REF.: Deja sin efecto la gran compra, signada con el N°28845

Transcripción

REF.: Deja sin efecto la gran compra, signada con el N°28845
REF.: Deja sin efecto la gran compra, signada con el N°28845
denominada CATRES CLINICOS.RESOLUCION EXTA. NRO.
MM
TE MUCO,
0 9 SEP
5847
2016
VISTOS) estos antecedentes:
1.- Resolución Toma de Razón N° 81 de fecha 21.07.2014, de la Dirección de Compras y Contratación
Pública, que aprobó las Bases Administrativas tipo Licitación N°2239-8-LP14, denominada Convenio Marco
de Mobiliario General, Mobiliario de Oficina, Mobiliario Escolar, Mobiliario Urbano y Mobiliario
Clínico.
2.- Convocatoria Ficha gran compra N° 28845 (publicada en www.mercadopublico.cl)
3.-Memorándum N°1674, de fecha 29.07.2016 de SubdpTo. de Abastecimiento a Dpto. Jurídico.
CONSIDERANDO:
1.-Que, conforme al Art. 9 de la Ley 18.575, Bases Generales de la Administración del Estado, los contratos
Administrativos se celebrarán, previa Propuesta Pública en conformidad a la Ley.
2.-Que conforme a lo dispuesto en el art. 18 de la ley 19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de
Suministro y Prestaciones de Sen/icios, los organismos públicos regidos por esta ley deberán cotizar, licitar,
contratar, adjudicar etc., utilizando solamente los sistemas electrónicos o digitales que establezca al efecto
la Dirección de Compras y Contratación pública.
3.- Resolución Toma de Razón N° 81 de fecha 21.07.20144, de la Dirección de Compras y Contratación
Pública, que aprobó las Bases Administrativas tipo Licitación N°2239-8-LP14, denominada Convenio Marco
Mobiliario General, Mobiliario de Oficina, Mobiliario Escolar, Mobiliario Urbano y Mobiliario
Clínico.4.- Términos administrativos y técnicos para compras.5.-Convocatoria Ficha gran compra N° 28845 (publicada en www.mercadopublico.cl) donde se señala dentro
del producto o sen/icio: CATRES CLINICOS6.-Memorandum N°1674 de fecha 29.07.2016 de Subdpto. de Abastecimiento a Dpto. Jurídico, donde se solicita
dejar sin efecto gran compra, publicada con el código 28845, de acuerdo a lo solicitado por el Dpto. de
Proyectos, debido a problemas con especificaciones Técnicas que no resultan convenientes para el Servicio de
Salud . Se adjunta informe de Ingeniero Biomédico.
7.- Informe para dejar sin efecto la Gran Compra N°28845, donde en lo que interesa se señala que respecto
del catre clínico Manual beta mediana complejidad, modelo beta mediana complejidad, código 1099607,
descripción: cama mecánica de 4 secciones en ABS, altura variable de 42 a 80 cms, movimiento de respaldo
y piernas independientes hidráulicas, trendelemburg y antitrendelemburg de +-15/12° barandas de dos (2)
secciones en ABS , de alta seguridad con separación menos a 5 cm, incluye porta suero no incluye colchón.
El catre clínico antes mencionado no cumple con las especificaciones técnicas mínimas requeridas por el
servicio clínico de Hospitalización del Hospital de Pitrufquén. Esto debido a que las características presentadas
por el modelo antes mencionado no cumple con el requerimiento de ser un catre hidráulico. Esta
característica es fundamental para el trabajo clínico ya que facilita y disminuye los tiempos de manipulación
de las camas para la realización de los procedimientos clínicos.Respecto de catre clínico eléctrico -JA-ES-96HD 225x 1 07 cm. Código 1099547, modelo JA-ES-96HD,
descripción: especializada para uso de la UCI incluye un cásete para rayos X en el respaldo; rápida
liberación para la RCP de emergencia, indicador de ángulo para la espalda y trendelengurg; estilo de diseño
exclusivo, certificaciones completas (ISO 13485, IEC 60601, IEC 60601-2-38, marcación CE, registro FDA.
Cama soporta hasta 225 kilos). El catre clínico eléctrico descrito con anterioridad posee la característica de
radio-lucido, la cual no es requerida para las funciones clínicas de las camas de Hospitalización de Pitrufquén.
Por tal razón se requiere cambiar las especificaciones técnicas de estas camas, para de esta forma adquirir
camas que no posean características que no se utilizarán y que encarecen la compra.
Por las razones expuestas se solicita cancelar la orden de gran compra 28845.8.-Conforme lo anterior, se ha determinado dejar sin efecto el llamado o intención de compra efectuado a
través del Portal www.mercadopublico.cl. ID28845.8.-Lo dispuesto en el artículo 61 de la ley 19.880.TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en:
1.2.3.4.5.-
D.F.L N° 1/05 que fija texto refundido del DL. 2.763/79 que crea los Servicios de Salud y otros;
D.S. 140/04 del Ministerio de Salud que reglamenta los Sen/icios de Salud;
D.F.L. 1/19.414/97 del Ministerio de Salud; que separa los Servicios de Salud en Araucanía Norte y Sur;
DS. N°126/15 del Ministerio de Salud.Resolución N°1600/08 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente:
RESOLUCION
1.-DEJASE SIN EFECTO la intención de compra y el llamado a
para para contratar la adquisición de CATRES CLINICOS 6/16.- publicado en el www.mercadopublico.cl.
signado con el número ID 28845., efectuado a través de proceso de grandes compras, asociado al
Convenio Marco de " Convenio Marco de Mobiliario General, Mobiliario de Oficina, Mobiliario
Escolar, Mobiliario Urbano y Mobiliario Clínico. ID N°2239-8-LP14.3.-NOTIFIQUESE, la presente resolución
portal www.mercadopublico.cl, una vez totalmente tramitada.
publicándose en el
ANOTESE Y COMUNIQUESE.
A KRAUSE
OR (T. Y P.)
ARAUCANIA SUR
N°1454
- DISTRIBUCION:
- DEPTO. JURIDICO.
- DPTO. DE ABASTECIMIENTO Y CONTRATOS.
-ARCHIVO

Documentos relacionados