avda. los pajaritos nº 4198 maipú
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avda. los pajaritos nº 4198 maipú
CENTRO EDUCACIONAL “SAN ANDRÉS” AVDA. LOS PAJARITOS Nº 4198 MAIPÚ 0 INDICE Presentación 02 Fundamentación Visión - Misión 03 04 Objetivos Institucionales 05 Capítulo I : Disposiciones generales Art. 1: De la concepción curricular Art. 2: Del funcionamiento Art. 3: De la seguridad e integridad física y moral de los alumnos y alumnas. Art. 4: De los Consejos de Profesoras Art. 5: De los Consejos Escolares Art. 6: Del perfeccionamiento docente Art. 7: Del procedimiento para las visitas Pedagógicas. 06 07 08 09 10/11 12 13 Capítulo II : Normas Técnico – Administrativas Art. 8: Del uniforme escolar Art. 9: De los roles o deberes que corresponde cumplir a los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa: - De la Directora - De la Unidad Técnico Pedagógica - De las Docentes de aula - De la Profesora Jefa - De la Profesora de turno - De la Inspectora - De la Contabilidad y de Servicios menores 14 15 15/16 17-20 21 22/23 24 25 26 1 1 Perfil, derechos y deberes de los alumnos Perfil, derechos y deberes de los apoderados Perfil, derechos y deberes de los funcionarios De la Educación. 27-29 30-32 33-38 Art.10: De las Normas de Prevención de riesgos, Higiene y Seguridad en el Establecimiento, de Acuerdo a la Ley Nº 19.070 39/40 Art.11: De las estrategias que emplea el establecimiento para el desarrollo de la disciplina y la sana convivencia: - Gradación de las faltas - De la Convivencia y la resolución de conflictos 41-43 Art.12: Protocolo de acción frente al Abuso Sexual Infantil. - Marco legislativo - Descripciones generales 51 52 53-59 Art. 13: Protocolo de acción frente al Grooming o Acoso por Internet. 60-61 Art. 14: Protocolo de acción para estudiantes embarazadas 62-63 Art. 15: Protocolo de acción para alumnos con VIH. 64 44-46 47-50 2 2 Presentación La convivencia por sí misma es un aprendizaje y este aprendizaje debe incluir también la capacidad de vivir juntos en colaboración, el manejo de estrategias para la resolución no violenta de conflictos, habilidades de comunicación, autocontrol, asertividad y empatía. El aprendizaje de valores y habilidades sociales, así también como las buenas prácticas de convivencia, son la base del futuro buen ciudadano. Con el propósito de asegurar una buena convivencia escolar, teniendo en cuenta que ésta forma parte de la formación general de las personas y que el Centro Educacional “San Andrés”, como servicio educativo, se hace responsable de la educación de los alumnos y alumnas en cuanto a los valores esenciales que debe tener una Comunidad Educativa en convivencia, es que se establece el presente Reglamento. El Reglamento o Manual de Convivencia Escolar, cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones de esta Unidad Educativa, (Dirección, docentes, padres y apoderados, alumnos y alumnas, etc.) emprenden en pro de la formación y afianzamiento de los valores de convivencia en la cultura escolar. La convivencia es por lo tanto, una construcción colectiva y dinámica en donde todos los estamentos de la Unidad Educativa son sujetos con derechos y obligaciones de acuerdo a los roles y funciones que desempeñan en esta comunidad. 3 3 Fundamentación Con el objeto de evitar situaciones que transgredan o limiten la equidad, la participación y el desarrollo armónico del proceso educativo de esta Institución, se fija el presente documento basado en los siguientes cuerpos legales: o Declaración Universal de los Derechos del Niño. o Declaración Universal de los Derechos Humanos. o Ley Nº 19.979 del 06/11/2004 o Reglamento Interno del Establecimiento o Ley Nº 19.779 Modifica régimen de jornada escolar o Ley Nº 20.370/2009 Establece la Ley General de Educación o Ley Nº 19.969/2004 Establece los Tribunales de familia 4 4 Visión del Centro Educacional San Andrés Nuestra visión de futuro considera ser una Comunidad Educativa de Enseñanza Pre-Básica y Básica, donde se imparta una educación integral que cumpla y sirva, a nuestros alumnos y alumnas, para su futuro como personas; integrando una educación de calidad impregnada de valores como: respeto, solidaridad, tolerancia, responsabilidad, disciplina, patriotismo y sentido ecológico, entre otros; con una planta docente capacitada y comprometida con la Educación chilena, padres y apoderados motivados y colaborativos, donde nuestros educandos sepan lo que se espera de ellos y ellas para enfrentar los nuevos desafíos con éxito. Misión del Centro Educacional San Andrés El Centro Educacional “San Andrés”, se caracteriza por ser una entidad educativa que privilegia a la persona en todas sus dimensiones, por lo tanto, nuestra misión es contribuir en la formación integral de personas, de manera tal que, puedan contar con las habilidades, competencias y valores para desarrollarse en un mundo globalizado y en constante cambio, donde la Comunidad Educativa asuma el compromiso de mejorar permanentemente las relaciones interpersonales, basados en los principios de una sana convivencia. Con un diseño curricular y una acción pedagógica orientada a producir aprendizajes significativos y fundamentales que les permitan, a nuestros alumnos y alumnas, proyectarse con éxito a los niveles superiores de enseñanza. 5 5 Objetivos Institucionales. Propender al desarrollo de aprendizajes significativos que permitan contextualizar y proyectar la educación. Favorecer un proceso educativo integrador a través del clima institucional. Promover la utilización de las tecnologías de la información y comunicación en la formación de nuestros alumnos y alumnas. Desarrollar en los alumnos y alumnas un pensamiento emprendedor, productivo y creativo, esenciales en la formación de las personas. Motivar el crecimiento y desarrollo de la institución a través del compromiso de docentes y directivos con la función educacional y relacional. Promover el respeto hacia sí mismo y hacia el medio social, cultural y natural. Respetar la diversidad y las diferencias individuales de las personas, en una concepción democrática y de buena convivencia. Mejorar la calidad de la educación a través del desarrollo profesional permanente de docentes y directivos. 6 6 Capítulo I. Disposiciones generales. Art. 1: De la Concepción Curricular. En el marco de las exigencias que las denominadas “Sociedades del Conocimiento” le plantean a la Educación, se exige la adquisición por parte de los alumnos y alumnas de conocimientos conceptuales, procedimentales y valóricos o actitudinales. Tipos de diversos conocimientos que deben ser integrados en función del desarrollo de competencias. En la reforma de los 90 en Chile, se generó la intención de modificar las prácticas de enseñanza en la perspectiva de una pedagogía de base constructivista, generadora de aprendizajes significativos en los estudiantes, por otro lado, la actualización de conocimientos en las distintas disciplinas, ampliando el foco del conocimiento, ofreciendo no sólo los conceptos, criterios o procedimientos, sino también elementos sobre los procesos de su construcción. Los cambios en el currículo se produjeron, entonces, en un contexto marcado por exigencias de conocimientos más complejos, las que fueron enfrentadas con modificaciones importantes El Centro Educacional San Andrés, imparte los Planes y Programas de Estudios oficiales y autorizados por el Mineduc. NB 1 = NB 2 = NB 3 = NB 4 = NB 5 = NB 6 = Decreto Nº 2960/2012 Decreto Nº 2960/2012 Decreto Nº 2960/2012 Decreto Nº 2960/2012 Decreto Nº 256/2010 Decreto Nº 256/2010 Planes Propios de Inglés Kº a 4º año básico = Resolución Exenta Nº 3322/2004 Bases Curriculares: Decreto Nº 289/2001= 1º y 2º Nivel de Transición Decreto de Evaluación y Promoción Escolar Nº 511/1997 Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar. 7 7 Art. 2 : Del Funcionamiento. - Dirección: - Modalidad: - Cursos: Avenida Los Pajaritos Nº 4198 Maipú Nivel Pre-básico y Básico 1º y 2º Nivel de Transición; NB1,NB2,NB3,NB4,NB5,NB6. - Matrícula: 393 alumnos/as - Nº docentes de aula:17 profesoras .Directivos: 2 - Psicopedagoga: 1 - Fonoaudióloga: 1 - Jornadas: Mañana – Tarde - Régimen: Semestral 8 8 Art. 3 : De la seguridad e integridad física y moral de los alumnos y alumnas. En coherencia con nuestro P.E.I., nuestra misión, principios y valores que nuestro colegio fortalece día a día, para lograr el desarrollo personal e integral de todos nuestros alumnos y alumnas; privilegiando la salud física y moral de ellos, se debe evitar efectuar las siguientes acciones: 1. Seleccionar alumnos/as por notas u otros factores en el proceso de admisión. 2. Retener la documentación escolar por situación de tipo económica. 3. Agredir de manera verbal, física o psicológica. 4. Devolver alumnos/as a sus casas por atraso, incumplimientos o cualquier otro motivo. 5. Permitir la salida de alumnos/as del recinto escolar mientras dure la jornada de clases, sin autorización de la Dirección. 6. Sacar de la sala de clases a los alumnos/as que presenten algún problema conductual. 7. Tratar a los alumnos y alumnas con apelativos o sobrenombres ofensivos y/o descalificativos. 8. Discriminar por sexo, etnia y/o religión, problemas físicos o mentales. 9. Calificar alumnos por conductas y no por aprendizajes. 9 9 Art. 4 : De los Consejos de Profesoras El Consejo de Profesoras es el organismo asesor de la Dirección del Establecimiento. Los Consejos de Profesoras estarán presididos por la Directora, quien podrá delegar esta función en casos justificados. El Consejo tendrá una Secretaria designada por la Directora. El Consejo tendrá carácter consultivo, en el diagnóstico, planeamiento, ejecución y evaluación de las actividades de la Unidad Educativa. El Consejo tendrá carácter resolutivo en materias TécnicoPedagógicas en conformidad con el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Establecimiento. El funcionamiento del Consejo de Profesoras se regirá por las siguientes disposiciones generales: Habrá Consejos ordinarios y extraordinarios. Los ordinarios se realizarán dentro de la planificación anual. Los extraordinarios se realizarán por determinación de la Directora. Los Consejos se realizarán dentro de las horas normales de actividad del Establecimiento. Los Consejos serán convocados por escrito y en forma oportuna. La asistencia a los Consejos es obligatoria, dentro de la jornada de trabajo. Asistirán a los Consejos, además del personal que corresponda, otras personas del establecimiento o fuera de él, siempre que su presencia sea requerida o autorizada por la Directora. 10 10 Art. 5 : De los Consejos Escolares La ley 19.979 que modifica el régimen de Jornada Escolar Completa, crea los Consejos Escolares para todos los establecimientos subvencionados del país. El objetivo es reunir a los distintos actores que conforman nuestra Comunidad Educativa para contribuir, informándose, participando y opinando sobre materias relevantes para nuestro establecimiento como son, la mejora de los aprendizajes, la colaboración con la gestión de la Escuela, el trabajo por una mejor convivencia escolar y por la formación integral de nuestros alumnos y alumnas. El Consejo Escolar de nuestro establecimiento tendrá carácter Informativo. Se informará al Consejo Escolar sobre las siguientes materias: Informe de visitas inspectivas del Mineduc y otros estamentos. Logros de aprendizajes de los alumnos en el Simce, compromisos de gestión y metas del establecimiento. El Consejo Escolar de nuestro establecimiento tendrá carácter Consultivo. El Consejo escolar será consultado en los siguientes aspectos: Proyecto Educativo Institucional Plan anual de Acción Reglamento Interno del establecimiento Plan de Mejoramiento Educativo Ejecución de proyectos de mejora a nivel de funcionamiento e implementación. El Consejo Escolar de nuestro establecimiento tendrá carácter Propositito. El Consejo Escolar podrá realizar propuestas en las siguientes materias: Actividades propias de los apoderados como organización (culturales, sociales) Actividades de relaciones con la comunidad y con redes de apoyo. 11 11 Actividades que promuevan la salud física y la seguridad escolar de los alumnos y alumnas del colegio. Programación general de actividades de la cultura escolar y curricular del establecimiento. El Consejo no tendrá carácter resolutivo y no podrá intervenir en funciones que sean de competencia de otros estamentos del establecimiento. Formarán parte del Consejo Escolar el Sostenedor o su representante, la Directora del establecimiento, un representante de las Profesoras elegida por sus pares y una representante de los Padres y Apoderados. Las sesiones se realizarán 4 veces en el año, no obstante, si la dirección del establecimiento lo dispone, convocará a los integrantes a sesionar de manera extraordinaria. 12 12 Art. 6 : Del Perfeccionamiento Docente Con el propósito de mejorar la calidad de las prácticas educativas en el establecimiento, las docentes tendrán las siguientes instancias de perfeccionamiento docente: Jornadas de capacitación experiencias, mensualmente. pedagógica e intercambio de Participación en seminarios nacionales e internacionales a través de la Fundación Creando Futuro y la Universidad de Alcalá de Henares en España. Cursos de perfeccionamiento en el Instituto Carlos Casanueva. 13 13 Art. 7 : Del procedimiento para las visitas pedagógicas Toda actividad de clases que requiera ser realizada fuera de las dependencias del establecimiento, será consignada en la planificación de clases e informada a la dirección del colegio, quien informará a la Dirección Provincial de Educación mediante oficio y con la antelación correspondiente de acuerdo a las especificaciones en el calendario escolar. Para el buen desarrollo de las visitas pedagógicas se seguirá el siguiente conducto: La Profesora Jefa solicitará a los padres y apoderados la autorización firmada por ellos, en la agenda oficial y personal del alumno/a. Las salidas se realizarán con el uniforme oficial del colegio o el buzo, de acuerdo a la ocasión. En caso de solicitar movilización, ésta deberá ser contratada o conseguida con anterioridad por las personas encargadas. En ningún caso, los alumnos podrán viajar por su cuenta o en transporte de la locomoción colectiva. El regreso de los alumnos/as será siempre hacia el colegio, de donde se entregarán a sus padres y/o apoderados. En caso de retraso, la profesora deberá comunicarse telefónicamente informando la situación. 14 14 Capítulo II. Normas Técnico administrativas. Art. 8 : Del Uniforme Escolar. El uso del uniforme escolar para todos los alumnos es de carácter obligatorio, aprobado con el acuerdo de los distintos estamentos de la Comunidad Educativa y del Consejo Escolar. La Dirección autorizará en casos especiales y transitorios el no uso del uniforme escolar. De esta manera se establece el uniforme escolar como sigue: NIÑAS Falda Institucional NIÑOS Pantalón gris EDUC. FÍSICA Buzo Institucional Polera Institucional Polera Institucional Polera blanca Chaleco o Sweter Institucional Chaleco o Sweter Institucional Zapatillas Calceta o pantys azul marino Zapato de colegio negro Parka azul marino Calceta gris o azul En verano: Short azul marino Zapato de colegio negro Parka azul marino marino 15 15 Art. 9 : De los roles o deberes que corresponde cumplir a los diferentes estamentos de la Comunidad Escolar. De la Directora: La Directora es la docente superior que, como jefe del Establecimiento Educacional, es la responsable de la dirección, organización y funcionamiento del mismo. Actuará de acuerdo a las normas legales y reglamentarias. Corresponde a la directora cumplir con las siguientes funciones generales: Dirigir el Establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo siempre presente que la principal función del establecimiento es educar, y prevalecer sobre la administrativa u otra, en cualquier circunstancia y lugar. Determinar los objetivos propios del Establecimiento en concordancia con los requerimientos de la Comunidad Escolar y de la Comunidad local en que se encuentra. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo. Representar oficialmente al Establecimiento frente a las autoridades educacionales y a su vez cumplir con las normas e instrucciones que emanan de ellas. Proponer al Sostenedor la estructura organizativa técnicopedagógica del establecimiento que estime conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación y Ejecución. Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo de su personal y creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos del plantel. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados. Presidir los distintos consejos técnicos y delegar funciones cuando corresponda. Velar por el cumplimiento de las normas de previsión, higiene y seguridad dentro del establecimiento educacional. Cumplir las normas e instituciones emanadas de las autoridades educacionales competentes y las del sostenedor. 16 16 Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación las actas, estadísticas y otros documentos que sean exigibles conforme a la reglamentación y legislación vigente. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la inspección del Ministerio de Educación, conforme a las instituciones que emanen de la superioridad comunal. Remitir al Sostenedor los informes, actas, estadísticas, ordinarios y toda otra documentación que aquel requiera. Mantener la comunidad con el Centro de Padres y crear los espacios necesarios para que este organismo asesor comparta y colabore con los propósitos educacionales y sociales de la escuela. Denunciar a la justicia ordinaria los delitos, robos o hurtos cometidos dentro del establecimiento en contra de alumnos, funcionarios o bienes de la escuela. Funciones de control. Controlar las actividades propias del Establecimiento que estructuran la rutina escolar, en especial: Cumplimiento del Plan Anual de Acción Cumplimiento de los Programas de cursos Cumplimiento del P:E:I y reglamentos internos. Chequeos de criterios de evaluación Control de permisos y licencias del personal 17 17 De la Unidad Técnico Pedagógica. Corresponde a la Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica, además de las funciones propias que, como especialista debe cumplir, las siguientes funciones: Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades correspondientes al Proceso de Enseñanza Aprendizaje. Asesorar a la Directora en la programación, supervisión y evaluación de actividades de colaboración. Programar los horarios de clases y de colaboración. Coordinar, supervisar y evaluar las actividades que desarrollan los integrantes de la Unidad. Participar en las reuniones técnicas y presidirlas cuando la Directora del Establecimiento le delegue esta función. Responsabilizarse porque en la Unidad se mantengan actualizados los planes y programas de estudio y reglamentos de evaluación y promoción escolar que corresponde al establecimiento. Propiciar la integración entre los diversos programas de asignaturas y distintos planes. Asistir a los Consejos Técnicos y asumir su presidencia cuando el Director le delegue esta función. 18 18 En materia de Orientación corresponderá a la Unidad Técnico Pedagógica las siguientes funciones: Planificar, coordinar y evaluar las actividades de Orientación Educacional y Vocacional del Establecimiento. Asesorar a los profesores jefes en sus funciones de guía de los alumnos, a través de la Jefatura y Consejo de curso. Asesorar a los profesores de curso, asignatura y especialidades en materia de rendimiento escolar, a fin de determinar diferenciaciones en el ritmo de aprendizaje. Atender problemas de orientación educacional y vocacional a nivel individual y grupal, en los aspectos psicológicos, pedagógicos, socioeconómicos y culturales. Coordinar y asesorar la programación de las actividades de la Escuela para Padres, Centro de Padres y Apoderados y Programas Especiales. Coordinar el proceso de seguimiento de los alumnos egresados y elaborar un panorama de posibilidades sobre prosecución de estudios. Contribuir al perfeccionamiento del personal del establecimiento en materia de Orientación y atender funciones de consejería a nivel de alumnos, padres y apoderados. Vincular y coordinar la acción orientadora del Establecimiento con la de los organismos de orientación a nivel provincial, regional o central. 19 19 En materia de evaluación corresponderá a la Unidad Técnico Pedagógica las siguientes funciones: Asesorar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso enseñanza aprendizaje. Orientar a los docentes en la correcta interpretación y aplicación de las normas vigentes sobre evaluación y promoción escolar. Velar por la confiabilidad y validez de las técnicas e instrumentos evaluativos utilizados por los profesores, supervisando su aplicación. Contribuir al perfeccionamiento de los docentes en materia de evaluación educacional. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar impulsando planes de reforzamiento para los alumnos. 20 20 En materia de Planificación Curricular corresponderá a la Unidad Técnico Pedagógica las siguientes funciones: Proponer las readecuaciones necesarias a los programas de estudio vigentes, de acuerdo con las necesidades y características propias de la comunidad escolar y conforme con las normas existentes. Velar por la adecuada aplicación de los Planes y Programas de Estudios vigentes. Sugerir y colaborar con la experimentación de técnicas, métodos y materiales de enseñanza, para mejorar el rendimiento escolar. Realizar estudios que permitan determinar en el personal, necesidades en aspectos metodológicos, con el fin de contribuir a su perfeccionamiento. Proponer la adquisición o confección de material didáctico y textos de estudio acorde con los requerimientos del plantel y procurar el uso racional de los recursos existentes. Colaborar en la planificación del trabajo escolar. Participar en la realización de las actividades de colaboración. 21 21 De las docentes de aula: La docente de aula es la profesora que, dentro del Establecimiento, es el responsable directo de llevar a cabo el proceso de enseñanza aprendizaje. Corresponden al docente de aula las siguientes funciones: Velar por el desarrollo integral del educando. Orientar y realizar las actividades docentes de conformidad a los fines y objetivos de la educación nacional, el Establecimiento educacional, el grupo curso o nivel y asignatura. Organizar y desarrollar el proceso enseñanza aprendizaje y evaluar a los alumnos de acuerdo a las normas vigentes. Registrar en libros y documentos lo que corresponda de conformidad a disposiciones vigentes. Asistir a los Consejos Técnicos que sea citado. Relacionarse con padres y apoderados cada vez que situaciones escolares de los alumnos así lo requieran. Participar en actividades y actos oficiales que programe el Establecimiento. 22 22 De la Profesora Jefa. Es la primera persona responsable de la marcha pedagógica y orientadora de su curso, igualmente del buen desempeño del subcentro de apoderados. Organiza, supervisa, evalúa, guía las actividades específicas del Consejo de Curso. Vela, junto al coordinador técnico la calidad del proceso en el ámbito de su curso. Mantiene permanentemente informado a los padres del avance o marcha pedagógica de los alumnos entregándoles un horario de atención semanal, el que se hará después de la jornada y en su respectiva sala de clases. Asiste y participa en Consejos Técnicos entregando su aporte al mejoramiento y optimización del P.E.A. Conquista el afecto, cariño, confianza de sus alumnos y apoderados. Integra los contenidos de su asignatura con las otras disciplinas. Reemplaza a profesoras ausentes cuando disponga de horario libre para hacerlo. Es la responsable directa de que se mantenga al día su libro de clases, especialmente en lo que se refiere a la asistencia hora a hora y la asistencia mensual, como igualmente las firmas y los contenidos de materias. Este trabajo será en concordancia con las disposiciones que imparta la Jefe Técnico. Tanto la profesora jefe como el de asignatura no permitirá por ningún motivo la salida de alumnos en horas de clases salvo fuerza mayor por problemas orgánicos. Ninguna profesora sacará de su sala a alumnos que presenten algún problema conductual, deberá usar todas las estrategias a fin de evitar esta irregularidad que no soluciona en nada el problema. Mantener al día los documentos entregados por Dirección y/o U.T.P. y entregados oportunamente cuando les sean solicitados. Cumplir con las horas de permanencia según contrato de trabajo. Conocer los deberes, obligaciones y derechos de carácter profesional según legalidad vigente. Conocer íntegramente el P. E. I, Reglamento de Evaluación y Reglamento interno de la escuela. 23 23 Organizar el subcentro de padres y apoderados y dirigir sus reuniones. Asistir a todos los actos oficiales internos y externos realizados por la escuela y/o Fundación. Firmar diariamente el libro de asistencia con hora de entrada y salida. Dar aviso oportuno a la directora de la ausencia por causas justificadas. Cumplir responsablemente con las funciones de profeso de torno, encargando de diarios murales, actos cívicos, etc. 24 24 Funciones de la Profesora de Turno : Llegar diez minutos antes del toque del timbre y ser el último en retirarse. Preparar el acto cívico de los días lunes. Destacar lo positivo y mejorar lo negativo de la semana anterior. Formación de hábitos en general. Mantener la disciplina en los recreos y formaciones. Permanecer en los patios vigilando el desarrollo de los recreos. Es el responsable del Colegio en ausencia de los Directivos. Se preocupa de la seguridad de los alumnos y alumnas y su oportuna atención, si se requiere. Es el encargado de llevar al alumno accidentado al Centro de atención primaria. Ayuda en el control de entrada y salida de los alumnos. Al tomar su turno revisa el estado general del establecimiento informando de cualquier anormalidad. Registrar en el cuaderno de crónicas todas las observaciones diarias. 25 25 Funciones de Inspectora La Inspectora es la profesional a cargo de velar para que las actividades del Colegio se realicen y desarrollen de acuerdo a las normas de disciplina, orden, seguridad y de sana convivencia, definidas en el PEI. Entre las actividades que le corresponden a la Inspectora se citan las siguientes: Supervisar, controlar y coordinar la ejecución del sistema de Reglamento de disciplina definido por el Colegio. Informar y coordinar las atenciones de accidentes escolares de acuerdo a procedimientos establecidos. Observar y controlar el comportamiento de los alumnos y alumnas a la entrada y salida del establecimiento y en los recreos. Controlar la disciplina del alumnado en todo momento y circunstancia, en conjunto con las profesoras, promoviendo un clima de respeto y seguridad. Autorizar salidas extraordinarias de alumnos/as o retiros del establecimiento, antes del término de la jornada, por razones que se justifiquen. Lleva registro en el cuaderno de salidas de alumnos. Coordinar el uso de las instalaciones físicas del establecimiento, en especial, el uso de la sala de computación. Velar por la buena presentación y aseo del local-escuela. Velar por la buena presentación de los alumnos y alumnas. Colaborar en actividades extraprogramáticas y extraescolares que se le confíen. Controlar atrasos, inasistencias, justificativos, certificados médicos de los alumnos y alumnas, informando oportunamente a las profesoras jefas los casos particulares. Asumir las funciones que le delegue la Directora. 26 26 De la Contabilidad. El encargado de la contabilidad es designado por el Sostenedor. Entre sus funciones le corresponde: Realizar las compras de materiales tanto de oficina, mantención y de aseo, según se requiera en el Establecimiento. Mantener actualizado el archivo del personal. Preparar liquidaciones de remuneraciones del personal. Preparar los comprobantes de ingresos y egresos. Mantener actualizados los reingresos exigidos por el Mineduc. Mantener al día la contabilidad del Establecimiento. H. De servicios menores. Será función fundamental: La vigilancia de las entradas y salidas del recinto educacional. Atender al aseo, cuidado y mantención del patrimonio físico del Establecimiento. Realizar trámites fuera del Establecimiento cuando sea requerido por la Directora. Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores. Mantener una correcta presentación personal. Cuidar, proteger y mantener los árboles, plantas y aves de la escuela. Velar por el cuidado de todos los bienes de la escuela. Eliminar los elementos u objetos que signifiquen riesgos para las personas. Avisar a la Dirección de la escuela situaciones anómalas detectadas. Demostrar buena disposición para colaborar en todo momento. 27 27 PERFIL, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS PERFIL: A través del Proceso Educativo, el Centro Educacional San Andrés, pretende desarrollar en sus alumnos y alumnas, rasgos fundamentales que los caracterizarán, tales como: Desarrollo integral: demostrado en cada uno de los aspectos de su personalidad; lo intelectual, lo volitivo y lo afectivo, estando los tres presentes en sus decisiones y acciones. Madurez: demostrado a través de sus actos, formas de pensar y de decidir, encauzado siempre por los valores que ha recibido durante su formación. Aceptación de sí mismo: se conoce a sí mismo y valora sus talentos y aptitudes, así como reconoce sus debilidades. Metas claras de vida: las metas ideales que se planteé serán las que lo guiarán por el camino correcto durante toda su vida. Dominio de sí mismo: frente a situaciones de conflicto, de comunicación u otros con otras personas. Tolerante: demostrado por el respeto a la diversidad entre los seres humanos. Respeto por las opiniones, creencias, formas de vida. Motivado y con una profunda curiosidad intelectual: que lo llevarán a la superación personal. Consciente de la cultura en que vive: para buscar su propia identidad y apreciar de ella las diferentes dimensiones que tiene en cuanto al arte, la ciencia, la literatura, el teatro, etc. y ser un ente de aporte y enriquecimiento de ella. Con un gran sentido social: hacer suyos los problemas y éxitos de los miembros de su comunidad y de su país. Coherente en el pensar y en el actuar: su forma de pensar y de actuar debe ser concordante con los valores que ha asimilado, con disciplina y conforme a sus ideales. 28 28 Respetuoso con las personas: de sus propios derechos y de sus semejantes, a partir de sus deberes. Respetuoso de la libertad y amante de la democracia. Respetuoso de la naturaleza: racional en el uso de los recursos naturales, respetando los diferentes ecosistemas y manteniendo el equilibrio de ellos. DERECHOS (Los alumnos/as del Centro Educacional San Andrés tienen derecho a:) Ser respetados como persona. A ser consideradas sus diferencias individuales y su ritmo de aprendizaje. A que sus intereses sean tomados en cuenta. A expresarse libremente. A ser escuchados cuando lo requieran. A no ser discriminados por: - Raza o etnia. - Nacionalidad. - Situación socioeconómica. - Idioma. - Ideología u opinión política. - Religión o creencia. - Sexo. - Orientación sexual. - Identidad de género. - Edad. - Filiación. - Enfermedad o discapacidad. A disfrutar de una sana convivencia. A ser acogido, orientado, estimulado y apoyado, en todo momento. A trabajar en espacios limpios y acogedores. 29 29 A aprender todo aquello que desarrolle al máximo su personalidad y capacidades intelectuales, físicas y sociales. A participar activamente en el logro de sus aprendizajes. A que se le den oportunidades para enmendar errores. DEBERES. (Los alumnos/as del Centro Educacional San Andrés deberán) Cumplir con tareas, trabajos y materiales según el horario establecido. Permanecer durante toda la jornada en el Establecimiento. Asistir a todas las clases, en todas las asignaturas en forma puntual. Los alumnos/as podrán ser retirados dentro de las horas de clases, sólo por el apoderado o persona autorizada, dejando constancia escrita en el Libro de Salida de alumnos. Los alumnos y alumnas se deben retirar en forma puntual al final de la jornada. Cuidar los bienes del colegio. Responsabilizarse de sus pertenencias. La agenda escolar oficial deberá portarla diariamente. Los varones deberán llevar el pelo corto, tradicional entendiéndose como: sin tinturas, ni rapados, ni cortes extravagantes (mohicano, colitas, trenzas, rastas), limpio, largo máximo a la altura del cuello de la polera, dentro del establecimiento. Las damas deberán llevar la falda máximo 4 centímetros sobre la rodilla, el pelo sin tintura ni rapados, extensiones o cortes extravagantes, sin maquillaje y sin joyas, durante su permanencia en el establecimiento. Tanto en los varones como damas queda excluido el uso de aros, piersing y otros accesorios ajenos al uniforme, dentro del establecimiento. Usar diariamente el uniforme institucional establecido. Se establece el uso de dos modalidades de uniforme: el tradicional y el buzo del Colegio. El uniforme tradicional deberá ser usado a diario y en especial, en ceremonias y cuando se represente al 30 30 establecimiento, dentro o fuera de él, a excepción, del día en que el curso le corresponda Educación Física. Usar un vocabulario adecuado dentro y fuera del Establecimiento. Dirigirse hacia sus compañeros y profesores de manera respetuosa y cortés. No levantar calumnias ni faltar a la verdad. Se deberá evitar toda manifestación amorosa de los alumnos y alumnas dentro del recinto escuela, sea de orden heterosexual u homosexual. PERFIL, DERECHOS Y DEBERES DE LOS APODERADOS Serán ellos los primeros educadores de sus hijos, constituyéndose en agentes colaboradores de la función educativa que se desarrolla en la institución. Se constituirán en subcentros de cada curso para conformar el Centro General de Padres y Apoderados, teniendo como función colaborar en el crecimiento y prestigio institucional de la Unidad Educativa. Para que nuestros alumnos y alumnas lleguen a ser el hombre y la mujer que deseamos, necesitamos padres y apoderados que tengan el siguiente perfil: Que otorguen al alumno y alumna un hogar estable confortable, agradable y ante todo que sean ejemplo de buenos hábitos, modales y valores. Que estén en constante comunicación con cada uno de los agentes que componen la Unidad Educativa, en un clima de respeto, tolerancia y cooperación en las diferentes situaciones y actividades que se plantean. Que se reconozcan y valoren como un componente importante en el proceso educativo de sus hijos e hijas. Que conozcan y respeten las normas establecidas en el Reglamento Interno y Manual de Convivencia de nuestra Unidad Educativa. Que sean un apoyo constante y motivador durante todo el proceso educativo. Que respeten los derechos de los niños y a la vez inculquen los deberes que tienen como tal dentro de la sociedad. 31 31 Que velen porque su pupilo o pupila comprenda y cumpla con las obligaciones y deberes, que en su condición de Educando del Centro Educacional San Andrés, se imponen, especialmente lo consignado en el Manual de Convivencia. Que concurran a todas las citaciones que el Colegio requiera para tratar asuntos relacionados con su pupilo o pupila, aceptando sugerencias respecto de la búsqueda de soluciones ante eventuales dificultades, académicas, valóricas y conductuales de éstos. Que sean críticos constructivos de la labor educativa del establecimiento, del aprendizaje y formas de desarrollo de sus hijos e hijas. Que respeten y demuestren un compromiso permanente con la Comunidad Educativa mediante la participación y colaboración en todas las actividades propuestas por la Escuela. Que fomenten en sus hijos e hijas, mediante el ejemplo, la internalización de los valores trascendentales incorporados en el Proyecto Educativo Institucional, como la solidaridad, tolerancia , respeto, responsabilidad, honestidad, amor a la patria y cuidado de su medio ambiente. DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS: Conocer las calificaciones obtenidas por su pupilo o pupila y ser informado/a del estado de avance educativo de ellos/as. Participar en las reuniones de Apoderados. Plantear sus inquietudes sobre el proceso educativo, respetando el conducto regular establecido por el Colegio de acuerdo al origen de ellas. Si es por disciplina: Profesora Jefa, Inspectora. Si es académica: Profesora de Subsector, Profesora Jefa, Jefa de Unidad Técnico Pedagógica. En cualquiera de los casos la última instancia es la Directora del Establecimiento. A participar de todas las actividades que el establecimiento les proponga. 32 32 33 33 DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS: El rol de los Padres es de suma importancia en el desarrollo de sus hijos, por lo tanto, considerando que el éxito o fracaso de los alumnos, depende fundamentalmente de la colaboración, apoyo y control que reciban los niños/as de parte de sus padres. El hogar es el primer responsable de entregar y controlar los valores fundamentales que tiendan a fortalecer el desarrollo completo de los niños y niñas. En cuanto a las obligaciones, los Padres y Apoderados/as deberán: Aceptar, apoyar y hacer cumplir en su totalidad las normas internas del colegio, controlando a su pupilo en el cumplimiento de estas disposiciones. Controlar los hábitos de estudios y la distribución del tiempo libre de su hijo. Preocuparse permanentemente de la presentación personal del educando como igualmente del cuidado y mantención de sus útiles escolares. Justificar por escrito, toda inasistencia de su pupilo a clases. Estar informado de la situación pedagógica y conductual de su pupilo, asistiendo a todas las reuniones y llamados de las Profesoras o de Inspectoría. Justificar por escrito, su inasistencia a reuniones o llamados de las profesoras, con razones justificadas. Cancelar oportunamente la cuota de escolaridad convenida con el Colegio. Solicitar toda documentación con la debida antelación y respeto. Participar activamente de las organizaciones escolares tales como: Escuela para Padres, Centro de Padres, Charlas Educativas, etc. Asistir al colegio con una adecuada presentación personal, trato y modales. Reparar, reponer y responsabilizarse de daños, de cualquier índole material que provoque su pupilo/a. Para hablar con cualquier profesora debe pedir con antelación una citación por escrito, en el horario de atención correspondiente. 34 34 Cualquier sugerencia o reclamo debe ser por escrito con firma y Run responsable. Este debe ser entregado en Dirección. 35 35 PERFIL, DERECHOS Y DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS/AS DE LA EDUCACIÓN: Todo funcionario/a del Centro Educacional San Andrés deberá: Ser comprometido/a e identificarse con el Colegio, velando por el cumplimiento de los principios de su Proyecto Educativo Institucional. Ser dinámico/a, innovador y colaborador en el trabajo en equipo, mostrando buena disposición ante situaciones emergentes. Ser una persona motivada por su trabajo y con una preocupación constante por su crecimiento personal y profesional. Poseer un dominio de grupo adecuado que propenda al trabajo armónico con sus alumnos e iguales de acuerdo con los principios educativos del Colegio, dentro y fuera de éste. Ser respetuoso/a de las características y diferencias físicas, de género, étnicas, religiosas, ideológicas, sociales y culturales de los estudiantes y sus familias. DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS/AS: Valorar al alumno como persona en crecimiento, susceptible a cambios y errores perfectibles, propiciando y facilitando su formación y desarrollo integral. Respetar y valorar la vida privada y el trabajo de sus alumnos, apoderados, compañeros de trabajo y funcionarios del Colegio. 36 36 Actuar con serenidad, ecuanimidad y discreción al enfrentar situaciones de conflicto con el alumno, otros profesores, apoderados y funcionarios del Colegio, estableciendo un diálogo directo y empático con ellos. Usar los sistemas y procedimientos regulares establecidos por el colegio para la comunicación con sus iguales, superiores, apoderados y funcionarios del Colegio, velando porque en estas comunicaciones se respeten los principios de su Proyecto Educativo. Aceptar y facilitar la observación y supervisión de sus clases y actividades docentes. Realizar el trabajo funcionario en conformidad a las órdenes e instrucciones dispuestas por el empleador o su representante. Cuidar su presentación personal en todo momento. Desempeñar personal e indelegablemente las labores asignadas, con eficiencia, honestidad y puntualidad. Respetar y guardar la debida lealtad al empleador y sus representantes, a sus jefes y compañeros de trabajo, a sus subalternos en su persona y dignidad. Atender al público, cuando corresponda, en forma deferente y cortés. Cuidar en forma permanente los bienes a su cargo, dando aviso inmediato a su jefe directo en caso de pérdida o deterioro. Registrar diariamente y en forma debida, su hora de entrada y salida en el medio dispuesto para este fin. Prestar colaboración, auxilio y ayuda inmediata en caso de emergencias dentro del colegio. Cumplir todas las normas establecidas en el presente Reglamento Interno. Dar aviso oportuno al Empleador o a quien corresponda, de su ausencia por causa justificada. Corresponde al empleador discriminar la gravedad del impedimento, en especial si tiene carácter repetitivo. Respetar los horarios de entrada y salida de los alumnos y funcionarios del Establecimiento. 37 37 Mantener siempre en el desempeño de sus funciones, la sobriedad y corrección propias del personal de una institución educacional. Mantener en todo momento relaciones deferentes con jefes, compañeros de trabajo, subalternos y alumnos. Todos los funcionarios que laboran en el colegio, sin distinción de jerarquía o rol, colaborarán activamente en todas las actividades generales del Establecimiento, siempre que ellas estén patrocinadas por la Dirección. Respetar las jerarquías y roles que requiere el trabajo colectivo. Asumir en su totalidad el Proyecto Educativo de la Unidad Educativa. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS/AS: Ser respetados como personas. A expresarse libremente, a ser escuchado y a que su opinión sea tomada en cuenta. A disfrutar de una sana convivencia. A presentar peticiones o reclamaciones al Empleador, en buenos términos y con miras a la solución de problemas. A ser acogido, orientado y apoyado si lo requiere. Al descanso maternal, según las leyes vigentes. Hacer uso de los feriados, permisos, licencias, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Participar en las acciones de capacitación y perfeccionamiento profesional. 38 38 Gozar de todas las prestaciones y beneficios que contemplen los sistemas de previsión y bienestar social. Percibir por sus servicios las remuneraciones y demás asignaciones adicionales previstas por ley. Gozar de vacaciones anuales remuneradas. Percibir aguinaldos, bonos y otros establecidos por ley. Recibir asistencia en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, en la entidad que corresponda. Estabilidad en el cargo, de acuerdo a contrato, convenido por las partes. Renunciar al cargo, con los avisos que contempla la ley. Ser calificado/a en su labor del modo que determine la reglamentación respectiva. 39 39 De las prohibiciones Queda prohibido al personal. Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor sin causa justificada y sin la debida autorización. Suspender las labores sin autorización o inducir a otros a paralizar las actividades laborales. Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada. Presentarse al trabajo en estado de intemperancia debido al alcohol, a las drogas o a los estupefacientes. Fumar dentro del Establecimiento, en especial en la sala de clases y permitir a otros miembros de la comunidad escolar que lo hagan. Efectuar comercio dentro del Establecimiento. Efectuar acciones de proselitismo partidista. Usar un lenguaje soez hacia cualquier miembro de la comunidad escolar, dentro del establecimiento. Usar un vestuario inadecuado a su función, dentro de su jornada laboral. Sacar del establecimiento documentación oficial, sin autorización de Dirección (se refiere a libros de clases u otros) 40 40 Del Contrato de Trabajo. A. Currículum Vitae. Para los y las docentes: - Dos certificados de título legalizados. - Certificado de antecedentes. - Certificado que lo acredita para trabajar con menores. - Certificado de afiliación al sistema previsional y de salud - Fotocopia del RUT. Certificado cesación de servicios otorgado por el último empleador o finiquito. Aprobar la entrevista personal efectuada por el Director y evaluado por el Representante Legal. En caso de haber sufrido modificaciones, los antecedentes personales del trabajador, deberán quedar estampados en la Ficha Personal: ello deberá comunicarlo cada interesado dentro de las 48 horas producido el hecho. - Para los y las Asistentes de la Educación: - Certificado que lo acredita para trabajar con menores. - Certificado de antecedentes. - Certificado de Idoneidad para el Personal Administrativo y de Servicios Menores. - Certificado de afiliación al sistema previsional y de salud - Fotocopia del RUT. Certificado cesación de servicios otorgado por el último empleador o finiquito. Aprobar la entrevista personal efectuada por el Director y evaluado por el Representante Legal. - 41 41 - En caso de haber sufrido modificaciones, los antecedentes personales del trabajador, deberán quedar estampados en la Ficha Personal: ello deberá comunicarlo cada interesado dentro de las 48 horas producido el hecho. B. Contrato de Trabajo. Cumplidos los requisitos señalados anteriormente y dentro de los 15 días siguientes a la incorporación del trabajador al Establecimiento, se procederá a celebrar el contrato por escrito, el cual se extenderá en 3 ejemplares, quedando una copia en el poder del trabajador y dos en poder de la administración. El Contrato de Trabajo contendrá a lo menos las siguientes estipulaciones: 1) Lugar y fecha del Contrato. 2) Individualización de las partes. 3) Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse. 4) Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada. 5) Duración y distribución de la jornada de trabajo. 6) Plazo del contrato. 7) Demás pactos que acordaron las partes. 42 42 43 43 Art. Nº 10 Normas de prevención de riesgos, higiene y seguridad, en el Establecimiento, de acuerdo a ley Nº 19070. De las obligaciones del Empleador: El Empleador está obligado a adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud del personal del Establecimiento Educacional y de sus alumnos. En cada Establecimiento Educacional deberá existir, a lo menos, los siguientes elementos de Prevención de Riesgos: Un listado que se colocará en un lugar visible y estratégico, de las direcciones y números telefónicos de los Centros Asistenciales más próximos, Carabineros y Bomberos. Cantidad suficiente, según las normas vigentes, de extintores de incendio del tipo polvo químico seco y demás elementos para combatir incendios. Uno o más botiquines, según la capacidad del Establecimiento, equipados con medicamentos y otros elementos necesarios. Cualquier otro que exijan o exigieren las normas legales o reglamentarias. El Empleador deberá adoptar las siguientes normas mínimas de higiene, sin perjuicio de las atribuciones que sobre la materia tiene el Ministerio de Salud. 44 44 Deberá mantener el edificio en general, en forma higiénica con el objeto de que el Establecimiento cuente con un ambiente sano y adecuado al desempeño de la función educacional. Deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento, baños, duchas, lavamanos, etc. El Empleador deberá observar las siguientes normas mínimas de seguridad, que deben imperar en el Establecimiento Educacional: a) Planificar la distribución del mobiliario, en los diferentes recintos del Establecimiento, teniendo presente el libre desplazamiento de los alumnos y el camino expedito hacia el exterior. b) Mantener las superficies destinadas al trabajo y recreación libres de elementos que puedan perturbar el desarrollo de las labores docentes y recreativas. c) Eliminar elementos que presenten peligro para el alumnado y personal del Establecimiento. d) Mantener los accesos, puertas y ventanas despejados. Del acatamiento de instrucciones En estas materias y dado que el Establecimiento Educacional está integrado por el personal que labora en él y los alumnos, deberá respetarse y cumplirse obligatoriamente las circulares que sobre prevención, higiene y seguridad haya emitido o emita el Ministerio de Salud Pública. Asimismo deben cumplirse las normas que sobre higiene ambiental y construcciones exige el Ministerio de Salud y Ordenanza General de Construcciones, respectivamente. 45 45 El personal debe respetar las normas de higiene del Establecimiento, para evitar crear situaciones que puedan ocasionar enfermedades, contaminaciones o focos de infección, como: Utilizar sala de profesores y cocina para el uso exclusivo a que fueron destinados, prohibiéndose almacenar en ellos desperdicios, restos de comidas u otros. Mantener el lugar donde realiza su labor debidamente aseado. Mantener y exigir a sus alumnos un aseo personal y presentación adecuada conforme a las exigencias del Establecimiento. Cada funcionario debe conocer perfectamente la ubicación y uso de los extintores. Art. 11: De la estrategias que emplea el establecimiento para el desarrollo de la disciplina y la sana convivencia escolar. A. De la asistencia. Los alumnos y alumnas deben asistir a todas las clases del Plan de estudios del respectivo curso. El requisito de asistencia está regulado por las normas de evaluación y promoción escolar con las que se rige el Establecimiento. La asistencia de los alumnos y alumnas a otras actividades organizadas o propiciadas por el Establecimiento educacional se informarán por escrito y serán obligatorias sólo en aquellas situaciones que la Dirección del plantel así lo determine. Las inasistencias deberán ser justificadas por el apoderado/a oportunamente, en forma personal o por escrito. En caso que la inasistencia a clases de un alumno o alumna se prolongue por un período mayor a los 15 días consecutivos, sin aviso del apoderado y habiendo agotado los medios de comunicación con los padres, la Directora del Establecimiento podrá proceder, previo estudio de la situación que afecta al alumno, a la cancelación de la matrícula. 46 46 B. De la puntualidad. Los alumnos/as que lleguen atrasados a clases, en ningún caso pueden ser devueltos a sus hogares, permanecer fuera del recinto educacional o deambular en su interior. Los atrasos de los alumnos y alumnas serán justificados oportunamente por el apoderado/a. Será citado el apoderado por la Inspectora del Establecimiento, cuando se exceda del tercer atraso. C. De la seguridad y salud Los alumnos y alumnas que presenten síntomas de enfermedades de fácil transmisión, como es la pediculosis, sarna, herpes, hongos, conjuntivitis y cuadros infecciosos que puedan comprometer la salud de otros niños, serán devueltos a sus padres o apoderados hasta que por medio de certificado médico, acredite que el período de contagio ha finalizado. Si el alumno/a se enferma durante su permanencia en el Colegio, se dará aviso al apoderado para su posterior retiro. En caso que el alumno y alumna sufra un accidente que le produzca sangramiento la persona que lo asiste deberá obligatoriamente utilizar guantes quirúrgicos. El colegio se reserva el derecho de solicitar de cada alumno y alumna un certificado médico que acredite que el alumno está 47 47 apto para hacer Educación Física. Éste deberá ser presentado al inicio del año escolar y tendrá una duración anual. D. De los Accidentes En el caso de que un alumno o alumna tuviese un accidente dentro del establecimiento, durante su período de clases, se practicarán los Primeros Auxilios e inmediatamente se informará al apoderado lo ocurrido. En el caso que amerite, se llevará al accidentado al Centro Asistencial que corresponde y se hará valer el Seguro Escolar. Es obligatorio que los padres informen en Dirección del Colegio, los convenios de urgencia contratados para estos efectos, en Centros asistenciales o Clínicas. El colegio no administra ningún tipo de medicamento cuando el alumno o alumna tipo problemas menores como: dolor de estómago, dolor de cabeza, fiebre, entre otros. E. De las medidas disciplinarias. Las medidas disciplinarias deben constituir, para cada alumno y alumna, una experiencia positiva que contribuya eficazmente a la formación de su personalidad. Podrán aplicarse, de acuerdo a la gravedad de la falta en que haya incurrido el alumno o alumna, las siguientes medidas disciplinarias: 48 48 Amonestación verbal. La aplica un miembro de la Dirección, una docente o un para docente del Establecimiento. Amonestación con constancia escrita. La aplica una docente o un miembro de la Dirección. A la tercera constancia escrita se cita al apoderado para que tome conocimiento de la situación de su hijo(a). Citación al apoderado. La aplica la Inspectora del plantel, la profesora jefa del alumno/a, con aviso a Dirección. Condicionalidad. La aplica la Dirección del Establecimiento, dejando constancia escrita en el libro de clases y firmada por el apoderado. Reubicación en otro Establecimiento Educacional de la misma Institución. La aplica la Dirección del Establecimiento en consulta y conformidad del Consejo de Profesoras. Antes de la aplicación de las medidas de Condicionalidad y Reubicación, se habrán agotado todas las instancias con el alumno para lograr en él un cambio de actitud. Por faltas de disciplina que impliquen daños o destrucción material, además de las medidas disciplinarias correspondientes, el apoderado/a se hará cargo de los gastos de reparación o restitución del perjuicio. 49 49 Constituyen faltas de los alumnos y alumnas. Gradación de las faltas: Se entiende por FALTAS LEVES: Llegar atrasado a clases u a otras actividades establecidas. Descuidar su presentación personal, en cuanto a higiene o uso inadecuado del uniforme escolar. No justificar inasistencias a clases o atrasos. Interrumpir las clases con ruidos, silbidos, gritos, golpes o otros. No cumplir con los deberes académicos (tareas, trabajos, etc.) No trabajar en clases. Asistir a clases sin los materiales necesarios para las asignaturas. No contar con su agenda escolar a diario. Botar basuras u otros elementos en la sala de clases u otras dependencias del establecimiento. Ingerir alimentos en horas de clases o actividades programadas. Usar tintes, cortes de cabellos extravagantes, maquillajes, aretes, o accesorios no permitidos. Vocabulario grosero, insultante y trato descortés hacia sus compañeros, profesores o cualquier miembro de la Comunidad. Comprar y vender mercaderías dentro del establecimiento, sin autorización de Dirección. No entregar oportunamente a los padres y apoderados las comunicaciones o citaciones que el Colegio envía. Asistir con buzo u otras prendas de vestir cuando no corresponda. 50 50 Se entiende por FALTAS GRAVES: Tres faltas leves reiteradas. Golpear intencionalmente a un compañero o compañera, dentro o fuera del establecimiento. Agredir de hecho o palabra a toda persona, dentro o en las inmediaciones del colegio. Faltar el respeto a los símbolos patrios o institucionales. Hacer mal uso de la información de Internet, materiales audiovisuales y computacionales del laboratorio de computación del establecimiento. Mentir o engañar, sin reconocer sus faltas. Apropiarse de objetos o elementos ajenos. Negarse a realizar las actividades escolares dentro de la sala de clases o fuera de ella. Hacer la cimarra. El mal comportamiento en el vehículo escolar que lo transporta o en visitas pedagógicas. Negarse de manera individual o grupal a realizar pruebas programadas o ser interrogados por la profesora. Fomentar la falta a la disciplina, dentro del establecimiento o fuera de este, de tal forma que afecte la buena marcha y prestigio del Colegio. Comentarios que contribuyan a la división y/o entorpecimiento de las buenas relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa. 51 51 Se entiende por faltas MUY GRAVES: Repetir por segunda vez una falta grave. Salir del recinto escolar sin autorización. Utilizar los medios masivos de comunicación para denigrar el establecimiento o cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Agredir física y/o verbalmente a cualquier miembro del establecimiento, dentro o fuera de él. Ingresar al recinto, revistas, imágenes o material audiovisual de carácter inmoral y atentatorio de las buenas costumbres. Escribir groserías o dibujar imágenes que atenten contra la moral, dentro del recinto educacional. Portar armas cortantes o de fuego u objetos corto-punzantes que pongan en peligro la integridad y seguridad de las personas. Consumir drogas, estimulantes o cigarrillos, dentro o en las inmediaciones del establecimiento. Adulterar o falsificar firmas o documentos oficiales del establecimiento. Indisciplina de cualquier naturaleza que se provoque en actos cívicos. Ocasionar conscientemente destrozos en los bienes ajenos. Engañar en el trabajo escolar, copiando, adulterando o apropiándose de trabajos ajenos. Adherirse a paro de actividades o toma del establecimiento, por atentar contra la libertad de trabajo y la propiedad privada. Realizar manifestaciones sexuales, ya sea de orden heterosexual u homosexual, en el interior del Colegio. Agredir sexualmente a algún miembro de la Comunidad escolar. Exhibir partes íntimas de su cuerpo, en dependencias del colegio. Ejercer matonaje entre compañeros o compañeras. Violentar cerraduras, candados de los muebles o dependencias del establecimiento. 52 52 53 53 De la Convivencia y la resolución de conflictos. En la Escuela conviven a diario a muchas personas. La forma y la calidad de relación que tenga entre ellos van a ser determinante en la calidad de la convivencia escolar, la cual es la responsabilidad de todos quienes integramos esta comunidad. Por lo tanto, se debe evitar cualquier situación de violencia, discriminación y normas autoritarias y arbitrariedad en su aplicación. Se debe seguir, el conducto regular en la resolución de problemas, manteniendo siempre una buena disposición y respeto por las personas. En el caso de ser requerido y la situación lo amerite, se conformará un equipo de mediación para el tratamiento de las dificultades. Protocolos de actuación para la resolución de conflictos: Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas; b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado; c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: • La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores; • El carácter vejatorio o humillante del maltrato; • Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; • Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; • Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; d) La conducta anterior del responsable; 54 54 e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra; f) La discapacidad o indefensión del afectado. Antes de la aplicación de una sanción o medida, se conocerá la versión de todos los involucrados, considerando contexto y las circunstancias que rodearon la falta. Se evaluará adecuadamente la falta antes de aplicar una sanción o medida. Se conformará el equipo de mediación que tratará el conflicto con las partes involucradas. De persistir una conducta no adecuada a lo que indica el presente Reglamento Interno, la encargada de convivencia determinará una sanción justa y formativa para ambas partes, sobre la base del diálogo y una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto. Definición de maltrato escolar. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. 55 55 Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa; Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.); Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia; Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico; Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar; Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito; Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus 56 56 efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste. 57 57 Mediación. El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de las respectivas responsables. Responsables. a) Directora: Olga López Cabrera b) Encargada de Convivencia Escolar: Ximena Díaz Santibáñez Resolución. La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar. 58 58 Protocolo de Acción frente al Abuso Sexual Infantil. Responsabilidades: Las principales responsabilidades de los directores, equipos directivos y comunidades educativas de cada colegio son: Detección y notificación de situaciones de riesgo de agresión sexual infantil. Seguimiento de niños o niñas y sus familias, en aquellos casos en que se ha detectado riesgo o cuando los alumnos han sido vulnerados en sus derechos. Entendemos seguimiento “todas aquellas acciones (pregunta directa al apoderado, llamada telefónica, visita domiciliaria, informe escrito u oral de alguna institución de la red, etc.) que permita conocer la evolución de la situación de vulneración de derecho pesquisada”. Orientación y apoyo a las madres y padres sobre dificultades en la crianza de sus hijos. Los equipos de los colegios deben dar a conocer las situaciones detectadas y no dejar que permanezcan ocultas. Cuanto antes se notifique, antes se podrán activar los recursos necesarios para atender al niño/a y a su familia, evitando el agravamiento y cronicidad del posible abuso sexual. 59 59 Marco Legislativo En la legislación chilena es la Constitución Política la que asegura en el Artículo 19 Nº1, el derecho de todas las personas a la vida, la integridad física y psíquica, siendo, por tanto, sujetos de dicha protección todos los individuos de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición. En relación a la obligación de denunciar hechos con características de abuso sexual infantil, cabe destacar que tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal establecen la obligación para los funcionarios/as públicos, directores/as de establecimientos educacionales públicos o privados y profesores/as, de denunciar estos hechos. Dicha obligación debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento de los hechos, sancionándose su incumplimiento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal en relación con el Artículo 494 del Código Penal, con la pena de multa de 1 a 4 UTM. La Ley Nº19.968 que crea los Tribunales de Familia plantea, además, que será este tribunal el que abordará los hechos en los cuales aparezcan vulnerados los derechos de los niños/as, así como también las causas relativas a abuso sexual infantil, no constitutivos de delito. 60 60 Descripciones Generales. El Abuso Sexual Infantil es el contacto o interacción entre un niño/a con un adulto, en el cual el menor es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser actos cometidos con niños/as del mismo o diferente sexo del agresor. Es un delito y se castiga por la ley ya que viola los derechos fundamentales del ser humano, en especial cuando son niños o niñas. Tipos de Abuso Sexual. Abuso sexual propio: es una acción que tiene un sentido sexual, pero no es una relación sexual y la realiza un hombre o una mujer hacia un niño/a. Generalmente consiste en tocaciones del agresor/a hacia el niño/a o de estos al agresor/a, pero inducidas por él mismo/a. Abuso sexual impropio: es la exposición a niños/as de hechos de connotación sexual, tales como: - Exhibición de genitales. - Realización del acto sexual. - Masturbación. - Sexualización verbal. - Exposición a pornografía. Violación: es todo acto de penetración por vía genital, anal u oral, que se realiza sin el consentimiento de la víctima, la que puede ser un niño/a menor de 12 años (según establece el Código Penal). Estupro: es la realización del acto sexual aprovechándose de la inexperiencia sexual de la víctima o que se basa en una situación de abuso de autoridad, pudiendo ser víctimas niños/as que tengan entre 12 y 18 años. También existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral, educacional o de cuidado, o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima. 61 61 Posibles Víctimas de Abuso Sexual Infantil. Puede ser cualquier niño/a, no existe un perfil o característica especial. Se da en todas las edades, contextos sociales, religiones y niveles socioculturales. No obstante, se han identificado algunos factores de riesgo que favorecen el surgimiento y mantención de situaciones de abuso sexual infantil: - Falta de educación sexual. - Baja autoestima. - Carencia afectiva. - Dificultades en el desarrollo asertivo. - Baja capacidad para tomar decisiones. - Timidez o retraimiento. Señales de Alerta. Las señales de alerta son signos o síntomas de disfuncionalidad o anomalía en el desarrollo físico y/o psíquico del niño/a que no corresponden con el momento evolutivo del mismo y que no responden a causas orgánicas. Indican que algo sucede y que el niño/a está somatizando lo que le ocurre. Obviamente, estos síntomas no dicen nada por sí mismos si se presentan de manera aislada y de forma puntual. Pasan a ser señales de alerta cuando van asociadas (existe más de un síntoma) y/o son persistentes en el tiempo. Además de los indicadores físicos o psicológicos presentes en niños/as o adolescentes, lo que también nos puede indicar la posibilidad de existencia de una situación de abuso sexual infantil, es la actitud de los padres, madres y/o responsables del niño/a ante la intervención de los profesionales frente a las señales de alerta. Si ante una señal de alerta, la actitud de ellos/as no es de solicitud de apoyo o de colaboración ante la propuesta de intervención y lo que ocurre es un dejo de indiferencia, rechazo u omisión de las indicaciones de la intervención, podemos pensar en una posible situación de Abuso Sexual Infantil. 62 62 Indicadores Físicos. - Dolor o molestias en el área genital. - Infecciones urinarias frecuentes. - Cuerpos extraños en ano y vagina. - Retroceso en el proceso de control de esfínter, es decir, se orinan (eneuresis) o defecan (encopresis). - Comportamiento sexual inapropiado para su edad, tales como: masturbación compulsiva, promiscuidad sexual, exacerbación en conductas de carácter sexual. - Se visten con varias capas de ropa o se acuestan vestidos. Para tener en cuenta. No notificar un caso de abuso sexual infantil nos hace cómplices de esta situación. La conducta pasiva de los equipos frente a la sospecha de abuso puede significar la pérdida de la vida del niño/a o la mantención de la situación de abuso, la cual puede tener consecuencias nefastas para él/ella. Revelar una situación de abuso no implica denunciar a otra persona. Sino informar la situación y trasladar la información del ámbito privado de la familia del niño/a al ámbito público, facilitando así las intervenciones que permiten detener la violencia y reparar el daño causado. Si existe Sospecha que algún Alumno/a está siendo víctima de Abuso Sexual, se sugiere: Conversar con el niño/a: a) Si un niño/a le entrega señales que desea comunicarle algo delicado y lo hace espontáneamente, invítelo a conversar en un espacio que resguarde su privacidad. b) Manténgase a la altura física del niño/a. Por ejemplo, invítelo a tomar asiento. c) Haga todo lo posible por ser empático y mantenga una actitud tranquila. 63 63 d) Procure que el niño/a se sienta escuchado, acogido, creído y e) f) g) h) i) respetado a medida que va relatando los hechos. No interrumpa, no lo presione, no haga preguntas innecesarias respecto a detalles. Intente trasmitirle al niño/a que lo sucedido no ha sido su culpa. No cuestione el relato del niño. No enjuicie. No induzca el relato del niño/a con preguntas que le sugieran quién es el abusador/a. Si el niño/a no quiere hablar, no lo presione. Respete su silencio. Registre en forma textual el relato del niño (esto puede servir como evidencia al momento de denunciar). Pedir apoyo a los profesionales del área social del establecimiento (psicólogo/a, asistente social), ya que ellos son personas competentes para manejar este tipo de situaciones. Es muy importante evitar -en todo momento- contaminar el discurso del niño/a, por lo cual este procedimiento requiere de un delicado abordaje. Informar al apoderado/a: se debe citar al apoderado/a y comunicarle sobre la información que se maneja en el colegio. Junto con informarle, se debe acoger al padre/madre y ofrecerle todo el apoyo educativo al niño/a. En el caso que sea el mismo apoderado/a el sospechoso de cometer el abuso, se sugiere no entrevistarlo/a, ya que tienden a negar los hechos o a retirar a los alumnos de los establecimientos. No exponer al niño/a a relatar reiteradamente la situación abusiva. Se debe procurar el cuidado y protección al niño/a que ha sido abusado, por lo que no se lo debe exponer a contar reiteradamente la situación. Si un funcionario ya ha escuchado el testimonio del niño/a, será él el único que maneje esa información, siendo responsable de comunicarla al Director/a del colegio. Esta estrategia da respuesta a una medida de protección que realiza el colegio hacia él/los alumnos involucrados en el hecho. Recuerde que la confidencialidad de la información que se maneja sobre los alumnos se mantiene sólo si esa información no pone en riesgo su vida. Al momento de enterarse de alguna vulneración de derecho o de peligro de vida del menor, usted debe informar a la autoridad correspondiente. En caso de tener dudas y/o de no contar con los profesionales idóneos para realizar la entrevista (psicólogo/a, asistente social) debe contactarse con la OPD, SENAME, entre otros organismos. 64 64 Informar inmediatamente al Director/a del establecimiento, quien junto al equipo directivo y psicosocial definirán líneas a seguir (denuncia, redacción de oficio u informe, traslado al hospital). Una vez que el caso esté ante la Justicia, serán ellos (profesionales especializados) quienes se encargarán de indagar y sancionar si corresponde. 65 65 Dónde Denunciar. Si sospecha o tiene evidencias de que un niño/a o adolescente ha sido o está siendo abusado/a sexualmente, debe concurrir o comunicarse con: - Comisarías de su comuna (Carabineros de Chile). - Policía de Investigaciones (PDI). - Tribunales de Familia. - Fiscalía. - Servicio Médico Legal. Además, puede obtener información y/o ayuda en: - 149: Fono Familia de Carabineros de Chile: entrega información y orientación sobre casos de abusos sexuales, entre otros temas. Funciona las 24 horas del día, todos los días con cobertura a nivel nacional. - 147: Fono niños de Carabineros de Chile: atiende llamados de niños/as y adolescentes que se sientan amenazados o vulnerados, especialmente frente a situaciones de abuso sexual. Se entrega información, orientación y se acoge la denuncia. Funciona todo el año, las 24 horas del día con cobertura a nivel nacional. - 800 730800: Servicio Nacional de Menores: reciben consultas sobre maltrato infantil y abuso sexual. La línea funciona de lunes a viernes de 9 a 17:30 hrs. Después las llamadas son derivadas a la Policía de Investigaciones (PDI). - 800 220040: Programa de Violencia Intrafamiliar y de Maltrato Infantil, de la Corporación de Asistencia Judicial: reciben denuncias y consultas sobre maltrato infantil y violencia intrafamiliar. Se entrega información, derivando el caso a la institución que corresponde, y aconsejando a quienes llaman muy afectados. Funciona de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 hrs. 66 66 - 632 5747: Centro de Víctimas, de la Corporación de Asistencia Judicial: se puede consultar sobre asesoría legal para casos de delitos violentos que generen lesiones graves y gravísimas, que tengan causas en las fiscalías (violación, parricidio y explotación sexual de niños y niñas), entre otros. El horario de atención es de 9:00 a 18:00 hrs., de lunes a viernes. - Oficinas de Protección de los Derechos de la Infancia (OPD): oficinas comunales que entregan información y apoyo especializado en casos de vulneración de derechos de niños/as y/o adolescentes. Estrategias para Fortalecer la Prevención. - Aumentar el control de los adultos durante los recreos. - Supervisar recurrentemente los baños y espacios que quedan sin control por parte de los docentes o inspectores. - En relación a lo anterior, el uso de los baños de alumnos/as está estrictamente prohibido tanto para las personas externas al colegio como para funcionarios. Asimismo, los baños de adultos son de uso exclusivo de estos. - Restringir el acceso a personas que no formen parte de la comunidad (mayor control en portería). - No propiciar un temor frente a la sexualidad infantil. 67 67 Art. 13: Protocolos de acción frente al grooming o acoso por Internet. Las estrategias de evitación para caer y ser víctima de cualquiera de estas prácticas depende básicamente de la información que padres e hijos manejen a la hora de navegar por la red y establecer relaciones con otras personas. Establecer filtros y controles en el computador de casa puede no ser suficiente, pues la red está accesible en todos lados. Se hace por ello imprescindible establecer una buena comunicación padres-hijos que permita exponerles de forma clara los peligros a los que se pueden enfrentar y métodos para minimizarlos. Esta será la mejor manera de desarrollar en los menores su propio sentido de la responsabilidad y del cuidado, pues en esto como en todo, podemos controlar relativamente lo que hacen en casa, pero fuera de ella, ellos serán los que tengan que cuidarse y hay que darles estrategias para ello. Tipos de acoso por internet o grooming: El ciberbullying: Se define como acoso (chantajes, vejaciones, amenazas, insultos…) entre menores a través del entorno TIC. El gran alcance que tiene este medio puede causar graves daños psicológicos al menor e incluso a su familia y amigos. Debe diferenciarse de las actuaciones en que intervienen adultos, en cuyo caso hablamos de “Ciberacoso”. El sextina: Consiste en el intercambio de fotografías o vídeos con contenido erótico entre los propios jóvenes. El problema principal es que cuando estos contenidos salen del móvil o del ordenador, se pierde el control sobre ellos y finalmente pueden llegar a manos de alguien que pueda utilizarlos para extorsionar. 68 68 Art. 14: Protocolo de acción para estudiantes embarazadas. La ley N° 20.370 General de Educación del 2009 da protección a la embarazada y madre adolescente, y está por sobre los reglamentos internos de los establecimientos educacionales. Derechos. Tienes derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el establecimiento donde estudias. Te encuentras cubierta por el Seguro Escolar. Tienes derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la graduación o en actividades extraprogramáticas. Tienes derecho a ser promovida de curso con un % de asistencia menor a lo establecido, siempre que tus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por: los/as médicos tratante, carné de control de salud y tengas las notas adecuadas. Tienes derecho a adaptar tu uniforme escolar a tu condición de embarazo. Cuando tu hijo o hija nazca, tienes derecho a amamantarlo, para esto puedes salir del establecimiento educacional en tus recreos o en los horarios que te indiquen en tu centro de salud, que corresponderá como máximo a una hora de tu jornada diaria de clases. Deberes. Debes asistir a los controles de embarazo, port-parto y control sano de tu hijo/a en el Centro de Salud Familiar o consultorio correspondiente. Debes justificar tus controles de embarazo y control del niño sano con el carné de control de salud o certificado del médico tratante y/o matrona. Debes justificar tus inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y mantener informado a tu profesor/a jefe. 70 70 Debes asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada, así como eximida en caso de ser necesario. Si eres madre, estás eximida de Educación Física hasta que finalice un período de seis semanas después del parto. Asimismo, en casos calificados por el/la médico tratante, podrás eximirte a este sector de aprendizaje. Debes apelar a la Secretaría Regional Ministerial de tu territorio si no estás conforme con lo resuelto por el/la directora/a del establecimiento. Debes realizar todos los esfuerzos para terminar tu año escolar, como asistir a clases y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si estás con tutorías y/o recalendarización de pruebas y trabajos. 71 71 Art. 15: Protocolos de acción para alumnos con VIH. Según lo establece la Ley 19.779, no podrá condicionarse el ingreso a un establecimiento educacional, ni la permanencia o promoción de sus alumnos, a la circunstancia de encontrarse afectados por el virus de inmunodeficiencia humana. Tampoco podrá exigirse la realización o presentación de un examen de SIDA. En caso que el apoderado acredite, mediante certificado médico, que la situación de salud del estudiante justifica su asistencia irregular a clases, el/a Director/a tiene la facultad para autorizar, previo acuerdo del Consejo General de Profesores, su promoción con un porcentaje menor de asistencia (Decretos de evaluación: 511/1997 83/2001 112/1999). Coordinarse activamente con otros organismos de la comunidad, especialmente servicios de salud. Apoyo al alumno(a) portador y/o enfermo de SIDA, flexibilizando su calendario de evaluaciones y requisitos de asistencia, en caso necesario. 72 72