COMO RIESGO LABORAL - Secretaría de Salud Laboral y
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COMO RIESGO LABORAL - Secretaría de Salud Laboral y
N.º 36 • JUNIO 2011 EL ATRACO COMO RIESGO LABORAL UGT-Madrid crea la Fundación para la Defensa Integral de Víctimas de Accidentes Laborales (FUNDIVAL) Direcciones de interés ORGANISMOS DE UGT- MADRID SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Avda. América, 25, planta baja • 28002 Madrid • Telf: 91 589 09 09 / 91 589 09 10 E-mail: [email protected] • http://www.saludlaboralugtmadrid.org OFICINA TÉCNICA PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES UGT - Madrid. C/ Alcántara, 67 - 69, bajo dcha.• 28006 Madrid • Telf.: 900 36 36 37 e-mail: [email protected]/[email protected] SERVICIO DE PREVENCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL SOBRE LAS DROGODEPENDENCIAS EN EL ÁMBITO LABORAL Avda. América, 25, planta baja • 28002 Madrid • Telf: 91 589 09 09 E-mail: [email protected] • http://www.saludlaboralugtmadrid.org SECRETARÍA EJECUTIVA CONFEDERAL: ÁREA DE SALUD LABORAL C/ Hortaleza, 88 • 28004 Madrid • Telfs: 91 589 09 52 • E-mail: [email protected] FEDERACIONES REGIONALES FETE (Trabajadores de la Enseñanza) Avda. América, 25 - 3ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 387 92 38 e-mail: [email protected] FES (Servicios) Avda. América, 25 - 2ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 387 92 41 e-mail: [email protected] MCA (Metal, Construcción y Afines)a Avda. América, 25 - 4ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 48 e-mail: [email protected] CHTJ (Comercio, Hostelería, Turismo y Juego) Avda. América, 25 - 5ª planta • 28002 Madrid Telf.: 91 589 73 57 / 91 589 75 57 FINAC (Industrias Químicas, Energía, Textil, Piel, Minería y Afines) Avda. América, 25 - 6ª planta • 28002 Madrid Telf.: 91 589 75 77 / 73 68 • e-mail: [email protected] TCM (Transportes, Comunicaciones y Mar) Avda. América, 25 - 7ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 84 e-mail: [email protected] FSP (Servicios Públicos) C/ Miguel Yuste, 17 • 28017 Madrid • Telf.: 91 589 70 43 e-mail: [email protected] JUBILADOS Y PENSIONISTAS Avda. América, 25 planta baja • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 65 e-mail: [email protected] UNIONES COMARCALES Unión Comarcal Norte UGT - Madrid Avda. Valdelaparra, 108 • 28100 Alcobendas Telf: 91 662 08 75 • e-mail: [email protected] Unión Comarcal Sur UGT - Madrid Avda. Los Ángeles, 20 • 28903 Getafe Tel. 91 696 05 11 • e-mail: [email protected] Unión Comarcal Este UGT - Madrid C/ Simón García de Pedro, 2 • 28805 Alcalá de Henares Telf: 91 888 08 18/09 92 • e-mail: [email protected] Unión Comarcal Oeste UGT - Madrid C/ Clara Campoamor, 2 • 28400 Collado Villalba Telf.: 91 850 13 01 / 91 849 11 97 e-mail: [email protected] Unión Comarcal Sureste UGT - Madrid C/ Silos, 27 • 28500 Arganda del Rey Tel. 91 876 89 65 • e-mail: [email protected] Unión Comarcal Suroeste UGT - Madrid C/ Huesca, 2 • 28941 Fuenlabrada Tel. 91 690 40 68 • e-mail: [email protected] OTROS ORGANISMOS FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES C/ Príncipe de Vergara, 108, 6ª Planta 28002 Madrid • Telf: 91 535 89 15 www.funprl.es • e-mail: [email protected] INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO C/ Torrelaguna, 73 • 28027 Madrid Telf: 91 363 41 00 www.mtas.es/insht/principal/consul_cnnt.htm INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO C/ Ventura Rodríguez, 7 • 28008 Madrid Telf: 900 71 31 23 • e-mail: [email protected] INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO C/ Ramírez de Arellano, 19 • 28043 - Madrid Telf: 91 363 56 00 AGENCIA EUROPEA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO C/ Gran vía, 33 • 48009 Bilbao • Telf: 94 479 43 60 A continuación se detallan las publicaciones realizadas desde la Secretaría de Salud Laboral, que tenéis a vuestra disposición. Editados 36 Boletines Informativos sobre diversos temas recogidos en el Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales. Cuadernillos Informativos y Trípticos de Prevención de Riesgos Laborales sectoriales General. Servicios Públicos. Trabajadores de la Enseñanza. Jóvenes. Hostelería y Comercio. Servicios. Alimentación y Trabajadores de la Tierra. Inmigrantes. Mujeres. Transportes. Productos Metálicos. Madera. Construcción. Saneamiento Público. Industria Química y Textil. Actuación en caso de accidente (Trípticos en español, inglés, árabe y francés) Trípticos informativos de prevención de riesgos laborales Delegados de Prevención. Mutuas. Riesgos psicosocialesEnfermedad y trabajo. Riesgos laborales bingos-salones de juegos. Riesgos laborales Hoteles. Riesgos laborales Bares y restaurantes. Riesgos laborales colectividades. Riesgos laborales comercio y textil. Riesgos laborales grandes almacenes. Riesgos laborales comercio-alimentación. Riesgos laborales Comercio vario. Inmigrantes en tres idiomas. Lipoatrofia semicircular. Manipulación manejo de cargas. Pantallas de visualización de datos. Látex. Trípticos Informativos circulares en materia de prevención de riesgos laborales de los siguientes títulos Secretaría de Salud Laboral. ¿Por qué prevenir?. Accidentes de trabajo y riesgos psicosociales. 2 Cuadernillos informativos Coordinación de actividades empresariales. Trabajadores especialmente expuestos a riesgos laborales. Sector Transporte y Comunicación. Protocolo Acoso Laboral. Primeros auxilios. Plan de Autoprotección. Protocolo Violencia en el Trabajo. Manuales Informativos Construcción. Madera. Sector del Mueble. Productos Metálicos. Saneamiento Público. Trabajadores de la Enseñanza. Transportes. Mutuas. Enfermedades Profesionales. Riesgo Eléctrico. Manual de Autoprotección del trabajador. Manual de PYME’s. Legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales (también en CD). Delegados de Prevención. Organización del Trabajo. Salud Laboral y Trabajo a Turnos y Nocturno. Actualización del Conviene Saber. Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales. Acoso Psicológico. Sustancias químicas peligrosas. Riesgos psicosociales. Auditoría del sistema de gestión en prevención de riesgos laborales. Sistema de gestión en prevención de riesgos laborales. Manual de Riesgos en centros hospitalarios. Manual de ayuda de la construcción. Manual sobre la situación de la negociación colectiva en Madrid en materia de seguridad y salud. Carteles de sensibilzación Acoso en el trabajo. Entorno saludable. Cuida tu cuerpo. Violencia en el trabajo. Estudios de investigación Sector de la Enseñanza. Sector de Hostelería. Sector de Comunicación. Sector de Servicios Públicos. Condiciones de Seguridad y Salud en las depuradoras de la Comunidad de Madrid. Situación de la Negociación Colectiva en Madrid en materia de Seguridad y Salud. Año 2002. La organización del trabajo como factor de riesgo: el trabajo a turnos, rotativo y nocturno. Estudio sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en la Comunidad de Madrid. Estudio sobre la coordinación de la actividad preventiva en los sectores de Transportes, construcción y metal. Curso Básico de Prevención de Riesgos Laborales en CD-ROM con formato multimedia, dirigido a autónomos. CD-ROM de legislación. DVD titulado “Selección de Publicaciones sobre Salud Laboral” Elaboración de informes-Técnicos de : Estadística de siniestralidad. Negociación Colectiva. Síndrome del Edificio Enfermo. Mobbing. Artículo 24. Coordinación de actividades empresariales. Y otros. Información y asesoramiento técnico y jurídico. Condiciones sociales y de trabajo patógenas S iguiendo el compromiso del XII Congreso de mayo de 2009, UGT-Madrid impulsa la creación de una fundación (FUNDIVAL) para prestar apoyo integral a los trabajadores/as y a sus familias que hayan sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. Este compromiso se enmarca en el objetivo del sindicato de mejorar de forma sistemática la organización y las condiciones de trabajo de esta Comunidad. Todo se corresponde con la necesidad de un apoyo integral para abrir un nuevo marco de las relaciones laborales que eliminen la precariedad e inseguridad en el puesto de trabajo y que ayuden a superar los cambios sobrevenidos como consecuencia del accidente en el ámbito familiar, social y laboral. UGT-Madrid pretende reducir el impacto del dolor y la sangría de pérdidas humanas que supone la interminable siniestralidad. Con motivo del Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo, que tuvo lugar el pasado día 28 de abril, la Secretaría de Salud Laboral realizó una jornada donde se anunció la creación de una red social de prevención de riesgos laborales. También se publicó un manifiesto conjunto con CCOO sobre la intima conexión entre la salud laboral y las condiciones y organización del trabajo. Igualmente, se comentó la situación de la siniestralidad laboral en Madrid en íntima relación con la caída del empleo, la preocupación por la economía sumergida, la caída de los recursos e inversiones en prevención de los factores de riesgo en el trabajo, el deterioro de las condiciones sociales de vida y laborales, la intensificación del trabajo, el permanente rebrote de los riesgos psicosociales en las empresas y el miedo a perder el empleo generalizado. Los sindicatos proponen potenciar la negociación colectiva y la formación y participación de los trabajadores en la actividad económica. La Sociedad Española de Salud Pú- blica y Administración Sanitaria (SESPAS), denuncia el impacto negativo de las políticas de inseguridad laboral sobre la salud de la Comunidad. En este sentido, José Ricardo Martínez, secretario general de UGT- Madrid, insiste en que las cifras actuales de siniestralidad son totalmente inaceptables. Por su parte, Rosa Robledano, secretaria de Salud Laboral, recuerda la importancia del apoyo de los sindicatos para evitar que la crisis económica siga deteriorando gravemente la salud de los trabajadores. Y por tanto, exige que se firme urgentemente el IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales. 2EDITORIAL 3 2EL ATRACO COMO RIESGO LABORAL 4-9 2DÍA INTERNACIONAL DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO10-13 2FUNDIVAL14-15 2LEY ANTITABACO16-17 2CRISIS Y SALUD LABORAL. PERSPECTIVA SINDICAL18-23 2ENTREVISTA A ZAIDA GONZÁLEZ24-25 2DESFILE EPI’s 25 2JORNADA EN LISBOA SOBRE SALUD LABORAL26-29 2JORNADA TÉCNICA. Reflexiones sobre los cambios en la normativa de prevención30-35 2SEMINARIO EN ROMA 36-38 2PREVENCIÓN DE LOS TRASTORNOS MÚSCULO ESQUELÉTICOS 39-41 2EL DESPIDO DE UN TRABAJADOR 42 2SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 42 3 En determinadas actividades laborales los trabajadores están sometidos a riesgos que pueden afectar a su seguridad y salud y que tienen un origen externo a la empresa, como son los que se derivan de situaciones de violencia física externa, que es la que tiene lugar por parte de personas que no prestan servicios en el centro de trabajo pero permanecen en él, ya sea porque son usuarios de los servicios de la empresa o por otras razones, incluidos los supuestos en que su presencia y conducta en el centro es ilegítima y delictiva. EL tratamiento de estos riesgos, de este género de violencia, ha sido hasta hace muy poco tiempo exclusivamente penal y policial, y no se exigía ninguna responsabilidad al empresario en la relación laboral respecto a la prevención de estas conductas, lo que contrastaba con el tratamiento dado a la violencia en el trabajo como un problema seguridad y salud en el trabajo en muchos países y organismos internacionales como la OIT. Siguiendo el repertorio de la OIT del año 2003 de recomendaciones prácticas sobre la violencia en el lugar de trabajo en el sector de los servicios y medidas para combatirla, se define la violencia en el lugar de trabajo como “toda acción, incidente o comportamiento que se aparta de lo razonable mediante los cuales una persona es agredida, amenazada, humillada o lesionada por otra en el ejercicio de su actividad profesional o como consecuencia directa de la misma (Se entiende por «consecuencia directa» un 4 Resumen del criterio técnico 87/2011 sobre actuacion EL ATRACO COMO La violencia externa o de terceros se considera un riesgo laboral em vinculo claro con el ejercicio de la actividad profesional y se supone que dicha acción, incidente o comportamiento ocurre posteriormente, dentro de un plazo de tiempo razonable)”. Según este repertorio la violencia interna en el lugar de trabajo es la que tiene lugar entre los trabajadores, incluidos directores y supervisores, mientras que la violencia externa es la que tiene lugar entre trabajadores (y directores y supervisores) y toda otra persona presente en el lugar de trabajo La violencia externa o de terceros se considera un riesgo laboral emergente por la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo, y la VI Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo del INSHT remarca que las situaciones de violencia física externa en el trabajo afectan a un 3,8% de los trabajadores, Por otra parte, la doctrina de recientes sentencias judiciales del Tribunal Supremo establece con claridad que la violencia externa que sufren los trabajadores con motivo nes inspectoras en relación al riesgo laboral de atraco RIESGO LABORAL mergente por la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo de su actividad laboral implica un riesgo laboral y, en consecuencia, la responsabilidad del empresario en la prevención de la violencia física ejercida contra sus trabajadores en el lugar de trabajo. Por lo tanto, de acuerdo con esta doctrina jurisprudencial, el empresario está obligado, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 14.2 LPRL, a realizar “en el marco de sus responsabilidades” la prevención de los riesgos laborales derivados de la violencia física externa “mediante la integración de la activi- dad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores”, con las especialidades que se recogen en la citada Ley en materia de plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios. El límite a las obligaciones del empresario en materia de violencia física externa viene determinado por sus potestades de dirección de las relaciones laborales. El empresario no puede actuar fuera de los límites de esta potestad y deberá comunicar, en su caso, a las autoridades policiales todo cuanto transcienda de dichos limites y afecte a la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio. En la práctica, hay ciertos procesos, situaciones e interacciones inherentes al trabajo que exponen a los trabajadores al riesgo de sufrir violencia externa en el lugar de trabajo como son los supuestos de: 1. Trabajar con dinero, objetos valiosos o fármacos. 2. Llevar a cabo tareas de control y vigilancia. 3. Ofrecer servicios, asistencia, consejo o educación (personal sanitario, trabajadores sociales, profesores y transporte público). 4. Trabajar con personas enfermas, inestables o agresivas (personal servicios sociales, centros penitenciarios). 5. Trabajar en lugares donde se sirva alcohol (personal de hostelería). 6. Trabajar de cara al público. 7. Trabajar en solitario o en lugares apartados. En todos los casos señalados y seguramente muchos otros que no hemos considerado, se plantea el problema de la aplicación práctica de las obligaciones generales que establece la LPRL y normativa de desarrollo para todos los riesgos laborales, también para los denominados riesgos psicosociales que son los que se derivan de la organización del trabajo y el entorno social en el que se desarrollan las actividades laborales. No obstante, en lo que concierne a la aplicación de la LPRL, hay que diferenciar entre la violencia externa que proviene de los usuarios de los servicios o de las personas cuya presencia en el centro de trabajo es legítima (como son los clientes de un comercio, los pasajeros de un servicio de transporte público, los pacientes de un hospital, los escolares de un centro de enseñanza o los familiares de ambos), de la violencia externa que proviene de individuos que realizan una actividad ilegítima o incluso delictiva como sucede en el supuesto de los “atracos”, que normalmente suceden cuando el trabajador opera con dinero, objetos valiosos o fármacos. (Continúa en la página siguiente) 5 (Viene de la página anterior) En los primeros supuestos no existe una normativa legal especifica que regule estas situaciones, sin olvidar que dichas conductas pueden tener tipificación en el Código Penal, aunque si puede haber normas o reglamentos internos establecidos por los centros comerciales, empresas de transportes, centros hospitalarios y educativos que contemplen estas situaciones y traten de canalizar las denuncias y demandas de los usuarios. El Inspector, por lo tanto, ha de aplicar las disposiciones generales de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales previstas en los artículos 14 a 20 de la citada norma legal. Pero en el supuesto de los atracos a los centros de trabajo se da la circunstancia de que concurre la normativa de prevención de riesgos laborales con la relativa a seguridad ciudadana, en la que se establecen como obligatorias ciertas medidas preventivas ante el riesgo de atracos y se determina la competencia de las autoridades de Interior para controlar y vigilar el cumplimiento de dichas obligaciones. Esta situación exige delimitar claramente las competencias de los órganos del Ministerio del interior y de la Inspección de Trabajo, así como las cuestiones relativas a la aplicación de dicha normativa que no tiene la consideración de norma de prevención de riesgos laborales, pero tiene incidencia en las condiciones de seguridad y de salud de los trabajadores y no solo de los usuarios de sus empresas o de los establecimientos en los que trabajan. Por este motivo y porque resulta necesario precisar aspectos relacionados con el contenido de las evaluaciones de riesgos que deben elaborar las empresas susceptibles de sufrir atracos, y con el de la actividad preventiva a desarrollar, es por lo que se considera necesario establecer un Criterio Técnico sobre actuaciones de la Inspecclón de Trabajo en relación con el riesgo de atraco, que permita unificar y dar coherencia a las actuaciones inspectoras que se desarrollen en toda España En consecuencia, con el carácter establecido en el art. 21 de la Ley 30/92, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en adelante LRJPAC, esta Dirección General, en su condición de Autoridad Centras de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de las competencias establecidas 6 en el articulo 18.3.12 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a propuesta de la Subdirección General para la Coordinación en materia de Relaciones Laborales, Prevención de Riesgos Laborales y Medidas de Igualdad, previa consulta a las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, dicta el siguiente: EMPRESAS A LAS QUE VA DIRIGIDO EL CRITERIO TÉCNICO QUE ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD ESPECÍFICAS • Joyerías, platerías, galerías de arte y tiendas de antigüedades. • Estaciones de servicio y unidades de suministro de combustible y carburantes. • Oficinas de farmacia, administraciones de lotería, despachos de apuestas mutuas y establecimientos de juego. • Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito. CRITERIO TECNICO: PRIMERO.- Ámbito de aplicación. Las empresas a las que va dirigido este Criterio Técnico son aquellas para las que se establecen medidas de seguridad específicas por el RD 2354/1994, Reglamento de Seguridad privada, que desarrollan actividades propias de: 1. Joyerías, platerías, galerías de arte y tiendas de antigüedades. 2. Estaciones de servicio y unidades de suministro de combustible y carburantes. 3. Oficinas de farmacia, administraciones de lotería, despachos de apuestas mutuas y establecimientos de juego. 4. Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito. También estarían comprendidas aquellas otras que sin desarrollar dichas actividades, por las Autoridades competentes se les haya ordenado la adopción de medidas de seguridad en general, de conformidad con lo previsto en el art. 111 y siguientes del citado RD 2354/1994. SEGUNDO. Legislación sobre seguridad ciudadana aplicable a la prevención de los delitos de atraco. El atraco o robo con violencia en las personas es un delito, y frente al mismo para determinadas actividades como las que ya hemos señalado se establecen legal y reglamentariamente determinadas medidas de carácter preventivo. La normativa a tener en cuenta se encuentra contenida en la Ley 23/1992, de 39 Parece razonable que el Plan de Prevención, en ese sentido, deba establecer el compromiso de la empresa de adoptar cuantas medidas preventivas y reparadoras sean necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores, y en ese sentido deben ser las más favorables, el compromiso de dar la información, formación y apoyo psicológico posterior al suceso de julio, de Seguridad Privada, así como la Ley Orgánica 111992, de 21 de febrero, sobre protección de la seguridad ciudadana. En el Titulo III del Reglamento de Seguridad Privada se regulan las medidas de seguridad, comprendiendo tanto las medidas de seguridad en general (Capítulo 1) como las específicas ( Capítulo 2). TERCERO: La aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ante el riesgo de violencia por atraco. El atraco es un acto delictivo cometido por personas ajenas a la empresa y que se encuentran fuera del ámbito de dirección del empresario. Por lo tanto, la prevención social de los atracos, en sí misma, es una tarea que incumbe a las autoridades gubernativas y este es el fundamento de las normas legales sobre seguridad ciudadana. Pero, por otra parte, la responsabilidad del empresario sí debe comprender la adopción de medidas que protejan la seguridad y salud de los trabajadores cuando se desarrolle una actividad delictiva en su centro de trabajo. Es así necesario distinguir entre la prevención del delito, que solo corresponde a las Autoridades de Interior, y la prevención de los riesgos laborales que se derivan de ese delito, que corresponde a los empresarios. Y aunque, en efecto, previniendo el delito, mediante el cumplimiento de las medidas de seguridad obligatorias previstas en la normativa ya analizada, se está haciendo prevención del riesgo, las obligaciones de las empresas no se agotan en adoptar y mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento dichas medidas, sino que frente a un riesgo laboral como es el riesgo de atraco, debe desarrollar toda la actividad preventiva prevista con carácter general para cualquier riesgo, y debe analizar si el establecimiento de medidas complementarias de las obligatorias contribuirían a reducir la posibilidad de que los atracos se produzcan. Se puede establecer el siguiente proceso que han de seguir las empresas: 1. Elaboración del Plan de Prevención. En el Plan de Prevención y dentro de los objetivos, políticas y metas que pretende alcanzar la empresa en materia preventiva, se deben incluir los relativos a los riesgos laborales derivados de los atracos (art. 2.2.e) RD 39/97). Parece razonable que el Plan de Prevención, en ese sentido, deba establecer el compromiso de la empresa de adoptar cuantas medidas preventivas y reparadoras sean necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores, y en ese sentido deben ser las más favorables, el compromiso de dar la información, formación y apoyo psicológico posterior al suceso. 2. Evitar el riesgo de atraco. Con carácter general, el empresario está obligado a evitar los riesgos (Art. 15.1.a) LPRL) y a evaluar solamente aquellos que no puedan ser evitados (Art. 15.1.b) LPRL). Con frecuencia no resulta posible evitar el riesgo de atraco, porque suele tratarse de un suceso que como tal es ajeno al círculo normal de actividades de la empresa, pero esto no es óbice para que la empresa pueda adoptar medidas de organización de trabajo que permitan eliminar o reducir de manera inmediata el riesgo que supone el atraco para la seguridad y salud de los trabajadores de la empresa en aquellos centros de trabajo en que este riesgo resulte previsible, tal y como sucede en los establecimientos co (Continúa en la página siguiente) 7 (Viene de la página anterior) prendidos dentro del ámbito de la normativa de seguridad ciudadana. 3. Evaluación de los riesgos laborales derivados de un atraco. La evaluación de riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas, y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse (art, 3.1 RD 39/97). El riesgo laboral derivado de un atraco es un riesgo para la vida y la integridad física del trabajador, derivado de la violencia generada por los sujetos que llevan a cabo el mismo, pero también es un riesgo para la salud mental del trabajador ya que el daño puede aparecer por el mero temor a que se produzca el mismo, o incluso cuando ya se ha producido (estrés postraumático). 3.2. - La Revisión de la evaluación de riesgos. a) Se debe realizar cuando se haya producido un cambio en las condiciones del centro de trabajo o de las personas que ocupan los puestos afectados por el riesgo. Por ejemplo, cuando hayan variado los sistemas de entrada y salida del centro o cuando haya sido adscrito al centro de trabajo una persona nueva, en particular si se trata de un trabajador especialmente sensible a este riesgo. b) Cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores o se haya apreciado, a través de los controles periódicos, incluidos los relativos a la vigilancia de la salud, que las actividades de prevención pueden ser inadecuadas o insuficientes. c) Cuando se haya producido un atraco en ese establecimiento u otros de similares características de la misma empresa, tanto si se ha producido un daño para la vida o la integridad física de los trabajadores. como si no se hubiese dado. En este caso son dos las actuaciones que se deben producir: – Evaluación del daño psicológico sufrido por los trabajadores. – Evaluación del funcionamiento y de la eficacia de las medidas preventivas adoptadas en cumplimiento de la normativa sobre seguridad privada. Para la realización de esta actividad debe8 rá tenerse en cuenta lo previsto en el apartado 3.3 siguiente en cuanto a los sujetos competentes 3.3. - Sujetos competentes para realizar las evaluaciones de riesgos laborales. La evaluación se debe llevar a cabo por personal competente, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención, es decir por aquellas personas que cuenten con las capacidades y aptitudes necesarias conforme a lo previsto en los arts. 34 y siguientes de dicho reglamento, que no pueden ser otros que los técnicos de los servicios de prevención que apoyan y colaboran con la empresa en el desarrollo de la actividad preventiva. 3.4. - El método o procedimiento de evaluación. En la determinación del método o procedimiento a seguir por las empresas en la evaluación de los riesgos derivados del atraco se deberá tener en cuenta que de acuerdo con lo previsto en el articulo 5.1 del Reglamento de los Servicios de Prevención, la evaluación se ha de hacer en función de criterios objetivos, según los conocimientos técnicos existentes, o consensuados con los trabajadores. En todo caso, se deberá consultar a los representantes de los trabajadores, o a los propios trabajadores en ausencia de los anteriores, acerca del mismo (art. 3,2 Reglamento de los servicios de prevención). 4. Planificación de la actividad preventiva. Las medidas preventivas que se deban adoptar como resultado de la evaluación de riesgos, tanto las relativas al riesgo de atraco establecidas en la normativa sobre seguridad privada, corno las relativas a los riesgos laborales derivados del mismo se pueden incluir en la planificación ordinaria de la actividad preventiva o bien pueden formar parte del Plan de Medidas de Emergencia que debe elaborarse por la empresa en cumplimiento de lo previsto en el art. 20 de la Ley 31/1995. En todo caso, en la planificación de la actividad preventiva es obligado recoger medidas relacionadas con la formación e información a los trabajadores para la identificación y adquisición de comportamientos a desarrollar ante el atraco. Además, deberá tenerse en cuenta las siguientes previsiones contenidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales, que pueden tener incidencia en las medidas que deba adoptar la empresa para prevenir el atraco: • El empresario debe adoptar cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores (art. 14.2, LPRL). • La protección debida a los trabajadores debe ser eficaz (art. 14.1, párrafo 1° LPRL). El empresario debe desarrollar una acción permanente de seguimiento de la acti- EN CIERTAS SITUACIONES INHERENTES AL TRABAJO EL RIESGO DE SUFRIR VIOLENCIA EXTERNA SE PUEDE DAR EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS • Trabajar con dinero, objetos valiosos o fármacos • Llevar a cabo tareas de control y vigilancia • Ofrecer servicios, asistencia, consejo o educación (personal sanitario, trabajadores sociales, profesores y transporte público). • Trabajar con personas enfermas, inestables o agresivas (personal servicios sociales, centros penitenciarios). • Trabajar lugares donde se sirva alcohol (personal de hostelería). • Trabajar cara al público. • Trabajar en solitario o en lugares apartados. EMPRESAS A LAS QUE VA DIRIGIDO EL CRITERIO TÉCNICO QUE ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD ESPECÍFICAS • Joyerías, platerías, galerías de arte y tiendas de antigüedades. • Estaciones de servicio y unidades de suministro de combustible y carburantes. • Oficinas de farmacia, administraciones de lotería, despachos de apuestas mutuas y establecimientos de juego. • Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito. vidad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua los niveles de protección existentes (art. 14.2 de la LPRL). CUARTO: Contenido de la actuación inspectora. En primer lugar, en las actuaciones inspectoras se debe comprobar que por la empresa, cuando se haya producido un atraco, se ha hecho la correspondiente notificación como accidente de trabajo a través del Programa Delta, ya sea un caso con algún herido o por estrés postraumático. En concreto, en la OM TAS 2926/2002 incluye los daños ocasionados por violencia y atraco. Por lo demás, la actuación inspectora en relación con los riesgos laborales derivados de un atraco o del riesgo de que se produzca no pueden ni deben ser distintas de las que proceden en relación con cualquier otro riesgo laboral, es decir comprobar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de las obligaciones que ésta establece a los empresarios en cuanto a, entre otros aspectos, los previstos en el art. 14.2 de la LPRL y en su caso adoptar las medidas derivadas de su actuación que considere oportunas, ya sea inicio del procedimiento sancionador mediante acta de infracción, formulación de requerimientos, ordenar paralización de trabajos o tareas en el caso de riesgos graves e inminentes. o en su caso la propuesta de recargo de prestaciones Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, nada obsta para que el inspector de trabajo actuante finalizadas sus actuaciones, en relación con las medidas de seguridad privada, adopte las siguientes medidas: 1. Dirigirse a las Autoridades Gubernativas dando cuenta del resultado de las mismas, si considerase que, a su juicio, o a juicio de los responsables de seguridad de la empresa o de los técnicos del Servicio de Prevención el centro de trabajo inspeccionado no contase con las medidas de seguridad adoptadas en cumplimiento de la normativa de seguridad. o estas hubiesen tenido un funcionamiento deficiente, haya ocurrido un atraco o no, para que en su caso dichas autoridades adopten las medidas que consideren oportunas. 2. En el caso de incumplimiento de las medidas de seguridad privada acordadas por la empresa de manera voluntaria e incluidas en la planificación de la actividad preventiva, se actúe formulando requerimientos o extendiendo actas de infracción, por incumplimiento de dicha planificación. 9 DIA INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO José Ricardo Martínez realizó un emocionado recuerdo a las víctimas de los accidentes laborales y reconoció la labor llevada a cabo por la Secretaría de Salud Laboral de UGT-Madrid E N la apertura de la jornada conmemorativa del Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo, que en esta ocasión tuvo lugar en el salón de actos de UGT-Madrid de la avenida de América, Rosa María Robledano inaugura el acto dando la bienvenida a los asistentes, a los organismos oficiales y a las víctimas y familiares de accidentes de trabajo presentes agradeciendo a todos los concurrentes su participación. A continuación, la secretaria regional de Salud Laboral realiza una reflexión acerca de la situación económica actual y su repercusión sobre el mundo laboral, poniendo de manifiesto la necesidad de invertir en prevención y en formación en dicho campo así como la importancia de la implicación de la Administración pública. Seguidamente realiza una breve explicación acerca de las nuevas iniciativas de la Secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid, con mención especial a los proyectos FUNDIVAL (Fundación para la Defensa Integral de Víctimas de Accidentes Laborales) y la nueva Red Social de Prevención de Riesgos Laborales de UGT-Madrid. José Ricardo Martínez, secretario general de UGT-Madrid, inauguró el acto con una intervención emotiva recordando a las víctimas de los accidentes de trabajo y agradeciendo su presencia a los asistentes, especialmente a los familiares de fallecidos en accidente laboral. Continuó con un reconocimiento de la excelente labor llevada a cabo por la Secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid con mención a los proyectos FUNDIVAL y LA RED SOCIAL DE 10 Este año la conmemoración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo tuvo lugar en el salón de actos de UGTMadrid con la celebración de una jornada en la que, en distintas mesas de trabajo, se abordaron cuestiones trascendentes relacionadas con la siniestralidad laboral, acentuada más si cabe como consecuencia de la grave situación económica, que precariza el empleo y reduce los puestos de trabajo. PREVENCION que aprovechando este acto serán presentadas a los asistentes. José Ricardo realiza una profunda reflexión sobre el empleo y la repercusión del mismo sobre la economía y el consumo, lo que le convierte en el punto de partida de la recuperación económica siempre refiriéndose a un empleo sin precariedad incluyendo mención a los crecientes Expedientes de Regulación de Empleo. En este sentido denuncia como intolerable que habiendo disminuido la actividad en las empresas no disminuyan en la misma medida los accidentes de trabajo y por tanto la inseguridad del trabajador en los puestos de trabajo. Igualmente manifiesta que desde UGT-Madrid se hará un listado de empresas que hayan incumplido en materia de prevención de riesgos laborales cuando éstas tengan una resolución judicial firme y propiciar que estas mismas no puedan concursar públicamente. Por último y para finalizar la apertura del acto, agradece a los delegados y representantes sindicales por la importancia de su labor en las empresas. A continuación tiene lugar el desarrollo de la primera mesa de esta jornada. PRIMERA MESA: “La Red Social de Prevención de Riesgos Laborales”. Lucila Sánchez, coordinadora de la Secretaría de Salud Laboral de UGT-Madrid, inaugura la primera mesa de la jornada, dando la bienvenida a los asistentes, presentando a los ponentes que forman esta primera mesa y la RED SOCIAL DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Da una explicación detallada de cómo surge este proyecto, de cómo es puesto en marcha desde la Secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid y de su importancia como herramienta de consulta para delegados y técnicos de prevención. En este sentido, realiza una reflexión sobre la influencia de la mayor representación sindical sobre la disminución de los accidentes laborales. Agradece a Grupo Comforsa su colaboración en la creación de esta herramienta informática y da paso a los ponentes. José Ricardo Martinez se dirige a los asistentes al acto de apertura de la Jornada. Manuel González, socio director del Grupo Conforsa, introduce las redes sociales repasando conceptos como qué es una red social y cuáles son sus principales objetivos. Posteriormente, presenta la RED SOCIAL EN MATERIA DE PREVENCION como herramienta para generar en los usuarios conocimientos específicos en materia preventiva y facilitar procedimientos de actuación consensuados entre especialistas del sector. A continuación, expone los factores que marcan el éxito de una red social que depende del número de personas que la forman y de la calidad de las aportaciones que realizan cada una de ellas. Realiza una reflexión acerca de la importancia de las buenas prácticas a la hora de hacer uso de una RED SOCIAL cuidando tanto el contenido como la calidad de la información ofrecida, dada la repercusión que tendría una información no contrastada. Esto último, introduce la figura del responsable y administrador de la red. Finaliza la ponencia agradeciendo a la Secretaría de la Salud Laboral de UGT-Madrid su intervención. Sergio Álvarez, técnico de Prevención, como moderador y dinamizador de la red social en prevención de riesgos laborales, realiza una demostración virtual de cómo funciona la nueva red, así como una descripción de la ubicación del enlace para acceso a dicha red social y simulación del proceso de registro y validación de acceso a la misma. Siguiendo con la demostración grafica de la herramienta, se realiza un breve repaso de los distintos menús que conforman la red ayudada por la simulación con un nuevo usuario online. Destaca la importancia de que se trata de una RED SOCIAL PROFESIONAL por lo que cualquier actuación como pueda ser la simple creación de grupos seguirá criterios de utilidad. Para concluir su presentación se recuerda que los técnicos en prevención de riesgos laborales de UGT-Madrid de la Secretaría se encuentran a disposición de todos aquellos que requieran sus servicios tanto dentro como fuera de dicha red social. Finaliza esta primera mesa Lucila Sánchez agradeciendo de nuevo la participación a todos los asistentes al acto, animando al uso de la red y haciendo mención especial a la importancia de la Iniciativa legislativa Popular a la que UGT está destinando grandes esfuerzos en recogida de firmas. SEGUNDA MESA: “La siniestralidad laboral en las distintas etapas de la vida”. Rosa Robledano, secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid, abre la segunda mesa indicando el enorme nivel de importancia y conocimientos de los ponentes. Comienza ubicando a los oyentes en el contexto de la Comunidad de Madrid donde muere un trabajador cada cuatro días. Especialmente pernicioso es el aumento de accidentes graves del sector servicios en el primer trimestre, que pasa de 51 a 74, y de los accidentes mortales in itinere que han subido un 9% debido a las largas jornadas y el estrés a que están expuestos los traba- jadores madrileños, y en muchos casos se toman como accidentes de tráfico. Todos estos datos nos hacen exigir más coberturas y más recursos destinados a detener la accidentabilidad. Rosa Robledano denuncia la infravaloración de enfermedades profesionales en nuestra comunidad ofreciendo datos comparativos como es la declaración en Navarra de una enfermedad profesional cada 149 trabajadores y en contraposición es declarada una enfermedad profesional cada 2648 trabajadores en la Comunidad de Madrid (la media nacional es de una enfermedad profesional cada 913 trabajadores). Concluye la exposición de nuestra Secretaria de Salud Laboral pidiendo tolerancia cero ante la precariedad laboral; dando apoyo desde el sindicato para formar, sensibilizar y velar por el cumplimiento de la normativa de prevención; y exigiendo más recursos (más técnicos tanto en el IRSST como en la Inspección de Trabajo) contra los accidentes laborales. Ponencia de Beatriz Losada Crespo, jefa territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Comienza su ponencia destacando que el tema elegido es complicado, controvertido y difícil de abordar. Según su criterio la edad no constituye en si mismo un Factor de Riesgo, pero si lo es en su conjunto, unida a otras variables. Basándose en los estudios del CES explica que los trabajadores/as en el tramo de edad de menos de 30 años sufren accidentes de trabajo en parte debido a las características asociadas a esta etapa de vida como lo son la inestabilidad laboral, el tipo de contrato (subcontrataciones, temporalidad) y el carácter impulsivo de la juventud. El mayor volumen de accidentes se concentra en la franja de edad de 30 a 45 años. Y a partir de los 45 estos disminuyen. La conclusión que la ponente hace de estos datos es que el primer y tercer tramo de edad están más estudiados y atendidos en cuanto a la prevención de riesgos laborales pero se deja de lado al tramo que más número de trabajadores/as concentra, el de los 30 a 45 años, por lo que la accidentalidad aumenta. Existen diversos estudios encaminados a mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores/as entre 50 y 65 años, porque se presupone que, por la edad, son más proclives a sufrir un accidente en el trabajo. Se han descuidado las condiciones de seguridad y salud de los/as trabajadores/as de 30 a 45 porque se presupone que cuen11 Aspecto de dos de las Mesas que se desarrollaron en la Jornada del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo. tan con mejores condiciones personales y laborales. Se hace necesario, por tanto, elaborar herramientas oportunas para prevenir la siniestralidad laboral también en este tramo de edad, adaptándolas a las condiciones y características concretas de estos /as trabajadores. Constituyendo la Evaluación de Riesgos el instrumento fundamental para conseguir la prevención de estos accidentes, debiendo ser flexible, modificable y actualizada, y a su vez debe adaptarse a las características de los trabajadores, entre ellas su edad, así como deben adaptarse las medidas preventivas que se estimen oportunas en base a dicha evaluación de riesgos. El empresario debe ser siempre el garante absoluto de la seguridad y salud de sus trabajadores/as. La normativa legal protege a los/as trabajadores/as en materia de prevención de riesgos laborales y en especial a los/as trabajadores/as especialmente sensibles, teniendo en cuenta el factor edad en dos casos, en la maternidad, asociada a una etapa vital en la mujer, y con los/as menores. La ponente hace hincapié en la importancia de que los trabajadores sean responsables con sus obligaciones en la adopción de las medidas de seguridad en su puesto de trabajo, y colaboren con la autoridad laboral en el cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales. La prevención de los accidentes laborales requiere un gran esfuerzo por parte de todos/ as: trabajadores/as, empresarios y administración. La formación en prevención de riesgos laborales es un pilar importante, y por ello debe inculcarse desde la educación secun12 daria, actualmente solo se imparte en el Módulo formativo de PRL y en FOL, pero debería constituir una materia obligatoria dentro del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria. El papel de la Inspección de Trabajo es fiscalizar y penalizar las infracciones empresariales; solo en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales se llevaron a cabo en el año 2010, en la Comunidad de Madrid, 9.155 actuaciones, que supusieron 1.100 actas de infracción aproximadamente a empresas incumplidoras. Finalmente propone como solución crear un marco de relaciones laborales que contribuya a la estabilidad emocional del trabajador/a y del empresario para que la actuación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo sea más eficaz y se requiera en menor medida la intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Ponencia de Silvia Méndez, coordinadora del Área Técnica del Instituto Regional de Salud y Seguridad en el Trabajo, quien señaló que el objetivo del IRSST es mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. En referencia a la siniestralidad en la Comunidad de Madrid en los últimos diez años se reduce el número de accidentes. Se nota que la actuación del plan director ha sido positiva. Sin embargo no nos podemos olvidar del drama que suponen los accidentes y las enfermedades profesionales para las víctimas y sus familiares. El hecho que la tendencia sea positiva sirve de motivación para doblar esfuerzos, perfeccionar los métodos actuales e incluir otros métodos en el futuro. El factor edad debe tenerse en consideración, si bien to- dos los grupos son susceptibles y todos padecen la siniestralidad laboral. Los jóvenes menores de 30 años suponen un 20% de la población activa y el 17% de la población trabajadora, mientras que la población de 50 años o más son el 23% de población activa y suponen un 25% de la población trabajadora, por último el grueso se encuentra situado entre 30 a 49 años de edad con un 57% y 58% respectivamente siendo este colectivo el que tiene mayor siniestralidad debido a su mayor número. Mirado en índice de incidencia el tramo de mayor accidentabilidad es el de menores de 30 (1´4 veces superior al de 50 años y 1´2 veces superior al tramo intermedio), aunque debemos tomar en cuenta que se han reducido todos los índices y especialmente el de jóvenes. Observando los datos vemos como característica que los accidentes del tramo de juventud son de menor gravedad que en los otros tramos (23% accidentes leves, 13% accidentes graves y 4% mortales). Los jóvenes son un grupo de especial sensibilidad debido a su falta de experiencia y formación, a la temporalidad laboral y a la baja sensibilidad en prevención de riesgos laborales. Desde el IRSST se recomienda formación tanto teórica como práctica, que sea eficaz desde el inicio del ejercicio profesional y que se someta a procesos de reciclaje. En los jóvenes se prestará especial atención para que reciban la formación e información específica, mientras que para los delegados de prevención y empresarios es imprescindible asesoramiento y asistencia técnica. De la misma forma, desde el IRSST se han emprendido acciones de sensibilización que han afectado a más de 12500 jóvenes y más de 34000 alumnos en general: — Iniciativas “Anda seguro por la vida”, “Siempre seguro” o diversas carpas temáticas en estos últimos años. — Campañas de asesoramiento. — Publicaciones. — Estudios (siniestralidad laboral en jóvenes o condiciones de trabajo de los jóvenes en el sector de la construcción). La siniestralidad laboral también es un hecho entre los trabajadores de mayor edad. El envejecimiento de la población ocupada es un hecho, y en este grupo de edad es donde encontramos una mayor incidencia de accidentes graves y mortales. Con el envejecimiento se pierde visión, capacidad auditiva y motriz, y las capacidades están limitadas. La gravedad de los accidentes es mayor y proliferan los trastornos músculo-esqueléticos y las lesiones acumulativas por un mayor tiempo de exposición. Para luchar contra esta situación se deben aplicar los principios ergonómicos y realizar reconocimientos médicos específicos y periódicos. Desde el IRSST se trabaja para consolidar la cultura preventiva, integrar la prevención en todas las áreas laborales y conseguir puestos de trabajo seguros con independencia de la edad. Para ello se continuarán investigando los accidentes y enfermedades profesionales, se realizarán más campañas de asesoramiento y formación (catálogo 2011) y se fomentará la sensibilización de todos los actores sociales. Ponencia de Ángel Javier Muñoz Marín, fiscal adscrito a fiscal de Sala, argumentó que en un principio la calificación “in itinere” no tendría valor jurídico penal verdadero pero otra cosa son los accidentes en misión donde existen 4 sentencias firmes que responsabilizan al empresario de accidentes de tráfico por deficiencias del vehículo de empresa. Los escritos de calificación y las sentencias por accidente laboral han ido en aumento a pesar de que sea un proceso lento y en principio pueda parecer que no exista un aumento significativo acorde a la realidad de la actualidad (este año se han realizado 33 escritos). Hay que tener en cuenta de las dificultades que conlleva el depurar la responsabilidad en casos de enfermedades profesionales porque son multifactoriales. La fiscalía de accidentes de trabajo comenzó en 2006 pasando de 74 escritos de acusación en 2005 a 859 en 2010 evitan- Rosa Robledano, segunda por la izquierda, junto con otros ponentes en la Jornada. do así la impunidad de estos delitos (552 sentencias se han dictado en 2010 en toda España). Después de esta introducción el fiscal entra en materia indicando la poca incidencia jurídica que tiene la edad, esta no se tiene en cuenta al imponer penas, aunque si es importante en casos de menores. En cualquier accidente laboral de un menor de edad la Inspección de Trabajo informa a la Fiscalía. Otra zona donde se tiene en cuenta los años es en la responsabilidad civil es obvio que en las indemnizaciones se tiene en cuenta la edad ya que las secuelas y daños que se producen dependen de esta. Nos indica que en la Comunidad de Madrid en 2009 de 23 accidentes mortales (eliminando in itinere) la media de edad de los accidentados estaba en los 41 años y en 2010 sobre 20 accidentes mortales la media está en 39 años. La franja de edad más propensa a accidentes mortales va de los 35 a los 45 años de edad. Una vez concluida la exposición de datos estadísticos el fiscal nos revela un hecho interesante que cabe reseñar: el delito de riesgo se consuma con independencia de la actitud del trabajador, es previo a la acción de este y no vale como excusa el “le hemos avisado”. En caso de un menor el derecho le ofrece protección frente al riesgo dando obligaciones al empresario como son la de una evaluación del puesto referente a este colectivo sensible, e informar al menor o a padres o tutores de los riesgos existentes en el puesto de trabajo, las medidas que se adoptan contra esos riesgos y si existen limitaciones a las que no se ha de enfrentar el trabajador menor adaptando el puesto o reubicando a este. En caso de menores de edad se debe ser más restrictivo, no se puede equiparar a la acción de otro trabajador debido a la impericia de estos y es por ello que están limitadas las acciones que puede realizar. Para concluir Ángel Muñoz expone las siguientes verdades jurídicas que nos muestran el camino para depurar responsabilidades. El delito de riesgo es siempre achacable al empresario pero el trabajador tiene obligaciones. Partiendo de la base que el trabajador tiene una relación contractual que le obliga a seguir unas órdenes del empresario es obvio que las responsabilidades no son las mismas. El exceso de confianza debido a la experiencia debe prevenirse en la evaluación. CLAUSURA. Rosa Robledano cierra la mesa haciendo hincapié en cuatro puntos fundamentales: la importancia de la implicación de todas las partes para lograr el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, la necesidad de la formación en Prevención de Riesgos Laborales, tanto en el ámbito laboral como en el ámbito educativo, el reconocimiento de los accidentes laborales “in itinere” o en misión, y por último exige a las autoridades políticas pertinentes celeridad en la firma del IV Plan Director. 13 UGT-Madrid hace valer el compromiso adquirido en su XII Congreso Se crea la Fundación para la Defensa Integral de Víctimas de Accidentes laborales (FUNDIVAL) Entre las resoluciones que recoge el Programa de Acción de UGT-Madrid en su XII Congreso, que se celebró en Madrid en mayo de 2009, se encuentra “Defender la salud de los trabajadores/as antes, durante y después de la relación laboral” Este apartado en su desarrollo recoge el compromiso de impulsar la creación de una asociación/fundación que tenga como objetivo dar apoyo integral a los trabajadores y a sus familias después de haber padecido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. UGT-Madrid, como sindicato de clase, tiene entre sus fines la defensa de los intereses de los trabajadores y las trabajadoras, y ejerce esta defensa en sentido amplio, con el objeto de incidir en una mejora continua de las condiciones de trabajo y cualquier circunstancia que se derive de las relaciones laborales. Para conseguirlo pone todos sus recursos al servicio de todas las personas trabajadoras. 14 Pero las condiciones de trabajo en muchas ocasiones se tornan adversas, fomentando precariedad y ponen en peligro la seguridad y salud de estas personas. Las situaciones más precarias que sufren estos trabajadores/ as afloran cuando condiciones de trabajo inadecuadas se traducen en siniestralidad laboral y los convierte en víctimas cuando sufren un accidente laboral, una enfermedad profesional o un daño como consecuencia del desarrollo de su trabajo. En estos casos, los trabajadores y las trabajadoras, así como sus familiares, se encuentran con la necesidad de enfrentarse a cambios radicales en su vida, ya que los daños que sufren alteran notablemente su ámbito laboral, su situación personal, familiar y hasta social, teniendo que hacer frente a graves dificultades para rehacer su vida, necesitando apoyo inmediato que les rehabilite desde el punto de vista físico, psíquico y moral, ya que por lo general las víctimas de siniestralidad laboral tienen que enfrentarse a situaciones sobrevenidas que se materializan en una disminución de su capacidad para desempeñar su trabajo habitual de forma temporal o permanente, siendo necesario en muchos casos reorientar la actividad laboral que venían desarrollando, teniendo que enfrentarse además a procedimientos legales o administrativos que reparen el daño causado y efectuar los trámites que procedan de solicitud de ayudas. Esta situación afecta negativamente a su economía, a la que se suman una serie de circunstancias que incorporan cambios importantes en el ámbito familiar, social y laboral, cambios que son aún mayores en caso de fallecimiento del trabajador afectado. Necesidad de apoyo Integral. La falta de apoyo con que se encuentran en muchas ocasiones estos trabajadores y trabajadoras, así como sus familiares, y la necesidad de defender sus intereses es lo que motiva la creación a iniciativa de UGT-Madrid de una institución que ofrezca apoyo integral para superar las situaciones anteriores, ofreciendo a la sociedad un mecanismo que compatibilice la ayuda a todos estos niveles. Cuestiones relacionadas con la Seguridad Social, como pueden ser la tramitación de una incapacidad, de una indemnización, una pensión vitalicia al propio trabajador, y las que puedan corresponder a cónyuges por viudedad o a los descendientes huérfanos, junto con el apoyo psicológico, moral, jurídico, e incluso formativo que facilite la inserción de estos trabajadores al mundo del trabajo, son cuestiones de especial relevancia a las que UGT-Madrid debe dar respuesta ante la desorientación en que se encuentran los afectados, ofreciéndoles su apoyo para superar estas situaciones y para reintegrarse en el mundo laboral. Se pretende con la constitución de esta Fundación concretar un nuevo recurso, y un instrumento que la sociedad necesita para resarcir el daño sufrido por estos trabajadores y trabajadoras en el desempeño de sus puestos de trabajo, y confirmar o renovar el derecho fundamental que todos tenemos a trabajar. FINES GENERALES DE LA FUNDACIÓN 1. El apoyo integral a las víctimas de la siniestralidad laboral, entendiendo como “víctimas” a los trabajadores y trabajadoras que han sufrido esta siniestralidad y a sus familiares, entendiendo como “siniestralidad laboral” los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales, así como los daños y lesiones físicas y psíquicas producidas por efecto del trabajo desarrollado por los trabajadores y las trabajadoras. UGT-Madrid debe dar respuesta a la desorientación en que se encuentran los afectados por la siniestralidad laboral, ofreciéndoles su apoyo para superar estas situaciones y para reintegrarse en el mundo laboral, pretendiendo con la constitución de esta Fundación concretar un nuevo instrumento que la sociedad necesita para resarcir el daño sufrido. Se entiende como “víctimas” a los trabajadores que han sufrido siniestralidad laboral y sus familiares, interpretando como “siniestralidad laboral” los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales, así como los daños y lesiones físicas y psíquicas producidas por efecto del trabajo desarrollado por los trabajadores y las trabajadoras. 2. El desarrollo de mecanismos técnicos y especializados que generen ayudas a cualquier nivel, que puedan proceder de cualquier figura admitida en derecho, que se traduzcan en apoyos específicos de carácter jurídico, asistencial, psicológico, moral y formativo, para ponerlos a disposición de las víctimas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. 3. Facilitar la rehabilitación e integración al mundo laboral de las personas víctimas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, con el fin de fomentar sus capacidades y ofreciendo un apoyo integral conforme a las nuevas necesidades que se generan/demandan, en beneficio tanto las trabajadoras y trabajadores víctimas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, como sus familiares. 4. La reducción del impacto personal, familiar, social y laboral de las víctimas de la siniestralidad laboral. 5. El fomento de las mejoras de las condiciones de vida de las víctimas de la siniestralidad laboral, tanto en sus condiciones sociales como laborales en la Comunidad de Madrid y todo ello en cualquiera de sus ámbitos. BENEFICIARIOS Conforme a los fines descritos anteriormente, serán beneficiarios de la Fundación: a) Las trabajadoras y trabajadores que sufren o hayan sufrido un accidente de trabajo incluidos los “in itinere”, o que padezcan una enfermedad profesional, y demuestren la declaración o calificación de tal situación por los medios legales vigentes en todo momento. b) Los trabajadores y trabajadoras que aunque no coincidan con la figura descrita en el apartado anterior, pero que debido a las condiciones de trabajo en las que presta su relación laboral, estatutaria o funcionarial, padecen de forma reiterada u ocasional situaciones o episodios lesivos para su salud, y de estas condiciones se deriven un deterioro, alteración, daño físico, psíquico o moral e incluso social, lo demuestre fehacientemente y la Fundación los considere víctimas conforme la motivación expuesta en estos estatutos. c) Los familiares de las personas víctimas descritas en los puntos anteriores, considerando familiares a los cónyuges, descendientes, ascendientes o aquellos que se derraman hasta el segundo grado de consanguinidad. La Fundación considera familiares cualquier vínculo admitido en derecho o el que emane de pareja de hecho sin distinción de sexo. ACTIVIDADES Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, la Fundación podría realizar, entre otras, las siguientes actividades: a) El fomento de la prevención de la siniestralidad laboral y la prevención de los riesgos laborales en cualquier ámbito social o laboral. b) Se podrán convocar becas. c) La asistencia para la mejora de las condiciones que puedan favorecer la reducción de la siniestralidad en cualquier sector de actividad. d) La divulgación de noticias que puedan surgir relacionadas con accidentes laborales y enfermedades profesionales. e) El estudio de las políticas en materia de prevención de riesgos laborales para combatir la siniestralidad laboral f) Proporcionar la ayuda necesaria en ma- teria legal, administrativa, formativa y psicológica a las víctimas de la siniestralidad g) Impulsar políticas de formación e información entre trabajadores y empresarios de cara a concienciarlos de la necesidad de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades relacionadas con el trabajo en sus empresas. h) Fomentar el conocimiento de la prevención en todos los niveles de la formación reglada, formación para el empleo, formación profesional, formación universitaria y de post-grado. i) El establecimiento permanente de ayuda a víctimas o sus familiares para la tramitación administrativa y legal, tanto de tipo asistencial como personal en correlación con lo contemplado en la legislación vigente, especialmente en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa que la desarrolla y la complementa. j) La gestión, realización, asesoramiento, consultoría y desarrollo de acciones dirigidas a la mejora de la calidad de vida de los trabajadores y en especial la de los afectados por la siniestralidad laboral. k) El estudio y reducción de los riesgos laborales y de la siniestralidad laboral. l) La comunicación social y corporativa. m) Las políticas asistenciales, especialmente acciones de inserción social y laboral de víctimas de la siniestralidad laboral. n) La inserción social y territorial. o) La sensibilización de la sociedad en materia de prevención de riesgos laborales y de reducción de la siniestralidad. p) Organización de cursos, ciclos de conferencias, congresos, coloquios y sesiones de estudio y de investigación, tanto presenciales como a distancia mediante medios técnicos, informáticos, telemáticos o videoconferencias. 15 El Ministerio de Sanidad ha publicado un informe El Tribunal Supremo anula el d de la primera ley de medidas s E L 6 de abril el Tribunal Supremo dictó la sentencia que anula el decreto del Gobierno regional de 2006 que desarrollaba la primera Ley Antitabaco. En el texto, muy permisivo con los fumadores, había tantas excepciones que, al final, se podía fumar casi en cualquier sitio público, como en bares y restaurantes de los centros de trabajo de más de 100 metros cuadrados. Además a la hora de computar si un bar/ restaurante tenía más de 100 metros cuadrados, por lo que debía habilitar zona de fumadores, el decreto permitía contar solo los espacios a los que accedían los clientes y no la totalidad del establecimiento. Así, durante cuatro años más, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha obligado a los trabajadores/as de la hostelería a aspirar el humo de los fumadores con la repercusión sobre la salud que esto ha supuesto para los mismos/as. Elena Salgado, ministra de Sanidad en aquel momento, calificó el citado decreto de “flagrante violación de la norma estatal” y, junto con la asociación Nofumadores.org y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), presentó un recurso contencioso-administrativo. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la razón en diciembre de 2008 y anuló el decreto autonómico. Pero el Gobierno regional recurrió y, mientras tanto, su decreto siguió en vigor hasta ser anulado por el supremo el pasado abril. La Comunidad de Madrid no ha aprobado ningún reglamento que desarrolle la nueva Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que modifica la llamada Ley Antitabaco de 2005. PRIMEROS 100 DÍAS SIN TABACO EN ESPACIOS PÚBLICOS El Ministerio de Sanidad ha publicado un informe para evaluar el impacto de la Ley 42/2010 que modifica la Ley 28/2005, de 26 16 de diciembre, de medidas sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, en vigor en enero del presente año. En el estudio se especifica que aunque es demasiado pronto para llevar una valoración completa del impacto de la Ley sobre determinados aspectos, como por ejemplo su influencia en la disminución de la mortalidad y la morbilidad, cuyos efectos se hacen notar a medio plazo unos y a largo plazo otros, se puede contar con datos de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de Estadística (INE) referidos a las actividades del sector de hostelería. Además se aportan los datos de la Encuesta sobre la Percepción de la Ley por los ciudadanos, realizada por la OCU a 1.559 personas de entre 18 a 75 años de edad. La muestra está dividida en un tercio de fumadores, otro de exfumadores y otro tercio que no ha fumado nunca. En la encuesta se destacan los aspectos más polémicos de la Ley. En relación a la frecuencia de asistencia a establecimientos de hostelería, el 77,2% de la población afirma que acude igual o más que antes a bares y restaurantes, frente a un 22,8% que acude menos. La excepción son los fumadores: un 64,3% de estos dice que lo hace menos. Pero su impacto se compensa de sobra con quienes dicen que ahora van más. Sobre el impacto económico, según los datos del INE sobre Actividad Económica del sector de hostelería, el informe refleja que en los 100 primeros días de 2011 la actividad ha caído un 14,1%. Este porcentaje de bajada de la actividad está en línea con la de años anteriores: el 18% en 2008, el 17% en 2009 y el 13,9% en 2010. Sí destaca que los niveles totales de negocio están como los de 2002, pero el descenso empezó en 2007, por lo que es muy difícil atribuirlo a la Ley. También se confirma que la actividad rme para evaluar el impacto de la Ley Antitabaco decretazo de Esperanza Aguirre sanitarias frente al tabaquismo En relación a la frecuencia de asistencia a establecimientos de hostelería, el 77,2% de la población afirma que acude igual o más que antes a bares y restaurantes, frente a un 22,8% que acude menos es muy estacional: un pico en Navidad, baja de enero a finales de marzo hasta Semana Santa, sube esos días y alcanza su máximo en verano. Lo mismo que ha ocurrido este año. Si se habla de empleo, el Ministerio de Trabajo ofrece los datos que confirman que las afiliaciones en el régimen general y en el de autónomos a la Seguridad Social en el sector de hostelería han subido en febrero en 21.443 y en 27.925 en marzo. De la percepción de la ley por los ciudadanos, se extrae que al 63,7% de los encuestados le parece bien la Ley. De los fumadores, el 27% la apoya. Entre los exfumadores y los no fumadores la aceptación de la norma es mucho mayor el 75,2% y el 84,1%, respectivamente. Sobre el grado de cumplimiento de la Ley, en general se cumple casi al 100% en la mayoría de los espacios, salvo dos excepciones: en el entorno de los hospitales, el 64% de los encuestados afirma que se incumple y los parques infantiles con el 44% de incumplimiento. Un dato que confirma que la Ley se está cumpliendo son las sanciones; unas 500 multas (sobre 350.000 establecimientos) que las comunidades autónomas han notificado en los tres primeros meses del 2011. Con datos de febrero, la venta de cajetillas de cigarrillos ha caído un 26,5% en un año. En enero el descenso fue mayor, del 30%, en cambio ha subido la venta de puros un 31%, el tabaco para liar un 11,5% y el de pipa el 352,7%. La recaudación por impuestos del tabaco caerá un 15% este año, a pesar de las últimas subidas que han incrementado el precio del tabaco un 41,3%. IMPACTO SANITARIO Los expertos advierten que es pronto para valorar los efectos positivos para la salud, pero calculan que se producirá una disminución anual de 5.400 a 7.560 en los ingresos por cardiopatía isquémica, de 1.240 a 3.240 por infarto agudo de miocardio y de 720 a 1.080 por asma. Según el Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo, los ingresos de niños asmáticos en centros hospitalarios han disminuido desde la entrada en vigor de la Ley. Por ejemplo, estos ingresos han bajado un 15% en el Hospital Ramón y Cajal de Madrid. Es necesario recordar que las 5 enfermedades más frecuentes causadas por el tabaco ocasionan el 8% del gasto sanitario a nivel nacional. La contaminación en bares y restaurantes por partículas finas, llamadas PM25, ha caído un 86% en un año; las partículas en el interior son de 22, 54 partes por millón, mientras que fueran ascienden a 25,23. Ahora puede ser más sano estar dentro de uno de estos locales que en la calle, refleja un estudio realizado por investigadores de la Universidad de Zaragoza. 17 CRISIS Y SALUD LABORAL. PERSPECTIVA SINDICAL Desde septiembre de 2010 hasta febrero de 2011 se han autorizado en Madrid 429 expedientes de regulación de empleo, que han afectado a 11.791 trabajadores. La crisis económica y financiera que tan devastadoras S ituación del empleo en Madrid. Los efectos sobre el empleo y la calidad del mismo en nuestra Comunidad hablan por sí solos. La población ocupada, según la Encuesta de Población Activa (EPA), en nuestra región ha pasado de 3.064.400 personas en 2009 a 2.898.400 en el cuarto trimestre del 2010, es decir, se ha perdido el 5,41% del empleo de la Comunidad de Madrid, siendo los sectores de la construcción y de la industria los que más empleos han perdido. Aunque la pérdida de empleo está afectando tanto a la población autóctona como 18 consecuencias está teniendo sobre el tejido social y laboral no cesa en intensidad y tampoco se percibe una salida rápida de la misma y en qué condiciones los trabajadores y las trabajadoras vamos a quedar. extranjera, lo cierto es que la destrucción de empleo más intensa se está dirigiendo hacia la población inmigrante, generando una invisibilidad de este colectivo y creciendo de forma alarmante la contratación irregular. Respecto a la edad, son los jóvenes menores de 25 años los que más están sufriendo la crisis. Esta circunstancia hace crecer las dudas sobre nuestro futuro; no debemos olvidar que son los jóvenes el motor que debe activar los avances de nuestra sociedad. El ajuste de plantillas producido por la crisis comenzó primero por los trabajadores temporales del sector privado, utilizando el mecanismo de la no renovación, para continuar con los fijos. En el primer caso se han saldado con la finalización del contrato prácticamente con cero costes en cuanto a la indemnización y en el segundo con infinidad de ERE de extinción de contratos. Desde septiembre de 2010 hasta febrero de 2011 se han autorizado en Madrid 429 ERE frente a los 356 del mismo periodo del año anterior, lo que representa un incremento del 20,5%, que han afectado a 11.791 trabajadores, 952 personas más que en el mismo periodo de un “La salud laboral está unida a las condiciones de trabajo” año antes, lo que representa un aumento del 9%. Los ERE en la Comunidad de Madrid se han multiplicado por cuatro en los dos últimos años y los trabajadores afectados por medidas de regulación han aumentado en un 420 por ciento. El desempleo es el reflejo más dramático de los efectos de la crisis en la población trabajadora ya que la destrucción de puestos de trabajo ha llevado a un espectacular crecimiento del mismo. En los dos últimos años, según la EPA, se han perdido 176.000 empleos, el 91 por ciento en el último año, situando la tasa de paro en el 15,75 por ciento, y un total de parados en el cuarto trimestre de 2010 de 542.000. Situación de la siniestralidad laboral en Madrid. Si hablamos de siniestralidad no podemos obviar el descenso de actividad ni la espectacular pérdida de empleo. Durante el año 2010 se han producido en la Comunidad de Madrid un total de 103.757 accidentes de trabajo, apreciándose en términos generales una leve disminución respecto al año anterior (-6,55 por ciento). Al analizar los datos más detalladamente encontramos circunstancias a destacar, así en el sector de industria han aumentado de forma muy importante el número de accidentes graves (+22,95 por ciento, respecto al año 2.009) y se han mantenido los mortales. En el sector de la construcción se ha producido un notable incremento del número de accidentes mortales (+26,67 por ciento). En lo que va de año (datos oficiales del primer trimestre) se han producido un total de 25.395 accidentes laborales de los cuales 144 han sido graves y 26 mortales. Hay que mencionar las elevadas cifras de siniestralidad que en lo que va del mes de abril, mes en el que conmemoramos el día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, son totalmente inaceptables, sobre todo en este momento de crisis económica y en el que el sector de la construcción, gran afectado por el desempleo tiene más víctimas mortales (6 accidentes mortales en puesto de trabajo). Las propuestas de UGT para paliar los efectos que la crisis produce en la salud de los trabajadores contemplan el mantenimiento de acuerdos como el Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, la potenciación de la negociación colectiva, la formación de empresarios y trabajadores y el reforzamiento de los instrumentos existentes. Estos datos reflejan cómo a pesar de que se ha perdido empleo y que el empleo perdido se concentra en sectores y segmentos de especial siniestralidad como la construcción y la industria o en colectivos más vulnerables como los jóvenes y los inmigrantes (empleos más precarios), la siniestralidad global se mantiene en niveles similares, e incluso en estos sectores está aumentando el numero de accidentes graves y mortales, cuando lo esperable sería una reducción importante. Parece claro que los datos reflejan una realidad de empeoramiento de las condiciones de trabajo que se traduce en accidentes, como si las obligaciones empresariales de velar por la salud de los trabajadores formen parte de las primeras medidas de recorte de gasto, cuando deberían ser mantenidas como una inversión y no modificarse a la baja. A estos datos habría que sumar los accidentes no declarados, es decir, el claro subregistro de accidentes de trabajo que se producen en la economía sumergida, que como todos “sabemos” ha aumentado de forma considerable. Cada vez más, y habría que analizarlo en mayor profundidad, se producen accidentes que se saldan como enfermedad común, o simplemente con vacaciones pagadas en casa si son de los considerados como leves. Los accidentes in-itínere, es decir los que se producen en el trayecto de casa al trabajo y viceversa, como los de misión, que son aquellos que sufren los trabajadores en su jornada laboral, transportistas, comerciales, etc., en primer lugar son accidentes de tráfico, con posterioridad, cuando se vinculan a la actividad laboral, adquieren la consideración de accidentes laborales y se incorporan a las estadísticas oficiales. Sobre ellos no existe investigación de la Inspección de Trabajo, solo se analizan desde la perspectiva de tráfico, teniendo en cuenta el vehículo, la carretera y el conductor. Falta la cuarta pata para tener una visión más completa que permita su reducción: su vinculación a las condiciones de trabajo, a las jornadas interminables, a la precariedad en el empleo, el estrés y a que el vehículo utilizado sea considerado lugar de trabajo y se evalúen los riesgos como tal y no solo pase la ITV desde la visión de tráfico. Los datos reflejan la necesidad de intervenir en esta dirección, durante 2010 el número total de accidentes in-itínere ha aumentado ligeramente (15.798 en 2010 frente a 15.753 en 2009), pero hay que destacar, con mucha preocupación, que se ha producido un aumento muy importante de los mortales, que han pasado de 20 a 27, lo que supone un incremento del 35 por ciento, que sumados a los 9 accidentes mortales de tráfico en misión resulta una cifra muy elevada de 36 trabajadores fallecidos en 2010. Hay que valorar de forma positiva el convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Ministerio del Interior para dotarnos de un recurso más y vincular (Continúa en la página siguiente) 19 (Viene de la página anterior) los accidentes de tráfico que tienen relación con el ámbito laboral, facilitando la investigación de los mismos por la Inspección de Trabajo. Cabe mencionar la obligación empresarial de evaluar los riesgos derivados del tráfico cuando parte de la actividad de la empresa se realice con traslados. También hay que destacar cómo la reforma laboral precariza más las condiciones de trabajo, hoy se hacen más contratos temporales precarios y los que se pierden son fijos o indefinidos con derechos. La tendencia más peligrosa es que vamos a pasar de una dualización del mercado de trabajo (trabajos estables/trabajos temporales) a una uniformidad de este mercado caracterizada por mayor temporalidad y mayor precariedad en detrimento del trabajo estable. Los primeros datos sobre los efectos de la reforma laboral apuntan en esta dirección. La crisis económica se convierte en una excusa para el incumplimiento y el olvido de las normas laborales, también en prevención de riesgos laborales. Los trabajadores que tienen la “suerte” de conservar su empleo están rebajando sus exigencias en cuanto a la calidad de los mismos en aras a conservarlos, asumiendo condiciones de trabajo que en otras circunstancias no aceptarían: mayor disponibilidad con flexibilidad horaria, menor salario que, en la práctica, supone una mayor exposición a los riesgos y en peores condiciones. Así, la actual situación de crisis económica puede acabar con los avances producidos en nuestro país desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Estos avances también se resienten con el estado de la negociación colectiva y las presiones sobre la representación legal de los trabajadores. No podemos caer en la trampa de que el empleo lo justifica todo, aceptando empleos precarios y sin derechos, rebajando la prevención de riesgos laborales y las políticas preventivas. En este contexto, tenemos que seguir insistiendo con más fuerza en la necesidad de cambios de tendencias en materia de prevención de riesgos laborales: integración efectiva de la prevención en la empresa, participación activa de los agentes implicados, potenciación de la representación de los trabajadores en materia preventiva, agentes territoriales y sectoriales de prevención, formación, inspección y control, 20 lo cual se tendría que abordar tanto a nivel de acuerdos globales (pacto social) como a nivel del reforzamiento de la negociación colectiva y la continuidad de las políticas en la Comunidad de Madrid acordada con el Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales. Economía sumergida. Desde UGT vemos con absoluta preocupación la evolución de la economía sumergida y la contratación irregular de trabajadores. Esta situación afecta mayoritariamente al colectivo de inmigrantes, que como ya hemos comentado, hacen que se invisibilice su problemática y su situación. Pero no podemos olvidarnos de que se están incorporando, también, un número importante de trabajadores autóctonos que han sido expulsados del mercado de trabajo, lo que directamente se traduce en un mayor nivel de riesgos para la seguridad y la salud, rayando con situaciones de semiesclavitud. En este sentido es necesaria la actuación contundente de la Administración, combinando la intervención de la Inspección de Trabajo y las policías, pues como ya hemos constatado en algunos casos muy recientes, los inspectores y subinspectores de trabajo no pueden actuar por si solos en estas prácticas delictivas. “Cuando la alternativa es el paro muchos trabajadores optan por el empleo sumergido y asumen la pérdida de todos los derechos”. ACUERDOS Y POLÍTICAS La lucha contra la siniestralidad y contra las malas condiciones de trabajo necesita, entre otras cosas, políticas que las combatan y acuerdos que refuercen las actuaciones de las partes en estas materias. Ahora, más que nunca, es necesario que las administraciones públicas lideren y refuercen las políticas preventivas para garantizar la salud y la vida de los trabajadores, haciéndose imprescindible el mantenimiento de los acuerdos tanto a nivel regional a través de los planes directores como a nivel estatal a través de la Estrategia Española. UGT-Madrid apuesta de manera decidida para seguir trabajando en estos acuerdos y afrontar este año 2011 la negociación del IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales. Hay que tener en cuenta, que la prevención no es un tema puntual, se debe trabajar siempre de forma constante y sin bajar la guardia. Es igualmente importante, el reforzamiento de la Inspección de Trabajo como La inestabilidad laboral que conlleva el trabajo en precario conduce a una progresiva “precariedad social” en los trabajadores, que miran al futuro con incertidumbre, enfrentando más trastornos de salud y desequilibrios de tipo social y familiar y psicológico que las personas que tienen un trabajo estable. instrumento fundamental de control, actuando enérgicamente tanto contra la economía irregular como contra los incumplimientos de la legislación preventiva. Al mismo tiempo, el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo como instrumento gestor de las políticas preventivas en nuestra Comunidad debe operar con contundencia e independencia, en coordinación con la Inspección de Trabajo. Así como crear un Órgano Paritario que supla al desaparecido Consejo de Seguridad y Salud para desarrollar los cometidos que la propia Estrategia Española le confiere. Hoy cada vez es más necesario que la Negociación Colectiva salga del encorsetamiento que supone basarla en acordar salarios y jornada. Deben impulsarse y acordarse las condiciones de trabajo, de cómo se organiza la actividad, cómo mejoramos el ambiente laboral, la participación activa de la representación sindical en los temas que afectan a la mejora de la salud de todos, elección de mutuas, cómo se participa en la prevención y el modelo preventivo que se aplica, etc. NUESTRA PERCEPCIÓN EN LAS EMPRESAS Disminución de las inversiones y de los recursos destinados a la prevención. En nuestra sociedad, en la que aún no ha terminado de calar la cultura de la prevención, la situación de crisis se está aprovechando por algunas empresas que consideran la prevención como un gasto y no como una inversión, para disminuir de forma efectiva la prevención, o para reclamar marcos normativos más cómodos en cuanto a la protección de los trabajadores, ignorando o minimizando la importancia de la seguridad y la salud en el trabajo. Esta premisa es absolutamente errónea, el “coste” de no implantar la prevención de riesgos laborales es muy elevado. La prevención de riesgos laborales es una condición para la eficacia y la supervivencia de las empresas; por ello debe ser asumida y ejecutada con el mismo interés que cualquier otra función empresarial. Pero además, puesto que lo que está en juego es la seguridad y salud de los trabajadores, es también una obligación inexcusable de todas las empresas ante la Ley. Es precisamente en los momentos de crisis, cuando más debe recordarse el papel que debe jugar la prevención, el dinero que se invierte en ella no es un gasto, ya que es una herramienta de competitividad y productividad (los estudios estiman retornos de entre 2 y 2,5 euros por cada euro invertido). Los empresarios deben pensar que la prevención, además de un elemento de calidad de las empresas, es una inversión a medio y largo plazo, es decir, que una adecuada política preventiva representa una ventaja competitiva, mejorando la productividad, la competitividad y finalmente los resultados económicos. “El enorme coste económico de los problemas de salud y seguridad en el trabajo obstaculiza el crecimiento económico y afecta a la competitividad de las empresas”. No hay que olvidar el altísimo coste sanitario y la pérdida importante de jornadas de trabajo que supone la mala o deficiente prevención en la empresa. Desde UGT apostamos por un cambio en el modelo de producción basado en la incorporación de valor añadido por parte de la mano de obra, así como de mayores niveles de formación y de prevención. Un indicador de esta disminución de las inversiones lo tenemos en la pérdida de empleo y de negocio de las empresas especializadas en prevención: los Servicios de Prevención Ajenos (SPA). Así, estamos percibiendo una reducción en el número de profesionales que se dedican a la prevención, algunos SPA han cerrado por falta de clientes y otros han disminuido el número de trabajadores. Estamos detectando una caída de los precios con la consiguiente pérdida de calidad del servicio contratado. Por lo que se hace necesario que el mercado de la prevención responda más a criterios enfocados a cuidar la salud de los trabajadores, que a evitar una sanción administrativa de la empresa contratante. En este sentido, queda mucho por reco(Continúa en la página siguiente) 21 (Viene de la página anterior) rrer y por supuesto hay que actuar: sirva un solo dato, en Madrid no conocemos que se haya producido ni una sola desacreditación por parte de la autoridad laboral y sí conocemos algunas sanciones de la Inspección de Trabajo. Además con las reformas actuales, el mercado de la prevención va a tender a procesos de mayor concentración produciéndose, con toda probabilidad, fusiones para sobrevivir. Ralentización de las actividades preventivas. La ralentización, e incluso la paralización de la actividad preventiva en las empresas resulta cada vez más evidente. Son 22 los delegados y delegadas de prevención de UGT los que con sus experiencias nos dan buena cuenta de ello: se han suprimido actividades preventivas planificadas, dejan de realizarse las evaluaciones de riesgo, disminuyen los recursos personales dedicados a la prevención, se suprime la vigilancia de la salud, etc., todo ello alegando la inviabilidad económica de la acción preventiva, o que ésta haga inviable la empresa. Deterioro de las condiciones de vida y de trabajo. La crisis afecta a la salud de los trabajadores que pierden su empleo, también a los que lo conservan en condiciones más precarias. Así, tener o no empleo y en que condiciones se realiza, determina que el trabajo genere salud o provoque enfermedad. Existen muchos estudios que demuestran que los trabajadores en paro tienen peor salud, objetivándose un incremento de la mortalidad y de la morbilidad por diferentes causas entre las que figuran hipertensión, diabetes, problemas cardiovasculares y problemas mentales. En España esta situación se agrava, porque los parados tardan mucho tiempo en encontrar trabajo. La inestabilidad laboral que conlleva el trabajo en precario, conduce a una progresiva “precariedad social” en los trabajadores que miran al futuro con incertidumbre, enfrentando más trastornos de salud (mayor morbilidad, más mortalidad por patologías cardiovasculares) y desequilibrios de tipo social y familiar (sentimientos de inferioridad, pérdida de confianza en si mismo, inestabilidad) y psicológico (desestabilización emocional, ansiedad, depresión, peor salud mental) que las personas que tienen un trabajo estable. Intensificación de la carga de trabajo que se traduce en un aumento de los problemas psicosociales en las empresas. Ante el hecho, la amenaza o la mera posibilidad de ser despedido, aparecen en los trabajadores problemas emocionales y de incertidumbre, (baja autoestima, inseguridad) pero además los que se quedan en las plantillas que han sido reducidas se tienen que adaptar a la nueva situación. Por lo general los trabajadores que conservan su empleo experimentan un aumento en su carga de trabajo como resultado de los recortes de plantilla, sufriendo un mayor estrés laboral y todo lo que este ocasiona (insomnio, irritabilidad, depresión, aumento de los problemas cardiovasculares y digestivos etc.). A esto se une un sentimiento de inseguridad en muchos casos, que convierte a estos trabajadores en más vulnerables a los accidentes de trabajo, además de que, como ya hemos dicho antes, les lleva a aceptar peores condiciones de trabajo y asumir riesgos que en otras circunstancias no aceptarían. Se está produciendo un aumento de los riesgos psicosociales entre los trabajadores, por no conocer la marcha ni el futuro de su empresa. En situaciones de crisis, la comunicación interna dentro de las compañías tiende a reducirse o se hace inexistente. Con ello, queda abierto un gran espacio para que se instale el rumor o, incluso, la transmisión de informaciones erróneas, generándose en el trabajador la siguiente cadena: tensiónansiedad- trastornos físicos- enfermedad. Cabe recordar el caso de France Telecom: en septiembre de 2009, esta empresa fue portada en los medios porque 25 empleados de su plantilla se suicidaron en el plazo de un año y medio. Suicidios que estaban claramente vinculados a la política de la empresa de reorganización de sus recursos humanos. Estamos observando cómo en muchas empresas, después de llevar a cabo un expediente de regulación de empleo y despedir a los trabajadores que más le conviene se instaura un 5º turno, o se obliga a los trabajadores a realizar horas extraordinarias, o se reducen a cero las inversiones y las medidas preventivas acordadas previamente. En estos casos, se llega incluso, a enfrentar a los trabajadores con sus representantes siendo moneda de cambio, que termina con el despido de los delegados más combativos. Utilización de la crisis para expulsar del mercado de trabajo a enfermos (sobre todo los que tienen declarada una enfermedad profesional). El despido objetivo se está utilizando de forma importante para expulsar a trabajadores “molestos”, así, estamos siendo testigos de ERE donde, curiosamente, todos los trabajadores a los que se les había declarado una enfermedad profesional (normalmente tras un arduo trabajo sindical), son incluidos dentro del mismo. A todo esto, hay que sumar los accidentes de trabajo que no se reconocen, como ya hemos comentado antes y los trabajadores enfermos que siguen trabajando por miedo a perder el empleo. “Todo el mundo intenta aparentar que está bien para no irse a la calle si hay otra reestructuración… pero se les nota en la cara que la tensión les afecta, algunos tienen ansiedad… en otra coyuntura hubieran pedido la baja para curar una gripe, una gastroenteritis o una tendinitis, pero ahora aguantan”. Presentismo. El miedo a perder el empleo, ha provocado una reducción drástica del absentismo relacionado con la enfermedad en los últimos dos años, apareciendo un nuevo fenómeno: el llamado “presentismo” o, lo que es lo mismo, trabajar más allá del horario normal con la única intención de que se note la presencia del trabajador en su puesto. Según una encuesta reciente de la empresa Randstad (empresa de trabajo temporal), el 45,8% de las mil personas encuestadas, reconoce que sus compañeros se quedan más tiempo en el trabajo por miedo a perder su empleo y sin que necesariamente eso conlleve una mayor productividad, o realización de algún tipo de actividad. Lo único que nos fortalece es la lucha de todos y cada uno de los afiliados a UGT, de cada uno de nuestros delegados y delegadas elegidas por los trabajadores para defender sus derechos laborales, porque “Con sindicatos el trabajo es más seguro”. Es necesario mirar al futuro: La crisis dicen algunos, puede ser una oportunidad para el cambio hacia un modelo económico diferente basado en las nuevas tecnologías, el conocimiento, las energías limpias, etc. Y, cómo no, la prosperidad económica tiene como requisito fundamental una población sana. PROPUESTAS DE UGT Los datos reflejan una realidad de empeoramiento de las condiciones de trabajo que se traduce en accidentes, como si las obligaciones empresariales de velar por la salud de los trabajadores formaran parte de las primeras medidas de recorte de gasto, cuando deberían ser mantenidas como una inversión y no modificarse a la baja. La prolongación inadecuada y poco productiva de la jornada laboral, es un fenómeno que tiene bastante relación con una mala organización del trabajo en la empresa. Con la situación descrita, el panorama no parece muy alentador en lo que se refiere a la salud y la seguridad de los trabajadores. Si a los recortes en prevención de riesgos laborales le sumamos la mayor precariedad laboral, el resultado puede ser bastante negativo y la salud de los trabajadores puede verse muy deteriorada por las peores condiciones de trabajo que se están instaurando en las empresas. “Las crisis empiezan y acaban, pero los trabajadores fallecidos no vuelven”. Recuperar los espacios perdidos en derechos nos puede costar mucho tiempo y esfuerzo. Recordar la necesidad de hacer aún, un mayor esfuerzo en toda la organización de cara a las elecciones sindicales, para que exista representación sindical en los centros de trabajo, que es en la práctica, el mejor instrumento de defensa de los trabajadores. Mantenimiento de los acuerdos. Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales, este año finaliza el III Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, es obligado la negociación con el nuevo gobierno del IV Plan Director, Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, herramientas claves y hojas de ruta imprescindibles que obliguen a las partes a su cumplimiento. Potenciar la negociación colectiva. Incorporando iniciativas más allá de la normativa para garantizar en el marco de la empresa y en los centros de trabajo que las políticas preventivas se llevan a cabo como políticas de empresa y de inversión. Formación y conocimiento específico en estas materias de empresarios, trabajadores, representantes sindicales… de forma constante y permanente. Sin la misma, no se puede garantizar que el trabajo no sea un peligro para la salud. Necesidad de reforzar el papel de los instrumentos: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Fiscalía, Poder Judicial, Policías. Todos ellos, como garantía del cumplimiento de la ley y depuración de responsabilidades por el daño causado, buscando en primer lugar la eliminación del mismo. Deben igualmente garantizar el resarcimiento personal, social y económico de la víctima. Las propuestas de UGT para paliar los efectos que la crisis produce en la salud de los trabajadores contemplan el mantenimiento de acuerdos como el Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, la potenciación de la negociación colectiva, la formación de empresarios y trabajadores y el reforzamiento de los instrumentos existentes. 23 “Lo que debe quedar en la conciencia de cada trabajador es que ningún accidente de trabajo es inevitable” ¿Los numerosos y diversos sectores existentes en esta Federación de Servicios supone contemplar todos los factores de riesgo que afectan a los trabajadores, e igualmente un aumento de la precariedad? —Nuestra Federación se caracteriza por la variedad de los sectores que aglutinamos, lo que hace más intenso y más diverso el trabajo que desde esta Secretaría realizamos. A diario nos enfrentamos a todo el abanico de factores de riesgo sobre la salud de los trabajadores, desde los relacionados con la ergonomía, maquinaria, psicosociales, etcétera. Debemos tener en cuenta que esta Federación tiene trabajadores en oficinas, limpieza, seguridad, jardinería y artes gráficas, entre otros sectores, que por otra parte son los más precarizados, ya que forman parte de los que subcontratan las empresas, llegándonos a encontrar con varios niveles de subcontratación hasta llegar a nuestros trabajadores, lo que requiere de un trabajo constante y continuo de nuestros delegados y delegadas, así como de esta Federación, en la vigilancia de las condiciones de trabajo que sobre la salud de los trabajadores pueden incidir. ¿Se va implantando en las empresas la cultura de la prevención? —Ha costado y sigue costando concienciar a las empresas respecto a la prevención de riesgos laborales; por desgracia sigue siendo a base de denuncias y lamentablemente a costa de la salud de los trabajadores, que, por culpa de la temeridad del empresario de turno, acaban accidentándose. Donde más nos cuesta hacer esa labor de concienciación es en el ámbito de los riesgos psicosociales, que esta Federación sufre en mayor medida en las empresas de trabajo en oficinas, donde son muchas las empresas que se niegan en rotundo a evaluar y dar solución a los factores psicosociales de riesgo que merman la salud de los trabajadores tanto o más que cualesquiera otros factores. Por tanto, en este ámbito siempre incidimos en el cumplimiento de la Ley 31/1995, que obliga al empresario a actuar frente a todos los riesgos a los que estén expuestos los trabajadores. ¿Existe conocimiento entre los trabajadores de las enfermedades profesionales relacionadas con el trabajo? 24 Zaida González Rodríguez Secretaria de Salud Laboral de FeS-UGT Madrid “La crisis se utiliza como arma arrojadiza para que los trabajadores no vayan más allá en reclamaciones que suponen una mejora en su calidad de vida. No aceptamos, por tanto, excusas que atentan contra la salud de los trabajadores” —Lamentablemente en este país la cultura de la prevención no está muy extendida, por eso, cuando un trabajador acude a nosotros por una enfermedad profesional no es él quien la identifica como tal, sino que viene derivado por su médico de cabecera en la mayor parte de los casos o acompañado de su delegado de prevención. Incluso no relaciona sus dolencias directamente con su puesto de trabajo. A ello se suma el que, si la actitud del empresariado ya era cuanto menos negativa ante las reclamaciones y problemas de los trabajadores respecto a la prevención de riesgos, y por tanto de enfermedades profesionales en su puesto de trabajo, en los tiempos que corren es la excusa para el 90% de los casos. ¿La gestión del riesgo se relaja con la crisis? —Como decía anteriormente, es el argumento estrella para todo: Si lo es para lo estrictamente laboral, en cuanto a prevención es la respuesta que vale para todo. No hablamos sólo de invertir en prevención, de vigilar de la salud y condiciones de los trabajadores, sino que se utiliza contra ellos como arma arrojadiza continuamente, como amenaza para que no vayan “más allá” en sus reclamaciones cuando muchas de ellas no suponen apenas esfuerzo para la empresa y sí un gran cambio para la mejora de la calidad de vida del trabajador. Por tanto, no aceptamos el argumento. No hay excusas que valgan cuando atentan contra la salud de los trabajadores; éste sí es nuestro argumento cuando tenemos que defender la calidad de vida de nuestros trabajadores y lo que pretendemos inculcarles. ¿Existe prioridad en la prevención de accidentes de trabajo? —Lo que tiene que quedar muy claro, lo que debe quedarse en la conciencia de cada trabajador es que ningún accidente de trabajo es inevitable. Cuando se forma adecuadamente a los trabajadores en materia de prevención, cuando se dan las órdenes de trabajo por escrito y detalladas, cuando se vigila su salud adecuadamente y se toman las medidas pertinentes de corrección una vez se identifica un riesgo para la salud, cuando las empresas cumplen con la legislación, se puede evitar cualquier accidente, desde el nivel más bajo de percance hasta los más graves. En los casos más graves debemos recordarle a las empresas que un trabajador fallecido no es un número más, su muerte es responsabilidad exclusiva del empresario, siempre, y debemos exigir a los poderes públicos el cumplimiento exhaustivo de la ley y responsabilidad, porque es su obligación wwla hacer cumplir la ley. Finalmente, ¿qué nos puedes decir sobre los programas de formación de los trabajadores en salud laboral? —La formación de los trabajadores respecto a su puesto de trabajo es uno de los pilares fundamentales de la prevención de riesgos. Cuando un trabajador sabe a qué riesgos se enfrenta a diario, cuáles pueden ser sus consecuencias y sobre todo, cuál es la forma de evitarlos, se evitan accidentes, se mejora su salud y mejora el ambiente de trabajo. Es la primera piedra cuando queremos construir una gestión eficaz y válida en prevención de riesgos laborales, que debe ser vigilada y consensuada con los delegados y delegadas de prevención. EPI´S FASHION DAY Dentro de las acciones a desarrollar en el marco del III Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, la Secretaria de Salud Laboral de UGT- Madrid, ha puesto en marcha una campaña dirigida a promocionar el uso de los equipos de protección individual. Dentro de ella y recogiendo la propuesta de Demanda Joven, la organización juvenil del sindicato, y en colaboración con diferentes federaciones sectoriales, se desarrolló el pasado 14 de abril, un acto en el que jóvenes de diferentes profesiones desfilaron en una peculiar pasarela de moda en la que exhibían sus equipos de protección individual. Por la pasarela desfilaron 12 trabajadores del sector sanitario, de limpieza, hostelería, industria, así como un bombero. Mostraron a las 200 personas congregadas frente a la Casa del Pueblo de Madrid cómo deben utilizarse sus equipos de protección individual. Según el RD 773/1997, se entiende por equipo de protección individual cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Se contó con la presencia del Secretario General de UGT-Madrid, José Ricardo Martínez y la Secretaría de Salud Laboral, Rosa María Robledano, así como el Secretario General de Demanda Joven, Álex Martín, que ha manifestado que, a pesar del desfile, “la salud y la vida no son una moda”. El RD 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, indica que el empresario debe informar a los trabajadores y trabajadoras previamente de todos los riesgos contra los que los equipos de protección individual les protegen, así como de las actividades u ocasiones en que deben utilizarse. Se deben proporcionar instrucciones por escrito, indicando la forma correcta de utilizarlos y mantenerlos. También se debe garantizar la formación y organizar sesiones de entrenamiento para la utilización de equipos de protección individual, especialmente, en aquellos casos donde se requiera la utilización simultánea de varios equipos de protección individual que por su especial complejidad así lo haga necesario. Rosa Robledano subrayó la importancia de las funciones de información y formación en materia de prevención de riesgos laborales, reclamando al mismo tiempo a la Administración una mayor sensibilidad y al empresario los recursos preventivos que establece la legislación. 25 Organizadas por la European Trade Union Institute (ETUI) Jornadas sobre Salud Laboral y Medicina del Trabajo Tuvieron lugar los pasados 21 y 22 de marzo en Lisboa con el título “Salud Laboral y función de los Médicos del Trabajo” C ON el título “Salud laboral y función de mínimo no llega a los 500 euros y afecta a la El déficit gigantesco y la caída de la in- los médicos del trabajo”, se desarrolló, a lo largo de los días 21 y 22 del pasado mes de marzo, en Lisboa unas jornadas sobre salud laboral y medicina del trabajo. Realizó el saludo de presentación en representación de los anfitriones Armando Farias, que comentó la situación internacional contra el estado social y derechos de los trabajadores. De ahí la necesidad de mantener la defensa de los derechos laborales, la seguridad y la promoción de la salud ante el ataque al estado de bienestar. 26 versión lleva a la quiebra del crecimiento y menores exportaciones conllevan más paro, 11,1% de desempleo en los jóvenes de larga duración, con el 23 % de precariedad. Son 1,5 millones de trabajadores con contratos basura, temporales, un tercio de los trabajadores activos. Esta situación afecta a los jóvenes sobre todo, incluidos los de estudios superiores, porque al no haber desarrollo no se les incorpora al trabajo, a pesar de su gran preparación. Los salarios son bajos, el salario mayoría de los trabajadores. Según señaló, en Portugal se buscan alternativas, adoptando medidas necesarias contra el paro, el bajo crecimiento, la mejora de los puestos de trabajo y más empleo, con planes de crecimiento para aliviar la situación, evitando las medidas recesivas, recortes de pensiones y del estado de bienestar. Los recortes actuales son muy significativos con desigualdades salariales y sociales. Pero la banca gana millones de euros, con primas a sus directivos y gestores mientras bajan los La Medicina del Trabajo no cuenta con medios humanos suficientes, no reconociéndose su importancia en la actividad laboral, lo que produce un vacío ante la falta de prevención en la empresa, no existiendo la debida conexión con la Sanidad Pública y generándose así servicios de prevención privados, mutuas y otros instrumentos costosos y poco acreditados. ingresos de los trabajadores, incluidos los del sector público. Un 15% menos en salario real. La Unión Europea perjudica a los países más débiles. Tenemos que trabajar para mejorar esta situación, con el esfuerzo de todos los trabajadores, con la acción sindical remontar la economía y la sociedad, y participar en las directrices de la política de la UE para mejorar la organización y las condiciones de trabajo y la promoción de la salud en el puesto de trabajo, con el cumplimiento de la legislación vigente, para optimizar los servicios de salud, abriendo todos los frentes en la defensa de la seguridad y salud de todos los trabajadores, como respuesta eficaz ante esta situación, asegurando los contratos de trabajo e impulsando la promoción de la salud. La introducción a las Jornadas corrió a cargo de Viktor Kempa, de la European Trade Union Institute, que hizo hincapié en el apoyo a la organización de los servicios de Salud Laboral en la Unión Europa, con especial prioridad a los trabajadores de la industria minera, así como facilitar el acceso a los servicios de salud, porque se incumplen las directrices sobre todo por la situación económica. Tenemos que pensar juntos, señaló, el hecho de cambiar información de directivas, y llevar la seguridad y salud en el trabajo de todos los países de la UE, con servicios de medicina del trabajo y su organización en los distintos países para mejorar los objetivos en salud y la participación de los trabajadores para que se promulgue una directiva común en todos los países de la UE. Los 60 millones de trabajadores de los 26 países de la UE reclaman trabajar en tres objetivos: 3 Estrategias de salud. 3 Promoción de la educación para la salud. 3 Protección de los trabajadores en la UE. Las actividades requeridas serían: 3 Políticas de salud y prevención. 3 Representación y participación de los trabajadores. 3 Prevención de los riesgos psico-sociales, del estrés… 3 Prevención de la patología músculoesquelética 3 Prevención de las enfermedades profesionales y relacionadas con el trabajo. 3 Potenciar el control de la inspección de trabajo. 3 Divulgar la Medicina del trabajo en los medios de comunicación, prensa, televisión, radio, etc. 3 Publicación de libros de consulta en la Unión Europea. 3 Estimular el desarrollo efectivo del REACH (riesgo químico). El método debe ser participativo para conseguir una actuación prometedora para todos, a través de reuniones regionales y una general el próximo año en Bruselas, comentando nuestros problemas y también conseguir buenas prácticas para que se cumpla la ley y asegurar a todos los trabajadores que se traduzca en mejorar las condiciones y organización del sistema laboral y de su situación real de trabajo. Giorgio Casula, de la CGTP-IN, de Portugal, inició el tema genérico de “grandes problemas en salud y seguridad en el trabajo en la agenda sindical”. Los siguientes datos marcan el orden de prioridades: 3 Hay en Portugal 250.000 accidentes de trabajo y 100 mortales al año y muchos más no declarados, sobre todo si primero ingresan en el hospital. 3 No se cumple la ley de Prevención de Riesgos Laborales 3 No hay eficiente control de la Inspección de Trabajo. 3 Faltan inspectores por el bajo presupuesto. 3 Enfermedades profesionales (EP) que no se declaran. Puede declarar el propio trabajador pero el 40 % no se confirma y quedan sin indemnizar. La vía de la enfermedad común es más rápida, a pesar de que la EP paga los medicamentos. Todos los médicos están obligados a declarar las EP. En caso negativo no se penalizan. 3 El problema de las enfermedades relacionadas con el trabajo está en las microempresas. Es necesario, pues, concienciar a la comunidad y formar a los empresarios. 3 Es clave por tanto ofertar más formación e información a la empresa para mejorar la sociedad. 3 Se precisa reforzar la intervención sindical y la participación social en la prevención de los riesgos laborales. 3 Lanzar publicaciones, usar la vía Internet y el apoyo tecnológico. 3 Estimular a igualdad de género en salud laboral y en la legislación general. 3 Reforzar la intervención política en el área de la salud incluyendo el apoyo de la UE, dar cobertura política a los sectores con mayores riesgos laborales, manipulación de productos químicos, nanotecnología… 3 Estudio de equipos de trabajo y máquinas de trabajo. Daniele di Nunzio, en representación de IRES-CGIL, de Italia, mantuvo que tienen un programa de investigación económica y social para determinar las causas de los accidentes de trabajo. La situación estructural italiana es similar a la UE en conjunto. Decrece la notificación de accidentes en general, pero la tasa en jóvenes, inmigrantes, etc. no figuran en las estadísticas, además de la caída en la actividad económica. La esconden las enfermedades profesionales, con el trabajo sumergido, las microempresas, la baja calidad de los contratos temporales, por obra, que se ceban en los jóvenes, con un 30 % de paro en los menores de 35 años. Todo se asienta en la ausencia de innovación y la baja calidad en los procesos de trabajo y así redunda en la dificultad en la negociación colectiva. El grupo de Luxemburgo estudia el sistema para que afloren las enfermedades profesionales, buscando la participación de los servicios médicos. Un nuevo decreto de 2008, trata de mejorar esta situación en la participación de nuestro sindicato. Los fac(Continúa en la página siguiente) 27 (Viene de la página anterior) tores de riesgo prioritarios en evitar son los psicosociales, el amianto, la intensificación y organización del trabajo y mejorar los métodos y procedimientos de trabajo. En cuanto a la participación sindical, se determina el número de delegados de prevención en los sectores productivos de acuerdo con el número de trabajadores y los factores de riesgo de la empresa. La nueva campaña cuenta con una financiación de 14 millones de euros. El desinterés de los empresarios mantiene un dialogo peripatético sobre los procesos laborales. Pretendemos, dijo, crear un polo de salud y seguridad, obviando la burocracia para aumentar la eficacia real en el puesto de trabajo, que se cumplan las normas, hay un 12 % de trabajadores sin contrato y que afloren las enfermedades profesionales, involucrando a todos los agentes en la salud laboral. Mención especial merecen los riesgos psicosociales, para que sea una oportunidad real de proteger a todos los trabajadores, evaluando el nivel de estrés en cada puesto de trabajo, con métodos que objetiven las manifestaciones del trabajador. Finalmente tenemos que estudiar propuestas para identificar y reconocer las enfermedades relacionadas con el trabajo y la participación de los trabajadores en la prevención de los riesgos laborales. Pedro José Linares Rodríguez, de CCOO, inició su intervención recordando las movilizaciones de liberación de los países árabes, a pesar de no conocer todavía el final del proceso. Concretó, asimismo, 28 el mayor interés en la realidad socioeconómica de nuestro país, las políticas de ajuste que sufrimos, la presión sobre la deuda de los países, todo se resume en el olvido de la salud laboral, añadida al paro del 20%, la temporalidad de los empleos y la resultante de la oferta de trabajo sin cualificación, y por consiguiente con caída del bienestar social. El nuevo modelo de salud laboral de la Estrategia Española, como sistema de prevención a través de los Servicios de Prevención propios o ajenos, vincula a las partes, hasta el 2012, favoreciendo la mayor calidad de los Servicios de Prevención citados, con mayor cultura preventiva, estimulando los servicios propios, para llegar a cubrir además a las microempresas, siempre con peores prestaciones y que dependen de los Servicios de Prevención ajenos. Hay que simplificar la burocracia, con sistemas de calidad, con la nueva Prevención-10, en la microempresa, buscando un marco jurídico mas seguro para todos los agentes. Se debe simplificar el procedimiento de acreditación con homogeneidad entre las comunidades autónomas por parte de las autoridades de la Seguridad Social y las sanitarias, con procedimiento de revocación con seguridad jurídica, mejorando el sistema de información, registros, datos, memorias de ejercicio anual centralizadas, siempre para favorecer la mayor calidad en los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, con más vigilancia colectiva, con conocimiento de los medios humanos y materiales y equipos para ejercer la función con garantía. La actividad sanitaria está en preparación por intervenir varios ministerios, pero entrará en vigor próximamente. Consideraciones finales: 3 Evitar el cumplimiento formal, se precisa mas calidad y efectividad. 3 Más calidad en los Servicios de Prevención Propios. 3 Escaso ratio de Vigilancia de la Salud. 3 Agilización de los tiempos de las sentencias. 3 Considerar la baja notificación de enfermedades profesionales y su derivación a la Seguridad Social, así la empresa evita un coste legal y económico. Emilio González, técnico de la Secretaría de Salud Laboral de UGT, precisó que el problema nuclear de la situación actual es conseguir en la salud laboral una prevención real, sumando la parte correspondiente en esta función protectora de la Medicina del Trabajo. El objetivo urgente es reducir la siniestralidad, cuestión en la que se viene insistiendo desde tiempos pasados, desde las primeras resoluciones de los Congresos, incluyendo el capitulo de la enfermedad profesional y las enfermedades relacionadas con el trabajo, en general. Como dice Marisa Rufino, Secretaria Confederal de Salud Laboral, somos el país más sano de la UE (por la subdeclaración de enfermedades profesionales) y el más torpe por el alto número de accidentes del trabajo. La realidad española es semejante a la del conjunto de la UE, como mantiene Virtor Kempa, del Instituto Europeo Sindical (ETUI); la Medicina del trabajo está enferma, de riesgo moderado a grave y posiblemente inminente. No cuenta con medios humanos suficientes, no se reconoce su importancia en la actividad laboral, los médicos jóvenes no escogen esta especialidad y no están motivados por el mundo del trabajo por seguir políticas nacionales y empresariales que no estimulan ni se integran en el tejido productivo. Así se produce el vacío de la falta de prevención en la empresa, sin conexión con la Sanidad Pública, y se generan Servicios de Prevención privados, Mutuas Según expresó el ponente Emilio González, técnico de la Secretaría de Salud Laboral de UGT, la medicina de trabajo está enferma. No cuenta con medios humanos suficientes, no se reconoce su importancia en la actividad laboral y los médicos jóvenes no están motivados por el mundo del trabajo. etcétera. Con el resultado nefasto que la Seguridad Social tiene que responsabilizarse de la asistencia de la patología relacionada con el trabajo. La prevención es pues muy precaria, conviviendo con privatización progresiva del sistema público y con la no integración de los servicios de salud en lo público, y por el contrario se acentúan los sistemas y métodos de privatización. En esta situación la primera causa de IT (Incapacidad Temporal), son los trastornos músculo-esqueléticos (TME), seguidos por la patología psico-social, ambas enfermedades profesionales, que se pueden y deben prevenir, y que aunque no contamos con suficientes estudios epidemiológicos, es seguro que están aumentado el coste laboral. Además se silencian otras patologías como el cáncer profesional, las provocadas por el amianto, etc. El guión sería la aplicación real de la Estrategia Española en el seno de las empresas, al tejido productivo de las microempresas, que nos consta que por carecer de representación sindical no cuentan con autentica acción preventiva, incumpliéndo- se el objetivo 3, sobre todo con grandes dificultades en pequeñas empresas con menos de 6-9 trabajadores, resultado también del ataque globalizado a los sindicatos, quieren hacerlos desaparecer, ejemplo la Comunidad de Madrid, donde por decreto cae la acción sindical, con el consiguiente coste social y menor protección de la salud laboral y lejos de condiciones socio-económicas dignas. Jerónimo Maqueda Blasco, del Instituto Salud Carlos III, describió los diferentes sistemas y por tanto la necesidad de coordinación de las directrices de la UE, Sistema Nacional de Salud, comunidades autónomas, ID+i, para mejorar realmente las condiciones de trabajo en el tejido productivo, con negociación colectiva, mutuas auditadas por la Seguridad Social, para vencer las dificultades de conseguir una autentica prevención, para neutralizar la precariedad y nuevas condiciones sociales. El 73% de las empresas carecen de Servicios de Prevención propio, controlan las mutuas. Se acentúa la falta de control de calidad, de promoción de la salud y de sentido de la equidad. La Medicina del Trabajo debe cambiar a otro modelo epidemiológico de la enfermedad profesional, insertar la gestión de la prevención en la empresa y conseguir el rediseño y readaptación del puesto de trabajo. Carmen Mancheño Pontenciano de CCOO, comentó el marco legal y la situación real de la Medicina del Trabajo en España. Manuel Fernández-Braso Fernández, de UGT, insistió en los determinantes sociales de la salud y su impacto de la Vigilancia de la Salud. Grupos de trabajo. El resumen de las conclusiones de los grupos de trabajo fue que es necesaria la promulgación de una directiva de la UE que unifique criterios sobre la Medicina del Trabajo. Así mismo, incluir en el contenido de esta directiva (no sólo recomendación), objetivos, nueva reglamentación, conseguir la auténtica independencia de los profesionales y participación de los trabajadores en la gestión de los Servicios de Prevención. Enfoque multidisciplinar de los Servicios y conexión con los Servicios de Salud. El sistema de acreditación de los Servicios de Prevención puede seguir el modelo español. Los sindicatos de la UE (ETUIETUC) deben presionar hasta conseguir se promulgue la directiva y seguir el camino de la cooperación entre todos los países y actores de la UE. 29 JORNADA TÉCNICA “Reflexiones sobre los cambios en la normativa de prevención de riesgos laborales y sus previsibles consecuencias” Raúl Riesco Roche, director general de Trabajo y moderador de la primera mesa redonda de la jornada técnica que con el título “Reflexiones sobre los cambios en la normativa de prevención de riesgos laborales y sus previsibles consecuencias” se desarrolló el pasado 17 de marzo, realizó una breve presentación de dicha jornada técnica, en la que hizo hincapié M ESA REDONDA: “Principales cam- bios en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales y consecuencias previsibles”. Modera: Raúl Riesco Roche, director general de Trabajo. Intervino Rafael García Matos, subdirector general de Ordenación Normativa de la Dirección General de Trabajo, que aludió a que desde el año 1997 en el que se aprobó el Reglamento de Servicios de Prevención hasta el año 2007, la Prevención de Riesgos Laborales ha seguido una dinámica no del todo deseable, ya que las empresas no se vieron capacitadas para asumir las labores de Organización Preventiva. Surge una gran afluencia de Reglamentos Normativos en materia de Prevención de Riesgos Laborales y se intenta en algunas ocasiones transferir esta modalidad de Organización Preventiva. Los Servicios de Prevención Ajenos (en adelante S.P.A.), se impusieron de forma masiva en los mercados y las empresas consideraron que cumplían con el deber de prevención mediante la simple contratación de un S.P.A., que en muchas ocasiones no resultaba eficiente. Tras observar esta situación se realiza una transformación en la normativa, un do30 en la gran mejora que en los últimos años se ha producido en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Igualmente remarcó la importancia de un documento compartido por el Gobierno, las Comunidades Autónomas y por las Organizaciones Empresariales y Sindicatos para lograr un mayor éxito y valor de la estrategia. cumento elaborado en conjunto y con gran consenso por Gobierno, Comunidades Autónomas y Organizaciones Patronales y Sindicatos, en el que se concluyó que la actuación de los S.P.A. debía mejorar en cuanto a su calidad y eficacia. Las medidas que con este cambio normativo se toman son las siguientes: 3 Detallar qué necesidades tiene un S.P.A. y qué actuaciones deben llevar a cabo. El S.P.A. debe ser complementario a la empresa, pero nunca sustituir la responsabilidad que tiene la empresa de asegurar la seguridad y salud de los trabajadores. Todas las especialidades o disciplinas que el S.P.A. no asuma deben ser asumidas por la empresa, para cubrir en todo momento los derechos de los trabajadores. También deben establecerse unos ratios mínimos de medios humanos y materiales. 3 Aumentar la actuación de las autoridades laborales. 3 Establecer los registros autonómicos conectados a una base de datos común. Se llega a la conclusión de que aunque los S.P.A. se han profesionalizado mucho por el aumento de los medios de los que disponen y esto repercuta en la mejora de las condiciones de los trabajadores, las empresas aún deben mejorar en gran medida y asumir la prevención como una responsabilidad propia para que los Servicios de Prevención sean efectivos. Fernando Carreras Vaquer, subdirector general de Sanidad Ambiental y Salud Laboral de la Dirección General de Salud Pública, mantuvo que estamos el momento de desarrollar un cambio normativo de carácter legislativo que hasta ahora no había podido abordarse. En el RD 337/10, se encomienda al Ministerio de Sanidad y de Igualdad y al Ministerio de Trabajo e Inmigración la elaboración de una normativa en la que se establezcan los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria en los Servicios de Prevención. Se está realizando un proyecto de Real Decreto cuyo objetivo final es el de mejorar la calidad de la actividad sanitaria y Servicios de Prevención, asegurando unos requisitos mínimos que se deben de cumplir. Otro objetivo principal es el de hacer una homogenización del servicio y las prestaciones de vigilancia de la salud de los trabajadores en todo el territorio nacional. Es destacable la buena colaboración que han mantenido todos los agentes colaboradores en la elaboración de la normativa, entre los que han participado el Ministerio de Política Social e Igualdad y el Ministerio de Trabajo e Inmigración. El proyecto de Real Decreto contempla las siguientes cuestiones: 3 La integración de la autoridad sanitaria en el procedimiento de utilización de los Servicios de Prevención. 3 Cuáles son aquellas actividades que deben desarrollarse. 3 En el ámbito de la Seguridad Social se incluye un aspecto específico de comunicación de las enfermedades calificables como profesionales a los distintos componentes de las Comunidades Autónomas. El Proyecto de Real Decreto define la Unidad Sanitaria Básica como la formada por un Especialista en Medicina del Trabajo o un Diplomado en Enfermería de Empresa. Aunque no se tienen datos obtenidos de estudios formales acerca de si hay suficientes Médicos del Trabajo para atender a la demanda que se genere con esta norma, tenemos información sobre el número de médicos que han estudiado esta especialidad, lo que nos permite concluir que, en principio hay un número de médicos con la especialización suficientes como para cubrir los ratios establecidos por la normativa. Hemos tenido en cuenta que hay un alto grado de variabilidad en la distribución de especialistas por Comunidad Autónoma, por lo que se establece en la norma que aquellas Comunidades Autónomas que no alcancen los ratios podrán establecer criterios de adaptación. En lo referente a los recursos materiales, se establecen las condiciones mínimas referidas a los locales y al equipamiento, que deben ser adecuados a las funciones que realizarán y cumplir con las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Es destacable la inclusión de la Agencia de Protección de Datos, para proteger aquellos datos de carácter personal. Cuando este Real Decreto se aplique habrá un cambio muy significativo en cuanto a la intervención de los aspectos sanitarios en los Servicios de Prevención, y será un progreso en materia de seguridad para empresarios y trabajadores. Adrián González Martín, subdirector general de Prevención de Riesgos Laborales y Política de Igualdad de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguri(Continúa en la página siguiente) 31 (Viene de la página anterior) dad Social, se remitió a que son muchas las personas que se preocupan por la Prevención de Riesgos Laborales y no se puede permitir que la crisis que en la actualidad vivimos sirva como excusa para que empresas y Administraciones Públicas dejen de prestarle atención. En el año 2003 se produce una de las más importantes reformas de la Ley de Ordenación para subsanar el hecho de que las empresas tuvieran una falta considerable de integración de la Prevención de Riesgos Laborales. El objetivo de la reforma es mucho más amplio de lo que se considera habitualmente, y persigue lo siguiente: 3 Potenciar la integración de la prevención (hay alguna modificación en la Ley Omnibus). 3 Delimitar muy bien el campo de actuación y quién puede prestar apoyo a las empresas (S.P.A. que cumpla con todas las garantías legales), ya que en los últimos tiempos se ha observado la actuación de otro tipo de entidades que desarrollaban las mismas actividades y no cumplían con todos los requisitos legales. 3 Incrementar los derechos de participación de los trabajadores en la empresa. Dos aspectos muy importantes que merecen ser mencionados de esta reforma son: 3 La mejora de los S.P.A.. 3 Lograr un mejor cumplimiento de la normativa en la pequeña y mediana empresa, ya que se ha comprobado que la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales estaba elaborada para las grandes empresas y tenía muy difícil aplicación en la pequeña y mediana empresa. Con esta reforma se corrige ligeramente este detalle y se decide que aquellas empresas que tengan un número de hasta cincuenta trabajadores podrán contar con una documentación simplificada. Fernando Fernández Perdido, subdirector general de Seguimiento Presupuestario de la Seguridad Social, de la Dirección General de Ordenación de 32 la Seguridad Social, señaló que la Seguridad Social tiene mucho que ver con la Prevención de Riesgos Laborales, ya que tiene interés por el aspecto social y humano de la siniestralidad laboral, y de ahí también las actividades de prevención que vienen realizando las mutuas de accidentes de trabajo. La actividad preventiva de la Seguridad Social está recogida en una Orden de Noviembre de 2006, en la que se establecen las actividades preventivas a desarrollar por las mutuas y las encomiendas que puede hacer la Seguridad Social al INSHT, entre otras. Esta Orden va dictando de manera anual una resolución por parte del Secretario de Estado en el que se recogen las actividades a desarrollar cada año. La novedad más reciente en materia de Prevención relacionada con la Seguridad Social, es la modificación del Artículo 32 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la del Decreto Bonus, por el que las mutuas no podrán hacer actividades preventivas, pero sí participar con su patrimonio histórico en determinadas Sociedades Mercantiles. El Decreto Bonus surge por primera vez este año para dar financiación a empresas son bajo índice de siniestralidad laboral y que además, cumplan con unos determinados requisitos. MESA REDONDA: “Instrumentos para facilitar la aplicación de la normativa”. Modera Concepción Pascual Lizana, directora del INSHT. José Luis Castellá López, director de Departamento de Normas y Asistencia Técnica del INSHT, se refirió a que los instrumentos que el INSHT pone en manos de todos para facilitar la aplicación de la Normativa son una serie de Guías Técnicas y la introducción de los cambios normativos en la web. Las Guías Técnicas del INSHT son diecisiete publicaciones, de las cuales ocho están en revisión y una en elaboración. Respecto a la introducción de los cambios normativos en la web, la normativa actual es amplia, numerosa y diversificada, además de tener un origen diverso ( laboral, sanitario…). El cambio en la web normativa del INSHT es muy simple, y se busca haciendo tres clics en el ratón del ordenador se pueda identificar y acceder a cualquier norma o entorno normativo (NTP O Guías Técnicas), desde un entorno seguro en lo referente a la veracidad de los datos. El objetivo y el método del cambio normativo en la web ha sido el siguiente: se ha clasificado toda la información de la Normativa teniendo en cuenta el sector de la actividad, locales e instalaciones de trabajo, protección, productos químicos empleados, agentes ambientales, tipos particulares de colectivos de trabajadores o riesgos específicos. Esta herramienta web es de gran utilidad y de muy fácil manejo y ofrece mucha tranquilidad porque ante cualquier duda uno sabe donde puede acudir. Miriam Corrales Arias, coordinadora de Normas y Asistencia Técnica del INSHT, nos habla sobre la “Herramienta INSHT para la identificación y acceso inmediato a la normativa aplicable”. De esta herramienta son destacables tres aspectos: 3 Motivos por el cual se ha elaborado. 3 Finalidad de la misma. 3 Funcionamiento del contenido de esta herramienta (en el que se centra). Para saber cómo funciona esta herramienta, lo primero que se ha de hacer es conocer el lugar en el que se encuentra dicha herramienta. Se encuentra en la sección de normativa de la página web, en el recuadro “textos legales”, que se clasifica en: 3 Normativa Nacional. 3 Normativa Europea. 3 Normas OIT. Dichos textos legales pueden ser consultados cronológicamente y de manera temática sólo la normativa europea y nacional. Las ventajas que se logran al buscar la normativa a través de la clasificación temática son: 3 Identificación y acceso inmediato a la Normativa aplicable y documentación e información adicional. 3 Obtención de la información con rapidez y concreción. Julián Martín Alcántara, director general de Seguridad y Salud Laboral de la Junta de Castilla la Mancha, expuso que hay que aplicar el nuevo escenario normativo al que se tienen que adaptar los S.P.A. los Servicios de Prevención Propios y los Servicios de Prevención Mancomunados. Hace mucho hincapié en que las Comunidades Autónomas son las primeras interesadas en que la aplicación normativa se lleve a cabo de manera homogeneizada en todas las Comunidades Autónomas. La justificación de la reforma está dentro del objetivo dos de la propia Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo. Obedece también a alguna adaptación de la Ley Omnibus. El grueso de la reforma va dirigido al RD 39/97. La nueva normativa es necesaria y consecuente, y debe ser lo más homogénea posible en todo el territorio del Estado. Mª del Mar Alarcón Castellanos, ge- rente del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid, indicó que son las Comunidades Autónomas las que tienen competencia en la ejecución de la Normativa y por tanto son las propias Comunidades Autónomas las que tienen la obligación de sacar a la luz los problemas de interpretación y aplicación de las normas en algunos casos. La elaboración de un nuevo borrador de la normativa supone que ahora no existen diferencias de fondo significativas entre la opinión de la mayoría de Comunidades Autónomas. La aportación de las Comunidades Autónomas no se ha basado únicamente en el asesoramiento de Estado de la Competencia Legislativa, sino que también lo está haciendo una vez se aprobaron las modificaciones normativas. Sería muy conveniente que se produjera una normalización de criterios a la hora de establecer un marco jurídico más estable y seguro, para que se apliquen las mismas exigencias legales en todo el marco nacional. No podemos exigir ni que el S.P.A. disponga de instalaciones y medios instrumentales en todas las Comunidades Autónomas incluidas en el ámbito territorial donde se ha acreditado, ni que dispongan de los medios humanos más allá de los que resulten de la aplicación de los ratios. MESA REDONDA: Balance de situación. ¿Qué ha mejorado y qué conviene mejorar? Demetrio Vicente Mosquete, director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se limitó a presentar la mesa redonda y a los ponentes, sin más dilación cedió la palabra al siguiente ponente, que fue Pilar Iglesias Valcarce, representante de CEOE, quien apuntó que en el marco de la estrategia española en prevención de riesgos laborales se había tomado la decisión de tomar medidas basadas en modificaciones normativas que pusieran remedio a los problemas diagnosticados en la implementación empresarial de dicha prevención de riesgos laborales. Añadió en su introducción que se parte de una situación alentadora, con reducción de la siniestralidad en todos los sectores, incluso en aquellos que más afecta la crisis. A (Continúa en la página siguiente) 33 (Viene de la página anterior) la reforma normativa se llegó en un contexto de dialogo entre administración, organismos empresariales y sindicatos. La reforma pretende dos objetivos claros: 1. Mejorar el cumplimiento normativo por parte de las empresas (sobre todo enfocado en las PYMES). Para ello se propone una normativa simplificada, aplicando la que ya existe y es necesaria. Facilitar el cumplimiento especialmente a las empresas de menos de 50 trabajadores. Dar seguridad jurídica a las empresas. Para conseguir este objetivo se pretende elaborar por parte del INSHT una guía técnica que facilite la aplicación de la prevención por las empresas. 2. Mejorar la calidad en la gestión de la prevención. Se ha empezado a prestar atención en este sentido a los Servicios de Prevención Ajenos y se quiere extender dicha calidad a todo el tejido empresarial. La ponente apuntó brevemente algunas de sus preocupaciones. La primera que no se sigan los mismos criterios de exigencia en todo el territorio nacional. La segunda que se de un trato desigual a los diferentes sectores económicos por parte del intervencionismo de la administración. Por otra parte, la representante del CEOE cree que el presupuesto para el bonus que se concede a las empresas eficientes en materia preventiva es insuficiente. No considera lógicos los criterios y requisitos necesarios para su obtención. José Ignacio Torres Marco, asesor jurídico del Gabinete Socio-Laboral de CEPYME, concretó que nos encontramos ante una oportunidad de mejora. Es imposible mejorar los resultados en materia preventiva sino se trabaja en concienciar a los empresarios de la necesidad y las ventajas de la prevención. El exceso de normativa es un obstáculo para el empresario. Hay que utilizar todos los medios de difusión a nuestro alcance para difundir las ideas. Es imprescindible hacer partícipes a las empresas de las decisiones de mejora tomadas en relación a la prevención de riesgos en sus correspondientes sectores. Sería conveniente crear referencias que motivaran a los empresarios en la implantación de la prevención, por ejemplos con la organización de nuevos premios en esta ma34 María del Mar Alarcón, gerente de Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, indicó que son las Comunidades Autónomas las que tienen competencia en la ejecución de la normativa de prevención de riesgos laborales, y por tanto, las que tienen la obligación de aplicar las normas. teria. Necesario completar la visión global de la prevención poniendo de manifiesto las consecuencias de la no prevención. Según el ponente no se puede imponer la calidad vía normativa. Emilio González, coordinador de seguridad laboral de UGT. El ponente dejó claro que por parte de las organizaciones empresariales se pretendió desarrollar una norma que no se olvidara de nadie. Así hizo alusión a la preocupación que también afecta a los trabajadores/as de los servicios de prevención tan comentados en esta jornada. Un objetivo claro en la negociación era el de mantener todos los puestos de trabajo de los organismos afectados por la nueva normativa. Las organizaciones sindicales consiguieron que se negociara las condiciones referidas a los servicios de prevención propios y mancomunados, y no sólo sobre los servicios de prevención ajeno. En referencia a los servicios de prevención ajenos el ponente hizo referencia a que en su constitución no todos partían del mismo punto, algunos surgieron de las mutuas y otros se constituyeron directamente como empresas privadas. En la realidad la seguridad y salud del trabajador se ve influenciada por el tamaño de la empresa, la decisión del empresario por un tipo y otro de gestión, la mayor o menor integración de los servicios de prevención y otros factores, todo ello en su conjunto genera desigualdades que suponen una lacra contra la que se pretende luchar. Se pretende que la acreditación de los servicios de prevención sea justa y en igualdad de condiciones para todos. Las autoridades sanitarias y laborales deben luchar para que todos los servicios de prevención tengan las mismas capacidades y virtudes para mejora la prevención de riesgos laborales en las empresas. Se pretendió y se consiguió en la negociación que los servicios de prevención ajenos ofrezcan las cuatro disciplinas en las que dividimos la prevención, seguridad, higiene, ergonomía y medicina del trabajo. La medicina del trabajo es una especialidad necesaria para realizar además estudios epidemiológicos. Pedro José Linares Rodríguez, secretario confederal de salud laboral de CCOO, dejó claro que no se ha producido un debate en profundidad a la hora de realizar las últimas modificaciones normativas. Nadie está de acuerdo con el BONUS que premia a las empresas, aunque por distintos motivos. No se creó un verdadero diálogo en la negociación de las competencias de las mutuas, muchas de las modificaciones legales fueron impuestas por el gobierno. No comparte que las mutuas sean gestoras de servicios que no le corresponden. Se ha desnaturalizado la función social de las mutuas. Existe una mínima declaración de enfermedades profesionales, el excedente de las mutuas debería repercutir en los daños donde no se dio cobertura. En el debate de las mutuas no debería ser la voz de la Seguridad Social la única a tener en cuenta. En cuanto a la calidad de los servicios de prevención se intentaba mejorar la prestación al trabajador en el seno de la empresa, pero nos movemos más en burocracia que en verdadera implantación. Se pretende una simplificación normativa y una verdadera unificación en la acreditación. El marco normativo va dirigido sobre todo a las actuaciones sanitarias y no la salud laboral. Según el ponente hay que mejorar en: Un sistema más efectivo de prevención de ries- gos laborales, democratizar las relaciones laborales en la empresa (codecisión en la elección del sistema de gestión), una declaración real de las enfermedades profesionales y un verdadero reconocimiento de éstas y promover líneas de trabajo de futuro. Clausuró la jornada María Luz Rodríguez Fernández, secretaria de Estado de Empleo, quien recordó que hace cuarenta años la Ordenanza inició la función del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo (INSHT). Llevamos 16 años de Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) que inicio el nuevo modelo de prevención, el nuevo sector de actividad, sector muy importante que va creciendo en calidad. Con las trasferencias a las CCAA, todas se sumaron a la lucha contra la siniestralidad. Se completo la legislación con la normativa de la eurozona, muy profusa y compleja, pero a su vez estimuló el sistema normativo estatal. La Estrategia, hasta 2012, indica un modelo productivo que no conlleva el precio de la siniestralidad, que se puede y se debe prevenir. Prevenir los accidentes es responsabilidad de todo, y avanzaremos en la protección si sumamos esfuerzos. La caída de las tasas de siniestros, en parte, no solo se debe al descenso de la actividad laboral, es sobre todo fruto del esfuerzo de todos, de la sociedad en su conjunto. A pesar de ello, no estamos contentos. Con solo un accidente hay motivo para seguir peleando contra los AT y las EP. Aspirar al índice cero de siniestralidad, en la actividad laboral no es un precio a pagar, aunque sea una aspiración utópica. Tenemos 734 razones para seguir actuando contra los siniestros. El Plan Nacional de Formación de Riesgos Laborales está casi ultimado, será una garantía para la cultura de la prevención, hasta conseguir que todo el sistema educativo se impregne de Seguridad. En Castilla La Mancha es una asignatura. Para la micro-empresa tenemos Prevencion10.es porque debemos insistir en este eslabón más débil, están menos organizados que las grandes empresas en prevención de los riesgos. La prolongación de la edad de jubilación nos obliga a actuar sobre la vida activa en personas de más edad, en su trabajo y en su salud. Y como lo más importante es actuar sobre un nuevo modelo productivo y económico, modelo de seguridad y salud en el trabajo, como señas clave de identidad, con el derecho a la vida y a la integridad. En resumen un modo más productivo y competitivo, un modelo de trabajo de calidad. 35 SEMINARIO EN ROMA Una Comisión en el Senado italiano investiga las muertes en el trabajo L OS pasados días 1 y 2 de marzo tuvo lugar en Roma un seminario que tenía por título “Salud y seguridad en el lugar de trabajo: crisis y reestructuraciones”, organizado por Sindnova (Istituto per lo studio dell’innovazione, delle trasformazioni produttive e del lavoro), en el que participó la secretaria de Salud Laboral de UGT-Madrid, Rosa Robledano. En el desarrollo de los trabajos participaron diferentes personas que representaban a los organismos siguientes: Comisión Europea, Agencia Europea de Seguridad y Salud en el trabajo de Bilbao, así como en representación de Bélgica, Italia, Turquía y España, tanto de sindicatos como de empresarios y también algunos representantes políticos. Tras las diferentes ponencias, y haciendo un breve resumen de las mismas, podemos decir que no sólo en nuestro país son los inmigrantes uno de los colectivos que sufren gran número de los accidentes laborales registrados, así como que la externalización de las empresas es una de las causas de los accidentes laborales ocurridos, ya que al reducir las medidas de seguridad por reducir costes supone un deterioro del mercado de trabajo, haciendo la vigilancia casi siempre cuando ya ha ocurrido el accidente y no para prevenirlo. Las PYMES son también las más castigadas con la siniestralidad, aunque se está mejorando la comunicación con los nuevos modelos de organización y las nuevas tecnologías. El representante de la Comisión Europea, 36 Fernando Vásquez, comentó que en esta situación de crisis el cierre de la empresa debe ser lo último y se debería recapacitar a los trabajadores para otro tipo de empleo. También manifestó que se pretende contar con los agentes sociales para presentar una directiva y que a petición de la CES se empezará alrededor de mayo. En Italia, según la intervención del senador Paolo Nerozzi, existe una Comisión de investigación en el Senado por las muertes en el trabajo que tiene poderes judiciales. Esta Comisión no sólo recoge el trabajo hecho sino las recomendaciones y los consejos recibidos al respecto. Manifestó que había habido un aumento de enfermedades profesionales y de accidentes mortales, también que hay un número elevado de siniestros laborales en el sector de la construcción y en el sector agrícola. EXPLOTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Del mismo modo quedó claro que se está produciendo una reducción de recursos humanos y como consecuencia una explotación de los trabajadores, y que la subcontratación supone que los trabajadores no reciben la suficiente formación, que no suelen tener representación sindical, incluso que son trabajadores que no entienden el idioma, con lo que dificulta el entendimiento de órdenes y condiciones laborales. Para finalizar comentó que están ampliando las intervenciones en los casos vinculados al amianto, incorporan- La externalización de la producción, la subcontratación, la disminución de recursos humanos, la cada vez más acentuada ausencia de prevención de accidentes y consecuente pérdida de vidas en el puesto de trabajo, junto a la elevada precariedad laboral y el progresivo aumento de las enfermedades profesionales son aspectos comunes expuestos por el conjunto de los participantes en este seminario. do una indemnización económica para los familiares que sufren cáncer. Por parte de Michele Lepore, representante italiano en el Consejo de Administración de la Agencia EU-OSHA de Bilbao, manifestó que cuanto más crece la crisis más atrás queda la seguridad, que crecen las contratas y subcontratas y empeora la seguridad puesto que hacen ofertas mínimas. Crecen las empresas grandes y las medianas se hacen pequeñas. Trasladó que la mayor parte de los accidentes ocurren en empresas de menos de 10 trabajadores. Hizo mención a la conveniencia de sensibilizar del riesgo, realizando buenas prácticas para prevenir daños antes de producirse efectos negativos, siendo necesaria la colaboración a nivel europeo. Laurent Vogel, Director del Departamento salud y seguridad del ETUI (Bruselas), expresó en su intervención que las desigualdades sociales favorecen el empeoramiento de las condiciones laborales, siendo la subcontratación y la falta de coordinación de actividades factores que influyen en negativo para los resultados de la siniestralidad. Por ello serían necesarias más políticas de prevención o sociedades más igualitarias, manifestando su criterio de escaso compromiso por parte de la Comisión. Özcan Karabulut, representante turco, hizo una exposición de la situación preca- ria en la que se encuentran los trabajadores y trabajadoras de este país. Dijo que a pesar de tener 4 ó 5 reglamentos importantes no se han llevado a la práctica. Que desde 2008 hay más accidentes laborales como es el caso de los sufridos en los astilleros. Los accidentes de trabajo han ocurrido en un 57% en empresas de menos de 10 trabajadores, y son trabajadores que no han podido integrarse de nuevo en el mercado laboral. También mencionó el gran porcentaje de no sindicación incluso la falta de contrato laboral. Pretenden reducir alrededor del 20% los accidentes laborales y las Enfermedades Profesionales, pero se encuentran con una barrera en la parte empresarial que incluso es quien decide el nivel de prevención del puesto de trabajo. Javier Sánchez, en representación de ENCOUNTER, manifestó que en España hay un 60% de españoles que consideran que la crisis económica deteriora sus condiciones de trabajo en materia de seguridad y salud y un gran número de personas que creen que los problemas de salud que padezcan en un futuro pueden ser consecuencia del trabajo que realizan ahora. Reflexiona también sobre el aumento de los riesgos de trabajo, y del descenso de los accidentes como consecuencia de la menor actividad económica. Los riesgos aumentan debido entre otras cosas a la reducción en las asignaciones económicas destinadas en las empresas a la prevención así como por la reducción de efectivos en las empresas y como consecuencia las tareas son realizadas por un número inferior de trabajadores. INTERVENCIÓN DE LA REPRESENTACIÓN DE UGT-MADRID Tras esta intervención se produjo la correspondiente a la representación de UGT-Madrid que se trascribe íntegramente: “Cuando el ponente hace referencia a la preocupación de los españoles por su seguridad y salud, y que un gran número de personas creen que los problemas de salud que puedan padecer en un futuro, en cierta medida, serán consecuencia del trabajo que realizan. Como UGT nos preocupa que a la falta de medidas preventivas se une la falta de historia clínica laboral, por lo que en un futuro será difícil demostrar que las dolencias y enfermedades son consecuencia del trabajo. Creemos que es algo importante a señalar, también en relación con las enferme(Continúa en la página siguiente) 37 (Viene de la página anterior) dades profesionales, de lo que nos gustaría que comentara algo el ponente. Por otra parte, cuando hace referencia a que no se están denunciando accidentes leves, en UGT consideramos que se produce un encadenamiento de incumplimientos, es decir, partiendo de la base que observamos que hay empresas que no estudian los incidentes, como señala acertadamente el ponente, los accidentes leves no se denuncian, y sobre todo hay muchos accidentes graves que son calificados como leves, es decir hay una traslación de graves a leves, y de leves que se consideran incidentes e incidentes que no se consideran en ningún sitio. También queremos señalar que, cuando se menciona la coordinación de actividades, podemos añadir que cuando se formula denuncia por falta de coordinación, en muchas ocasiones la intervención de la Inspección no se realiza con la rapidez suficiente y las empresas y actividades que deberían coordinarse, a veces han cerrado, o cambiado la titularidad. La normativa existe, pero algo debe fallar en su implantación dado que un elevado porcentaje de accidentes laborales que se han producido en la Comunidad de Madrid, ha sido entre trabajadores subcontratados, por lo que sería necesario hacer un esfuerzo en que la coordinación sea efectiva. UGT APUNTÓ QUE LA CRISIS FAVORECE A LA SUBCONTRATACIÓN En UGT observamos cómo la situación de crisis favorece la subcontratación, propiciando la siniestralidad en microempresas y pequeñas empresas que se ven abocadas a aceptar trabajos que solo pueden desarrollar en precario, eliminando en primer lugar, la inversión en prevención de riesgos laborales. Hay que señalar también que, debido al modelo de organización territorial de España, la Estrategia a veces topa con problemas de aplicación al descender a ámbitos territoriales menores, como ocurre en la Comunidad de Madrid que es nuestro ámbito, en relación al desarrollo del Objetivo 3 de la Estrategia Española en relación a la figura del Agente Territorial. Por otra parte, es interesante el contemplar como nuevo indicador las estadísticas de riesgo. También se intervino a continuación en relación a la formación en la línea siguiente: la formación en seguridad y salud es siempre un factor relevante como se ha señalado. Para UGT en tiempos de crisis 38 cobra mayor importancia. El incremento de la temporalidad de la contratación conlleva un menor compromiso del empresario con el trabajador y del trabajador con su empresa lo que redunda en detrimento de la imprescindible formación como factor de prevención de riesgos. Es fundamental que la situación de crisis económica traiga consigo una reducción del esfuerzo en formación para la prevención de riesgos laborales. Marianne de Troyer, representante de Bélgica, expresó en su ponencia en Bélgica tras el cierre de las minas y con el apoyo de la gran sindicación que había lucharon por la indemnización y por la reconversión. Desde que en 1977 las Organizaciones Sindicales ocuparan el Ministerio de Trabajo para que se ocupara de los trabajadores despedidos se está trabajando en colaboración permanente para crear un mecanismo de acompañamiento que proporcione ayuda psicológica, social, formación, etc. También los delegados sindicales decidieron encargarse de la salud viendo que la mayor parte tenía problemas músculo-esqueléticos. El representante de la CISL, Giani Alioti, como último interviniente sobre las diferentes situaciones nacionales, manifestó que aunque en Italia ha crecido la intolerancia a los accidentes laborales no se corresponde de la misma manera con las enfermedades profesionales. También coincide en que la reducción de accidentes tiene relación con la reducción de la actividad. La mayoría de las enfermedades profesionales corresponde a lesiones músculo esqueléticas y los accidentes mortales ocurren en empresas siderometalúrgicas o astilleros. Dice que en su experiencia es importante la participación de los trabajadores para diagnosticar los riesgos, y pone de ejemplo empresas como Grupo Fiat, Lucchini Sidermeccanica, Alenia Aeronáutica, etc. Por parte de los representantes empresariales hay alguna intervención sobre el hecho de que no comparten lo manifestado previamente, y en concreto Tommaso Campanile, representante de CNA de Roma, hace mención a que han tenido que cerrar 15.000 empresas en dos años. Los representantes de PYME en España, Leo Gómez y Jana Callis, hacen mención al alto porcentaje de paro juvenil y que los principales problemas de salud son el estrés laboral y los dolores como, por ejemplo, el de espalda. La representante del Ministerio de Trabajo turco reconoce el gran problema que tienen para diagnosticar las Enfermedades Profesionales. Y valora que el 84 % de los trabajadores están en PYMES y que el 80% de los accidentes ocurren en las PYMES., habiendo una escasa cultura de prevención entre empresarios y trabajadores. Se encuentran en esta situación de problemas socioeconómicos con mucha economía sumergida por lo que todos los trabajadores no están cubiertos. Y como resumen de todas las ponencias podemos decir que se concluye valorando la importancia de los sindicatos para la reducción del riesgo, que el desempleo tiene un efecto nefasto ante el miedo a perder el puesto de trabajo, los problemas de intervención de los sindicatos para actuar en las empresas, la debilidad que supone la subcontratación y, sobre todo, la importancia de la negociación colectiva. De la misma manera, y recogiendo lo propuesto por Fabio Strambi como representante de la Inspección de Trabajo italiana, es importantísimo relacionar las funciones y las sustancias utilizadas en los puestos de trabajo para vincularlo con la salud, como son los casos de mesotelioma, problemas con asbestos, etc., sendo crucial la investigación de estos puestos por parte de la Inspección de Trabajo. Jornada técnica en el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo Prevención de los trastornos músculo-esqueléticos (TME) El pasado 24 de febrero se celebró una jornada técnica en el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) con el título de “Los trastornos músculo-esqueléticos (TME): estrategias para una prevención eficaz”. Inauguró dicha jornada la directora del INSHT, Concepción Pascual, indicando que se pretendía que la misma fuese multidisciplinar, S E ha presentado igualmente en el Congreso de Diputados una proposición no de Ley el pasado mes de enero en la que se insta a las Administraciones a apoyar programas de prevención para controlar los sobreesfuerzos. La organización del trabajo es la mejor herramienta de prevención, con la participación de los agentes sociales, hasta llegar a reducir el número de accidentes del trabajo. La primera mesa se tituló “Situación actual de los TME: haciendo visible lo invisible”. Fue moderada por María Teresa Quílez, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, quien comentó el esfuerzo del INSH para detectar la enfermedad profesional (EP). La Mutua debe declarar a la Seguridad Social el informe que haya realizado denegando la contingencia de la enfermedad en cuestión. Este informe se revisa y se confirma o no dentro de la Seguridad Social, por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), que siempre tiene la ultima palabra. Por otra parte anunció que existe, informando de herramientas y soluciones para la prevención de esta patología por sobreesfuerzos, que se mantiene constante desde hace 15 años, porque no se avanza en su protección a pesar de la difusión de los métodos ergonómicos, que no han conseguido reducir ni la gravedad ni el número de afectados de estas patologías. además, un sistema de comunicación de Patologías no Traumáticas causadas por el trabajo A.T. (Accidentes del Trabajo), PANOTRATSS, para la notificación de las enfermedades relacionadas con el trabajo y que no están comprendidas en el listado oficial o aprobado. El ámbito de PANOTRATSS corresponde a personas con autorización de acceso y con competencias en la gestión y/o control de las patologías no traumáticas causadas por el trabajo, Art. 115 de la Ley General de la Seguridad Social. Este sistema de notificación completa el de la enfermedad profesional (EP), CEPROSS, para el registro vía informática. La primera ponente fue Marta Zimmermann, del Departamento de Investigación e Información (INHST), sobre “La siniestralidad por sobreesfuerzos: caracterización de una realidad “endémica”. La ponente comentó los resultados de las estadísticas de accidentes del trabajo (AT) por sobreesfuerzos. Señaló que comprende la opinión de los trabajadores, su percepción de la enfermedad y donde y como sienten las molestias que les afectan. La prevalencia de esta patología alcanza al 70% de los trabajadores, afectándolos a todos por igual. La relación con sexo, edad, etc. no tiene mayor relevancia. Los sectores más destacados son el agrario y la construcción. La l (Continúa en la página siguiente) 39 (Viene de la página anterior) calización más frecuente es la cervical y dorsal, seguida de las lumbalgias. Las causas más frecuentes son la carga física y la mental. El riesgo psicosocial se aprecia en el sector servicios e industrial. En la estadística oficial por sobreesfuerzos, se aprecia un cuadro creciente, llegando a ser en el 2009, hasta el 40% de los accidentes de trabajo detectados, a pesar de que decrece el número total. Pero a pesar de este receso de AT, los provocados por sobreesfuerzos no han disminuido, sus cifras son constantes desde hace bastantes años. Su mayor frecuencia coincide con el sobreesfuerzo físico. Se aprecia una situación límite (border-line) entre el AT y la EP. Las actividades más destacadas deben ser el punto de partida para la implantación de programas preventivos. Considera, asimismo, riesgos emergentes la falta de ejercicio físico, las posturas mantenidas en el tiempo, como el abuso de las pantallas de PVD, la asociación real con factores de riesgo psicosocial por un mecanismo de interacción y la complejidad de las nuevas tecnologías que nos muestra la “visualización social hacia la que nos dirigimos”. Los retos futuros que tenemos que afrontar a corto plazo son la actuación sobre la actual intensificación del trabajo y otros factores de riesgo psicosocial. Asimismo se debe evaluar las enfermedades relacionadas con el trabajo de forma integral y global, incluyendo todos los factores de riesgo. Nos preguntamos qué se podría hacer más en la prevención. Los esfuerzos continúan por la persistencia de los factores de riesgo psicosocial, derivados de la supuesta sociedad del bienestar (¿?), llegando a ser una endemia y por estas razones no va a descender el número de AT, EP y otras patologías relacionadas con el trabajo. La segunda ponencia, titulada “Abordaje asistencial de la patología laboral del miembro inferior“ la expuso Luis Cuesta, subdirector médico asistencial del Hospital Asepeyo (Coslada), explicando que se refería a un estudio médico-asistencial. Son más frecuentes las demandas por movimientos repetitivos durante tiempo prolongado en las articulaciones afectadas. Los tejidos biomecánicos se pueden adaptar a la tensión demandada siempre que haya pausas y descansos para reparar las lesiones de los traumatismos o micro traumatismos incluyendo la afectación del tejido nervioso, muy sensible a la isquemia, se liberan radicales libres, que alteran la composi40 ción de los tejidos, y se endurecen, por ejemplo los tendones, provocando las frecuentes tendinitis. También influyen los factores de riesgo psico-sociales, la satisfacción laboral, etc. A continuación describió las patologías mas frecuentes en su experiencia personal. Clara Guillén, jefe del Departamento de Enfermedades Profesionales de Ibermutuamur, estuvo al frente de la ponencia “¿Esto se debe al trabajo? Reflexiones sobre la gestión integral de la patología osteomuscular”. Guillén señaló que las dificultades en la gestión de la enfermedad profesional (EP) para poder facilitar la protección de los trabajadores, y la magnitud del problema. Los TME son el 80% de la EP. Especialmente por movimientos repetitivos y posturas forzadas. En su criterio el 30% de los casos declarados obedecen a problemas de diseño del puesto de trabajo. La encuesta de la UE refuerza esta afirmación. Son las patologías de la organización del trabajo (François Danielou). El problema de la rehabilitación es que una vez iniciada la mejoría, el trabajador vuelve al mismo puesto de trabajo y se reinicia el mismo proceso. La solución sería anticiparse a esta situación. Insiste en que el 90 % de sus diagnósticos coinciden con los emitidos por el INSS. La ponencia titulada “Buenas prácticas ergonómicas en el sector servicios de limpieza” fue defendida por Isabel Poncelas, responsable del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Grupo Eulen. Poncelas expuso que el plan de actuación para aliviar la carga física y postural y los movimientos repetitivos en el estudio ergonómico del trabajo de limpieza, y establecer niveles de intervención para conseguir buenas prácticas en los puestos de trabajo, y medidas organizativas que eliminen los riesgos de sobrecarga postural. Vega García, del Instituto Navarro de Salud Laboral, expuso la ponencia, “Vigilancia Epidemiológica de los TME: nuestra experiencia”, haciendo hincapié en la patología detectada por el sistema de información en Salud Laboral, Epidemiología Laboral, adscritos al Departamento de Salud de Navarra. Sustenta su argumento en la detección y notificación de los sucesos centinela en atención primaria, una red informática de los centros de salud que comunican los casos, un sistema de médicos voluntarios, confidencial, siguiendo un criterio de casos establecido y publicado. La incidencia de las enfermedades relacionadas con el trabajo es muy alta. El 40% de los trabajadores no quiere identificarse y solo el 20% de los afectados está en IT y en los no identificados solo el 10%. Los trabajadores prefieren ir al Médico de Familia, en lugar de ser atendidos por la Mutua. El 10% de los trabajadores rechazan las Mutuas. El 51% de los enfermos, estuvieron acogidos a la contingencia de EP al principio del tratamiento y posteriormente se pasaron a la atención primaria. Con todo, en Navarra el índice de declaración de EP es hasta seis veces más elevado que en el total de España. Los TME llegan al 90% de las EP declaradas. A pesar de la mayor vigilancia de los AT no consiguen bajar el número de siniestros. Se pregunta si la organización del trabajo es similar en todo el país. El impacto de esta patología profesional en el sistema de Salud, se resume en que la mitad de los casos se tratan en el Sistema Público de Salud en lugar de asumirlo las Mutuas. La segunda mesa llevó por título “Instrumentos para la prevención de los TME: de la investigación a la acción preventiva”, y fue moderada por Pilar Collantes, directora general de OSALAN. Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales. Inició la mesa comentando cómo en el pasado 2010 se han declarado más enfermedades profesionales, de ellas el 50% son TME. Más frecuentes en el sector industrial, con un perfil de edad media. Señaló igualmente que la mujer padece con más frecuencia el síndrome del túnel carpiano. Ana M. García, de ISTAS, defendió la ponencia junto a Alfonso Oltra, de IBV (Comunidad Valenciana), sobre “Ergonomía participativa: metodología y aplicaciones”. Ana M. García precisó que con la participación de los trabajadores pretenden conseguir un método para la prevención en la empresa, aumentando la cultura preventiva y con el apoyo de la dirección. Alfonso Oltra, ingeniero Industrial del IBV (Instituto Biomecánica de Valencia), comentó este plan piloto, con la filosofía de la Ley de Prevención de RL, procurando que la empresa asuma el compromiso para llegar al conocimiento de los factores de riesgo del propio puesto de trabajo y la situación real de trabajo. Aquiles Hernández-Soto, socio-consultor del Centro de Ergonomía Aplicada SL (CENEA), estuvo al frente de la ponencia “La gestión del riesgo de TME a partir del análisis de la organización del trabajo”, e inndicó cómo se realiza el estudio del puesto de trabajo, el cálculo de la duración o dosis del factor de riesgo, tiempo de la postura for- zada, tiempo de los movimientos repetitivos y otras cargas físicas, y la acción sinérgica de los factores de riesgo psicosocial. Todos estos factores se deben sumar y analizar hasta conseguir un modelo de prevención considerando también el nivel de calidad de la técnica empleada. Su conclusión fue que el método ergonómico debe estimar el riesgo real del puesto de trabajo, situación que a veces la empresa ignora y mostrar la gran variedad de actividades que los trabajadores realizan para culminar sus necesidades en el desarrollo de su trabajo. José Antonio Ortuño, director del Servicio Mancomunado de Prevención de Campofrío Food Group, España, defendió la ponencia “Prevención en lesiones músculoesqueléticas en la tarea de deshuese de jamón curado”, expresando la complejidad del trabajo industrial durante ocho horas diarias, actividad que no es posible automatizar, con movimientos repetitivos de brazo, mano muñeca y hombros, en situación de bipedestación, manejando cuchillos y gubias de carpintero, todo en posturas comprometidas, muchos movimientos no ergonómicos, con necesidad de un nivel de fuerza intensa. Toda la situación suma un riesgo ergonómico alto. Es necesario adoptar micropausas de siete minutos cada hora, que se aumentan hasta 15 minutos al final de la jornada, más el tiempo de bocadillo. Se busca el método para que los trabajadores roten por otras actividades al menos un día a la semana, aunque es un proceso complejo. Por último, Francisco Marqués, subdirector técnico del INHST., expuso la ponencia, “Aportación del INSHT a la evaluación y prevención de los TME”. Marqués anunció que el INHST ha instalado un portal temático, punto de encuentro de todos los profesionales, y de las aportaciones y sugerencias de todos, con sonido e imágenes, con el objetivo de ayudar en la prevención y obtención de las mejores posturas, en el cambio de tareas en lo posible, totalmente gratuito y que se puede descargar sin condiciones previas. Estudia en profundidad los TME, su evaluación, aspectos de la organización del trabajo, pausas durante la jornada, estudio de los puestos de trabajo, y guía de buenas prácticas. Finalizó indicando que además hay un canal en Youtube del INHST con carteles, material didáctico para la formación de formadores, revisión de normas técnicas y legislativas, las normas sobre el proceso de gestación, descargable y sólo se necesita pagar con tarjeta las normas ISO. 41 Una sentencia del Tribunal Constitucional reconoce como derecho fundamental el no ser discriminado por razones familiares La sentencia refuerza el deber de protección de la familia y de los hijos sobre la organización del trabajo, siempre que no cree enormes dificultades en la empresa. Pero lo más importante, es que crea una nueva causa de discriminación prohibida por la Constitución. Nadie podrá ser tratado de forma desigual por sus circunstancias familiares. Y el cuidado de los hijos es una de ellas. Según Ricardo Escudero Rodríguez, catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Alcalá de Henares, la sentencia del Tribunal Constitucional 26/2011, de 14 de marzo, soluciona un recurso de amparo planteado por un padre de familia para que se le reconozca su derecho a elegir el turno de trabajo de noche, que le permita conciliar mejor sus obligaciones laborales con las familiares (cuidado de dos hijos menores). Es un supuesto en el que, a diferencia de lo que es habitual, es el hombre y no la mujer quien solicita el amparo, alegando sentirse discriminado por razón de sexo al habérsele denegado por su empleador y por sucesivas resoluciones judiciales el reconocimiento a un cambio de turno por tal motivo. Dicho Tribunal rechaza que sea una discriminación por razón de sexo, creando una causa nueva hasta ahora, basada en las circunstancias personales o familiares (que la sitúa dentro de las prohibidas del artículo 14 de la Constitución) “relacionadas con su responsabilidad parental en la asistencia de todo orden a sus hijos menores de edad (artículo 39 de la Constitución). 42 La sentencia manifiesta que en el plano legal no se deriva el derecho a elegir un determinado turno de trabajo pero en el Tribunal Constitucional se impone que se ponderen, de modo más preciso, las mencionadas circunstancias en relación con las dificultades que la petición del trabajador pueda implicar para el funcionamiento de la empresa a fin de saber si la negativa estaba o no justificada. La sentencia no produce el efecto directo del reconocimiento del turno solicitado por el trabajador sino la necesidad de que el juzgado de lo Social dicte una nueva resolución que sea respetuosa con el derecho fundamental ahora reconocido. La nueva causa discriminatoria supondría dar carta de naturaleza constitucional a situaciones derivadas de la atención a los hijos que podrían extenderse a los familiares dependientes. Declarado nulo el despido de un trabajador que fue coaccionado para pedir el alta El debate sobre si es legal despedir a un trabajador mientras se encuentra de baja ha tenido una amplia repercusión. El Tribunal Supremo estableció en 2008 que las empresas podían hacerlo porque: 1. No afecta a la integridad física, ya que el despido se produce por la situación (inicialmente temporal) de incapacidad para el trabajo, no por el parte de baja. 2. Porque no es discriminatorio. El motivo es que lo que existe en estos casos es una “pérdida para la empresa de interés productivo en el trabajador”. En otras palabras, no es un factor discriminatorio “en sentido estricto”. El Tribunal Supremo, a través de una nueva sentencia, ha declarado nulo el despido de un empleado que fue coaccionado durante su baja para que se reincorporara al trabajo. La empresa tenía la “práctica habitual” de “coaccionar” a los trabajadores para que se reincorporaran a su puesto de trabajo. Esta presión se ligaba al despido en caso de no aceptar la sugerencia de la empresa. La coacción enlaza con la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el derecho a la integridad personal. Esta doctrina considera que los actos que realiza la empresa inciden en tal derecho “cuando exista un riesgo constatado de producción cierta o potencial de un perjuicio para la salud”. Con apoyo en tal doctrina el Alto Tribunal afirma que “en principio, la presión bajo amenaza de despido constituye una conducta que pone en riesgo la salud y, por ello, una actuación de este tipo ha de considerarse como lesiva para el derecho de la integridad física”. Es urgente la revisión de esta normativa que atropella el derecho constitucional a la defensa de la salud del trabajador enfermo (en Incapacidad temporal). 43 44