relaciones exteriores - Consulado General del Perú en Rio de Janeiro
Transcripción
relaciones exteriores - Consulado General del Perú en Rio de Janeiro
El Peruano / Miércoles 28 de octubre de 2015 NORMAS LEGALES Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del SANIPES organismo nacional de sanidad pesquera sanipes RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 116 -2015-SANIPES/DE 564819 RELACIONES EXTERIORES Crean Consulados del Perú en las ciudades de Fortaleza y Tabatinga, República Federativa de Brasil decreto supremo n° 053-2015-re Surquillo, 27 de octubre de 2015 VISTO: La renuncia presentada por la Abog. Jennifer Lisbeth Montenegro Mera, Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES y el Informe N° 067-2015-SANIPES/URH de fecha 27 de octubre de 2015 de la Unidad de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, como Organismo Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción; Que, a través del Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, que contiene la estructura orgánica institucional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 093-2015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES; Que a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 084-2015-SANIPES-DE de fecha 31 de julio de 2015, se designa a la Abog. Jennifer Lisbeth Montenegro Mera, como Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES. Que, mediante carta de renuncia de fecha 27 de octubre de 2015, la servidora Jennifer Lisbeth Montenegro Mera presenta renuncia al cargo que venía desempeñando, informando que el último día de sus funciones sería el 27 de octubre de 2015. Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, establece en su artículo 18°, literal o), que es función de la Dirección Ejecutiva, designar y remover a los funcionarios del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; y el literal p) del citado artículo dispone que es función de la Dirección Ejecutiva “Emitir resolución en el ambito de su competencia”; Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Abog. JENNIFER LISBETH MONTENEGRO MERA como Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, agradeciéndole por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2°.- Designar al Abog. JOSÉ OMAR HERRERA CANDELARIO en el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, previsto en el Cuadro para Asignación de Personal provisional (CAP provisional), como cargo de confianza del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES. Artículo 3°.- Disponer la notificación de la presente resolución, y su publicación en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES (www.sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. Diana GARCÍA BONILLA Directora Ejecutiva 1304727-1 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior así como promover los intereses del país, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural; Que, las Resoluciones Supremas N° 172-88-RE, N° 010-2005-RE y N° 011-2005-RE, del 28 de abril de 1988 y 11 de enero de 2005, respectivamente, establecen y definen la circunscripción de las Oficinas Consulares peruanas, a cargo de funcionarios de carrera y honorarios, en la República Federativa de Brasil; Que, mediante Nota N° 5-2-M/168, del 04 de agosto de 2015, la Embajada del Perú en Brasilia solicitó ante la Subsecretaría General de las Comunidades Brasileñas en el Exterior (SGEB) del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa de Brasil la conformidad a la propuesta de reestructuración de la circunscripción de las Oficinas Consulares peruanas en el territorio de dicho país, lo que incluye el establecimiento de los Consulados del Perú en las ciudades de Fortaleza y Tabatinga; Que, a través de la Nota SLRC/CGPI/DAC/DAMIII/ AFEPA/96/DCOP BRAS PERU, del 15 de setiembre de 2015, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa de Brasil trasladó la conformidad del Gobierno brasileño a la propuesta de reestructuración de la red consular peruana en ese país; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Embajada del Perú en Brasilia, República Federativa de Brasil; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; así como en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0762005-RE, de 05 de octubre de 2005; DECRETA: Artículo 1.- Crear el Consulado del Perú en la ciudad de Fortaleza, República Federativa de Brasil, con circunscripción en los Estados de Ceará, Piaui y Maranho. Artículo 2.- Crear el Consulado del Perú en la ciudad de Tabatinga, República Federativa de Brasil, con circunscripción en la Microregión Alto Solimoes (Municipios de Amaturá, Atalaia do Norte, Benjamín Constant, Fonte Boa, Jutaí, Santo Antônio do Iҁá, São Paulo de Olivenҁa, Tabatinga, Tonantins) del Estado de Amazonas. Artículo 3.- Establecer la circunscripción de las Oficinas Consulares peruanas en la República Federativa de Brasil de la siguiente manera: REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL SEDE DE LA OFICINA CIRCUNSCRIPCIÓN DE LA OFICINA CONSULAR CONSULAR Consulado General Con circunscripción en los Estados de en San Pablo San Pablo, Mato Grosso de Sul, Rio Grande do Sul, Santa Catarina y Paraná. Jefatura de los Servicios Consulares para efectos de organización interna en todo el país. 564820 NORMAS LEGALES Consulado en Curitiba Con circunscripción en el Estado de Paraná. Consulado Alegre en Porto Con circunscripción en los Estados de Rio Grande do Sul y Santa Catarina. Consulado General Con circunscripción en los Estados de en Rio de Janeiro Rio de Janeiro, Espirito Santo, Minas Gerais, Bahia, Srgipe, Alagoas, Pernambuco, Paraiba, Rio Grande do Norte, Ceara, Piaui y Maranho. Consulado Horizonte en Belo Con circunscripción en el Estado de Minas Gerais. Consulado en Fortale- Con circunscripción en los Estados de za Ceará, Piaui y Maranho. Consulado en Recife Con circunscripción en los Estados de Pernambuco, Rio Grande do Norte, Paraiba y Alagoas Consulado en Salvador Con circunscripción en los Estados de Bahia y Sergipe. Consulado General Con circunscripción en los Estados de en Rio Branco Acre, Mato Grosso y Rondonia. Consulado en Cuiaba Consulado Velho Consulado en Manaos en Con circunscripción en el Estado de Mato Grosso, Porto Con circunscripción en el Estado de Rondonia. General Con circunscripción en los Estados de Amazonas, Roraima, Pará y Amapá. Consulado en Tabat- Con circunscripción en la Microregión inga Alto Solimoes (Municipios de Amaturá, Atalaia do Norte, Benjamín Constant, Fonte Boa, Jutaí, Santo Antônio do Iςá, São Paulo de Olivenςa, Tabatinga, Tonantins) del Estado de Amazonas. Consulado en Belem Con circunscripción en los Estados de do Pará Pará y Amapá. Sección Consular en Con circunscripción en el Distrito Federal Brasilia y los Estados de Goias y Tocantins. Artículo 4.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1304736-1 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Austria RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 251-2015-RE Lima, 27 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; y su Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1. Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Austria al Miércoles 28 de octubre de 2015 / El Peruano Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo Raúl Chuquihuara Chil. Artículo 2. Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4. Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5. La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1304738-12 Dan por terminadas las funciones de Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 252-2015-RE Lima, 27 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N.° 0932012-RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Ernesto Muñoz Deacon, Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), con sede en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, mediante Resolución Suprema N.° 207-2015RE, se da por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Ernesto Muñoz Deacon, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y como Concurrente ante Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, mediante Resolución Ministerial N.° 08802015-RE, se fija el 31 de octubre de 2015, como la fecha de término de funciones del referido funcionario diplomático, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y como Concurrente ante Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, debiendo asumir funciones de su categoría en Cancillería el 1 de noviembre de 2015; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y su modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Ernesto Muñoz Deacon, como Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), con sede en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el 31 de octubre de 2015. Artículo 2. Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La presente Resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.