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MANUAL SOBRE REFORMAS DE IMPORTANCIA Reforma Nº 43 1.- Definición y Descripción de la Reforma. Definición: la sustitución del motor por otro que corresponda a una variante, según se define en el Real Decreto 2140/1985. Descripción: esta reforma debe amparar cualquier modificación en el motor que suponga una nueva variante de vehículo. En este apartado hay que considerar lo que se entiende por tipo de motor y si este cambio implica nueva variante (de vehículo). - Definición de tipo de motor.- Los motores que no difieran entre sí en al menos los siguientes aspectos esenciales: • el principio de funcionamiento del motor (de explosión, de encendido por compresión, eléctrico, mixto,…) • Ciclo (2 ó 4 tiempos), cilindrada total, diámetro y carrera. • Número y disposiciones de cilindros y número de válvulas. • Presencia o no de un sistema sobrealimentador y tipo de éste si existe y refrigeración de la admisión. - Definición variante (con respecto al motor) dependiendo de la categoría a la que pertenezca el vehículo en cuestión. Implicará nueva variante si presenta diferencias en alguno de los siguientes puntos de la tabla (ver tabla aclaratoria en el apartado observaciones): CATEGORIA VARIANTE N, M2, M3 --------•Principio de funcionamiento (ciclo, numero de tiempos,..) •Número de cilindros y disposición. M1/N1 DERIVADOS DE AQUELLOS •Diferencias de potencia superiores al 30% (la mayor es superior a 1,3 veces la menor). •Diferencias de cilindrada superiores al 20% (la mayor es superior a 1,2 veces la menor). •El principio de funcionamiento del motor (de explosión, de encendido por compresión, eléctrico, mixto,…) •El ciclo (2 ó 4 tiempos), VEHÍCULOS DE 2, 3 RUEDAS Y CUATRICICLOS •La cilindrada (diferencia superior al 30%), •El número y la disposición de los cilindros, •La potencia (diferencia superior al 30%), •El modo de funcionamiento (en caso de un motor eléctrico), •El número y la capacidad de las baterías de propulsión. •Diferencias de potencia superiores al 30% (la mayor es superior a 1,3 veces la menor), •Diferencias de cilindrada superiores al 20% (la mayor es superior a 1,2 veces la menor). TRACTORES •Principio de funcionamiento (ciclo, número de tiempos,…) •Número de cilindros y disposición, •Modelo de motor, •Tener la misma potencia y relación de transmisión a la toma de fuerza. MOTOCULTORES Y MAQUINAS EQUIPARADAS MAQUINAS AGRÍCOLAS AUTOMOTRICES Y TRACTOCARROS AGRÍCOLAS MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA •Tipo y modelo de motor. •Tipo y modelo de motor. •Cualquier cambio en las características del motor que varíe su potencia en más de un 5%. Fecha revisión: 29/05/03 Pág. R43 / 1-4 MANUAL SOBRE REFORMAS DE IMPORTANCIA Reforma Nº 43 2.- Campo de aplicación: CATEGORÍAS R-43 N/M2/M3 ---- M1/N1 DERIVADO x V. 2, 3 RUEDAS Y CUATRICICLOS x TRACTORES x MOTOCULTORES Y MAQUINAS EQUIPARADAS x MAQUINAS AGRÍCOLAS AUTOMOTRICES Y TRACTOCARROS AGRÍCOLAS x 3.- Reglamentación aplicable. Vehículos M,N Tractores y maquinaria agrícola homologados de tipo según 74/150/CEE o RD 2140/1985 Vehículos de 2 ó 3 ruedas y cuadriciclos -Ruidos -Ruidos (Decreto 25-05-72 -Ruidos -Emisiones ligeros (*) Ciclomotores) -Humos Diesel (*) -Emisiones pesados (*) -Velocidad, potencia y par máximo -Potencia toma de fuerza (*) -Humos Diesel (*) - (OM 10-07-84 Ciclomotores) (*) En su caso. (Los vehículos N1 pueden acogerse a emisiones ligeros o pesados) 4.- Documentación exigible. - Informe favorable del fabricante o de su representante debidamente acreditado o del Laboratorio oficial acreditado en España. • Se especificará si se trata de un motor nuevo, reconstruido o usado (el motor deberá cumplir con los requisitos exigidos en la fecha de primera matriculación del vehículo reformado). • Se incluirán los datos identificativos del nuevo motor: - Marca: - Tipo: - Nº de cilindros: - Diámetro: - Carrera: - Potencia real /fiscal: - Cilindrada: • Se debe incluir las referencias del escape, catalizador y admisión. MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA Fecha revisión: 29/05/03 Pág. R43 / 2-4 MANUAL SOBRE REFORMAS DE IMPORTANCIA Reforma Nº 43 - Certificado del Taller que hacer la Reforma. 5.- Inspección específica. Puntos a verificar. - Identificación del motor. - Soportes. - Conexiones del motor con el vehículo (mecánicas, eléctricas, termodinámicas, hidráulicas, etc.). - Encendido. - Situación sistema de escape y comprobación del marcado del mismo. 6.- Normalización de la anotación de la Reforma en la Tarjeta ITV. __/__/____ Cambio de motor: Marca:_____________ Tipo:_______________ Nº de cilindros/Cilindrada (cm3):______________ Potencia fiscal/real (C.V.F./kW):______________ Relación pot. Max./MMA (Motocicletas) (Firma y sello) ITV Nº NNNN 7.- Restitución (volver a las características originales del vehículo antes de la reforma en cuestión). Se tratará como una Reforma Nº 46. MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA Fecha revisión: 29/05/03 Pág. R43 / 3-4 MANUAL SOBRE REFORMAS DE IMPORTANCIA Reforma Nº 43 8.- Observaciones. CATEGORIA VARIANTE TIPO •Ciclo, cilindrada total, diámetro y carrera. N, M2, M3 --------- •Número y disposiciones de cilindros y número de válvulas. •Presencia o no de un sistema sobrealimentador y tipo de éste si existe y refrigeración de la admisión. •Principio de funcionamiento (ciclo, numero de tiempos,..) •Número de cilindros y disposición. M1/N1 DERIVADOS DE AQUELLOS •Diferencias de potencia superiores al 30% (la mayor es superior a 1,3 veces la menor). •Unidad motriz (combustión interna, eléctrica, híbrida). •Diferencias de cilindrada superiores al 20% (la mayor es superior a 1,2 veces la menor). •El principio de funcionamiento del motor (de explosión, de encendido por compresión, eléctrico, mixto,…) •El ciclo (2 ó 4 tiempos), VEHÍCULOS DE 2, 3 RUEDAS Y CUATRICICLOS •La cilindrada (diferencia superior al 30%), •El número y la disposición de los cilindros, --------- •La potencia (diferencia superior al 30%), •El modo de funcionamiento (en caso de un motor eléctrico), •El número y la capacidad de las baterías de propulsión. •Diferencias de potencia superiores al 30% (la mayor es superior a 1,3 veces la menor), •Diferencias de cilindrada superiores al 20% (la mayor es superior a 1,2 veces la menor). TRACTORES •Principio de funcionamiento (ciclo, número de tiempos,…) •Tipo de motor (combustión interna, eléctrica, híbrida) •Número de cilindros y disposición, •Modelo de motor, •Tener la misma potencia y relación de transmisión a la toma de fuerza. MAQUINAS AGRÍCOLAS AUTOMOTRICES Y TRACTOCARROS AGRÍCOLAS •Tipo y modelo de motor. •Cualquier cambio en las características del motor que varíe su potencia en más de un 5%. MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA •Diferencias de potencia máxima superiores al 30% (la mayor es superior a 1,3 veces la menor) Fecha revisión: 29/05/03 Pág. R43 / 4-4