descargar reglamento de la subasta

Transcripción

descargar reglamento de la subasta
REGLAMENTO DE LA I SUBASTA DE OBJETOS Y OBRAS DE ARTES “DALE UNA MANO
DE AMOR Y PAZ” PRO FONDOS DE LA FUNDACION NIÑOS CON VIH/SIDA
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN - COMPRADOR
I. CONCEPTOS BÁSICOS. SERVICIOS DE SUBASTA
1.- DEFINICIÓN
La Coordinadora de la Subasta, está conformada por los ciudadanos Soraya Castillo Ceballos,
Carlos Vidal Guzmán y Vicente Mancini Pozatti, en representación de la Fundación El Buen
Samaritano, quienes serán los mediadores de contratación, cuyo objeto viene constituido por
la venta en subasta voluntaria, de los bienes, objetos artísticos o de similar naturaleza, que
le son encomendados a tal fin, a mejor postor, en dinero de circulación legal en el País,
establecidos en la ciudad de Caracas, Venezuela.
En consecuencia, La Coordinadora, actúa como mediadora entre
La Fundación y los
compradores de cada Objeto u Obra de Arte, en nombre de éste, y los posibles compradores.
2.- EXPOSICIÓN
Los Objetos y Obras de Arte, que han de subastarse serán expuestos previamente a la
subasta en los locales asignados para tal evento, (Salón de los Espejos del Trasnocho
Cultural, Centro Comercial Paseo Las Mercedes, Municipio Baruta, Estado Miranda, Caracas)
a fin de permitir un perfecto examen y conocimiento de los mismos a los posibles
compradores. La exposición será Abierta al público el día 25 de Julio de 2.013, a las 7:00PM.
Acto seguido en fecha 31 de Julio de 2.013, a las siete de la noche 7:00PM, operará la
Subasta de Objetos y Obras de Arte denominada I Subasta de Objetos y Obras de Arte DALE
UNA MANO DE AMOR Y PAZ, pro fondos de la Fundación del Niño con VIH/Sida, en el Teatro
Trasnocho, del Trasnocho Cultural, Centro Comercial Paseo Las Mercedes, Avenida Enrique
Eraso, Municipio Baruta Caracas. Venezuela.
3.- ESTADO DE LOS OBJETOS Y OBRAS DE ARTE
Los Objetos y Obras de Artes, se subastarán en el estado en que se encuentren, no
aceptando La Coordinación de la Subasta, ni la Fundación Buen Samaritano, ninguna
responsabilidad ni reclamación sobre restauraciones, desperfectos, roturas, etc., que
aquéllos pudieran presentar, aunque no se hayan hecho constar en el catálogo. La exposición
de los Objetos y Obras de Arte, tiene por finalidad permitir un perfecto examen y estudio de
los mismos.
Hasta el momento de la Subasta, el personal de la Sala se encontrará a disposición de los
interesados para ofrecer las aclaraciones y orientación, que éstos pudieran solicitar sobre
cualquiera de los Objetos y Obras de Arte.
4.- DATOS DEL CATÁLOGO
Toda declaración contenida en el catálogo relativa al autor, autenticidad, origen, antigüedad,
procedencia, medidas y estado de los Objetos y Obras de Arte, se forma sobre la base de las
manifestaciones de sus donantes, y en su caso, cuando así hubiese sido expresamente
solicitada por aquéllos, después de una cuidada investigación y asesoramiento; pero, sobre
su exactitud, la Coordinación de la Subasta, ni la Fundación, no aceptan responsabilidad
alguna.
5.- ORGANIZACIÓN DE OBJETOS Y OBRAS DE ARTE
La Coordinación de la Subasta y la Fundación Buen Samaritano, se reservan el derecho de
organizar por lotes los Objetos y Obras de Arte, cambiarlos o subdividirlos en varios grupos,
de conformidad a su prudente y experto criterio; podrá asimismo combinar la exposición de
las obras y retirarlos por causa justificada.
6.- ADMISIÓN DE LOS OBJETOS Y OBRAS DE ARTE Y CIFRA DE SALIDA
La cifra de salida de cada Objeto u Obra de Arte, en la subasta, se determina de mutuo
acuerdo entre el donante/La Coordinación de la Subasta por medio de un experto tasadorCurador; a cuyo fin, La Coordinación, traslada al Donante, su mejor criterio y experiencia
derivados de su intervención, como mediadora, en operaciones precedentes y análogas, en
otras operaciones comerciales de esta índole o Subastas.
La cifra de salida de cada Objeto u Obra de Arte, se especifica en el catálogo y no tiene
porqué guardar relación con el valor del objeto en cuestión. La cifra de salida constituirá el
precio mínimo de venta.
7.- USO Y NORMAS
En su carácter de mediadora, La Coordinadora se regirá, al llevar a cabo la subasta de los
Objetos y obras de Arte, que se le encomienden a tal fin, donadas por los autores o
propietarios de las mismas, por las normas generales del derecho, las leyes que rijan la
materia y el presente reglamento, en cada momento aplicables y vigentes, así como a los
usos comerciales por los que tradicionalmente viene rigiéndose este tipo de operaciones, que
se basan en el principio de la buena fe.
8.- ESCALA DE PUJAS
Las pujas se establecerán y/o incrementarán con arreglo a la siguiente escala:
De
De
De
De
De
De
De
Escala
5.000Bs hasta
10.001 Bs hasta
20.001 Bs hasta
50.001 Bs hasta
100.001 Bs hasta
200.001 Bs hasta
500.000 Bs hasta
10.000 Bs
20.000 Bs
50.000 Bs
100.000 Bs
200.000 Bs
500.000 Bs
en adelante
Importe Puja
500 Bs
1.000 Bs
2.500 Bs
5.000 Bs
10.000 Bs
25.000 Bs
50.000 Bs
En cualquier caso, de conformidad a su experiencia, La Coordinación de la Subasta, podrá
variar el sistema de pujas en casos concretos.
9.- INCREMENTO MÍNIMO
El Director de la subasta tiene derecho a rechazar toda puja que no sobrepase la precedente
en la cuantía en cada caso aplicable. El propio Director de la subasta podrá pedir la
ratificación de una puja realizada.
10.- ADJUDICACIÓN AL MEJOR POSTOR Y DESACUERDOS
Los Objetos y Obras de Arte, se adjudicarán al mejor postor. El desacuerdo entre dos o más
licitadores o postores sobre la cantidad que ha constituido la puja más alta y, en general,
cualquier diferencia que surja entre los licitadores de una subasta, será dirimida por el
Director de la subasta, designado para el caso por la Coordinadora, que adjudicará el Objeto
u Obra de Arte, a quien estime oportuno, de manera inapelable. Si el Director de la subasta
no resolviera sobre la marcha el desacuerdo o la diferencia surgida entre postores, la Sala
tendrá la facultad de proceder a una nueva subasta del Objeto u Obra de Arte en cuestión,
en la misma sesión o en la inmediata siguiente, o bien podrá proceder a una subasta privada
del mismo.
11.- GASTOS DE EMBALAJE Y TRANSPORTE. PERMISOS ESPECIALES
Los gastos de embalaje y transporte de Los Objetos y Obras de Arte, adjudicados serán
siempre por cuenta del adjudicatario/comprador, y de su exclusiva responsabilidad los daños
que pudieran ocasionarse al mismo durante su transporte.
El adjudicatario/comprador es responsable de obtener y de aportar donde corresponda, a su
exclusiva cuenta y cargo, la documentación legal y administrativa, licencias y permisos de
cualquier clase, incluidos los de exportación e importación, que sean eventualmente
requeridos por las Autoridades, para el transporte legal de los Objetos y Obras de Arte,
adjudicados y/o adquiridos en la Subasta, para lo cual se le otorgara un certificado de
adquisición.
12.- SERVICIO DE INFORMACIÓN
La Sala pone a disposición del público, durante los días y horas de exposición, un servicio de
atención constituido por un grupo de expertos y anfitrionas, que informarán sobre el estado
de conservación, autor a quien se atribuye, precios de mercado, o sobre cualquier otro dato
relacionado con los Objetos y Obras de Arte incluidos en el catálogo de la subasta.
Dicho servicio de atención al público se prestará conforme a principios de buena fe y de
razonable y fundado criterio de La Coordinadora, adquirido con la experiencia, pero sin
asumir ésta responsabilidad alguna en cuanto a las informaciones y opiniones facilitadas.
13.- SERVICIO DE VALORACIONES
La Coordinadora dispone de un servicio de valoración que realiza tasaciones por escrito para
seguros.
II. COMPRADOR
14.- REFERENCIAS
Las personas que deseen pujar en la subasta deberán presentar su Cedula de identidad y
RIF. Si la puja la realiza en nombre de un tercero deberá aportar autorización escrita
acompañada de copia de la cedula del poderdante. Si es persona jurídica aportará
Documento de Constitución de la empresa y última acta o donde aparezca la cualidad del
comprador o su representante, así como documento que acredite poder suficiente para
actuar en nombre de la sociedad.
15.- COMPROBACIÓN DE LOS OBJETOS
Durante la exposición de los Objetos y Obras de Arte, quien desee participar en la subasta
deberá comprobar el estado y demás condiciones del objeto que desee adquirir, a fin de
cerciorarse sobre si la descripción del catálogo concuerda con su apreciación.
16.- ADJUDICACIÓN Y GASTOS DE ALMACENAJE
Las personas que deseen pujar en la subasta deberán rellenar el impreso de solicitud de
paleta acreditativa de sus futuras compras y de la conformidad con las condiciones de la
subasta, que se facilitará por la Sala en las mesas dispuestas al efecto, donde se entregará a
cada postor, a continuación, el número correspondiente. La Sala solicitará la presentación de
la cedula de identidad o RIF, vigente. Si la inscripción la realiza en nombre de un tercero
deberá aportar autorización escrita acompañada de la cedula de identidad (copia). Si es
persona jurídica aportará escritura pública de constitución, tarjeta acreditativa del Número
de R.I.F., así como documento que acredite poder suficiente para actuar en nombre de la
sociedad.
Los Objetos adjudicados en Subasta, deberán ser pagados por el adjudicatario/comprador en
el plazo máximo de tres días y retirados en el plazo máximo de CINCO DIAS, ambos plazos a
contar desde la fecha de adjudicación en la subasta. Transcurrido este último plazo sin que el
adjudicatario/comprador haya retirado el Objeto u Obras adquiridos, se devengarán unos
gastos de custodia y almacenamiento por lote y día de (Bs.500,00), Transcurridos treinta
días , desde la fecha de la subasta sin que el comprador haya pagado y/o retirado los
Objetos u Obras, La Coordinadora, podrá dar por rescindida la venta sin perjuicio de las
acciones legales que, ante tal situación, pudiera tomar. En cuanto a los daños que
eventualmente se ocasionen en los Objetos u Obras de Arte, adjudicados, serán de la
exclusiva responsabilidad del adjudicatario/comprador.
17.- FORMAS DE PAGO ADMITIDAS
- Tarjeta de crédito o débito VISA o MASTERCARD
- Transferencia bancaria a:
Cuenta corriente. Numero 01050017641017515662. Banco -- Mercantil. Nombre: O. A.T. SOLUCIONES COMUNICACIONALES C.A. RIF: J-31060492-4
- Cheque bancario conformarle
- No se admitirán pagos en efectivo por cantidades superiores a Bs 5.000,00
III.- OTROS
18.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Los derechos de los autores y de sus herederos sobre sus obras y creaciones se respetarán
con arreglo a la Ley de Propiedad Intelectual.
19.- I.V.A. Y TRIBUTOS
Salvo que otra cosa se diga expresamente en algún otro lugar de estas Condiciones
Generales, todas las cifras, tarifas e importes que en las mismas se indican se entenderán
expresados sin incluir el I.V.A. o cualquier otro tributo que fuese exigible.
20.- SOMETIMIENTO Y LEY APLICABLE
En el caso de que surgieran discrepancias entre las partes por razón de las operaciones de
subasta, La Coordinadora/vendedor, el adjudicatario/comprador y la propia Fundación, con
renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la Jurisdicción de
los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Caracas.
Las operaciones en que interviene La Coordinadora, en cuanto a su calificación jurídica y
efectos consiguientes, quedan sometidas a las normas del Derecho Venezolano y más en
concreto a los preceptos que regulan los contratos de mediación y de depósito y el Código
Civil.
21.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Respecto a la Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales
recabados con ocasión de la contratación, para participar en la Subasta, serán almacenados
en ficheros, propiedad de la empresa, con la finalidad de establecer una base de datos de
clientes a efectos informativos.
ESPECÍFICACIONES EN MATERIA DE IDENTIFICACIÓN DE LAS OBRAS U OBJETOS
Cualquier manifestación impresa en el catálogo y referida a la autoría, autenticidad,
atribución, origen, fecha, edad, procedencia y condición de los lotes es siempre la expresión
de una opinión que se rige por los términos interpretativos que a continuación detallamos:
a) ONOFRE FRIAS (NOMBRE Y APELLIDOS).- Significa que, en nuestra opinión, es una obra
auténtica del artista mencionado.
b) OBJETOS
A efectos de catálogo, se consideran como objetos los que tengan la apariencia o cosa, con
materia, peso, volumen y masa propia y determinadas características propias que lo hacen
especifico para ser considerado como objeto de arte por su valoración artística.
Ver catalogo….

Documentos relacionados