Acercamiento Basado en Riesgo en los Estandres Internacionales
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Acercamiento Basado en Riesgo en los Estandres Internacionales
Acercamiento Basado en Riesgo en los Estandres Internacionales Esteban Fullin Secretario Ejecutivo GAFISUD Organismos internacionales GAFI Grupos Regionales al estilo GAFI Naciones Unidas El Grupo Egmont OEA Grupos de Supervisores Financieros GAFI A instancias del G7 Creado en 1989 Desarrollo Fija 34 y promoción de políticas ALA/CFT los estándares internacionales (40 +9 Recs) países miembros Evaluaciones Grupos mutuas regionales Grupos Regionales Concebidos para extender regionalmente la aplicación de los estándares Pueden generar estándares propios Realizan actividades adicionales en pos de lograr un cumplimiento regional Regiones APG, económicas y culturales EAG, ESAMLAGG, GAFIC, GAFISUD, Giaba, Menafatf, Moneyval, Grupos Regionales América del Norte APG GAFISUD Europa Moneyval Norte de áfrica y medio oriente MENAFATF Centro y Sudamérica GAFIC GAFISUD Eurasia EAG Asia y Oceania APG Centro y Sudáfrica Giaba ESmlagg *Representantes de todos los continentes GAFI GAFISUD ARGENTINA BOLIVIA BRASIL CHILE COSTA RICA COLOMBIA CUBA ECUADOR MEXICO PANAMA URUGUAY PARAGUAY PERU 40 Recs del GAFI Cubren todos los aspectos relacionados al Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. 40 Recs: Lavado de Activos, y Financiamiento del Terrorismo, no mas 40 + 9 3 áreas: Financiera, Legal y de Cooperación Internacional Ultima Fijan 2 modificación general 2012 estándares de cumplimiento “obligatorio” Sistemas: Preventivo y Represivo 40 Recomendaciones del GAFI Documentos base: Convenciones de NNUU sobre Estupefacientes de 1988 (Viena) Criminalidad Transnacional Organizada de 2000 (Palermo) Supresión de la Financiación del Terrorismo (2001) Corrupción de 2003 Normas de Supervisión: Basilea IOSCO IAIS Propias del GAFI Sistemas represivo y preventivo Represivo Medidas legales para la persecución y juzgamiento del LA y FT Cooperación internacional Extradición Recursos y sanciones Preventivo • Obligaciones preventivas del sist financiero y no financiero (DDC) • Supervisión • La UIF (ROS) • Cooperación internacional adm • Recursos y sanciones Principales cambios ABR Transparencia Cooperación Aspectos internacional operativos Nuevas Amenazas y Prioridades La Proliferación Corrupción y Peps Delitos fiscales Coordinación y estrategia ABR Los países deben entender los riesgos de LA y FT que los afectan Los sistemas ALA/CFT deben adaptarse a la naturaleza de sus riesgos Aplicar medidas intensivas donde los riesgos sean mayores y aplicar medidas simplificadas en donde sea menor. Favorece la mejor aplicación de recursos y la Inclusión Financiera como fuera solicitado por el G20 REC 1 Evaluación de los riesgos y aplicación de un enfoque basado en el riesgo El nuevo enfoque al RBA Antes de la revisión, los requisitos específicos basados en riesgo se ubicaron en varias áreas de los Estándares (DDC, control interno, supervisión y definición de instituciones financieras) Una nueva Recomendación general sobre RBA (R.1) aplica a todas las partes pertinentes de las Normas GAFI Además, algunos requisitos específicos basados en riesgo permanecen en algunas Recomendaciones Requerimientos más claros y más específicos para los países, incluyendo autoridades de supervisión, instituciones financieras y APNFDs. 12 Racionalidad del nuevo enfoque ¿Por qué este cambio? • • • Desarrollar régimenes ALA/CFT adaptados a los contextos de riesgo nacional específicos Permitir que las autoridades nacionales se centren en los mayores riesgos Fortalecer la eficiencia de los sistemas internacionales ALA/CFT Objetivos • • • 13 del RBA: Medidas mejor dirigidas y encuadre más flexible que puedan adaptarse a medida que evolucionan los riesgos Más eficiente asignación de recursos e implementación más efectiva Facilitación de la inclusión financiera Principios básicos del RBA El alcance de las Normas GAFI es sensible al riesgo: • Extensión posible a actividades de alto riesgo adicionales • Posibles exenciones para actividades de bajo riesgo La medida en que las medidas ALA/CFT también son sensibles al riesgo: • Medidas más estrictas deben aplicarse a los mayores riesgos • Medidas simplificadas deben aplicarse a los menores riesgos 14 Las diferentes dimensiones del RBA ¿Quién • GAFI Países • PASOS: • determina los niveles de riesgo? • Países/ Instituciones financieras/APNFDs 1. Identificar, evaluar y comprender los riesgos del lavado de activos y financiamiento del terrorismo 2. Definir y aplicar medidas acorde 15 Evaluación del riesgo nacional 16 En base a comprensión práctica, exhaustiva y actualizada de las amenazas Esfuerzos conjuntos entre los entes ministeriales, supervisores, autoridades de cumplimiento de la ley, UIFs, reguladores, instituciones financieras, etc. Información e inteligencia actualizada y precisa para que las autoridades pertinentes puedan hacer juicios bien informados Análisis profundo de las circunstancias nacionales Publicación de los resultados y compartir la información con las partes involucradas Evaluación del riesgo nacional Una evaluación de riesgo de ALA/CFT debe tener en cuenta: Amenazas – – – Delitos que generan recaudaciones en el país Flujo transfronterizo de finanzas ilícitas Grupos terroristas activos Vulnerabilidades – – – La naturaleza, escala y complejidad del sector financiero Los tipos de productos financieros y transacciones normalmente realizadas El entorno regulatorio y el nivel de cumplimiento Consecuencias – ¿Cuánto daño se hará si se lavan fondos ilícitos exitosamente, por parte de los delincuentes ? - o por parte de los terroristas? 17 Obligaciones específicas de las IFs y APNFDs Las evaluaciones de riesgo actualizadas y documentadas18 según la naturaleza y escala del negocio Políticas y procedimientos pertinentes para gestionar y mitigar los riesgos, aprobados por alta gerencia, consistentes con los requisitos nacionales y guías de autoridades nacionales pertinentes. Más alto riesgo → Se deben aplicar medidas más estrictas Menor riesgo → los países pueden permitir medidas simplificadas Alcance de aplicación flexible Los países deben considerar la extensión del alcance a otras instituciones, actividades, negocios o profesiones en riesgo de abuso Posibles exenciones a las Recomendaciones preventivas en casos de menor riesgo bajo condiciones estrictas: • bajo riesgo probado, circunstancias estrictamente limitadas y justificadas y relacionadas con un tipo particular de instituciones financieras o actividad o APNFD, o • actividad financiera (que no sea MVTS) llevada a cabo limitada u ocasionalmente de manera que haya bajo riesgo Exención de algunos requerimientos solamente, no excepción total No hay exención a la obligación de llevar los registros 19 RBA para la supervisión Dos aspectos: – El proceso general según el cual un supervisor o SRB, según su entendimiento del riesgo, asigna los recursos para la supervisión ALA/CFT – El proceso específico de supervisión o monitoreo de IFs y APNFDs que aplica un enfoque basado en el riesgo para ALA/CFT Requisitos menos detallados para la supervisión/monitoreo de APNFDs 20 RBA para la supervisión Asignación de recursos de supervisión basados en el riesgo Los supervisores deben tener un claro entendimiento de los riesgos presentes en el país Los supervisores deben tener acceso en el lugar y fuera de él, a toda la información pertinente sobre los riesgos asociados con la institución financiera, incl. la calidad del cumplimiento La frecuencia de la supervisión debe basarse en el riesgo presente en el país y los perfiles de riesgo de las instituciones financieras individuales Se deben revisar los perfiles de riesgo individuales 21 RBA para la supervisión Proceso de supervisión específico de las instituciones que aplican el RBA • El proceso debe abarcar una revisión de las evaluaciones del riesgo de las instituciones financieras y la adecuación e implementación de sus política, controles internos y procedimientos • El grado de discreción permitido a las instituciones financieras bajo el RBA debe ser tenido en cuenta 22 REC1 Los países deben: identificar, evaluar y entender sus riesgos de LA/FT tomar acción, incluyendo la designación de una autoridad o mecanismo para coordinar acciones dirigidas a evaluar los riesgos, aplicar recursos para asegurar que se mitiguen con eficacia los riesgos. Partiendo de esa evaluación, los países deben aplicar un enfoque basado en el riesgo a fin de asegurar que las medidas para impedir o mitigar el LA/FT sean proporcionales a los riesgos identificados. (riesgos mayores y menores) exigir a los sujetos obligados identificar, evaluar y tomar una acción eficaz para mitigar sus riesgos (doble función) MUCHAS GRACIAS [email protected]