BASES Para presentación de ponencias libres al VII Congreso
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BASES Para presentación de ponencias libres al VII Congreso
BASES Para presentación de ponencias libres al VII Congreso Nacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social La Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (SPDTSS), en el marco de su VII Congreso Nacional de la Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, que se realizará en la ciudad de Lima, del 26 al 28 de Octubre de 2016, convoca a todos los profesionales y operadores del derecho del trabajo a nivel nacional, a la presentación de ponencias libres. 1. Podrán presentar ponencias libres todas aquellas personas que por su actividad profesional y/o académica, tengan relación con el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Adiconalmente, se exigirá que quien presente una ponencia libre, se haya registrado para participar en el VII Congreso Nacional, al 5 de septiembre de 2016. 2. La presentación de ponencias libres es a título individual. Cada autor podrá presentar hasta dos (2) ponencias sobre los temas señalados en las presentes bases. 3. No serán aceptadas las ponencias libres presentadas a otro Congreso de la especialidad, concurso o certamen de similar naturaleza. Tampoco podrán presentarse como ponencias artículos que hayan sido publicados, ya sea en formato papel o en digital. Las ponencias que se presenten sin observar estas prohibiciones, no serán evaluadas por el Jurado calificador. 4. Las ponencias libres deben estar escritas en español, ser originales e inéditas. Deben estar redactadas con rigurosidad académica y contar con soporte bibliográfico, así como presentar conclusiones. 5. Las ponencias libres deben desarrollar uno de los tres temas centrales del VII Congreso Nacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social: a) Negociación colectiva: nuevos espacios y contenidos. b) La interpretación de los jueces al resolver conflictos laborales y sus límites. c) Las modificaciones de las condiciones de trabajo por iniciativa del empleador. 6. Las ponencias libres deben tener una extensión máxima de 20 hojas tamaño A4, impresas por una sola cara, usando letra de tipo arial de tamaño 12, a un espacio (interlineado sencillo), en formato Word y respetando las normas de publicación generalmente aceptadas. Las notas deben ir a pie de página. 7. La fecha máxima de presentación de las ponencias libres es el 5 de septiembre de 2016. Las ponencias deben registrarse en el sitio web del VII Congreso Nacional que en forma destacada se encuentra en: www.spdtss.org.pe. La SPDTT acusará recibo de cada ponencia libre presentada, mediante una constancia de recepción remitida por correo electrónico. 8. En la primera página de la ponencia libre que se presente, debe incluirse el nombre completo del autor, la institución en la que labora, su dirección de correo electrónico y un número telefónico de contacto. 9. El Jurado calificador evaluará, principalmente, en cada ponencia libre que se presente: 1. La rigurosidad de la reflexión. 2. La originalidad en su enfoque. 3. La redacción propia de una monografía jurídica. 10. El Jurado calificador elegirá las ponencias que van a ser incluidas en la publicación con las ponencias oficiales del VII Congreso Nacional, a editarse por la SPDTSS. 11. Para cada uno de los tres (3) temas centrales del VII Congreso Nacional, el Jurado calificador designará a las seis (6) ponencias que hayan formulado la reflexión más calificada y sugerente. A sus respectivos autores, se les concederá un tiempo para exponer un resumen de su ponencia ante el pleno del VII Congreso Nacional, según el programa del mismo. 12. Ni la SPDTTS ni el Jurado calificador, mantendrán correspondencia con los autores de las ponencias libres presentadas. En el caso del Jurado, tampoco facilitará información sobre la valoración de las ponencias libres que ha evaluado. 13. El Jurado calificador del concurso estará integrado por tres (3) miembros de la SPDTTS. La identidad de los miembros del Jurado sólo se dará a conocer en la ocasión en que se haga público su fallo. 14. El fallo del Jurado calificador se dará a conocer a más tardar el 19 de septiembre de 2016. 15. Es de competencia exclusiva del Jurado calificador, interpretar cualquier disposición contenida en estas bases y resolver cualquier controversia, litigio, desavenencia, reclamación resultante o derivada de este documento o resolución emitida por el propio Jurado. El Jurado decidirá a conciencia y, por tanto, sus resoluciones son definitivas e inapelables ante cualquier instancia administrativa, arbitral o judicial. 16. La sola presentación de las ponencias libres, implica el conocimiento de los términos y condiciones descritos en estas bases, la aceptación consciente y voluntaria y sin reservas de los mismos, así como el sometimiento pleno a las resoluciones del Jurado calificador, de acuerdo con lo previsto en la cláusula precedente. Lima, 1 de septiembre de 2016.