CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA

Transcripción

CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA
 CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ
MORIANA
AGUADULCE (SEVILLA)
ROF
CURSO 2015-2016
ÍNDICE TÍTULO PRELIMINAR……………………………………………………………………………………………….Pág.2 TÍTULO I: ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN Capítulo I: Órganos colegiados………………………………………………………………………........Pág.3 A. Consejo Escolar. B. Claustro del Profesorado. Capítulo II: El Equipo Directivo……………………………………………………………………………..Pág.7 Capítulo III: Órganos de Coordinación Docente……………………………………………………Pág.8 Capítulo IV: Otros cauces de participación de la Comunidad Educativa en la vida del Centro…………………………………………………………………….……………………………………..Pág.11 Capítulo V: Personal no docente……………………………………………………………………...….Pág.13 Capítulo VI: Otras formas de participación y comunicación no formal……………….Pág.14 Capítulo VII: Comunicación interna…………………………………………….……………………….Pág.16 Capítulo VIII: Escolarización y Evaluación………………………………………….…………………Pág.16 Capítulo IX: Programa de Gratuidad de Libros de Texto………………………………………Pág.20 Capítulo X: Autoevaluación del Centro………………………………………………………………..Pág.21 TÍTULO II: CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA GARANTIZAR EL RIGOR Y LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES Capítulo I: Criterios para la participación en las actividades extraescolares…………Pág.21 Capítulo II: Horarios del personal docente……………………………………………………………Pág. 23 A. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios en infantil. B. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios en primaria. C. Criterios para la elaboración de horarios de especialistas en primaria y secundaria. TÍTULO III: FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Capítulo I: Organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del Centro…………………………………………………………………………………………………………………..Pág.26 Capítulo II: Organización y vigilancia del recreo…………………………………………………..Pág.29 Capítulo III: Régimen de entrada y salida del Centro…………………………..……………….Pág.31 Capítulo IV: Normas de la utilización de las TICs en el Centro………………………………Pág.34 Capítulo V: Uniforme escolar para el alumnado del Centro………………………………….Pág.37 TÍTULO IV: SALUD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Capítulo I: Plan de autoprotección del Centro.........................................................Pág.37 TÍTULO ÚLTIMO Capítulo único…………………………………………………………………………………………………..Pág. 42 ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 1 R.O.F.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
C.E.I.P. MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA DE AGUADULCE
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento será de aplicación en el C.E.I.P.
Maestro José Páez Moriana de Aguadulce (Sevilla), y entrará en vigor al día siguiente de ser
aprobado por el Consejo Escolar del mismo.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 2 TÍTULO I: ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN
CAPÍTULO I
ÓRGANOS COLEGIADOS.
El Consejo Escolar y el Claustro de Profesores son los órganos colegiados de gobierno del centro.
A. EL CONSEJO ESCOLAR
Artículo 2.- Composición del Consejo Escolar
Según el artículo 49 del Decreto 328/2010, el Consejo Escolar de nuestro centro estará compuesto
por los siguientes miembros:
-
Equipo directivo: Directora, Jefa de Estudios y Secretario (con voz, pero sin voto).
-
Representantes por el sector del profesorado: 5
-
Representantes del sector de las familias: 6 (de los que uno será nombrado por el AMPA)
-
Representante del alumnado: 1
-
Representante del PAS: 1
-
Representante del ayuntamiento: 1
-
Total miembros: 17
Artículo 3.- Competencias del Consejo Escolar (recogidas en el artículo 50 del Decreto 328/2010).
Artículo 4.- Régimen de sesiones (artículo 51 del Decreto 328/2010):
1. Las reuniones del Consejo Escolar se celebrarán en el propio centro (actualmente en la
biblioteca o sala de profesores), en horario de tarde para facilitar la asistencia y
participación de todos sus miembros, sin interferir en el horario lectivo del centro.
2. El Consejo Escolar será convocado por orden de la Directora, por iniciativa propia o a
solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros.
3. Las sesiones del Consejo Escolar podrán ser ordinarias o extraordinarias. Las sesiones
ordinarias serán convocadas con una periodicidad bimensual en octubre, diciembre,
febrero, abril y junio. Las sesiones extraordinarias son las que se realizan fuera del
régimen anterior.
4. Las sesiones ordinarias deberán convocarse con una antelación mínima de una semana.
Las sesiones extraordinarias con 48 horas de antelación.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 3 Artículo 5.- Convocatoria del CE.
1. Las convocatorias las realizará el Secretario, por escrito, por orden de la Directora, con
registro de salida. La notificación a los interesados se realizará a través de los alumnos,
pudiéndose también enviar por medios electrónicos (e-mail).
2. Desde el mismo momento de la convocatoria los miembros del C.E. podrán consultar en la
Secretaría del centro los expedientes de los asuntos incluidos en el orden del día, siempre
que se encuentre disponibles dichos documentos. Además, a los miembros del Consejo
Escolar se les podrá enviar, vía e-mail, documentación de los asuntos que se vayan a tratar.
3. El orden del día de las sesiones es competencia del Equipo Directivo. Cualquier miembro o
sector del C.E. podrá presentar propuestas debidamente formuladas en la Secretaría para su
inclusión en el orden del día.
4. Quórum: en primera convocatoria se requiere la asistencia de la mayoría absoluta de los
miembros (8 actualmente). En segunda convocatoria, media hora más tarde, basta con la
asistencia de un tercio de los miembros (5 actualmente). En todo caso se requiere la
presencia de la Directora y del Secretario.
Artículo 6.- Desarrollo de las sesiones.
1. Las sesiones comenzarán por la lectura del acta de la sesión anterior, preguntando la
Presidenta si algún miembro del Consejo tiene que formular alguna observación u objeción.
2.
Si no hubiera observaciones se considerará aprobada. Si las hubiera se debatirán y decidirán
las rectificaciones que procedan. En ningún caso podrá modificarse el fondo de los acuerdos
adoptados y sólo cabrá subsanar los meros errores materiales o de hecho.
3. Todos los asuntos se debatirán y votarán por el orden relacionado en el orden del día.
4. La Directora puede alterar el orden de los temas o retirar algún asunto cuando su aprobación
exigiera una mayoría determinada y esta no pudiera alcanzarse.
5. Un miembro del Equipo Directivo presenta un extracto de la propuesta al C.E. Si nadie
solicitara la palabra, el asunto se someterá directamente a votación.
6. Si se promueve debate, solo podrá hacerse uso de la palabra previa autorización de la
Directora o Presidenta que velará para que las intervenciones sean equilibradas.
7. Quien se considere aludido por una intervención podrá solicitar a la Directora un turno por
alusiones, que será breve y conciso.
8. Si lo solicitara algún sector del C.E., la Directora podrá abrir un segundo turno. El ponente
de la propuesta cierra siempre el debate. Finalizado el debate se procede a la votación, que no
se podrá interrumpir por ningún motivo. Al final la directora declarará lo acordado.
9. Propuestas urgentes. Antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, la Directora preguntará si
algún miembro desea presentar alguna propuesta urgente. Si la mayoría simple de los
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 4 asistentes apoyara la moción, se incluirá en el orden del día como otro asunto más. Sólo
podrán ser objeto de ruego y/o pregunta temas o cuestiones que sean competencia del
Consejo Escolar.
10. Ruego: es la formulación de una propuesta de actuación dirigida al Equipo Directivo para
que la canalice a través de la estructura organizativa del centro. Un ruego se puede debatir,
pero no votar. Pueden plantear ruegos todos los miembros del C.E.
11. Pregunta: es cualquier cuestión planteada al Equipo Directivo en el seno del C.E. Pueden
plantear preguntas todos los miembros del C.E.
12. Las sesiones del C.E. se levantarán siempre el mismo día de su inicio (unidad del acto).
Artículo 7.- Las votaciones en el CE
1. La votación ordinaria será a mano alzada.
2. En determinados casos, y para respetar el derecho a la privacidad, podrá ser secreta.
También podrá ser nominal: tras nombrar al consejero, éste pronunciará el sentido de su
voto. “sí”, “no” o “me abstengo” (el sentido del voto puede ser afirmativo, negativo o
abstención).
3. El sentido del voto puede ser afirmativo, negativo o abstención.
4. El voto de los miembros del C.E. es personal e indelegable.
Artículo 8.- Los acuerdos del CE
1. Los acuerdos se tomarán de forma general por mayoría simple de los asistentes. Se
entenderá que existe mayoría absoluta cuando el número de votos afirmativos es igual o
superior a la mitad más uno del número legal de miembros del C.E.
2. En caso de empate en una votación, decidirá el voto de calidad de la Directora o Presidenta.
Artículo 9.- Acta de las sesiones.
El Secretario levantará acta de cada sesión en la que habrá de constar, al menos:
a. Lugar de la reunión, con expresión del nombre del centro y local en que se celebra.
b. Día, mes y año.
c. Hora en que comienza.
d. Nombre y apellidos de la Presidenta, de los miembros del C.E. presentes, de los ausentes
que se hubiesen excusado y de los que falten sin excusa.
e. Carácter ordinario o extraordinario de la sesión, y si se celebra en primera o en segunda
convocatoria.
f. Asistencia del secretario, o de quien legalmente le sustituya.
g. Asuntos tratados, opiniones sintetizadas de los participantes en las deliberaciones e
incidencias de estas.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 5 h. Votaciones que se verifiquen. En las votaciones ordinarias se hará constar el número de
votos afirmativos, de los negativos y de las abstenciones. Se hará constar nominalmente el
sentido del voto cuando así lo pidan los interesados.
i. Parte dispositiva de los acuerdos que se adopten.
j. Hora en que el Presidente levante la sesión.
k. En sesión extraordinaria el acta se confeccionará al final de la reunión, se leerá y aprobará,
si procede, en la misma reunión
l. Las actas se realizarán en formato digital, siendo encuadernadas al final de cada curso
escolar tras ser diligenciadas.
Artículo 10.- Comisiones del Consejo Escolar.
1. Según establece el artículo 64 del Decreto 328/2010, en el seno del C.E. de nuestro centro
habrá dos comisiones:
a) La Comisión Permanente.
b) Comisión de Convivencia.
2. La composición y funciones de estas comisiones serán las recogidas en la normativa
mencionada. Conviene resaltar que la Comisión Permanente tiene un marcado carácter
ejecutivo. Llevará a cabo todas las actuaciones que le encomiende el C.E. e informará al
mismo del trabajo desarrollado. Por tanto, su labor debe centrarse más en cumplir los
acuerdos del C.E. que en tomar decisiones. En cuanto a la Comisión de Convivencia, su
labor es más preventiva y de reflexión de cara a la mejora de la convivencia en el centro y el
desarrollo de actuaciones que impulsen la cultura de la paz y la mediación.
B. EL CLAUSTRO DE PROFESORADO
Artículo 11.- El Claustro de Profesores.
1. Composición (art. 65 del Decreto 328/2010).
2. Competencias (art. 66 del Decreto 328/2010).
3. Régimen de funcionamiento (art. 67 del Decreto 328/2010. Y para lo no previsto aquí, se
aplicará lo dispuesto para este apartado en el C.E., siempre que no contradiga el citado
Decreto u otra norma de rango superior.
4. La asistencia a las sesiones del claustro de profesores es obligatoria para todos sus
miembros, considerándose su falta injustificada como un incumplimiento del horario
laboral.
5. Los miembros del claustro del profesorado no pueden ejercer el derecho a la abstención. La
ley 30/1992 establece en el art.24.1c que “no podrán abstenerse en las votaciones quienes
por su cualidad de autoridades o personal al servicio de Administraciones Públicas, tengan
la condición de miembros de órganos colegiados.” Los profesores tenemos la condición de
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 6 miembros natos del claustro y somos además personal al servicio de las Administraciones
Públicas, por tanto, ningún miembro del claustro podrá ejercer el derecho a la abstención.
CAPÍTULO II
EL EQUIPO DIRECTIVO
Artículo 12.- Composición del Equipo Directivo.
El ED de nuestro centro se compone de: Directora, Jefa de Estudios y Secretario. Las
funciones del ED quedan recogidas en el artículo 68 del Decreto328/2010. Con el fin de
garantizar la realización de estas funciones, el ED en su conjunto dispondrá de 23 horas
semanales que la dirección distribuirá entre sus miembros.
Artículo 13.- Atención a miembros de la comunidad educativa.
Los miembros del ED dedicarán como mínimo una hora semanal a atender a los miembros
de la comunidad educativa que lo soliciten.
Artículo 14.- Coordinación dentro del ED.
Los tres miembros del ED se reunirán, al menos, 1 hora semanal para coordinarse. En el
PAC deberá detallarse la celebración de estas reuniones.
Artículo 15.- La Dirección.
1. Las competencias de la dirección son las recogidas en el art. 70 del Decreto 328/2010.
2. La potestad disciplinaria de la dirección viene recogida en el art. 71 del Decreto 328/2010.
3. La selección, nombramiento y cese de la dirección se realizará según lo establecido en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en las disposiciones que la desarrollan.
4. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la dirección será suplida temporalmente por la
jefatura de estudios.
Artículo 16.- La Jefatura de Estudios.
1. El nombramiento de JE será como se establece en el art. 75 del Decreto 328/2010.
2. Las competencias son las que se recogen en el art. 73 del Decreto 328/2010.
3. El cese de la JE se producirá por alguna de las circunstancias recogidas en el art. 76 Decreto
328/2010.
4. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la JE será suplida temporalmente por el maestro
o maestra que designe la dirección.
Artículo 17.- La Secretaría.
1. El nombramiento de secretario/a se hará como se establece en el art. 75 del Decreto
328/2010.
2. Las competencias del secretario/a son las recogidas en el art. 74 del Decreto 328/2010.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 7 3. El cese del secretario/a se producirá por alguna de las circunstancias recogidas en el art. 76
del Decreto 328/2010.
4. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la secretaría será suplida temporalmente por el
maestro o maestra que designe la dirección.
CAPÍTULO III
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
Artículo 18.- Equipos de ciclo e interciclo.
1. Composición (art. 80 del Decreto 328/2010). Durante la primera semana de septiembre se
procederá a la constitución de los equipos de ciclo, siguiendo las pautas establecidas en el citado
artículo.
2. En nuestro centro se constituirán los siguientes equipos de ciclo:
a) Equipo de educación infantil de segundo ciclo.
b) Equipo de primer ciclo de educación primaria.
c) Equipo de de segundo ciclo de educación primaria.
d) Equipo de tercer ciclo de educación primaria.
e) Equipo de primer ciclo de ESO.
f) Equipo de orientación.
3. Competencias (art. 81 del Decreto 328/2010).
4. Régimen de funcionamiento:
a) Calendario de reuniones: todos los lunes lectivos, excepto cuando haya reunión de
equipos docentes.
b) La JE elaborará trimestralmente un calendario de reuniones de ciclo que dará a
conocer a los coordinadores que convocarán las reuniones.
c) El coordinador de ciclo levantará acta de cada reunión.
d)
Como centro semi-D, el coordinador del 1º ciclo de ESO tendrá en cuenta lo
establecido en la disposición adicional tercera y cuarta del Decreto 328/2010.
Artículo 19.- Los Equipos Docentes.
1. Composición (art. 79 del Decreto 328/2010). Está claro que se deben constituir tantos
equipos docentes como unidades o grupos haya en el centro. En el nuestro serían un total de 11.
2. Funciones (art. 79.2 del Decreto 328/2010).
3. Funcionamiento:
1. El tutor del grupo presidirá las reuniones y coordinará las actuaciones del equipo
docente.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 8 2. La JE elaborará un calendario trimestral de reuniones de los equipos docentes,
teniendo en cuenta la adscripción del profesorado a varios equipos a la vez.
3. Los equipos docentes se reunirán una vez al mes para el desarrollo de sus funciones
y con carácter extraordinario para celebrar las sesiones de evaluación oficiales.
Artículo 20.- El Equipo de Orientación.
1. Composición (art. 86 del Decreto 328/2010). En este centro estará compuesto por:
a) La JE que presidirá y coordinará el equipo de orientación.
b) El/la orientador/a de referencia (funciones recogidas en el art. 86.5).
c) Los maestros y maestras especialistas en PT y AL.
2. Funciones (art. 86.2 del Decreto 328/2010).
3. Funcionamiento. Como cualquier equipo de ciclo.
Artículo 21.- El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (ETCP).
1. Composición (art. 87 del Decreto 328/2010).
2. Competencias (art. 88 del Decreto 328/2010).
3. Régimen de funcionamiento
a) El ETCP quedará constituido en la primera semana de septiembre de cada curso. La
dirección designará también en esta primera sesión el maestro/a que ejercerá de secretario/a
durante el curso.
b) Calendario de reuniones. El ETCP se reunirá mensualmente (el primer lunes lectivo de
cada mes).
c) La Jefatura de Estudios elaborará trimestralmente el calendario de reuniones y lo dará a
conocer a todos sus miembros. La JE fijará el orden del día y convocará cada sesión.
d) En cuanto al funcionamiento interno, se regirá por lo ya establecido para el C.E., si bien
cabe aclarar que el ETCP es un órgano de coordinación, asesoramiento pedagógico,
elaboración de directrices y propuestas, y que las decisiones finales corresponden al Claustro
y al CE.
e) El/la Secretario/a del ETCP levantará acta de cada sesión.
Artículo 22.- La tutoría.
Cada unidad o grupo de alumnos tendrá un tutor/a. Según lo cual, en nuestro centro habrá:
- 3 tutorías del segundo ciclo de educación infantil (3, 4 y 5 años).
- 6 tutorías de educación primaria (1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º).
- 2 tutorías de ESO (1º y 2º).
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 9 Artículo 23.- Criterios para la asignación de tutorías (art. 89 del Decreto 328/2010).
La dirección, a propuesta de la JE, asignará las tutorías relacionadas anteriormente entre el
profesorado que imparta docencia en cada grupo, en la primera semana de septiembre, respetando
los siguientes criterios:
a) Atender siempre al éxito del alumnado.
b) Respetar la continuidad en el ciclo de aquellos maestros que lo hayan iniciado.
c) Incompatibilidad: si en el grupo hay algún alumno/a con parentesco familiar en 1º y 2º
grado.
d) Terminado el ciclo, el maestro/a puede iniciar de nuevo el ciclo terminado o iniciar otro ciclo
distinto al que inicien los alumnos que ha dejado.
e) El tutor que acabe ciclo tendrá preferencia para reiniciar el mismo ciclo.
f) Se considera fundamental la adscripción a 1º curso de Educación Primaria de un maestro/a
especialmente competente y capacitado para el desarrollo y la adquisición de la lectoescritura.
g) Tener en cuenta las líneas generales de actuación pedagógica recogidas en el PE.
h) Valorar la formación y la experiencia del profesorado a la hora de la asignación.
i) La antigüedad en el cuerpo o en el centro no será considerada un criterio relevante.
j) Para la asignación de tutorías, enseñanzas y materias en el primer ciclo de ESO se tendrá en
cuenta lo establecido en la disposición adicional 3ª de la orden de 20 de agosto de 2010.
Artículo 24.- Funciones de la tutoría (art. 90 del Decreto 328/2010).
Artículo 25.- Funcionamiento de la tutoría en Primaria.
1. En infantil y primaria, para el desarrollo y cumplimiento de sus funciones, los tutores
dispondrán de 1 hora semanal en la parte de su horario de obligada permanencia en el
centro no destinado a horario lectivo.
2. Esta hora semanal queda fijada con carácter general en el centro a las 16:30h todos los
lunes lectivos. Fuera de este horario los tutores podrán mantener entrevistas o reuniones
con las familias, siempre que no se interrumpa la actividad lectiva.
3. Dentro de su horario lectivo, los tutores podrán dedicar un tiempo semanal determinado
al desarrollo de programas y actividades de tutoría con los alumnos, debiéndose recoger
en la programación de la tutoría.
4. Aunque los especialistas no tengan asignada una tutoría, colaborarán en la tutorización
del alumnado a través de los equipos docentes, además podrán participar en las tutorías
si los tutores legales de los alumnos lo requiriesen, en el tiempo y espacio establecido
por el Centro y con la presencia del tutor.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 10 Artículo 26.- Funcionamiento de la tutoría en el primer ciclo de la ESO.
1. Las tareas relacionadas con el desempeño de las tutorías, incluidas en el horario lectivo
del tutor o tutora, se dedicarán una hora a actividades con el grupo y otra a la atención
personalizada del alumno y de su familia.
2. Las dos horas restantes incluidas en el horario regular de obligada permanencia en el
centro se dedicarán, una hora a las entrevistas con la familia del alumnado y otra a las
tareas administrativas propias de la tutoría.
3. El horario de atención a las familias queda fijado también a las 16:30h los lunes
lectivos.
4. La asistencia a las tutorías se realizará por los tutores legales del alumno, en ningún caso
por miembros familiares mayores de edad, salvo con autorización y justificación
razonada y por escrito.
CAPÍTULO IV
OTROS CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA
VIDA DEL CENTRO
Artículo 27.- Delegado del alumnado.
El alumnado de cada grupo de primaria y ESO de este centro elegirá democráticamente,
siguiendo lo establecido en el artículo 6 del Decreto 328/2010, un delegado/a y subdelegado/a de
clase. Los tutores deben sensibilizar a los alumnos de la importancia del cargo de delegado del
curso, creando un clima de responsabilidad y participación, para que no se degrade el proceso. El
delegado/a de clase debe reunir algunas cualidades como: ser una persona seria, responsable,
aceptada por sus compañeros, comprometida en los temas del colegio y con iniciativa.
Artículo 28.- Proceso de elecciones a delegados del alumnado.
1. Cualquier alumno/a de la clase podrá ser elegido delegado/a.
2. Todos los alumnos tienen derecho a votar y a ser votados.
3. El tutor de cada grupo dirigirá el proceso para la elección de los delegados.
4. El sistema de votación será el mismo en todos los grupos del centro.
5. La votación debe será directa y secreta.
6. El alumno/a más votado/a es nombrado/a delegado/a y el segundo más votado/a
subdelegado/a. En caso de empate, el tutor determinará la forma de deshacerlo.
7. Todas las elecciones y los ceses serán presididas y ratificadas por el tutor del grupo. Se debe
levantar acta del proceso.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 11 8. Las elecciones a delegados deben llevarse a cabo en el mes de septiembre. No obstante, cada
tutor estudiará la fecha más idónea en su grupo.
9. El mandato del delegado/a será de un curso. En caso de vacante, ausencia, enfermedad o
dimisión, será sustituido por el subdelegado/a que aceptará el cargo ante el tutor y sus compañeros.
10. El tutor del grupo podrá abrir un nuevo proceso de elección de delegado por situaciones
sobrevenidas hasta las vacaciones de Semana Santa.
Artículo 29.- Funciones del Delegado-alumno/a.
1. Representar al grupo de su clase.
2. Preparar junto con el tutor las reuniones/asambleas de clase.
3. Informar a sus compañeros de los asuntos del grupo y del centro.
4. Procurar el buen uso de los recursos del aula.
5. Participar con otros delegados en las reuniones que se convoquen.
6. Elevar al tutor o a los órganos del centro las propuestas de su grupo.
7. Recoger las opiniones del grupo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje en las distintas
áreas del currículo e informar al tutor del grupo.
8. Fomentar un buen clima de trabajo y convivencia en el aula, colaborando con el tutor en la
solución de conflictos y la construcción de la convivencia.
9. Exponer ante los órganos de gobierno y coordinación docente las sugerencias y
reclamaciones de los alumnos de su grupo.
10. Colaborar en las medidas de seguridad y salud dentro del aula.
11. El delegado/a no podrá ser sancionado por el ejercicio de sus funciones.
Artículo 30.- Delegado de padres/madres
Los padres y madres de cada grupo de alumnos de este centro (infantil, primaria y ESO)
elegirán democráticamente un delegado/a de clase. Los tutores deben sensibilizar a las familias de
sus alumnos de la importancia del cargo de delegado del curso, creando un clima de responsabilidad
y participación, para que el proceso resulte interesante y motivador.
Artículo 31.- Proceso de elecciones a delegados de madres/padres.
1. Cualquier padre o madre de un grupo podrá ser elegido delegado/a.
2. Todos los padres y madres tienen derecho a votar y a ser votados.
3. El tutor de cada grupo dirigirá el proceso para la elección de los delegados de las familias.
4. El sistema de votación será el mismo en todos los grupos del centro.
5. La votación debe será directa y secreta.
6. El padre o la madre más votado/a será nombrado/a delegado/a.
7. El tutor redactará un acta del proceso.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 12 8. Las elecciones a delegados deben llevarse a cabo en el mes de septiembre. No obstante, cada
tutor estudiará la fecha más idónea en su grupo.
9. El mandato del delegado/a será de un curso. En caso de vacante, ausencia, enfermedad o
dimisión, el tutor del grupo podrá abrir un nuevo proceso de elección de delegado hasta las
vacaciones de Semana Santa.
Artículo 32.- Funciones del Delegado de padres/madres:
1. Representar a las familias de los alumnos ante la tutoría y el centro.
2. Colaborar en la construcción de la convivencia en su grupo.
3. Dinamizar la participación de las familias en el tema de la convivencia y los valores.
4. Convocar y moderar las reuniones que al efecto se celebren, al menos trimestralmente.
5. Participar en tareas de mediación y resolución de los conflictos que se produzcan.
6. Conocer e informar a las familias de su grupo de las normas de convivencia.
7. Actuar de vínculo familia-escuela en temas de absentismo escolar.
8. Presentar propuestas del grupo donde corresponda,
9. Conocer y participar en el programa de actividades extraescolares y complementarias.
10. Recibir y canalizar las propuestas y sugerencias de las familias de su grupo.
11. Participar en el Programa de Gratuidad de Libros de Texto.
12. Aquellas otras funciones o tareas que se convenga con el tutor/a del grupo.
CAPÍTULO V
PERSONAL NO DOCENTE
Artículo 33.- El personal de administración y servicios.
1. Monitor/a escolar: Se adscribe al puesto de la consejería y recepción. Tanto el horario como
las funciones serán supervisadas por el Equipo Directivo (Secretaría), de manera que su
labor redunde en beneficio del funcionamiento general del centro. Sus funciones serán:
a) Recepción de la demanda externa e interna y derivación, en su caso, al órgano
competente.
b) Clasificación inicial de las tareas administrativas.
c) Control de entradas y salidas de alumnos fuera del horario habitual.
d) Comunicación, avisos, correspondencia…
e) Facilitar los modelos y documentos oficiales del centro.
f) Proceso de escolarización y matriculación del alumnado.
g) Control y distribución del material escolar, siguiendo criterios del ED.
h) Teléfono, fax, fotocopias (encargo antelación suficiente).
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 13 i) Apoyo Comedor Escolar de 14:00 h. a 15:00 h.
j) Otras tareas administrativas propias del puesto que se estime oportuno desarrollar.
2. Conserje: aunque forma parte de la plantilla del Ayuntamiento (nivel orgánico), se incluyen
aquí sus funciones porque está integrado en nuestra plantilla de funcionamiento:
a) Tanto su horario como sus funciones en el centro serán supervisadas por el ED
(Secretaría).
b) Notificaciones del centro a las familias y demás sectores de la comunidad.
c) Control de sistemas de apertura/cierre del centro en el horario establecido.
d) Servicios generales: agua, luz, calefacción. Comunicar incidencias al ED.
e) Reparación de averías o desperfectos leves.
f) Tareas de vigilancia del recinto escolar.
g) Recepcionar los partes de incidencia que se produzcan en las distintas dependencias del
centro y dar traslado a la Secretaría.
h) Atender el teléfono, fax y fotocopias, en caso de ausencia del monitor/a escolar.
CAPÍTULO VI
OTRAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN Y COMUNICACIÓN NO FORMAL
FORMAS DE PARTICIPACIÓN
Hasta aquí se han regulado las formas de participación de la comunidad educativa en la vida
del centro que tienen un carácter más ordinario, regulado o “formal”; a continuación se recogen
otras formas de participación menos formales, pero que pueden resultar útiles para la marcha del
centro y su integración en el entorno municipal.
a) Reuniones de la Junta Directiva de la AMPA con el Equipo Directivo.
La finalidad de estas reuniones sería intercambiar información, opiniones, reflexiones, etc.
sobre los distintos aspectos de la vida del centro: programación general, ROF, funcionamiento,
resultados, autoevaluación, instalaciones, servicios del centro, fórmulas de colaboración…Como
mínimo debemos mantener una reunión a principios de curso y otra al final.
b) Asistencia del Equipo Directivo a las reuniones generales de la AMPA.
El ED o alguno de sus miembros podrán asistir a las asambleas generales de la AMPA para
informar o asesorar sobre aquellos temas concretos que se puedan plantear. Evidentemente este
punto queda abierto y sujeto a la invitación que por parte de la asociación podamos recibir.
c) Asistencia a actos institucionales.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 14 El representante oficial del centro ante las instituciones es el director; no obstante, en
aquellos actos oficiales o “solemnes” que celebre el centro, será invitado el presidente de la AMPA
y ocupará un lugar destacado como representante máximo de las familias.
d) Comisión Municipal de Absentismo.
La dirección y la JE asistirán a estas reuniones convocadas por el área de los Servicios
Sociales Locales, con periodicidad trimestral, con la finalidad de tratar las causas y efectos del este
problema y buscar soluciones para mejorar el absentismo.
e) Junta de delegados.
El ED o alguno de sus miembros podrá asistir a estas reuniones de delegados, tanto de
alumnos como de padres, al objeto de asesorar o aclarar las cuestiones relativas a la participación de
estos cargos en la vida del centro.
f) Reuniones municipales.
Cuando el centro sea convocado a una reunión de carácter municipal, asistirá el director o la
JE.
g) Reuniones con las asociaciones del entorno.
COMUNICACIÓN NO FORMAL
a. DOCUMENTOS IMPRESOS:
-Agenda del alumno-a.
b. INFORMACIÓN A TRAVÉS DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS
- Vía E-mail.
- Página web.
- Facebook/ twitter.
- Monitor de televisión con rotativo de noticias de interés para los distintos sectores de la comunidad
educativa.
c. TABLONES ANUNCIOS
- Tablón de entrada-planta baja.
- Tablón exterior.
- Tablón general de la sala de profesores.
- Tablón comedor escolar.
d. CIRCULARES A LOS PADRES
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 15 - Circulares informativas en formato papel.
CAPÍTULO VII
COMUNICACIÓN INTERNA
Artículo 34.- Cauces para la comunicación interna y la información.
En este apartado se establecen algunos cauces o procedimientos para la comunicación eficaz
entre los distintos órganos de gobierno del centro y los órganos de coordinación docente:
a) Los coordinadores de ciclo serán portavoces en el claustro de las propuestas e informes que
hayan elaborado en sus reuniones; para ello tendrán un turno de intervención reservado.
b) Información del equipo directivo que está presente del centro.
c) Información del ETCP al claustro.
d) Del CE al claustro.
e) Propuestas documentadas para que quede constancia.
f) Las actas de los distintos órganos estarán a disposición de los interesados siguiendo las
instrucciones que la normativa establece al respecto.
g) En la convocatoria de las sesiones se incluirá en todo caso un punto de carácter informativo.
CAPÍTULO VIII
ESCOLARIZACIÓN Y EVALUACIÓN
Artículo 35.- Proceso de escolarización.
Las tareas administrativas del proceso de inscripción y matriculación son competencia de la
Secretaría del centro, que contará para ello con los servicios de la monitora escolar en cuanto a
información al público, recepción y clasificación de las solicitudes, grabación de datos y otros.
a) Al tratarse del único centro del municipio, estamos obligados a escolarizar a todo el
alumnado de la localidad respetando los plazos establecidos.
b) El tránsito del primer ciclo de Educación Infantil al segundo ciclo está especialmente
garantizado por encontrarse en el mismo recinto escolar.
c) El tránsito de la Educación Primaria (6º curso) a la ESO se realiza también en el propio
Centro, ya que contamos con el primer ciclo de la ESO.
d) El tránsito de 2º a 3º de la ESO: nuestro centro está adscrito al IES Sierra Sur de Osuna,
donde disponen de reserva de plaza, sin menoscabo de los derechos que asisten a las familias en
cuanto a la libertad de elección de centro. La Dirección y la tutoría de los alumnos de 2º de ESO
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 16 planificarán reuniones informativas con los padres/madres/representantes legales del alumnado para
tratar sobre este proceso.
Artículo 36.- Evaluación del alumnado.
El alumno tiene derecho a una evaluación justa y objetiva; por tanto, en la Programación
Didáctica deben constar: los criterios de evaluación (generales y de áreas), los instrumentos y
procedimientos que van a aplicarse realmente, así como los criterios de recuperación y promoción
del alumnado.
a) En primaria se repetirá una única vez a final de ciclo. De forma excepcional y
justificadamente se puede repetir una sola vez los cursos de 1º, 3º y 5º de primaria. En caso de ESO
se podrá repetir una vez cada curso.
b) Al finalizar el tercer curso de Educación Primaria, tal y como se recoge en la LOMCE,
con un carácter informativo y orientador, los alumnos serán evaluados para comprobar el grado de
adquisición y dominio de las competencias lingüística y matemática. La evaluación la realizarán los
centros docentes (evaluación interna) según dispongan las administraciones educativas. De
resultar desfavorable, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más
adecuadas.
c) Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria, tal y como se recoge en la LOMCE,
con carácter informativo y orientador, los alumnos serán evaluados para comprobar el grado de
adquisición y dominio de las competencias lingüística, matemática, ciencia y tecnología. El
Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y
las características generales de las pruebas para todo el Sistema Educativo Español con el fin de
asegurar unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio (evaluación
externa). Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en
aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, hayan
establecido.
d) El alumno y las familias tienen derecho a solicitar las aclaraciones oportunas sobre el
proceso de evaluación.
e) El alumno y sus padres podrán solicitar y obtener copia de las pruebas de evaluación que
se realicen, al ser parte legítima de este procedimiento administrativo que es la evaluación. Estas
aclaraciones no tienen el carácter de reclamación formal, ya que ésta solo se puede formular a la
calificación final y/o decisión de promoción/titulación.
f) Los coordinadores de ciclo tienen la responsabilidad de custodiar la documentación
relativa al proceso de evaluación: exámenes, controles, pruebas, trabajos, cuadernos, etc. y
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 17 mantenerlos durante, al menos 2 años, tiempo de prescripción de una posible falta por parte de un
funcionario.
g) El centro cuenta con un modelo de acta de sesión de evaluación unificado para todos los
cursos.
Artículo 37.- Procedimiento de reclamación contra la evaluación en Educación Primaria (artículo 9
de la orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación).
a) Los padres, madres o representantes legales podrán presentar reclamaciones sobre la
evaluación final del aprendizaje de sus hijos, así como sobre la decisión de no promoción (se puede
reclamar la calificación global de cada ciclo o cualquier materia individualmente considerada).
b) Plazo para formular la reclamación: dos días hábiles, sin contar los sábados, a partir de la
entrega de las calificaciones.
c) Procedimiento: escrito dirigido a la Jefatura de Estudios, formulando de forma razonada
y motivada su disconformidad con la decisión adoptada por el equipo docente y solicitud de
revisión, bien en las áreas de enseñanza o en la decisión de no promoción. El escrito se presentará
en el registro en el centro.
d) Vencido el plazo, la JE trasladará al tutor/a la reclamación presentada y éste/a reunirá al
equipo docente ese mismo día o al día siguiente, levantará acta de la reunión, en la que de forma
razonada se justifique la decisión adoptada y la entregará a la JE ese mismo día o al día siguiente.
e) La JE contactará con las familias para comunicarle la decisión; en caso de no poder
contactar, se le remitirá un burofax. En la notificación se le dará pie de recurso ante el Director,
iniciándose así la segunda instancia.
f) Plazo para la reclamación en segunda instancia: 2 días hábiles a contar desde el siguiente a
la notificación.
g) Plazo para resolver: el Director dispone de dos días hábiles, a contar desde el día
siguiente de la presentación, para tomar una resolución razonada y comunicarla a la familia de
inmediato. Si la familia no comparece, se remitirá por burofax.
h) Contra la resolución del director solo cabe recurso contencioso administrativo en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la citada resolución.
Artículo 38.- Procedimiento de reclamación contra la evaluación en ESO (disposición adicional
primera de la orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación del alumnado de Secundaria).
Al impartirse en nuestro centro las etapas de infantil, primaria y primer ciclo de ESO,
adaptamos el procedimiento de reclamación de la ESO a lo ya establecido para la primaria:
a) El alumnado y sus padres, madres o tutores legales podrán formular reclamaciones sobre
las calificaciones obtenidas a la finalización de cada curso, de acuerdo con el procedimiento que se
establece a continuación:
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 18 b) La reclamación deberá estar justificada y fundamentada, no basta con pedir la revisión sin
más.
c) Plazo para formular la reclamación: dos días hábiles, sin contar los sábados, a partir de la
entrega de las calificaciones.
d) Procedimiento: escrito dirigido a la Jefatura de Estudios, formular de forma razonada y
motivada su disconformidad con la decisión adoptada por el profesor correspondiente y solicitud de
revisión. Presentar en el registro en el centro.
e) La JE trasladará al profesor/a del área la reclamación presentada y éste/a , en el primer día
hábil después de terminado el plazo de solicitud de revisión, contrastará las actuaciones seguidas
en el proceso de evaluación, con especial referencia a la adecuación de los procedimientos e
instrumentos de evaluación aplicados con los recogidos en la programación didáctica, descripción
de los hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar. Emitirá un informe modificando o
ratificando la calificación primeramente otorgada.
f) El profesor/a responsable de la evaluación reclamada trasladará el informe a la JE, quien
informará al tutor mediante copia del mismo, para considerar conjuntamente la procedencia o no de
reunir en sesión extraordinaria al equipo docente por si procede revisar la decisión de promoción, de
acuerdo con los criterios del centro.
g) En todo caso, la JE trasladará a las familias la decisión razonada.
h) Si se han modificado decisiones anteriores, el secretario del centro insertará en las actas y,
en su caso, en el expediente académico y en el historial académico del alumno o alumna de ESO, la
oportuna diligencia, que será visada por el Director/a.
i) Si el desacuerdo persiste tras el anterior proceso, los interesados podrán solicitar por
escrito al Director en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comunicación del centro, que
eleve la reclamación a la correspondiente Delegación Provincial.
j) La Dirección, en el plazo máximo de tres días hábiles, remitirá el expediente a la
Delegación Provincial, incorporando los informes elaborados en el centro y cuantos datos considere
acerca del proceso de evaluación del alumno o alumna, así como, en su caso, las nuevas alegaciones
del reclamante y el informe, si procede, de la Dirección.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 19 CAPÍTULO IX
PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO
Artículo 39.- Gestión del Programa de Gratuidad de Libros de texto en el centro.
a) Normativa: artículo 90 del Decreto 328/2010 de 13 de julio, Orden de 27 de abril de 2005
e Instrucciones de 2 de junio de 2010.
b) La Secretaría pondrá a disposición de las familias los cheque-libro debidamente
actualizados a final de curso.
c) En el periodo comprendido entre la finalización de las clases y el 30 de junio, los tutores
recogerán los libros de texto utilizados por sus alumnos durante el curso y llevarán a cabo una
primera valoración de su estado de la que dejarán constancia (en esta labor podrán participar los
delgados de alumnos y de padres).
d) En caso de pérdida o deterioro grave de algún libro, el tutor registrará la incidencia y
aplicará los criterios establecidos para su reposición y uso posterior. Si surgiera algún conflicto con
el alumno o la familia, el tutor pasará el informe al Equipo Directivo para que tome las medidas
oportunas.
e) Los alumnos que reciban los libros deben de forrarlos para protegerlos y en ningún
momento se debe escribir en ellos. Sólo se permite el subrayado a lápiz por indicación del
profesor/a, que deberá ser borrado antes de entregar los libros al finalizar cada curso.
f) Cada principio de curso se cambiará el forro de aquellos libros que lo tengan en mal
estado, debiéndolo realizar el alumno que los recibe.
g) Para identificarlos, el colegio dará unas pegatinas personalizadas donde figurará el
nombre del alumno, el curso escolar y la clase. Esta pegatina se colocará en la primera página
acumulando en ella a los sucesivos usuarios que ha tenido.
h) El alumno no escribirá en los libros ni su nombre, ni nada que haga que este se deteriore o
ensucie. Tampoco se realizarán en los libros actividades escritas, (salvo el material correspondiente
al primer ciclo).
i) Los libros serán custodiados en el Centro, siendo colocados en el armario de cada clase,
dejándose bajo llave durante el verano.
j) Los libros del Primer Ciclo, serán entregados a los alumnos al finalizar cada curso, pues al
ser material fungible, son repuestos cada año.
k) Aquellos alumnos que quieran usar los libros durante el verano podrán hacerlo previa
solicitud por escrito al Centro.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 20 l) Estas normas serán entregadas a todos los alumnos que deberán aportar un documento
firmado por sus representantes legales en el que conste que han sido informados y conocen la
responsabilidad del uso del Programa de Gratuidad de Libros de Texto.
CAPÍTULO X
AUTOVALUACIÓN DEL CENTRO
Artículo 40.- Equipo de autoevaluación del centro.
En el artículo 26.5 del Decreto 328/2010 se contempla la creación de un equipo de
evaluación en el centro, con la finalidad de realizar la memoria de autoevaluación anual de su
propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y
aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la
prevención de las dificultades de aprendizaje (art. 26.1 del Decreto 328/2010). En nuestro centro el
equipo de evaluación estará integrado por:
a) El equipo directivo (Director, Jefe de Estudios y Secretario). Miembros natos.
b) Un representante del profesorado en el CE, a propuesta del claustro. Miembro electo.
c) Un representante de las familias en el CE, a propuesta del propio sector. Miembro electo.
d) El presidente de AMPA. Miembro nato.
e) Un representante de los alumnos en el CE. Miembro electo.
f) Un representante de los S.S. de la comunidad. A propuesta del Ayto.
TÍTULO II: CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA
GARANTIZAR EL
RIGOR Y LA TRANSPARIENCIA EN LA TOMA DE
DECISIONES.
CAPÍTULO I
CRITERIOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
Artículo 41.- Participación en Actividades Extraescolares.
Para la participación en las actividades extraescolares, el alumno-a en cuestión debe estar
matriculado en el centro en el año académico en el que se va a realizar la actividad y no haber sido
privado de la participación en las mismas según el artículo 37 del Decreto 328/2010.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 21 Artículo 42.- Responsabilidad en la realización de actividades extraescolares finales de etapa o
ciclo.
El tutor-a del grupo en cuestión y en su caso el coordinador-a del ciclo al que pertenece será
el responsable y encargado de la realización y seguimiento de todas cuantas tareas deriven de la
puesta en marcha de la actividad.
A comienzos de curso se decidirá, dentro del ciclo, la persona responsable de llevar a cabo
estas funciones, comunicándose al Equipo Directivo. La persona responsable pedirá colaboración
dentro del ciclo para la realización de dicha actividad.
Si por circunstancias justificadas no se pudiera llevar a cabo la tutorización de la actividad,
debe ser comunicada cuanto antes al Equipo Directivo, que tomará las decisiones oportunas para la
realización de la misma.
Artículo 43.- Organización y participación voluntaria de las familias en actividades
complementarias.
Según la Orden de 14/7/1998 tendrá carácter de actividades complementarias, aquellas
organizadas por los centros durante el horario lectivo. En el artículo 2 de dicha Orden se especifica
que: teniendo en cuenta que estas actividades se realizan dentro del horario escolar, el centro
deberá arbitrar las medidas necesarias para atender educativamente al alumnado que no participe
en ellas.
Teniendo en cuenta lo que establece esta Orden y el Capítulo II (artículo19) del Decreto
328/2010 donde se indica que los centros contarán con autonomía en la gestión de los mismos, se
establece:
1. Que el centro organizará aquellas actividades complementarias que estime convenientes
y cuyo precio por alumno no supere los 5 euros.
2. En el caso de aquellas familias que no deseen que sus hijos participen en las actividades
organizadas, el centro establecerá las medidas oportunas para atenderlos durante el
desarrollo de las mismas.
3. El centro arbitrará las medidas necesarias para hacerse cargo del pago de la actividad de
que se trate en caso de alumnos, en los que se acredite a través de Asuntos Sociales, que
se encuentran en situación social desfavorable.
4. El centro propondrá al AMPA que organice y sufrague el gasto de algunas de estas
actividades.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 22 CAPÍTULO II
HORARIOS DEL PERSONAL DOCENTE
Artículo 44.- Criterios para la elaboración de horarios del personal docente.
Para la confección de los horarios del centro la Jefatura de Estudios atenderá de forma
ponderada los criterios pedagógicos, a continuación expuestos, buscando siempre la opción que
redunde positivamente en el éxito escolar y la mejor atención del alumnado del centro.
En todo caso, la finalidad última debe ser la organización y funcionamiento idóneo del
centro y no los intereses particulares de miembros de la comunidad educativa.
A. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios en infantil.
• En la organización del horario para el alumnado se garantizará la dedicación del horario
lectivo mínimo obligatorio que establece la legislación vigente para cada una de las áreas de
aprendizaje del currículo.
• En Educación Infantil el tratamiento horario se hará teniendo en cuenta la globalización de
los contenidos y sus ritmos de actividad.
• El recreo se desarrollará de 12:00 a 12:30 horas, pudiéndose ampliar la permanencia en el
patio para actividades psicomotrices.
• El área de religión y alternativa se establecerá en un solo día en el ciclo.
• Los grupos de 4 y 5 años de infantil contarán con el inicio a la lengua extranjera (inglés)
con una sesión semanal impartida por el especialista de inglés del centro, que como apoyo a la
tutoría iniciará al alumnado en las nuevas enseñanzas, siempre que el horario del centro lo permita.
•
El grupo de 5 años de infantil contará con el inicio a la psicomotricidad con una
sesión semanal impartida por el especialista de educación física del centro, que como apoyo a la
tutoría iniciará al alumnado en las nuevas enseñanzas, siempre que el horario del centro lo permita.
• Si la estructuración del horario lo permite se establecerá un refuerzo a Infantil durante todo
el año por el personal docente del Centro.
• Se establecerá un refuerzo a Infantil durante el mes de septiembre al grupo de 3 años para
minimizar el periodo de adaptación del grupo.
• El Equipo de Integración comunicará a los tutores-as la distribución de la atención al
alumnado a comienzo de curso, así como cualquier modificación en el horario que afecte al mismo.
B. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios en primaria.
• Se procurará que en un grupo incidan el menor número de maestros/as posible.
• En el caso de maestros especialista-tutores se procurará que, además del área de su
especialidad, imparta prioritariamente lengua y matemáticas.
• Que cada tutor atienda a su grupo durante las primeras horas de la mañana.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 23 • Priorizaremos que sea un solo maestro/a el que cubra un área de otra tutoría; para evitar
que la materia se vea impartida por varios profesores.
• Priorizaremos y ubicaremos, especialmente en el 1º ciclo de primaria, las áreas
instrumentales (lengua y matemáticas) en las primeras horas, dejando para los periodos de fin de
jornada las áreas de experiencia, manipulación, plástica, música, religión y atención educativa.
• Se procurará que las sesiones en las distintas áreas no sean inferiores a 45 minutos ni
superiores a 60 minutos.
• Dentro del horario semanal se dedicará todos los días 60 minutos para el desarrollo de la
competencia lingüística en cualquiera de las áreas educativas.
• Dentro del horario semanal se dedicará una sesión a la Acción Tutorial y a la resolución de
conflictos en la ESO (tutoría).
• Que la materia de la alternativa a la religión la imparta preferentemente cada tutor/a a su
grupo de alumnos/as en la Primaria.
• Todos los cursos de Educación Primaria, que no tengan pizarra digital, tendrán al menos la
posibilidad de realizar una sesión de TIC a la semana para trabajar con ello la competencia digital,
en el aula de Informática.
• Las horas de apoyo de cada profesor/a se dedicarán preferentemente a apoyar al ciclo al
que pertenece.
• Aplicar las reducciones horarias establecidas en la normativa vigente (equipo directivo,
coordinadores/as de ciclo, de planes y proyectos, mayores de 55 años, etc.).
• El horario de P.T y AL queda abierto a las necesidades de nuestro alumnado censado en
Séneca.
•El profesorado de apoyo, atenderá prioritariamente las sustituciones, y cuando no se dé esta
circunstancia, atenderá el refuerzo pedagógico.
• El refuerzo pedagógico recaerá sobre los maestros tutores que tienen horario disponible,
intentando que sea dentro del ciclo al que pertenece y a ser posible por el mismo maestro/a.
• El refuerzo se llevará dentro del aula en que esté ubicado el alumnado que lo necesita.
• Intentar alternar las especialidades y que el mismo profesor no esté más de una hora con el
mismo grupo-clase
• La atención educativa de aquellos alumnos/as que no cursan la asignatura de religión, será
cubierta por el tutor/a siempre que sea posible. Si no es posible se le asignará al maestro que tenga
horario disponible.
C. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios de especialistas en primaria y
secundaria.
• Los cursos de un mismo ciclo normalmente se impartirán en el mismo día y en horas
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 24 sucesivas.
• Evitar (en la medida de lo posible) tener huecos en medio del horario, es decir, horas sin
clases.
• El docente que tenga clases de tutoría con el alumnado de Secundaria el viernes de 14:00h a
15:00h no impartirá clases el lunes de 8:30h A 9:30h
• El área de tecnología será impartida por el docente que imparta el área de matemáticas.
• Igualmente, el RE (refuerzo educativo) de matemáticas será impartido por el docente de esta
especialidad, quedando el RE de lengua para el que imparta CCSS ya que la especialista de
lengua no puede dar el RE puesto que en esta misma hora está impartiendo clases de
francés.
• El área de conocimiento del medio y matemáticas de 6º de Primaria será impartida por los
docentes especialistas de estas áreas de Secundaria. Esto permite tener una mayor
continuidad en los contenidos de estas áreas en el tránsito de Primaria a Secundaria,
pudiendo elegir así los contenidos que se van a dar en los distintos cursos en función del
nivel que se quiera conseguir.
• La educación ciudadana de 5º de Primaria será impartida también por la especialista de
CCSS de ESO.
• En E.F.:
- Los cursos de un mismo ciclo estarán compartidos por delante y por detrás del recreo, es
decir, si un día tercero tenía E.F. antes del recreo, al siguiente día la tendrá después del recreo y
cuarto al contrario, para así compartir las horas de mayor calor.
- Tener en cuenta que en la ESO se dan clases de 2h a 3h de la tarde y que a partir de marzo
- abril sería imposible dar clase en el patio por las altas temperaturas, por lo que se intentará dar el
menor número de horas de E.F. en ESO en este horario.
Estos criterios serán revisables por el Claustro, tras la Memoria de Autoevaluación, con el
objetivo de favorecer el éxito escolar del alumnado y conforme a las líneas de actuación pedagógica
que el colegio ha establecido en el Proyecto Educativo.
REDUCCIÓN HORARIA
• Equipo Directivo: 23 horas (centros de 9 a 17 unidades).
- Director: 8 horas.
- Jefa de estudios: 7,5 horas.
- Secretario: 7,5 horas.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 25 Intentar distribuirlo de forma que la mayor parte del horario haya un miembro del equipo
directivo en el despacho, además de hacer coincidir una hora semanal a todos los miembros del
mismo.
• Coordinadores/as ciclo y E.O.
-1 hora semanal.
• Coordinadores/as Planes y Proyectos:
-Plan de Apertura: 3 horas.
-Plan Escuela T.I.C 2.0: 2 horas.
-Responsable de Biblioteca: 3 horas.
-Plan de Igualdad: exento de recreos.
-Plan de Salud Laboral y P.R.L: exento de recreos.
Artículo 45.- En relación a la evaluación.
Información a los alumnos.
Dependiendo de la edad de los alumnos, se les explicará durante los primeros días de curso
y una vez presentado el material escolar, los distintos aspectos que se tendrán en cuenta a la hora de
llevar a cabo la evaluación.
Puesto que la edad de nuestros alumnos es temprana, será labor permanente del tutor recordar a los
alumnos lo que se les va a pedir, haciendo especial hincapié, en las normas de convivencia, respeto
hacia todos los miembros de la comunidad educativa y rendimiento escolar.
Información la familia:
La familia será informada, en todo lo relativo a la evaluación, igualmente en la primera
reunión general de padres de principios de curso. En dicha reunión y de forma clara se le explicará a
los padres cuáles son los aspectos de la evaluación y los criterios a tener en cuenta. Se les recordará
igualmente que dichos criterios se expondrán al inicio de cada curso escolar en el tablón de
anuncios de cada aula, donde permanecerán hasta final de curso. También se les comunicará la
normativa vigente respecto a la evaluación, y por supuesto podrán resolver sus dudas y hacer
cualquier consulta de acuerdo al tema en las distintas citas a tutoría.
TÍTULO III. FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
CAPÍTULO I
ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES
DEL CENTRO.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 26 Artículo 46.- Criterios generales:
a) El uso de las instalaciones del Centro se regirá por la Orden de 26 de junio de 1998, por
la que se regula la utilización de las instalaciones de los Centros Docentes públicos no
universitarios por los municipios y otras entidades públicas o privadas
b) Impulsar la utilización responsable de los recursos del centro buscando el mayor
rendimiento.
c) Conciencia y responsabilidad con el gasto de energía, mantenimiento, limpieza, etc.
d) Registrar las posibles incidencias (deterioros, destrozos o pérdidas) que se produzcan.
e) El alumnado no podrá hacer uso del aula u otras dependencias sin la presencia del
profesor/a responsable. Si se produce algún retraso, esperará en la puerta hasta su llegada.
f) Cuando se utilice material del centro se hará con conocimiento y autorización del
profesorado, debiendo quedar todo recogido al finalizar la sesión.
g) Únicamente se autorizará la entrada en horario lectivo de personas que no sean ajenas a
la comunidad educativa o al desarrollo de las funciones y servicios educativos de los centros, sin
perjuicio de la presencia que tengan los padres de alumnos, y las asociaciones de madres y padres,
en el ejercicio de las facultades que le otorga la normativa vigente.
h) Respecto a la utilización de las instalaciones del centro en cuanto a la ampliación de
horario, se actuará según dispone la Orden de 3 de agosto de 2010 (BOJA n° 158, de 12 de agosto
de 2010), salvo en cuanto a los actos de carácter electoral, que se rigen por su normativa específica.
Artículo 47.- La zona de aparcamientos.
Los
aparcamientos podrán ser utilizados por el profesorado, PAS y personal de la
delegación: inspección, técnicos, etc. El horario de aparcamiento será el que se establezca para el
centro.
Artículo 48.- La biblioteca del centro.
a) La biblioteca del Centro es el espacio para la lectura, reuniones de órganos colegiados y
todas aquellas actividades derivadas de nuestro Plan de Biblioteca y nuestro Proyecto Lingüístico.
b) Para facilitar el buen uso de la biblioteca el coordinador-ra de la misma creará un
cuadrante con las horas de utilización y responsable.
c) Al inicio de curso se nombrará un coordinador de la biblioteca que será responsable del
fomento y buen uso de ella. A ser posible, este cargo recaerá en la persona que ostente la
coordinación del Plan de Lectura y Biblioteca.
Artículo 49.- El Salón de Actos.
a) Será utilizado para las reuniones generales de la comunidad educativa, actividades de
centro, sesiones de video, realización de pruebas o exámenes, actos oficiales, aula especializada,
etc.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 27 b) En un cuadrante, cada curso anotará que día y hora hará uso del salón de actos. En caso
de que se produzca competencia se hará un reparto equitativo del tiempo.
Artículo 50.- El Gimnasio.
a) El profesor -ra de EF es el responsable de esta instalación deportiva.
b)
El alumnado no podrá entrar al gimnasio sin la presencia de su profesor-ra. Si se produce
algún retraso, esperará en la puerta hasta su llegada.
c) Terminada la clase, el material deberá quedar recogido.
d) El acceso a la sala de material queda restringido al profesor-ra de EF y alumnos autorizados
por él; el material del gimnasio es de uso exclusivo para las clases de EF, excepto para las
actividades programadas por el centro u otros cursos, debiendo los profesores responsables devolver
el material tras la finalización de dichas actividades.
e) Se llevará un control del material utilizado, siendo responsable el grupo de la pérdida o
deterioro injustificados de material.
f) Cuando el profesor-ra de educación física no se encuentre en el Centro, el resto de los
compañeros del centro que necesiten material podrán utilizarlo con un previo registro de salida del
mismo.
Artículo 51.- Las Aulas.
a)
En la primera semana de curso El Equipo Directivo asignará las aulas a los distintos niveles
del centro, teniendo en cuenta los criterios existentes.
b)
El profesor correspondiente será el responsable de abrir y cerrar la clase, pudiéndose asignar
esta responsabilidad al delegado/a de curso en los niveles que se crea conveniente.
c)
Los tutores llevarán un control del mobiliario del aula y de los recursos y materiales
didácticos, debiendo comunicar a la Secretaría del centro, a la mayor brevedad, las
incidencias que se produzcan en cuanto a deterioro, rotura o desaparición.
d)
En cada aula deberá colocarse visiblemente un cartel con las normas y recomendaciones
para el buen uso de las instalaciones y recursos.
e) En las aulas que se utilicen ordenadores u otros recursos didácticos especiales (aulas TIC,
Laboratorio…) deberá extremarse la responsabilidad y tener en cuenta de manera especial
los criterios recogidos en los artículos 44 y 48 de este ROF.
f) Las aulas dispondrán de un listado de control de ausencias para casos de evacuación del
centro (Plan de Autoprotección), visible para cualquier maestro o alumno.
g) Las aulas dispondrán de la información necesaria en relación al alumnado con algún tipo de
tratamiento médico específico. Dicha información debe ser clara y estar expuesta en un lugar
visible.
h) Las aulas se mantendrán cerradas a la hora del recreo.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 28 Artículo 52.- Aula de música.
a) El profesor -ra de música es el responsable de dicha aula.
b) El alumnado no podrá entrar al aula de música sin la presencia de su profesor-ra. Si se
produce algún retraso, esperará en la puerta hasta su llegada.
c) Terminada la clase, el material deberá quedar recogido.
d) El acceso al aula de música
queda restringido al profesor-ra de música y alumnos-as
autorizados por el/ella; el material de dicha aula es de uso exclusivo para las clases de música,
excepto para las actividades programadas por el Centro u otros cursos, debiendo los profesores
responsables devolver el material tras la finalización de dichas actividades.
e) Se llevará un control del material utilizado, siendo responsable el grupo de la pérdida o
deterioro injustificados de material.
f) Cuando el profesor-ra de música no se encuentre en el Centro, el resto de los compañeros del
Centro que necesiten material podrán utilizarlo con un previo registro de salida del mismo.
Artículo 53.- Aula de Convivencia.
a. El aula de Convivencia se encuentra ubicada en la planta baja del Centro, cumpliendo los
requisitos que nuestro Plan de Convivencia establece.
b. El acceso al aula de convivencia quedará restringido al alumnado y profesorado establecido
según horario proporcionado por la jefatura de estudios y recogido en nuestro Plan de
Convivencia.
c. El material con el que cuenta el aula es uso restringido de la misma.
d. La persona responsable supervisará el buen uso y seguimiento del Plan.
Artículo 54.- Aula de Alternativa.
a. El Aula de Alternativa está situada en la primera planta del centro.
b. Será utilizada para la impartición de la alternativa a la religión, además de contener recursos
educativos del profesorado de secundaria.
Artículo 55.- Aula de Informática.
a. El aula de Informática será utilizada por los alumnos cuando los profesores lo consideren
oportuno, pudiendo servir como material de apoyo a través de internet, de consulta, investigación,
etc.
b. El responsable de su mantenimiento es el coordinador-ra TIC del centro.
c. Se expondrá en la puerta del aula un cuadrante para que los maestros anoten la hora en la
que van a utilizar dicha aula.
Artículo 56.- Aportación de material con carácter voluntario por parte de las familias en Educación
Infantil.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 29 Los tutores pueden solicitar a los padres que, de forma voluntaria, aporten algún tipo de
material para sus hijos: cuadernillos, fotocopias, folios, libros de lectura, entre otros.
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN Y VIGILANCIA DEL RECREO
Artículo 57.- Organización del recreo.
En cuanto a la proporción maestros/alumnos que deben hacer turnos de recreo, queda
establecido en la orden de 20 de agosto de 2010. El tiempo de recreo es lectivo, por lo que cuenta
como tal en el horario individual de cada maestro/a, a no ser que por cualquier circunstancia esté
exento/a. En Primaria y ESO la duración del recreo es de 30 minutos, de 11:30h a 12:00h. En
Infantil el tiempo de recreo puede tener una organización más flexible.
Artículo 58.- Criterios para la vigilancia durante el recreo.
a) El espacio del recreo son los patios: infantil, 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º de primaria y 1º y 2º de
ESO.
b) El recreo es un tiempo/espacio para el ocio, las necesidades básicas, la comunicación y el
juego.
c) Las aulas se cierran durante el recreo. Los alumnos no deben permanecer en ellas sin
profesor/a.
d) Al terminar el recreo, el delegado del grupo se puede adelantar para abrir la clase.
e) Los juegos competitivos con balones serán autorizados y regulados por el profesorado.
Debemos impedir aquellos juegos rudos (empujones, tirarse al suelo, luchas…) porque los
mayores pueden aprovecharse para demostrar dominio sobre los pequeños.
f) En el recreo no puede haber más permisividad con las conductas contrarias.
g) Atención a los envoltorios de bocadillos, botes de zumo, etc. Se indicará, preferentemente,
que los alumnos dejen los envoltorios de bocadillos en las papeleras de las mismas de las aulas.
h) Los servicios no se deben utilizar como escondite o espacio de juego.
i) A las 12:00 h. con el toque de la campana termina el recreo, se cierran los servicios y se
organiza la entrada: filas, puntualidad, orden...
j) Especial vigilancia de las zonas muertas. No debemos permitir que los alumnos
permanezcan donde no estén visibles por los maestros/as.
k) Conflictos en el recreo: intervenir lo antes posible, los alumnos no pueden pensar que el
recreo es un rincón de impunidad. Comunicar al tutor si el asunto se considera importante.
l) Cada grupo debe respetar la zona de recreo que tiene asignada.
m) Distribución del profesorado por los patios de manera racional, en pareja.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 30 n) No permitir a los alumnos/as cambiar de patio caprichosamente.
ñ) En ningún caso podrán dejarse alumnos castigados en clase solos, debiendo permanecer con
el profesor que tomó esta decisión, siempre que a éste no le toque vigilancia.
o) El profesor que queda en clase con los alumnos que están terminando su trabajo, deberá
controlar la salida de estos al patio evitando que queden en los pasillos jugando o se introduzcan en
otras clases.
p) En los días de lluvia no habrá recreo, quedando el tutor-a a cargo del grupo en el aula. Los
especialistas se turnarán con los tutores en la segunda parte del descanso para poder acudir estos al
servicio. Se establecerá un cuadrante de actuación para los especialistas por parte de la Jefatura de
Estudios.
q) Los días de lluvia intermitente, el tutor decidirá si los alumnos salen al patio. En caso de que
salgan, será el tutor el responsable de su vigilancia.
r) No es conveniente que los alumnos traigan para el recreo juguetes que puedan entrañar algún
peligro para ellos y el resto de sus compañeros. Se permitirán pelotas pequeñas y blandas.
CAPÍTULO III
RÉGIMEN DE ENTRADA Y SALIDA DEL CENTRO
Artículo 59.- Horario del Aula Matinal y Comedor Escolar.
1. Aula Matinal: apertura desde las 7:30 h. Las monitoras recogen a los alumnos a la entrada y
entran con su grupo al aula en el horario establecido (actualmente el centro no presta este
servicio).
2. Comedor Escolar. El alumnado de primaria usuario del comedor escolar se dirigirá a la
planta baja-entrada del centro, donde esperará a las monitoras del servicio al toque de la
sirena (14:00h). El alumnado usuario de educación infantil esperará a ser recogido por la
Monitora Escolar del centro en sus aulas cinco minutos antes de la salida para evitar
incidencias con los demás compañeros-as. Todos esperarán la llegada del personal auxiliar
del comedor que acompañarán al grupo entero hasta las dependencias del mismo.
3. Tanto las actividades extraescolares, como las escuelas deportivas, como los planes de
acompañamiento, contarán con unas normas para controlar las ausencias del alumnado y
comunicarle éstas a la familia. Estas actividades se regirán por las normas de convivencia
que se establecen en nuestro Proyecto Educativo.
Artículo 60.- Horario de Infantil , Primaria y ESO.
Debemos tener presente que tanto en los momentos de entrada como de salida suelen
producirse incidentes y conflictos que tenemos que atender especialmente.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 31 1. Entrada a las 9:00h y salida a las 14:00h.
2. La puerta del centro se abrirá a las 8:50h, debiendo esperar los alumnos en los lugares
establecidos para cada grupo hasta las 9:00h que serán conducidos por el maestro/a hasta el
aula.
3. El alumnado de infantil anticipará la salida a las 13:55h, acompañados por sus tutores hasta
la puerta del centro que serán recogidos por algún familiar o persona autorizada.
4. Si un alumno/a de primaria o secundaria llega tarde al Centro, acudirá al Aula Convivencia
siendo atendido por el personal correspondiente siguiendo el Plan de Convivencia del
centro. El tutor registrará la falta de puntualidad y pondrá en marcha el procedimiento
correspondiente.
5. El horario del alumnado de ESO será a las 8:30 h. la entrada y la salida a las 15 h.
6. Para el alumnado de la ESO, la puerta del centro se abrirá a las 8:25 hs, debiendo esperar los
alumnos en sus respectivos lugares hasta la llegada del profesor/a. Durante los intervalos
señalados entre la entrada al centro y el acceso al aula, el conserje del centro vigilará a los
alumnos.
Artículo 61.- Salida del Centro durante el horario escolar.
Si por razón justificada un alumno/a debe abandonar el centro en horario lectivo, podrá
hacerlo acompañado siempre por su tutor legal o persona autorizada y dejando constancia escrita en
la recepción (modelos establecidos).
Artículo 62.- Entrada y salida de clase.
1. Al tocar el timbre, los alumnos formarán en fila antes de entrar a clase. El profesor/a los
acompañará para que la entrada se realice ordenadamente.
2. Al terminar la jornada lectiva (14/15h) el profesor organizará la salida de la clase para que
los alumnos no salgan dando gritos, carreras, silbidos, etc.
3. El cambio de clase deberá realizarse de la manera más ordenada posible; los alumnos no
deben quedarse solos y destinarán este intervalo al cambio de material.
4. La clase no debe interrumpirse caprichosamente. Los alumnos no abandonarán el aula, a no
ser por motivo justificado, debiéndose evitar las salidas para pedir material olvidado a otros
compañeros del centro.
5. Cuando un alumno abandone de manera justificada el centro, la monitora escolar será la
encargada de acompañarlo al aula, evitando interrupciones por parte de los padres en la
misma.
6. Cuando algún profesor (por motivo justificado) se retrase, o ausente, lo comunicará
previamente a la Jefatura de estudios, que será la encargada de asignar un nuevo profesor al
grupo que será el encargado de subirlo a las aulas.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 32 7. El alumno de educación infantil estará acompañado por sus tutores legales o personal
autorizado en la formación de las filas, previa entrada a las aulas; no así el alumnado de
primaria, salvo por motivos justificados que darán a conocer a la monitora escolar o
conserje. Esta excepción debe ser comunicada a la Jefatura de estudios.
8. El alumnado de infantil saldrá en el horario establecido en el art. 57.3 de este ROF, irá
acompañado hasta la salida del centro por sus tutores, al encuentro de las familias.
9. Está prohibido el acceso a las aulas de los tutores legales del alumnado. Para comunicar
cualquier circunstancia al tutor debe utilizarse la agenda, la hora de tutoría, y en caso de ser
urgente dejar la razón a la monitora escolar, que trasladará la información al tutor-a. Si se
tratase de un asunto relacionado con una prescripción médica, se realizará por escrito, con
registro de entrada del centro. Esta información pasará a la jefatura de estudios que la
comunicará al equipo docente correspondiente.
10. El profesor será el último en abandonar el aula, cerciorándose que no quede ningún alumno
en el aula o pasillo.
11. Solo el profesorado de infantil acompañará al alumnado a la entrada del centro para la
entrega personal del alumnado a l tutores legales.
12. El alumnado de primaria al toque de la sirena saldrá de las aulas ordenadamente, ocupando
los espacios de las escaleras establecidos en nuestro Plan de Autoprotección. No serán
acompañados por sus tutores a la salida del centro.
13. Cuando un alumno acuda al centro en horario distinto al establecido en el art.60.1., será
recepcionado por la monitora escolar. El alumno deberá permanecer con esta o con el
profesor de guardia hasta el cambio de clase próximo, con el fin de no interferir en el
desarrollo normal de las clases.
14. Las entradas y salidas del centro se producirán en horario y forma que menos perjudique la
actividad diaria del centro.
Artículo 63.- Desplazamiento de grupos por el centro.
Cuando un grupo de alumnos haya de desplazarse desde su aula a otro espacio o instalación
del centro (gimnasio, SUM, laboratorio, biblioteca, etc.), lo harán siempre en orden y silencio,
respetando la actividad de otros grupos.
Artículo 64.- Absentismo escolar.
1. Normativa a tener en cuenta: ORDEN de 19 de septiembre de 2005 por la que se desarrollan
determinados aspectos del Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del
Absentismo Escolar (BOJA 202 de 17 de octubre de 2005).
2. Los tutores y tutoras de cada grupo de alumnos y alumnas llevarán un registro diario de la
asistencia con el fin de detectar los casos de absentismo escolar. Cuando éste se produzca,
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 33 mantendrán una entrevista con los padres/madres o los representantes legales del alumno/a,
a fin de tratar el problema, indagar las posibles causas del mismo e intentar obtener un
compromiso de asistencia regular al centro.
3. En aquellos casos en los que la familia no acuda a la citada entrevista, no justifique
suficientemente las ausencias del alumno/a, no se comprometa a resolver el problema o
incumpla los compromisos, el tutor/a lo comunicará al Jefe de Estudios o Dirección del
centro, quien hará llegar por escrito a los representantes legales del alumno/a las posibles
responsabilidades.
4. La Dirección del centro derivará a los Servicios Sociales Municipales los casos de
absentismo escolar que considere graves, para su posterior tratamiento en la Comisión
Municipal de Absentismo de la que formamos parte.
5. El centro pondrá a disposición de las familias un único modelo para justificar las ausencias
del alumnado, al que se podrán adjuntar los comprobantes que se quieran.
6. El tutor-ra deberá tener conocimiento del alumnado que presente antecedentes absentistas,
proveniente de familias temporeras. En este caso, el tutor-ra comunicará a comienzos de
curso a dichas familias la necesidad del conocer cuándo se va a producir esta circunstancia,
con el propósito de coordinar tareas educativas con este alumnado.
CAPÍTULO IV
NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LAS TICs EN EL CENTRO
Artículo 65.- Utilización de teléfonos móviles.
1. Los alumnos no podrán utilizar el móvil (ni otros aparatos electrónicos como mp3, ipod,
ipad, etc.) en el centro durante la jornada escolar que ha sido establecida.
2. Por tanto, las familias están obligadas a colaborar en el cumplimiento de esta norma
impidiendo que los alumnos lleven estos aparatos al centro. El incumplimiento de esta
norma dará lugar a la retirada temporal del aparato y la sanción correspondiente (Plan de
Convivencia).
3. Durante la realización de las AAEE se podrá suspender total o parcialmente la norma
anterior, pero siempre bajo el control del profesorado (previa comunicación a los padres).
4. El profesorado cuenta con un grupo de whatsApp interno para que las comunicaciones sean
más rápidas y efectivas en el intercambio de información relacionada con el funcionamiento
general del centro. Así mismo, se contempla la posibilidad de que el profesorado utilice
dispositivos electrónicos portátiles (ipad, móviles) para el registro y seguimiento de sus
clases: hojas de cálculo, cuaderno del profesor, agenda, horario, entre otros.
Artículo 66.- Acceso a Internet por parte del alumnado.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 34 1. Normativa a tener en cuenta: Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen
medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las
tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de
edad. (BOJA n.39 de, 22.02.07)
2. Reproducimos el artículo 17 de ese decreto: medidas de seguridad en los centros
educativos:
a. Los centros docentes adoptarán medidas dirigidas a preservar los derechos del alumnado a
la intimidad y a la confidencialidad, teniendo en cuenta las reglas de seguridad y protección
a que se refiere el artículo 13 de este Decreto.
b. Los centros docentes adoptarán medidas de seguridad para el acceso y uso seguro de
Internet y las TIC por parte de las personas menores de edad, de acuerdo con lo que, a estos
efectos, determine la Consejería competente en materia educativa y con lo establecido en el
presente Decreto.
c. Con la finalidad de garantizar los derechos relacionados en el artículo 4.1, las personas
con responsabilidad en la atención y educación de menores, tendrán el deber de orientar,
educar y acordar con ellos un uso responsable de Internet y las TIC, en aspectos tales como
tiempos de utilización, páginas que no se deben visitar o información que no deben
proporcionar, con el objetivo de protegerles de mensajes y situaciones perjudiciales
(contenidos de carácter, racista, violento, sexista, etc.) o que atenten contra su intimidad o su
honor.
3.
El coordinador de las TICs en el centro tendrá en cuenta en su planificación esta normativa
y la difundirá entre el profesorado responsable de los distintos grupos de alumno
4. Utilización de portátiles:
-
El ordenador portátil es un instrumento de aprendizaje muy útil y por tanto debe usarse
frecuentemente para sacarle el mayor rendimiento posible facilitando el aprendizaje de
nuestros alumnos.
-
Todas las actividades en las que se de uso al ordenador tienen que realizarse bajo la
supervisión de un profesor-ra, que ayude en caso de dificultad y controle los contenidos no
apropiados a la edad de los alumnos.
-
Cuando los alumnos tengan que terminar un trabajo iniciado en clase que requiera el uso de
internet, lo harán en casa, y si allí carecen de conexión lo harán en las zonas públicas con
wifi, como guadalinfo y biblioteca municipal.
-
Los portátiles se traerán al Centro sólo cuando lo indiquen los docentes, entendiéndose que
es un instrumento educativo, y no podrá usarse en recreos, entradas, salidas y comedor. El
coordinador TIC es el encargado de la supervisión de los mismos.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 35 -
El centro cuenta con una serie de portátiles ubicados en un carrito portátil para el uso
compartido del tercer ciclo de primaria y 1er ciclo de ESO. El uso de estos portátiles se
realizará siguiendo las siguientes normas:
a. Los portátiles a los que se refiere este anexo están en régimen de préstamo que
realiza el centro a los alumnos. Hay un total de 15 portátiles y 1 regleta para cargar
las baterías.
b. Los ordenadores los compartirán los alumnos de tercer ciclo de primaria y 1er ciclo
de ESO.
c. Se elaborará un cuadrante semanal en el que cada curso anotará que día y hora de la
semana va a hacer uso de los ordenadores.
d. Los portátiles se quedarán en el centro. Los alumnos sólo se podrán llevar los
ordenadores a casa para uso didáctico, con expresa autorización del tutor y por un
tiempo limitado (hasta que terminen la tarea para la que los están utilizando).
e. Los ordenadores se colocarán en un carrito para su transporte. Este carrito se
guardará en el almacén del centro.
f. Cuando un curso necesite los portátiles, el tutor pedirá las llaves del almacén al
conserje o secretario del colegio.
g. El alumno encargado de recoger el carrito con
los portátiles estará siempre
acompañado de su tutor o maestro que corresponda, conserje o secretario.
h. Cuando el grupo clase finalice las tareas que estén realizando con los portátiles, estos
serán devueltos al almacén del centro en su carrito y se dejarán cargando para que el
siguiente curso que los vaya a utilizar encuentre las baterías llenas.
-
El escritorio debe ser el estándar, para evitar la ralentización en el arranque y uso, no
pudiendo personalizarlo con imágenes o fotos. Tampoco se puede decorar el exterior con
pegatinas o pintándolo.
-
Los archivos almacenados en el disco duro (imágenes, música, juegos), han de ser
meramente educativos.
-
Dentro del colegio está prohibido el acceso a páginas no educativas (juegos, redes sociales,
etc.).
-
El cumplimiento de estas normas y recomendaciones repercutirá en el buen funcionamiento
de las clases y en el rendimiento escolar del alumnado, entendiendo que un mal uso del
ordenador y/o el incumplimiento de estas normas, daría lugar a las actuaciones y sanciones
que la comisión de convivencia considere oportunas incluyéndose en su caso la retirada del
portátil.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 36 -
El Centro cuenta con ordenadores portátiles y tablets que serán entregados al personal
docente a comienzo de curso, del cual es responsable y deberá cuidar; facilitando así su
labor docente. Al finalizar el curso serán recepcionados por el coordinador TIC.
Artículo 67.- Uso de imágenes del alumnado en la web, página de facebook y cuenta de twitter del
centro.
El centro cuenta con una página web, cuenta de facebook y twitter como vehículos de
comunicación e intercambio de información entre todos los miembros de la comunidad educativa.
Es por ello que con el fin de evitar cualquier tipo de problema en cuanto a la publicación en
dichos medios de fotografías de menores participando en diferentes actividades del centro (éstas
sólo se publicarán en la web y no en la cuenta de twitter o página de facebook), se realizará un
escrito donde se solicitará la autorización de los padres, madres o tutores legales de los alumnos
para poder publicar las fotografías que con carácter didáctico se realicen a los niños y niñas del
centro, en las diferentes actividades que se realicen en el colegio y fuera del mismo en excursiones
y visitas extraescolares.
Todos los alumnos deberán traer cumplimentada la ficha al respecto y entregarla con la
matrícula, especialmente los alumnos-as de nuevo ingreso.
La autorización o no autorización del uso de las imágenes tiene un carácter plurianual.
Aquel tutor legal que decida revocar su decisión deberá solicitarlo al tutor-ra que le indicará los
pasos a seguir.
Estas autorizaciones quedarán bajo la custodia de la secretaría.
CAPÍTULO V
UNIFORME ESCOLAR PARA EL ALUMNADO DEL CENTRO
Artículo 68.- Posibilidad de establecer un uniforme para el alumnado.
En la actualidad no existe, pero si la Comunidad Educativa lo planteara de manera
significativa, se estudiaría dentro del Consejo Escolar y, si llegara a probarse, pasaría a formar parte
de este ROF.
TÍTULO IV. SALUD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
CAPÍTULO I
PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 37 Artículo 69.- Definición.
El plan de autoprotección es el mecanismo que establece para un edificio un conjunto de
medidas tendentes a neutralizar o minimizar, con los medios de que se disponga, los accidentes o
emergencias y sus posibles consecuencias hasta la llegada de las ayudas externas.
Es el instrumento que pretende organizar los medios humanos y materiales disponibles en el
centro, para conseguir la prevención de los riesgos existentes, garantizar la evacuación y la
intervención inmediata, en caso de siniestro.
Artículo 70.- Elaboración y dirección.
El presente Plan de Autoprotección se redacta en cumplimiento del REAL DECRETO
393/2007 de 23 de Marzo. En tal sentido el Artículo 4 de dicho Real Decreto, establece que es
obligación del titular de la actividad la elaboración, implantación, mantenimiento y revisión de un
Plan de Autoprotección.
El director del Plan de Autoprotección será la persona que en cada momento actúe como
director-ra del centro. En la fecha de redacción del presente Plan de Autoprotección: Dª.
Concepción Martos López, con fecha 29 de octubre del 2013.
Artículo 71.- Aprobación.
Con respecto a la aprobación del presente Plan de Autoprotección, la ORDEN de 16 de
abril de 2008, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y registro del
Plan de Autoprotección de todos los centros docentes públicos de Andalucía, establece en su
artículo 4 que será el Consejo Escolar el órgano competente para su aprobación definitiva por
mayoría absoluta. Los anexos adjuntos al Plan de Autoprotección existente fueron aprobados en el
Consejo Escolar celebrado
Artículo 72.- Objetivos del Plan de Autoprotección:
El establecimiento de un plan de este tipo pretende conseguir que todas las personas que
puedan verse afectadas por una emergencia sepan como actuar y cómo deben coordinarse dichas
actuaciones para reducir al mínimo las consecuencias que puedan derivarse de la misma. Los
objetivos que pretende el actual Plan de Autoprotección son los siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Conocer los edificios y sus instalaciones para identificar los riesgos.
Adoptar las medidas preventivas para evitar que se produzcan accidentes.
Conocer de antemano las normas de actuación en el caso que ocurra un siniestro.
Garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección.
Disponer de personal organizado, formado y adiestrado.
Proporcionar información a todos los ocupantes del edificio de cómo debe actuar ante una
emergencia.
7. Estudiar las vías de evacuación para la realización de un simulacro.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 38 Artículo 73.- Contenidos del Plan de Autoprotección.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Identificación, titularidad y emplazamiento
Descripción del centro y su entorno
Identificación y análisis de riesgos
Medidas y medios de protección
Mantenimiento preventivo de instalaciones
Plan de actuación ante emergencias
Integración del plan de autoprotección en otros de ámbito superior
Implantación
Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección.
Anexo 1: directorio de comunicación, anexo 2: planos.
Anexo 2: Modificaciones del Plan de Autoprotección.
Artículo 74.- Información y publicidad.
Uno de los objetivos del Plan de Autoprotección es la información a los ocupantes del centro
y en general a la comunidad educativa. Para cumplir dicho objetivo:
a) Habrá una copia del Plan en la conserjería-recepción del centro a disposición del público.
b) Se enviará una copia del plan al Ayuntamiento (Servicio de Emergencias y Policía Local).
c) Se facilitará copia en soporte electrónico a los miembros de la comunidad que lo soliciten.
d) Se colocarán planos informativos en las dos plantas del edificio.
e) Se redactarán extractos informativos del plan sobre determinados aspectos.
f) La Dirección del centro promoverá cuantas acciones considere de interés para la difusión
y conocimiento del Plan de Autoprotección del centro.
Artículo 75.- Realización de simulacros.
Siguiendo las directrices de la orden de 16 de abril de 2008, el presente Plan de
Autoprotección obliga a la realización de, al menos, un simulacro de evacuación o confinamiento
durante el curso, en horario lectivo de máxima ocupación. El procedimiento a seguir para la
realización de estos simulacros queda recogido en el apartado 9.3 (págs. 84 y ss.) del citado plan.
Artículo 76.- Prevención de Riesgos Laborales. Coordinación.
En los centros docentes públicos, la persona titular de la dirección designará a un profesor o
profesora, preferentemente, con destino definitivo, como coordinador o coordinadora de centro del I
Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente. En caso de
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 39 no ser posible esta designación, al no ser aceptado por ningún profesor o profesora, el cargo recaerá
sobre un miembro del equipo directivo (art. 7.1 de la citada orden).
Artículo 77.- Funciones del coordinador.
El coordinador o coordinadora de centro designado deberá mantener la necesaria
colaboración con los recursos preventivos establecidos por la Consejería competente en materia de
Educación y, en este sentido, serán los encargados de las medidas de emergencia y autoprotección,
según lo dispuesto en los artículos 20 y 33 1c. de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y
tendrá las siguientes funciones:
a) Elaborar y coordinar la implantación, actualización, difusión y seguimiento del Plan de
Autoprotección.
b) Anotar, en la aplicación informática Séneca, las fechas de las revisiones de las diferentes
instalaciones del centro. Comprobar y actualizar los datos relativos a las mismas para el control y
mantenimiento preventivo. Velar por el cumplimiento de la normativa vigente.
c) Coordinar la planificación de las líneas de actuación para hacer frente a las situaciones de
emergencia y cuantas medidas se desarrollen en el centro en materia de seguridad.
d) Facilitar, a la Administración educativa, la información relativa a los accidentes e
incidentes que afecten al profesorado, al alumnado y al personal de administración y servicio.
e) Comunicar, a la Administración educativa, la presencia en el centro de factores, agentes o
situaciones que puedan suponer riesgo relevante para la seguridad y la salud en el trabajo.
f) Colaborar con el personal técnico en la evaluación de los riesgos laborales del centro,
haciendo el seguimiento de la aplicación de las medidas preventivas planificadas.
g) Colaborar con los delegados y delegadas de prevención y con el Comité de Seguridad y
Salud de la Delegación Provincial de Educación, en aquellos aspectos relativos al propio centro.
h) Facilitar la intermediación entre el equipo directivo y el Claustro de Profesorado para
hacer efectivas las medidas preventivas prescritas.
i) Difundir las funciones y actuaciones que los equipos de emergencia y cada miembro de la
comunidad educativa deben conocer en caso de emergencia. Programar los simulacros de
emergencia del centro, coordinando las actuaciones de las ayudas externas.
j) Participar en la difusión de los valores, las actitudes y las prácticas de la cultura de la
prevención de riesgos.
k) Coordinar las actividades relativas a la seguridad, la promoción de la salud en el lugar de
trabajo y la implantación de las medidas correspondientes y cuantas actuaciones se desarrollen en el
centro en estas materias transversales. En este sentido, solicitará la formación necesaria a su centro
de Profesorado correspondiente.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 40 l) Hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas y su incidencia en la mejora de las
condiciones de seguridad y salud del profesorado, mediante la cumplimentación de los
cuestionarios proporcionados por la Consejería de Educación. Dichos cuestionarios estarán
disponibles en la aplicación informática Séneca, durante el mes de junio de cada curso escolar.
m) Cuantas otras funciones se deriven de la aplicación del I Plan Andaluz de Salud Laboral
y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos dependientes de la
Consejería de Educación (2006-2010).
Artículo 78.- Funciones del C. Escolar en el Plan de Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
El objetivo principal es integrar la Promoción de la Salud en el Lugar de Trabajo, en el
ámbito de la gestión del centro, organizarla, planificarla, y promover hábitos de vida saludables, de
acuerdo con las órdenes, instrucciones y decisiones que se adopten desde la Consejería competente
en materia de Educación. Las funciones que asumirá el Consejo Escolar del centro en este ámbito
serán:
a) Promover las acciones que fuesen necesarias para facilitar el desarrollo e implantación del
I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los
centros públicos.
b) Supervisar la implantación y desarrollo del Plan de Autoprotección.
c) Hacer un diagnóstico de las necesidades formativas en materia de autoprotección,
primeros auxilios, promoción de la salud en el lugar de trabajo y prevención de riesgos laborales,
así como proponer el plan de formación que se considere necesario para atender al desarrollo de
dichas necesidades. En tal sentido, se solicitará al centro de profesorado que corresponda la
formación necesaria.
d) Determinar los riesgos previsibles que puedan afectar al centro, en función de sus
condiciones específicas de emplazamiento, entorno, estructuras, instalaciones, capacidad,
actividades y uso, utilizando la información facilitada por la Consejería de Gobernación y el
Servicio de Protección Civil, atendiendo a los criterios establecidos por el Plan Territorial de
Emergencia de Andalucía.
e) Catalogar los recursos humanos y medios de protección, en cada caso de emergencia y la
adecuación de los mismos a los riesgos previstos en el apartado anterior.
f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la
seguridad y la salud en el centro, garantizando el cumplimiento de las normas de autoprotección,
canalizando las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa y promoviendo la
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 41 reflexión, la cooperación, el trabajo en equipo, el diálogo y el consenso de los sectores de la misma
para su puesta en práctica.
g) Cuantas acciones se deriven del desarrollo e implantación del I Plan Andaluz de Salud
Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos, y le sean
encomendadas por la Administración Educativa.
TÍTULO ÚLTIMO
CAPÍTULO ÚNICO
Disposición final
El presente reglamento no es un documento cerrado y definitivo, sino todo lo contrario: es
un documento vivo y dinámico, abierto siempre al proceso de actualización y cambio que el
funcionamiento diario nos va a demandar.
Durante el primer trimestre de cada curso se procederá a su actualización, incorporando las
modificaciones que se hayan producido a lo largo del curso anterior como consecuencia de las
revisiones realizadas.
Cualquier reforma, cambio o modificación de este reglamento deberá ser aprobado por el
Consejo Escolar por mayoría absoluta.
El ROF del centro fue actualizado con las nuevas modificaciones aprobadas por el
Claustro y Consejo Escolar en la sesión ordinaria celebrada el 27-10-15.
ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 42 ROF CEIP MAESTRO JOSÉ PÁEZ MORIANA Página 43 

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