Reglamento de Préstamos Personales
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Reglamento de Préstamos Personales
CEDULA JURÍDICA: 3-002-657346 TEL: 2210-04-00 PAVAS, SAN JOSE CORREO: [email protected] REGLAMENTO DE PRESTAMOS PERSONALES I. DEFINICIONES: 1. 2. II. PRESTAMOS : Es una necesidad que se presenta muy constante entre las personas y por lo general requiere atención inmediata. ASEMORE: ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL GRUPO MORENO OBJETIVOS: 1. Objetivo General: Establecer las normas y procedimientos aplicables para el manejo de los préstamos personales. 2. Objetivos Específico: 2.1 Subsanar necesidades entre los asociados. 2.2 Servir de apoyo para los momentos difíciles de nuestros socios III. NORMAS: 1. Este “Reglamento” es de acatamiento obligatorio por las partes involucradas en el proceso, su desacato se considera falta grave. 2. El Administrador de la ASEMORE es el encargado del control de todos los préstamos efectuados, con respaldos de amortización y intereses pagados. 3. El tiempo efectivo del préstamo será, el estipulado en el pagaré emitido, hasta efectuar el último pago incluyendo los intereses. 4. El monto mínimo para solicitar un préstamo es de ¢ 50.000.00, de lo contrario se debe solicitar un préstamo rápido. 5. El asociado puede solicitar un préstamo después de tres meses de ahorro continuo, no excediendo sus ahorros, de lo contrario debe respaldar el saldo con un fiador que tenga la solvencia económica necesaria, para cubrir la diferencia, no sobrepasando el doble de su ahorro. Otra opción sería utilizar sus ahorros extraordinarios para cubrir el saldo del préstamo, con la excepción de que estos se congelan por el monto cubierto y no se entrega. 6. Si el asociado se retira de Grupo Moreno por cualquier motivo, autoriza a la administración para que todos sus ahorros, sean aplicados al préstamo. CEDULA JURÍDICA: 3-002-657346 TEL: 2210-04-00 PAVAS, SAN JOSE CORREO: [email protected] IV Procedimiento: 1. El asociado llena y firma la fórmula de solicitud de préstamo. 2. El administrador de la ASEMORE, envía la solicitud a la junta Directiva y/o Comité de Crédito para su respectiva aprobación. 3. Una vez aprobado o denegado el préstamo el administrador procede a realizar los trámites siguientes. En caso de ser aprobado se cuenta con ocho días hábiles para realizar la documentación que respalde el préstamo, así como la confección del cheque correspondiente. En caso contrarío procede a informar al socio el motivo de rechazo. 4. Estos documento, serán enviados a la contabilidad para el registro, y al departamento de planillas para el inicio de los rebajos. 5. Cuando el Asociado haya terminado de cancelar el préstamo, el Administrador debe informar al departamento de planillas, para que sea eliminado el rebajo, además de proceder a cancelar el documento firmado y entregado al asociado en los siguientes quince días hábiles. 6. Si por algún motivo el asociado, deja de laborar para el grupo antes del tiempo determinado para cancelar el préstamo, si sus ahorros no son capaces de cubrir el saldo, el fiador se debe hacerse responsable del saldo correspondiente. ( Nota: el Fiador deber ser empleado del grupo y estar activo en la asociación). 7. Tasa establecida para este tipo de préstamos 18 % anual sobre saldos 8. En caso de que las tasas de interés cambien en forma sustancial en los bancos la Asociación cambiará las nuestras con un mes de aviso. APROBADO POR : CARGO Vicente Solis R Alejandro Sequeira H Gabriel Campo J Socorro Umaña S Marcos Marchena C Presidente Vicepresidente Tesorero Secretaria Vocal FECHA: 04 DE JUNIO DEL 2012