la villa de blanca en el proceso de adjudicación para recaudador de

Transcripción

la villa de blanca en el proceso de adjudicación para recaudador de
Joaquín Caballero Soler
La Villa de Blanca en el proceso de adjudicación para recaudador de las Encomiendas de la
Orden de Santiago en 1817
http://www.publicaciones.lacarrahila.org/joaquincaballero.html
LA VILLA DE BLANCA EN EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN PARA RECAUDADOR DE LAS
ENCOMIENDAS DE LA ORDEN DE SANTIAGO EN 1817.
JOAQUÍN CABALLERO SOLER
Asociación Cultural La Carrahila
El sistema de recaudación de tributos desarrollado en el siglo XVIII para la Encomienda
de la Orden de Santiago, está basado en la cesión de la gestión recaudatoria por parte del
titular de la orden, a personas de acreditado nivel económico y posición social, que solicitan el
desempeño de este servicio, recibiendo un porcentaje del total de lo recaudado. Para poder
licitar el servicio, el peticionario debe demostrar que posee bienes suficientes con los que
responder mediante hipoteca ante la Orden.
En los registros notariales de Cristóbal Fernández del Corral, notario de la Villa de
Abarán, hemos identificado el legajo del proceso de tasación de los bienes y adjudicación, a
instancia de D. Antonio Ruíz, como peticionario principal y D. Juan Ruíz, padre y fiador del
primero, ambos vecinos de la Villa de Blanca. Todo el documento puede consultarse en
servidor virtual del Archivo General de Murcia1.
Corre el mes de octubre de 1817. Tan solo hace
3 años que el Rey Fernando VII ha regresado a
España tras la expulsión de los franceses. El
Serenísimo Infante D. Francisco de Paula es el
responsable de las Encomiendas que la Orden
de Santiago tiene en el Reino de Murcia. Su
hermano el Serenísimo Infante D. Carlos María
Isidro es el encargado de nombrar los
recaudadores que harán acopio de las rentas
obtenidas anualmente de los bienes de la
Orden; que en el caso que nos ocupa incluía las
Encomiendas de Segura de la Sierra y Socovos
en la provincia de Albacete, y Moratalla,
Abanilla y Valle de Ricote en la de Murcia. La
condición principal que pone la Orden es que para otorgar este “oficio”, el pretendiente debe
demostrar que tiene al menos 200.000 reales de vellón en bienes raíces, cantidad muy elevada
y de la que sólo disponían muy pocas personas, lógicamente con grandes haciendas. A modo
de ejemplo, sabemos también por el mismo registro notarial que en 1817, se ejecutaron
hipotecas contra los recaudadores de la Encomienda de Cieza y de Ricote. El proceso se inicia
de parte de D. Antonio Ruíz, mediante petición al Alcalde de Blanca D. Antonio Molina
Fernández para que éste designe a los peritos competentes para realizar la tasación de los
bienes que ambos vecinos de Blanca (padre e hijo) van a hipotecar. El 10 de octubre de 1817
se nombra a Antonio Molina (de Abarán) y Bartolomé Carrizo (de Blanca) como agrimensor y
perito respectivamente para la tasación de las fincas y parcelas, y al alarife Juan Molina
Trigueros (de Blanca) para tasar las casas; aceptando todos ellos el encargo. El 13 de octubre
comenzaron las valoraciones de las propiedades resultado de la siguiente forma:
Bienes de D. Antonio Ruíz: En el partido de la Albanela, un huerto tapiado de 7 tahúllas, con
riego de añora, con una casa, cuadra, pajar y corrales y una balsa de piedra y cal para mayor
comodidad en el riego por valor de 49.000 r.v. Un pedazo de tierra de secano con algunas
oliveras que ocupa 4 celemines junto al citado huerto por un valor de 1.500 r.v. Un pedazo de 5
1
http://archivoweb.carm.es/archivoGeneral/arg.inicio
(legajo NOT 9313, página electrónica 46 y siguientes).
Joaquín Caballero Soler
La Villa de Blanca en el proceso de adjudicación para recaudador de las Encomiendas de la
Orden de Santiago en 1817
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celemines de tierra con oliveras fructíferas de secano junto al citado huerto por un valor de
2.000 r.v. En el partido de Jumajante 35 tahúllas de limoneros y naranjos, regados con azud o
añora con su correspondiente presa junto al río Segura por un valor de 205.000 r.v. Un olivar de
3 fanegas junto al anterior huerto, que se riega con el agua de las avenidas del barranco del
Campillo mediante obras y tablachos, lo que hace que las olivas sean muy buenas; con un valor
de 15.000 r.v. En total las tierras de Antonio son tasadas en 272.500 r.v. El día 14, el alarife
tasa la casa sita en el partido de Albanela. Tiene dos suelos (plantas o niveles), cocina y un
dormitorio y una cámara en el alto. Tiene adosados una cuadra y un corral descubierto, así
como una parra que recubre la fachada frontal. Se encuentra bien de tejado, con la madera
buena y sin grietas. Su valor asciende a 6.260 r.v. La tasación de la citada balsa de cal y piedra
(de 6 x 5 varas) es de 1.500 r.v. Otra casa en el casco urbano, sita en la Calle de Arriba,
construida en piedra y yeso, con tres suelos, tejado de madera, puertas y ventanas nuevas, con
algunas rejas de hierro. Dentro de la casa hay un torno de torcer seda movido por agua, con
todos los utensilios propios de la actividad. Adosado a la pared sur hay un huerto de frutales
que hace de jardín y ocupa media tahúlla. Se tasa la casa en 30.000 r.v., el torno en 16.000 y el
jardín en 5.000.
Bienes de D. Juan Ruíz: En el partido de Albanela una casa con dos suelos, hecha de piedra y
yeso, bien tejada y con buena madera, más un corral, pajar y cuadra anexos a ella, tasado todo
en 10.000 r.v. El valor de tasación de todos los inmuebles ascendió a 68.760 r.v. El precio total
de todos los bienes de ambos vecinos de Blanca ascendió a 341.260 r.v.
El día 16 de octubre el Alcalde Ordinario de Blanca, tras recibir solicitud de certificación
por parte de los interesados y tras juramento de estos ante José Núñez Aragonés, emitió dicha
certificación. El proceso exigía que el pretendiente presentase testigos de la tasación
patrimonial, apareciendo en el legajo las declaraciones juradas de Joaquín Cano Álvarez y
Antonio Cano Molina (vecinos de Blanca), indicando D. Antonio que si fuese preciso
presentaría alguno más. El día 17 el alcalde emitió el auto por el que certificaba toda la
tasación, dándole traslado a las partes interesadas. El proceso estaba concluido y ajustado a
derecho. El día 18 se inscribió ante el notario de Abarán Cristóbal Fernández del Corral y los
testigos Antonio Sánchez García, Antonio Alejo y Francisco López de la Hoz, la hipoteca sobre
el huerto de frutales de la Albanela y la casa de tres plantas más el torno y el jardín adosado,
propios de D. Antonio. Su padre como fiador hipotecó las 35 tahúllas de riego en Jumajante,
las 3 fanegas de olivos del barranco del Campillo y la casa cortijo de también del Campillo.
Las condiciones que exige el Infante Carlos María son las siguientes:
1º El acuerdo hace referencia a las 5 Encomiendas antes citadas (Segura de la Sierra,
Socovos, Moratalla, Abanilla y Valle de Ricote)
2º Los gastos de recogida de los caudales y traslado al pueblo que se decida, corren a
cuenta del principal otorgante, D. Antonio Ruíz.
3º El recaudador sólo recibirá de parte de los administradores de las encomiendas el 1
y 3 cuartillo del ciento del total de lo recaudado, que será entregado en dinero previo acuse de
recibo.
4º El recaudador deberá desglosar cada entrega de dinero o letras seguras que haga a
los administradores, indicando la procedencia de cada una de las encomiendas.
5º Las letras deberán darse o sacarse a nombre del Tesorero de los Señores Infantes, D.
Antonio de Uguina, y enviarlas por mediación del Secretario de Cámara de S. A. R., D. Fernando
Quéipo.
6º Todos los caudales que custodie el recaudador lo serán siempre y en todo momento
a modo de depósito, no pudiendo disponer de ellos ni siquiera en caso de quiebra.
7º El tiempo máximo de entrega a los administradores desde la recaudación es de un
mes.
8º El aval de fianza del recaudador se fija en 200.000 r.v.
Joaquín Caballero Soler
La Villa de Blanca en el proceso de adjudicación para recaudador de las Encomiendas de la
Orden de Santiago en 1817
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9º Anualmente y a finales de diciembre el recaudador enviará el estado de las cuentas.
En caso de producirse descubiertos, el recaudador responderá con la fianza a la que se
cargarán los gastos, costas, salarios y demás que se devenguen de la reposición del dinero.
El día 25 el notario dio traslado mediante pliego lacrado de la firma de la hipoteca.
Lo expuesto hasta ahora es el resumen del vaciado de la información contenida en el
legajo. El tipo de documento legal con el que trabajamos, nos ofrece dos partes diferenciadas.
Por un lado el proceso de tasación, clasificación y descripción de los bienes inmuebles
y tierras del pretendiente al cargo de recaudador, del que podemos obtener una imagen
bastante fidedigna del nivel social de dos hacendados en la Villa de Blanca en 1817. Además
vemos que la tierra adquiere un valor especial cuando está ligada a la disponibilidad de agua
para el riego, lo que asegura que las cosechas sean abundantes. El sistema de regadío se basa
en la secuencia azud, acequia y noria, aunque el riego temporal de barranco o “riego de
avenida” también da valor a la tierra, siendo el cultivo de limones y naranjas lo que más
rendimiento parece aportarle, como lo demuestra el tener una finca de 35 tahúllas. El perfil de
Antonio Ruiz indica una actividad comercial e industrial al poseer un torno para torcer seda,
actividad que entrará en rápido declive en los años venideros. Es curioso que en sus tierras no
se declaren morerales de riego (que son los usos del suelo que según el Catastro de Ensenada
de 1755 mayor rendimiento económico producen), seguramente sustituidos ya por los cítricos;
importando posiblemente el capullo de seda de los restantes pueblos del valle. El hecho de
disponer de un huerto transformado en jardín, indica un cierto decoro, pues destinar tierras de
cultivo a un uso exclusivamente lúdico no era lo habitual entre los agricultores.
Por otro lado las condiciones que la Encomienda impone al recaudador son muy
estrictas. El sistema es simple; a mayor recaudación, más beneficio para el recaudador (pues lo
obtiene del porcentaje estipulado). El resto de cargas y gastos van por cuenta del recaudador.
Esto supone que incluso en años de malas cosechas por avenidas, hielos, plagas, guerras y
hambrunas, el recaudador debe ingresar los tributos so pena de responder con sus bienes
hipotecados, y además sin moratoria alguna, pues los pagos son anuales. Con esta realidad
cabe preguntarse si era rentable acceder al oficio de recaudador. Del legajo estudiado parece
deducirse que sí, ya que como hemos visto el proceso de solicitud es complejo y muy exigente
en cuanto a los requisitos que debe cumplir el demandante. No parece lógico que personas
con unas buenas rentas arriesgasen en exceso su patrimonio para ganar más dinero, sobre
todo en el momento histórico en el que nos encontramos, con las calamidades de la Guerra de
la Independencia aún latentes. Claro que el ejercicio del cargo, debía suponerles un ascenso
del nivel social y un acercamiento a las clases altoburguesas y nobles, sobre todo en el ámbito
social del Valle de Ricote.
Para finalizar nos surgen dos cuestiones que no hemos resuelto definitivamente: ¿Por
qué Antonio Ruíz y su padre realizaron todo el trámite ante el notario de Abarán, cuando en la
villa de Blanca también ejercía en esas fechas Diego Trigueros Sánchez2, años 1808-1820.
(legajo NOT,9381 del Archivo General de la Región de Murcia); y ¿consiguió finalmente
Antonio Ruíz ser el recaudador de las 5 Encomiendas? La primera pregunta se presta al
ejercicio de la especulación, modalidad ésta de la que no somos muy seguidores, pero cabría la
posibilidad de que intentaran pasar desapercibidos y actuar con discreción por algún motivo
que desconocemos, posiblemente para eludir a la familia Llamas de Ricote que controló la
Encomienda del Valle hasta su desaparición, proceso que se inició en 1820 aproximadamente,
según comunicación oral de Dimas Ortega3. Para contestar la segunda, hemos rastreado la
información disponible en las bases de datos de la red y comentado el asunto con
2
3
legajo NOT,9381 del Archivo General de la Región de Murcia
Doctor en Historia y Cronista Oficial de Ricote
Joaquín Caballero Soler
La Villa de Blanca en el proceso de adjudicación para recaudador de las Encomiendas de la
Orden de Santiago en 1817
http://www.publicaciones.lacarrahila.org/joaquincaballero.html
investigadores4 de reconocido prestigio, sin que el nombre de Antonio Ruíz aparezca
relacionado como recaudador de la Encomienda, por lo que nos inclinamos a pensar que
finalmente no consiguió serlo. Sin embargo, en el mismo libro de protocolos notariales de
Cristóbal Fernández del Corral, antes citado, aparecen dos documentos que hacen referencia a
“D. Juan Ruíz, vecino de Blanca y recaudador de los frutos de los diezmos de la Encomienda de
la Villa de Ricote”. Uno es un poder notarial a favor de D. José María Roldán, vecino de San
Clemente (Cuenca) de fecha 29 de agosto de 1816, en el que le otorga poder para que lo
represente ante el Ayuntamiento de dicha Villa de San Clemente, por la causa del cobro de
impuestos por haber vendido Juan Ruíz en el mercado de los jueves unas partidas de jabón,
que debieron estar exentas al ser trajinero forastero en dicha villa5. El otro es un poder amplio
de fecha 22 de julio de 1816, otorgado a su hijo Francisco Ruiz (de Blanca) en el que expresa
que debido a los achaques de su edad no puede hacerse cargo como debiera de sus negocios y
por ello le confiere capacidad para que lo represente en pleitos, cobre y emita facturas y pagos
pendientes y haga compras y ventas de propiedades y bienes en su nombre6. La familia Ruiz
tuvo una importante actividad comercial en el ámbito de la villa de Blanca, ampliando sus
negocios a la exportación a tierras conquenses, que desde antaño estuvieron relacionadas con
el Valle de Ricote por los movimientos trashumantes de ganado lanar principalmente7.
No obstante, la historia se reescribe cada día y por ello si la investigación da un giro y
aparecen nuevos datos, los expondremos en el portal que el autor tiene disponible en
http://www.publicaciones.lacarrahila.org/joaquincaballero.html
4
Agradecimientos para José María García Avilés (Doctor en Historia y experto en la Encomienda del
Valle de Ricote), Govert Westerveld (Doctor en Historia y Cronista Oficial de Blanca) y Dimas Ortega
(Doctor en Historia y Cronista Oficial de Ricote).
5
legajo NOT 9313 Cristóbal Fernández, página electrónica 274 y siguientes.
6
legajo NOT 9313 Cristóbal Fernández, página electrónica 260 y siguientes.
7
Véase Joaquín Caballero (en prensa 2015). La Ganadería en Abarán en el siglo XVIII. Actas de las III
Jornadas de Investigación y Divulgación sobre Abarán y el Valle de Ricote. Asociación Cultural La
Carrahila.

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