Avance de Plan General de Ordenación Urbana. Memoria

Transcripción

Avance de Plan General de Ordenación Urbana. Memoria
GATIKAKO UDALA
AURRERAPENA
AVANCE
GATIKAKO URI ANTOLAMENDU PLAGINTZA OROKORRA
TXOSTENA
MEMORIA
2009ko abendua
DOCUMENTO DE
PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE GATIKA
diciembre de 2009
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
ÍNDICE
OBJETO, ENCARGO Y CONTENIDO
INFORMACIÓN
DESCRIPCIÓN DEL MUNICIPIO
•
•
•
•
•
•
•
Los barrios de Gatika
Los accesos a Gatika
El relieve e hidrografía
Clima
Instalaciones supramunicipales
Otras infraestructuras y servicios municipales
Arquitectura, arqueología y lugares de interés
ESTRUCTURA TERRITORIAL
• El suelo rural
• El uso residencial
• Población
• El uso industrial
• Los sistemas generales de comunicaciones e infraestructuras
GATIKA EN LAS DOT
EL PTP DEL AREA FUNCIONAL DE MUNGIA
MARCO LEGAL
•
•
Situación urbanística actual y planeamiento vigente
Aplicación de la Ley del suelo vasca Ley 2/2006 y Reglamento 105/2008
PROPUESTA
•
•
Determinaciones del Avance
Justificación de la Revisión del Planeamiento
CRITERIOS GENERALES
PROPUESTAS
• Suelo no urbanizable
• Área de especial protección de Butrón
• Núcleos rurales
• Suelo urbano
• Suelo apto para urbanizar
• Sistemas generales y equipamientos
• Otras operaciones estratégicas
ANEXO-0
RELACIÓN DE PLANOS
ANEXO-1
LOS GRANDES NUMEROS DEL PLAN GENERAL
Texto de avance
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OBJETO, ENCARGO Y CONTENIDO
El Ayuntamiento Pleno de Gatika, en sesión celebrada en Julio de 2009, acordó
encargar a ISPIZUA ARQUITECTOS 3 SL, la elaboración del Plan General de
Ordenación Urbana del municipio de Gatika.
Es objeto del presente expediente desarrollar el documento de AVANCE DEL
PLAN GENERAL, que apoyado en el planeamiento vigente en el municipio, así
como de aquellos otros documentos de planeamiento, que aún no habiendo
alcanzado la aprobación definitiva, han servido para el actual desarrollo
urbanístico, sea posible o permita exponerse al público en general y a la
ciudadanía de Gatika en particular, mediante los correspondientes foros de
participación ciudadana, en aras a poder recibir las SUGERENCIAS que al
mismo se propongan.
De esta forma y una vez sean analizadas las sugerencias formuladas y
decididos los criterios de desarrollo urbanístico por la corporación municipal,
pueda ser en un futuro próximo, elaborado el documento definitivo del Plan
General de Ordenación Urbana para su exposición pública una vez sea
alcanzada la aprobación inicial.
Texto de avance
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DESCRIPCIÓN DEL MUNICIPIO
El término municipal de Gatika se encuentra en el centro de la comarca de
Plentzia-Mungia, al Norte del territorio histórico de Bizkaia. Su localización es de
43° 21’ 47” de latitud Norte y 0° 48’ 52” de longitud este.
Los municipios colindantes se sitúan, con respecto a Gatika, de la siguiente
manera: al Norte se sitúan Maruri y Lemoiz, al Oeste Plentzia y Urduliz, al
Suroeste Laukiz, al Sur Loiu y al Este Mungia.
Los barrios de Gatika
Gatika tiene una extensión de 17,42 km², con suelo principalmente rural,
repartido en 9 barrios.
El barrio de Sertutxa
Se sitúa al Este del Municipio. Es el primero que se encuentra entrando a Gatika
desde Mungia por la carretera local BI-3121 (Mungia-Elortza). El recorrido de su
límite Este y Norte son coincidentes con el límite municipal de Mungia hasta
Latxaga, allí continua por la carretera BI-4104 de Birle a Gatika por Latxaga,
hasta la carretera municipal Gatika-Maruri, cruza el casco urbano y, desde el
cruce principal de carreteras de Gatika se dirige hacia el Sureste, pasando
cerca del caserío Larrarte hasta el limite municipal con Mungia, que cierra el
perímetro del barrio.
Junto con el barrio de Garai, el barrio de Sertutxa es el más poblado de todos.
Texto de avance
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El barrio de Ugarte
Se sitúa al Noroeste del barrio Sertuxa. Su límite Norte es coincidente con los
límites municipales de Mungia y Maruri. En la mitad del recorrido - entre el río
Butrón y la carretera BI-3111(Astienza-Igartua)-, gira hacia el Suroeste por el
centro de la vega hasta cruzarse con la carretera BI-3121(Mungia-Elortza). En
este punto vuelve a girar hacia el Sureste coincidiendo con esta última
carretera, aunque no en todo su recorrido. Cuando llega al casco urbano, se
encuentra de los barrios Ugarte, Sertutxa y Garai.
El suelo urbano residencial e industrial queda repartido entre estos los barrios
Ugarte, Sertutxa y Garai.
El barrio de Igartua
Es el primer barrio que encontramos en entrar por la carretera BI-3111 desde
Maruri.
Anteriormente, terrenos situados en este barrio formaron parte de la propiedad
del castillo de Butrón.
Se sitúa al Oeste de Ugarte. Su límite Norte es coincidente con el término de
Maruri, antes de encontrarse con el límite municipal de
Lemoiz baja en
dirección Norte-Sur entre las cimas de Margaltza y Olakoetxe hasta el río Butrón
donde gira hacia el Este y coincidente con el río continúa hasta encontrarse
con el barrio de Ugarte.
Texto de avance
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El barrio de Gorordo
Se encuentra al noroeste de Garai y al Suroeste de Ugarte. Su límite Norte es
coincidente con el río Butrón, baja hacia el Sur siguiendo la vega de Añoza y
dejando a la izquierda a Martierrota hasta
pasado el caserío Endetza,
entonces gira hacia el Este y más adelante hacia al Norte, recogiendo los
caseríos de Madariaga, Arteta, Zuatzu, Bizkarra..., hasta la carretera BI-3121(
Mungia-Elortza).
El barrio de Libarona
Se sitúa al Oeste de Gorordo. Su límite Norte es coincidente con el río Butrón,
cruza Urrestimendi de Norte a Sur y pasa por Duo-baso hasta al límite municipal
con Laukiz, se dirige hacia el Este coincidente con este límite y su frontera con
el barrio Zurbano lo encuentre en el Añoza.
El barrio de Urrezti
Se sitúa al Oeste de Libarona. Su límite Norte es coincidente con el río Butrón,
hasta que este se encuentra en territorio de Laukiz, recorre todo este límite
hasta encontrarse con el barrio de Libarona.
El barrio de Butrón
Situado más al Norte que ningún otro, es el primer barrio que se encuentra al
entrar por la carretera BI-3121 desde Urduliz. En este barrio se encuentra el
castillo de Butrón. Su territorio ha dejado de formar parte de la propiedad del
castillo de Butrón.
Texto de avance
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En él encontramos la mayor y menor altitud de Gatika, (La cima de Margaltza
con 225 m y la ría de Butrón a 5 m de altitud).
Su límite Norte coincide con los límites municipales de Maruri y Lemoiz, al Oeste
y el límite municipal de Plentzia, Urduliz y Laukiz y al Sur con el río Butrón.
El barrio de Garai
Se sitúa entre los barrios de Sertutxa, Ugarte y Gorordo y al Sur limita con
Zurbano. El límite con el barrio Zurbano tiene una trayectoria Sureste desde
Gorordo, y recorre la colina de Landrome, cruza la carretera BI-3105, recoge los
caseríos de Mendipe y Kanpogane hasta el límite municipal de Mungia.
El barrio de Zurbano
Se encuentra al Sur de Gatika. Es el primero que se encuentra cuando se entra
desde Laukiz por cualquiera de sus accesos. En él podemos encontrar la
Subestación transformadora de Iberdrola.
Tiene límites en los municipios de Laukiz, Loiu y Mungia y los barrios de Garai,
Gorordo y Libarona.
Texto de avance
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Los accesos a Gatika
Los accesos de Gatika se realizan desde distintos puntos:
Desde Urduliz se accede por la carretera local BI-634 de Mungia a Elortza. Esta
carretera recorre el barrio de Butrón e Igartua, más adelante hace de límite
entre los barrios de Ugarte y Gorordo, y desde Ugarte entra en Sertutxa para
dirigirse hacia Mungia.
Desde Maruri se puede entrar tomando dirección Suroeste por la carretera
Local BI-3111 de Astienza (Maruri) a Igartua (Gatika), que finaliza en el cruce de
Urondo, (carretera BI-634 pk. 20.000).
También desde Maruri se puede acceder por la carretera municipal MururiGatika. Esta carretera es un ramal de la carretera local BI-634 que nace cerca
del núcleo urbano, deja M.E.S.A. S.L. al Oeste y sale del término municipal de
Gatika por el Este de Lauxarra-errota en el barrio de Ugarte.
Desde Laukiz se entra por la carretera Local BI-3105 (Garai a Laukiz). Esta
carretera cruza el límite municipal cerca del caserío Mardaraz, en el barrio
Zurbano asciende de forma sinuosa y con pronunciada pendiente en dirección
Norte, continua por Garai hasta encontrarse con la carretera BI-634 pk. 18.000
en el núcleo urbano.
Desde Loiu, pasando por territorio de Laukiz, se accede por la carretera local
BI-3709 de Larrakoetxe (Loiu) a Botiola (Gatika). Entra en Gatika por el barrio
Zurbano y muere en su encuentro con la carretera BI-3105 pk. 19.500 en el
barrio Zurbano.
Texto de avance
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El relieve y la hidrografía
La altitud media de Gatika es de 89 m. La 4/5 parte del territorio está
accidentada por colinas de poca elevación y el resto esta asentado en la
cuenca media del río Butrón.
La cuenca del río Butrón recorre el territorio por su parte Norte; entra a Gatika
desde Mungia por al este del barrio Sertutxa. En este primer tramo, al río Butrón
le llega el arroyo Sertutxa-erreka;
Este arroyo aparece en Garai, alimentándose de las vertientes Noroeste de las
colinas limítrofes con Atxuri (Mungia). Rodea al barrio Sertutxa por el Sur y Este
hasta llegar al río Butrón.
Desde que entra en contacto con Gatika, el río Butrón dibuja el límite entre
Gatika y el término municipal de Mungia hasta el barrio de Ugarte (durante
este tramo encontramos los molinos de Birleko-errota o Latxaga-errota y
Lauxarreko-errota). En el barrio de Ugarte entra hacia el interior del territorio
anchándose en una gran vega, sobre todo en los barrios de Gorordo, Ugarte y
Libarona.
En el barrio de Ugarte, la ancha vega la forman numerosos canales de
desahogo del río Butrón.
Entre los barrios de Gorordo y Libarona se encuentra otro afluente del río
Butrón; el Añoza (en este arroyo encontramos al molino de Marti-errota y
Endetza). Dibuja una vega ancha y a él van a parar arroyos que nacen en
Urrestimendi, en la vertiente Norte de las colinas de Zurbano y en la vertiente
Oeste de las colinas de Gorordo.
Texto de avance
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Desde Gorordo vierte al río Butrón el Gorordo-erreka que discurre paralelo a la
BI-634. Desde Igartua vierten al río Butrón varios arroyos más.
Cuando el río Butrón alcanza los barrios de Butrón y Urrezti describe
pronunciados meandros hasta hacer un giro casi completo y encontrarse de
nuevo en terrenos del castillo de Butrón (en el castillo de Butrón se hallaba el
desaparecido Butroiko-errota). Desde el castillo de Butrón en dirección
Noroeste llegamos hasta la presa de Arbina donde el río Butrón pasa a
convertirse en ría.
En la mitad Noroeste del territorio de Gatika, se encuentran las cimas más altas
y que conforman la cuenca del río Butrón; en los barrios de Butrón y Urrezti Margaltza con 228.98 m de altitud y Gantzurriz con 116.35 m (Butrón),
Urrestimendi con 144.81 m y Basaldumendi con 89.68 m. (Urrezti)-, y en los
barrios de Libarona e Igartua -Olakoetxeko de 175.49 m-.
Al Sur de Zurbano, en el límite con Loiu, también encontramos una cima de
altitud; la cumbre de Lauromendi de 225 m.
En el centro- Norte de Gatika, en los barrios de Igartua, Ugarte, Libarona y
Gorordo, donde el río Butrón se une a los canales de Igartua y al Añoza, se
forma una gran vega. A esta vega vierten, las laderas Este de Olakoetxe, las
laderas Sur de Urrestimendi y los barrios de Ugarte y Gorordo.
El relieve del Este y Sur de Gatika la forman colinas lineales, cuyas vertientes
Noroeste alimentan al río Butrón en Gorordo y Ugarte. En Garai y Zurbano las
vertientes Sureste y Noroeste de sus colinas, alimentan al Sertutxa-erreka. El
barrio Sertutxa tiene laderas con orientación Norte, Este y Sur que vierten al río
Butrón y al Sertutxa-erreka.
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Clima
Al igual que el resto del territorio histórico tiene un clima templado de tipo
oceánico con precipitaciones todo el año, aunque a veces y en periodos no
muy largos, aparece el fenómeno de la sequía. A su favor, posee el curso de
agua más importante de la comarca; el río Butrón.
Instalaciones supramunicipales
Subestación transformadora de Iberdrola S.L.
Se construyó en 1971 con la idea de ser enlace entre la central nuclear de
Lemoiz y la subestación de Itxaso y Güeñes con la red general de Iberduero,
hoy Iberdrola.
La subestación Transformadora y de Seccionamiento está situada junto a la
Carretera Local BI-3709, próximo al cruce de Boteola. Cuenta con una
superficie de 7,2 Ha. Está destinada a la transformación y distribución de la
energía eléctrica. Dispone de sistema de 400kv, 220kv y 132 kv. Hoy en día se
está tramitando una posible modificación puntual del planeamiento, siendo su
finalidad ampliar el suelo de la subestación para posibilitar que LabeinTecnalia, pueda implantar una instalación de control de calidad de centros de
transformación
Central de Telefónica
Se construye en 1993 en terreno rural, junto a la carretera Local BI-3105
pk. 18.300, próximo al cementerio. Consiste en una central de telefonía tipo A
para C.L.P.C. 1.240.
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Red de Gas
Desde el año 1998 se están realizando las obras de la red de Transporte de Gas
Natural denominada Red de Arrieta III, perteneciente de la Sociedad de Gas
de Euskadi.
Proviene de la zona industrial de Mungia, ingresa en el Término Municipal de
Gatika a 305 m. al Norte de la carretera BI-3121(Mungia-Elortza).
Por el límite este, entre los términos de Mungia y Gatika, del lado de este
último, la red principal desciende hasta la carretera BI-634 cruzándola frente a
la empresa GRANJA SANIG para dirigirse hacia la carretera Garai-Laukiz BI-3105
de Garai a Laukiz y cruzarla entre los caseríos Bengoetxe y Ostengoetxe.
Salvo leves giros exigidos por el terreno, la red principal se mantiene en
dirección Este-Oeste, hacia la carretera Gatika-Laukiz, donde deja la afección
de Gatika pasando a la de Laukiz.
La longitud del tramo de red que pasa por el término Municipal de Gatika de
5.325 m: donde 5.322 m son de 6” y 3 m de 3”. Una tubería PEMD de ∅110mm
está instalada en las mismas zanjas de la tubería de acero.
Otras Infraestructuras y servicios municipales
Estación de Servicio
Se construye en 1991, en suelo rural, en la Carretera Local BI-3709 de
Larrakoetxe (Loiu) a Botiola (Gatika), pk 15.600. Consiste en 4 depósitos de
30.000 litros para gasolinas y gasóleos.
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Arquitectura, arqueología y lugares de interés
Lugares de culto religioso
• El Cementerio Municipal
El cementerio está situado en suelo urbano en el barrio de Garai, en la
carretera local BI-3105. Lo componen la capilla y una zona ajardinada de
0,16 Ha, cerrada por altos muros de piedra. La portada del cementerio
forma parte del Patrimonio Histórico-Arquitectónico del País Vasco.
Sobre el Cementerio el Avance que se aprobó en el año 2005, proponía
su derribo y eliminación con el objeto de ubicar sobre él la rotonda de
enlace entre la carretera BI-3709 y la variante Foral BI-3121, por lo que
resultaba necesario reubicarlo en terrenos municipales sobre el campo
de futbol. Hoy en día este interés ha desaparecido.
• Iglesia parroquial de Sta. María
Situada en suelo urbano en el barrio Sertutxa-Garai, en el cruce de las
carreteras BI-3121 y BI-3105.
De
la
Iglesia
parroquial
de
Santa
María,
se
han
perdido
su
documentación. Según Iturriza, estaba distribuido en tres naves definidas
por seis pilares. Hoy resulta una nave de cuatro tramos marcados por
columnas y pilastras y cubierta de bóveda. La torre destruida en la
guerra, fue junto a la bóveda levantada en la postguerra por el
arquitecto Basterrechea. Quedan del viejo edificio los muros hasta cierta
altura, la capilla mayor y no es seguro si las columnas.
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La iglesia pertenece a zona catalogada de Presunción arqueológica y
forma parte del Patrimonio Histórico-Arquitectónico del País Vasco.
• Ermita de Sta. Magdalena
Situado en suelo rural, en terrenos que pertenecieron al castillo de Butrón
en la carretera BI-3121, pk. 21.700.
Lugar de devoción para los peregrinos que atravesaban Bizkaia camino
de Santiago, la actual ermita de la Magdalena es una reconstrucción
tardía de escaso interés arquitectónico. Es reseñable su emplazamiento
junto a la fortaleza de Butrón.
La ermita pertenece a zona catalogada de Presunción arqueológica y
forma parte del Patrimonio Histórico-Arquitectónico del País Vasco.
Equipamientos deportivos y culturales
• El campo de fútbol Municipal
Su construcción fue finalizada en el año 1995. Está dotado de campo de
césped, campo de arena de entrenamiento, iluminación, vestuarios,
gradas semicubiertas, aparcamiento y bar.
• La Pista polideportiva Municipal y Probadero
Construido en suelo urbano en el barrio de Ugarte. En la carretera
municipal de Gatika-Maruri cerca de la empresa MESA S.L. Es un edificio
cubierto compuesto de dos naves, una destinada a pista polideportiva
con vestuarios y la otra nave a probadero con pavimento adecuado y
gradas. Se sitúa sobre una explanada con aparcamiento.
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• Pista Escolar Municipal
Situada en suelo urbano en el barrio de Ugarte, detrás del edificio
escolar.
Consta de pista polivalente pavimentada en hormigón y descubierta.
• Frontón Municipal cubierto
Situado en suelo urbano frente al antiguo probadero y a la “campa de la
Iglesia”. Dotado de vestuarios, gradas, iluminación artificial. En ocasiones,
el frontón se utiliza como recinto para espectáculos.
• Escuela Municipal
Situada en suelo urbano junto al frontón municipal.
• Albergue Cultural Municipal
Situado en suelo rural, en el cruce de Urondo (carretera BI-3111 con
carretera BI-634). Edificio municipal rehabilitado en el año 1997,
destinado a albergue y a encuentros culturales. Tiene capacidad para
30-35 personas. Está dotado de 2 aulas multifuncionales, 3 habitaciones
dobles, servicios y duchas comunitarias, cocina y comedor.
Servicios de salud
• Servicio médico
Consultorio médico diario. Situado en la vivienda unifamiliar conocida
como “la casa de médico” de propiedad municipal, en el suelo urbano
“la campa de la Iglesia”.
• Farmacia
Situada detrás del edificio del ayuntamiento en el límite del suelo urbano.
• Servicio Veterinario
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Restaurantes y servicios de hostelería
En el barrio Butrón:
Restaurante Butruiko-errota y Merendero Errotaondo.
En el barrio Igartua:
Restaurante Urondo y R.Gatika.
En el barrio Sertutxa:
Restaurante Miravilla.
En el barrio Garai:
Merendero Goitxi.
En el barrio Zurbano:
Restaurante Loitti.
Otros lugares de Interés de Gatika
• Castillo de Butrón
Uno de los más llamativos elementos arquitectónicos de Gatika es el
conjunto monumental del solar de Butrón.
Asentado sobre una de las torres fuertes medievales más importante de
territorio Vizcaino, la obra actual, diseñada en 1879 por el Marqués de
Cubas por encargo del Marqués de Torrecilla, constituye una mezcla de
elementos goticistas germánicos respetando la planta original de la
fortificación.
La base del castillo es lo único que se conserva de la primitiva torre de los
Múgica-Butrón, cabeza del bando oñacino en Bizkaia.
Todo el edificio es proyecto del Marqués de Cubas, exceptuando un
arco apuntado cuyo largo dovelaje la sitúa a finales del siglo XV y una
modesta puerta posterior de servicio.
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EL castillo tiene, además, otro valor ejemplar, que es el de haber
conservado las instalaciones complementarias de la casa torre: ferrería,
puente, ermita de la Magdalena e interesantes caseríos. (El molino
hidráulico ha sido recientemente sustituido). El castillo pertenece a una
zona catalogada de Presunción arqueológica y forma parte del
Patrimonio Histórico-Arquitectónico del País Vasco.
• Entorno del Castillo de Butrón
Aparte de la construcción en si misma, no hay que olvidar el espléndido
entorno que la rodean conformado por un parque natural poblado con
una gran variedad de especies arbóreas, exóticas y autóctonas, donde
habitan numerosos grupos de aves y pequeños mamíferos convirtiendo
los alrededores de Butrón en una reserva ecológica de incalculable
valor.
La normativa municipal protege esta área con la calificación de SUELO
DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA.
También las DOT recogen esta zona como una de las ÁREA DE
ESPARCIMIENTO de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Igualmente
el avance del PTP del área funcional de Mungia señala “Castillo de
Butron: por su interés paisajístico y cultural y como área de alto potencial
para la ordenación del uso público y recreativo de proyección comarcal
y autonómica.”
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En el territorio se encuentran varias zonas de Presunción Arqueológica:
La casa-torre de Butrón (castillo), La ermita de Sta. Magdalena (sin estructuras
visibles), las Ferrerías Mayor y Menor de Butrón (sin estructura visible), el molino
Butroiko-errota, el caserío Landa
en Ugarte, el caserío Bengoetxea en Garai, el
caserío Goitxi en Garai y la iglesia de Sta. María en Sertutxa
Es en el ámbito de la arquitectura rural donde Gatika ofrece mayor riqueza. Los
caseríos más primitivos son los que presentan un enorme armazón de madera
de suelo a tejado. Desde XVI hasta las primeras décadas del XVIII las jambas
del soportal se construirán en piedra y no en madera.
Muchos de los caseríos de Gatika
forman parte de Patrimonio Histórico-
Arquitectónico del País Vasco:
- En el barrio Sertutxa:
caserío Karnerone, caserío Etxebarri, caserío Intxausti, caserío Goikoetxe,
caserío Sertutxa, caserío Lubarrieta.
- En el barrio Garai:
caserío Hospitalberri, caserío Atxabide, caserío Abases, caserío Urrutxu,
caserío Etxebarri-goikoa, caserío Urrustiñe, caserío Ostengoetxe, caserío
Bengoetxe, caserío Meñakane, caserío Uribarrena, caserío Olene y la
casa “La campa”.
- En el barrio Ugarte:
caserío Garai, caserío Landa, el caserío Palacio, el caserío Iturrieta, el
caserío Arene, el caserío Zugasti, el caserío Zugastiaurrena.
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- En el barrio de Gorordo:
caserío Sutxo, caserío Suzutxu, caserío Madariaga, caserío Landaluce,
caserío Santune, caserío Larretxiñez, caserío Ibergarai, caserío Gorordogoiko.
- En el barrio Igartua:
caserío Kontzolune, caserío Olakoetxe, caserío Igartua, el caserío
Etxeberri.
- En el barrio de Libarona:
caserío Urtekoetxe, caserío Legarbi, caserío Auntxesta.
- En el barrio Butrón:
caserío Arratza.
- En el barrio Urrezti:
caserío Basalduerdikoa.
- En el barrio Zurbano:
caserío Zurmo, caserío Bekoetxe, caserío Lobane, caserío Uriarte.
En el patrimonio etnográfico, existen además, el puente de Butrón, la Ferrería
Ola de Butrón y varios molinos de interés; el molino Arbina en Butrón, el molino
de Toziñaga en el barrio de Zurbano, el molino de Lauxarrekoerrota, el molino
de Birleko-errota o Latxaga
en el barrio de Ugarte y el molino Endetxa en
Libarona.
Gatika tiene en el barrio de Igartua un árbol catalogado como Árbol Singular.
En el barrio de Garai cercana al caserío Iturralde se encuentra una fuente, que
por su antigüedad y por su historia se propone proteger.
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ESTRUCTURA TERRITORIAL
El municipio de Gatika muestra un hábitat disperso con mucha construcción
aislada. Todos sus elementos configuradores son los propios de un medio rural,
cuya partícula básica y fundamental es la vivienda aislada.
El territorio en general presenta una trama, donde se alternan caseríos antiguos
y casas de actual construcción, y donde la tipología constructiva no determina
si son de explotación agropecuaria o tan solo de uso residencial. Las
construcciones se unen entre sí por caminos secundarios. En Gatika, al igual
que en la comarca, se observa la distribución del hábitat muy atomizada.
En el barrio Sertutxa los asentamientos se realizan sobre todo en la vertiente Sur
y Oeste de la colina sobre la que se sitúa, y siempre apoyándose en el camino
principal del barrio y los ramales que lo conectan con la carretera BI-3121.
En el barrio Garai los asentamientos se producen apoyados en sus caminos
rurales,
pero mayoritariamente en la carretera BI-3105, y muy vinculados a
esta.
En los barrios de Gorordo, Ugarte y Norte de Zurbano, los asentamientos se
producen diseminados, apoyados en los caminos rurales que se internan en sus
territorios, se conectan entre si y con las carreteras principales.
En el barrio Libarona y Urrezti, los asentamientos se alargan con muy poca
densidad por las zonas bajas de su territorio, donde el terreno tiene menor
pendiente, y vinculados a los cauces del Añoza-erreka (Libarona) y al río Butrón
(Urrezti).
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En el barrio de Igartua las edificaciones se apoyan en los caminos con
estructura de “peine” que ascienden hacia Herriko-baso desde las carreteras
BI-634 y BI-3111.
En las zonas altas, con suelo de uso principalmente forestal, en los barrios de
Butrón, Urrezti, y las zonas medias-altas de Igartua y Libarona, no encontramos
apenas edificaciones ni intervenciones, como es lógico en un suelo forestal.
Dentro de esta dispersión a lo largo del territorio, las viviendas se agrupan en
pequeños núcleos, algunos de los cuales ya están ordenados y recogidos
como “núcleos rurales”.
La
principal
agrupación
la
constituye,
el
núcleo
Sertutxa-Garai
(Núcleo Urbano). En él se instalan los principales servicios municipales y que
tradicionalmente han propiciado la configuración del núcleo urbano; iglesia,
ayuntamiento, escuela, frontón,.... ; en cruce de carreteras.
La estructura general se concreta en que, la vivienda aislada es el elemento
básico, que mayoritariamente se encuentra disperso aunque se agrupa con
mayor densidad en el Núcleo urbano de Sertutxa-Garai (reforzada en la última
década por la urbanización Lubarrieta-ondo y por el desarrollo de los bloques
en el entorno de la Iglesia Santa María), otras veces, se apoya en caminos
rurales y cruces de estos, más densamente cuanto más se acerca a las
carreteras principales, al Núcleo urbano, y si la orientación y la orografía es
favorable.
Esta dispersión es un fenómeno relativamente reciente, no refleja el “hábitat
tradicional”
del
territorio
histórico,
donde
existen
varios
niveles
de
asentamientos y concentraciones:
Texto de avance
21
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Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
a) El caserío aislado
casas de uso agropecuario aisladas y mal comunicadas, alejadas de los
sistemas de comunicación principales y con pocos servicios. (En la
distribución de Gatika podemos ver que casi ha dejado de existir).
b) Núcleos de antiglesia
su definición es la de algunas construcciones concentradas alrededor de
una parroquia. (Es el origen del actual núcleo urbano de Gatika o núcleo
Garai-Sertutxa).
c) Núcleos urbanos
el carácter urbano de los núcleos de la comarca, bien es de origen
medieval (Plentzia y Mungia), o bien lo han adquirido, como en el caso
del núcleo Garai-Sertutxa, por un crecimiento natural al que se le añade
un crecimiento programado.
El Suelo Rural
El suelo de Gatika es de uso principalmente rural, la mayor parte de suelo está
dedicado a los pastos, explotación forestal y una menor proporción se dedica
a la labranza, siendo la superficie agrícola del municipio de aproximadamente
un 89% de la superficie total de Gatika.
Los usos rurales están condicionados sobre todo por el relieve del territorio:
- La mayor parte del territorio está formado por praderas naturales,
dedicadas a los pastos.
- La vega del río Butrón es la zona más favorable para la producción
agrícola de toda la comarca.
Texto de avance
22
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- En las zonas más elevadas existe el uso de explotación forestal, sobre
todo explotación de coníferas y eucaliptos.
- En contra de la tendencia de producción de pastos, la explotación
ganadera es muy escasa.
La explotación característica de Gatika es la agricultura con dedicación
parcial. Se distribuye principalmente en:
a) Pastos permanentes, situados en prados naturales que ocupan la
mayor parte del territorio.
b) Especies arbóreas forestales, situado en las cimas más altas, sobre
todo pino insigne, pino negral y eucalipto glóbulos.
c) El resto de superficie labrada siendo la producción principalmente de
hortaliza (una pequeña proporción en invernadero), y en menor
proporción frutales y algo de viñedo.
Existen sin embargo, varias explotaciones de hortalizas, flores y productos con
características especiales, entre las que mencionamos a, José Etxebarria Urrutia
- producción de fruta, sidra y Txakoli con denominación de origen, Cooperativa
Barrenetxe - producción de hortalizas y frutas con la peculiaridad de
producción en invernaderos calefactados, Jardinería Kasaku - producción de
flores y plantas, Frutales Sertutxa - Producción de frutas, y Viveros Iturri producción de plantas de jardín.
En Gatika no hay ningún área que forme parte de la variada relación de áreas
protegidas que la legislación sectorial recoge, como son; la relación de
humedales de Importancia Internacional o Litado de Ramsar, Espacios
Naturales Protegidos, Biotopos Protegidos, la Red Natura 2000, Zonas Especiales
de Conservación (ZEC), Zonas de Especial Protección para las Aves o ZEPAs,
y/o Lugares de Importancia comunitaria o LICs.
Texto de avance
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Por otra parte, Gatika tiene uno de los 25 Árboles Singulares en la CAPV, en
virtud de las características extraordinarias que los destacan por su edad,
historia, y belleza. Situado próximo al caserío de Artzubi existe un árbol aislado
denominado Taxsodium Distichum (Ciprés calvo o Ciprés de los pantanos), que
por su rareza interesa su conservación.
Para la ordenación de estos suelos se encuentra en tramitación un nuevo
instrumento de ordenación, el PTS Agroforestal que aunque no está aprobado
definitivamente (la ORDEN de 10 de enero de 2005, del Consejero de
Agricultura y Pesca, Aprueba inicialmente el PTS Agroforestal), es interesante
tener en cuenta algunos aspectos que pueden ayudar a corregir la
problemática de los suelo rurales Gatika con respecto a la implantación de
Usos (principalmente a la vivienda aislada) y a las medidas encaminadas a la
preservación del paisaje rural y de protección de los recursos naturales.
No podemos obviar una mención especial a la reciente aprobación inicial del
avance del PTP del área funcional de Mungia, en la que se encuentra inmerso
el municipio de Gatika.
Extraeremos de dicho documento la primera
conclusión o síntesis que formula en relación al documento de información. En
el mismo se plantea que el AF de Mungia está sufriendo un crecimiento
residencial como consecuencia de una posición de área dormitorio del Gran
Bilbao. Y esto parece entrar en contradicción con el carácter rural que este AF
presenta. Acaba esa primera síntesis señalando:
La estructura dispersa de los asentamientos origina problemas
movilidad y de dotación de servicios, de manera especial en
saneamiento.
de
el
Por último, el desarrollo del área funcional viene muy marcado por
factores externos a la misma. El crecimiento de la población sigue una
ligera línea ascendente que, unido a una disminución en el Tamaño Medio
Familiar, va a requerir la construcción de nuevas viviendas. Sin
embargo, este crecimiento, comparado con las viviendas fruto de las
políticas de reequilibrio territorial definidos tanto por las DOT como
el PTP de Bilbao Metropolitano, tendrá una importancia relativa.
Texto de avance
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El reto que se plantea en el Área Funcional es, por ello, resolver el
importante crecimiento previsto en el Área, de manera compatible con la
capacidad de acogida del medio, tanto natural como social, sin que los
valores más importantes de éste se vean alterados, favoreciendo el
mantenimiento del paisaje, y los usos que en él se desarrollan y
acompañado por las actividades económicas, dotaciones, equipamientos y
servicios necesarios para la población futura, que permitan el
desarrollo armónico de la vida con su entorno.
El uso residencial
La tipología de vivienda principal es de vivienda aislada familiar o bifamiliar,
esta tipología se implanta dispersa por todo el territorio. La vivienda, en su
mayoría, es primera residencia.
En el núcleo urbano de Sertutxa-Garai, también tiene como tipología principal
originaria es la de vivienda aislada, sin embargo, con el desarrollo del Plan
Parcial del Sector Lubarrieta-ondo, y en el desarrollo varias unidades de
ejecución se han construido los primeros bloques de viviendas.
El uso residencial en Suelo Urbano
El suelo urbano residencial, se encuentra en una solo área; el denominado
“Núcleo Garai”.
La estructura del suelo urbano se organiza principalmente alrededor de un
punto focal que es la “campa de la iglesia” cerca del cruce de carreteras
principal. Desde ese punto focal, se desarrolla hacia el Este, estableciendo
como barrera la carretera BI- 6324, y mantiene algunos desarrollos a lo largo de
la carretera a Lauro en lo primeros 100 m desde el centro.
La situación
urbanística de todo este suelo ha sido objeto de situaciones de discusión en
cuanto a la propia legalidad urbanística.
Texto de avance
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El uso residencial en suelo Apto para Urbanizar
En la actualidad no existe suelo apto para urbanizar residencial en Gatika
dado que el único Sector calificado en las NNSS vigentes, el Sector Lubarrietaondo ya se desarrolló con los siguientes parámetros.
- Superficie
3.81 Ha
- Nº MÁXIMO DE VIVIENDAS
83 viviendas
- Edificabilidad
0.276 m2/m2
- m2 construidos
10.545 m2
- Densidad
24.78 Viv./Ha
La estructura de la urbanización es de viales con estructura en “peine” desde
Sertutxa-bide. Sus viales acaban sin rematar o cerrar el sector, con vocación
de prolongarse. El centro urbano presenta un déficit de infraestructuras y su
urbanización resulta ciertamente pobre.
El uso residencial en Suelo no Urbanizable
Se encuentran a lo largo del territorio varias agrupaciones calificadas como
“núcleos rurales”. Estos núcleos son agrupaciones de viviendas unifamiliares o
bifamiliares asentadas espontáneamente alrededor de un espacio público en
suelo rural. Estos asentamientos son recogidos y calificados por las NNSS
vigentes como “núcleos rústicos” y en ellos la legislación permite un
crecimiento limitado sin exigir vinculación con explotación agrícola.
En las NN.SS. vigentes de Gatika están clasificados los siguientes 8 núcleos;
Núcleo de Garai, Núcleo de Ugarte, Núcleo de Gorordo-Santune, Núcleo de
Texto de avance
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Zurbano, Núcleo de Libarona, Núcleo de Gorordo Polígono 9, Núcleo de
Gorordo-Landaluze, Núcleo de Basaldu.
No obstante esta situación esta desdibujada por la Ley 2/2006 y el propio PTP
de Mungia, que considera que no existen ámbitos que cumplan la condición
de núcleo rural.
Población
La población de la comarca de Mungia-Plentzia experimentó un crecimiento
del 61,39% en las décadas del 50 al 80. Las causas difieren de unos municipios a
otros; en Mungia y en menor medida a Urduliz es la industrialización el primer
factor de crecimiento.
Este crecimiento trajo consigo el abandono de la población joven de los
núcleos rurales como Gatika que se desplaza a los núcleos industrializados en
busca de trabajo.
Gatika es uno de los municipios que durante estas décadas ve perder su
población en beneficio de los núcleos más industrializados. Pero mientras otros
municipios más alejados de Mungia, pierden la población progresivamente, en
Gatika se produjo una deceleración de la perdida de población. La razón es
que la población mantiene su residencia en Gatika aunque su lugar de trabajo
esté en otro municipio; era la época del obrero- agricultor.
Texto de avance
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El crecimiento de la década 1995-2005
Gatika a lo largo de la historia ha tenido una tendencia hacia una población
de tipo estacionaria, su crecimiento ha tendido a ser el vegetativo, siendo un
factor estabilizante su vecindad con Mungia. Sin embargo, en la última
década se ha experimentado un gran crecimiento debido gracias a la
Actuación Municipal.
Con la idea de no perder población, y ofrecer a sus vecinos una vivienda
asequible en suelo municipal, la administración de Gatika tuvo la iniciativa de
crear la empresa constructora “Gatikako Herri Suztapenak. La empresa
constructora desarrolló el Sector de Lubarrieta-ondo, lo gestionó y ejecutó el
Proyecto de Construcción y Urbanización.
La urbanización de Lubarrieta-ondo consistió en: la construcción de 26
viviendas bifamiliares, 9 unifamiliares y 52 pisos. Está dotada de urbanización de
calles, iluminación vial, red de saneamiento y gas canalizado. El resultado ha
sido el de una ocupación de las viviendas del 100%, siendo el 25% de los
ocupantes originarios de Gatika.
Con esta intervención municipal se consiguió varios objetivos pretendidos y
paralelos al aumento de vivienda:
a) se vertebró un crecimiento focalizado que Gatika consideraba
necesario.
b) se crearon viviendas asequibles con características atractivas.
c) se consiguió un aumento de la población, atrayendo al municipio a
familias jóvenes que daban nuevas expectativas a Gatika.
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Posteriores actuaciones de las empresas Gatikako Herri Sustapenak y la
empresa Uribe kosta, a través de Modificaciones Puntuales han construido un
total de 98 viviendas más en el entorno a la Iglesia Santa María y ocupando la
gran parcela de suelo vacante que dejó la Troquelería Eredu al trasladarse al
polígono Ugarte.
Todos estos conceptos de crecimiento residencial mirado en términos
porcentuales resultan delicados, ya que la población de Gatika es pequeña y
cualquier alteración arroja porcentajes desproporcionados con poblaciones
como Mungia o superiores.
Extraeremos de la información localizada algunos datos que completan esta
información, tanto a nivel de densidades de población como desde el punto
de vista sociológico.
Análisis de la población del municipio de Gatika
A la hora de analizar los datos de la población empadronada en el municipio
de Gatika, así como de los relativos a los edificios y viviendas nos referiremos a
los datos recogidos por el Instituto Vasco de Estadística (Eustat) en los diferentes
años de referencia.
La recogida de información oficial está perfectamente sistematizada,
realizándose recuentos de población y de las familias cada diez años a través
del Censo de Población y Vivienda. Además de esto la administración realiza
estadísticas de Población y vivienda en periodos intercensales, actualiza la
información municipal utilizando fundamentalmente los registros del Padrón
Municipal de Habitantes (que hasta fechas recientes se formalizaba con la
realización del Padrón cada 5 años y actualmente se actualiza cada de modo
automático a partir de los registros trimestrales).
Texto de avance
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Así, analizando censo y padrón conjuntamente encontramos datos de
periodicidad quincenal (desde 1981 años acabados en 1 y 6), que permiten un
análisis evolutivo de la información. Además, en este análisis se contará
también con datos procedentes de otras operaciones del Eustat, que no se
ajustan a dichos años. En concreto nos referiremos a los datos obtenidos desde
1980 hasta nuestros días, teniendo en cuenta que en general los últimos datos
publicados se refieren a 2006.
A- Población
El análisis de la información relativa a la composición de la población de un
territorio se realiza a partir de los datos obtenidos mediante la realización del
Censo de Población y Vivienda y de sus correspondientes actualizaciones a
partir del Padrón de habitantes, así como a partir de Estadísticas de Población
y Vivienda (EPV) en períodos intercensales.
Así podemos presentar los datos referentes a la composición demográfica del
municipio de Gatika desde 1981 hasta 2006 en la siguiente tabla:
Estructura demográfica de Gatika por Género y grupo de edad 1981-2006
Población total
Género
Varones
Mujeres
Grupo de edad
0-19
20-64
>64
Densidad de población
2006
2001
1996
1991
1986
1981
1442
1295
1090
931
859
904
740
702
659
636
553
537
464
467
433
426
460
444
264
947
231
246
834
215
221
676
193
226
552
153
228
506
125
243
539
122
85
75
66
54
50
52
Fuente: Eustat: Censos de población y vivienda
Texto de avance
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Si analizamos los datos correspondientes a los últimos censos de población y
vivienda realizados por el Eustat, podemos observar que en los últimos 25 años
la población de Gatika ha aumentado en un 59.5 %, siendo este crecimiento
desigual en los diferentes quinquenios: mientras que entre 1981 y 1991 se
percibe un estancamiento demográfico, a partir de la década de los 90 se de
un claro aumento de la población empadronada en el municipio.
1Evolución de la población de Gatika 1981-2006
1600
1400
1200
1000
800
Total población
600
400
200
0
1981
1986
1991
1996
2001
2006
Si analizamos el crecimiento intercensal a partir del cálculo de la razón de
crecimiento (tasa de crecimiento x 100%), vemos que el mayor incremento
demográfico relativo del municipio se ha dado en la década de los 90: hasta
entonces el crecimiento fue lento (siendo incluso negativo en la primera mitad
de los años 80), en los años 90 se mantuvo constante, y parece que a partir del
año 2000 ha vuelto a ralentizarse.
Crecimiento poblacional intercensal:
Gatika
%1981-86
%1986-91
%1991-96
%1996-01
%2001-06
-0.04
8,38
17,08
18,81
11,35
% 1981-2006
59.51
Fuente: Eustat
Texto de avance
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Este aumento de la población municipal obviamente conlleva un aumento en
la densidad de población del municipio, que pasa de contar con 52
habitantes por km2 (en 1981) a 85 (en 2006).
De cara a la planificación urbana es importante analizar la estructura
demográfica de la población y en este sentido, si nos fijamos en la distribución
de esta por edades podemos observar que actualmente el 18.3% de la
población es menor de 20 años, mientras que el 16% es mayor de 64 años.
En general podemos afirmar que en las últimas dos décadas la población el
municipio ha envejecido, ya que los datos actuales
se diferencian de los
existentes en el año 1981: dicho año los menores de 20 años alcanzaban
26.88%, mientras que el 13.49% tenían más de 64 años. Si realizamos un análisis
longitudinal y tal como puede verse en el siguiente gráfico, nos encontramos
con que el porcentaje de población mayor de 64 años se mantiene más o
menos estable, sin embargo la tasa de juventud se encuentra en descenso
continuo, aunque en la última década, la estructura demográfica
parece
haberse estabilizado.
Porcentaje de población por grupo de edad
2006
2001
0-19
1996
20-64
1991
65 ó más
1986
1981
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Fuente: Eustat: Censos de Población y Vivienda.
Texto de avance
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Otro dato importante de cara a determinar las necesidades de vivienda y
equipamientos urbanos de la población lo constituye la composición familiar, y
en este sentido, aunque el tamaño medio familiar ha descendido en los últimos
10 años, nos encontramos con que el número de familias empadronadas en
Gatika ha incrementado notablemente, pasando de 270 familias en 1991 a
405 en el año 2006,
(últimos datos disponibles) dándose por tanto un
incremento en el número de núcleos familiares de un 50%.
Sin embargo no se puede hablar de un cambio significativo en lo referente a
los patrones familiares: el porcentaje de familias nucleares con hijos
permanece similar (ronda el 41%) mientras que aumenta muy ligeramente el
porcentaje de familias unipersonales y nucleares sin hijos (en ambos casos
aumentan alrededor del 2%). Este último dato se encuentra muy relacionado
con el envejecimiento de la población
Composición familiar
Total familias
Unipersonal
Compuesta
Nuclear sin hijos
Nuclear con hijos
Monoparental
Ampliada
Polinuclear
_Tamaño medio familiar
2001
1996
1991
405
72
18
43
165
25
55
27
324
53
15
29
123
33
34
37
270
40
15
22
112
22
30
29
3
3
4
Fuente: Eustat: Censos de Población y vivienda.
En cuanto a la procedencia de la población, y aunque los cambios no son
significativos, podemos decir que el 92.20 % de los habitantes de Gatika son
nacidos en la CAPV, mientras que en 1981 suponían un 96.5%. Sin embargo,
Texto de avance
33
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aunque ha aumentado, la tasa de personas nacidas en otros países continua
siendo muy baja 1.15% (frente al 0.2% en 1981).
Lugar de nacimiento de la Población de Gatika
___Población total.
______Población nacida en la C.A. de Euskadi
______Población nacida en otras provincias
______Población nacida en el extranjero
Fuente: Eustat: Censos de Población y Vivienda.
2001
1295
1194
86
15
1996
1090
1017
65
8
1991
931
885
44
2
1986
859
823
33
3
1981
904
873
29
2
Aunque no contamos con datos en números absolutos los datos presentados
por el Eustat reflejan que en el último año de referencia (2006), el 2% de los
habitantes de Gatika había nacido en el extranjero: el 0.6% en algún país de la
UE, mientras que el 1.4% en otros países.
A partir de los datos recogidos de distintas fuentes, el Eustat presenta una
Estimación de la población para finales de 2007 (última publicada).
Población actualizada por ámbito espacial, según el sexo y los componentes
de la variación. 31-XII-2007
Población Actualizada Movimiento Natural
Gatik
a
Movimientos
Migratorios
Movimientos
Ficticios
Total Varones
Mujere
Cre.
Nacim. Defun.
s
Veg.
Inmigr. Emigr.
Sal.
Mig.
Omisi Dupli.
Sal.
Fic.
1.50
2
729
101
49
0
-1
773
17
13
4
52
1
Fuente: Eustat
Los últimos datos municipales referentes a la población en relación a la
actividad corresponden a los datos censales de 2001, con lo cual, y debido a
los cambios que se han producido en este campo, deben ser tratados con
cierto cuidado:
Texto de avance
34
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Población en relación con la actividad
2001
1996
Población total
1295
1090
Población activa
638
456
Ocupados
604
374
Parados
34
82
Buscan 1º empleo
6
16
Han trabajado
28
66
_Población inactiva
657
633
Fuente: EUSTAT. Censos de Población y Viviendas 2001
Contamos
1991
931
384
330
54
15
39
546
1986
859
314
238
76
17
59
544
con algunos datos recientes referentes a la situación de la
población y el empleo, que pueden servirnos de aproximación a la realidad
actual. Como podemos observar el número de personas paradas del municipio
a fecha de hoy se ha visto duplicado.
Gatika: Demandantes de empleo parados registrados por sexo y edad y sector de actividad.
SISPE. VII-2009
Total
Hombres
<25
74
5
Mujeres
Sectores
25>=45 <25
44
25Construcció Servicio
>=45 Agricultura Industria
44
n
s
17
26
9
2
15
-
24
5
41
Sin empleo
anterior
4
Fuente: Instituto Nacional de Empleo (INEM) (6 Agosto 2009)
Si nos fijamos en el sector de actividad en el que se encuentra ocupada la
población del municipio vemos que más de la mitad se dedica al sector
servicios, siendo la construcción y
a pesar del carácter del municipio, la
agricultura los sectores que menos activos concentran.
Población de 16 y más años ocupada según ramas de actividad. 2001
Gatika
Total
Agricultura
Industria
Construcción
Servicios
604
32
196
24
352
Fuente: EUSTAT. Censos de Población y Viviendas 2001
Texto de avance
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Si nos referimos a datos más específicos:
Población de 16 y más años ocupada según actividad. 2001
2001
Población ocupada total
604
Agricultura, ganadería, caza, silvicultura
31
Pesca, acuicultura
1
Industrias extractivas
1
Industria manufacturera
190
Producc. y distrib.. de energía electrica, gas y
agua
5
Construcción
24
Comercio y reparación
81
Hostelería.
32
Transporte,
almacenamiento
y
comunicaciones.
35
Intermediación financiera
14
Alquiler, inmobiliarias y servicios a empresas
39
______Administración pública
59
Educación
43
Actividades sanitarias y veterinarias; servic.
sociales
27
12
Otras actividades sociales y servicios personales
Hogares que emplean personal doméstico
10
__Organismos extraterritoriales
0
Fuente: Eustat. Censo de Población y Vivienda
1996
374
24
1
0
116
25
14
38
10
14
9
19
50
26
11
11
6
0
En cuanto al nivel de instrucción de la población de Gatika, es destacable el
incremento en números absolutos de población con estudios
superiores o
medio superiores, así como el descenso en el número de personas sin estudios.
Población de 10 y más años, según nivel de instrucción
2001
.
Analfabetos
0
Sin estudios
2
Preescolar y primarios
406
Profesionales
191
Secundarios
329
Medio-superiores
98
_Superiores
163
Fuente: Eustat: Censos de Población y Vivienda
Texto de avance
1996
.
1
4
476
159
236
47
89
1991
.
3
12
448
93
225
23
38
1986
.
6
468
98
74
50
19
32
36
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Diciembre de 2009
En el siguiente gráfico se puede apreciar claramente la evolución de la
población de Gatika en materia de formación en los últimos 20 años.
Nivel de instrucción
___Analfabetos .
1986
___Sin estudios .
año
1991
___Preescolar y
primarios .
1996
___Profesionales .
___Secundarios .
2001
___Medio-superiores .
0%
50%
100%
Fuente: Eustat: Censos de Población y Vivienda
A
continuación
incluimos
algunos
datos
relativos
ala
grado
de
euskaldunización de la población a o largo de las dos últimas décadas:
Población de 2 y más años, según nivel global de euskera
2006 2001
.
.
___Euskaldunes
987
965
___Cuasi-Euskaldunes
248
196
___Erdaldunes
153
86
Fuente: Eustat: Censos de Población y vivienda
+LENGUA MATERNA
___Lengua materna. Euskera
___Lengua materna. Castellano
___Lengua materna. Las dos
___Lengua materna. Otra
+LENGUA HABLADA EN CASA
___Lengua hablada en casa. Euskera
___Lengua
hablada
en
casa.
Castellano
___Lengua hablada en casa. Las dos
___Lengua hablada en casa. Otra
1996
.
897
116
66
1991
.
818
40
64
1986
.
716
61
60
2006
.
829
513
84
16
.
587
2001
.
868
367
50
10
.
724
1996
.
837
206
42
5
.
673
1991
.
768
108
55
0
.
703
1986
.
760
85
13
1
.
.
591
259
5
431
137
3
210
205
2
123
105
0
.
.
.
Fuente: Eustat: Censos de Población y Vivienda
Texto de avance
37
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
B- Edificios y viviendas
Al cambio poblacional lógicamente acompaña la variación en el número de
edificios existente en el municipio así como el destino de estas.
Utilización de Edificios
-Total de edificios
___Sólo a viviendas
___Ambos
___Sólo a locales
2000
412
391
3
18
1990
340
203
122
15
1980
264
57
190
17
Fuente: Eustat: Censo de edificios y locales
Siguiendo las fuentes utilizadas para el análisis de la población nos referimos a
continuación a los últimos censos de población y vivienda realizados por el
Eustat y a partir de los cuales contamos con los siguientes datos:
Total de viviendas
Vivienda familiar
___Vivienda principal
___Vivienda secundaria
___Vivienda desocupada
Establecimiento colectivo
2001
521
521
405
46
70
0
1996
426
426
324
0
102
0
1991
340
339
265
21
53
1
VIVIENDAS PRINCIPALES SEGÚN SUS INSTALACIONES Y SERVICIOS (%)
Agua corriente caliente
Baño
Calefacción (central, individual)
Teléfono
Gas por tubería
100
100
68
94
25
90
95
44
81
0
97
94
26
75
0
Índice de confort
Fuente: Eustat: Censos de Población y vivienda
71
62
63
Texto de avance
38
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
El cambio en cuanto al uso de las viviendas existentes es destacable:
actualmente ha incrementado el porcentaje de viviendas destinadas a
vivienda principal mientras que ha decaído notablemente el número de ellas
que se encuentran desocupadas En 1991: 78.17% de las viviendas son viviendas
principales, mientras que
6.19% son secundarias y
15.63% estaban
desocupadas. En 2001: 77.73% son principales, 8.82% son secundarias 13.43%
están desocupadas.
100%
80%
Desocupada
60%
Secundaria
40%
Principal
20%
0%
2001
1991
En cuanto a las instalaciones y servicios disponibles en las viviendas, nos
encontramos con que ha incrementado hasta llegar al 100% el número de
viviendas que cuentas con baños y agua corriente caliente, así como ha
aumentado significativamente el nº de viviendas con calefacción, teléfono y
lógicamente con gas.
Por todo ello el índice de confort de las viviendas de Gatika pasa de 63 a71.
Viviendas familiares y características estructurales. 2001
Total Número
Edificio
1
2
de
Viviendas
3 - 11 - 21
10 20
40
-
del Antigüedad Superfici Número
Habitaciones
media
e
útil
media
>=41 Años
(m2)
28 14
93 26,7
113,8
6 2
Fuente: Eustat. Censo de Población y Vivienda 2001
521
Texto de avance
1 4
3
48
5
6
de Número
Baños
>=7 1
12 15 10
94
5 0 4
de
2 ó más
288 211
39
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
La mayor parte de las viviendas son unifamiliares, y por término medio cuentan
con una antigüedad de casi 27 años. Tal como se recoge en el último Censo la
superficie media de las viviendas existentes en el municipio es de 114 m2.
En cuanto al número de habitaciones, tan sólo 48 (%) tienen entre 1 y 3
habitaciones, mientras que 379 (%) tienen entre 4 y 6. Relacionado con la
antigüedad de las viviendas se encuentra el hecho de que la mayoría de ellas,
a pesar de ser bastante grandes cuentan con un solo cuarto de baño.
Entre 2000 y 2005 no hay vivienda de protección oficial iniciada ni terminada
en Gatika.
Número de viviendas nuevas por ámbitos territoriales y año de concesión de la licencia. 19982006
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006(a)
47
3
6
13
50
10
7
35
12
Gatika
a) Datos provisionales
Fuente: Dpto. Vivienda y Asuntos Sociales. Dirección de planificación y gestión de datos.
Estadística sobre Viviendas Iniciadas y Terminadas (EVIT)
___Número de establecimientos
______Industria y energia
______Construcción.
______Comercio; reparación de vehículos de motor
______Hostelería
______Transporte,
almacenamiento
y
comunicaciones
______Intermediación financiera y servicios a
empresas
______Otras actividades de servicios
___Número de empleos
Texto de avance
2008
129
37
16
29
10
2005
105
33
13
24
7
2000
72
28
7
11
7
1995
44
16
3
8
7
3
3
4
2
19
15
530
14
11
444
6
9
374
1
7
239
40
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
El número de establecimientos se ha casi triplicado en los últimos 20 años,
siendo destacable el cambio experimentado por los establecimientos
relacionados
con
el
sector
servicios:
en
concreto
las
empresas
de
intermediación financiera y servicios a empresas paso de 1 en 1995 a 19 en el
año 2008.
___Turismos
___Motocicletas
___Camiones y furgonetas
___Autobuses
___Tractores industriales
___Otros vehículos
2007
850
63
207
14
6
60
2005
780
45
177
13
2
44
2000
620
23
132
1
2
28
1996
440
19
91
1
1
14
El número de turismos de Gatika casi se ha duplicado en los últimos 10 años
El uso industrial
Podemos encontrar en suelo rústico actividades fuera de ordenación o cuanto
menos disconformes con el planeamiento como las empresas de Ango S.L.,
Aplicaciones Birle, Moplas Butrón, Carpintería Bilbao Viejo, Gauplast, Politrak,
situadas en la zona conocida como Calderi y Majestic cerca del molino BirlekoErrota, y varios talleres en Gatika y Ugarte. Algunas de estas empresas se
encuentran en zona inundable, y todas ellas en terreno con una gran
pendiente y de difícil ordenación de acuerdo a parámetros y condiciones
apropiados para el uso industrial. Y ello con idependencia de la dificultad
económica que entraña los cierres de empresa o sus traslados.
Texto de avance
41
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El uso industrial en Suelo Urbano
El uso industrial se encuentra en un área en el barrio Ugarte. En él se sitúa una
única actividad industrial; MESA Gatika, la mayor industria de Gatika. Situada
en lo alto de la colina, se puede ver desde kilómetros de distancia, teniendo
carácter de punto singular en el paisaje.
Su aprovechamiento definido en el Artículo 48 de las NNSS Municipales es:
- Superficie bruta........................................................................
31.000 m2
- Superficie parcela privativa ..................................................
21.193 m2
- Ocupación parcela privativa por sup. Bruta………….......
78%
- Ocupación de superficie bruta por edificación................
34.6%
- Edificabilidad sobre parcela edificable ..............................
0, 45 m2/m2
Hoy en día esta industria se encuentra desplazada de un sitio lógico industrial, y
ello por su cercanía al suelo residencial.
Texto de avance
42
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El uso industrial en suelo Apto para Urbanizar
Las NNSS vigentes calificaron una zona del barrio de Ugarte (entre la carretera
municipal de Gatika a Maruri y río Oka), como suelo apto para urbanizar. Se
determinó el desarrollo de un Plan Parcial en un solo sector y con los siguientes
parámetros urbanísticos. (Artículo 63 de las NNSS municipales):
- Superficie ..................................................................................
- Ocupación de parcela privativa
con relación a la superficie del sector..................................
- Ocupación de la edificación
en relación a la superficie del sector ....................................
- Edificabilidad ...........................................................................
58.765 m2
23%
18.3%
0.34 m2/m2
Este Sector ha sido desarrollado y edificado. Sin embargo parece que no se
ajustó a los parámetros establecidos en las NNSS vigentes. En el 2003-2004 se
tramitó una Modificación Puntual de NNSS donde se amplió este ámbito
dotándole de ordenación a todo el ámbito, siendo labor de esta Revisión el
ajustar los parámetros reales del Sector a la normativa general de Gatika. Hoy
en día la urbanización está siendo completada, si bien existen algunas
disfunciones con la Agencia Vasca del Agua (URA) que serán debidamente
analizadas para la aprobación inicial del documento del Plan General.
La fotografía está obsoleta ya que ha sido desarrollada una segunda fase en la
parte sur del sector, de acuerdo a la modificación de las NNSS tramitada.
Texto de avance
43
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Los Sistemas generales de comunicaciones e infraestructuras
El sistema general de comunicaciones de Gatika la componen las siguientes
vías, descritas en el apartado de este texto “Accesos a Gatika”.
1. La carretera Local BI-3111 de Astienza (Maruri) a Igartua (Gatika).
2. La carretera de la Red Básica (red naranja) BI-3121( hoy todavía BI 634)
de Mungia a Elortza (por Butrón). Desde el pk.16,500 al pk. 22,700
3. La carretera Local BI-3105 de Garai a Laukiz. Desde el pk. 18,000 al
pk.20,300
4. La carretera Local BI-3709 de Larrakoetxe (Loiu) a Botiola (Gatika).
Desde el pk. 15,300 al pk.17,200
De estas carreteras, la titularidad del tramo de la BI-3121 (BI 634) desde la
caseta Foral en Sertutxa, hasta el cruce con la carretera Municipal a Maruri ha
sido trasferida al Ayuntamiento de Gatika. Así mismo, la carretera BI-3105 desde
Garai hasta el cementerio ha pasado a titularidad municipal.
Además de estas carreteras propiedad de la Diputación Foral de Bizkaia, existe
la carretera municipal:
5. La carretera municipal de Gatika a Maruri. Es una vía que parte de la
carretera BI-634 y llega a la carretera BI-2120 de Mungia a Plentzia.
6. Los caminos de uso público que recorren en territorio de Gatika se
encuentran en el plano de Información “Red foral de carreteras,
caminos, ríos y arroyos”.
7. Dentro de los sistemas generales de comunicaciones Gatika cuenta
con una Estación de Servicio, la descrita en el apartado “Otras
instalaciones y servicios municipales” de este texto.
Texto de avance
44
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Diciembre de 2009
En suelo no urbanizable, en el barrio de Zurbano se encuentra la subestación
transformadora descrita en el apartado “Instalaciones supramunicipales” de
este texto.
En suelo no urbanizable, en el barrio de Zurbano se encuentra la escombrera
descrita en el apartado “Otras instalaciones y servicios municipales” de este
texto.
Red de saneamiento
El núcleo de Garai cuenta con red de saneamiento municipal, así como el
núcleo habitado de Garai, y la totalidad de las industrias del municipio.
Alumbrado público
Con alumbrado público cuentan algunas zonas de Gatika como son: los
alrededores de la “campa de la iglesia”, el cruce de carreteras principales, la
urbanización de Lubarrieta-ondo y la acera pavimentada que recorre paralela
a la carretera BI-634, desde Miravilla hasta Txantone.
Abastecimiento
La red de abastecimiento de agua se puede ver grafiada en el plano de
Información “Red de abastecimiento y saneamiento existentes”.
Red de energía eléctrica
La red de transporte de energía eléctrica local se puede ver grafiada en el
plano de Información “Red de suministro de energía eléctrica existente”.
Texto de avance
45
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GATIKA EN LAS DIRECTRICES DE LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Para la redacción del Planeamiento Municipal es obligatorio el acatamiento
de las determinaciones vinculantes de Aplicación Directa que las Directrices de
Ordenación del Territorio marcan, por lo tanto es obligado su estudio.
Las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT) nacen a instancia de la Ley
4/1990, de 31 de mayo, con la finalidad de ordenar el territorio de la
Comunidad
Autónoma
del
País
Vasco.
Las
DOT
fueron
aprobadas
definitivamente en el Decreto 28/1997 de 11 de febrero, donde se presentan
como “criterios de coordinación de las acciones en el territorio”.
Una de las funciones que tienen las DOT es la de “formular el conjunto de
criterios y normas que orienten y regulen los procesos de asentamiento en el
territorio de las distintas actividades económicas y sociales, a fin de garantizar
el necesario equilibrio territorial de interés general para Euskadi,...”. De la
lectura de los textos de las DOT se puede concluir
que estos “criterios de
equilibrio” van a determinar un destino más o menos especializado a cada uno
de los municipios o pequeños territorios de Euskadi, y será bueno buscar o
entresacar cuál va a ser el papel que Gatika representará en el engranaje
general que proyectan las DOT.
En un de los párrafos del capítulo Territorio y Sociedad Neo- industrial en
Euskadi las DOT describe un espacio en el que Gatika puede adecuarse:
La aparición de “hábitats intermedios” entre los tradicionales modos de
vida urbanos y rurales,...,cobrará protagonismo. Además de un proceso
integral, una estrategia de puesta en valor de las áreas rurales, es
previsible el surgimiento de una fuerte demanda de un hábitat
residencial de baja densidad conectado eficazmente con los principales
centros de decisión.
Texto de avance
46
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Diciembre de 2009
Como complemento de esta dinámica esperada de transformación del
sistema de asentamientos, surgirá una revalorización del concepto de
variedad que llevará a la adopción de estrategias de interconexión
mayor entre los asentamientos urbanos, intermedios y rurales y a una
acentuación de la idiosincrasia, señas de identidad y carácter
específico de cada uno de ellos.
Las DOT, para lograr la redistribución y re- equilibrio de la población de Euskadi,
han repartido el territorio en las llamadas Áreas Funcionales:
...Se pretende una “des- urbanización” que rompa el modelo territorial
y urbano propio de la etapa de fuerte industrialización del País Vasco
y conseguir un reorganización o “re- urbanización” con un modelo
adecuado a la etapa en que vivimos.
...Las
“áreas funcionales” redistribuyen las comarcas en función de
localización,
accesibilidad
y
según
una
realidad
funcional
y
morfológica del Territorio. Se establecen como: “piezas” de escala
adecuada para la aplicación de posibles estrategias de equilibrio
territorial en el contexto global de la Comunidad Autónoma.
...Las estrategias de equilibrio se llevarían a cabo mediante los
Planes Territoriales Parciales (PTP) de cada área. En los PTP se
marcarán los criterios que luego deban asumir cada Plan Municipal.
La localización de Gatika en las Áreas funcionales es la siguiente: Gatika junto
a Laukariz, Maruri, Lemoiz, Bakio, Gamiz-Fika, Fruniz, Meñaka, Arrieta y Mungia
como cabecera forman el Área funcional de Mungia. A su vez, el Área
funcional de Mungia es Área de influencia del Bilbao Metropolitano. Las DOT
hace explícita la decisión de que el Plan Territorial Parcial del Bilbao
Metropolitano contendrá necesariamente Bases para la redacción del PTP de
las áreas colindantes, entre ellas las Bases para la redacción del PTP del Área
de Mungia. En estas Bases se cuantificarán las estrategias de difusión,
residencia, suelo para actividades económicas, equipamientos, dotaciones...
De la lectura de los textos de las DOT se puede concluir que; Gatika es un
potencial receptor del final de las estrategias encadenadas que las mismas
pretenden.
Texto de avance
47
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Diciembre de 2009
Estas teorías sostenidas desde las DOT, a criterio del equipo redactor, se
encuentran trasnochadas. Como hemos señalado las DOT fueron aprobadas
definitivamente en el año 97, y desde entonces se han aprobado el PTP del
área funcional de Bilbao y recientemente ha tenido aprobación inicial el PTP
del área de Mungia. Pero desde el año 97 hasta la actualidad, en el campo de
la planificación urbana, y aún más en el campo medio ambiental ha habido
una evolución importante. La optimización de los recursos y la preservación del
suelo no edificable, son valores en auge y ciertamente, desde un punto de
vista social, más valorados. Por un lado el propio PTP de Mungia, en fase de
exposición ante las administraciones, realiza los análisis o proyecciones de
crecimiento que difieren de las bases sostenidas en las DOT y por otro lado la
ocupación del suelo de forma intensiva, es decir con densidades elevadas
para preservar el máximo de suelo libre y minimizar la extensión de la
urbanización y la actuación humana sobre el suelo, son valores hoy en alza.
Otros de los objetivos de las DOT, que afectan directamente a Gatika es la
idea de potenciar las áreas de esparcimiento, entre ellas la que afecta a
Gatika el área del Castillo de Butrón. Sobre este tema las DOT dicen:
La circunstancia de disponer de un territorio relativamente pequeño y
con mucha población hace necesarias la adopción de medidas para que los
ciudadanos
puedan
disfrutar
del
medio
natural
en
condiciones
compatibles con el mantenimiento de sus valores ambientales.
Se pretende dar una respuesta a esta situación, mediante la
potenciación de áreas que por su vocación son idóneas par permitir el
disfrute colectivo del territorio.
.... Además, tratándose de un territorio tan reducido (el País Vasco)
resulta posible establecer una red de recorridos blandos que permitan
conectar los diferentes elementos integrados propuestos (áreas de
esparcimiento y puntos de acceso al territorio - en el área funcional
de Mungia son Arrieta, Meñaka y Maruri - y principales núcleos de
población).
Texto de avance
48
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Diciembre de 2009
Las DOT además de instar a la creación de los Planes Territoriales Parciales
correspondientes a cada Área funcional, y sobre los que realizaremos el
correspondiente análisis, crean Planes Territoriales Sectoriales, que den criterios
urbanísticos de cada sector. Los PTS aprobados definitivamente son:
1.- PTS de Ordenación de los Márgenes de Ríos y Arroyos (en revisión)
2.- Plan Sectorial General de Carreteras
3.- Plan Sectorial de Carreteras de Álava
4.- Plan Sectorial de Carreteras de Bizkaia
5.- Plan de Energía Eólica
6.- PTS de Red Ferroviaria en la CAPV
7.- PTS de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y
Equipamientos Comerciales
8.- PTS de Zonas Húmedas
9.- PTS de Protección y Ordenación del Litoral
Se encuentran en redacción:
1.- PTS de Patrimonio Cultural
2.- PTS Agroforestal
3.- PTS de Suelo para la Promoción Pública de Viviendas
4.- PTS de Puertos
5.- PTS de Red Intermodal y Logística del Transporte
Los planeamientos sectoriales tienen plena vigencia y los que se encuentran en
tramitación la tendrán con su entrada en vigor, motivo que obliga a su
consideración en el presente documento.
Texto de avance
49
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EL PTP DEL AREA FUNCIONAL DE MUNGIA
En recientes fechas, la Diputación Foral de Bizkaia ha acordado la aprobación
inicial del Avance del PTP del área funcional de Mungia. En dicho documento
se propone el encaje que juega Gatika en el Área Funcional de Mungia.
Por la importancia que el suelo no urbanizable representa en el área funcional,
y Gatika dentro del mismo, comencemos por destacar alguna de las
consideraciones más estratégicas.
Suelo no urbanizable
Objetivos:
· Garantizar los nuevos asentamientos para agricultores en el
Suelo No Urbanizable, eliminando la posibilidad de nuevos
asentamientos exclusivamente residenciales.
· Recuperar el carácter rural de los núcleos de población.
Reconsiderar su delimitación.
· Evitar la creación de nuevas áreas de desarrollo no vinculadas a
núcleos existentes.
El PTP determina que:
Nos parece importante incidir en las condiciones para la clasificación
como suelo urbano, en cuanto que:
· un cambio en la clasificación de los núcleos puede afectar a los
objetivos definidos por cuanto que no resulta habitualmente
compatible la actividad agropecuaria con esta clasificación,
excluyendo de forma casi automática los usos de originan los
núcleos.
· por otro lado la creación de nuevos suelos urbanos se opone al
criterio de limitar los crecimientos a aquellos que se pueden
integrar en la trama urbana.
Texto de avance
50
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
Analizados por el PTP los núcleos rurales existentes, determina que ninguno de
los de Gatika cumple con las condiciones para ser considerado como tales,
por lo que propone que dichos núcleos sean revisados y se estudie:
· si efectivamente existe un espacio público que lo aglutina y da
carácter
· que el número de caseríos es suficiente para la delimitación del
núcleo
· que en la actualidad o tras la realización de los desarrollos
previstos no se supere el máximo de los 25 edificios, pudiendo bien
reducirse la delimitación o dividirse en varios núcleos más pequeños,
en caso de que ello sea factible por distinguirse efectivamente varias
agrupaciones.
Para su clasificación como suelo urbano el PTP, apoyado en la propia ley,
recalca la necesidad de comprobar la existencia de al menos la red de
saneamiento.
Las dos cuestiones fundamentales son la protección del suelo no urbanizable,
de acuerdo a las determinaciones de las DOT o las del PTP y el análisis de los
núcleos rurales, que ciertamente resulta controvertido, máxime si atendemos a
la situación actual.
Para el suelo urbano y urbanizable el PTP plantea algunas cuestiones
importantes como son:
a. El crecimiento residencial
b. Los ámbitos donde debe residenciarse ese crecimiento
c. El crecimiento industrial o de actividades
d. Los planes de compatibilización
Y en cuento a los equipamientos y/o sistemas generales se plantea una
cuestión central, cuál es la EDAR.
Texto de avance
51
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
Por otra parte se obvia la voluntad del asunto de la instalación de la central de
LABEIN junto a la estación de Iberdrola.
Pero de forma más sistemática podemos realizar un resumen general de sus
afecciones.
1. información
Del medio físico
- artificialización del territorio: pérdida
agrario
de
útil
biodiversidad,
y
suelo
degradación
del
paisaje.
- áreas protegidas:
• centradas en elementos más notables (cantil costero)
• no se incluyen hábitats representativos
-riesgos naturales:
• inundación sobre la vega del Butron
• incendios en Jata-Sollube
-suelo público:
posibilidad de nuevas políticas de recuperación
del paisaje natural
De la Población
-crecimiento global del área, más acelerado en los últimos años
debido principalmente a la inmigración.
-pérdida de población joven en municipios pequeños: necesidad
de mantenerla mediante oferta residencial asequible.
-reducción progresiva del Tamaño Medio Familiar
En cuanto a la Actividad económica
- déficit global de empleos, pero superávit en el sector industrial
- excelentes condiciones agropecuarias y clara vocación del área,
pero decrecimiento del sector
- importante peso del sector industrial (Mungia y Gatika)
Texto de avance
52
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- proceso de terciarización:
básicamente en Mungia y Bakio en
verano.
Los Asentamientos
- proliferación de vivienda aislada no agrícola en suelo rural:
impacto en la estructura funcional.
- reserva importante de suelo residencial y actividades económicas
- equipamientos:
• adaptados al tamaño actual de los municipios
• ciertas carencias, sobre todo cara a desarrollos futuros
• necesidad de mancomunar ciertas Dotaciones
LSU Posibles efectos
- incremento hasta 1.400 viviendas, principalmente en Bakio, como
efecto de redensificación.
- cambios en definición de núcleo rural: pueden pasar a urbano o
no urbanizable
- efectos negativos:
• riesgo de formación de continuos urbanos
• alteración de la estructura funcional del territorio y de los
núcleos
- necesario valorar estos cambios en función del modelo
finalmente adoptado.
La Movilidad y el transporte
-
alta
movilidad
interna:centralidad
de
Mungia
(servicios,
equipamientos y empleo) y poblamiento disperso
- movilidad externa: acceso a empleo y centros comerciales
- red viaria:
• deficiencias en trazados y sección
• paso por los cascos urbanos
Texto de avance
53
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• proyectos de mejora de trazado y variantes
- red alternativa (ciclable y peatonal):
• carencia de red estructural de acceso al territorio
• potencialidad por topografía y carácter rural
Infraestructuras y servicios
- agua
• alto grado de autoabastecimiento
• desarrollar proyectos del consorcio
- saneamiento
• estado deficitario por: dispersión, falta de depuradoras en
núcleos pequeños y polígonos de actividades económicas y
vertidos de explotaciones agrarias
• prioridad de acometer las obras previstas
- obras hidráulicas
• mejora hidráulica del río Butron
2. objetivos y criterios
Medio físico
Situación 1. Desequilibrio en la ocupación del suelo: desigual
superficie ocupada por las unidades del paisaje vegetal actual.
Objetivo 1.1.
Reequilibrar la superficie forestal del territorio.
Objetivo 1.2.
Recuperación
de
los
montes
de
frondosas
autóctonas.
Objetivo 1.3.
Recuperación y mantenimiento de espacios
abiertos con vegetación pastizal-matorral.
Texto de avance
54
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Situación 2. Progresiva pérdida de un recurso natural estratégico
como es el suelo de capacidad productiva agraria (SAU).
Objetivo 2.1.
Frenar la perdida del suelo agrícola útil.
Objetivo 2.2.
Preservar los ciclos naturales asociados a los
suelos agrícolas y su entorno ecológico.
Situación 3. Deficiente estado y calidad del sistema fluvial del río
Butrón.
Objetivo 3.1.
Gestionar el sistema fluvial de un modo integral
con el fin de controlar los ciclos hidrológicos.
Objetivo 3.2.
Proteger el sistema de drenaje superficial de la
red fluvial completa.
Objetivo 3.3.
Fomentar la regeneración de la vegetación de
ribera y bosques, con función de protección.
Objetivo 3.4.
Incorporar a la O.T. limitantes superpuestos para
prevención de inundaciones.
Situación 4. Desaparición de algunos hábitats naturales de interés que
habían persistido hasta tiempos recientes.
Objetivo 4.1.
Proteger directamente algunos de los hábitats de
interés.
Objetivo 4.2.
Fomentar
la
creación
de
bosques
de
conservación capaces de desarrollar y albergar
hábitats sensibles.
Objetivo 4.3.
Fomentar la recuperación y mantenimiento de
los espacios abiertos con vegetación de pastizal
matorral.
Texto de avance
55
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Situación 5. Existencia de algunas raras especies de fauna y flora
catalogadas de interés para la conservación.
Objetivo 5.1
Protección de los hábitats en que se desarrollan
especies de fauna y flora catalogadas de interés
para la conservación
Situación 6. Dependencia de los recursos hidrológicos de la zona
para el abastecimiento local.
Objetivo 6.1
Proteger las cuencas receptoras que alimentan
las captaciones.
Objetivo 6.2
Limitar las incidencias medioambientales de las
explotaciones
productivas
intensivas
agropecuarias y forestales.
Objetivo 6.3
Incorporar
limitantes
superpuestos
para
la
prevención de riesgos ambientales que puedan
afectar a los ciclos hidrogeológicos de recarga
de acuíferos y a la calidad de las aguas.
Situación 7. Importancia de algunos riesgos naturales derivados de las
características del medio físico del territorio.
Objetivo 7.1
Incluir
inundabilidad,
erosionabilidad,
vulnerabilidad de acuíferos y vulnerabilidad
paisajística como condicionantes añadidos en la
definición de las categorías de ordenación del
suelo.
Objetivo 7.2
Minimizar la afección de las inundaciones en los
asentamientos existentes y futuros.
Texto de avance
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Situación 8. Existencia de áreas ambientalmente degradadas
distribuidas en el AF
Objetivo 8.1
Fomentar las actuaciones de mejora ambiental
en el territorio.
Situación 9. Modelo de asentamientos disperso
Objetivo 9.1
Conseguir
un
modelo
de
asentamientos
coherente y funcional optimizando el consumo
de suelo.
Objetivo 9.2
Minimizar el consumo de suelo en la planificación
residencial.
Objetivo 9.3
Garantizar
los
agricultores
nuevos
en
asentamientos
SNU,
eliminando
para
nuevos
asentamientos exclusivamente residenciales.
Objetivo 9.4
Evitar la creación de nuevas áreas de desarrollo
no vinculadas a núcleos existentes.
Situación 10. Dificultad en el acceso a la primera vivienda,
especialmente en los municipios más pequeños.
Objetivo 10.1
Garantizar el acceso a una vivienda digna para
todos en aras al mantenimiento de la población.
Objetivo 10.2
Fomentar
tipologías
más
adaptadas
a
las
necesidades de primera vivienda.
Situación 11. Necesidad de satisfacer tanto la demanda endógena
como
exógena
de
viviendas
(1.500
derivadas
del
Bilbao
Metropolitano).
Objetivo 11.1
Ubicar las nuevas viviendas en función de la
capacidad de acogida de cada municipio y
localización.
Texto de avance
57
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Objetivo 11.2
Satisfacer las necesidades de nuevos suelos con
el mínimo impacto posible sobre el medio.
Situación 12. Variación poblacional estacional en el municipio de
Bakio, con su impacto en la demanda de infraestructuras, servicios y
equipamiento.
Objetivo 12.1
Incrementar la proporción de la población
estable a lo largo del año en el municipio.
Situación 13. Escasa terciarización del área funcional
Objetivo 13.1
Promover
la
dotación
de
actividades
comerciales y de servicio en el área.
Objetivo 13.2
Fortalecer el comercio urbano como factor de
habitabilidad urbana.
Situación 14. Áreas industriales ubicadas en continuidad con áreas
residenciales con actividades no compatibles con este último uso.
Objetivo 14.1
Estudiar las posibilidades de reubicar las áreas
industriales no compatibles en lugares aptos para
ellos.
Situación 15. Alta movilidad en el área funcional
Objetivo 15.1
Limitar el modelo de asentamientos disperso.
Objetivo 15.2
Ordenar el uso del vehículo privado.
Objetivo 15.3
Fomentar el empleo en el área funcional,
especialmente en el sector terciario.
Objetivo 15.4
Mejorar las dotaciones en los municipios.
Objetivo 15.5
Fomentar
la
utilización
de
los
transportes
públicos.
Texto de avance
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Situación 16. Estado deficiente de las aguas del Butron
Objetivo 16.1
Mejorar la red de saneamiento principal y
secundaria.
Objetivo 16.2
Eliminar
los
vertidos
de
explotaciones
agropecuarias.
Situación 17. Recogida selectiva de residuos extendida, con
tratamiento fuera del área funcional
Objetivo 17.1
Fomentar la minimización de residuos, el reciclaje
y la reutilización.
Situación 18. Red de gas y fibra óptica poco extendida
Objetivo 18.1
Extender las redes a todos los núcleos.
Situación 19. Carencia de una red de senderos y bidegorris
Objetivo 19.1
Favorecer el uso de medios de transporte no
motorizados.
Situación 20. Equipamientos centralizados en Mungia
Objetivo 20.1
Satisfacer las necesidades de equipamientos en
cada municipio en función de los umbrales de
población.
Objetivo 20.2
Satisfacer las carencias detectadas a nivel
comarcal.
Situación 21. Áreas de mayor interés paisajístico del dominio costero
Objetivo 21.1
Potenciar las áreas de mayor representatividad.
Objetivo 21.2
Fomentar su calidad como fondo del paisaje.
Situación 23. El valle de Mungia como paisaje representativo
Objetivo 23.1
Garantizar
el
mantenimiento
del
paisaje
característico del valle
Texto de avance
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Situación 24. Áreas con vocación recreativa: Sollube, Jata, Playa de
Bakio y castillo de Butron
Objetivo 24.1
Fomentar la capacidad recreativa de estos
ámbitos.
Situación 25. Gran número de zonas y elementos de interés a proteger
Objetivo 25.1
Fomentar
la
preservación
de
la
memoria
histórica.
Situación 26. Itinerarios recreativos no llegan a constituir una red
Objetivo 26.1
Formalizar una malla.
Situación 27. Redes y elementos de infraestructuras con efecto
negativo sobre los seres vivos y el paisaje
Objetivo 27.1
Prevenir y corregir los efectos negativos de las
instalaciones y redes de servicios
3. Propuestas
medio físico
A. CATEGORÍAS DE ORDENACIÓN
A.1
Especial
Protección
(ZEP):
Áreas
estratégicas
en
el
mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales. Áreas que
albergan ecosistemas singulares de relevancia regional, hábitats
naturales de interés, y las áreas y espacios interés naturalístico.
Cualesquiera otras que destaquen por su singularidad o interés
científico.
Texto de avance
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-Asegurar la conservación de los valores existentes que
justifican su categoría.
- Se promueve la regulación de la intervención antrópica y
los aprovechamientos compatibles con el objetivo de la
conservación.
- Protección legal específica según la Ley de Conservación
de la Naturaleza de la CAPV.
A.2 Zonas de Protección (ZP): Áreas que sin poseer relevancia
singular en la CAPV, posen cierto interés comarcal y local. Su valor
final es la suma de aspectos: representatividad, potencialidad
ecológica, naturalística, atractivo lúdico-recreativo, capacidad de
acogida, etc.
Gestión
sostenible
que
equilibre
los
aspectos
productivos,
naturalísticos, cultivables y derivados de riesgos naturales.
A.3 Zonas de protección de aguas superficiales (PAS): Áreas que
corresponden a la red de drenaje superficial incluyendo los cauces
y sus riberas adyacentes.
- Mejorar la regulación de los ciclos hidrológicos, así como la
recuperación y conservación de la calidad ecológica de los
ríos, y regatas.
- Evitar la ocupación o alteración de cauces o riberas de
forma que sea posible minimizar los daños de crecidas e
inundaciones.
Texto de avance
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A.4 Zonas forestales:
A.4.1. Zonas forestales de protección (F.1): suelos forestales
que presentan mayores limitaciones a la producción (riesgos
naturales, recarga acuíferos, red de drenaje etc.)
- Fomento de la cubierta forestal que desarrolle
diferentes frondosas naturales propias del territorio.
A.4.2. Zonas forestales de producción (F.2): Suelos forestales
con más aptitudes para la producción intensiva, en
pendientes moderadas y con menores niveles de riesgo
asociados.
- Es el fomento y mantenimiento de una cubierta
forestal con capacidad de ser explotada de modo
intensivo, mediante gestión sostenible.
A.5. Zona de campiña
A.5.1. Campiña de protección C.1: Suelos de vega aluvial,
alta capacidad agrológica en topografía llana. Riesgos de
inundabilidad y frecuentes encharcamientos.
- Reforzar la prioridad de conservación del recurso
natural suelo para el uso agrario de forma compatible
con el medio natural y el control de productos
químicos.
A.5.2. Campiña de Producción C.2.: Corresponde a todos los
suelos de la campiña agroganaderada (SAU), excluyendo la
campiña de protección.
- Preservar la superficie SAU y el paisaje rural que
sustenta.
Texto de avance
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-
Pueden
desarrollarse
modelos
de
gestión
agropecuaria más intensiva.
B. CONDICIONANTES SUPERPUESTOS
B.1. Vulnerabilidad de acuíferos: Áreas de recarga de acuíferos
que presentan un nivel medio, alto y muy alto de vulnerabilidad a
la contaminación.
- Evitar la localización de actividades potencialmente
emisoras, de contaminantes al suelo y por lixiviado al
acuífero subyacente.
B.2. Zonas con riesgos erosivos: Áreas que por sus características
geomorfológicas (pendientes, estratos del subsuelo, etc) tienen un
alto grado de susceptibilidad a la erosión.
- Regular las actividades que modifican la estabilidad del
suelo, el mantenimiento de la cubierta forestal, o el fomento
de la misma.
B.3 Zonas de riesgos de inundabilidad : Son las que presentan
riesgos de inundación a partir de las máximas avenidas y de los
periodos de recurrencia.
- Garantizar el buen funcionamiento del sistema fluvial para
evitar daños.
B.4 Vulnerabilidad paisajística: Áreas de alta incidencia visual,
tanto a nivel comarcal como local.
- Regular los usos de manera que se tenga en cuenta la
preservación del paisaje, evitando elementos que tengan
incidencia visual negativa.
Texto de avance
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B.5 Áreas de interés naturalístico: Ámbitos que cuentan ya con
protección legal junto con otros que destacan por su interés y no
cuentan con regulación específica.
- Los establecidos por sus respectivos planes de ordenación y
gestión, así como os que colaboren con la conservación
desde el punto de vista medioambiental, paisajístico y
cultural.
B.6 Hábitats de interés y recursos naturales estratégicos: Unidades
de vegetación natural de mayor interés, junto con recursos
naturales estratégicos
- Insistir en la valoración de los recursos naturales de
biodiversidad, suelos y agua.
C. ACTUACIONES DE MEJORA AMBIENTAL
C.1 Áreas naturales de potencialidad ecológica que actualmente
presentan niveles de degradación pero que se ubican en lugares
estratégicos
C.2 Áreas degradadas de localización puntual (vertederos,
escombreras) en las que es preciso una restauración ambiental.
- Transformación de las mismas, reconduciéndolas hacia
estados cercanos a su potencialidad ecológica.
-asentamientos
Texto de avance
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CONDICIONANTES AMBIENTALES PARA LA UBICACIÓN DE LOS NUEVOS
DESARROLLOS
-
Suelos
de
Especial
Protección
y
Protección
de
Aguas
Superficiales. Según su propia legislación, estos suelos deben
excluirse de los desarrollos urbanos.
- Áreas inundables. La totalidad de los nuevos desarrollos
urbanísticos
se
dispondrán
preferentemente
en
zonas
no
inundables y, obligatoriamente, de forma que queden protegidos
según los criterios establecidos en el PTS de Ordenación de
Márgenes de Ríos y Arroyos y el Plan Hidrológico Norte III.
- Suelos con pendientes mayores al 15%. Se excluyen estos suelos,
salvo que se trate de pequeñas superficies en ámbitos de mayor
entidad de menor pendiente media.
- Suelos de alta capacidad agrícola. Se procura no ocupar los
mejores suelos agrícolas. Dado que estos suelos se encuentran
ocupados en la actualidad por muchos de los principales núcleos
de población, resulta imposible evitar que algunos de los nuevos
desarrollos se ubiquen sobre este tipo de suelo. Estos suelos se
consideran zonas ambientalmente sensibles según la Ley de
Conservación de la Naturaleza de la CAPV, y por tanto definen
aspectos que se deberán tener en cuenta en la aplicación del
Decreto 183/2003 de Evaluación de Impacto Ambiental para
aquellas actuaciones que puedan afectarles.
Texto de avance
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ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN
Las propuestas de residencia o actividad económica que se
realizan desde este PTP se materializan a través de varios modos
diferentes de intervención: regeneración, actuación sobre el
patrimonio edificado y remodelación.
- Regeneración: modo de intervención concebido para la
mejora de la imagen y adecuación del paisaje industrial
actual y que, de acuerdo a su uso, precisan de reforma para
integrarse con el modelo territorial que se propone.
- Rehabilitación: modo de intervención concebido para
actuar sobre la edificación existente, mediante dos líneas de
actuación:
- Actuaciones encaminadas a realizar obras precisas en aras
a poner en valor, proteger y ordenar el patrimonio histórico
arquitectónico
- Intervenciones sobre la edificación residencial existente,
encaminadas
a
acondicionar
el
parque
residencial
edificado, con el doble objetivo de reducir el consumo de
nuevos suelos y de ampliar la oferta del mercado de
vivienda
- Remodelación: modo de intervención sobre ámbitos que
por cambio de uso permitirán importantes reformas urbanas
(desaparición de travesías urbanas debido a la ejecución de
las variantes correspondientes)
Texto de avance
66
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EL SUELO RESIDENCIAL
En el cálculo de vivienda a 16 años se siguen los siguientes pasos:
1. Se calculan las necesidades reales en función de dos
componentes:
- La componente relativa al Crecimiento Endógeno, se
calcula en base a la evolución del Tamaño Medio Familiar
para cada uno de los municipios
- La componente relativa al Crecimiento Selectivo, que
distribuye las 1.500 viviendas provenientes del PTP del Bilbao
Metropolitano, proporcionalmente al crecimiento
2. Se ajustan las viviendas asignadas en función de la capacidad
de acogida (establecida en relación a las viviendas principales)
3. Finalmente, la componente relativa al reequilibrio del modelo
distribuye las viviendas que superan la capacidad de acogida
calculada hacia Mungia y Bakio, en función del total de viviendas
de dichos municipios (viv. principal+secundaria).
Hay que distinguir entre necesidades reales de vivienda y oferta:
- El objetivo de cuantificación residencial del PTP es dar
respuesta a la necesidad real de vivienda, relacionada con
la ocupación de la misma.
- Es necesario introducir un coeficiente corrector que haga
referencia a las tensiones especulativas que producirían en
los mercados inmobiliarios los ajustes exactos entre la oferta
de suelo residencial desde el planeamiento y la demanda
de vivienda:
Texto de avance
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- Valor mínimo (coeficiente 1,5): este valor se establece al
objeto de evitar la escasez de suelo calificado.
- Valor máximo (coeficiente 2): este valor se establece al
efecto de no producir desarrollos urbanísticos desordenados
como consecuencia de una sobrecalificación de suelo.
EL SUELO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS
- Se concentra toda la oferta en Gatika y Mungia, evitando
calificaciones en el resto de municipios de carácter más rural que no
suponen sino una degradación del territorio.
- Cálculo de necesidad de nuevo suelo:
- El incremento de suelo industrial ocupado en el A.F. de Mungia en
el periodo 1990-2002 se cifra en torno a unas 1,7 Ha por año.
- Se establece una oferta de suelo capaz de absorber un ritmo de
crecimiento similar, es decir, 27,2 Ha de nuevo suelo para 16 años
- Aplicando los coeficientes de rigidez 1,5 y 2, resulta:
• Oferta mínima 40,8 Ha
• Oferta máxima 54,4 Ha
-Actividades comerciales y terciarias
- Las actuaciones comerciales irán dirigidas básicamente a los
centros urbanos, de forma que jueguen un papel importante en la
consolidación de la población y la economía comarcal.
- Las nuevas implantaciones comerciales de medias superficies no
se consideran prioritarias. En todo caso debería limitarse en su
tamaño y dirigirse a una oferta diferenciada de la de los cascos
urbanos. debe buscar factores de centralidad en su ubicación,
proponiéndose la misma en el municipio de Mungia.
Texto de avance
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- Para los municipios de Mungia y Bakio, en todos los ámbitos de nuevos
desarrollos residenciales de media o alta densidad se reservará un 10%
del área para la ubicación de este tipo de actividades terciarias
(comercio, oficinas, talleres, industria compatible y usos dotacionales).
LAS INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE
VIALIDAD RODADA
Las propuestas van encaminadas a dotar al Área Funcional de una red
estructurada que permita paliar las deficiencias detectadas:
- Eliminar paulatinamente las travesías más conflictivas del Área
- Realizar la variante de población de Larrauri ( Plan de Carreteras
de Bizkaia).
- Realizar calles de borde vinculadas a los nuevos desarrollos de
Bakio, Fruiz y Gatika.
- Mejorar las condiciones de plataforma en cuanto a anchura de
arcén y de trazado.
- Potenciar los siguientes ejes:
- BI-631 Mungia-Bermeo
- BI-634 Mungia-Gatika-Urduliz, para mejorar la conexión
entre este Área Funcional y la comarca de Uribe Kosta
- BI-2101 carretera Bilbao y Bakio, tanto para mejorar la
accesibilidad como para integrar este municipio en el
conjunto del Área
RED ALTERNATIVA DE TRANSPORTES
a. Red ciclista: Establecer una red ciclista que constituya en una
verdadera alternativa al vehículo motorizado:
- conectando los principales núcleos de población
Texto de avance
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- resolviendo el problema de la seguridad de la circulación,
mediante actuaciones de acondicionamiento y ensanche de la
plataforma existente
b. Senderos: Se sitúan preferentemente sobre caminos existentes,
mediante las siguientes medidas:
- adecuación del firme en aquellos tramos que lo precisen y
completar los trazados
- separación de usos en aquellos tramos cuyo trazado discurra
sobre viales con mayor intensidad de tráfico rodado
TRANSPORTE PÚBLICO
Fomentar un servicio que pueda resultar competitivo frente al transporte
privado:
- Prever la reserva de suelo para la plataforma de la posible
conexión mediante tranvía entre el casco urbano de Mungia y
Derio
- Transportes mancomunados (taxis compartidos, minibuses...) para
incrementar la comunicación interna de la comarca
INTERMODALIDAD
- Establecer en Atxuri (Mungia) un espacio donde se centralicen todas las
líneas de autobús existentes y futuras, así como la futura ubicación de la
posible estación para el tranvía
- Establecer una reserva de suelo para ampliar el parking existente para
que sirva de aparcamiento disuasorio en proximidad con este centro de
comunicaciones.
Texto de avance
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INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS
SANEAMIENTO
-Se consideran actuaciones prioritarias en la red general:
- Completar la ampliación de la EDAR de Mungia
- Construcción de dos nuevos interceptores en el municipio de Mungia y
su conexión mediante bombeo a la EDAR
- Ejecución del colector del alto Butron para los vertidos de las aguas
fecales de los municipios de Arrieta, Fruiz, Gatika, Gamiz-Fika y Meñaka
- Construcción de un EDAR comarcal en Gatika.
- Ejecución de un colector en el área del medio Butron que recogerá las
aguas residuales de los municipios de Maruri-Jatabe, Gatika y Laukiz
- Se considera prioritaria dentro las actuaciones municipales la ejecución
de la red secundaria para la mejora del sistema de saneamiento actual
de los núcleos rurales y polígonos industriales
ABASTECIMIENTO DE AGUA
-Progresiva incorporación de los municipios a la red del Consorcio de
Aguas
- Complementar mediante los actuales sistemas de autoabastecimiento
- Considerar las captaciones existentes como un recurso natural
estratégico de la comarca.
ENERGÍA
- Acentuar las actuaciones en eficiencia energética en todos los sectores
tendentes a reducir el consumo
-
Caminar
en
intensificando
la
los
dirección
esfuerzos
del
autoabastecimiento
tendentes
a
un
mayor
energético,
y
mejor
aprovechamiento de los recursos renovables autóctonos
- Diversificar las fuentes de energía
- Potenciar el gas natural (extensión a los principales núcleos de
población) y energías alternativas
Texto de avance
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RESIDUOS URBANOS
- Ratificar la solución existente para el tratamiento de residuos sólidos en
el ámbito temporal del Plan
- Apostar por el sistema de recogida selectiva:
- ampliando la dotación de medios (contenedores)
- reserva de espacios para este uso en los polígonos de actividades
económicas
- facilidades para el acceso a los Garbigunes (ampliación de horarios)
OBRAS HIDRÁULICAS
- Ejecución de un proyecto para la mejora hidráulica del río Butron a fin
evitar los daños por inundación
LOS EQUIPAMIENTOS
EQUIPAMIENTO EDUCATIVO
- Nuevas instalaciones de educación infantil elemental (0-3 haurreskola)
en Gamiz-Fika
- Reordenamiento de las instalaciones existentes en Bakio y Mungia para
incrementar su oferta
EQUIPAMIENTO SANITARIO
- Realización de un nuevo centro de salud en Mungia:
- Centralización de las labores burocráticas
-
Incorporación
de
nuevas
especialidades,
principalmente
de
rehabilitación
Texto de avance
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EQUIPAMIENTO CULTURAL
- Delegar en la centralidad de la comarca (Mungia) la coordinación de
una red de actividades
- Establecer acuerdos de colaboración mancomunados para posibilitar
el acceso a todos los ciudadanos
EQUIPAMIENTO DEPORTIVO
- Nuevo campo de hierba artificial en Mungia
- Cubrir las piscinas de Mungia para su uso no estacional
BIENESTAR SOCIAL
- Nuevos Centros de Día para personas con discapacidad psíquica y
física
- Nuevo local para el Consorcio Municipal de Servicios Sociales:
- Centralización de todos los servicios
- Dotación de nuevos elementos (locales propios para terapias, espacios
polivalentes, etc.)
EL TERRITORIO BLANDO
A. ÁREAS NATURALES DE ESPARCIMIENTO
- Parques Periurbanos
- Espacios libres de ámbito local, fácilmente accesibles de forma peatonal
- Parques Comarcales
- Ámbitos de interés naturalístico, paisajístico y cultural, con capacidad de
acogida para un uso recreativo de ámbito supramunicipal
- Además de propiciar el ocio y esparcimiento, se propone la conservación y
mejora ambiental
- Parques Naturales
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- Espacios de mayor valor natural y ecológico e interés paisajístico-cultural, a
nivel supracomarcal de la CAPV
- Hacer compatible el uso público con la conservación o recuperación de sus
valores ecológicos, estéticos o educativos
B. PATRIMONIO
- Creación de un catálogo valorado, con referencia a su estado actual,
prioridad de conservación, plan de actuaciones y de seguimiento:
- Elementos singulares del patrimonio: aquellos elementos puntuales
del patrimonio arquitectónico-cultural más destacados e interesantes
- Conjuntos de interés histórico-cultural: aquellos elementos cuya
disposición conforman conjuntos de interés histórico-cultural
- Conjuntos arquitectónicos de interés rural-etnográfico: núcleos
donde se ha preservado en gran medida caseríos y molinos
C. ITINERARIOS NATURALÍSTICOS
- Itinerarios peatonales:
- adecuación del firme y completar los trazados
- separar de usos en los tramos que discurran sobre viales con mayor
intensidad de tráfico
- dotación de balizamiento y señalización informativa
-Itinerarios ciclables
- reordenamiento de la plataforma rodada existente
- dotación de balizamiento y señalización informativa
Texto de avance
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D. PAISAJE
-
Dominio
costero:
mejora
ambiental
y
acondicionamiento
básico,
preservándolos de desarrollos incontrolados.
- Dominio Jata-Sollube y Berreaga: regulación de artefactos (antenas,
construcciones, etc.) y erosión derivada de vehículos rodados
-Dominio del valle de Mungia:
-
Polígonos
industriales:
definición
de
“Conjuntos
Paisajísticos
Industriales” para el desarrollo de las iniciativas de mejora visual y
paisajística
- Desarrollo residencial rural: controlar la ejecución de nuevas
edificaciones en SNU y mantener la actividad agroganadera
tradicional
- Infraestructuras viarias y energéticas: determinar qué líneas
eléctricas de alta tensión están en uso y desmontar aquellas que no
lo están
E. SEGUNDA RESIDENCIA Y RECURSOS TURÍSTICOS
- Intervenciones estratégicas en cuanto a las áreas de segunda residencia de
interés preferente: las vinculadas al núcleo urbano de Bakio
- Recursos turísticos prioritarios:
- Los parques Comarcales y Naturales recogidos en este punto
- La playa de Bakio
-
Los
monumentos,
edificios,
etc,
del
inventario
de
bienes
patrimoniales protegidos.
Texto de avance
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F. NUCLEOS RURALES
Análisis de los 54 núcleos existentes respecto a la Ley 2/2006:
- Únicamente 8 satisfacen de manera clara las condiciones que la ley
establece: Jainko en Arrieta; Andeko, Botiola y Mandaluniz en Fruiz;
Beaskoetxe y Olagorta en Gamiz-Fika; Mesterika en Meñaka, y Larrauri
1 en Mungia.
- 26 núcleos no cuentan con al menos 6 caseríos en su delimitación:
en Arrieta, Agarre, Baieneta, Madariaga-Samese, Urebarri y Urtialde;
en Fruiz, Batiz, Lotina y Ugane; en Gamiz-Fika, Garaioltza, Elexalde,
Landaberde, Azillona y Soietxe; en Gatika, Basaldu, Gorordo,
Gorordo-Landaluze, Gorordo-Santune, Libarona, Ugarte y Zurbano; en
Laukiz, Etxezuri y Mentxaka; en Maruri-Jatabe, Asteinza, en Meñaka,
Amezaga, Emerando y Ugarte, y en Mungia, Belako Llona, Ipintxe y
Zabalondo.
- En 10 núcleos ya existen en la actualidad más de 25 edificios: en
Gamiz-Fika, Ibarra; en Meñaka, Amezaga; en Mungia, Atela y
Atekene, Atxuri, Billela, Elgezabal, Emerando, Iturbaltza, Laukariz,
Markaida 2,
- Y, de realizarse los desarrollos previstos, en otros 3 núcleos resultan
más de 25 edificios con uso residencial: en Gatika, Garai y en Mungia,
Belako Llona y Larrauri – 2.
De este análisis se desprende que en la mayoría de los núcleos se precisa una
revisión de su delimitación de manera que se estudie:
- si efectivamente existe un espacio público que lo aglutina y da
carácter
- que el número de caseríos es suficiente para la delimitación del
núcleo
Texto de avance
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- que en la actualidad o tras la realización de los desarrollos previstos
no se supere el máximo de los 25 edificios, pudiendo bien reducirse la
delimitación o dividirse en varios núcleos más pequeños, en caso de
que
ello
sea
factible
por
distinguirse
efectivamente
varias
agrupaciones
Por último, y atendiendo a una posible clasificación como suelo urbano,
deberá tenerse en cuenta:
a. El grado de urbanización de los núcleos, siendo el elemento más
definitorio de este el disponer de una red de saneamiento
b. La edificabilidad prevista en los núcleos, que resulta muy inferior de
la requerida por la Ley, salvo en los núcleos de Garaioltza, Olagorta y
Mendoza en Gamiz-Fika.
Texto de avance
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MARCO LEGAL
Las vigentes NNSS de Gatika son del año 98.
En el año 2002 el ayuntamiento al no tener la contestación de la DFB, acordó
aprobar definitivamente sus NNSS. Sin embargo y por diversas cuestiones este
acuerdo fue recurrido desembocando en sentencia judicial y posterior
resolución foral cuyo texto es:
ORDEN FORAL 847/2004, de 31 de mayo, relativa a la Ejecución de la
sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia del País Vasco de 8 de marzo de 2004, por la que
se anula parcialmente la Orden Foral 8/1999, de 15 de abril, del
Diputado Foral de Urbanismo, por la que se suspendía la aprobación
definitiva de las Normas Subsidiarias de Gatika.
Mediante la Orden Foral de referencia se ha dispuesto lo siguiente:
Primero.—Proceder a la ejecución de la sentencia dictada por la Sala de
lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del
País Vasco de 8 de marzo de 2004, por la que se anulan algunos
apartados de la Orden Foral 8/1999, de 15 de abril, del Diputado Foral
de Urbanismo, por la que se suspendía la aprobación definitiva de las
Normas Subsidiarias de Gatika, y, en consecuencia, dictar una nueva
resolución adaptada al fallo de la sentencia.
Segundo.—Suspender la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento del municipio de Gatika, como instrumento de ordenación
integral del territorio municipal, en base a las deficiencias que a
continuación se exponen, que deberán ser corregidas:
1.1.—Sistemas Generales.
1.1.1.—De acuerdo con lo señalado por el Departamento Foral
de Obras Públicas y Transportes, el documento de revisión
recogerá la actuación planificada en el vigente Plan
Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia, relativa a
la «Variante de Gatika».
1.1.2.—De acuerdo con lo indicado por el Departamento Foral
de Obras Públicas y Transportes, se incorporará al documento
de revisión la modificación del trazado actual de la
carretera BI-634 (Eje Viario Urduliz - Mungia) de la red
básica, por tratarse de una actuación incluida en el Plan
Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia.
Texto de avance
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
1.1.3.—De acuerdo con lo señalado en el informe del
Departamento Foral de Obras Públicas y Transportes, el
documento de revisión deberá respetar unas líneas de
edificación, que de acuerdo con el art.35 de la norma Foral
2/93, de Carreteras, serán de 18 m a la arista exterior de
la calzada en la carretera de la red básica BI-634 y de 12 m
a la arista exterior de la calzada en la red local,
compuesta por las carreteras BI-3.709, BI-3.105 y BI-3.111.
1.1.4.—De acuerdo con lo señalado en el informe de la
Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, las
bandas de protección de cauces se recogerán como una
categoría de protección de aguas superficiales dentro del
suelo no urbanizable, que en el río Butrón tendrán un ancho
de 50 m a cada lado del cauce y con respecto a los arroyos
de 15 m a cada lado del cauce. En el suelo apto para
urbanizar de Ugarte dichas bandas tendrán la consideración
de líneas de retiro con respecto al río Butrón y serán de 20
m para la edificación y de 8 m para la urbanización.
1.1.5.—En relación a los elementos del sistema general de
equipamiento, el documento deberá recoger las nuevas
actuaciones edificatorias, entendiéndose consolidados los
existentes en su estado actual, lo que se recogerá
expresamente.
1.1.6.—Dentro de los elementos del sistema general
equipamiento se posibilitará, previa justificación,
cambio de uso dentro de los equipamentales.
de
el
1.1.7.—La regulación de las actividades como la pesca,
marisqueo, etc., recogidas como usos permitidos dentro del
sistema general marítimo-terrestre, se remitirá a la
legislación sectorial correspondiente.
1.2.—Suelo Urbano.
1.2.1.—La zona ZN9 propuesta, que se halla en ejecución, a
pesar de tratarse de un suelo no urbanizable según el
planeamiento vigente, lo que infringe la legalidad, deberá
integrarse en un ámbito más amplio que incluya los suelos
vacantes colindantes. Dicho ámbito será tratado como un
sector de suelo apto para urbanizar y su ordenación dará
continuidad al suelo urbano residencial consolidado en base
al establecimiento de una malla urbana, en la que se
contemplarán, además de la vialidad, nuevos espacios libres
y suelos equipamentales.
1.2.2.—Las zonas ZN10 y ZN11 conformarán un sector de suelo
apto para urbanizar de baja densidad, en el que se dará
continuidad a la ordenación del suelo urbano actual y se
incluirán las cesiones establecidas en el anexo al
Reglamento de Planeamiento.
1.2.3.—De acuerdo con el informe emitido por el Departamento
Foral de Obras Públicas y Transportes, se deberán tener en
cuenta los siguientes aspectos, relativos a las afecciones
de las carreteras forales sobre los suelos colindantes:
Texto de avance
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Diciembre de 2009
—U.E. 11-1: Se adecuará la accesibilidad existente
desde la BI-634 dotándola de una intersección en «T»
canalizada, lo que conllevará previsiblemente un
cambio en su delimitación.
—U.E. 12: El acceso rodado a la misma no será directo
desde la vialidad foral.
—U.E. 1-2, U.E. 3, U.E. 11-1, U.E. 11-2, U.E. 12: La
ordenación prevista en estas unidades de ejecución
quedará condicionada al cumplimiento de una línea de
edificación de 25 m medidos respecto de la arista
exterior de la calzada de la BI-634. Esta limitación
podría rebajarse en dichos suelos urbanos a 12 metros.
1.3.—Suelo urbanizable.
1.3.1.—El sector Garay deberá eliminarse en base al trazado
de la variante previsto por el Departamento Foral de Obras
Públicas y Transportes.
1.3.2.—Para el S.A.P.U industrial Ugarte, los parámetros de
edificabilidad y la ocupación asignados, una edificabilidad
de 0,45 m2/m2 y una ocupación del 36%, quedarán asimismo
limitados por lo que resulte de garantizar un adecuado
funcionamiento del tráfico pesado en el sector (lo que se
concreta en el establecimiento de unas distancias de las
alineaciones de la edificación al eje del vial rodado de 13
metros, unos radios de giro a bordillo de 11 metros, unas
rotondas de diámetro exterior de calzada de 24 metros, una
dotación suficiente de plazas de aparcamiento en función de
los usos previstos, una vialidad local que deberá dotar de
un servicio correcto al sector, con viales secundarios
jerarquizados respecto del principal si fuera necesario,
etc...). A la vista de que el sector se halla edificado
prácticamente en su totalidad, lo que infringe la legalidad,
el documento definitivo deberá justificar el cumplimiento de
los aspectos señalados, debiendo, en su caso, incorporar al
sector la cuantía de terrenos que resulte necesaria para
ello.
1.3.3.—De acuerdo con el informe emitido por la Comisión de
Ordenación del Territorio del País Vasco, el documento
deberá recoger para el suelo urbanizable industrial de
Ugarte, unas líneas de retiro mínimo para la edificación y
urbanización al río Butrón de 20 y 8 m respectivamente.
1.4.—Suelo no urbanizable.
1.4.1.—Sería conveniente que, en la medida de lo posible, se
procediera
a
compatibilizar
las
distintas
categorías
establecidas para el suelo no urbanizable en los límites del
término municipal, con las establecidas en los respectivos
planeamientos de los municipios limítrofes.
1.4.2.—Se deberá eliminar el concepto de parcela receptora y
complementaria, fijándose como parcela mínima en coto
redondo 7.500 m2 para construcciones relacionadas con las
actividades agropecuarias.
Texto de avance
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Diciembre de 2009
1.4.3.—En la zona de Especial Protección del Castillo de
Butrón, se deberá eliminar el aprovechamiento para usos
equipamentales previsto, reconsiderándose la finalidad del
Plan Especial.
1.4.4.—La regulación de las actividades de caza, pesca y
marisqueo, incluida en varias categorías de suelo no
urbanizable,
se
remitirá
a
la
legislación
sectorial
correspondiente.
1.4.5.—La permisividad o no de circulación de vehículos a
motor, deberá eliminarse de la normativa del suelo no
urbanizable, por no ser esta actividad objeto de regulación
urbanística.
1.4.6.—En la zona de mejora ambiental de Arbina se recogerá
que únicamente se admitirán aquellas edificaciones de
interés público y social que por su carácter deban ubicarse
necesariamente en suelo no urbanizable.
1.4.7.—Se concretará la ubicación de las instalaciones de
tratamiento y depósito de residuos sólidos urbanos admitidas
en la zona de protección agroganadera de vega, planteándose
como
una
categoría
específica
dentro
del
suelo
no
urbanizable y eliminándose la posibilidad de admitirse con
carácter general dentro de la zona referida.
1.4.8.—De acuerdo con el informe de la Comisión de
Ordenación del Territorio del País Vasco, la zona de
especial protección del casco deberá ser asimilada al resto
de las categorías del suelo urbanizable, en atención a su
valor agrícola, forestal, ganadero o por sus riquezas
naturales, y en tal sentido, y como tal zona, debe ser
suprimida.
1.4.9.—El núcleo rural de Sertutxa-Goikoa (NR 10) deberá
reconsiderarse, dada su colindancia con el suelo que se
prevé desarrollar, incorporándose en la parte que se
considere oportuno a dicho desarrollo, estableciéndose
mínimamente de forma conjunta con dicho suelo la trama
viaria a desarrollar. La superficie restante del núcleo
propuesto pasará a integrarse en otra categoría del suelo no
urbanizable.
1.4.10.—Los núcleos rurales de Garai-II (NR 09) y SertutxaBekoa (NR 11), deberán ser descalificados como tales, ya que
no tienen el carácter de núcleos, estando constituidos, en
su mayor parte, por edificaciones relativamente recientes.
1.4.11.—En el núcleo rural de Ugarte (NR 02), se deberá
mantener la delimitación contenida en las Normas vigentes,
excluyendo las parcelas 44 y 48, ya que el crecimiento
previsto hacia la zona industrial de Mesa carece de
justificación urbanística e incumple la condición de acceso
rodado existente, potenciando la dispersión del núcleo.
Texto de avance
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1.4.12.—De acuerdo con lo indicado en el informe vinculante
de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco,
los núcleos rurales de Gorordo-Polígono 9, Libarona y
Basaldu, deberán eliminarse, ya que incumplen lo dispuesto
en el artículo1.1b), al no constituir agrupaciones de seis o
más caseríos.
1.5.—Normativa Urbanística.
1.5.1.—Deberá eliminarse el capítulo correspondiente a las
licencias, a excepción del apartado primero del artículo 29,
ya que se trata de normas procedimentales recogidas en la
legislación de régimen local.
1.5.2.—De acuerdo con el informe vinculante de la Comisión
de Ordenación del Territorio del País Vasco, en relación al
uso extractivo regulado en el artículo 14 de la normativa
general de usos, la revisión de Normas deberá delimitar las
zonas
afectadas
por
la
realización
de
actividades
extractivas tanto existentes como nuevas, no admitiéndose
con carácter general este uso.
1.5.3.—Se eliminará el régimen de usos y de edificación
recogidos en los art. 10, 11, 12, 13 y 14, remitiéndose a la
legislación vigente.
1.6.—Deberán subsanarse los errores señalados en el apartado
correspondiente de los fundamentos de la Orden Foral 8/1999, de 15
de abril.
Tercero.—Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Gatika,
para que proceda a la corrección del documento, el cual deberá ser
objeto de una nueva exposición pública, por entender que las
correcciones impuestas contienen alteraciones sustanciales, de acuerdo
con el artículo 132.3.b del Reglamento de Planeamiento.
Cuarto.—Notificar la presente resolución a la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y al
Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno
Vasco, y publicarla en el «Boletín Oficial de Bizkaia».
Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de
la
resolución,
ante
la
Sala
de
la
Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin
perjuicio de cualquier otra medida que estime procedente en defensa de
sus intereses.
Durante el referido plazo el expediente BHI-041/2001-P05 quedará de
manifiesto para su examen en las dependencias de Bilbao.
Texto de avance
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
Y aquí se dieron por finalizadas las actuaciones legalizadas, ya que los
posteriores
acuerdos
municipales
nunca
han
alcanzado
aprobaciones
definitivas.
Posteriormente se han producido desarrollos urbanísticos que no han dispuesto
de cobertura legal y que ahora pretenden regularizarse y reordenarse de
acuerdo a la vigente legislación.
Comencemos con el suelo no urbanizable y los núcleos rurales.
Determinaciones de la Ley de Suelo y Urbanismo respecto a los núcleos rurales
La Ley de Suelo y Urbanismo 02/2006 establece el régimen específico de los
núcleos rurales:
“Se entiende por núcleo rural la agrupación de entre seis y veinticinco
caseríos en torno a un espacio público que los aglutina y confiere su
carácter.”
Permite la ley la clasificación de los núcleos así entendidos, bien
como suelo urbano, cuando así proceda conforme a la ley, bien como
suelo no urbanizable de núcleo rural.
Por otro lado para el establecimiento del suelo urbano la Ley 2/2006 determina:
Procederá la clasificación como suelo urbano de los terrenos ya
transformados, que estén integrados o sean integrables en la trama
urbana existente y asumida por el propio plan general que realice la
clasificación:
a) Por contar, como mínimo, con acceso rodado por vías
pavimentadas y de uso público efectivo, abastecimiento de agua,
evacuación de aguas pluviales y fecales y suministro de energía
eléctrica en baja tensión; con dimensión, caudal, capacidad y
tensión suficientes para proporcionar servicios adecuados tanto a
la edificación existente como a la prevista por la ordenación
urbanística.
b) Cuando los terrenos, aun careciendo de algunos de los servicios
citados en el párrafo anterior, tengan su ordenación consolidada,
por ocupar la edificación, al menos, dos terceras partes de los
espacios aptos para la misma según la ordenación urbanística que
para ellos se proponga.
Texto de avance
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Las condiciones que se establecen son por tanto:
· Que estén integrados o sean integrables en la trama urbana
· Que cuenten con los servicios mínimos (agua + saneamiento +
electricidad)
· Que, si no cuentan con lo servicios, tengan al menos su ordenación
consolidada en dos tercios de la ordenación que en ellos se proponga.
En este aspecto, debemos señalar, además, que deberán cumplirse las
edificabilidades mínimas que la ley establece.
Con tal legislación, y conociendo la realidad actual de Gatika, revisaremos
cuáles son los núcleos que debemos mantener y cuáles han de ser sus posibles
crecimientos.
Para el suelo urbano y el urbanizable, las variaciones legislativas no resultan tan
importantes, si bien si se aprecia un crecimiento o desarrollo real de suelos que
en el planeamiento anterior se encontraban clasificados como urbanizables.
Las reservas dotacionales de viviendas sometidas a regímenes de protección
de aplicación en los suelos urbanizables o en las redensificaciones en suelos
urbanos, no resultan de aplicación en el municipio de Gatika por su masa de
población. Sin embargo el avance del PTP propone su aplicabilidad.
Este avance no considera necesaria la imposición, ya que la propia política
municipal es tendente a superar incluso los estándares de la ley 2/2006.
Texto de avance
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PROPUESTAS
Es objeto de este documento diseñar y exponer los objetivos y fines que se
plantean en el desarrollo del PGOU de Gatika, siendo voluntad municipal
provocar un debate público, donde intervengan todos los sectores sociales
interesados y cuyas conclusiones se plasmen en el Planeamiento definitivo.
Determinaciones del Avance
En la documentación gráfica se fijarán principalmente los elementos que
formen la estructura general del territorio, elementos básicos de partida;
• Sistemas generales de Comunicaciones, sus afecciones y áreas de
protección. Sistemas generales de Espacios libres, de Equipamiento
Comunitarios, etc.
• Clasificación del suelo en, urbano, apto para urbanizar, no urbanizable y
delimitación del ámbito territorial de cada uno de ellos, con manchas
orientativas o propuestas alternativas.
• Delimitación de Zonas de Protección Especial y Núcleos rústicos en el
Suelo No Urbanizable.
• Las operaciones estratégicas, entendidas como ideas o propuestas de
acción municipal
Justificación de la Revisión del Planeamiento
Gatika
contaba
en
el
año
98
con
Normas
Subsidiarias
aprobadas
definitivamente. Así, la revisión de estas Normas Subsidiarias de Gatika tiene su
orígen en un largo proceso iniciado en ese año1998, donde el Ayuntamiento
de Gatika comenzó en julio de ese año la tramitación de una Revisión de
Normas que quedó suspendida por la Orden Foral de la Diputación de Bizkaia,
nº 244/2002.
Texto de avance
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El Ayuntamiento de Gatika inició la Revisión de sus Normas Subsidiarias como
hemos señalado en Julio del año 1998, aprobándose inicialmente por Acuerdo
de pleno de fecha 10 de octubre de 2000, y provisionalmente por Acuerdo de
pleno de 1 de febrero de 2001.
También, por Acuerdo de Pleno en febrero de 2002, dicho Documento se llegó
a aprobar definitivamente y a publicar en el Boletín Oficial (B.O.B. nº 85 de 7 de
mayo de 2002). Dicha aprobación definitiva resultaba parcial, ya que existían
zonas no acordes que quedaban suspendidas.
Dicha aprobación fue suspendida por la Diputación Foral de Bizkaia, y la
Revisión de NNSS se suspendió como se ha mencionado en el primer párrafo
por la Orden Foral 244/2002, de 26 de marzo.
Esta suspensión del año 2002, fue recurrida por el Ayuntamiento de Gatika a la
Sala de lo Contenciosos Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco. A la luz de esta sentencia, se emite por la DFB, la ORDEN FORAL
847/2004, de 31 de mayo, relativa a la Ejecución de la sentencia de la Sala de
lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de
8 de marzo de 2004, por la que se anula parcialmente la Orden Foral 8/1999, de
15 de abril, del Diputado Foral de Urbanismo, por la que se suspendía la
aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de Gatika.
En este punto, el Ayuntamiento decide reiniciar nuevamente la elaboración de
la Revisión de Normas. Para la redacción del Avance se mantuvieron
igualmente válidos los criterios generales que se establecieron para la
elaboración de la Revisión suspendida, pero no así algunos específicos relativos
a los aspectos que el Departamento de Urbanismo de la Diputación Foral de
Bizkaia contemplaba en la Orden Foral que la suspendió.
Texto de avance
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Diciembre de 2009
Este nuevo avance tuvo su aprobación el 9 de diciembre de 2005. Sin
embargo, por aspectos de desacuerdo político municipal, este documento de
avance no vió la luz con una aprobación inicial de unas nuevas Normas
Subsidiarias.
Tras la existencia de cambios políticos en el Ayuntamiento (año 2006), la nueva
corporación inició la tramitación de una adjudicación de la revisión del plan,
que ahora es objeto de exposición como nuevo Avance. Previo a la exposición
de este avance, se han realizado las consultas previas urbanísticas al Gobierno
Vasco y Diputación Foral, así como las relativas a la Evaluación Conjunta del
Impacto Ambiental.
Los criterios generales que se establecieron en el avance del año 2005, se
basaban en las necesidades obvias de ordenar el territorio según la legislación
vigente en ese momento, y también considerando la necesidad de aumentar
el suelo apto para urbanizar, ante la gran demanda residencial que existía en
el municipio.
Desde esa fecha del año 2005, han existido algunas circunstancias añadidas,
tales como la entrada en vigor del nuevo marco legal (ley 2/2006 y decreto
105/2008, de 3 de junio, de medidas urgentes en desarrollo de la Ley 2/2006, de
30 de junio, de Suelo y Urbanismo) la aprobación y exposición pública del
Avance del PTP del Área funcional
de Mungia. Pero es que además, el
municipio, desde su planeamiento legalmente validado ha sufrido una relativa
importante transformación, especialmente en lo que a suelos urbanos afectan.
Estas circunstancias de por sí son suficientes para que Gatika actualice su
planeamiento y consolide o deje en disconformidad con el planeamiento
aquellos ámbitos hoy materializados.
Texto de avance
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
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La Ley 2/2006 determina:
Artículo 102. Revisión
concepto y procedencia.
de
los
planes
de
ordenación
urbanística:
1. La reconsideración total de la ordenación establecida por los
planes urbanísticos y, en todo caso, de la ordenación estructural
de los planes generales, precisa su revisión. También procederá la
revisión cuando la requiera el planeamiento territorial para
permitir nuevos desarrollos urbanos y resulte sustancialmente
afectada la ordenación estructural.
2. La revisión podrá ser parcial, cuando justificadamente se
circunscriba a una parte del territorio ordenado por el plan o de
sus determinaciones, que forme un conjunto homogéneo, o de ambas a
la vez.
3. Los planes urbanísticos se revisarán en todo caso en los plazos
que en ellos se establezcan y cuando se produzcan los supuestos o
circunstancias previstos por ellos a tal efecto o lo requieran los
instrumentos de ordenación del territorio cuyas determinaciones
fueran vinculantes.
4. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y cuando
razones de urgencia o de excepcional interés público exijan la
adaptación de los planes urbanísticos a los instrumentos de
ordenación del territorio, el órgano foral del territorio
histórico, a iniciativa propia o a requerimiento de la consejera o
consejero competente en materia de ordenación del territorio de la
Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y con
audiencia del ayuntamiento afectado, podrá disponer la revisión
del plan general o de otros planes urbanísticos concretos, fijando
a las entidades municipales plazos adecuados al efecto y para la
adopción de las medidas pertinentes, incluidas las de índole
presupuestaria.
5. El mero transcurso de los plazos fijados sin que se hayan
llegado a incoar los correspondientes procedimientos habilitará al
órgano foral del territorio histórico para proceder a la
elaboración técnica de la revisión omitida, en sustitución del
ayuntamiento correspondiente, previo requerimiento y audiencia a
este último.
Así pues y vistos los años de vigencia del planeamiento municipal, así como los
antecedentes reseñados procede reiniciar el trámite de avance del nuevo
planeamiento municipal.
Texto de avance
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CRITERIOS GENERALES
En concordancia con las determinaciones del PTP de Mungia, en cuanto
coincide con las previsiones municipales, y en disonancia en cuanto a los
aspectos que se aleguen durante la fase de exposición pública del avance del
PTP, se proponen, a la vista de los informes previos de evaluación
medioambiental que se acompañan, los siguientes criterios de actuación para
cada clase de suelo.
Suelo no urbanizable
Constituyen el suelo no urbanizable los terrenos que las presentes normas,
clasifiquen como tal destinándolas a:
a. Proteger la ordenación, conservación y mejora de los recursos
naturales, y en especial, los recursos agrícolas, ganaderos, piscícolas,
cinegéticos y forestales.
b. Equipamientos comunitarios consistentes en grandes espacios para el
esparcimiento de la población y construcciones o instalaciones precisas
para prestar servicios de interés público y social.
c. Ser preservados del proceso de desarrollo urbano, de obras de
urbanización y de la construcción de edificaciones e instalaciones, así
como protegidos de la ubicación de actividades en contradicción con
su valor productivo agrícola, forestal, y ganadero; con la posibilidad de
explotación de los recursos naturales y la preservación de sus valores
científicos, naturales históricos o culturales.
Los objetivos generales de la Revisión del Planeamiento son principalmente:
Proteger y preservar el medio natural, regulando los usos y actividades,
atendiendo a las directrices de las DOT, al PTP de Mungia y a la legislación
vigente.
Texto de avance
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En cuanto a las actividades urbanísticas o edificatorias:
La ley 2/2006 protege de forma exhaustiva el suelo no urbanizable en cuanto a
su transformación y edificación, especialmente del uso residencial.
“El suelo no urbanizable, en su totalidad, es:
a. No idóneo para servir de soporte a actos, usos o actividades de
contenido o fin urbanístico de clase alguna, por ser
inadecuados de acuerdo con el modelo de ocupación de suelo
adoptado. Específicamente queda prohibida la construcción de
nuevas edificaciones destinadas a vivienda.
La regla del párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la
posibilidad de autorización, previa acreditación de su necesidad,
del uso de vivienda ligada funcional y permanentemente a una
explotación económica hortícola o ganadera para residencia del
titular y gestor de la explotación, así como de su unidad
familiar.
b. Inapropiado para ser objeto de transformación mediante la
urbanización, por la necesidad de preservar sus valores propios
y ambientales.
La regla del párrafo anterior se entiende sin perjuicio de lo
establecido en el apartado 5.”
Para que pueda edificarse o construirse sobre el suelo no urbanizable deben
concurrir las siguientes circunstancias:
a. Asegurar la preservación del carácter rural de los terrenos y evitar el
riesgo de formación de núcleo de población.
b. Adoptar las medidas adecuadas a la preservación, el mantenimiento y,
en su caso, la restauración de las condiciones ambientales de los
terrenos correspondientes y de su entorno inmediato.
c. Procurar que la tipología de la nueva construcción se adecue a la
arquitectura rural tradicional de la zona cuando menos en lo relativo a
materiales utilizados, composición de la fachada y volumetría del
edificio.
d. Garantizar a su costa el mantenimiento de la calidad, la funcionalidad y
el nivel de servicio de las infraestructuras y servicios públicos afectados.
Texto de avance
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
En sentido positivo las construcciones en suelo no urbanizable deben orientarse
a:
a. Al establecimiento de dotaciones, equipamientos y actividades
declarados de interés público por la legislación sectorial aplicable o por
el planeamiento territorial, y que en todo caso, y para el caso concreto,
sean además declaradas de interés público por resolución de la
diputación foral correspondiente previo trámite de información pública
de veinte días.
b. Las obras previstas en el planeamiento territorial y urbanístico para el
establecimiento de usos y servicios de prestación por parte de las
administraciones públicas.
c. Los caminos y las vías proyectadas y las infraestructuras o redes para su
ejecución y mantenimiento con arreglo al planeamiento territorial y
urbanístico y conforme a la legislación sectorial pertinente.
En cuanto a tratamiento del suelo:
Elaborar un “Catálogo de Montes con Función Protectora”. En este catálogo se
incluirán aquellos montes que, por su papel en la prevención de la erosión,
debe hacerse una explotación de los mismos especialmente cuidadosa con el
medio.
En suelo agrícola, se realizará un inventario, que por sus especiales
características deberían ser preservadas atendiendo a criterios de valor
agrológico y de vocación agraria en el territorio.
En toda la acción territorial se atenderá a la preservación de la vegetación y,
muy especialmente a la conservación de las masas arbóreas autóctonas.
En cuanto al tratamiento de la fauna:
La instalación de los tendidos eléctricos de alta tensión deberá realizarse con
dispositivos que eviten la electrocución de las aves.
Texto de avance
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Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
En cuanto al tratamiento de aguas superficiales
Para determinar las franjas de protección de la red hidrográfica se tendrá en
consideración los criterios que a tal efecto se vienen utilizando por la Comisión
de Ordenación del territorio del País Vasco.
La Ley 5/98, de 6 de Marzo, de medidas urgentes en materia de régimen de
suelo y ordenación urbana, establecía tres categorías de suelo no urbanizable.
Estas tres categorías de suelo no urbanizable son: el Protegido, el Común y De
Núcleo Rural. La ley 2/2006 no desvirtúa esta categorización, si bien
prácticamente
vacía
de
contenido
el
suelo
no
urbanizable
común,
incluyéndolo entre los suelos productivos. Así el PTP categoriza a través de la
Matriz de Usos en las siguientes siete categorías:
Especial Protección
Ría de Butron-Plentzia. El río Butron desarrolla un complejo sistema fluvial
que en si mismo constituye un conjunto ecológico de gran interés.
Asociados al sistema fluvial se diferencian distintos hábitats naturales:
cauce y medio acuático, aliseda y bosque de ribera, prados-juncales
encharcadizos, humedales de cunetas y depresiones, etc. A su vez estos
ambientes naturales incrementan su potencialidad biológica cuando
entran en contacto con el paisaje de campiña agraria (praderas,
bosquetes, setos arbustivos, etc.).
Se incluyen en este ámbito:
- Las áreas delimitadas en el PTS de humedales como de especial
protección para el cauce de la ría sujeto a influencia de las
mareas y la vega de Palades en término de Gatika.
- Desde la perspectiva ecológico-naturalística, se consideran de
gran interés el conjunto del sistema fluvial del Río Butron por su
función de corredor ecológico y por la existencia de ciertos
hábitats
Texto de avance
prioritarios
(alisedas
de
ribera)
y
zonas
húmedas
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
perifluviales. Estos ambientes se distribuyen por toda la vega de
forma desigual, en diferentes estados de conservación, pero con
buena capacidad de regeneración. Su delimitación definitiva se
realizará mediante el correspondiente Plan de Ordenación en base
en el mapa de vegetación actual y posteriores reconocimientos
sobre el terreno.
- Los hábitats de prado-juncales en los municipios de Gatika,
Gamiz-Fika, Maruri- Jatabe y Mungia. En el caso de los prados
juncales
encharcadizos,
conservación
del
existe
hábitat
que
un
especial
configuran
interés
por
sus
en
la
valores
naturalísticos y función ecológica en los movimientos migratorios,
debiéndose evitar su drenaje y la eliminación de los humedales
asociados.
- Ámbito del Castillo de Butron: se considera de alto interés
paisajístico y cultural, con un alto potencial para la ordenación del
uso público y recreativo de proyección comarcal.
Protección
Esta categoría se aplica de modo específico a determinadas áreas que,
sin poseer una relevancia singular en el ámbito regional de la CAPV y por
lo tanto, no estar legalmente protegidas o incluidas en algún catálogo
de importancia autonómica, sin embargo poseen cierto interés comarcal
y local en el ámbito del PTP.
El valor final de estas áreas resulta de la suma de diferentes aspectos
como son su representatividad paisajística, la potencialidad ecológicanaturalistica, su atractivo lúdico-recreativo y la capacidad de acogida
para ordenar el acceso público y recreativo a la naturaleza.
Texto de avance
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Se incluye en esta categoría el Río Butron entre Torrebillela y el molino de
Gatika (Mungia y Gatika).
Protección de aguas superficiales
Esta categoría de ordenación se define sobre el ámbito físico de los ríos y
arroyos del territorio. De esta forma se protege la red de drenaje
superficial, incluyendo los cauces y sus riberas adyacentes, con las
dimensiones establecidas en el PTS de protección de cauces, según el
orden de magnitud de cada tramo. El ámbito al que afecta queda
delimitado sobre toda la red hidrográfica del territorio, perteneciente a la
cuenca del río Butron.
Forestal de protección
Esta subcategoría se define para los suelos forestales que presentan
mayores limitaciones para la producción, en razón de sus riesgos
naturales potenciales (erosionabilidad), así como por albergar elementos
naturalísticos valiosos y su función de protección de los ciclos ecológicos
esenciales (recarga de acuíferos y regulación de la red de drenaje).
En la actualidad muchas de estas áreas ofrecen una ocupación del
suelo con plantaciones forestales de producción intensiva e incluso
praderas, que pueden considerarse inadecuadas para los objetivos
propuestos, pero también albergan manchas de frondosas naturales en
fase de regeneración, siendo esta una ocupación del suelo a potenciar.
Forestal de producción
Esta subcategoría se define para los suelos forestales con mayores
aptitudes para la producción intensiva, en su mayoría ocupadas por
plantaciones de especies exóticas de coníferas y eucaliptos. Se sitúa
sobre suelos de moderada pendiente.
Texto de avance
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Campiña de protección
El criterio general para el tratamiento de estos suelos es el mantenimiento
de la capacidad agrológica y de las actividades agropecuarias que
sustentan, así como la regulación de aquellas otras actividades
compatibles y complementarias, siempre que aseguren la preservación
de los ecosistemas humanizados del paisaje rural de campiña.
Al uso agropecuario, deberán subordinarse los usos forestales productivos
y serán especialmente limitados los procesos urbanizadores y de
implantación de infraestructuras que ocupen suelos agrarios de alto valor
agrológico.
Con esta subcategoría se pretende introducir un orden de prioridad en la
preservación de los suelos de interés agrario. La subcategoría de suelos
agrarios de protección viene a ser el equivalente a los suelos de alto
valor estratégico del PTS agroforestal.
La delimitación sobre el terreno de esta categoría se distribuye en la
vega aluvial del Butron
Campiña de producción
Esta definición se aplica a todos los suelos que actualmente constituyen
la campiña agroganadera (SAU), excluyendo los descritos anteriormente
en la categoría de campiña de protección, y recoge por lo tanto la
delimitación del PTS Agroforestal como suelos de paisaje rural de
transición.
Texto de avance
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En su mayor parte, los suelos de esta categoría se asientan sobre
diferentes litologías y tienen una capacidad agrológica de tipo medio,
aunque mejorados por una larga tradición de cuidados culturales. Por
otra parte, se definen unlimitantes por la presencia de algunas
características geomorfológicas y edáficas (pendientes, insolación,
espesor, fertilidad, etc.).
Su ubicación se corresponde con el suelo ubicado en la zona de media y
baja ladera y colinas.
De forma más pormenorizada este Avance de la Revisión de NNSS define las
Zonas y sus calificaciones atendiendo a los criterios establecidos en las DOT y
en el PTP. Las categorías que se proponen son:
A. Áreas de Protección Agroganaderas común - PAc
B. Áreas de Protección Agroganaderas de Vega - Pav
C. Áreas de Protección Agroganaderas Especial - Pae
D. Área de Especial Protección de Palados.- EPp.
E. Área de Mejora Ambiental de Arbina. - MA1-8.
F. Áreas de Especial Protección de Cumbres. - EPc.
G. Áreas de Especial Protección de Masas Arbóreas.- EPma.
H. Área de Especial Protección de Butrón. - EPb.
Las tres Zonas de protección agroganadera, se corresponden con tres tipos de
áreas característicos de Gatika con potencialidad matizada desde el punto de
vista agrario.
Texto de avance
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A.- El ámbito que corresponde a la calificación de Protección Agroganadera
común, corresponde a la mayor parte de suelo municipal. Las Zonas de
Protección Agroganadera común son áreas de ordenación agropecuaria y
forestal en las que predomina el uso agrícola y forestal, muy intervenido por el
hombre, dando lugar al paisaje de campiña agraria del Caserío, con su
asentamiento disperso y el mosaico de policultivo, praderas, repoblaciones.
Además de su valor agrario productivo, así como una alta capacidad para el
desarrollo de las actividades de esparcimiento. Su objetivo general consiste en
preservar
el
paisaje
rural
y
los
mejores
suelos, apoyar
el
desarrollo
socioeconómico y la calidad de vida rural, fomentar técnicas agrarias que
respeten el medio.
B.- El ámbito conocido como la vega del rio Butrón, regulado por el PTS de
Ordenación de los Márgenes del Ríos y Arroyos - Vertiente Cantábrica, y
calificado en el Avance como Zona Agroganadera de Vega dentro de las
Zonas de Protección Agroganadera. El PTP lo incluye como zona de Protección
simple.
Las Zonas de Protección Agroganadera de la vega, acoge las zonas bajas y
próximas al río. Se caracteriza por sus excelentes propiedades de fertilidad
agrícola, así como la manejabilidad de los usos agrícolas al ubicarse en
posiciones topográficas favorables. Su objetivo general consiste en asegurar la
conservación del suelo para el uso agrícola, sin olvidar que es un terreno
inundable, por lo que se prohíbe totalmente la construcción de edificación
alguna, incluso las vinculados a los usos agroforestales. Sin embargo, se
pretende que con el tratamiento hidráulico de Butrón se posibilite la utilización
agraria y forestal del suelo.
Texto de avance
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Estas zonas coinciden con la superficie inundable del periodo de recurrencia
de los 500 años, según el PTS de Márgenes de ríos y arroyos, que serán
adecuadas con los encauzamientos o tratamientos que se efectúen.
C.- La zona formada por tres áreas coronados por las cimas de Malgaltza,
Urrustimendi y BazalduMendi, y Gantzurriz montañas general, calificada en el
Avance como Zona Agroganadera Especial.
Zona Agroganadera Especial, son ámbitos que se caracterizan por tener las
pendientes más elevadas, lo que ha supuesto una limitación para su desarrollo,
y favorecido la preservación de su calidad paisajística. Puesto que
consideramos que este aspecto se debe mantener. Estas son áreas de uso rural
en las que predomina el uso agrícola y forestal, no muy intervenido por el
hombre y de cuya intervención se quiere proteger, sin impedir el desarrollo de
su valor agrario productivo. Su objetivo general consiste en preservar el paisaje
rural y los mejores suelos, apoyar el desarrollo socioeconómico y la calidad de
vida rural, fomentar técnicas agrarias que respeten el medio.
Para estas Zonas el Avance propone que puesto que está algo más preservada
que el resto del territorio de Gatika, se imponga definirlas como Áreas con
Paisaje poco alterado según los criterios recogidos del PTS Agroforestal.
En Butrón, existen dos áreas incluidas dentro del inventario de humedales del
PTS de ordenación de Zonas Húmedas del Capv. Estas áreas son las
correspondientes al (D) Área de Especial Protección de Palados.- Epp, y (E)
Área de Mejora Ambiental de Arbina. - MA1-8, calificadas en este Avance.
Texto de avance
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F. Las zonas calificadas como zonas de Protección de Cumbres. - EPc. Tienen
como finalidad la conservación de los puntos dominantes del municipio, y la
protección del carácter natural de estos puntos de referencia visual en el
paisaje de cualquier intervención que lo altere.
G. Las Zonas de Especial Protección de Masas Arbóreas - EPma. Tiene como
finalidad la protección de las masas arbóreas autóctonas y del entorno donde
se conservan. En el término municipal de Gatika, las podemos hallar en:
- zona del “camino real” en el entorno del Castillo de Butrón con sus
robles, plátanos, castaños, nogales.
- zona del Barrio de Zurbano con sus encinares.
- zona sobre el caserío Larrate, que abarca el conjunto de encinas de
esta hasta el límite con el término de Mungia, inclusive el resto del
encinar y los márgenes del camino que une el caserío Larrate con la
subestación de Iberdrola.
- Las masas de robles del área de Aranburu
- Próximo al caserío de Artzubi existe un árbol aislado denominado
Taxsodium Distichum (Ciprés calvo o Ciprés de los pantanos), que por su
rareza interesa su conservación.
- zona de arbolado en el entorno del caserío Arteta del barrio de
Zurbano.
De esta selección, se ha extraído el entorno de la subestación de Iberdrola y
ello por cuanto que el Ayuntamiento ha facilitado a este equipo redactor un
documento de modificación puntual del vigente planeamiento, cuya finalidad
es la construcción de un edificio del Centro Tecnológico de la Fundación
Labein destinado a ensayar los centros de transformación. Y ello por cuanto
que dicha instalación
requiere de la conexión con una subestación de
Iberdrola. El emplazamiento de esta industria se ubica sobre parte de la zona
que estaba protegida como zona de protección de masas arbóreas. Esta parte
Texto de avance
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del avance se compatibilizará con la modificación en tramitación y quedará a
expensas de su resultado.
En cualquier caso, es necesario mencionar que el planeamiento y la
concreción de estas zonas definiendo su régimen de usos, construcciones, etc,
no exime de la aplicación de otras normativas de carácter sectorial (agrario o
forestal), etc.
actualmente vigentes, siendo su labor completar las mismas,
nunca contravenirlas.
Entre esta normativa se encuentra la Ley 3/98, de Protección del Medio
Ambiente del País Vasco. Entre las acepciones que se desprenden de esta Ley
está la definición de los contenidos que deben tener las Evaluaciones de
Impacto Ambiental, sean conjuntas, individualizadas o simplificadas. Así mismo,
en ella se listan las obras o actividades que deben ser sometidas a dichos
procedimientos.
También se lista en dicha Ley, las Actividades Clasificadas, para cuya
ejecución es preceptiva la Licencia de Actividad en los términos dispuestos en
esa misma Ley. Los usos afectados son el Uso Ganadero (explotaciones
ganaderas, en general, y las piscifactorías) y las Industrias Agrarias. Si bien, a
este respecto hay que hacer alusión al Decreto 165/99, de 9 de marzo, por el
que se aprueban las normas técnicas sectoriales sobre instalaciones y
actividades ganaderas y se instrumenta un procedimiento de regularización de
actividades ganaderas sin licencia.
Además del PT Sectorial sobre márgenes de ríos y arroyos, hay que hacer
mención a la Ley de Aguas por su trascendencia en el mundo rural al regular
un recurso básico en la actividad agroforestal, además de tener una
importante incidencia en la ordenación de actividades en el territorio.
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Así, en la Ley de Aguas se regulan usos tanto en el Dominio Público Hidráulico
(DPH) como en las franjas de protección asociadas a este dominio, definidas
en el Artículo 6 de la citada Ley. Además, la franja de policía de aguas, que se
extiende 100 m en ambas márgenes de un cauce público, tiene por definición
una incidencia directa sobre las vegas fluviales coincidentes con los suelos de
mayor valor agrológico. En algunas zonas del territorio, como pueden ser los
valles cantábricos encajados y estrechos, esta franja de policía comprende la
totalidad del suelo aprovechable para la actividad agrícola.
El Artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico establece las
actividades y usos del suelo sometidas a lo dispuesto en dicho Reglamento.
Muchas de las actividades y usos agroforestales se encuentran incluidos en el
mismo, por lo que deberán contar con la autorización del Organismo de
Cuenca. Así mismo, los aprovechamientos privativos referidos al riego o al
abastecimiento de ganado deben contar con la preceptiva concesión por el
citado Organismo. Dichos aprovechamientos deberán llevarse a cabo de
manera compatible con otros usos y con la mínima incidencia sobre la calidad
de las aguas y sus ecosistemas asociados.
Por último, la legislación de Aguas, a través de la Planificación Hidrológica,
establece como objetivo general la consecución del “buen estado ecológico
del dominio público hidráulico”, lo cual supone que se han de corregir y limitar
las actividades que tengan incidencia negativa de carácter ambiental en las
aguas y que, a su vez, el aprovechamiento de los recursos hídricos debe
realizarse sin incidir negativamente en el estado ecológico de los ecosistemas
ligados al agua.
En el suelo no urbanizable Gatika cuenta con una pequeña franja costera,
debido que el río Butrón se convierte en ría dentro de los límites de los límites
municipales. La ría comienza en la presa de Arbina, en el entorno de la Zona
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de protección paisajística de Butrón. En esta franja costera, los usos en el
dominio público marítimo-terrestre se regirán por lo dispuesto en los artículos 31
y 32 de la Ley de Costas y los usos en zona de servidumbre de protección,
estarán a lo establecido en los artículos 24 y 25 del mencionado texto legal.
El PTS Agroforestal se encuentra en tramitación. Este documento no está
aprobado definitivamente (la ORDEN de 10 de enero de 2005, del Consejero
de Agricultura y Pesca, Aprueba inicialmente el PTS Agroforestal), y aunque
parece importante tenerlo en cuenta, sobre todos en los aspectos más
problemáticos en Gatika, lo cierto es que lleva más de cuatro años con tal
aprobación. Por otro lado el PTP de Mungia ha considerado dicho plan
agroforestal lo que hace que sea esencial el tratamiento de la implantación de
usos y la preservación del paisaje rural.
El PTS Agroforestal establece para la implantación de los diferentes usos en el
ámbito territorial de este PTS, criterio Generales y específicos así como
Directrices paisajísticas, llamadas a orientar las actuaciones de los organismos
públicos y particulares a quienes van dirigidas. Mientras que el PTS agroforestal
no se apruebe definitivamente, se van a incluir en esta normativa, algunas de
las Directrices, por considerarlas adecuadas y necesarias para regular la
implantación de usos y la preservación del paisaje rural.
H. Área de Especial Protección de Butrón. - EPb.
Es el Área compuesto por el conjunto del Castillo de Butrón y su entorno
presenta unas inmejorables aptitudes para recoger una función urbanística
que ya ha sido prevista en la elaboración de las DOT; la función de “Área de
Esparcimiento”. Se trata de un lugar emblemático de nuestra cultura, por su
vinculación con la historia del Señorío de Bizkaia y el conjunto ecológico que
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posee, con abundancia de especies animales y vegetales. Tiene como
finalidad la de recoger el entorno del castillo de Butrón, por contener los
valores antes mencionados que por su valor deben ser preservados. El Área de
Especial Protección de Butrón tiene una extensión de 42,165 Ha.
Sus límites se inician al Norte partiendo de la margen derecha del río Butrón, y
recorriendo río arriba incluyen la hondonada llana que desde la carretera BI3121 desciende hasta el acceso y puente al Castillo de Butrón. Posteriormente,
el camino sensiblemente rectilíneo y su vegetación perimetral desembocan, en
el extremo Sur de la delimitación, junto a la confluencia de uno de los
meandros del río Butrón con el puente rodado de la citada carretera foral BI3121. El límite Oeste sigue la margen del río para, finalmente, cerrar el área
incluyendo el montículo de fuerte pendiente que constituye el elemento
natural de mayor perspectiva.
Núcleos habitados
En toda la comarca es generaliza la distribución atomizada del hábitat, y
Gatika es un ejemplo representativo de esta distribución.
La ley 5/1998, de 6 de marzo, de medidas urgentes en materia de régimen del
suelo y ordenación urbana, definía los núcleos habitados con la intención de
ordenar y evitar la dispersión de la vivienda en el medio rural, dirigiéndola
hacia los Núcleos los Núcleos preexistentes.
Los núcleos rurales definidos en la citada ley 5/1998, establecía: “los
asentamientos tradicionales en suelo no urbanizable, que mantiene el régimen,
tipología y características propias del ámbito rural”. Y añadía que: “el
Planeamiento otorgará esta calificación a las agrupaciones de 6 ó más
caseríos en torno a un espacio público que los aglutina y confiere su carácter”.
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El crecimiento deberá mantener la correspondencia estructural y tipológica de
los núcleos en los que se apoya, y no debe generar mayor aprovechamiento
urbanístico al del núcleo preexistente, es decir, su crecimiento debe ser
limitado, y su ordenación se basaba en el parcelario existente.
Sin embargo la ley 2/2006 restringe en mayor grado el crecimiento de los
núcleos rurales, incluso la propia calificación como tal.
Artículo 29. Régimen específico de los núcleos rurales.
1. Se entiende por núcleo rural, a efectos de esta Ley, la
agrupación de entre seis y veinticinco caseríos en torno a un
espacio público que los aglutina y confiere su carácter.
2. La superficie de suelo ocupada por un núcleo rural podrá ser
clasificada por el plan general como suelo urbano, cuando así
proceda conforme a esta Ley, o como suelo no urbanizable de núcleo
rural. En este último supuesto, su régimen legal será el previsto
en el presente artículo y en las disposiciones concordantes con el
mismo de esta Ley y normativa de desarrollo.
3. Cuando el planeamiento general no contenga una ordenación
pormenorizada de los núcleos rurales, en desarrollo del mismo el
ayuntamiento establecerá mediante plan especial su detallada
ordenación, conteniendo al efecto todas las determinaciones
necesarias, y en especial la disposición de las fincas vinculadas
a la edificación, las fincas susceptibles de ser construidas, que
deberán contar al menos con acceso directo desde una vía pública
previamente existente, el volumen edificatorio y el número máximo
de alturas, que en ningún caso podrá superar las dos plantas, con
expresión de los parámetros de separación de la edificación a los
predios colindantes y a los viales así como el régimen de usos
permitidos, compatibles y prohibidos.
4. La delimitación, la regularización de fincas y la obtención de
servicios urbanísticos se realizará a través de un procedimiento
específico,
que
se
desarrollará
reglamentariamente.
Las
limitaciones y las servidumbres para la protección del dominio
público establecidas para cualquier clase de suelo resultarán de
aplicación para esta categoría de suelo.
5. El planeamiento no podrá generar en suelo no urbanizable de
núcleo rural un incremento respecto a la superficie construida ni
el número de viviendas podrá ser superior al 50% de lo ya
existente. Así mismo, el número total de caseríos existentes y
previstos no podrá superar las veinticinco unidades. A los solos
efectos de lo dispuesto en este apartado, no tendrá la
consideración de incremento de viviendas la división horizontal
del caserío preexistente para dar lugar a dos o más viviendas, con
sujeción a los requisitos y limitaciones establecidos por la
ordenación urbanística.
6. Igualmente, para este tipo de suelo el planeamiento no podrá
definir nuevas dotaciones, equipamientos, espacios libres ni vías
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públicas de nuevo trazado, posibilitándose únicamente regularizar
los límites y las alineaciones ya existentes.
7. Las diputaciones forales elaborarán los inventarios de los
núcleos
rurales existentes en sus respectivos territorios
históricos, previa audiencia de los municipios afectados.
Por su parte el decreto 105/2008 determina:
Artículo 7.
urbanístico.
Alcance
del
inventario
y
facultades
del
planeamiento
1. Las diputaciones forales elaborarán los inventarios de los
núcleos
rurales existentes en sus respectivos territorios
históricos, a través del siguiente procedimiento: aprobación
inicial, audiencia de los municipios afectados y aprobación
definitiva. Dicho inventario podrá acompañarse en caso de
estimarse preciso con una propuesta de delimitación.
2. El planeamiento urbanístico no podrá prever núcleos rurales que
no consten con este carácter en estos inventarios.
3. Los Ayuntamientos delimitarán las superficies de suelo
comprendidas bajo la clasificación de suelo no urbanizable de
núcleo rural en los correspondientes documentos de planeamiento
estructural, de acuerdo con los criterios establecidos en el
planeamiento territorial y con sujeción a los límites señalados en
la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País
Vasco.
4. El planeamiento urbanístico municipal será competente para la
fijación del resto de determinaciones referidas a los suelos no
urbanizables de núcleo rural, con sujeción a los límites
establecidos en la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo. A estos
efectos, el Ayuntamiento podrá recoger la información del estado
actual del núcleo rural así como proponer la ordenación de la
edificación posibilitada tanto en el Plan General de Ordenación
Urbana como en un Plan Especial redactado al efecto.
En definitiva debemos entender que el Plan nuevo se habrá de ceñir a los
núcleos existentes aprobados, estableciendo sobre ellos las limitaciones de
ordenación, sin que quepa incluir nuevos núcleos, ni nuevas construcciones, ya
que como señala el PTP, no se considera que los núcleos existentes cumplan las
condiciones de esta legislación. Se excluye de esta idea el núcleo de Garai
que el PTP determina que excede de los 25 caseríos, proponiendo su
fragmentación.
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De especial interés municipal la protección del medio rural por cuanto que han
proliferado el cambio de uso de edificaciones agrarias a uso residencial sin
contar con la oportuna autorización. Aunque la legislación es taxativa, el plan
prevendrá dicha irregularidad.
El PTP en lo que a los núcleos rurales corresponde propone como objetivos:
En el punto en el que se definen los objetivos a desarrollar en el Área Funcional
de Mungia, tres son los objetivos que inciden en la delimitación y usos de los
núcleos rurales:
· Garantizar los nuevos asentamientos para agricultores en el Suelo No
Urbanizable,
eliminando
la
posibilidad
de
nuevos
asentamientos
exclusivamente residenciales.
· Recuperar el carácter rural de los núcleos de población. Reconsiderar
su delimitación.
· Evitar la creación de nuevas áreas de desarrollo no vinculadas a
núcleos existentes.
Establece igualmente los núcleos existentes:
Basaldu
Garai
Gorordo
Gorordo - Landaluze
Gorordo - Libarona
Gorordo - Santune
Ugarte
Zurbano
Texto de avance
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Y del análisis de los mismos concluye:
que en la mayoría de los núcleos se precisa una revisión de su
delimitación de manera que se estudie:
· si efectivamente existe un espacio público que lo aglutina y da
carácter
· que el número de caseríos es suficiente para la delimitación del
núcleo
· que en la actualidad o tras la realización de los desarrollos
previstos no se supere el máximo de los 25 edificios, pudiendo bien
reducirse la delimitación o dividirse en varios núcleos más
pequeños, en caso de que ello sea factible por distinguirse
efectivamente varias agrupaciones.
La normativa especifica de estos ámbitos, aún con su nueva clasificación,
debiera recoger como usos permitidos los agropecuarios, siempre y cuando se
adopten en las explotaciones las medidas sanitarias pertinentes.
Por ello este avance propone la consolidación de todas edificaciones
existentes en los actuales núcleos rurales, y la prohibición de desarrollar nuevas
edificaciones sobre estos suelos. Aquellas edificaciones que se encuentren en
suelos no urbanizables que no formen parte de los núcleos rurales, tendrán la
consideración de edificaciones conformes con el planeamiento, sin que exista
previsión alguna para su desaparición forzada. Su vinculación a explotación
agraria no será requisito indispensable para su subsistencia.
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Suelo Urbano y Apto para Urbanizar Residencial:
En general y en concordancia con la estrategia del PTP de Mungia podemos
hablar de asentamientos residenciales con independencia de la clasificación
del suelo. Entre los objetivos principales que se marcaron en el Planeamiento
Municipal con el anterior avance estaban:
1. Consolidar y dotar de una estructura más homogénea al núcleo
urbano.
2. Focalizar el crecimiento en el núcleo urbano.
3. Ordenar la edificación dispersa.
Desde la aprobación parcial del Planeamiento hoy vigente esos objetivos se
han ido cumpliendo en parte, pues se ha conseguido consolidar la totalidad
del sector del suelo apto para urbanizar, así como las unidades que forman el
centro de municipio, sin embargo quedan pendientes de ordenar las
edificación levantadas durante el periodo en que el Ayuntamiento de Gatika
tomó la iniciativa de aprobar las NNSS sin la aprobación de la Diputación Foral
de Bizkaia.
Es decir, que hoy en día parte de las edificaciones construidas en ese período
no han tenido cobertura legal. Sin embargo las edificaciones se encuentran
consolidadas, ocupadas y con todos los servicios en funcionamiento. Esta
revisión propone y pretende entre sus objetivos, ordenar las construcciones que
en esa situación urbanística se edificaron en la zona sur, y conectarlas de
alguna manera a la trama urbana, bien mediante la creación de las unidades
de ejecución residencial, bien mediante la creación de espacios dotacionales.
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Ciertamente estas edificaciones a las que hacemos mención disponen de
aceras, iluminación, abastecimiento, recogida de pluviales….. etc, lo que
obliga a clasificarlas como áreas urbanas. De igual forma ocurre en la zona
norte del casco.
Pero esta no deja de ser la parte formal de la realidad del núcleo central de
Gatika. El PTP de Mungia enfoca en su avance las necesidades de crecimiento
residencial de la siguiente manera:
A. Crecimiento residencial
En primer lugar los horizontes temporales del PTP se proponen para 8/16 años
e incluyen el suelo urbano y el urbanizable). El horizonte del Plan habrá de
referirse a 8 años.
El crecimiento endógeno por el tamaño medio familiar para Gatika se cifra
en 94 viviendas (horizonte PTP). El crecimiento selectivo de 1.500 viviendas
que el área funcional de Bilbao transmite al de Mungia se distribuye
asignando a Gatika 69 (horizonte PTP) nuevas viviendas. En consecuencia
el PTP propone para Gatika un crecimiento total de 163 viviendas (horizonte
PTP), que se convierten en 82 para el horizonte del PGOU. Además el PTP
propone que, aun no siendo de obligado cumplimiento la creación de
viviendas sometidas a régimen de protección para el municipio de Gatika,
por ser inferior a 3.000
habitantes, todos los municipio participen de los
estándares legales en dicha materia.
Este planteamiento consideramos que excede de la competencia del PTP,
pues será éste quién determine el crecimiento residencial, pero la obligación
de someterse al régimen de protección es competencia del Gobierno con su
correspondiente aprobación parlamentaria. La propuesta de este avance es
aproximarse a la propuesta del Avance del PTP que propone como máximo
Texto de avance
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(no lo consideramos como límite estricto ya que el anterior avance del plan
general se aproximaba a las 400 uds) las 246 viviendas de nueva creación.
B. Oferta de vivienda
La oferta de viviendas que se propone para todo el municipio de Gatika y
para un horizonte de 16 años, no deberá superar la cuantificación
residencial que con carácter provisional establecen el PTP, que tras revisar el
cálculo establecido en ellas dan una capacidad residencial de 163
viviendas más un esponjamiento entre 1,5 y 2 para los 16 años, y entre 2 y 3
para los 8 años del planeamiento. Esta cuantificación se propone para el
suelo urbano y urbanizable. Como quiera que las previsiones del plan,
deben efectuarse para el plazo 8 años y considerando que el PTP estima
que queda pendiente de desarrollar 26 viviendas, el propio PTP define como
límites de número de viviendas a calificar, una cifra entre 219 y 300 viviendas
totales (incluidas las pendientes de desarrollo y para los 16 años). La
subdivisión entre urbano y urbanizable, será convenientemente estudiada
en el documento de aprobación inicial. Para el horizonte del PGOU, es decir
para los 8 años de su vigencia, el PTP cifra las nuevas viviendas entre 164 y
246 unidades.
También se propone en el PTP la densidad aconsejable para Gatika y el resto
de los municipios, excepto Mungia, de 20 Viv. /ha, determinando que el suelo a
calificar deberá estar entre 10,95 y 15 Ha.
Discrepamos de este criterio de densidad homogénea para todos los
municipios (salvo Mungia) y ello por cuanto que las situaciones urbanísticas y
de realidad física son diferentes. Así se ve que el suelo vacante de Gatika
dispone de 32 Viv./ha. Pero el PTP también reconoce esa situación y por tanto
entendemos que se propone tal referencia como un estándar no vinculante.
Texto de avance
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En esta fase de avance debe el ayuntamiento tomar una postura en relación
al mantenimiento de la densidad sobre lo ya calificado y el de las 20 Viv./ha de
los nuevos suelos, y ello con el fin de compatibilizar los deseos municipales del
fomento de la vivienda protegida con densidades superiores a las previstas, de
cara a poder exponer los motivos en las alegaciones al PTP.
Por último el PTP habilita la solución de la rehabilitación introduciendo mayores
aprovechamientos al suelo, lo que parece adecuado para zonas deterioradas,
insertando en este paquete a Gatika en el PTP. Sin embargo debemos señalar
que no parece que existan zonas de estas características.
Por otra parte el Ayuntamiento de Gatika tiene suscrito un convenio urbanístico
con MESA, y esa mercantil, subsidiariamente lo tiene con Bizkailur (sociedad
pública de gestión de suelo dependiente de la diputación foral de Bizkaia).
Estos convenios proponen desarrollar el suelo norte del centro de Gatika. Y lo
proponen con densidades muy superiores. Para el caso del convenio del
Ayuntamiento con Mesa, se proponen entorno a 71 viviendas, para una
extensión superficial de aproximadamente 2,2 ha, lo que se aproxima a la
realidad del suelo urbano consolidado. El segundo convenio propone 146
viviendas para escasamente 6 ha.
Por estos motivos este avance propone, con el fin de oír sugerencias de los
vecinos de Gatika, de los colectivos interesados y de la propia administración
sectorial, establecer suelos urbanizables por prácticamente todo el perímetro
de del centro urbano. Es decir, se trata de recoger el suelo público del norte, el
suelo de conexión con Mungia (suelo ubicado al sur este y con cierto grado de
consolidación) y el suelo ubicado al Sur de la carretera de enlace con MungiaButron y la colindancia con el núcleo rural de Garai.
Texto de avance
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Esta propuesta pretende, estableciendo un único área de reparto para todo
ese suelo urbanizable, delimitar tres sectores independientes de los que
cuelguen los sistemas generales a captar que habiliten un crecimiento
armónico, sostenible y equilibrado entorno al centro, permitiendo que la
oportunidad de cada suelo sea la que habilite al mismo, evitando así provocar
especulaciones innecesarias de determinadas áreas.
La superficie total que recoge el suelo urbanizable y los sistemas generales que
a este suelo se adscriben es de aproximadamente 15 a 16 ha, lo que se
considera el máximo del PTP. Su densidad media se propone de 30 viv/ha, si
bien en el documento de aprobación inicial, y en función de las sugerencias
que se formulen, parte de este suelo urbanizable, será considerado como no
sectorizado.
Esta técnica permite que los suelos no sectorizados no sean considerados
como suelos de desarrollo directo, ya que requerirán de la previa aceptación
por la COPTV, para que entre en el proceso de desarrollo del suelo.
Suelo Industrial y de actividad económica
Los desarrollos industriales vienen regulados por el PTS DE CREACION PÚBLICA
DE
SUELO
PARA
ACTIVIDADES
ECONÓMICA
Y
DE
EQUIPAMIENTOS
COMERCIALES. Este PTS califica a Gatika como Municipio de bajo desarrollo,
limitando se crecimiento industrial dentro del Área funcional de Mungialdea.
El PTP reitera esta idea y aún la exacerba más, ya que considera que debe
reducirse la actividad industrial existente para tercializarla, dando respuesta
sólo a las necesidades endógenas. Desde luego en este momento de crisis
económica, parece que este criterio es desafortunado, si lo que se provoca es
destrucción de actividad y empleo para su reconversión. Consideramos que
Texto de avance
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debe intentar mantenerse al menos el tejido existente, ya que trasladar
actividades representa costos importantes, y por tanto no resulta aconsejable
la propuesta del PTP.
El PTP propone para Gatika y para los 16 años de horizonte 8,32 ha de suelo
para actividad económica. A 8 años considera que con el suelo vacante de
Mungia están cubiertas las necesidades de Gatika.
El Avance del Plan no propone el aumento de Suelo industrial en Gatika. Por
una parte el Suelo Urbano Industrial se encuentra consolidado, y el Suelo Apto
para urbanizar aunque desarrollado se encuentra en tramitación habiendo
aprobado definitivamente la Modificación Puntual de Normas referente a su
ampliación, así como la aprobación del plan parcial que lo desarrolla (sector
Ugarte). Su urbanización se encuentra en ejecución, aunque existe algún
desajuste administrativo con URA. En definitiva el PTP no señala nuevos
desarrollos, si bien incluye una zona de compatibilización con Mungia.
Este avance del PGOU considera que este suelo de compatibilización con
Mungia presenta importantes dificultades, que no obstante serán analizadas en
el correspondiente expediente de compatibilización. Sin embargo, el solo
hecho de proponerse el traslado de MESA, obligaría a disponer de suelo
industrial. Pero además existen algunas industrias afectadas por el cauce del río
Butrón. Y por último consideramos que Gatika, como cualquier municipio debe
disponer de al menos alguna pequeña superficie industrial que permita acoger
propuestas municipales.
Por ello el Avance propone enlazar la zona de Ugarte (suelo desarrollado) con
la de Majestic (suelo consolidado pero con problemas de afecciones
hidráulicas), y ello con el fin de disponer de ámbitos para los traslados y el
posible pequeño crecimiento endógeno del municipio.
Texto de avance
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La superficie que se propone clasificar como urbanizable asciende a 3,90 ha.
Por otro lado y de forma simultánea con este avance se tramita la
modificación del suelo no urbanizable para la implantación de la actividad de
los centros de transformación de la Fundación Labein, aspecto que se
incorpora en este documento. Se trata sin más de un nuevo sistema general a
incorporar en el suelo de Gatika.
En consecuencia, este avance propone como objetivos consonantes con el
PTP:
a. Consolidar el suelo industrial existente
b. No calificar nuevos suelos industriales de desarrollo pero si permitir los
traslados internos y disponer de suelo que recoja las posibilidades
endógenas municipales
c. Regenerar los ámbitos degradados del entorno residencial
d. Compatibilizar el planeamiento con el de Mungia de la zona colindante
e. Insertar la posibilidad de construcción del nuevo centro de Labein junto a
la subestación de Iberdrola
Suelo de actividades comerciales y terciarias
El PTP propone que Bakio y Mungia generen suelo comercial en convivencia
con el residencial. Para Gatika propone la regeneración de Majestic.
Gatika Majestic 337 Ruinas
* Aunque la mayor parte del edificio es una ruina, hoy en día se
desarrollan en un sector otras pequeñas actividades no objeto de
inventario.
Texto de avance
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Consideramos que se trata de un error de concepto, pues existen actividades
industriales. Por otra parte el PTP habilita la propuesta de traslado de MESA, que
realizamos para el suelo industrial de reconversión a través de este suelo
terciario o residencial que se diseña en el PTT, señalando:
Se admitirán procesos de recalificación de suelos calificados en la actualidad
como industriales o de actividades económicas a nuevas calificaciones de
residenciales o similares, con las siguientes condiciones:
– Se justificará previamente, y de forma suficientemente documentada,
la imposibilidad técnica, económica o urbanística de plantear una
operación urbanística alternativa consistente en la reconversión de
dichos suelos como ámbito de acogida de nuevas actividades
económicas, equipado complementariamente con su correspondiente
dotación de aparcamiento.
Naturalmente, la caracterización de las nuevas actividades económicas
deberán presentar una configuración tipológica compatible con su
localización específica dentro del tejido urbano (actividades avanzadas,
servicios terciarios, etc...).
– Se exigirá la incorporación al planeamiento urbanístico de una
superficie equivalente de nuevo suelo para actividades económicas en
el ámbito de su municipio, o en su defecto, del Área Funcional.
Suelo Infraestructuras y Sistemas Generales
El PTP también propone otros elementos a considerar entre los criterios
generales, tales como:
Realizar calles de borde vinculadas a los nuevos desarrollos de Bakio, Fruiz y
Gatika.
Texto de avance
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O las rutas ciclables:
Red ciclista
Las actuaciones que se proponen para completar la red ciclista existente
se establecen en aras a que ésta se constituya en una verdadera
alternativa al vehículo motorizado. Para ello, es preciso que, por una
parte la red establezca conexión entre los principales núcleos de
población, y por otra parte, resuelva el problema de la seguridad de la
circulación de los usuarios mediante estructuras específicas.
Este aspecto se encuentra íntimamente relacionado con la mejora de las
infraestructuras de tipo viario, ya que, en la mayoría de los casos, son el
soporte de los itinerarios usados por los ciclistas. La mayor parte de las
actuaciones que se desarrollen deberán establecerse en las actuaciones
de acondicionamiento y ensanche de la plataforma de la vialidad
rodada existente, mediante un reordenamiento de dicha plataforma:
estrechando la calzada rodada, lo que conllevará una reducción de la
velocidad, e incrementando los actuales arcenes (se pintan de rojo y se
señalizan para su uso ciclista preferente), acondicionando así un carril
unidireccional en cada sentido de circulación.
· sobre la BI-634 Mungia- Gatika, hasta Butron
· sobre la BI3105 Gatika-Laukiz-Butron
En cuanto a zonas peatonales o senderos en el PTP se propone:
Los itinerarios peatonales propuestos se sitúan preferentemente sobre
caminos y carreteras rurales existentes, evitando en la medida de lo
posible aquellas carreteras principales con mayor densidad de
circulación rodada. En consecuencia, los principales criterios de
actuación para la adecuación de la red de senderos de la comarca son:
- adecuación del firme en aquellos tramos que lo precisen y
completar los trazados en los puntos señalados
- en aquellos tramos cuyo trazado discurra sobre viales con mayor
intensidad de tráfico se deberán prever actuaciones para separar
ambos usos
Texto de avance
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Este avance y en lo que se refiere a estos sistemas generales propone:
• Suprimir el vial de variante previsto en el PTS de Carreteras para dar
carácter de urbano a la vialidad interna del municipio
• Trasladar el tráfico de la CN 634 a su paso por el centro, a la
variante de Maruri
• Dotar a los viales forales de sus reservas legales con el fin de
habilitar la posibilidad de desarrollos de viales para peatones y
bicicletas
En otro orden de cosas conviene fijar criterios respecto de:
Transporte público
El PTP plantea la conexión del área con Bilbao mediante una intermodalidad
centrada en Mungia. Esto deja fuera de alcance a Gatika para operar,
considerando únicamente la movilidad de los ciudadanos de Gatika para
alcanzar el centro de Mungia. En los capítulos de información se han reseñado
los medios del Bizkaibus, considerando que otras alternativas como lanzaderas
etc.. resultan económicamente excesivamente costosas como para su
potenciación.
Infraestructuras en general
Saneamiento (importante la propuesta del PTP EDAR)
Se considera objetivo prioritario del PTP eliminar los vertidos de aguas sin
depuración previa, completando la red de saneamiento para dar servicio a
todos los núcleos del ámbito. Para ello el PTP propone:
Ejecución del colector del alto Butron para los vertidos de las aguas
fecales de los municipios de Arrieta, Fruiz, Gatika, Gamiz-Fika y Meñaka
para llevarlas a la depuradora de Mungia.
- Construcción de un EDAR comarcal en Gatika.
- Ejecución de un colector en el área del medio Butron que recogerá las
aguas residuales de los municipios de Maruri-Jatabe, Gatika y Laukiz para
llevarla a la depuradora de Gatika.
Texto de avance
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Asimismo, se considera prioritaria dentro las actuaciones municipales la
ejecución de la red secundaria para la mejora del sistema de
saneamiento actual de los núcleos rurales y polígonos industriales:
- Gatika: núcleos de Sertutxa, Ugarte y Gorordo
- Gatika: Gatikako industrialdea
Ciertamente este capítulo resulta trascendental ya que es necesario hacer la
previsión de un suelo para la instalación de la EDAR y adecuar sus accesos. Y
en segundo lugar hay que pensar en conjugar el crecimiento de los posibles
núcleos
rurales
con
la
ejecución
de
las
correspondientes
redes
de
saneamiento.
Abastecimiento
El PTP propone:
- Suministro mixto mediante captaciones propias del municipio, así como
del Consorcio de Aguas o de otros municipios: Gamiz-Fika, Gatika, Fruiz y
Laukiz.
El PTP plantea como un valor:
En este sentido, se debe considerar las captaciones existentes como un
recurso natural estratégico de la comarca.
Quizás esta afirmación deba ser reanalizado pues el consorcio está operando
en vía contraria en otros municipios por el costo que supone el mantenimiento
de las presas de acuerdo a la nueva legislación aplicable. Ello desemboca en
un sobre costo del precio del agua que la hace no factible.
Energia
El PTP determina:
Las actuaciones propuestas desde el presente PTP en cuanto a conseguir
un uso racional de la energía adoptan las determinaciones establecidas
tanto en las DOT como en el Plan 3E-2010 Estrategia Energética de
Euskadi, que se centran en:
Texto de avance
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- Fomentar al máximo el ahorro energético.
- Acentuar las actuaciones en eficiencia energética en todos los
sectores, tendentes a reducir el consumo en términos de intensidad
energética.
- Caminar en la dirección del autoabastecimiento energético,
intensificando los esfuerzos tendentes a un mayor y mejor
aprovechamiento de los recursos renovables autóctonos.
- Diversificar las fuentes de energía y potenciar el gas natural y
energías alternativas.
La energía proveniente de biomasa, tal vez asociada a las explotaciones
agrícolas, es una tecnología que puede convertirse en una alternativa
dentro del área a la utilización de los combustibles tradicionales.
En cuanto a la red de gas, actualmente se está completando la red de
transporte de Gas Natural ya que su distribución no está generalizada por
todo el territorio, centrándose únicamente en los municipios de Mungia y
Bakio de manera generalizada y Gatika.
Estas afirmaciones se comparten desde este avance del Plan General, si bien
no tienen una aplicación muy directa en las propuestas que se formulan.
Protección del Río Butrón
Propuesta del PTP
5.4.e Obras hidráulicas
El Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del
Gobierno Vasco tiene prevista la ejecución de un proyecto para la
mejora hidráulica del río Butron a fin evitar los daños por inundación que
periódicamente se producen en el ámbito (municipios de Mungia y
Gatika), con la mínima alteración natural del río.
El proyecto consiste fundamentalmente en la realización de un cauce de
avenidas lateral en los tramos donde el cauce del río se mantiene en
condiciones naturales.
El PTP recoge este proyecto donde se definen los retiros mínimos
obligatorios:
Texto de avance
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- 30 m en Suelo No Urbanizable
- 10 m en Suelo Urbano
- 16 m a la edificación y 6 m a la urbanización en Suelo Apto para
Urbanizar
Estas protecciones se convierten elementos de aplicación directa
Equipamientos
El PTP señala que, Educación, sanidad, cultura, deporte, bienestar social (todas
estas demandas están cubiertas desde Mungia-Bakio) señalando que en
general que están cubiertas las necesidades. (Salvo quizás Haurreskolak)
Texto de avance
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PROPUESTAS
Suelo no urbanizable
El Avance de la Revisión de NNSS define las siguientes Zonas y sus calificaciones
atendiendo los criterios establecidos tanto en las DOT y en concordancia con
el PTP, así como a la Ley del Suelo 2/2006
Las categorías son:
Zonas de Protección Agroganadera
Áreas de Protección Agroganaderas común - PAc
Áreas de Protección Agroganaderas de Vega - Pav
Áreas de Protección Agroganaderas Especial - Pae
Zonas de Especial Protección
Área de Especial Protección de Palados.- EPp.
Área de Mejora Ambiental de Arbina. - MA1-8.
Áreas de Especial Protección de Cumbres. - EPc.
Áreas de Especial Protección de Masas Arbóreas.- EPma.
Área de Especial Protección de Butrón. - EPb.
Zonas de Núcleos Rurales
Se establecen las siguientes normas para el suelo no urbanizable en general:
1.- Se permitirán exclusivamente los usos propios de la explotación de los
recursos naturales, compatibilizadas con la protección del medio natural,
incluidos aquellos que son precisos para su perfecto funcionamiento y los que
por su naturaleza se han de situar obligatoriamente en el suelo no urbanizable,
previo control de las características y de su declaración de utilidad pública o
interés social.
Texto de avance
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No se considerarán explotaciones agrarias:
a) Las empresas auxiliares agrarias que, no poseyendo tierras, cooperan a la
producción agraria mediante la cesión, cualquiera que sea la forma del
contrato, de maquinaria agrícola o la prestación de cualquier otro servicio
empleado usualmente en las explotaciones agrarias.
b) Las explotaciones de caballos de silla o de carrera, salvo que se dediquen
también a la cría de los mismos.
c) Las explotaciones animales de tiro o de trabajo, salvo que se dediquen
también a la cría de los mismos.
d) Las perreras, los comercios de animales, mataderos y similares.
e) La explotación de parques zoológicos de todo tipo, tanto con animales
cautivos como en libertad, y la exposición de animales.
f) Los criaderos de animales de compañía.
g) Las actividades de piscifactoría y los cultivos marinos.
2.- Se limita el uso de vivienda unifamiliar o bifamiliar de nueva implantación,
permitiendo únicamente las que justifique su vinculación a explotación
agropecuaria de acuerdo a lo dispesto en la Ley 2/2006. Para ello se deberá
justificar adecuadamente y garantizar que la construcción que se va a realizar
es adecuada y suficiente para desarrollar tal uso. También se deberá justificar y
garantizar adecuadamente que se trata de una explotación registrada en el
Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco,
y que el solicitante es titular de la explotación. Para ello, se exigirá, como
mínimo, lo siguiente:
- Inscripción de la explotación agraria en el Registro de Explotaciones
Agrarias.
- Que la superficie parcelaria mínima en propiedad de la explotación sea la
indicada para la Unidad Mínima de Cultivo.
- Que el solicitante de la licencia de construcción sea agricultor profesional.
Texto de avance
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- La anotación en el registro de la propiedad de la vinculación de las
parcelas afectadas a las nuevas edificaciones.
Se entenderá por titular de la explotación la persona física o jurídica que
ejerza la actividad agraria, organizando los bienes y derechos integrantes de
la
explotación
con
criterios
empresariales
y
asumiendo
los
riesgos
económicos y las responsabilidades civiles, fiscales y sociales de la gestión de
la misma.
3. Se regulan las ampliaciones e intervenciones constructivas en las viviendas
existentes. La restauración o renovación integral de los edificios destinados a
vivienda conllevará, en correspondencia con la racionalización de su
distribución interior, la desaparición de chabolas y tejavanas próximas al
mismo. Las obras a realizar con ese fin deberán respetar las características
fundamentales de la edificación, así como sus valores arquitectónicos o
históricos, si los tuviera.
4. Cualquiera de los usos o construcciones permitidos, cumplirán, además de
las disposiciones establecidas en
estas Normas, las determinaciones
establecidas por legislación sectorial que les corresponden.
5. Quedan prohibidos los usos de carácter urbano y en especial los industriales,
los usos terciarios de carácter comercial o financiero y los edificios de oficinas.
6. No se permiten igualmente los edificios de viviendas colectivas.
7. Solo se permitirá con carácter excepcional el uso hostelero en las
edificaciones existentes, que cuenten con la actividad antes de la entrada en
vigor del nuevo PGOU y con las limitaciones propias de la Ley 2/2006.
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8. Los usos que pueden desarrollarse en Suelo No urbanizable, se permitirán sin
perjuicio de las limitaciones que las zonas de protección de Sistemas Generales
y líneas de edificación que impongan.
9. En ningún momento podrá autorizarse el cambio de uso de la edificaciones
una vez construidas. El Ayuntamiento ejercerá las revisiones, inspecciones y
comprobaciones que sean precisas con el fin de evitar cualquier infracción en
este sentido. Toda transmisión de la edificación, salvo la transmisión hereditaria,
que altere su uso agropecuario provocará la situación del inmueble en fuera
de ordenación o de disconformidad con el planeamiento, con la consiguiente
prohibición de uso, así como la imposición de sanciones que correspondan. Así
mismo, la propiedad podrá ser desprovista mientras persiste el uso ilegal, de
todo tipo de servicios municipales.
10. No se permite la acumulación de ningún tipo de vertido o escombro fuera
de aquellos lugares que han sido calificados como escombreras y tengan la
oportuna licencia.
11. Las plantaciones forestales se regularán por la Norma Foral de Montes y
Administración de Espacio Naturales Protegidos, 3/1994, de 2 de junio, donde
se regulan las distancias que deberán respetar las plantaciones forestales
respecto
a
las
vivienda
y
praderas,
consecuencia
de
la
necesaria
compatibilización entre ello.
12.- Se establecerán criterios de movimiento de tierra máximos para la
construcción de invernaderos permitidos.
Texto de avance
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13.- Se establecerán criterios de tratamiento del paisaje.
En general:
− Evitar introducir líneas rectas innecesarias en el paisaje;.
− Conservar y recuperar los elementos del paisaje tales como los setos;
los muros de piedra, evitando sustituirlos por cierres de alambre de
espino; las alineaciones simples de árboles en lindes, senderos y
caminos; los árboles aislados; los hornos de pan y lagares tradicionales;
así como los caminos y sendas de acceso a caseríos, cultivos y prados.
− Conservar las manchas de vegetación espontánea, incluyendo la
vegetación ligada al agua, haciendo un esfuerzo para conectarlas
entre sí mediante elementos lineales formados por vegetación;
− Utilizar la escala, los diseños y los materiales adecuados al tipo de
paisaje en las obras, instalaciones y construcciones ligadas al uso.
− Dimensiones de la edificación: Es conveniente que las nuevas
edificaciones se ajusten, en cuanto a su volumetría y configuración
general, a las tipologías edificatorias de las construcciones
tradicionales existentes en la CAPV. Se cuidará que la ocupación
máxima de la edificación sea la adecuada al uso para el que se
concedió la licencia.
− Se prohíbe una longitud máxima no superior a 60 m.
En ganadería e Industrias agrarias
− Siempre que sea posible, ubicar este uso en las depresiones del terreno
y otros lugares donde resulten menos visibles, evitando las cercanías del
horizonte y los promontorios.
− En determinados casos, es factible la utilización de pantallas vegetales
para atenuar el impacto visual de estas construcciones en el paisaje,
teniendo cuidado de evitar que la pantalla acabe por convertirse en
un reclamo que atraiga la atención sobre aquello que se pretende
ocultar, y utilizando las especies vegetales rústicas adecuadas.
Las Áreas de Protección Agroganaderas común y especial, siguiendo los
criterios generales de esta memoria, se permiten todos usos y construcciones
que están ligados a explotaciones agropecuarios, estableciéndose limitaciones
para cada uno de ellos.
En las Áreas de Protección Agroganaderas de vega se permiten los usos
agropecuarios que no deban estar soportado en construcciones, y que no
supongan un cambio en la configuración del territorio, el crecimiento de
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árboles, arbustos o matorral de manera que obstaculice el desahogo de las
zonas inundables.
Se permite vivienda vinculada a una explotación agropecuaria, en edificios
existentes y de acuerdo a las disposiciones de la Ley 2/2006 y decreto 105/2008
del GV.
En las Áreas de Especial Protección de Cumbres, se permite el uso forestal de
conservación y regeneración del bosque natural, y el aprovechamiento y
explotación forestal directa de los montes.
En el resto de las zonas protegidas: Área de Especial Protección de Palados,
Área de Mejora Ambiental de Arbina, y las Áreas de Especial Protección de
Masas Arbóreas, no se permite ningún tipo de uso, ni construcción, tan solo el
mantenimiento de lo existente.
Área de especial protección de Butrón
Las NNSS vigentes establecen un régimen para la Zona de protección
paisajística en el entorno del castillo de Butrón, definiendo parámetros y donde
se exige para cualquier tipo de construcción la redacción de un Plan Especial
Paisajístico. Los usos permitidos son el agrícola, ganadero, forestal, residencial y
hostelero vinculados a caseríos existentes, religioso
El Avance de Revisión no propone realizar ninguna modificación con respecto
a lo establecido en las NNSS vigente.
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Núcleos rurales
Gatika tiene recogido en su Planeamiento los siguientes Núcleos Habitados:
* Núcleo de Garai,
* Núcleo de Ugarte,
* Núcleo de Gorordo-Santune,
* Núcleo de Zurbano,
* Núcleo de Libarona,
* Núcleo de Gorordo Polígono 9,
* Núcleo de Gorordo-Landaluze,
* Núcleo de Basaldu.
La reciente revisión suspendida incluía estos núcleos nuevamente, pero el
Informe que sobre ellos emitió el Gobierno Vasco, indicaba que se debían
eliminar algunos de ellos dado que no tenían en su inició la preceptivos 6
caseríos.
Atendiendo a las exigencias de la Ley 2/2006, al decreto 105/2008, a las DOT, y
al Informe emitido a la Revisión de NNSS suspendida, se propone en este
Avance mantener los núcleos existentes consolidando las edificaciones
actuales y no permitiendo nuevos crecimientos.
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Suelo urbano
Sobre el suelo urbano residencial
El suelo urbano de Gatika se sitúa en el núcleo principal de Garai-Sertutxa. En él
se centralizan los principales servicios del Municipio, Ayuntamiento, escuela
pública, parroquia, probadero, frontón, farmacia, cementerio... El suelo urbano
rodea el espacio conocido como “la campa de la iglesia” y se prolonga hasta
el cementerio a lo largo de la carretera BI-3105.
Como se ha mencionado anteriormente quedan pendientes de consolidar (lo
que se propone desde este avance) las edificaciones levantadas durante el
periodo en que el Ayuntamiento de Gatika tomó la iniciativa de aprobar la
Revisión de NNSS sin la aprobación de la Diputación Foral de Bizkaia.
Al Este del actual suelo urbano se encuentra el sector de Lubarrieta-ondo. Este
suelo fue calificado en el anterior Planeamiento como Apto para Urbanizar, se
ha desarrollado en su totalidad. Hoy en día se encuentra consolidado al 100% y
posee las infraestructuras propias de suelo urbano (está dotado de red de
saneamiento, iluminación pública, urbanización,...). El proyecto de edificación
del sector le ha dado más aprovechamiento que el determinado por las
propias NNSS municipales. El avance propone consolidarlo igualmente.
Esta revisión debe ordenar las construcciones que en esa situación urbanística
se edificaron en la zona sur, y conectarlos a la trama urbana mediante la
creación de nuevas unidades de ejecución que en su caso se definirá en el
documento de aprobación inicial. La Revisión las consolida dado que además
de conectarse perfectamente con la trama urbana, son edificios habitados
con la conexión correcta a las redes de servicios municipales, además de
disponer de aceras, abastecimiento, iluminación y recogida de pluviales.
Texto de avance
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También en la zona norte existe una zona creada en la misma situación
urbanística, que ahora se consolida, pues de la misma forma son viviendas
habitadas conectadas perfectamente a las redes de servicios municipales,
disponiendo de aceras, abastecimiento, iluminación o alumbrado y recogida
de pluviales.
El Avance propone delimitar el suelo urbano residencial consolidado (según
plano
OR-7.1), y
definiendo
nuevas
unidades
de
Ejecución, que
se
pormenorizarán en el documento de aprobación inicial.
Las nuevas unidades de ejecución residenciales serán diseñadas
para
vivienda colectiva.
- La tipología general que se propone es de planta baja + 2 pisos + bajo
cubierta,
- Superficie comercial, o usos compatibles en planta baja serán considerados
como usos permitidos
Alguna de las unidades de ejecución residenciales podrán destinarse para
vivienda unifamiliar o bifamiliar, con Tipología Pb + pp.
El resto del suelo urbano será tratado como suelo urbano consolidado y se
diferenciará dentro de dicho suelo los espacios destinados a sistemas
generales de espacios libres o equipamentales. El entorno de la iglesia,
escuelas y ayuntamiento, será estudiado como operación estratégica de
desarrollo de figura de planeamiento que lo pormenorice.
Texto de avance
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Sobre el suelo urbano industrial
Gatika cuanta con varios puntos de concentración de suelo urbano industrial:
Por un lado el suelo urbano industrial en el área “Mesa Gatika”, en el alto de
Gatika-mendi, donde se encuentra la empresa M.E.S.A. S.L.. Hasta ahora se
encontraba consolidado y dentro de ordenación. Sin embargo, los acuerdos
alcanzados entre MESA SL, el Ayuntamiento y posteriormente las posibilidades
de intervención de Bizkailur SL, aconsejan incorporar este ámbito a sectores de
suelo urbanizable de uso residencial o sistemas generales vinculados al suelo
urbanizable. Esta propuesta requiere el consenso de la corporación,
permitiendo a la administración (en este caso a través de Bizkailur) ofertar
viviendas protegidas a los vecinos del municipio. Pero insistimos en que esta
propuesta que se lanza desde este avance requiere el cumplimiento de varios
acuerdos.
a. El relativo a MESA SL, ya que, esta empresa habrá de desalojar sus
instalaciones en los plazos que se estipule en el PGOU o en acuerdos
adicionales.
b. El de la Diputación Foral de Bizkaia en su PTP (para lo que se han
formulado desde Bizkailur y desde el Ayuntamiento alegaciones)
c. El del Ayuntamiento en el rescate o reinversión de al menos parte de las
plusvalías (lo que comportará el acuerdo plenario)
d. Y el de la propia mercantil Bizkailur SL, sociedad interesada en realizar la
inversión
Así que este Avance del PGOU, propone desclasificar suelo industrial
consolidado, y por tanto propone trasladar el mismo a otros ámbitos que se
señalarán como industriales, o en su caso y en función de las sugerencias que
Texto de avance
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se reciban a otros suelos incluso fuera del municipio (lo que no es deseable
desde este avance).
Así mismo, existe un pequeño ámbito urbano industrial, en el límite con el
término municipal de Mungia en la carretera BI-3121 correspondiente, en
realidad, a una porción de parcela industrial cuyo resto se encuentra en
Mungia. Este ámbito hoy con edificaciones dentro del municipio, se propone
ampliarlo, con el fin de consolidar la edificación existente y permitir la
posibilidad de alguna pequeña implantación, pero compatibilizada con
Mungia. Este traslado de aprovechamiento requiere:
a. La elaboración de un plan de compatibilización con Mungia
b. El desarrollo de un plan especial o parcial que recoja lo existente y
permita la implantación de un nuevo aprovechamiento
Además este PGOU propone, puesto que ha sido planificado (mediante Plan
Parcial) y urbanizado (mediante proyecto de urbanización) incluir como suelo
urbano consolidado las edificaciones y/o suelos vacantes correspondientes al
polígono de Ugarte.
Este avance considera también que es necesario realizar un pronunciamiento
sobre el suelo de los pabellones de la industria de Majestic y su entorno. Parte
de la edificación existente se encuentra en suelo inundable. Sin embargo su
traslado es costoso. Se propone desde el avance su consolidación, siempre
que no se encuentre afectado por el la avenida de 500 años del río, en cuyo
caso se consideraría en situación de fuera de ordenación. Por ello se crea una
pequeña isla de suelo urbano consolidado con la edificación actual y
pendiente del estudio y análisis por parte de URA.
Texto de avance
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Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
suelo apto para urbanizar
Este suelo tiene especial importancia en este PGOU
Sobre suelo apto para urbanizar residencial
En el momento de la redacción de este avance no existe en Gatika ningún
Sector apto para urbanizar calificado y que se pueda desarrollar, por lo que es
una necesidad real la creación de este tipo de Suelo atendiendo no solo a la
demanda de los vecinos, sino a la cuantificación que las DOT marcaron en
Gatika (440 viviendas) y las que ahora propone el avance del PTP de Mungia
para Gatika (cuantificadas en hasta 246 para los próximos 8 años).
Este Avance del PGOU, propone alternativas, que serán debidamente
confirmadas o modificadas en el documento de aprobación inicial. Se
proponen tres o cuatro sectores que rodean al suelo urbano actualmente
consolidado o con pequeños desarrollos de unidades pendientes. Estas
manchas que se propone incluir como suelos urbanizables, incorporan lo que
en el documento definitivo será considerado como los sistemas generales
vinculados al suelo urbanizable.
Estas cuatro zonas de suelo urbanizable (sectorizado y no sectorizado) son las
siguientes:
Por el norte del suelo urbanizable se propone la creación de una mancha de
aproximadamente 11,57 ha que albergará dos posibles sectores con
incorporación de los correspondientes sistemas generales.
Texto de avance
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
Por el Sur este, en colindancia también con el suelo urbano y recogiendo la
forma irregular que se diseña para el este suelo, se propone la creación de un
sector de urbanizable que podrá ser o no sectorizado de 3,51 ha.
Y por el Sur oeste, al otro lado de la carretera general, se propone crear un
cuarto sector de suelo urbanizable, con una extensión aproximada de 2,31 ha.
A estos cuatro sectores se les propone asignar, en el documento de
aprobación inicial un aprovechamiento tipo homogéneo similar, si bien
dispondrán de edificabilidades individualizadas y soportarán en función de
dichas edificabilidades los correspondientes sistemas generales.
El primer sector limita con el suelo urbano por el linde norte. Sobre parte del
mismo existen terrenos municipales y terrenos de MESA. Se considera como
operación estratégica su desarrollo. El segundo sector daría continuidad al
anterior y se propone que sea no sectorizado con el fin de no superar los límites
del PTP en cuanto a número de viviendas.
Si se observa la trama urbana del suelo residencial consolidado de Gatika, en
su crecimiento natural hacia Mungia, se puede ver como esta trama queda
cortada dirigiéndose hacia esa área. Es una porción de terreno de
aproximadamente 3.51 ha, denominado sector 3, de
suelo vacante de
construcción (aunque con alguna edificaciones existentes), y con clara
vocación residencial.
Texto de avance
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Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
Este sector permitirá desplazar la centralidad del propio núcleo hacia el sur, de
forma que se mejoren tres objetivos.
a. Convertir al Ayuntamiento y el actual centro, en el propio centro de
encuentro de Gatika.
b. Desplazar el tráfico de Plentzia-Butrón hacia Maruri, por el sur o el norte del
centro, lo que permitirá hacer un centro de municipio peatonal, y no un
encuentro de carreteras de segundo orden.
c. Potenciar la conexión de los sistemas generales de equipamiento con todo
el centro residencial.
Una de las zonas con posibilidad de desarrollo de que dispone Gatika,
denominada sector 4, es la situada - ahora en suelo no urbanizable-, entre el
núcleo rural de Garai al Oeste, las carretera BI-634 al este, el casco urbano al
Norte y el arroyo de Sertutxa al Sur. Esta superficie está ahora dedicada a
pastos, tiene características que la hacen idónea para destinarla a
suelo
residencial.
1. Está en contacto directo con el suelo urbano.
2. Es una ladera con suave pendiente y orientación favorable en cuanto
a asoleamiento.
3. La accesibilidad es directa desde el cruce principal y desde las
carreteras BI-634 y BI- 3105.
4. En esta zona se está desarrollando la red de saneamiento municipal,
por lo que las viviendas allí instaladas estarían dotadas de
red de
saneamiento.
En la documentación gráfica se define el ámbito del suelo urbanizable
residencial, cuya extensión superficial es de aproximadamente 17,39 ha. Sobre
estos ámbitos, habrán de desarrollarse los correspondientes planes parciales o
de sectorización.
Texto de avance
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Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
En la documentación gráfica de desarrollo (el documento de aprobación
inicial) se destacarán los elementos que tendrán carácter vinculante, cuáles
pueden ser, la continuidad de alguno de los viales de la trama urbana
consolidada, y la localización de los suelo de reserva para dotaciones en los
puntos estratégicos de cada Sector.
A pesar de que el PTP propone, sin imponerlo una densidad de 20 viv/ha, en
este PGOU se plantea para el conjunto de los sectores, una densidad de 24
viv/ha, cercana a la del suelo urbano consolidado. Parte del suelo no estará
sectorizado por lo que a efectos del cómputo del suelo residencial ofertado, el
documento de aprobación inicial se acercará a la propuesta del avance del
PTP.
Se contempla la posibilidad de ofrecer una edificación con tipología mixta, es
decir, principalmente se plantea bloques de pequeña envergadura, además
algunas viviendas unifamiliares y/o adosadas.
Las tipologías previstas son las siguientes:
Viviendas colectivas mínimo 80% de número de viviendas
Viviendas unifamiliar y o bifamiliar no más de un 10% de número total de
viviendas.
Viviendas adosadas en un 10% de número total de viviendas.
Texto de avance
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Sobre suelo apto para urbanizar industrial
En Gatika las NNSS vigentes tenían determinado el sector del polígono industrial
de Ugarte en la vega. Este sector se encuentra prácticamente consolidado, a
excepción de unos pocos m2 de ampliación. Recientemente se ha otorgado
alguna de las licencias sobre este suelo. Este ámbito fue tramitado
recientemente mediante una Modificación puntual de las Normas Subsidiarias
de Gatika, referente a la ampliación del Suelo Apto para Urbanizar Industrial
Errotalde. De esta modificación se ha tramitado el plan parcial y la
urbanización se encuentra en ejecución. Por ello esta parte de suelo queda ya
incluida en suelo urbano industrial. Pues de hecho ya se encuentra urbanizado.
Como suelo urbanizable se propone enlazar el suelo de Ugarte, que ahora se
consolida, con las industrias de Majestic, cuya vida depende del tratamiento
del río. La creación de esta pequeña mancha de suelo urbanizable pretende
disponer de ámbitos de realojo de industrias que se trasladen dentro del
municipio o disponer de ámbitos con una posibilidad de acoger iniciativas
empresariales en el propio municipio.
Aunque el PTS de suelo de Actividades económicas propone crecimiento 0
para Gatika, y el PTP propone la creación en 16 años de suelo de
aproximadamente 8,3 ha de suelo urbanizable, este avance propone un
pequeño crecimiento de aproximadamente 3,6 ha que enlace los dos suelo
industriales existentes en el municipio.
El
suelo
de
compatibilización
con
Mungia
requiere
del
plan
de
compatibilización y la correspondiente sectorización, por lo que su cómputo no
es considerado en este momento como crecimiento.
Texto de avance
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Sistemas generales y equipamientos
Sobre la variante de la carretera BI-3121 y el cementerio municipal
El PTS de Carreteras trazaba una variante de la carretera Foral BI-3121 y
dibujaba un canal de Reserva que este Avance propone eliminar, (ya existe un
informe del Departamento de Carreteras de la DFB que autoriza dicha
propuesta) ya que al parecer en la actualidad, pese a no haber desaparecido
oficialmente, no está entre las previsiones de la DFB tal desarrollo. También se
propone eliminar el vial de borde del PTP, tratando la actual BI-634, como una
vía urbana a definir el el documento de aprobación inicial. Además, en cuanto
a ordenación viaria, lo que se propone es un anillo perimetral alrededor del
nuevo centro que engloba el suelo urbano y el urbanizable.
La previsión del Departamento de carreteras de la Diputación Foral (que ahora
parece no mantener), plantea desplazar el cruce de las carreteras, BI-3105 y BI634, situado actualmente en el centro del suelo urbano, hacia el Sur. Con esta
intervención se pretendía hacer que en el centro del municipio, el tráfico que
solo pase, sin detenerse, dirigiéndose hacia Mungia. Con la nueva propuesta se
pretende extraer el tráfico de paso hacia Mungia por Maruri.
A nivel de tráfico general, los vehículos que circulan de Sopelana hacia
Mungia se desplazan pasando por Maruri, lo que resuelve uno de los problemas
de Gatika. Este avance reafirma tal posicionamiento.
Por otro lado, este Avance hace una propuesta alternativa, dibujando un
trazado que aun manteniendo la actual traza viaria, se describa un nudo de
encuentro semipeatonal y un tráfico con la carretera BI-3105 externo,
acercando ahora el actual cementerio municipal a las áreas más peatonales y
Texto de avance
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Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
generando una mancha central de espacios público en el entorno de la Iglesia
y el Ayuntamiento.
Para el desarrollo de este ámbito el avance propone la elaboración de un plan
especial de desarrollo de alternativas del centro, considerando ese entorno
como una operación estratégica.
Otras operaciones estrategicas
Conviene señalar que el avance del Plan General, sugiere a nivel de debate y
previo a la redacción del documento de aprobación inicial el estudio y
posicionamiento de otros elementos estratégicos.
A. Se propone la inserción en el plan general (avance) del desarrollo
del centro tecnológico de Labein para el ensayo y desarrollo de
pruebas sobre centros de transformación, ubicándolo junto a la
actual estación de transformación de Iberdrola. (expediente que
no ha obtenido la aprobación inicial del acuerdo del pleno
municipal en recientes fechas). Se grafía y se incorpora al
documento como un sistema general.
B. Bizkailur – Ayuntamiento – MESA. Lo consideramos como una
operación estratégica. Trasladar las actuales instalaciones de
MESA fuera del centro residencial presenta un gran valor añadido.
Promover la construcción de viviendas sometidas a régimen de
protección con derecho preferente de adquisición de dichas
viviendas por parte de los vecinos residentes de Gatika, despierta
especial interés. Por estos motivos, el avance propone la
desclasificación del suelo urbano industrial por un urbanizable
residencial.
Texto de avance
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Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
C. El traslado del Ayuntamiento y la creación del espacio de sistemas
generales de espacios libres en el centro. El actual edificio del
ayuntamiento
se
encuentra
enclavado
en
un
punto
excesivamente cercano a la carretera general, considerando el
edificio como carente de valor arquitectónico. Se propone el
traslado del edificio a la edificación ocupada por las actuales
escuelas, dando cabida a la creación de un nuevo equipamiento
escolar sobre las áreas de creación de los nuevos sistemas
generales que se obtengan provenientes del suelo urbanizable. El
entorno del centro será desarrollado mediante un planeamiento
pormenorizado controlado por el Pleno en el que (mediante
concurso de ideas) se planifique una ordenación que garantice la
existencia de sistemas generales de espacios libres (en razón de los
estándares de la Ley 2/2006) y la ordenación de los equipamientos
públicos e incluso la construcción de viviendas.
D. Traslado de las escuelas y creación de una dotación acorde para
niños de 0 a 12 años.
Todas estas operaciones deberán ser desarrolladas a través de debate público.
Texto de avance
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
En Gatika, DICIEMBRE de 2009.
El equipo redactor
Arquitectos
Gonzalo Ispizua Anduiza
Iñigo de Ituarte López
Yvonne Cifrián Gil
Iskander Atutxa Zalduegi
Ixone Legarreta
Daniel Salvador Otaduy
Estibaliz Ayastui (colaboradora)
Abogado
Julio del Ferrero Rodríguez
Socióloga
María Antonia Ispizua Uribarri
Medio Ambientalistas
Idema. Ingenieros Agrónomos
Foros de participación
Prometea
Texto de avance
140
Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
ANEXO 0
RELACIÓN DE PLANOS
PLANOS DE INFORMACIÓN
IN-1
IN-2
IN-3.1
IN-3.2
IN-3.3
IN-3.4
IN-4
Situación
Normas subsidiarias vigentes
Red de abastecimiento y saneamiento existentes
Red de suministro de energía eléctrica existente
Red de telefonía y gas existentes
Red foral de carreteras, caminos, ríos y arroyos existente
Patrimonio histórico-arquitectónico y arqueológico
1/50.000
1/12.500
1/12.500
1/12.500
1/12.500
1/12.500
1/12.500
PLANOS DE ORDENACIÓN
OR-5
OR-6
OR-7
Sistemas generales
Clasificación y calificación pormenorizada de suelo no urbanizable
Calificación global. Barrio Garai-Sertutxa
Texto de avance
1/12.500
1/12.500
1/2.500
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Diciembre de 2009
ANEXO 1
Texto de avance
LOS GRANDES NÚMEROS DEL PLAN GENERAL
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Gatikako Udala
Plan General de Ordenación Urbana
Diciembre de 2009
SUPERFICIE TOTAL DEL MUNICIPIO
1.742,00 ha
SUELO URBANO
RESIDENCIAL (incluidos SSGG en suelo urbano)
14,70 ha
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Ugarte
Área Majestic
Límite Mungia
7,73
1,46
0,61
9,80
24,50
ha
ha
ha
ha
ha
RESIDENCIAL
Sector 1
Sector 2
Sector 3
Sector 4
6,10
5,47
3,51
2,31
17,39
ha
ha
ha
ha
ha
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Ugarte
SUELO URBANIZABLE
sectorizado
no sectorizado
no sectorizado
no sectorizado
3,60 ha
20,99 ha
SUELO NO URBANIZABLE
Suelo compatibilización planeamientos
Resto de suelo no urbanizable
18,00 ha
1.678,51 ha
1.696,51 ha
SUELO URBANO
RESIDENCIAL
Densidad
Densidad
14,70 ha
38 viv/ha
30 viv/ha
existentes
nuevas estimadas
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
SSGG DE ESPACIOS LIBRES ESTIMADOS
450 viviendas
90 viviendas
540 viviendas
9,80 ha
7.500 m2
SUELO URBANIZABLE
RESIDENCIAL
Densidad
Densidad
17,39 ha
30 viv/ha
20 viv/ha
sectorizado (con SSGG)
no sectorizado
183 viviendas
226 viviendas
409 viviendas
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Ocupación
Ugarte
SSGG DE ESPACIOS LIBRES ADSCRITOS AL SECTORIZADO
Texto de avance
14.400 m2
3.000 m2
143

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