Reglamento de Préstamos Personales

Transcripción

Reglamento de Préstamos Personales
CEDULA JURÍDICA: 3-002-657346
TEL: 2210-04-00
PAVAS, SAN JOSE
CORREO: [email protected]
REGLAMENTO DE PRESTAMOS PERSONALES
I.
DEFINICIONES:
1.
2.
II.
PRESTAMOS : Es una necesidad que se presenta muy constante entre las personas y por lo
general requiere atención inmediata.
ASEMORE: ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL GRUPO MORENO
OBJETIVOS:
1.
Objetivo General:
Establecer las normas y procedimientos aplicables para el manejo de los préstamos
personales.
2.
Objetivos Específico:
2.1 Subsanar necesidades entre los asociados.
2.2 Servir de apoyo para los momentos difíciles de nuestros socios
III. NORMAS:
1.
Este “Reglamento” es de acatamiento obligatorio por las partes involucradas en el
proceso, su desacato se considera falta grave.
2.
El Administrador de la ASEMORE es el encargado del control de todos los préstamos
efectuados, con respaldos de amortización y intereses pagados.
3.
El tiempo efectivo del préstamo será, el estipulado en el pagaré emitido, hasta efectuar el
último pago incluyendo los intereses.
4.
El monto mínimo para solicitar un préstamo es de ¢ 50.000.00, de lo contrario se debe
solicitar un préstamo rápido.
5.
El asociado puede solicitar un préstamo después de tres meses de ahorro continuo, no
excediendo sus ahorros, de lo contrario debe respaldar el saldo con un fiador que tenga la
solvencia económica necesaria, para cubrir la diferencia, no sobrepasando el doble de su
ahorro. Otra opción sería utilizar sus ahorros extraordinarios para cubrir el saldo del
préstamo, con la excepción de que estos se congelan por el monto cubierto y no se entrega.
6.
Si el asociado se retira de Grupo Moreno por cualquier motivo, autoriza a la administración
para que todos sus ahorros, sean aplicados al préstamo.
CEDULA JURÍDICA: 3-002-657346
TEL: 2210-04-00
PAVAS, SAN JOSE
CORREO: [email protected]
IV Procedimiento:
1.
El asociado llena y firma la fórmula de solicitud de préstamo.
2.
El administrador de la ASEMORE, envía la solicitud a la junta Directiva y/o Comité de Crédito
para su respectiva aprobación.
3.
Una vez aprobado o denegado el préstamo el administrador procede a realizar los trámites
siguientes. En caso de ser aprobado se cuenta con ocho días hábiles para realizar la
documentación que respalde el préstamo, así como la confección del cheque
correspondiente. En caso contrarío procede a informar al socio el motivo de rechazo.
4.
Estos documento, serán enviados a la contabilidad para el registro, y al departamento de
planillas para el inicio de los rebajos.
5.
Cuando el Asociado haya terminado de cancelar el préstamo, el Administrador debe
informar al departamento de planillas, para que sea eliminado el rebajo, además de
proceder a cancelar el documento firmado y entregado al asociado en los siguientes quince
días hábiles.
6.
Si por algún motivo el asociado, deja de laborar para el grupo antes del tiempo determinado
para cancelar el préstamo, si sus ahorros no son capaces de cubrir el saldo, el fiador se debe
hacerse responsable del saldo correspondiente. ( Nota: el Fiador deber ser empleado del
grupo y estar activo en la asociación).
7.
Tasa establecida para este tipo de préstamos 18 % anual sobre saldos
8.
En caso de que las tasas de interés cambien en forma sustancial en los bancos la Asociación
cambiará las nuestras con un mes de aviso.
APROBADO POR :
CARGO
Vicente Solis R
Alejandro Sequeira H
Gabriel Campo J
Socorro Umaña S
Marcos Marchena C
Presidente
Vicepresidente
Tesorero
Secretaria
Vocal
FECHA: 04 DE JUNIO DEL 2012

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