea anular un billete obtenido con puntos, o realizar un cambio del mismo cuyo resultado sea
reintegrar puntos al cliente, se procederá como si se tratase de cualquier otro billete, produciéndose la
penalización correspondiente en puntos. En ningún caso se reintegrará el contravalor de los puntos en
metálico.
La anulación o cambio de billetes de este tipo de billetes deberá hacerse de forma individualizada, y no
simultánea con billetes de otro tipo, siendo necesario presentar a la vez la tarjeta que ha generado los puntos
a canjear.
OPERATIVA DE VENTA
a)
Peticiones Individuales:
En la máscara de reserva, se tecleará el número de la tarjeta Renfe Visa, y forma de pago 8.
b)
Peticiones Múltiples:
En la máscara de reserva, se tecleará el número de la tarjeta Renfe Visa y forma de pago 2. En la máscara de
venta, forma de pago 8.
En ambos caos, en el billete figurará su precio real, junto al texto: "Bonificación puntos", y en la parte
superior "No reintegrable en metálico".
OPERACIONES INFORMATIVAS
En la terminal de venta electrónica se podrá consultar el saldo acumulado de puntos de que disponga cada
cliente, dentro de la máscara INF0, con operación 46, tecleando el número de la tarjeta, ajustado a la
izquierda, en el campo "nombre de estación de subida".
FACSÍMIL
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DE Estaciones de Viajeros
CAMBIOS Y ANULACIONES
ANULACIONES
Todo billete emitido podrá ser anulado en las condiciones que se recogen en esta norma, salvo que exista
alguna limitación por las condiciones de la Tarifa Especial a la que esté sujeto el título de transporte.
Plazos:
En general, todo billete podrá se anulado dentro del periodo de validez del billete y como máximo hasta
cinco minutos antes de la hora de salida del tren de la estación de origen del billete que se presenta a
anular.
Cuando el billete haya sido emitido por un sistema centralizado de plazas (con o sin reserva) y se presente a
anular en un punto donde no exista conexión a dicho sistema, el plazo para realizar la operación finalizará
una hora antes de la hora de salida del tren de la estación de origen del billete a anular.
En este caso, la estación se limitará a confeccionar el Talón de Anulación de Billetes (modelo C/R 534) y a
enviar, por fax o correo electrónico a la correspondiente Oficina Central, los datos del billete para liberar su
plaza.
La solicitud de reintegro del billete por parte del cliente la deberá realizar en el plazo de un año a partir de
la fecha de anulación.
Gastos de anulación.
Se deducirá el 15% del importe del billete anulado.
CAMBIOS
Todo billete emitido por un sistema de venta centralizada de plazas (con o sin reserva) podrá ser objeto de
cambio, salvo que exista alguna limitación por las condiciones de la Tarifa Especial a la que esté sujeto el
título de transporte.
Condiciones:
El cambio de billete se puede realizar cuantas veces lo solicite el cliente.
El billete a cambiar debe estar dentro de su periodo de validez, y el cambio se debe solicitar en un punto con
sistema de venta centralizada de plazas, como máximo, cinco minutos antes de la hora de salida de la
estación que figure en el billete o cinco minutos antes de la hora límite de admisión del vehículo en caso de
autoexpreso.
Que la fecha del nuevo billete solicitado esté dentro del periodo de venta anticipada.
Que si el título a cambiar tiene fecha de validez, la nueva plaza debe estar dentro de este plazo.
Que se satisfagan las condiciones económicas fijadas para estas operaciones.
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DE Estaciones de Viajeros
Gastos de cambio.
Cuando el cambio de billete se efectúe a uno de mayor precio, se percibirá la diferencia entre ambos,
además de la percepción establecida si el cambio fuese para otro día.
Cuando el cambio sea a un billete de menor cuantía, de la cantidad a reintegrar una vez deducidos los
gastos de cambio, si los hubiese, se descontará el 15% en concepto de gastos de anulación.
AGENCIAS DE VIAJE
La Agencia de Viaje únicamente está obligada a cambiar o anular los billetes emitidos por ella misma, en las
condiciones establecidas en los párrafos anteriores.
BILLETES "FORFAIT" DE AGENCIAS MAYORISTAS
Anulaciones:
Las anulaciones de este tipo de billetes deberán ser realizadas en la propia agencia donde se obtuvo el
paquete.
Cuando por circunstancias extraordinarias tales como estar próxima la salida del tren o tratarse de un día
inhábil para las agencias y la fecha del viaje coincida con esos días, las estaciones podrán emitir el Talón de
Anulación de Billetes (modelo C/R 534), indicando en el billete de viajero esta circunstancia y comunicarán a
la Oficina Central que corresponda los datos del billete para liberar la plaza. En ningún caso efectuarán
reintegro alguno al cliente, quien se deberá dirigir para este fin a la Agencia de Viajes que le emitió el billete.
Una vez efectuado el viaje de ida, no se permite la anulación del viaje de regreso, tanto en puntos de venta
Renfe como en la Agencia emisora del billete.
Cambios:
Los cambios de este tipo de billetes se realizarán en la agencia donde se obtuvo el paquete, en las
condiciones establecidas para los cambios en esta Tarifa Especial.
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DE Estaciones de Viajeros
RESERVA DE PLAZAS POR TELÉFONO
DESCRIPCIÓN
Este servicio permite reservar plazas con 62 días de antelación para trenes de las U.N. Grandes Líneas y
AVE, 90 días para trenes Elipsos y 15 días en trenes de la U.N. Regionales.
El cliente puede dirigirse al teléfono 902 24 02 02 de la central de reserva de plazas, indicando los datos
necesarios del viaje que desea realizar.
LOCALIZADOR
Comprobada la existencia de las plazas solicitadas, el operador de la central de reserva de plazas, indicará
al cliente un localizador para poder materializar posteriormente la reserva en los puntos de venta propios de
Renfe.
PLAZOS
La solicitud de reserva se podrá efectuar dentro del periodo de venta anticipada del tren.
Una vez obtenida la reserva, mediante el localizador, se dispone de 72 horas para la obtención del
correspondiente billete, liberándose automáticamente las reservas no emitidas.
Todas las reservas no materializadas se liberarán 24 horas antes de la salida del tren de la estación de
origen del viaje.
En las últimas 24 horas anteriores a la salida del tren de la estación de origen del viaje no se admitirán
reservas telefónicas, si bien, la central de reservas podrá seguir realizando operaciones de venta de billetes.
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DE Estaciones de Viajeros
TRANSPORTE DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN TRENES DE VIAJEROS
ADMISIÓN
Los animales son tolerados para su transporte si no se oponen los viajeros o se producen molestias a los
mismos, siendo responsable su dueño de las molestias y daños que puedan ocasionar. Deberán estar en
condiciones sanitarias adecuadas e ir provistos de la "guía de sanidad", salvo que legalmente no se exija al
mismo disponer de ella.
TRANSPORTE
El transporte se limitará a pequeños animales domésticos, entendiendo como tales, perros, gatos y aves no de
corral, cuyo peso máximo no exceda de 6 kg. Se admitirá como máximo un sólo animal por viajero, siempre
dentro de una jaula, cuyas dimensiones máximas no superen 60 x 35 x 35 cm. y que dispongan de algún
dispositivo que permita contener y retirar los residuos.
TRENES
Este transporte se podrá realizar en todo los trenes de viajeros, si bien podrán limitarse por parte de las
operadoras aquellos trenes con saturación de viajeros. De igual forma, podrán establecerse unos máximos
por tren en el transporte de animales, al objeto de evitar un número elevado de los mismos en un coche o
departamento. En plazas acostadas sólo será posible el transporte en departamentos/cabina completa
(modalidad familiar)
TRENES AVE CON FACTURACIÓN DE EQUIPAJE
Como excepción, en trenes que se admita facturación de equipajes, los animales podrán ser de mayor peso y
su transporte se regirá por las normas específicas al efecto, permitiendo las mismas el transporte en jaulas de
dimensiones máximas de 85 x 55 x 45 cm.
TRENES DE CERCANÍAS
Exclusivamente en aquellos cuyo origen y destino se encuentren dentro de los núcleos:
• El transporte se limitará a animales domésticos, sin límite de peso, entendiendo como tales perros,
gatos y aves.
• No precisarán ser transportados dentro de una jaula, si bien, deberán ir sujetos con correa y, en el
caso de perros, provistos de bozal.
• No se emitirá billete ni se abonará cantidad alguna por su transporte.
• Cercanías podrá limitar su transporte en los trenes u horarios que se especifiquen.
PERROS GUÍA Y LAZARILLOS
La citada norma no es de aplicación a perros guía y lazarillos, los cuales se regirán por las normas
actualmente editadas al efecto. El precio del billete se establece en un 50% respecto a la tarifa y clase del tren
correspondiente en el que se realice el viaje, no pudiendo acumularse a otras tarifas y descuentos. En los
viajes en coche cama o litera, el suplemento correspondiente a la plaza acostada, no se tendrá en cuenta
para calcular el importe del billete del animal. En este caso, corresponderá cobrar el 50% del importe de
clase sentada Preferente, si el cliente viaja en coche cama Gran Clase, o el 50% del importe de Turista
sentada en el resto de las plazas acostadas, camas o literas.
40
DE Estaciones de Viajeros
TARJETA DORADA
DESCRIPCIÓN
Tarjeta que pueden adquirir los mayores de 60 años, pensionistas y personas con minusvalías importantes, y
que da derecho a obtener descuentos en las condiciones que cada Área de Actividad determine.
DIRIGIDO
•
•
•
Personas, españoles y extranjeros, mayores de 60 años.
Pensionistas (mayores de 18 años) tanto de la Seguridad Social Española como de las clases pasivas
civiles y retirados militares, que estén en situación de Incapacidad física o psíquica Permanente Total,
Absoluta o Gran Invalidez, formalmente declarada.
Personas con una minusvalía igual o superior al 65%. Las personas acogidas a este apartado,
tendrán derecho a ser acompañadas por otra, la cual disfrutará de las mismas condiciones
económicas de viaje que el titular de la Tarjeta, si bien, en ningún caso podrá viajar sola, sin
acompañar al titular, cuando se acoja a esta oferta.
DOCUMENTOS
Caso a) D.N.I. o Pasaporte.
Caso b) Documento acreditativo de la condición de pensionista en una de las situaciones citadas.
Caso c) Certificado expedido por los organismos correspondientes de cada Comunidad Autónoma,
acreditando poseer una minusvalía igual o superior al 65%.
El título justificante requerido en los apartados b) y c) deberá presentarse acompañado de una fotocopia, la
cual quedará en poder de la dependencia que expenda la tarjeta, al menos hasta la fecha de caducidad de
ésta.
PUNTOS DE VENTA
La Tarjeta Dorada para beneficiarios acogidos a los apartados a) y b), podrá ser expendida por Oficinas de
Venta, puntos de venta de las estaciones y Agencias de Viaje autorizadas. También podrá ir asociada, como
valor añadido, a Tarjetas de Crédito o Débito emitidas por entidades financieras autorizadas por Renfe. Al
final de esta T.E.2 se reproducen los facsímiles de varias de estas tarjetas.
Las tarjetas del apartado C (con derecho a acompañante) sólo podrán ser emitidas por Oficinas de Venta,
puntos de venta de las estaciones y Agencias de Viaje, a través del sistema de venta electrónica SIRE. No está
permitido, por tanto, su emisión como tarjetas manuales ni por entidades financieras.
TIPOS DE TARJETA DORADA
La Tarjeta Dorada se podrá presentar de tres formas diferentes en los puntos de venta: tarjeta de venta
electrónica (en impresoras matriciales o ATB) de venta manual o incorporada a tarjetas de crédito/débito.
Estas últimas, serán emitidas por las correspondientes entidades financieras, las de venta electrónica por
puntos de venta de estaciones, Oficinas de Venta o Agencias de Viaje, y las manuales por puntos de venta de
estaciones. Al final de esta Tarifa se reproducen facsímiles de los tres tipos de Tarjeta Dorada.
41
DE Estaciones de Viajeros
Las Tarjetas Doradas para beneficiarios con derecho a acompañante (caso c) que serán siempre de venta
electrónica, serán emitidas en el mismo formato que el resto, pero llevarán la inscripción "Y
ACOMPAÑANTE" a continuación de su fecha de caducidad.
En las tarjetas manuales, el soporte con los datos del solicitante se remitirá a la Jefatura de Control de
Ingresos, Avenida Ciudad de Barcelona 6, 28007 Madrid.
OPERATIVA DE VENTA
Se utilizará la máscara TD1T (o TD1S en SAVIA) codificando en el campo "TIPO DE TARJETA" :
ƒ
ƒ
TD para Tarjeta Dorada ordinaria
TA para Tarjeta Dorada con derecho a acompañante.
VALIDEZ Y PRECIO
En general, la Tarjeta se emitirá por un periodo de validez de un año, a partir de su fecha de emisión. Las
incorporadas a tarjetas de crédito/débito, podrán tener periodos de validez superior, el cual estará
estampado en el soporte que la sustenta (Visa Electrón, Tarjeta 6000, etc).
Su precio es de 5 euros.
DESCUENTOS
Cada Área de Actividad regulará específicamente mediante Tarifa Especial propia, las reducciones aplicables
a los portadores de Tarjeta Dorada, así como otras condiciones de utilización (tipos de tren, fechas, mínimos
de recorrido, etc.).
Los acompañantes de titulares de Tarjeta Dorada –al amparo de tarjetas con la inscripción de "Y
ACOMPAÑANTE" tendrán derecho a una reducción igual a la del titular, siendo necesario que los billetes de
ambos sean para el mismo tren, origen, destino y fecha. No se podrán emitir billetes únicamente para el
acompañante.
CAMBIOS Y ANULACIONES
Se aplicarán los criterios generales, si bien, en los billetes emitidos para titular y acompañante se observará lo
siguiente:
a. La anulación del billete del titular de la tarjeta exigirá la anulación del billete del acompañante,
estando permitido que la anulación de este último se realice de forma independiente.
b. En caso de cambio, necesariamente se deberán cambiar los dos billetes.
42
DE Estaciones de Viajeros
CARNET JOVEN
DESCRIPCIÓN
Oferta dirigida a menores de 26 (en la fecha de viaje) que sean titulares de un Carnet Joven "Euro <26"
emitido por las Comunidades Autónomas del Estado Español que dispongan de esta prestación, o de aquéllos
emitidos en el extranjero.
El Carnet Joven "Euro <26" también podrá estar asociado a tarjetas bancarias emitidas por entidades
financieras colaboradoras con las correspondientes comunidades autónomas.
DESCUENTO
20% de descuento en trayectos sencillos en cualquier tren y clase. Sobre esta reducción no se acumulará
ninguna otra.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Únicamente en recorridos de ámbito nacional. En trenes de Regionales, al menos una de las estaciones de
origen y destino debe encontrarse fuera de los límites señalados para los núcleos de Cercanías, o pertenecer
ambas a núcleos distintos.
PUNTOS DE VENTA
Cualquier punto de venta propio de Renfe o Agencias de Viaje.
PROLONGACIÓN DE RECORRIDO Y MEJORA DE CLASE
Se admiten la prolongación de recorrido y mejora de clase en las condiciones de este oferta.
INTERVENCIÓN EN RUTA
A solicitud del Supervisor o Interventor en Ruta, el viajero deberá mostrar el Carnet Joven y el D.N.I. o
Pasaporte para su identidad.
43
DE Estaciones de Viajeros
VIAJEROS CON CARNÉ JOVEN EN AVE
DESCRIPCIÓN
•
Tarifa con descuento para viajeros poseedores de los siguientes carnés:
o Carné Joven Euro<26 emitido por las Comunidades Autónomas del Estado Español y por
los organismos competentes en los países asociados al organismo EYCA.
o Carné GO 25 ISTC emitido por la UNESCO.
o Tarjeta Rail Plus Junior emitida en el extranjero.
PRODUCTOS DE APLICACIÓN
•
Trenes AVE.
CONDICIONES COMERCIALES
1. Requisitos de los viajeros
•
•
•
•
•
•
•
Todos aquellos viajeros que tengan entre 14 años y 25 años cumplidos en la fecha del viaje.
Poseedores del Carné Joven Euro<26 expedido por las correspondientes Comunidades
Autónomas del Estado Español que dispongan de esta prestación.
También se acogerán a esta tarifa aquellos Carnés Jóvenes Euro<26 equivalentes expedidos en
los países europeos asociados a EYCA (European Youth Card Association).
No serán válidos los carnés de estudiantes.
La justificación de la condición de beneficiario será la que dispongan las Comunidades
Autónomas en España y los Organismos emisores de la citada asociación.
El viajero deberá presentar la tarjeta cuando así lo solicite el personal responsable.
Los Carnés Joven podrán ser:
o Euro<26 Convencional emitidos por los organismos públicos correspondientes con los
símbolos identificativos que hayan determinado sus responsables.
o Euro<26 asociada a entidades financieras colaboradoras con las correspondientes
comunidades autónomas.
o Go 25 de la UNESCO
o Rail Plus Junior
2. Clase
• Todas las clases en Trenes AVE
3. Descuento
• Se realizará un descuento del 25% sobre tarifa general.
4. Cambios y Anulaciones
• Admite cambios hasta 5 minutos antes de la salida del tren:
o Para el mismo día: sin coste alguno.
o Para diferente día: abonando el 10% del precio del billete.
• Admite anulaciones abonando el 15% del precio del billete hasta 5 minutos antes de la salida del
tren.
44
DE Estaciones de Viajeros
OFERTA COMBINADA – MEDIA DISTANCIA / ALVIA
DESCRIPCIÓN
Precio especial para las combinaciones de trenes que se determinen de Alta Velocidad-Larga Distancia y
Media Distancia, con transbordo en una estación común.
DESCUENTO
Reducción del 10%.
La oferta será aplicable a cualquier opción comercial a la que el cliente se acoja.
CLASES
Preferente y Turista.
COMPROMISO DE PUNTUALIDAD
Para los billetes obtenidos bajo esta oferta comercial serán de aplicación las indemnizaciones por retraso
imputables a Renfe-Operadora establecidas para los trenes ALVIA afectados por esta tarifa:
•
•
•
Superior a 20 minutos: Devolución del 25%.
Superior a 40 minutos: Devolución del 50%.
Superior a 60 minutos: Devolución del 100%.
Para el cálculo de las indemnizaciones por retraso de los billetes vendidos al amparo de esta oferta, se tendrá
en cuenta la hora de llegada al destino final del viaje. De este modo si el primer tren llega retrasado, y el
segundo no, el cliente no tendrá derecho a indemnización alguna.
La pérdida de enlace, imputable a Renfe-Operadora, faculta al cliente a obtener un billete para el siguiente
tren sin coste alguno, corriendo Renfe-Operadora con los costes que se deriven del perjuicio causado al
viajero por la pérdida de enlace.
El cliente también está facultado para desistir del segundo viaje y recibir la correspondiente indemnización
por retraso del primer tren y el reintegro del precio del segundo viaje.
Renfe-Operadora no será responsable de otro tipo de indemnizaciones provocadas por la pérdida del enlace,
incluidas las derivadas de enlaces con otro tipo de medios de transporte.
POSVENTA
Las posibles reclamaciones serán atendidas por el Área de Actividad al que pertenece el tren que ha sufrido
la incidencia y en el caso de indemnizaciones inmediatas se aplicarán las claves 09 correspondientes al Área
afectada.
45
DE Estaciones de Viajeros
INTERMODALIDAD AVE – CERCANÍAS
DESCRIPCIÓN
Oferta dirigida a clientes de trenes AVE de la relación Madrid-Barcelona, para iniciar y finalizar su viaje, sin
cargo adicional, en trenes de Cercanías.
El cliente podrá iniciar su viaje en cualquier estación del núcleo de Cercanías de origen para llegar a la
estación de inicio de su viaje en AVE. También podrá finalizar el viaje desde la estación de destino del tren
AVE hasta cualquier estación de Cercanías de su núcleo.
TARIFAS, TRENES Y CLASES
La oferta será de aplicación para los billetes de cualquier recorrido y clase de los trenes AVE de la relación
Madrid–Barcelona que tengan alguna de las siguientes tarifas:
•
•
•
•
General
Ida y Vuelta
Niño
PuenteAVE
OBTENCIÓN DE LA CONTRASEÑA
En el momento de la compra del billete AVE, se generará un identificador único (contraseña) que se imprimirá
sobre el soporte de dicho billete (ATB en SIRE, VCX y máquinas auto check-in, o DIN A4 para billetes emitidos
a través de Venta On Line y agencias.renfe.com).
Por cada viaje se obtendrá una contraseña con la que se podrá obtener dos viajes de Cercanías, uno en el
núcleo de origen y otro en el de destino, siempre que los horarios de inicio y finalización del viaje permitan
su utilización.
La sola posesión de contraseña válida, no autoriza al viajero a desplazarse por la red de Cercanías.
OBTENCIÓN DEL BILLETE DE CERCANÍAS
El billete de Cercanías se podrá adquirir tanto en las máquinas autoventa como en puestos de venta VISIR,
únicamente durante el mismo día de la fecha de viaje del billete AVE.
En las máquinas autoventa el cliente seleccionará destino y tarifa "COMBINADO AVE-CERCANÍAS". A
continuación se introduce la contraseña y, después de su comprobación, la máquina emite el correspondiente
billete.
En taquillas el viajero se identificará como cliente de AVE mostrando el billete sobre el que está impresa la
contraseña. Esta contraseña, así como el destino y la tarifa "COMBINADO AVE-CERCANÍAS", deberá ser
codificada en el sistema de venta VISIR.
46
DE Estaciones de Viajeros
VIAJEROS CON DISCAPACIDAD QUE TENGAN DIFICULTADES EN SU DESPLAZAMIENTO
DESCRIPCIÓN
Servicio de asistencia que ofrece la posibilidad de que un cliente con discapacidad que tenga dificultades en
su desplazamiento realice el viaje en tren, atendido desde origen a destino en las estaciones relacionadas en
este documento y en los trenes que se determinen.
DIRIGIDO A
•
•
•
Viajeros con discapacidad visual, con o sin perros lazarillos, que viajen solos.
Viajeros con discapacidad en silla de ruedas.
Viajeros con discapacidad que tengan dificultades en su desplazamiento que puedan trasladarse
autónomamente.
LIMITACIONES
En caso de viajeros que carezcan de un grado de autonomía suficiente, es decir, no puedan comer solos, no
sean autónomos en el interior de los baños o no puedan comprender las indicaciones que le haga la
tripulación; será necesaria la presencia de un acompañante. Las sillas de ruedas deberán respetar las
siguientes dimensiones máximas: anchura 700 mm., profundidad 1300 mm. y altura 1400 mm.
ADMISIÓN
Clasificación de viajeros con discapacidad en función de la necesidad de ayuda.
Descripción
Admisión
Necesita ayuda durante el traslado entre la estación y el tren, pero es
autosuficiente para embarcar/desembarcar y desplazarse a bordo.
SI
Necesita ayuda durante el traslado entre la estación y el tren y para
embarcar/desembarcar, pero es autosuficiente a bordo.
SI
Privado de cualquier movilidad y no es autosuficiente, necesitando ayuda
personal completa.
SI
Sordo.
SI
Impedimentos visuales.
SI
Sordo con impedimentos visuales.
SI
Pasajero en camilla.
Obligatorio
acompañante
SI
SI
NO
47
DE Estaciones de Viajeros
REQUISITOS
La prestación de asistencia estará supeditada a las siguientes condiciones:
a. En trenes de Alta Velocidad–Larga Distancia, Avant, y Media Distancia Convencional
con venta SIRE y asignación de plazas:
En función de las necesidades del cliente, el viaje se podrá efectuar en las plazas específicas
habilitadas para sillas de ruedas o en cualquier otra plaza.
•
Si el cliente viaja en silla de ruedas, necesariamente debe ser portador de un billete para una plaza
específica de movilidad reducida y haber adquirido el billete, al menos, con 24 horas de antelación
a la hora de inicio del viaje.
Excepcionalmente, en trenes de Alta Velocidad–Larga Distancia y trenes Avant, cuando las estaciones
tanto de origen como de destino sean Toledo, Madrid-Pta. de Atocha, Ciudad Real, Puertollano,
Córdoba o Sevilla; el sistema de venta podrá emitir billetes para una plaza específica habilitada para
silla de ruedas hasta 5 minutos antes de la salida del tren.
•
Si el cliente no viaja en una plaza específica de movilidad reducida, debe adquirir el billete con al
menos 24 horas de antelación a la hora de inicio del viaje y comunicar durante la compra del mismo
la necesidad de ayuda.
Excepcionalmente, en trenes de Alta Velocidad–Larga Distancia y trenes Avant, cuando las estaciones
tanto de origen como de destino sean Toledo, Madrid-Pta. de Atocha, Ciudad Real, Puertollano,
Córdoba o Sevilla; el sistema de venta podrá emitir billetes con prestación de ayuda hasta 5 minutos
antes de la salida del tren.
•
Si el cliente hubiera comprado un billete sin solicitud de ayuda, comunicará al menos con 24 horas
de antelación a la salida del tren correspondiente la necesidad de asistencia al número de teléfono
902 24 05 05, facilitando los datos que le sean requeridos.
Excepcionalmente, en trenes de Alta Velocidad–Larga Distancia y trenes Avant, cuando las estaciones
tanto de origen como de destino sean Toledo, Madrid-Pta. de Atocha, Ciudad Real, Puertollano,
Córdoba o Sevilla; se solicitará prestación de ayuda en el Centro de Servicios AVE o –si la estación
no dispone del mismo– en el Control de Acceso, preferentemente 30 minutos antes de la salida del
tren.
Si no se efectúa esta notificación, Adif y Renfe harán cuanto sea posible para prestar la asistencia
necesaria; no obstante, no se garantizará su prestación.
•
El viajero ha de presentarse en el lugar designado de la estación con 30 minutos de antelación a la
salida del tren, tiempo necesario para acometer la ayuda por parte del personal encargado de la
prestación y, en su caso, del correspondiente despliegue de medios mecánicos.
Excepcionalmente, en trenes de Alta Velocidad-Larga Distancia y trenes Avant en las estaciones de
Toledo, Madrid-Pta. de Atocha, Ciudad Real, Puertollano, Córdoba y Sevilla, se estará a lo dispuesto
en los dos primeros puntos de este apartado a).
48
DE Estaciones de Viajeros
b. En trenes de Media Distancia Convencional sin venta SIRE o sin asignación de plazas,
y Cercanías con ayuda:
• El viajero comunicará con 24 horas de antelación a la salida del tren correspondiente la necesidad
de asistencia en el número de teléfono 902 24 05 05.
Si no se efectúa esta notificación, Adif y Renfe harán cuanto sea posible para prestar la asistencia
necesaria; no obstante, no se garantizará su prestación.
• El viajero ha de presentarse en el lugar designado de la estación con 30 minutos de antelación a la
salida del tren.
Se tendrá en cuenta para las ayudas solicitadas telefónicamente que en los trenes de Media Distancia
Convencional sin venta SIRE o sin asignación de plazas y Cercanías, la oferta de plazas específicas para silla
de ruedas vendrá limitada por el número de plazas adaptadas de cada tren: dos en trenes Civia y una en
trenes de Media Distancia Convencional.
PRECIO
Los viajeros portadores de un billete para una plaza específica de movilidad reducida en trenes que
dispongan de este tipo de plazas en clase Preferente y clase Turista, abonarán el importe correspondiente a la
clase donde viajan.
En trenes que dispongan de una única plaza específica de movilidad reducida se abonará el importe
correspondiente a clase Turista, independientemente de la clase donde se encuentre ubicada dicha plaza.
ACOMPAÑANTES
Para los trenes en los que se realiza control de acceso, existe en las Oficinas de Atención al Cliente y en los
Centros de Servicio al Cliente de Alta Velocidad un modelo de autorización para que una persona pueda
acompañar al viajero con discapacidad hasta el tren.
En el caso de ser obligatorio viajar con acompañante, éste deberá realizarlo siempre en el mismo tren, clase
y recorrido que la persona a la cual acompañan.
Podrán acompañar gratuitamente a su titular los perros guía de invidente conforme a las condiciones
establecidas en las "Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros".
Las personas con una minusvalía igual o superior al 65% podrán obtener una "Tarjeta Dorada con derecho a
acompañante", disfrutando ambos de las condiciones económicas de viaje establecidas para dicha Tarifa.
En caso de utilización de la "Tarjeta Dorada con derecho a acompañante", se empleará para los
acompañantes el mismo criterio, en cuanto al abono del viaje en clase Preferente o Turista, que el aplicado a
la persona a la cual acompañan.
49
DE Estaciones de Viajeros
OPERATIVA DE VENTA SIRE
a. Plazas específicas para silla de ruedas (plazas H) en trenes de Alta Velocidad–Larga
Distancia, Avant, y Media Distancia Convencional con venta SIRE y asignación de
plazas
Reserva telefónica
Se utilizarán las máscaras RST3 o AVTD para reservar la plaza, codificando en el campo "Forma de
viaje" o en el campo "Tipo plazas", respectivamente, las letras "MN"; y en el campo "Nombre",
ajustado a la izquierda, "PMR".
Nombre
PMR
Las plazas para acompañante se reservarán en petición aparte procurando que estén situadas lo más
cerca posible de las reservadas para la persona a la cual acompañan.
Venta de plazas
Se reserva la plaza H en una de las máscaras de Reserva con Determinación de Asiento RS23 o
AVSD, según corresponda, codificando en el campo "Forma de viaje" o "Tipo plazas",
respectivamente, las letras "MN".
En la máscara de venta VS00 se codificará en el campo "Nombre Viajero", ajustado a la izquierda,
los nueve dígitos de un número de teléfono facilitado por el cliente (preferentemente móvil), un
espacio en blanco y el nombre del viajero.
Nombre Viajero
999999999 NOMBRE DEL VIAJERO
El número de teléfono será utilizado para confirmar el servicio al cliente mediante el envío de un
mensaje SMS o a través de una comunicación telefónica.
En el campo "PMR" de la máscara de venta VS00 se asignará automáticamente el código 1 como
tipo de ayuda solicitada por el viajero (Tipo 1: Viajero en silla de ruedas propia).
En los billetes se imprimirá una leyenda que incluye el código de ayuda solicitada y el número de
teléfono de asistencia 902 24 05 05. Ejemplo: PMR1-902240505.
b. Plazas no específicas para silla de ruedas en trenes de Alta Velocidad–Larga
Distancia, Avant, y Media Distancia Convencional con venta SIRE y asignación de
plazas
Reserva telefónica
En el campo "Nombre", ajustado a la izquierda, se codificará PMR.
Nombre
PMR
50
DE Estaciones de Viajeros
Venta de plazas
En todos los casos, una vez efectuada la reserva en la máscara correspondiente, se deberá
pasar a la máscara de venta VS00 donde se codificará en el campo "Nombre Viajero",
ajustado a la izquierda, los nueve dígitos de un número de teléfono facilitado por el cliente
(preferentemente móvil), un espacio en blanco y el nombre del viajero.
Nombre Viajero
999999999 NOMBRE DEL VIAJERO
El número de teléfono será utilizado para confirmar el servicio al cliente mediante el envío de
un mensaje SMS o a través de una comunicación telefónica.
Además, en el campo "PMR" de la máscara de venta VS00 se codificará un número del 2
al 4 para indicar el tipo de ayuda que solicita el viajero:
•
Tipo 2: Personas con discapacidad en silla de ruedas plegable que ocupan una plaza
regular (plaza no H). Necesitan medios mecánicos para acceder al tren.
•
Tipo 3: Personas con discapacidad visual que viajen solos. No necesitan medios mecánicos
para acceder al tren.
•
Tipo 4: Personas con discapacidad que tienen dificultades en su desplazamiento que no
precisan medios mecánicos para acceder al tren.
En los billetes se imprimirá una leyenda que incluye el código de ayuda solicitada y el
número de teléfono de asistencia 902 24 05 05. Ejemplo: PMR2-902240505.
c. Plazas de acompañante
Las plazas para acompañante se emitirán con la tarifa que en cada caso corresponda,
procurando que se encuentren situadas lo más cerca posible de las proporcionadas para la
persona a la cual acompañan.
En el caso particular de un billete para el acompañante de un viajero que esté en posesión de
una "Tarjeta Dorada con derecho a acompañante", y que realice el viaje en un tren que
disponga de una única plaza específica para silla de ruedas (plaza H) en clase Preferente, se
emitirá codificando el número de la Tarjeta Dorada en el campo "Número de documento" y
el código de tarifa:
Acompañante de viajero que posea "Tarjeta Dorada con derecho a acompañante" +
Viaje en tren que tenga una única plaza H en clase Preferente: 023
ANULACIONES
Se podrán realizar anulaciones conforme a las condiciones establecidas con carácter general.
51
DE Estaciones de Viajeros
CAMBIOS
Se podrán efectuar cambios, si la tarifa lo permite, a una nueva plaza con ayuda, específica o no específica
para silla de ruedas, siempre y cuando se efectúe antes de la salida del tren para el que se tiene billete, y
haya 24 horas de antelación a la nueva fecha del viaje.
Si hay menos de 24 horas de antelación a la nueva fecha de viaje, únicamente se podrá efectuar el cambio,
si la tarifa lo permite, a una plaza no específica para silla de ruedas y sin garantía de ayuda.
Excepcionalmente, los billetes en trenes de Alta Velocidad–Larga Distancia y trenes Avant, cuando las
estaciones tanto de origen como de destino sean Toledo, Madrid-Pta. de Atocha, Ciudad Real, Puertollano,
Córdoba o Sevilla; el sistema de venta permite cambiar, si la tarifa lo admite, cuando se efectúe antes de la
salida del tren para el que se tiene billete, y hasta 5 minutos antes de la salida del tren del nuevo viaje.
POSVENTA
Atendiendo a las responsabilidades asumidas por Adif y por Renfe en la "Oferta conjunta de servicio de Adif
y Renfe a viajeros con discapacidad y dificultades en su desplazamiento", cada empresa resolverá su
posventa asociada.
SERVICIOS OFRECIDOS
•
Se ofrecerá información sobre la accesibilidad de estaciones y trenes por los medios siguientes:
o Teléfono (902 24 05 05)
o Internet (www.renfe.com y www.adif.es)
o Guía Informativa de accesibilidad
•
Se facilitará la reserva de billetes y solicitud telefónica de ayuda a través del Centro de Petición de
Ayuda (902 24 05 05).
•
Se asegurará la accesibilidad de las estaciones definidas, facilitando la movilidad del viajero entre el
punto de encuentro designado en cada estación si la estación es accesible, o en la entrada en el caso
de estaciones accesibles con ayuda, y el andén de estacionamiento del tren o, en su caso, control de
acceso.
•
Se asegurará la accesibilidad de los trenes definidos, facilitando la subida y bajada del viajero y la
asistencia a bordo de los mismos.
La prestación de los servicios descritos podrá ser modificada en casos excepcionales por Adif y Renfe.
En caso de utilización de medios alternativos de transporte como consecuencia de incidencias en la
circulación de los trenes, se procurará que aquéllos sean preferentemente accesibles.
Asimismo, el operador ferroviario podrá establecer unas normas de acceso a los trenes no discriminatorias
que garanticen la seguridad de los viajeros con discapacidad que tengan dificultades en su desplazamiento,
así como la del resto de los viajeros del tren, tanto en condiciones normales de viaje como en situaciones de
incidencias.
52
DE Estaciones de Viajeros
FAMILIAS NUMEROSAS
DESCRIPCIÓN
Tarifa dirigida a miembros de familia numerosa que dispongan del correspondiente título acreditativo, con
descuentos según categoría.
DOCUMENTOS
Para la obtención del billete, el viajero deberá presentar el título oficial de familia numerosa (libro, carnet,
etc.) -o documento que acredite fehacientemente tal condición y la categoría en que la misma se clasifica- que
establezca y expida, de forma individual o colectiva, la Comunidad Autónoma donde tenga su residencia. Al
final de esta Tarifa se reproducen, a modo de ejemplo, facsímiles de título oficial.
TRENES Y CLASES
Todas las clases y recorridos nacionales de los trenes de las Áreas de Actividad de Alta Velocidad-Larga
Distancia, Cercanías y Media Distancia.
DESCUENTOS
ƒ
ƒ
20% para los integrantes de familia numerosa de categoría general.
50% para los integrantes de familia numerosa de categoría especial.
Estas reducciones solamente son aplicables sobre la tarifa general y de niños (excepto en trenes de
cercanías), no siendo acumulables a ningún otro descuento que pueda establecerse.
MEJORA DE CLASE Y PROLONGACIONES DE RECORRIDO
Están permitidas las prolongaciones de recorrido y mejora de clase a bordo del tren, previo aviso al
Interventor en Ruta/Supervisor de Servicios a bordo, con arreglo a las reducciones de esta Tarifa.
En los trenes de cercanías se actuará conforme a lo establecido en las "Condiciones Generales de
Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías con la Empresa Ferroviaria RenfeOperadora".
CAMBIOS Y ANULACIONES
Están permitidos los cambios y anulaciones en las condiciones previstas para estas operaciones por cada
Área de Actividad".
53
DE Estaciones de Viajeros
GARANTÍAS PARA EL CLIENTE
CONDICIONES POSVENTA PARA TRAYECTOS NACIONALES
DESCRIPCIÓN
Las Condiciones Generales de los Contratos de Transporte de Viajeros de Alta Velocidad-Larga Distancia
establecen en el apartado relativo al incumplimiento de las condiciones de transporte y de las garantías para
el cliente que serán susceptibles de indemnización, conforme a la legislación vigente y a la normativa
comercial específica, los viajeros que se compruebe hayan sufrido un determinado incumplimiento de las
condiciones de su contrato de transporte por causa imputable a Renfe Operadora.
Además, en estas condiciones de posventa se recoge un compromiso voluntario por parte de Alta VelocidadLarga Distancia para elevar el nivel de calidad de los servicios y garantías ofrecidos a los clientes.
El personal responsable de Atención al Cliente en estaciones y/o Centros de Servicios, podrá resolver
reclamaciones verbales presentadas por el cliente, siguiendo los criterios tipificados establecidos por Alta
Velocidad-Larga Distancia.
Las reclamaciones escritas serán dirigidas al servicio de Atención Posventa de Alta Velocidad-Larga Distancia
correspondiente, para su tratamiento y resolución, de acuerdo con los procedimientos establecidos.
Para los trenes internacionales: Lusitania, Surexpreso, Mare Nostrum y Catalán Talgo, en trayectos internos
nacionales se aplicarán estas condiciones, manteniendo en sus trayectos internacionales las establecidas en
las normativas específicas de cada tren. Los trenes Elipsos disponen de sus propias condiciones de posventa.
RESPONSABILIDAD DE ALTA VELOCIDAD-LARGA DISTANCIA
Salvo por causa de fuerza mayor, el viajero afectado por cancelación, interrupción o retraso del viaje, tendrá
derecho a percibir la indemnización correspondiente.
CAUSAS NO INDEMNIZABLES
Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1105 del Código Civil, de manera general, se considerarán
causas de fuerza mayor y, por lo tanto, no indemnizables, las siguientes incidencias:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Catástrofes naturales.
Condiciones meteorológicas muy adversas y excepcionales.
Incendios con origen externo a las instalaciones o infraestructura, pero que condicionan la
explotación ferroviaria.
Huelgas y paros laborales.
Amenazas terroristas.
Sabotajes en vehículos o instalaciones.
Manifestaciones y problemas de orden público.
Interrupción del servicio por orden judicial, gubernativa o policial.
Interceptación de la vía por personas, animales, vehículos o cosas.
Evacuación o atención de personas enfermas.
Accionamiento injustificado de un aparato de alarma por una persona no autorizada.
54
DE Estaciones de Viajeros
SUPRESIÓN DE TRENES/INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO
1. Antes de iniciarse el viaje (cancelación del servicio)
Se entenderá por cancelación del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la
imposibilidad de iniciar el mismo en las condiciones previstas en el título de transporte.
Los clientes podrán optar por:
o
Rescisión del contrato y devolución íntegra del importe del billete (o billetes en caso de Ida y
Vuelta) o autorización para otra fecha o tren sin costes adicionales para el cliente, aunque
sea de clase superior, en función de la disponibilidad de plazas, con la correspondiente
indemnización por retraso, si procede, a la llegada.
o
Si la cancelación se produjere en las 48 horas previas a la fijada para el inicio del viaje,
Renfe Operadora estará obligada, a elección del viajero, a proporcionarle transporte en otro
tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas o a devolverles el
precio pagado por el servicio.
o
Cuando el viajero fuera informado de la cancelación del viaje en las cuatro horas previas a
la fijada para su inicio, tendrá derecho, además, a una indemnización consistente en el
doble del importe del título de transporte, cuando el cliente opte por no viajar.
o
En el caso de viaje en medio alternativo de transporte, a los viajeros de clase Preferente y
plazas acostadas se les devolverá la diferencia con clase Turista (si no han percibido otro
tipo de indemnización).
2. Iniciado el viaje (transbordos)
Se entenderá por interrupción del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza mayor, la
paralización del mismo mientras se está desarrollando.
Los clientes podrán optar por:
o
Traslado en otros trenes o medios alternativos con una indemnización, si procede, por retraso
a la llegada.
o
En el caso de viaje en medio alternativo de transporte, a los viajeros de clase Preferente y
plazas acostadas se les devolverá la diferencia con clase Turista (si no han percibido otro
tipo de indemnización).
o
Además, en el caso de que el tiempo de interrupción sea superior a una hora de duración,
Renfe Operadora estará obligada a sufragar, en su caso, los gastos de manutención y
hospedaje del viajero durante el tiempo que dura la interrupción.
55
DE Estaciones de Viajeros
RETRASOS EN ORIGEN
Salvo en los supuestos de fuerza mayor, los clientes podrán optar por:
•
•
•
Rescisión del contrato de transporte, percibiendo el importe íntegro del billete (o billetes en el caso de
Ida y Vuelta).
Habilitación gratuita para otro tren/fecha.
Realización del viaje en ese tren, con la correspondiente indemnización por retraso, si procede, a la
llegada (para viajeros que han obtenido el billete antes de conocer el retraso).
RETRASOS EN DESTINO
1. GENERAL
Salvo causas de fuerza mayor, se aplicará lo establecido en el Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario,
(Real Decreto 2387/2004, de 30 de Diciembre):
o
o
Superior a 60 minutos: Devolución del 50%.
Superior a 90 minutos: Devolución del 100%.
2. COMPROMISOS DE PUNTUALIDAD
1. Para determinados productos, Alta Velocidad-Larga Distancia asume un compromiso voluntario que
amplía las garantías ofrecidas a sus clientes:
A. Trenes AVE Madrid-Sevilla:
i. Superior a 5 minutos: Devolución del 100%.
B. Resto de trenes AVE
i. Superior a 15 minutos: Devolución del 50%.
ii. Superior a 30 minutos: Devolución del 100%.
C. Trenes Alaris, Altaria, Alvia y Euromed:
ƒ
ƒ
ƒ
Superior a 20 minutos: Devolución del 25%.
Superior a 40 minutos: Devolución del 50%.
Superior a 60 minutos: Devolución del 100%.
3. SUSPENSIÓN DEL COMPROMISO DE PUNTUALIDAD
Alta Velocidad-Larga Distancia, si existieran circunstancias excepcionales, se reserva el derecho de
suspender temporalmente los Compromisos de Puntualidad recogidos en las presentes condiciones de
posventa, manteniéndose vigente en estos casos el criterio General, establecido en el Reglamento de
la Ley del Sector Ferroviario y recogido en esta Tarifa en el punto 1 del apartado Retrasos en Destino.
56
DE Estaciones de Viajeros
En general puede suspenderse el compromiso voluntario de puntualidad por causas ajenas a Renfe
Operadora por:
o
o
Averías graves en las instalaciones de infraestructura: señales enclavamientos, catenaria, etc.
Obras urgentes programadas con un periodo inferior a 60 días.
PÉRDIDA DE ENLACE
Se garantiza el enlace entre todos los trenes de Alta Velocidad-Larga Distancia cuando el intervalo entre la
llegada y salida sea igual o superior a 60 minutos, o 90 minutos cuando la llegada y salida sea en distinta
estación del mismo municipio y exista enlace ferroviario.
Para ello, el viajero deberá ir provisto de un único billete o, en caso contrario, figurada la mención de la
existencia del enlace en los billetes.
En caso de pérdida de enlace por retraso se procederá al reintegro de ambos billetes.
MODIFICACIÓN DE LA PLAZA ASIGNADA
El cliente que no pueda ocupar la plaza contratada, bien sea por sustitución del material o bien por
ocupación de la misma por otro cliente (duplicidad), podrá desistir de iniciar el viaje.
Si opta por la realización del viaje, se contemplan los siguientes supuestos:
•
•
•
•
Si viaja en la misma clase con prestaciones similares: Sin devolución alguna.
Si viaja en clase inferior: Devolución de la diferencia.
Si viaja en clase superior: Sin cargo adicional.
Si, excepcionalmente, viaja sin plaza: Devolución íntegra del precio del billete.
CARENCIA O DEFICIENCIA DE SERVICIOS A BORDO
El agente encargado de la intervención/supervisión, ante una queja de este tipo y cuando no exista
posibilidad de corrección de la incidencia, ubicará al viajero, si fuese posible, en otra plaza no afectada por
dicha anomalía.
En caso contrario, facilitará al viajero el documento existente al efecto o respaldará el título de transporte
mediante el sello correspondiente -excepcionalmente se podrá hacer de forma manual-, si bien es
imprescindible que en todos los casos se haga constar el nombre y número de matrícula del agente que
certifica la incidencia, para que el cliente pueda percibir la indemnización correspondiente.
Asimismo reflejará la incidencia en el parte correspondiente y lo comunicará a los Centros de Gestión para
que quede constancia en el sistema (GIN o Copérnico) y en su caso sea subsanada la avería.
Si existiendo plaza similar disponible ésta no es aceptada por el viajero, no procederá indemnización por
esta causa.
57
DE Estaciones de Viajeros
Indemnizaciones de calidad:
Deficiencias muy graves de calidad:
Posventa
- Deficiencias graves:
- Ausencia de climatización:
- Carencia de WC en el tren:
100%
100%
- Otras deficiencias de calidad:
-
Carencia de restauración en la plaza:
Servicio de Cafetería/Restaurante suprimido:
Carencia parcial de climatización:
Carencia de Vídeo/Audio:
50%
25%
50%
15%
OPERATIVA INTERNA
Los Centros de Gestión de Alta Velocidad y Larga Distancia, serán los responsables de decidir y comunicar en
cada momento, y en los casos relevantes en coordinación con la Jefatura de Gabinete de Atención a Clientes,
la incidencia que puede ser objeto de indemnización.
Además, los Centros de Gestión informarán en su caso a las estaciones correspondientes, agentes encargados
de la intervención/supervisión y, en su caso, Oficina Central y Centro de Servicios al Cliente, de los trenes
con causas susceptibles de indemnización.
Cuando la incidencia afecte a todo el tren y éste tenga megafonía, el centro de gestión indicará cuando esta
debe comunicarse a través de la misma mediante los mensajes estipulados, indicando en su caso si ésta es o
no indemnizable.
En el caso de trenes AVE y Talgo 200, y en aquellos productos que se determine, el personal designado al
efecto entregará a la llegada de los viajeros la carta de notificación del derecho o no a reembolso, según el
tipo de incidencia.
En las incidencias que afecten a un número reducido de viajeros los agentes encargados de la
intervención/supervisión, comunicarán a los viajeros, individualmente, siempre que sea posible y una vez
constatada la imposibilidad de corregir la deficiencia, si ésta es o no indemnizable. En caso de ser una causa
indemnizable se facilitará al viajero el documento existente al efecto o se respaldará el título de transporte
mediante el sello correspondiente -excepcionalmente se podrá hacer de forma manual-, si bien es
imprescindible que en todos los casos se haga constar el nombre y número de matrícula del agente que
certifica la incidencia.
REQUISITOS
Para poder tener derecho a indemnización, será necesario que el cliente presente el título de transporte y
además, en los casos citados anteriormente la correspondiente anotación en el mismo o documento al efecto
autorizando la devolución.
58
DE Estaciones de Viajeros
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN
El cliente dispondrá de 3 meses, a contar desde la fecha en que tuviera conocimiento del hecho, para
presentar su reclamación.
COBRO DE INDEMNIZACIONES
1. Reclamaciones verbales
El reintegro podrá hacerse efectivo:
a. Para los trenes AVE
•
•
En la estación de destino a partir del día siguiente a la fecha de viaje.
En cualquier punto de venta de las estaciones y Oficinas de Venta después del séptimo
día contado a partir de la fecha de viaje.
b. Para el resto de trenes
•
En cualquier punto de venta de las estaciones y Oficinas de Venta en cuanto el Centro de
Gestión dé a conocer la incidencia y si la misma es indemnizable.
2. Reclamaciones escritas
Aquellas que no puedan ser abonadas según lo anteriormente descrito, serán resueltas por el
Centro de Atención Posventa de Alta Velocidad-Larga Distancia mediante los procedimientos
propios de este servicio.
Los reintegros no podrán realizarse en agencias de viajes.
En caso de billetes con precios R.I.T. el cliente deberá acudir a la agencia de viajes donde lo
adquirió.
Para el cobro de indemnizaciones se dispondrá de tres meses adicionales desde la fecha en
que se autoriza la devolución.
59
DE Estaciones de Viajeros
CÁLCULO DE LAS INDEMNIZACIONES
Como norma general, todas las indemnizaciones son acumulables no pudiendo exceder del 100% del importe
del billete y servicios complementarios, excepto en el caso contemplado en el Artículo 89 apartado 2 a) del
Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario, relativo a la cancelación del viaje con menos de cuatro horas de
antelación a la salida del tren (Real Decreto 2387/2004, de 30 de Diciembre). Para el cálculo de las
indemnizaciones a clientes con billete de ida y vuelta, se considerará el valor facial de los billetes.
Oferta Combinada: Para el cálculo de las indemnizaciones por retraso de los billetes vendidos al amparo
de esta oferta, se tendrá en cuenta la hora de llegada al destino final del viaje, aplicándose las condiciones
de Posventa más favorables para el cliente.
Serán de aplicación los criterios del compromiso de puntualidad de los trenes Altaria a los viajeros cuyo
billete incluya un recorrido parcial con prestaciones Altaria. Ejemplo: Alicante-Gijón. En todos los casos será
necesario figurar el número de tren y el número de control del billete. En caso de efectuarse el pago con
Tarjeta de Crédito, la devolución se hará contra la misma. Las devoluciones de billetes con cargo a redención
de puntos de la tarjeta Renfe Visa y las devoluciones -por causas distintas a retrasos- de billetes pagados con
cargo a redención de puntos de la tarjeta Club AVE, se efectuarán a través del Centro de Atención Posventa
de Alta Velocidad-Larga Distancia.
PÉRDIDA DEL TREN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CLIENTE
Excepcionalmente, con un límite de tiempo de 30 minutos después de la salida del tren, el responsable de los
Centros de Servicios cuando existan o de Atención al Cliente en los demás casos, podrá autorizar al viajero a
realizar viaje en el tren siguiente en función de la disponibilidad de plazas libres, debiendo figurar esta
autorización en el billete del tren perdido.
Por la nueva reserva, en concepto de "Formalización de Plaza" se abonará:
•
•
Trenes AVE :
El 20% del importe de un nuevo billete a tarifa general y -en su caso- diferencia de clase, emitiendo
una nueva reserva con los siguientes códigos de venta:
o Código de venta 422:
20% en Turista y diferencia de clase a Preferente y Club.
o Código de venta 423:
20% en Turista y Preferente. Diferencia de clase con Club.
o Código de venta 434:
20% en cualquier clase.
Resto de trenes:
El 20% del importe de un nuevo billete a tarifa general y -en su caso- diferencia de clase.
La nueva reserva se emitirá con los códigos de tarifas 032 y 033 (diferencia de clase)
En ambos casos, se anotará manualmente en la nueva reserva el número del billete original -y en el billete
principal se hará constar la pérdida del tren-, grapándose ambos documentos.
Si el billete no utilizado fuera de una clase o precio superior a la que corresponda al billete autorizado (por
falta de plazas libres), no dará lugar a reintegro alguno para el cliente.
Si el tren utilizado sufriera alguna incidencia, la posible indemnización se efectuaría sobre el valor facial de
este nuevo billete.
60
DE Estaciones de Viajeros
VIAJE DE MENORES SIN ACOMPAÑANTE
DESCRIPCIÓN
El servicio de viaje de menores sin acompañante, ofrece la posibilidad de que un cliente de edades
comprendidas entre los 6 y los 13 años (ambos inclusive) realice el viaje solo, atendido por el personal de
Alta Velocidad–Larga Distancia durante todas las fases del transporte de origen a destino.
REQUISITOS
No se prestará este servicio a aquellas personas que necesiten una atención personalizada. En este caso, se
informará a la persona que lo solicite que el menor deberá viajar acompañado de un adulto para atender las
necesidades que precise.
El plazo máximo para adquirir el billete será de 48 horas antes de la salida del tren, y deberá ser comprado
por una persona adulta responsable del menor, entendiéndose como tal aquella que sea mayor de 18 años.
TRENES Y CLASES
El servicio se prestará exclusivamente en clase Preferente de los productos AVE, Alaris, Altaria, Alvia y
Euromed (con algunas excepciones recogidas en esta Tarifa Especial).
DESCUENTO
Los precios de este servicio corresponderán a la clase Preferente con un 40% de descuento sobre Tarifa
General por trayecto.
Esta Tarifa no es compatible con el resto de ofertas existentes.
PUNTOS DE VENTA
Tarifa aplicable en puntos de venta de las estaciones, Oficinas de Venta y Agencias de Viajes.
OPERATIVA DE VENTA
Cuando un cliente solicite un único billete para niño, el expendedor preguntará si va a realizar el viaje solo.
En este caso, se informará al cliente de las condiciones recogidas en esta Tarifa Especial por si desea
voluntariamente beneficiarse de este servicio.
Cuando, expresamente, sea solicitado un billete acogido al servicio de viaje de menores sin acompañante, el
expendedor informará al solicitante de que, el menor junto con la persona que vaya con él hasta la estación
de origen, deberán personarse en el Centro de Servicios al Cliente, o en su defecto, en la Oficina de Atención
al Cliente, con una antelación de 30 minutos para que les informen del procedimiento a seguir y les sea
entregado el impreso creado al efecto para su cumplimentación.
Antes de expender el billete, el vendedor preguntará al solicitante si desea el menú especial infantil,
atendiendo la petición que éste solicite. En caso de limitaciones por salud, religión o desear menú de adulto,
se informará a la persona que adquiere el billete de la disponibilidad de un menú adaptado a las
características del viajero.
61
DE Estaciones de Viajeros
CAMBIOS Y ANULACIONES
Se pueden realizar anulaciones y cambios en las condiciones generales establecidas, si bien se tendrá en
cuenta que para el nuevo tren al que se cambie el billete, si se desea mantener este servicio, debe de tener un
plazo máximo de 48 horas antes de la salida del tren.
TARJETAS DE FIDELIZACIÓN
a. Puntos Tarjeta Renfe Visa
Los billetes emitidos con esta tarifa serán considerados como tarifa general niño a los efectos de lo
establecido en la Tarifa Especial nº 1 "Tarjeta Visa Renfe".
b. Puntos Tarjeta Club AVE
Esta tarifa genera puntos con la Tarjeta Club AVE y puede utilizarse con cargo a redención de puntos.
PROCESO
El Procedimiento General de viaje de menores sin acompañante estará disponible en todas las dependencias
que intervienen en el proceso y que, en resumen, se compone de los siguientes pasos:
•
Solicitud de la prestación del servicio mediante la cumplimentación de un impreso disponible en
estaciones, con una antelación de 30 minutos antes de la salida del tren.
•
El responsable del menor entregará al mismo, junto con el modelo correspondiente, al personal del
Control de Acceso o al Interventor/Supervisor, que le acompañarán hasta su plaza. Entregarán al
acompañante del menor la parte del impreso justificante de la entrega del mismo.
•
El personal de a bordo atenderá al menor durante todo su viaje comprobando regularmente que se
encuentra en el asiento, y estando especialmente pendiente durante la parada del tren en las
estaciones intermedias y, en su caso, en situaciones de incidencias o transbordos.
•
Los menores sin acompañante no podrán hacer uso de la venta a bordo y del servicio de cafetería del
tren, sin autorización previa de la persona que realiza la entrega.
•
Si la estación de destino es el final del tren, el Interventor/Supervisor entregará el menor a la persona
que figure en el impreso, quien firmará en el apartado reservado para ello.
•
Si la estación de destino es una intermedia, el Interventor/Supervisor hará entrega del menor al
personal del Control de Acceso, que firmarán el cupón correspondiente, siendo éstos, a su vez, los
encargados de entregarlo a la persona que figure al efecto en el impreso.
62
DE Estaciones de Viajeros
GASTOS DE GESTIÓN
INTRODUCCIÓN
A partir del 15 de enero de 2007 entran en vigor una serie de cambios en toda la estructura comercial de los
servicios de Alta Velocidad–Larga Distancia, que contempla la adopción de un sistema de costes según el cual
cada canal de venta deberá aplicar gastos de gestión a cada billete emitido.
Este gasto será del 2,75% en el caso de billetes vendidos a través de TIKNET y del 3,50 % en los adquiridos
en los puntos de venta de las estaciones y en las Oficinas de Venta.
En el caso de Agencias de Viajes, en los billetes vendidos por éstas, sólo se especificará el Precio, en tanto
que los gastos de gestión que cada agencia cobre, lo hará en factura aparte.
DESCRIPCIÓN DEL BILLETE
En los billetes emitidos en puntos de venta de las estaciones, Oficinas de Venta y TIKNET, aparecerán
desglosados los siguientes conceptos:
Precio: importe –incluyendo seguros y tasa de seguridad– sobre tarifa general una vez efectuados los
descuentos correspondientes, suplementos de formalización de billetes internacionales, derechos de admisión,
precios globales o precios de trenes turísticos.
Gastos de Gestión (literal del billete Gastos gestión): cantidad resultante de la aplicación del porcentaje
correspondiente, los canales de venta de estaciones y Oficinas de Venta o TIKNET, sobre el Precio.
TOTAL: importe total a pagar por el cliente.
I.V.A. 7%: incluido en el TOTAL.
TRENES
En billetes emitidos por venta SIRE en España y TIKNET, para todos los trenes de Alta Velocidad–Larga
Distancia, Trenhotel Lusitania, Talgo Mare Nostrum, Catalán Talgo, Estrella Surexpreso y Elipsos Trenhotel.
APLICACIÓN
En general, siempre que se produzca una emisión de billetes –en puntos de venta de las estaciones, Oficinas
de Venta o TIKNET– que conlleve alguna percepción económica se generan gastos de gestión.
EXENCIONES
Queda exento del abono de gastos de gestión en puntos de venta de las estaciones, Oficinas de Venta y
TIKNET:
•
•
•
•
Emisión de Tarjeta Dorada.
Formalizaciones del Abono 10 Talgo 200.
Billetes de fecha abierta internacionales e interconexión.
Emisión de pases de la gama Eurail, Inter Rail y Rail Plus. Sobre las formalizaciones de
estos pases sí se aplicarán gastos de gestión.
63
DE Estaciones de Viajeros
MÁQUINAS AUTO CHECK IN
INTRODUCCIÓN
Desde el 23 de enero de 2008 están en funcionamiento las máquinas automáticas auto check in multifunción
instaladas en las principales estaciones.
A partir del 20 de febrero de 2008 se introduce la funcionalidad de obtención de plaza de la Tarifa
PuenteAVE, y el próximo 1 de marzo de 2008 contará con la posibilidad de asignación de puntos de la
Tarjeta Club AVE.
DESCRIPCIÓN
Las máquinas auto check in están dotadas para su funcionamiento de los siguientes elementos:
•
•
•
•
•
•
Pantalla táctil
Lector de códigos de barras
Lector de banda magnética
Lector "chip" (próximamente en funcionamiento)
Rollo continuo de papel térmico
Lector/grabador de tarjeta sin contacto (próximamente en funcionamiento)
FUNCIONALIDADES
A través del menú de selección, el cliente puede acceder a las siguientes operaciones:
•
•
•
•
Emisión de billetes adquiridos en Internet
Obtención de plaza de la tarifa "PuenteAVE"
Cambio de billetes para el mismo día de viaje
Asignación de puntos de la tarjeta Club AVE
En la fecha de entrada en vigor de esta Tarifa las máquinas auto check in no admiten ninguna funcionalidad
que conlleve una transacción monetaria.
EMISIÓN DE BILLETES
El cliente puede imprimir billetes previamente adquiridos a través de Internet (Venta On Line y
agencias.renfe.com), incluso aunque se hubiera realizado la impresión del título de transporte en el domicilio
o en la Agencia de Viajes, todas las veces que precise.
Para realizar la impresión se puede elegir una de las siguientes opciones:
a. Teclear directamente, a través del teclado que aparece en pantalla, el localizador de compra.
b. Introducir la tarjeta de pago con la que se adquirió el billete en el lector de la máquina. En este caso,
aparecen en pantalla todos los localizadores activos asociados a la tarjeta, debiendo elegir el cliente
aquél que desea imprimir.
Tanto en un caso como en otro, se muestra en pantalla el detalle de billete o billetes asociados al localizador
y, una vez pulsado el botón de conformidad, se imprimen los billetes.
64
DE Estaciones de Viajeros
OBTENCIÓN DE PLAZA DE LA TARIFA "PuenteAVE"
Auto check in permite imprimir las reservas de plazas para los billetes Puente AVE previamente adquiridos a
través de Internet (Venta On Line y agencias.renfe.com), VCX o SIRE.
Las operaciones a realizar son las siguientes:
1. Identificación del billete PuenteAVE, pudiendo utilizar una de las siguientes opciones:
a. De forma manual tecleando directamente, a través del teclado que aparece en pantalla, el
localizador de compra o el número del billete.
b. De forma automática, a través de la lectura del código de barras del billete, utilizando el
correspondiente lector.
2. Selección del tren de viaje a elegir entre los que se muestran en pantalla.
3. Selección de asiento a elegir entre los que figuren como libres en un esquema que contiene la
distribución de asientos en el tren.
4. Verificación y confirmación de la reserva.
5. Impresión del billete.
CAMBIO DE BILLETES
En las máquinas auto check in se puede realizar operaciones de cambio de billetes siempre que se cumpla la
totalidad de las siguientes condiciones:
•
•
•
El nuevo tren sea para la misma fecha, origen, destino y clase.
No exista diferencia de precio.
El billete a cambiar tenga código de barras (billetes adquiridos por Venta On Line en Internet, en
puntos de venta de las estaciones a través de SIRE o de VCX, y en Agencias de Viajes que vendan a
través de agencias.renfe.com).
El proceso de cambio de billetes tiene los siguientes pasos:
1. Lectura del código de barras del billete mediante el lector.
2. Selección del nuevo tren a elegir entre los que se muestran en pantalla.
3. Emisión del nuevo billete.
Si se carece del billete que se quiere cambiar, y ha sido comprado a través de la plataforma de venta por
Internet, primero hay imprimir el billete a través de la opción "Emisión de billetes" y posteriormente efectuar la
operación de cambio.
65
DE Estaciones de Viajeros
IDA Y VUELTA
DESCRIPCIÓN
Oferta dirigida a personas que realicen viaje de ida y regreso, sin que transcurran entre ambas fechas más
de 60 días, manteniendo las mismas estaciones de origen y destino.
CONDICIONES
20% descuento, en todos los trenes, clases y fechas
El descuento no se acumulará a ninguna otra oferta, excepto en aquellas que específicamente así lo indiquen
sus condiciones.
Para poder formalizar el billete de regreso es necesario presentar el billete de ida.
La totalidad del descuento en el Precio de los billetes se aplicará en el billete de regreso. En el billete del viaje
de ida se percibirá el Precio a tarifa General.
CANALES DE VENTA
Los billetes se podrán emitir en:
Agencias de Viaje, Oficinas de Venta, y puntos de venta de las estaciones dotadas del sistema de venta SIRE.
Venta por Internet, directamente por particulares o a través de Agencias de Viajes.
No está permitida la venta en ruta.
DOS TRAYECTOS
Esta tarifa es también aplicable, en venta SIRE, cuando en uno o ambos de los dos sentidos se realice el viaje
en dos trayectos consecutivos, de forma que la estación de destino del primero sea el origen del segundo. Los
dos trayectos se deberán efectuar en los trenes más próximos entre sí que sea posible, respetando los tiempos
mínimos establecidos para cada enlace.
No se podrá disponer de esta posibilidad cuando al menos uno de los trenes a utilizar sea Euromed, AVE o
Talgo 200.
COMPATIBILIDAD CON OTRAS OPERADORAS
La oferta es compatible con los trenes de Media Distancia, aplicándose las condiciones comerciales que
establezca cada operadora.
No se pueden combinar la ida y la vuelta entre trenes AVE y Talgo 200 con trenes de Media Distancia.
La utilización de trenes Avant no es compatible en el caso de dos trenes en trayectos consecutivos.
66
DE Estaciones de Viajeros
ANULACIONES
Los billetes podrán ser anulados dentro de su periodo de validez hasta una hora y media antes de la salida
de del tren de su estación de origen, si la operación se efectúa por Internet; o hasta cinco minutos antes de la
salida del tren de la estación de origen del billete si la cancelación se efectúa en los puntos de venta de las
estaciones dotadas de los sistemas de venta SIRE o VCX.
Se deducirá el 20% del importe del billete en concepto de "gastos de anulación".
No se permite anular únicamente el billete de ida cuando esté formalizado el regreso, o anular un solo
trayecto de dos consecutivos.
Para efectuar estas operaciones en un punto de venta SIRE o VCX se deberán presentar los billetes, tanto de
ida como de regreso, que sean necesarios en cada caso.
CAMBIOS
Los billetes podrán ser cambiados dentro de su periodo de validez hasta una hora y media antes de la salida
de del tren de su estación de origen, si la operación se efectúa por Internet; o hasta cinco minutos antes de la
salida del tren de la estación de origen del billete si el cambio se efectúa en los puntos de venta de las
estaciones dotadas de los sistemas de venta SIRE o VCX.
Cuando el cambio de billete se efectúe a uno de mayor Precio, se percibirá la diferencia entre ambos, y
además una percepción del 15% del Precio del billete a cambiar cuando dicho cambio se efectúe para un
tren de distinto día. Cuando el cambio se efectúe para un tren del mismo día sólo se tendrá que abonar la
diferencia de Precio.
Cuando el cambio sea a un billete de menor cuantía, de la cantidad a reintegrar, una vez deducido si
procede el 15% de gastos de cambio, se descontará el 20% en concepto de gastos de anulación.
Para efectuar estas operaciones en un punto de venta SIRE o VCX se deberán presentar los billetes, tanto de
ida como de regreso, que sean necesarios en cada caso.
PROLONGACIÓN DE RECORRIDO
Se puede realizar, abonando la diferencia a tarifa General.
MEJORA DE CLASE
Está permitida, abonando la diferencia de precios referida al trayecto en que ocupe la nueva plaza con
arreglo a las condiciones establecidas en esta Tarifa.
EXCEPCIONES
Se considerarán la misma estación para la formalización de regresos pudiendo, por tanto, formalizarse
indistintamente hasta/desde cualquiera de ellas:
Las estaciones de una misma ciudad.
Estaciones fronterizas colaterales de Irún-Hendaya y Portbou-Cerbère.
Antequera, Antequera-Santa Ana y Bobadilla.
Guadalajara y Guadalajara-Yebes
Puente Genil y Puente Genil-Herrera
San Vicente de Calders, Valls, Tarragona y Camp de Tarragona.
67
DE Estaciones de Viajeros
TARJETA DORADA
DESCRIPCIÓN
Esta norma recoge las condiciones específicas de la Tarjeta Dorada en trenes de Grandes Líneas, en cuanto a
fechas de aplicación y descuentos se refiere. Las condiciones de emisión de la Tarjeta Dorada están
contempladas en la Tarifa Especial 2, Título I, Capítulo 1º, al ser una oferta común a todas las operadoras.
DESCUENTOS
DÍAS DE LA SEMANA
SIRE
Lunes, martes, miércoles y jueves
40%
Viernes, sábados y domingos
25%
Cuando el viaje se realice en el curso de más de un día, se tomará como referencia a efectos de descuento, el
día de salida del tren de la estación de origen del mismo.
EXPENDICIÓN
Los billetes con Tarjeta Dorada se obtendrán con el código de tarifa 013, debiendo codificarse
obligatoriamente el número de la tarjeta en el campo "Número de documento".
INTERVENCIÓN EN RUTA
En ruta se aplicará, en general, el descuento inferior, 25%, cualquier día de la semana. Únicamente podrá
aplicarse el descuento del 40%, si procede, cuando la estación comunique la imposibilidad de haber emitido
billetes por SIRE por cualquier circunstancia. Esta comunicación la deberá entregar la estación al Interventor
en Ruta de la forma prevista.
PROLONGACIONES DE RECORRIDO Y MEJORA DE CLASE
Se aplicará el mismo descuento correspondiente al billete objeto de la prolongación o mejora.
68
DE Estaciones de Viajeros
NIÑO
DESCRIPCIÓN
Condiciones para niños entre 4 años cumplidos y 14 sin cumplir en la fecha de viaje, o tratándose de
menores de 4 años que deseen ocupar plaza.
CONDICIONES
ACREDITACIÓN
En general, no será necesaria acreditación alguna, si bien, durante el viaje, cuando existan dudas razonables
sobre la edad del niño, se podrá solicitar al adulto que le acompañe cualquier documento oficial que
certifique la edad del menor.
PROLONGACIÓN DEL RECORRIDO Y MEJORA DE CLASE
Están permitidas, abonando la diferencia en las condiciones establecidas en esta tarifa.
69
DE Estaciones de Viajeros
TARIFA PUENTE AVE
DESCRIPCIÓN
Producto comercial dirigido especialmente a profesionales que buscan disponibilidad y flexibilidad en sus
horarios de viajes. Es, por tanto, un billete abierto (sin asignación de fecha ni de tren concretos) aplicable a
todos los clientes que lo soliciten.
TRENES Y CLASES
Esta opción comercial sólo está disponible para el origen/destino Madrid–Barcelona o viceversa en todas las
clases del producto AVE.
PRECIO
Es un precio fijo por clase, no siendo compatible con ninguna otra tarifa. Estos precios se podrán consultar en
los sistemas de información y venta.
VALIDEZ
El billete PuenteAVE tiene un período de validez de un año, contado a partir del día de la compra.
PUNTOS DE VENTA
Los billetes PuenteAVE pueden emitirse:
•
•
•
En cualquier estación y Oficinas de Venta, a través de SIRE o VCX
En Agencias de Viajes mediante SIRE o agencias.renfe.com
En renfe.com
CONDICIONES DE EMISIÓN DEL BILLETE PuenteAVE
La adquisición de un billete PuenteAVE da derecho al transporte en el producto AVE Madrid–Barcelona en el
trayecto y clase solicitados. La fecha de viaje, el tren y la plaza, se concretan en el momento del cierre del
billete.
CONDICIONES PARA CERRAR LOS BILLETES
Cada billete PuenteAVE sólo es válido para un viaje. Los billetes PuenteAVE únicamente se podrán cerrar el
mismo día de la realización del viaje. El billete PuenteAVE sólo permite su cierre para la clase reflejada en el
mismo. Si el cliente solicita una clase distinta, se procederá a anular dicho billete y a emitir otro con las
nuevas condiciones requeridas.
Los cierres de billetes PuenteAVE podrán realizarse en:
•
•
Máquinas auto check-in
Puntos de venta de las estaciones, mediante SIRE o VCX
70
DE Estaciones de Viajeros
OPERATIVA DE VENTA SIRE
El billete abierto se emitirá, a través del sistema de venta SIRE, con el Formato AVS1, tipo de Operación 29.
La posición NÚMERO DE TREN se dejará en blanco. En la FECHA se codificará la del día de la venta y en el
campo CLASE se figurará la solicitada por el cliente.
El cierre para tren y fecha de los billetes emitidos a través de SIRE se realizará con el Formato AVS1, tipo de
Operación 39 e introduciendo el número de control del billete PuenteAVE.
CAMBIOS
a. Del billete PuenteAVE
Al tratarse de un billete abierto, no es necesaria la operación de cambio.
b. Del cierre del billete
Los cambios de las reservas sólo están permitidos para el mismo día y clase. Para realizarlos se
procederá a anular la reserva y, posteriormente, a emitir otra nueva.
Esta operación no tiene gastos y podrá realizarse tantas veces como el cliente desee.
ANULACIONES
Los billetes PuenteAVE y sus reservas se pueden anular y, en su caso, reembolsar dentro del periodo de
validez.
En venta SIRE se utilizará el Formato de anulación AN00 y tipo de Operación 18.
a. Billete PuenteAVE
Se reembolsará el 100% del importe del billete deducidos los impuestos, tasas y, en su caso, los
gastos de gestión que figuren en el billete.
b. Cierre del billete
Una vez efectuada la operación de anulación, el billete PuenteAVE quedará disponible para efectuar
una nueva reserva.
MEJORAS DE CLASE
Se admiten en ruta, abonando la diferencia por tarifa PuenteAVE.
71
DE Estaciones de Viajeros
GRUPOS
DESCRIPCIÓN
Oferta dirigida a grupos compuestos por un mínimo de 10 personas y un máximo de 25.
Podrán existir Grupos Concertados de tamaño superior cuyas condiciones serán tratadas de forma específica
con la Central de Reservas de Grupos de Alta Velocidad–Larga Distancia, estando sujeto en lo que al resto de
las condiciones de viaje se refiere a lo expuesto en esta Tarifa Especial.
Para trenes distintos a AVE y Talgo 200 esta oferta dispondrá de un cupo de 25 plazas por tren, día y
ocupación, diferenciando sentadas, literas y camas.
TRENES
La oferta es válida para cualquier recorrido en todos los trenes de ámbito nacional de Alta Velocidad–Larga
Distancia. Para trenes distintos a AVE y Talgo 200 existe un mínimo de percepción de 300 Km.
CLASES
•
•
Plazas sentadas: Club, Preferente y Turista
Plazas acostadas: Litera y Cama Turista
DESCUENTOS
Ida
AVE y Talgo 200
Resto trenes AV-LD
15%
10%
Ida y vuelta
25%
Para los Grupos Concertados, las condiciones de descuento se determinarán mediante negociación con la
Central de Reservas de Grupos de Alta Velocidad–Larga Distancia.
PUNTOS DE VENTA
Puntos de venta de las estaciones, Oficinas de Venta y Agencias de Viajes.
CONDICIONES DE VENTA
a. Trenes AVE y Talgo 200
Los billetes de Grupo deberán adquirirse al menos con 24 horas a la hora del viaje.
b. Resto de trenes de Alta Velocidad–Larga Distancia
Se permite su aplicación todos los días excepto viernes, domingos y en los siguientes periodos de alto
tráfico:
• Los meses de julio y agosto
• Semana Santa
• Navidades
72
DE Estaciones de Viajeros
FORMA DE PAGO
Se abonarán los billetes en las formas habituales, metálico o tarjeta.
CAMBIOS Y ANULACIONES
Esta oferta no admite cambios ni anulaciones parciales, únicamente anulaciones por la totalidad de las plazas
del grupo.
PROLONGACIÓN Y MEJORA DE CLASE
Se podrán solicitar al Interventor en Ruta/Supervisor de servicios a bordo, abonando las diferencias a Tarifa
General. La prolongación de recorrido sólo se podrá solicitar para la totalidad de los componentes del grupo.
INTERVENCIÓN EN RUTA
El Interventor en ruta/Supervisor de servicios a bordo comprobará que el número de viajeros se corresponde
con los figurados en el billete, para lo que podrá solicitar la colaboración de la persona que posea el título de
transporte, que ejercerá como responsable del grupo.
TARJETAS DE FIDELIZACIÓN
a. Puntos Tarjeta Renfe Visa
Según lo establecido en la Tarifa Especial nº 1 "Tarjeta Visa Renfe".
b. Puntos Tarjeta Club AVE
Esta tarifa no genera puntos con la Tarjeta Club AVE y tampoco puede utilizarse con cargo a
redención de puntos.
73
DE Estaciones de Viajeros
TARIFA WEB
DESCRIPCIÓN
Oferta dirigida a personas que adquieran billetes a través de Internet, por la que podrán obtener sus billetes
con una reducción de hasta el 60% cuando adquieran sus billetes con una antelación mínima de compra de
15 días respecto a la fecha de salida del tren.
DESCUENTO
Hasta el 60% sobre el Precio de billetes obtenidos a Tarifa General.
Existe un cupo limitado de plazas para la oferta, por lo que en caso de agotarse las plazas de este cupo no
se podrán emitir billetes de esta tarifa.
ANTELACIÓN DE COMPRA
Los billetes deben ser adquiridos con una antelación mínima de 15 días respecto a la fecha de salida del tren.
CLASES
Plazas sentadas en clase Turista.
TRENES
Todos los trenes de Alta Velocidad-Larga Distancia en ámbito nacional, excepto el Estrella Surexpreso,
Trenhotel Lusitania y Elipsos Trenhotel, para los recorridos que se determinen.
COMPATIBILIDAD CON OTRAS TARIFAS
Esta reducción no es acumulable con ninguna otra oferta.
CANALES DE VENTA
Los billetes se deberán emitir por Internet, directamente por el cliente o a través de Agencias de Viajes.
ANULACIONES
Los billetes podrán ser anulados dentro de su periodo de validez hasta una hora y media antes de la salida
de del tren de su estación de origen, si la operación se efectúa por Internet; o hasta cinco minutos antes de la
salida del tren de la estación de origen del billete si la cancelación se efectúa en los puntos de venta de las
estaciones dotadas del sistema de venta VCX.
Se deducirá el 50% del Precio del billete en concepto de "gastos de anulación".
CAMBIOS
No se admiten cambios.
74
DE Estaciones de Viajeros
TARIFA ESTRELLA
DESCRIPCIÓN
Oferta dirigida a personas que adquieran billetes con una antelación mínima de compra de 7 días respecto a
la fecha de salida del tren, por la que podrán obtener sus billetes con una reducción de hasta el 40%.
DESCUENTO
Hasta el 40% sobre el Precio de billetes obtenidos a tarifa General.
Existe un cupo limitado de plazas para la oferta, por lo que en caso de agotarse las plazas de este cupo no
se podrán emitir billetes de esta tarifa.
ANTELACIÓN DE COMPRA
Los billetes deben ser adquiridos con una antelación mínima de 7 días respecto a la fecha de salida del tren.
CLASES
Preferente y Turista, en plazas sentadas.
Litera, cama Preferente y cama Turista, en plazas acostadas.
TRENES
Todos los trenes de Alta Velocidad–Larga Distancia en ámbito nacional, excepto el Estrella Surexpreso,
Trenhotel Luisitania y Elipsos Trenhotel, para los recorridos que se determinen.
COMPATIBILIDAD CON OTRAS TARIFAS
Esta reducción no es acumulable con ninguna otra oferta.
CANALES DE VENTA
Los billetes se podrán emitir en:
•
•
Agencias de Viaje, Oficinas de Venta, y puntos de venta de las estaciones dotadas de SIRE.
Venta por Internet, directamente por particulares o a través de Agencias de Viajes.
No está permitida la venta en ruta.
CÓDIGO DE VENTA SIRE
Se aplicará el código de tarifa: 007
75
DE Estaciones de Viajeros
ANULACIONES
Los billetes podrán ser anulados dentro de su periodo de validez hasta una hora y media antes de la salida
de del tren de su estación de origen, si la operación se efectúa por Internet; o hasta cinco minutos antes de la
salida del tren de la estación de origen del billete si la cancelación se efectúa en los puntos de venta de las
estaciones dotadas de los sistemas de venta SIRE o VCX.
Se deducirá el 30% del Precio del billete en concepto de "gastos de anulación".
CAMBIOS
Los billetes podrán ser cambiados dentro de su periodo de validez hasta una hora y media antes de la salida
de del tren de su estación de origen, si la operación se efectúa por Internet; o hasta cinco minutos antes de la
salida del tren de la estación de origen del billete si el cambio se efectúa en los puntos de venta de las
estaciones dotadas de los sistemas de venta SIRE o VCX.
Cuando el cambio de billete se efectúe a uno de mayor precio, se percibirá la diferencia entre ambos y
además una percepción del 15% del Precio del billete a cambiar cuando el cambio se efectúe para un tren
del mismo día, y de un 20% cuando el cambio es para un tren de distinto día.
Cuando el cambio sea a un billete de menor cuantía, de la cantidad a reintegrar, una vez deducido si
procede el 15 ó 20% de gastos de cambio, se descontará el 30% en concepto de gastos de anulación.
Si el cambio fuera a una nueva plaza que disponga de esta oferta, el nuevo billete debe cumplir el requisito
de una antelación mínima de 7 días respecto a la fecha de salida del tren.
PROLONGACIÓN DE RECORRIDO
Se puede realizar, abonando la diferencia a tarifa General.
MEJORA DE CLASE
El importe a percibir será el de la nueva plaza, a tarifa General, menos el Precio que figure en el billete.
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DE Estaciones de Viajeros
TARJETA DORADA O TARJETA RAIL PLUS SENIOR EN AVE
DESCRIPCIÓN
•
•
Tarifa con descuento para viajeros poseedores de Tarjeta Dorada o Tarjeta Rail Plus Senior
expedida en el extranjero.
Trenes AVE
1. Requisitos de los viajeros:
• Los viajeros deberán estar en posesión de la Tarjeta Dorada o Tarjeta Rail Plus Senior.
• Las condiciones para ser beneficiario de las mencionadas tarjetas serán las expuestas en el
documento Tarifa Especial Nº 2, Título I, Capítulo 1 "Tarjeta Dorada".
• El viajero deberá presentar la tarjeta cuando así lo solicite el personal responsable.
2. Clase
• Todas las clases en Trenes AVE
3. Modalidades
• Existen 2 diferentes modalidades de tarifa dependiendo del día del viaje:
o I. Tarjeta Dorada o Rail Plus para viajes realizados de Lunes a Jueves.
o II. Tarjeta Dorada o Rail Plus para viajes realizados en Viernes, Sábados o Domingos.
4. Descuento:
• Para la Opción I: 40% de descuento sobre Tarifa General.
• Para la Opción II: 25% de descuento sobre Tarifa General.
• El acompañante de personas perceptoras de prestaciones no contributivas por invalidez, mayores
de 18 años y una minusvalía igual o superior al 65% gozarán de los mismos derechos que el
titular, pero siempre que haga el viaje en las mismas condiciones de fecha, tren, trayecto y clase
y acompañando al titular.
• En la venta en el extranjero se aplicará siempre el descuento del 25%.
5. Condiciones de venta
• Para la aplicación de esta tarifa será necesaria la presentación de la mencionada tarjeta, que es
personal e intransferible, en el momento de adquisición del billete.
6. Cambios y Anulaciones
• Admite cambios hasta 5 minutos antes de la salida del tren:
o Para el mismo día: sin coste alguno.
o Para diferente día: abonando el 10% del precio del billete.
• Admite anulaciones abonando el 15% del precio del billete hasta 5 minutos antes de la salida del
tren.
• Si el titular de la tarjeta realizare un cambio o anulación de su billete, el billete del acompañante,
en caso de que existiere, deberá cambiarse o anularse en las mismas condiciones. El
acompañante, de forma individual, sólo podrá anular el billete, no cambiarlo.
77
DE Estaciones de Viajeros
TARJETA PLUS
CONDICIONES
Será al Portador, si la venta del Abono es para un Militar en posesión de la Tarjeta de Identidad Militar
(T.I.M.), se deberá figurar en el campo Código de Organismo del Formato de Venta AVS1 el que le
corresponda según el Cuerpo al que pertenezca
Podrá adquirirse para los trayectos de Madrid a Toledo, Madrid a Ciudad Real, Madrid a
Puertollano, Ciudad Real a Puertollano y Sevilla a Córdoba o viceversa
Podrá adquirirse para viajar en Club y Turista. La mejora de clase está permitida, debiéndose abonar la
diferencia calculada según el precio unitario del viaje correspondiente a la Tarjeta adquirida. Si por el
contrario el viaje lo realiza en clase inferior a la de su Tarjeta, no tendrá derecho a a reintegro alguno.
La compra de este tipo de Abono, no genera puntos AVE pero si se pueden adquirir con los mismos.
Esta Tarjeta, no admite ningún tipo de cambio. Sin embargo, si se admite en las formalizaciones que hayan
sido objeto de abono por diferencia de clase y se efectuarán en las condiciones habituales.
Tendrá una validez de SEIS meses a contar del día de la compra. Una vez que formalice el primer viaje,
dispondrá de 30 días naturales para la utilización de la misma.
FORMALIZACIÓN DE VIAJES
Antes de acceder al tren, será indispensable la formalización del viaje, debiendo conservarse durante el
mismo, la reserva de la plaza junto con la Tarjeta Plus. No se podrá hacer más de una formalización por tren.
ANULACIONES
Podrá efectuarse la anulación TOTAL de la Tarjeta Plus antes de la formalización del primer viaje con una
retención del 15%. Si se ha formalizado algún viaje y no se puede efectuar, se podrá anular éste antes de la
salida del tren y será restituido en la Tarjeta Plus.
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DE Estaciones de Viajeros
TARJETA GLOBAL MES
CONDICIONES
Será al Portador
Si la venta del Abono es para un Militar en posesión de la Tarjeta de Identidad Militar (T.I.M.), se deberá
figurar en el campo Código de Organismo del Formato de Venta AVS1 el que le corresponda según el
Cuerpo al que pertenezca.
Será válido para el mes natural en que se haya vendido, pudiéndose realizar un número ilimitado de
viajes diarios durante este período.
FORMALIZACIÓN DE VIAJES
Será voluntaria e ilimitada la formalización de viajes para la obtención de reserva de plaza. Por motivos de
seguridad, Alta Velocidad Renfe se reserva el derecho de no admitir el acceso al tren a los viajeros que no
hayan formalizado su plaza si éste se encuentra completo en todas sus clases.
CLASES
Podrá adquirirse para viajar en Club y Turista.
TRENES VÁLIDOS
Sólo podrán ser utilizados en los Media Distancia y en el trayecto de Ciudad Real a
Puertollano y viceversa.
La compra de este tipo de Abono, no genera puntos AVE pero si se pueden adquirir con los mismos.
ANULACIONES
Podrá efectuarse la anulación TOTAL del Abono antes del inicio de la validez con una retención del 15%.
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DE Estaciones de Viajeros
ABONO 10 MADRID - TOLEDO
VENTA:
Será al Portador
Si la venta del Abono, es para un Militar en posesión de la Tarjeta de Identidad Militar (T.I.M.), se deberá
figurar en el campo Código de Organismo del Formato de Venta AVS1 el que le corresponda según el
Cuerpo al que pertenezca.
TRAYECTOS:
Será válido para el trayecto de Madrid a Toledo o viceversa
PERIODO DE VALIDEZ:
Tendrá una validez de 60 días contados a partir de la fecha de compra.
Una vez formalizado el primer viaje, tendrá que utilizarse en los próximos 30 días naturales a partir de esta
formalización.
Será válido para viajar todos los días de la semana.
FORMALIZACIÓN:
Es obligatoria la formalización del viaje en taquilla, y sólo se podrá formalizar una plaza por tren y fecha.
Esta formalización, deberá presentarse junto con el Abono en el acceso al tren.
La compra de este tipo de Abono, no genera puntos AVE pero si se pueden adquirir con los mismos.
CAMBIOS Y ANULACIONES:
El Abono no admite ningún tipo de cambio, sin embargo, las plazas formalizadas podrá anularse o
cambiarse sin gastos de forma ilimitada, siempre que el último viaje se realice dentro del período de validez
del Abono.
El Abono podrá anularse si no tiene ningún viaje formalizado. Los gastos de anulación, serán del 15% del
precio total del mismo.
80
DE Estaciones de Viajeros
BILLETE DE IDA Y VUELTA EN TRENES AVANT
DESCRIPCIÓN Y CONDICIONES COMERCIALES
Tarifa con descuento referente a billete de regreso para los trenes del producto Avant.
Esta tarifa se aplicará bajo las siguientes condiciones:
1. Requisitos de los viajeros
a. Todo tipo de viajeros que tengan 14 años cumplidos en la fecha del viaje.
b. Tarifa aplicable al mismo trayecto en la ida y en la vuelta.
c. Los trayectos de Ida y Vuelta habrán de hacerse exclusivamente en trenes de los productos
para los que esta tarifa es válida.
d. Para poder formalizar el billete de regreso es necesario presentar el billete de ida.
e. Es obligatorio conservar los 2 billetes hasta haber realizado el viaje de vuelta con el fin de
evitar problemas en posibles cambios y anulaciones.
2. Clase
a. Aplicable a todas las clases existentes en cada producto.
3. Condiciones
a. El viaje de vuelta habrá de realizarse en un máximo de 15 días contados a partir de la fecha
del viaje de Ida, pudiéndose realizar la vuelta en el mismo día.
4. Descuento
a. Viaje de Ida y vuelta en mismo día: 20% sobre tarifa general.
b. Viaje de Ida y vuelta en diferente día: 10% sobre tarifa general.
5. Condiciones de venta
a. Esta tarifa no requiere ningún requisito especial de venta, salvo el deseo explícito por parte
del viajero de realizar el viaje de vuelta.
b. El descuento correspondiente le será aplicado en el billete del viaje de vuelta sobre la suma
total del billete de ida y el de vuelta.
6. Cambios y Anulaciones
a. Admite cambios hasta 5 minutos antes de la salida del tren:
ƒ Para el mismo día de viaje, sin coste alguno.
ƒ Para diferente día con un 10% de recargo.
b. Admite anulaciones con el 15% de recargo hasta 5 minutos antes de la salida del tren.
7. Incompatibilidad
a. Esta tarifa no es compatible con el resto de tarifas existentes en cualquiera de los trenes
Avant.
81
DE Estaciones de Viajeros
TARJETA CLUB AVE
CONDICIONES
1
La Tarjeta CLUB AVE tiene por objeto premiar a los clientes de Alta Velocidad -Larga Distancia
Renfe que viajen en trenes AVE y TALGO 200.
2
Podrá solicitar la Tarjeta CLUB AVE cualquier persona física mayor de 14 años, entendiéndose que
la solicitud de un menor de edad se realiza con el consentimiento expreso del representante legal.
3
Es Titular de la Tarjeta CLUB AVE la persona que haya cumplimentado y firmado el modelo de
solicitud establecido al efecto, desde el momento en que reciba y firme, en señal de conformidad
con el presente Reglamento, su Tarjeta CLUB AVE. Asimismo, cuando la solicite por los medios
legales que Alta Velocidad LD establezca (Internet, etc.), cuando acepte el mismo a través de los
medios contemplados en este Reglamento.
4
La utilización de la Tarjeta implica el conocimiento y la aceptación del presente Reglamento.
5
La Tarjeta es propiedad de Alta Velocidad LD , siendo el Titular el depositario de la misma y
responsable de su conservación y uso, de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento.
6
La Tarjeta es totalmente gratuita.
7
La Tarjeta CLUB AVE tiene una validez ilimitada, debiendo utilizarse al menos una vez en un
periodo de un año. Si en este tiempo no fuese utilizada, causará baja automáticamente.
8
La Tarjeta es personal e intransferible, debiendo el Titular acreditar su identidad en el momento de
su utilización, si así fuese requerido por el personal de Alta Velocidad LD .
9
La Tarjeta Club Ave no es un medio de pago.
10
El Titular de la Tarjeta consiente el tratamiento automatizado de sus datos de carácter personal
incluidos en la solicitud de concesión de la Tarjeta CLUB AVE, a los solos efectos de sus fines
comerciales y todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
OBJETO DEL PROGRAMA DE LA TARJETA CLUB AVE
•
1.- La Tarjeta CLUB AVE concede europuntos a sus Titulares por el importe de los billetes
correspondientes a los trayectos que se relacionan en el apartado "Criterios de Obtención de
Europuntos". Dichos europuntos darán derecho a la obtención de billetes gratuitos en los trayectos
que se relacionan en el apartado "Criterios de Consumo de Europuntos".
•
2.- AV Renfe informará a los Titulares de la Tarjeta de la posibilidad de beneficiarse de otras ventajas
adicionales.
ÁMBITO OPERATIVO
La Tarjeta es utilizable en los trenes AVE y TALGO 200 y en aquellas empresas asociadas al Programa de la
Tarjeta CLUB AVE, según condiciones comerciales que puntualmente serán comunicadas a los Titulares.
82
DE Estaciones de Viajeros
CRITERIO DE OBTENCION DE EUROPUNTOS EN AVE RENFE
1
El Titular obtiene europuntos por realizar cualquier trayecto en trenes gestionados por Alta Velocidad
LD .
2
Los europuntos se obtendrán a razón del 6,5% del valor facial del billete, esto es, 100 euros de
consumo = 6’5 europuntos.
3
Todos los billetes dan derecho a europuntos, excepto los emitidos al amparo de la Tarjeta Plus o de
Abonos (salvo el Abono 10 Madrid-Málaga), la Tarjeta Global Mes, los billetes para Militares por
Cuenta del Estado, Grupos, Paquetes Turísticos y aquellos en que el importe reflejado en los mismos
corresponda a más de un viajero.
4
Los billetes gratuitos obtenidos con cargo a europuntos, no dan derecho a obtención de europuntos.
5
El Titular que consiga 300 Europuntos en un período de 12 meses, en trenes AVE y TALGO 200,
pasará a ser Titular de la Tarjeta Club AVE Oro, obteniendo el 10% del valor facial del billete en
europuntos, aparcamiento gratuito con billete de clase Turista y acceso a las Salas Club AVE,
igualmente con billete de clase turista.
DATOS DE INTERES
•
•
•
•
•
•
•
•
•
1.- Lleve siempre consigo su Tarjeta CLUB AVE
2.- Es válida para cualquier viaje en trenes Alta Velocidad Renfe
3.- Recuerde: por cada 100 Euros obtiene 6,5 europuntos
4.- Presente su Tarjeta o indique el número de la misma al comprar su billete o Abono y al acceder al
tren.
5.- Los billetes gratuitos, obtenidos con cargo a europuntos, se podrán usar indistintamente en trenes
AV Renfe, y Grandes Líneas Renfe.
6.- Al canjear por billetes, cada europunto equivale a un euro.
7.- Será obligatorio descontar de su saldo el importe íntegro del billete a obtener, según la
equivalencia del punto anterior.
8.- A la hora de viajar, no existe límite alguno. Usted podrá viajar cuando desee.
9.- Recuerde que su Tarjeta no es un medio de pago
83
DE Estaciones de Viajeros
ANIMALES DE COMPAÑÍA EN TRENES AVE
DESCRIPCIÓN
•
•
•
Transporte de animales de compañía a bordo de los trenes AVE.
Aplicación en Trenes AVE.
Personal de taquillas, atención al cliente, supervisores de servicios a bordo (SSB) y agencias de
viajes.
OBJETIVO
•
Regular las condiciones de admisión y operatividad del transporte de animales de compañía a bordo
de los trenes AVE según su naturaleza y dimensiones.
CONDICIONES COMERCIALES
1. Condiciones de Admisión y Transporte
1. Se admitirán los siguientes animales:
a. Animales de compañía: exclusivamente perros (no catalogados como de raza
peligrosa), gatos y aves.
b. Perros lazarillos acompañando a personas invidentes.
2. Quedan excluidos el ganado, animales de corral, de circo y destinados a competiciones
deportivas o a la venta.
3. No se admitirá más de un animal por persona.
4. No se admitirá más de 3 animales por tren.
5. Los animales serán admitidos para su transporte si el resto de los viajeros no se opone o si no
se producen molestias a los mismos, siendo responsable de los perjuicios que cause el animal
su propio dueño.
6. En el momento de la adquisición del billete y posteriores controles de acceso y en ruta, se
deberán acreditar mediante la Guía de Sanidad correspondiente los requisitos sanitarios
necesarios para su transporte.
2. Animales que viajan en los coches de viajeros
1. Podrán viajar a bordo en los coches de pasajeros aquellos animales de compañía con las
siguientes características:
a. que el peso no supere los 6 Kg.
b. y ser transportados en jaulas habilitadas al respecto, que habrá de proveer el cliente,
cuyas dimensiones sean inferiores a los 60x35x35 cm.
2. El animal deberá ir custodiado y cuidado por el acompañante, procurando éste tenerlo bajo
control para evitar molestias al resto de clientes.
84
DE Estaciones de Viajeros
3. El viajero podrá elegir que el animal ocupe o no plaza.
a. En el caso de no ocupar plaza
ƒ El cliente deberá abonar por el transporte del animal el equivalente a un
50% del asiento de clase turista según el trayecto y tipo de tren
correspondiente, pudiendo viajar en cualquiera de las categorías del tren.
b. En el caso de ocupar plaza
ƒ Se aplicará la Tarifa General o de Ida / vuelta en la clase que corresponda.
c. Los perros lazarillos o guía, podrán acompañar a los viajeros gratuitamente en
cualquiera que sea su clase, debiendo ir acreditados como tales y provistos de
cadena y bozal. Se regirán por las normas actualmente editadas al efecto.
3. Animales que viajan en el furgón de equipajes
1. El transporte de estos animales será sólo aplicable a los trenes AVE donde exista furgón de
equipajes (AVE S 100) y que haya control previo al acceso de clientes al tren.
2. Los animales que superen los 6 Kg. de peso deberán ser transportados en jaulas adecuadas,
proporcionadas por el cliente, que no superen las dimensiones de 85x55x45 cm.
3. El acompañante o propietario deberá viajar en el mismo tren y realizar el mismo trayecto que
el animal.
4. No disfrutará de ningún tipo de franquicia.
5. El cliente deberá abonar por el transporte del animal el equivalente al 50% del precio de un
billete de turista para el trayecto y tipo de tren en que se realice el viaje.
4. Proceso de venta
Caso de animal a bordo sin derecho a ocupar plaza o caso de transporte en el furgón: se
aplicará el código tarifario 437 de "Animales de compañía" que se registrará con una
operación 17 dando lugar a un cobro sin derecho a plaza.
2. Caso de animal a bordo con derecho a ocupar plaza se aplicará los códigos
correspondientes a Tarifa General y Tarifas Ida y Vuelta que estén vigentes en el
momento.
1.
5. Cambios y anulaciones
• Esta tarifa admite cambios y anulaciones en las mismas condiciones que el billete obtenido por
el acompañante del animal.
6. Puntos de la Tarjeta AVE
• Esta tarifa no genera ni redime puntos de la tarjeta de Fidelización del Club AVE.
7. Compatibilidad con otras tarifas
• Esta tarifa es incompatible con el resto de tarifas de los trenes AVE.
OPERATIVA DE SOLICITUD
1. Operativa de Admisión de animales de compañía
1.
El cliente que desee trasladar un animal de compañía con peso superior a 6 Kg. deberá
cumplir las siguientes normas de solicitud
85
DE Estaciones de Viajeros
a.
b.
c.
d.
Control de Acceso
2.
a.
b.
c.
3.
Poseer un título de transporte para el animal emitido según las condiciones
expresadas en el punto 4.
Contactar con una antelación mínima de 24 horas antes de la hora de inicio del viaje
y dentro del horario de 08:00 a 22:00 con el Centro de Servicios al cliente AVE (CSC) de
las estaciones de la línea Madrid-Sevilla.
El CSC AVE solicitará autorización al Centro de Gestión de Operaciones de la viabilidad
del viaje. Una vez autorizado el viaje, el CSC comfirmará al cliente la posibilidad de
viaje.
El CSC AVE de cada estación generará una hoja resumen diaria que estará a disposición
del personal de la Dirección de Operaciones en el Centro de Gestión y en los Controles
de Acceso en la que figurarán los datos de los trenes en los que viajan los animales de
compañía con peso superior a 6 kg.
El viajero con animal de compañía se presentará en el Control de Acceso al responsable
de la dirección de Operaciones o personal autorizado para que compruebe si el animal
cumple con las condiciones de viaje.
Para animales de menos de 6 kg de peso que viajan en los coches de viajeros, si
algún cliente intentara acceder al tren con un animal de compañía sin tener el billete
correspondiente, el SSB le expenderá un billete que recoja el suplemento por el transporte
del animal.
En caso de animales superiores a 6 kg de peso, tendrán que cumplir
obligatoriamente las normas citadas en el punto 8.1. En el momento de Control de
Acceso, un auxiliar de servicio acompañará a la persona responsable del animal
hasta el furgón, donde se depositará hasta la llegada a destino.
Control en ruta
En caso de ubicación en coche de viajeros, si el transporte de los animales originare molestias
o perjuicios a los demás clientes, se procederá de la siguiente manera:3
a)
b)
c)
d)
Se invitará al viajero a ubicarse en aquellos lugares en los que se eviten las molestias
(cambio de asiento o de coche).
Si el cambio de coche no fuera posible, se trasladará al animal a la plataforma
entrecoches o en la zona de equipajes (si hubiere espacio).
Si ello tampoco pudiera realizarse, se situará al animal en el furgón de equipajes, no
teniendo derecho a la devolución de la diferencia del precio pagado en el caso en que el
animal viaje ocupando plaza.
En caso de que no existiese o no fuera posible su traslado al furgón, el cliente y el animal
pueden ser desalojados del tren.
En el caso de viajar el animal en el furgón:
a)
Aproximadamente 5 minutos antes de la llegada del tren al destino del viaje, el
SSB acompañará al propietario hasta el furgón de equipajes y le hará entrega del animal
para que, una vez estacionado el tren, sea su acompañante quien lo baje y se haga cargo
de él.
86
DE Estaciones de Viajeros
1.1. Condiciones de comercialización
1.1.1. Oferta
La oferta se estructura en los siguientes productos:
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
ALTAS PRESTACIONES
Tren R-598
Tren 594
Conectan poblaciones importantes
Reserva de plaza
Velocidad máxima 160 km/h
EXPRÉS
REGIONAL EXPRÉS
CATALUNYA EXPRÉS
ANDALUCÍA EXPRÉS
Conecta grandes y medias poblaciones
Velocidad máxima 140 km/h.
REGIONAL
REGIONAL
Parada en todas o la mayoría de las estaciones del recorrido,
conectando las ciudades entre si y con sus áreas de influencia.
En los núcleos de Cercanías, se inserta dentro de las cadencias de
Cercanías.
Velocidad máxima 120 km/h.
La denominación servicios de Media Distancia se utilizará como suma de todos los tipos de tren
(Regional, 594, R-598 y Exprés).
87
DE Estaciones de Viajeros
1.1.2. Tarifas base
Renfe dispone de seis tarifas base autorizadas, denominadas A, B, C, D, E y F, con las que se
estructura la política tarifaria de los servicios de Media Distancia.
1.1.2.1. Descripción y aplicación
Las tarifas B y D, en la actualidad, no son de aplicación a ninguno de los productos que ofrece
Media Distancia.
TARIFAS
BASE
TRENES
TRAYECTOS
TARIFA
“A”
Regional y Regional Exprés
Madrid - Soria y v/v
De aplicación en trayectos donde alguna de las
estaciones, de origen o destino, o ambas, se
encuentre fuera de los núcleos de Cercanías, así
como entre estaciones de núcleos distintos,
pudiéndose aplicar en estos trayectos cualquier
modalidad de tarifa comercial de Media
Distancia.
TARIFA
“C”
Regional
Exprés (excepto
Regional Exprés de MadridSoria y v/v), Catalunya
Es de aplicación a todo el trayecto del tren,
pudiéndose aplicar cualquier modalidad de tarifa
comercial de viajeros de Media Distancia.
Exprés y Andalucía Exprés
Trenes 594 (que circulen en
el eje Aragón-Mediterraneo
y Salamanca – ValladolidPalencia)
Cuando origen y destino estén dentro de un
mismo núcleo de Cercanías no serán de
aplicación las Tarifas: Ida y Vuelta, Abonos
Mensuales y Anuales y Bonos de 10 viajes.
Para el acceso de viajeros con títulos tasados con
“Tarifa A” será necesaria su elevación de Tarifa.
No se admiten viajeros con billetes ni abonos de
Cercanías.
TARIFA
“E”
TARIFA
“F”
Trenes 594 (excepto los del
eje Aragón-Mediterráneo y
Salamanca – ValladolidPalencia)
Trenes R-598
Es de aplicación a todo el trayecto del tren,
pudiéndose aplicar cualquier modalidad de tarifa
comercial de viajeros de Media Distancia.
No se admiten viajeros con billetes ni abonos de
Cercanías.
Es de aplicación a todo el trayecto del tren,
pudiéndose aplicar cualquier modalidad de tarifa
comercial de viajeros de Media Distancia, excepto
los trenes 598 Madrid-Jaén y v/v que no admiten
títulos multiviaje de Media Distancia.
No se admiten viajeros con billetes ni abonos de
Cercanías.
88
DE Estaciones de Viajeros
1.1.3. Sistemas de venta
1.1.3.1. Sire
DESCRIPCIÓN
TÍTULOS DE
TRANSPORTE
Sistema de venta centralizado de Información y Reserva Electrónica. Permite la venta
de títulos de transporte para trenes con reserva de plaza, con o sin asignación de
asiento, con una anticipación en la venta de hasta 15 días antes de que se efectúe el
viaje.
Billete cartulina formato IATA (200x82). Preimpreso en color y con indicación de los
contenidos incluidos: tren, clase y plaza reservada, etc.
Billete de papel térmico en el anverso y cartulina en el reverso. Formato ATB.
Preimpreso en color con trama de seguridad ICT.
EXPENDICIÓN
En puntos de venta con sistema de venta SIRE, estaciones y agencias de viaje.
FORMA DE PAGO
Metálico y tarjetas aceptadas por Renfe.
1.1.3.2. Visir
DESCRIPCIÓN
Sistema de venta local, que permite la venta de títulos de transporte en el día, sin
reserva ni adjudicación de plaza.
TÍTULOS DE
TRANSPORTE
Billete de papel amarillo o blanco (87x54), con trama de seguridad conteniendo los
datos de expendición y del viaje (fecha, origen, destino, clase, tarifa e importe).
EXPENDICIÓN
En estaciones: venta de billetes para el día del viaje.
FORMA DE PAGO
Metálico.
1.1.3.3. Autoventa
DESCRIPCIÓN
Sistema de venta local que permite la venta de títulos de transporte sin reserva ni
adjudicación de plaza, en régimen de autoventa en máquinas automáticas.
TÍTULOS DE
TRANSPORTE
Billete en formato ISO (55x85) preimpreso en color y con indicación de los
contenidos.
EXPENDICIÓN
Serán válidos los billetes expendidos en régimen de venta inmediata (desde 2 hs.
Inmediatas hasta la salida del tren de la estación). Los billetes y abonos que se
expendan serán utilizables según tarifa.
FORMA DE PAGO
Metálico y tarjetas aceptadas por Renfe.
89
DE Estaciones de Viajeros
1.1.3.4. Orión
DESCRIPCIÓN
Sistema de venta centralizado o local, que permite la venta de un título de transporte
con o sin asignación de asiento.
TÍTULOS DE
TRANSPORTE
Billete de papel térmico en el anverso y cartulina en el reverso. Formato ISO (55x85)
con banda lateral en el reverso y marca táctil para invidentes. Imagen corporativa con
trama de seguridad.
EXPENDICIÓN
En estaciones con sistema de venta ORIÓN.
FORMA DE PAGO
Metálico y tarjetas aceptadas por Renfe.
1.1.3.5. Verta
DESCRIPCIÓN
Sistema de venta local que permite la venta de títulos de transporte sin adjudicación
de plaza, a bordo del tren, mediante máquinas portátiles de venta.
TÍTULOS DE
TRANSPORTE
Podrá ser de dos tipos:
a) Billete de cartulina con el anverso térmico protegido. Formato ISO (55x85) con
banda lateral en el reverso y marca táctil. Imagen corporativa con trama de
seguridad.
b) Billete en papel térmico (1) con formato y distribución de impresión similar a los
emitidos por el sistema de venta VISIR, con trama de seguridad.
EXPENDICIÓN
Será válido para su utilización en el tren de emisión para los billetes sencillos. El
resto de los billetes emitidos serán utilizables según las condiciones de cada tarifa
comercial.
FORMA DE PAGO
Metálico.
(1) Por ser el soporte del billete de venta en ruta de papel térmico, debe advertirse al viajero que si se
somete dicho billete a fuentes de calor, puede producirse su deterioro y, en consecuencia, su inutilización.
1.1.3.6. Internet (TIKNET)
DESCRIPCIÓN
TÍTULOS DE
TRANSPORTE
Sistema de reserva y compra de títulos de transporte a través de Internet para trenes
con reserva de plaza, con una anticipación en la venta de hasta 15 días antes de la
fecha del viaje.
El cliente obtendrá un localizador alfanumérico, que será canjeado en taquilla o ruta
por los billetes adquiridos. El billete tendrá formato IATA (200x82). Preimpreso en
color y con indicación de los contenidos, o formato ATB. Preimpreso en color.
El cliente podrá imprimir el billete en una impresora particular, en formato A4 con
orientación vertical.
90
DE Estaciones de Viajeros
Internet (TIKNET) (continuación)
EXPENDICIÓN
El billete se adquiere a través de Internet y se puede expender hasta una hora antes
de la salida de origen del tren, en cualquier taquilla de la estación, con Sistema de
Información y Reserva Electrónica (SIRE). A partir de una hora antes de la salida del
tren de su estación de origen, si el viajero no ha impreso su billete en domicilio, éste
se facilitará en ruta por el Supervisor o Interventor en Ruta.
FORMA DE PAGO
Tarjetas de crédito o débito aceptadas por Renfe para este sistema. La compra está
limitada hasta dos horas antes de la salida de su estación de origen.
ANULACIONES Y
CAMBIOS
Los billetes adquiridos a través de Internet se pueden anular sin gastos hasta dos
horas después de haber realizado la operación de compra de los mismos. Una vez
pasado este periodo y hasta hora y media antes de la salida del tren de su estación de
origen, la anulación tendrá un 15 por ciento de retención por gastos.
Los cambios y anulaciones parciales, así como aquéllas que deseen realizarse a partir
de hora y media antes de la salida del tren de su estación de origen, no se admiten a
través de Internet, pudiéndose realizar, en cualquier caso, a través de las taquillas de
una estación con SIRE y con arreglo a los procesos descritos en la TE1 “Normas
comunes sobre sistemas de venta. Venta de billetes por Internet”, para después
proceder de la forma establecida para el sistema SIRE.
91
DE Estaciones de Viajeros
1.1.5. Condiciones de venta
1.1.5.1. Precios autorizados
Para cada Tarifa (A, B, C, D, E o F):
- Los precios para trayectos hasta 140 kms. son los precios figurados en la presente Tarifa Especial
Nº 6 apartado 0 “Normas generales sobre tarificación para Trenes de Media Distancia”, así como en
sus respectivos baremos.
- Los precios para trayectos superiores a 140 kms., se establecerán multiplicando las correspondientes
bases de percepción, por viajero y kilómetro, por el extremo superior del tramo kilométrico
correspondiente a la distancia comercial entre las estaciones de origen y destino del viajero,
redondeando esta cantidad final.
- Se fijan precios globales para la línea Calatayud-Zaragoza-Huesca.
1.1.5.2. Precios promocionales o descuentos
Los precios autorizados son los únicos valores de partida para el cálculo de precios con descuento.
Para cualquier trayecto: El precio de los billetes para cada tarifa promocional se establece
multiplicando el precio autorizado del tramo por el coeficiente reductor, según descuento, y
aplicando al precio resultante obtenido el redondeo establecido.
NO SE ADMITE LA ACUMULACIÓN DE DESCUENTOS O TARIFAS (Excepto aquellos que se regulen
específicamente en su tarifa).
1.1.5.3. Redondeos
Precios autorizados
Trayectos hasta 140 km.: El redondeo está integrado en el porcentaje de subida autorizado.
Trayectos superiores a 140 km.: El redondeo será siempre por exceso a cinco céntimos de euro,
siempre que éste no termine en 0 ó 5 estando, igualmente el mismo, incluído en la subida
autorizada.
Precios globales: El redondeo está integrado en el porcentaje de subida autorizado
Precios promocionales o descuentos
Precios hasta 2 euros: Si la terminación centesimal del precio resultante está entre 0 y 2 o desde 5
hasta 7, se redondea por defecto a 0 ó 5, respectivamente. (Ej.: 1,61 redondea a 1,60 y 1,67
redondea a 1,65). Y si la terminación del precio resultante es 3 ó 4 y 8 ó 9, se redondea por exceso a
5 ó 0, respectiva mente. (Ej.: 1,63 redondea a 1,65 y 1,68 redondea a 1,70).
Precios de 2 euros o más: La terminación centesimal del precio resultante se redondea siempre, por
exceso, a múltiplos de 5. (Ej.: 2,31 se redondea a 2,35).
La aplicación de este redondeo comercial a los precios resultantes podrá hacer variar ligeramente,
al alza o a la baja, el tipo de descuento aplicado inicialmente y anunciado en su tarifa.
92
DE Estaciones de Viajeros
1.1.5.4. Venta
Los billetes se expenderán o formalizarán en estaciones o puntos de venta autorizados. Cuando el
viajero acceda al tren en estaciones sin venta, la adquisición o formalización de los billetes se
efectuará en ruta por el agente de intervención.
1.1.5.5. Billetes de ida y regreso
Billetes de ida y vuelta para Niño, Tarjeta Dorada, Carnet Joven y Grupos, que no tienen descuento
adicional por billete de ida y vuelta. Se podrán expender billetes de ida y regreso, sin descuento
adicional alguno, con las Tarifas siguientes: Tarifa Niño, Carnet Joven, Tarjeta Dorada y Grupos.
Formalización
Los billetes emitidos por el sistema VISIR con ida y regreso, serán válidos para efectuar el viaje de
regreso en el mismo día del viaje de ida sin necesidad de formalizar el regreso en taquilla (indicación
de fecha de viaje y tren de regreso), salvo cuando se vayan a utilizar trenes con diferente clase y/o
tarifa a la abonada en el billete. Asimismo, el viaje de regreso podrá realizarse hasta 15 días después
de la fecha del viaje de ida, incluida ésta, previa formalización, en todos los casos, en taquilla.
Para acceder a trenes de Altas Prestaciones, siempre se deberá pasar por taquilla para formalizar el
viaje. Cuando el viajero desee reserva de asiento al utilizar los trenes que disponen de esta
modalidad, que no sean trenes de Altas Prestaciones, precisará formalización previa. En caso
contrario, sólo podrá ocupar las plazas libres que facilite el personal de Intervención en Ruta.
1.1.5.6. Tasas, impuestos y seguros de viajeros
Los billetes expendidos al amparo de los distintos precios autorizados y promocionales, incluyen
tasas, seguros de viajeros e impuestos legalmente establecidos, salvo que, específicamente, se
exprese su no inclusión en la tarifa u oferta correspondiente.
1.1.5.7. Prolongación de recorrido
Como norma general, se permite la prolongación de viaje si previamente se ha notificado al
Interventor en Ruta, abonándose el precio del nuevo trayecto, tasado conforme a las condiciones
establecidas en la Tarifa Especial 6 o tarifa comercial que sea portador el viajero, siempre que la
misma lo permita.
Al establecer el precio del nuevo trayecto, deberá tenerse en cuenta que, si éste sumado al importe
del trayecto ya abonado, fuese inferior al precio total entre el origen y el destino final del viajero,
se deberá regularizar abonando la diferencia respecto al precio total del trayecto.
Como excepción, para los trenes de Media Distancia que efectúen servicio de Cercanías dentro de
núcleos, las prolongaciones de viaje para un recorrido regional (cuando alguna de las estaciones,
origen o destino, o ambas, se encuentre fuera de los núcleos de Cercanías) se regirán por las
siguientes normas:
Prolongación de viaje a un cliente portador de un título de transporte sencillo de Cercanías (Ida o
Ida y Vuelta): Se cobrará al cliente la totalidad del coste del viaje desde origen a destino,
descontándose el importe previamente abonado para el trayecto de Cercanías.
Prolongación de viaje a un cliente portador de un título de transporte multiviaje de Cercanías: No
se permite
93
DE Estaciones de Viajeros
1.1.5.8. Anulaciones
En general, todo billete podrá ser anulado dentro del periodo de validez del billete y, como
máximo, hasta 5 minutos antes de la hora de salida del tren de la estación de origen del billete
que se presenta a anular.
El gasto de anulación será del 15% del importe del billete anulado.
Cuando el billete haya sido emitido por un sistema de venta y se presente a anular en un punto de
venta que no disponga del mismo sistema por el que ha sido emitido, el plazo para realizar la
operación finalizará una hora antes de la salida del tren de la estación de origen del billete,
calculándose el importe a reintegrar, 85%, de forma manual.
Igualmente será de aplicación el párrafo anterior para los billetes emitidos por un sistema de venta
no centralizada (Visir, Autoventa), calculando los gastos de anulación para los billetes de vuelta o
regreso, en el caso de billetes de ida y vuelta o regreso, según el criterio establecido en el
apartado 2.1.2. de esta Tarifa Especial Nº 6.
Todo lo no regulado en este capítulo de la presente Tarifa Especial Nº 6, estará sujeto a lo
dispuesto en la T.E.1 Apartado II.1.
1.1.5.9. Cambios
Podrá ser cambiado cualquier billete emitido por un sistema de venta centralizado de plazas (con o
sin reserva). Los emitidos por sistemas locales ( no centralizados) no podrán ser cambiados.
Gastos por cambio:
• Cambio para el mismo día: Gratuito
• Para distinto día: 10% del importe del billete a cambiar, con un mínimo de 1 euro por billete.
Todo lo no regulado en este capítulo de la presente Tarifa Especial Nº 6, estará sujeto a lo
dispuesto en la T.E.1 Apartado II.1.
1.1.5.10. Reserva de plaza
Reserva de plaza sentada
• El precio de la reserva de plaza sentada se establece en 4 euros.
• La reserva se facilitará, desde 15 días antes de la fecha de viaje, incluída ésta, para aquellos
trenes que se comercialicen en venta SIRE u ORIÓN como “Trenes de Plazas Limitadas”, con o
sin asignación numérica de asiento.
• El precio de la reserva, sólo se cobrará cuando los documentos o títulos de transporte eximan
totalmente a su titular del pago de la base tarifaria del tren, debiendo abonar, en cualquier
caso, 4 euros como importe de la reserva antes de acceder al tren, cuando éste se comercialice
como “Tren de Plazas Limitadas” con o sin asignación numérica de plaza sentada y coche.
Para el resto de títulos de transporte el importe de la reserva es gratuito.
94
DE Estaciones de Viajeros
Trenes de Plazas Limitadas con reserva de plaza y con asignación de asiento
• Disponen de esta modalidad de reserva, los trenes:
√
Regional Exprés (Madrid-León y Madrid-Vitoria)
√
Regional Exprés (líneas Madrid-Jaén, Madrid-Albacete –excepto trenes 8044, 8045, 38040
y 38043- y Ciudad Real-Alicante)
√
Trenes 594 :
De Castilla y León (Madrid-Salamanca y Salamanca-Valladolid-Palencia)
De Aragón (Calatayud-Zaragoza, Zaragoza-Huesca-Jaca)
De Extremadura y Madrid-Extremadura
Del Eje Aragón-Mediterráneo (Huesca-Zaragoza-Teruel-Valencia)
√
Trenes R-598:
De Andalucía
De Extremadura y Madrid-Extremadura
De Madrid-Jaén
Trenes de Plazas Limitadas sólo con reserva de plaza sin asignación de asiento
Disponen de esta modalidad de reserva, los trenes R-598 de Galicia. Sólo se comercializarán las
plazas sentadas.
Para el resto de trenes no incluidos en los dos apartados anteriores, no se deberá cobrar, en
ningún caso, la reserva de plaza por no ser Trenes de Plazas Limitadas.
95
DE Estaciones de Viajeros
1.1.7. Trenes de Plazas Limitadas
1.1.7.1. Descripción
Los trenes de Media Distancia que disponen de venta con reserva de plaza, con o sin asignación de
asiento, se comercializarán como “Trenes de Plazas Limitadas”.
La relación de estos trenes se hará constar en cada cambio de servicios mediante el documento
informativo correspondiente
1.1.7.2. Venta de títulos de transporte
La venta de títulos de transporte para los "Trenes de Plazas Limitadas" se realizarán a través del
sistema centralizado SIRE u ORIÓN, con excepción de aquellas estaciones que no dispongan de
estos sistemas, que los venderán con aquel que tengan disponible.
1.1.7.3. Plazas de pie en Trenes de Plazas Limitadas
Se podrán vender billetes sin derecho a asiento, cuando haya ocupación plena del tren,
informando previamente al cliente de este hecho. Si el cliente acepta realizar viaje de pie, se le
expenderá un billete en el que se indicará (a mano o con sello) "CLIENTE SIN PLAZA", además del
sello de la taquilla o estación.
En el resto de trenes no se exigirá esta norma, por no comercializarse como "Trenes de Plazas
Limitadas"
En todos los trenes R-598 y 594, no se admitirán billetes sin reserva de plaza, con o sin
asignación de asiento. No se admiten viajeros de pie.
96
DE Estaciones de Viajeros
1.1.8. Indemnizaciones
Salvo por causa de fuerza mayor, el viajero afectado por cancelación, interrupción o retraso del
viaje, tendrá derecho a recibir la indemnización correspondiente.
1.1.8.1. Cancelación del viaje
1.1.8.1.1. Descripción
Se entenderá por cancelación del viaje, siempre que no ocurran causas de fuerza mayor,
la imposibilidad de iniciar por Renfe-Operadora el mismo, en las condiciones previstas
en el título de transporte.
En caso de cancelación del viaje, el viajero tendrá derecho a la devolución del precio
pagado por el servicio no prestado.
No obstante, si la cancelación de produjera dentro de las cuarenta y ocho horas previas
a las fijadas para el inicio del viaje, Renfe-Operadora estará obligada, a elección del
viajero, a proporcionarle desplazamiento en otro tren u otro modo de transporte, en
condiciones equivalentes a las pactadas o a devolverle el precio pagado por el servicio.
En todo caso, cuando el viajero fuera informado de la cancelación del viaje en las
cuatro horas previas a la fijada para su inicio, independientemente de cual haya sido
su decisión, tendrá derecho, además, a una indemnización a cargo de Renfe-Operadora
consistente en el doble del importe del título de transporte.
1.1.8.2. Interrupción del viaje
1.1.8.2.1. Descripción
Se entenderá por interrupción del viaje, siempre que no concurran causas de fuerza
mayor, la paralización del mismo mientras se está desarrollando.
En caso de interrupción del viaje, el viajero tendrá derecho a:
• Regreso gratuito a la estación de origen con habilitación gratuita para otra fecha o
tren, con devolución del importe del billete.
• Ser trasladado, con la mayor brevedad posible, en otro tren u otro modo de
transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas, aplicándose las condiciones de
indemnización por retraso figuradas en el punto 1.1.8.3. de la presente Tarifa Especial
Nº 6.
Además, en el caso de que el tiempo de interrupción sea superior a una hora de
duración, Renfe-Operadora estará obligada, en su caso, a sufragar los gastos de
manutención y hospedaje o alojamiento del viajero durante el tiempo que dure la
interrupción.
97
DE Estaciones de Viajeros
1.1.8.3. Retraso del tren
1.1.8.3.1. Descripción
De manera general, cuando se produzca el retraso de un tren de Media Distancia, el
cliente tendrá derecho a percibir una indemnización compensatoria, si bien ésta no será
aplicable cuando la demora se produzca por obras, incidencias anunciadas o causa de
fuerza mayor. A los efectos del derecho y cálculo de la indemnización, se tendrá en
cuenta si el cliente, antes de iniciar el viaje, conoce o no conoce la demora en la salida
del tren, el tiempo de viaje del cliente y el retraso del tren a la estación de llegada
figurada en el billete.
• Tendrán derecho a indemnización los clientes que hayan obtenido su billete en venta
anticipada o antes de la hora teórica de salida de la estación de origen figurada en el
billete. En el caso de obtener el billete para un tren con una demora anunciada, el
cliente no tendrá derecho a indemnización alguna, pues acepta el nuevo horario.
• Sí tendrá derecho por el tiempo de retraso que se produzca en circulación del tren con
el nuevo horario, hasta la estación de destino figurada en el billete. Si el viaje se
hubiera de realizar por carretera, por incidencia (no por obras, incidencias anunciadas
o causa de fuerza mayor), el cliente que accediera a este medio alternativo deberá
considerarse como un cliente que acepta las nuevas condiciones y aplicarle por
tanto las mismas consideraciones que si se tratara de un cliente viajando en tren.
El plazo para presentar una reclamación será de un mes, a partir de la fecha en la que se
produjo el hecho motivo de la reclamación.
Cuando haya que indemnizar con el 100% del importe del billete, se podrá optar por la
devolución del importe o bien por otro nuevo billete para otro viaje, según decida el
cliente.
Todo lo no regulado en este apartado 1.1.8, estará sujeto a lo establecido en cada caso
por la presente Tarifa Especial Nº 6 o, en su defecto, por las Condiciones Generales del
Contrato de Transporte de Viajeros de Media Distancia.
98
DE Estaciones de Viajeros
1.1.8.3.2. Tabla de indemnizaciones (excepto para trenes 594 y R-598)
Si el retraso es inferior a 30 minutos ................................................................... 0
Si el retraso es igual o superior a 30 minutos e inferior a 45 minutos .................. 25%
Si el retraso es igual o superior a 45 minutos e inferior a 60 minutos .................. 50%
Si el retraso es igual o superior a 60 minutos ..................................................... 100%
1.1.8.3.3. Tabla de indemnizaciones para trenes 594 y R-598
Si el retraso es inferior a 15 minutos ................................................................... 0
Si el retraso es igual o superior a 15 minutos e inferior a 30 minutos .................. 25%
Si el retraso es igual o superior a 30 minutos e inferior a 60 minutos .................. 50%
Si el retraso es igual o superior a 60 minutos .................................................... 100%
Esta tabla no es aplicable a los trenes 594 de las líneas Valencia-Teruel-ZaragozaHuesca y Salamanca –Valladolid – Palencia, que se comercializan con “Tarifa C”.
1.1.8.4. Indemnizaciones por incidencias del material rodante
1.1.8.4.1. Avería en las prestaciones funcionales de los trenes de Media Distancia
Si no funciona la calefacción o el aire acondicionado ....................................... 20%
Esta indemnización es compatible con la originada por retraso y por sustitución de un
tren de Altas Prestaciones, no pudiendo ser ésta superior al importe del billete.
1.1.8.4.2. Sustitución de vehículos de Altas Prestaciones por otro vehículo
Cuando por necesidades del servicio, en origen, fuera sustituído un vehículo
TRD o R-598 por otro tipo de tren diferente a éstos o por otro medio de
transporte alternativo, a los clientes se les indemnizará con un ........................ 20%
Tendrán derecho a esta indemnización los viajeros que hubieran sacado el billete
anticipadamente o con anterioridad al anuncio del cambio de tipo de tren o modo.
El cliente que adquiera un billete para un vehículo de Altas Prestaciones, habiéndole
comunicado que el tren ha sido sustituído por otro diferente, y si la tarifa aplicada es
inferior en precio a la que le corresponde de forma habitual, NO TENDRÁ DERECHO a
indemnización por dicho cambio.
Esta indemnización es compatible con las derivadas por retrasos y por avería en las
prestaciones funcionales del vehículo, no pudiendo ser ésta superior al importe del
billete.
99
DE Estaciones de Viajeros
2.1. Tarifas
2.1.1. Tarifa “Niño”
Niños entre 4 y 14 años, sin cumplir, el día del viaje. Los niños menores de 4 años viajan gratis sin
ocupar asiento.
2.1.1.1. Condiciones comerciales
DESCUENTO
40% sobre la tarifa base del tren
CLASE
Todas
TRENES
Todos los trenes de Media Distancia
2.1.1.2. Condiciones de aplicación
TRAYECTOS
Para cualquier recorrido de la Red, cuando alguna de las estaciones, origen o
destino, o ambas, se encuentre fuera de los núcleos de Cercanías, así como entre
estaciones de núcleos distintos.
ACREDITACIÓN
Para confirmar la edad del niño podrá ser requerida la presentación de cualquier
documento oficial (Libro de Familia o similar), que acredite la edad o fecha de
nacimiento del niño.
OTRAS
CONDICIONES
Los niños menores de 4 años que no ocupen plaza, viajarán de forma gratuita y
no precisarán de título de transporte.
Aquellos niños menores de 4 años que ocupen plaza se beneficiarán de las
condiciones comerciales y de aplicación de esta Tarifa.
Todo lo no regulado por esta Tarifa estará sujeto a lo establecido en cada caso
por las Condiciones Generales del Contrato de Transporte de Viajeros de Media
Distancia.
100
DE Estaciones de Viajeros
2.1.2. Tarifa “Ida y Vuelta”
Viajeros que realizan viaje de ida y vuelta, entre dos estaciones, en trenes de Media Distancia.
2.1.2.1. Condiciones comerciales
DESCUENTO
10% sobre la tarifa base del tren
CLASE
Todas
TRENES
Todos los trenes de Media Distancia
2.1.2.2. Condiciones de aplicación
TRAYECTOS
Para cualquier recorrido de la Red, cuando alguna de las estaciones, origen o
destino, o ambas, se encuentre fuera de los núcleos de Cercanías, así como entre
estaciones de núcleos distintos.
VALIDEZ
El viaje de ida será válido para la fecha y tren figurado en el billete. El viaje de
vuelta se podrá realizar hasta 15 días después de la fecha del viaje de ida,
incluída ésta, previa formalización, en todos los casos, en taquilla.
EXPENDICIÓN
Los billetes pueden ser expendidos por tres sistemas de venta, aplicando el
porcentaje de descuento establecido para esta Tarifa, tanto al trayecto de ida
como al de vuelta.
VISIR
a) Ida y Vuelta, cobrando el trayecto de vuelta en iguales condiciones a las
establecidas en el viaje de ida, aplicando el descuento establecido, a cada
trayecto.
b) Ida y Vuelta, cobrando el trayecto de vuelta con “Tarifa A”.
SIRE
a)
Ida y Vuelta con la vuelta abierta. Cobrando el trayecto de vuelta con
“Tarifa A”.
b) Ida y Vuelta con la vuelta cerrada. Se emitirán dos billetes. El primero
(billete principal) es emitido igual que un billete de ida y vuelta abierta. El
segundo billete cobrará, si procede, la diferencia entre la tarifa base del tren
elegido y la “Tarifa A”.
ORIÓN
a) Ida y Vuelta con la vuelta abierta. Cobrando el trayecto de vuelta con
“Tarifa A”.
b) Ida y Vuelta con la vuelta cerrada. Se emitirán los billetes necesarios para
cada trayecto, siendo tasado cada uno con su precio, en función de las
características del viaje.
101
DE Estaciones de Viajeros
FORMALIZACIÓN
Como norma general, cuando el viajero desee una reserva de asiento al utilizar
trenes incluidos en el Sistema de Información y Reserva Electrónica, siempre
precisará formalización previa.
VISIR
Cuando el viaje de vuelta no sea para la misma fecha o tarifa que la de ida, se
deberá formalizar el billete previamente en taquilla, regularizando la diferencia,
si procede.
Excepcionalmente, si el portador de un billete de ida y vuelta que desee regresar
el mismo día o en una fecha diferente a la de ida y no deba abonar importe
alguno por la regularización del viaje de vuelta, podrá formalizar el billete por
medios automáticos, torniquetes o canceladora.
SIRE
Los billetes de ida y vuelta cerrada no necesitan formalización.
Los billetes de ida y vuelta con vuelta abierta necesitan la formalización en
taquilla, regularizando la diferencia de precio, si procede.
ORIÓN
Los billetes de ida y vuelta cerrada no necesitan formalización.
Los billetes de ida y vuelta con vuelta abierta necesitan la formalización en
taquilla, regularizando la diferencia de precio, si procede.
Cuando la estación disponga de medios automáticos de formalización,
canceladoras o torniquetes, aptos para los billetes ORIÓN y el viaje de vuelta se
realice en un tren con “Tarifa A” y sin reserva de plaza, el viajero puede
formalizar el viaje en los mismos y acceder al tren.
PROLONGACIÓN
RECORRIDO Y
MEJORA CLASE
ANULACIÓN DEL
TRAYECTO
VUELTA
Se admiten, previa regulación del billete con arreglo a esta oferta o a lo
establecido por las Condiciones Generales del Contrato de Transporte de Viajeros
de Media Distancia.
Se abonará al cliente el 85% del importe resultante de la diferencia entre el
precio total del billete de ida y vuelta (abierta o cerrada) y el precio de un billete
tasado a la tarifa base del tren en el que efectuó la ida.
102
DE Estaciones de Viajeros
2.1.2.3. Condiciones de admisión
2.1.2.3.1. Trayecto de vuelta de Media Distancia en trenes de Larga Distancia
TRENES
Todos los servicios de Larga Distancia
VALIDEZ
Podrá efectuarse el viaje de vuelta hasta 15 días después de la fecha
del viaje de ida, incluida ésta.
FORMALIZACIÓN
La admisión estará sujeta a las condiciones del tren en cuanto a la
tipología de tarificación. En todos los casos será preciso el paso previo
por taquilla, emitiéndose un billete y abonando la diferencia entre el
precio del tren y clase a utilizar con el 10 ó 20 por ciento de
descuento, según las condiciones comerciales de Larga Distancia, y el
importe ya cobrado previamente para el trayecto de vuelta.
En ningún caso se reintegrará cantidad alguna.
2.1.2.3.2. Trayecto de vuelta de Larga Distancia en trenes de Media Distancia
TRENES
Todos los servicios de Media Distancia
VALIDEZ
Podrá efectuarse el viaje de vuelta dentro de los 2 meses siguientes a
la fecha del viaje de ida.
FORMALIZACIÓN
En todos los casos será preciso el paso previo por taquilla,
emitiéndose un billete y abonando la diferencia obtenida al restar la
tarifa base del tren de Media Distancia de vuelta con un 10 por ciento
de descuento y el 10 ó 20 por ciento del importe pagado en el tren
de ida, según las condiciones comerciales de Larga Distancia.
En ningún caso se reintegrará cantidad alguna.
103
DE Estaciones de Viajeros
2.1.3. Tarifa “Carnet Joven”
Jóvenes menores de 26 años de edad, que sean titulares de un "Carnet Joven" emitido por las
Comunidades Autónomas, así como los emitidos en el extranjero.
2.1.3.1. Condiciones comerciales
DESCUENTO
20% sobre la tarifa base del tren
CLASE
Única
TRENES
Todos los trenes de Media Distancia
2.1.3.2. Condiciones de aplicación
TRAYECTOS
Para cualquier recorrido de la Red, cuando alguna de las estaciones, origen o
destino, o ambas, se encuentre fuera de los núcleos de Cercanías, así como entre
estaciones de núcleos distintos.
ACREDITACIÓN
Presentación en taquilla del "Carnet Joven" válido.
CONTROL
EN RUTA
El Interventor en Ruta solicitará, además del título de transporte, el Carnet Joven
que justifique la reducción reflejada en el billete, así como un documento
acreditativo que confirme la identidad del portador del título y Carnet Joven.
En el caso de no coincidir la titularidad del Carnet Joven con el documento
acreditativo de identidad o falta del Carnet Joven, se considerará al viajero
desprovisto de billete válido para viajar. También se le considerará viajero
desprovisto de billete válido para viajar al portador de un título de transporte
obtenido al amparo de un carnet caducado. En estos casos, se actuará conforme
a lo establecido en la presente Tarifa Especial Nº 6 o en su defecto en las
Condiciones Generales del Contrato de Transporte de Viajeros de Media
Distancia.
OTRAS
CONDICIONES
Todo lo no regulado por esta Tarifa estará sujeto a lo establecido en cada caso
por la Circular Viajeros núm. 4, Párrafo 21 y por las Condiciones Generales del
Contrato de Transporte de Viajeros de Media Distancia.
104
DE Estaciones de Viajeros
2.1.4. Tarifa “Tarjeta Dorada”
Viajeros titulares de Tarjeta Dorada, según las condiciones de titularidad establecidas en la Tarifa
Especial Nº 2, Apartado I.2.
2.1.4.1. Condiciones comerciales
DESCUENTO
40% sobre la tarifa base del tren
CLASE
Todas
TRENES
Todos los trenes de Media Distancia
2.1.4.2. Condiciones de aplicación
TRAYECTOS
Para cualquier recorrido de la Red, cuando alguna de las estaciones, origen o
destino, o ambas, se encuentre fuera de los núcleos de Cercanías, así como entre
estaciones de núcleos distintos.
ACREDITACIÓN
Presentación en taquilla y en ruta de la "Tarjeta Dorada" válida.
PROLONGACIÓN
RECORRIDO Y
MEJORA CLASE
Se admite, previa regulación del billete con arreglo a esta oferta.
OTRAS
CONDICIONES
Todo lo no regulado por esta Tarifa estará sujeto a lo definido en cada caso por
la Tarifa Especial Nº 2, Apartado I.2. y, en su defecto, por las Condiciones
Generales del Contrato de Transporte de Viajeros de Media Distancia.
105
DE Estaciones de Viajeros
2.1.5 Tarifa “Grupos”
Grupos de 10 o más viajeros (o pagando el equivalente), con el mismo origen y destino, viajando en el
mismo tren y fecha.
Existen dos productos, según las características del grupo y viaje:
A: GRUPOS DE 10 ó MÁS VIAJEROS PERTENECIENTES A CENTROS DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIOS
B: GRUPOS DE 10 ó MÁS VIAJEROS
2.1.5.1. Condiciones comerciales
DESCUENTO SOBRE
TARIFA BASE
GRUPO A
GRUPO B
Adultos: 40%
(*) Niños: 50%
Adultos: 20%
(*) Niños: 40%
(*) Niños hasta 14 años sin cumplir. Será gratuito para aquellos integrantes del
grupo entre 0 y 4 años sin cumplir, que por sí solos no formen grupo (menos
de 10)
FECHA APLICACIÓN
Laborales del 15-09 al 30-06 (LMXJS)
excepto viernes y víspera festivo (no
sábados)
TRENES
Todos los trenes de Media Distancia. Los trenes Regional Exprés, Andalucía
Exprés, Catalunya Exprés, trenes 594 Y R-598 deberán tener autorización de la
Jefatura Comercial de la Gerencia Territorial correspondiente.
Todos
A los grupos que viajen en trenes 594 Y R-598 se les aplicará el Grupo B, con
independencia de la naturaleza del grupo. Sólo las Jefaturas Comerciales
podrán modificar estas condiciones.
CLASE
TRAYECTOS
Única
Ida o Ida y Regreso
106
DE Estaciones de Viajeros
2.1.5.2. Condiciones de aplicación
SOLICITUD
DEL VIAJE
GRUPOS DE 10 A 30 VIAJEROS
Por parte del cliente, debe solicitarse, preferentemente por escrito, con 48 horas
de antelación a la salida del tren, al Jefe de Estación, Jefe de Atención al Cliente,
Punto de Venta o Gerencia correspondiente, quienes analizarán la autorización del
viaje, en virtud del nivel de ocupación, informando al grupo sobre otras
alternativas de viaje si la fecha y tren solicitado presenta problemas de ocupación.
En el caso de utilización de trenes EXPRÉS o trenes 594 y R-598, la autorización
de viaje será facilitada por las Gerencias correspondientes.
GRUPOS DE MÁS DE 30 VIAJEROS
Por parte del cliente, debe solicitarse por escrito, como mínimo con una semana
de antelación a la salida del tren, al Jefe de Estación, Jefe de Atención al Cliente,
Punto de Venta o Gerencia correspondiente, remitiendo la misma a los "Puntos de
Autorización de Grupos de Media Distancia", preferentemente vía fax o correo
electrónico, quienes analizarán la autorización de viaje, acordando las condiciones
del viaje y descuentos o precios a aplicar, si fuese necesario reforzar la
composición habitual.
EXPENDICIÓN
El modelo de solicitud de viaje de grupo, indicará la fecha y origen y destino del
viaje, horas de salida y regreso y los trenes a utilizar, número de viajeros,
especificando cuántos son menores de 14 años.
Este documento se presentará en taquilla para la obtención del billete colectivo y
contraseña a que diera lugar, cumplimentando el punto de venta los datos
relativos a la emisión del billete. (Se podrá expender anticipadamente, indicando
fecha y tren del viaje). Este documento se presentará, por parte del grupo, junto
con el/los billete/s (incluídas contraseñas si el sistema de venta lo permite), al
Interventor en Ruta, como justificante del descuento.
FORMALIZACION
DEL REGRESO
Se precisa formalización del billete en taquilla antes del regreso, excepto cuando
el tren sea de plazas no limitadas, se realice el regreso el mismo día que la ida y la
tarifa base del tren de regreso sea la misma que el de ida. En caso contrario, sólo
se podrá ocupar las plazas libres que facilite el personal de Intervención en Ruta.
OTRAS
CONDICIONES
Por parte de los "Puntos de Autorización de grupos de Media Distancia" podrá
establecerse autorización de viaje con diferentes condiciones a las definidas por
esta Tarifa.
En los trayectos Madrid-Soria y Zaragoza Canfranc, las condiciones de acceso de
grupos a/desde cualquier estación situada en estos tramos será regulada por la
Gerencia Centro de Media Distancia.
TRANSBORDOS
Se permite el transbordo de trenes en las estaciones del recorrido, en los trayectos
autorizados.
RESTRICCIONES
Cuando el viaje de grupo origine, a priori, un aumento o alteración de la
composición del material en los trenes regulares, no regirán estas condiciones,
acordándose en cada caso las condiciones económicas del viaje.
Renfe podrá limitar, modificar o suspender la concesión de estas reducciones en
los trayectos, fecha o periodos que determine.
107
DE Estaciones de Viajeros
2.2. Títulos Multiviaje
Los Títulos Multiviaje incluidos en la oferta comercial de servicios de Media Distancia son: Abono
Mensual Regional, Abono Mensual Exprés, Abono Mensual Total, Bono 10 Regional, Bono Exprés,
Bono Interregional, Tarjeta 6, Abono 20, Abono Mensual Calatayud y Bono Calatayud.
2.2.1. Condiciones comunes de aplicación
TRAYECTOS
Para cualquier recorrido de la Red, cuando alguna de las estaciones origen o
destino, o ambas, se encuentre fuera de los núcleos de Cercanías, así como
entre estaciones de núcleos distintos.
VALIDEZ
No se admitirá, para un mismo viaje, la presentación simultánea o consecutiva de más de un título de transporte, si con ello se obtuviera un precio más
reducido, debiéndose abonar en cualquier caso la diferencia respecto al
precio del total del trayecto.
No se admitirá como documento válido un Abono o Título de Transporte
Multiviaje plastificado o que presente raspaduras, enmiendas, etc...
Si durante el periodo de validez se modificaran los precios de los Abonos, los
trayectos de éste no utilizados serán válidos hasta la caducidad del Abono.
CANCELACIÓN DE
BONO 10, BONO
EXPRÉS Y BONO
INTERREGIONAL
Para ser válidos los Bonos de 10 viajes es necesario proceder en la estación
de subida a cancelar el Bono -en caso contrario, se considerará al viajero
desprovisto de billete- y, cuando sea necesario, además se efectuará la
formalización del viaje.
La estación de subida podrá ser cualquiera de las dos figuradas en el Bono o
una estación intermedia del trayecto abonado.
Se considera cancelación de Bonos la realizada por los medios que Renfe
habilite, de la casilla correspondiente a cada viaje. La cancelación se podrá
realizar, indistintamente, de forma manual y automática.
En las estaciones sin personal, la cancelación la realizará el personal de
Intervención en Ruta.
CANCELACIÓN MANUAL EN ESTACIONES Y EN RUTA
Se realizará mediante sellos fechadores (estaciones) y a mano (ruta), empezando siempre por la casilla número 1 o la inferior y en orden ascendente
para las siguientes cancelaciones. Asimismo, en las estaciones se consignará a
mano, sobre la fecha estampada, el número de tren u hora de cancelación.
El sello fechador podrá ser modificado retirando la parte que identifica a las
operadoras y añadiendo 2 dígitos (letras) que identifique claramente el
nombre de la estación.
CANCELACIÓN AUTOMÁTICA O MECÁNICA
Se podrá realizar sólo en estaciones que dispongan de canceladoras o
formalizadoras. La cancelación se realizará de forma descendente, es decir,
desde la casilla número 10 o superior, hasta la casilla número 1 o inferior.
108
DE Estaciones de Viajeros
FORMALIZACIÓN
Se precisa formalización a través de máquinas formalizadores, en taquilla, o en
ruta en estaciones sin personal, del Título Multiviaje cuando:
a) El viajero utilice trenes de Altas Prestaciones de Andalucía, Galicia, Castilla y
León (línea Madrid-Salamanca), Aragón (línea Calatayud-Zaragoza-HuescaJaca), Extremadura y entre Extremadura y Madrid, debiendo abonar en estos
casos la diferencia entre la “Tarifa E” y la “Tarifa C”. Se establece un
mínimo de percepción, que será el que figure en el apartado 5.3.1. de la
presente Tarifa Especial Nº 6, Código 833.
No se aplicará esta diferencia al Abono Mensual Total y Bono Interregional
para los trenes de Altas Prestaciones de Andalucía y de Castilla y León (línea
Madrid-Salamanca), Bono Calatayud y Abono Mensual Calatayud (línea
Calatayud-Zaragoza-Huesca).
b) el viajero desee reserva de asiento con asignación numérica de coche y plaza
al utilizar los trenes incluidos en el Sistema de Información y Reserva
Electrónica (SIRE).
c) el viajero desee viajar en diferentes condiciones a las figuradas en el título.
d) el viajero utilice trenes 596 Andalucía Exprés.
Cuando no concurran estos casos, no se precisa formalización ni billete
complementario alguno, y el viajero sólo podrá ocupar las plazas libres que
facilite el personal de Intervención en Ruta. Los viajeros con Abono Mensual
(Regional, Exprés o Total) accederán directamente al tren y los portadores de
Bonos de 10 viajes (BONO 10, BONO EXPRES, BONO INTERREGIONAL),
deberán cancelar previamente el Abono para acceder al tren.
EXPENDICIÓN
Los Títulos Multiviaje se expenderán, mecánicamente o mediante venta VISIR u
ORIÓN, en los puntos de la Red donde exista depósito.
Los Abonos Mensuales, Regional y Exprés, además de expenderse por VISIR u
ORIÓN, podrán ser expendidos por SIRE y por impresoras ATB. El Abono
Mensual Total sólo se expenderá a través de ORIÓN.
PROLONGACIÓN
DEL VIAJE
Se admite, previo aviso al Interventor en Ruta y según las condiciones definidas
en las Condiciones Generales del Contrato de Transporte de Viajeros de Media
Distancia, abonando un billete sencillo a la tarifa base del tren para el nuevo
trayecto.
CONTROL EN
RUTA
El agente encargado de la Intervención en Ruta podrá solicitar al viajero
poseedor de un Abono Mensual (Regional, Exprés o Total) el DNI o similar. En
el caso de no coincidir con el documento reflejado en el propio Abono Mensual,
se procederá a su retirada, indicando al viajero que el titular del Abono podrá
solicitarlo a Media Distancia Convencional de Renfe Operadora y procederá a
regularizar el viaje con arreglo a lo establecido en esta Tarifa Especial 6 para
viajeros sin billete válido.
El viajero portador de un Título Multiviaje que acceda a un tren para el que es
obligatorio formalizar el viaje (determinar fecha y tren de viaje) y no lo hiciera,
será considerado viajero desprovisto de billete válido.
109
DE Estaciones de Viajeros
PÉRDIDA, ROBO
O EXTRAVÍO DEL
ABONO
No se facilitará duplicado ni justificante alguno cualquiera que sea el motivo de
su pérdida, robo o extravío.
ANULACIONES Y
REINTEGROS
Los Títulos Multiviaje sólo se podrán reintegrar si se presentan antes del
comienzo de su validez.
Los reintegros por retraso sólo se podrán aplicar al Bono Interregional, Bono10
y Bono Exprés, ya que la formalización de éstos es para un determinado tren o
bien para un tren en el intervalo de 2 horas.
También será indemnizable un viaje realizado al amparo de un Abono Mensual
(Regional, Exprés o Total), si éste ha sido formalizado para un tren y fecha
determinados.
110
DE Estaciones de Viajeros
2.2.2. Abono Mensual Regional
Abono unipersonal para viajes ilimitados, de ida o vuelta, indistintamente, en los trenes
autorizados y entre las estaciones del trayecto y mes natural abonado.
2.2.2.1. Condiciones de aplicación
CLASE
Única
EXPENDICIÓN
Se expenderá en estaciones de Renfe.
Se consignará el número del DNI del viajero, para la identificación de su
titularidad.
Todos los Abonos expendidos a partir del día 20 de cada mes, serán válidos
para el mes natural siguiente.
INTERRUPCIÓN
DE LA LÍNEA
Si la supresión o interrupción del servicio es por días naturales completos, el
portador del Abono tendrá derecho a la devolución de la parte proporcional
correspondiente.
1 día = Importe Abono/30 días
2.2.2.2. Condiciones de aplicación en Media Distancia
MÁX. RECORRIDO
300 km.
TRENES
AUTORIZADOS
Válido para todos los trenes Regional, trenes Exprés, trenes 594 de la línea
Salamanca-Valladolid-Palencia y trenes 594 del corredor AragónMediterráneo (Valencia-Teruel-Zaragoza-Huesca).
Válido para todos los trenes de Media Distancia que circulen en aquellas
relaciones cuyo origen y destino se encuentren comprendidas entre Zafra y
Mérida o Jaén y Espeluy.
También es válido, previa formalización y abono de la diferencia de tarifa,
tal y como se recoge en el apartado 5.3.1. de la presente Tarifa Especial Nº
6, en los trenes 594 y R-598 que circulen ya sea por Extremadura o entre
Madrid y Extremadura y trenes 594 de Aragón (línea Calatayud-ZaragozaHuesca-Jaca).
No es válido para servicios de Media Distancia en Andalucía (trenes R-598,
Andalucía Exprés y Regional), trenes 594 de la línea de Madrid – Ávila –
Salamanca.
En ningún caso se regularizará un Abono Mensual Regional para estos
trenes.
LIMITACIONES
DE USO
Válido todos los días del mes natural abonado, que figurará en el Abono
111
DE Estaciones de Viajeros
2.2.2.3. Condiciones de aplicación en Larga Distancia
MÁX. RECORRIDO
75 km.
TRENES
- Estrella Madrid-Irún/Bilbao v/v
- Estrella Madrid-Santander/Gijón v/v
- Diurno Bilbao/Irún-Coruña/Vigo v/v - Diurno Bilbao/Irún-Salamanca v/v
Para acceder a estos trenes con Abono Mensual Regional no será necesario
pasar por taquilla.
LIMITACIONES
DE USO
Válido todos los días del mes natural abonado que figurará en el Abono
FORMALIZACIÓN
DE RESERVA DE
PLAZA
Los portadores del Abono Mensual Regional viajando en los trenes de Larga
Distancia, previamente definidos, no abonarán cantidad alguna en concepto
de formalización de reserva de plaza, salvo petición expresa de reserva por
parte del cliente.
112
DE Estaciones de Viajeros
2.2.3. Abono Mensual Exprés
Abono unipersonal para viajes ilimitados, de ida o vuelta, indistintamente, en los trenes
autorizados y entre las estaciones del trayecto y mes abonado.
2.2.3.1. Condiciones de aplicación
CLASE
Única
EXPENDICIÓN
Se expenderá en estaciones de Renfe.
Se consignará el número del DNI del viajero, para la identificación de su
titularidad. Todos los Abonos expendidos a partir del día 20 de cada mes,
serán válidos para el mes natural siguiente.
INTERRUPCIÓN
DE LA LÍNEA
Si la supresión o interrupción del servicio es por días naturales completos, el
portador del Abono tendrá derecho a la devolución de la parte proporcional
correspondiente: 1 día = Importe Abono/30 días
2.2.3.2. Condiciones de aplicación en Media Distancia
MÁX. RECORRIDO
300 Km.
TRENES
AUTORIZADOS
Válido para los trenes de Media Distancia de Andalucía: trenes R-598
(excepto trenes R-598 Madrid Jaén), Andalucía Exprés, Regional Exprés y
Regional.
Válido también para los trenes 594 de Castilla y León de la línea MadridÁvila – Salamanca.
En los trenes 594 y R-598 es necesario la formalización previa, abonando la
diferencia de Tarifa, tal y como se recoge en el Apartado 5.3.1.
No será necesaria su adquisición para los trenes de Media Distancia que
circulen en las relaciones cuyo origen y destino se encuentran comprendidas
entre Zafra y Mérida o entre Jaén y Espeluy, dado que para estos trayectos
se permite el Abono Mensual Regional.
LIMITACIONES
DE USO
Válido todos los días del mes natural abonado, que figurará en el Abono
2.2.3.3. Condiciones de aplicación en Larga Distancia
MÁX. RECORRIDO
75 Km.
TRENES
En la actualidad no existe ningún tren, en los trayectos y condiciones
establecidas por Larga Distancia, en los que se pueda acceder con un Abono
Mensual Exprés.
113
DE Estaciones de Viajeros
2.2.5. Bono 10 Regional
Bono unipersonal de 10 viajes de ida o vuelta, indistintamente, en los trenes de Media Distancia
autorizados y entre las estaciones del trayecto abonado.
2.2.5.1. Condiciones de aplicación
MÁX.RECORRIDO
300 Km.
LIMITACIONES
DE USO
Válido todos los días, hasta completar los diez viajes durante el periodo de
validez.
CLASE
Única
TRENES
AUTORIZADOS
• Válido en todos los trenes Regional, trenes 594 del corredor AragónMediterráneo y trenes Exprés de la línea Madrid-Soria y Madrid-ArcosZaragoza.
También es válido, previa formalización y abono de la diferencia de tarifa, tal
y como se recoge en el apartado 5.3.1. de la presente Tarifa Especial Nº 6,
para los trenes 594 y R-598 de Galicia, trenes 594 y R-598 de Extremadura y
Madrid-Extremadura y trenes 594 de Aragón (línea Calatayud-ZaragozaHuesca-Jaca). Código 833.
• No es válido para los trenes Exprés. No obstante, se podrá acceder a éstos
(excepto trenes Andalucía Exprés y Regional Exprés de Andalucía) abonando,
previamente, la diferencia de Tarifa. Esta regularización vendrá dada por la
aplicación del Código VISIR 032.
• No se permite el acceso a trenes Andalucía Exprés, Regional Exprés de
Andalucía, trenes R-598 de Andalucía, trenes R-598 entre Madrid y Jaén,
trenes 594 de las líneas Madrid-Ávila-Salamanca y Salamanca-ValladolidPalencia. En ningún caso se regularizará un Bono 10 Regional para estos
trenes.
VALIDEZ
√ Tres meses.
√ El BONO 10 Regional sólo puede ser utilizado por un solo viajero por tren.
Será válido para el trayecto y tren formalizado o durante las 2 horas siguientes a su cancelación, si ésta ha sido realizada en una canceladora que
no indique tren y fecha.
√ El BONO 10 Regional ha de ser cancelado en la estación de subida. En las
estaciones sin personal la cancelación la realizará el personal de Intervención
en Ruta.
√ No se reintegrará cantidad alguna por los viajes no utilizados.
114
DE Estaciones de Viajeros
CONTROL EN
RUTA
El Interventor en Ruta deberá comprobar que el viajero portador de un BONO
10 Regional, ha accedido al tren con su documento debidamente cancelado.
En caso contrario, se le considerará viajero desprovisto de billete válido para
viajar, actuando conforme a lo establecido en la presente Tarifa Especial Nº 6 o
en su defecto en las Condiciones Generales del Contrato de Transporte de
Viajeros de Media Distancia.
Cuando el viajero suba en una estación sin personal, el Interventor en Ruta será
el encargado de cancelar el BONO 10 Regional.
INTERRUPCIÓN
EN LA LÍNEA
En cualquier caso de interrupción parcial del servicio, se reintegrará si el
cliente así lo solicita, el importe correspondiente por retraso.
El cálculo se realizará de la siguiente manera:
1 viaje = (Importe Bono 10 / 10 viajes)
Reintegro= 1 viaje * Porcentaje a devolver
115
DE Estaciones de Viajeros
2.2.6. Bono Exprés
Bono unipersonal de 10 viajes de ida o vuelta, indistintamente, en los trenes de Media Distancia
autorizados y entre las estaciones del trayecto abonado.
2.2.6.1. Condiciones de aplicación
MÁX.RECORRIDO
300 Km.
LIMITACIONES
DE USO
Válido todos los días, hasta completar los diez viajes durante el periodo de
validez.
CLASE
Única
TRENES
AUTORIZADOS
• Válido en todos los trenes Regional, trenes Exprés y trenes 594 de la línea
Salamanca – Valladolid – Palencia.
No será necesario obtener un Bono Exprés para los trenes Regional Exprés
(líneas Madrid-Arcos-Zaragoza y Madrid-Soria).
• No se permite el acceso a trenes R-598 de Andalucía, trenes R-598 entre
Madrid y Jaén y trenes 594 de la línea Madrid – Ávila – Salamanca.
En ningún caso se regularizará un BONO EXPRÉS para estos trenes.
VALIDEZ
√ Tres meses.
√ El BONO EXPRÉS sólo puede ser utilizado por un solo viajero, por tren.
Será válido para el trayecto y tren formalizado o durante las 2 horas siguientes a su cancelación, si ésta se ha realizado en una canceladora que
no indique tren y fecha.
√ El BONO EXPRÉS ha se ser cancelado en la estación de subida. En las
estaciones sin personal la cancelación la realizará el personal de
Intervención en Ruta.
√ Si durante el periodo de validez se modificaran los precios del BONO
EXPRÉS, los trayectos de éste, no utilizados, serán válidos hasta la
caducidad del ABONO.
No se reintegrará cantidad alguna por los viajes no utilizados.
CONTROL EN
RUTA
El Interventor en Ruta deberá comprobar que el viajero portador de un
BONO EXPRÉS, ha accedido al tren con su documento, debidamente
cancelado. En caso contrario se le considerará viajero desprovisto de billete
válido para viajar, actuando conforme a lo establecido en la presente Tarifa
Especial Nº 6 o en su defecto en las Condiciones Generales del Contrato de
Transporte de Viajeros de Media Distancia.
Cuando el viajero suba en una estación sin personal, el Interventor en Ruta
será el encargado de cancelar el BONO EXPRÉS.
INTERRUPCIÓN
EN LA LÍNEA
En cualquier caso de interrupción parcial del servicio, se reintegrará si el
cliente así lo solicita, el importe correspondiente por retraso.
El cálculo se realizará de la siguiente manera:
1 viaje = (Importe Bono Exprés / 10 viajes)
Reintegro= 1 viaje * Porcentaje a devolver
116
DE Estaciones de Viajeros
2.2.7. Bono Interregional
Bono unipersonal de 10 viajes de ida o vuelta, indistintamente, en los trenes de Media Distancia
autorizados y entre las estaciones del trayecto abonado.
2.2.7.1. Condiciones de aplicación
MÁX.RECORRIDO
300 kms.
LIMITACIONES
DE USO
Válido todos los días, hasta completar los diez viajes durante el periodo de
validez.
CLASE
Única
TRENES
AUTORIZADOS
Válido en:
• Andalucía: Trenes R-598, Andalucía Exprés, Regional Exprés y Regional.
• Trenes 594, Regional Exprés y Regional, de la línea Madrid-Ávila-Salamanca
y v/v.
No es válido en los trenes R-598 entre Madrid y Jaén.
VALIDEZ
√ Tres meses.
√ El BONO INTERREGIONAL sólo puede ser utilizado por un solo viajero, por
tren. Será válido para el trayecto y tren formalizado o durante las 2 horas siguientes a su cancelación, si ésta se ha realizado en una canceladora que no
indique tren y fecha.
√ El BONO INTERREGIONAL ha se ser cancelado en la estación de subida. En
las estaciones sin personal la cancelación la realizará el personal de
Intervención en Ruta.
√ El BONO INTERREGIONAL deberá estar debidamente cancelado y formalizado
antes de acceder al tren. El código de formalización para trenes R-598 y
trenes 594, es el 800 (el número de documento será el formado por el
Código de la estación de origen del billete –5 dígitos- y la fecha DDMM –4
dígitos-).
No se reintegrará cantidad alguna por los viajes no utilizados.
CONTROL EN
RUTA
El Interventor en Ruta deberá comprobar que el viajero portador de un Bono
Interregional, ha accedido al tren con su documento, debidamente cancelado.
En caso contrario se le considerará viajero desprovisto de billete válido para
viajar, actuando conforme a lo establecido en la presente Tarifa Especial Nº 6
o en su defecto en las Condiciones Generales del Contrato de Transporte de
Viajeros de Media Distancia.
Cuando el viajero suba en una estación sin personal, el Interventor en Ruta
será el encargado de cancelar el Bono Interregional.
INTERRUPCIÓN
EN LA LÍNEA
En cualquier caso de interrupción parcial del servicio, se reintegrará si el
cliente así lo solicita, el importe correspondiente por retraso.
El cálculo se realizará de la siguiente manera:
1 viaje = (Importe Bono Interregional / 10 viajes)
Reintegro= 1 viaje * porcentaje a devolver
117
DE Estaciones de Viajeros
2.2.8. Tarjeta 6
Bono de 6 viajes de ida o vuelta, indistintamente, para trenes de Altas Prestaciones de Andalucía,
de Castilla y León, Galicia, Madrid-Extremadura y trenes de plazas limitadas, entre las estaciones
del trayecto abonado. La Tarjeta 6 podrá ser utilizada de forma unipersonal o pluripersonal.
2.2.8.1. Condiciones de aplicación
TRAYECTOS
Exclusivamente los reflejados en el apartado 5.3.4.
LIMITACIONES
DE USO
Válido todos los días, hasta completar los seis viajes durante el periodo de
validez.
CLASE
Única
TRENES
VALIDEZ
Válido en trenes de Altas Prestaciones de Andalucía, Galicia, entre Madrid y
Extremadura, de Castilla y León en el Coredor Madrid – Salamanca y, en
general, en todos los trenes de plazas limitadas.
Válido desde el mismo día de su expendición hasta 2 meses después. Una vez
pasado el plazo quedarán sin validez los viajes no utilizados. La última fecha
para viajar coincidirá con el límite del período marcado en la Tarjeta 6.
PRECIOS
El precio de la Tarjeta 6 es fijo y no admite la aplicación de otras Ofertas
Comerciales. Los precios figuran en el apartado 5.3.4. de la presente Tarifa
Especial Nº 6.
CAMBIOS Y
ANULACIONES
La Tarjeta 6 no admite cambio de clase ni de recorrido.
La Tarjeta 6 podrá ser anulada por error y sin gastos, el mismo día de su
expendición También podrá ser anulada otro día distinto al de su expendición,
siempre que no haya sido formalizado ningún viaje de la Tarjeta, en este caso
tiene un 15% de gastos por anulación.
Los billetes nunca podrán ser anulados, salvo por error (en este caso y si la
Tarjeta 6 ha sido cumplimentada en el número de viaje correspondiente, se
deberá emitir un justificante de anulación, que deberá ser grapado a la Tarjeta
6).
Los billetes podrán ser cambiados de tren y/o fecha una sola vez, debiendo
cumplimentar la casilla correspondiente al viaje objeto del cambio. La
operación del cambio generará los mismos gastos que cualquier otro cambio de
billetes.
PROLONGACIÓN
DEL VIAJE
Se admite previo aviso al Interventor en Ruta.
Prolongación de viaje. Siempre que haya plazas disponibles, se abonará un
billete sencillo para el nuevo trayecto, conforme a la tarifa base del tren.
118
DE Estaciones de Viajeros
INTERVENCIÓN
EN RUTA
Es obligatorio presentar la Tarjeta 6 junto con el billete.
El Interventor en Ruta deberá comprobar que el billete se corresponde en
cuanto a trayecto, fecha y nº de tren con los datos señalados en la casilla de la
Tarjeta 6 utilizada por el punto de venta. Si los datos no coincidieran el
interventor en ruta deberá cumplimentar la casilla siguiente si estuviera libre,
respaldándolo con su firma. Si el viajero no ha obtenido previamente su billete,
se le considerará desprovisto de título de transporte válido actuando conforme
a lo establecido en la presente Tarifa Especial Nº 6 o en su defecto en las
Condiciones Generales del Contrato de Transporte de Viajeros de Media Distancia.
EMISIÓN DE
RESERVAS Y
FORMALIZACIÓN
ORIÓN
Se podrá emitir la reserva de plaza desde 15 días antes a la fecha de viaje.
Para emitir una plaza se deberá introducir el número de control,
amortizando el sistema el viaje. Para cada Tarjeta 6, se podrán emitir, para
una misma fecha y tren, hasta 6 reservas.
Siempre que se emita un billete se deberá rellenar la primera casilla libre
de la Tarjeta 6, anotando a mano la fecha del viaje y número del tren
correspondiente al billete obtenido.
Para los trenes que no dispongan de reserva de asiento, se podrá formalizar
la Tarjeta 6 (emitida por el sistema de venta ORIÓN) en las formalizadoras
ORIÓN dispuestas en las estaciones.
PUNTOS DE
VENTA
Estaciones Renfe.
FORMA DE PAGO
Todas las admitidas por Renfe.
OTRAS
CONDICIONES
Prevalecerá el número mayor de viajes amortizado por cualquier sistema de
venta o manualmente.
119
DE Estaciones de Viajeros
3.3. Transporte de animales domésticos en trenes de Media
Distancia
3.3.1. Condiciones de aplicación
ADMISIÓN
Los animales son tolerados para su transporte si no se oponen los viajeros o
se producen molestias a los mismos, siendo responsable su dueño de las
molestias y daños que éstos puedan ocasionar.
Deberán estar en condiciones sanitarias adecuadas e ir provistos de la "guía
de sanidad", salvo que legalmente no se exija al mismo, disponer de ella.
TRANSPORTE
El transporte se limitará a pequeños animales domésticos, entendiendo como
tales, perros, gatos y aves (no de corral), cuyo peso máximo no exceda de 6
Kg.
Se admitirá como máximo un solo animal por viajero, siempre dentro de una
jaula, cuyas dimensiones máximas no superen 60 x 35 x 35 cm, y que
dispongan de algún dispositivo que permita contener y retirar los residuos.
TRENES
Todos los trenes de Media Distancia.
Podrán establecerse unos máximos por tren en el transporte de animales, al
objeto de evitar un número elevado de los mismos en un mismo coche o
departamento.
TRAYECTO
Para cualquier recorrido de la Red, cuando algunas de las estaciones, de origen
o destino o ambas, se encuentren fuera de los núcleos de Cercanías, así como
entre estaciones de núcleos distintos.
Cuando se utilice un tren de Media Distancia para un trayecto de Cercanías las
normas que regirán serán las de trenes de Media Distancia.
COMERCIALIZACIÓN
La comercialización del transporte se realizará sin reserva de plaza y sin
derecho a asiento, pudiendo efectuarse la venta de billetes en taquillas para
trenes gestionados por el Sistema de Información y Reserva de Plazas (SIRE),
efectuándose la emisión de billetes en ruta para el resto de trenes.
El precio del billete se establece en un 50 % respecto a la tarifa y clase del
tren correspondiente en el que se efectúa el viaje, no pudiendo acumularse a
otras tarifas o descuentos.
120
DE Estaciones de Viajeros
CONTROL EN
RUTA
El agente encargado de la Intervención en Ruta comprobará que se cumplan
todos los requisitos exigidos en esta norma adoptando las medidas
pertinentes.
Si el transporte de los animales origina molestias, se invitará al viajero a
ubicarse en aquellos lugares en los que se eviten las mismas y, en caso de no
poder ser éstas subsanadas, se invitará al viajero a que desista de realizar el
viaje en este tren o el reintegro total del importe de sus billetes, sin que tenga
derecho a otro tipo de indemnización.
OTRAS
CONDICIONES
Todo lo no dispuesto en esta Tarifa quedará sujeto a lo definido en cada caso
por la Tarifa Especial nº 2 VI.1, Tarifa Especial nº 6 y Condiciones Generales
del Contrato de Transporte de Viajeros de Media Distancia.
121
DE Estaciones de Viajeros
INTERNACIONAL
122
DE Estaciones de Viajeros
INTER RAIL
DESCRIPCION
Es un pase que permite viajar en las compañías participantes de 30 países europeos y tránsito marítimo entre Italia
y Grecia, según las características de la modalidad escogida. La gama de pases InterRail comprende los InterRail
Global Pass e InterRail One Country Pass.
Puede ser adquirido por personas con residencia permanente en Europa durante al menos los 6 meses previos a la
compra. Además de los países participantes, también lo pueden utilizar los residentes en: Albania, Andorra,
Bielorrusia, Chipre, Islas Feroe, Estonia, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Malta, Moldavia, Mónaco,
Federación Rusa, San Marino, Ucrania, Gibraltar y El Vaticano. Los residentes en territorios de ultramar que
pertenecen a países europeos no pueden adquirirlo.
Las variantes "Youth" se destinan a los jóvenes que no tengan cumplidos 26 años el primer día de validez del
pase.
Es personal e intransferible, por lo que es necesario acreditar la identidad y fecha de nacimiento mediante la
presentación de D.N.I., pasaporte o certificado de residencia.
InterRail puede adquirirse en España 2 meses antes de la fecha del primer día de validez.
MODALIDADES
InterRail Global Pass
Utilizable en las compañías participantes de todos los países miembros de InterRail. Se ofrece en modalidad
continua de 22 días ó 1 mes y en modalidad flexible de 5 días en 10 ó de 10 días en 22, para adultos en 1ª y 2ª
clase, niños entre 4 y 11 años cumplidos en 1ª y 2ª clase (pagan el 50% del precio de adulto) y jóvenes menores
de 26 en 2ª clase. Los niños menores de 4 años viajan gratis a condición de no ocupar plaza.
El InterRail Global Pass no puede ser usado en el propio país de residencia, sin embargo, en Renfe, los residentes
españoles que adquieran el InterRail Global Pass tendrán una reducción del 35% en:
•
un billete de ida desde su lugar de origen en España hasta la estación española de frontera o aeropuerto
de salida desde España.
•
un billete de regreso hasta su lugar de destino en España desde la estación española de frontera o
aeropuerto de llegada en España.
InterRail One Country Pass
Utilizable en el ámbito de la compañía participante del único país indicado en el pase. Se ofrece en modalidad
flexible de 3, 4, 6 u 8 días en 1 mes, para adultos en 1ª y 2ª clase, niños entre 4 y 11 años cumplidos en 1ª y 2ª
clase (pagan el 50% del precio de adulto) y jóvenes menores de 26 en 2ª clase. Los niños menores de 4 años
viajan gratis a condición de no ocupar plaza.
InterRail One Country Pass no puede utilizarse en el propio país de residencia. Con este pase, los residentes en
España no podrán adquirir billetes con reducción para aproximación a estación de frontera o aeropuerto.
123
DE Estaciones de Viajeros
CONDICIONES DE USO Y SUPLEMENTOS
El pase InterRail se presentará junto a un documento de identidad a todo agente autorizado que lo solicite; de no
cumplirse este requisito se considerará al viajero como "desprovisto de billete".
InterRail es válido para la clase indicada en el pase. Con un pase de 2ª cl. se puede viajar en 1ª cl. abonando la
diferencia de precio a tarifa completa.
Renfe facilita a los portadores del InterRail Global Pass una reducción del 35% en el billete desde su lugar de
residencia hasta la frontera o aeropuerto de salida y lo mismo para el regreso, dentro del período de validez del
pase (TARIFA 014).
Los portadores de pases flexibles deben obligatoriamente indicar la fecha de viaje antes de iniciar el trayecto en la
casilla correspondiente; debe estar escrita con tinta indeleble negra o azul, en la forma (dd/mm), por ejemplo,
27 de Mayo=
27
05
El viaje es válido desde las 0’00 horas del día elegido. Si comienza el trayecto en un tren nocturno directo cuya
partida sea posterior a las 19’00 horas, se debe figurar la fecha del día siguiente. Cuando se utilice un barco
incluido en el Pase, se debe figurar la fecha de salida o la fecha de llegada.
Ningún pase puede utilizarse antes de las 0’00 horas del primer día de validez; el derecho a viajar expira a las
24’00 horas del último día de validez.
La cubierta del pase describe los principales puntos de las condiciones de uso, proponiendo un cuestionario al
titular de los Global Pass sobre su utilización y las impresiones recibidas durante el viaje, que debe enviar a la
dirección indicada sin cargo para el remitente.
En caso de un pase con la fecha alterada, mostrar una fotocopia en vez del original, ser usado por una persona
distinta o que el país de residencia indicado en el pase no coincida con el que figure en el documento de
identidad, será considerado como fraude.
En los trenes o trayectos marítimos que así lo exijan, debe adquirirse la reserva de asiento, suplemento de plaza
acostada, uso de cabina en compañías navieras, tasa portuaria, etc.
REEMBOLSOS
Se atenderán las peticiones de reembolso de un pase InterRail exclusivamente a través de la compañía lo emitió,
con un cargo del 15% en concepto de gastos de anulación en los siguientes supuestos:
•
•
Presentando el billete original en su cubierta antes de comenzar el periodo de validez.
Presentando el billete original en su cubierta y el sello de "NO UTILIZADO" – "NOT USED" disponible en
estaciones, como máximo hasta un 1 mes después de la fecha del último día de validez.
No procede reembolso:
•
•
•
Cuando se solicite el primer día de validez o posterior.
En caso de utilización parcial, pérdida o robo del pase.
En los pases de 1ª cl., cuando los portadores viajen en 2ª cl.
124
DE Estaciones de Viajeros
RAIL PLUS
DESCRIPCIÓN:
Rail Plus es una tarjeta personal e intransferible que permite adquirir billetes de tren a precios especiales en las
Compañías participantes en la oferta.
En el momento de su adquisición es necesario acreditar la identidad y fecha de nacimiento mediante presentación
del D.N.I. y la residencia en uno de los países participantes en la oferta.
OFERTA:
Los poseedores de esta tarjeta tendrán derecho a una reducción del 25% del precio del billete.
En recorrido Renfe el descuento se aplicará:
ƒ
ƒ
En trayecto de entrada:
Desde la frontera hasta el punto de destino por la vía más corta. Para beneficiarse de esta tarifa será preciso
mostrar al interventor el billete de recorrido por el país fronterizo hasta la frontera española.
En trayecto de salida:
Desde el punto de origen hasta la frontera de salida por la vía más corta. Para beneficiarse de esta
reducción será preciso comprar a la vez que el billete por recorrido Renfe, el billete de continuación desde
la frontera española hasta destino.
En recorrido internacional el descuento se aplicará:
En billetes directos internacionales y los cupones de sección de correspondencia no pudiendo aplicarse a
billetes de sección no ligados a un billete internacional, por tanto no podrá haber una interrupción de
recorrido entre el billete internacional y el de sección.
MODALIDADES Y PRECIO:
a)
b)
Rail Plus "Junior" para las personas que el primer día de validez de la tarjeta no hayan cumplido los 26
años.
Rail Plus "Senior" para las personas que el primer día de validez de la tarjeta tengan cumplidos 60 años.
Rail Plus "Senior" y Rail Plus "Junior" : 20 Euros
La fecha de comienzo de la validez será elegida por el viajero y tendrá una duración de un año. En la tarjeta
vienen indicados el primer y último día de validez.
CONDICIONES DE USO:
La Tarjeta se presentará junto a un documento de identidad a todo agente autorizado que lo solicite. Será
considerado como viajero sin título de transporte válido a toda persona que no pueda presentar una tarjeta Rail
Plus válida. En caso de pérdida o robo de la Tarjeta el titular no tendrá derecho a ninguna cantidad en concepto
de reembolso ni al reemplazo de la misma.
CAMBIOS POR DETERIORO O EXPENDICIÓN ERRÓNEA:
Únicamente podrán reemplazarse los títulos emitidos en España y sólo en caso de deterioro o error en su emisión.
125
DE Estaciones de Viajeros
EURAIL
1.- DESCRIPCION
Es un pase para viajar ilimitadamente en las compañías participantes, según las características de la modalidad
escogida. La gama de pases Eurail comprende los Eurail Global Pass, Eurail Select Pass, Eurail Regional Pass y
Eurail National Pass.
Puede ser adquirido por personas con residencia permanente fuera de Europa, Federación de Rusia y Turquía. El
personal militar canadiense y norteamericano estacionado en bases militares de países europeos tiene derecho a
adquirir cualquier tipo de pase.
Las variantes "Youth" se destinan a los jóvenes que no tengan cumplidos 26 años el primer día de validez del
pase.
El pase se presenta acompañado en ocasiones por un cupón de control, pero siempre debe estar grapado a una
cubierta. Es personal e intransferible y necesita acreditar la identidad.
2.- MODALIDADES
2.1.- EURAIL GLOBAL PASS
Eurail Global Pass: Pase continuo utilizable en 1ª clase en las compañías participantes de 18 países europeos.
Disponible para viajar 15, 21 días, 1, 2 ó 3 meses.
También existe una modalidad flexible utilizable en 1ª clase. Permite viajar 10 ó 15 días, consecutivos o aislados,
en un plazo de 2 meses.
Los niños menores de 4 años viajan gratis a condición de no ocupar plaza; entre 4 y 11 años cumplidos pagan el
50% del precio de adulto.
Eurail Global Pass Youth: Variante del Eurail Global Pass de utilización exclusiva para menores de 26 años y
válida en 2ª clase. No ofrece reducción de precio para niños.
Eurail Global Pass Saver: Variante del Eurail Global Pass para grupos de 2 a 5 personas que viajan juntas, sin
distinción de adultos o niños. Está acompañado por una hoja de control "Control Voucher" en la que figura la
identidad de las personas que componen el grupo. Ofrece reducción de precio para niños.
Eurail Global Pass Tourpass: Pase continuo utilizable en 1ª y 2ª clase, de exclusiva comercialización por mayoristas
autorizados formando un paquete turístico. Válido para viajar 7, 15, 21 días ó 1 mes.
También existe una modalidad flexible de 4 ó 10 días en un plazo de 2 meses.
Ofrece reducción de niño. En la casilla de precio, sólo aparece la mención "TOURPASS".
Hay pases gratuitos para promoción del tipo "COMPLIMENTARY TICKET", con una cruz superpuesta a la mención
"NOT FOR SALE" en la casilla de precio. Los distribuidores de ultramar pueden disponer para su personal (y
acompañantes) de pases a precio reducido del tipo "AD75"; la mención "AD75" aparece encima del importe
correspondiente en la casilla de precio.
126
DE Estaciones de Viajeros
2.2.- EURAIL SELECT PASS
Eurail Select Pass: Pase flexible utilizable en 1ª clase en 3, 4 ó 5 países escogidos, válido para viajar 5, 6, 8 ó 10
días en un plazo de dos meses. Se puede adquirir un pase de 15 días exclusivamente para la modalidad de 5
países. Los niños menores de 4 años viajan gratis a condición de no ocupar plaza; entre 4 y 11 años cumplidos
pagan el 50% del precio de adulto.
Eurail Selectpass Youth: Variante del Eurail Select Pass de utilización exclusiva para menores de 26 años y válida
en 2ª clase. No ofrece reducción de precio para niños.
Eurail Selectpass Saver: Variante del Eurail Select Pass para grupos de 2 a 5 personas que viajan juntas, sin
distinción de adultos o niños. Está acompañado por una hoja de control "Control Voucher" en la que figura la
identidad de las personas que componen el grupo. Ofrece reducción de precio para niños.
Eurail Select Pass Tourpass: Pase flexible utilizable en 1ª clase en 3 ó 4 países escogidos, de exclusiva
comercialización por mayoristas autorizados formando un paquete turístico. Válido para viajar 3, 4, ó 5 días en
un plazo de 2 meses. Ofrece reducción de niño. En la casilla de precio, sólo aparece la mención "TOURPASS".
Eurail Selectpass Tourpass Youth: Pase flexible utilizable en 2ª clase en 3 ó 4 países escogidos, de exclusiva
comercialización por mayoristas autorizados formando un paquete turístico. Válido para viajar 3, 4 ó 5 días en un
plazo de 2 meses. No ofrece reducción de precio para niños. En la casilla de precio, sólo aparece la mención
"TOURPASS".
Existen pases gratuitos para promoción del tipo "COMPLIMENTARY TICKET", con una cruz superpuesta a la
mención "NOT FOR SALE" en la casilla de precio. Los distribuidores de ultramar pueden disponer para su personal
(y acompañantes) de pases a precio reducido del tipo "AD75"; la mención "AD75" aparece encima del importe
correspondiente en la casilla de precio.
2.3.- EURAIL REGIONAL PASS
Eurail France-Spain Pass*: Pase flexible de 1ª ó 2ª cl. en variantes Saver de 1ª ó 2ª cl. y Youth (sólo 2ª cl.), con
validez para 4, 5, 6, 7, 8, 9 ó 10 días en un plazo de dos meses. Los niños menores de 4 años viajan gratis a
condición de no ocupar plaza; entre 4 y 11 años cumplidos pagan el 50% del precio de adulto. Venta exclusiva
en ultramar. Ninguna intervención de las Oficinas de Asistencia españolas está permitida.
Eurail Italy-Spain Pass*: Pase flexible de 1ª ó 2ª cl. en variantes Saver de 1ª ó 2ª cl. y Youth (sólo 2ª cl.), con
validez para 4, 5, 6, 7, 8, 9 ó 10 días en un plazo de dos meses. Los niños menores de 4 años viajan gratis a
condición de no ocupar plaza; entre 4 y 11 años cumplidos pagan el 50% del precio de adulto. Venta exclusiva
en ultramar. Ninguna intervención de las Oficinas de Asistencia españolas está permitida.
Eurail Portugal-Spain Pass*: Pase flexible utilizable en 1ª clase en variantes Saver y Tourpass, válido para 3, 4, 5,
6, 7, 8, 9 ó 10 días en un plazo de dos meses. Los niños menores de 4 años viajan gratis a condición de no
ocupar plaza; entre 4 y 11 años cumplidos pagan el 50% del precio de adulto. Venta exclusiva en ultramar. Está
permitido el cambio en las Oficinas de Asistencia españolas, en los supuestos que contempla la normativa de
posventa.
2.4.- EURAIL NATIONAL PASS
Eurail Spain Pass*: Pase flexible de 1ª ó 2ª cl. en variante Tourpass (sólo 1ª cl.), con validez para 3, 4, 5, 6, 7, 8,
9 ó 10 días en un plazo de dos meses. Los niños menores de 4 años viajan gratis a condición de no ocupar plaza;
entre 4 y 11 años cumplidos pagan el 50% del precio de adulto. Venta exclusiva en ultramar. Está permitido el
cambio en las Oficinas de Asistencia españolas, en los supuestos que contempla la normativa de posventa.
127
DE Estaciones de Viajeros
3.- FORMALIZACION
El pase deberá ser validado en la oficina vendedora o antes de transcurrir 6 meses desde la fecha de compra en la
taquilla de una compañía ferroviaria participante, como condición imprescindible previa a realizar el primer viaje
al que tenga derecho. Validar el pase significa inscribir en las casillas correspondientes el primer y último día de
uso que haya escogido el viajero dentro del periodo de validez, inscribir el número de pasaporte y poner el sello
de la oficina de validación.
Los Tourpass deben estar pre-validados. No se permiten emisiones de fecha abierta "Open-date".
4.- CONDICIONES DE USO
El pase permite al titular acceder a todas las categorías, a excepción de las variantes Youth, del Regional Pass 2 cl.
y del National Pass 2 cl., que están limitadas a 2ª cl. En este caso la mejora de clase es posible, previo abono de
la diferencia hasta el precio de tarifa completa de 1ª cl.
Los portadores de pases "Flexi" deben indicar la fecha de viaje (dd/mm) antes de iniciar el trayecto en la casilla
correspondiente. En caso de realizar un trayecto nocturno en tren directo con salida entre las 19'00 h. y las 24'00
h. y llegada posterior a las 24'00 h., se escribirá la fecha del día siguiente.
En el caso de pases Saver no es necesario que los miembros del grupo realicen todos los viajes juntos: Permite la
utilización individual o de una parte del grupo abonando si procede, las reservas de asiento que correspondan
exclusivamente a las personas que viajan, aunque en ese caso deben obligatoriamente portar el pase y los
miembros que no han viajado perderán los derechos de esa fecha. No puede haber utilización simultánea del pase
en trayectos diferentes.
Las condiciones en cuanto a transporte de equipajes para los portadores de pases Eurail son las mismas que se
aplican al resto de viajeros.
El titular deberá mostrar el pasaporte junto con el pase en toda operación de control de billetes.
El derecho a viajar que otorga el pase expira a las 24'00 h. del último día de validez del mismo.
La cubierta del pase describe los principales puntos de las condiciones de uso del pase, proponiendo un
cuestionario al titular sobre su utilización y las impresiones recibidas durante el viaje en tren, que debe enviar a la
dirección indicada sin cargo para el remitente.
5.- RESERVAS
En los trenes o trayectos marítimos que así lo exijan, debe adquirirse la reserva de asiento, suplemento de plaza
acostada, tasa portuaria, etc.
6.- PRECIOS
Los pases Eurail se comercializan en países de ultramar a través de distribuidores autorizados y la página web
oficial de Eurail Group GIE, www.eurail.com. No obstante, con el objetivo de atender diversas circunstancias que
se pueden presentar a los viajeros Eurail, existe la posibilidad de comprar el pase (a excepción de los Regional
Pass y National Pass, ver puntos 2.3 y 2.4) en las Oficinas de Asistencia Eurail situadas en las principales ciudades
europeas (ver anexo de precios).
La tabla de precios RRP (Precio de venta recomendado) indica el máximo precio de venta en ultramar y la tabla de
precio mínimo indica el mínimo precio de venta en ultramar. No está permitido vender por debajo de los importes
de la tabla de precio mínimo. Cada pase emitido debe mostrar el precio de venta en euros; como complemento el
precio puede estar indicado en la moneda local.
128
DE Estaciones de Viajeros
7.- REEMBOLSOS
Toda petición de reembolso debe dirigirse por escrito a la oficina que expidió el pase antes de transcurrir un año
desde la fecha de emisión. En caso de ser autorizado se aplicará siempre un cargo del 15 % sobre la cantidad
solicitada.
En el supuesto de pases no utilizados, la oficina emisora debe distinguir:
•
•
Pase no validado, se autoriza el reembolso.
Pase validado pero no utilizado dentro del periodo de uso, se autoriza el reembolso si tiene el sello oficial
de no utilización en el frontal del cupón (no en el dorso ni en la cubierta).
Si el pase ha sido validado pero utilizado parcialmente, no tiene derecho a reembolso. No obstante se estudiarán
casos excepcionales tales como enfermedad grave, accidente, etc., acompañados por los correspondientes
documentos justificativos.
No corresponde ningún reembolso en caso de pérdida o robo del pase. Tampoco si el titular viaja en una clase
inferior a la que le permite el pase. Cualquier otro supuesto no recogido en lo anterior, deberá comunicarse a
Eurail Group GIE para su estudio.
8.- REEMPLAZO DE UN PASE
Las Oficinas de Asistencia pueden cambiar un pase por deterioro o incorrecta cumplimentación. En caso de ser
circunstancias imputables al titular, éste deberá abonar la cantidad de 30 Euros.
Quedan prohibidos los siguientes supuestos de reemplazo aún considerando que sea mediante abono de la
diferencia:
•
•
•
Cambio de un pase por otro de diferente tipo.
Cambio de un pase por otro de diferente validez.
Cambio de un Selectpass por otro del mismo tipo que incluya diferentes países o ampliaciones de los
mismos.
Excepcionalmente en el caso del Eurail Regional Pass y Eurail National Pass, sólo las Oficinas de Asistencia de los
países participantes en su propio pase que así lo hayan decidido, están autorizadas al cambio de pase por errores
en la emisión.
9.- SITUACIONES IRREGULARES
Podemos distinguir diversos supuestos:
•
•
•
En caso de utilización de un pase con datos alterados, rectificaciones en las fechas de viaje, por persona
diferente del titular, por persona sin derecho al mismo o fuera de validez: Se considera como viajero
desprovisto de billete, aplicando la normativa en vigor y retirando el pase.
Utilizar un pase no validado: Se considera como viajero desprovisto de billete, aplicando la normativa en
vigor.
Utilizar un pase en el que el día de viaje no se ha indicado, obliga al viajero a completar la fecha y a
abonar el importe de un billete hasta la primera parada del tren.
129
DE Estaciones de Viajeros
RESUMEN ESQUEMÁTICO
S.I.R.E.
130
DE Estaciones de Viajeros
RESUMEN ESQUEMÁTICO DE “SIRE”
CUADRO
Fichajes de Expendedor ......................................................................
Liquidaciones y Cierre de Servicio........................................................
Informaciones ....................................................................................
Plazas Sentadas y Literas para 1 Trayecto.............................................
Formato de Venta VS00......................................................................
Plazas Sentadas y Literas para 2 Trayectos ...........................................
Sentadas y Literas con determinación de plaza......................................
Venta de Tarjeta 6 y Abonos Regionales...............................................
Venta de Tarjeta Dorada.....................................................................
Plazas de cama para 1 Trayecto..........................................................
Plazas de cama para 2 Trayectos ........................................................
Camas con determinación de plaza .....................................................
Combinadas sentadas / camas ...........................................................
Combinadas camas / sentadas ...........................................................
Ingresos, Deducciones, Cargos y Abonos..............................................
Grupos para 1 Trayecto......................................................................
Grupos para 2 Trayectos ....................................................................
Auto expreso / Moto expreso para 1 Trayecto ......................................
Auto expreso / Moto expreso para 2 Trayectos .....................................
Plazas de AVE para 1 Trayecto ...........................................................
Plazas de AVE para 2 Trayectos ..........................................................
Plazas de AVE con determinación de plaza ..........................................
Venta de billetes de Reserva Telefónica.................................................
Reserva de plazas por teléfono ............................................................
Venta de billetes por Internet “Tiknet” ...................................................
Anulaciones normales y por error.........................................................
Cambios normales .............................................................................
Solución errores en cambio .................................................................
Anulación regreso de Ida y Vuelta Regional ..........................................
Desglose de billetes de 2 Trayectos ......................................................
Transformabilidad de cabina ...............................................................
Billetes Internacionales ........................................................................
Anulación de Billetes Internacionales ....................................................
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
131
DE Estaciones de Viajeros
FICHAJES DEL EXPENDEDOR
FORMATO
OPERACIÓN
EI00
01
CÓDIGOS
1. Apertura del terminal y expendedor
2. Apertura de nuevo expendedor
3. Expendedor a prima media
1
LIQUIDACIONES Y CIERRE DE SERVICIO
FORMATO
OPERACIÓN
EO00
02
EO00
03
EO00
04
CÓDIGOS
2
1. Cierre del terminal
2. Terminación trabajo del expendedor
3. Liquidación parcial
4. Liquidación total del terminal
5. Liquidación del día 1 de agencia
6. Liquidación total agencias
4. Total cualquier fecha anterior
5. Total 1 agencia fecha anterior
6. Total agencias fecha anterior
7. Total agencias por agencia
7. Agencias Autorizadas
INFORMACIONES (INF0)
FORMATO
INF0
OPERACION
40 Retraso trenes
41 Situación Terminal
43 Trenes entre Estaciones
44 Códigos de Estación
46 Bonificación Puntos
“
47 Disponibilidad de plazas
49 Recorrido Internacional
55 Relación de Organismos
56 Relación Tfa-Organismo
59 Clave Rva. Telefónica
60 Disponibilidad de plazas
61 Características Estación
62 Información billetes
63 Información comercial
63 Retraso trenes AVE
64 Ficha del tren
65 Claves 08 y 09
67 Códigos remolques
68 Códigos Tarifa GL y RG
68 Códigos Tarifa AVE
69 Códigos Tarifa de Cama
71 Composición del tren
72 Contador sentadas
73 Diagrama sentadas
74 Contador literas
75 Diagrama literas
76 Contador camas
77 Diagrama camas
DATOS
3
Fecha hoy o ayer y tren.
Fecha
Fecha, Est. Sub./Baj. y Tfa.
Fecha, Nombre en Sub./Baj.
Fecha y Nº Tarjeta en Nom.
Estación Subida
Fecha, Sub./Bajada (I.P.)
Fecha, Nombre en Sub./Baj.
Fecha y Organismo en tren
Fecha y Tarifa en tren
Fecha y Clave en Nom. Sub
Fecha, Sub./Bajada y Tren
Fecha y Estación Subida
Fecha y Control en Nom. Sub
Fecha
Fecha y AVE en Nom.Sub.
Fecha, Sub./Bajada y Tren
Operación
Operación
Fecha y Tarifa
Fecha y AVE en Nom.Sub.
Fecha y Tarifa de Cama
Fecha y Tren
Fecha, Sub./Bajada y Tren
Fecha, Sub./Baj, Tren Coche
Fecha, Sub./Bajada y Tren
Fecha, Sub/Baj, Tren Coche
Fecha, Sub. / Bajada y Tren
Fecha, Sub./Baj, Tren Coche
PLAZAS SENTADAS Y LITERAS PARA 1 TRAYECTO
FORMATO
RS22
CLASES
S1 Prefer.
S2 Turista
L2 Literas
OPERACIONES
4
00 Operación interrumpida
11 Venta unitaria o Reserva en petición múltiple
15 Reserva de plazas en cualquier petición
16 Reserva unitaria si amortizar plaza
17 Venta unitaria sin amortizar plaza
31 Reserva para cambios
FORMA DE VIAJE
FUMADOR
SENTADAS
LITERAS
MN Minusválido
IN Mixto
2 No Fumador
SE Señora
CR Con reserva
CA Caballero
SR Sin reserva
FA Familiar
SP Sin plaza
FORMA DE PAGO
0 Metálico
2 T. Crédito
8 Puntos
6 Modelo 6191
TIPO DE COCHE:
1
2
3
4
MODALIDAD
Juntos
Dep. contiguos
En todo el tren
Litera baja exclusiva
C (climatizado)
FORMATO DE VENTA VS00
FORMATO
41
00
11
66
VS00
DATOS
Operación
Operación y Tarifa
Op. Tarifa y F. Pago
Operación
5
PLAZAS SENTADAS Y LITERAS PARA 2 TRAYECTOS
FORMATO
00
11
15
31
RS25
OPERACIONES
6
Operación Interrumpida
Venta en petición unitaria o Reserva en petición múltiple
Reserva de plazas
Reserva para cambios
SENTADAS Y LITERAS CON DETERMINACIÓN
FORMATO
OPERACIONES
7
11 Venta en petición unitaria o Reserva en petición múltiple
15 Reserva de plazas
31 Reserva para cambios
RS23
VENTA DE TARJETA 6 Y ABONOS REGIONALES
FORMATO
OPERACIONES
FB00
8
11 Venta del Abono
Peticiones unitarias. Para su formalización utilizar Formato RS22 / 25 / 23.
VENTA DE TARJETA DORADA
FORMATO
OPERACIONES
11 Venta
TD1T 19 Anulación por error
CÓDIGOS
TIPOS DE TARJETA
A Alta
B Baja
TD Tarjeta Dorada
M Manual
TA Tarjeta con acompañante
R Renovación
9
CAMAS PARA 1 TRAYECTO
FORMATO
00
11
15
16
17
31
RC22
CLASE
C1
C4
C2
OPERACIONES
Operación interrumpida
Venta unitaria o Reserva en petición múltiple
Reserva de plazas en cualquier petición
Reserva unitaria si amortizar plaza
Venta unitaria sin amortizar plaza
Reserva para cambios
TIPO DE COCHE
PREFERENCIAS
C Preferente o Turista
D Gran Clase Estrella
G Gran Clase T.H.
T Preferente Estrella
N Normal
0
1
2
3
4
5
6
10
Sin Preferencia
Misma cabina
Mismo coche
Comunicadas
Baja Imperativa
T4 Single
Alta en Tipo T
CAMAS PARA 2 TRAYECTOS
FORMATO
OPERACIONES
11 Venta unitaria o Reserva en petición múltiple
15 Reserva de plazas en cualquier petición
31 Reserva para cambios
RC25
11
CAMAS CON DETERMINACIÓN DE PLAZA
FORMATO
OPERACIONES
11 Venta unitaria o Reserva en petición múltiple
15 Reserva de plazas en cualquier petición
31 Reserva para cambios
RCA4
DIFER. F. PAGO
3 IVA Desglosado
OPERACIÓN
Situación de reservas
Operación Interrumpida
Venta de plazas
Asig. plazas de Grupo
12
En TIPO DE CABINA, se odificará:
1
2
3
4
5
Individual
Doble Señora
Doble Caballero
Doble Familiar
Turista 3 Señora
6
7
8
9
0
Turista
Turista
Turista
Turista
Turista
3 Caballero
3 Familiar
4 Señora
4 Caballero
4 Familiar
132
DE Estaciones de Viajeros
COMBINADAS SENTADAS / CAMAS
FORMATO
SC20
PLAZAS DE AVE PARA 1 TRAYECTO
OPERACIONES
13
11 Venta en petición unitaria o Reserva en petición múltiple
15 Reserva de plazas
31 Reserva para cambios
FORMATO
AVS1
COMBINADAS CAMAS / SENTADAS
FORMATO
CS20
OPERACIONES
14
11 Venta en petición unitaria o Reserva en petición múltiple
15 Reserva de plazas
31 Reserva para cambios
INGRESOS, DEDUCCIONES, CARGOS Y ABONOS
FORMATO
OPERACIONES
15
08 Ingresos
09 Deducciones
KD00 25 Cargos / Abonos a Tarjeta de Crédito
26 Liquidaciones de Cambios
Las Claves de concepto para Ingresos o Deducciones (08/09) se podrán
obtener en Formato INF0 Op. 65.
GRUPOS PARA 1 TRAYECTO
FORMATO
RG21
OPERACIONES
16
11 Reserva para Grupos
11 Obtención del billete de Grupo
66 Asignación de las plazas del Grupo
En el caso de un Grupo para trenes AVE, en clase se figurará AV y en Tipo
de coche el que corresponda (C, P o T).
VS00
GRUPOS PARA 2 TRAYECTOS O IDA Y VUELTA
FORMATO
RG31
OPERACIONES
17
11 Reserva para Grupos
11 Obtención del billete del primer trayecto
VS00 11 Obtención del billete del segundo trayecto
66 Asignación de las plazas del Grupo
En el caso de un Grupo para trenes AVE, en clase se figurará AV y en Tipo
de coche el que corresponda (C, P o T).
OPERACIONES
00
11
15
29
31
20
Operación interrumpida
Venta unitaria o Reserva en petición múltiple
Reserva de plazas en cualquier petición
Billete abierto
Reserva para cambios
CATEGORIA
TIPO DE PLAZAS
00 Cualquier tipo de plaza
FA Departamento Familiar
C- Club
VV Plazas vis a vis
AB Abono Mensual Media Distancia
P- Preferente AT Abono 10 Talgo 200
AX Abono 10 Toledo
T- Turista
MN Minusválidos
OC Oferta Club Quatro/Duo
FORMA DE PAGO
MODALIDAD
0 Metálico
1 Juntos
2 T. Crédito
3 En todo el tren
8 Puntos
CODIGO
6 Modelo 6191
Nº Tarjeta Club AVE
FUMADOR
2 No Fumador
CARA MARCHA
0 Si
1 No
PLAZAS DE AVE PARA 2 TRAYECTOS
FORMATO
AVS2
OPERACIONES
00
11
15
31
21
Operación interrumpida
Venta unitaria o Reserva en petición múltiple
Reserva de plazas en cualquier petición
Reserva para cambios
PLAZAS DE AVE CON DETERMINACIÓN
FORMATO
AVSD
00
11
15
31
OPERACIONES
Operación interrumpida
Venta unitaria o Reserva en petición múltiple
Reserva de plazas en cualquier petición
Reserva para cambios
22
VENTA DE BILLETES DE RESERVA TELEFÓNICA
AUTOEXPRESO / MOTO PARA 1 TRAYECTO
FORMATO
OPERACIONES
18
11 o 15 Reserva de plazas
AU21 31 Reserva para cambios
35 Reajuste de Carga
Es necesario teclear el nº de control de uno de los billetes que acompañan al
auto en el Formato VS00.
En TIPO DE AUTO, se codificará:
0002 Auto Mediano
0003 Auto Grande
0004 Motocicleta
AUTOEXPRESO / MOTO PARA 2 TRAYECTOS
FORMATO
OPERACIONES
19
11 o 15 Reserva de plazas
AU22 31 Reserva para cambios
Es necesario teclear el nº de control de uno de los billetes que acompañan al
auto en el Formato VS00.
En TIPO DE AUTO, se codificará:
0002 Auto Mediano
0003 Auto Grande
0004 Motocicleta
FORMATO
VST0
OPERACIONES
11 Localizador y Forma de Pago
28 Anulación de Reserva Telefónica
30 Devolución de plazas al fichero de Reservas
31 Inicio para cambios
23
Se obtiene una tarjeta blanca con los datos de la Reserva y si son correctos,
se sigue con el Formato VS00, tantas veces como billetes reservados. Si son
incorrectos codificar Operación 30 para devolver las plazas al Fichero
RESERVA DE PLAZAS POR TELÉFONO
FORMATO
RST2
RST3
RST5
RCT2
RCT5
RCT4
SC2T
CS2T
AUT1
AUT2
AVT1
AVT2
AVTD
RG2T
RG3T
UTILIDADES
Plazas Sentadas y Literas 1 Trayecto con o sin auto
Plazas Sentadas y Literas con determinación de plaza
Plazas Sentadas y Literas 2 Trayectos con o sin auto
Camas 1 Trayecto con o sin auto
Camas 2 Trayectos con o sin auto
Camas con determinación de plaza
Combinadas Sentadas / Camas con o sin auto
Combinadas Camas / Sentadas con o sin auto
Autoexpreso / Motoexpreso 1 trayecto
Autoexpreso / Motoexpreso 2 trayectos
AVE 1 Trayecto
AVE 2 Trayectos
AVE con determinación de plaza
Grupos 1 Trayecto
Grupos 2 Trayectos
133
24
DE Estaciones de Viajeros
VENTA DE BILLETES POR INTERNET “Tiknet”
FORMATO
OPERACIONES
ANULACIÓN REGRESO DE IDA / VUELTA REGIONAL
25
90 Información
91 Inicio proceso de venta (Código Localizador)
IWEB 89 Anulación en reserva
11 Obtención de billetes
26 Emisión de Factura (Cierre del Proceso)
INFORMATIVAS
92 Localizadores por Código Cliente
93 Plazas del Localizador
94 Localizadores pendientes del tren
AN00
VS00
KD00
AN00
18
19
88
89
OPERACIONES
Con gastos (Normal)
Sin gastos (Por error)
Anulación anulada
En reserva
26
En caso de billetes pagados con Tarjeta de Crédito, realizar a continuación
abono utilizando Formato KD00 Op. 25.
CAMBIOS NORMALES
FORMATO
RS22
RC22
AVS1
etc.
AN00
OPERACIONES
27
31 Reserva para cambios. Se codificarán los datos de la
nueva petición, manteniendo la Forma de Pago invariable.
19 Anulaciones sin gastos de todas las plazas que se desee
cambiar.
VS00
11 Venta de las nuevas plazas. Repetir tantas veces como
plazas reservadas.
KD00
26 Liquidación del Cambio
25 Cargo o Abono a T. Crédito, si procede.
RS22
AN00
VS00
OPERACIONES
FORMATO
OPERACIONES
Y nº de control (“Proceda a anular las plazas”)
Anulación en reserva
Obtención del billete del primer trayecto
Obtención del billete del segundo trayecto
Mantener la Tarifa del billete anulado
VS00
21
89
11
11
KD00
26 Liquidación del Cambio con importe 0 €.
AN00
30
TRANSFORMABILIDAD DE CABINA
FORMATO
TCMC
OPERACIONES
31
31 Reserva para cambio. En TIPO DE CABINA utilizar los del
Cuadro 12. (“Cambio realizado a ......”).
AN00
19 Anulación de los billetes objeto de transformación
VS00
11 Obtención de las nuevas plazas
KD00
26 Liquidación del Cambio
25 Cargo / Abono a T. Crédito, si procede
BILLETES INTERNACIONALES
SOLUCIÓN ERRORES EN CAMBIO
FORMATO
OPERACIONES
29
21 Y nº de control (“Proceda a anular las plazas”)
89 Anulación en reserva
11 Figurando Tarifa base de ida correspondiente y misma
Forma de Pago (“Billete utilizado”).
26 Liquidación del Cambio con importe a reintegrar.
25 Abono a T. Crédito, si procede.
DESGLOSE DE BILLETES DE 2 TRAYECTOS
ANULACIONES NORMALES Y POR ERROR
FORMATO
FORMATO
28
31 Reserva para cambios.
19 Anulación del billete (1)
11 Obtención del billete cambiado (2)
Si el error es en este momento, en este Formato codificar Op. 88
y se recupera el billete anulado.
(2) Si el error es en este momento en el Formato AN00 con Op. 89
se anula el billete nuevo cambiado.
Para no cometer errores en esta operaciones, se debe tener en cuenta que los
billetes anulados con Op. 19 se recuperan con Op. 88 y los obtenidos con
Op. 11 se anulan con Op.89 en Formato AN00.
FORMATO
VI00
OPERACIONES
32
11 Venta del Billete (Peticiones unitarias)
60 Información de precios
(1)
ANULACIÓN BILLETES INTERNACIONALES
FORMATO
AI00
OPERACIONES
33
19 Mismo día de emisión
18 Billetes emitidos otro día
134

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