COMO RIESGO LABORAL - Secretaría de Salud Laboral y

Transcripción

COMO RIESGO LABORAL - Secretaría de Salud Laboral y
N.º 36 • JUNIO 2011
EL ATRACO
COMO RIESGO LABORAL
UGT-Madrid crea la Fundación para
la Defensa Integral de Víctimas de
Accidentes Laborales (FUNDIVAL)
Direcciones de interés
ORGANISMOS DE UGT- MADRID
SECRETARÍA DE SALUD LABORAL
Avda. América, 25, planta baja • 28002 Madrid • Telf: 91 589 09 09 / 91 589 09 10
E-mail: [email protected] • http://www.saludlaboralugtmadrid.org
OFICINA TÉCNICA PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
UGT - Madrid. C/ Alcántara, 67 - 69, bajo dcha.• 28006 Madrid • Telf.: 900 36 36 37
e-mail: [email protected]/[email protected]
SERVICIO DE PREVENCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
SOBRE LAS DROGODEPENDENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL
Avda. América, 25, planta baja • 28002 Madrid • Telf: 91 589 09 09
E-mail: [email protected] • http://www.saludlaboralugtmadrid.org
SECRETARÍA EJECUTIVA CONFEDERAL: ÁREA DE SALUD LABORAL
C/ Hortaleza, 88 • 28004 Madrid • Telfs: 91 589 09 52 • E-mail: [email protected]
FEDERACIONES REGIONALES
FETE (Trabajadores de la Enseñanza)
Avda. América, 25 - 3ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 387 92 38
e-mail: [email protected]
FES (Servicios)
Avda. América, 25 - 2ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 387 92 41
e-mail: [email protected]
MCA (Metal, Construcción y Afines)a
Avda. América, 25 - 4ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 48
e-mail: [email protected]
CHTJ (Comercio, Hostelería, Turismo y Juego)
Avda. América, 25 - 5ª planta • 28002 Madrid
Telf.: 91 589 73 57 / 91 589 75 57
FINAC (Industrias Químicas, Energía, Textil, Piel, Minería y Afines)
Avda. América, 25 - 6ª planta • 28002 Madrid
Telf.: 91 589 75 77 / 73 68 • e-mail: [email protected]
TCM (Transportes, Comunicaciones y Mar)
Avda. América, 25 - 7ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 84
e-mail: [email protected]
FSP (Servicios Públicos)
C/ Miguel Yuste, 17 • 28017 Madrid • Telf.: 91 589 70 43
e-mail: [email protected]
JUBILADOS Y PENSIONISTAS
Avda. América, 25 planta baja • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 65
e-mail: [email protected]
UNIONES COMARCALES
Unión Comarcal Norte UGT - Madrid
Avda. Valdelaparra, 108 • 28100 Alcobendas
Telf: 91 662 08 75 • e-mail: [email protected]
Unión Comarcal Sur UGT - Madrid
Avda. Los Ángeles, 20 • 28903 Getafe
Tel. 91 696 05 11 • e-mail: [email protected]
Unión Comarcal Este UGT - Madrid
C/ Simón García de Pedro, 2 • 28805 Alcalá de Henares
Telf: 91 888 08 18/09 92 • e-mail: [email protected]
Unión Comarcal Oeste UGT - Madrid
C/ Clara Campoamor, 2 • 28400 Collado Villalba
Telf.: 91 850 13 01 / 91 849 11 97
e-mail: [email protected]
Unión Comarcal Sureste UGT - Madrid
C/ Silos, 27 • 28500 Arganda del Rey
Tel. 91 876 89 65 • e-mail: [email protected]
Unión Comarcal Suroeste UGT - Madrid
C/ Huesca, 2 • 28941 Fuenlabrada
Tel. 91 690 40 68 • e-mail: [email protected]
OTROS ORGANISMOS
FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN
DE RIESGOS LABORALES
C/ Príncipe de Vergara, 108, 6ª Planta
28002 Madrid • Telf: 91 535 89 15
www.funprl.es • e-mail: [email protected]
INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD
E HIGIENE EN EL TRABAJO
C/ Torrelaguna, 73 • 28027 Madrid
Telf: 91 363 41 00
www.mtas.es/insht/principal/consul_cnnt.htm
INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
C/ Ventura Rodríguez, 7 • 28008 Madrid
Telf: 900 71 31 23 • e-mail: [email protected]
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO
C/ Ramírez de Arellano, 19 • 28043 - Madrid
Telf: 91 363 56 00
AGENCIA EUROPEA DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
C/ Gran vía, 33 • 48009 Bilbao • Telf: 94 479 43 60
A continuación se detallan las publicaciones realizadas desde la Secretaría de Salud Laboral, que tenéis a vuestra
disposición.
Editados 36 Boletines Informativos sobre diversos temas recogidos en el
Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales.
Cuadernillos Informativos y Trípticos de Prevención de Riesgos Laborales sectoriales
General. Servicios Públicos. Trabajadores de la Enseñanza. Jóvenes. Hostelería y Comercio. Servicios. Alimentación y Trabajadores de la Tierra.
Inmigrantes. Mujeres. Transportes. Productos Metálicos. Madera. Construcción. Saneamiento Público. Industria Química y Textil. Actuación en
caso de accidente (Trípticos en español, inglés, árabe y francés)
Trípticos informativos de prevención de riesgos laborales
Delegados de Prevención. Mutuas. Riesgos psicosocialesEnfermedad y
trabajo. Riesgos laborales bingos-salones de juegos. Riesgos laborales
Hoteles. Riesgos laborales Bares y restaurantes. Riesgos laborales colectividades. Riesgos laborales comercio y textil. Riesgos laborales grandes
almacenes. Riesgos laborales comercio-alimentación. Riesgos laborales
Comercio vario. Inmigrantes en tres idiomas. Lipoatrofia semicircular. Manipulación manejo de cargas. Pantallas de visualización de datos. Látex.
Trípticos Informativos circulares en materia de prevención de riesgos
laborales de los siguientes títulos
Secretaría de Salud Laboral. ¿Por qué prevenir?. Accidentes de trabajo
y riesgos psicosociales.
2
Cuadernillos informativos
Coordinación de actividades empresariales. Trabajadores especialmente
expuestos a riesgos laborales. Sector Transporte y Comunicación. Protocolo Acoso Laboral. Primeros auxilios. Plan de Autoprotección. Protocolo
Violencia en el Trabajo.
Manuales Informativos
Construcción. Madera. Sector del Mueble. Productos Metálicos. Saneamiento Público. Trabajadores de la Enseñanza. Transportes. Mutuas.
Enfermedades Profesionales. Riesgo Eléctrico. Manual de Autoprotección
del trabajador. Manual de PYME’s. Legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales (también en CD). Delegados de Prevención.
Organización del Trabajo. Salud Laboral y Trabajo a Turnos y Nocturno.
Actualización del Conviene Saber. Plan Director en Prevención de Riesgos
Laborales. Acoso Psicológico. Sustancias químicas peligrosas. Riesgos
psicosociales. Auditoría del sistema de gestión en prevención de riesgos
laborales. Sistema de gestión en prevención de riesgos laborales. Manual
de Riesgos en centros hospitalarios. Manual de ayuda de la construcción.
Manual sobre la situación de la negociación colectiva en Madrid en materia de seguridad y salud.
Carteles de sensibilzación
Acoso en el trabajo. Entorno saludable. Cuida tu cuerpo. Violencia en el trabajo.
Estudios de investigación
Sector de la Enseñanza. Sector de Hostelería. Sector de Comunicación.
Sector de Servicios Públicos. Condiciones de Seguridad y Salud en las
depuradoras de la Comunidad de Madrid. Situación de la Negociación
Colectiva en Madrid en materia de Seguridad y Salud. Año 2002. La organización del trabajo como factor de riesgo: el trabajo a turnos, rotativo
y nocturno. Estudio sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en la Comunidad de Madrid. Estudio sobre la coordinación de la
actividad preventiva en los sectores de Transportes, construcción y metal.
Curso Básico de Prevención de Riesgos Laborales en CD-ROM con
formato multimedia, dirigido a autónomos.
CD-ROM de legislación.
DVD titulado “Selección de Publicaciones sobre Salud Laboral”
Elaboración de informes-Técnicos de :
Estadística de siniestralidad. Negociación Colectiva. Síndrome del Edificio
Enfermo. Mobbing. Artículo 24. Coordinación de actividades empresariales.
Y otros.
Información y asesoramiento técnico y jurídico.
Condiciones sociales
y de trabajo patógenas
S
iguiendo el compromiso del XII Congreso de mayo de 2009, UGT-Madrid
impulsa la creación de una fundación
(FUNDIVAL) para prestar apoyo integral a los trabajadores/as y a sus familias
que hayan sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.
Este compromiso se enmarca en el objetivo del sindicato de mejorar de forma
sistemática la organización y las condiciones de trabajo de esta Comunidad.
Todo se corresponde con la necesidad
de un apoyo integral para abrir un nuevo marco de las relaciones laborales que
eliminen la precariedad e inseguridad
en el puesto de trabajo y que ayuden a
superar los cambios sobrevenidos como
consecuencia del accidente en el ámbito
familiar, social y laboral. UGT-Madrid
pretende reducir el impacto del dolor y la
sangría de pérdidas humanas que supone
la interminable siniestralidad.
Con motivo del Día Internacional de
la Seguridad y Salud en el Trabajo, que
tuvo lugar el pasado día 28 de abril, la
Secretaría de Salud Laboral realizó una
jornada donde se anunció la creación de
una red social de prevención de riesgos
laborales.
También se publicó un manifiesto
conjunto con CCOO sobre la intima
conexión entre la salud laboral y las
condiciones y organización del trabajo.
Igualmente, se comentó la situación de la
siniestralidad laboral en Madrid en íntima relación con la caída del empleo, la
preocupación por la economía sumergida, la caída de los recursos e inversiones
en prevención de los factores de riesgo
en el trabajo, el deterioro de las condiciones sociales de vida y laborales, la
intensificación del trabajo, el permanente
rebrote de los riesgos psicosociales en las
empresas y el miedo a perder el empleo
generalizado. Los sindicatos proponen
potenciar la negociación colectiva y la
formación y participación de los trabajadores en la actividad económica.
La Sociedad Española de Salud Pú-
blica y Administración Sanitaria (SESPAS), denuncia el impacto negativo de
las políticas de inseguridad laboral sobre
la salud de la Comunidad. En este sentido, José Ricardo Martínez, secretario
general de UGT- Madrid, insiste en que
las cifras actuales de siniestralidad son
totalmente inaceptables.
Por su parte, Rosa Robledano, secretaria de Salud Laboral, recuerda la importancia del apoyo de los sindicatos
para evitar que la crisis económica siga
deteriorando gravemente la salud de los
trabajadores. Y por tanto, exige que se
firme urgentemente el IV Plan Director
de Prevención de Riesgos Laborales.
2EDITORIAL 3
2EL ATRACO COMO
RIESGO LABORAL 4-9
2DÍA INTERNACIONAL
DE LA SALUD Y LA
SEGURIDAD EN EL
TRABAJO10-13
2FUNDIVAL14-15
2LEY ANTITABACO16-17
2CRISIS Y SALUD
LABORAL.
PERSPECTIVA
SINDICAL18-23
2ENTREVISTA A
ZAIDA GONZÁLEZ24-25
2DESFILE EPI’s 25
2JORNADA EN LISBOA
SOBRE SALUD
LABORAL26-29
2JORNADA TÉCNICA.
Reflexiones sobre los
cambios en la normativa
de prevención30-35
2SEMINARIO EN ROMA
36-38
2PREVENCIÓN DE LOS
TRASTORNOS
MÚSCULO ESQUELÉTICOS
39-41
2EL DESPIDO DE UN
TRABAJADOR 42
2SENTENCIA
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL 42
3
En determinadas
actividades laborales
los trabajadores están
sometidos a riesgos que
pueden afectar a su
seguridad y salud y que
tienen un origen externo
a la empresa, como son
los que se derivan de
situaciones de violencia
física externa, que es
la que tiene lugar por
parte de personas que
no prestan servicios en
el centro de trabajo pero
permanecen en él, ya sea
porque son usuarios de los
servicios de la empresa o
por otras razones, incluidos
los supuestos en que su
presencia y conducta en
el centro es ilegítima y
delictiva.
EL tratamiento de estos riesgos, de este
género de violencia, ha sido hasta hace muy
poco tiempo exclusivamente penal y policial, y no se exigía ninguna responsabilidad
al empresario en la relación laboral respecto
a la prevención de estas conductas, lo que
contrastaba con el tratamiento dado a la violencia en el trabajo como un problema seguridad y salud en el trabajo en muchos países
y organismos internacionales como la OIT.
Siguiendo el repertorio de la OIT del año
2003 de recomendaciones prácticas sobre la
violencia en el lugar de trabajo en el sector
de los servicios y medidas para combatirla,
se define la violencia en el lugar de trabajo
como “toda acción, incidente o comportamiento que se aparta de lo razonable mediante los cuales una persona es agredida,
amenazada, humillada o lesionada por otra
en el ejercicio de su actividad profesional
o como consecuencia directa de la misma
(Se entiende por «consecuencia directa» un
4
Resumen del criterio técnico 87/2011 sobre actuacion
EL ATRACO COMO
La violencia externa o de terceros se considera un riesgo laboral em
vinculo claro con el ejercicio de la actividad
profesional y se supone que dicha acción,
incidente o comportamiento ocurre posteriormente, dentro de un plazo de tiempo
razonable)”.
Según este repertorio la violencia interna
en el lugar de trabajo es la que tiene lugar
entre los trabajadores, incluidos directores y
supervisores, mientras que la violencia externa es la que tiene lugar entre trabajadores
(y directores y supervisores) y toda otra persona presente en el lugar de trabajo
La violencia externa o de terceros se
considera un riesgo laboral emergente por
la Agencia Europea de Seguridad y Salud
en el Trabajo, y la VI Encuesta Nacional de
Condiciones de Trabajo del INSHT remarca
que las situaciones de violencia física externa en el trabajo afectan a un 3,8% de los
trabajadores,
Por otra parte, la doctrina de recientes
sentencias judiciales del Tribunal Supremo
establece con claridad que la violencia externa que sufren los trabajadores con motivo
nes inspectoras en relación al riesgo laboral de atraco
RIESGO LABORAL
mergente por la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo
de su actividad laboral implica un riesgo laboral y, en consecuencia, la responsabilidad
del empresario en la prevención de la violencia física ejercida contra sus trabajadores
en el lugar de trabajo.
Por lo tanto, de acuerdo con esta doctrina
jurisprudencial, el empresario está obligado,
de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 14.2
LPRL, a realizar “en el marco de sus responsabilidades” la prevención de los riesgos
laborales derivados de la violencia física externa “mediante la integración de la activi-
dad preventiva en la empresa y la adopción
de cuantas medidas sean necesarias para la
protección de la seguridad y la salud de los
trabajadores”, con las especialidades que se
recogen en la citada Ley en materia de plan
de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores,
actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud,
y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios.
El límite a las obligaciones del empresario en materia de violencia física externa
viene determinado por sus potestades de
dirección de las relaciones laborales. El empresario no puede actuar fuera de los límites
de esta potestad y deberá comunicar, en su
caso, a las autoridades policiales todo cuanto transcienda de dichos limites y afecte a
la seguridad y salud de los trabajadores a su
servicio.
En la práctica, hay ciertos procesos, situaciones e interacciones inherentes al trabajo que exponen a los trabajadores al riesgo de sufrir violencia externa en el lugar de
trabajo como son los supuestos de:
1. Trabajar con dinero, objetos valiosos
o fármacos.
2. Llevar a cabo tareas de control y vigilancia.
3. Ofrecer servicios, asistencia, consejo o
educación (personal sanitario, trabajadores
sociales, profesores y transporte público).
4. Trabajar con personas enfermas, inestables o agresivas (personal servicios sociales, centros penitenciarios).
5. Trabajar en lugares donde se sirva alcohol (personal de hostelería).
6. Trabajar de cara al público.
7. Trabajar en solitario o en lugares apartados.
En todos los casos señalados y seguramente muchos otros que no hemos
considerado, se plantea el problema de la
aplicación práctica de las obligaciones generales que establece la LPRL y normativa
de desarrollo para todos los riesgos laborales, también para los denominados riesgos
psicosociales que son los que se derivan de
la organización del trabajo y el entorno social en el que se desarrollan las actividades
laborales.
No obstante, en lo que concierne a la
aplicación de la LPRL, hay que diferenciar
entre la violencia externa que proviene de
los usuarios de los servicios o de las personas cuya presencia en el centro de trabajo
es legítima (como son los clientes de un
comercio, los pasajeros de un servicio de
transporte público, los pacientes de un hospital, los escolares de un centro de enseñanza o los familiares de ambos), de la violencia externa que proviene de individuos que
realizan una actividad ilegítima o incluso
delictiva como sucede en el supuesto de los
“atracos”, que normalmente suceden cuando el trabajador opera con dinero, objetos
valiosos o fármacos.
(Continúa en la página siguiente)
5
(Viene de la página anterior)
En los primeros supuestos no existe una
normativa legal especifica que regule estas
situaciones, sin olvidar que dichas conductas pueden tener tipificación en el Código
Penal, aunque si puede haber normas o
reglamentos internos establecidos por los
centros comerciales, empresas de transportes, centros hospitalarios y educativos
que contemplen estas situaciones y traten
de canalizar las denuncias y demandas de
los usuarios. El Inspector, por lo tanto, ha
de aplicar las disposiciones generales de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales
previstas en los artículos 14 a 20 de la citada
norma legal.
Pero en el supuesto de los atracos a los
centros de trabajo se da la circunstancia de
que concurre la normativa de prevención de
riesgos laborales con la relativa a seguridad
ciudadana, en la que se establecen como
obligatorias ciertas medidas preventivas
ante el riesgo de atracos y se determina la
competencia de las autoridades de Interior
para controlar y vigilar el cumplimiento de
dichas obligaciones.
Esta situación exige delimitar claramente las competencias de los órganos del Ministerio del interior y de la Inspección de
Trabajo, así como las cuestiones relativas a
la aplicación de dicha normativa que no tiene la consideración de norma de prevención
de riesgos laborales, pero tiene incidencia
en las condiciones de seguridad y de salud
de los trabajadores y no solo de los usuarios
de sus empresas o de los establecimientos en
los que trabajan.
Por este motivo y porque resulta necesario precisar aspectos relacionados con el
contenido de las evaluaciones de riesgos
que deben elaborar las empresas susceptibles de sufrir atracos, y con el de la actividad preventiva a desarrollar, es por lo que
se considera necesario establecer un Criterio
Técnico sobre actuaciones de la Inspecclón
de Trabajo en relación con el riesgo de atraco, que permita unificar y dar coherencia a
las actuaciones inspectoras que se desarrollen en toda España
En consecuencia, con el carácter establecido en el art. 21 de la Ley 30/92, de 30
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en adelante LRJPAC, esta Dirección General, en su
condición de Autoridad Centras de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en
ejercicio de las competencias establecidas
6
en el articulo 18.3.12 de la Ley 42/1997, de
14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a propuesta de la Subdirección General para la
Coordinación en materia de Relaciones Laborales, Prevención de Riesgos Laborales y
Medidas de Igualdad, previa consulta a las
autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, dicta el siguiente:
EMPRESAS A LAS QUE VA DIRIGIDO EL CRITERIO TÉCNICO QUE ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD
ESPECÍFICAS
• Joyerías, platerías, galerías de arte y
tiendas de antigüedades.
• Estaciones de servicio y unidades de
suministro de combustible y carburantes.
• Oficinas de farmacia, administraciones
de lotería, despachos de apuestas mutuas y
establecimientos de juego.
• Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito.
CRITERIO TECNICO:
PRIMERO.- Ámbito de aplicación. Las
empresas a las que va dirigido este Criterio
Técnico son aquellas para las que se establecen medidas de seguridad específicas por
el RD 2354/1994, Reglamento de Seguridad
privada, que desarrollan actividades propias
de:
1. Joyerías, platerías, galerías de arte y
tiendas de antigüedades.
2. Estaciones de servicio y unidades de
suministro de combustible y carburantes.
3. Oficinas de farmacia, administraciones de lotería, despachos de apuestas mutuas y establecimientos de juego.
4. Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito.
También estarían comprendidas aquellas
otras que sin desarrollar dichas actividades,
por las Autoridades competentes se les haya
ordenado la adopción de medidas de seguridad en general, de conformidad con lo previsto en el art. 111 y siguientes del citado
RD 2354/1994.
SEGUNDO. Legislación sobre seguridad ciudadana aplicable a la prevención de los delitos de atraco. El atraco o
robo con violencia en las personas es un
delito, y frente al mismo para determinadas
actividades como las que ya hemos señalado se establecen legal y reglamentariamente determinadas medidas de carácter
preventivo.
La normativa a tener en cuenta se encuentra contenida en la Ley 23/1992, de 39
Parece razonable que
el Plan de Prevención,
en ese sentido,
deba establecer
el compromiso
de la empresa de
adoptar cuantas
medidas preventivas
y reparadoras
sean necesarias
para garantizar la
seguridad de los
trabajadores, y en
ese sentido deben ser
las más favorables,
el compromiso de
dar la información,
formación y apoyo
psicológico posterior
al suceso
de julio, de Seguridad Privada, así como
la Ley Orgánica 111992, de 21 de febrero,
sobre protección de la seguridad ciudadana.
En el Titulo III del Reglamento de Seguridad Privada se regulan las medidas de seguridad, comprendiendo tanto las medidas de
seguridad en general (Capítulo 1) como las
específicas ( Capítulo 2).
TERCERO: La aplicación de la Ley
de Prevención de Riesgos Laborales ante
el riesgo de violencia por atraco. El atraco
es un acto delictivo cometido por personas
ajenas a la empresa y que se encuentran fuera del ámbito de dirección del empresario.
Por lo tanto, la prevención social de los atracos, en sí misma, es una tarea que incumbe
a las autoridades gubernativas y este es el
fundamento de las normas legales sobre seguridad ciudadana. Pero, por otra parte, la
responsabilidad del empresario sí debe comprender la adopción de medidas que protejan la seguridad y salud de los trabajadores
cuando se desarrolle una actividad delictiva
en su centro de trabajo.
Es así necesario distinguir entre la prevención del delito, que solo corresponde a
las Autoridades de Interior, y la prevención
de los riesgos laborales que se derivan de ese
delito, que corresponde a los empresarios.
Y aunque, en efecto, previniendo el delito, mediante el cumplimiento de las medidas de seguridad obligatorias previstas en
la normativa ya analizada, se está haciendo
prevención del riesgo, las obligaciones de
las empresas no se agotan en adoptar y mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento dichas medidas, sino que frente a un
riesgo laboral como es el riesgo de atraco,
debe desarrollar toda la actividad preventiva
prevista con carácter general para cualquier
riesgo, y debe analizar si el establecimiento
de medidas complementarias de las obligatorias contribuirían a reducir la posibilidad
de que los atracos se produzcan.
Se puede establecer el siguiente proceso
que han de seguir las empresas:
1. Elaboración del Plan de Prevención.
En el Plan de Prevención y dentro de los
objetivos, políticas y metas que pretende
alcanzar la empresa en materia preventiva,
se deben incluir los relativos a los riesgos
laborales derivados de los atracos (art. 2.2.e)
RD 39/97).
Parece razonable que el Plan de Prevención, en ese sentido, deba establecer el compromiso de la empresa de adoptar cuantas
medidas preventivas y reparadoras sean necesarias para garantizar la seguridad de los
trabajadores, y en ese sentido deben ser las
más favorables, el compromiso de dar la información, formación y apoyo psicológico
posterior al suceso.
2. Evitar el riesgo de atraco. Con carácter
general, el empresario está obligado a evitar
los riesgos (Art. 15.1.a) LPRL) y a evaluar
solamente aquellos que no puedan ser evitados (Art. 15.1.b) LPRL).
Con frecuencia no resulta posible evitar
el riesgo de atraco, porque suele tratarse de
un suceso que como tal es ajeno al círculo
normal de actividades de la empresa, pero
esto no es óbice para que la empresa pueda
adoptar medidas de organización de trabajo
que permitan eliminar o reducir de manera
inmediata el riesgo que supone el atraco
para la seguridad y salud de los trabajadores
de la empresa en aquellos centros de trabajo en que este riesgo resulte previsible, tal
y como sucede en los establecimientos co
(Continúa en la página siguiente)
7
(Viene de la página anterior)
prendidos dentro del ámbito de la normativa
de seguridad ciudadana.
3. Evaluación de los riesgos laborales
derivados de un atraco. La evaluación de
riesgos laborales es el proceso dirigido a
estimar la magnitud de aquellos riesgos que
no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario
esté en condiciones de tomar una decisión
apropiada sobre la necesidad de adoptar
medidas preventivas, y, en tal caso, sobre
el tipo de medidas que deben adoptarse (art,
3.1 RD 39/97).
El riesgo laboral derivado de un atraco
es un riesgo para la vida y la integridad física del trabajador, derivado de la violencia
generada por los sujetos que llevan a cabo
el mismo, pero también es un riesgo para la
salud mental del trabajador ya que el daño
puede aparecer por el mero temor a que se
produzca el mismo, o incluso cuando ya se
ha producido (estrés postraumático).
3.2. - La Revisión de la evaluación de
riesgos.
a) Se debe realizar cuando se haya producido un cambio en las condiciones
del centro de trabajo o de las personas
que ocupan los puestos afectados por
el riesgo. Por ejemplo, cuando hayan
variado los sistemas de entrada y salida del centro o cuando haya sido adscrito al centro de trabajo una persona
nueva, en particular si se trata de un
trabajador especialmente sensible a
este riesgo.
b) Cuando se hayan detectado daños a
la salud de los trabajadores o se haya
apreciado, a través de los controles
periódicos, incluidos los relativos a la
vigilancia de la salud, que las actividades de prevención pueden ser inadecuadas o insuficientes.
c) Cuando se haya producido un atraco
en ese establecimiento u otros de similares características de la misma
empresa, tanto si se ha producido un
daño para la vida o la integridad física de los trabajadores. como si no se
hubiese dado. En este caso son dos las
actuaciones que se deben producir:
– Evaluación del daño psicológico sufrido por los trabajadores.
– Evaluación del funcionamiento y de
la eficacia de las medidas preventivas
adoptadas en cumplimiento de la normativa sobre seguridad privada. Para
la realización de esta actividad debe8
rá tenerse en cuenta lo previsto en el
apartado 3.3 siguiente en cuanto a los
sujetos competentes
3.3. - Sujetos competentes para realizar
las evaluaciones de riesgos laborales.
La evaluación se debe llevar a cabo por
personal competente, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo VI del Reglamento de
los Servicios de Prevención, es decir por
aquellas personas que cuenten con las capacidades y aptitudes necesarias conforme a lo
previsto en los arts. 34 y siguientes de dicho
reglamento, que no pueden ser otros que los
técnicos de los servicios de prevención que
apoyan y colaboran con la empresa en el desarrollo de la actividad preventiva.
3.4. - El método o procedimiento de evaluación.
En la determinación del método o procedimiento a seguir por las empresas en
la evaluación de los riesgos derivados del
atraco se deberá tener en cuenta que de
acuerdo con lo previsto en el articulo 5.1 del
Reglamento de los Servicios de Prevención,
la evaluación se ha de hacer en función de
criterios objetivos, según los conocimientos
técnicos existentes, o consensuados con los
trabajadores.
En todo caso, se deberá consultar a los
representantes de los trabajadores, o a los
propios trabajadores en ausencia de los anteriores, acerca del mismo (art. 3,2 Reglamento de los servicios de prevención).
4. Planificación de la actividad preventiva. Las medidas preventivas que se deban
adoptar como resultado de la evaluación de
riesgos, tanto las relativas al riesgo de atraco
establecidas en la normativa sobre seguridad privada, corno las relativas a los riesgos
laborales derivados del mismo se pueden
incluir en la planificación ordinaria de la
actividad preventiva o bien pueden formar
parte del Plan de Medidas de Emergencia
que debe elaborarse por la empresa en cumplimiento de lo previsto en el art. 20 de la
Ley 31/1995.
En todo caso, en la planificación de la
actividad preventiva es obligado recoger
medidas relacionadas con la formación e
información a los trabajadores para la identificación y adquisición de comportamientos
a desarrollar ante el atraco. Además, deberá
tenerse en cuenta las siguientes previsiones
contenidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales, que pueden tener
incidencia en las medidas que deba adoptar
la empresa para prevenir el atraco:
• El empresario debe adoptar cuantas
medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de
los trabajadores (art. 14.2, LPRL).
• La protección debida a los trabajadores debe ser eficaz (art. 14.1, párrafo
1° LPRL).
El empresario debe desarrollar una acción permanente de seguimiento de la acti-
EN CIERTAS SITUACIONES INHERENTES AL TRABAJO
EL RIESGO DE SUFRIR VIOLENCIA EXTERNA SE PUEDE
DAR EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS
• Trabajar con dinero, objetos valiosos o fármacos
• Llevar a cabo tareas de control y vigilancia
• Ofrecer servicios, asistencia, consejo o educación (personal sanitario,
trabajadores sociales, profesores y transporte público).
• Trabajar con personas enfermas, inestables o agresivas (personal
servicios sociales, centros penitenciarios).
• Trabajar lugares donde se sirva alcohol (personal de hostelería).
• Trabajar cara al público.
• Trabajar en solitario o en lugares apartados.
EMPRESAS A LAS QUE VA DIRIGIDO EL CRITERIO TÉCNICO
QUE ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD ESPECÍFICAS
• Joyerías, platerías, galerías de arte y tiendas de antigüedades.
• Estaciones de servicio y unidades de suministro de combustible y
carburantes.
• Oficinas de farmacia, administraciones de lotería, despachos de
apuestas mutuas y establecimientos de juego.
• Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito.
vidad preventiva con el fin de perfeccionar
de manera continua los niveles de protección existentes (art. 14.2 de la LPRL).
CUARTO: Contenido de la actuación
inspectora. En primer lugar, en las actuaciones inspectoras se debe comprobar que
por la empresa, cuando se haya producido
un atraco, se ha hecho la correspondiente
notificación como accidente de trabajo a
través del Programa Delta, ya sea un caso
con algún herido o por estrés postraumático. En concreto, en la OM TAS 2926/2002
incluye los daños ocasionados por violencia
y atraco.
Por lo demás, la actuación inspectora en
relación con los riesgos laborales derivados
de un atraco o del riesgo de que se produzca no pueden ni deben ser distintas de las
que proceden en relación con cualquier otro
riesgo laboral, es decir comprobar el cumplimiento de la normativa sobre prevención
de riesgos laborales y de las obligaciones
que ésta establece a los empresarios en
cuanto a, entre otros aspectos, los previstos
en el art. 14.2 de la LPRL y en su caso adoptar las medidas derivadas de su actuación
que considere oportunas, ya sea inicio del
procedimiento sancionador mediante acta
de infracción, formulación de requerimientos, ordenar paralización de trabajos o tareas
en el caso de riesgos graves e inminentes. o
en su caso la propuesta de recargo de prestaciones
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, nada obsta para que el inspector de trabajo actuante finalizadas sus
actuaciones, en relación con las medidas
de seguridad privada, adopte las siguientes
medidas:
1. Dirigirse a las Autoridades Gubernativas dando cuenta del resultado de las
mismas, si considerase que, a su juicio, o a
juicio de los responsables de seguridad de
la empresa o de los técnicos del Servicio de
Prevención el centro de trabajo inspeccionado no contase con las medidas de seguridad
adoptadas en cumplimiento de la normativa de seguridad. o estas hubiesen tenido un
funcionamiento deficiente, haya ocurrido un
atraco o no, para que en su caso dichas autoridades adopten las medidas que consideren
oportunas.
2. En el caso de incumplimiento de las
medidas de seguridad privada acordadas por
la empresa de manera voluntaria e incluidas
en la planificación de la actividad preventiva, se actúe formulando requerimientos o
extendiendo actas de infracción, por incumplimiento de dicha planificación.
9
DIA INTERNACIONAL
DE LA SEGURIDAD
Y LA SALUD EN EL TRABAJO
José Ricardo Martínez realizó un emocionado recuerdo a las víctimas
de los accidentes laborales y reconoció la labor llevada a cabo por la
Secretaría de Salud Laboral de UGT-Madrid
E
N la apertura de la jornada conmemorativa del Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo, que en esta
ocasión tuvo lugar en el salón de actos de
UGT-Madrid de la avenida de América,
Rosa María Robledano inaugura el acto
dando la bienvenida a los asistentes, a los
organismos oficiales y a las víctimas y familiares de accidentes de trabajo presentes
agradeciendo a todos los concurrentes su
participación. A continuación, la secretaria regional de Salud Laboral realiza una
reflexión acerca de la situación económica
actual y su repercusión sobre el mundo laboral, poniendo de manifiesto la necesidad
de invertir en prevención y en formación
en dicho campo así como la importancia
de la implicación de la Administración pública.
Seguidamente realiza una breve explicación acerca de las nuevas iniciativas de la
Secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid, con mención especial a los proyectos
FUNDIVAL (Fundación para la Defensa
Integral de Víctimas de Accidentes Laborales) y la nueva Red Social de Prevención
de Riesgos Laborales de UGT-Madrid.
José Ricardo Martínez, secretario general de UGT-Madrid, inauguró el acto
con una intervención emotiva recordando
a las víctimas de los accidentes de trabajo y
agradeciendo su presencia a los asistentes,
especialmente a los familiares de fallecidos
en accidente laboral. Continuó con un reconocimiento de la excelente labor llevada
a cabo por la Secretaria de Salud Laboral
de UGT-Madrid con mención a los proyectos FUNDIVAL y LA RED SOCIAL DE
10
Este año la conmemoración
del Día Internacional de
la Seguridad y la Salud en
el Trabajo tuvo lugar en
el salón de actos de UGTMadrid con la celebración
de una jornada en la
que, en distintas mesas
de trabajo, se abordaron
cuestiones trascendentes
relacionadas con la
siniestralidad laboral,
acentuada más si cabe
como consecuencia de la
grave situación económica,
que precariza el empleo
y reduce los puestos de
trabajo.
PREVENCION que aprovechando este
acto serán presentadas a los asistentes.
José Ricardo realiza una profunda reflexión sobre el empleo y la repercusión
del mismo sobre la economía y el consumo, lo que le convierte en el punto de partida de la recuperación económica siempre
refiriéndose a un empleo sin precariedad
incluyendo mención a los crecientes Expedientes de Regulación de Empleo. En
este sentido denuncia como intolerable que
habiendo disminuido la actividad en las
empresas no disminuyan en la misma medida los accidentes de trabajo y por tanto
la inseguridad del trabajador en los puestos de trabajo. Igualmente manifiesta que
desde UGT-Madrid se hará un listado de
empresas que hayan incumplido en materia
de prevención de riesgos laborales cuando
éstas tengan una resolución judicial firme y
propiciar que estas mismas no puedan concursar públicamente.
Por último y para finalizar la apertura del
acto, agradece a los delegados y representantes sindicales por la importancia de su
labor en las empresas. A continuación tiene
lugar el desarrollo de la primera mesa de
esta jornada.
PRIMERA MESA: “La Red Social de
Prevención de Riesgos Laborales”. Lucila Sánchez, coordinadora de la Secretaría
de Salud Laboral de UGT-Madrid, inaugura la primera mesa de la jornada, dando la
bienvenida a los asistentes, presentando a
los ponentes que forman esta primera mesa
y la RED SOCIAL DE PREVENCION DE
RIESGOS LABORALES. Da una explicación detallada de cómo surge este proyecto,
de cómo es puesto en marcha desde la Secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid
y de su importancia como herramienta
de consulta para delegados y técnicos de
prevención. En este sentido, realiza una
reflexión sobre la influencia de la mayor
representación sindical sobre la disminución de los accidentes laborales. Agradece
a Grupo Comforsa su colaboración en la
creación de esta herramienta informática y
da paso a los ponentes.
José Ricardo Martinez se dirige a los asistentes al acto de apertura de la Jornada.
Manuel González, socio director del
Grupo Conforsa, introduce las redes sociales repasando conceptos como qué es
una red social y cuáles son sus principales
objetivos. Posteriormente, presenta la RED
SOCIAL EN MATERIA DE PREVENCION como herramienta para generar en
los usuarios conocimientos específicos en
materia preventiva y facilitar procedimientos de actuación consensuados entre especialistas del sector. A continuación, expone
los factores que marcan el éxito de una red
social que depende del número de personas
que la forman y de la calidad de las aportaciones que realizan cada una de ellas. Realiza una reflexión acerca de la importancia
de las buenas prácticas a la hora de hacer
uso de una RED SOCIAL cuidando tanto
el contenido como la calidad de la información ofrecida, dada la repercusión que
tendría una información no contrastada.
Esto último, introduce la figura del responsable y administrador de la red. Finaliza la
ponencia agradeciendo a la Secretaría de la
Salud Laboral de UGT-Madrid su intervención.
Sergio Álvarez, técnico de Prevención,
como moderador y dinamizador de la red
social en prevención de riesgos laborales,
realiza una demostración virtual de cómo
funciona la nueva red, así como una descripción de la ubicación del enlace para
acceso a dicha red social y simulación del
proceso de registro y validación de acceso
a la misma.
Siguiendo con la demostración grafica
de la herramienta, se realiza un breve repaso de los distintos menús que conforman
la red ayudada por la simulación con un
nuevo usuario online. Destaca la importancia de que se trata de una RED SOCIAL
PROFESIONAL por lo que cualquier actuación como pueda ser la simple creación
de grupos seguirá criterios de utilidad.
Para concluir su presentación se recuerda que los técnicos en prevención de riesgos laborales de UGT-Madrid de la Secretaría se encuentran a disposición de todos
aquellos que requieran sus servicios tanto
dentro como fuera de dicha red social. Finaliza esta primera mesa Lucila Sánchez
agradeciendo de nuevo la participación a
todos los asistentes al acto, animando al
uso de la red y haciendo mención especial
a la importancia de la Iniciativa legislativa Popular a la que UGT está destinando
grandes esfuerzos en recogida de firmas.
SEGUNDA MESA: “La siniestralidad
laboral en las distintas etapas de la vida”.
Rosa Robledano, secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid, abre la segunda
mesa indicando el enorme nivel de importancia y conocimientos de los ponentes.
Comienza ubicando a los oyentes en el
contexto de la Comunidad de Madrid donde muere un trabajador cada cuatro días.
Especialmente pernicioso es el aumento de
accidentes graves del sector servicios en el
primer trimestre, que pasa de 51 a 74, y de
los accidentes mortales in itinere que han
subido un 9% debido a las largas jornadas
y el estrés a que están expuestos los traba-
jadores madrileños, y en muchos casos se
toman como accidentes de tráfico. Todos
estos datos nos hacen exigir más coberturas y más recursos destinados a detener la
accidentabilidad.
Rosa Robledano denuncia la infravaloración de enfermedades profesionales en
nuestra comunidad ofreciendo datos comparativos como es la declaración en Navarra de una enfermedad profesional cada
149 trabajadores y en contraposición es declarada una enfermedad profesional cada
2648 trabajadores en la Comunidad de
Madrid (la media nacional es de una enfermedad profesional cada 913 trabajadores).
Concluye la exposición de nuestra Secretaria de Salud Laboral pidiendo tolerancia cero ante la precariedad laboral; dando
apoyo desde el sindicato para formar, sensibilizar y velar por el cumplimiento de la
normativa de prevención; y exigiendo más
recursos (más técnicos tanto en el IRSST
como en la Inspección de Trabajo) contra
los accidentes laborales.
Ponencia de Beatriz Losada Crespo,
jefa territorial de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social. Comienza su ponencia
destacando que el tema elegido es complicado, controvertido y difícil de abordar.
Según su criterio la edad no constituye en
si mismo un Factor de Riesgo, pero si lo
es en su conjunto, unida a otras variables.
Basándose en los estudios del CES explica que los trabajadores/as en el tramo de
edad de menos de 30 años sufren accidentes de trabajo en parte debido a las características asociadas a esta etapa de vida como
lo son la inestabilidad laboral, el tipo de
contrato (subcontrataciones, temporalidad)
y el carácter impulsivo de la juventud. El
mayor volumen de accidentes se concentra
en la franja de edad de 30 a 45 años. Y a
partir de los 45 estos disminuyen.
La conclusión que la ponente hace de
estos datos es que el primer y tercer tramo
de edad están más estudiados y atendidos
en cuanto a la prevención de riesgos laborales pero se deja de lado al tramo que más
número de trabajadores/as concentra, el de
los 30 a 45 años, por lo que la accidentalidad aumenta.
Existen diversos estudios encaminados a
mejorar las condiciones de trabajo de los
trabajadores/as entre 50 y 65 años, porque
se presupone que, por la edad, son más
proclives a sufrir un accidente en el trabajo. Se han descuidado las condiciones de
seguridad y salud de los/as trabajadores/as
de 30 a 45 porque se presupone que cuen11
Aspecto de dos de las Mesas que se desarrollaron en la Jornada del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.
tan con mejores condiciones personales y
laborales.
Se hace necesario, por tanto, elaborar
herramientas oportunas para prevenir la siniestralidad laboral también en este tramo
de edad, adaptándolas a las condiciones y
características concretas de estos /as trabajadores. Constituyendo la Evaluación de
Riesgos el instrumento fundamental para
conseguir la prevención de estos accidentes, debiendo ser flexible, modificable y
actualizada, y a su vez debe adaptarse a
las características de los trabajadores, entre ellas su edad, así como deben adaptarse las medidas preventivas que se estimen
oportunas en base a dicha evaluación de
riesgos.
El empresario debe ser siempre el garante absoluto de la seguridad y salud de sus
trabajadores/as. La normativa legal protege
a los/as trabajadores/as en materia de prevención de riesgos laborales y en especial
a los/as trabajadores/as especialmente sensibles, teniendo en cuenta el factor edad
en dos casos, en la maternidad, asociada
a una etapa vital en la mujer, y con los/as
menores.
La ponente hace hincapié en la importancia de que los trabajadores sean responsables con sus obligaciones en la adopción
de las medidas de seguridad en su puesto
de trabajo, y colaboren con la autoridad
laboral en el cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales. La
prevención de los accidentes laborales requiere un gran esfuerzo por parte de todos/
as: trabajadores/as, empresarios y administración.
La formación en prevención de riesgos
laborales es un pilar importante, y por ello
debe inculcarse desde la educación secun12
daria, actualmente solo se imparte en el
Módulo formativo de PRL y en FOL, pero
debería constituir una materia obligatoria
dentro del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria.
El papel de la Inspección de Trabajo es
fiscalizar y penalizar las infracciones empresariales; solo en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales se llevaron a
cabo en el año 2010, en la Comunidad de
Madrid, 9.155 actuaciones, que supusieron
1.100 actas de infracción aproximadamente a empresas incumplidoras.
Finalmente propone como solución
crear un marco de relaciones laborales que
contribuya a la estabilidad emocional del
trabajador/a y del empresario para que la
actuación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo sea más eficaz
y se requiera en menor medida la intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Ponencia de Silvia Méndez, coordinadora del Área Técnica del Instituto Regional de Salud y Seguridad en el Trabajo,
quien señaló que el objetivo del IRSST es
mejorar las condiciones de seguridad y
salud en el trabajo. En referencia a la siniestralidad en la Comunidad de Madrid en
los últimos diez años se reduce el número
de accidentes. Se nota que la actuación del
plan director ha sido positiva. Sin embargo no nos podemos olvidar del drama que
suponen los accidentes y las enfermedades
profesionales para las víctimas y sus familiares.
El hecho que la tendencia sea positiva
sirve de motivación para doblar esfuerzos,
perfeccionar los métodos actuales e incluir
otros métodos en el futuro. El factor edad
debe tenerse en consideración, si bien to-
dos los grupos son susceptibles y todos padecen la siniestralidad laboral.
Los jóvenes menores de 30 años suponen un 20% de la población activa y el 17%
de la población trabajadora, mientras que la
población de 50 años o más son el 23% de
población activa y suponen un 25% de la
población trabajadora, por último el grueso
se encuentra situado entre 30 a 49 años de
edad con un 57% y 58% respectivamente
siendo este colectivo el que tiene mayor
siniestralidad debido a su mayor número.
Mirado en índice de incidencia el tramo
de mayor accidentabilidad es el de menores de 30 (1´4 veces superior al de 50 años
y 1´2 veces superior al tramo intermedio),
aunque debemos tomar en cuenta que se
han reducido todos los índices y especialmente el de jóvenes.
Observando los datos vemos como característica que los accidentes del tramo
de juventud son de menor gravedad que
en los otros tramos (23% accidentes leves,
13% accidentes graves y 4% mortales).
Los jóvenes son un grupo de especial sensibilidad debido a su falta de experiencia y
formación, a la temporalidad laboral y a la
baja sensibilidad en prevención de riesgos
laborales.
Desde el IRSST se recomienda formación tanto teórica como práctica, que sea
eficaz desde el inicio del ejercicio profesional y que se someta a procesos de reciclaje. En los jóvenes se prestará especial
atención para que reciban la formación e
información específica, mientras que para
los delegados de prevención y empresarios
es imprescindible asesoramiento y asistencia técnica. De la misma forma, desde
el IRSST se han emprendido acciones de
sensibilización que han afectado a más de
12500 jóvenes y más de 34000 alumnos en
general:
— Iniciativas “Anda seguro por la vida”,
“Siempre seguro” o diversas carpas temáticas en estos últimos años.
— Campañas de asesoramiento.
— Publicaciones.
— Estudios (siniestralidad laboral en jóvenes o condiciones de trabajo de los jóvenes en el sector de la construcción).
La siniestralidad laboral también es un
hecho entre los trabajadores de mayor
edad. El envejecimiento de la población
ocupada es un hecho, y en este grupo de
edad es donde encontramos una mayor incidencia de accidentes graves y mortales.
Con el envejecimiento se pierde visión,
capacidad auditiva y motriz, y las capacidades están limitadas. La gravedad de los
accidentes es mayor y proliferan los trastornos músculo-esqueléticos y las lesiones
acumulativas por un mayor tiempo de exposición.
Para luchar contra esta situación se deben aplicar los principios ergonómicos y
realizar reconocimientos médicos específicos y periódicos. Desde el IRSST se trabaja para consolidar la cultura preventiva,
integrar la prevención en todas las áreas
laborales y conseguir puestos de trabajo
seguros con independencia de la edad. Para
ello se continuarán investigando los accidentes y enfermedades profesionales, se
realizarán más campañas de asesoramiento
y formación (catálogo 2011) y se fomentará la sensibilización de todos los actores
sociales.
Ponencia de Ángel Javier Muñoz Marín, fiscal adscrito a fiscal de Sala, argumentó que en un principio la calificación
“in itinere” no tendría valor jurídico penal
verdadero pero otra cosa son los accidentes
en misión donde existen 4 sentencias firmes que responsabilizan al empresario de
accidentes de tráfico por deficiencias del
vehículo de empresa.
Los escritos de calificación y las sentencias por accidente laboral han ido en aumento a pesar de que sea un proceso lento y
en principio pueda parecer que no exista un
aumento significativo acorde a la realidad
de la actualidad (este año se han realizado
33 escritos). Hay que tener en cuenta de
las dificultades que conlleva el depurar la
responsabilidad en casos de enfermedades
profesionales porque son multifactoriales.
La fiscalía de accidentes de trabajo comenzó en 2006 pasando de 74 escritos de
acusación en 2005 a 859 en 2010 evitan-
Rosa Robledano, segunda por la izquierda, junto con otros ponentes en la Jornada.
do así la impunidad de estos delitos (552
sentencias se han dictado en 2010 en toda
España). Después de esta introducción el
fiscal entra en materia indicando la poca incidencia jurídica que tiene la edad, esta no
se tiene en cuenta al imponer penas, aunque si es importante en casos de menores.
En cualquier accidente laboral de un menor
de edad la Inspección de Trabajo informa a
la Fiscalía.
Otra zona donde se tiene en cuenta los
años es en la responsabilidad civil es obvio que en las indemnizaciones se tiene en
cuenta la edad ya que las secuelas y daños
que se producen dependen de esta. Nos
indica que en la Comunidad de Madrid en
2009 de 23 accidentes mortales (eliminando in itinere) la media de edad de los accidentados estaba en los 41 años y en 2010
sobre 20 accidentes mortales la media está
en 39 años. La franja de edad más propensa
a accidentes mortales va de los 35 a los 45
años de edad.
Una vez concluida la exposición de datos estadísticos el fiscal nos revela un hecho interesante que cabe reseñar: el delito
de riesgo se consuma con independencia
de la actitud del trabajador, es previo a la
acción de este y no vale como excusa el “le
hemos avisado”.
En caso de un menor el derecho le ofrece
protección frente al riesgo dando obligaciones al empresario como son la de una evaluación del puesto referente a este colectivo
sensible, e informar al menor o a padres o
tutores de los riesgos existentes en el puesto
de trabajo, las medidas que se adoptan contra esos riesgos y si existen limitaciones a
las que no se ha de enfrentar el trabajador
menor adaptando el puesto o reubicando a
este. En caso de menores de edad se debe ser
más restrictivo, no se puede equiparar a la
acción de otro trabajador debido a la impericia de estos y es por ello que están limitadas
las acciones que puede realizar.
Para concluir Ángel Muñoz expone
las siguientes verdades jurídicas que nos
muestran el camino para depurar responsabilidades. El delito de riesgo es siempre
achacable al empresario pero el trabajador
tiene obligaciones. Partiendo de la base que
el trabajador tiene una relación contractual
que le obliga a seguir unas órdenes del empresario es obvio que las responsabilidades
no son las mismas. El exceso de confianza
debido a la experiencia debe prevenirse en
la evaluación.
CLAUSURA. Rosa Robledano cierra
la mesa haciendo hincapié en cuatro puntos fundamentales: la importancia de la
implicación de todas las partes para lograr
el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, la
necesidad de la formación en Prevención
de Riesgos Laborales, tanto en el ámbito
laboral como en el ámbito educativo, el
reconocimiento de los accidentes laborales
“in itinere” o en misión, y por último exige
a las autoridades políticas pertinentes celeridad en la firma del IV Plan Director.
13
UGT-Madrid hace valer el compromiso adquirido en su XII Congreso
Se crea la Fundación para la
Defensa Integral de Víctimas de
Accidentes laborales (FUNDIVAL)
Entre las resoluciones que
recoge el Programa de
Acción de UGT-Madrid en
su XII Congreso, que se
celebró en Madrid en mayo
de 2009, se encuentra
“Defender la salud de los
trabajadores/as antes,
durante y después de la
relación laboral” Este
apartado en su desarrollo
recoge el compromiso de
impulsar la creación de
una asociación/fundación
que tenga como objetivo
dar apoyo integral a
los trabajadores y a sus
familias después de haber
padecido un accidente de
trabajo o una enfermedad
profesional.
UGT-Madrid, como sindicato de clase,
tiene entre sus fines la defensa de los intereses de los trabajadores y las trabajadoras,
y ejerce esta defensa en sentido amplio, con
el objeto de incidir en una mejora continua
de las condiciones de trabajo y cualquier
circunstancia que se derive de las relaciones
laborales. Para conseguirlo pone todos sus
recursos al servicio de todas las personas
trabajadoras.
14
Pero las condiciones de trabajo en muchas
ocasiones se tornan adversas, fomentando
precariedad y ponen en peligro la seguridad
y salud de estas personas. Las situaciones
más precarias que sufren estos trabajadores/
as afloran cuando condiciones de trabajo
inadecuadas se traducen en siniestralidad
laboral y los convierte en víctimas cuando
sufren un accidente laboral, una enfermedad
profesional o un daño como consecuencia
del desarrollo de su trabajo.
En estos casos, los trabajadores y las
trabajadoras, así como sus familiares, se
encuentran con la necesidad de enfrentarse
a cambios radicales en su vida, ya que los
daños que sufren alteran notablemente su
ámbito laboral, su situación personal, familiar y hasta social, teniendo que hacer frente
a graves dificultades para rehacer su vida,
necesitando apoyo inmediato que les rehabilite desde el punto de vista físico, psíquico y
moral, ya que por lo general las víctimas de
siniestralidad laboral tienen que enfrentarse
a situaciones sobrevenidas que se materializan en una disminución de su capacidad
para desempeñar su trabajo habitual de forma temporal o permanente, siendo necesario en muchos casos reorientar la actividad
laboral que venían desarrollando, teniendo
que enfrentarse además a procedimientos legales o administrativos que reparen el daño
causado y efectuar los trámites que procedan de solicitud de ayudas.
Esta situación afecta negativamente a su
economía, a la que se suman una serie de
circunstancias que incorporan cambios importantes en el ámbito familiar, social y laboral, cambios que son aún mayores en caso
de fallecimiento del trabajador afectado.
Necesidad de apoyo Integral. La falta de
apoyo con que se encuentran en muchas
ocasiones estos trabajadores y trabajadoras,
así como sus familiares, y la necesidad de
defender sus intereses es lo que motiva la
creación a iniciativa de UGT-Madrid de una
institución que ofrezca apoyo integral para
superar las situaciones anteriores, ofreciendo a la sociedad un mecanismo que compatibilice la ayuda a todos estos niveles.
Cuestiones relacionadas con la Seguridad
Social, como pueden ser la tramitación de
una incapacidad, de una indemnización, una
pensión vitalicia al propio trabajador, y las
que puedan corresponder a cónyuges por
viudedad o a los descendientes huérfanos,
junto con el apoyo psicológico, moral, jurídico, e incluso formativo que facilite la
inserción de estos trabajadores al mundo
del trabajo, son cuestiones de especial relevancia a las que UGT-Madrid debe dar
respuesta ante la desorientación en que se
encuentran los afectados, ofreciéndoles su
apoyo para superar estas situaciones y para
reintegrarse en el mundo laboral.
Se pretende con la constitución de esta
Fundación concretar un nuevo recurso, y un
instrumento que la sociedad necesita para
resarcir el daño sufrido por estos trabajadores y trabajadoras en el desempeño de sus
puestos de trabajo, y confirmar o renovar el
derecho fundamental que todos tenemos a
trabajar.
FINES GENERALES
DE LA FUNDACIÓN
1. El apoyo integral a las víctimas de la
siniestralidad laboral, entendiendo como
“víctimas” a los trabajadores y trabajadoras
que han sufrido esta siniestralidad y a sus
familiares, entendiendo como “siniestralidad laboral” los accidentes de trabajo, las
enfermedades profesionales, así como los
daños y lesiones físicas y psíquicas producidas por efecto del trabajo desarrollado por
los trabajadores y las trabajadoras.
UGT-Madrid debe dar respuesta a la desorientación
en que se encuentran los
afectados por la siniestralidad laboral, ofreciéndoles su
apoyo para superar estas situaciones y para reintegrarse
en el mundo laboral, pretendiendo con la constitución
de esta Fundación concretar
un nuevo instrumento que la
sociedad necesita para resarcir el daño sufrido.
Se entiende como “víctimas”
a los trabajadores que han
sufrido siniestralidad laboral
y sus familiares, interpretando como “siniestralidad
laboral” los accidentes de
trabajo, las enfermedades
profesionales, así como los
daños y lesiones físicas y
psíquicas producidas por
efecto del trabajo desarrollado por los trabajadores y
las trabajadoras.
2. El desarrollo de mecanismos técnicos y especializados que generen ayudas
a cualquier nivel, que puedan proceder de
cualquier figura admitida en derecho, que se
traduzcan en apoyos específicos de carácter
jurídico, asistencial, psicológico, moral y
formativo, para ponerlos a disposición de
las víctimas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
3. Facilitar la rehabilitación e integración
al mundo laboral de las personas víctimas
de accidentes de trabajo o enfermedades
profesionales, con el fin de fomentar sus
capacidades y ofreciendo un apoyo integral
conforme a las nuevas necesidades que se
generan/demandan, en beneficio tanto las
trabajadoras y trabajadores víctimas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, como sus familiares.
4. La reducción del impacto personal, familiar, social y laboral de las víctimas de la
siniestralidad laboral.
5. El fomento de las mejoras de las condiciones de vida de las víctimas de la siniestralidad laboral, tanto en sus condiciones
sociales como laborales en la Comunidad
de Madrid y todo ello en cualquiera de sus
ámbitos.
BENEFICIARIOS
Conforme a los fines descritos anteriormente, serán beneficiarios de la Fundación:
a) Las trabajadoras y trabajadores que sufren o hayan sufrido un accidente de trabajo
incluidos los “in itinere”, o que padezcan
una enfermedad profesional, y demuestren
la declaración o calificación de tal situación
por los medios legales vigentes en todo momento.
b) Los trabajadores y trabajadoras que
aunque no coincidan con la figura descrita
en el apartado anterior, pero que debido a
las condiciones de trabajo en las que presta
su relación laboral, estatutaria o funcionarial, padecen de forma reiterada u ocasional situaciones o episodios lesivos para su
salud, y de estas condiciones se deriven un
deterioro, alteración, daño físico, psíquico o
moral e incluso social, lo demuestre fehacientemente y la Fundación los considere
víctimas conforme la motivación expuesta
en estos estatutos.
c) Los familiares de las personas víctimas descritas en los puntos anteriores,
considerando familiares a los cónyuges,
descendientes, ascendientes o aquellos que
se derraman hasta el segundo grado de consanguinidad. La Fundación considera familiares cualquier vínculo admitido en derecho
o el que emane de pareja de hecho sin distinción de sexo.
ACTIVIDADES
Para la consecución de los fines mencionados
en el artículo anterior, la Fundación podría
realizar, entre otras, las siguientes actividades:
a) El fomento de la prevención de la siniestralidad laboral y la prevención de los
riesgos laborales en cualquier ámbito social
o laboral.
b) Se podrán convocar becas.
c) La asistencia para la mejora de las condiciones que puedan favorecer la reducción
de la siniestralidad en cualquier sector de
actividad.
d) La divulgación de noticias que puedan
surgir relacionadas con accidentes laborales
y enfermedades profesionales.
e) El estudio de las políticas en materia de
prevención de riesgos laborales para combatir la siniestralidad laboral
f) Proporcionar la ayuda necesaria en ma-
teria legal, administrativa, formativa y psicológica a las víctimas de la siniestralidad
g) Impulsar políticas de formación e información entre trabajadores y empresarios
de cara a concienciarlos de la necesidad de
prevenir accidentes de trabajo y enfermedades relacionadas con el trabajo en sus empresas.
h) Fomentar el conocimiento de la prevención en todos los niveles de la formación
reglada, formación para el empleo, formación profesional, formación universitaria y
de post-grado.
i) El establecimiento permanente de ayuda a víctimas o sus familiares para la tramitación administrativa y legal, tanto de tipo
asistencial como personal en correlación
con lo contemplado en la legislación vigente, especialmente en aplicación de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y la normativa que la desarrolla y la complementa.
j) La gestión, realización, asesoramiento,
consultoría y desarrollo de acciones dirigidas a la mejora de la calidad de vida de los
trabajadores y en especial la de los afectados
por la siniestralidad laboral.
k) El estudio y reducción de los riesgos
laborales y de la siniestralidad laboral.
l) La comunicación social y corporativa.
m) Las políticas asistenciales, especialmente acciones de inserción social y laboral
de víctimas de la siniestralidad laboral.
n) La inserción social y territorial.
o) La sensibilización de la sociedad en
materia de prevención de riesgos laborales
y de reducción de la siniestralidad.
p) Organización de cursos, ciclos de conferencias, congresos, coloquios y sesiones
de estudio y de investigación, tanto presenciales como a distancia mediante medios
técnicos, informáticos, telemáticos o videoconferencias.
15
El Ministerio de Sanidad ha publicado un informe
El Tribunal Supremo anula el d
de la primera ley de medidas s
E
L 6 de abril el Tribunal Supremo dictó la
sentencia que anula el decreto del Gobierno
regional de 2006 que desarrollaba la primera Ley Antitabaco. En el texto, muy permisivo con los fumadores, había tantas excepciones que, al final, se podía fumar casi
en cualquier sitio público, como en bares y
restaurantes de los centros de trabajo de más
de 100 metros cuadrados.
Además a la hora de computar si un bar/
restaurante tenía más de 100 metros cuadrados, por lo que debía habilitar zona de
fumadores, el decreto permitía contar solo
los espacios a los que accedían los clientes y
no la totalidad del establecimiento. Así, durante cuatro años más, el Gobierno de la
Comunidad de Madrid ha obligado a los
trabajadores/as de la hostelería a aspirar
el humo de los fumadores con la repercusión sobre la salud que esto ha supuesto para
los mismos/as.
Elena Salgado, ministra de Sanidad en
aquel momento, calificó el citado decreto de
“flagrante violación de la norma estatal” y,
junto con la asociación Nofumadores.org y
la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), presentó un recurso contencioso-administrativo. El Tribunal Superior de
Justicia de Madrid le dio la razón en diciembre de 2008 y anuló el decreto autonómico.
Pero el Gobierno regional recurrió y, mientras tanto, su decreto siguió en vigor hasta
ser anulado por el supremo el pasado abril.
La Comunidad de Madrid no ha aprobado ningún reglamento que desarrolle la
nueva Ley 42/2010, de 30 de diciembre,
que modifica la llamada Ley Antitabaco de
2005.
PRIMEROS 100 DÍAS SIN TABACO
EN ESPACIOS PÚBLICOS
El Ministerio de Sanidad ha publicado un
informe para evaluar el impacto de la Ley
42/2010 que modifica la Ley 28/2005, de 26
16
de diciembre, de medidas sanitarias frente
al Tabaquismo y reguladora de la venta, el
suministro, el consumo y la publicidad de
los productos del tabaco, en vigor en enero
del presente año.
En el estudio se especifica que aunque
es demasiado pronto para llevar una valoración completa del impacto de la Ley sobre
determinados aspectos, como por ejemplo
su influencia en la disminución de la mortalidad y la morbilidad, cuyos efectos se
hacen notar a medio plazo unos y a largo
plazo otros, se puede contar con datos de la
Seguridad Social y del Instituto Nacional de
Estadística (INE) referidos a las actividades
del sector de hostelería.
Además se aportan los datos de la Encuesta sobre la Percepción de la Ley por los
ciudadanos, realizada por la OCU a 1.559
personas de entre 18 a 75 años de edad. La
muestra está dividida en un tercio de fumadores, otro de exfumadores y otro tercio que
no ha fumado nunca. En la encuesta se destacan los aspectos más polémicos de la Ley.
En relación a la frecuencia de asistencia
a establecimientos de hostelería, el 77,2%
de la población afirma que acude igual o
más que antes a bares y restaurantes, frente
a un 22,8% que acude menos. La excepción
son los fumadores: un 64,3% de estos dice
que lo hace menos. Pero su impacto se compensa de sobra con quienes dicen que ahora
van más.
Sobre el impacto económico, según los
datos del INE sobre Actividad Económica
del sector de hostelería, el informe refleja
que en los 100 primeros días de 2011 la actividad ha caído un 14,1%. Este porcentaje
de bajada de la actividad está en línea con la
de años anteriores: el 18% en 2008, el 17%
en 2009 y el 13,9% en 2010. Sí destaca que
los niveles totales de negocio están como
los de 2002, pero el descenso empezó en
2007, por lo que es muy difícil atribuirlo a
la Ley. También se confirma que la actividad
rme para evaluar el impacto de la Ley Antitabaco
decretazo de Esperanza Aguirre
sanitarias frente al tabaquismo
En relación a la frecuencia de asistencia a establecimientos de hostelería, el 77,2% de la población
afirma que acude igual o más que antes a bares y
restaurantes, frente a un 22,8% que acude menos
es muy estacional: un pico en Navidad, baja
de enero a finales de marzo hasta Semana
Santa, sube esos días y alcanza su máximo
en verano. Lo mismo que ha ocurrido este
año. Si se habla de empleo, el Ministerio de
Trabajo ofrece los datos que confirman que
las afiliaciones en el régimen general y en
el de autónomos a la Seguridad Social en el
sector de hostelería han subido en febrero en
21.443 y en 27.925 en marzo.
De la percepción de la ley por los ciudadanos, se extrae que al 63,7% de los
encuestados le parece bien la Ley. De los
fumadores, el 27% la apoya. Entre los exfumadores y los no fumadores la aceptación
de la norma es mucho mayor el 75,2% y el
84,1%, respectivamente. Sobre el grado de
cumplimiento de la Ley, en general se cumple casi al 100% en la mayoría de los espacios, salvo dos excepciones: en el entorno
de los hospitales, el 64% de los encuestados
afirma que se incumple y los parques infantiles con el 44% de incumplimiento. Un dato
que confirma que la Ley se está cumpliendo
son las sanciones; unas 500 multas (sobre
350.000 establecimientos) que las comunidades autónomas han notificado en los tres
primeros meses del 2011.
Con datos de febrero, la venta de cajetillas de cigarrillos ha caído un 26,5% en un
año. En enero el descenso fue mayor, del
30%, en cambio ha subido la venta de puros
un 31%, el tabaco para liar un 11,5% y el de
pipa el 352,7%. La recaudación por impuestos del tabaco caerá un 15% este año, a pesar
de las últimas subidas que han incrementado
el precio del tabaco un 41,3%.
IMPACTO SANITARIO
Los expertos advierten que es pronto para
valorar los efectos positivos para la salud,
pero calculan que se producirá una disminución anual de 5.400 a 7.560 en los ingresos
por cardiopatía isquémica, de 1.240 a 3.240
por infarto agudo de miocardio y de 720 a
1.080 por asma. Según el Comité Nacional
de Prevención del Tabaquismo, los ingresos
de niños asmáticos en centros hospitalarios
han disminuido desde la entrada en vigor de
la Ley. Por ejemplo, estos ingresos han bajado un 15% en el Hospital Ramón y Cajal
de Madrid.
Es necesario recordar que las 5 enfermedades más frecuentes causadas por el tabaco
ocasionan el 8% del gasto sanitario a nivel
nacional.
La contaminación en bares y restaurantes por partículas finas, llamadas PM25, ha
caído un 86% en un año; las partículas en
el interior son de 22, 54 partes por millón,
mientras que fueran ascienden a 25,23. Ahora puede ser más sano estar dentro de uno
de estos locales que en la calle, refleja un
estudio realizado por investigadores de la
Universidad de Zaragoza.
17
CRISIS Y SALUD LABORAL.
PERSPECTIVA SINDICAL
Desde septiembre de 2010 hasta febrero
de 2011 se han autorizado en Madrid 429
expedientes de regulación de empleo, que
han afectado a 11.791 trabajadores. La crisis
económica y financiera que tan devastadoras
S ituación del empleo en Madrid.
Los efectos sobre el empleo y la calidad del
mismo en nuestra Comunidad hablan por sí
solos. La población ocupada, según la Encuesta de Población Activa (EPA), en nuestra región ha pasado de 3.064.400 personas
en 2009 a 2.898.400 en el cuarto trimestre
del 2010, es decir, se ha perdido el 5,41%
del empleo de la Comunidad de Madrid,
siendo los sectores de la construcción y de la
industria los que más empleos han perdido.
Aunque la pérdida de empleo está afectando tanto a la población autóctona como
18
consecuencias está teniendo sobre el tejido
social y laboral no cesa en intensidad y
tampoco se percibe una salida rápida de la
misma y en qué condiciones los trabajadores
y las trabajadoras vamos a quedar.
extranjera, lo cierto es que la destrucción de
empleo más intensa se está dirigiendo hacia
la población inmigrante, generando una invisibilidad de este colectivo y creciendo de
forma alarmante la contratación irregular.
Respecto a la edad, son los jóvenes menores de 25 años los que más están sufriendo
la crisis. Esta circunstancia hace crecer las
dudas sobre nuestro futuro; no debemos olvidar que son los jóvenes el motor que debe
activar los avances de nuestra sociedad.
El ajuste de plantillas producido por la
crisis comenzó primero por los trabajadores
temporales del sector privado, utilizando el
mecanismo de la no renovación, para continuar con los fijos. En el primer caso se
han saldado con la finalización del contrato
prácticamente con cero costes en cuanto a la
indemnización y en el segundo con infinidad
de ERE de extinción de contratos. Desde
septiembre de 2010 hasta febrero de 2011 se
han autorizado en Madrid 429 ERE frente a
los 356 del mismo periodo del año anterior,
lo que representa un incremento del 20,5%,
que han afectado a 11.791 trabajadores, 952
personas más que en el mismo periodo de un
“La salud laboral está unida
a las condiciones de trabajo”
año antes, lo que representa un aumento del
9%. Los ERE en la Comunidad de Madrid
se han multiplicado por cuatro en los dos últimos años y los trabajadores afectados por
medidas de regulación han aumentado en un
420 por ciento.
El desempleo es el reflejo más dramático de los efectos de la crisis en la población
trabajadora ya que la destrucción de puestos de trabajo ha llevado a un espectacular
crecimiento del mismo. En los dos últimos
años, según la EPA, se han perdido 176.000
empleos, el 91 por ciento en el último año,
situando la tasa de paro en el 15,75 por ciento, y un total de parados en el cuarto trimestre de 2010 de 542.000.
Situación de la siniestralidad laboral
en Madrid. Si hablamos de siniestralidad
no podemos obviar el descenso de actividad
ni la espectacular pérdida de empleo.
Durante el año 2010 se han producido
en la Comunidad de Madrid un total de
103.757 accidentes de trabajo, apreciándose
en términos generales una leve disminución
respecto al año anterior (-6,55 por ciento).
Al analizar los datos más detalladamente
encontramos circunstancias a destacar, así
en el sector de industria han aumentado de
forma muy importante el número de accidentes graves (+22,95 por ciento, respecto
al año 2.009) y se han mantenido los mortales. En el sector de la construcción se ha
producido un notable incremento del número de accidentes mortales (+26,67 por ciento). En lo que va de año (datos oficiales del
primer trimestre) se han producido un total
de 25.395 accidentes laborales de los cuales
144 han sido graves y 26 mortales.
Hay que mencionar las elevadas cifras
de siniestralidad que en lo que va del mes
de abril, mes en el que conmemoramos el
día Internacional de la Seguridad y la Salud
en el Trabajo, son totalmente inaceptables,
sobre todo en este momento de crisis económica y en el que el sector de la construcción,
gran afectado por el desempleo tiene más
víctimas mortales (6 accidentes mortales en
puesto de trabajo).
Las propuestas de UGT
para paliar los efectos
que la crisis produce en la
salud de los trabajadores
contemplan el mantenimiento de acuerdos como
el Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, la potenciación de
la negociación colectiva,
la formación de empresarios y trabajadores y el
reforzamiento de los instrumentos existentes.
Estos datos reflejan cómo a pesar de que
se ha perdido empleo y que el empleo perdido se concentra en sectores y segmentos de
especial siniestralidad como la construcción
y la industria o en colectivos más vulnerables como los jóvenes y los inmigrantes
(empleos más precarios), la siniestralidad
global se mantiene en niveles similares, e
incluso en estos sectores está aumentando
el numero de accidentes graves y mortales,
cuando lo esperable sería una reducción
importante. Parece claro que los datos reflejan una realidad de empeoramiento de
las condiciones de trabajo que se traduce en
accidentes, como si las obligaciones empresariales de velar por la salud de los trabajadores formen parte de las primeras medidas
de recorte de gasto, cuando deberían ser
mantenidas como una inversión y no modificarse a la baja.
A estos datos habría que sumar los accidentes no declarados, es decir, el claro
subregistro de accidentes de trabajo que se
producen en la economía sumergida, que
como todos “sabemos” ha aumentado de
forma considerable. Cada vez más, y habría que analizarlo en mayor profundidad,
se producen accidentes que se saldan como
enfermedad común, o simplemente con vacaciones pagadas en casa si son de los considerados como leves.
Los accidentes in-itínere, es decir los que
se producen en el trayecto de casa al trabajo y viceversa, como los de misión, que son
aquellos que sufren los trabajadores en su
jornada laboral, transportistas, comerciales,
etc., en primer lugar son accidentes de tráfico, con posterioridad, cuando se vinculan a
la actividad laboral, adquieren la consideración de accidentes laborales y se incorporan
a las estadísticas oficiales. Sobre ellos no
existe investigación de la Inspección de Trabajo, solo se analizan desde la perspectiva
de tráfico, teniendo en cuenta el vehículo,
la carretera y el conductor. Falta la cuarta
pata para tener una visión más completa que
permita su reducción: su vinculación a las
condiciones de trabajo, a las jornadas interminables, a la precariedad en el empleo, el
estrés y a que el vehículo utilizado sea considerado lugar de trabajo y se evalúen los
riesgos como tal y no solo pase la ITV desde
la visión de tráfico.
Los datos reflejan la necesidad de intervenir en esta dirección, durante 2010 el
número total de accidentes in-itínere ha aumentado ligeramente (15.798 en 2010 frente
a 15.753 en 2009), pero hay que destacar,
con mucha preocupación, que se ha producido un aumento muy importante de los
mortales, que han pasado de 20 a 27, lo que
supone un incremento del 35 por ciento, que
sumados a los 9 accidentes mortales de tráfico en misión resulta una cifra muy elevada
de 36 trabajadores fallecidos en 2010.
Hay que valorar de forma positiva el convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo
e Inmigración y el Ministerio del Interior
para dotarnos de un recurso más y vincular
(Continúa en la página siguiente)
19
(Viene de la página anterior)
los accidentes de tráfico que tienen relación
con el ámbito laboral, facilitando la investigación de los mismos por la Inspección
de Trabajo. Cabe mencionar la obligación
empresarial de evaluar los riesgos derivados
del tráfico cuando parte de la actividad de la
empresa se realice con traslados.
También hay que destacar cómo la reforma laboral precariza más las condiciones de trabajo, hoy se hacen más contratos
temporales precarios y los que se pierden
son fijos o indefinidos con derechos. La
tendencia más peligrosa es que vamos a
pasar de una dualización del mercado de
trabajo (trabajos estables/trabajos temporales) a una uniformidad de este mercado
caracterizada por mayor temporalidad y
mayor precariedad en detrimento del trabajo estable. Los primeros datos sobre los
efectos de la reforma laboral apuntan en
esta dirección.
La crisis económica se convierte en una
excusa para el incumplimiento y el olvido
de las normas laborales, también en prevención de riesgos laborales. Los trabajadores que tienen la “suerte” de conservar su
empleo están rebajando sus exigencias en
cuanto a la calidad de los mismos en aras a
conservarlos, asumiendo condiciones de trabajo que en otras circunstancias no aceptarían: mayor disponibilidad con flexibilidad
horaria, menor salario que, en la práctica,
supone una mayor exposición a los riesgos
y en peores condiciones.
Así, la actual situación de crisis económica puede acabar con los avances producidos en nuestro país desde la entrada en
vigor de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales. Estos avances también se resienten con el estado de la negociación colectiva
y las presiones sobre la representación legal
de los trabajadores.
No podemos caer en la trampa de que el
empleo lo justifica todo, aceptando empleos
precarios y sin derechos, rebajando la prevención de riesgos laborales y las políticas
preventivas.
En este contexto, tenemos que seguir
insistiendo con más fuerza en la necesidad
de cambios de tendencias en materia de prevención de riesgos laborales: integración
efectiva de la prevención en la empresa,
participación activa de los agentes implicados, potenciación de la representación
de los trabajadores en materia preventiva,
agentes territoriales y sectoriales de prevención, formación, inspección y control,
20
lo cual se tendría que abordar tanto a nivel
de acuerdos globales (pacto social) como a
nivel del reforzamiento de la negociación
colectiva y la continuidad de las políticas
en la Comunidad de Madrid acordada con
el Plan Director en Prevención de Riesgos
Laborales.
Economía sumergida. Desde UGT vemos con absoluta preocupación la evolución
de la economía sumergida y la contratación
irregular de trabajadores. Esta situación
afecta mayoritariamente al colectivo de inmigrantes, que como ya hemos comentado,
hacen que se invisibilice su problemática y
su situación. Pero no podemos olvidarnos
de que se están incorporando, también, un
número importante de trabajadores autóctonos que han sido expulsados del mercado de
trabajo, lo que directamente se traduce en un
mayor nivel de riesgos para la seguridad y
la salud, rayando con situaciones de semiesclavitud.
En este sentido es necesaria la actuación
contundente de la Administración, combinando la intervención de la Inspección de
Trabajo y las policías, pues como ya hemos
constatado en algunos casos muy recientes,
los inspectores y subinspectores de trabajo
no pueden actuar por si solos en estas prácticas delictivas.
“Cuando la alternativa es el paro muchos
trabajadores optan por el empleo sumergido
y asumen la pérdida de todos los derechos”.
ACUERDOS Y POLÍTICAS
La lucha contra la siniestralidad y contra las
malas condiciones de trabajo necesita, entre otras cosas, políticas que las combatan
y acuerdos que refuercen las actuaciones de
las partes en estas materias.
Ahora, más que nunca, es necesario que
las administraciones públicas lideren y refuercen las políticas preventivas para garantizar la salud y la vida de los trabajadores,
haciéndose imprescindible el mantenimiento de los acuerdos tanto a nivel regional a
través de los planes directores como a nivel
estatal a través de la Estrategia Española.
UGT-Madrid apuesta de manera decidida para seguir trabajando en estos acuerdos
y afrontar este año 2011 la negociación del
IV Plan Director en Prevención de Riesgos
Laborales. Hay que tener en cuenta, que la
prevención no es un tema puntual, se debe
trabajar siempre de forma constante y sin
bajar la guardia.
Es igualmente importante, el reforzamiento de la Inspección de Trabajo como
La inestabilidad laboral
que conlleva el trabajo en
precario conduce a una
progresiva “precariedad
social” en los trabajadores, que miran al futuro
con incertidumbre, enfrentando más trastornos
de salud y desequilibrios
de tipo social y familiar y
psicológico que las personas que tienen un trabajo
estable.
instrumento fundamental de control, actuando enérgicamente tanto contra la economía
irregular como contra los incumplimientos de la legislación preventiva. Al mismo
tiempo, el Instituto Regional de Seguridad y
Salud en el Trabajo como instrumento gestor de las políticas preventivas en nuestra
Comunidad debe operar con contundencia
e independencia, en coordinación con la
Inspección de Trabajo. Así como crear un
Órgano Paritario que supla al desaparecido
Consejo de Seguridad y Salud para desarrollar los cometidos que la propia Estrategia
Española le confiere.
Hoy cada vez es más necesario que la
Negociación Colectiva salga del encorsetamiento que supone basarla en acordar salarios y jornada. Deben impulsarse y acordarse las condiciones de trabajo, de cómo
se organiza la actividad, cómo mejoramos
el ambiente laboral, la participación activa
de la representación sindical en los temas
que afectan a la mejora de la salud de todos,
elección de mutuas, cómo se participa en la
prevención y el modelo preventivo que se
aplica, etc.
NUESTRA PERCEPCIÓN
EN LAS EMPRESAS
Disminución de las inversiones y de los
recursos destinados a la prevención. En
nuestra sociedad, en la que aún no ha terminado de calar la cultura de la prevención,
la situación de crisis se está aprovechando
por algunas empresas que consideran la
prevención como un gasto y no como una
inversión, para disminuir de forma efectiva la prevención, o para reclamar marcos
normativos más cómodos en cuanto a la
protección de los trabajadores, ignorando o
minimizando la importancia de la seguridad
y la salud en el trabajo.
Esta premisa es absolutamente errónea,
el “coste” de no implantar la prevención de
riesgos laborales es muy elevado. La prevención de riesgos laborales es una condición para la eficacia y la supervivencia de
las empresas; por ello debe ser asumida y
ejecutada con el mismo interés que cualquier otra función empresarial. Pero además, puesto que lo que está en juego es la
seguridad y salud de los trabajadores, es
también una obligación inexcusable de todas las empresas ante la Ley.
Es precisamente en los momentos de
crisis, cuando más debe recordarse el papel
que debe jugar la prevención, el dinero que
se invierte en ella no es un gasto, ya que es
una herramienta de competitividad y productividad (los estudios estiman retornos de
entre 2 y 2,5 euros por cada euro invertido).
Los empresarios deben pensar que la prevención, además de un elemento de calidad
de las empresas, es una inversión a medio
y largo plazo, es decir, que una adecuada
política preventiva representa una ventaja
competitiva, mejorando la productividad, la
competitividad y finalmente los resultados
económicos.
“El enorme coste económico de los problemas de salud y seguridad en el trabajo
obstaculiza el crecimiento económico y
afecta a la competitividad de las empresas”.
No hay que olvidar el altísimo coste sanitario y la pérdida importante de jornadas de
trabajo que supone la mala o deficiente prevención en la empresa.
Desde UGT apostamos por un cambio
en el modelo de producción basado en la
incorporación de valor añadido por parte
de la mano de obra, así como de mayores
niveles de formación y de prevención. Un
indicador de esta disminución de las inversiones lo tenemos en la pérdida de empleo y
de negocio de las empresas especializadas
en prevención: los Servicios de Prevención
Ajenos (SPA).
Así, estamos percibiendo una reducción
en el número de profesionales que se dedican a la prevención, algunos SPA han cerrado por falta de clientes y otros han disminuido el número de trabajadores. Estamos
detectando una caída de los precios con la
consiguiente pérdida de calidad del servicio
contratado. Por lo que se hace necesario que
el mercado de la prevención responda más a
criterios enfocados a cuidar la salud de los
trabajadores, que a evitar una sanción administrativa de la empresa contratante.
En este sentido, queda mucho por reco(Continúa en la página siguiente)
21
(Viene de la página anterior)
rrer y por supuesto hay que actuar: sirva un
solo dato, en Madrid no conocemos que se
haya producido ni una sola desacreditación
por parte de la autoridad laboral y sí conocemos algunas sanciones de la Inspección de
Trabajo. Además con las reformas actuales,
el mercado de la prevención va a tender a
procesos de mayor concentración produciéndose, con toda probabilidad, fusiones
para sobrevivir.
Ralentización de las actividades preventivas. La ralentización, e incluso la paralización de la actividad preventiva en las
empresas resulta cada vez más evidente. Son
22
los delegados y delegadas de prevención de
UGT los que con sus experiencias nos dan
buena cuenta de ello: se han suprimido actividades preventivas planificadas, dejan de
realizarse las evaluaciones de riesgo, disminuyen los recursos personales dedicados
a la prevención, se suprime la vigilancia de
la salud, etc., todo ello alegando la inviabilidad económica de la acción preventiva, o
que ésta haga inviable la empresa.
Deterioro de las condiciones de vida y
de trabajo. La crisis afecta a la salud de los
trabajadores que pierden su empleo, también a los que lo conservan en condiciones
más precarias. Así, tener o no empleo y en
que condiciones se realiza, determina que
el trabajo genere salud o provoque enfermedad.
Existen muchos estudios que demuestran que los trabajadores en paro tienen peor
salud, objetivándose un incremento de la
mortalidad y de la morbilidad por diferentes causas entre las que figuran hipertensión,
diabetes, problemas cardiovasculares y problemas mentales. En España esta situación
se agrava, porque los parados tardan mucho
tiempo en encontrar trabajo.
La inestabilidad laboral que conlleva el
trabajo en precario, conduce a una progresiva “precariedad social” en los trabajadores que miran al futuro con incertidumbre,
enfrentando más trastornos de salud (mayor
morbilidad, más mortalidad por patologías
cardiovasculares) y desequilibrios de tipo
social y familiar (sentimientos de inferioridad, pérdida de confianza en si mismo, inestabilidad) y psicológico (desestabilización
emocional, ansiedad, depresión, peor salud
mental) que las personas que tienen un trabajo estable.
Intensificación de la carga de trabajo que se traduce en un aumento de los
problemas psicosociales en las empresas.
Ante el hecho, la amenaza o la mera posibilidad de ser despedido, aparecen en los
trabajadores problemas emocionales y de
incertidumbre, (baja autoestima, inseguridad) pero además los que se quedan en las
plantillas que han sido reducidas se tienen
que adaptar a la nueva situación. Por lo general los trabajadores que conservan su empleo experimentan un aumento en su carga
de trabajo como resultado de los recortes de
plantilla, sufriendo un mayor estrés laboral
y todo lo que este ocasiona (insomnio, irritabilidad, depresión, aumento de los problemas cardiovasculares y digestivos etc.).
A esto se une un sentimiento de inseguridad en muchos casos, que convierte a estos
trabajadores en más vulnerables a los accidentes de trabajo, además de que, como ya
hemos dicho antes, les lleva a aceptar peores
condiciones de trabajo y asumir riesgos que
en otras circunstancias no aceptarían.
Se está produciendo un aumento de los
riesgos psicosociales entre los trabajadores,
por no conocer la marcha ni el futuro de su
empresa. En situaciones de crisis, la comunicación interna dentro de las compañías
tiende a reducirse o se hace inexistente. Con
ello, queda abierto un gran espacio para que
se instale el rumor o, incluso, la transmisión
de informaciones erróneas, generándose en
el trabajador la siguiente cadena: tensiónansiedad- trastornos físicos- enfermedad.
Cabe recordar el caso de France
Telecom: en septiembre de 2009, esta
empresa fue portada en los medios
porque 25 empleados de su plantilla se
suicidaron en el plazo de un año y medio. Suicidios que estaban claramente
vinculados a la política de la empresa
de reorganización de sus recursos humanos. Estamos observando cómo en
muchas empresas, después de llevar a
cabo un expediente de regulación de
empleo y despedir a los trabajadores
que más le conviene se instaura un 5º
turno, o se obliga a los trabajadores a
realizar horas extraordinarias, o se reducen a
cero las inversiones y las medidas preventivas acordadas previamente. En estos casos,
se llega incluso, a enfrentar a los trabajadores con sus representantes siendo moneda de
cambio, que termina con el despido de los
delegados más combativos.
Utilización de la crisis para expulsar
del mercado de trabajo a enfermos (sobre
todo los que tienen declarada una enfermedad profesional). El despido objetivo
se está utilizando de forma importante para
expulsar a trabajadores “molestos”, así, estamos siendo testigos de ERE donde, curiosamente, todos los trabajadores a los que se
les había declarado una enfermedad profesional (normalmente tras un arduo trabajo
sindical), son incluidos dentro del mismo. A
todo esto, hay que sumar los accidentes de
trabajo que no se reconocen, como ya hemos
comentado antes y los trabajadores enfermos
que siguen trabajando por miedo a perder el
empleo. “Todo el mundo intenta aparentar
que está bien para no irse a la calle si hay
otra reestructuración… pero se les nota en la
cara que la tensión les afecta, algunos tienen
ansiedad… en otra coyuntura hubieran pedido la baja para curar una gripe, una gastroenteritis o una tendinitis, pero ahora aguantan”.
Presentismo. El miedo a perder el empleo, ha provocado una reducción drástica
del absentismo relacionado con la enfermedad en los últimos dos años, apareciendo un
nuevo fenómeno: el llamado “presentismo”
o, lo que es lo mismo, trabajar más allá del
horario normal con la única intención de
que se note la presencia del trabajador en
su puesto. Según una encuesta reciente de
la empresa Randstad (empresa de trabajo
temporal), el 45,8% de las mil personas encuestadas, reconoce que sus compañeros se
quedan más tiempo en el trabajo por miedo
a perder su empleo y sin que necesariamente eso conlleve una mayor productividad, o
realización de algún tipo de actividad.
Lo único que nos fortalece es la lucha
de todos y cada uno de los afiliados a
UGT, de cada uno de nuestros delegados
y delegadas elegidas por los trabajadores
para defender sus derechos laborales,
porque “Con sindicatos el trabajo es más
seguro”. Es necesario mirar al futuro:
La crisis dicen algunos, puede ser una
oportunidad para el cambio hacia un
modelo económico diferente basado en
las nuevas tecnologías, el conocimiento,
las energías limpias, etc. Y, cómo no, la
prosperidad económica tiene como requisito fundamental una población sana.
PROPUESTAS DE UGT
Los datos reflejan una realidad de empeoramiento de
las condiciones de trabajo
que se traduce en accidentes, como si las obligaciones
empresariales de velar por la
salud de los trabajadores formaran parte de las primeras
medidas de recorte de gasto,
cuando deberían ser mantenidas como una inversión y
no modificarse a la baja.
La prolongación inadecuada y poco
productiva de la jornada laboral, es un
fenómeno que tiene bastante relación con
una mala organización del trabajo en la
empresa. Con la situación descrita, el panorama no parece muy alentador en lo que se
refiere a la salud y la seguridad de los trabajadores. Si a los recortes en prevención
de riesgos laborales le sumamos la mayor
precariedad laboral, el resultado puede ser
bastante negativo y la salud de los trabajadores puede verse muy deteriorada por las
peores condiciones de trabajo que se están
instaurando en las empresas. “Las crisis
empiezan y acaban, pero los trabajadores
fallecidos no vuelven”.
Recuperar los espacios perdidos en derechos nos puede costar mucho tiempo y esfuerzo. Recordar la necesidad de hacer aún,
un mayor esfuerzo en toda la organización
de cara a las elecciones sindicales, para que
exista representación sindical en los centros
de trabajo, que es en la práctica, el mejor
instrumento de defensa de los trabajadores.
Mantenimiento de los acuerdos. Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales,
este año finaliza el III Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, es obligado
la negociación con el nuevo gobierno del IV
Plan Director, Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, herramientas
claves y hojas de ruta imprescindibles que
obliguen a las partes a su cumplimiento.
Potenciar la negociación colectiva.
Incorporando iniciativas más allá de la normativa para garantizar en el marco de la
empresa y en los centros de trabajo que las
políticas preventivas se llevan a cabo como
políticas de empresa y de inversión.
Formación y conocimiento específico
en estas materias de empresarios, trabajadores, representantes sindicales… de forma
constante y permanente. Sin la misma, no se
puede garantizar que el trabajo no sea un peligro para la salud.
Necesidad de reforzar el papel de los
instrumentos: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Fiscalía, Poder Judicial, Policías. Todos
ellos, como garantía del cumplimiento de la
ley y depuración de responsabilidades por el
daño causado, buscando en primer lugar la
eliminación del mismo. Deben igualmente
garantizar el resarcimiento personal, social
y económico de la víctima.
Las propuestas de UGT para paliar los
efectos que la crisis produce en la salud
de los trabajadores contemplan el mantenimiento de acuerdos como el Plan Director
de Prevención de Riesgos Laborales, la potenciación de la negociación colectiva, la
formación de empresarios y trabajadores y
el reforzamiento de los instrumentos existentes.
23
“Lo que debe quedar en la conciencia de cada trabajador
es que ningún accidente de trabajo es inevitable”
¿Los numerosos y diversos sectores existentes en esta Federación de Servicios supone
contemplar todos los factores de riesgo que
afectan a los trabajadores, e igualmente un
aumento de la precariedad?
—Nuestra Federación se caracteriza por
la variedad de los sectores que aglutinamos,
lo que hace más intenso y más diverso el trabajo que desde esta Secretaría realizamos. A
diario nos enfrentamos a todo el abanico de
factores de riesgo sobre la salud de los trabajadores, desde los relacionados con la ergonomía, maquinaria, psicosociales, etcétera.
Debemos tener en cuenta que esta Federación tiene trabajadores en oficinas, limpieza,
seguridad, jardinería y artes gráficas, entre
otros sectores, que por otra parte son los más
precarizados, ya que forman parte de los que
subcontratan las empresas, llegándonos a
encontrar con varios niveles de subcontratación hasta llegar a nuestros trabajadores, lo
que requiere de un trabajo constante y continuo de nuestros delegados y delegadas, así
como de esta Federación, en la vigilancia de
las condiciones de trabajo que sobre la salud
de los trabajadores pueden incidir.
¿Se va implantando en las empresas la cultura de la prevención?
—Ha costado y sigue costando concienciar a las empresas respecto a la prevención
de riesgos laborales; por desgracia sigue
siendo a base de denuncias y lamentablemente a costa de la salud de los trabajadores, que, por culpa de la temeridad del empresario de turno, acaban accidentándose.
Donde más nos cuesta hacer esa labor de
concienciación es en el ámbito de los riesgos psicosociales, que esta Federación sufre
en mayor medida en las empresas de trabajo
en oficinas, donde son muchas las empresas
que se niegan en rotundo a evaluar y dar solución a los factores psicosociales de riesgo que merman la salud de los trabajadores
tanto o más que cualesquiera otros factores.
Por tanto, en este ámbito siempre incidimos
en el cumplimiento de la Ley 31/1995, que
obliga al empresario a actuar frente a todos
los riesgos a los que estén expuestos los trabajadores.
¿Existe conocimiento entre los trabajadores
de las enfermedades profesionales relacionadas con el trabajo?
24
Zaida González Rodríguez
Secretaria de Salud Laboral de FeS-UGT Madrid
“La crisis se utiliza como
arma arrojadiza para que
los trabajadores no vayan
más allá en reclamaciones
que suponen una mejora
en su calidad de vida.
No aceptamos, por tanto,
excusas que atentan
contra la salud de los
trabajadores”
—Lamentablemente en este país la cultura de la prevención no está muy extendida,
por eso, cuando un trabajador acude a nosotros por una enfermedad profesional no
es él quien la identifica como tal, sino que
viene derivado por su médico de cabecera
en la mayor parte de los casos o acompañado de su delegado de prevención. Incluso
no relaciona sus dolencias directamente con
su puesto de trabajo. A ello se suma el que,
si la actitud del empresariado ya era cuanto menos negativa ante las reclamaciones y
problemas de los trabajadores respecto a la
prevención de riesgos, y por tanto de enfermedades profesionales en su puesto de trabajo, en los tiempos que corren es la excusa
para el 90% de los casos.
¿La gestión del riesgo se relaja con la crisis?
—Como decía anteriormente, es el argumento estrella para todo: Si lo es para lo
estrictamente laboral, en cuanto a prevención es la respuesta que vale para todo. No
hablamos sólo de invertir en prevención,
de vigilar de la salud y condiciones de
los trabajadores, sino que se utiliza contra
ellos como arma arrojadiza continuamente, como amenaza para que no vayan “más
allá” en sus reclamaciones cuando muchas
de ellas no suponen apenas esfuerzo para la
empresa y sí un gran cambio para la mejora de la calidad de vida del trabajador. Por
tanto, no aceptamos el argumento. No hay
excusas que valgan cuando atentan contra
la salud de los trabajadores; éste sí es nuestro argumento cuando tenemos que defender la calidad de vida de nuestros trabajadores y lo que pretendemos inculcarles.
¿Existe prioridad en la prevención de accidentes de trabajo?
—Lo que tiene que quedar muy claro,
lo que debe quedarse en la conciencia de
cada trabajador es que ningún accidente
de trabajo es inevitable. Cuando se forma adecuadamente a los trabajadores en
materia de prevención, cuando se dan las
órdenes de trabajo por escrito y detalladas,
cuando se vigila su salud adecuadamente y se toman las medidas pertinentes de
corrección una vez se identifica un riesgo
para la salud, cuando las empresas cumplen con la legislación, se puede evitar
cualquier accidente, desde el nivel más
bajo de percance hasta los más graves. En
los casos más graves debemos recordarle
a las empresas que un trabajador fallecido
no es un número más, su muerte es responsabilidad exclusiva del empresario, siempre, y debemos exigir a los poderes públicos el cumplimiento exhaustivo de la ley
y responsabilidad, porque es su obligación
wwla hacer cumplir la ley.
Finalmente, ¿qué nos puedes decir sobre
los programas de formación de los trabajadores en salud laboral?
—La formación de los trabajadores respecto a su puesto de trabajo es uno de los
pilares fundamentales de la prevención de
riesgos. Cuando un trabajador sabe a qué
riesgos se enfrenta a diario, cuáles pueden
ser sus consecuencias y sobre todo, cuál es
la forma de evitarlos, se evitan accidentes,
se mejora su salud y mejora el ambiente de
trabajo. Es la primera piedra cuando queremos construir una gestión eficaz y válida en prevención de riesgos laborales, que
debe ser vigilada y consensuada con los
delegados y delegadas de prevención.
EPI´S FASHION DAY
Dentro de las acciones a desarrollar en
el marco del III Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales de la
Comunidad de Madrid, la Secretaria
de Salud Laboral de UGT- Madrid, ha
puesto en marcha una campaña dirigida a promocionar el uso de los equipos
de protección individual. Dentro de ella
y recogiendo la propuesta de Demanda
Joven, la organización juvenil del sindicato, y en colaboración con diferentes
federaciones sectoriales, se desarrolló el
pasado 14 de abril, un acto en el que
jóvenes de diferentes profesiones desfilaron en una peculiar pasarela de moda
en la que exhibían sus equipos de protección individual. Por la pasarela desfilaron 12 trabajadores del sector sanitario, de limpieza, hostelería, industria,
así como un bombero. Mostraron a las
200 personas congregadas frente a la
Casa del Pueblo de Madrid cómo deben
utilizarse sus equipos de protección individual.
Según el RD 773/1997, se entiende
por equipo de protección individual
cualquier equipo destinado a ser llevado
o sujetado por el trabajador para que le
proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud,
así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
Se contó con la presencia del Secretario General de UGT-Madrid, José
Ricardo Martínez y la Secretaría de Salud Laboral, Rosa María Robledano, así
como el Secretario General de Demanda
Joven, Álex Martín, que ha manifestado que, a pesar del desfile, “la salud y la
vida no son una moda”.
El RD 773/1997 sobre disposiciones
mínimas de seguridad y salud relativas
a la utilización por los trabajadores de
equipos de protección individual, indica que el empresario debe informar
a los trabajadores y trabajadoras previamente de todos los riesgos contra los
que los equipos de protección individual
les protegen, así como de las actividades
u ocasiones en que deben utilizarse. Se
deben proporcionar instrucciones por
escrito, indicando la forma correcta de
utilizarlos y mantenerlos. También se
debe garantizar la formación y organizar sesiones de entrenamiento para
la utilización de equipos de protección
individual, especialmente, en aquellos
casos donde se requiera la utilización
simultánea de varios equipos de protección individual que por su especial complejidad así lo haga necesario.
Rosa Robledano subrayó la importancia de las funciones de información y
formación en materia de prevención de
riesgos laborales, reclamando al mismo
tiempo a la Administración una mayor
sensibilidad y al empresario los recursos
preventivos que establece la legislación.
25
Organizadas por la European Trade Union Institute (ETUI)
Jornadas sobre Salud Laboral
y Medicina del Trabajo
Tuvieron lugar los pasados 21 y 22 de marzo en Lisboa con el título “Salud
Laboral y función de los Médicos del Trabajo”
C ON el título “Salud laboral y función de
mínimo no llega a los 500 euros y afecta a la
El déficit gigantesco y la caída de la in-
los médicos del trabajo”, se desarrolló, a lo
largo de los días 21 y 22 del pasado mes de
marzo, en Lisboa unas jornadas sobre salud laboral y medicina del trabajo. Realizó
el saludo de presentación en representación
de los anfitriones Armando Farias, que
comentó la situación internacional contra el
estado social y derechos de los trabajadores.
De ahí la necesidad de mantener la defensa
de los derechos laborales, la seguridad y la
promoción de la salud ante el ataque al estado de bienestar.
26
versión lleva a la quiebra del crecimiento y
menores exportaciones conllevan más paro,
11,1% de desempleo en los jóvenes de larga
duración, con el 23 % de precariedad. Son
1,5 millones de trabajadores con contratos
basura, temporales, un tercio de los trabajadores activos.
Esta situación afecta a los jóvenes sobre
todo, incluidos los de estudios superiores,
porque al no haber desarrollo no se les incorpora al trabajo, a pesar de su gran preparación. Los salarios son bajos, el salario
mayoría de los trabajadores.
Según señaló, en Portugal se buscan alternativas, adoptando medidas necesarias
contra el paro, el bajo crecimiento, la mejora
de los puestos de trabajo y más empleo, con
planes de crecimiento para aliviar la situación, evitando las medidas recesivas, recortes de pensiones y del estado de bienestar.
Los recortes actuales son muy significativos
con desigualdades salariales y sociales. Pero
la banca gana millones de euros, con primas
a sus directivos y gestores mientras bajan los
La Medicina del Trabajo
no cuenta con medios
humanos suficientes,
no reconociéndose
su importancia en la
actividad laboral, lo que
produce un vacío ante la
falta de prevención en la
empresa, no existiendo
la debida conexión
con la Sanidad Pública
y generándose así
servicios de prevención
privados, mutuas y otros
instrumentos costosos y
poco acreditados.
ingresos de los trabajadores, incluidos los
del sector público.
Un 15% menos en salario real. La Unión
Europea perjudica a los países más débiles. Tenemos que trabajar para mejorar esta
situación, con el esfuerzo de todos los trabajadores, con la acción sindical remontar
la economía y la sociedad, y participar en
las directrices de la política de la UE para
mejorar la organización y las condiciones
de trabajo y la promoción de la salud en el
puesto de trabajo, con el cumplimiento de la
legislación vigente, para optimizar los servicios de salud, abriendo todos los frentes en la
defensa de la seguridad y salud de todos los
trabajadores, como respuesta eficaz ante esta
situación, asegurando los contratos de trabajo e impulsando la promoción de la salud.
La introducción a las Jornadas corrió a
cargo de Viktor Kempa, de la European
Trade Union Institute, que hizo hincapié en
el apoyo a la organización de los servicios
de Salud Laboral en la Unión Europa, con
especial prioridad a los trabajadores de la industria minera, así como facilitar el acceso a
los servicios de salud, porque se incumplen
las directrices sobre todo por la situación
económica.
Tenemos que pensar juntos, señaló, el
hecho de cambiar información de directivas,
y llevar la seguridad y salud en el trabajo de
todos los países de la UE, con servicios de
medicina del trabajo y su organización en los
distintos países para mejorar los objetivos en
salud y la participación de los trabajadores
para que se promulgue una directiva común
en todos los países de la UE.
Los 60 millones de trabajadores de los
26 países de la UE reclaman trabajar en tres
objetivos:
3 Estrategias de salud.
3 Promoción de la educación para la salud.
3 Protección de los trabajadores en la UE.
Las actividades requeridas serían:
3 Políticas de salud y prevención.
3 Representación y participación de los
trabajadores.
3 Prevención de los riesgos psico-sociales, del estrés…
3 Prevención de la patología músculoesquelética
3 Prevención de las enfermedades profesionales y relacionadas con el trabajo.
3 Potenciar el control de la inspección
de trabajo.
3 Divulgar la Medicina del trabajo en
los medios de comunicación, prensa,
televisión, radio, etc.
3 Publicación de libros de consulta en la
Unión Europea.
3 Estimular el desarrollo efectivo del
REACH (riesgo químico).
El método debe ser participativo para
conseguir una actuación prometedora para
todos, a través de reuniones regionales y una
general el próximo año en Bruselas, comentando nuestros problemas y también conseguir buenas prácticas para que se cumpla la
ley y asegurar a todos los trabajadores que se
traduzca en mejorar las condiciones y organización del sistema laboral y de su situación
real de trabajo.
Giorgio Casula, de la CGTP-IN, de Portugal, inició el tema genérico de “grandes
problemas en salud y seguridad en el trabajo
en la agenda sindical”. Los siguientes datos
marcan el orden de prioridades:
3 Hay en Portugal 250.000 accidentes
de trabajo y 100 mortales al año y muchos más no declarados, sobre todo si
primero ingresan en el hospital.
3 No se cumple la ley de Prevención de
Riesgos Laborales
3 No hay eficiente control de la Inspección de Trabajo.
3 Faltan inspectores por el bajo presupuesto.
3 Enfermedades profesionales (EP)
que no se declaran. Puede declarar el
propio trabajador pero el 40 % no se
confirma y quedan sin indemnizar. La
vía de la enfermedad común es más
rápida, a pesar de que la EP paga los
medicamentos. Todos los médicos
están obligados a declarar las EP. En
caso negativo no se penalizan.
3 El problema de las enfermedades relacionadas con el trabajo está en las
microempresas. Es necesario, pues,
concienciar a la comunidad y formar
a los empresarios.
3 Es clave por tanto ofertar más formación e información a la empresa para
mejorar la sociedad.
3 Se precisa reforzar la intervención
sindical y la participación social en la
prevención de los riesgos laborales.
3 Lanzar publicaciones, usar la vía Internet y el apoyo tecnológico.
3 Estimular a igualdad de género en salud laboral y en la legislación general.
3 Reforzar la intervención política en el
área de la salud incluyendo el apoyo
de la UE, dar cobertura política a los
sectores con mayores riesgos laborales, manipulación de productos químicos, nanotecnología…
3 Estudio de equipos de trabajo y máquinas de trabajo.
Daniele di Nunzio, en representación de
IRES-CGIL, de Italia, mantuvo que tienen
un programa de investigación económica y
social para determinar las causas de los accidentes de trabajo. La situación estructural
italiana es similar a la UE en conjunto. Decrece la notificación de accidentes en general, pero la tasa en jóvenes, inmigrantes, etc.
no figuran en las estadísticas, además de la
caída en la actividad económica.
La esconden las enfermedades profesionales, con el trabajo sumergido, las microempresas, la baja calidad de los contratos
temporales, por obra, que se ceban en los
jóvenes, con un 30 % de paro en los menores
de 35 años. Todo se asienta en la ausencia de
innovación y la baja calidad en los procesos
de trabajo y así redunda en la dificultad en la
negociación colectiva.
El grupo de Luxemburgo estudia el sistema para que afloren las enfermedades
profesionales, buscando la participación de
los servicios médicos. Un nuevo decreto de
2008, trata de mejorar esta situación en la
participación de nuestro sindicato. Los fac(Continúa en la página siguiente)
27
(Viene de la página anterior)
tores de riesgo prioritarios en evitar son los
psicosociales, el amianto, la intensificación
y organización del trabajo y mejorar los métodos y procedimientos de trabajo.
En cuanto a la participación sindical,
se determina el número de delegados de
prevención en los sectores productivos de
acuerdo con el número de trabajadores y los
factores de riesgo de la empresa. La nueva
campaña cuenta con una financiación de 14
millones de euros. El desinterés de los empresarios mantiene un dialogo peripatético
sobre los procesos laborales.
Pretendemos, dijo, crear un polo de salud
y seguridad, obviando la burocracia para aumentar la eficacia real en el puesto de trabajo, que se cumplan las normas, hay un 12 %
de trabajadores sin contrato y que afloren las
enfermedades profesionales, involucrando a
todos los agentes en la salud laboral.
Mención especial merecen los riesgos
psicosociales, para que sea una oportunidad
real de proteger a todos los trabajadores,
evaluando el nivel de estrés en cada puesto
de trabajo, con métodos que objetiven las
manifestaciones del trabajador. Finalmente
tenemos que estudiar propuestas para identificar y reconocer las enfermedades relacionadas con el trabajo y la participación de los
trabajadores en la prevención de los riesgos
laborales.
Pedro José Linares Rodríguez, de
CCOO, inició su intervención recordando
las movilizaciones de liberación de los países árabes, a pesar de no conocer todavía
el final del proceso. Concretó, asimismo,
28
el mayor interés en la realidad socioeconómica de nuestro país, las políticas de ajuste
que sufrimos, la presión sobre la deuda de
los países, todo se resume en el olvido de
la salud laboral, añadida al paro del 20%, la
temporalidad de los empleos y la resultante
de la oferta de trabajo sin cualificación, y por
consiguiente con caída del bienestar social.
El nuevo modelo de salud laboral de la
Estrategia Española, como sistema de prevención a través de los Servicios de Prevención propios o ajenos, vincula a las partes,
hasta el 2012, favoreciendo la mayor calidad de los Servicios de Prevención citados,
con mayor cultura preventiva, estimulando
los servicios propios, para llegar a cubrir
además a las microempresas, siempre con
peores prestaciones y que dependen de los
Servicios de Prevención ajenos. Hay que
simplificar la burocracia, con sistemas de
calidad, con la nueva Prevención-10, en la
microempresa, buscando un marco jurídico
mas seguro para todos los agentes.
Se debe simplificar el procedimiento de
acreditación con homogeneidad entre las
comunidades autónomas por parte de las autoridades de la Seguridad Social y las sanitarias, con procedimiento de revocación con
seguridad jurídica, mejorando el sistema de
información, registros, datos, memorias de
ejercicio anual centralizadas, siempre para
favorecer la mayor calidad en los Servicios
de Prevención de Riesgos Laborales, con
más vigilancia colectiva, con conocimiento
de los medios humanos y materiales y equipos para ejercer la función con garantía. La
actividad sanitaria está en preparación por
intervenir varios ministerios, pero entrará en
vigor próximamente.
Consideraciones finales:
3 Evitar el cumplimiento formal, se precisa mas calidad y efectividad.
3 Más calidad en los Servicios de Prevención Propios.
3 Escaso ratio de Vigilancia de la Salud.
3 Agilización de los tiempos de las sentencias.
3 Considerar la baja notificación de enfermedades profesionales y su derivación a
la Seguridad Social, así la empresa evita un
coste legal y económico.
Emilio González, técnico de la Secretaría
de Salud Laboral de UGT, precisó que el problema nuclear de la situación actual es conseguir en la salud laboral una prevención real,
sumando la parte correspondiente en esta función protectora de la Medicina del Trabajo.
El objetivo urgente es reducir la siniestralidad, cuestión en la que se viene insistiendo
desde tiempos pasados, desde las primeras
resoluciones de los Congresos, incluyendo
el capitulo de la enfermedad profesional y
las enfermedades relacionadas con el trabajo, en general. Como dice Marisa Rufino,
Secretaria Confederal de Salud Laboral, somos el país más sano de la UE (por la subdeclaración de enfermedades profesionales) y
el más torpe por el alto número de accidentes
del trabajo.
La realidad española es semejante a la
del conjunto de la UE, como mantiene Virtor Kempa, del Instituto Europeo Sindical
(ETUI); la Medicina del trabajo está enferma, de riesgo moderado a grave y posiblemente inminente. No cuenta con medios
humanos suficientes, no se reconoce su importancia en la actividad laboral, los médicos jóvenes no escogen esta especialidad y
no están motivados por el mundo del trabajo
por seguir políticas nacionales y empresariales que no estimulan ni se integran en el
tejido productivo. Así se produce el vacío de
la falta de prevención en la empresa, sin conexión con la Sanidad Pública, y se generan
Servicios de Prevención privados, Mutuas
Según expresó el ponente
Emilio González,
técnico de la Secretaría
de Salud Laboral de UGT,
la medicina de trabajo
está enferma. No cuenta
con medios humanos
suficientes, no se
reconoce su importancia
en la actividad laboral
y los médicos jóvenes no
están motivados por el
mundo del trabajo.
etcétera. Con el resultado nefasto que la Seguridad Social tiene que responsabilizarse de
la asistencia de la patología relacionada con
el trabajo. La prevención es pues muy precaria, conviviendo con privatización progresiva del sistema público y con la no integración de los servicios de salud en lo público,
y por el contrario se acentúan los sistemas y
métodos de privatización.
En esta situación la primera causa de IT
(Incapacidad Temporal), son los trastornos
músculo-esqueléticos (TME), seguidos por
la patología psico-social, ambas enfermedades profesionales, que se pueden y deben
prevenir, y que aunque no contamos con
suficientes estudios epidemiológicos, es seguro que están aumentado el coste laboral.
Además se silencian otras patologías como
el cáncer profesional, las provocadas por el
amianto, etc.
El guión sería la aplicación real de la
Estrategia Española en el seno de las empresas, al tejido productivo de las microempresas, que nos consta que por carecer
de representación sindical no cuentan con
autentica acción preventiva, incumpliéndo-
se el objetivo 3, sobre todo con grandes dificultades en pequeñas empresas con menos
de 6-9 trabajadores, resultado también del
ataque globalizado a los sindicatos, quieren
hacerlos desaparecer, ejemplo la Comunidad de Madrid, donde por decreto cae la
acción sindical, con el consiguiente coste
social y menor protección de la salud laboral y lejos de condiciones socio-económicas
dignas.
Jerónimo Maqueda Blasco, del Instituto Salud Carlos III, describió los diferentes
sistemas y por tanto la necesidad de coordinación de las directrices de la UE, Sistema
Nacional de Salud, comunidades autónomas,
ID+i, para mejorar realmente las condiciones de trabajo en el tejido productivo, con
negociación colectiva, mutuas auditadas por
la Seguridad Social, para vencer las dificultades de conseguir una autentica prevención,
para neutralizar la precariedad y nuevas condiciones sociales. El 73% de las empresas
carecen de Servicios de Prevención propio,
controlan las mutuas. Se acentúa la falta de
control de calidad, de promoción de la salud
y de sentido de la equidad.
La Medicina del Trabajo debe cambiar
a otro modelo epidemiológico de la enfermedad profesional, insertar la gestión de la
prevención en la empresa y conseguir el rediseño y readaptación del puesto de trabajo.
Carmen Mancheño Pontenciano de
CCOO, comentó el marco legal y la situación real de la Medicina del Trabajo en España.
Manuel Fernández-Braso Fernández,
de UGT, insistió en los determinantes sociales de la salud y su impacto de la Vigilancia
de la Salud.
Grupos de trabajo. El resumen de las
conclusiones de los grupos de trabajo fue
que es necesaria la promulgación de una directiva de la UE que unifique criterios sobre
la Medicina del Trabajo.
Así mismo, incluir en el contenido de
esta directiva (no sólo recomendación), objetivos, nueva reglamentación, conseguir la
auténtica independencia de los profesionales
y participación de los trabajadores en la gestión de los Servicios de Prevención. Enfoque
multidisciplinar de los Servicios y conexión
con los Servicios de Salud.
El sistema de acreditación de los Servicios de Prevención puede seguir el modelo
español. Los sindicatos de la UE (ETUIETUC) deben presionar hasta conseguir se
promulgue la directiva y seguir el camino de
la cooperación entre todos los países y actores de la UE.
29
JORNADA TÉCNICA
“Reflexiones sobre los cambios
en la normativa de prevención
de riesgos laborales y sus
previsibles consecuencias”
Raúl Riesco Roche, director general de Trabajo
y moderador de la primera mesa redonda de
la jornada técnica que con el título “Reflexiones sobre los cambios en la normativa de prevención de riesgos laborales y sus previsibles
consecuencias” se desarrolló el pasado 17 de
marzo, realizó una breve presentación de dicha jornada técnica, en la que hizo hincapié
M ESA REDONDA: “Principales cam-
bios en la normativa de Prevención de
Riesgos Laborales y consecuencias previsibles”. Modera: Raúl Riesco Roche, director
general de Trabajo.
Intervino Rafael García Matos, subdirector general de Ordenación Normativa de
la Dirección General de Trabajo, que aludió
a que desde el año 1997 en el que se aprobó
el Reglamento de Servicios de Prevención
hasta el año 2007, la Prevención de Riesgos Laborales ha seguido una dinámica no
del todo deseable, ya que las empresas no se
vieron capacitadas para asumir las labores de
Organización Preventiva.
Surge una gran afluencia de Reglamentos Normativos en materia de Prevención de
Riesgos Laborales y se intenta en algunas
ocasiones transferir esta modalidad de Organización Preventiva. Los Servicios de Prevención Ajenos (en adelante S.P.A.), se impusieron de forma masiva en los mercados y
las empresas consideraron que cumplían con
el deber de prevención mediante la simple
contratación de un S.P.A., que en muchas
ocasiones no resultaba eficiente.
Tras observar esta situación se realiza
una transformación en la normativa, un do30
en la gran mejora que en los últimos años se
ha producido en materia de Prevención de
Riesgos Laborales. Igualmente remarcó la importancia de un documento compartido por el
Gobierno, las Comunidades Autónomas y por
las Organizaciones Empresariales y Sindicatos para lograr un mayor éxito y valor de la
estrategia.
cumento elaborado en conjunto y con gran
consenso por Gobierno, Comunidades Autónomas y Organizaciones Patronales y Sindicatos, en el que se concluyó que la actuación
de los S.P.A. debía mejorar en cuanto a su
calidad y eficacia. Las medidas que con este
cambio normativo se toman son las siguientes:
3 Detallar qué necesidades tiene un
S.P.A. y qué actuaciones deben llevar
a cabo. El S.P.A. debe ser complementario a la empresa, pero nunca
sustituir la responsabilidad que tiene
la empresa de asegurar la seguridad y
salud de los trabajadores.
Todas las especialidades o disciplinas que el S.P.A. no asuma deben ser
asumidas por la empresa, para cubrir
en todo momento los derechos de los
trabajadores. También deben establecerse unos ratios mínimos de medios
humanos y materiales.
3 Aumentar la actuación de las autoridades laborales.
3 Establecer los registros autonómicos
conectados a una base de datos común.
Se llega a la conclusión de que aunque
los S.P.A. se han profesionalizado mucho
por el aumento de los medios de los que disponen y esto repercuta en la mejora de las
condiciones de los trabajadores, las empresas aún deben mejorar en gran medida y asumir la prevención como una responsabilidad
propia para que los Servicios de Prevención
sean efectivos.
Fernando Carreras Vaquer, subdirector
general de Sanidad Ambiental y Salud Laboral de la Dirección General de Salud Pública, mantuvo que estamos el momento de
desarrollar un cambio normativo de carácter
legislativo que hasta ahora no había podido
abordarse. En el RD 337/10, se encomienda
al Ministerio de Sanidad y de Igualdad y al
Ministerio de Trabajo e Inmigración la elaboración de una normativa en la que se establezcan los criterios básicos sobre la organización
de recursos para desarrollar la actividad sanitaria en los Servicios de Prevención.
Se está realizando un proyecto de Real
Decreto cuyo objetivo final es el de mejorar
la calidad de la actividad sanitaria y Servicios de Prevención, asegurando unos requisitos mínimos que se deben de cumplir. Otro
objetivo principal es el de hacer una homogenización del servicio y las prestaciones de
vigilancia de la salud de los trabajadores en
todo el territorio nacional.
Es destacable la buena colaboración que
han mantenido todos los agentes colaboradores en la elaboración de la normativa, entre los que han participado el Ministerio de
Política Social e Igualdad y el Ministerio de
Trabajo e Inmigración. El proyecto de Real
Decreto contempla las siguientes cuestiones:
3 La integración de la autoridad sanitaria en el procedimiento de utilización
de los Servicios de Prevención.
3 Cuáles son aquellas actividades que
deben desarrollarse.
3 En el ámbito de la Seguridad Social
se incluye un aspecto específico de
comunicación de las enfermedades
calificables como profesionales a los
distintos componentes de las Comunidades Autónomas.
El Proyecto de Real Decreto define la
Unidad Sanitaria Básica como la formada
por un Especialista en Medicina del Trabajo
o un Diplomado en Enfermería de Empresa.
Aunque no se tienen datos obtenidos de
estudios formales acerca de si hay suficientes Médicos del Trabajo para atender a la
demanda que se genere con esta norma, tenemos información sobre el número de médicos que han estudiado esta especialidad, lo
que nos permite concluir que, en principio
hay un número de médicos con la especialización suficientes como para cubrir los ratios
establecidos por la normativa.
Hemos tenido en cuenta que hay un alto
grado de variabilidad en la distribución de
especialistas por Comunidad Autónoma, por
lo que se establece en la norma que aquellas
Comunidades Autónomas que no alcancen
los ratios podrán establecer criterios de adaptación.
En lo referente a los recursos materiales,
se establecen las condiciones mínimas referidas a los locales y al equipamiento, que
deben ser adecuados a las funciones que
realizarán y cumplir con las condiciones de
seguridad y salud en el trabajo.
Es destacable la inclusión de la Agencia
de Protección de Datos, para proteger aquellos datos de carácter personal. Cuando este
Real Decreto se aplique habrá un cambio
muy significativo en cuanto a la intervención
de los aspectos sanitarios en los Servicios de
Prevención, y será un progreso en materia de
seguridad para empresarios y trabajadores.
Adrián González Martín, subdirector
general de Prevención de Riesgos Laborales
y Política de Igualdad de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguri(Continúa en la página siguiente)
31
(Viene de la página anterior)
dad Social, se remitió a que son muchas las
personas que se preocupan por la Prevención
de Riesgos Laborales y no se puede permitir que la crisis que en la actualidad vivimos
sirva como excusa para que empresas y Administraciones Públicas dejen de prestarle
atención.
En el año 2003 se produce una de las
más importantes reformas de la Ley de Ordenación para subsanar el hecho de que las
empresas tuvieran una falta considerable de
integración de la Prevención de Riesgos Laborales.
El objetivo de la reforma es mucho más
amplio de lo que se considera habitualmente,
y persigue lo siguiente:
3 Potenciar la integración de la prevención (hay alguna modificación en la
Ley Omnibus).
3 Delimitar muy bien el campo de actuación y quién puede prestar apoyo a
las empresas (S.P.A. que cumpla con
todas las garantías legales), ya que en
los últimos tiempos se ha observado
la actuación de otro tipo de entidades
que desarrollaban las mismas actividades y no cumplían con todos los
requisitos legales.
3 Incrementar los derechos de participación de los trabajadores en la empresa.
Dos aspectos muy importantes que merecen ser mencionados de esta reforma son:
3 La mejora de los S.P.A..
3 Lograr un mejor cumplimiento de la
normativa en la pequeña y mediana
empresa, ya que se ha comprobado
que la Normativa de Prevención de
Riesgos Laborales estaba elaborada
para las grandes empresas y tenía
muy difícil aplicación en la pequeña
y mediana empresa.
Con esta reforma se
corrige ligeramente
este detalle y se decide que aquellas empresas que tengan un
número de hasta cincuenta trabajadores
podrán contar con
una documentación
simplificada.
Fernando Fernández
Perdido, subdirector general de Seguimiento Presupuestario de la Seguridad
Social, de la Dirección
General de Ordenación de
32
la Seguridad Social, señaló que la Seguridad
Social tiene mucho que ver con la Prevención de Riesgos Laborales, ya que tiene interés por el aspecto social y humano de la
siniestralidad laboral, y de ahí también las
actividades de prevención que vienen realizando las mutuas de accidentes de trabajo.
La actividad preventiva de la Seguridad Social está recogida en una Orden de
Noviembre de 2006, en la que se establecen las actividades preventivas a desarrollar por las mutuas y las encomiendas que
puede hacer la Seguridad Social al INSHT,
entre otras.
Esta Orden va dictando de manera anual
una resolución por parte del Secretario de
Estado en el que se recogen las actividades
a desarrollar cada año. La novedad más reciente en materia de Prevención relacionada
con la Seguridad Social, es la modificación
del Artículo 32 de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales y la del Decreto Bonus,
por el que las mutuas no podrán hacer actividades preventivas, pero sí participar con su
patrimonio histórico en determinadas Sociedades Mercantiles.
El Decreto Bonus surge por primera vez
este año para dar financiación a empresas
son bajo índice de siniestralidad laboral y
que además, cumplan con unos determinados requisitos.
MESA REDONDA: “Instrumentos para
facilitar la aplicación de la normativa”.
Modera Concepción Pascual Lizana, directora del INSHT.
José Luis Castellá López, director de
Departamento de Normas y Asistencia Técnica del INSHT, se refirió a que los instrumentos que el INSHT pone en manos de
todos para facilitar la aplicación de la Normativa son una serie de Guías Técnicas y la
introducción de los cambios normativos en
la web.
Las Guías Técnicas del INSHT son diecisiete publicaciones, de las cuales ocho están
en revisión y una en elaboración. Respecto
a la introducción de los cambios normativos
en la web, la normativa actual es amplia, numerosa y diversificada, además de tener un
origen diverso ( laboral, sanitario…).
El cambio en la web normativa del INSHT es muy simple, y se busca haciendo tres
clics en el ratón del ordenador se pueda identificar y acceder a cualquier norma o entorno
normativo (NTP O Guías Técnicas), desde
un entorno seguro en lo referente a la veracidad de los datos.
El objetivo y el método del cambio normativo en la web ha sido el siguiente: se ha
clasificado toda la información de la Normativa teniendo en cuenta el sector de la
actividad, locales e instalaciones de trabajo,
protección, productos químicos empleados,
agentes ambientales, tipos particulares de
colectivos de trabajadores o riesgos específicos.
Esta herramienta web es de gran utilidad y de muy fácil manejo y ofrece mucha
tranquilidad porque ante cualquier duda uno
sabe donde puede acudir.
Miriam Corrales Arias, coordinadora
de Normas y Asistencia Técnica del INSHT,
nos habla sobre la “Herramienta INSHT para
la identificación y acceso inmediato a la normativa aplicable”. De esta herramienta son
destacables tres aspectos:
3 Motivos por el cual se ha elaborado.
3 Finalidad de la misma.
3 Funcionamiento del contenido de esta
herramienta (en el que se centra).
Para saber cómo funciona esta herramienta, lo primero que se ha de hacer es conocer el lugar en el que se encuentra dicha
herramienta. Se encuentra
en la sección de normativa de la página web, en el
recuadro “textos legales”,
que se clasifica en:
3 Normativa Nacional.
3 Normativa Europea.
3 Normas OIT.
Dichos textos legales
pueden ser consultados
cronológicamente y de manera temática sólo la normativa europea y nacional.
Las ventajas que se logran
al buscar la normativa a
través de la clasificación
temática son:
3 Identificación y acceso inmediato a la
Normativa aplicable y documentación
e información adicional.
3 Obtención de la información con rapidez y concreción.
Julián Martín Alcántara, director general de Seguridad y Salud Laboral de la Junta
de Castilla la Mancha, expuso que hay que
aplicar el nuevo escenario normativo al que
se tienen que adaptar los S.P.A. los Servicios
de Prevención Propios y los Servicios de
Prevención Mancomunados. Hace mucho
hincapié en que las Comunidades Autónomas son las primeras interesadas en que la
aplicación normativa se lleve a cabo de manera homogeneizada en todas las Comunidades Autónomas.
La justificación de la reforma está dentro
del objetivo dos de la propia Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Obedece también a alguna adaptación de la
Ley Omnibus. El grueso de la reforma va dirigido al RD 39/97. La nueva normativa es
necesaria y consecuente, y debe ser lo más
homogénea posible en todo el territorio del
Estado.
Mª del Mar Alarcón Castellanos, ge-
rente del Instituto Regional de Seguridad
y Salud en el Trabajo de la Comunidad de
Madrid, indicó que son las Comunidades
Autónomas las que tienen competencia en
la ejecución de la Normativa y por tanto son
las propias Comunidades Autónomas las que
tienen la obligación de sacar a la luz los problemas de interpretación y aplicación de las
normas en algunos casos.
La elaboración de un nuevo borrador de
la normativa supone que ahora no existen
diferencias de fondo significativas entre la
opinión de la mayoría de Comunidades Autónomas. La aportación de las Comunidades
Autónomas no se ha basado únicamente en
el asesoramiento de Estado de la Competencia Legislativa, sino que también lo está
haciendo una vez se aprobaron las modificaciones normativas.
Sería muy conveniente que se produjera
una normalización de criterios a la hora de
establecer un marco jurídico más estable y
seguro, para que se apliquen las mismas exigencias legales en todo el marco nacional.
No podemos exigir ni que el S.P.A. disponga de instalaciones y medios instrumentales en todas las Comunidades Autónomas
incluidas en el ámbito territorial donde se ha
acreditado, ni que dispongan de los medios
humanos más allá de los que resulten de la
aplicación de los ratios.
MESA REDONDA: Balance de situación.
¿Qué ha mejorado y qué conviene mejorar?
Demetrio Vicente Mosquete, director
General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se limitó a presentar la mesa
redonda y a los ponentes, sin más dilación
cedió la palabra al siguiente ponente, que
fue Pilar Iglesias Valcarce, representante
de CEOE, quien apuntó que en el marco de
la estrategia española en prevención de riesgos laborales se había tomado la decisión de
tomar medidas basadas en modificaciones
normativas que pusieran remedio a los problemas diagnosticados en la implementación
empresarial de dicha prevención de riesgos
laborales.
Añadió en su introducción que se parte
de una situación alentadora, con reducción
de la siniestralidad en todos los sectores, incluso en aquellos que más afecta la crisis. A
(Continúa en la página siguiente)
33
(Viene de la página anterior)
la reforma normativa se llegó en un contexto
de dialogo entre administración, organismos
empresariales y sindicatos. La reforma pretende dos objetivos claros:
1. Mejorar el cumplimiento normativo
por parte de las empresas (sobre todo
enfocado en las PYMES).
Para ello se propone una normativa simplificada, aplicando la que ya
existe y es necesaria. Facilitar el cumplimiento especialmente a las empresas de menos de 50 trabajadores. Dar
seguridad jurídica a las empresas.
Para conseguir este objetivo se pretende elaborar por parte del INSHT
una guía técnica que facilite la aplicación de la prevención por las empresas.
2. Mejorar la calidad en la gestión de la
prevención.
Se ha empezado a prestar atención en
este sentido a los Servicios de Prevención Ajenos y se quiere extender
dicha calidad a todo el tejido empresarial.
La ponente apuntó brevemente algunas
de sus preocupaciones. La primera que no
se sigan los mismos criterios de exigencia
en todo el territorio nacional. La segunda
que se de un trato desigual a los diferentes
sectores económicos por parte del intervencionismo de la administración.
Por otra parte, la representante del CEOE
cree que el presupuesto para el bonus que se
concede a las empresas eficientes en materia preventiva es insuficiente. No considera
lógicos los criterios y requisitos necesarios
para su obtención.
José Ignacio Torres Marco, asesor
jurídico del Gabinete Socio-Laboral de
CEPYME, concretó que nos encontramos
ante una oportunidad de mejora. Es imposible mejorar los resultados en materia preventiva sino se trabaja en concienciar a los
empresarios de la necesidad y las ventajas
de la prevención. El exceso de normativa
es un obstáculo para el empresario. Hay
que utilizar todos los medios de difusión a
nuestro alcance para difundir las ideas. Es
imprescindible hacer partícipes a las empresas de las decisiones de mejora tomadas en
relación a la prevención de riesgos en sus
correspondientes sectores.
Sería conveniente crear referencias que
motivaran a los empresarios en la implantación de la prevención, por ejemplos con la
organización de nuevos premios en esta ma34
María del Mar Alarcón,
gerente de Instituto Regional
de Seguridad y Salud en el
Trabajo, indicó que son las
Comunidades Autónomas las
que tienen competencia en
la ejecución de la normativa
de prevención de riesgos
laborales, y por tanto, las
que tienen la obligación de
aplicar las normas.
teria. Necesario completar la visión global
de la prevención poniendo de manifiesto las
consecuencias de la no prevención. Según
el ponente no se puede imponer la calidad
vía normativa.
Emilio González, coordinador de seguridad laboral de UGT. El ponente dejó
claro que por parte de las organizaciones
empresariales se pretendió desarrollar una
norma que no se olvidara de nadie. Así hizo
alusión a la preocupación que también afecta a los trabajadores/as de los servicios de
prevención tan comentados en esta jornada.
Un objetivo claro en la negociación era el
de mantener todos los puestos de trabajo de
los organismos afectados por la nueva normativa.
Las organizaciones sindicales consiguieron que se negociara las condiciones referidas a los servicios de prevención propios y
mancomunados, y no sólo sobre los servicios de prevención ajeno. En referencia a los
servicios de prevención ajenos el ponente
hizo referencia a que en su constitución no
todos partían del mismo punto, algunos surgieron de las mutuas y otros se constituyeron directamente como empresas privadas.
En la realidad la seguridad y salud del
trabajador se ve influenciada por el tamaño
de la empresa, la decisión del empresario
por un tipo y otro de gestión, la mayor o
menor integración de los servicios de prevención y otros factores, todo ello en su
conjunto genera desigualdades que suponen
una lacra contra la que se pretende luchar.
Se pretende que la acreditación de los servicios de prevención sea justa y en igualdad
de condiciones para todos.
Las autoridades sanitarias y laborales deben luchar para que todos los servicios de
prevención tengan las mismas capacidades
y virtudes para mejora la prevención de riesgos laborales en las empresas.
Se pretendió y se consiguió en la negociación que los servicios de prevención
ajenos ofrezcan las cuatro disciplinas en
las que dividimos la prevención, seguridad,
higiene, ergonomía y medicina del trabajo.
La medicina del trabajo es una especialidad
necesaria para realizar además estudios epidemiológicos.
Pedro José Linares Rodríguez, secretario confederal de salud laboral de CCOO,
dejó claro que no se ha producido un debate
en profundidad a la hora de realizar las últimas modificaciones normativas. Nadie está
de acuerdo con el BONUS que premia a las
empresas, aunque por distintos motivos. No
se creó un verdadero diálogo en la negociación de las competencias de las mutuas,
muchas de las modificaciones legales fueron
impuestas por el gobierno.
No comparte que las mutuas sean gestoras de servicios que no le corresponden.
Se ha desnaturalizado la función social de
las mutuas. Existe una mínima declaración
de enfermedades profesionales, el excedente de las mutuas debería repercutir en
los daños donde no se dio cobertura. En
el debate de las mutuas no debería ser la
voz de la Seguridad Social la única a tener
en cuenta.
En cuanto a la calidad de los servicios de
prevención se intentaba mejorar la prestación al trabajador en el seno de la empresa,
pero nos movemos más en burocracia que
en verdadera implantación. Se pretende una
simplificación normativa y una verdadera
unificación en la acreditación. El marco normativo va dirigido sobre todo a las actuaciones sanitarias y no la salud laboral.
Según el ponente hay que mejorar en: Un
sistema más efectivo de prevención de ries-
gos laborales, democratizar las relaciones
laborales en la empresa (codecisión en la
elección del sistema de gestión), una declaración real de las enfermedades profesionales y un verdadero reconocimiento de éstas
y promover líneas de trabajo de futuro.
Clausuró la jornada María Luz Rodríguez Fernández, secretaria de Estado de
Empleo, quien recordó que hace cuarenta años la Ordenanza inició la función del
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el trabajo (INSHT). Llevamos 16 años
de Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) que inicio el nuevo modelo de
prevención, el nuevo sector de actividad,
sector muy importante que va creciendo en
calidad.
Con las trasferencias a las CCAA, todas se sumaron a la lucha contra la siniestralidad. Se completo la legislación con la
normativa de la eurozona, muy profusa y
compleja, pero a su vez estimuló el sistema
normativo estatal.
La Estrategia, hasta 2012, indica un modelo productivo que no conlleva el precio
de la siniestralidad, que se puede y se debe
prevenir. Prevenir los accidentes es responsabilidad de todo, y avanzaremos en la protección si sumamos esfuerzos. La caída de
las tasas de siniestros, en parte, no solo se
debe al descenso de la actividad laboral, es
sobre todo fruto del esfuerzo de todos, de la
sociedad en su conjunto.
A pesar de ello, no estamos contentos.
Con solo un accidente hay motivo para seguir peleando contra los AT y las EP. Aspirar
al índice cero de siniestralidad, en la actividad laboral no es un precio a pagar, aunque
sea una aspiración utópica. Tenemos 734
razones para seguir actuando contra los siniestros.
El Plan Nacional de Formación de Riesgos Laborales está casi ultimado, será una
garantía para la cultura de la prevención,
hasta conseguir que todo el sistema educativo se impregne de Seguridad. En Castilla
La Mancha es una asignatura.
Para la micro-empresa tenemos Prevencion10.es porque debemos insistir en este
eslabón más débil, están menos organizados
que las grandes empresas en prevención de
los riesgos. La prolongación de la edad de
jubilación nos obliga a actuar sobre la vida
activa en personas de más edad, en su trabajo y en su salud.
Y como lo más importante es actuar
sobre un nuevo modelo productivo y económico, modelo de seguridad y salud en el
trabajo, como señas clave de identidad, con
el derecho a la vida y a la integridad. En resumen un modo más productivo y competitivo, un modelo de trabajo de calidad.
35
SEMINARIO EN ROMA
Una Comisión
en el Senado
italiano investiga
las muertes en el
trabajo
L OS pasados días 1 y 2 de marzo tuvo
lugar en Roma un seminario que tenía por
título “Salud y seguridad en el lugar de
trabajo: crisis y reestructuraciones”, organizado por Sindnova (Istituto per lo studio
dell’innovazione, delle trasformazioni produttive e del lavoro), en el que participó la
secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid,
Rosa Robledano.
En el desarrollo de los trabajos participaron diferentes personas que representaban a
los organismos siguientes: Comisión Europea, Agencia Europea de Seguridad y Salud
en el trabajo de Bilbao, así como en representación de Bélgica, Italia, Turquía y España, tanto de sindicatos como de empresarios
y también algunos representantes políticos.
Tras las diferentes ponencias, y haciendo
un breve resumen de las mismas, podemos
decir que no sólo en nuestro país son los inmigrantes uno de los colectivos que sufren
gran número de los accidentes laborales registrados, así como que la externalización
de las empresas es una de las causas de los
accidentes laborales ocurridos, ya que al reducir las medidas de seguridad por reducir
costes supone un deterioro del mercado de
trabajo, haciendo la vigilancia casi siempre
cuando ya ha ocurrido el accidente y no para
prevenirlo. Las PYMES son también las
más castigadas con la siniestralidad, aunque
se está mejorando la comunicación con los
nuevos modelos de organización y las nuevas tecnologías.
El representante de la Comisión Europea,
36
Fernando Vásquez, comentó que en esta situación de crisis el cierre de la empresa debe
ser lo último y se debería recapacitar a los
trabajadores para otro tipo de empleo. También manifestó que se pretende contar con
los agentes sociales para presentar una directiva y que a petición de la CES se empezará
alrededor de mayo.
En Italia, según la intervención del senador Paolo Nerozzi, existe una Comisión de
investigación en el Senado por las muertes
en el trabajo que tiene poderes judiciales.
Esta Comisión no sólo recoge el trabajo hecho sino las recomendaciones y los consejos
recibidos al respecto. Manifestó que había
habido un aumento de enfermedades profesionales y de accidentes mortales, también
que hay un número elevado de siniestros laborales en el sector de la construcción y en
el sector agrícola.
EXPLOTACIÓN DE LOS TRABAJADORES
Del mismo modo quedó claro que se está
produciendo una reducción de recursos humanos y como consecuencia una explotación
de los trabajadores, y que la subcontratación
supone que los trabajadores no reciben la
suficiente formación, que no suelen tener
representación sindical, incluso que son trabajadores que no entienden el idioma, con lo
que dificulta el entendimiento de órdenes y
condiciones laborales. Para finalizar comentó que están ampliando las intervenciones en
los casos vinculados al amianto, incorporan-
La externalización
de la producción, la
subcontratación, la
disminución de recursos
humanos, la cada vez más
acentuada ausencia de
prevención de accidentes
y consecuente pérdida
de vidas en el puesto de
trabajo, junto a la elevada
precariedad laboral y el
progresivo aumento de las
enfermedades profesionales
son aspectos comunes
expuestos por el conjunto
de los participantes en este
seminario.
do una indemnización económica para los
familiares que sufren cáncer.
Por parte de Michele Lepore, representante italiano en el Consejo de Administración de la Agencia EU-OSHA de Bilbao,
manifestó que cuanto más crece la crisis más
atrás queda la seguridad, que crecen las contratas y subcontratas y empeora la seguridad
puesto que hacen ofertas mínimas. Crecen
las empresas grandes y las medianas se hacen pequeñas. Trasladó que la mayor parte
de los accidentes ocurren en empresas de
menos de 10 trabajadores. Hizo mención a la
conveniencia de sensibilizar del riesgo, realizando buenas prácticas para prevenir daños
antes de producirse efectos negativos, siendo
necesaria la colaboración a nivel europeo.
Laurent Vogel, Director del Departamento salud y seguridad del ETUI (Bruselas),
expresó en su intervención que las desigualdades sociales favorecen el empeoramiento
de las condiciones laborales, siendo la subcontratación y la falta de coordinación de actividades factores que influyen en negativo
para los resultados de la siniestralidad. Por
ello serían necesarias más políticas de prevención o sociedades más igualitarias, manifestando su criterio de escaso compromiso
por parte de la Comisión.
Özcan Karabulut, representante turco,
hizo una exposición de la situación preca-
ria en la que se encuentran los trabajadores
y trabajadoras de este país. Dijo que a pesar de tener 4 ó 5 reglamentos importantes
no se han llevado a la práctica. Que desde
2008 hay más accidentes laborales como es
el caso de los sufridos en los astilleros. Los
accidentes de trabajo han ocurrido en un
57% en empresas de menos de 10 trabajadores, y son trabajadores que no han podido
integrarse de nuevo en el mercado laboral.
También mencionó el gran porcentaje de no
sindicación incluso la falta de contrato laboral. Pretenden reducir alrededor del 20%
los accidentes laborales y las Enfermedades
Profesionales, pero se encuentran con una
barrera en la parte empresarial que incluso
es quien decide el nivel de prevención del
puesto de trabajo.
Javier Sánchez, en representación de ENCOUNTER, manifestó que en España hay
un 60% de españoles que consideran que la
crisis económica deteriora sus condiciones
de trabajo en materia de seguridad y salud
y un gran número de personas que creen que
los problemas de salud que padezcan en un
futuro pueden ser consecuencia del trabajo
que realizan ahora. Reflexiona también sobre el aumento de los riesgos de trabajo, y
del descenso de los accidentes como consecuencia de la menor actividad económica.
Los riesgos aumentan debido entre otras
cosas a la reducción en las asignaciones económicas destinadas en las empresas a la prevención así como por la reducción de efectivos en las empresas y como consecuencia las
tareas son realizadas por un número inferior
de trabajadores.
INTERVENCIÓN DE LA
REPRESENTACIÓN DE UGT-MADRID
Tras esta intervención se produjo la correspondiente a la representación de UGT-Madrid que se trascribe íntegramente:
“Cuando el ponente hace referencia a la
preocupación de los españoles por su seguridad y salud, y que un gran número de
personas creen que los problemas de salud
que puedan padecer en un futuro, en cierta
medida, serán consecuencia del trabajo que
realizan. Como UGT nos preocupa que a la
falta de medidas preventivas se une la falta
de historia clínica laboral, por lo que en un
futuro será difícil demostrar que las dolencias y enfermedades son consecuencia del
trabajo. Creemos que es algo importante a
señalar, también en relación con las enferme(Continúa en la página siguiente)
37
(Viene de la página anterior)
dades profesionales, de lo que nos gustaría
que comentara algo el ponente.
Por otra parte, cuando hace referencia a
que no se están denunciando accidentes leves, en UGT consideramos que se produce
un encadenamiento de incumplimientos, es
decir, partiendo de la base que observamos
que hay empresas que no estudian los incidentes, como señala acertadamente el ponente, los accidentes leves no se denuncian,
y sobre todo hay muchos accidentes graves
que son calificados como leves, es decir hay
una traslación de graves a leves, y de leves
que se consideran incidentes e incidentes
que no se consideran en ningún sitio.
También queremos señalar que, cuando
se menciona la coordinación de actividades,
podemos añadir que cuando se formula denuncia por falta de coordinación, en muchas
ocasiones la intervención de la Inspección
no se realiza con la rapidez suficiente y las
empresas y actividades que deberían coordinarse, a veces han cerrado, o cambiado la
titularidad. La normativa existe, pero algo
debe fallar en su implantación dado que un
elevado porcentaje de accidentes laborales
que se han producido en la Comunidad de
Madrid, ha sido entre trabajadores subcontratados, por lo que sería necesario hacer un
esfuerzo en que la coordinación sea efectiva.
UGT APUNTÓ QUE LA CRISIS
FAVORECE A LA SUBCONTRATACIÓN
En UGT observamos cómo la situación de
crisis favorece la subcontratación, propiciando la siniestralidad en microempresas
y pequeñas empresas que se ven abocadas a
aceptar trabajos que solo pueden desarrollar
en precario, eliminando en primer lugar, la
inversión en prevención de riesgos laborales.
Hay que señalar también que, debido al
modelo de organización territorial de España, la Estrategia a veces topa con problemas
de aplicación al descender a ámbitos territoriales menores, como ocurre en la Comunidad de Madrid que es nuestro ámbito, en
relación al desarrollo del Objetivo 3 de la
Estrategia Española en relación a la figura
del Agente Territorial.
Por otra parte, es interesante el contemplar como nuevo indicador las estadísticas
de riesgo. También se intervino a continuación en relación a la formación en la línea
siguiente: la formación en seguridad y salud es siempre un factor relevante como se
ha señalado. Para UGT en tiempos de crisis
38
cobra mayor importancia. El incremento
de la temporalidad de la contratación conlleva un menor compromiso del empresario con el trabajador y del trabajador con su
empresa lo que redunda en detrimento de
la imprescindible formación como factor
de prevención de riesgos. Es fundamental
que la situación de crisis económica traiga consigo una reducción del esfuerzo en
formación para la prevención de riesgos
laborales.
Marianne de Troyer, representante de
Bélgica, expresó en su ponencia en Bélgica
tras el cierre de las minas y con el apoyo de
la gran sindicación que había lucharon por la
indemnización y por la reconversión. Desde
que en 1977 las Organizaciones Sindicales
ocuparan el Ministerio de Trabajo para que
se ocupara de los trabajadores despedidos se
está trabajando en colaboración permanente
para crear un mecanismo de acompañamiento que proporcione ayuda psicológica, social, formación, etc. También los delegados
sindicales decidieron encargarse de la salud
viendo que la mayor parte tenía problemas
músculo-esqueléticos.
El representante de la CISL, Giani Alioti,
como último interviniente sobre las diferentes situaciones nacionales, manifestó que
aunque en Italia ha crecido la intolerancia a
los accidentes laborales no se corresponde
de la misma manera con las enfermedades
profesionales. También coincide en que la
reducción de accidentes tiene relación con la
reducción de la actividad. La mayoría de las
enfermedades profesionales corresponde a
lesiones músculo esqueléticas y los accidentes mortales ocurren en empresas siderometalúrgicas o astilleros. Dice que en su experiencia es importante la participación de los
trabajadores para diagnosticar los riesgos, y
pone de ejemplo empresas como Grupo Fiat,
Lucchini Sidermeccanica, Alenia Aeronáutica, etc.
Por parte de los representantes empresariales hay alguna intervención sobre el
hecho de que no comparten lo manifestado
previamente, y en concreto Tommaso Campanile, representante de CNA de Roma, hace
mención a que han tenido que cerrar 15.000
empresas en dos años. Los representantes de
PYME en España, Leo Gómez y Jana Callis,
hacen mención al alto porcentaje de paro juvenil y que los principales problemas de salud son el estrés laboral y los dolores como,
por ejemplo, el de espalda.
La representante del Ministerio de Trabajo turco reconoce el gran problema que
tienen para diagnosticar las Enfermedades
Profesionales. Y valora que el 84 % de los
trabajadores están en PYMES y que el 80%
de los accidentes ocurren en las PYMES.,
habiendo una escasa cultura de prevención entre empresarios y trabajadores. Se
encuentran en esta situación de problemas
socioeconómicos con mucha economía sumergida por lo que todos los trabajadores no
están cubiertos.
Y como resumen de todas las ponencias
podemos decir que se concluye valorando la
importancia de los sindicatos para la reducción del riesgo, que el desempleo tiene un
efecto nefasto ante el miedo a perder el puesto de trabajo, los problemas de intervención
de los sindicatos para actuar en las empresas,
la debilidad que supone la subcontratación y,
sobre todo, la importancia de la negociación
colectiva.
De la misma manera, y recogiendo lo
propuesto por Fabio Strambi como representante de la Inspección de Trabajo italiana, es
importantísimo relacionar las funciones y las
sustancias utilizadas en los puestos de trabajo para vincularlo con la salud, como son
los casos de mesotelioma, problemas con
asbestos, etc., sendo crucial la investigación
de estos puestos por parte de la Inspección
de Trabajo.
Jornada técnica en el Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo
Prevención de los
trastornos
músculo-esqueléticos (TME)
El pasado 24 de febrero se celebró una jornada
técnica en el Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo (INSHT) con el título de
“Los trastornos músculo-esqueléticos (TME):
estrategias para una prevención eficaz”.
Inauguró dicha jornada la directora del
INSHT, Concepción Pascual, indicando que se
pretendía que la misma fuese multidisciplinar,
S
E ha presentado igualmente en el Congreso de Diputados una proposición no de
Ley el pasado mes de enero en la que se
insta a las Administraciones a apoyar programas de prevención para controlar los sobreesfuerzos. La organización del trabajo es
la mejor herramienta de prevención, con la
participación de los agentes sociales, hasta
llegar a reducir el número de accidentes del trabajo.
La primera mesa se tituló “Situación actual de los TME: haciendo visible lo invisible”. Fue moderada por
María Teresa Quílez, de la Dirección
General de Ordenación de la Seguridad
Social, quien comentó el esfuerzo del
INSH para detectar la enfermedad profesional (EP). La Mutua debe declarar
a la Seguridad Social el informe que
haya realizado denegando la contingencia de la enfermedad en cuestión.
Este informe se revisa y se confirma o
no dentro de la Seguridad Social, por el
INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), que siempre tiene la ultima
palabra.
Por otra parte anunció que existe,
informando de herramientas y soluciones
para la prevención de esta patología por
sobreesfuerzos, que se mantiene constante
desde hace 15 años, porque no se avanza
en su protección a pesar de la difusión de los
métodos ergonómicos, que no han conseguido
reducir ni la gravedad ni el número de
afectados de estas patologías.
además, un sistema de comunicación de
Patologías no Traumáticas causadas por el
trabajo A.T. (Accidentes del Trabajo), PANOTRATSS, para la notificación de las enfermedades relacionadas con el trabajo y que
no están comprendidas en el listado oficial
o aprobado. El ámbito de PANOTRATSS
corresponde a personas con autorización
de acceso y con competencias en la gestión
y/o control de las patologías no traumáticas
causadas por el trabajo, Art. 115 de la Ley
General de la Seguridad Social. Este sistema
de notificación completa el de la enfermedad
profesional (EP), CEPROSS, para el registro
vía informática.
La primera ponente fue Marta Zimmermann, del Departamento de Investigación e Información (INHST), sobre
“La siniestralidad por sobreesfuerzos:
caracterización de una realidad “endémica”. La ponente comentó los resultados de las estadísticas de accidentes
del trabajo (AT) por sobreesfuerzos.
Señaló que comprende la opinión de
los trabajadores, su percepción de la
enfermedad y donde y como sienten
las molestias que les afectan.
La prevalencia de esta patología alcanza al 70% de los trabajadores, afectándolos a todos por igual. La relación
con sexo, edad, etc. no tiene mayor relevancia. Los sectores más destacados
son el agrario y la construcción. La l
(Continúa en la página siguiente)
39
(Viene de la página anterior)
calización más frecuente es la cervical y
dorsal, seguida de las lumbalgias. Las causas más frecuentes son la carga física y la
mental. El riesgo psicosocial se aprecia en el
sector servicios e industrial.
En la estadística oficial por sobreesfuerzos, se aprecia un cuadro creciente, llegando
a ser en el 2009, hasta el 40% de los accidentes de trabajo detectados, a pesar de que
decrece el número total. Pero a pesar de este
receso de AT, los provocados por sobreesfuerzos no han disminuido, sus cifras son
constantes desde hace bastantes años. Su
mayor frecuencia coincide con el sobreesfuerzo físico. Se aprecia una situación límite
(border-line) entre el AT y la EP.
Las actividades más destacadas deben ser
el punto de partida para la implantación de
programas preventivos. Considera, asimismo, riesgos emergentes la falta de ejercicio
físico, las posturas mantenidas en el tiempo,
como el abuso de las pantallas de PVD, la
asociación real con factores de riesgo psicosocial por un mecanismo de interacción y la
complejidad de las nuevas tecnologías que
nos muestra la “visualización social hacia
la que nos dirigimos”. Los retos futuros que
tenemos que afrontar a corto plazo son la
actuación sobre la actual intensificación del
trabajo y otros factores de riesgo psicosocial.
Asimismo se debe evaluar las enfermedades relacionadas con el trabajo de forma
integral y global, incluyendo todos los factores de riesgo. Nos preguntamos qué se
podría hacer más en la prevención. Los esfuerzos continúan por la persistencia de los
factores de riesgo psicosocial, derivados de
la supuesta sociedad del bienestar (¿?), llegando a ser una endemia y por estas razones
no va a descender el número de AT, EP y
otras patologías relacionadas con el trabajo.
La segunda ponencia, titulada “Abordaje asistencial de la patología laboral del
miembro inferior“ la expuso Luis Cuesta,
subdirector médico asistencial del Hospital
Asepeyo (Coslada), explicando que se refería a un estudio médico-asistencial. Son más
frecuentes las demandas por movimientos
repetitivos durante tiempo prolongado en las
articulaciones afectadas.
Los tejidos biomecánicos se pueden
adaptar a la tensión demandada siempre que
haya pausas y descansos para reparar las
lesiones de los traumatismos o micro traumatismos incluyendo la afectación del tejido
nervioso, muy sensible a la isquemia, se liberan radicales libres, que alteran la composi40
ción de los tejidos, y se endurecen, por ejemplo los tendones, provocando las frecuentes
tendinitis. También influyen los factores de
riesgo psico-sociales, la satisfacción laboral,
etc. A continuación describió las patologías
mas frecuentes en su experiencia personal.
Clara Guillén, jefe del Departamento de
Enfermedades Profesionales de Ibermutuamur, estuvo al frente de la ponencia “¿Esto
se debe al trabajo? Reflexiones sobre la gestión integral de la patología osteomuscular”.
Guillén señaló que las dificultades en la
gestión de la enfermedad profesional (EP)
para poder facilitar la protección de los trabajadores, y la magnitud del problema. Los
TME son el 80% de la EP. Especialmente
por movimientos repetitivos y posturas forzadas. En su criterio el 30% de los casos
declarados obedecen a problemas de diseño
del puesto de trabajo. La encuesta de la UE
refuerza esta afirmación. Son las patologías
de la organización del trabajo (François Danielou).
El problema de la rehabilitación es que
una vez iniciada la mejoría, el trabajador
vuelve al mismo puesto de trabajo y se reinicia el mismo proceso. La solución sería
anticiparse a esta situación. Insiste en que el
90 % de sus diagnósticos coinciden con los
emitidos por el INSS.
La ponencia titulada “Buenas prácticas
ergonómicas en el sector servicios de limpieza” fue defendida por Isabel Poncelas,
responsable del Servicio de Prevención de
Riesgos Laborales del Grupo Eulen. Poncelas expuso que el plan de actuación para
aliviar la carga física y postural y los movimientos repetitivos en el estudio ergonómico
del trabajo de limpieza, y establecer niveles
de intervención para conseguir buenas prácticas en los puestos de trabajo, y medidas
organizativas que eliminen los riesgos de
sobrecarga postural.
Vega García, del Instituto Navarro de
Salud Laboral, expuso la ponencia, “Vigilancia Epidemiológica de los TME: nuestra
experiencia”, haciendo hincapié en la patología detectada por el sistema de información en Salud Laboral, Epidemiología Laboral, adscritos al Departamento de Salud de
Navarra. Sustenta su argumento en la detección y notificación de los sucesos centinela
en atención primaria, una red informática
de los centros de salud que comunican los
casos, un sistema de médicos voluntarios,
confidencial, siguiendo un criterio de casos
establecido y publicado.
La incidencia de las enfermedades relacionadas con el trabajo es muy alta. El 40%
de los trabajadores no quiere identificarse y
solo el 20% de los afectados está en IT y en
los no identificados solo el 10%. Los trabajadores prefieren ir al Médico de Familia, en
lugar de ser atendidos por la Mutua. El 10%
de los trabajadores rechazan las Mutuas.
El 51% de los enfermos, estuvieron acogidos a la contingencia de EP al principio del
tratamiento y posteriormente se pasaron a
la atención primaria. Con todo, en Navarra
el índice de declaración de EP es hasta seis
veces más elevado que en el total de España.
Los TME llegan al 90% de las EP declaradas.
A pesar de la mayor vigilancia de los AT
no consiguen bajar el número de siniestros.
Se pregunta si la organización del trabajo es
similar en todo el país. El impacto de esta patología profesional en el sistema de Salud, se
resume en que la mitad de los casos se tratan
en el Sistema Público de Salud en lugar de
asumirlo las Mutuas.
La segunda mesa llevó por título “Instrumentos para la prevención de los TME: de
la investigación a la acción preventiva”, y
fue moderada por Pilar Collantes, directora general de OSALAN. Instituto Vasco de
Seguridad y Salud Laborales. Inició la mesa
comentando cómo en el pasado 2010 se han
declarado más enfermedades profesionales,
de ellas el 50% son TME. Más frecuentes en
el sector industrial, con un perfil de edad media. Señaló igualmente que la mujer padece
con más frecuencia el síndrome del túnel
carpiano.
Ana M. García, de ISTAS, defendió
la ponencia junto a Alfonso Oltra, de IBV
(Comunidad Valenciana), sobre “Ergonomía
participativa: metodología y aplicaciones”.
Ana M. García precisó que con la participación de los trabajadores pretenden conseguir
un método para la prevención en la empresa,
aumentando la cultura preventiva y con el
apoyo de la dirección.
Alfonso Oltra, ingeniero Industrial del
IBV (Instituto Biomecánica de Valencia),
comentó este plan piloto, con la filosofía de
la Ley de Prevención de RL, procurando que
la empresa asuma el compromiso para llegar
al conocimiento de los factores de riesgo del
propio puesto de trabajo y la situación real
de trabajo.
Aquiles Hernández-Soto, socio-consultor del Centro de Ergonomía Aplicada SL
(CENEA), estuvo al frente de la ponencia
“La gestión del riesgo de TME a partir del
análisis de la organización del trabajo”, e
inndicó cómo se realiza el estudio del puesto
de trabajo, el cálculo de la duración o dosis
del factor de riesgo, tiempo de la postura for-
zada, tiempo de los movimientos repetitivos
y otras cargas físicas, y la acción sinérgica
de los factores de riesgo psicosocial. Todos
estos factores se deben sumar y analizar hasta conseguir un modelo de prevención considerando también el nivel de calidad de la
técnica empleada.
Su conclusión fue que el método ergonómico debe estimar el riesgo real del puesto
de trabajo, situación que a veces la empresa
ignora y mostrar la gran variedad de actividades que los trabajadores realizan para culminar sus necesidades en el desarrollo de su
trabajo.
José Antonio Ortuño, director del
Servicio Mancomunado de Prevención de
Campofrío Food Group, España, defendió la
ponencia “Prevención en lesiones músculoesqueléticas en la tarea de deshuese de jamón curado”, expresando la complejidad del
trabajo industrial durante ocho horas diarias,
actividad que no es posible automatizar, con
movimientos repetitivos de brazo, mano
muñeca y hombros, en situación de bipedestación, manejando cuchillos y gubias de
carpintero, todo en posturas comprometidas,
muchos movimientos no ergonómicos, con
necesidad de un nivel de fuerza intensa. Toda
la situación suma un riesgo ergonómico alto.
Es necesario adoptar micropausas de
siete minutos cada hora, que se aumentan
hasta 15 minutos al final de la jornada, más
el tiempo de bocadillo. Se busca el método
para que los trabajadores roten por otras actividades al menos un día a la semana, aunque
es un proceso complejo.
Por último, Francisco Marqués, subdirector técnico del INHST., expuso la ponencia, “Aportación del INSHT a la evaluación
y prevención de los TME”. Marqués anunció
que el INHST ha instalado un portal temático, punto de encuentro de todos los profesionales, y de las aportaciones y sugerencias
de todos, con sonido e imágenes, con el objetivo de ayudar en la prevención y obtención de las mejores posturas, en el cambio
de tareas en lo posible, totalmente gratuito
y que se puede descargar sin condiciones
previas. Estudia en profundidad los TME, su
evaluación, aspectos de la organización del
trabajo, pausas durante la jornada, estudio
de los puestos de trabajo, y guía de buenas
prácticas.
Finalizó indicando que además hay un
canal en Youtube del INHST con carteles,
material didáctico para la formación de
formadores, revisión de normas técnicas y
legislativas, las normas sobre el proceso de
gestación, descargable y sólo se necesita pagar con tarjeta las normas ISO.
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Una sentencia del Tribunal
Constitucional reconoce
como derecho fundamental
el no ser discriminado por
razones familiares
La sentencia refuerza el
deber de protección de la
familia y de los hijos sobre
la organización del trabajo,
siempre que no cree enormes
dificultades en la empresa.
Pero lo más importante, es
que crea una nueva causa de
discriminación prohibida por
la Constitución. Nadie podrá
ser tratado de forma desigual
por sus circunstancias familiares. Y el cuidado de los
hijos es una de ellas.
Según Ricardo Escudero
Rodríguez, catedrático de
Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Alcalá de Henares, la
sentencia del Tribunal Constitucional 26/2011, de 14 de
marzo, soluciona un recurso
de amparo planteado por un
padre de familia para que se
le reconozca su derecho a elegir el turno de
trabajo de noche, que le permita conciliar
mejor sus obligaciones laborales con las
familiares (cuidado de dos hijos menores).
Es un supuesto en el que, a diferencia de lo
que es habitual, es el hombre y no la mujer
quien solicita el amparo, alegando sentirse
discriminado por razón de sexo al habérsele
denegado por su empleador y por sucesivas
resoluciones judiciales el reconocimiento a
un cambio de turno por tal motivo.
Dicho Tribunal rechaza que sea una discriminación por razón de sexo, creando una
causa nueva hasta ahora, basada en las circunstancias personales o familiares (que la
sitúa dentro de las prohibidas del artículo 14
de la Constitución) “relacionadas con su responsabilidad parental en la asistencia de todo
orden a sus hijos menores de edad (artículo
39 de la Constitución).
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La sentencia manifiesta que en el plano legal no se deriva el derecho a elegir
un determinado turno de trabajo pero en el
Tribunal Constitucional se impone que se
ponderen, de modo más preciso, las mencionadas circunstancias en relación con las
dificultades que la petición del trabajador
pueda implicar para el funcionamiento de la
empresa a fin de saber si la negativa estaba
o no justificada. La sentencia no produce el
efecto directo del reconocimiento del turno
solicitado por el trabajador sino la necesidad de que el juzgado de lo Social dicte una
nueva resolución que sea respetuosa con el
derecho fundamental ahora reconocido.
La nueva causa discriminatoria supondría dar carta de naturaleza constitucional
a situaciones derivadas de la atención a los
hijos que podrían extenderse a los familiares dependientes.
Declarado nulo
el despido de
un trabajador
que fue
coaccionado
para
pedir el alta
El debate sobre si es legal despedir a un
trabajador mientras se encuentra de baja ha
tenido una amplia repercusión. El Tribunal
Supremo estableció en 2008 que las empresas podían hacerlo porque:
1. No afecta a la integridad física, ya que
el despido se produce por la situación (inicialmente temporal) de incapacidad para el
trabajo, no por el parte de baja.
2. Porque no es discriminatorio. El motivo es que lo que existe en estos casos es
una “pérdida para la empresa de interés productivo en el trabajador”. En otras palabras,
no es un factor discriminatorio “en sentido
estricto”.
El Tribunal Supremo, a través de una
nueva sentencia, ha declarado nulo el despido de un empleado que fue coaccionado
durante su baja para que se reincorporara al
trabajo. La empresa tenía la “práctica habitual” de “coaccionar” a los trabajadores para
que se reincorporaran a su puesto de trabajo.
Esta presión se ligaba al despido en caso de
no aceptar la sugerencia de la empresa.
La coacción enlaza con la doctrina del
Tribunal Constitucional sobre el derecho a la
integridad personal. Esta doctrina considera
que los actos que realiza la empresa inciden en tal derecho “cuando exista un riesgo
constatado de producción cierta o potencial
de un perjuicio para la salud”. Con apoyo en
tal doctrina el Alto Tribunal afirma que “en
principio, la presión bajo amenaza de despido constituye una conducta que pone en riesgo la salud y, por ello, una actuación de este
tipo ha de considerarse como lesiva para el
derecho de la integridad física”.
Es urgente la revisión de esta normativa
que atropella el derecho constitucional a la
defensa de la salud del trabajador enfermo
(en Incapacidad temporal).
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