relaciones exteriores - Consulado General del Perú en Rio de Janeiro

Transcripción

relaciones exteriores - Consulado General del Perú en Rio de Janeiro
El Peruano / Miércoles 28 de octubre de 2015
NORMAS LEGALES
Designan Jefe de la Oficina de Asesoría
Jurídica del SANIPES
organismo nacional de sanidad pesquera
sanipes
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 116 -2015-SANIPES/DE
564819
RELACIONES EXTERIORES
Crean Consulados del Perú en las ciudades
de Fortaleza y Tabatinga, República
Federativa de Brasil
decreto supremo
n° 053-2015-re
Surquillo, 27 de octubre de 2015
VISTO:
La renuncia presentada por la Abog. Jennifer Lisbeth
Montenegro Mera, Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica
del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES
y el Informe N° 067-2015-SANIPES/URH de fecha 27 de
octubre de 2015 de la Unidad de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30063, se crea el Organismo
Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, como
Organismo Técnico Especializado, adscrito al Ministerio
de la Producción;
Que, a través del Decreto Supremo N°
009-2014-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Organismo Nacional de
Sanidad Pesquera – SANIPES, que contiene la estructura
orgánica institucional;
Que,
mediante
Resolución
Ministerial
N°
093-2015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del
Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES;
Que a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva
N° 084-2015-SANIPES-DE de fecha 31 de julio de 2015,
se designa a la Abog. Jennifer Lisbeth Montenegro
Mera, como Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del
Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES.
Que, mediante carta de renuncia de fecha 27 de octubre
de 2015, la servidora Jennifer Lisbeth Montenegro Mera
presenta renuncia al cargo que venía desempeñando,
informando que el último día de sus funciones sería el 27
de octubre de 2015.
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
009-2014-PRODUCE, establece en su artículo 18°, literal
o), que es función de la Dirección Ejecutiva, designar y
remover a los funcionarios del Organismo Nacional de
Sanidad Pesquera - SANIPES; y el literal p) del citado
artículo dispone que es función de la Dirección Ejecutiva
“Emitir resolución en el ambito de su competencia”;
Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina
de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por
la Abog. JENNIFER LISBETH MONTENEGRO MERA
como Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del
Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES,
agradeciéndole por los servicios prestados a la
Institución.
Artículo 2°.- Designar al Abog. JOSÉ OMAR
HERRERA CANDELARIO en el cargo de Jefe de la
Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de
Sanidad Pesquera – SANIPES, previsto en el Cuadro para
Asignación de Personal provisional (CAP provisional),
como cargo de confianza del Organismo Nacional de
Sanidad Pesquera – SANIPES.
Artículo 3°.- Disponer la notificación de la presente
resolución, y su publicación en el Portal Institucional del
Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES
(www.sanipes.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Diana GARCÍA BONILLA
Directora Ejecutiva
1304727-1
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una
activa labor de protección y promoción de los intereses
y derechos de los peruanos, a través de un constante
apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas
en el exterior así como promover los intereses del país,
especialmente en el ámbito económico, comercial y
cultural;
Que, las Resoluciones Supremas N° 172-88-RE, N°
010-2005-RE y N° 011-2005-RE, del 28 de abril de 1988
y 11 de enero de 2005, respectivamente, establecen y
definen la circunscripción de las Oficinas Consulares
peruanas, a cargo de funcionarios de carrera y honorarios,
en la República Federativa de Brasil;
Que, mediante Nota N° 5-2-M/168, del 04 de agosto
de 2015, la Embajada del Perú en Brasilia solicitó ante la
Subsecretaría General de las Comunidades Brasileñas en
el Exterior (SGEB) del Ministerio de Relaciones Exteriores
de la República Federativa de Brasil la conformidad a la
propuesta de reestructuración de la circunscripción de
las Oficinas Consulares peruanas en el territorio de dicho
país, lo que incluye el establecimiento de los Consulados
del Perú en las ciudades de Fortaleza y Tabatinga;
Que, a través de la Nota SLRC/CGPI/DAC/DAMIII/
AFEPA/96/DCOP BRAS PERU, del 15 de setiembre
de 2015, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República Federativa de Brasil trasladó la conformidad
del Gobierno brasileño a la propuesta de reestructuración
de la red consular peruana en ese país;
Con la opinión favorable de la Dirección General
de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos
Consulares y de la Embajada del Perú en Brasilia,
República Federativa de Brasil;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; la
Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; así
como en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular
del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0762005-RE, de 05 de octubre de 2005;
DECRETA:
Artículo 1.- Crear el Consulado del Perú en la
ciudad de Fortaleza, República Federativa de Brasil, con
circunscripción en los Estados de Ceará, Piaui y Maranho.
Artículo 2.- Crear el Consulado del Perú en la
ciudad de Tabatinga, República Federativa de Brasil,
con circunscripción en la Microregión Alto Solimoes
(Municipios de Amaturá, Atalaia do Norte, Benjamín
Constant, Fonte Boa, Jutaí, Santo Antônio do Iҁá, São
Paulo de Olivenҁa, Tabatinga, Tonantins) del Estado de
Amazonas.
Artículo 3.- Establecer la circunscripción de las
Oficinas Consulares peruanas en la República Federativa
de Brasil de la siguiente manera:
REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL
SEDE DE LA OFICINA CIRCUNSCRIPCIÓN DE LA OFICINA
CONSULAR
CONSULAR
Consulado
General Con circunscripción en los Estados de
en San Pablo
San Pablo, Mato Grosso de Sul, Rio
Grande do Sul, Santa Catarina y Paraná.
Jefatura de los Servicios Consulares
para efectos de organización interna en
todo el país.
564820
NORMAS LEGALES
Consulado en Curitiba Con circunscripción en el Estado de
Paraná.
Consulado
Alegre
en
Porto Con circunscripción en los Estados de
Rio Grande do Sul y Santa Catarina.
Consulado
General Con circunscripción en los Estados de
en Rio de Janeiro
Rio de Janeiro, Espirito Santo, Minas
Gerais, Bahia, Srgipe, Alagoas, Pernambuco, Paraiba, Rio Grande do Norte,
Ceara, Piaui y Maranho.
Consulado
Horizonte
en
Belo Con circunscripción en el Estado de
Minas Gerais.
Consulado en Fortale- Con circunscripción en los Estados de
za
Ceará, Piaui y Maranho.
Consulado en Recife
Con circunscripción en los Estados de
Pernambuco, Rio Grande do Norte,
Paraiba y Alagoas
Consulado en Salvador Con circunscripción en los Estados de
Bahia y Sergipe.
Consulado
General Con circunscripción en los Estados de
en Rio Branco
Acre, Mato Grosso y Rondonia.
Consulado en Cuiaba
Consulado
Velho
Consulado
en Manaos
en
Con circunscripción en el Estado de
Mato Grosso,
Porto Con circunscripción en el Estado de
Rondonia.
General Con circunscripción en los Estados de
Amazonas, Roraima, Pará y Amapá.
Consulado en Tabat- Con circunscripción en la Microregión
inga
Alto Solimoes (Municipios de Amaturá,
Atalaia do Norte, Benjamín Constant,
Fonte Boa, Jutaí, Santo Antônio do
Iςá, São Paulo de Olivenςa, Tabatinga,
Tonantins) del Estado de Amazonas.
Consulado en Belem Con circunscripción en los Estados de
do Pará
Pará y Amapá.
Sección Consular en Con circunscripción en el Distrito Federal
Brasilia
y los Estados de Goias y Tocantins.
Artículo 4.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete
días del mes de octubre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1304736-1
Nombran Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en la República
de Austria
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 251-2015-RE
Lima, 27 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:
De conformidad con el inciso 12) del artículo 118
de la Constitución Política del Perú, que establece
la facultad del señor Presidente de la República de
nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con
aprobación del Consejo de Ministros, con cargo de dar
cuenta al Congreso de la República;
Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del
Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la
Ley N.° 29318; y su Reglamento de la Ley del Servicio
Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto
Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Nombrar Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en la República de Austria al
Miércoles 28 de octubre de 2015 /
El Peruano
Embajador en el Servicio Diplomático de la República
Alfredo Raúl Chuquihuara Chil.
Artículo 2. Extenderle las Cartas Credenciales y
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3. La fecha en que el citado funcionario
diplomático deberá asumir funciones, será fijada mediante
Resolución Ministerial.
Artículo 4. Aplicar el egreso que origine la presente
Resolución a las partidas correspondientes del pliego
presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5. La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1304738-12
Dan por terminadas las funciones de
Representante Permanente del Perú ante la
Organización Marítima Internacional (OMI)
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 252-2015-RE
Lima, 27 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N.° 0932012-RE, se nombró al Embajador en el Servicio
Diplomático de la República Julio Ernesto Muñoz
Deacon, Representante Permanente del Perú ante la
Organización Marítima Internacional (OMI), con sede
en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña
e Irlanda del Norte;
Que, mediante Resolución Suprema N.° 207-2015RE, se da por terminadas las funciones del Embajador
en el Servicio Diplomático de la República Julio Ernesto
Muñoz Deacon, como Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte y como Concurrente ante
Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;
Que, mediante Resolución Ministerial N.° 08802015-RE, se fija el 31 de octubre de 2015, como la
fecha de término de funciones del referido funcionario
diplomático, como Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte y como Concurrente ante
Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, debiendo
asumir funciones de su categoría en Cancillería el 1 de
noviembre de 2015;
De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del
Servicio Diplomático de la República y su modificatoria
la Ley N.° 29318; su Reglamento aprobado mediante el
Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y su modificatorias;
y el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por
Decreto Supremo N.° 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Dar por terminadas las funciones del
Embajador en el Servicio Diplomático de la República
Julio Ernesto Muñoz Deacon, como Representante
Permanente del Perú ante la Organización Marítima
Internacional (OMI), con sede en la ciudad de Londres,
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el 31 de
octubre de 2015.
Artículo 2. Cancelar las Cartas Credenciales y los
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3. La presente Resolución no irroga gasto
alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores.

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