Sitios de Disposición Final y Manejo Integral. Derivado de la

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Sitios de Disposición Final y Manejo Integral. Derivado de la
Sitios de Disposición Final y Manejo Integral.
Derivado de la actividad económica que se desarrolla en el país, en la cual se incluyen desde la actividad
industrial hasta la actividad casera, se generan diariamente residuos peligrosos, en cada uno de los
Estados de la Federación, dichos residuos constituyen un riesgo importante para la salud y el ambiente
cuando no son manejados adecuadamente, por lo que contar con la infraestructura adecuada para dar
dicho manejo resulta fundamental cuando se tiene por objetivo la protección a la salud y al medio
ambiente.
Dentro de las actividades de manejo de residuos peligrosos, el espíritu de la Ley General para la
Prevención y Gestión Integral de los Residuos, es congruente con el criterio mundialmente aceptado, en
lo relativo a la jerarquización de las actividades de manejo, por lo que se le da prioridad al reuso, reciclaje,
tratamiento e incineración de los residuos peligrosos, sin embargo, existen ciertos residuos que en
muchos casos son provenientes de sistemas de tratamiento o incineración, que por sus características
resulta inconveniente someterlos a un proceso adicional, y que al mismo tiempo por sus características es
necesario evitar dichos residuos queden expuestos hacia el medio ambiente, en cuyo caso podrían
generar afectaciones importantes al mismo.
Derivado de lo indicado en el punto anterior, se puede ver la necesidad de tener la infraestructura
adecuada y suficiente para el confinamiento de los residuos peligrosos generados en el país.
Existen también ventajas cuando en el sitio de disposición final de residuos peligrosos, se tiene también
disponible, la aplicación de distintos tipos de procesos sean de reciclaje o tratamiento, conformando
entonces un Centro de Manejo Integral de residuos peligrosos, dichos centros presentan ventajas, entre
las cuales se puede citar la disminución del riesgo en el transporte de una instalación a otra para ser
sometido a distintos procesos.
La creación de Centros de Manejo Integral o de Sitios de Disposición Final, representan grandes
beneficios para el medio ambiente, entre los cuales se pueden citar la reducción de los costos del manejo
de los residuos, de donde se facilita el cumplimiento de la normatividad ambiental.
Así mismo, las instalaciones en donde se pretenda dar disposición final a residuos peligrosos deben
cumplir con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas siguientes:
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NOM-055-SEMARNAT-2003 Que establece los requisitos que deben reunir los sitios que se
destinarán para un confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados.
NOM-056-SEMARNAT-1993 Que establece los requisitos para el diseño y construcción de las
obras complementarias de un confinamiento controlado
NOM-057-ECOL-1993, Que establece los requisitos que deben observarse en el diseño,
construcción y operación de celdas de un confinamiento controlado para residuos peligrosos.
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NOM-058-ECOL-1993, Que establece los requisitos para la operación de un confinamiento
controlado de residuos peligrosos.
Para garantizar lo anterior, todos los proyectos de disposición final de residuos peligrosos, son sometidos
a distintos trámites de índole Federal:
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Manifestación de Impacto y Riesgo Ambiental. (DGIRA)
Autorización para Empresas Prestadoras de Servicios para la Construcción y Operación de
Residuos Industriales Peligrosos. (DGGIMAR)
Licencia Ambiental Única. (DGCARETC)
El objetivo principal de estos trámites, es garantizar que los proyectos cumplan con la normatividad
vigente, además de dar la pauta para condicionar el proyecto de tal forma que se pueda tener un
seguimiento de la operación del mismo, procurando que no sólo el proyecta sea satisfactorio en el
momento de su Autorización inicial, sino al paso del tiempo.
En la DGGIMAR, se lleva a cabo el trámite SEMARNAT-07-11, Autorización para la construcción y
operación de confinamientos de residuos industriales peligrosos, dicho trámite tiene como finalidad
verificar una vez autorizado el sitio en donde se pretende instalar dicho proyecto, la operación del mismo,
contemplando el tratamiento previo que los residuos reciban antes de ser dispuestos en una celda de
confinamiento. Para realizar dicho trámite se requiere presentar los siguientes requisitos. SEMARNAT-0711
Infraestructura.
Actualmente sólo se cuenta a nivel nacional con una empresa autorizada y en operación, como
prestadora de servicios para el confinamiento de residuos peligrosos, misma que se encuentra ubicada en
el Municipio de Mina, en el Estado de Nuevo León, con una capacidad de disposición final de 660,000
toneladas de residuos por año, cuya autorización (No. 19-37-PS-VII-01-93), fue otorgada el 15 de octubre
de 1993.
A partir de 2003, se han contemplado nueve proyectos de instalación y construcción de infraestructura
para el manejo integral de residuos peligrosos, en las regiones centro-occidente, sureste y norte-noreste
del país, en los cuales se involucra la disposición final en confinamiento controlado de residuos
peligrosos.
De estos nueve proyectos, dos no han iniciado gestión alguna, esto por diversas situaciones que las
empresas han planteado, y que probablemente lleven a que dichos proyectos no se realicen por lo menos
en un corto plazo.
A la fecha se han autorizado, en materia de Impacto y Riesgo Ambiental, seis proyectos para este tipo de
infraestructura, dos proyectos se pretenden ubicar en los Municipios de Chapantango y Zimapán, ambos
en el Estado de Hidalgo, dos más en los Municipios de Viesca y Ramos Arizpe (San Andrés), ambos en el
Estado de Coahuila y uno más en el Municipio de Plutarco Elías Calles, en el Estado de Sonora (La
Choya), todos estos para dar servicio a terceros, y un sexto, en el Municipio de Mexicali en el Estado de
Baja California (COSICA), que operaría sólo para los residuos generados por la misma empresa.
De los seis proyectos que se han autorizado en materia de impacto y riesgo ambiental, han seguido su
gestión tres, los cuales han solicitado y obtenido su autorización para operación, los cuales están
ubicados en los Municipios de Plutarco Elías Calles, Viesca y Zimapán, en los Estados de Sonora,
Coahuila e Hidalgo respectivamente.
El proyecto ubicado en el Estado de Sonora (La Choya), obtuvo la Autorización No. 26-48-PS-VIII-012005, con fecha 13 de octubre de 2005, dicho proyecto fue promovido por la empresa Centro de Gestión
Integral de Residuos, S.A. de C.V., y tiene las siguientes características generales:
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Capacidad total del proyecto: 3'381,948 m 3
Capacidad de recepción anual: 45,000 toneladas
Tecnología: neutralización, precipitación y separación de sólidos y filtrado.
El proyecto ubicado en el Estado de Coahuila (Viesca), obtuvo la Autorización No. 5-36-PS-VIII-05-2006,
con fecha 19 de enero de 2006, dicho proyecto fue promovido por la empresa Tecno Sistemas
Ecológicos, S.A. de C.V., y tiene las siguientes características generales:
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Capacidad total del proyecto: 5'650,391 m 3
Capacidad de recepción anual: 182,500 toneladas
Tecnología: estabilización-solidificación, óxido-reducción,
microencapsulado.
neutralización,
encapsulado,
o
El proyecto ubicado en el Estado de Hidalgo, obtuvo la Autorización No. 13-84-PS-VIII-59-2006, con fecha
4 de agosto de 2006, dicho proyecto fue promovido por la empresa Sistemas de Desarrollo Sustentable,
S.A. de C.V., y tiene las siguientes características generales:
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Capacidad total del proyecto: 392,988 m 3
Capacidad de recepción anual: 18,834 toneladas
Tecnología: estabilización-solidificación.
Hasta donde se tiene conocimiento, a la fecha, ninguno de los tres proyectos antes mencionados opera
regularmente, ya que se encuentran en etapa de construcción y de obtención de los últimos permisos.
Un cuarto proyecto inició su gestión el 13 de septiembre de 2006, en la DGGIMAR, el cuál se pretende
ubicar en el Estado de Coahuila, y es promovido por la empresa Tecnología Ambiental Especializada,
S.A. de C.V., cabe mencionar que dicho proyecto se encuentra en evaluación en la DGGIMAR, ya que en
la DGIRA, ya ha obtenido la resolución correspondiente.
Si bien es cierto que a la fecha se tienen autorizados cuatro proyectos para el confinamiento de residuos
peligrosos y dos más en gestión, como se mencionó anteriormente, sólo opera de manera regular uno de
ellos, por lo que es de vital importancia el consolidar los demás proyectos, para tener disponible la
infraestructura para el confinamiento de residuos peligrosos, que es requerida por los generadores de
residuos peligrosos en el país.

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